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~ PROCURADURfAAMBIENTAL Subprocuraduría de Protección Ambiental y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIALDEL D.F. Expediente: PAOT-2004/CAJRD-166/SPA-096 Núm

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PROCURADURfAAMBIENTAL

Subprocuraduría de Protección Ambiental

y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIALDEL D.F.

Expediente: PAOT-2004/CAJRD-166/SPA-096 Núm. de Folio: PAOT/200/DAIDA/

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RESOLUCIÓN La Subprocuraduriade ProtecciónAmbientalde la ProcuraduriaAmbiental y del OrdenamientoTerritorial del Distrito Federal, con fundamentoen los artículos 50 fracciones1, 11,111y V; 60 fracción 111,19, 25 y 27 fracción 111de la Ley Orgánicade la ProcuraduriaAmbiental y del OrdenamientoTerritorial del Distrito Federal; y 11 fracciones1, 11,111y XXI; así como 36 del Reglamentode la mismaley, emite la presenteResoluciónhabiendoanalizadolos elementoscontenidosen el expedientePAOT2004/CAJRD-166/SPA-096, relacionadoscon la denunciapresentadapor la construcciónde un edificio ubicado en Rumania número 1111,Colonia PortalesSur, código postal 03300,DelegaciónBenito Juárez,quepresuntamenteincumplecon la Ley de Desarrollo Urbanoy el Programa Delegacionalde Desarrollo Urbano 1997,toda vez que el edificio en comentoparece tener másde tres nivelesy no cuentacon el porcentajede área libre que estableceel Programa... ya que en la Colonia Portales se autorizael uso de suelo habitacional,tres nivelesy 20 por ciento de área libre (H/3/20/90)...Por otro lado, dentro del mismo predio existeun árbol de 80 añosde edad.Responsabilizoa la construccióno a quien resulteautor de su derribo por matar el individuo arbóreosin autorización.

1.-

HECHOS

1.1.- DESCRIPCIÓN DEL ESCRITO DE DENUNCIA y RATIFICACIÓN, Con fundamentoen los artículos 18 y 21 de la Ley Orgánicade la ProcuraduríaAmbiental y del OrdenamientoTerritorial del Distrito Federal,un ciudadanoquien con apegoal artículo 25 de la Ley de Transparenciay Accesoa la InformaciónPública del Distrito Federalno otorgó su consentimientopara que susdatospersonalesfueran publicados,presentóy ratificó escrito el 05 de mayo de 2004,anteesteOrganismoDescentralizado, visible en las fojas 7 y 8 del expedienteen el que se actúa,medianteel que denunciaque:

Al escritode denunciaseanexólo siguiente: .Credencial de electordel denunciante, expedidapor el Instituto FederalElectoral,IFE. .Tres fotografiasimpresasa color quemuestranel estadodel individuo arbóreo. .Cédula de registro de demandaciudadanacon fecha 4 de febrero de 2004, con número de folio 2028/2004,"...donde solicita se realice verificación a una construcciónquese estállevandoa cabojunto a sudomicilio." .Oficio númeroDV/183/2004de la Dirección GeneralJurídicay de Gobiernode la Direcciónde Verificación con fecha 13 de febrero del 2004, dirigido al denunciante,donde informa que el predio marcado con el número 1111 de Rumania, ColoniaPortales". ..ya cuentaconprocedimientoadministrativoNo. DV /OV/060/2004,defecha 12 defebrero del 2004, el cual se encuentraen la SubdirecciónCalificadorade Infracciones,para su resolución." .Oficio número CS/139/04 de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano de la Delegación Benito Juárez de fecha 18 de febrero de 2004, dirigido al denunciante, en el que le informa que

"... en el domicilio de referenciase realizaron trabajosde demoliciónmediantela licencia No. 16/14/188/2003, en donde se lleva a cabo la edificaciónde inmuebleen semisótano, planta baja y 2 nivelescon usohabitacional (8 viviendas),para lo cual proporcionarán11 cajonesde estacionamiento dentrodel misopredio. Dicha construccióncuentacon la Licencia de Obra NuevaNo. 11/14/240/2003expedidapor estaDelegaciónen baseal Certificadode Zonificaciónpara ~"-12 d~

SueloEspecificoclave No. M0201165/2003emitidopor la Secretaríade Desarrollo Urbano y febrero (2004) sepracticó visita de verificación a dicha obra mediantela ordenfolio fecha se encuentraen la SubdirecciónCalificadorade Infraccionespara su :

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Dicho inmuebleestá destinadoa uso habitacional plurifamiliar, construidoen planta semisótano,planta baja y dos niveles; durante la diligencia se pudo apreciar que las ocho supuestasáreas libres existentescuentan con acabadode adoQuín.a excepciónde un cubo localizado en la zona de la rampa, la cual se construyócon concreto... Asimismoel personal de la Delegación realizó el levantamientode los cubosde luz (áreas libres) para posteriormentecotejar contra las informadasen proyecto..." 1.3.2.- CONSULTA DEL EXPEDIENTE DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN. Confecha 13dejulio de 2004,personaladscritoa la Subprocuraduria de ProtecciónAmbiental,seconstituyóen las oficinas de la Jefaturade la Unidad Departamentalde Licencias de Construcción,adscritaa la Dirección Generalde Obras, Servicios y DesarrolloUrbano de la DelegaciónBenito Juárez,con objeto de realizarla revisión documentalde la Licencia de Construcción correspondienteal inmueblemotivo de la denuncia.El Acta respectiva,se encuentravisible en la foja 110 del expedientede mérito, y sehaceconstar10siguiente: "... La revisión del expediente se realizó en presencia y conjuntamente con el... titular de la Unidad Departamental de Licencias de Construcción, de la cual se dt?;stacalo siguiente: con fecha 10 de julio del 2003, la Subdirección de Licencias envió al solicitante por escrito, un aviso de prevención de trámite ya que el proyecto presentado no cumplía con el porcentaje de área libre que por zonificación le corresponde; por lo que se le solicitó realizar las modificaciones pertinentes al proyecto; se pudo constatar en la documentación analizada que el solicitante atendió la petición como se muestra en los planos identificados como El (plano estructural) y Al (plano arquitectónico) ...se tuvo a la vista la solicitud y copia de la Licencia de Demolición total de la construcción que existía anteriormente en el predio de referencia; en los croQuis intel!rantes de dicha solicitud no se señala la [!.resenciade individuos arbóreos existentes en el interior (el cedro adulto derribado durante el proceso de construcción el día 12 de mayo de 2004) y en el exterior (el trueno que se encontraba en la banqueta justo frente a la construcción en proceso) del inmueble...se le solicitó al titular de la Jefatura de la Unidad Departamental de Licencias de Construcción informara si en el proyecto se respeta el porcentaje de área libre permeable, cón fines de filtración de agua para la recarga del acuifero, para lo que mostró el plano estructural en el que en las áreas libres se ~$p,ecificantrabes en tomo a éstas, lo que indica, presuntamente, que no existirá losa de cimentación corrida en esas pol;ciones,'éstas áreas libres coinciden con las señaladas en la planta de azoteas y planta arquitectónica; asimismo se le preguntó si el proyecto contaba con factibilidad de servicios, a lo que comentó que hasta ese momento no se había desahogado ese requisito ya que la licencia debía contar con un sello del Sistema de Aguas del Distrito Federal (sic) el cual no tenía, pero que era un requisito que sepodía subsanar durante el proceso de construcción; a pregunta expresa... de cómo se garantiza que se cumpla tanto lafactibilidad de servicios como el área libre permeable, respondió que si al momento de la revisión de la obra ara otor ar la autorización de Ocu ación de Obra Terminada no se resentara la autorización de actibilidad de servicios no se cum liera con el área libre ermeable de acuerdo a lo mani estado /0 al una otra anomalía no se otorl!a la Autorización de Ocuvación de Qbra- Te~in~'d~ ...Asimismo, se le comentó al ingeniero que la Subprocuraduría de Protección Ambiental formalizaría la solicitud de la' információn que considerara conveniente para sustanciar el expediente de mérito ..."

1.3.3.- SOLICITUD y EMISIÓN DE INFORMES. Con fundamento en los artículos 50 fracciones 1, 11 Y 111;20 y 25 de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, y 11 fracciones 11, 111y V de su Reglamento, la Subprocuraduría de Protección Ambiental realizó las siguientes solicitudes: 1.3.3.1.- Mediante oficio número P AOT /200/DAIDA/l 081/2004 a la entonces Dirección General de Desarrollo Delegacional de la Delegación Benito Juárez, de fecha 14 de mayo de 2004, visible en las fojas 25 y 26 del expediente de mérito, donde se solicitan copias certificadas de las diligencias realizadas en cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental, para llevar a cabo el derribo del árbol de 80 años de edad, en el predio ubicado en Rumania número 1111, Colonia Portales, así como de los árboles que se localizan en vía pública, como son solicitud, dictamen que justifique el derribo, autorización, destino de los esquilmos y medidas adoptadaspara su resarcimiento.

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En respuesta a la solicitud señalada anteriormente, el 01 julio de 2004, esa Subprocuraduria fecha 22 de junio de 2004, de la Dirección General de de Desarrollo de Infraestructura' -.°.

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c, visible en la foja 97 del expediente, a través del cual informa que: -.Q\f_N1~~'~Ñ1Q I'\O~Of."'I'\'~'::--

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construcción,así como tambiénde la solicitud del derribo de un individuo arbóreo del tipo cedro... se autorizó a realizar los trabajos a costadel solicitante,despuésque acreditó haber restituido la biomasaafectadamediantela copia del recibo número 088/04,por la cantidadde 10 árbolesde la especiecedroy que seráncolocadosen diferentespartes de la Delegaciónsegúnse detectó la necesidadde biomasaen las diferenteszonas,se anexa tambiénsolicitud del vecino de estepredio para que sea derribadoésteIl.°r estardañandola lJrolJiedadcontiJ!ua. Refiriéndonosal citado individuo arbóreode la especiefresno ...se le autorizó al C. Ricardo Mac Gregor Maestre,a realizar a su costa los trabajos solicitados,despuésdel correspondiente pago de derechosy en los términosde lo solicitado en la norma NADF-001-RNAI: sobre la restitución de la biomasa que consisteen la donación de 6 árboles de la especiefresno y 510 arbustivasde la especiearrayán, las que se recibieron en esta Delegaciónsegúnrecibo número 089/04, las que ya se están colocandoen diferentespartes de la Delegación..." Al oficio antes descrito,se anexó en copiassimples,la siguientedocumentaciónrelevantepara el asuntode mérito, la cual se describepor ordencronológico: Licencia para obra nueva No. 11/14/240/2003 expedida e122 de julio de 2003 con vigencia hasta el 22 de julio de 2005, en Rumania número 1111, Colonia Portales Sur, con número de folio 05-2648, para la construcción de 8 viviendas en semisótano planta baja y dos niveles, visible en las fojas 73 y 74 del expediente de mérito. Oficio número SDS/272/2004, de la Subdirección de Desarrollo Sustentable de la entonces Dirección General de Desarrollo Delegacional, de fecha 14 de abril de 2004, visible en la foja 78 del expediente, dirigido al propietario o poseedor del predio ubicado en Rumania 1111, Colonia Portales Sur, en el que se le informa que, "... se ha recibido en esta Subdirección... denuncia ciudadana por la posible comisión de una falta a la Ley Ambiental y su Reglamento así como al Código Penal vigente por el probable retir~ de un árbol que se encontraba ubicado al frente de ese predio... personal técnico de esta oficina se dio a la tarea de realizar una inspección ocular encontrando un proceso de construcción en el que se presume pudieran verse afectados los individuos arbóreos ubicados al interior del predio... por lo que es pertinente informar a usted, que las afectaaionfs a las áreas verdes sin el permiso respectivo, podrían tipificarse como un delito en los términos de la Ley Ambiental del Distrito Federal. " Carátula del formato de Solicitud para la autorizációnpara el derribo, poda, transplante, remoción y retiro de árboles o áreas verdes, con número de folio 0135 y aparentementede fecha 28 de abril del 2004, de la Subdirección de Desarrollo Sustentable de la entonces Dirección General de Desarrollo Delegacional, visible en la foja 77 y de la 84 a la 87 del .c ' expediente de mérito, en el que se asientan RAZONES EN LAS QUE SE FUNDA SU PETICION: "Dentro del domicilio se encuentra un árbol que con las lluvias y fuertes vientos .:. se eayerón.,unas ramas que ponen en peligro la seguridad de las personas que aquí habitamos. . Constantes ocasiones los vecinos que colindan con mi predio me han solicit9doiá poda del árbol porque estoy afectando coladeras y drenajes por la constante basura que el mismo árbol tira. " .-' Es pertinente aclarar que de esta carátula se anexan cinco copias, de las cUales,dos de ellas no tienen fecha, una la tiene manuscrita y las otras dos con fecha 28 de abril de 2004, siendo que se trata del mismo'formato y con el mismo folio. Escrito realizado por vecinos del edificio en construcción, de forma legible, signado por los ciudadanos Ricardo Gutiérrez V., Ricardo Villa Ramírez y Mario Ramirez, por el cual informan al encargado de Rumania número 1111, que en su terreno existe un árbol que está afectando sus casas, con mucha basura y maltratando la barda, por lo cual piden que corten el referido árbol, visible en la foja 76 del expediente de mérito. Escrito del Señor Jorge Conde y Rodríguez dirigido al señor Ricardo Mac Gregor, que a la letra dice: le escribe su vecino... de la calle de Bélgica, número 1110, Colonia Pórtales, para pedirle por favor que quiten el árbol... se tapan coladeras del patio y de la azotea, tengo roto el registro del patio de atrás ...la barda está estrellada... una vez se inundó mi casa por las coladeras tapadas, todo el tapiz y alfombras se echaron a perder ..., visible en la foja 75 del expediente. Carátula del formato de Solicitud para la autorización para el derribo, poda, transplante, remoción y retiro de árboles o áreas verdes, con número de folio 0142 y de fecha 6 de mayo del 2004, de la Subdirección de Desarrollo Sustentable de la entonces Dirección General de Desarrollo Delegacional, solicitada por el ciudadano Ricardo Mac Gregor Maestre, visible en la foja 55 del expediente en el que se actúa, para el ár~l que se encontraba en vía pública, en la cual se asientan como: RAZONES EN LAS QUE SE FUNDA SU PETICION: "El árbol motivo de esta solicitud s ntra iusto enfrente a la ram a vehicular de mi redio estorba ara la entrada salida de los a emás de que está Junto a una coladera de banqueta, misma que ya rompió y en época de lluvias se e agua. Por tal motivo solicito el derribo del árbol. --~ \~DUR\p. ~

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Oficio número 0142/004,de la Subdirecciónde DesarrolloSustentablede la entoncesDirección Generalde Desarrollo Delegacionalde fecha07 de mayo de 2004,visible enlas fojas 57 y 58 del expediente,relativo a la solicitud ingresadael 06 de mayo de 2004 mediantefolio 0142 para el derribo de un árbol especietrueno (procedente),en el que "... se le previenepara que en un términode cinco díashábiles,exhibaanteestaautoridad administrativa,lo siguiente: 1.- Proyecto Arquitectónico con la ubicación del árbol donde se proyecta la afectación sobre el predio de la construcción. 2.- Copiade la Licenciade Construcción. 3.- Recibode pago ante la Tesoreríadel Distrito Federal... 4.- Reciboque acreditela restituciónde la biomasa...6 árbolesde la especieFICUS en un rango de altura de 1.50 m a 2.00 my 510 arbustivasde la especieARRAYÁNen un rangode altura de 10 cm a 15cm..." Formatopara trámitede pagode fecha07 de mayo del 2004,númerode folio BJ4 000199,conla descripcióndel servicio de derribo, dependenciaordenadora Delegación Benito Juárez, con fundamento Legal del Código Financiero del Distrito Federal, artículo 276,visible enla foja 61 del expediente. Fonnato para tráItrite de pago de fecha 07 de mayo del 2004, número de folio BJ4 000200, con la descripción del servicio de derribo, dependencia ordenadora Delegación Benito Juárez, con fundamento Legal del Código Financiero del Distrito Federal, artículo 276, visible en la foja 89 del expediente. Comprobante de pago de Tesorería con número de folio 6477619 de fecha 10 de mayo, por concepto de otros derechos, cuyo importe total a pagar es la cantidad de $155.95, visible en la foja 64 del expediente. Comprobante de pago de Tesorería, con númet:o de folio 6477621, de fecha 10 de mayo, por concepto de otros derechos, cuyo importe total a pagar es la cantidad de $155.95, dos copias, visibles en las fojas 90 y 91 del expediente. Recibo número 088/04, de fecha 10 de mayo del 1004 de la Unidad Departamental de Parques, Jardines y Panteones de . la Dirección General de Servicios Urbanos, que indi.C{\que se... ha realizado la entrega de 10 árboles de la especie cedro, acordados en el convenio con número de folio "ISJ{O,4,los cuales ingresan al depósito ubicado en el Parque de los Venados,visible en la foja 92 del expediente. (Corresponde a la restitución del árbol al interior del inmueble). Recibo 089/04, con fecha 10 de mayo del 2004, que indica que se... ha realizado la entrega de 516 árboles especie arrayán (510) y ficus (6), acordados en el convenio con número de folio 142/04, los cuales ingresan al depósito ubicado en el Parque de los Venados,visible en la foja 63 del expediente. (Có~esponde a la restitución del árbol en vía pública). Oficio con número de folio 0135/004, dirigido al ciudadano Ricardo.MacGregor Maestre ASUNTO: PERMISO, de la Subdirección de Desarrollo Sustentable de la entonces DireccieriGeneÍáf de Desarrollo Delegacional, de fecha 10 de mayo de 2004, visible en la foja 93 del expediente, en el que se le autoríza re'4lizar a su costa los trabajos solicitados para el derribo de un árbol especie cedro (interior) "... en virtud de haber acreditadQ la restitución de la biomasa afectada, mediante la exhibición del recibo de la fecha 10 de mayo del presente que avdla la restitución por 10 árboles de la especiecedro..." Se anexa credencial IFE del ciudadano autorizado para llevar acáboel derribo (foja 94). Oficio con número de folio 0142/004, ASUNTO: PERMISO, de la Subdirecciónde Desarrollo Sustentable de la entonces Dirección General de Desarrollo Delegacional de fecha 10 de mayo de 2004, visible en las fojas 66 y 67 del expediente de méríto, en el que se le autoríza al ciudadano Ricardo Mac Gregor Maestre a realizar a su costa los trabajos solicitados para el derribo de un árbol trueno en vía pública "... en virtud de haber acreditado la restitución de la biomasa afectada, mediante la exhibición del recibo de la fecha 06 de mayo del presente que avala la restitución por 6 árboles de la especieficusy 510 arbustivas de la especie arrayán...", firmado de recibido por el residente de la obra en construcción ubicada en Rumania 1111, Colonia Portales Sur, elll de mayo de 2004. Carta poder, con fecha 11 de mayo de 2004, donde se le otorga poder al residente de la obra para que realice los trámites para el derribo de 2 árboles ubicados en el predio de Rumania número 1111, presuntamente por el propietario de dicho predio, visible en la foja 65 del expediente. Oficio número UDESF/030/2004 de la Unidad Departamental de Ecología y Saneamiento Forestal de la Dirección de Mejoramiento Urbano de la Dirección General de Desarrollo de Infraestructura, de fecha 09 de junio de 2004, dirigido a la Dirección de Mejoramiento Urbano, visible en la foja 96 del expediente, mediante el cual se le informa que~ respecto al derribo de individuos arbóreos en el número 1111 de la calle de Rumania Colonia Portales --\ de folio solicitudes ingresadas a este Órgano Político Administrativo por medio de ventanilla 0135/2004 y 0142/2004, la Subdirección de Desarrollo Sustentable de : otorgó con fecha 10 de mayo de 2004... dos permisos para el derribo de árboles

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Seanexancopiasfotostáticasde 11 fotografíasencuatro fojas, endos de ellas seapreciaun individuo forestaldentro del predio encomentoy en el restono esposibleapreciarlo quesepretendemostrarpor falta de claridad enlas fotocopias. Documentosin ningún dato ofícial, que indica el derribo de un árbol de especiecedro de H=lO mts, @=O.80,i1f=4x3, dictamen:árbol que con su raíz estáfracturando cimientosdel vecinoy paredes.Árbol que su raíz estáa flor de tierra, por el nivel de rampa,fue quitada la tierra alrededor,visible enla foja 88 del expedientede mérito. 1.3.3.2.-Medianteoficio número PAOT/200/DAIDA/1082/2004a la Dirección Generalde Obras,Serviciosy DesarrolloUrbano de la DelegaciónBenito Juárezde fecha 14 de mayo de 2004, el cual consta en la foja 27 del expedienteen comento, la Subprocuraduría de ProtecciónAmbiental solicitó informe de las condicionesen que fue otorgadala Licencia de Construcción para el inmuebleubicado en Rumanianúmero 1111,Colonia Portales,así como copia de la licencia referida y del proyecto arquitectónicoincluyendoplantade conjuntoindicandomaterialesde pisosterminados. En respuestaa la infonnación solicitada,el día 2 de junio de 2004 se recibió en la Subprocuraduríade ProtecciónAmbiental, oficio número DDU/356/2004de la Dirección de DesarrolloUrbano de la Dirección Generalde Obras, Servicios y Desarrollo Urbano de la DelegaciónBenito Juárezde fecha01 de junio de 2004, visible en las fojas 42 y 43 del expedientede mérito, medianteel cualinfonna lo siguiente: "... La Licencia... fue expedidaen base al Certificado de Zonificación expedidopor la Secretaríade Desarrollo Urbano y Viviendadel Distrito Federal, mismoque señalaqueei. Programa vigentepara BenitoJuárez... determinaque el inmueblede referenciase localiza en ZONIFICACIóN: H3/20/90 (Habitacional,3 nivelesmáximosde construcción,20% mínimo de área libre, 90 m2 mínimospor vivienda),en dondeel uso de suelo para VIVIENDAen una superficie de 756 m2 aparececomo Permitidosegúnla normade usode suelo... " Al oficio antesdescrito,seanexóla siguientedocumentación: Copia simple de la Licencia de Construcción para obra nueva No. 11/14/240/2003 de fecha 22 de julio de 2003, en Rumania No. 1111, Colonia Portales Sur con número de folio 05-2648, para la construcción de 8 viviendas en semisótano planta baja y dos niveles, en la que se declara como: superficie de terreno 315 metros cuadrados; superficie total construida 1,004.63 metros cuadrados; área libre 65.775 metros cuadrados (20.88%). Certificado de Zonificación para Usos del Suelo Específico con núnieróde folio 13461 expedido el 13 de marzo de 2003 por el Registro de los Planes y Programas de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda para el predio ubicado en Rumania número 1111, Colonia Portales, Delegación Benito Juárez, al cual le corresponde una zonificación H3/20/90 (Habitacional, 3 niveles máximos de construcción, 20% mínimo de área libre, 90 m2mínimos por vivienda).

Los anexosreferidosseencuentranvisiblesde foja 34 a la 41 del expedienteen el que seactúa. 1.3.3.3.-Derivado de la consultadel expedientede la Licencia de Construcciónpara la obra ubicada en Rumania1111,Colonia PortalesSur,realizadael13 dejulio de 2004,medianteoficio PAOT/200/DAIDA/186l/2004 de fecha30 dejulio de 2004,visible enla foja 111 del expedienteen comento,sesolicitó a la Direcciónde DesarrolloUrbanode la DelegaciónBenito Juárez,copia de la solicitud de demolición incluyendo el anexo de dicha solicitud -los croquis donde se manifiesta el área a demoler y característicasdel predio- así como la licencia correspondiente, copiasde los planos del proyecto identificados con la clave El (plano estructural),Al (plano arquitectónico)y plano de corteslongitudinaly transversal,en los que sepuedaapreciarclaramente el árealibre permeable,avisode prevenciónde trámite y desahogocorrespondiente. En respuestaa la información solicitada,el día 18 de agostode 2004,se recibió en la Subprocuraduríade ProtecciónAmbiental, oficio númeroDDU/562/2004de fecha 17 de agostode 2004,de la Direcciónde DesarrolloUrbano de la Dirección Generalde Obras,Serviciosy DesarrolloUrbanode la DelegaciónBenito Juárez,visible enla foja 131 del expedientede mérito,medianteel cual se solicitó informara las medidasnecesariaspara no alterar el comportamientoni el funcionamientode las edificaciones colindantesse describeque"... de acuerdocon lo dispuestopor los artículos 32, 187fracción 1I, 195,236 y 241 de Construcciones para el Distrito Federal,esel Director Responsable de Obra el Organo Político conducentes.No obstantea lo anterior la Dirección de Verificación adscrita a la .De la misma Administrativo, inició ProcedimientoAdministrativo número DV/OV/O60/04,~ f'ROC\)~~

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manera...se inició un segundoProcedimientoAdministrativonúmeroDV/OV322(sic) de fecha 25 de junio del año en curso,el cual se encuentraen la Subdirecciónde Verijicaciónpara su resolución..." Al oficio antes descrito, se anexó en copias simples, la siguiente documentación Licencia No. 16/14/188/2003 de fecha 03 del mes de junio de 2003 y folio 05-2119, para la demolición total de la construcción ubicada en Rumania número 1111, Colonia Portales Sur, en una superficie de 200 m2 en dos niveles actualmente desocupada,a la cual se anexa la solicitud correspondiente, memoria descriptiva, programa de demolición y croquis de la construcción a demoler, en los cuales no se manifiesta la existencia de individuos arbóreos, visible de la foja 118 a la 131 del expediente de mérito. Oficio con número de folio UDLC/1153/2003 de fecha 10 de julio de 2003 de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano, dirigido al propietario del inmueble en construcción, visible en la foja 117 del expediente, donde se le informa que:

" 1.- De acuerdo a su solicitud de licencia el proyecto presenta una supeljicie total de construcciónque excedeel máximopermitido que estableceel coeficientede utilización del suelo,previsto en la Norma de OrdenaciónGeneral número1 del ProgramaDelegacionalde Desarrollo Urbano. 2.- Conformea la Norma de OrdenaciónGeneralNúmero4 del Programa antes citado, el proyecto no cumplecon el porcentaje de área libre permeableque indica el Certificadode Zonificación presentado,toda vez que la supeljicie máximade desplantepara estepredio esde2~2.00m2..." 4.- ...se le solicita que en el plano de conjunto,secoloqueel mismocuadro de áreasde la solicitud; que cada área libr4 del proyectose le señalela superficie...y el cálculode las dimensiones mínimasde lospatios de iluminación. Escrito de los responsables de la obra en construcción (propietario, D.R.O. y arquitecto) dirigido a la Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbano con atención a 1a Subdirección de Licencias de fecha 20 de julio de 2003, en relación al aviso de Prevención con número de oficio UDLC/1153/2003, "... al respecto comunican que los puntos mencionados en el oficio de prevención antes mencionado fueron subsanados en el proyecto y solicitud de Licencia de Construcción como a continuación se describe: 1 2.- Se modificó el proyecto arquitectónico para ajustamos a 249.225 m2 de superficie máxima de desplante y respetar el área libre permeable como... lo señalan en la prevención. 4.- En el plano arquitectónico A3 se colocaron los cuadros de áreas libres de proyecto, ...y el cálculo de las dimensiones 3 mínimas de los patios de iluminación, mismos que se indicaron en los planos Al, Y A2. 5 " Copia del Plano de Plantas Arquitectónicas, Al. Copia del Plano de Cortes y Fachadas,AJ. Copia del Plano Estructural, E l. Los anexos referidos se encuentran visibles de foja 112 a 130 del expediente en el que se actúa.

1.3.3.4.-Medianteoficio PAOT/200/DAIDA/2662/2004de fecha6 de octubrede 2004,visible en la foja 132 del expediente,se solicitó a la Dirección Jurídica de la Dirección GeneralJurídica y de Gobierno de la DelegaciónBenito Juárez,copias de las Resolucionesque recayerona los procedimientosDV/OV/060/04 y DV/OV322(sic) de fecha 25 de junio de 2004,asimismodel soportedocumentalcorrespondiente, enparticularde las Actasde las visitas de verificación y las relacionadascon el deshogode la presuntaviolación a la zonificaciónque le correspondeal predio e incumplimientodel porcentajede árealibre permeable,así como,las medidasnecesariaspara no alterar el comportamientoni funcionamientode las edificacionescolindantes;y en sucaso de la acreditacióncorrespondiente para el derribode árbolesqueincluye la denunciaque seinvestigaen estaProcuraduría. 1.3.3.5.- Mediante oficio número PAOT/200/DAIDA/3779/2004 de fecha 21 de diciembre de 2004 expediente, se le hace un atento recordatorio a la Dirección Jurídica de la ~~~~~~~~Lelega .ón Benito Juárez solicitando a la brevedad posible lo referido en el ')

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acreditadola factibilidad de serviciosque se encontrabapendientehasta el 13 de julio de 2004, asimismose lleve a cabo la inspeccióny/o verificaciónrelacionadacon lafactibilidad de serviciosde aguapotabley drenaje...ya no causardaño a terceros en sus bieneso ...de conformidadcon...el Reglamentode Construcciones para el Distrito Federalya lo que establecela propia Licenciade ConstrucciónNo. 11/14/240/2003 En respuestaa la informaciónsolicitada,el día 11 de enerode 2005serecibió en la Subprocuraduría de ProtecciónAmbiental,el oficio número SC1/2536/2004 de la SubdirecciónCalificadorade Infraccionesde la Dirección GeneralJurídica y de Gobierno,de fecha 17de diciembrede 2004,visible en las fojas 243 y 244 del expedientede mérito, medianteel cual informa con relaciónal procedimientoDV /OV/060/2004que "... el veinticuatrodejunio del año en curso,se emitió resolución administrativaen la cual únicamentese impuso una multa... por no contar con extintores..." y con relación al procedimientoDV/OV/322/2004 (sic) informa que "... el veinte de diciembre del mismo año, se emitió resolución administrativa sin sanción... no se advirtió irregularidad alguna que pudiera ser motivo de sanciónpor parte de esta autoridad administrativa, desprendiéndose en lo substancialdel textodel acta citada con antelaciónque:

-~~~~

a) ...lo fisicamenteconstruidocoincidecon lo manifestadoen los planos...Se corroboró medianteinspecciónocular ...el veintidósde noviembredel año en curso(2004»> b) Las áreaslibrespermeables...se encuentranen terrenonatural... c) Referenteal derribo del árbol, exhibió original del permiso... del lO de mayo de 2004,en el cual se autoriza realizar a su costael derribo del árbol solicitado.» Al oficio antesdescrito,se anexócopia certificadadel soportedocumental,visible de las rojas 138 a la 242 del expediente,del cualsedescribela informaciónrelevantepara el casoquenosocupasiendola siguiente: Acta de Visita de Verificación Extraordinariapracticadabajo el expedienteDV/CV/060/04 de fecha 12 de febrero de 2004,visible de la foja 185a la 187del expedienté,enla cual seasienta: "... Presentóen original Licencia No. 11/14/240/1003para obra nueva... así comopresentaen original paquetede planos... los cualespresentanen el reversoel sello aueindica de carácter vrovisional como anexosa la licencia de construcciónNo. 11/14/240/2003de/echa22/julio/2003y deberácanjearsepor el plano definitivo. Se trata de un predio con una superficiede 315 m2aprox.Dentro del cual se llevan a cabo trabajosde construcciónde obra nuevalos cualespresentanun avanceen obra consistentes en,,~ldesplantede semisótanoy planta baja.- Siendoel avanceen obra negradel 30% aprox. Cabeseñalarque al momentode la visitade verificaciónlo fisicamenteco!!struidocoincidecon lo indicadoen losplanos presentadosE-1 y A-l. Los trabajadoresde la obra cuentancon cascode protección, un sanitario y botiquín sin embargono se cuenta con extintor al interior de estaobra,así comoal momentode la visita no se encuentramaterialen la víapública... " ResoluciónAdministrativa del expedienteDV/OV/O60/2004de fecha24 dejunio del 2004,enla que seresuelve: "PRIMERO se impone... la sancióneconómicade... $9,048...de conformidada lo dispuestoen los artículos 7, 111 en relación conel artículo 251fracción 111inciso c)del Reglamentode Construcciones para el Distrito Federal..." Acta de visita de Verificación Administrativa de la Unidad Departamental de Verificación de Construcciones y Desarrollo Urbano de la Dirección de Verificación, de fecha 25 de junio de 2004 con número de folio DV/OV/322/04,

visible de la fojas231 a la 234 del expediente,enla queseasienta: "... Presentóen original Licencia de Construcciónpara obra nuevacon No. 11/14/240/2003...desarrolladoen nivel de semisótano, planta baja y 02 niveles.-Presentaen original unjuego de planos autorizadosquepresentanal reversoun sello con el siguientetexto: Elvresente vrovecto arQuitectónicose re!!istra con carácterD~ovi~ionalcomo anexode la Licencia de Construcción...Presentóen original el oficio No. 0142/004.AsuntoPermiso...dondese autorizael retiro de un árbol (trueno)ubicado en víapública 10-05-2004, asíobserva comootro oficio número No. 0135/004permisodefecha 10-05-2004... que autoriza el retirode defecha un árbol interior. Se letrero decon obra a la vista. trábajos de

En estedomicilio localiza predio deen aprox. 315 de superficie dentro cual se llevanconstrucción para se obra nuevaun consistente el nivel dem2 semisótano, planta bajadel y 02 ~

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acta de

faltando por construir del eje 1 al 3 tramo A-F, y en donde hasta el ,

al 13 tramo F:

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Medellin No. 202, Cuarto Piso, Col. Roma Sur, Delegación GUauhtém¡ Distrito Federal. Teléfonos: 5265 0780 ext. 1101 -

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construidofisicamentecorrespondecon lo manifestadoen losplanos autorizadosprovisionalesAl, Al, A3 del eje 3 al 13 tramoA al F. Las áreaslibres se encuentranaún en terrenonatural... la separaciónfisicaexistentecon respectoa la colindancianorte es de aprox. 09 a 10 centímetrosy con respectoaliado sur esde 10 cm correspondiendoa lo indicadoen plano... cabe hacermenciónque el muro hacia la colindancianorte...y colindanciasur...se encuentrantotalmenterepellados..." Oficio de Comisión de fecha 10 de noviembrede 2004 de la Unidad Departamentalde Construccionesy Desarrollo Urbano de la Dirección de Verificación,medianteel cual se instruyepara que se ejecutela inspecciónocular, en calle RumaniaNo. 1111,Colonia Portales,a efectode determinarsi se cumple con lo estipuladoen los planos autorizados,la licenciade construcciónparaobranuevanúmero 11/14/240/2003 y enlo relativo al árealibre permeable. Reportede la InspecciónOcular practicadael 22 de noviembredel 2004de la Unidad Departamentalde Verificación de Construccionesy DesarrolloUrbano de la Dirección de Verificación, "... encontrándoseque lo fisicamenteconstruido correspondecon lo manifestadoen losplano Al y A2, en lo quese refiere al desplantedel semisótano, planta baja y dos niveles...El área libre permeableaún se encuentraen terreno naturaly avancegeneralde obra negra esdel 95% aprox, y en acabadosdel 40% aprox. Nota: Cabeseñalar que tanto en la orden de verificación DV/322/04,comoen la inspecciónocular solicitada,el cotejo fue realizadocon vlanosautorizadoscon ~aráctervrovisionalsujetosal canjepor los definitivos..." Resolucióndel expedienteDV/OV/322/2004de fecha 17de diciembrede2004. "... CONSIDERANDOS TERCERO.-Del análisis del textodel Acta de Visita de VerificaciónAdministrativa ...se advierte que al efectuarsela diligencia se estabanrealizandotrabajospara obra (Jueva...se exhibió licencia de construcciónpara obra nuevacon folio 11/14/240/2003vigente y un juego de planos arquitectónicosconteniendoal reverso sello provisional de la Delegación.Por lo que hace a la inspecciónocular rc:?áli?:ada en fecha veintidósde noviembredel presente año, la verificadoraactuanteadvierteque lo construidofisicamentl-éorrespondecon lo manifestadoen losplanospresentados ... RESUELVE PRIMERO.-No imponer sanción alguna al visitado...

..

1.3.3.6.- Mediante oficio PAOT/200/DAlDA/1958/2005 de fecha 4 de mayo de 2005, visible en la foja 249 del expediente, se solicita a la Dirección General Jurídica y de Gobierno de la Delegación Benito JUárez,realice una visita de inspección ocular conjunta, con personal de esta Subprocuraduría, para el día 20 de mayo de 2005, con objeto de constatar la existencia del área libre permeable que por zonificación debe cumplir el inmueble de referencia, así mismo se solicita copia del documento mediante el cual se acredite la factibilidad de servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado para el inmueble en comento. En respuesta a la información solicitada, el día 23 de mayo de 2005 se recibió en la ~isma Subprocuraduría oficio número DV/114/05 de la Dirección de Verificación de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, visible en la foja 250 del expediente de mérito, mediante el cual informa que fue acordado para "...el día martes 24 de mayo del año en curso a las 12:00 horas para llevar a cabo la visita de inspección ocular conjunta en el inmueble ubicado en Rumania número 1111 Colonia Portales, con personal de la Subprocuraduría...". De ahí el reconocimiento de hechos descrito en el numeral 1.3.1.5.

Asimismo con fecha26 de mayo de 2005 serecibió el oficio númeroUDLC/lll9/2005 de la Dirección de DesarrolloUrbano de la Dirección Generalde Obras y DesarrolloUrbano de la DelegaciónBenito Juárez,de fecha 24 de mayo de 2005,visible en la foja 256 del expedientede mérito, medianteel cual informa que "... haciendouna revisión al expedientede la licencia de obra nuevanúmero 11/14/240/2003confecha de expedición22 de julio de 2003,no se encontróel o cio emitido or el Sistemade Aguasde la Ciudad de México. dondese señaleque la construcciónde los 8 nivelescuentancon la disponibilidadde agua,sin embargosí se encontró el recibo de pago de derechosdel Artículo 204-B que señalael Código Financiero para el pago de factibilidad de serviciospara usar las redesde aguay drenaje." Seanexaal oficio descritocopiassimplesde: Formato para trámite de pago de fecha 13 de octubre de 2003, por concepto de "Autodetenninación o potable y drenaje, fundamento legal Código Financiero artículo 204 fracción B ", e $60,100.00. Recibo de pago ante la Tesorería del Distrito Federal por "Serv. ConstoOpero " I de $60,100.00.

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Con fecha 31 de mayo de 2005 se recibió el oficio número SVNCDU/803/05 de fecha 27 de mayo de la Subdirecciónde Verificación de la Dirección de Verificación, visible en la foja 260 del expedientede mérito, medianteel cual informa que con fecha24 de mayo del 2005sellevó a cabola InspecciónOcularsolicitada. Seanexaal oficio copiassimplesde: .Oficio de comisiónde fecha 24 de mayode 2003y croquis. .Nota infonnativa sobrela inspecciónocularrealizadael 24 de mayode 2005,sereporta: "... las áreaslibrespermeablesen el momentode la visita se advierteque se construyeroncon adoquín,a excepcióndel cubo localizadoen la zonade la ram a el cual se constru ó con concreto todoslos cubosse advierte ue se redu.eron en dimensiones en ambos sentidos..."

.Croquis

de las áreaslibres y/o cubosde luz, en el queseindicanlas superficiesmanifestadasenproyecto y las superficies

realesenobra.

1.3.4.- OTRASACTUACIONES. 1.3.4.1.-Elll de mayode 2004seasentóRazón,visible en las rojasde la 12 a la 15 del expedientede mérito,mediantela cual se hace constarque: La ciudadanadenuncianteentregócincofotografias de los árboles referidosen la denunciaregistradabajo el númerode expedientecitado al rubro, como complementode la misma,mostrandoel estadoen el que se encontrabanantesy despuésde la construcciónen proceso ubicada en la calle Rumania número 1111, colonia Portales, código postal 3300, delegaciónBenito Juárez.Asimismocomentóqueel día de hoy sepresentóun biólogo de parte del licenciadoHumberto Muñoz del Area de Ecología quien dependedel licenciadoRenéAridjis Vázquez,Subdirectorde Desarrollo Sustentable,que su visita respondíaa la solicitud quese había hechopara el derribo del árbol que se encuentraen el interior del predio. y le mostró la solicitud; que le comentóque el le iba a recomendarsólo la poda ya que se trataba de un cedrode 80 añosde edady le indicó que la poda sería hastala bifurcacióndel fuste, que tambiéniba a visitar a la vecinaque colinda con la parte posterior del predio puesse quejade que las raícesdel árbol levantanlas instalacionesdel drenaje... 1.3.4.2.-El 16dejulio de 2004se emitió Acuerdo connúmerode folio PAOT/200/DAIDA/1668/2004,visible en la foja 109 del expediente,medianteel cual se tienen por ofrecidascomo pruebassupétvinientesel escrito de fecha trece de julio del año en cursomedianteel cual se anexancopiasde: escritodirigido a la Dirección Generalde Obras,Serviciosy Desarrollo Urbanode fecha tresdejunio de dos mil cuatro,suscritopor la parte denunciante,oficio CS/804/04defecha veintinuevedejunio de dos mil cuatro,de la Dirección de Desarrollo Urbano,ambosde la DelegaciónBenito Juárez; y sietefotografias relacionadascon el árbol derribado al interior del predio ubicadoen Rumania 1111, Colonia Portales, código postal 03300 de esa demarcación territorial, presentadaspor la parte denunciante. 1.3.5.- INFORME A LA PARTE DENUNCIANTE. Mediante oficio PAOT/200/DAIDA/1488/2005 de fecha 25 de junio de 2004, visible en las fojas 99 y 100 del expediente, la Subprocuraduría de Protección Ambiental, de conformidad con el artículo 83 último párrafo y 84 de la Ley Ambiental del Distrito Federal y 50 fracción V de la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, en cumplimiento del Acuerdo PAOT/200/DAlDA/1466/2004 de fecha 23 de junio de 2004, informó a la parte denunciante de las diligencias practicadas hasta ese momento, así como aquellas por practicar por parte de esa Subprocuraduría, a fm de estar en posibilidad de emitir la Resolución del Expediente abierto con motivo de la denuncia que presentó ante estaunidad administrativa. 2.-

UISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES.

Son aplicables al caso, los siguientes artículos de las disposiciones jurídicas que a continuación se señalan, vigentes al momento en que se presentaron los Hechos denunciados:

2.1.-

DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL (publicadael 13de enerode 2000).

El artículo 60estableceque: Sonautoridadesen materiaambientalen el Distrito Federal:... IlI. Los JefesDelegacionalesdel Distrito Federal;y , IV. Lo ProcuraduríaAmbientaly del OrdenamientoTerritorial del Distrito Federal.

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Para efectosde lo dispuestoen la fracción //1; en cada órganopolítico administrativoexistirá una unidad administrativaencargadadel área ambientaly de aplicar las disposicionesque estaLey le señalancomode su competencia. El artículo 10indica que: Correspondea cada unade las delegacionesdel Distrito Federal:... IV. Implementaraccionesde conservacióny restauracióndel equilibrio ecológico,así como la protección al ambientedesdelas delegaciones; VI. Ordenar las visitasde inspecciónpara verificar el cumplimientode los preceptosde esta Ley, su Reglamento,normas aplicables en materia ambiental...modificado ellO de febrerode 2004 El artículo 87 estableceque: Para los efectosde estaLeyse consideranáreasverdes. IJI: Zonascon cualquiercubierta vegetalen la víapública; Corresponde a las Delegaciones la constrncción, rehabilitación, administración, preservación, protección, restauración, fomento y vigilancia de las áreas verdes establecidas en las fracciones 1 a la V del párrafo anterior, y a la Secretaría el ejercicio 000 o

El artículo 89 indica que: Todos los trabajos de mantenimiento,mejoramiento,fomento y conservacióna desarrollarseen las áreas verdes, deberánsujetarsea la normatividadqueestablezcala Secretaria. La remocióno retiro de árbolesdentrode las áreasverdesrequerirá autorizaciónde la Delegacióncorrespondientecuandose trate de aquellas establecidasen lasfracciones1 a V del artículo 87 de la presenteLey... El artículo 118 estableceque: La Delegacióno la Secretaría,de acuerdoa su competencia, podrán autorizar el derribo,poda o trasplantede árboles,ubicadosen bienesde dominiopúblico o en propiedadesde particulares,cuandose requierapara la salvaguardade la integridadde laspersonaso susbienes. El artículo 119prevéque: Todapersona que derribe un árbol en vía pública o en bienesde dominio público o en propiedad de particulares, deberá de restituirlo entregandoa la autoridad correspondiente, los ejemplaresque determinela norma ambientalque al efectose expida,sin perjuicio de la aplicaciónde la sancióna quese refiere la presenteLey,encasode derribo sin autorizaciónprevia de la autoridad competente. Seequiparael derribo de árboles,cualquieractoqueprovoquesu muerte,sin detrimentode otros ordenamientosaplicables. El artículo 120 indica que: En la autorizaciónse determinaráel destinode los esquilmoso productosdel derribo o poda de los árbolesen víl pública o bienesde dominiopúblico. El artículo 120 Bis estableceque: Las accionesde inspeccióne imposiciónde medidasde seguridad,correctivas o de urgenteaplicación y sanciones,respectoa las disposicionesprevistasen estecapítulosobrepoda, derribo y transplantede árboles.correspondena las Delegaciones Políticas...sin perjuicio de las atribucionesconferidasa otras autoridadespor cuestiones .di.versas. Adicionado el 10 de febrerode 2004 El artículo 219 precisaque: Losfuncionariospúblicos que contravenganlas disposicionesde estaLey,su reglamentoy las demásdisposiciones aplicablesincurrenen responsabilidady seránsancionadosen los términosde la Leycorrespond(f!nte. El artículo 221 estableceque: Sinperjuicio de lassancionespenaleso administrativasque procedan,todapersonaque contamineo deterioreel ambiente.o afectelos recursosnaturalesde competenciadel Distrito Federal será responsabley estaráobligada a reparar los dañoscausados, de conformidadcon lo dispuestoen la legislacióncivil aplicableal Distrito Federal y estaLey. La acciónpor dañosal ambientese ejercerásin perjuicio del ejercicio de la acción indemnizatoriaordinaria promovidapor el directamente afectado....

2.2.-

DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL (publicadael 29 de enerode 1996con las refonnasdel 23 de febrerode 1999).

El artículo 12precisaque:Los delegadosdel Distrito Federal tienenlas siguientesatribuciones. IV. Expedir licenciasypennisosen su Delegación.en el ámbitode esta Ley,de su reglamentoy de los programas. VII. Aplicar las sancionesprevistasen esta Leyy susreglamentos El artículo 94 estableceque: La violación de esta Ley, de su reglamentoo de los programas,se considerauna infracción y trae consecuencia la imposiciónde las sanciones,asícomo la obligaciónde indemnizarpor los dañosy peljuicios causados...

2.3.-

DE LA LEY DE AGUAS DEL DISTRITO FEDERAL (publicadael 27 de mayo de 20~ 140establece que: !'~ -Medellín

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los efectos de la presente Leyse entenderá por:

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XV. DICTAMEN DE FACTIBIUDAD.- La opinión técnica vinculante y obligatoria que emite la dependenciaencargadade la operación hidráulica en el Distrito Federal, relativa a la dotación de los servicios hidráulicos de agua potable, agua residual tratada y drenaje, previamentea la obtenciónde la Licenciade Construcción; El artículo 62 estableceque: El Sistemade Aguasdictaminarála factibilidad de otorgamientodel servicio a nuevosfraccionamientos,conjuntoshabitacionales,comerciales, industriales,mixtos o de otro uso,así como en los casosde ampliacióno modificacióndel uso o destino de inmuebles,considerandola disponibilidaddel aguay de la infraestructurapara suprestación. En el caso de otorgamientode la factibilidad de servicios,el Sistemade Aguas determinaráel cálculo hidráulico en la red disponible complementándolo con aforos,monitoreopara su aprobacióno negativa.Asimismo,aprobaráy supervisaráen los términosdel Reglamentode la presenteLey, las obras necesariaspara su prestación,a cargo del propietario promotor, desarrolladorposeedores,condóminoso usuarios, mismas,quese consideraránpara el cálculo del derechopor conexióno infraestructuraseñaladoen la presenteLey.

2.4.-

DE LA LEY DE SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO URBANÍSTICO ARQUITECTÓNICO DEL DISTRITO FEDERAL.

El artículo 14 estableceque:Los monumentosurbanísticos,segúnsus características, puedenser: 1.-Individuos vegetales,arbóreas,arbustivas,herbáceaso cubresuelos ... El artículo 15estableceque: Seránconsideradosmonumentos urbanísticosdel Distrito Federal: 1.- Las especiesde...fresnos(Fraxinusundhei); cedros(Cupressuslindley)...

2.5.-

DEL REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL (vigentehastael 29 de enerode 2004).

El artículo 34 estableceque: ...Estará prohibido el derribo de árboles, salvo casos expresamenteautorizados por el departamento, independientemente de cumplir, en su caso,con lo establecidopor la Ley Forestal y su Reglamento,así como con las demásdisposiciones legalesaplicablesen la materia... El artículo 54 precisaque:La licenciade construcciónes el documentoqueexpidela Delegaciónpor mediodel cual se autoriza,segúnel caso, a construir,ampliar, modificar,reparar o demoleruna edificacióno instalación,o a realizar... El artículo 68 estableceque: Si del resultadode la inspeccióna que se refiere el artículo 66 de esteReglamentoy del cotejode la documentación correspondienteaparecieraque la obra no se ajustóa la licencia o las modijicaciolfesal proyecto autorizadoexcedieronlos límites a que se refiere el mismo artículo, el departamentoordenará al propietario efectuarlas modificayionesquefueren necesarias,y en tanto éstasno se ejecutena satisfaccióndel propio Departamento,no autorizará el usoy ocupaciónde la obra. El artículo241 estableceque: ...Durante la ejecuciónde una obra deberántomarselpsmedidasnecesariaspara no alterar el comportamiento ni el funcionamientode las edificacionese instalacionesen predios colindanteso en víapública. ,

2.6.-

.

DEL PROGRAMA DELEGACIONAL DE DESARROLLO URBANO EN BENITO JUAREZ (versIón1997).

El Programa Delegacionalde Desarrollo Urbano de Benito Juárezversión 1997, vigente hasta el 6 de mayo de 2005, en su capítulo 4. OrdenamientoTerritorial, en el punto 4.4 Zonificación del Uso del Suelo,punto4.4.1.2 Distribuciónde usos del sueloCuadro38. Zonificación 1987-1996Y establecidoen el plano de Zonificacióny Normasde Ordenaciónal predio le correspondeuna zonificación H3/20/90habitacional, tresnivelesmáximosde construcción,20% de árealibre permeabley 90 m2de áreade viviendamínima. Normas de Ordenación Generales 4 ÁREA LIBRE DE CONSTRUCCIÓN y RECARGA DE AGUAS PLUVIALES AL SUBSUELO El área libre de construccióncuyo porcentajese estableceen la zonzficación,podrá pavimentarse en un 10% con materialespermeables, cuando éstasse utilicen como andadoreso huellaspara el tránsito y/o estacionamientode vehículos.El resto deberá utilizarse como área jardinada... En todo tipo de terreno deberá mantenersesobre el nivel de banqueta,el área libre que establecela zonificación, porcentajedel predio que se utilice bajo el nivel de banqueta.

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de Protección

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DE LA NORMA AMBIENTAL PARA EL DISTRITO FEDERAL NADF-OOI-RNAT-2002,que establece los requisitos y especificacionestécnicas que deberán cumplir las autoridades,empresasprivadas y particulares que realicen poda, derribo y restitución de árboles en el Distrito Federal:

9.- REQUISITOS TÉCNICOS PARA EL DERRIBO DE ÁRBOLES Para tomar la decisiónde llevar a caboel derribo de un árbol,se deberáconstatarque no existaotra alternativa a fin de evitar dicha actividad, considerandolas siguientesopciones: 9.4.- ADECUACIÓN DE DISEÑOS CONSTRUCTIVOS: Se deberá considerar la adecuaciónal diseño de construcciónen donde los árboles obstruyanobras de construcciónpública y/o privada proyectosde ampliaciónde callesy avenidasu otras obrasde infraestructuravial. Los árbolespodrán ser derribadoscuandose trate de: a)- Árboles inclinados..avejentados,con débil anclajede raícesy quepresentenriesgode desplomarsesobre casas,edificios,obraspúblicasy equipamientourbano. b)- Árbolesque dañaninfraestructuraaérea,subterránea,obrasde servicio público,inmueblesprivados y accesos. c)- Árbolesmuertos. d)- Árboles desahuciados por ataquede plagas y enfermedades. e)- Árboles con crecimientoreprimidoen sitios saturadoscon altasdensidadesde población arbórea,que no permitan el desarrollo de dichos sujetosforestales,presentandobajo vigor,foto tropismopor falta de luz interrumpidapor árbolesde tallas más altasy/o presenciade plagasy enfermedades. En todoslos casosse deberácontar con un responsablede los trabajosde derribo de árboles,afin de verificar que se cumplan las condiciones para realizar los mismos,así como el equipo y herramientaque señalael presenteinstrumentoambiental,asimismoel responsablede los trabajosdeberáser unapersonaque estécapacitadaen la poda y derribo de árboles. ..."

11.- DERRIBO, TROCEO,DESTOCONADO y PODA DE RAicES EN ÁRBOLES El derribo, el troceo,eliminaciónde los toconesy poda de raíces,deberán realizarsecon personal capacitado,ademásque dicha actividad deberáser supervisadapor un responsablecapacitadoen el manejodel arboladoy quecuentecon experienciaen el derribo de árbolesen áreas urbanasy bosques. 11.1. La técnica DERR1BODEÁRBOLES a utilizar en el derribo

de árboles en vía pública

y/o predios

particulares,

como mínimo (terciado), asimismo en sitios públicos y privados, se utilizará inmuebles y peatones, la caída controlada deberá realizarse con la utilización

11.2.-ELIMINACIÓN

iniciará

desde la parte más alta, troceando

en tres partes

la caída controlada, a fin de evitar accidentes a bienes muebles, de cucrdas con diámetro mínimo de 2 centímetros y medio.

DE TOCONES Y RAÍCES

La eliminaciónde toconesy raícesse llevará a cabode maneramanualy/o mecanizadacon la finalidad de retirar los residuosde maderaaun enterradosen el suelo,producto del derribo de un árbol, que con anterioridad hayancausadotrastornosen vías de conducciónsubterránea, fractura y levantamientode banquetas,guarniciones,bardas y muros de construcciones.Otro de los propósitos del destoconado,es el no permitir el crecimientoo rebrotedel mismoárbol. Se deberácontemplarcon basea un dictamentécnico elaboradopor la autoridad correspondiente,la posibilidad de la sustitucióncon otro árbol que cumpla con las característicasadecuadaspara el sitio de plantación, tomandoen cuenta la selección adecuadade la especie,la distanciacon otrosya establecidos(enpromediode 10 metrosdependiendola especie),y el crecimientodel árbol afuturo, afin de no obstruir o interferir con infraestructuraaérea,subterránea,banquetas,camellonesy bienesinmueblesaledañosal sitio de plantación. 11.2.1.Eliminación manual En la eliminación manual de los toconesse deberánutilizar picos, palas, barretas,motosierras,hachas,cuerdasy cablescon la finalidad de cortar y extraer las raícesy el tocónpara ser seccionado,astillado o transportadoa otro lugar000

2.8.-

DE LOS REQUISITOS PREVISTOS EN EL FORMATO DE SOLICITUD DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: REQUISITOS

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Subprocuraduría

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OBSERVACIONES. PRUEBAS y RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Del estudio del escrito inicial de denuncia,así como de los hechosacreditadosen el expedientey las diversasdisposiciones jurídicas citadas en el apartado2 de la presenteResolución,son de considerarselas siguientesobservacionesy razonamientos jurídicos:

3.1.-

INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA AMBIENTAL:

3.1.1.- RESPECTO AL DERRIBO DE LOS INDIVIDUOS ARBÓREOS: De las constanciasque obran en el expedientese desprendeel incumplimientode la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF -00l-RNA T-2002,que establecelos requisitosy especificaciones técnicasque deberáncumplir las autoridades,empresas privadasy particularesque realicenpoda, derribo y restituciónde árbolesen el Distrito Federal,en virtud de que para el derribo del cedro ubicado dentro del predio ubicado en la calle de Rumanianúmero 1111,Colonia PortalesSur, código postal 3300, DelegaciónBenito Juárez,no se contó con la presenciade personalcon conocimientosde podas y capacitadapara el manejode arboladoy derribode árboles.Duranteel derribo,la técnicano fue la adecuaday el personalno contabaconequipode protección. segúnconstaen el Acta de reconocimientode hechos,practicadoel 12 de mayo de 2004, incumpliendolo establecidoen los numerales11 y 11.1 de la citadaNorma. En el procedimientode autorizaciónpara el derribo,segúnconstaen los oficios 0135/04y 0142/04de fecha 10 de mayo de 2004, seomitió señalarel destinode los esquilmos;asimismo,existeinconsistenciaentre el oficio DGD1/526/04de fecha22 dejunio de 2004 y la autorizacióncon folio 0142/04de fecha 10 de mayo de 2004para el derribo del individuo arbóreoubicado en la vía pública, ya que en la autorizaciónse refiere a un árbol de nombre común~ y en el oficio de informe a estaEntidad con númerode folio DGD1/526/04serefiere a un ~, sin que estosehayapodido comprobarenvirtud de que ya para el día 12 de mayode 2004,fechaenla que serealizó el primerrecollocimientode hechos,el árbol ya habíasido derribado. Asimismo,la solicitud de derribo del individuo forestal en la vía pública data del 6 de mayo de 2004, a la cual le recayóuna prevenciónpor parte de la Subdirecciónde DesarrolloSustentablede la entoncesDirección Generalde Desarrollo Delegacional, actualmenteDirección Generalde Desarrollode Infraestructura,medianteofiCio número 0142/004de fecha 7 de mayo de 2004, ASUNTO NOTIFICACIÓN, en el que se le previenepara que en el término de cinco días hábiles,exhiba ante esaautoridad el proyectoarquitectónicocon la ubicacióndel árbol dondese proyectala afectaciónsobreel predio de la construcción,copia de la Licencia de Construccióny recibo de pago antela Tesoreríadel Distrito Federal,situaciónque de acuerdoa las constanciasque obran en el expediente,sólo sepresentóel recibo de pagode fecha 10 de mayo de 2004, quedandoconstanciade la entregade los individuos arbóreospor restitución del que se pretendíaderribar el mismo 10 de mayo de 2004, con oficio número de folio 0142/004,ASUNTO PERMISO,yel que serefiere al derribode un truenoenvia pública. Sin embargo, de acuerdo a las fotografías proporcionadas por la parte denunciante elll de mayo de 2004, el árbol en vía pública, que de acuerdo a las mismas se trata de un trueno, fue derribado en octubre de 2003, durante el proceso de demolición de la construcción existente, por lo que se concluye que el derribo fue realizado sin la autorización correspondiente en su momento y los trámites realizados en mayo de 2004 corresponden a la regularización de la situación, derivada del ofício descrito en el numeral 1.3.3.1.

La fechadel recibo número089/04por la restitucióndel derribo del árbol envía pública es del 10de mayo de 2004 y no del 6 de mayo de 2004 como se indica en el oficio de autorizacióncon númerode folio 0142/004,restituciónque no seríaposible en esa fechaya que existíauna prevenciónde fecha 7 de mayo de 2004,para la autorizacióndel derribo,segúnconstaen la foja 58 del expediente.

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Por otra parte,enla solicitud de demoliciónde fecha18 de marzode 2003no se manifiestani el cedro al interior del predio,ni el individuo arbóreoen via pública,estoaunadoa que para la expediciónde licencia de construcciónno se requirió la autorización previa de derribo de árboles,como seestableceen el artículo 34 delReglamentode Construccionespara el Distrito Federal,enlos artículos89 y 118de la Ley Ambientaldel Distrito Federaly en el propio formatode solicitud de licencia de construcción;siendo que la licencia de construcciónse emitió con fecha 22 de julio de 2003 y las solicitudespara el derribo de individuos arbóreos datandel 28 de abril y del 6 de mayode 2004,habiéndoseautorizadoel derribo de amboshastaellO de mayo de 2004,cuandola obrade construcciónya seencontrabaenprocesoy por concluirse. Lo anterionnentedescrito, demuestraque las autorizacionespara los derribos de los individuos arbóreos fueron emitidas prácticamenteun año despuésal otorgamientode la Licencia de Construcción,y no previamentea ésta como lo indican las disposicionesjurídicas aplicables,situaciónque las distintasautoridadesdelegacionalesen el ámbito de su competenciatuvieron que haberobservado. Finalmente,es de hacer notar que para el derribo de los individuos arbóreos en comento,no se consideraronlos criterios establecidosen el numeral9 punto 9.4 Adecuaciónde DiseñosConstructivosde la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-OOl-RNAT-2002ni se observó10dispuestoen el artículo 118 de la Ley Ambiental del Distrito Federalque estableceque sólo se podrá autorizar el derribo,poda o transplantede árboles,cuandose requierapara la salvaguardade la integridadde las personasy de susbienes. INCUMPLIMIENTOS E~MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL:

3.2.-

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3.2.1.- RESPECTO AL NUMERO DE.NJ;vELES CONSTRUIDOS: Ha quedado acreditado que el número máximo de tres niveles de construcción establecidos por zonificación, H3/20/90, para el predio ubicado en la calle de Rumania número llll, Colonia Portales Sur, Delegación Benito Juárez han sido respetados según consta en la licencia de construcción número 11/14/240/2003 y en la nota informativa de la inspección ocular practicada el 24 de mayo de 2005 en las cuales se asienta: ...constrnido en planta semisótano,planta baja y dos niveles.

3.2.2.- RESPECTO DE LAS ÁREAS LIBRES PERMEABLES: Es convenienteaclararque el árealibre que por zonificaciónle correspondeal predio ubicado en la calle de Rumanianúmero 1111,ColoniaPortalesSur, DelegaciónBenito Juárezes del 20% de un total de 315 metroscuadradosmanifestadosen la licencia de construcción,es decir 63 metroscuadrados,de los cualesde confonrtidada la Norma de OrdenaciónGeneralnúmero 4 AREA LIBRE DE CONSTRUCCIÓNY RECARGADE AGUAS PLUVIALES AL SUBSUELO sólo el 10% del área libre podría pavimentarseconmaterialespermeables,es decir sólo 6.30 metroscuadrados,cuandoestasse utilicen comoandadoreso huellas para el tránsitoy/o estacionamiento de vehículos.El restodeberáutilizarsecom¿áreajardinada... Sobreestaconsideración,la obra de construcciónubicadaen Rumanianúmero 1111,Colonia PortalesSur, segúnlevantamiento realizado el 24 de mayo de 2005 durantela inspecciónocular practicadapor personalde la DelegaciónBenito Juárez,~ como árealibre sólo el 15.68 Dorciento o sea49.40 me.tl;:os cua~ados,superficietotalmentepavimentadaen adoquínsin contar con áreajardinada,infringiendo la zonificaciónestablecidaen el ProgramaDelegacionalde DesarrolloUrbano de Benito Juárez 1997que establece20 por cientode árealibre, asícomo la Normade OrdenaciónGeneralnúmero4 (cuatro)que disponeque sólo ellO por ciento del árealibre penneablepodrá serpavimentadoconmaterialespenneables. De esta situaciónse da cuentaen el Acta de reconocimientode la Subprocuraduríade ProtecciónAmbiental de fecha 09 de diciembrede 2004 enla que se asentó"... De lo quefue posible observara travésde los cubosde luz no se apreciósuelo natural ni material permeableen los pisos de las áreas libres... Asimismo,se logró tomar una fotografia por la barda del inmueble colindantedel segundocubode luz de la edificaciónen procesode construcción,la cual muestrapiso de concreto..."por lo que aúncuandoen la notainformativa de la inspecciónocular practicadael 24 de mayo de 2005 se reportaque las áreas -~ pavimentadasen adoquín(materialpermeable),serecomiendaa la Dirección Generalde Obras, .. la DelegaciónBenito Juárez,solicitar al áreacorrespondiente una visita de realizar las calas necesariaspara constatarque efectivamentelas presuntasáreas -j

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Distrito Federal. Teléfonos: 5265 Ó780eXt. 1101 Página 16 de 19

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impernleable (concreto), además de hacer cumplir con el porcentaje de área libre jardinada establecida en la Norma de Ordenación General número 4, y no proporcionar la autorización para la ocupación del inmueble hasta en tanto no se cumpla con esta condición, como se establecía en el artículo 68 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, y como se reportó en el Acta sobre la consulta del expediente en las oficinas de la Unidad Departamental de Licencias de Construcción de la Dirección General de Obras, Servicios y Desarrollo Urbanos de la Delegación Benito Juárez descrita en el numeral 13.2 "... si al momento de la revisión de la obra para otorgar la Autorización de Ocupación de Obra Terminada no se presentara la autorización de factibilidad de servicios, no se cumpliera con el área libre permeable de acuerdo a lo manifestado y/o alguna otra anomalía no se otorga la Autorización de Ocupación de Obra Terminada..." Asimismo, es de hacer notar que aún cuando en el Acta de Verificación Administrativa practicada el 25 de junio de 2004 y el reporte de la inspección ocular realizada el 22 de noviembre de 2004, ambas diligencias dentro del expediente DV/OV/322/04, se informa que lo físicamente construido corresponde a lo señalado en planos y que las áreas permeables se encontraban en terreno natural ya cuando la obra negra presentaba un avance de 95% aproximadamente y en acabados del 40%, se reporta lo contrario desde el reconocimiento del 19 de mayo de 2004 y el del 9 de diciembre de 2004 efectuados por personal de la Suprocuraduria de Protección Ambiental, señalando en el primero, que aparentemente no existen áreas libres permeables ya que se aprecia losa de concreto corrida y, en el segundo se reportó, que no se apreció suelo natural ni material permeable en los pisos de las áreas libres; lo cual fue confIrmado y consta en el reporte de visita ocular conjunta hecha por personal de esta Procuraduria y del propio de la Delegación Benito Juárez el 24 de mayo de 2005.

DE LA PRESUNTA AFECTACIÓN AL INMUEBLE COLINDANTE: De acuerdo a lo asentado en el Acta de reconocimiento practicado el 14 de mayo de 2004 "... se observaron residuos de la construcción en el jardín del inmueble colindante al norte... y sobre los vidrios del área de estar del mismo inmueble... observando también grietas sobre el muro colindante a la construcción... "..J!.._~n cel acta del recono~imier¡lQ"rea.lizado e.l9 de ~ diciembr~~ 200~,~_!{!1l.Qrtó: "... se pueden apreciar residuos de la construcción afectando la azotea y plantas del jardín del iññí;;ébk colindante al norte... " lo anterior da cuenta de la falta de nrotecciones Que la obra de construcción debió tener para evitar molestias a las edificaciones colindantes, según lo establecido en el artículo 241 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal que dispone: "... Durante la ejecución de una obra deberán tomarse las medidas necesarias para no alterar el comportamiento ni el funcionamiento de las edificaciones e instalaciones en predios colindantes o en vía pública. " por lo que se conmina a las autoridades delegacionales a exigir al responsable de la obra a realizar la limpieza y reparaciones necesari/Jsde la t: edificación colindante al norte. CL De acuerdo a lo señalado en este numeral y el anterior, de conformidad al artículo 94 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal se infringieron disposiciones del Reglamento de Construccioneg.'para el Distrito Federal y del Programa Delegacional de Desarrollo Urbano en Benito Juárez (1997). Por otra parte, es conveniente mencionar que desde la fecha de emisión de la Licencia de Construcción, a la fecha de las visitas de verificación practicadas el 12 de febrero y el 25 de junio de 2004, a la emisión de las resoluciones de fechas 24 de junio y 17 de diciembre de 2004, los planos con los que se contaba tenían carácter provisional debiéndose canjear por los planos defInitivos, situación que hasta el momento de la emisión de la presente Resolución se desconoce si se realizó este canje irregular, lo que denota una irregularidad pues no debió haberse autorizado una Licencia de Construcción sin contar con planos definitivos sobre todo despuésde haberse hecho una previsión por ese motivo o el tiempo de presentación debió ser un plazo razonable y no de casi un año y medio.

RESPECTO DE LA FACTmILmAD

DE SERVICIOS:

Derivadode las constanciasque obran en el expediente,y de confonnidadcon el artículo 40 fracción XV de la Ley de Aguas del Distrito Federal,la factibilidad de serviciospara la obra de construcciónen Rumania 1111 Colonia PortalesSur, Delegación Benito Juárez,a la fechade emisión de la presenteResoluciónno se ha acreditado,prueba de ello es el Acta derivada consultadel expedientede licencia de construcciónrealizadael 13 de julio de 2004 en la Unidad Departame lcenciasde Construcciónde la DelegaciónBenito Juárezen la que quedóasentadoque a esa fechano se s ogado el requisito de factibilidad de servicios,así como,que de no cubrir con todos los requisitos

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Terminada. Medellín No. 202, Cuarto Piso, Col. Roma Sur, Delegación Cuauhtémbc, Distrito Federal. Teléfonos: 5265 0780 ext. 1101 Página 17 de 19

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Asimismo da cuentade la falta de otorgamientode factibilidad de serviciosel oficio UDLC/lll9/2005 de fecha 24 de mayo de 2005de la Dirección de DesarrolloUrbano de la DelegaciónBenito Juárezen el que informa que "... no se encontró el oficio emitidopor el Sistemade Aguas de la Ciudad de México,donde se señaleque la construcciónde 8 viviendas cuenta con la factibilidad de agua, sin embargosí se encontróel Recibo de Pago de Derechosdel Artículo 204-B que señala el Código Financieropara el pago defactibilidad de serviciospara usar las redesde aguay drenaje. El hecho del pago por conceptode autodeterminación por mejorasde aguapotable y drenaje indicadasen el formato de trámite de pago,es independientedel Dictamende Factibilidadque el Sistemade Aguas del Distrito Federaldebió emitir y en todo caso derivadodel otorgamientode factibilidad entérminosde lo establecidoen el artículo 62 de la Ley de Aguas del Distrito Federaly de ningunamanerasustituyeel Dictamende Factibilidadde Servicios. De lo anteriorseinfiere que la autoridaddelegacional,en su caso,omitió la consultaal Sistemade Aguas del Distrito Federalpara obtenerfonnalmenteel Dictamende Factibilidadde Servicios. Asimismo,no pasadesapercibi~opara estaAutoridad,que el formatoparatrámitede pago por mejorasde aguapotabley drenaje, presentasello de la VentanillaUnica de la DelegaciónBenito Juárezde fechadel 13 de octubrede 2003 y el comprobantede pago antela Tesoreriadel Distrito Federales de fecha 20 de octubrede 2003,cuandola Licencia de Construcciónse emitió el 22 de julio de 2003, de lo que se infiere que tampocose cumplió con este requerimiento,previo a la autorizaciónde la licencia de construcción,como se estipula en el mismo formato de solicitud de licencia de construcciónque el comprobantede pago de contribuciónde mejoraspor obrasde aguapotabley drenajeformapartede los requisitospara solicitarla licenciade construcción. Por lo anterior,se recomiendaa las autoridadesdelegacionalessubsanarel requerimientode dictamenfactibilidad de servicios parala obraubicadaenRumanianúmero 1111,ColoniaPortalesSur.

3.3.-

CONCLUSIONES DEL EXPEDIENTE Existen irregularidadesen el procedimientopara la autorizacióndel derribo de árboles,uno de ellos se derribó sin el permisocorrespondienteen sumomento.

2) Seincumple con el porcentajede árealibre penneableque por zonificaciónle correspondeal predio, asícomo con el área libre jardinada que por Nonna de OrdenaciónGeneralnúmero 4 del ProgramaDelegacionalde Desarrollo Urbano en Benito Juárez,vigentehastael6 de mayode 2005 debecumplir. 3) La obra de construcciónubicada en Rumania 1111, Colonia Portales Sur carece del Dictamen de Factibi1idadde Servicios,previo a la autorizaciónde licenciade construcción. Habiéndoseinvestigadoy analizadolos actos,hechosy omisionesrespectodel cumplimientode la legislación ambientaly del ordenamientoterritorial del Distrito Federaldescritocon anterioridad,confundamentoen las disposicionesjurídicas citadasen el proemio,estaSubprocuraduría de ProtecciónAmbiental,emitela siguiente: 4.-

RESOLUCIÓN

PRIMERO.- Se instaa la Dirección GeneralJurídicay de Gobiernoa que en coordinacióncon la Dirección Generalde Obras y DesarrolloUrbano de la misma DelegaciónBenito Juárez,instaureel procedimientoadministrativo correspondiente, realizando las calasnecesarias, a efectode constatary exigir al responsablede la obra,las áreaslibres y permeablesque se debenrespetaren el inmueble construido en Rumania número 1111, Colonia Portales Sur, en la DelegaciónBenito Juárez por zonificación establecidaen el Programa Delegacionalde Desarrollo Urbano en Benito Juárez (1997) y de conformidad a la Norma deOrdenaciónGeneral4 del mismoPrograma. SEGUNDO.- Se instaa la Dirección GeneralJurídicay de Gobiernode la mismaDelegaciónBenito ocasionados a la edificacióncolindanteal norte,connúmero1109de la calle de ..

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responsable de la obra,motivo de la presenteResolución,a realizarla limpieza y

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TERCERO.- Se instaa la Dirección Generalde Obrasy DesarrolloUrbanode la DelegaciónBenito Juárez,a que en lo sucesivo cumplacon los procedimientosestablecidosparalos trámitesenmateriade construcción,a subsanarel requerimientode dictamen de factibilidad de servicios y a verificar que se haya realizado el canje de los planosprovisionalespara la obra motivo de la presenteResolución,en generala revisar en sutotalidad el trámiteque serealizóparala obtenciónde la Licencia de Construcción de dichaobrade construcción. CUARTO.- Se insta a la Dirección General de Desarrollo de Infraestructura para que en lo sucesivo observe los procedimientos y normas para el derribo de individuos arbóreos de conformidad a las disposiciones que se establecen en la Ley Ambiental del Distrito Federal, en la Norma Ambiental NADF-OOI-RNAT-2002, así como en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. QUINTO.- Se tiene por concluido el procedimiento iniciado en esta Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, de conformidad con el artículo 27 fracción III de la Ley Orgánica de la misma, bajo el expediente número P AOT2004/CAJRD-166/SPA-96, debiéndose remitir a la Coordinación de Asuntos Jurídicos y Recepción de Denuncias de esta Procuraduría, para su archivo y resguardo una vez concluido el seguimiento del punto resolutivo PRIMERO y SEGUNDO del presente instrumento. SEXTO.- Notifiquese la presente Resolución a la parte denunciante, así como a los CC. Titulares de las direcciones generales Jurídica y de Gobierno, de Desarrollo de Infraestructura y de Obras y Desarrollo Urbano de la Delegación del Distrito Federal en Benito Juárez y de la Dirección General de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, para su conocimiento y efectos. Así lo resolvió y firma por duplicado en la Ciudad de México, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil cinco, la Subprocuradora de Protección Ambiental, licenciada neana Vill~lobos Estrada. I ---

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c.c.p.

PROCURADURfA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Lic. EnriqueProvencio.-ProcuradorAmbientaly del OrdenamientoTerritorial del Distrito Federal.-Presente.

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No. 202. Cuarto Piso. Col. Roma S-;;r:-Delegací6n G;;aUhii:moc,

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