COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL Cuya finalidad principal estriba en conocer las causas de los peligros y las condiciones insalubres dentro de los centros de trabajo y tratar de prevenirlos hasta el máximo. REQUISITOS Y OBLIGACIONES DE LAS MISMAS Deben estar integrados por igual numero de representantes del patrón y de los trabajadores, cantidad que será variable, dependiendo esto de diversos procesos y actividades que integre la organización. Requisitos necesarios para formar parte de las comisiones: • Ser trabajador de la organización. • Poseer la instrucción y experiencia necesaria para el buen desempeño del cargo • Gozar de estimación general de los trabajadores • No ser afecto a bebidas alcohólicas, drogas, enervantes o juegos de azar • De preferencia ser jefe de familia Obligaciones principales de las comisiones: • Establecer o dictar las medidas para prevenir al máximo los riesgos que se presentan dentro del establecimiento • Investigar las causas de los accidentes y enfermedades profesionales • Vigilar que se cumplan las disposiciones de higiene y seguridad establecidas en los reglamentos de vigor • Poner en conocimiento del patrón y de las autoridades respectivas las violaciones de los trabajadores a las disposiciones dictadas • Dar instrucciones sobre medidas preventivas a los trabajadores para orientarlos sobre el peligro en el trabajo que desempeñan ORGANISMOS DEDICADOS AL ESTUDIO DE LA HIGIENEN INDUSTRIAL • EN UNA EMPRESA: • Departamento de seguridad e higiene industrial • Comisiones mixtas de higiene y seguridad • EN EL PAIS: • Secretaria de salubridad y asistencia • Secretaria de trabajo y previsión social • Instituto mexicano del seguro social 1
• Asociación mexicana de higiene y seguridad • INTERNACIONALMENTE: • Oficina internacional del trabajo (Ginebra, Suiza) • Organización mundial de la salud (Ginebra, Suiza) • Asociación interamericana de seguridad social (México, D.F.) • Oficina sanitaria panamericana • Organización de salud publica dependiente de la ONU y de la UNESCO