SECRETARÍA DE SERVICIOS INSTITUCIONALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ESCOLARES

          SECRETARÍA DE SERVICIOS INSTITUCIONALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ESCOLARES LINEAMIENTOS DE BIBLIOTECAS i OCTUBRE 14, 201

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de servicios. 1. PRESTACION DE SERVICIOS PERSONALES
Area Laboral O N T E N I D O INFORME LEGAL El Contrato de Trabajo frente al de Locación de Servicios ...............................................

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SECRETARÍA DE SERVICIOS INSTITUCIONALES DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS ESCOLARES

LINEAMIENTOS DE BIBLIOTECAS i

OCTUBRE 14, 2011    

INTRODUCCIÓN

La Federación Internacional de Asociaciones de Bibliotecarios y Bibliotecas y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), establecieron que las funciones de la Biblioteca Escolar en la Enseñanza y el Aprendizaje son las de: •

Proporcionar información e ideas que sean fundamentales para desenvolverse con éxito en nuestra sociedad contemporánea, basada en la información y el conocimiento.



Proporcionar a los alumnos competencias para el aprendizaje a lo largo de toda su vida y contribuir a desarrollar su imaginación, permitiéndoles que se conduzcan en la vida como ciudadanos responsables.

Asimismo, lo que la UNESCO establece para las Bibliotecas Públicas, puede aplicarse también para las Bibliotecas Escolares respecto a que deben: •

Ofrecer servicios de información, libros y otros recursos que permitan a todos los miembros de la comunidad escolar forjarse un pensamiento crítico y utilizar eficazmente la información en cualquier formato y medio de comunicación.



Por su cuenta, el personal de la biblioteca ayudará a utilizar los libros y otras fuentes de información, desde los relatos literarios hasta los documentos plasmados en todo tipo de soportes (impresos, electrónicos u otros), que son accesibles directamente o a distancia. Estos materiales complementan y enriquecen los libros de texto, así como los materiales y métodos pedagógicos.



Permitir y garantizar que a los servicios de la biblioteca tengan acceso todos los miembros de la comunidad escolar, sin distinción de edad, raza, sexo, religión, nacionalidad, lengua, condición social y situación profesional y económica.



Así, el acceso a los servicios y las colecciones deberá basarse en la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y no deberá estar sometido a ningún tipo de censura ideológica, política o religiosa, ni a presiones comerciales.



Habida cuenta que las bibliotecas escolares son de la incumbencia de las autoridades locales, regionales y nacionales, es preciso darles apoyo mediante legislaciones y políticas específicas. Las bibliotecas escolares deben contar con una financiación adecuada para disponer de personal capacitado, materiales, tecnologías e instalaciones. Además, han de ser gratuitas.

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MARCO NORMATIVO

• Reglamento General de Alumnos Capítulo V.1 Art. 24, 25 y 26

Objetivos de las bibliotecas escolares

Los objetivos mencionados a continuación son fundamentales para desarrollar los conocimientos básicos, los rudimentos en materia de información, la enseñanza, el aprendizaje y la cultura y representan los servicios esenciales de toda biblioteca escolar, incluyendo a las del Colegio de Bachilleres: •

Respaldar y contribuir a lograr los objetivos del proyecto educativo del centro escolar y del plan de estudios.



Inculcar y fomentar en los jóvenes el hábito y el placer de la lectura, el aprendizaje y la utilización de las bibliotecas a lo largo de toda su vida.



Ofrecer oportunidades para realizar experiencias de creación y utilización de información a fin de adquirir conocimientos, comprender, desarrollar la imaginación y entretenerse.



Prestar apoyo a todos los alumnos para la adquisición y aplicación de capacidades que permitan evaluar y utilizar la información, independientemente de su soporte, formato o medio de difusión, teniendo en cuenta la sensibilidad a las formas de comunicación que existan en la comunidad.



Facilitar el acceso a los recursos y posibilidades locales, regionales, nacionales y mundiales para que los alumnos tengan contacto con ideas, experiencias y opiniones varias.



Organizar actividades que estimulen la concienciación y la sensibilización en el plano cultural y social.



Trabajar con el alumnado, el profesorado, la administración y las familias para realizar el proyecto educativo del centro escolar; proclamar la idea de que la libertad intelectual y el acceso a la información son fundamentales para ejercer la ciudadanía y participar en una democracia con eficiencia y responsabilidad.

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Fomentar la lectura y promover los recursos y servicios de la biblioteca escolar dentro y fuera del conjunto de la comunidad escolar.

 

Las bibliotecas del Colegio de Bachilleres Personal de las Bibliotecas



Las personas responsables de la biblioteca serán miembros del personal del Colegio, profesionalmente calificados para planificar y administrar su funcionamiento y contarán, en lo posible, con la ayuda de personal suficiente para ofrecer los servicios a la comunidad del Colegio.



En un entorno caracterizado por el incremento de la conexión en redes, los responsables de las bibliotecas deben ser competentes para planificar distintas técnicas de utilización de la información y del catálogo en línea, y compartirlas tanto al profesorado como al alumnado, de modo que han de seguir formándose y evolucionando profesionalmente.

Funcionamiento y Gestión Para alcanzar los objetivos mencionados arriba, se debe desarrollar y aplicar en El Colegio una política de servicios con el fin de definir objetivos específicos, prioridades y prestaciones, en función del plan de estudios de la escuela; así como plantear su organización y mantenimiento con base en las normas profesionales bibliotecarias vigentes. De esta manera, es necesario que los servicios sean accesibles a todos los miembros de la comunidad escolar y que sean funcionales en el contexto de la comunidad local. Asimismo, se debe estimular la cooperación con el profesorado y demás personal del Colegio. Para garantizar el funcionamiento efectivo y responsable de las bibliotecas del Colegio, se plantean los siguientes lineamientos:

Lineamientos 1. Considerar como usuarios de la Biblioteca a estudiantes, personal docente, académico y administrativo de la Institución. 2. Ofrecer servicios bibliotecarios en los planteles del Colegio de Bachilleres, en los horarios siguientes: Bibliotecas de Planteles Lunes a viernes de: 7:00 a 21:00 horas, sin interrupciones. 4   

Sábados: Planteles 1 al 5 de 8:00 a 14:00 horas. Planteles 6 al 20 de 9:00 a 14:00 horas.

Biblioteca Central Lunes a viernes de: 8:00 a 15:00 horas 3. Aplicar las normas a todo tipo de usuario, independientemente de que sea alumno, personal académico o administrativo. ACTORES

I.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 4. Vigilar el cumplimiento de las políticas y procedimientos incluidos en el presente documento, así como del buen funcionamiento de la Biblioteca. 5. Difundir los servicios de la Biblioteca utilizando diversos recursos, como pláticas a los alumnos sobre los servicios, políticas y reglamento; que serán impartidas durante el primer mes del semestre por los Responsables de Biblioteca de cada turno, de acuerdo con el calendario establecido en el plantel, y con la colaboración del jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico. 6. Llevar a cabo, en coordinación con el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, campañas sobre la difusión y promoción del acervo bibliográfico y aquellas relacionadas con el buen uso del libro, para evitar mutilaciones y pérdidas. Las campañas de donación de material bibliográfico serán coordinadas por el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, de acuerdo con las indicaciones del Director del plantel con base en los lineamientos establecidos y con la participación de los Responsables de Biblioteca. 7. Registrar en el sistema automatizado a los usuarios de la biblioteca, utilizando la credencial correspondiente del Colegio, de tal forma que sean habilitados para el uso y préstamo del material bibliográfico y audiovisual mediante dicho sistema. 8. Controlar el préstamo interno y externo de material bibliográfico registrándolos en el sistema automatizado y mediante los sellos con las fechas de vencimiento correspondientes.

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9. Firmar, cuando corresponda, los formatos de no adeudo en biblioteca que le requieran los alumnos y personal del plantel para los trámites escolares y administrativos que sean necesarios, verificando la situación de los usuarios en el sistema automatizado. 10. Supervisar la disciplina dentro de la biblioteca, y en caso de presentarse alguna irregularidad, informar verbalmente y de inmediato al Jefe de Unidad de Servicios de Apoyo Académico, y en su ausencia al Subdirector. De ser necesario, habrá de notificarlo por escrito. 11. Recibir el material bibliográfico procesado que envíe la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje, correspondiendo al Responsable del turno matutino anotar la clasificación, número de adquisición y número de ejemplar en el esquinero o sobre de cada ejemplar; así como cotejar la relación que ampara el envío, contra los volúmenes recibidos con ayuda del Responsable de Almacén. En caso de que la revisión del envío no concluya en el turno matutino, la continuará el Responsable del turno vespertino. 12. Listar los títulos sugeridos por los Jefes de Materia y enviarlos a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje para que sean considerados dentro de los programas anuales de adquisición por compra, previo visto bueno del jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico y del Director del plantel. La aprobación para adquirir esos títulos corresponde al Director de Planeación Académica. 13. Coordinar y verificar la intercalación en los estantes de los libros enviados por la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje. 14. Verificar que los Auxiliares de Biblioteca intercalen los libros depositados en los carritos transportadores y en las mesas, durante su turno. En caso de faltar algún Auxiliar, corresponde a los Responsables de Bibliotecas coadyuvar en la ejecución de esta actividad. 15. Cuando no se encuentren en el sistema de automatización, integrar los ejemplares a dicho sistema y registrar los números de adquisición de ejemplares adicionales de títulos ya existentes; en un archivo de control; procurando iniciar esta actividad el mismo día de su recepción. 16. Promover las nuevas adquisiciones utilizando varias estrategias, por ejemplo colocar en lugares visibles copias de las portadas o cubiertas de los materiales.

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17. Elaborar listados de libros donados y de las nuevas adquisiciones integradas al acervo de la Biblioteca, y enviarlos a los jefes de materia, notificando de esto al jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico. 18. Cuando la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje solicite libros para encuadernar, separar el material bibliográfico previa revisión para detectar mutilaciones y en su caso anexar las fotocopias correctamente impresas y con margen de las páginas deterioradas; dicha actividad la realizan ambos Responsables de Biblioteca con la colaboración de sus Auxiliares. 19. Coordinar la elaboración de la relación de libros para encuadernación, así como su envío. 20. Al inicio y término del semestre, depurar el sistema de automatización, dando de baja a los usuarios que ya no formen parte del Colegio. 21. Controlar el material bibliográfico recibido por donación o por pago de sanción, conforme a las políticas relacionadas con la donación. 22. • •

Coordinar, supervisar, y en su caso realizar los procedimientos de: Servicios de préstamo externo de material bibliográfico. Servicio de fotocopiado en la Biblioteca del plantel.

23. Consultar el reporte diario de actividades del Responsable de Biblioteca elaborado en el turno anterior. Asimismo, durante el cambio de turno, ambos deberán comentar el reporte elaborado en el turno matutino y el de la tarde anterior, observando los aspectos más sobresalientes. 24. Asistir mensualmente a las juntas de trabajo convocadas por el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico. En casos extraordinarios, éstas se llevarán a cabo con la presencia de los dos Responsables de Bibliotecas de cada turno y el personal a su cargo. 25. Supervisar la asistencia del personal a su cargo, así como el trámite de los permisos económicos y las justificaciones de omisiones que procedan, y turnarlos para su autorización al Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, de acuerdo con los procedimientos establecidos. 26. Coordinar y supervisar que los servicios se proporcionen con base en estos lineamientos a todos los usuarios, ya sean alumnos, personal académico o personal administrativo.

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I.II Los Jefes de las Unidades de Servicio de Apoyo Académico deberán: 27. Supervisar que los responsables de biblioteca elaboren el reporte diario de actividades y vigilar que esta actividad se realice todos los días y por turno. 28. Convocar mensualmente a los responsables de biblioteca a las Reuniones de Trabajo. 29. Coordinar con el Jefe de la Unidad Administrativa la realización y los trabajos de mantenimiento y limpieza. 30. Coordinar la distribución del trabajo y la organización interna de la biblioteca, tomando en cuenta el presente documento y previo visto bueno del director del plantel. 31. Informar, mediante un memorándum, al Responsable de Biblioteca el cronograma de actividad semestral de la capacitación en Biblioteconomía en los planteles que se imparta. 32. Informar al Director y Subdirector del plantel del resultado de las campañas de donación. 33. Autorizar al personal de la biblioteca los permisos económicos, las justificaciones de omisiones y retardos que procedan, tomando como base la normatividad emitida por el Colegio para este efecto. 34. Apoyar las labores de difusión de las bibliotecas y los servicios de información organizados por la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje.

I.III Los usuarios deberán: 35. Contar con credencial y matrícula vigentes, ya sean alumnos, académicos o personal administrativo. 36. Cumplir con el reglamento de uso de la biblioteca del plantel y notificar al personal de la biblioteca las faltas a dicho reglamento cometidas por otros usuarios. 37. Cuidar el material bibliohemerográfico que sea prestado por la biblioteca, incluyendo las tarjetas de préstamo. Los usuarios perderán el derecho a disponer de los servicios de la Biblioteca de manera temporal o definitiva, cuando dolosamente transcriban datos en la tarjeta de préstamo. Por otra parte, los 8   

alumnos perderán este derecho al momento que causen baja temporal o definitiva; los maestros y empleados lo perderán al dejar de prestar sus servicios en el Colegio.

II. De los procesos

II.I Del préstamo externo

II.II Los Responsables de Biblioteca deberán: 38.

Prestar los materiales de manera personal e intransferible.

39. • • • • •

Distribuir como máximo y por usuario solicitante: Dos libros de la colección general. Un libro de la colección de reserva o de consulta. Un folleto. Una publicación periódica. Un DVD.

40. Facilitar las obras de la colección de reserva y guías de estudio a domicilio por un período máximo de dos días. 41. Prestar los libros de la colección general y folletos a domicilio, hasta por un período de cinco días laborales. 42. Prestar los DVDs por sólo un día, excepto los viernes, cuya devolución será al siguiente lunes. Para que los DVDs puedan salir de la sala, el Responsable de Biblioteca o el Auxiliar de Biblioteca deberá mostrar al usuario que el disco se encuentra en buen estado. De igual manera, al devolverlo el usuario deberá mostrar que el disco no fue dañado. De suceder lo contrario, el usuario deberá reponer el DVD con otro ejemplar igual o el título que designe el Responsable de Biblioteca. 43. Observar y hacer cumplir que el préstamo de los libros de la colección de consulta sea únicamente dentro de la Biblioteca. 44. Prestar material bibliográfico a domicilio sólo cuando el usuario no tenga en su poder obras en préstamo con retraso en su devolución, o adeudo por sanción en la Biblioteca. 45. Solicitar al usuario la devolución de una obra en casos urgentes y justificados, aún cuando no haya vencido el préstamo. 9   

II.III Del procedimiento de control de devolución del material

II.III.I Los usuarios deberán: 46. Entregar el material en préstamo antes de las fechas y horas indicadas como horas y fechas de vencimiento en el sistema de automatización y en las tarjetas de préstamo. De lo contrario se aplicarán las sanciones correspondientes. 47. Realizar la entrega de material bibliohemerográfico en tiempo y forma para no incurrir en las siguientes irregularidades. Se considera retraso leve: • El que va de 1 a 5 días laborales en el caso de los títulos complementarios o bien aquéllos de los que se poseen numerosos ejemplares, los cuales integran el Acervo General. • El que va de 1 a 5 horas laborales en el caso de títulos raros o escasos, ejemplares únicos y lecturas obligatorias recomendadas por los maestros, los cuales integran la Colección de Reserva. Se considera retraso grave: • El que va de 6 a 30 días laborales, en el caso de obras del Acervo General. • El que va de 1 a 2 días laborales en el caso de obras de la Colección De Reserva. Se considera retraso extraordinario: • El que va de 31 a 60 días laborales, en el caso de obras de Acervo General. • El de 3 a 5 días laborales o más, en el caso de obras de la Colección De Reserva. • Para cada nuevo período de 30 días de retraso en la devolución de materiales del Acervo General, o de 5 días más en obras de la Colección De Reserva, se considerará un nuevo retardo extraordinario. 48. Las sanciones a que da lugar la acumulación de retrasos serán determinadas de acuerdo con los lineamientos referentes a sanciones aplicables por irregularidad en la entrega de material bibliográfico vigentes. 49. Las sanciones se cubrirán de acuerdo con la normatividad establecida, la cual será aplicada por el Responsable de Biblioteca. 10   

50. Los usuarios que sean sorprendidos sustrayendo indebidamente o mutilando material bibliográfico de la Biblioteca, deberán cubrir por sanción 4 veces el costo de los mismos.

II.III.II Los Responsables de Biblioteca deberán:

51. En caso de pérdida o deterioro, indicar al usuario la sanción que corresponda, de acuerdo con los lineamientos del servicio bibliotecario.

52. Enviar a la Unidad de Registro y Control Escolar, al finalizar cada semestre, una lista de los alumnos con adeudo pendiente de entrega de material en la Biblioteca, y a la Unidad Administrativa una lista de personal docente o administrativo en la misma situación, para que en ambos casos se invite a los deudores a que regularicen su situación antes de iniciar cualquier trámite. 53. En caso de que el personal docente o administrativo no acuda a regularizar la situación, turnar cada caso al Director del Plantel para que sea él quien determine lo procedente. II.III.III Los Auxiliares de Biblioteca deberán: 54.

Registrar la devolución de los materiales.

55. Sellar la tarjeta de préstamo con la leyenda correspondiente a la devolución. 56.

Colocar el material devuelto en los estantes que les correspondan.

II.IV Del procedimiento de reservación de material bibliográfico para préstamo a domicilio II. IV.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 57. Revisar en el sistema de automatización los préstamos de los materiales que solicite el usuario, para que pueda utilizarlos tan pronto sean devueltos, haciendo la solicitud de reserva correspondiente en el sistema automatizado y en el mostrador de control de la Biblioteca. 11   

58. Prestar los materiales bibliográficos reservados a otro usuario, si el interesado no ha reclamado por ellos en las fechas y horas indicados en el sistema automatizado.

59. Mantener los materiales reservados en un estante que sea específico para este tipo de materiales y conservarlos en dicho lugar hasta dos días laborables después de la fecha de vencimiento de la reserva, indicada en el sistema automatizado.

II.V De la renovación de préstamo a domicilio de material bibliográfico y audiovisual II.V.I Los usuarios podrán: 60. Renovar tres veces el préstamo a domicilio, por período igual, cada vez que reselle, siempre que el material no haya sido reservado por otro usuario.

II.V.II Los Responsables de Biblioteca deberán: 61. Supervisar el préstamo, renovación y devolución de los materiales cuyo préstamo ha sido renovado a los usuarios.

II.VI Material bibliográfico recibido por donación o incumplimiento II.VI.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 62. Recibir el material bibliográfico que se aporte al Colegio por donación e incumplimiento directamente en la biblioteca del plantel. 63. Sugerir títulos de materiales que se aporten al Colegio por extravío de otros que estén agotados o descontinuados, y que sean similares en su contenido. 64. Aceptar como donativos los diversos materiales incluidos en los rubros antes especificados, conforme a la normativa vigente sobre los procedimientos de control de material bibliográfico recibido por donación o incumplimiento. 65. Dar preferencia a los títulos de mayor demanda en el servicio de préstamo con el fin de mejorarlo, en la captación de material bibliográfico para enriquecer acervos de las bibliotecas del Colegio de Bachilleres 12   

66. Prohibir como donativo o incumplimiento el material bibliográfico proveniente con el sello de otras bibliotecas del Colegio o de otras instituciones. 67. Dar trámite a las constancias de donación de material al momento de recibirlo.

II.VI.II Los usuarios no deberán: 68. Devolver el material fuera de tiempo, mutilarlo o cometer actos de indisciplina. En caso de presentarse lo anterior, será causa de incumplimiento, que se suplirá con la entrega de materiales bibliográficos de títulos y complementarios que formen parte de: • Las bibliografías anotadas en los programas de estudio del Colegio de Bachilleres. • La relación de libros extraviados de títulos de gran demanda, preparada por los Responsables de Biblioteca. • Las bibliografías complementarias recomendadas por las academias respectivas. • El boletín “presencia bibliotecaria”, o en la sección “Desde la biblioteca” publicada en la Gaceta, o bien, periódicos o revistas registrados en las bibliografías de los programas de estudio de la Institución, cuando el monto de la sanción lo permita.

II.VII Usuarios deudores y constancias de No Adeudo

II.VII.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 69. Coordinar la elaboración de una lista de estudiantes con adeudos pendientes en la Biblioteca, previo visto bueno del jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico. Entregar el mencionado listado a la Unidad de Registro y Control Escolar para los efectos administrativos correspondientes. Ubicar las listas en la entrada de la Biblioteca a fin de solicitar a los deudores regularicen su situación. Esto debe llevarse a cabo dos semanas antes del final y en la primera semana de inicio de cada semestre. 70. Emitir, autorizar con su firma y entregar las constancias de no adeudo de material bibliográfico solicitada por los estudiantes cuando corresponda. En su ausencia, la autorización la hará el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, previa constancia del listado de deudores.

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71. Emitir y entregar las constancias de no adeudo de material bibliográfico, solicitadas por los trabajadores académicos o administrativos que renuncien, o a petición del Director del plantel, previa verificación de los registros de préstamos de material bibliográfico. En dichas constancias deberá recabarse la firma del jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico. 72. La vigencia de la constancia es de 3 (tres) días hábiles a partir de la fecha de entrega. 73. Elaborar el oficio de adeudo, en el que se indicará el material y su costo, para turnarlo al jefe inmediato del trabajador que renuncia. 74. Suspender el servicio de préstamo al usuario deudor, sin cancelar el adeudo. 75. En caso de incumplimiento en la regularización de su situación de deudor por parte del personal académico o administrativo, en el término de 30 días naturales después de concluido el semestre, turnar el caso, en primera instancia al Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, para que lo presente al Director del Plantel, quien determinará lo procedente. 76. Dar de baja del sistema automatizado al usuario que renuncia o deja de ser parte del Colegio, ya sea estudiante, personal administrativo o personal académico, una vez que haya devuelto el material adeudado.

II.VIII Del control de material recibido en Donación o Incumplimiento II.VIII.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 77. Entregar al donador una constancia de donación foliada y firmada por el Responsable de Biblioteca, con una relación del material bibliográfico recibido por donación o incumplimiento. 78. Marcar de inmediato con el sello que identifica a la biblioteca correspondiente, todo ejemplar obtenido y aceptado por donación o incumplimiento; también se anotará el folio de la constancia de donación, se pegará la papelería de préstamo y se colocará en la sección de reserva para evitar el préstamo. 79. Dotar de proceso físico los informes y publicaciones oficiales y periódicas, así como folletos captados en donación o incumplimiento por la biblioteca del plantel, permaneciendo en servicio al público mientras sean vigentes.

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80. Levantar un acta de hechos cuando se detecte el extravío de algún libro recibido por donación o incumplimiento, y enviar copia de ésta a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje, previo aviso al Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, quien procederá como corresponda a estos casos.

II.IX Del procesamiento técnico del material recibido en Donación o por Incumplimiento

II. IX.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 81. Procesar en el plantel el material considerado como existente y registrarlo en el formato de Relación de Títulos para Procesamiento Técnico. 82. Turnar a procesamiento técnico del Departamento de Bibliotecas y Salas de Cómputo, el material donado o recibido por incumplimiento, de acuerdo con el calendario establecido por la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje.

II.X Del descarte de material de las bibliotecas

II.X.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 83. Depurar y separar el material deteriorado y el material obsoleto de las estanterías, conforme al programa que establezca la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje, en respuesta a las siguientes circunstancias. • Cuando los programas de estudios se actualicen. • Cuando una asignatura deje de impartirse. • Cuando se publiquen nuevos títulos con un enfoque más conveniente, respecto a los programas de estudio. • Cuando debido a los escasos movimientos en la tarjeta de préstamo, se detecte que un libro no interesa a la comunidad. • Cuando un libro se encuentre mutilado en un número de páginas equivalente al 5% o más del total de páginas, y sin posibilidad de recuperar las páginas faltantes. • Cuando un material editado en talleres clandestinos o caseros éste fuera del registro de la cámara editorial. 84. Hacer una lista de material deteriorado. Esta relación, con el visto bueno del Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, se usará para enviar el material deteriorado a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje. 15   

85. Seleccionar y clasificar el material obsoleto a descartar, apoyados por los auxiliares. La clasificación deberá organizarse topográficamente y registrarse en la sección de Dictamen para el descarte de libros. Además, se presentará a firma de visto bueno del Jefe de la Unidad de Servicio de Apoyo Académico. 86. Completar la forma Solicitud Dictamen para el Descarte de libros en original y dos copias. 87.

Facilitar la realización del dictamen y remitirlo al jefe de materia.

88. Formalizar por escrito el dictamen técnico del material obsoleto que se propone descartar. 89. Presentar los dictámenes de descarte al Subdirector del Plantel, quien -en caso de aprobarlo- firmará en el espacio correspondiente de la Solicitud Dictamen para el Descarte de Libros. 90. Entregar a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje el material a descartar, acompañado de: • Un oficio firmado por el Director del Plantel. • La Relación de Material Bibliográfico a Descartar por deterioro, impresa y por correo electrónico. • La solicitud de Dictamen para el Descarte de Libros firmada por los Responsables de Biblioteca, el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, y el Jefe de Materia y Subdirector del plantel. II.X.II Los Jefes de Unidad de Servicios de Apoyo Académico deberán:

91. Realizar el dictamen con el apoyo de la Academia (profesores de una misma disciplina), determinando por cada título propuesto para descarte, si éste es obsoleto o no.

II.X.III El Responsable del Almacén de libros de la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje deberá: 92. Recibir y registrar el material descartado por las bibliotecas de los planteles, el cual deberá turnarlo al Departamento de Bibliotecas y Salas de Cómputo para su revaloración dentro de los 10 días hábiles posteriores a su recepción. II.X.IV El Jefe del Departamento de Bibliotecas y Salas de Cómputo deberá:

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93. Revalorar y, en su caso, aceptar el material descartado por las bibliotecas de planteles. En el caso de que todo o parte del material obsoleto descartado por un plantel, sea revalorado como útil para otro plantel; el Departamento de Bibliotecas y Salas de Cómputo realizará los trámites necesarios para el traspaso, que deberá ser autorizado por la Dirección de Administración y Servicios Escolares, a propuesta de la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje. 94. Elaborar un oficio dirigido a la Dirección del Plantel, con copia para la Unidad de Servicios de Apoyo Académico y para el Almacén de Libros, mediante el cual les notifica la aceptación del material descartado. Dicho oficio deberá ser firmado de visto bueno por el Subdirector de Servicios de Apoyo al Aprendizaje y enviarse en un plazo no mayor a 20 días hábiles después de que el material fue recibido por el Almacén de Libros. 95. Actualizar el catálogo a partir de la información remitida por las bibliotecas de planteles. 96. Tramitar la baja definitiva del material bibliográfico obsoleto y/o deteriorado que se acepte para descarte, ante las instancias competentes del Colegio. II.X.V Los Responsables de Biblioteca deberán: 97. Llevar a cabo en la biblioteca del plantel, y con relación a cada uno de los volúmenes que no fueron descartados, las actividades siguientes: • Modificar el número de ejemplar en el sello de copyright. • Modificar el número de ejemplar en la etiqueta de signatura topográfica. Dicha forma deberá ser revisada y firmada por el Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico; contar con el visto bueno del Director del plantel; y enviarse en un plazo no mayor a 50 días hábiles, a partir de la fecha en que se reciba en el plantel, el oficio de aceptación del material descartado. II.XI Control de máquina fotocopiadora II.XI.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 98. Revisar diariamente el registro de los datos requeridos en el formato de control, y realizar un informe mensual. 99. Mantener comunicación permanente con el operador de la máquina fotocopiadora, para vigilar el funcionamiento de la misma y la existencia de los materiales necesarios para que el equipo de fotocopiado se mantenga en los niveles apropiados y no se interrumpa el servicio, tomando en cuenta lo siguiente:

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El suministro de papel lo tramitará el Responsable de Biblioteca mediante la requisición de material de consumo, conforme a los lineamientos establecidos. El suministro de tintas, dispersantes, líquidos, etc., lo solicitará el responsable de Biblioteca a la compañía correspondiente y lo notificará al jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico y de la Unidad Administrativa.

100. Mantener especial atención en cumplir lo siguiente: • Fotocopiar únicamente libros que formen parte del acervo bibliográfico de la biblioteca de los planteles. • Prestar el servicio de fotocopiado exclusivamente a alumnos y personal de la institución, previa identificación con credencial que los acredite como tales. • No fotocopiar libros completos. El máximo de fotocopias permitidas por obra es de 50 páginas o del 10% de la misma, según resulte menor. • Los operadores del equipo de fotocopiado deberán llevar un control preciso del número de copias realizadas. II.XI.II Los Jefes de Unidad de Servicios de Apoyo Académico deberán: 101. Tramitar oportunamente ante el jefe de la Unidad Administrativa el servicio de mantenimiento correspondiente. En caso de ausencia de uno o ambos, el Responsable de Biblioteca lo solicitará a la instancia correspondiente. II.XI.II Los operadores de la máquina fotocopiadoras deberán: 102. Entregar el dinero obtenido al Responsable de Biblioteca o al jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, en caso de ausencia del cajero, para que en el turno o día siguiente, se efectúe el depósito respectivo.

III. Del inventario III.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 103. Realizar el inventario físico anual del acervo documental de la Biblioteca, con la supervisión del Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico; asimismo éste último realizará la distribución del trabajo. 104. Realizar el inventario y la revisión física del acervo contra el catálogo requiere suspender los servicios al público. En los planteles del 1 al 6 esta actividad se deberá efectuar en un plazo de 20 días hábiles, y en los planteles 7 al

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105. Reanudar los servicios al público inmediatamente después de haber concluido la revisión física, aún cuando continúen las actividades de captura de información e impresión de los resultados del inventario. 106. Realizar el inventario semestral de mobiliario y activo fijo, previo acuerdo del Jefe de la Unidad Administrativa y el de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico en coordinación con el Responsable de Almacén. Asimismo, ambos responsables firmarán de conformidad el formato de resguardo de activo fijo, que presente el Almacén. 107. Elaborar y firmar el informe de Inventario de libros de la biblioteca, recabar la firma del jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico y del Director del plantel y enviarlo en un archivo en formato Excel a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje al término de su realización. 108. Participar en las actividades de descarte de libros. El Jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico tramitará el envío a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje, previo visto bueno del Director del plantel.

IV.

De la elaboración de informes

IV.I Los Responsables de Biblioteca deberán: 109. Coordinar y supervisar la elaboración del formato Informe de Actividades en Biblioteca del mes correspondiente y entregarlo al jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico, dos días hábiles después de concluir el mes, para su envío a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje, previo visto bueno del Director del plantel. 110. Registrar con base en el reporte diario de actividades los datos requeridos en el informe de actividades y lo correspondiente al número de fotocopias vendidas. 111. Coordinar y vigilar la preparación semestral de: • Paquetes de libros recibidos por donación o sanción en la biblioteca o en las campañas. • Relación de material bibliográfico recibido por donación o sanción durante el semestre (original para el Departamento de Bibliotecas y Salas de Cómputo, copias para el jefe de la Unidad de Servicios de Apoyo Académico y para el Responsable de Biblioteca). • Copias de las constancias de donación entregadas. 19   

112. Enviar a la Subdirección de Servicios de Apoyo al Aprendizaje los informes, paquetes y listas relacionadas según el punto anterior. V.

Del uso de las computadoras del Módulo de Catálogo Público

V.I Los usuarios deberán: 113 Usar la computadora exclusivamente para revisar el catálogo en línea, la Bibliowiki del CB y catálogos en línea de otras bibliotecas. Por ningún motivo podrá hacer uso de las computadoras para fines lúdicos. Si hay gente en espera, la utilización de la computadora será de máximo 15 minutos. Si no hay demanda podrá consultarla el tiempo que necesite.

Los Responsables de Biblioteca y los Auxiliares de Biblioteca deberán: 114

Vigilar que los usuarios hagan buen uso del equipo de cómputo.

GLOSARIO

MATERIAL. El material bibliográfico de toda clase y formato, adquirido por compra o donación al Colegio, y que forme parte de su colección bibliotecaria. MATERIAL BIBLIOGRÁFICO CAPTADO POR INCUMPLIMIENTO. Todo material bibliográfico que ingresa a las bibliotecas por devolución tardía en el préstamo de libro(s) a domicilio, indisciplina o mutilación por parte del usuario. MATERIAL DETERIORADO. Material bibliográfico de toda clase y formato, que presente las siguientes anomalías: · Mutilado: sin posibilidades de recuperar las hojas o páginas extraídas. · Deshojado: sin posibilidades de reencuadernación. · Con hongos. · Con manchas que impidan la lectura. · Deteriorado por animales “bibliófagos” (insectos que gustan de comer papel). · Inservible por daño, rotura o descompostura. MATERIAL BIBLIOGRÁFICO DONADO. Todo material bibliográfico que ingresa a las bibliotecas como aportación voluntaria de una institución o persona. MATERIAL BIBLIOGRÁFICO EXISTENTE. Títulos incluidos en el acervo de la biblioteca del plantel y procesado técnicamente.

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MATERIAL BIBLIOGRÁFICO NO EXISTENTE. Títulos nuevos que se incorporan a la biblioteca y que no cuentan con su proceso técnico. MATERIAL BIBLIOGRÁFICO EXTRAVIADO. Títulos que no existen físicamente en el acervo, pero que están registrados en el catálogo topográfico. MATERIAL BIBLIOGRÁFICO DE REPOSICIÓN. Títulos que se obtienen por donación o incumplimiento, susceptibles de incorporarse al acervo al sustituir a otro ejemplar del mismo autor, título y pie de imprenta. MATERIAL OBSOLETO. Material bibliográfico de toda clase y formato, de poca o nula demanda, que no resulte útil a la institución debido a que ya no apoya las asignaturas del plan de estudios.                                                             

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 Aprobados en la 2ª reunión extraordinaria del 13/12/11 del COMERI 

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