SIA Especial: Listas las Medidas de Seguridad para las Elecciones del 25 de Mayo de 2014

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SIA Especial Elecciones Mayo 15, 2014

SIA Especial: Listas las Medidas de Seguridad para las Elecciones del 25 de Mayo de 2014 El Gobierno Nacional expidió hoy el Decreto 891 por medio del cual se dictan medidas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales a realizarse el 25 de mayo la primera vuelta, y si hubiere lugar, el 15 de junio una segunda vuelta.

Refuerzo de seguridad y tropas para garantizar la seguridad en todo el país para los comicios del próximo 25 de Mayo. Foto: Archivo SIA.

Bogotá, Mayo 15. El Gobierno Nacional expidió hoy el Decreto 891 por medio del cual se dictan medidas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones presidenciales a realizarse el 25 de mayo la primera vuelta, y si hubiere lugar, el 15 de junio una segunda vuelta.

15 de junio, en este caso, si hubiere segunda vuelta. Durante estos mismos días también queda prohibido para los medios de comunicación, difundir propaganda política y electoral, así como la realización o publicación de encuestas, sondeos, o proyecciones electorales.

Entre otras normas el decreto establece que a partir del lunes 19 de mayo y hasta el lunes 26 de mayo, y, en la segunda vuelta, a partir del 9 de junio y hasta el 16 de junio, sólo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

En cuanto a la propaganda en espacios públicos, los alcaldes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por los representantes de los partidos y movimientos políticos, a fin de asegurar una equitativa distribución.

Además la Policía Nacional decomisará toda clase de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante los días 25 de mayo y

Durante la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video,

entre las 8 a.m. y las 4 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. A partir de las 4 p.m. los testigos electorales podrán hacer uso de cámaras y recibirán copia de las actas de escrutinio. Desde las seis de la tarde del sábado 24 de mayo y hasta las 6 de la mañana del lunes 26 de mayo, y desde las 6 de la tarde del sábado 14 de junio y hasta las seis de la mañana del lunes 16 de junio, queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y consumo de bebidas embriagantes. Las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos para el porte de armas en todo el país, desde el viernes 23 de mayo hasta el miércoles 28 de mayo y desde el viernes 13 de junio hasta el miércoles 18 de junio. Además podrán ampliar el término de la suspensión de conformidad a las recomendaciones de los Consejos Departamentales de Seguridad o los Comités Territoriales de Orden Público.

La transparencia es la prioridad del Gobierno Nacional, del Ministerio del Interior y de las demás entidades involucradas en este proceso electoral”, afirmó Natalia Gutiérrez, Viceministra para la Participación e Igualdad de derechos del Ministerio del Interior. INFORMACION RELACIONADA

DE

INTERÉS

Y

Resuelva las 25 preguntas más comunes de cara a las elecciones presidenciales del 25 de mayo próximo

Sistemas Masivos de Transporte y empresas de transporte público, están obligadas a prestar su servicio durante el día de elecciones, como mínimo de una 80% durante las horas de votación y solo podrán cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente. Los pasos fronterizos fluviales y terrestres serán cerrados durante el lapso comprendido entre las 4 a.m. del 24 de mayo y las 4 p.m. del 25 de mayo, primera vuelta, y desde las 4 a.m. del 14 de junio hasta las 4 p.m. del 15 de junio, segunda vuelta si la hubiere. “Para reportar cualquier irregularidad relacionada con los procesos electorales establecidos según este decreto, los ciudadanos podrán utilizar la línea telefónica gratuita nacional 01 8000 91 2005 o el correo electrónico a [email protected].

Así quedaron las posiciones de los candidatos presidenciales para el tarjetón con miras a las elecciones del próximo 25 de mayo. Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil. A continuación encontrará la respuesta a las 25 preguntas más frecuentes que los colombianos residentes en el país y quienes están en el exterior se hacen con miras a las elecciones presidenciales del próximo 25 de mayo. ¿Qué se elegirá?, ¿cuál es el periodo de la nueva era presidencial? y ¿cómo hacer uso del derecho al voto?

Son algunas de las inquietudes más comunes por esta época y las cuales serán resueltas en este ABC electoral.

6. ¿Los jurados de votación para la elección presidencial son los mismos que se designaron el 9 de marzo?.

1.¿Qué se elige el 25 de mayo? Los colombianos elegirán Presidente y Vicepresidente de la República para el período 2014 -2018.

Para cada jornada electoral la Registraduría Nacional hace un sorteo diferente de jurados de votación.

2. ¿En qué fecha se posesionan el Presidente y Vicepresidente de la República elegidos? El Presidente y Vicepresidente se posesionarán el 7 de agosto de 2014. 3. ¿Cuántos partidos o movimientos políticos participan en la elección?. Participan los 5 partidos o movimientos políticos que inscribieron candidatos: Conservador, Alianza Verde, Centro Democrático, Polo Democrático y la coalición de la Unidad Nacional (Liberal, Cambio Radical, de la U y el Partido Social de Unidad Nacional y el Voto en Blanco. 4. ¿Cuándo se realizaría una segunda vuelta? La segunda vuelta se da si ninguno de los candidatos obtiene la mitad más uno de los votos que depositen los ciudadanos en la primera vuelta programada para el 25 de mayo. La segunda vuelta de la elección de Presidente y Vicepresidente de la República, en caso de realizarse, se celebraría el 15 de junio. En ésta sólo participarán los dos candidatos que obtengan las más altas votaciones y será declarado Presidente quien obtenga el mayor número de votos. 5. ¿Cuándo se realiza el sorteo de jurados de votación para la elección del 25 mayo? De acuerdo con el Decreto 1010 de 2000, el sorteo de los jurados de votación para el 25 de mayo, se realizará entre el 9 de abril y el 9 de mayo del presente año.

7. ¿Dónde sufrago si soy designado jurado de votación? Los jurados de votación están autorizados para votar en la misma mesa en donde cumplen con esta función pública provisional. 8. ¿Cuál documento debo presentar para votar? Al llegar a la mesa asignada, los sufragantes deben presentarle al jurado su cédula de ciudadanía. Desde el 31 de julio de 2010 la cédula amarilla con hologramas es el único documento válido para poder ejercer el derecho al sufragio en Colombia. 9. ¿Dónde puedo votar? Todos los ciudadanos podrán votar en el lugar donde se encuentra inscrita su cédula de ciudadanía. Para conocer su puesto de votación puede ingresar a la página web de la Registraduría, www.registraduria.gov.co 10. ¿Quiénes pueden votar en el exterior? Todos los colombianos residentes en el exterior, que hayan hecho la inscripción de su cédula en las fechas estipuladas por la Registraduría Nacional del Estado Civil y estén incluidos en el censo electoral. 11. ¿Dónde votan los colombianos en el exterior? Los colombianos podrán sufragar en las mesas ubicadas en las embajadas y consulados de Colombia en donde tengan inscrita la cédula de ciudadanía. 12. ¿Pueden votar los miembros de las fuerzas armadas?

La Constitución Política de Colombia, en su artículo 219, señala que los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer el derecho al sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en actividades o debates de partidos o movimientos políticos.

15. ¿Cuándo inician las votaciones en el exterior? En los puestos de votación instalados en el exterior, los ciudadanos podrán votar desde el lunes 19 de mayo y hasta el domingo 25 de mayo.

13. ¿Puedo usar el celular en la mesa de votación? No. De acuerdo con el artículo 11 del Decreto 3569 del 27 de septiembre de 2011, durante la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 am y las 4:00 pm, salvo los medios de comunicación debidamente identificados.

16. ¿En qué horario puedo votar? Para las elecciones de Presidente y Vicepresidente, el horario de votación, tanto en el territorio nacional como en el exterior, es de 8:00 am a 4:00 pm. Al cerrar las mesas, se da inicio al conteo de votos en la mesa por parte del jurado. 17. ¿Si son las 4:00 pm y estoy en la fila, puedo votar? No. A las 4:00 pm se cierran las mesas de votación. Si aún hay ciudadanos haciendo fila no podrán votar. 18. ¿Qué pasa si me equivoco al marcar la tarjeta electoral? Si el ciudadano marca de forma errónea la tarjeta electoral, podrá solicitarle a los jurados de votación una nueva. Al entregar el tarjetón malo tendrá que verificar que el jurado lo anule.

14. ¿Me permiten ingresar al cubículo acompañado? El artículo 16 de la Ley 163 de 1994 señala que los ciudadanos que padecen limitaciones y dolencias físicas que les impiden valerse por sí mismo pueden ejercer el derecho al voto acompañado hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto al voto, siempre y cuando ellos mismos así lo requieran. Así mismo, también pueden ingresar acompañados los adultos mayores de 80 años o quienes padecen problemas avanzados de visión y ellos tienen prelación en el turno de votación.

19. ¿Cómo obtengo el certificado electoral? El ciudadano debe recibir el Certificado Electoral, una vez deposita la tarjeta electoral en la urna, el cual es un documento público expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que surgió como resultado de la Ley 403 de 1997. 20. ¿Qué beneficios me da el certificado electoral? Este certificado le garantiza descuentos en matrículas de universidades públicas, prelación en caso de empate para acceder a un cargo público, rebaja en el tiempo de prestación del servicio militar y descuentos en algunos trámites ante entidades estatales.

21. ¿El certificado electoral que se entregó el 9 de marzo sigue vigente si se recibe uno nuevo el 25 de mayo? El certificado electoral entregado a los sufragantes en las pasadas elecciones del 9 de marzo perderá su vigencia con el nuevo certificado que recibirá el ciudadano una vez deposite la tarjeta electoral en la urna el 25 de mayo. 22. ¿Cuándo inicia el escrutinio de las elecciones de presidente y vicepresidente? Según el artículo 41 de la Ley 1475 de 2011, el escrutinio se hará el mismo día de las elecciones, a partir del momento del cierre del proceso de votación hasta las 12:00 de la noche. La audiencia de escrutinio continuará a las 9:00 am del día siguiente hasta las 9:00 pm y así sucesivamente hasta terminar el correspondiente escrutinio. 23. ¿Cómo están conformadas las Comisiones Escrutadoras? Para el escrutinio Auxiliar o Zonal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial designa dos (2) ciudadanos cuya calidad de miembros está compuesta por un Juez, Notario o Registrador de Instrumentos Públicos, encargados de hacer el respectivo cómputo de los votos depositados en las Arcas Triclaves. El Registrador Zonal o Auxiliar actúa como secretario de la comisión escrutadora. En el escrutinio Distrital y Municipal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial designa dos (2) ciudadanos de las mismas calidades descritas en el escrutinio anterior y actúan como secretarios de la comisión los Registradores Distritales y Municipales del Estado Civil. Finalmente, durante el escrutinio General, el Consejo Nacional Electoral designa a dos (2) ciudadanos que hayan sido Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, Consejo Nacional Electoral, Tribunal

Superior, Tribunal de lo Contencioso Administrativo o Profesores de Derecho, como secretarios de esta comisión se designan a los dos Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil. 24. ¿Qué diferencia hay entre el preconteo y el escrutinio? Los resultados que se entregan el domingo 25 de mayo a través de la página web de la Registraduría y los medios de comunicación son el resultado del preconteo o conteo rápido de mesa, que tiene carácter informativo, pero carece de valor jurídico vinculante, ya que de acuerdo con lo previsto en el Código Electoral, los resultados oficiales de la elección sólo se conocen una vez concluya el proceso de escrutinio, a cargo de las comisiones escrutadoras y el Consejo Nacional Electoral. 25. ¿Cuánto cuestan las elecciones de este año? Para las elecciones del 2014 se destinaron un total de $569.000 millones Fuente: ATLAS - Registraduría Nacional del Estado Civil - Ministerio de la Defensa Nacional. SIGANOS EN REDES SOCIALES: TWITTER Y FACEBOOK Todos los Titulares, noticias de Última Hora y links del día publicados en el Subportal SIA de ATLAS en Twitter. Sígamos a diario en la cuenta: Twiter.com/Seguridad_Atlas. Estamos también en Facebook en la cuenta: www.facebook.com/SeguridadAtlas Colombia

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