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SAN JUAN DE LA CRUZ EN UNA RELACIÓN DE SU TIEMPO (1569-‐1589)* Gabriel BELTRAN Estamos ante unas páginas de historia carmelitano-‐teresiana donde la preocupación filial del autor por su madre pone en entredicho la sensibilidad de los máximos repre-‐ sentantes de la Orden. Situación que resuelven los superiores sin caridad ni justicia, según el interesado. En dos momentos bien diferenciados, entra en escena fray Juan de la Cruz: como vicario provincial de Andalucía (1585-‐1587) y como miembro de la Con-‐ sulta (gobierno central) del Carmelo teresiano (1588-‐1591). El autor, fray Juan de San Alberto (Juan de Ortega y Muñoz), hermano no sacerdote, ingresó en la Orden cuando la fundación del convento-‐desierto de la Peñuela, hoy la Carolina (Jaén), en julio de 1573. Pero en abril de 1589 le expulsaron de la Orden. Lo cual ya indica por dónde irá su memoria. Una relación densa y extensa en referencias personales, propias y ajenas. El hilo conductor es la situación económica en que ha quedado su madre por haber ayudado a la Orden, “que si no sirve, o se lo dar de limos-‐ na, o por su trabajo lo gana, no lo come”. En torno al problema familiar, envidias, recelos y difamaciones que los superiores mayores pretenden solucionar a base de cárceles y sentencias, sin oír debidamente al inculpado. Este documento lo publicó íntegramente por primera vez, que yo sepa, Anselmo Donázar.1 Incluso comenta la presencia e implicaciones sanjuanistas.2 También el padre Silverio de Santa Teresa conoce y enjuicia algunas de las aprecia-‐ ciones “negativas” que el hermano Ortega hace de san Juan de la Cruz.3 A nosotros nos extraña la escasa atención que le han dedicado los historiadores de la Orden y del Santo. Si bien es cierto que el Instituto Histórico Teresiano prometió editarla hace veinte años.4 Porque, aun cuando sea una historia muy personal, se desa-‐ rrolla en un marco verificable, como veremos a través de las múltiples anotaciones a pie de página. Podremos disentir de sus opiniones, pero será difícil demostrar lo contrario, a poco que se estudien estos años del Carmelo teresiano. Es una historia en “miniatura” del padre Jerónimo Gracián. Que por cierto también aparece en nuestra relación. Lo cual explica por qué figura entre sus papeles en el Archivo Histórico Nacional. Son nueve folios de 31 por 21 centímetros, escritos por ambas caras hasta el folio noveno a media página con la firma del autor. Todo autógrafo y de muy buena caligrafía. Se guarda en el citado centro, sección Clero, legajo 3821, apartado VIII, documento 43. No consta el destinatario de esta “cuenta de mi vida, y también de lo que supiese anejo a ella”. Tampoco aparece el lugar y la fecha de su redacción. Con todo pensamos *
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[Publicat a Monte Carmelo, 106 (1998), pp. 23-‐60.] Anselmo DONÁZAR, Principio y fin de una Reforma. Una revolución religiosa en tiempos de Felipe II: la Reforma del Carmen y sus hombres, Bogotá (Colombia), [1968], pp. 379-‐394. Las siglas usadas en el presente artículo son: AHP (Archivo Histórico Provincial), BMC (Biblioteca Mística Carmelitana), HCD (Historia Carmen Descalzo, P. Silverio), MHCT (Monumenta Historica Car-‐ meli Teresiani), Ref. (Reforma de los Descalzos). Ibid., pp. 105-‐121. HCD 6, pp. 388-‐390 y 711-‐713. MHCT 4, doc. 430, n. 21.
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que se escribió para don Juan Vázquez del Mármol, amigo y simpatizante del padre Gracián y de su corriente, dentro y fuera de la Orden. Existen documentos que dan pie para creerlo así, en especial uno de 1590, que hace pensar, incluso, en la fecha de su redacción, que sería antes de la primera quincena de febrero de este mismo año. Y por tanto dentro del primer año de la expulsión de su autor.5 Utilizamos la transcripción de Donázar, pero confrontada, palabra por palabra, con el original. Y seguimos parecidos criterios de lectura y puntuación. Respetamos y repro-‐ ducimos los únicos entrecomillados del original, a pesar de que hay muchas otras frases o dichos que, al parecer, los deberían llevar. Pero introducimos, por nuestra cuenta, títulos o encabezamientos dentro del texto. RELACIÓN DE FRAY JUAN DE SAN ALBERTO Mandóme vuestra merced, que con toda verdad le diese cuenta de mi vida y también de lo que supiese anejo a ella, porque, sabido por vuestra merced, me pudiese declarar la obli-‐ gación que tengo. Y así yo lo prometo hacer con toda verdad, como cosa que va el descargo de mi alma. [Baeza y la Peñuela: Padres y proyectos familiares, desde 1569.] Primeramente, en el año del Señor de 1569, mi padre, movido del celo de Dios y del bien de mi alma, temiendo no comenzase a gustar del trato y malicias de este mundo, por ser, como lo fue siempre, muy temeroso de Dios y celoso de su honra y gloria, siendo yo de edad de 11 años, poco más o menos, me llevó a una heredad suya que tenía en Sierra More-‐ na. La cual está apartada del poblado dos leguas y media por donde menos. La cual heredad ha nombre la Peñuela. La cual tenía él dedicada para que en ella se sirviese a Dios con algu-‐ na quietud en soledad y vida honesta. En la cual se pretendía él mismo apartar a vivir sólo con su mujer y hijos, que éramos dos, y un capellán. Y para este fin hizo una iglesia o orato-‐ rio, donde todos los días pudiésemos oír misa y los domingos recibir el Sacramento del al-‐ tar, como lo tenían, mi padre y madre, de costumbre años había. El cual propósito no hubo efecto, a causa que, comunicando, el dicho mi padre, este su propósito con su confesor, que era el licenciado Núñez Marcelo, al cual tenían dada, él y mi madre, la obediencia por voto en toda cosa grave, y pareciéndole, al dicho licenciado, que serviría más a Dios en la obra que hacía en Baeza, que era tener la administración de un hospital, en el cual había introdu-‐ cido algunas santas costumbres, y donde se ejercitaba en obras de caridad, le aconsejó y mandó que desistiese de este propósito y perseverase en la dicha administración. A lo cual obedeció. Y porque su propósito, de emplear aquella su heredad en servicio de Dios, no cesase, encargósela al dicho padre Núñez. Y entre ambos procuraron de llevar a ella algunos hom-‐ bres deseosos de servir a Dios en soledad. Y ansí llevaron hasta una docena, y a mí y mi hermano entre ellos; el cual se llama fray Ignacio. Y todos con ánimos concordes y deseosos del servicio de Dios, olvidados de ninguna otra pretensión, hacíamos nuestra vida debajo del gobierno de uno de ellos, que fue el primero que allí fue, que llamábamos el hermano Diego. Y nadie se nombraba más de por el nombre de pila. El cual se llamó, después, fray Diego de la Cruz. Y ansí, él como todos, estábamos sujetos al padre Núñez como a confesor y a mi padre como a padrón o fundador.
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Nos fundamentamos en la “Carta general a todos los conventos de carmelitas descalzos” de don Juan Vázquez del Mármol, donde aparecen reflejadas algunas de las noticias y acontecimientos expuestos por nuestro autor (Ibid., p. 30). Y más en concreto, a mediados del mismo año, insistiendo en la temá-‐ tica y nombrando “a fray Juan de San Alberto” (Id., doc. 448, p. 163).
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[Comunidad de descalzos en la Peñuela e ingreso en la Orden.] De esta manera estuvimos hasta el año de 1573, en el cual año, viéndose en una recia enfermedad, considerando en sí cómo aquella obra era buena, mas que perecería en faltan-‐ do él o su confesor y hijos, rogó al dicho licenciado que se hiciese cargo de aplicar aquella gente y heredad a alguna Religión, para que, con tal arrimo, permaneciese. Lo cual hizo, el licenciado, con muchas veras. Y teniendo noticia de los frailes descalzos carmelitas, que a la sazón hacían la casa de Pastrana, trabajó por aplicarles aquella casa. Y ansí lo hizo. Y ansí fue de Pastrana el padre fray Baltasar de Jesús con el padre fray Gabriel de la Concepción y fray Pedro de los Ángeles. Y juntos tomaron la posesión de la casa y die-‐ ron el hábito a todos los que quisieron, de los ya dichos, que allí estaban.6 Y, entre ellos, le recibí yo para corista, y ansí lo fui todo el año del noviciado, siguiendo el coro y rezando, en él, todas las horas canónicas. Que en sólo esto se diferenciaban los legos de los coristas: en que los unos rezaban las horas por breviarios y los otros por cuentas; que coronas no las hubo hasta que, siendo provincial el padre fray Jerónimo Gracián de la Madre de Dios, y yendo a visitar aquella casa, mandó, entre otras, dos cosas: la una, que no hiciesen corista a ninguno que no fuese, a lo menos, gramático, lo cual no entiendo yo que su reverencia mandó por los que eran ya profesos, sino por los novicios, que había muchos; y lo otro, que a todos los que fuesen coristas les abriesen coronas.7 Pues, como allí no había frailes ningunos que supiesen qué cosa era Religión, ni había visto otra cosa sino aquélla, fuera del prelado, nadie sabíamos de lo que el prelado decía. Y ansí él abrió las coronas a los que le pareció, supiesen o no supiesen, y dejó a los que quiso, señalándolos por legos. Y ansí dejó al padre fray Cristóbal de la Concepción, que después, medio por pleito, sacó que le volviesen la corona. En el tiempo que gobernó el padre fray Ángel de Salazar8 dejó al hermano fray Pedro de San Ángelo y a fray Diego de Santiago y a fray Juan Bautista y a mí. Los cuales, como no sabíamos de negocios, disimulamos. Y tam-‐ bién porque tenían a mucha soberbia que alguno tratase de ser corista. Y ansí nos queda-‐ mos todos con este agravio. Y más con el escrúpulo de conciencia de si nos obligaba a rezar las horas canónicas a los que habíamos profesado para el coro, o si cumplíamos con sólo re-‐ zar las cuentas. Del cual escrúpulo no me han satisfecho algunos letrados con quien lo he tratado; más de decir que quien nos quitó el coro había de tomar esto a su cargo. Ya este agravio pasó y para siempre yo traté de él. Sino que antes, si alguno me lo traía a la memo-‐
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Las noticias que aquí se dan sobre la Peñuela concuerdan, básicamente, con la documentación oficial de la comunidad que publicamos recientemente. Lástima que en aquellos momentos nos hubiera pa-‐ sado por alto esta relación de fray Juan de San Alberto (Gabriel BELTRAN, “La Peñuela: documentos fundacionales (1573-‐1575)”, San Juan de la Cruz, 17 [1996], pp. 95-‐111). En este caso el “vecino muy piadoso de Baeza, llamado Alonso Sánchez Chacón”, que había adquirido “aquella agreste soledad” y destinado a “retiro de almas buenas” (HCD 3, p. 677), sería el padre de nuestro hermano Juan de San Alberto, que se confesaba y dirigía con don Álvaro Núñez Marcelo. Así lo recuerdan, también, las Crónicas de la Orden (Ref. 1, p. 453). Sin embargo, las siguientes puntualizaciones que hace nuestro fray Juan no tiene nada que ver con algunas de las posteriores de Francisco de Santa María, sobre ciertos conventuales a la hora de escoger entre coristas o hermanos no sacerdotes (Ibid.). El padre Baltasar de Jesús Nieto había subdelegado los poderes de comisario y visitador apostólico recibidos del P. Francisco de Vargas en el padre Jerónimo Gracián en agosto de 1573, para el Carmen de Andalucía (MHCT 1, doc. 54). Así como el nuncio, Nicolás Ormaneto, le rati-‐ fica el 22 de septiembre de 1574(Id., doc. 75). Y aunque Gracián pasó por la Peñuela mediado agosto de 1573, creemos que la vista a que se refiere nuestro autor se realizaría con motivo de su primer encuentro con la madre Teresa de Jesús en Beas, por abril de 1575 (EFRÉN DE LA MADRE DE DIOS..., Tiempo y vida de santa Teresa, Madrid, 1977, pp. 627-‐633). Existe la relación de uno de los antiguos moradores de la Peñuela que habla de una visita de Gracián a la comunidad “el año de 1576, como vi-‐ sitador apostólico” (HCD 4, p. 143). Pensamos que habla del “tiempo” en que estuvo al frente del Carmen Descalzo, en calidad de vicario general por decisión del nuncio, Felipe Sega, desde el 1 de abril de 1579 hasta dos años más tarde (MHCT 2, docs. 182-‐183).
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ria, me daba pesadumbre. Los demás que agora viven, que sólo son fray Diego de Santiago y fray Juan Bautista, sé que viven, y han vivido, muy desconsolados por razón de este agravio. Pues, estando yo para profesar fue Dios servido de llevarse a mi padre. Y el prior de es-‐ ta dicha casa de la Peñuela, viendo a mi madre viuda, y que todo su deseo era de morir en Religión, le prometió de la hacer recibir en un monasterio de monjas que luego se fundó en Beas,9 o en otro de descalzas. Y con esta confianza, pareciéndole a ella que, cuanto más bien hiciese por los frailes, sería mejor para que la recibiesen, comenzó a gastar largo con ellos. Y ansí ayudaba a todas las obras de esta casa de la Peñuela con todo lo que podía. Y como después se mudaron a la casa del Calvario,10 y allí no tenían casa, ni conocidos que les ayu-‐ dasen, ella, de lástima de verlos sin casa ni iglesia, comenzó como de nuevo a les ayudar con tantas veras, que vino a quedar en tanta necesidad como la que agora tiene: que si no sirve, o se lo dar de limosna, o por su trabajo lo gana, no lo come. [Conventualidad, por seis años en los Remedios de Sevilla. Estancia de su madre en la ciu- dad. Intervención de fray Juan de la Cruz.] Pues, como el padre fray Bartolomé de Jesús tenía, por una parte, alguna noticia, y, por otra, viese las veras con que yo siempre me ofrecía al trabajo corporal en que la Religión me ocupaba, con algún género de agradecimiento me decía y persuadía, siendo el dicho padre procurador en su casa de Sevilla, a que yo llevase de Baeza a Sevilla a mi madre, diciéndome que, mientras él fuese procurador, la sustentaría con limosnas, y cuando no, que el conven-‐ to lo haría, vista la obligación que la Orden le tenía, ansí a ella como a mí. Todo esto nunca hice caso hasta tanto que hicieron prior de aquella casa, de Sevilla, al mismo padre fray Bartolomé.11 Y luego que lo fue me mandó que escribiese a mi madre en-‐ viándola a llamar para Sevilla, con las promesas ya dichas y otras mayores. Y no sólo esto, mas él mismo me procuró, con ciertas cautelas, licencia del vicario provincial, que a la sazón era fray Juan de la Cruz,12 para que yo fuera a Baeza, donde ella estaba. Y ansí se hizo. Ida, pues, que ella fue, a Sevilla, algunos frailes entendieron que yo había procurado el llevar a mi madre a Sevilla. Lo cual, como Dios lo sabe y jurará el padre fray Bartolomé, an-‐ tes yo lo contradije temiendo envidias de frailes y sus murmuraciones. Al fin, luego, andu-‐ vieron echando cercos, hasta que me echaron de Sevilla. Pues antes que del todo me muda-‐ sen, sucedieron dos o tres cosas notables. Y fue que una mujer, que no sé cómo se llama, habiendo sido, o siendo, criada de un hombre honrado de Triana,13 que ha nombre Alonso Matías, polvorista, es pública voz y fa-‐ ma que del mismo se hizo preñada. Lo cual él mismo dicen haberlo confesado con palabras y obras. Pues, estando esta dicha preñada, se fue a valer de un fraile llamado fray Ángel de San Gabriel.14 El cual, delante de mí, llamó a una morena que solía lavar la ropa del conven-‐ 9 10 11
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El monasterio de carmelitas descalzas de Beas de Segura (Jaén) tuvo lugar el 16 de febrero de 1575 (EFRÉN, Tiempo y vida..., pp. 614-‐615). La fundación del Calvario se hizo a finales de 1576 (HCD 4, pp. 143-‐152). Bartolomé de Jesús, de Ribera, natural de Granada y profeso (6.01.1576) de Sevilla (Libro de profe- siones, n. 14), fue prior de los Remedios, de Sevilla, en dos ocasiones: primero los años 1582-‐1583 (Ibid., fols. 34-‐39), y posteriormente desde el capítulo provincial de Lisboa-‐Pastrana, 18.10.1585, al de Valladolid, 19.04.1587 (Gabriel BELTRAN, “Elecciones hechas en los primeros capítulos de la Re-‐ forma Teresiana”, Monte Carmelo, 74 [1966], pp. 250-‐251). Pasando, luego, a serlo de Lisboa. Amigo y compañero de Gracián fue expulsado, también, de la Orden, a raíz del capítulo general de 1588, sien-‐ do consiliario general (Ildefonso MORIONES, “Bartolomé de Jesús, expulso (1588) y olvidado”, Monte Carmelo, 103 [1995], pp. 579-‐584). Fue vicario provincial de toda la Andalucía y Murcia desde el 18 de octubre de 1585 al 19 de abril de 1587 (Gabriel BELTRAN, “San Juan de la Cruz: documentos de Granada”, Monte Carmelo, 100 [1992] p. 366). Barrio de Sevilla en el que estaba ubicado el convento de los carmelitas descalzos, de los Remedios. Uno de los primeros religiosos profesos en el noviciado de Pastrana (13.05.1571), donde poco des-‐ pués estuvo de maestro de novicios, pese a su falta de personalidad, abundancia de escrúpulos y pe-‐
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to, y en cuya casa posaba mi madre, y la previno para que con mucho secreto admitiese aquella mujer cuando fuese a parir y la cubriese, por ser honrada, y se encargase de lo que pariese, que él se ofrecía a darle todo lo que fuese menester. Todo lo cual se hizo ansí. Y el dicho fraile sustentó la criatura algunos meses. Y sé yo que daba el dinero, para ello, el di-‐ cho Alonso Matías, porque, por mandado de fray Ángel, se lo pedí yo algunas veces. Y en este mismo tiempo, antes que esta criatura naciera, el padre fray Antonio de Jesús15 pidió a una señora de Sevilla, muy honrada y noble, que ha nombre doña Catalina de Ocampo, que se llevase a su casa a mi madre. Y ella, movida de caridad y por persuasión del dicho padre, la llevó. Y se fue, luego, a vivir con ella a un pueblo, ocho leguas de Sevilla, que se llama Manzanilla, a causa que esta dicha señora tiene allí toda su hacienda. Y estando ella en Manzanilla nació la criatura, ya dicha, de Sevilla. Y juntamente, en la villa de Manzanilla, echaron una otra criatura a la puerta de la iglesia poco antes de Navidad. La cual criatura se estuvo, según afirma todo aquel pueblo, diez o doce días en la iglesia sin que naide se mo-‐ viese con piedad a se encargar de ella. Lo cual visto por mi madre, y pareciéndole que era grande crueldad, juntó a cuatro o cinco beatas, y entre todas dieron a criar la dicha criatura. De la cual nunca se pudo, hasta hoy, averiguar quién fuese el padre, ni su madre, aunque se presumió ser de una viuda, que, por ser mujer de honra y valor, nadie se atrevió, ni ha atre-‐ vido, a hacer diligencia en aclararlo. El otro caso fue que, el ya nombrado fray Ángel [de San Gabriel], se hizo cargo de la otra criatura. Andaba muy encontrado con el prior, y, a ninguna cosa que el prior hacía, arros-‐ traba él, y por consiguiente, ninguno de los que con él tenían estrecha amistad, como fueron el padre fray Francisco de San Alberto y fray Juan de la O y fray Elías [de San Jerónimo],16 etc. Sucedió que recibieron a un novicio de Écija emparentado con algunos caballeros de allí, y entre ellos con un don Pedro de Fajardo, caballero muy principal y de valor. El cual novicio parece que, por algunas virtudes o otras cosas que el prior conoció de él, se le afi-‐ cionó algo. Y esto fue de suerte que el ya dicho fray Ángel [de San Gabriel] lo pudo entender. Y luego que esto entendió, comenzó a contradecirle la profesión. Y ansí anduvo haciendo algunas diligencias contra él. Y no faltó quien le puso mácula en su linaje. Con lo cual le co-‐ menzó a perseguir al descubierto en sus capítulos. Pues, viendo el padre prior cuán adelante iba en persuadir y mover los ánimos de los ca-‐ pitulares a que no le admitiesen a la profesión, determinó el prior, por sí mismo, de quitarle el hábito, antes que sus súbditos se lo hiciesen quitar. Y día de San Sebastián [20 de enero], por la noche, se le quitó, con tanto sentimiento del fraile que movió a todos a lástima. Acaso sucedió que, la víspera de San Sebastián [19.01.1587], fue a Écija el prior que entonces era en Córdoba, que se llama fray Agustín de los Reyes. El cual, por ser natural de
nitencias extravagantes. Por si no basta lo dicho, recuérdese que escribió la biografía de Catalina de Cardona (BNM, ms. 4213). Anduvo destinado por conventos de Andalucía, Castilla, Catalunya y Mur-‐ cia, y ejerciendo varios prioratos, a tiempo y a destiempo (HCD 3, pp. 471-‐497; HCD 9, pp. 139-‐144). En esta misma relación volverá a aparecer más adelante. No sabemos el tiempo que permaneció en Sevilla, pero sí que firma como testigo en algunas profesiones, entre el 24.12.1585 y el 29.5.1586 (Li- bro de profesiones, f. 48-‐49; Archivo Provincial O.C.D. Andalucía. Córdoba). 15 Antonio de Jesús Heredia. Había sido prior de Sevilla y vicario provincial entre 1583 y 1585 (Ibid., fols. 40-‐43). Puede que continuara en la casa de conventual. En abril de 1587 volvió a ser vicario pro-‐ vincial. En esta ocasión de Portugal, únicamente (MHCT 8, doc. 1, n. 3). 16 En las estadísticas que tenemos de la comunidad, figuran estos tres religiosos como conventuales de Sevilla en 1586, aunque el 1 de enero no esté presente en el acta notarial Francisco de San Alberto: Bartolomé de Jesús, prior, Juan de San Gabriel, suprior, Juan de la O, Eliseo de San Ildefonso, Simón Stock, Elías de San Jerónimo, Pedro de Jesús, José de los Reyes, Bernardo de Santa María, Francisco de San Ángelo, Juan del Espíritu Santo, Juan de San Alberto, José de San Pedro y Juan de los Ángeles (An-‐ tonio DE CÍVICO, Protocolos de 1586, s. f.; AHP Sevilla, sign. 5405. Juan PÉREZ GALINDO, Protocolo de 1586, fol. 62; AHP Sevilla, sign. 2383). Y en años anteriores y posteriores alguno de ellos (Libro de profesiones, fols. 39-‐52).
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Écija,17 ha deseado mucho que allí se hiciese un monasterio de la Orden. Y con este deseo fue a un hermano de este novicio y díjole: “Señor, vuestro hermano profesará muy pronto; háceme placer que, pues vos tenéis la hacienda de ambos, que a cuenta de lo que ha de haber la Orden de su legítima me deis mil o dos mil ducados para comprar aquí una casa para hacer aquí un monasterio nuestro”. Haciéndole algunas promesas. A lo cual no respondió, sino fuese, luego, al caballero ya dicho, don Pedro de Fajardo, y, contado el caso, el caballero le respondió que no le diese blanca. Y luego, el don Pedro, es-‐ cribió una carta al prior de Sevilla en esta forma. La cual carta yo vi y leí algunas veces, y se la vieron otros religiosos, como fueron el padre fray Juan de San Gabriel, que a la sazón era subprior allí, y fray Juan de San José, fray Juan Bautista, fray Pedro de San Juan,18 con el prior y otros que no me acuerdo bien. Mas los nombrados bien sé que la vieron y oyeron que decía ansí: “Padre, aquí ha venido un fraile, que dice ser prior de Córdoba, y ha pedido a Luis Sánchez dos mil ducados a cuenta de la profesión de su hermano, y para quien profesa tanta virtud y pies descalzos muy mal parece esto, que es darnos a entender que si no se lo dan, que no profesará. De suerte que quieren vender la profesión, como cuando en el mercado se vende una cabalgadura a quien más da por ella. Lo cual, si a ninguna Orden le está bien, menos le está a esa, que tanto desprecio del mundo y sus cosas profesa”. Con otras cosas al modo de éstas. Pues, como el prior vido esta carta y los frailes ya nombrados con otros muchos, que no me acuerdo quiénes fueron, paresciónos a todos que haberle, en tal ocasión, quitado el hábito era desdorar mucho la Orden. Por lo que se había de murmurar, diciéndose ser ésta la principal causa de quitársele el hábito: no haber dado esta suma de dinero, principalmen-‐ te no señalándoles defectos ni culpas por donde se mereciese quitar el hábito. Y si alegaban linaje, traía él una probanza pública, que dijo un inquisidor, que la vido, ser bastante para poder ser por ella admitido a cualquier oficio grave de la Inquisición. Pues visto esto, comenzósele a persuadir al prior que, por evitar escándalos, le diese el hábito por entonces, pues él se lo había quitado sin el capítulo. Y que, después, cuando ya se le hubiese olvidado, le pusiesen alguna falta y le quitasen el hábito. A lo cual el prior no se atrevió. Y viéndole yo tan cobarde, dije una palabra necia. Y fue que delante de todos, y principalmente de sus contrarios, que fue decir: “Padres, por uno de vuestras reverencias se le ha quitado el hábito a fray Francisco,19 y por temor del mismo no se atreve el padre prior a devolvérselo, para obviar escándalos.
17 Agustín de los Reyes, Carrasco Góngora, había nacido en Écija (Sevilla), el 12.06.1552, y profesado en Pastrana, el 12.01.1571 (Libro de profesiones, fol. 4; Archivo O.C.D., Toledo). El convento de Córdoba se inauguró oficialmente el 18 de mayo de 1586. Agustín de los Reyes fue superior de la nueva co-‐ munidad hasta abril del año siguiente (Gabriel BELTRAN, “San Juan de la Cruz en Córdoba (1586-‐ 1591)”, Monte Carmelo, 105 [1993], pp. 271-‐287; Íd., “Elecciones hechas en los primeros capítulos de la Reforma Teresiana...”, Monte Carmelo, 74 [1966], p. 251). 18 Estos religiosos, excepto fray Juan Bautista, aparecen en el libro de profesiones de estas fechas, pese a que no firma, como es natural, la comunidad entera. Y menos si eran hermanos no sacerdotes (véanse, por ejemplo, en el citado libro los años 1583 a 1587, fols. 43-‐55). 19 En el mismo libro de profesiones de Sevilla hay un tal Francisco de San Ángelo, “Francisco Sánchez, natural de Écija, hijo de Cristóbal Díaz y de María de Jaén”, que profesó en Sevilla el 5 de mayo de 1585 (Libro de profesiones, fol. 45v). Religioso en el que se dan las coincidencias del lugar de naci-‐ miento, Écija, y el nombre de, “su hermano”, Luis Sánchez. Pero no encaja con las fechas ni otros acontecimientos de la relación. Puesto que siempre nos lo presenta como novicio, incluso con la hacienda familiar “a cuenta de la profesión”, en una visita, previa, a Écija (Sevilla) del prior de Córdo-‐ ba, posterior al 18 de mayo de 1586, fecha de la fundación cordobesa. Por tanto, no podemos identi-‐ ficar, de momento, a nuestro “fray Francisco”, ecijano, a quien el vicario provincial, “le volvió a dar el hábito en otra casa que se llama Nuestra Señora de la Fuensanta”. A donde va poco después, por cier-‐ to, el autor de esta relación. En este caso podría referirse a fray Francisco de San José, relacionado con el citado convento de la Fuensanta, según la autorización dada a la comunidad por el vicario pro-‐
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Pues yo les prometo que, aunque pese a quien pesare, ha de profesar, si él hace lo que yo les aconsejara”. De lo cual quedó fray Ángel [de San Gabriel] y algunos de los que eran de su parte muy sentidos. Aunque cuando lo dije no fue advirtiendo yo la pesadumbre que se recrecería, ni que se habían de agraviar de ello. Aunque, en diciéndolo, advertí cuán mal había hablado. En fin, luego, di orden cómo él se fuese, con cartas que llevó de favor, al padre fray Juan de la Cruz, que era vicario provincial. Y él le volvió a dar el hábito en otra casa que se llama Nuestra Señora de la Fuensanta. [Traslado al convento de la Fuensanta, que simultanea con el Calvario. Carta al provin- cial, con motivo del capítulo de Valladolid, en favor de su madre. Primer proceso. La madre regresa junto a sus parientes.] Y luego dieron orden cómo, sin que yo entendiese nada, me sacasen de Sevilla. Y ansí me mandaron a la misma casa de la Fuensanta.20 Y, no contentos con esto, parece que, bien o mal hecho, me hicieron un proceso de culpas. El cual, hasta hoy, no ha sido posible que se me muestre, para dar mi descargo, ni sé más de él de cuanto me han querido decir. Sin de-‐ cirme cómo, ni dónde, ni cuándo. En fin, estando yo en la Fuensanta, llamaron a capítulo provincial, que se celebró en Valladolid.21 Al cual capítulo, y al provincial22 de él, yo escribí una carta diciendo: “Padre, manifiesto es, a muchos de los padres, que en esa santa Congregación es tan la obligación que la Religión tiene a mi madre, por les haber dado el monasterio de la Peñuela, como por haber gastado en él, y en el de el Calvario, todo cuanto tenía, con esperanzas de que la habían de recibir en un monasterio de monjas de la Orden. Y también, porque es no-‐ torio a todos con las veras que yo sirvo, y he servido, a la Religión, haciendo, muchas veces, más de lo que puedo, ni otros se atreven. Y también es agora manifiesta la necesidad en que está: que si no se lo dan de limosna, no lo come. Por lo cual, suplico a vuestra reverencia que mande al prior de la casa donde yo estuviere que, pues se sirve de mí, sustente a mi madre, pues no hay día que yo no gane mi comida y la de otros dos, y más. O que mande que en algún monasterio de monjas la reciban, pues lo merece. Y si nada de esto quisieren, déjenme en Sevilla, que allí tengo amigos que, sin que la Religión me dé nada, la sustentaré mientras viviere. Y si nada de esto quisieren, denme licencia que la salga a sustentar, que no la he de ver morir de hambre, por haber dado su hacienda a la Orden, y yo callar”. A esta carta no me respondieron cosa alguna, sino, sin yo saber cosa alguna, me envia-‐ ron una sentencia:23 diciendo que, por algunas suspechas y por haber procurado yo, con mucha instancia la vuelta a Sevilla, y por una carta mía relajada, me sentenciaban a destie-‐
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vincial, fray Juan de la Cruz, en Baeza, el 8 de marzo de 1587. El documento habla de “concertar con Juan Sánchez de Guzmán, hermano del hermano fr. Francisco de San José, sobre la hacienda que por parte del dicho puede pertenecer al dicho convento” (Boletín Carmelitano. Noticias de la provincia Bético-Argentina, n. 10, de 1928, y Mensajero de Santa Teresa y de San Juan de la Cruz, 6 [1928], p. 53). El contenido de la licencia nos hace pensar que fray Francisco era un recién profeso de la comu-‐ nidad. Santuario mariano a las afueras de Villanueva del Arzobispo (Jaén), y en el que se establecieron los carmelitas descalzos en mayo de 1583 (HCD 5, pp. 273-‐276). El capítulo se abrió en Valladolid el 17 de abril de 1587 (Ibid., pp. 553-‐559). Era provincial Nicolás de Jesús María Doria, elegido en el capítulo de Lisboa (10.05.1585). Pero dado que el oficio duraba cuatro años, en el de Valladolid, continuaba presidiendo la provincia del Carmelo teresiano (Gabriel BELTRAN, “Elecciones hechas...”, pp. 250-‐251). Como le veremos al frente de la misma, ininterrumpidamente, hasta su muerte en 1594. Por consiguiente responsable máximo de los decisiones judiciales contra nuestro Juan de San Alberto. No existen las actas de los libros oficiales de los capítulos ni definitorios de la Orden de aquella época. Por tanto, ni en esta ni en posteriores referencias, podemos acudir a ellas para conocer las de-‐ cisiones y pareceres tomados por los propios superiores mayores.
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rro perpetuo de Sevilla y de 16 leguas a la redonda. Y que si quebrantase este destierro, fuese visto haber sido convencido de malos tratos con mujeres. Esta sentencia me notificó el padre fray Brocardo de San Lorenzo, prior de la Fuensan-‐ ta, a dos días de junio del año de 1587,24 dejándome suspenso y atónito con esta sentencia, por no haber yo sabido que nadie hubiese tratado de mi vida cosa ninguna. Ni jamás, en capítulos ni visitas, se me haber pedido, ni hecho cargo de culpa alguna, grave ni liviana, ni entonces habérseme pedido descargo de ninguna para sentenciarme. De donde me sobre-‐ vino grandísima cólera. Y con ella respondí, en una carta al provincial, diciendo no entendía tal manera de justicia, ni sentencia, que me parecía a la que suelen decir “de Cataluña”: que después de ajusticiado el hombre, le hacen la información;25 pues a mí no se me había pedi-‐ do nada, y me habían sentenciado. Por lo cual, teniendo por injusta la tal sentencia, no la quería, ni quise, aceptar, sino que me hiciese cargo de lo que se hallase contra mí, y recibie-‐ sen mi descargo. Y cuando no fuese tal, me castigasen, más que si de otra suerte se proce-‐ diese contra mí, quitándome así mi honra; que lo que nunca había hecho, ni imaginado de hacer, lo haría; que era hacerlos verdaderos en todo lo que contra mi honra, tan injusta-‐ mente, me ponían. Y sospechas que daban a entender tenían contra mí, con otras cosas al modo de éstas. De la cual carta, ni de otras tres, que sobre esto le escribí al provincial, nunca respuesta me quiso enviar. ¿Cuál fuese la causa? ¡No lo sé! Pues como a todo esto yo estuviese en el monasterio de el Calvario, que a la sazón era anejo a la Fuensanta,26 el sitio del cual es en unos montes muy solitarios, donde se suelen pasar tres y cuatro meses sin que lleguen a él seglares ningunos, hombres ni mujeres, pare-‐ cióme, a mí, que ya allí me dejarían. Pues el mismo lugar y sitio aseguraba a las sospechas que se pudieran tener de mí, cuando fueran verdaderas y no apasionadas. Pues donde no hay, ni puede haber, conversación de mujeres, no puede ser tampoco sospechoso. Y ansí era propio lugar para quien, siendo verdaderamente sospechosa y no maliciosa pasión, viviese seguro. Y aún por fuerza presumía yo que me habían de hacer estar allí. Y más cuando consideraba que la verdadera causa del haberme hecho procesos habían sido envidias. Que, bien conocido he tenido, y tengo, haber sido todo porque yo siempre procuraba hacer lo que me encargaban los prelados con la mayor solicitud que podía. Con lo cual les obligaba a que me hiciesen, como de hecho me hacían todos, mucha merced y amistad. Con la cual, después, me cargaban tanto de negocios que a mí me pesaba bien y me traían bien cansado. Y a los demás súbditos les causaba envidia que me favorían mucho. Siendo, como lo era, más causa de haberme compasión de verme andar tan acosado y falto de tiempo para todas las cosas; y aún, muy de ordinario, para comer y dormir. Como serán todos mis testigos, y para otras necesidades que no para ser envidiado. Por donde entendí que, cesando la causa que era la envidia, cesarían también las persecuciones y procesos. Y demás de esto, yo de-‐ seaba, muchos años había, estar en una tal casa, apartada de seculares y comunicación de ellos. Y ansí, con todos mis trabajos y deshonras, pasaba, a trueco de estarme en aquella quietud. Y ansí procuré de sosegar mi pecho, aunque agraviado por el perdimiento de mi honra. Por todo pasaba.
24 Había sido elegido superior de la comunidad en el capítulo provincial de Valladolid (Gabriel BELTRAN, “Elecciones hechas...”, p. 251). Era uno de los religiosos “primitivos” de la Peñuela (Jaén), donde tomó el hábito (1573) y murió el 1602 (HCD 3, p. 500). Pocos semanas antes de volver a la Fuensanta esta-‐ ba de vicario del convento de Córdoba (Acta notarial del 11 de abril de 1587: Manuel JERÓNIMO y Rui PÉREZ, Escrituras de 1587-89, fols. 437-‐443; AHP Córdoba, sign. 4/641). 25 Nos hubiera gustado aclarar esta alusión. Pero mis amigos del Colegio Notarial de Barcelona no tienen idea de dónde puede proceder este dicho. 26 El Calvario, de cuyo convento ya nos ha hablado fray Juan anteriormente y en el que había colabora-‐ do económicamente su madre (cf. nota 10), estaba a 12 kilómetros de la Fuensanta. Hoy todavía que-‐ da algún recuerdo de la presencia de la Orden (Carlos María LÓPEZ FÉ, Caminos andaluces de san Juan de la Cruz, Sevilla, 1991, pp. 31-‐39).
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Y ansí, sosegado y quieto, intenté de enviar a llamar a un pariente mío, que está de allí a dos leguas. Y con parecer del prior, lo hice. Y con el mismo parecer, rogué a este mi pa-‐ riente que recogiese en su casa a mi madre. El cual, ansí por ser viudo como por tener una sola hija beata, holgó muchísimo, haciéndome grandes ofertas, ansí como al prior. Y ansí, por orden de todos tres, escribí a Sevilla a mi madre pidiéndole se viniese allí con aquel pariente mío. Ya yo tenía allí orden cómo ella fuese sustentada sin que diese pesadumbre a la Orden, ni aún a aquel mi pariente, con sola industria mía que había puesto. [Traslado al convento de Villanueva de la Jara (Cuenca).] Y aunque llevaba entablado eso de esta suerte, envíame el provincial una patente que, luego, me partiese al convento de Villanueva de la Jara, que se comenzaba entonces,27 para que me encargase de la obra como oficial. Lo cual sintió el prior de la Fuensanta muchísimo, por muchas causas. Y una de ellas, porque, en confianza mía, había mucho gasto en prevención de materia-‐ les para que se comenzase a labrar. Y la casa estaba alcanzada de dineros para poder coger oficial de fuera. Y también, porque entre veintitantos frailes que había, no había de quién confiar ninguna cosa de trabajo, ni cuidado. Porque los que eran para trabajos estaban enfermos, y los que pudieran descuidar eran pocos, y ansí yo sólo traía ambas cosas en peso con solicitud y trabajo. Pues visto esto, él comenzó a temer la desgracia del provincial, si me estorbaba la ida a Villanueva. Y por otra parte sentía la falta. Y también yo sentía la descomodidad de mi ma-‐ dre, y el fuego donde me ponían para haberme comenzado a acusar de sospechas. Porque la casa donde me mudaban está dentro de la villa, y en el convento no había puertas ni cerra-‐ duras algunas; que a cualquiera hora, del día o de la noche, se pudieran salir y entrar los frailes y los seculares, sin ninguna nota. Todo lo cual, con otras muchas cosas, se me ponían delante. Y al fin, con todo, nos determinamos. Y escribió el prior al provincial significándole la necesidad en que andaba, y pidiéndole que me dejase allí. Yo, tomando las cartas, me fui a Villanueva de la Jara. Y en llegando di cuenta de toda mi vida al vicario de la casa, que se llamaba fray Diego de los Apóstoles28 y díjele cómo co-‐ ntra justicia, con deshonra y infamia mía, me habían sentenciado; y lo demás tocante a mi madre. Lo cual visto le pareció estaba yo obligado a hacer lo que pudiese, ansí para volver por mi honra, como en el remedio de mi madre. Con este parecer escribí al provincial, pidiéndole me diese licencia para ir a él a darle satisfacción de mi vida y cuenta de toda ella, y saber por qué me tenía sentenciado, con lo demás que tenía que tratar con él para descargo de mi conciencia, con quien, como mi pre-‐ lado, estaba obligado a descargarme, y él a remediar lo que hubiese que remediar. A nada de esto me quiso responder, sino sólo envió a decir al vicario que me dijese que mejor estaban los frailes en su convento que por los caminos. Vista esta respuesta, tan fuera de término, por el vicario, y sabido mi pecho y voluntad, díjome que me podía, sin escrúpulo ni pena alguna, irme al provincial como a mi prelado; que no sería tan sin término que no me recibiese y me oyese, y pusiese el remedio que, co-‐ mo prelado, tenía obligación; mas que no le dijese a el provincial que me había él dado li-‐ cencia, por temor de no se revolver con él. Y ansí lo hice. [Viaje a Madrid. Cárcel y entrevista con el provincial.]
27 El convento de Villanueva de la Jara (Cuenca) es del 5 de agosto de 1587, con el título de Nuestra Señora de las Nieves (HCD 5, pp. 593-‐594). 28 No nos ha sido posible identificar a este religioso.
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Víneme a Madrid,29 que son treinta leguas, a pie, en tres días, con hartas aguas y traba-‐ jo. En entrando, el regalo con que me recibió, para alivio del cansancio del camino, [fue] que, sin desayunarme ni dejarme siquiera enjugar, me mandó encerrar en la cárcel. Donde, luego, me mandó que, sin hablar con él ni con otro del convento ni fuera de él y dentro de dos horas, saliese de Madrid. Yo le respondí que me oyese de justicia. El dijo que no quería. Volví, que, si era mi juez, me oyese, y que si se hacía parte, que me diese juez. Respondióme que no daba él audiencia a frailes amancebados. Yo respondí que me probase ser verdad lo que decía, y me castigase de ello, y me oyese de justicia; pues se la pedía. Y que si no me quería oír, que me quitase el hábito, y buscaría yo juez. A lo cual respondió: “Eso de quitaros el hábito lo haré yo de muy buena gana”. Y sin duda la hiciera si no fuera que fray Juan de Jesús30 le fue a la mano, diciendo que mirase que se destruía, porque no había causa para poderlo hacer. Entonces, con deseo de hacerme causa, pidió mi dicho por escrito, y que firmase cómo había yo pedido que me quitase el hábito. Yo, con aquella cólera, lo firmé; y juntamente lo que le pedía: que me oyese de justicia y mostrase lo que tenía procesado contra mí, por dónde me había sentenciado, y que recibie-‐ se mi descargo, y que diese remedio a mi madre pobre por servir a la Orden, o la hiciese re-‐ cibir en un monasterio de monjas, o me dejase vivir en uno de cuatro conventos que le se-‐ ñalaba. Porque de cualquiera de ellos la sustentaría yo sin ayuda de la Orden, ni molestia que para esto le diese; que eran los tres en desierto: uno el Calvario, otro la Fuensanta, otro la Peñuela, o en Sevilla. Y que si a ningún partido de estos quería salir, que me quitase el hábito, que yo la sustentaría. Volvióme a mandar que me fuese a Villanueva, que no había de ir a otra parte. Y que él no quería encargarse del remedio de mi madre, que lo que había hecho por la Orden había sido por amor de Dios y él se lo pagaría. Respondí que yo estaba presto a su obediencia allí, o en cualquiera parte que me man-‐ dase, como me oyese de justicia y me remediase a mi madre. Respondió que no había lugar de otra cosa, sino de que obedeciese sin condición nin-‐ guna, y me fuese, luego, a Villanueva. Volví a decir que, sin saber por qué me había sentenciado, no había de salir de Madrid. Mandó que me encerrasen en la cárcel, y puso precepto que nadie me diese otra cosa más que pan y agua. Y ansí, mojado y sin desayunarme, me encerraron en la cárcel, sin lumbre ni otro refri-‐ gerio ninguno. Y ansí me tuvo diez días, sin haber remedio de que me dejase, siquiera, los días de Pascua florida oír misa y confesar, pidiéndoselo, esto, por petición formada que pa-‐ ra esto le di. Al cabo de los diez días, que fue el postrero día de Pascua,31 fue él a la cárcel. Y reprendiéndome dijo que declarase qué clase de criatura se había echado a la puerta del convento de Sevilla y le había tomado mi madre; porque sabía que era mío y lo había criado.
29 Convento de San Hermenegildo, hoy parroquia de San José, en la calle de Alcalá, cerca de la Cibeles, entonces sede de la curia del Carmelo teresiano. Llevaba poco más de un año de su fundación, 25.02.1586 (HCD 5, p. 513). 30 Pensamos que se trata del padre Juan de Jesús Roca, en aquellos meses por San Hermenegildo, de Madrid, preparando el próximo capítulo general (junio de 1588), después de haber logrado el breve Cum de statu (MHCT 8, doc. 153), y la fundación de carmelitas descalzas en Barcelona (MHCT 10, doc. 1). En el libro de profesiones de Madrid se hace eco de su presencia por la ciudad (BNM, ms. 8020, fol. 5). Por otra parte con autoridad, jurídica, más que suficiente, para hacer recapacitar al padre Do-‐ ria, sobre el particular. 31 El año 1588 celebró la Pascua de Resurrección, o “florida”, el día 17 de abril.
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Yo respondí ser falsedad todo, como lo es. Porque no se hallará que a la puerta del con-‐ vento se haya echado criatura en seis años que yo estuve en él; ni antes, ni después, entien-‐ do se ha echado tal. De donde se colige ser todo pasiones y maldades, pues nadie habrá que tal diga, ni pruebe. Y entonces recité la historia de fray Ángel [de San Gabriel], por si acaso llamaban aque-‐ llo echarlo al convento. Y también, el suceso de Manzanilla que, hasta que yo lo dije, nadie lo sabía. Y pedí que mandasen a fray Ángel que declarase, pues lo sabía cúya era aquella su criatura. Y que, no lo queriendo declarar, se la pidiesen por suya, pues se hizo cargo de su nacimiento y criación. Y en lugar de pedírselo, llamando, luego, a capítulo general que se celebró en Madrid,32 le nombraron y hicieron prior de su casa de Caravaca,33 y a mí, que declarase quién podía manifestar cúya es de padre y madre, o que se la demandasen a él, senténcianme a quitar el hábito y a expulsión de la Orden. Y la sentencia, en suma, es esta: “Por cuanto fray Juan de San Alberto ha apostatado de nuestra Orden, y por inobedien-‐ te, y porque él así lo ha pedido, lo sentenciamos a expulsión de la Orden y privación del hábito, para siempre”. Dada que fue esta sentencia, enviáronme a llamar de Villanueva [de la Jara], donde es-‐ taba desde que me soltó de la prisión, ya dicha. [De nuevo en Madrid ante la Consulta. Entrevistas con fray Juan de la Cruz y otros consi- liarios. Habla con el padre Gracián. Obligado a escoger por abogado a un miembro de la mis- ma Consulta, rechaza a fray Juan y pide al padre Antonio. Invitaciones para irse a Lisboa.] Y en llegando al convento de Madrid, que fue día de la Magdalena [22 de julio] del año de 1588, el secretario solo, que se llama fray Gregorio de San Ángelo,34 me llevó a una celda. Y allí, a solas, me notificó la dicha sentencia en secreto, no sé a qué propósito. Y me dijo después, delante del padre fray Nicolás de San Cirilo,35 que respondiese, disponiendo de mi persona, lo que quería hacer. Yo dije que no sabía qué decir ni hacer. Y con esto no me dijeron más nadie. Sino que, de allí a cinco o seis días, habiéndose de partir el padre fray Jerónimo Gracián de la Madre de Dios para Lisboa por mandato del vi-‐
32 El primer capítulo general del Carmelo teresiano se abrió en Madrid el 17 de junio de 1588 (Relación de los capítulos provinciales y generales..., fols. 8v-‐9v; BN Madrid, ms. 8693). 33 No tenemos el acta de su nombramiento, pero, ciertamente, el padre Ángel de San Gabriel está de prior del convento de Caravaca (Murcia), el 15 de noviembre de 1589 (Juan GÓMEZ, Escrituras de 1589, fols. 205r-‐206v; AHP Murcia, sign. 7055). Por lo que creemos que fue elegido a raíz del citado capítulo. Máxime sabiendo que en él acudió, por Caravaca, un “vicario” (MHCT 3, doc. 340). Capítulo, de otra parte, denunciado como sospechosamente fraudulento (Id., doc. 343; MHCT 4, docs. 430 y 448). 34 Antiguo “receptor” de la Real Chancillería de Granada, casado con doña Elvira de Tapia, y carmelita descalzo desde 1578. Hombre de confianza del padre Nicolás de Jesús María Doria, y al que sirve in-‐ condicionalmente. Fue secretario de la Consulta o Junta, gobierno permanente de la Orden fuera de los capítulos generales, durante dos trienios (1588 a 1594). Y como el padre Bartolomé de Jesús, consiliario general, fue expulsado de la Orden poco después del capítulo que lo había elegido (junio de 1588), nuestro secretario pasó a ocupar su lugar de inmediato, de modo que Gregorio de San Ángelo estuvo, también seis años seguidos de consiliario general (Gabriel BELTRAN, “Testamento de fray Gregorio de San Ángelo”, San Juan de la Cruz, 12 [1593], pp. 279-‐291). 35 Religioso que encontramos de suprior en Madrid (Libro de profesiones, fols. 4-‐6; BNM, ms. 8020), y después del capítulo general de 1588 pasa a Segovia (Libro de recibo y gasto de Segovia, enero de 1589; archivo de la comunidad, sign. A.I.35). El 4 de marzo de este mismo año es elegido prior de Los Mártires de Granada (JERÓNIMO DE SAN JOSÉ, Historia del Ven. P. Fr. Juan de la Cruz, ed. José Vicente Rodríguez, p. 610).
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cario general, a cosas tocantes al servicio del rey, nuestro señor,36 le quitaron el compañero por Consulta; que no se dio poco que murmurar y sospechar en esto, viendo que tantas ve-‐ ras pusiese la Junta [Consulta] en quitarle el compañero. Y más siendo, entrambos, tan hon-‐ rados y de tanta virtud y letras. Y ansí dijeron algunos que sin duda era traza de quitárselo, porque como andaban en puntas con el dicho padre Gracián, querían cogerle a solas sin que tuviese a su lado con quien se comunicar y valer de algunos consejos para su defensa. Sino que el que anduviese con él fuese simple y sin letras. Pues el día que se lo quitaron, que fue un día o dos antes de su partida, me dijo el padre fray Juan de la Cruz37 que me fuese con el dicho padre Gracián, y que mirase cómo vivía yo y él. Y esto no entendí yo, entonces, por qué se me decía. Porque como yo no sabía que había pasión contra el dicho padre, tan arraigada, entendí que sólo lo decía por el mal crédito que de mí sentía. Hasta que andando el tiempo entendí el mal pecho con que se me había dicho esto. Pues como yo sabía que estaba a expulsión de la Orden, y que no se me había notificado en público, presumí querían que le fuese acompañando hasta Lisboa. Y luego, en llegando, que me expelieran. Y con esto me fui al padre Gracián, y se lo conté todo. El cual, como tan santo y letrado, entendió mejor su trama y maraña: que era de que fiados de sus palabras yo me fuera con él y él me llevara sin patente, para después pedirle que se había llevado un fraile sin patente. Y más estando entrambos sentenciados, y a mí que había apostatado. Y ansí él me dijo que no quería llevarme en su compañía, y que si querían que fuese, que me diesen patente. Yo volví a fray Juan de la Cruz como al descuido, y le dije: “Padre, ¿cómo es esta mi ida? porque yo presumo que es para que, en llegando a Lis-‐ boa, me quiten el hábito. Y si esto es, no quiero ir allá, sino quítenmelo aquí”. Él me respondió que no había cautela alguna, sino que iba muy seguro sobre su palabra. Volví a decir que si quería que fuese me diese patente del vicario [general] para ello. Respondióme que no era menester, que sobre su palabra podía irme, y que en quitán-‐ dome de delante se olvidaría todo, y visto mi buen modo de proceder adelante, no se haría más caso de lo pasado y me quedaría con todo. Volví al padre Gracián y díjeselo. A lo cual me respondió: “Pues yo no quiero llevaros conmigo, sino a mí me envían de priesa. Más quiero llevar un mozo que me mire la cabalgadura, y si fuere menester se haga caminar diez y doce leguas cada día”. Y ansí, el día siguiente, tomando la madrugada se fue su camino, y yo me quedé. Pues como a la mañana me vino el padre fray Juan de la Cruz, díjome, como enojado: “¿Pues cómo no quisiste ir con el padre Gracián?”
36 El padre Gracián se encuentra en Madrid, por estos días, porque el vicario general le había mandado una patente, con fecha del 20 de junio de 1588, “para que, como nuestro compañero, ayude a la Reli-‐ gión” (MHCT 3, doc. 341). Y aunque es cierto que siete días más tarde le remitió otra carta anulando el viaje y lo de “compañero” (Id., doc. 345), el padre Jerónimo “se vino a Madrid antes que la dicha pa-‐ tente [última] llegase a su noticia” (Id., doc. 354). Sin embargo, el 26 de julio del mismo año el vicario general da “licencia al dicho padre fray Jerónimo Gracián para que vaya recta vía a Évora, y cumpla todo lo susodicho, como Su Majestad lo manda, hasta que, sabida la voluntad de Su Majestad, otra co-‐ sa yo le ordene” (Ibid., p. 322). 37 Creo que no hay ninguna clase de duda para aceptar que se refiere, en esta como en posteriores alusiones, al Santo, fray Juan de la Cruz. Desde hacía unos días (cf. nota 32) pertenecía al gobierno general de la Congregación, integrado, en estos momentos, por los siguientes religiosos: Nicolás de Jesús María, vicario general; consiliarios: 1, Antonio de Jesús Heredia; 2, Ambrosio Mariano de San Benito; 3, Juan de la Cruz; 4, Luis de San Jerónimo; 5, Juan Bautista, “rondeño”; 6, Bartolomé de Jesús, sustituido, de inmediato, por Gregorio de San Ángelo (Gabriel BELTRAN, Catálogo de los superiores ge- nerales..., MHCT Sub. Sel. 2, Roma, 1995, p. 21).
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Yo le respondí que ni yo, ni él, nos habíamos atrevido, viendo que no me daban licencia por escrito del vicario general, no fuese acabarme de destruir. A lo cual respondió él: “No es eso, sino que Gracián es muy sobre sí, y ninguna cosa ga-‐ nará por ello.” Con eso se acabó esto. Ido que fue el padre Gracián,38 yo di orden de apercibirme para si quisiesen notificar-‐ me la sentencia en público. Y para esto hice una petición, y guardéla. Hasta que, de allí a tres o cuatro días, me llamaron a Consulta para notificármela. Y yo, entonces, la presenté. La cual decía ansí: “Fray Juan de San Alberto, profeso de esta Orden de carmelitas descalzos, digo que, a mi noticia ha venido cómo por cierto proceso que contra mí secretamente se ha hecho, y sin habérseme manifestado, ni saber lo que en él se contiene, más de lo que de él me han que-‐ rido decir. A lo cual, me parece, haber dado suficiente satisfacción, me han sentenciado en Capítulo a expulsión de la Orden. De la cual sentencia, hallándome agraviado, como también lo estoy de otra que en Valladolid se me dio sin saber yo por qué. Como de hecho no lo supe hasta 14 meses después de dárseme. Las cuales, entrambas, me parece ser contra justicia y derecho. Y como de tales me agravio, y suplico de ellas, y pido que, por cuanto soy fraile simple y sin letras y no sé de pleitos, se me dé licencia para que yo pueda nombrar un fraile de nuestra Orden, letrado jurista, que abogue por mí. Al cual se le haya de mostrar todo el proceso hecho contra mí. Y pido se me dé por testimonio cómo presento esta petición”. Y díla habiéndome notificado allí la sentencia primero. La cual petición tomó el vicario [general], y la leyó a solas para sí. Y, luego, con grande alboroto la tornó a leer en público. Y en leyéndola la rompió, diciendo que aquella no era petición de fraile descalzo y humilde, sino amenaza de soldado desgarado [!]; que fuese a pedir a cualquiera tribunal lo que quisiese, que no había, fuera de allí, dónde pudiese yo pe-‐ dir nada. Y que no sabía negociar, ni había sido bien aconsejado en dar tal petición. Presumiendo, en esto, que algún otro padre, que ellos tenían sobre ojo, me había orde-‐ nado la tal petición. Lo cual es falso, que nadie lo supo. Y luego que la acabó de romper, con toda esta cólera, me mandó salir fuera. Y se queda-‐ ron consultando sobre este caso. Y luego me volvieron a llamar. Y dijeron que si yo no quería salir de la Orden, que diese otra petición más humilde, y que señalase al padre fray Juan [de la Cruz] por mi abogado, o a otro de los consiliarios. Yo dije que siendo ellos, todos, mis jueces, que cómo los había de señalar por abogados. Respondieron que a nadie habían de aceptar fuera de ellos. Yo fiándome de tener por cierto les constaba a ellos mi inocencia en todo lo procesado contra mí, como todavía lo presumo que les consta bien, aunque proceden de esta suerte, y viendo que había de ser, de fuerza, el nombramiento en ellos, nombré al padre fray Antonio de Jesús39 de mi parte. Y dije que lo que él hiciese, daría por hecho. Y ansí, por mandármelo él, hice otra petición en esta forma: “Reverendos padres, vicario general y consiliarios, etc.: Fray Juan de San Alberto, fraile lego y profeso de esta Orden, digo que, no obstante que en un proceso que contra mí está hecho, se me hacen cargos contra justicia, y de todo en todo falsos, y que para con Dios es-‐ toy muy inocente de ellos, con todo eso, por otros muchos que ante el Señor he cometido, me humillo humildemente a lo que la Consulta quisiese disponer de mí con misericordia, evitando el quitarme el hábito. Y suplico humildemente que, atento a mi inocencia y a la enmienda que propongo en las cosas no cometidas y a mí pedidas, me den una penitencia que sólo parezca ante los religiosos y no ante seglares. No tanto por mi honra, cuanto por la de la Religión. Y ansí lo suplico, como a padres de tanta misericordia”.
38 De acuerdo con las últimas indicaciones del vicario general, Gracián saldría de Madrid el mismo 26 de julio, o a más tardar, el día siguiente (MHCT 3, doc. 354). Interesante cuanto nos acaba de explicar fray Juan de San Alberto relacionado con el padre Gracián durante estos días de julio de 1588, en los inicios del gobierno general para el próximo trienio (1588/1591). 39 Antonio de Jesús Heredia, primer consiliario general.
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Esta petición di al padre fray Antonio, mi abogado. Y él lo hizo. Y parece que se le res-‐ pondió lo siguiente: “Respuesta y nueva sentencia: Atento a que la sentencia contiene dos cosas: que se le quite el hábito y se le expela de la Orden. Cuanto al expelerlo, lo suspendemos, y cuanto al quitarle el hábito, mandamos se le quite, y que sirva de donado, y que no salga de un con-‐ vento que le será señalado. Y su enmienda nos dará luz de lo que se debe hacer. Y esto aten-‐ to a la humildad y propósito de enmienda que en su petición muestra”. Pues como yo viese esta nueva sentencia, y consideraba cómo, por haber disimulado cuando me quitaron de ser corista me había quedado con ello para siempre y que podría ser entonces lo mismo, quedarme donado toda la vida, con otras muchas cosas que se me ofrecieron; y entre ellas, ver que si consentía en esta nueva sentencia tan pública, había de parecer consentir y conceder en todo lo procesado contra mí, quise resistir. A lo cual, el padre fray Antonio de Jesús, me dijo cómo él se quería ir a Lisboa a tomar los baños por curarse de una pierna que tenía mala,40 y que me llevaría consigo. Y que no dudase de aceptar aquella penitencia, porque sólo se me había dado por modo de cumpli-‐ miento. Y que no había de hacerme más, sino llegar a Lisboa y quitarme la capilla, y hacer probanza de cómo se me había quitado y estaba hecho donado. Y luego me volverían mi ca-‐ pilla y se me acabaría todo. Pues fiándome yo de su palabra, aunque no la acepté por escrito, callé. Y con esto nos partimos para Lisboa los dos. Y en llegando a Maqueda,41 me dejó, di-‐ ciendo que me fuese a Segovia, que él no me podía llevar consigo, a causa de que estaba en Maqueda un fraile natural de Lisboa, y su padre le había prometido, al dicho fray Antonio, que si lo llevase a Portugal le daría para ayuda a su cura. Por lo cual, dejándome a mí, se llevó el otro.42 Poniendo esta ocasión, con otras muchas, para dejarme. [En el convento de Segovia, sede de la Consulta. Escucha y cuenta lo que se dice en algu- nas sesiones contra el padre Gracián. Días tensos vividos en la comunidad, por él y otros reli- giosos. Expulsión definitiva de la Orden (abril de 1589).] Y ansí yo me hube de volver a Segovia, donde se había mudado la Consulta.43 Y, en lle-‐ gando, quisieron ejecutar la sentencia de hacerme donado. A lo cual yo supliqué se contentasen con lo que me habían hecho padecer cerca de tres años, tan sin culpa, como ellos mismos sabían. Y que con tantos agravios y deshonras, que se diesen por contentos de mis deudas, si algunas tenía. Y con esta suplicación disimularon, y no se trató más de ello. Sino, luego, me comenza-‐ ron a ocupar, encargándome en las obras que comenzaban. Donde trabajé con harto ejem-‐
40 No sabemos en qué punto fijo de Lisboa, o Portugal, fue, y probablemente durante varios años, “a tomar los baños”. Las crónicas de la Orden nos recuerdan que el padre Antonio “padecía mucho en una pierna desde que le mordió en ella un oso estando en el capítulo [provincial] de Lisboa [en mayo de 1585], de que se hizo una tan grande y tan penosa llaga, que le duró muchos años” (Ref. 3, p. 339). En esta ocasión parece que estamos entre finales de julio y el mes de agosto de 1588, antes de asen-‐ tarse definitivamente, con el resto de la Consulta, en Segovia. 41 Cabe pensar que se hospedaron en el convento de la Orden de reciente fundación (Pablo CUADRADO, Escrituras de 1587, fols. 1442-‐1445; Archivo Histórico de Protocolos, Madrid, sign. 117). Y MATÍAS DEL NIÑO JESÚS, “El convento de Maqueda...”, Monte Carmelo, 47 [1946], pp. 65-‐71). 42 Probablemente se llevó a fray Gaspar del Espíritu Santo, hijo de don Manuel Ribero de Acuñas y de doña Encensa (!), “vecinos de Lisboa”, que había profesado en el mismo convento el 25 de febrero de 1588 (Libro de professiones de la comunidad, s. f., de 1587-‐1591, en el Archivo O.C.D., de Toledo). 43 La Consulta o gobierno general de la Orden, se “había mudado” ciertamente a Segovia por estas fechas, y donde, de facto, estuvo hasta noviembre de 1589. Y aunque a penas se encontraron, juntos alguna vez, todos los miembros del Consejo general, ahí se resolvían los asuntos de su incumbencia, que, por cierto, eran muchos, en especial en lo que tocaba a las monjas (Gabriel BELTRAN, “San Juan de la Cruz, definidor y consiliario...”, Monte Carmelo, 104 [1996], pp. 435-‐436, 440-‐451).
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plo de trabajos y aún alguna admiración de los seglares, viendo semejante trabajo y tan continuo, por espacio de ocho meses. En este tiempo sucedió el descubrírseme la pasión que contra el padre fray Jerónimo Gracián todos los consiliarios tienen. Y fue de esta manera: Que un día, antes o después del día de San Francisco, del año de 1588,44 por la noche, estando todos los frailes en completas, entré yo a aderezarle la celda al padre fray Antonio de Jesús,45 como siempre lo solía hacer. Y estándola aderezando oí que estaban tratando en la Consulta, a grandes voces y con mucho alboroto, del dicho padre Gracián. Y escuchando un rato, lo que pude entender fue que, entre otras cosas, estaban muy sentidos y agraviados del dicho padre a causa que, aquel día, habían recibido cartas del dicho y, juntamente, una petición. Que según ellos decían contenía lo mismo que las cartas. Y lo que pude entender que pedía, en ellas, era que, para guardar papeles que tenía, de que importaba secreto y mucho recato, por ser negocios tocantes al servicio del rey, nuestro señor, y otras cosas graves, mandasen darle licencia y dispensar en un acta o actos para tener llave en su celda, o en una arquilla. Y juntamente se le señalase un compañero que fuese tal que pudiese fiar de él los negocios en que el Príncipe, cardenal, y el reverendísimo Nuncio le ocupaban. Y sobre esto estaban altercando con grande cólera, diciendo: “A este hombre se le ha revestido el diablo para destruir la Orden, y esta ha sido traza para destruirnos. Porque si no le damos la licencia que pide se ha de quejar al Príncipe, car-‐ denal, y ponernos mal con él, y por consiguiente con Su Majestad. Diciendo no queremos acudir al servicio de Su Majestad y de Su Alteza. Y por esto nos envía petición, y nos pide testimonio. El cual la presenta para poderlo mostrar a Su Alteza”. Y para salir bien de esto, daban mil trazas cada uno. Y ansí dijo fray Gregorio de San Ángelo: “Padres, no hay sino acabemos ya con este hombre, que días ha que se debía de haber hecho. No se le envíe licencia, sino en quejándo-‐ se al Príncipe ha de venir a Su Majestad. Y en pidiéndonos por qué no acudimos al servicio de Su Majestad en cosa tan pocas, rompamos con todo y mostremos a Su Majestad todos los procesos que hay contra este padre. Y decir que por servir a Su Majestad se ha disimulado tanto con el dicho padre. Y que por no dar más lugar a sus cosas, no le queremos dar la li-‐ cencia que pide. Y con esto, y con la Constitución en la mano, que dice que nadie se favorez-‐ ca de personas poderosas, y con sus procesos, echarle de la Congregación, o encerrarlo donde nunca más parezca, hasta que él mismo se vaya y nos deje”. Otro dijo: “Mejor será que se le responda que pida esta dispensación al Príncipe, car-‐ denal, vicario general de las órdenes, y con esto quedaremos bien con Su Alteza. Y esto no lo firme la Consulta, con achaque de que no está aquí nuestro padre vicario [general]. Y cuan-‐ do él use de la tal licencia, si le pareciere a la Consulta, procederá contra él, o se la confir-‐ mará, si viere convenir. Y ansí quedamos siempre nosotros señoreados de este caso y le te-‐ nemos tomados los puertos por todas partes. Y hágasele proceso de nuevo de este mal modo de pedir. Que esto no es pedir como súbdito, sino mandarnos como superior a noso-‐ tros, pidiendo con petición pública y tomando testimonio de la notificación, como quien toma pleito. El cual no puede poner, sin nuestra licencia, a nadie. Pues cuánto menos a no-‐ sotros. Y demás de esto, el querernos constreñir y forzar, siendo sus superiores, y que por fuerza o temor suyo dispensemos en el quebrantamiento de nuestras leyes. Y todo esto es bien que se escriba y de ello se le haga cargo, y se procure, por el mejor término que se
44 El Breviarium carmelitarum, editado en Venecia, “apud Iuntas”, de 1585/1586, señala el día de San Francisco, el 4 de octubre. 45 Con todo, parece que en esta ocasión el padre Antonio de Jesús Heredia, primer consiliario general, no se encontraba ni en el convento ni en la ciudad. De facto nos presenta únicamente los dichos o pa-‐ receres de cuatro consiliarios generales: Gregorio de San Ángelo, Juan de la Cruz, Juan Bautista, “ron-‐ deño”, y Luis de San Jerónimo. Como nuestro propósito no es el de analizar el contenido, sino única-‐ mente constatar la veracidad de los acontecimientos, para este tema concreto de Gracián remitimos a los documentos publicados (MHCT 3, docs. 353-‐354, 366, 359, 364-‐366, 368-‐371, 373-‐379, por citar algunos).
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pueda, mandarle que se venga aquí y sepamos qué negocios son estos que el rey, o el Nun-‐ cio, le ocupan. Que todo deber ser invención, y tratar de darle libertad, hasta expeliéndole, que debe ser lo que él más desea y anda buscando. Y más vale que se pierda él, que no que, calla callando, nos destruya a nosotros y a toda la Orden, a la cual tiene muy poco amor. Y saldrá con ello, si no le acortamos los pasos”. Esto, con otras muchas cosas que se me han olvidado, que aún esto no sé cómo me he acordado de ello, dijo fray Juan de la Cruz. Y aún muchas de estas cosas, si no las tuviera apuntadas, no me acordara de ellas. A lo cual, todo, respondió el padre fray Juan Bautista: “Este es negocio muy más grave que parece. Y si este padre ha hecho este negocio con malicia, por ninguna vía nos habemos de eximir. Porque ya él terná zanjado cómo cogernos por cualquiera vía. Y si no viene con malicia, luego se verá, por la primera respuesta que envíe. Y ansí entretengámosle con bue-‐ nas palabras este primer ordinario. Y entretanto despáchese un hombre a llamar al padre vicario [general] por la posta. Porque parece que, en negocios tan arduos, le descubre Dios más a él que a ninguno de nosotros. Y entretanto se verá si es malicia, con lo que esto se pi-‐ de, o no”. A esto dijo fray Luis de San Jerónimo: que cuanto al despachar el hombre le parecía bien. Y ansí lo dijeron todos. Y lo despacharon antes que amaneciese el día siguiente. Mas que no dudasen, sino que aquella carta se la había mostrado, antes que la enviase, al Príncipe, cardenal. Y que por su mandado había hecho la petición y dádola en manera que hiciese fe. Y ansí que le parecía que se le respondiese: que el compañero lo pidiese a el prior de Lisboa, y que él le daría al que le pareciese, con lo cual cumplían con todo; y que cuanto a las llaves, no había lugar, si Su Alteza no disponía sobre ello mandándolo. Y ansí quedarían bien con el Príncipe. Porque, luego, había de mostrar él la respuesta al Príncipe. Y que con lo que de allí resultase verían cómo convenía procederse con el dicho padre. En lo que, al fin, se resumieron, no lo sé más de saber que, antes que amaneciese, hab-‐ ían despachado un hombre en busca del vicario general. Y después, en cuatro o cinco días siguientes, entraron todos los días en Consulta. Y en todos ellos se trató de esta materia. Aunque yo no pude entender nada, por no ser horas que me pudiese para escucharlos, más que ansí de paso procuraba oír. Y siempre oía cosas tocantes a esto. Donde todos mostraron tener grandísima pasión. De lo cual, hasta entonces, estaba yo bien inocente. Porque aunque había oído decir a algunos decir que la había, nunca yo había creído que era tanta, ni tan general en todos. Y más siendo contra quien tan bien probada tiene su virtud. Pues como yo vi y oí esto, di cuenta de todo a mi confesor en confesión, y fuera de ella, que se llamaba fray Blas de San Gregorio.46 El cual me aconsejó que si yo tenía algún modo cómo poder avisar, de todo, al dicho padre [Gracián], lo hiciese, por evitar que ni uno ni otro fuese adelante. Yo lo hice lo mejor que pude, aunque no me atreví al descubierto, sino sólo decirle que mirase que le querían o andaban calumniando sobre pedir testimonio de su petición. Deba-‐ jo de lo cual, con su tanta prudencia, entendió todo lo que había o podía haber. Y entiendo
46 Hijo de Francisco Cabeza y Juana Muñoz, vecinos de Ciempozuelos (Madrid), que profesó en Pastrana el 2 de agosto de 1573 (Libro de profesiones, n. 40; Archivo O.C.D., Toledo). Y siguió viviendo en la comunidad, al parecer, varios años. El 1584-‐1585 era suprior del convento pastranense. Aparece en la comunidad segoviana en un acta notarial del 21 de enero de 1589 (Alonso DE OROZCO, Escrituras de 1589, fol. 291; AHP Segovia, sign. 371), como en el Libro del recibo y gasto (1589-‐1677), firmando de clavario, las cuentas de febrero y marzo de 1589 (Archivo de la comunidad, sign. A.I.35). Acabó, tam-‐ bién, fuera de la Orden: “Que por sólo que él [Nicolás de Jesús María Doria] sospeche que algún fraile es amigo de Gracián, o habla bien de él, le procura castigar rigurosamente, o quitarles el hábito, achacándoles lo que se le antoja, como hizo a fray Juan de San Alberto y a fray Blas de San Gregorio” (MHCT 4, doc. 448, p. 163).
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puso bastante remedio a esto,47 aunque no a la pasión. Porque aunque sé que dio bastante satisfacción de su inocencia, como constará por una carta que han de tener, si no la han es-‐ condido, de el doctor Vázquez del Mármol,48 cuyo traslado me profiero demostrar, si fuere menester. Donde se verá cómo no fue por orden del dicho padre el pedir testimonio como en vía judiciaria,49 sino agudeza demasiada de un pariente del dicho padre, que como quien sabía poco de negocios de frailes la pidió, sin tener orden para ello, entendiendo que acer-‐ taba en ellos. Porque después de todo esto vi que, desde Madrid, envió el vicario general a la Consul-‐ ta un memorial que me parece tendría tres o cuatro pliegos de papel, para que lo firmasen los consiliarios. Para que, ansí firmado, se llevase al rey, y después a Roma. Según lo que yo pude entender. En el cual le iba haciendo cargo, al dicho padre Gracián, de que tenía sospe-‐ cha que el dicho padre había dado algunos, memorial, o memoriales, a Su Majestad, pidien-‐ do algunas cosas en contra de el Breve que su Santidad o el Nuncio, en su nombre, había concedido acerca del gobierno de las monjas y de algunas actas que en la Consulta se hab-‐ ían hecho sobre el mismo caso. En el cual memorial mostraba bien la pasión que le movía a él, y ellos también confirmaban, afeando lo que en él iba. Pues sólo de sospechas que en-‐ tendía que el dicho padre habría dado memoriales, sin más certidumbre, se arrojaba a dar memorial a Su Majestad. Que de fuerza había de saber la verdad y conocer la pasión, si por ventura no había más fundamento que la imaginación, como lo presume debía serlo. Y en este memorial, contra toda razón y aún contra lo que disponen sus Constituciones acerca del secreto en las culpas que se ponen a los religiosos, hacía acusación, al dicho pa-‐ dre, de algunas culpas. Y las Constituciones disponen sean secretas y ocultas a los seglares. Y si las dejaron allí, forzosamente habían de ser vistas y oídas, de muchos, las culpas que se le ponían. Aunque en particular y expresamente no pude entender, por algunos intervalos que yo hacía, con temor que no viesen que yo estaba escuchando. Mas en suma, contenía haber procedido, el dicho padre, no muy bien en sus visitas, que había hecho siendo prela-‐ do. Y esto, más acerca de las monjas, y más particularmente con las de Lisboa; y mucho tra-‐ to con éstas, siendo y no siendo prelado. Y cosas al tono, como parecerá, mejor, por el dicho memorial, si acaso pasó adelante. Que yo no sé en lo qué paró este memorial. En el cual, también, supe, de dos religiosos llamados fray Blas de San Gregorio y fray Bartolomé de San Miguel,50 que yo no lo oí, porque no lo pude aguardar a que se acabase de leer, cómo, en este dicho memorial, se pedía les quitasen del todo la obediencia del gene-‐ ralísimo y se les diese licencia para hacerlo descalzo y, de todo en todo, separarse de los padres calzados. Y en eso no sé más, ni con más claridad, de como lo tengo dicho, porque no pude oírlo más de raíz, ni con menos intervalos, esta materia. A esta sazón se acabó de entender cómo se le había cometido la visita de los calzados en el reino de Portugal, y se manifestó más en público la dicha pasión. Porque una noche,
47 No conozco ninguna documentación escrita sobre el particular. 48 Juan Vázquez del Mármol, amigo y familiar del padre Gracián, fue uno de sus más adictos defensores, como también de las carmelitas descalzas en el tema de las Constituciones (MHCT 3, docs. 380 y 407, con otros muchísimos). 49 A buen seguro que se refiere a la “Notificación” pedida a la Consulta el 15 de octubre de 1588 ante notario (MHCT 3, doc. 373). Que el P. Gracián no la pedía por este conducto se puede comprobar fácilmente con las cartas que el mismo Gracián escribe al vicario general y consiliarios (Id., docs. 369-‐ 370). 50 Al padre Blas de San Gregorio ya le conocemos (cf. nota 46). Fray Bartolomé de San Miguel es un hermano no sacerdote, procurador de la comunidad segoviana. Existen varias actas notariales, de 1588, en que forma parte de la comunidad (Juan DE JUNGUITO, Escrituras de 1588, fols. 676, 744; AHP Segovia, sign. 251, y Pedro DE SAN MARTÍN, Protocolo de 1588, fols. 301 y 924, sign. 161). En octubre de 1589 es todavía conventual de la casa (Liber hujus provintiae... S. Eliae, fol. 122; Archivo Provincial O.C.D., Castilla, sign. A.I.1).
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después de cenar, llevó el presidente, que era fray Juan de la Cruz,51 a la recreación, que a tales horas suelen tener, dos frailes calzados que allí estaban por huéspedes, que habían ido de Ávila a ordenarse a Segovia. Y movió, el dicho padre, la plática pública, en público, preguntándoles, a los dichos pa-‐ dres, que qué sentían y les parecía de la visita del padre Gracián, y si les pesaba de ello. Y como ellos, con discreción, respondieron que muy bien les pareció, que a ellos no les incumbía ninguna cosa, pues era en provincia y reino diferente de la suya, él, tomando la mano por ellos, comenzó a decir: “Ha sido muy mal hecho, y no se irá alabando, porque él lo ha hecho de su parecer y in-‐ dustria y lo ha recabado con cautelas y sin que lo entendiese la Consulta, y sin voluntad, ni licencia, de ella. De lo cual no se reirá. Porque cuando vuestro padre vicario general, ni vuestros frailes, no lo contradigan, lo habemos de contradecir aquí. Y ansí nuestro padre vi-‐ cario general está en Madrid, insistiendo al vuestro, para que, por todas las vías posibles, le resista y estorbe la visita. Y ansí tengo yo carta suya en que me dice cómo le ha avisado de cómo le tiene sentenciado, él y la Junta, a privación de oficio por sus culpas. Y que por esta sentencia le puede, con otras cosas, estorbar la ejecución de la visita, junto con que se toma él aquel oficio, sin licencia de la Consulta”. Con otras muchas cosas bien dignas de ánimos tan indignados como los suyos. Luego, aquella misma noche, después de esto pasado, entraron en su Consulta. Donde les oí litigar sobre lo mismo. Y entre otras muchas cosas que todos decían, dijo fray Juan de la Cruz: “No piensen que dije acaso, lo que dije en recreación, que no fue sino porque entiendan aquellos padres que no le habemos nosotros de defender al padre Gracián, sino antes con-‐ tradecir. Y ansí no teman ellos de resistirle. Y ansí verán cómo hay bien de tenerle lástima a este padre, pues se ha metido en fuego donde tantos aticen. Y más estando desamparado de nosotros, que lo pudiéramos defender. Y no sólo desamparado, sino que le habemos de hacer la mayor guerra. Y ansí no hay que responderle a la licencia que pide, para aceptar y proseguir la visita, sino que, con la licencia que la comenzó, la prosiga o la deje, como a él le diere gusto. Para que, ni en aceptarla ni eximirla, pueda ampararse de nosotros: veamos en qué viene a parar”. Esto fue en el sábado o domingo de las témporas de Santa Lucía, por la noche, en que había hecho órdenes [sagradas] el obispo de Segovia, y se habían ordenado los dos dichos frailes.52 Desde esta noche nunca más pude saber qué se tratase. Porque me ocuparon tanto, con obras y otras cosas, y más en sacar piedra, que no me fue posible saber, ni oír, nada más, hasta que volvió el vicario general de Madrid, donde se había estado no sé cuántos meses. Y desde la noche que llegó a Segovia, que me parece que era por Cuaresma,53 se de-‐ rramó una fama por todo el convento de que, luego, había de ir a aquella casa el dicho padre
51 Efectivamente, fray Juan de la Cruz presidía la comunidad de Segovia en ausencia del vicario general. Y consta que, de fines de septiembre de 1588 a fines de febrero del año siguiente, el padre Nicolás de Jesús María estuvo fuera de la ciudad (Gabriel BELTRAN, “San Juan de la Cruz, definidor y consiliario en Segovia, 1588-‐1591”, Monte Carmelo, 104 [1996], pp. 435-‐436, 440-‐451). 52 No ha sido posible identificar a estos dos ordenandos calzados, ya que en el archivo diocesano no existen los registros de órdenes sagradas de aquellos años. Pero, sin embargo, aquí se nos habla de las “témporas de Santa Lucía”. La fiesta de Santa Lucía se celebraba entonces, como ahora, el 13 de diciembre. Durante estas fechas próximas a la Navidad, solían conferirse órdenes sagradas, si bien se las conocía, litúrgicamente, por “témporas de Adviento”. 53 La Cuaresma, de 1589, comenzó el 15 de febrero con el miércoles de Ceniza. El 2 de abril se celebró el Domingo de Resurrección. Seguro que para el 5 de marzo el vicario general ya estaba en Segovia (MHCT 3, doc. 396). Y existe documentación suficiente para pensar que no vuelve a ausentarse de la ciudad, al menos hasta finales de abril (Gabriel BELTRAN, “San Juan de la Cruz, definidor y consilia-‐ rio...”, Monte Carmelo, 104 [1996], pp. 445-‐446; Silvano GIORDANO, “Ambienti teresiani: María de Mendoza e le carmelitane scalze di Valladolid”, Teresianum, 47 [1996], pp. 598-‐602). Desgraciada-‐ mente estamos dentro de las fechas, abril, de la expulsión de nuestro relator.
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Gracián, quitada la visita. Y aún dando a entender que con alguna desgracia. Y esto ansí en confuso, y como a la sorda, y sin que se pudiese entender cosa clara. Luego, a dos o tres días de como llegó el vicario [general], se dijo, por cierto, de cómo él y los consiliarios habían enviádole a llamar. Y este día le mandó el vicario [general] a fray Francisco de Jesús María, que es carpin-‐ tero,54 que hiciese tres cepos de madera con sus llaves y candados muy fuertes. El cual los hizo ansí, ayudándole, a ellos, yo y otro fraile novicio que se llama fray Martín.55 Y mandó señalar cárcel. Y para ella señalaron tres celdas. Las cuales mandó fortalecer y echarles re-‐ jas de hierro y cerraduras. En el cual reparo y fortificación anduvieron los dos, ya dichos, fray Francisco y fray Martín, nueve o diez días. En el cual tiempo anduvo en el convento algún ruido y murmuración sobre sospechar. Pues se decía que habían enviado por el dicho padre [Gracián], como muchas veces lo había dicho el secretario, fray Gregorio de San Ángelo; y dando a entender, que para castigarle. Pues decía: “Agora verán cómo le hacemos venir al padre Gracián, y se verá el caso que hacemos de él”; como que le amenazaba. De donde se pudo presumir que aquella novedad, tan repentina y acelerada, de cárce-‐ les y cepos, que se debía hacer por su ocasión, o por algunos otros que estaban aguardando. Y más, viendo que había acudido, allí, uno de los que más han manifestado pasión contra el dicho padre [Gracián], que es el provincial de Andalucía, fray Agustín de los Reyes.56 Si se hacían por su ocasión o no, no lo sé. Después de todo esto vino otra novedad bien grande con los novicios: que los quisieron enviar a Valladolid y que no quedase, allí, ninguno. Y ansí se hizo, con esto, nuevo escánda-‐ lo. Hasta que, ya después de haberse despedido todos y se iban ya, los mandaron volver. Y luego, pasado todo este ruido, en un capítulo de los ordinarios de cada semana, puso el vicario general un precepto de obediencia con cargo de excomunión, reservada la absolu-‐ ción de ella para sí solo, a cualquiera que supiese, por oídas o vista o en otra cualquiera ma-‐ nera, quién había sacado un proceso del padre Gracián y otro mío, con otros que allí nombró. Aunque debía ser falso, porque después supe, cómo mi proceso se lo tienen ellos, que no falta, con otros que no me acuerdo. Entre los cuales nombraron un otro de fray Bar-‐ tolomé de Jesús,57 y un pedazo del libro donde se asientan las sentencias y otras cosas que hace la Consulta, y no lo manifestase. El cual precepto hizo leer en el dicho capítulo. Y luego, sin indicio ninguno de ninguna suerte, nos forzó a jurar a fray Blas [de San Gregorio] y a mí, y no sé si hizo lo mismo a los demás. Y después me hizo tomar otros dos juramentos sobre el caso. Y como ni nosotros dos ni alguno de los demás declarasen el negocio, sin más indicios ni confesión ni acusación de nadie, nos mandó poner, a los dos, en la cárcel. Sólo hizo indicio para contra el fray Blas [de San Gregorio], que hallaron en su celda un clavo torcido, del cual colgaba, siempre, el candil. El cual quisieron hacer que era ganzúa, y que con ella había falsado la llave donde estaban los papeles. Lo cual, de todo en todo, era falso. Porque el clavo era tan grueso, que era imposible entrar por las cerraduras. Con otras muchas razones, bien bastantes, que el dicho fray Blas dio para su descargo, y con proba-‐
54 Pienso que es el religioso, como el mismo Juan de San Alberto, que figuran en una acta notarial del 14 de septiembre de 1588 (Pedro DE SAN MARTÍN, Protocolo de 1588, fol. 924; AHP Segovia, sign. 161). 55 Nos quedamos sin otras noticias que nos permitan identificarlo mejor. 56 Agustín de los Reyes Carrasco Góngora, del que ya tenemos algunas noticias (cf. nota 17), gobernaba en Andalucía desde 1587. Primero como vicario provincial (1587/88) y ahora de provincial (1588/1591). En ambas ocasiones está al quite en todo lo que se le mande contra Gracián, como se adi-‐ vina, incluso, en las comisiones que se le confieren al padre Jerónimo para fundar en Úbeda y Jaén, co-‐ mo testifica el propio Gracián (MHCT 3, doc. 321, pp. 247-‐250 y doc. 423, pp. 684-‐689). Desconocíamos esta visita a Segovia. 57 El padre Bartolomé de Jesús había sido elegido consiliario general en el último capítulo de junio de 1588. Ahora sabemos que fue expulsado de la Orden poco después (cf. nota 11).
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ción de no ser este indicio bastante para poderle encarcelar ni constreñir a jurar en tal caso. Aunque nada le valió. Y contra mí diciendo faltaba, entre los demás papeles, mi proceso. Lo cual supe des-‐ pués ser falso, que no faltaba. Como después me lo confesó el mismo secretario [Gregorio de San Ángelo], no advirtiendo que me pedían que faltaba. Porque apelando yo de la sentencia, que después dieron contra mí, para ante Su Santidad, me dijo que no se les daba nada que fuese a pedir justicia ante cualquier tribunal, que guardado me tenían mi proceso, y que pe-‐ recería hasta en fin del mundo. De donde que, sin ningún indicio, me forzaron contra toda justicia y derecho a jurar, y me aprisionaron y sentenciaron. Pues como en los dos días primeros de mi prisión se persuadieron a que no era yo el que había desaparecido este proceso del dicho padre [Gracián], aunque como siempre dije-‐ ron presumían que sabía yo quién lo había tomado y que no lo quería descubrir, persuadié-‐ ronme a que descubriese si lo había hecho el dicho fray Blas [de San Gregorio], que era de quien tenían por muy cierto lo había hecho. Y esto con muchas promesas, por una parte, y, grandes amenazas, por otra. Y visto que por ninguna vía lo descubría, y que por no haber probanza ni indicio contra mí, no podían proceder contra mí por el caso, vuelven, otra vez, a la sentencia pasada de Madrid. Y dicen que la cumpla, pues no la había cumplido. Y ansí me mandan quitar el hábito por nueva sentencia, y que sirva de donado, y que vaya al convento de Mancera58 con esta sentencia, y que no pueda escribir carta a fraile ninguno ni seglar, pariente ni extraño, ni menos recibirlas sin que primero las enviase a re-‐ gistrar al vicario general. El cual estaba treinta y tantas leguas del convento donde me en-‐ viaban. Y que no saliese del convento sin particular ni expreso mandato, ni solo ni acompa-‐ ñado, con no sé qué otros gravámenes. Todo lo cual se me mandaba so pena de excomunión y reservada, la absolución de ella, al vicario general sólo. Pues como yo vi esta sentencia ya nueva, respondí: que si una vez me quitaban mi hábi-‐ to, que yo no quería el de donado, ni ser más sujeto a ellos ni a su sentencia; que me dejasen mi hábito, y con él me diesen los castigos que quisiesen. Mas, quitándomelo, que me expe-‐ liesen del todo; y que, quitándome la capa blanca y modándome el hábito en el de donado, ya me quitaban mi hábito. Como muchas veces lo confesó el secretario que era verdad, que eso era lo que pretendían, de quitármele. Lo cual, como yo oí me hice más fuerte en defen-‐ der que, o me quitasen el hábito del todo, o me lo dejasen del todo, y me diesen otras penas de muchas y más penosas que la Orden tiene. A lo cual me respondieron que ninguna había de ser sino aquella. Y ansí, de hecho, sin que yo lo consintiese, me quitaron por fuerza la capilla, estando dentro de la cárcel, y me cortaron el hábito. Y me mandaron, luego, me partiese para el di-‐ cho convento de Mancera, de esta manera. Yo dije que no quería salir de la cárcel de aquella manera, ni saldría para siempre; que me dejasen allí si querían que estuviese sin capilla. Ellos no quisieron, sino diéronme nueve días para que me determinase a aceptar esta sentencia. Y en estos nueve días me mandaron poner un cepo, y que no me diesen sino pan y agua. Como no me la dieron, con ser tiempo de Pascua florida. Sino que pensé acabar allí la vida con la mayor crueldad que se pudiera usar con cristiano. Porque como la tierra es tan fría, y el año lo fue tan por extremo, y yo no podía acostarme, por razón del cepo, ni es-‐ tar sino como aspado. Y por otra parte, con el destemplamiento del cuerpo, no podía comer bocado, y más no siendo sino pan solo. El cual no podía pasar, ni aún pudiera comer, de aquella suerte, otros manjares más regalados. Llegué a que entendí acabar la vida. Lo cual, todo, no me ayudaba sino a indignarme, viéndome tratar con tal crueldad. Y a esto se juntó ver que, cuando me iban a notificar que aceptase la dicha sentencia, que fueron tres veces en los nueve días, nunca quiso el secretario [Gregorio de San Ángelo], asentar lo que yo respondía, ni otra cosa, pidiéndoselo, como se lo pedí. Y lo jurarán el pa-‐
58 Mancera de Abajo (Salamanca), a donde se había trasladado el primer convento teresiano de Duruelo (HCD 3, pp. 234-‐240).
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dre fray Blas [de San Gregorio], y el padre fray Francisco, un portugués, que había venido de la jornada de Inglaterra,59 y fray Antonio, que pienso se dice del Sacramento, y fray Pedro de la Madre de Dios60, con otros, que no me acuerdo ante quién se lo pedí con toda la ins-‐ tancia posible. Por donde dije, una y más veces, que entendía que lo que hacían conmigo no lo hacían tanto por justicia cuanto por pasión y deseo de echarme. Lo cual el secretario confesó ser verdad: que no deseaban sino echarme; mas que querían hacer su hecho bien hecho. Lo cual dijo delante de fray Blas [de San Gregorio] y de un fray Pedro, que pienso se dice de la Madre de Dios, natural de Illora. Pues indignado yo de estos y otros agravios, escogí antes que me quitasen de una vez, el hábito todo que no que me dejasen donado, para tener más que batallar. Y ansí, no que-‐ riendo yo conceder ni consentir en su sentencia, cuando me fueron a quitar el hábito, dije y pedí, en manera que hiciese fe, cómo no consentía en su sentencia, sino que apelaba de ella y de todas las demás dadas contra mí, en cualesquiera tiempos y lugares, para la Santa Sede Apostólica, por virtud de Propio Motu de su Santidad, el papa Sixto V. Lo cual, aunque no me quisieron otorgar, pedí que se escribiese. Y a pura importunación mía y del padre Pedro de Santa María, natural de Jaén,61 lo escribió el secretario, aunque mal y de mala gana, y no todo lo que yo pedí que pusiese. Y después de asentado me dijo el secretario que hiciese lo que quisiese, que no había otro tribunal donde yo pudiese pedir. Porque breves tenían para que absolutamente pudie-‐ sen disponer en cualquier castigos. Con lo cual me quitó el hábito de la Orden, y me vistió de seglar, a los62 días de abril del año de 1589. De todo lo cual hago juramento solemne a Dios y a esta cruz ser y haber sucedido ver-‐ daderamente. A la cual declaración de presente ni me ha movido pasión, ni temor, ni espe-‐ ranza de premio, sino sólo deseo de declarar la verdad pura, como lo es todo lo aquí conte-‐ nido. Y como tal, lo firmo de mi nombre. Fr. Juan de San Alberto, y agora Juan de Ortega y Muñoz
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ALGUNAS REFLEXIONES PERSONALES No soy ningún especialista ni en historia ni en sanjuanismo. Pero, dentro de mi afi-‐ ción y devoción a la historia del Carmen teresiano y a nuestro padre san Juan de la Cruz, me tomo la libertad, junto al hecho de haber publicado la relación de fray Juan de San Alberto, de hacer algunas consideraciones en torno a su contenido. En primer lugar me parece un testimonio, aunque hubiera preferido encontrarme con otro contenido mucho más positivo, que merece todos los respetos, al menos en su 59 No identificado. La famosa expedición naval había salido de Lisboa el 30 de mayo de 1588. 60 Fray Antonio del Sacramento y fray Pedro de la Madre de Dios andan por la comunidad segoviana entre 1588 y 1589. El primero puede que sea el hijo de Sebastián de Benavente, escribano de Sego-‐ via, que en junio de 1588 se dispone a profesar en la misma comunidad (Pedro DE SAN MARTÍN, Proto- colo de 1588, fols. 613-‐614; AHP Segovia, sign. 160). Luego (14.09.1588) ya conventual (Ibid., fols. 924-‐925). Y el segundo, que se nos dirá en seguida que era natural de Illora (Granada). Podría ser un antiguo conventual de Granada en junio de 1585 (Rodrigo DÁVILA y Juan AYLLÓN, Escrituras de 1585, s. f.; Archivo del Colegio Notarial, Granada, sign. 257). El 11 de agosto de 1589 hay en la comunidad un fray Pedro de la Madre de Dios (Pedro DE SAN MARTÍN, Protocolo de 1589, fols. 666-‐671, sign. 162). 61 Religioso de la comunidad (cf. Ibid.), y clavario de la misma en fechas posteriores por lo que examina las cuentas de la casa hasta diciembre de 1590 (Libro del recibo y gasto; Archivo de la comunidad, sign. A.I.35). 62 Dejó en blanco el lugar del día. Por el contexto hubo de ser poco después de la “Pascua florida”, la cual, en 1589, cayó el 2 de abril.
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marco histórico. Habla de personas y lugares verificables, y escribe de hechos persona-‐ les recientes. Desgraciadamente, en la historia de la Orden y en la vida de san Juan de la Cruz tenemos muy pocos testimonios que hayan descrito acontecimientos tan cercanos. La inmensa mayoría habla de memoria y a muchos años de distancia. Ya sabemos que en aquellos tiempos no existía el actual bombardeo de noticias que atosiga y distrae... Pero de todos modos resulta muy difícil aceptar, sin más, sus afirmaciones, por mucho que nos gusten. Tampoco creemos que todo cuanto dice nuestro relator sea tan al pie de la letra como pudiera parecer, pese a los papeles que posee y “cosas apuntadas”, a la hora de escribir el memorial. Sin olvidar que desde los inicios de su vida religiosa se siente un tanto frustrado por no habérsele hecho la “corona” para el sacerdocio. En segundo lugar, cabe resaltar, entre los protagonistas, como ya indicamos ante-‐ riormente, a los superiores mayores del Carmelo teresiano, opinando y tomando deci-‐ siones importantes sobre religiosos del relieve del padre Jerónimo Gracián. También de otros miembros de la Orden, y en concreto de fray Juan de San Alberto al que, por fin, deciden expulsar de la Orden. San Juan de la Cruz entra en escena en dos ocasiones bien diferenciadas: como vica-‐ rio provincial de Andalucía por espacio de año y medio (mediado octubre de 1585 a mediado abril de 1587), y como miembro cualificado del gobierno general, para el caso que comentamos, de junio de 1588 a abril de 1589. En el primero se dice que el prior de Sevilla “me procuró, con ciertas cautelas, licencia del vicario provincial, que a la sazón era fray Juan de la Cruz, para que yo fuera a Baeza” a buscar a la madre y llevarla a Sevi-‐ lla. También durante este vicariato, y relacionado con la misma comunidad sevillana, ocurre que a un novicio mal visto por algunos del convento y que se le ha quitado el hábito, “se fuese, con cartas que llevó de favor, al padre fray Juan de la Cruz, que era vicario provincial”. Y éste “le volvió a dar el hábito en otra casa que se llama Nuestra Señora de la Fuensanta”. Decisiones que fray Ortega comparte. Sin embargo, a fray Juan de la Cruz, como miembro del Gobierno general, se le pone en evidencia. Particularmente en lo relacionado con los procesos del padre Gracián y el del propio relator. Sobre todo, porque hay acontecimientos que coinciden con los meses que le corresponde presidir las reuniones de la Consulta y los actos de comunidad de Segovia. El texto es muy duro en sus diversas manifestaciones, con citas entrecomilladas y alguna de sus opiniones presentadas públicamente y en presencia de religiosos del Carmen de Ávila. Incluso, cuando se le propone al Santo como abogado, lo rechaza y escoge al padre Antonio Heredia. Estos últimos hechos se desarrollan tanto en Madrid como luego en Segovia, donde queda afincada la Curia general. No es el único miembro del gobierno al que retrata. Prácticamente habla de todos, salvo del padre Ambrosio Mariano de San Benito, que a penas si le ha visto alguna vez en las reuniones de Segovia. El mejor parado es el padre Antonio de Jesús Heredia, al que incluso le adereza la celda, y con el que mantiene cierta confianza, pese a haberle dejado “plantado” en Maqueda, camino de Lisboa. El peor es, sin duda, el padre Nicolás de Jesús María Doria, como provincial (1585-‐ 1588) y como vicario general. Un superior que le trata con dureza, sin prestar la aten-‐ ción que se le pide para aclarar dichos y hechos, y que sentencia y castiga antes de escu-‐ char al interesado. Máxime habiendo de por medio la situación económica de la “madre” de un religioso que ha donado todos sus bienes a la Orden. Aun reconociendo que se dieron sentencias sin plena aplicación. Pero, desgraciadamente, fue expulsado de la Orden en abril de 1589, como otros muchos. Y para acabar quisiera dejar bien claro que ninguna de las intervenciones y actitu-‐ des de fray Juan de la Cruz aquí relatadas me crean problemas de afecto y veneración
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para con él. Al contrario. Aun cuando fuera verdad al pie de la letra cuanto dice fray Ortega, me ayudan a verle más cercano y comprometido en sus responsabilidades duras y crudas de los acontecimientos llevados a la Consulta, en muchas ocasiones por menta-‐ lidades ajenas al espíritu teresiano. Como estoy seguro de que ni mental ni espiritual-‐ mente estaba convencido de muchos contenidos publicados o ratificados por la Consul-‐ ta, pero que tenía que firmar, quisiera o no, si salían aprobados por la misma. Me gustaría que los historiados y sanjuanistas nos contaran toda la verdad. En la relación de fray Juan de San Alberto puede haber alguna aportación para esta verdad. Es la única razón por la cual nos hemos decidido a publicarla, intentando comprobar si se correspondían los hechos con los lugares y personas puestas en escena. Barcelona, otoño de 1997
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