REUNIDOS. De una parte Dña. Carmen Moriyón Entrialgo, Alcaldesa - Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de Gijón

PlANES DE EMPLEO. PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN Y DIVERTIA GIJÓN, S.A. PARA lA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS LABORALES DEL PERSO

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PlANES DE EMPLEO. PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN Y DIVERTIA GIJÓN, S.A. PARA lA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS LABORALES DEL PERSONAL BENEFICIARIO DEL PROGRAMA GIJÓN INSERTA 2014, 2!! EDICIÓN.

En Gijón, a 22 de mayo de 2015

REUNIDOS

De una parte Dña. Carmen Moriyón Entrialgo, Alcaldesa - Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de Gijón. Y de otra parte, D. Jesús Martfnez Salvador, como Director Gerente de la Empresa Municipal DIVERTIA GIJÓN, S.A. Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente acuerdo y, en virtud de sus respectivas competencias, EXPONEN

,,

PRIMERO.- Que el Programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón, tiene como objetivo incrementar los niveles de empleabilidad y facilitar la inserción laboral de aquellas personas con mayores dificultades de acceso al empleo, a través del desarrollo de itinerarios integrales de inserción laboral, que contemplan la coordinación de acciones de orientación profesional, formación para el empleo y desempeño profesional en el puesto de trabajo. Entre las ocupaciones incluidas en el Plan de Empleo GUÓN INSERTA 2014 2ª Ed. se encuentra la de Informador Turístico. SEGUNDO.- Que los contratos de formación y aprendizaje tienen por obj eto la cualificación profesional de las y los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo, tal como se recoge en el art. 11. 2. del Estatuto de los Tra~aj;dores, aprobado por R. D. Legislativo 1/95, de 24 de marzo. TERC 0.- Que la Empresa Municipal DIVERTIA GIJÓN S.A, tiene como objeto propio de su ctiv· ad, entre otros, "la promoción turfstica de la ciudad'', "ser cauce de toda clase de iniciativas pu icas o privadas, para la expansión y mejora de servicios turísticos" y en general gestionar, proponer y realizar cualquier acción que pueda contribuir al fomento turístico y cultural de la ciudad. CUARTO.· Que el Ayuntamiento de Gijón, a través del programa GIJÓN INSERTA, y la DIVERTIA GIJÓN S.A., tienen un interés coincidente en la mejora de la empleabilidad de las personas contratadas dentro del plan de empleo municipal como Informadores Turísticos en la modalidad de formación y aprendizaje, con el fin de facilitar su posterior inserción al mercado ordinario de trabajo, a través del desarrollo de una práctica laboral en un entorno de trabajo real. En base a elio, el Programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón y la DIVERTIA GIJÓN S.A.,

ACUERDAN

OBJETO: Establecer un protocolo de colaboración entre el programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón y DIVERTIA GIJÓN S.A., al objeto de facilitar al personal trabajador adscrito a

dicho programa en la modalidad de formación y aprendizaje en la ocupación de Informador Turfstico, la práctica profesional adecuada para adquirir las competencias asociadas a la obtención del Certificado de profesionalidad propio de esa ocupación. CLAUSULAS

PRIMERA.- Que la DIVERTIA GIJÓN S.A. se compromete a: Facilitar en un entorno laboral adecuado para la adquisición de las capacidades

asociadas a la obtención del certificado de profesionalidad en las ocupaciones referidas anteriormente, y que se detallan en el AN EXO l. Tutorizar a los t rabajadores en los puestos de trabajo, en la ejecución de las tareas definidas en el programa de trabajo definido por la Comisión Paritaria de Coordinación y Seguimiento. la evaluación de forma coordinada con la persona designada por el programa GIJON INSERTA. El programa facilitará la metodología y criterios para la evaluación. Remisión de información sobre las incidencias laborales que se pudiesen producir, tales como ausencias, solicitudes de permisos o vacaciones y anomalías en la prestación del servicio. SEGUNDA.- El Ayuntamiento de Gijón será el encargado de cubrir los costes laborales de los y las trabajadoras, así como el resto de obligaciones tributarias. Los y las trabajadoras serán contratadas bajo la modalidad prevista en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, con una duración máxima de 1 año. La relación laboral de los/as trabajadores/as del programa se regirá por lo dispuesto en el convenio colectivo del personal laboral contratado por el Ayuntamiento de Gijón dent ro del Acuerdo Gijón Más. La dirección y supervisión del personal trabajador la realizará en exclusiva la dirección del programa GIJÓN INSERTA. TERCERA.- Que entre las medidas de desarrollo del Programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón se tiene en cuenta la formación del personal beneficiario. Para ello, a través del contrato en formación y aprendizaje, se facilitará a los y las beneficiaras una formación ocupacional, direct amente relacionada con la ocupación objeto de contrato. Esta formación será tendente a la acreditación parcial de unidades de competencia integradas en el Certificado de Profesionalidad " HOTJ0108 Promoción Turística Local e Informació n al Visitante". CUARTA.- Que la formación se concentrará al inicio del contrato, en las siguientes fechas y centro: ESPECIALIDAD MF1074_3 Información turística

\

'

~

MF1075_3 Productos y servicios turisticos locales MF1057_2 Inglés profesional para turismo

FECHA INICIO

FECHA FIN

Entidad que la Imparte

04/03/15

10/04/15

FOREM

10/04/15

19/05/15

FOREM

19/05/15

05/06/ 15

FOREM

~

Los costes económicos de esta formación serán asumidos integramente por el Ayuntamiento de Gijón. QUINTA.- Que este acuerdo no implica ningún tipo de relación laboral o mercantil entre la DIVERTIA GIJON S.A. y el personal trabajador del programa GIJÓN INSERTA, ya que éstos están contratados por el Ayuntamiento de Gijón, que a través de su representación en la Comisión Paritaria de

2

Coordinación y Seguimiento de este convenio, que serán quienes determinen la asignación de tareas y supervise y evalúe a los y las trabajadoras. SEXTA.- Se creará una Comisión Paritaria de Coordinación y Seguimiento del presente acuerdo, integrada por dos miembros de las partes firmantes del mismo, presidida por el Director Gerente de la empresa municipal DIVERTIA GIJON S.A, o persona en quien delegue, y elegirá como secretario/a a un representante del Programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón. Entre las funciones de esta comisión está la vigilancia y control del cumplimiento de este acuerdo, así como la resolución de los problemas de interpretación que pudieran plantearse. Esta Comisión concretará los programas de trabajo adecuados a la adquisición de las capacidades definidas en cada certificado de profesionalidad, así como de los calendarios y jornadas de los y las trabajadoras del Plan de Empleo. La Comisión realizará una primera reunión con carácter previo a la incorporación de los trabajadores a los puestos de trabajo. Las reuniones siguientes podrán celebrarse a instancia de cualquiera de las partes. SEPTIMA.- En el ANEXO 11 adjunto a este ·~cuerdo se indican los datos personales de las personas beneficiarias de este acuerdo de colaboración para la anualidad 2015-2016, así como las fechas de comienzo y finalización de la práctica laboral. El programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón se compromete a notificar a la DIVERTIA GUÓN S.A. cualquier variación en los datos de las personas trabajadoras que se incorporen al programa de empleo y sean beneficiarias de las acciones que se desarrollen en el acuerdo de colaboración en posteriores anualidades. Estos datos quedarán recogidos en nuevos anexos a este acuerdo. OCTAVA.- Que si bien la DIVERTIA GIJÓN S.A., no tendrá ninguna responsabilidad de carácter laboral con los y las trabajadoras del programa GUÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón, si asumirá sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales debiendo integrarse los trabajadores en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Empresa. NOVENA.~ El presente acuerdo surtirá efecto desde la fecha de su firma hasta la finalización de la relación laboral de los y las trabajadoras de la anualidad 2015-2016 del programa GIJÓN INSERTA del Ayuntamiento de Gijón.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, firman el presente en el lugar y fecha de · encabezamiento.

LA ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE GIJÓN/XIXÓN

EL DIRECTOR GENERAL DE LA EMPRESA DIVERTIA GIJON SA

Fdo. Jesús Martínez Salvador

3

___ /"

4

ANEXO 1

1.

Las labores a desarrollar por los trabajadores contratados como INFORMADOR/A TURfSTICO/A, deberán permitirles la adquisición de las siguientes capacidades: Cl: Organizar en su totalidad el servicio de información turística local. C2: Gestionar la información y documentación turística local.

d: Informar y atender al visitante local. C4: Diseñar potenciales productos y servicios turisticos locales. CS: Promocionar y comercializar dichos productos y servicios turísticos locales. C6: Dominar el inglés profesional del sector turístico para su utilización como lenguaje vehicular en la atención y comunicación con el visitante extranjero.

5

ANEXO 11

1.- Relación de datos personales de las personas beneficiarias de este acuerdo de colaboración para la anualidad del Programa GIJÓN INSERTA

del Ayuntamiento de Gijón 2015-2016,

así

com o las

fechas de comienzo y finalización de su práctica laboral, en DIVERTIA GIJÓN S.A.:

FECHA INICIO

FECHA FIN

08/06/2015

29/02/2016

08/06/2015

02/03/2016

INFORMADOR/A TURfSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

LOPD

1NFORMADOR/A TURÍSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

..

LOPD

INFORMADOR/ A TURfSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

(\

LOPD

INFORMADOR/A TURÍSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

INFORMADOR/A TURfSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

INFORMADOR/A TURÍSTICO/ A

08/06/2015

29/02/2016

08/06/2015

29/02/2016

DNI

APELLIDO 1

APELLIDO 2

NOMBRE

INFORMADOR/A TURfSTICO/A

-

LOPD

1NFORMADOR/A

LOPD

TURÍSTICO/A

.

LOPD



1\

-\V

OCUPACIÓN

LOPD LOPD LOPD

INFORMADOR/A

LOPD

TURfSTICO/A LOPb

INFORMADOR/A TURfSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

LOPD

INFORMADOR/A TURÍSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

LOPD

INFORMADOR/A TURfSTICO/ A

08/06/2015

29/02/2016

LOPD

INFORMADOR/A TURÍSTICO/A

08/06/2015

29/02/2016

LOPD LOPD

L

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