SAN MIGUEL, 2 0 SET. 2011

11797 SAN MIGUEL, I 2 0 SET. 2011 EI Libro I del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fij6 el texto refundido, coordinado y Histematizad

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PARROQUIA SAN MIGUEL ARCÁNGEL
CULTO PARROQUIA ARCÁNGEL. SAN MIGUEL H. Irigoyen y Mitre. San Miguel del Monte. Tel.: 02271 – 420020 Casa Parroquial: Mitre 585. San Miguel del Mo

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FELDESPATO Y ARENAS FELDESPÁTICAS (2011) Los feldespatos son una familia de minerales que comprende un grupo de aluminosilicatos relacionados entre sí

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11797 SAN MIGUEL,

I

2 0 SET. 2011

EI Libro I del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fij6 el texto refundido, coordinado y Histematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las Leyes N° 18.933 Y N° 18,46B; La Ley N° 19.378, que establece el Estatuto de Atenci6n Primaria de Salud Municipal; EI Decreto N° 132, de 2011, del Ministerio de Salud que determina aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras dH salud municipal por periodo que senala; La Resoluci6n N° 001 de 04 de enero de 2011, del Servicio de Salud Metropolitano Sur; EI Decreto Exento N° 08 de 27 de enero de 2011, del Ministerio de Salud, que establece el nuevo orden de subrogancia al cargo del Director del Servicio de Salud Metropolitano Sur; Las facultades concedidas a la suscrita por los articulos 20 y 23 del DFL N° 1, del Ministerio de SaIud, ya citado; EI articulo 8° del Decreto N° 140, de 2004, del Ministerio de Sc.lud, Reglamento Organico de los Servicios de Salud; La Resoluci6n N° 1.600, de 2.008, de la Contraloria General de la Republica, que establece Normas solJre exenci6n del tramite de toma de raz6n.

Que mediante Resoluci6n Exenta N° 717 de 22 de Agosto de 2011, de la Subsecretaria de Redes Asistencia les se aprob6 el Programa Piloto "Vida Sana: Intervenci6n en obesidad en ninos, adolescentes y adultos", el cual tiene como prop6sito contribuir a la disminuci6n de los factores de riesgo cardiovascular asociados al sindrome metab61ico en la poblaci6n intervenida, aportando a la prevenci6n de enfermedades no transmisibles; La Resoluci6n Exenta N° 740 de 02 de Septiembre de 2011, de la Subsecretaria de Recles Asistenciales, que distribuye recursos al Programa Piloto "Vida Sana: Intervenci6n ell obesidad en ninos, adolescentes y adultos", EI Memorandum N° 1210, de 05 de Septiembre de 2011, del Departamento Tecnico en Salud, donde solicita la elaboraci6n de convenios para el desarrollo del Programa y la transferencia de recursos con las comunas que indica; EI convenio suscrito con la I. Municipalidad de Calera de Tango, que es necesario aprobar formalmente, dicta la siguiente:

CONVENIO PROGRAMA PILOTO VIDA SANA, INTEVENCION Er~OBESIDAD EN NINOs, ADOLEsCENTEs Y ADUL TOs SAN MIGUEL, Septiembre 07 de 2 )11. Entre el sERVICIO DE sALUD MI:TFtOPOLITANO SUR, en adelante "el Servicio", persona juridica de derecho publ co, representado por su Directora (S) DRA. CARMEN ARAVENA CERDA, ambos dcmic:iliados en Av. Santa Rosa N° 3453, Comuna de San Miguel y la I. MUNICIPALIDAD DE CALERA DE TANGO, persona juridica de derecho publico, representada ~or su Alcalde D. ERAsMO VALENZUELA sANTIBANEZ, ambos domiciliados en Av. Calera de Tango N° 345, Comuna de Calera de Tango, se ha convenido 10 siguiente: PRIMERO: En el marco de la Reforma de Salud, cuyos principios. orientadores apuntan a la Equidad, Participaci6n, Descentralizaci6n y Satisfacci6n de los Usuarios, de las prioridades programaticas, emanadas del Ministerio de!Salud y de la modernizaci6n de la Atenci6n Primaria e incorporando a la Atencicln Primaria como area y pilar relevante en el proceso de cambio de cambio a un nuevo modelo de atenci6n, el Ministerio de Salud, ha decidido impulsar el Programa Piloto "Vida Sana: Intervenci6n en obesidad en ninos, adolescentes y adultos". EI referido Programa ha side aprobado por Resoluci6n Exenta N° j717 de 22 de Agosto de 2011, de la Subsecretaria de Redes Asistenciales y que Hee!ntiendeforma parte integrante de este convenio, el que la municipalidad SH compromete a desarrollar en virtud del presente instrumento. SEGUNDO: Se deja constancia que el Estatuto de Atenci6n Primaria de Salud Municipal, aprobado por la Ley N° 19.378, en su articulo 56 estabk~ceque el aporte estatal mensual podra incrementarse: "En el caso que las normas tecnicas, planes y programas que se impartan con posterioridad a la entrada en vigl:lncia de esta ley impliquen un mayor gasto para la Municipalidad, su financiamiento sera incorporado a los aportes establecidos en el articulo 49". Por su parte, el articulo 6° del Decreto Supremo N° 132 del 27 de Diciembre de 2011, del Ministerio de Salud, reitera dicha norma, agregando la forma dl:l materializarla al senalar "para cuyos efectos el Ministerio de Salud dictara la correspondiente resoluci6n". TERCERO: En dicho contexto y en el marco de la ejecuci6n del Programa ya referido, el Servicio conviene en traspasar a la Municipalidad hasta la suma de $5.528.768.- (cinco millones quinientos veintiocho mil setecientm, SE!Sentay ocho pesos), desde la fecha de la total tramitaci6n de la resoluci6n aprobatoria del presente convenio, comprometiendose el Municipio a utilizar los recursos entregados para financiar los siguientes componentes: Componente1: Intervenci6n en ninos y adolescentes de 6 a 19 anos; incluyendo las mujeres adolescentes post parto. Considera atenci6n integral en atenci6n primaria para ninos y adolescentes con los siguientes criterios: Con IMC ~ percentil95 para edad y sexo y, o PC ~ percentil 90 NANHES Illy, o AI menos uno de los siguientes antecedentes en padre, madre, hermanos o abuelos: - Obesidad - Dislipidemia - DM2 o

La estrategia consiste en 4 meses de intervenci6n, con un control tardio al 6°,9° y 12 meses post intervenci6n considerando: • Atenci6n individual (medico, nutricionista, psic610go). • Intervenci6n grupal (nutricionista, psic610go). • Sesiones guiadas de actividad fisica a cargo de un profesor(a) de educaci6n fisica, terapeuta de actividad fisica, kinesi610go(a) y/o derivaci6n a gimnasio. Componente 2: Intervenci6n en adultos de 20 a 45 alios con Sindrome! Metab61ico y mujeres post parto. Considera atenci6n integral en atenci6n primaria para adultos segun los siguientes criterios: •

IMC ~ 30 u obesidad abdominal y uno 0 mas de los siguieintes factores de riesgo: a Intolerancia a la glucosa, a Alteraci6n Iipidica a Pre hipertensi6n a Antecedentes de padre, madre 0 hermano con DM2.

La estrategia consiste en 4 meses de intervenci6n, con un control ta "die al 6°, 9° Y 12 meses post intervenci6n considerando: • Atenci6n individual (medico, nutricionista, psic610go) • Intervenci6n grupal (nutricionista, psic610go) • Sesiones guiadas de actividad fisica a cargo de un profesor~a) de educaci6n fisica, terapeuta de actividad fisica, kinesi610go(a) y/o derivaci6n a gimnasio. La comuna se obliga a incorporar al programa los siguientes cupos segun tramo de edad:

N° Cupos programa 6 a 19 anos 32

Total Cupos

N° Cupos a incorporar 20 a 45 anos

32

CUARTO: EI Municipio se compromete a utilizar los recursos financiar los siguientes objetivos especificos y productos:

I~ntregados para

Objetivo Especifico Numero 1: Reducir 5% 0 mas del peso inicial la tendencia al aumento de peso.

0

al menos frenar

Productos: Componente 1: a Mejorar en nilias, nilios entre 6 y 19 alios la relaci6n Z score d 3 IMC Y PC. a Mejorar la condici6n fisica, en terminos de capacidad funciom:11 muscular y aer6bica. Objetivo Especifico Numero 2: Mejorar condici6n nutricional on terminos categorizaci6n del indice de masa corporal (IMC) y perimetro de cintura (PC).

de

Productos: Componente 2: a Reducir el 5% 0 mas del peso inicial. a Mejorar la condici6n nutricional en terminos de la categorizacicn deliMC y PC. a Mejorar condiciones asociadas a: - Pre hipertensi6n arterial. - Dislipidemias. - Intolerancia a glucosa e hipertensi6n de ayuno.

o Mejorar la condici6n fisica, en terminos de capacidad funcional aer6bica

muscular y

QUINTO: EI Servicio evaluara el grade de cumplimiento del Progr;:ima, conforme a los objetivos y productos definidos en la clausula precedente, de acuerdo al punta 7. MONITOREO Y EVALUACION del Programa, que se entiend an formar parte integrante de este convenio. La evaluaci6n del programa se efectuara con fecha de corte al 30 dE~Diciembre. Esta evaluaci6n, debera ser remitida por las comunas participantes del Programa, a los respectivos Servicios de Salud, hasta el dia 5 del mes de Enero dE!1aiio siguiente a la fecha de corte. La evaluaci6n se realizara en conjunto para todos los componentes :tel programa y el cumplimiento general del mismo, se calculara en base al cumplimiEmto individual de cada componente, productos, indicadores y metas, con sus rE!SpE~ctivospesos relativos determinados en el Programa. La sumatoria de dichos resultados, dara cuenta del cumplimiento total del mismo. EI resultado de la evaluaci6n podra tener incidencia en los criterios de asignaci6n de recursos del ana siguiente, conforme las disponibilidades presupuestarias, de acuerdo al siguiente cuadro.

Porcentaje cumplimiento de Metas del Programa 60,00% 0 mas Entre 59,99% y 49,99% Entre 49,98% y 39,99% Entre 39,98% y 29,99% Menos del 29.98%

Porcentaje Descuento recursos Asignaci6n SiQuiente 0% 20% 30% 40% 100%

de de en Ano

Para la correcta evaluaci6n del programa la municipalidad debera IlenClr los registros de informaci6n de acuerdo a la modalidad que para tales efectos d efina el Ministerio de Salud, respetando el formato y las fechas establecidas por el. l.o anterior incluye el ingreso, seguimiento durante los 4 meses de tratamiento y los controles tardios de 6,9 Y 12 meses. SEXTO: Los recursos seran transferidos por los Servicios de Salucl re8pectivos en 3 cuotas: 50% contra el convenio totalmente tramitado y el 50% res':ante en 2 cuotas iguales en los meses de octubre y noviembre, para el adecuado desarrollo de las actividades que se entiende formar parte integrante de este convenio. SEPTIMa: La Municipalidad se obliga a rendir cuenta de los recLirsos traspasados en virtud del Programa, conforme 10 establece la Resoluci6n N° ~759del ana 2003 emitida por la Contraloria General de la Republica, que fija normas de procedimiento sobre rendici6n de cuentas tanto para organismos publicos co 110 privados que administren fondos publicos. La rendici6n detallada, de acuerdo a la Resoluci6n citada, debera ser enviada al Departamento Tecnico en Salud del Servicio, dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha de termino del presente convenio.

OCTAVO: Finalizado el periodo de vigencia del presente conwmiCl, el Servicio descontara de la transferencia regular de atenci6n primaria, el valor correspondiente a la parte pagada y no ejecutada del Programa objeto de este in:)trumento, en su caso. NOVENO: EI Servicio de Salud no asume responsabilidad financima mayor que la que en este Convenio se senala. Por ello, en el caso que la Municipalidad se exceda de los fondos destinados por el Servicio para la ejecuci6n del mismJ, ella asumira el mayor gasto resultante. DECIMO: EI presente convenio tendra vigencia desde la ':otal tramitaci6n administrativa de la Resoluci6n que aprueba el mismo hasta el 31 de diciembre del ana en curso. Sin perjuicio de 10 senalado, mediante convenios complementarios podran modificarse los montos a transferir a la Municipalidad en conformidad Gonel mismo, las prestaciones que este incluye y los demas ajustes que sean necssarios introducir en su operaci6n. DECIMO PRIMERO: EI presente convenio se firma en 2 ejemplares, quedando uno en poder del Servicio de Salud, uno en el de la Municipalidad y I'emitiendose dos copias al Ministerio de Salud Subsecretaria de Redes Asistenciale~i y Iia Divisi6n de Atenci6n Primaria. 2.EI gasto que demande el cumplimiento de la presente Resoluci6n, debera imputarse al SubtitulCl24, Item 03, Asignaci6n 298, Transferencias corrientes", del presupuesto de la Direcci6n de este Servicio de Salud.

DISTRIBUCION: • Municip. de Calera de Tango • A. Juridica • D.T.S. • Finanzas • MINSAL • Of. de Partes • Archivo.

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