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REYES SÁNCHEZ, EDUARD ALMANZOR BACHILLER EN CIENCIAS ECONÓMICAS
“LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES Y SU INTEGRACIÓN AL SISTEMA DE PENSIONES - PROVINCIA DE TRUJILLO - 2014”
Tesis Para optar el Título Profesional de
Lic. en Administración
Asesor: Mg. Roger Hurtado Aguilar
UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN
TRUJILLO – PERÚ 2015
I Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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DEDICATORIA
A Dios todo poderoso por guiar mis
pasos
día
bendecirme
para
a
día,
llegar
por hasta
donde he llegado, porque hiciste realidad este sueño anhelado. A mi familia en especial a mi mamá
Santos
Mercedes
Sanchez Florián por su apoyo en impulsarme
a
terminar
este
proyecto.
A mi asesor de tesis, Mg Roger Hurtado Aguilar por su esfuerzo y
dedicación,
quien
conocimientos, su experiencia y su motivación ha logrado que culmine mi tesis.
REYES SANCHEZ, EDUARD ALMANZOR
I Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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AGRADECIMIENTO
A mis queridos padres y hermanos
por
haberme
apoyado en todo momento.
A
mi
Asesor
Roger
Hurtado
Aguilar que con su tiempo y su valiosa asesoría contribuyeron al logro del presente proyecto de tesis
con
sus
conocimientos
compartidos.
Finalmente quiero agradecer a la Oficina de Normalización Previsional por brindarme la información necesaria el desarrollo
para
del trabajo de
tesis y a todas las personas que de alguna otra manera apoyaron en la culminación del presente trabajo de tesis.
REYES SANCHEZ, EDUARD ALMANZOR.
II Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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PRESENTACIÓN
Señores Miembros del Jurado: De conformidad con las normas establecidas en el reglamento de la Facultad de Ciencias Económicas, Escuela Académico Profesional de Administración para obtener el Título de Licenciado en Administración, presento ante ustedes mi tesis titulada: “LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES Y SU INTEGRACIÓN AL SISTEMA DE PENSIONES - PROVINCIA DE TRUJILLO - 2014” El presente trabajo de investigación ha sido elaborado con esfuerzo y dedicación de acuerdo a los conocimientos adquiridos durante los años de formación profesional, así mismo se ha tenido en cuenta la información proporcionada por la empresa, esperando contribuir en el éxito de la misma, y los requerimientos probatorios.
REYES SANCHEZ, EDUARD ALMANZOR
III Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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RESUMEN
La presente investigación fue realizada con el propósito de identificar las barreras que conllevan a los trabajadores independientes a ser reacios a la afiliación voluntaria a un sistema de pensiones ya sea privado o público. El presente trabajo nace con los hechos que se están produciendo en la actualidad y que está causando polémica y controversia por parte de la mayoría de trabajadores independientes en nuestro país, como es la promulgación de la Ley N° 30082 la cual aprueba la obligatoriedad del aporte a las AFP para los trabajadores independientes menores de 41 años. El presente trabajo tiene como objetivo determinar los factores y determinantes que genera el desacuerdo contra esta medida, la falta de interés y la desconfianza por parte de los trabajadores independientes ante los sistemas de pensiones. Así mismo, se analizó los beneficios de la aportación para contar con una vejez con mejor calidad de vida y reducir la pobreza en nuestro país, y por ende en la Provincia de Trujillo.
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ABSTRACT
This research was conducted in order to identify the barriers that lead to the self-employed to be reluctant to voluntary membership in a pension system either private or public.
This work derives the facts that are occurring today and that is causing controversy and controversy on the part of most freelancers in our country, such as the enactment of Law No. 30082 which approves the mandatory contribution the independent workers under 41 years.
This paper aims to identify the factors and determinants that generated disagreement against this, the lack of interest and distrust of independent workers to pension systems.
Likewise, the benefits of having a contribution to old age in better quality of life and reduce poverty in our country, and therefore analyzed in the Province of Trujillo.
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INDICE
DEDICATORIA .......................................................................................................... I AGRADECIMIENTO ................................................................................................ II PRESENTACIÓN ......................................................................................................III RESUMEN ................................................................................................................ IV ABSTRACT ............................................................................................................... V I. INTRODUCCIÓN .................................................................................................1 1.1. Realidad problemática .................................................................................2 1.2 Justificación| ..................................................................................................6 1.3 Formulación del problema.............................................................................6 1.4 Hipótesis ........................................................................................................7 1.5 Variables: ......................................................................................................7 1.6 Objetivos ......................................................................................................7 1.6.1. Objetivo General: ................................................................................7 1.6.2. Objetivos Específicos: .........................................................................7 II. MARCO TEÓRICO .............................................................................................8 2.1 Trabajadores Independiente: .........................................................................9 2.2 Tipo de renta que genera todo Trabajador Independiente .............................9 2.2.1 Rentas de Cuarta Categoría ..................................................................9 2.2.2 Otros Ingresos Calificados Como Rentas de Cuarta Categoría ..........10 2.2.3 Ingresos no considerados como Rentas de Cuarta Categoría ..............10 2.3 Sistema de Pensiones en el Perú...................................................................10 2.3.1 El Sistema Nacional de pensiones .....................................................10 2.3.2 Sistema Privado de Pensiones – AFP ..................................................11 2.3.3 Normas Reglamentarias Para Los Trabajadores Independientes ........14 2.3.4 Propuestas Para Fortalecer La Afiliación Y Aportes Al Sistema de Pensiones ............................................................................................21 2.4 Los trabajadores independientes y sus barreras frente al sistema de Pensiones .......................................................................................................26 2.4.1 Barreras individuales ...........................................................................27 2.4.2 Barreras sociales .................................................................................28
VII Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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III. MATERIALES Y METODOS ...........................................................................31 3.1 MATERIAL DE ESTUDIO .......................................................................31 3.1.1. Población o Universo ......................................................................31 3.1.2. Muestra ...........................................................................................31 3.2 DISEÑO .....................................................................................................33 3.3 MÉTODOS Y TÉCNICAS ........................................................................33 3.3.1 Métodos.............................................................................................33 3.3.2 Técnicas ............................................................................................33 IV. RESULTADOS ..................................................................................................35 4.1 Resultados de encuesta aplicada a la población de la provincia Trujillo ....35 V. DISCUSIÓN ..........................................................................................................48 VI. CONCLUSIONES ...............................................................................................51 VII. RECOMENDACIONES .....................................................................................55 VIII. BIBLIOGRAFÍA ...............................................................................................57 IX. ANEXOS ..............................................................................................................60
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I. INTRODUCCIÓN
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1.1.
Realidad problemática El sistema previsional peruano está constituido por dos regímenes principales: el del Decreto Ley No. 19990 (denominado Sistema Nacional de Pensiones - SNP), y el Sistema Privado de Pensiones (SPP). El primero es administrado por el Estado y forman parte del Sistema Público de Pensiones; mientras que el segundo es administrado por entidades privadas denominadas Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP). Por un lado el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) beneficia a los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada (Ley No. 4916 – Decreto Leg. No. 728), a los obreros (Ley No. 8433) y a los funcionarios y servidores públicos bajo el régimen de la actividad pública (Ley No. 11377/ Decreto Leg. No. 276) no incorporados al Régimen del Decreto Ley No. 20530. Es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas - sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores financie las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Por otro lado el Sistema Privado de Pensiones (SPP) que a diferencia del Sistema Público de Pensiones, es un régimen de capitalización individual, donde los aportes que realiza el trabajador se depositan en su cuenta personal, denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC), la misma que se incrementa mes a mes con los nuevos aportes y la rentabilidad generada por las inversiones del fondo acumulado. Cabe resaltar también que ante la necesidad de mejorar el desempeño del Sistema de pensiones, es que en el SPP, de manera que se reduzca el riesgo de pobreza en la vejez, se aprobó la Ley de Reforma del Sistema Privado, Ley Nº 29903 en la cual 2
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dispone la obligatoriedad a los trabajadores independientes a afiliarse a un sistema de pensiones, a partir del 01 de agosto del 2013. Posteriormente ante las protestas a esta norma de los trabajadores independientes a nivel Nacional, el Gobierno oficializó la suspensión, hasta el 1 de agosto de 2014, de las retenciones obligatorias para los trabajadores independientes al Sistema Privado de Pensiones y al Sistema Nacional de Pensiones, para lo cual aprobó la Ley Nº 30082, la cual modifica la Ley Nº 29903 de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, y el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, y señala que las retenciones que se hubieran efectuado a la fecha se reconocerán para el cálculo de la pensión que corresponda al trabajador. Y finalmente con la ley 30237 de fecha 01/09/2014 deroga el aporte obligatorio de los trabajadores independientes, consignando el aporte voluntario para los trabajadores independientes. Entonces cabe resaltar que tanto en el SNP como en el SPP permite que los trabajadores que no dependen de un patrono tengan la opción de gozar de una pensión de jubilación, la misma que se asume por decisión de cada uno de ellos, ya que este aporte es voluntario, con la finalidad de brindar seguridad previsional, es decir, atiende la situación del ser humano en cierta etapa difícil de la vida, después de haber superado una edad, la cual se caracteriza por la pérdida progresiva del vigor, capacidad de trabajo y la aparición de quebrantos en la salud; han tenido diversos resultados. Sin embargo a pesar de lo expuesto, se evidencia que la relación entre éstos trabajadores y el sistema de pensiones es muy limitada, es decir, que existen numerosas barreras que impiden la afiliación al sistema de pensiones. Los 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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trabajadores independientes representan una proporción importante de la fuerza laboral empleada. Este es un colectivo muy heterogéneo que abarca desde patrones en grandes y pequeñas empresas hasta trabajadores por cuenta propia con muy disímiles ingresos. Esta heterogeneidad implica una muy desigual distribución de los riesgos y de la vulnerabilidad, es decir, las capacidades para afrontar las consecuencias de los shocks de ingresos. El diseño de políticas de protección social para este colectivo con gran heterogeneidad plantea desafíos adicionales. Tradicionalmente ha existido una brecha por parte de los sistemas de protección social en cuanto a los derechos y obligaciones relativas al trabajo independiente y asalariado. La protección social en general, y la seguridad social basada en esquemas de seguro social en particular, han tenido un sesgo en su organización y financiamiento hacia los trabajadores asalariados.
En tal sentido, Un estudio elaborado por el Servicio de Estudios Económicos del BBVA Banco Continental arrojó que, en 2050, solo el 42% de los peruanos en la edad de jubilación alcanzaría una pensión para no formar parte del 58% restante, que no tendrá ninguna protección, puediendo acceder a un ingreso económico y prestación de salud que le permita vivir dignamente los últimos años de su vida. Frente a esto el estudio realizado por Grados, P. (s.f.), afirma que el principal riesgo de los sistemas previsionales es que no sean capaces de generar pensiones adecuadas para las personas mayores o, en otras palabras, que sean ineficaces tanto en los niveles de pensiones como en la cobertura de las mismas.
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Asimismo Sánchez R. y Tuesta D. en la revista estudios económicos (REE) en el tema: Modelo para el sistema de pensiones en el Perú: Diagnóstico y recomendaciones concluyen que la reforma del SPP del 2012 en la que se concentra en los trabajadores independientes con respecto a la afiliación de todos los trabajadores independientes, estiman que hay un nicho potencial de 1.4 millones de trabajadores y la tasa de cobertura de afiliados de estos trabajadores independientes podría ser de hasta 15% superior al del escenario base, pero a pesar de la obligatoriedad de los aportes como independientes, esta política de estado fracaso, ya que no se tuvo en cuenta las barreras que impidan la afiliación. Por otro lado Varela E. (2012) en su trabajo de investigación sobre las causas y consecuencias de la sostenibilidad del Sistema Nacional de Pensiones en el Perú el caso del D.L. 19990 afirma que el porvenir del Sistema Público de pensiones constituye un problema mayor en la vida política y social de los países y, particularmente, el peruano porque las perspectivas demográficas y las tasas de crecimiento del empleo y la productividad pueden anticiparse y reflejan una situación de estancamiento y disminución en términos reales de las pensiones de este régimen público. La diferencia entre la recaudación y el pago de pensiones tiene una tendencia creciente y es una de las causas del desfinanciamiento que incurre este régimen pensionario. En tanto, es importante considerar la realización de la reforma del sistema nacional de pensiones como en otros países incluso los desarrollados lo vienen planteando, debido a los cambios manifestados y más aún el país que presenta una situación de déficit.
No está probado que los rendimientos del
régimen privado de pensiones son mayores que los del régimen estatal. El problema 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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central es de gestión e independencia económica y política que no goza el régimen de la Ley 19990. Finalmente, la problemática de la previsión social tiene el alcance en la Provincia de Trujillo, ya que alrededor de 261 mil trabajadores de La Libertad trabajan como independientes es decir el 30 por ciento de la llamada Población Económicamente Activa (PEA) de La Libertad, los mismos que están sujetos a sueldos variables, que poseen desconocimiento de los beneficios del aporte para una pensión o que están sujetos a los diferentes cambios de políticas de estado. Son muchos los factores que limitan a dichos trabajadores independientes, por ello la relación de los trabajadores independientes con el sistema de pensiones es muy limitada impidiendo lograr el vínculo con el sistema de pensiones que se evidencia con una afiliación. 1.2
Justificación El presente trabajo se justifica porque permitirá a nivel teórico y descriptivo conocer cómo se integran los trabajadores independientes al sistema de pensiones, logrando identificar las barreras que impiden la afiliación; del mismo modo a nivel social, las instituciones estatales y particulares estarán en condiciones de proponer y ejecutar nuevas políticas que beneficien a los ciudadanos para su aporte a un sistema de pensiones, asegurando con ello una jubilación que le permita vivir plenamente. Por lo mencionado es muy importante fomentar trabajos de investigación en materia previsional, que permitan implementar reformas a las políticas actuales.
1.3
Formulación del problema ¿De qué manera
los trabajadores independientes se integran al sistema de
pensiones en la provincia de Trujillo? 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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1.4
Hipótesis Los trabajadores independientes se integran al sistema de pensiones de manera limitada debido a que existen barreras individuales y sociales de índole cultural, bajos ingresos económicos, políticas de estado y de trámite burocrático, en la provincia de Trujillo.
1.5
Variables: 1.5.1. Variable independiente: Trabajadores Independientes 1.5.2. Variable dependiente: Integración a un sistema de pensiones
1.6
Objetivos
1.6.1. Objetivo General: Determinar cómo los trabajadores independientes se integración a un sistema de pensiones en la provincia de Trujillo 1.6.2. Objetivos Específicos: • Determinar las características de los trabajadores independientes en la Provincia de Trujillo. • Identificar las Barreras individuales y sociales que influyen en la decisión de afiliación a un sistema de pensiones • Determinar los beneficios de las normas en materia de afiliación al Sistema de Pensiones para los trabajadores independientes en la Provincia de Trujillo. • Demostrar la importancia de la integración a un sistema de aporte independiente para asegurar la etapa de jubilación.
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II. MARCO TEÓRICO
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2.1
Trabajadores Independientes: Son trabajadores independientes todos los profesionales y no profesionales que desarrollan individualmente cualquier profesión, oficio, arte o ciencia, y que son capaces de generar ingresos como consecuencia de la prestación de sus servicios.
2.2
Tipo de renta que genera todo Trabajador Independiente Nuestro Sistema Tributario reconoce al Impuesto a la Renta como aquel que grava toda actividad económica o de servicios desarrollada por personas naturales y jurídicas domiciliadas en el país , que generan ingresos y que debe ser declarado y pagado por estas personas a quienes se les denomina contribuyentes del impuesto. Los contribuyentes no domiciliados pagan su impuesto, por la totalidad de sus rentas de fuente peruana. Para los efectos del Impuesto a la Renta, las rentas afectas se clasifican de la siguiente manera. 2.2.1 Rentas de Cuarta Categoría Las generadas por el trabajo independiente. Como se puede observar, la Ley del Impuesto a la Renta considera a las rentas generadas por el trabajo que usted realiza de forma independiente como Rentas de Cuarta Categoría.
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2.2.2 Otros Ingresos Calificados Como Rentas de Cuarta Categoría También se consideran en este tipo de rentas, las retribuciones que perciben
los directores de empresas, síndicos o liquidadores,
mandatarios, gestores de negocios, albaceas, y las dietas de los regidores de municipalidades y consejeros de gobiernos regionales. Asimismo los ingresos que se perciban a través de los Contratos Administrativos de Servicios-CAS en el Sector Público, se consideran en esta categoría, conforme a lo establecido en el reglamento del Decreto Legislativo 1057. 2.2.3 Ingresos no considerados como Rentas de Cuarta Categoría Los que se obtienen por trabajar con un contrato de servicios normado por la legislación civil, en el cual el contratante designa el lugar y el horario para que el contratado realice sus labores y además le proporciona los elementos de trabajo, asumiendo los gastos que demande el servicio. 2.3
Sistema de Pensiones en el Perú 2.3.1
El Sistema Nacional de pensiones El SNP es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores financie el total de las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP). 10
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El Sistema Nacional de Pensiones: régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo del Estado, que atiende a más de 1 900 000 trabajadores afiliados (obligatorios y facultativos), los cuales provienen tanto del sector privado como público. Actualmente, cerca de 455 mil personas vienen gozando de los beneficios de este sistema. El aporte no es a una cuenta individual, sino a un fondo colectivo (sistema de reparto). El Estado fija una pensión tope (mínima y máxima) y una contribución definida (aporte mínimo). Las prestaciones que otorga el Sistema Nacional de Pensiones son:
A favor del trabajador: pensión de jubilación e invalidez.
A favor de los sobrevivientes del trabajador: pensión de viudez,
orfandad, ascendencia (padres) y capital de defunción (monto otorgado cuando no existan beneficiarios de pensión). Las prestaciones son de carácter irrenunciable e imprescriptible. 2.3.2 Sistema Privado de Pensiones – AFP El Sistema Privado de Pensiones: fue creado en 1992 y atiende a más de 4 millones de trabajadores afiliados, además integra a más de 72 mil personas que gozan de sus beneficios (pensionistas). Es un sistema voluntario por el cual el afiliado cotiza una contribución definida a una cuenta individual que es administrada por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), con el objetivo de acumular un fondo pensionario individual y gozarlo al momento de su cese laboral.
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El Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un régimen administrado por entidades privadas denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), donde los aportes que realiza el trabajador se registran en una cuenta individual. El Sistema Privado de Pensiones se creó como alternativa a los regímenes de pensiones administrados por el Estado y concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) son instituciones financieras privadas que tienen como único fin la administración de los Fondos de Pensiones bajo la modalidad de cuentas personales. Otorgan pensiones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y proporciona gastos de sepelio. Las AFP fueron creadas en 1992 y operan dentro del Sistema Privado de Pensiones (SPP), el cual es supervisado y fiscalizado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Las AFP administran fondos de pensiones bajo la modalidad de Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), en favor de trabajadores incorporados al Sistema Privado de Administradoras de Fondos de Pensiones. Las AFP brindan prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, en conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Pensiones (SPP) N° 25897. Para dicho fin, reciben los aportes, propiedad de los trabajadores, invirtiéndolos bajo las modalidades permitidas por Ley. Las operaciones
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de las AFP se encuentran bajo el control y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
a. Tasas De Aportaciones Al Sistema De Pensiones . Afps
Comisión Sobre La Remuneración (Flujo) PROFUTURO INTEGRA PRIMA Aporte 10,00% Obligatorio 1,69% Comisión Prima de 1,23% Seguro Fuente: www.sbs.gob.pe
HABITAT
10,00%
10,00%
10,00%
1,55%
1,60%
1,47%
1,23%
1,23%
1,23%
Comisión Por Saldo Con Periodo Transitorio De Comisión Mixta
PROFUTURO INTEGRA PRIMA HABITAT Aporte 10,00% Obligatorio Comisión sobre la 1,49% remuneración (flujo) Comisión anual sobre el 1,20% saldo (ver nota) Prima 1,23% Seguro Fuente: www.sbs.gob.pe
10,00%
10,00%
10,00%
1,45%
1,51%
0,47%
1,20%
1,25%
1,25%
1,23%
1,23%
1,23%
Nota: la comisión por saldo anual aplica a partir de devengue del junio del 2013. Este monto se muestra al empleador con fines informativos ya que el monto a descontar será calculado por la AFP.
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b. Mientras que a la ONP el aporte es el 13% de la RMV. 2.3.3 Normas Reglamentarias Para Los Trabajadores Independientes:
Ley Nº 29903.-Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y el texto Único ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y Decreto Supremo N° 1662013-EF, cuyo contenido es el siguiente: Afiliación obligatoria
El trabajador independiente que no supere los 40 años de edad, y no se encuentre afiliado a un sistema previsional a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 29903, y además decida incorporarse al SNP, se afiliará a través de una solicitud en forma presencial o virtual, procesada la información, cada trabajador recibirá su constancia de afiliación. Obligaciones
Del agente de retención: retener el aporte obligatorio de los trabajadores independientes que no superen los 40 años de edad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 29903. Una vez que el agente de retención cumpla con la retención, deberá declararlo y pagarlo en forma mensual a la SUNAT.
Del trabajador independiente: Los trabajadores que perciban rentas de cuarta categoría y/o rentas de cuarta - quinta categoría, deberán exhibir 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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y/o entregar, según corresponda, a su agente de retención, una copia o impresión del documento que acredite su afiliación. Si el agente de retención incumple con la obligación de retener, el trabajador deberá declararlo y pagarlo directamente a la SUNAT.
Base de cálculo y tasa de aportación
Base de cálculo: está referida al ingreso total mensual percibido por los mencionados trabajadores, y no podrá ser inferior a una Remuneración Mínima Vital (RMV). En caso los ingresos totales mensuales sean menores a una RMV, dichos trabajadores no estarán obligados a aportar al SNP. Tasa del aporte:
En caso de ingresos no mayores a 1.5 RMV:
PERÍODO
TASA DE APORTE
Hasta diciembre de 2014
7%
De enero a diciembre de
10%
2015 A partir de enero de 2016
13%
En caso de ingresos mayores a 1.5 UIT: la tasa de aportación será de 13 %.Independientes ya afiliados al SNP Los trabajadores independientes que no superen los 40 años de edad a la fecha de entrada vigencia de la Ley N° 29903, y que se encuentren afiliados al SNP como asegurados 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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facultativos se sujetarán a lo dispuesto en el presente reglamento, y se les reconocerá los aportes realizados para el cálculo de la pensión. Pero no se le aplicará la tasa de aporte gradual.
Trabajador independiente mayor de 40 años
Los trabajadores independientes que superen los 40 años de edad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 29903, y que se encuentren afiliados al SNP, se sujetarán a las condiciones de la aportación y del procedimiento de declaración y pago de los aportes previsionales de los asegurados facultativos al SNP.
Ley Nº 30082 Ley que modifica la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y el texto Único ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones.
Artículo 1. Modificación del artículo 9 de la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones.
Modificase el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, con el siguiente texto:
Artículo 9. Del aporte obligatorio del trabajador independiente al Sistema Nacional de Pensiones
A los trabajadores independientes afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) que perciban ingresos mensuales que constituyan rentas de cuarta categoría y/o quinta categoría prevista en el artículo 34, literal 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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e), del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo 179-2004-EF, se les aplicará una tasa de aporte obligatorio. Dicha tasa es gradual, teniendo como tasa máxima de aplicación la correspondiente al aporte obligatorio del Decreto Ley 19990, conforme al siguiente cuadro:
Periodo
Tasa de aporte al SNP
Desde agosto de 2014
5%
hasta julio de 2015 Desde agosto de 2015
7.5%
hasta julio de 2016 Desde agosto de 2016
10%
hasta julio de 2017 A partir del 2017
13%
En caso de que los ingresos totales mensuales sean menores que una Remuneración Mínima Vital (RMV), no habrá obligación de aportar al SNP.”
17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Artículo 2. Modificación del artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF.
Modificase el segundo párrafo y adicionase un último párrafo al artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF, con los siguientes textos: Artículo 33.- (…)
A los trabajadores independientes afiliados al SPP que perciban ingresos mensuales que constituyan rentas de cuarta categoría y/o quinta categoría prevista en el artículo 34, literal e), del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo 179-2004-EF, se les aplicará una tasa de aporte obligatorio. Dicha tasa es gradual, teniendo como tasa máxima de aplicación la correspondiente al aporte obligatorio señalado en el artículo 30, conforme al siguiente cuadro:
Periodo
Tasa de aporte al SPP
Desde agosto de 2014
2.5%
hasta julio de 2015 Desde agosto de 2015
5%
18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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hasta julio de 2016 Desde agosto de 2016
7.5%
hasta julio de 2017 A partir del 2017
10%
En caso de que los ingresos totales mensuales sean menores que una Remuneración Mínima Vital (RMV), no habrá obligación de aportar al SPP.”
Artículo 3. Trabajadores sujetos a regímenes previsionales especiales
No son aplicables los aportes a que se refieren el artículo 9 de la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, y el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF, al personal militar y policial y otros trabajadores afiliados a los regímenes previsionales distintos a los contemplados en dichas normas.
PRIMERA. Vigencia
La presente Ley entra en vigencia el 1 de agosto de 2014, salvo lo señalado en la segunda disposición complementaria final, la única
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disposición
complementaria
transitoria
y
la
única
disposición
complementaria derogatoria.
SEGUNDA. Aportes efectuados
Los aportes referidos en el artículo 9 de la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, y en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF, que hubieren sido generados y/o efectuados desde la fecha de entrada en vigencia de la Ley 29903, se reconocen para el cálculo de la pensión que corresponda.
Disposición Complementaria Transitoria
ÚNICA. Aporte opcional
La aplicación de los aportes dispuestos en el artículo 9 de la Ley 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, y en el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por el Decreto Supremo 054-97-EF, es opcional hasta el 31 de julio de 2014, independientemente del nivel de los ingresos mensuales.
Para tal efecto, será de aplicación un aporte mínimo equivalente a 2,5% para el caso de afiliados al Sistema Privado de Pensiones y de 5% para el caso de los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones.
20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Ley N° 30237, Ley que Deroga el Aporte Obligatorio de los Trabajadores Independientes.
De acuerdo a dicha ley, quedan derogados los artículos 8° y 9° de la Ley N° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones y, en consecuencia, se restablecen los aportes libres y voluntarios de los trabajadores independientes.
Asimismo, se modifica el artículo 33° del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-97-EF y se señala que el trabajador independiente podrá afiliarse, voluntariamente, al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP).
Finalmente, debe indicarse que los montos cobrados a los trabajadores independientes, en virtud de la norma derogada, podrán ser devueltos o considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión, a elección.
2.3.4
Propuestas Para Fortalecer La Afiliación Y Aportes Al Sistema De Pensiones.
El
Dr. Zavala, Víctor-Gerente del Centro Legal- Cámara de
Comercio de Lima(CCL), nos dice:
21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Los aportes deberán ser deducibles como gasto del impuesto a la renta de cuarta categoría de los servidores independientes.
Respalda la ley que dispone la afiliación de los trabajadores independientes al Sistema Privado de Pensiones (SPP) o la Oficina de Normalización Previsional (ONP) para lograr que esos trabajadores y sus familiares, en el futuro, cuenten con una pensión de jubilación y de sobrevivencia en beneficio de sus familiares directos. Sin embargo, para que la afiliación sea efectiva y no se convierta en un sobrecosto permanente que afecte la canasta familiar de los trabajadores independientes se requiere ajustes normativos que desde hace más de un año se viene solicitando al Gobierno y al Congreso de la República, los llamados a corregir los actuales excesos normativos que impiden su aplicación y que vienen reclamando los servidores independientes.
Afiliación obligatoria. La afiliación a la AFP u ONP debe ser obligatoria solo para trabajadores que obtienen honorarios regulares y permanentes mayores a la remuneración mínima, esto es a 750 soles mensuales o más.
Afiliado actual. El trabajador subordinado que figura en planilla, afiliado a la AFP u ONP, no debe ser obligado a aportar sobre los honorarios adicionales que percibe fuera de su centro laboral.
22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Aportes deducibles. Los aportes a la AFP u ONP que realizan los servidores independientes deben ser deducibles como gasto al regularizar y pagar el impuesto a la renta anual de cuarta categoría.
Para el congresista Delgado Zegarra, Jaime en el proyecto de ley N° 3546/2013-CR/Ley que estable el libre aporte de los trabajadores independientes y que garantiza los aportes de los afiliados al sistema de pensiones.
Los trabadores independientes tienen la libertad de afiliarse y aportar en forma facultativa, al sistema nacional de pensiones –SNP o al Sistema Privado de Pensiones – SPP.
Asimismo, los aportes voluntarios se rigen por lo dispuesto en el cuarto y quinto párrafo del artículo 30° quedando su administración a cargo de la AFP, sin perjuicio que estas puedan celebrar con la entidad centralizadora, a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 14-A, en los que se establecerán el lugar, la forma, el plazo y las condiciones para el pago de los aportes.
En los casos a que se refiere el presente artículo, las AFP, podrán elaborar productos cuyas características principales sean la flexibilidad y la adaptabilidad a la frecuencia de los pagos.
Para la congresista Capuñay Quispe, Esther Yovana en el proyecto de ley N° 3698/2013-CR/Ley que establece la libre afiliación y el aporte voluntario o facultativo de los trabajadores independientes al 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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sistema privado de pensiones-AFP o al sistema nacional de pensiones.
El libre acceso de los trabajadores independientes al sistema previsional.
La constitución política del Perú en su articulo 11 establece el estado garantiza el libre acceso (…) a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas. Supervisa asimismo su eficaz funcionamiento (…). Disposición que consagra el derecho fundamental a la pensión en forma libre.
Tal libertad de acceso a las prestaciones implica que todos podamos acceder a el sin más trabas u obstáculos que los que se puedan derivar del ámbito de la autonomía del individuo, dentro de esa línea, la libertad de acceso a tales prestaciones opera en la medida que el individuo satisfaga las condiciones legalmente establecidas por el legislador para dicho acceso. En específico, respecto del acceso al sistema pensionario, queda claro que éste no es irrestricto ni ilimitado sino que esta sujeto al cumplimiento de condiciones y requisitos, asi no todo ciudadano tiene acceso efectivo a los sistemas de pensiones, sino sólo aquellos que, tengan la calidad de trabajadores y que, como tales, observen las exigencias de cada sistema, entonces lo que garantiza la constitución política es que a aquéllos que cumplan los requisitos y condiciones fijadas por ley, no se les niegue acceder al sistema pensionario que elijan voluntariamente. 24 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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La presente iniciativa busca establecer como principio que el aporte y consecuente pensión de jubilación de los independientes sea como consecuencia de la decisión autónoma y voluntaria del trabajador y no de forma forzosa. Lo anterior se sustenta en las siguientes variables:
El desfavorable contexto económico nacional
El menoscabo de los ingresos de los independientes (tasa en crecimiento) que no perciben beneficios laborales y por ende menores ingresos anuales y, la libre afiliación y disposición de los recursos propios de los trabajadores que no obliguen estar sujetos a una imposición de ahorro previsional en un contexto desfavorable.
Para Moreno, C.
(2012), Directora de la OIT para los Países
Andinos, durante el seminario Internacional Sistemas de Seguridad Social en Latino América “Desafíos para la Extensión de la Cobertura de la Protección Social en la Región Andina”.
La promoción de una verdadera cultura previsional resulta sumamente importante para garantizar la seguridad económica de los adultos mayores.
Mientras
los
niveles
de
aseguramiento
no
mejoren
considerablemente en el mediano y largo plazo, políticas públicas del estilo de las pensiones no contributivas serán necesarias para dar cobertura a los adultos mayores sin cobertura.
EL Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de Educación (MINEDU) trabajarán de manera conjunta para 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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desarrollar una cultura previsional que está muy ausente en el Perú, anunció la viceministra de Trabajo, Sylvia Cáceres. “Esto ha sido muy evidente en las últimas semanas en nuestro país cuando hay manifestaciones de desconcierto respecto a la pensión: a quiénes alcanza, cuánto alcanza, por qué un modelo y no el otro”, comentó durante su participación en el XII Seminario Internacional de la FIAP2014.
Manifestó que esta incertidumbre que tiene la mayoría de peruanos deberán ser atendidos a través de las medidas que adoptará el gobierno.
2.4
Los trabajadores independientes y su relación con el sistema de Pensiones La importancia de conocer cómo seleccionan los consumidores el integrarse a un sistema de pensiones, radica en identificar las determinantes que evalúan y que podrían ser motivo de reclamo en el caso que lo recibido no sea igual a lo ofrecido. Ante lo dicho Formisano (1980) encontró que un alto porcentaje de consumidores no investigaba apropiadamente sobre la integración a un sistema de y los consumidores que sí hacían una investigación previa a la compra, lo hacían de manera limitada. Estos resultados conducen a plantear la hipótesis que los productos son “muy difíciles” de entender para un consumidor típico, conllevando a que la provisión de información adicional no tenga un efecto positivo relevante para el consumidor.
26 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Los trabajadores no eligen en base de atributos intrínsecos del producto, como son los rendimientos de las inversiones o las primas que cobran las aseguradoras, sino más bien sobre la base de otros aspectos extrínsecos, como la tenencia previa de un producto con la aseguradora (por ejemplo, un seguro de salud), una recomendación del producto por parte de otro consumidor (no así de un broker o asesor financiero) o una relación familiar. Min Li, en su estudio agrupa los factores de la siguiente manera: a)
Demográficos: Edad, educación, tamaño de la familia ó número de hijos, empleo y otros (raza, salud, estado civil.)
b)
Económicos: Ingresos, Patrimonio neto, la tasa de interés y la inflación, acceso a la propiedad, costos del seguro.
c)
Psicológicos: Aversión al riesgo, Tipo de trabajo, estima personal, ética, fatalismo, preferencia religiosa.
A nivel microeconómico Varian (2003) afirma que en situaciones de elección incierta los consumidores toman sus decisiones basadas en dos factores: La utilidad de los resultados y su probabilidad respectiva. La utilidad esperada es la utilidad media asociada con una decisión, y se calcula multiplicando cada uno de los posibles resultados de la decisión de su utilidad con la probabilidad y luego se suman los productos resultantes. Pero un factor decisivo no sólo lo es el aspecto económico sino
la edad, el momento de la vida, así como las
características del producto, son los factores que influencian 2.4.1 Barreras individuales
27 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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Son limitaciones que únicamente pertenecen a un nivel individual que son influenciadas sólo por el trabajador que se encuentra frente a los sistemas previsionales. a.
Conocimiento sobre cultura previsional Es el conocer sobre los requisitos, procesos y otorgamiento de pensiones; este conocer involucra tener un acercamiento con la realidad previsional y con las fuentes de ello (SNP, SPP)
b. Ingresos económicos Es un factor económico que se limita a la remuneración adquirida por los trabajadores independientes, esta remuneración debido a la naturaleza del trabajador independiente, es muy variable, no constante y en muchos casos ocasionales.
2.4.2 Barreras sociales Son limitaciones que pertenecen a un nivel social que son influenciadas principalmente por el estado o por los organismos y/o entidades vinculadas y/o de sistemas de pensiones.
a.
Políticas de estado Las políticas públicas son las respuestas que el Estado puede dar a las demandas de la sociedad, en forma de normas, instituciones, prestaciones, bienes públicos o servicios. En este sentido, está ligado directamente a la actividad del Estado en tanto ejecutor, es decir, aludiendo
a
la
Administración
del
Estado,
centralizada
o
28 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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descentralizada. Involucra una toma de decisiones y previamente un proceso de análisis y de valorización de dichas necesidades. Las políticas de estado a nivel previsional se reflejan en las normas que rigen el proceso de otorgamiento de pensiones, en los límites de edad establecido y en el monto de años de aporte, sin embargo no se tiene establecido claramente lo mencionado en base a las características de un trabajador independiente, ya que esta es tratado como un dependiente. b.
Accesibilidad a los medios de difusión Sobre este punto en particular, Greenwald (2008) señala que los programas de divulgación de información al público deben cumplir tres principios: a) la información debe ser comprensible para el receptor; b) la información debe ser relevante y c) la información debe ser accesible. Ello sobre la base de las conclusiones de Cude (2005), quién cuestiona si acaso los programas de divulgación de información en el caso de pensiones constituyen un mecanismo efectivo para incrementar el poder de negociación. Sin embargo respecto a los programas de divulgación: a) Que la comprensión de los consumidores respecto a la información divulgada es, en el mejor de los casos es limitada; b) Generalmente los consumidores no leen la información que divulgan las empresas, sin embargo, estarían dispuestos a leer dicha información si esta fuera clara; c) El contenido y estilo de la información influye en la disposición de los consumidores a leer dicha información. 29
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La información que se presenta de manera práctica y amigable permite que los trabajadores
puedan evaluar los costos y los
beneficios que obtendrían de acuerdo a su edad, salud y la seguridad para la familia.
30 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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III. MATERIALES Y MÉTODOS
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3.1
MATERIAL DE ESTUDIO 3.1.1.
Población o Universo La población materia de estudio está constituida por los trabajadores independientes de la Provincia de Trujillo que según estimación es de 130,500 (según INEI)
3.1.2.
Muestra: Para determinar la muestra, se utilizó la formula estadística para poblaciones finitas: n = tamaño de la muestra necesaria Z= Nivel de confianza = 95% = 1.96 p=grado de aceptación: 0.5 q= Grado de no aceptación = 1-p=0.5 E= Margen de error: 0.04 N = Tamaño de la población: 130,500 trabajadores independientes El valor de n= 383 trabajadores independientes
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3.2
DISEÑO: Para el presente estudio de investigación se utilizará el diseño descriptivo de una casilla, la cual se representa de la siguiente manera. X
Y
Donde: X
(Trabajadores Independiente)
Y
(Integración al sistema de pensiones)
3.3 MÉTODOS Y TÉCNICAS 3.3.1 Métodos: a) Método Inductivo - Deductivo Los elementos del objeto de investigación no pueden ser numerados y estudiados en su totalidad, para esto se va a recurrir a tomar una muestra representativa, que permita hacer generalizaciones del conjunto de posibles comportamientos de las variables estudiadas en esta investigación, la cual la obtenemos aplicando una encuesta a la población de la Provincia de Trujillo.
33 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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b) Método Analítico - Sintético Se utilizará el método Analítico – Sintético para tratar la situación actual de la provincia de Trujillo para poder observar las consecuencias en el aporte de los trabajadores independientes, así como los cambios que traen consigo. c) Método estadístico Todos los métodos mencionados tienen que ir complementados con el método estadístico, dado que para interpretar el comportamiento de las diversas variables comprometidas en el estudio, tenemos que realizar una serie de operaciones estadísticas, como por ejemplo: tabulación de datos, grado de correlación entre las variables, tasas de crecimiento, participación porcentual, gráficos, etc. 3.3.2 Técnicas: Encuesta: a los trabajadores independientes de la Provincia de Trujillo.
34 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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IV. RESULTADOS
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4.1 Resultados de encuesta aplicada a la población de la provincia Trujillo.
DATOS GENERALES POR EDADES
DISTRITO
POBLADORES
PORVENIR
132
LA ESPERANZA
106
TRUJILLO
145
TOTAL
383
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
DATOS GENERALES POR EDADES
EDAD
POBLADORES
18-25
28
26-35
122
36-45
165
46- MAS
68
TOTAL
383
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
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TABLA Nº 1
CONOCIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE PENSIONES
TOTAL
PORCENTAJE
SI
305
80%
NO
78
20%
TOTAL
383
100%
ALTERNATIVAS
FUENTE: Encuesta aplicada en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 En relación al conocimiento que se debe tener en cuanto a cultura previsional, 80% AFIRMA que conoce acerca de los sistemas de pensiones, en cuanto un 20% desconoce sobre el otorgamiento de pensiones.
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CUADRO Nº 2 CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES ACERCA DE LOS REQUISITOS PARA AFILIACIÓN TOTAL
PORCENTAJE
SI
129
34%
NO
254
66%
TOTAL
383
100%
ALTERNATIVAS
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FIG. Nº 2
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 De un total de 383 habitantes encuestados, sólo un 34% conoce los requisitos que se requiere para la afiliación a un sistema de pensiones, mientras el 66% lo desconoce.
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CUADRO Nº 3 TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE APORTAN A UN SISTEMA DE PENSIONES
TOTAL
PORCENTAJE
SI
15
4%
NO
368
96%
TOTAL
383
100%
ALTERNATIVAS
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 FIG Nº 3
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 El 5% de los trabajadores independientes encuestados aporta a un sistema de pensiones, mientras el 95% no realiza ningún aporte de pensiones. 39 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 4 CONFIANZA EN LOS SISTEMAS ACTUALES DE PENSIONES ALTERNATIVAS
TOTAL PORCENTAJE SI 264 69% NO 119 31% 383 100% TOTAL FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
El 69% de los trabajadores independientes encuestados tienen confianza en los sistemas actuales de pensiones, mientras el 31% no confía.
40 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 5
OPINIÓN RESPECTO AL DESCUENTO VOLUNTARIO DE APORTE DE PENSIONES PARA LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES (LEY 29903)
ALTERNATIVAS TOTAL PORCENTAJE Totalmente en desacuerdo 21 5% En desacuerdo 98 26% Ni de acuerdo ni en 35 9% desacuerdo De acuerdo 126 33% totalmente de acuerdo 103 27% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 Solo un 5% de los trabajadores independientes encuestados está totalmente de acuerdo en el descuento obligatorio para asegurar una pensión en la vejez, mientras un 27% está en total desacuerdo que el aporte sea obligatorio. 41 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 6
BARRERAS QUE LIMITARON EL APORTE VOLUNTARIO DE LOS INDEPENDIENTES ALTERNATIVAS ORDEN CULTURAL BAJOS INGRESOS TRAMITE BUROCRATICO DESCONFIANZA EN LOS SISTEMAS DE PENSIONES TOTAL
TOTAL
PORCENTAJE 58 15% 141 37% 56 15% 128
33%
383
100%
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
Las barreras que mas importantes según la encuesta son bajos ingresos 37% y la desconfianza en los sistemas de pensiones (33%) 42 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 7
RANGO DE INGRESOS ECONÓMICOS ALTERNATIVAS TOTAL PORCENTAJE 500-800 17 4% 800-1200 234 61% 1200-1500 105 27% 1500 A MAS 27 7% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 El 61% de los trabajadores independientes perciben ingresos mensuales entre 8001200 soles y el 27% perciben entre 1200-1500 soles.
43 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 8
PORCENTAJE DE SUS INGRESOS MENSUALES QUE ESTARIA DISPUESTO A APORTAR A UN SISTEMA DE PENSIONES
ALTERNATIVAS
TOTAL
PORCENTAJE
0% 28 7% HASTA 3% 338 88% HASTA 8% 15 4% HASTA 13% 2 1% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
La mayoría de los trabajadores independientes encuestados estarían dispuestos a aportar hasta un 3% de sus ingresos mensuales. 44 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 9
FACTORES QUE SE TOMAN EN CUENTA PARA LA AFILIACION VOLUNTARIA
ALTERNATIVAS TOTAL PORCENTAJE EDAD Y AÑOS 151 39% PORCENTAJE DE APORTACION 147 38% MONTO DE JUBILACION 28 7% FORMA DE PAGO 57 15% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FIG. Nº 9
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014 Para los trabajadores independientes los factores que más tomarían en cuenta para la afiliación voluntaria a un sistema de pensiones son: la edad y años y el porcentaje de aportación.
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CUADRO Nº 10
MEDIOS DE INFORMACIÓN MAS CONOCIDOS RESPECTO A LA AFILIACIÓN EN UN SISTEMA DE PENSIONES
ALTERNATIVAS TOTAL PORCENTAJE CORREO ELECTRONICO 218 57% FOLLETOS 55 14% CHARLAS PRESENCIALES 85 22% PAGINAS DE REDES SOCIALES 25 7% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
El 57% de los trabajadores independientes encuestados en Trujillo preferiría recibir información mediante correo electrónico y el 22% mediante charlas presenciales.
46 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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CUADRO Nº 11
MEDIOS QUE PREFIEREN PARA RECIBIR INFORMACION RESPECTO A LA AFILIACION EN UN SISTEMA DE PENSIONES
ALTERNATIVAS TOTAL PORCENTAJE CORREO ELECTRONICO 218 57% FOLLETOS 55 14% CHARLAS PRESENCIALES 85 22% PAGINAS DE REDES SOCIALES 25 7% TOTAL 383 100% FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
FUENTE: Encuesta aplicada a los TI en la Provincia de Trujillo – Mayo 2014
El 57% de los trabajadores independientes encuestados en Trujillo preferiría recibir información mediante correo electrónico y el 22% mediante charlas presenciales. 47 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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V. DISCUSIÓN
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Luego de haber recolectado la información e interpretado los resultados podemos inferir lo siguiente: Los trabajadores independientes de la Provincia de Trujillo (80%) tienen conocimiento en general a cerca de los sistemas de pensiones existentes (SNP,SPP); Sin embargo, dichos trabajadores (66%) desconocen los requisitos que ellos como trabajadores independientes deben contar para la afiliación a un sistema de pensiones , porque no se ha hecho una campaña de información al respecto y se debe establecer un periodo de prueba de seis meses, en el cual no se imponga multas ni sanciones a los trabajadores que no cumplan con estos aportes. De esta forma, se podría informar y fiscalizar a los independientes. Así mismo, se encontró que de los trabajadores independientes encuestados, solo un 4% actualmente está afiliado a un sistema de pensiones, lo que evidencia la problemática de falta de interés y preocupación (tabla n°6 ) de contar con una pensión a futuro y de esta manera contar con una mejor calidad para su tercera edad. En la cuesta se pudo verificar la desconfianza que tiene la población de Trujillo (31%) en los sistemas de pensiones, sobre todo si nos enfocamos en los trabajadores independientes los cuales son los más reacios a la afiliación por distintos factores tales como altas comisiones, falta de alternativas de ahorro previsional y trámites burocráticos. Así mismo, al preguntarles a los trabajadores independientes si consideran importante aportar a un sistema de pensiones y contar con una pensión para su futuro, solo el 54% lo considera muy importante, mientras un 27% lo considera poco importante, esto se da debido a la falta de cultura previsional en la población con otras opciones de inversión. Considerando la vigencia de la Ley 29903 y su modificatoria mediante la Ley 30082, se encontró que solo un 5% de los trabajadores independientes encuestados está totalmente 49 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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de acuerdo y un 26% está de acuerdo con la aprobación de la mencionada ley, en las cuales disponen la obligatoriedad de la afiliación de los trabajadores independientes a un sistema de pensiones; un 33% está en desacuerdo y un 27% está totalmente en desacuerdo, de esto consideramos que a los trabajadores que se encuentren dentro de la quinta categoría, ya no debería aplicarse el descuento de aporte previsional en forma obligatoria en sus rentas que generen por cuarta categoría o debería considerarse este aporte de forma voluntaria o con una comisión más baja. De igual forma, quisimos investigar el nivel de ingresos mensuales de los trabajadores independientes, encontrando que el 61% tiene ingresos mensuales entre 800 y 1200 soles. De lo anterior, investigamos que porcentaje estaría dispuesto un trabajador independiente aportar para una pensión futura, encontrando que un 88% estaría dispuesto a aportar hasta el 3% de sus ingresos mensuales, solo un 1% estaría dispuesto a aportar hasta un 13% como lo hacen los dependientes actualmente. Es importante saber cuáles son las barreras o inconvenientes que afectan a los trabajadores para afiliarse a un sistema de pensiones, encontrando a través de la encuesta que las barreras son de orden cultural, es decir la idiosincrasia y el desconocimiento de la importancia de los aportes, así mismo, los bajos ingresos de los trabajadores independientes. Con respecto a los factores que toman en cuenta los trabajadores independientes a la hora de decidir por un sistema de pensiones, las más importantes son la edad, los años de aporte y el porcentaje de aporte, los cuales deben ser los más convenientes para los trabajadores independientes.
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Por todo lo expuesto es necesario mantener informada a la población a fin de motivarlos y tomar conciencia de lo importante que es la afiliación a un sistema de pensiones que permitir la seguridad en la vejez, siendo así que los encuestados en un 57% prefieren que dicha información le sea brindad mediante correo electrónico y el 22% charlas presenciales, solo un 7% lo prefieren mediante redes sociales.
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VI. CONCLUSIONES
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Según los resultados obtenidos después de aplicada la encuesta, podemos concluir en lo siguiente: Los afiliación de los trabajadores independientes al sistema de pensiones es limitada debido a que sólo un 5% aporta a un sistema de pensiones, mientras que el 95% restante no lo hace; esto debido a que existen barreras individuales y sociales que impiden la integración a dicho sistema . La mayoría de los trabajadores independientes (80%) si conocen cuales son los sistemas de pensiones que existen en el Perú, pero desconocen en su mayoría (66%) los requisitos que se necesitan para afiliarse como trabajador independiente, haciendo más estrecha su relación con el sistema de pensiones. Los trabajadores independientes muestran un desinterés de aportación a un sistema de pensiones ya que solo un 4% de los encuestados aportan a un sistema de pensiones, mientras el 96% no cuenta con una jubilación. La mayoría de trabajadores independientes desconocen en consiste el aporte facultativo para trabajadores independientes. Existe desconfianza por parte de los trabajadores independientes (31%) sin embargo un 69% si confía. El 54% de los trabajadores encuestados consideran muy importante aportar aun sistema de pensiones, mientras la otra mitad no le parece importante, concluyendo que la población no tiene conciencia de la importancia de asegurar una vejez tranquila económicamente. Se puede concluir que la mayoría de los trabajadores independientes (60%) están en desacuerdo con la obligatoriedad de la aportación dada con la aprobación de la ley
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29903 y sus modificatorias, siendo los principales motivos los bajos ingresos mensuales y la desconfianza hacia los sistemas pensionistas. Los ingresos mensuales de los trabajadores independientes oscilan entre 800 y 1200 para el 61%, que si bien es cierto es mayor al mínimo vital vigente, son bajos como para aportar un porcentaje para una jubilación. Los trabajadores independientes (88%) no están dispuestos a aportar más de un 5% de sus ingresos mensuales para su jubilación, un mínimo (1%) estaría dispuesto a aportar como un trabajador dependiente. Los factores que más consideran los trabajadores independientes a la hora de evaluar afiliarse a un sistema de pensiones son la edad, los años y el porcentaje de aportación. Los trabajadores independientes prefieren ser informados a su correo electrónico y con charlas asistenciales respecto a temas de afiliación a un sistema de pensiones.
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VII. RECOMENDACIONES
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En base a los resultados obtenidos se recomienda: Realizar campañas para informar a los trabajadores independientes de Trujillo, mediante charlas informativas o la web
respecto a los requisitos para una
afiliación y concientizar las ventajas de aportar y asegurar una jubilación para tener una mejor calidad de vida durante la vejez. Las empresas aseguradoras deberían tener en cuenta los factores que son importantes para los trabajadores independientes en el momento de la afiliación a un sistema de pensiones. Establecer un mayor control y exigencia en los procedimientos de cobranza de los Aportes y de esta manera fortalecer la disponibilidad de efectivo para las colocaciones financieras. También es necesario establecer una Representación de los Afiliados para la participación en las decisiones que afecten las políticas del SPP y así ellos puedan contribuir a los fines del Sistema Previsional.
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VIII. BIBLIOGRAFÍA
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Libros a. Chávez Castillo, H (2007) “Libre desafiliación de las AFPs y su incidencia en la Economía Nacional” - Trujillo b. Morris Guerinon, F. “Mercado Financiero Peruano” - Universidad del Pacifico – Lima. c. Ponce Polanco, O. 2011 “Mejoramiento del diseño y desempeño organizacional de una AFP para lograr la fidelización de sus afiliados –Trujillo. d. Rebaza Yupanqui, J. 2006 “Incidencia de la entrada de un nuevo
competidor
en la estructura de mercado del sistema privado de pensiones en el Perú” - Trujillo
Páginas Web
a. CONGRESO (2012), “Ley N° 29903, Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones”, http://www.congreso.gob.pe/ntley/Imagenes/Leyes/29903.pdf b. CONGRESO (2012), “Ley N° 30082, Ley que modifica la Ley N° 29903”, http://alanemiliomatosbarzola.wordpress.com/2013/09/22/ley-30082-modifica-ala-nefasta-ley-29903-de-reforma-del-sistema-privado-de-pensiones-y-el-tuo-dela-ley-del-sistema-privado-de-administracion-de-fondos-de-pensiones/ c. GESTION (2014) http://gestion.pe/economia/afp-inician-descuentos comisionestrabajadores-independientes-2103410 d. PERU 21(2013) “Gobierno oficializó suspensión de aportes independientes AFP”,http://peru21.pe/economia/gobierno-oficializo-suspension-aportesindependientes-afp-2150283
58 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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e. RPP
NOTICIAS
(2014)
Reducción
de
tasas
de
PROFUTURO
http://www.rpp.com.pe/2014-07-21-profuturo-afp-reduce-en-75-comision-paratrabajadores-independientes-noticia_709834.html f. SUNAT
“Los
(2013)
trabajadores
independientes”,http://trabajadorindependiente.sunat.gob.pe/index.php/trabajador es independientes
59 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/
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IX. ANEXOS
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ENCUESTA A TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO DATOS EDAD: _____
SEXO:
F
M
OFICIO: _________
1. ¿Conoce de los Sistemas de pensiones en el Perú? a) SI b) NO 2. ¿Conoce cuáles son los requisitos para afiliarse a un Sistema de Pensiones? a) SI b) NO 3. ¿Aporta a un Sistema de Pensiones? a) SI b) NO
4. ¿Confía en los sistemas actuales de pensiones? a) SI b) NO
5. ¿Qué opina de la importancia de aportar y afiliarse voluntariamente a un sistema de pensiones, ya sea privado o nacional, lo cual les permitirá contar con una vejez tranquila tanto en el aspecto económico como social? a) b) c) d)
MUY IMPORTANTE POCO IMPORTANTE INDIFERENTE NO ES IMPORTANTE
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6. Si no se a afiliado a un sistema de pensiones, pero conoce de él. ¿Qué factores limitaron su integración a este sistema?
7. En que rango se encuentran sus ingresos mensuales a) 500-800 b) 800-1200 c) 1200-1500 d) 1500 a mas 8. ¿Cuánto estaría dispuesto aportar a un Sistema de Pensiones para una jubilación en un futuro? a) b) c) d)
0% Hasta 5% Hasta 8% Hasta 12%
9. ¿Qué le motivaría, para afiliarse a un Sistema de Pensiones? a) b) c) d)
Edad y años de Aporte Monto de aportación Monto de jubilación Forma de pago
10. ¿A través de qué medios obtuvo información sobre sistemas de pensiones? a) b) c) d)
Correo electrónico Folletos Charlas presenciales Páginas de redes sociales
11. ¿Con qué medios le gustaría recibir la información e) f) g) h)
Correo electrónico Folletos Charlas presenciales Páginas de redes sociales
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