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HACINAMIENTO CARCELARIO EN COLOMBIA: TEORÍAS, CAUSAS Y POSIBLES SOLUCIONES
Juan Pablo Mejía Villar Cristian David Segura Benavides Javier Andrés Silva Sandoval
Palabras clave: hacinamiento, delito, sistema peniten-
Docente Tutor: Sonia Castelblanco Macías
Clasificación JEL: A12, H1, I3, I28, K14.
ciario, pena, seguridad, educación.
INTRODUCCIÓN
RESUMEN El objetivo principal de este artículo es tratar el tema del
Es de importancia para cada uno de los individuos que con-
hacinamiento carcelario en Colombia. En este contexto se
forman el estado Colombiano tener conocimiento acerca de
tocarán aspectos teóricos y éticos de la economía y el de-
los procesos económicos y constitucionales, cuyo precepto
lito, teniendo en cuenta conceptos de economía ortodoxa
marca el límite entre el acatamiento de la ley como símbolo
y heterodoxa como oferta, demanda, costos y utilidades
de igualdad y soberanía a la transgresión de la misma. Por
del crimen que influyen en la decisión de delinquir. Ade-
lo tanto al vulnerarse ese método sistemático de autoridad
más observaremos las causas del hacinamiento en sus
como un daño o violación, se requiere partir de los criterios
variables cuantitativas y cualitativas, número de presos
de un código penal y de la jurisprudencia que dan la perti-
existentes y la capacidad instalada de las cárceles, nú-
nente sentencia al implicado.
mero de centros de reclusión en el país; con el agravante de las condiciones sociales de desempleo, deficiencia en
De allí parte la investigación a la que se le dedica este
la prestación de la salud, falta de educación, violencia,
artículo acerca del hacinamiento carcelario; que no solo
distribución desigual de la riqueza, entre muchas otras.
se da por la comisión y omisión cada vez más frecuente de un delito, además de las normas cada vez más seve-
Se plantean posibles soluciones a los aspectos tratados
ras, sino también por un tema puntual como la falta de
anteriormente, como fortalecimiento del sistema penal,
conocimiento del sistema.
de una educación con calidad, de seguridad pública y de Nuestro objetivo es dar a conocer al lector las teorías so-
valores inculcados desde una edad temprana. 33
ISOCUANTA bre el delito (Montenegro & Posada, 2001) con respecto
que el Derecho y es el Derecho quien debe adaptarse a
a la violencia que llevan a tomar decisiones de acuerdo
la sociedad y nunca lo contrario. Mientras las leyes ofrez-
con el estatus y otras características influyentes en cada
can mayor entendimiento y seguridad, menos frecuentes
persona. Una de las dificultades del sistema penitencia-
serán los delitos cometidos por los asociados (Beccaria,
rio, como lo es el hacinamiento carcelario y los problemas
2006). La consagración de delitos se debe establecer en
que ello implica, por último las conclusiones y criticas se-
el marco del derecho positivo de conocimiento por toda
gún los autores, para ser tomadas en cuenta como posi-
la sociedad que induzca al correcto funcionamiento de la
bles soluciones a mediano y largo plazo.
justicia por los asociados.
TEORÍA DEL CRIMEN Y CASTIGO, ANÁLISIS
El fin de la imposición de penas es la intimidación de los
DEL POR QUÉ Y FINALIDAD DE LAS PENAS
demás hombres a no cometer delitos, o el claro mensaje de que serán sancionados ejemplarmente por el aparato estatal si se llegase a transgredir las normas que pro-
Toda conducta típica debe ser castigada por el Estado,
tegen los bienes jurídicos de la sociedad; para hallar a
la imposición de la pena es la respuesta del Estado a la
una persona culpable de la comisión de un delito, existen
agresión proveniente de la comisión de una conducta pu-
términos en el que el ente acusador en etapa de investi-
nible en contra de la seguridad ciudadana, la convivencia
gación obtenga las pruebas y solicite la aplicación de la
pacífica y el balance institucional del Estado, además de
pena correspondiente, así como para dar la oportunidad
ser un mensaje social de respeto por las leyes y códigos
al reo de defenderse utilizando sus medios legítimos. En
de conducta de la nación. Las leyes imperativas que con-
el área del proceso penal existen principios universales
templan delitos y sanciones son el resultado del contrato
como el in dubio pro reo, en el que cualquier duda razo-
social en el que los miembros ceden una parte de su li-
nable durante el proceso de imputación y acusación de un
bertad individual, para formar instituciones sociales que
delito a un reo se deberá resolver a favor del reo –absolu-
defienden los derechos sustanciales de los asociados y
ción por duda-, el non bis in idem en el que ninguna per-
se constituyen en entes acusadores, representantes de la sociedad, operadores de justicia y de fuerza pública o de
sona podrá ser juzgada por la misma conducta dos veces;
seguridad; el Estado, es la suma de instituciones de dere-
principios orientadores del proceso penal universalmente
cho público que garantizan los derechos de los asociados
aceptados por los Estados y que mantienen en el ámbito
primarios, y para realizar su función se convierte en un
de la racionalidad la investigación criminal.
órgano de carácter superior con el derecho a juzgar objetivamente las conductas que atenten contra el contrato
Las penas, son proporcionales a la agresión cometida a la
social, y para esto las leyes imperativas preestablecidas
sociedad y a la víctima por el autor, y esta lógica la con-
cierran cualquier espacio discrecional de los operadores
templan los códigos de conducta criminal. Proporción que
jurídicos estatales, y se convierten en el principal susten-
tiene en cuenta el placer y el dolor (Beccaria, 2006) del
to de la seguridad jurídica y la equidad de los asociados
autor y la víctima, así como la rareza y la frecuencia del
como defensa ante ese órgano superior en sociedades
delito, pues una sociedad con niveles de homicidio altos,
democráticas. Es la sociedad siempre más dinámica
debe contemplar penas más altas para que el mensaje de 34
Hacinamiento carcelario en Colombia... intimidación sea mayor, y por último contempla el daño
de las conductas correctas por medio del fortalecimiento
a la sociedad o al bien público que genere la conducta
de la fidelidad de los ciudadanos (positiva), o la intimi-
criminal, delitos de mayor impacto castigables con penas
dación de los asociados a cometer conductas castigables
mayores como los magnicidios y las estafas nacionales.
consagrando penas para ellas e imponiendo penas a los
Para explicar la función de la pena existen teorías deno-
que se atrevan a contrariar el ordenamiento jurídico (ne-
minadas absolutas y relativas:
gativa); la prevención especial va dirigida al condenado para evitar la reincidencia de este en la comisión de po-
• Teorías absolutas.
sibles conductas punibles futuras, debido a su experien-
Las teorías absolutas de la pena deben su nombre a que
cia de la autoridad estatal manifestada en la pena que
contemplan a la misma como una exigencia absoluta e
cumplió (negativa), o a la resocialización y reintegración
ineludible de la justicia hacia quien ha cometido el delito
económica, verdadero fin de la pena (positiva).
de manera culpable. (Castro, 2008, p.15). La pena es autónoma e imputable al que comete el delito como una im-
• Teorías intermedias o mixtas.
posición de la justicia a los trasgresores de la sociedad,
Estas teorías compuestas contemplan un punto medio
con independencia de los fines esenciales del Estado y de
entre las dos anteriores, dominantes en la doctrina y los
los efectos sociales que pueda ocasionar, pues basta con
sistemas jurídicos mundiales. Existen dos postulados dife-
la comisión del delito la atribución de sanciones Punitur
rentes que conforman estas teorías, el ideal de la justicia
quia pecattum est, la pena se impone porque se ha de-
plasmado en la imposición de la pena y el análisis objetivo
linquido. Es una teoría de retribución y de compensación
de conductas o teoría aditiva, y el postulado de la preven-
del daño realizado por el criminal asociada al ius talionis.
ción del delito con base en las experiencias del condenado
En esta teoría, la pena carece de finalidad, pues atribuye
y en la percepción ciudadana o teoría dialéctica.
indiscriminadamente la pena a los autores de conductas
TEORÍA ECONÓMICA DEL CRIMEN
punibles sin llevar consigo cualquier objeto con su aplicación.
La delincuencia es un mercado de diversidad de pro• Teorías relativas.
ductos y servicios en el que los individuos económicos
A diferencia de las teorías absolutas, las teorías relati-
y racionales maximizan sus beneficios, los participantes
vas llevan consigo finalidades generales y especiales de
evalúan el coste, la utilidad y el riesgo en la decisión de
la pena, principalmente la de prevención del delito y de
delinquir, constituyendo así los fundamentos principales
reincidencia criminal, además de finalidades sociales de
de la Economía del Crimen, en el que la oferta de se-
resocialización. Si una pena no cumple estas funciones,
guridad ciudadana y la demanda de delitos encuentran
es inútil y su imposición y ejecución tendrán efectos ne-
su punto de equilibro y elección óptima. La Economía del
gativos para los condenados y para la sociedad. Se dis-
Crimen encaja en el marco de estudios microeconómicos
tinguen de ella las teorías de la prevención general y las
de conductas de los agentes económicos individuales del
teorías de la prevención especial. La prevención general
mercado delincuencial, dadas las restricciones de esca-
referencia a la salvaguarda de los estamentos legales y
sez a las que se enfrentan (Roemer, 2001), analiza cómo 35
ISOCUANTA y por qué estos agentes toman la decisión económica de
de comportamiento de los agentes económicos y una base
delinquir y cómo influyen en sus decisiones y objetivos
de la Economía son las técnicas legales de la sociedad.
la seguridad, los riesgos, la información de precios y el mercado. Todos los asociados son agentes en el mercado
MARCO LEGAL DE LA POLÍTICA CARCE-
del crimen que se compone de: criminales o potenciales
LARIA COLOMBIANA
criminales, víctimas o víctimas potenciales, miembros de seguridad y el aparato estatal; cada actor con gustos y
La principal herramienta legislativa en Colombia corres-
actuando racionalmente, los primeros evaluando costos
ponde a la ley 65 de 1993: “Por la cual se expide el códi-
y utilidades, los segundos en el ámbito de la prevención,
go Penitenciario y Carcelario”, que establece como única
la seguridad, la justicia y la reparación integral de daños,
finalidad de la pena la resocialización de los reos; otorga
los terceros incurren en gastos de captura y convivencia
al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –INPEC-
y por último, el aparato estatal en mantener instituciones
la gestión carcelaria en Colombia y el cumplimiento del
carcelarias, de juzgamiento, legislativas y administrati-
ordenamiento jurídico en materia penitenciaria. El INPEC
vas contra el crimen.
es una institución adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho, de orden nacional, cuyo director es de libre
La distribución inequitativa del ingreso, la desproporción
nombramiento y remoción del Presidente de la República.
de la propiedad de la tierra y la desocupación fortalecen la actuación delincuencial, pues es el comienzo de una
Posteriormente, la Ley 415 de 1997: “Por la cual se con-
vida social desigual y de condiciones marginales de la
sagran normas de alternatividad en la legislación penal y
sociedad, en el que las economías emergentes encuen-
penitenciaria y se dictan otras disposiciones tendientes
tran en el mercado subterráneo e ilegal su principal vía
a descongestionar los establecimientos carcelarios del
en contra del desarrollo humano y crecimiento económico
país”. Regula la libertad condicional a los presos cuyas pe-
del país, pues los impactos de los crímenes, las deman-
nas privativas de libertad (en delitos menores) no excedan
das de reparación, presupuestos de inversión en inspec-
de cuatro (4) años, el trabajo comunitario en el perímetro
ción criminal y de seguridad constituyen las principales
de la ciudad y sede de la institución, así como los permisos
asignaciones del PIB de muchas economías violentas.
de salida sin vigilancia entre quince (15) y sesenta (60) días a los condenados de buena conducta general.
En este sentido surge el análisis económico del derecho como la “posibilidad de incorporar una metodología ajena
Asimismo, la ley 1142 de 2007: “Por medio de la cual
(en este caso la económica) a cierta tradición jurídica”
se reforma parcialmente las Leyes 906 de 2004, 599 de
(Cossio, 2002, p. 15) con base en la teoría económica
2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la pre-
neo-clásica y neo-institucionalista, pues el objeto de
vención de la actividad delictiva de especial impacto para
estudio de estas ramas de la ciencia son las conductas
la convivencia y seguridad ciudadana”. El legislador toma
humanas del hombre en la sociedad, bien sea para satis-
otro camino contra el hacinamiento, la prevención del deli-
facer necesidades y determinar utilidades o castigar las
to; modificando tipos penales y el procedimiento penal, así
conductas criminales, pues el Derecho estimula cambios
como ampliando el margen de libertad condicional. 36
Hacinamiento carcelario en Colombia... La constitución política, por su parte, establece derechos
los asociados; prevenir el delito, implica condiciones de
fundamentales como la inviolabilidad del derecho a la vida
optimización social que generen en las sociedades cam-
y la prohibición de torturas o tratos crueles, inhumanos o
bios culturales y educativos por la cultura del respeto a
degradantes. Derechos tutelados por los presos en múl-
la ley y a la institucionalidad de las Entidades estatales.
tiples oportunidades, llevando a Jueces de orden Constitucional ordenar a los Directores de cárceles y estableci-
CAUSAS DEL HACINAMIENTO EN LAS
mientos penitenciarios que cesen las entradas de reos a
CÁRCELES COLOMBIANAS
dichas instituciones en un término, y a tomar las medidas necesarias para garantizar la dignidad de los internos.
De acuerdo con el objetivo de este artículo, en este aparte entraremos a evidenciar las causas del problema del hacina-
PREVENCIÓN DEL DELITO, ¿POLÍTICA
miento en Colombia. Desde hace un año, el tema del hacina-
CRIMINAL O SOCIAL?
miento y las condiciones de vida de los internos dentro de las cárceles colombianas, se ha convertido en contenido diario
La política criminal de prevención consiste en la actua-
de los medios de comunicación. En prensa, radio, televisión y
ción de los entes de investigación y juzgamiento oportuna,
páginas web se encuentran todos los días denuncias sobre la
consolidada y eficaz frente a la comisión de delitos, y que
situación de sobrepoblación, epidemias, malas condiciones
envíe un mensaje claro y contundente a los ciudadanos
sanitarias y demás dificultades en los presidios.
a no realizar conductas socialmente reprochables contenidas en códigos de conducta criminal, pues enfrentaría
Al 31 de agosto de 2012, en Colombia había un hacina-
el aparato estatal para reducir la agresión efectuada y
miento del 48 %, lo que indicaba que existían 111.979
merecedora de castigo, el temor causa menor índice de
personas privadas de su libertad cuando el cupo era ape-
delincuencia, pues en sociedades fuertes institucional-
nas de 75.676 personas.
mente los niveles de delincuencia son menores que en sociedades jóvenes o débiles en políticas e institucio-
Tabla N° 1: Población carcelaria
nes criminales, el conocimiento claro de la existencia de una pena a determinada conducta influye en la voluntad a delinquir o no por el riesgo que involucra. La política social de prevención del delito involucra la reducción de la pobreza, programas de resocialización y reintegración
Código
Regional
Capacidad
Total
Hacinamiento
100
Regional Central
28.475
37.952
33,3 %
200
Regional Occidente
14.414
21.516
49,3 %
300
Regional Norte
7.180
11.938
66,3 %
económica de impactos en la población reclusa, condi-
400
Regional Oriente
7.124
11.816
65,9 %
500
Regional Noreste
8.414
15.289
81,7 %
ciones laborales óptimas o de estabilidad, servicios pú-
600
Regional Viejo Caldas
10.069
13.468
33,8 %
Total Mes
75.676
111.979
48,0 %
blicos en sentido general, educación técnica y profesional de acceso a todos los estratos, condiciones de igualdad,
Fuente: SISIPEC.
entre otros, alejado por completo de las penas y de la inspección criminal que genere un ámbito de rechazo a la
Las causas del hacinamiento del sistema carcelario en
comisión de delitos y un ambiente justo y equitativo entre
Colombia son varias, entre estas se encuentran princi37
ISOCUANTA palmente: el establecimiento de penas a delitos menores,
nitenciaria preventiva antes que represiva, etc.
contenidas en el código penal; la deficiente infraestruc-
Defensoria del Pueblo (2003).
tura carcelaria; la reincidencia criminal; la necesidad de algunos beneficios, por ejemplo, aunque precaria, la
La reincidencia se convierte en el círculo vicioso que des-
atención médica; una nueva causa de la que por lo menos
gasta tanto a la Policía Nacional como al sistema judicial
hasta ahora tenemos información: las ordenes de libertad
y al penitenciario y carcelario. Según el director del IN-
de los presos no le son comunicadas al INPEC.
PEC General de la Policía Gustavo Adolfo Ricaurte, “se calcula que de siete internos hombres, cuatro reinciden.
El establecimiento de penas de privación de la libertad a
En las mujeres es diferente, reincide una”. El caso de las
delitos menores1, es una de las principales razones del
mujeres se debe a que son conscientes que después de
hacinamiento. Castigar todos los delitos con la prisión,
cometer un delito este no es el camino, deben educar
en teoría era la solución para prevenirlo, sin embargo se
hijos, la gran mayoría son cabezas de familia. La rein-
ha convertido en el cuello de botella del sistema, cada
cidencia es la respuesta a una situación social precaria,
día se cometen más delitos y estos son castigados con la
no se reincide por gusto, en gran parte de las situaciones
privación de la libertad.
las personas reinciden para cubrir necesidades básicas como llevar alimento, conseguir vestido y poder conseguir un techo.
En el tema de infraestructura de las cárceles es necesario, como lo indicaba el informe de la Defensoría del
El General Ricaurte en varias declaraciones a los medios
Pueblo, la implementación de un plan de construcciones
de comunicación, ha manifestado que varios reclusos
y refacciones carcelarias. Sin embargo la solución no
no quieren quedar en libertad porque al interior de los
solo es la construcción y refacción, en un informe del año
centros carcelarios tienen beneficios como facilidad para
20032, la Defensoría advertía:
procedimientos médicos, trabajo, la facilidad de la alimentación y un techo, todas obviamente en condiciones
Se deben atender también los otros factores
limitadas.
causantes de este flagelo: la criminalización o creación de nuevas conductas punibles, el abuso
POSIBLES SOLUCIONES3
de la privación de la libertad como medida de aseguramiento, la deficiente aplicación de las normas vigentes encaminadas a la reinserción
Si exponemos grosso modo el hacinamiento carcelario se
social del condenado y a evitar la reincidencia,
presenta por dos causas; en primera instancia los 144 es-
la implementación de una política criminal y pe-
tablecimientos carcelarios a nivel nacional no son suficientes para cerca del 30.4 por ciento de los reclusos, aún más con un incremento del 1.7 por ciento anual; incluso con el
1 El término de delitos menores no aparece en el Código Penal Colombiano. Para la opinión pública estos delitos consisten en hurto, resistir la detención, conducir en estado de embriaguez, entre otros que no presumen un nivel alto de gravedad.
3 Estas posibles soluciones solo parten de pensamientos enfocados a los problemas que en su mayoría originarían la violencia, y por ende un incremento en su incidencia generaría el hacinamiento carcelario.
2 Defensoría del Pueblo, Análisis sobre el actual hacinamiento carcelario y penitenciario en Colombia: 2003. 38
Hacinamiento carcelario en Colombia... estatuto anticorrupción y las nuevas normas de seguridad
Igualmente, considerada útil esta para las personas in-
ciudadana que aumentarán el número de reclusos.
formales o con problemas para conseguir empleo: jóvenes menores de 28 años, mujeres mayores de 40 años y
Por otra parte, el plan de construcción de cárceles 2011–
personas en situación de desplazamiento, en proceso de
2022 que adelanta el gobierno nacional, dice que en pro-
reintegración o en condición de discapacidad.
medio se construirán 6 centros de reclusión cada 4 años, posible solución en un período a largo plazo, pero que de
¿QUÉ HACER?
ninguna manera arregla el problema actual de hacinamiento por el que pasan los reclusos donde se presentan
Sabemos que la violencia se presenta de varias formas,
dificultades en su mayoría por salubridad.
incluso en países con una estructura política y económica sólida, entonces, ¿podríamos tomar en cuenta los mode-
Anexo a lo anterior, la construcción de más cárceles solo
los políticos y económicos de países desarrollados?
dice que los niveles de crimen van a aumentar, y de tal forma en cumplimiento de las funciones por parte de las
Un punto a tener en cuenta sería que nuestro estado
autoridades competentes los condenados, entonces, ¿ve-
confronta una lucha propia, diferente de otros países de-
remos posibles niveles de hacinamiento para los centros
sarrollados. También se sabe que la violencia no es un
de reclusión en el futuro? Posiblemente sí, de no luchar
tema que se presente hasta ahora, es una realidad con
desde ahora contra el crimen en la forma correcta y en
antecedentes originados desde hace muchos años y que
la medida en que el estado apoye más esta lucha, ya sea
ha hecho perder a la población colombiana su identidad
fortaleciendo las entidades encargadas de ello y promo-
nacional, y con un desequilibrio regional que traspasa las
viendo desde los niveles primarios de estudio el lema de:
fronteras; identificándonos en el exterior como personas
“El crimen no paga”, por medio de la educación, acercan-
no deseadas.
do y encaminando cada vez más a los estudiantes hacia un ámbito profesional y laboral; de ello se desprenden
El compromiso entonces no solo es obligación del Estado
muchas soluciones como lo es alejarlos de las calles y la
en cuanto a mejorar la calidad de vida de las personas
concientización temprana.
con un buen acceso a la educación como semilla para un mejor futuro, debe verse como un acto social donde cada
Ahora, también se podría fortalecer aún más la Ley de pri-
uno disfruta de los demás,, también el aporte de cada
mer empleo (Ley 1429 de 2010) que formaliza y genera
uno de los colombianos sin importar su raza e incluso su
empleo. Esta ley podría ser una iniciativa excelente para
estatus. De allí desde el hogar retomando los valores y
mejorar la situación laboral del país, y es de grandes be-
sentido de propiedad olvidados, y volverlos a aplicar no
neficios para las empresas y jóvenes menores de 28 años.
solo como habitantes de nuestro país, también por un factor común entre todo el mundo, el de ser humano.
Elemento importante porque junto con la lucha contra el crimen disminuiría de forma sustancial los niveles de cri-
Si se pudiese acercar a todas estas personas a la situa-
minalidad.
ción actual que viven los reclusos, no solo por el tema 39
ISOCUANTA de hacinamiento, también por decisiones mal tomadas y
Carranza, E., et al. (2009). Cárcel y justicia penal en
experiencias de vida no aconsejables de repetir, las cosas
América latina y el Caribe. México: Siglo XXI Editores.
serían diferentes y más si se expusiera todo desde una
Carranza, E., et al. (2001). Justicia penal y sobrepobla-
edad temprana.
ción penitenciaria: respuestas posibles. México: Siglo XXI Editores.
Disminuir entonces los índices de cualquier violencia sería
Castro, A. (2008). El por qué y el para qué de las pe-
equivalente a combatir la totalidad de oferta y demanda
nas (análisis críticos sobre los fines de la pena). En
de la misma, esto nos dice que lucharíamos en contra de
Cuadernos “Bartolomé de las Casas”. Número 44,
todos los factores que inciden en la violencia, como las
Madrid.
mentes criminales y los subalternos que deben cometer el
Cossio, J. (2002). Derecho y análisis económico. México:
mismo crimen y tal vez pagarlo de una forma más certera.
Fondo de Cultura Económica. Dammert, L. (2007). Perspectivas y dilemas de la segu-
Aportar e invertir en la educación, ofrecer un sistema igua-
ridad ciudadana en América Latina. Quito: FLACSO.
litario y que en excelentes condiciones podría aumentar lo
Leal, F. (2006). En la encrucijada: Colombia en el siglo
que ahora se denomina capital intelectual, nos llevaría a
XXI. Bogotá: Norma.
sobresalir de forma sorprendente para el progreso del país.
Montenegro, A. & Posada, C. (2001). La violencia en Colombia. Bogotá: Alfaomega.
Si se pudiese entonces concluir todo lo que se ha tratado;
Montero, A. & Torres, J. (1998). La Economía del delito y
se debería contar con un sistema penal más idóneo y ha-
de las penas: Un análisis crítico. Granada: Comares.
blaríamos de inversión eficiente tanto para el sistema ju-
Palacio, J. & Candioti, M. (2007). Justicia, política y de-
rídico como para el educativo, fortaleciendo la seguridad
rechos en América Latina. Buenos Aires: Prometeo
pública y la intelectualidad del pueblo pero con valores
libros.
inculcados desde el hogar y centros de aprendizaje.
Pastor, S. (1989). Sistema Jurídico y Economía. Una introducción al análisis económico del Derecho. Ma-
Los autores de este artículo como estudiantes de la fa-
drid: Tecnos.
cultad de Economía de la Universidad Santo Tomas de
Pérez, J. L. (2000). La construcción social de la realidad
Colombia, integrantes del semillero de investigación del
carcelaria. Lima: Pontificia Universidad Católica del
observatorio penitenciario y de políticas de seguridad
Perú.
ciudadana, desean manifestar la necesidad de generar
Posner, R. (2007). Análisis económico del derecho. Mé-
conocimientos desde la educación superior y fomentar el
xico: Fondo de Cultura Económica.
compromiso con la sociedad al tema de investigación.
Roemer, A. (2001). Economía del Crimen. México: Instituto de estrategia y desarrollo, México Unido Contra
REFERENCIAS
la delincuencia, Club de industriales, Grupo Noriega Editores. Roemer, A. (1994). Introducción al análisis económico
Beccaria, C. (2006). De los delitos y las penas. Bogotá: Temis. Primera edición de 1764.
del derecho. México: Fondo de cultura económica. 40