RESPUESTAS REALES A PREGUNTAS CONCRETAS EN TORNO AL DISEÑO. PROPIEDAD INTELECTUAL

RESPUESTAS REALES A PREGUNTAS CONCRETAS EN TORNO AL DISEÑO. PROPIEDAD INTELECTUAL EL VALOR DE LAS IDEAS. ¿PUEDO PROTEGERLAS, EN ESPAÑA? (Las ideas en

1 downloads 75 Views 375KB Size

Story Transcript

RESPUESTAS REALES A PREGUNTAS CONCRETAS EN TORNO AL DISEÑO. PROPIEDAD INTELECTUAL

EL VALOR DE LAS IDEAS. ¿PUEDO PROTEGERLAS, EN ESPAÑA? (Las ideas en sí mismas no se protegen por derecho Autor. Para que goce de la protección otorgada por la Ley de Propiedad Intelectual, la idea debe de salir del intelecto humano, plasmarse en concreto, expresarse. Un medio de proteger la idea, o mejor dicho la información que su titular considera valiosa, es a través de Contratos de Confidencialidad. Me han hecho un encargo de diseño y sé que también, se lo han hecho a otros artistas/diseñadores y elegirán la mejor propuesta. ¿Cómo protejo mis ideas? La manera correcta sería: que ese encargo se haga mediante un contrato de encargo de obra, en el mismo se debería de especificar con detalle los derechos de las partes. Condiciones, plazos, compensación económica…

De acuerdo, pero tengo miedo de que cojan mis ideas y le hagan el encargo a otra persona o que hagan un mezcla con más de una propuesta y no poder reclamar. Esto se solventaría con el contrato de encargo, ya que como parte interesada deberías de expresar sus condiciones en cuanto a este aspecto. En realidad, la persona que realiza el diseño, por el simple hecho de haberlo realizado, tiene los derechos morales de la obra. Si se tiene la precaución de firmar un documento en el que se indique, por ejemplo, que si se contrata el diseño para el proyecto, se ceden los derechos, si éste diseño se está realizando con medios propios de trabajo. No con los medios de la empresa que contrata.

1 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS

APLICACIONES Me compran un diseño personaje para un envase de leche y me pagan por él, luego de un tiempo veo que mi diseño se utilizó para otros productos, folletos, cajas, etc. Esto no procede. Según lo que comentas, compraron el diseño para envase de leche, en tal sentido, el diseño del personaje era para un envase de leche, por tanto, sólo se podía colocar en envase de leche, considerando que no se había especificado otra cosa al respecto. Siempre entendiendo, que se especificaron los usos en algún tipo de documento y que no se han cedido los derechos ¿Cómo dejo constancia de cuál es la utilización para la que me pagaron los derechos sobre mi diseño? Para dejar constancia de esto, debe ser por escrito en contrato de Cesión de Derechos de Explotación. Quiero que soliciten mi aprobación para utilizar mis diseños en otras aplicaciones y obtener un beneficio por ello. No es sólo que quieras, es que estas en todo tu DERECHO de exigir que se solicite AUTORIZACIÓN para el uso en otras modalidades de tu diseño, y por tanto, de percibir beneficios económicos por dicho uso.

CAMBIOS He diseñado una pieza y la empresa que me contrató la ha modificado sin mi autorización. Siento que mi trabajo se ha desvirtuado. ¿Cómo puedo proteger mis diseños para que no los modifiquen libremente? Los autores de obras, como tú, poseen lo que se llama, Derechos Morales, irrenunciables e inalienables.

que

El Autor tiene la facultad de decidir si, divulga o no su obra, en qué forma, con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente. Puedes, retirarla del comercio, aun estando en manos de terceros, pero claro, con la indemnización que corresponda.

2 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS

El creador, posee el derecho de que se le mencione como tal, o sea, tiene el derecho de reivindicar la paternidad de la obra (reconocimiento de su autoría, de que eres el autor de dicha creación); por otro lado, también forma parte del Derecho Moral de los Autores, proteger la integridad de la obra (el derecho de integridad, consiste en el derecho a oponerse a la modificación de la obra o a la utilización de la misma en contextos que puedan perjudicar su buena reputación o tus legítimos intereses. Quiero poder negarme a que se utilice mi diseño, si no estoy de acuerdo con los cambios.

AUTORÍA Me interesa que se incluya mi firma o el nombre de mi estudio en las piezas que diseño. ¿Se puede pactar de antemano? No es que se pueda pactar de ante mano, es que es tu legítimo derecho. Recuerda, el derecho moral a reivindicar la paternidad de tu creación o el reconocimiento con autor de la misma. LA PROPIEDAD DEL DISEÑO, ¿Vender o ceder? En realidad no se vende en sentido estricto de la palabra la propiedad de la obra, sino que se ceden algunos o todos los derechos de explotación. No se vende (no es el sistema de copyright anglosajón) donde el Derecho de Autor es meramente o principalmente patrimonial. Nuestro sistema y el continental europeo enfatizan un aspecto personal de autor, derecho moral, que es irrenunciable e inalienable, por lo que no se puede olvidar o desligar la obra del autor, aunque se haya cedido. Recuerda, que en todo momento, por ejemplo, el autor tiene el derecho de retirar su obra del comercio, aun la haya cedido a tercero (pago de la indemnización que corresponda) También, no podemos hablar de venta (como si fuera un bien cualquiera) porque aun en la parte patrimonial, o sea, lo derechos de explotación, no se pueden ceder o transmitir las modalidades inexistentes en el momento de la cesión, ni futuras. Para este caso, te pongo un ejemplo: si un escritor X cedió en el año 1985 la explotación de su obra en formato o modalidad de libro papel, por un plazo de 20 años, y no existía internet al momento de la firma, el cesionario no podrá explotar la obra en formato (e-book) a la entrada de internet, si no firma otro contrato de cesión para esta nueva modalidad de explotación.

3 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS

¿Puedo seguir utilizando un diseño si lo he vendido para una utilización? Podrás seguir utilizando la obra, en caso de que hayas cedido el diseño para una utilización/modalidad concreta de explotación o utilización, y la misma no haya sido de forma exclusiva. ¿QUE TENGO QUE TENER EN CUENTA PARA UNA REMUNERACIÓN JUSTA DE MI TRABAJO? Debes tener en cuenta, las aplicaciones, la producción, la duración de la utilización y ante todo, la redacción de contrato. En el mismo se debe de determinar las modalidades de explotación, tiradas/producción, tiempo de la cesión, territorio, etc.

ROYALTIES He cedido los derechos de una lámpara a la firma que la producirá. Me han pagado un adelanto y me pagarán royalties. ¿Qué tengo que tener en cuenta? En este caso particular, es oportuno puntualizar que para el caso que te interese en un futuro, registrar o inscribir tus derechos como creadora/autora, especificarte que el diseño de la lámpara, puede ser protegido por Derecho de Autor, como dibujo original, por ejemplo, o por Propiedad Industrial, como Diseño Industrial por ser un producto que goza de estética, utilidad y posibilidad de producción industrial. También hay que tener presente que muchas veces se conjugan varios derechos: Imagina el caso en el cual, en el diseño de la lámpara hayas firmado o estampado tu firma, o nombre de tu empresa, esto es ya una Marca, que podría ser tanto de producto como de servicio, ¡Ojo!, es conveniente que si es el caso, la tengas protegida mediante registro en la OEPM o en los organismos que correspondan, en caso de que decidas expandirte comunitariamente o internacionalmente. ¿Qué tengo que tener en cuenta? Lo que hemos comentado antes, especificar bien en el contrato de explotación las condiciones de uso, duración, ámbito territorial, beneficios, formas de estos, plazos de pagos, etc. Los Royalties pueden ser:

4 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS



sobre la producción: son más fáciles de controlar Esta es la forma más fácil. En caso de una manifiesta desproporción entre la remuneración del autor y los beneficios obtenidos por el cesionario, podrás pedir la revisión del contrato, y en caso de desacuerdo, acudir al Juez para que éste fije una remuneración equitativa, según las circunstancias del caso. Tienes 10 años para ejercitar esta facultad siguiente al de la cesión.



sobre las ventas: se ha de pactar la temporalidad de las liquidaciones

¿Cómo puedo controlarlo? Es más fácil cobrarlos sobre la producción siempre que sea posible. ¿Hasta cuándo cobraré royalties? Por el tiempo que cesión/explotación

hayas

acordado

la

¿Tienen un vencimiento? El que hayas estipulado en el contrato. (Mientras sigan explotando la obra) En caso de que no se estipule tiempo de transmisión, la Ley lo ha fijado a 5 años. Si después de unos años quiero producir mi lámpara yo misma, ¿Puedo recuperar mis derechos de autor? Esto depende de 2 factores: 1º si la transmisión ha sido exclusiva o no exclusiva, si has firmado un contrato de cesión exclusiva esto implica que sólo la firma que la producirá, podrá explotar las lámparas, por supuesto, por el tiempo que hayas fijado en contrato o como máximo 5 años si no has fijado plazo, pero entonces, la autora (tu misma) queda sin posibilidades de explotarla hasta que no venza el plazo.

2º si la transmisión ha sido no exclusiva, podrás explotar la obra conjuntamente con la firma a la que has cedido la producción, y hasta ceder la misma a otra fábrica. Esta sería la mejor opción, de cara a ti, en cuanto al abanico de posibles explotaciones de la obra, con las que puedes contar al mismo tiempo. Sin embargo, según qué empresa sea, te exigirá/sólo acordará cesiones exclusivas. Si ese es el caso, la clase esta en: el tiempo de la cesión o en la remuneración que se acuerde.

5 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS

Para más información consultar: 

Para recibir asesoramiento legal, registrar derechos etc.…: [email protected]



Para acceder a Documentos gratuitos: http://www.tusconsultoreslegales.com/documentos



Para consultar información legal y técnica en nuevas tecnologías: http://tusconsultoreslegales.com



Para acceder a nuestro blog: http://tusconsltoreslegales.com/blog



Para acceder a Facebook: Tusconsultoreslegales/Facebook

6 PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA DISEÑADORES Y AGENCIAS

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.