Star. San Juan. NOTICIAS en ESPANOL. The. Puerto Rico Population Fell 10.9% in 12 Years, Census Bureau Says

Wednesday, December 21, 2016 San Juan The Puerto Rico Population Fell 10.9% in 12 Years, Census Bureau Says Star 50¢ DAILY Deficit Could Eclipse

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1 DICIEMBRE DE 1987 HOTEL SANDS SAN JUAN, PUERTO RICO
MENSAJE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO HONORABLE RAFAEL HERNANDEZ COLON EN OCASION DE LA ASAMBLEA ANUAL DEL P.E.N. CLUB DE ES

PROGRAMA ESQUEMÁTICO de junio de 2014 San Juan, Puerto Rico
PROGRAMA ESQUEMÁTICO 24-28 de junio de 2014 San Juan, Puerto Rico 26 DE JUNIO HORA SALÓN SAN JUAN 1-4 SALÓN BAHÍA 2 SALÓN BAHÍA 1 SALÓN LAGUNA 2

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Wednesday, December 21, 2016

San Juan The

Puerto Rico Population Fell 10.9% in 12 Years, Census Bureau Says

Star

50¢

DAILY

Deficit Could Eclipse Projection by $10 Billion In Revised Estimate, Control Board Warns Against Inaction P3

P4

Governor Rolls Out Plastic Bag Ban Law in Mayagüez P7

NOTICIAS en ESPANOL

P24

787.743.3346 • Fax 787.743.5100 • thesanjuandailystar.com

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Wednesday, December 21, 2016

The San Juan Daily Star

GOOD MORNING

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December 21, 2016

The San Juan Daily Star, the only paper with News Service in English in Puerto Rico, publishes 7 days a week, with a Monday, Tuesday, Wednesday and Thursday ediƟon, along with a Weekend EdiƟon to cover Friday, Saturday and Sunday.

PR Faces Much Larger Deficit in 10 Years Without Action, Control Board Says By JOHN McPHAUL [email protected]

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INDEX Local Mainland Business InternaƟonal Viewpoint Fashion Entertainment

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NoƟcias en Español Legal NoƟces Sports Games Horoscope Cartoons

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he Financial Supervision and Administration Board, better known as the federal fiscal control board, issued its Estimated Revised Base of the Fiscal and Economic Growth Plan for the government of Puerto Rico on Tuesday, estimating that without decisive action Puerto Rico will face a much larger deficit of $67.5 billion in the next 10 years. In a letter addressed to Gov. Alejandro García Padilla, the Board, established under the Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability Act (PROMESA), said it based its estimate on the most recent information available considering that under current law, without access to additional federal funds and unless the government adopts measures to decrease spending, increase income, implement structural reforms and restructure its long-term obligations (including debt and pensions), the budget deficit will reach almost $70 billion in 10 years, some $10 billion bigger than originally projected. As an example of the magnitude of the debt, the board explained that unless action is taken to close the budget deficit it would require the equivalent of each Puerto Rican family to pay $5,400, or more than a fourth (28 percent) of the average annual family income in addition to what they pay in taxes each year for the next 10 years for a total of $54,000 per family. In the letter, the board said Puerto Rico should privatize certain government assets, implement labor, energy and tax reforms, seek public-private partnerships and cut non-essential services, along with cutting its education and health-care budgets, according to an Associated Press report. The board also said furloughs and freezes across government agencies may be implemented, and suggested charging tourists higher prices for services such as ferry transportation to the popular islands of Vieques and Culebra, according to AP. The new estimate was calculated by the same team of employees and advisers of the current government and is still in the process of being validated by the board and its advisers.

The board will seek a third independent entity to validate the point of departure for the base estimate as well as the bridge with the most recent available audited financial statement, which dates back to fiscal year 2014. In the letter, Supervisory Board Chairman José Carrión thanked García Padilla, his team and advisers “for collaboration with the Board during recent months helping in the evaluation of the fiscal plan proposed for the Government of Puerto Rico.” Carrión also told Governor-elect Ricardo Rosselló Nevares that “we hope to develop a productive working relationship with you and your Administration to confront Puerto Rico’s fiscal and economic crisis for the benefit of all Puerto Ricans.” On Nov. 23, the board informed García Padilla that the Fiscal Plan that he had submitted did not comply with the requirements contained in the PROMESA law. “After extensive study and analysis, it remains very clear that the deficit which the Government of Puerto Rico will assume in the next 10 years is greater than that which was originally calculated. This reality requires the government to assume its responsibility and propose the initiatives and necessary measures so that this abysmal fiscal challenge can be overcome opportunely; and moreover, so that the reforms are put into place that are required to achieve sustainable economic growth and provide potential for an increase in employment opportunities for all Puerto Ricans,” said board member José Ramón González. Another board member, Ana Matosantos, said the measures “have to achieve an appropriate balance between fiscal adjustment, structural reforms and the restructuring of the debt.” “And the balance must be achieved taking into consideration the impact that the potential changes could have on children, the elderly and Puerto Rican families, as well as the members of the institutional sector and the society in general,” Matosantos said. “This is not merely a mathematical exercise of balancing the checkbook, although balancing the budget is fundamental. The true objective is to re-establish economic growth to improve the quality of life of the people.”

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The San Juan Daily Star

Tuesday, December 21, 2016

Rivera Schatz: Outgoing Gov’t Is Leaving Puerto Rico Bankrupt BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected]

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ew Progressive Party Sen. Thomas Rivera Schatz said Tuesday that given the fiscal scenario that the administration of Gov. Alejandro García Padilla is leaving behind it, “he has the responsibility to tell the truth: that the Popular Democratic Party government left the country bankrupt and we have to denounce it and point it out.” With a $70 billion deficit and the barely $147 million left in government coffers, the NPP lawmaker said in a radio interview with NotiUno that the “outgoing PDP government, in addition to the corruption scheme being revealed in federal court, administered the use of public funds in an irresponsible way.” The designated Senate president said the PDP government “lied to the teachers, the taxpayers and the retired public workers.” “They cleaned out the state government’s coffers, they damaged Puerto Rico’s good name in the international markets,” Rivera Schatz said. “And they have the impertinence to say that we shouldn’t criticize them, well then they should say how the bankrupt government should be handled.” Rivera Schatz insisted that the government “has the responsibility to tell the truth.” “The PDP government left the country bankrupt,” he said. “We have to point it out and denounce it. And we

have to establish an economic plan to save the fiscal situation, that allows the government to achieve real efficiency and savings in spending.” On Monday, Governor-elect Ricardo Rosselló warned that the island will soon run out of money to pay public workers. “In February, the entire government will run out of money,” Rosselló said. “In the transition hearings it has been revealed that only $147 million is left in government coffers. It is important that the people of Puerto Rico are clear on how we got into this position. The action that this government took was to take out money [loans] from the Retirement Funds, not pay bondholders and not pay taxpayers …” “And certainly many of those actions raise many suspicions [of] the gross negligence and will be evaluated,” the governor-elect added. “Everyone who has violated the law and who hurt the people of Puerto Rico should know that the full weight of law will fall upon them.” Rosselló further anticipated that although his legislative agenda will be framed on the NPP’s Plan for Puerto Rico, there are also various additional initiatives that depend on the actions of the federal fiscal control board. “In the next 48 to 72 hours, the fiscal control board will come down with the recommendations that should be taken, based on what has been found in Puerto Rico’s fiscal reality,” Rosselló said. “In the same way, in the next two weeks the

Thomas Rivera Schatz Congressional Task Force is expected to also present some recommendations. Thus we will be on the lookout for what happens in these next two weeks, to be able to take in this information and then act.” Rosselló said that after he is sworn in as governor on Jan. 2, he will present various executive orders to highlight his public policy. From Jan. 2 to Jan. 9 he will be introducing legislation to be passed once the new Legislative Assembly is seated. He said he will amend the PublicPrivate Alliances Law, create an external entity to be responsible for the marketing of Puerto Rico as a tourism destination, file business and economic development legislation along with a bill promoting equal pay for equal employment, amend the laws against abuse and

domestic violence, and transfer some government services to nonprofit organizations. Rosselló said he will meet with NPP lawmakers and mayors today. Meanwhile on Tuesday, island Secretary of State Víctor Suárez alleged that the government will not run out of money in February, as both Rosselló and Rivera Schatz charged. “I am surprised by the declarations made by Governor-elect Ricardo Rosselló, because it seems like he has not lived in the country in the past year,” Suárez said. “Precisely, the entire Fiscal Plan, the entire restructuring of the debt, the objective that it has is to go into a broad restructuring in February, keeping lawsuits frozen, and with that be able to continue offering basic and essential services to the people.” “If the government runs out of money it is because he decided not to enter into a broad restructuring of the debt,” Suárez added. “If he follows that path there is no reason why the government should run out of money.” Suárez said Rosselló has at his disposal Article 3 of the Puerto Rico Oversight, Management and Economic Stability [PROMESA] Act, which will give the government tools so that it won’t run out of money. “It is a tool that will protect the people, and protecting the people is the main function in a democracy,” he said. “It would be irresponsible for the incoming government to not use this available tool.”

PR Population Decreased an Estimated 10.9% Since 2004 By JOHN McPHAUL [email protected]

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he U.S. Census Bureau published a report Tuesday estimating that Puerto Rico has lost 10.9 percent of its population from its peak in 2004. As of July 1, the population of Puerto Rico was estimated at 3,411,307

people, while 12 years ago the island had an estimated 3,826,878 people as of July 1, 2004. This means that the population was reduced by 10.9 percent in total, or approximately 0.8 percent each year on average (annualized rate). The estimates assume that between July 1, 2015 and July 1 of this year 31,000

births occurred in Puerto Rico compared to 28,000 deaths, which is equivalent to a natural growth in the population (the number of births minus the number of deaths) of only 3,000 during that period. In terms of migration, the net decrease was around 65,000 people during the same timeframe. The statistics include the components

of annual population change since July 1, 2010, which reflect the population estimates from the beginning of the decade. As the leading entity of the State Data Center Network of the U.S. Census Bureau, the Institute of Statistics of Puerto Rico presented the summary of the Census Bureau report’s most significant findings.

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

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Designated Health Chief, Incoming House Chair Meet on Health Reform Roadmap

Oscar Morales BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected]

met Tuesday with designated Health Secretary Rafael Rodriguez to discuss the roadmap for improving the island’s health systems and guaranteeing the continuity of Health Reform. “The health system in Puerto Rico needs a lot of attention, not only because of the economic challenges it faces, but also because of other issues such as the lack of attention given in a number of areas such as the Río Piedras Medical Center and the health services offered to the residents of Vieques and Culebra, among many

others,” Rodríguez said in a written statement. “For these reasons, we can’t just talk about looking for money. We have to transform the entire health system, to give access to more [citizens] and improve the services to our people, but without forgetting about our doctors and other health providers.” Meanwhile, Morales, who is the designated House Health Committee chairman, described the meeting as an extremely productive one, after having exchanged information on what the priorities will be at both the

Health Department and the Legislative Assembly, framed within Governor-elect Ricardo Rosselló’s Plan for Puerto Rico. Morales noted that “today I reaffirm that Dr. Rodríguez is an exceptional professional, and he has the experience and the necessary commitment to make viable all the big changes in the health field contained in the Plan for Puerto Rico.” “Similarly, he knows the needs of the Health Department first-hand and, above all, he knows our people’s needs,” Morales said.

to Hernández Pérez and Vargas.” The referral of Hernández Pérez and Vargas is carried out in accordance with Article 5 of Law 2 of 1988, which creates the OPFEI. The law states that individuals who have participated, conspired, caused or otherwise were authors or co-authors in any of the crimes attributed to them, can be referred to OPFEI to evaluate the evidence in conjunction with the evidence against the public official being investigated. Miranda added that the contents of Article 4.3 (B) of the Government Ethics Law establishes that a public official can not “derive an undue advantage” from a person or private company that at the same time has a contract with the government agency. The probe was carried out by the Justice Department’s Public Integrity, Economic Crimes and Comptroller Issues Division. The referral in question is the second one the Justice Department has sent to the OPFEI with a recommendation to assign a special prosecutor against Hernández Pérez and Vargas. On Oct. 31, both were referred to the OPFEI in the case against PDP Sen. Mari Tere González. Hernández Pérez and Vargas are already facing other state charges.

On April 14, the island Justice Department announced it was filing tax evasion charges against Hernández Pérez, his wife Verónica Ponce Peña, Vargas and José Rodríguez. Four charges were filed against the companies 3Comm Global, EKO Technologies, Kendall Consulting Group and Links Group. San Juan Superior Court Judge

María de Lourdes Camareno found probable cause for arrest on eight tax evasion charges. The fines imposed were $30,000 for Hernández Pérez, $5,000 for Ponce Peña, $20,000 for Vargas and $5,000 for Rodríguez. Hernández Pérez and Vargas Soto could face between three and eight years in state prison for tax evasion crimes.

N SIP Recommended for Ex-General Services Administrator in Illegal Loan Case ew Progressive Party (NPP) Rep.-Elect for the District of San Juan Oscar Morales

BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected]

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ustice Secretary César Miranda announced Tuesday that the Special Independent Prosecutor (FEI by its Spanish acronym) has delivered a recommendation to assign a special independent prosecutor to investigate former General Services Administration Manager Luis Castro, former Popular Democratic Party (PDP) fund-raiser Anaudi Hernández Pérez and former 3Comm Global President Héctor Vargas. “Last September 20, I notified the Special Independent Prosecutor’s Panel Office (OPFEI by its Spanish acronym) of the initiation of the preliminary investigation to determine if there was a $5,000 loan that Castro allegedly received from 3Comm Global President Héctor Vargas, whose company had had a contract with the General Services Administration since September 17, 2013,” Miranda said in a written statement. “After 90 days -the time frame for carrying out the preliminary investigation -- have passed, it has been determined that potentially punishable conduct took place in violation of the Government Ethics Law [as a serious felony], so we are recommending that a special independent prosecutor be assigned both to the former official and

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Wednesday, December 21, 2016

The San Juan Daily Star

PIP Senator Hails Supreme Court Decision to Uphold Municipal Coal Ash Ban ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

AVISO PÚBLICO SOLICITUD DE ENMIENDA CON EL FIN DE CAMBIAR EL NOMBRE DEL CONCESIONARIO DEL PERMISO FORMAL NÚM. O-CT-PFE01-SJ-00162-25022009 Y EL 2013-PF000005 PARA LA EXTRACCIÓN DE LA CORTEZA TERRESTRE Este Aviso se publica a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 132 de 25 de junio de 1968, según enmendada, mejor conocida como, Ley de Arena, Grava y Piedra, Orden AdministraƟva OGPe 2011-27 y el Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos del29 de noviembre de 2010. La siguiente Solicitud de Permiso para la Extracción de Materiales de Corteza Terrestre ha sido radicada ante la Oficina de Gerencia de Permisos OGPe. Por este medio se noƟfica al público en general, enƟdades gubernamentales y/o partes interesadas, sobre la acción propuesta. Copia electrónica de dicho documento está disponible para revisión en el portal de interne! de la agencia www.sip .pr.gov. Las personas que tengan información o comentarios que puedan ser úƟles en la evaluación de la acción propuesta, pueden enviar los mismos a la dirección de correo electrónico noƟficació[email protected] y/o PO Box 41179, San Juan PR 00940-1179, dentro de un término de diez (10) dias calendario a parƟr de la publicación de este aviso. Se le apercibe que dentro de un término de diez (10) dias calendario a parƟr de la publicación de este aviso, la OGPe motu propio podrá celebrar vista pública si surgieren comentarios, controversias u objeciones en cuanto a la solicitud. Transcurrido dicho término no se considerará ninguna solicitud a estos efectos y la Agencia procederá con la evaluación y trámite del documento presentado. Se le apercibe además que, la celebración de la vista, de ser concedida, se llevará a cabo de acuerdo al Capítulo 7 del Reglamento Conjunto y en conformidad con lo dispuesto en el Arơculo 3 de la Ley Núm. 132, supra. La vista será presidida por un panel técnico legal. Durante la misma se permiƟrá la parƟcipación o intervención de cualquier persona que lo interese. Los cargos en que se tenga que incurrir para la celebración de la vista serán de carga del proponente de la acción. CASO NÚM.

:

2016-PF0-00004

PETICIONARIO

:

Comería Sand And Gravel, Corp.

DIRECCION POSTAL

:

PO BOX 3451 Bayamón, PR 00958

LUGAR DE EXTRACCION

:

EMBALSE LA PLATA 2, BO. ELENA CON ACCESO A TRAVÉS DE LA CARR. PR-167, KM. 1.6 DEL MUNICIPIO DE COMERÍO.

MATERIAL A EXTRAERSE

:

ARENA Y GRAVA

CANTIDAD A EXTRAERSE

:

500 METROS CÚBICOS DIARIO

TERMINO DE VIGENCIA

:

HASTA EL 17 DE NOVIEMBRE DE 2018

USO DE EXPLOSIVOS

:

NO

En San Juan, Puerto Rico, hoy 1 de diciembre de 2016.

Arq. Alberto Lastra Power Director EjecuƟvo

ANUNCIADO PAGADO POR LA PARTE PROPOPNENTE

By JOHN McPHAUL [email protected]

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uerto Rican Independence Party (PIP) Sen. María de Lourdes Santiago hailed the decision of the island Supreme Court to validate the ordinance presented by the municipal legislator of her party that prohibits the deposit of coal ash in the Municipality of Peñuelas. The coal ash comes from the coal-fired energy generated Applied Energy Systems (AES) in Guayama, which produces 600 to 1,000 tons of ash a day. The PIP municipal legislators achieved the approval of the ordinance to prohibit the deposit of coal ash in 45 towns, an effort that occurred parallel to Senate Bill 340 filed by Sen. Santiago in February 2013. The majority Popular Democratic Party never considered the bill. The ordinances have been approved by the municipal legislatures and signed by their respective mayors. Mayor Walter Torres signed the Peñuelas ordinance and joined in the citizen protests against the deposit of ash in the landfill of that community. “It has been our privilege to contribute to providing the juridical instrument that vindicates the struggle of so many years by the Peñuelas community, Santiago said. “The decision of the Supreme Court wakes up the outgoing administration, that despite the constant protests and clearly documented complaints, an Extraordinary Session has not been called that is necessary to consider the measure filed almost five years ago now,” Santiago said in a written statement. Santiago was one of 63 citizens arrested in acts of civil disobedience during protests in Tallaboa and Peñuelas at the end of November when they blocked roads leading to the landfills in those communities. Those arrested have preliminary hearings on Feb. 9 and 16 for violating laws, some of them traffic laws.

María de Lourdes Santiago Following the Supreme Court ruling recognizing the legitimacy of the ordinance, the company EC Waste, which handles the coal ash, expressed hope that the Environmental Quality Board (EQB) would reassert “its legitimate authority” to permit the company to continue operations. The company’s spokesman Ricardo Soto said the company affirmed that “it is important to establish that the determination of the Court is not the result of a legal case against EC Waste and against Peñuelas Valley Landfill.” “All the operations and systems of the EC Waste sanitary landfill on the island are duly authorized by the Environmental Quality Board (EQB) in compliance with all the standards and regulations of the federal Environmental Protection Agency and subtitle D of the Federal Law for the Conservation and Recovery of Resources.” He said that being in compliance with all federal and local laws, the company was calling on the EQB to reassert its authority and allow the dumping of the coal ash to proceed.

Ex-Cop Gets 200-Year Sentence for Killing 3 Colleagues A former Puerto Rico policeman has been sentenced to more than 200 years in prison for killing three fellow officers at work nearly a year ago. Tuesday’s sentencing of Guarionex Candelario follows a conviction of first-degree murder for the fatal shooting of Lt. Luz Soto, Cmdr. Frank Román and

policewoman Rosario Hernández on Dec. 28 following an argument at a police department in the southern coastal city of Ponce. Candelario had been disarmed in 2005 and received psychological treatment for a decade. Police says his weapon was returned in January 2015 after he underwent two psychological exams.

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

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Governor Rolls Out Plastic Bag Prohibition Law By JOHN McPHAUL [email protected]

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ith the coming enforcement of Law 247-2015 that prohibits the use of plastic bags in commercial establishments, Gov. Alejandro García Padilla on Tuesday visited the Mr. Special Supermarket in Mayagüez with the goal of orienting and giving reusable bags to consumers. The measure, approved on Dec. 29, 2015, establishes as a public policy the elimination and prohibition of the use of disposable plastic bags for the carrying merchandise acquired in commercial es-

tablishments beginning on Dec. 30. “Today we came here to remind you of the enforcement of a crucial measure for the protection of our environment. Beginning on December 30, the commercial establishments in Puerto Rico will not be able to give merchandise to their clients in disposable plastic bags, according to the provisions of Law 247 of 2015,” the governor said. “We recognize that this represents a change in custom that some could see as uncomfortable at the beginning, but that is happening for very important reasons. As consumers, we must assume responsibility for our actions. In the same way, we have to set an example for our children, adopt new habits. I invite you to join us in this effort, making good our word that we want the best for Puerto Rico.” The statute to go into effect disposes, in addition to the prohibition of plastic bags, the creation of recycling programs by commercial establishments in coordination with the Solid Waste Authority. Thus the elimination of this kind of bag does not imply that there will not be alternatives. In the first place, commercial establishments will permit their clients to carry reusable bags as well as any type of bag with them to carry purchased items. The businesses will also be able to sell disposable bags, for the benefit of their clients, which must be

made of cloth or other materials that are not damaging to the environment. In Puerto Rico, close to one billion disposable plastic bags are used annually. A substantial portion of these bags are neither reused nor recycled and end up scattered in streams and rivers until they reach the ocean. The manufacture of these bags requires the use of non-renewable resources, such as petroleum, gas and carbon

and their inappropriate deposit in sanitary landfills, clandestine dumps and water bodies severely impacts the environment. García Padilla said he is confident that the law will lead to the reduction of the inappropriate generation and disposal of solid waste, helping in that way in protecting the environment and reinforcing the environmental legacy that his administration has put forward in the past four years.

Auxilio Mutuo Hospital Holds Christmas Parade By JOHN McPHAUL [email protected]

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or the eighth consecutive year, the Auxilio Mutuo Hospital has brought Christmas joy and spirit to its pediatric patients, nearby schools and families of hospital employees through its “Great Christmas Parade.” The event, which includes the giving of special gifts to hospitalized children, included the participation of artists, athletes and children’s characters, carnival troupes, bands and drummers. “It fills us with emotion to be able to once again bring joy to our pediatric patients and their families during the Christmas season,” said Vanessa Marzán, publicity and public relations director of Auxilio Mutuo Hospital. “We know that activities such as these are what help their prompt recovery and it is for this reason that we make so much effort so

that it is a special day for them and the whole community.” The parade, which culminated with the appearance of Santa Claus and his helpers to give gifts donated by the companies Amgen, Econo and the hospital to children on the pediatric floor, made a turn through Ponce de León Avenue, the rotunda and the main vestibule of the hospital before arriving at the Children’s Hospital. Making an appearance at the hospital were recognized personalities such as Kiria Tapia, Alex Díaz, José Raúl (Singers from Bayamón), Juan Carlos Avilés, Barreto and his band, Grupo Karis, Marileyda, Plenéalo, Linda Santana and Dj Toché. Also participating were the DJ from Hot 102.5 Vitin-EugeneDJ Sergio-Tabó, Miss Puerto Rico Petite 2016 Katiria Nuñez, Estrellitas of Vega Alta Percussion Group, Santa Claus from The Mall of San Juan, Puerto Rico Therapy Dogs, The Trotamundos, the Clown Junito, El Mesón

Sándwiches with the children’s character Coquí Titai, and Matilda and Trompy of Auxilio Mutuo. Other children’s characters included Maggie Moos, Panadol, Econito, Elsa, Olaf,

Richito, the Puerto Rico Fire Department with its character Sparky the truck, Mamá Inés and her Coffee Truck, Jack Sparrow, JJ Fiba Américas, Lifelink Thredd Kings, Pet Smart, Davids Cookies, The Grinch, Mario Bros, Wolverine, and Trolls, among others. “We are very grateful to receive the support of celebrities, characters and musicians to continue in our mission in the Hospital,” Marzán said. “Without a doubt their participation in the Great Christmas Parade makes our event an unforgettable one for all. Each year the event is larger and better attended, which fills us with much magic given that the purpose is to share the joy of Christmas with our patients, employees and community.” For more information on Auxilio Mutuo Hospital and its initiatives, visit the web page auxiliomutuo.com, call 787-758-2000 and look for the hospital on social media networks Facebook and Twitter with the Hospital Auxilio Mutuo.

Mainland

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The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

Obama Bans Drilling in Parts of the Atlantic and the Arctic By CORAL DAVENPORT

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resident Obama announced on Tuesday what he called a permanent ban on offshore oil and gas drilling along wide areas of the Arctic and the Atlantic Seaboard as he tried to nail down an environmental legacy that cannot quickly be reversed by Donald J. Trump. Mr. Obama invoked an obscure provision of a 1953 law, the Outer Continental Shelf Lands Act, which he said gives him the authority to act unilaterally. While some presidents have used that law to temporarily protect smaller portions of federal waters, Mr. Obama’s declaration of a permanent drilling ban from Virginia to Maine on the Atlantic and along much of Alaska’s coast is breaking new ground. The declaration’s fate will almost certainly be decided by the federal courts. “It’s never been done before,” said Patrick Parenteau, a professor of environmental law at the University of Vermont. “There is no case law on this. It’s uncharted waters.” The move — considered creative by supporters and abusive by opponents — is one of many efforts by Mr. Obama to protect the environmental policies he can from a successor who has vowed to roll them back. The president, in concert with United Nations leaders, rushed countries to ratify the Paris Agreement on climate change, putting the multinational accord into force in record time, before Mr. Trump’s inauguration. Environmentalists are already drawing comparisons between Mr. Obama’s use of the 1953 law to ban new drilling to what critics and oppo-

nents called his novel and audacious efforts to craft new climate change regulations: He turned to an obscure, rarely used provision in the 1970 Clean Air Act to write sweeping regulations that would require states to shift their electricity systems from fossil fuels to renewable energy sources. But other presidents who have invoked old laws to enact new policies have not run up against successors like Mr. Trump. He has mocked climate change as a hoax perpetrated by China and has attacked Mr. Obama’s environmental regulations as job-killers. More important, he has promised to make fossil fuel mining and drilling across the nation’s lands and waters a central feature of his economic program. As such, he is not likely to let Mr. Obama’s drilling ban go unchallenged. In many cases, Mr. Trump and a Republican Congress in line with the new president’s ambitions will be able to roll back some of Mr. Obama’s most recent environmental regulations. But because of new and legally inventive strategies, Mr. Obama and his staff may well have built firewalls around environmental policies that could hold off his successor — or at least keep him at bay for several years. Tuesday’s announcement would ban drilling in about 98 percent of federally owned Arctic waters, or about 115 million acres, a pristine region home to endangered species including polar bears and bowhead whales. It would also block drilling off the Atlantic Coast around a series of coral canyons in 3.8 million acres stretching from Norfolk, Va., to the Canadian border. The coral canyons are home to

The Polar Pioneer was the first of two oil drilling rigs Royal Dutch Shell was outfitting for Arctic oil exploration before the company ended its contract last year. unique deepwater corals and rare species of fish. Prime Minister Justin Trudeau of Canada simultaneously announced a ban new drilling in Canadian Arctic waters. “These actions, and Canada’s parallel actions, protect a sensitive and unique ecosystem that is unlike any other region on earth,” said Mr. Obama in a statement. “They reflect the scientific assessment that even with the high safety standards that both our countries have put in place, the risks of an oil spill in this region are significant and our ability to clean up from a spill in the region’s harsh conditions is limited.” Opponents of Mr. Obama’s environmental agenda said they fully expect Mr. Trump to take actions to le-

gally undo the ban. “We don’t see how this could be permanent,” said Andrew Radford, a senior policy adviser with the American Petroleum Institute, which lobbies for oil companies. Mr. Radford noted that after President Bill Clinton had used the same law to withdraw 300 million acres from oil and gas drilling from an area that had already been designated as a marine sanctuary, President George W. Bush reinstated about 50 million acres to fossil fuel leases. “Similar to how President Bush issued a memo in 2008 to add areas back in, we’re hopeful that the Trump administration will take a look at this to reverse that decision and we look forward to working with them to make that happen,” said Mr. Radford.

Mayor: Negotiation Process With Feds Now Accelerated B

altimore’s new mayor says the city is aiming to reach an agreement with the federal government to overhaul police practices before President-elect Donald Trump takes office. Mayor Catherine Pugh, who took office two weeks ago, told news reporters Tuesday she thinks

they can do it. Last week Attorney General Loretta Lynch put pressure on Baltimore saying “the ball is in the city’s court” to conclude negotiations soon. The city and the federal government had reached an agreement in principle when a Justice Department report that found pervasive civil

rights violations was released in August. Pugh says negotiators had only recently made it through about half of the 21 areas in the report. The Justice Department is looking to conclude the process by Jan. 20, when the Obama administration ends.

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

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Electoral College Settles Donald Trump’s Victory, But Little Else By JONATHAN MARTIN and MICHAEL WINES

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n Florida, protesters swarmed the Capitol rotunda, one hoisting a “Trump Is Too Rusky” sign featuring a hammer and sickle. In Wisconsin’s statehouse, a heckler shouted, “We’re all going to go to war and die thanks to you,” during the formal meeting of the Electoral College. And in New York, an elector by the name of William Jefferson Clinton cast his vote for his wife and then came out to make plain that he believes Donald J. Trump won the presidency only because of outside interference in the election. “We had the Russians and the F.B.I., and she couldn’t prevail against that, but she did everything else and still won by 2.8 million votes,” Mr. Clinton said, his determined smile belying his fury. The meeting of the Electoral College after presidential elections has long been little more than a tradition-bound formality, with political insiders gathering to ratify the preferences of their state’s voters and distribute 538 electoral votes. Yet as with so much else in this turbulent election year, even that civic ritual was punctuated by anger and dissent. Democrats were unable to persuade enough electors to withhold their support for Mr. Trump. He easily cleared the 270-vote threshold needed to defeat Hillary Clinton, with only two Republican electors declining to cast their vote for the president-elect. But the protests at state capitols across the country offered a preview of a tumultuous inauguration and first 100 days of the new administration. Presidential electors are bound by tradition and often state law to support their party’s candidates. But this time, many Republican electors were inundated with phone calls, emails and even threats demanding that they vote for someone other than Mr. Trump. Leaders of groups that were lobbying the electors had privately believed they had a chance to sway enough Republican electors to defect, denying him an Electoral College majority and throwing the election to the House of Representatives. But while Mr. Trump’s opponents needed 37 Republican defectors to bring his electoralvote tally below 270, the bulk of electors who broke ranks — four in Washington State — were Democrats who otherwise would have voted for Mrs. Clinton. Instead, three voted for former Secretary of State Colin L. Powell,

A member of Pennsylvania’s Electoral College cast his ballot Monday for Donald J. Trump in Harrisburg, Pa. a Republican, and one for Faith Spotted Eagle, a Native American tribal leader who has led opposition to the Keystone XL pipeline. Kellyanne Conway, Mr. Trump’s campaign manager, said the election “wasn’t a squeaker.” “The professional political left is attempting to foment a permanent opposition that is corrosive to our constitutional democracy and ignores what just happened in this election,” she said. Liberals cannot, she added, “wave magic pixie dust and make this go away.” As for whether Mr. Trump would now begin to offer a hand of friendship to his critics, Ms. Conway noted that he had met with multiple Democrats and spoken with President Obama “several times.” “He said, ‘I’ll be president of all people,’ but the left is trying to delegitimize his election,” she said. “They’re trying to deny him what he just earned. So why is the burden always on him?” Democrats vow that burden will only increase. “There’s not going to be a grace period this time because everybody on our side thinks he’s illegitimate and poses a massive threat,” said Adam Jentleson, a top aide to the retiring Senator Harry Reid, Democrat of Nevada and minority leader, who next year is going to work for one of the hubs of the opposition, the Center for American Progress. With liberals determined to confront the president-elect and Mr. Trump continuing to scorn his critics while denying intelligence officials’ assessment that Russia was responsible for hacking Democrats, the divisions so stark during this year’s campaign are on a course to grow worse.

Washington has been drifting toward perpetual political combat for more than two decades, at least since the Newt Gingrich-led Republican revolution of 1994. But this time, “People on the left are scared about Trump in a way they were not scared about Reagan or George W. Bush,” said Michael Kazin, a professor of history at Georgetown University who has written extensively on the history of liberalism. Moreover, the uneasiness with Mr. Trump has hardly receded in the nearly six weeks since his election. Half of Americans surveyed in an NBCWall Street Journal poll last week approved of how the president-elect was preparing for the job, a figure far lower than when it was asked of Mr. Clinton in 1992 (77 percent) and Mr. Obama in 2008 (73 percent). Democrats, after a period of shell shock from their loss, say they will offer a wellfinanced resistance. Mr. Trump’s cabinet selections so far, and his refusal to acknowledge Russian efforts to affect the election, have only solidified Democrats’ resolve. But resolve will also confront a reality: Republicans control both chambers of Congress and are in sync with Mr. Trump on many issues. Democrats can make the cabinet confirmation process uncomfortable for Mr. Trump’s nominees, but their chances to actually block anyone rest with the so far unlikely prospect of Republican defections. While the left of American politics often lacks cohesion, leaders of many groups

say this time will be different. The Center for American Progress and some groups directed by David Brock, a liberal strategist, are gearing up for the fight; the Democracy Alliance, a progressive umbrella group, is preparing for a March donor summit to focus entirely on how to regain power in state capitals. And a number of left-leaning activists are planning protests in conjunction with Mr. Trump’s inauguration next month. Democrats have not resolved intraparty tensions that were laid bare in the primary between Mrs. Clinton and Senator Bernie Sanders, but say that they are unified in their view that the Trump presidency represents an existential threat. The matter of what exactly to confront Mr. Trump over is harder to figure. In the next few weeks alone, progressives will be forced to decide how much money and attention to devote to Mr. Trump’s cabinet and White House appointments, his pick to fill a vacant seat on the Supreme Court, his financial conflicts of interest and his stated plan to quickly repeal the Affordable Care Act. That’s not to mention unexpected foreign or domestic crises that may arise as Mr. Trump takes the oath of office. “In terms of needing to fight Trump and get back on track in the states, the left is unified,” said Gara LaMarche, the president of the Democracy Alliance. “The harder question is how you fight intelligently and strategically when every house is burning down.”

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North Carolina’s ‘Bathroom Bill’ Set on Fast Path to Repeal N

orth Carolina lawmakers appear poised to repeal a controversial law widely derided as the “bathroom bill” because it requires transgender people to use restrooms corresponding with the sex on their birth certificate in many public buildings. As part of the deal, the Charlotte City Council voted Monday to repeal the local nondiscrimination ordinance that first prompted legislators to pass the state law. Opposition to the state law, called HB2, cost the state hundreds of jobs, several high-profile sports events and perhaps Gov. Pat McCrory a second term. The repeal would be a remarkable sign of cooperation for Democratic Gov.-elect Roy Cooper and the GOP-controlled legislature. Just last week, lawmakers called a special session and stripped Cooper of some of his authority when he takes office next month. The council’s move is contingent on North Carolina fully repealing HB2 by Dec. 31. Charlotte City Councilwoman Claire Green Fallon said that when she walked into a breakfast with legislative leaders Monday, she had no idea the incoming governor and Republican leaders had struck a deal — apparently over the weekend — to dump the contentious law. McCrory said later Monday that he would call legislators back to the Capitol on Wednesday to repeal HB2, which also excludes sexual orientation and gender identity from antidiscrimination protections. In addition, the measure reaffirms that local governments can’t require area businesses to pay a minimum wage higher than North Caroli-

na’s statewide minimum, currently set at $7.25 per hour. Although Fallon said she was unaware of what was happening at breakfast, Charlotte City Council member Julie Eiselt said some council members received a call from Cooper on Sunday night that there would be a special session to repeal HB2. Eiselt said the move by the council was a leap of faith but council members felt that, because Cooper was comfortable, they would proceed with the vote. She said she thinks there are enough lawmakers in Raleigh who don’t want to see “the continued wreckage that’s happening in our state.” Republicans had said the Charlotte ordinance — which ensured transgender people the right to use restrooms corresponding to their gender identity — had to go first before they would consider getting rid of HB2. Supporters of HB2 were quick to criticize the likelihood that lawmakers would vote for its repeal. “We’re sending the message to our supporters that lawmakers should not now betray people who supported them and compromise common-sense principles like privacy, dignity and freedom from our citizens,” said Tami Fitzgerald, executive director of the North Carolina Values Coalition. Repeal also would break faith with social conservatives just weeks after they knocked on thousands of doors to back McCrory’s re-election effort, Fitzgerald said. The legislative affiliate of the Family Research Council sent out a statement asking supporters to call McCrory and ask him not to call the special session and “stand up to out-of-state bullies.”

The NCAA, which pulled seven championships out of North Carolina because of HB2, welcomed the news. “We are encouraged by the current discussions in North Carolina and remain committed to hosting future NCAA championships to ensure they promote an inclusive atmosphere for college athletes, coaches, administrators and fans,” the organization said in a statement, adding that the relocated championships for 2016-17 will remain in their new cities. And LGBT advocates held out hope that the General Assembly would follow through, although they also said protection from discrimination transcends politics. “LGBT rights aren’t a bargaining chip. Charlotte shouldn’t have had to repeal its ordinance in exchange for HB2 to be repealed,” Simone Bell, the Southern Regional Director for Lambda Legal, said in a statement. “LGBT people in North Carolina still need protection from discrimination.” In March, a full repeal of the law appeared highly unlikely. At the time, Republican legislative leaders didn’t address McCrory’s request to restore the right to sue in state court for employment discrimination, which was one of the bill’s original tenets. But they praised him for reaffirming bathroom provisions in the law. It was in September that McCrory and GOP legislative leaders offered a deal to Charlotte saying they would consider rescinding HB2 if city leaders repealed the ordinance. Charlotte Mayor Jennifer Roberts basically told McCrory and the lawmakers they would have to move first.

Police: Uber Driver Fired in ‘Self-Defense,’ Killing Man A uthorities say a South Florida Uber driver acted in self-defense when he fatally shot a would-be robber. Aventura police spokesman Chris Goranitis says the driver was taking a passenger to Fort Lauderdale-Hollywood International Airport early Sunday when a van driven by 24-year-old Kevin DeVincent Johnson cut him off. Johnson got out of the van with a gun in each hand and confronted Namique Anderson. The Miami Herald reports Anderson fired four

times at Johnson, killing him. Johnson never got off a shot. Police say they believe Johnson committed an armed robbery about an hour before the shooting. Uber officials say the company has a policy against drivers carrying weapons and tell the Herald they’re looking into the incident. Anderson wasn’t charged with a crime. The passenger wasn’t injured. Aventura is a coastal suburb between Miami and Fort Lauderdale.

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Mayor: $13.3 Million Settlements End Hard Part of New Orleans’ Past N ew Orleans’ mayor said a dark chapter in the city’s history has closed with settlements totaling $13.3 million for relatives of four men killed by police around the time of Hurricane Katrina. “We are here to proclaim from the highest mountaintop that the City of New Orleans ... can transform itself from a city of violence into a city of peace,” Mayor Mitch Landrieu said at a Monday news conference after a private prayer service with victims’ relatives and local officials. He called the prayer service a way for the city to say publicly “how intensely sorry I am” that “these individuals were looking for people to protect and serve, and they got the exact opposite.” Landrieu said the settlements with 17 plaintiffs end all civil lawsuits involving the killings. The City Council was “very strong in support” of the settlements, which will be paid out over two years, and approved bond sales to cover them, he said. Sherrel Johnson, the mother of 17-year-old James Brissette, who died in the Sept. 4, 2005, shootings on the Danziger Bridge, was among the victims’ relatives on hand for Landrieu’s announcement. She said she “wholeheartedly” accepts his apology. “Since that time, it has been an awful long and rough road. But me and my family got through it,” she said. Later, she added, “Now this is closure for me, and I can go forward ... because I know the old New Orleans does not exist anymore.” Because criminal cases had to be dealt with first,

the lawsuits have taken more than a decade to settle, Landrieu said. A total of 20 current or former New Orleans police officers were charged in a series of Justice Department civil rights investigations after the August 2005 storm. All but one of the cases centered on alleged police misconduct during the chaos that gripped the flooded city. Eleven officers pleaded guilty to charges related to deadly shootings on a bridge less than a week after Katrina’s landfall. Officers shot and killed two unarmed people and wounded four others on the Danziger Bridge before engaging in a cover-up that included a planted gun, fabricated witnesses and falsified reports. Police killed Brissette and 40-year-old Ronald Madison, a mentally disabled man, and arrested Madison’s brother Lance on false accusations that he shot at officers. Another brother, Dr. Ronell Madison, thanked the mayor and police chief for reforms since the storm. A federal judge who presided over a trial for five of the officers charged in the bridge shootings threw out their convictions in 2013. U.S. District Judge Kurt Engelhardt said at least three government attorneys posted anonymous comments on a New Orleans newspaper’s website, creating a “carnival atmosphere” that “distorted and perverted” justice in the case. Engelhardt ordered a new trial for the five officers, who ultimately pleaded guilty in April. Lawsuits over the bridge shootings had been placed on hold while the criminal cases were pending.

Five other officers were tried on charges related to the death of 31-year-old Henry Glover, who was fatally shot outside a strip mall before his body was burned. Former Officer Gregory McRae, who burned Glover’s body in a car, is the only officer whose conviction in the case still stands. McRae is serving a prison sentence of more than 11 years. The officer who fatally shot Glover was convicted of manslaughter but was later acquitted by another jury after an appeals court awarded him a new trial. Two former New Orleans police officers were convicted of charges stemming from the fatal beating of Raymond Robair, a 48-year-old handyman who died less than a month before Katrina struck. Former training Officer Melvin Williams was sentenced to more than 21 years in prison for kicking Robair, beating him with a baton and telling doctors he was suffering from a drug overdose. Matthew Dean Moore, the recruit Williams was training at the time of the beating, was sentenced to more than five years in prison for submitting a false report and lying to the FBI about the encounter. Robair’s relatives sued the city and former police superintendent Eddie Compass. LaShonda Enclade, Robair’s daughter, attended the news conference. She said she forgives the city, but forgiving the officers involved is more difficult. “The word ‘forgive’ is a very, very, hard word. ... I’m not going to say I can ever forgive them. It’s something to be worked on,” she said.

140 Years Late, Nevada Veteran Lauded With US Medal of Honor A

Nevada Army veteran who died without knowing he won the nation’s highest medal of bravery received the honor he’s been owed for nearly 140 years in a ceremony on Monday. Nevada Rep. Mark Amodei held an event at his Reno office to present a new Medal of Honor to Jerry Reynolds, the 82-year-old grandson and closest surviving relative of the late Private Robert Smith. Smith fought in a battle against American Indian tribes in the Dakota Territory on Sept. 9, 1876, when he was 29. Then-President Rutherford B. Hayes approved the Medal of Honor for Smith in 1877 for showing “special bravery in endeavoring to dislodge Indians secreted in a ravine,” according to Army records. But the award never made it to the veteran, who was born in Memphis, Tennessee as Harry Reynolds but used an alias for unknown reasons. His grandson said the medal was delivered to Camp Sheridan in Nebraska Territory, where Smith had previously

lived, but someone else signed for the package. Smith returned to using his birth name after his discharge from the Army, then later moved to Elko, Nevada. While he talked with his family about his experiences in the so-called Indian Wars, he was better known for his skill driving horses as a teamster than he was for his war heroism, and he died in 1930 without knowing he won the award. In 2011, the Sons of Union Veterans of the Civil

War contacted Jerry Reynolds to let him know about his grandfather’s award. Smith had served as a drummer boy in the Civil War before enlisting in the Army in 1872 under the pseudonym. “It was a total surprise,” said Reynolds, who’d also never known about the Robert Smith name. A document in the soldier’s pension file that explains the name discrepancy suggests he used the alias because he didn’t want friends in Philadelphia to know where he went. Jerry Reynolds contacted Amodei’s office this summer for help in what turned out to be a fiveyear journey to get a new medal. Congressional staff worked with the Army’s Command Awards and Decorations Branch, which announced on Oct. 14 that it would provide a medal to the family as a symbol of the one that never made it to Smith. “It’s certainly been a great experience,” Reynolds said. “They’re very protective of the Medal of Honor ... rightfully so.”

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2 Children Who Died Saving Others Among 21 Carnegie Heroes T

wo children who died saving the lives of even younger children are among 21 people being honored with Carnegie medals for heroism. The Carnegie Hero Fund Commission, based in Pittsburgh, announced the winners Tuesday. Natalie Renee Martin, 11, of Sheboygan Falls, Wisconsin, led her 9-year-old sister, Jenna, to safety when their house burned on Jan. 26. Natalie went back into the house attempting to rescue two other siblings, 10-year-old Benjamin Martin and 7-year-old Carter Maki, but all three were trapped and died later of complications from smoke inhalation. Kiera Vera Larsen, 10, was killed Feb. 22 when she pushed 2-year-old Emmah Gusich out of the way when a parked vehicle began rolling down a sloped driveway toward the toddler in El Cajon, California. Kiera was struck and killed by the vehicle. The commission is named for the late steel magnate and philanthropist Andrew Carnegie, who was inspired by stories of heroism during a coal mine disaster that killed 181 people, including a miner and an engineer who died trying to rescue others. The commission investigates stories of heroism and awards medals and cash several times a year. It has given away $38.7 million to 9,914 awardees or their families since 1904. Other winners announced Tuesday, with rescues taking place in the hometown of each winner unless otherwise noted: — Peter F. Pontzer, 51, of Fairfax, Virginia, and Duncan O.C. Harris, 21, of Buffalo Grove, Illinois, saved a 13-year-old boy from drowning in the Atlantic Ocean at Emerald Isle,

North Carolina, in July 2015. — Ryan R. Rollinger, 39, of Harrisburg, South Dakota, was an assistant principal who saved his principal from further harm after the principal was wounded by a 16-year-old student with a gun at school in September 2015. — William E. Ramirez, 46, of Pembroke Pines, Florida, who saved a Miami police officer from assault when the driver of a taxi pulled over by the officer opened fire in April 2015. — Nathan Ryan Reynolds, 35, of Claremont, California, who saved a 75-year-old woman and 9-year-old girl from a car that crashed into a pond in Marina, California, in January 2015. — R. Wayne Trivette, 67, of Metamora, Ohio, and Timothy A. Holtz II, 35, of Sand Creek, Michigan, who saved an unconscious woman from a burning vehicle after a crash in Jasper, Michigan, in July 2015. — Clark Whitecalf, 41, of Gallivan, Saskatchewan, who rescued a sleeping woman from a burning house in August 2015. — Cody Fields, 24, of Silver Spring, Maryland, and Brian Nesbitt, 35, of Germantown, Maryland, who rescued an unconscious man from a burning car in Silver Spring in September 2015. — Shei’Londa S. Brooks, 25, of Houston, who helped rescue a man from a crashed, burning vehicle in February. — Lori Doppelheuer Kearney, 35, of Maysville, Kentucky, who died in an unsuccessful attempt to rescue her three sons when their house burned in October 2015. — Ivan R. Romero Jr., 39, of Antelope, California, who saved a woman from a burning car hit by a tanker truck in

West Sacramento, California, in July 2015. — Dennis D. Swenson, 67, of Cornucopia, Wisconsin, who died unsuccessfully trying to rescue his 95-year-old mother, Dorothy, when their house burned in May 2015. — Calvin Bradley Stein, 51, of Madoc, Ontario, who saved a 3-year-old girl from being trampled by runaway ponies at a fairground in Tweed, Ontario, in July. — Damian Bell, 35, of Pleasant Hill, Iowa, who helped save a man who fell into an icy pond in Indianola, Iowa, in February. — Joseph Kolanchick, 51, of Albany, New York, who saved a man who fell through the ice at Collins Lake in Scotia, New York, while skating in February 2016. — Joshua Gary Grimmett, 33, of Boise, Idaho, who saved an injured woman from drowning in Mores Creek in May. — Robert M. Shaw Jr., 54, of Wallingford, Connecticut, who saved a man from a burning tanker truck in Meriden, Connecticut, in July 2015.

Holiday Cheer: Students Build Hi-Tech Toys for Disabled Kids B

ecause of her cerebral palsy, 4-year-old Scarlett Wilgis has trouble opening her hands and can’t get around without help. Her parents have scoured store shelves and websites looking for toys for her, but have mostly been disappointed. “Finding the toys at Walmart or Target, they’re pretty much non-existent,” said mom Dezaraye Wilgis, sitting with Scarlett in front of their twinkling Christmas tree in St. Augustine. “Or if you get them through a medical supplier they’re extremely expensive.” While major toy makers have changed with the times and sell dolls with wheelchairs and crutches, those designed to be used by children with severe disabilities like Scarlett are still difficult, if not impossible, to find. Because they have to be customized for each child, the cost can skyrocket. This conundrum gave two University of North Florida professors an idea: mix engineering and physical therapy students in a lab with the goal of converting toys from store shelves into custom-made fun for disabled children. The Adaptive Toy Project is now in its third year, and has drawn a 5-year grant from the National Institutes of Health. It is helping families like Scarlett’s while giving the students a dose of community service and real-world experience that

will stick with them long after graduation. Dr. Alison Cernich, a neuropsychologist and director at the NIH’s Eunice Kennedy Shriver National Institute of Child Health and Human Development, said the agency funded the program because it forces students from different fields to collaborate and solve a problem in the community. “This program is getting students in the early phases of their training thinking about ordinary objects, toys, and how to adapt those toys so that children with limitations can use and play with them like children without limitations,” she said. On a recent day, the school’s small lab buzzed with the sound of tools and chatter as students customized cars for their new owners. Chris Martin, an electrical engineering student, had removed the hood of Scarlett’s car, exposing its wires. A large push button replaced the steering, and light sensors mounted underneath the car will allow it to follow a line of tape along the floor whenever Scarlett hits the button. Now, Scarlett’s parents can design routes for the car with tape, or use a remote-control mode for family walks. When Martin first met Scarlett’s mother, “she actually cried, and it just made me want to work harder,” Martin

said. “I just want to make it as perfect as possible for her.” The cars retail between $250 and $500; the customization makes them worth well over $1,000. The families, about 18 so far, get the cars free. Mary Lundy, a UNF professor of physical therapy who started the Adaptive Toy Project with an engineering colleague, said the students meet with families, go to therapy appointments and schools. “Engineering students teach the physical therapy students how to modify basic electronics ... and in the process engineers learn how to do people-centered designs, and how to look at their clients differently,” Lundy said. For the kids, it’s also a way to continue important therapies through play. Dr. Peter Rosenbaum, a professor of pediatrics at McMaster University in Canada, said his field is increasingly focusing on “augmented mobility,” to give kids a way to move around so they can be more independent. “We can’t fix them,” Rosenbaum said. “What we can do instead is say, ‘What would a child at this age and stage of development be doing if they didn’t have their impairment? How can we give them those experiences?’ This changes the perspectives of everyone around her, and her perspective of herself.”

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Insurer QBE Puerto Rico Gets New CEO

BY MARIA MIRANDA SIERRA [email protected]

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BE Insurance announced Tuesday the appointment of Luis Mathieu as CEO of QBE Puerto Rico. The appointment will be effective Feb. 1, 2017. Currently based in Miami as head of underwri-

ting, Latin America for QBE, Mathieu will relocate to San Juan. As CEO of QBE Puerto Rico, Mathieu will be responsible for driving QBE’s strategy and growth within the local market, including the continued expansion of its commercial lines of business on the island. In keeping with QBE’s vision to be the insurer that builds the strongest partnerships with customers, Mathieu will lead QBE’s operations in Puerto Rico and will be working closely with QBE’s customers and distribution partners. “Luis’ career has included roles in underwriting, claims and general management,” Alessandro Jarzynski, chief underwriting officer for Latin America said in a written statement. “With his more than 27 years of experience in life, non-life and reinsurance, we are confident that he can and will successfully expand our business in Puerto Rico under our Emerging Markets profitable growth strategy.” Prior to joining QBE in 2015, Mathieu held various managerial roles, including as LatAm di-

rector at RSA in charge of technical, claims, reinsurance, and insurance risk. He also spent 12 years at Chubb, where he served in various positions including CEO of Colombia and Brazil as well as technical director in Venezuela. Previously, Mathieu was CEO of a start-up insurance company in Panama and president of Seguros Alfa, the second largest insurance group in Colombia. Mathieu’s appointment follows the relocation of the current CEO Peter Rebrin to Sao Paulo after his appointment as the CEO of QBE Brazil, also effective as of Feb. 1, 2017. QBE’s Latin America region is part of the Emerging Markets Division of QBE Insurance Group Limited, one of the top 20 insurers and reinsurers worldwide. QBE Insurance Group’s 2016 first-half results can be found at www.group.qbe.com. Headquartered in Sydney, Australia, QBE operates out of 37 countries and territories around the globe, with a presence in every key insurance market. The Emerging Markets Division has a presence in 23 markets in Asia Pacific and Latin America.

Walgreens, Rite Aid Shed 865 Stores to Close $9.4 Billion Deal W algreens and Rite Aid will sell 865 stores to rival retailer Fred’s for $950 million, potentially removing the final roadblock thwarting a tie up between the nation’s largest and third-largest drugstore chains. Wall Street certainly saw it that way, sending shares of all three companies higher in early trading Tuesday. Walgreens is working to close its $9.4 billion purchase of Rite Aid early next year. It said Tuesday that it’s selling the Rite Aid stores in response to concerns raised by federal anti-trust regulators. The deal still needs to be approved by the Federal Trade Commission. Walgreens Boots Alliance Inc., based in Deerfield, Illinois, announced in October 2015 that it planned to buy Rite Aid in a deal that would create about 12,000 U.S. locations. That’s several thousand more than the nearest competitor, CVS Health Corp. The combination is expected to give Walgreens beefed-up negotiating muscle with drugmakers and other suppliers and to help enlarge its presence in the Northeast and in Southern California. But the nation’s largest drugstore chain also knew it would have to drop some stores to ease regulatory worry

about competition. Shortly after announcing the deal, Walgreens said it was willing to divest up to 1,000 stores to win regulatory approval, but it expected it wouldn’t have to sell more than 500. Fred’s runs 647 general merchandise discount stores clustered mainly in the Southeast, and it operates 371 full-service pharmacy departments within its stores. It also runs three specialty pharmacies.

Walgreens says its purchase agreement requires Fred’s to buy additional stores if the FTC requires the divestiture of more than 865. Shares of Fred’s Inc., based in Memphis, Tennessee, soared 73 percent, or $8.12, to $19.27 Tuesday morning, while broader indexes started off nearly flat. Rite Aid Corp., based in Camp Hill, Pennsylvania, rose 5 percent, or 42 cents, to $8.59; and Walgreens rose 66 cents to $86.72.

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Trump’s Treasury Pick Moves in Secretive Hedge Fund Circles By MATTHEW GOLDSTEIN and ALEXANDRA STEVENSON

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s a hedge fund manager, Goldman Sachs trader and bank chief executive, Steven T. Mnuchin has long been a member of the financial elite. Yet even on Wall Street he was not widely known before Donald J. Trump chose him to be his campaign fund-raiser last spring. Now, Mr. Mnuchin is on a path to become the first hedge fund manager to head the Treasury. As befitting that closeddoor world of finance, Mr. Mnuchin’s record shows a willingness to take on risks and a penchant for secrecy that members of both parties expect will be a focus of his Senate confirmation hearing. A case in point is a Delaware company that he owns, Steven T. Mnuchin Inc., whose existence has not been reported outside of official records. Mr. Mnuchin set up the company months before Goldman went public in May 1999. It had a Goldman mailing address and at least one Goldman director. It stayed that way years after he left the Wall Street bank in 2002 to start his hedge fund career. Its purpose is a mystery. The only clue is in a description on corporate filings in Delaware calling the entity an “investment in partnerships.” Barney Keller, a representative for Mr. Mnuchin, said the company “held small legacy Goldman Sachs investments” and “hasn’t made any new investments since 2002.” Over the course of his career, Mr. Mnuchin, 53, has kept a low profile and has rarely granted interviews. His one previous spell in the limelight was when he ran OneWest Bank. He and other deep-pocketed investors cobbled together the California bank out of the wreckage of IndyMac, a lender that the federal government seized in 2008 as the financial crisis grabbed hold of the nation. His tenure at OneWest spurred controversy because tens of thousands of borrowers — many of them older people — were foreclosed on. When a group of protesters gathered outside his Los Angeles house in October 2011 to voice their anger at OneWest’s foreclosure practices, police officers were called to disperse the crowd. He responded later by periodically scrubbing the internet of any reference to his home address to protect the privacy of his three young children, according to a filing Mr. Mnuchin made in a 2014 divorce proceeding. He is more comfortable in his own element — wealthy hedge fund managers like himself. Days after being tapped by Mr. Trump to be his finance chairman in May, Mr. Mnuchin flew out to a hedge fund conference at the Bellagio hotel in Las Vegas. There, in a swirl of rock concerts, pool parties and casino nights, he schmoozed with billionaires. Mr. Mnuchin dined with Kenneth C. Griffin, the Chicago hedge fund titan, and government veterans like David H. Petraeus, the former C.I.A. director and retired general, and John A. Boehner, the former House speaker. He shook hands with Leon Cooperman, a 73-year-old pioneer in the industry and another Goldman Sachs alumnus. The courting paid off: Not long after the hedge fund conference, Mr. Mnuchin helped bring the billionaire investor John A. Paulson on as a donor, as well as Wilbur L. Ross Jr., now Mr. Trump’s commerce secretary nominee.

It is these ties, however, that are expected to be fertile ground of investigation for senators who must confirm his selection as Treasury secretary. “I think he would be controversial — former Treasury secretaries have been top bankers and businessmen or lawyers and they were well-recognized top leaders in their professions,” said Prof. Richard Sylla at the Stern School of Business of New York University, whose research focuses on financial history and economics. “But Mnuchin wasn’t that famous as a Goldman Sachs guy, and probably not even as a hedge fund guy, so why is he there? Well, he took the job of raising money for Trump.” Mr. Mnuchin shares a network with some of the biggest names in the $3 trillion hedge fund industry, but his work with Mr. Paulson is of particular interest. An adviser to Mr. Trump, Mr. Paulson, who is best known for making a $15 billion wager that the housing market would collapse, has managed some money for the president-elect. The day after Mr. Trump formally selected him, Mr. Mnuchin said that the government should get out of the business of running Fannie Mae and Freddie Mac, the two giant mortgage finance firms that the federal government bailed out in 2008. The shares of the two companies soared in response to his words — some of the sharpest one-day gains for the stocks since the government conservatorship began. The seemingly off-the-cuff declaration was cheered by hedge fund managers and others who have bet big on the privatization of Fannie and Freddie. One of Mr. Paulson’s bigger bets is that the federal government will return Fannie and Freddie to private investors largely unfettered. And Mr. Mnuchin’s remark may have benefited someone else: Mr. Trump has invested $3 million to $15 million with Mr. Paulson’s hedge fund, according to the financial disclosure statement filed during his run for president. To date, the Trump transition team has not commented on whether Mr. Trump continues to own stakes in Mr. Paulson’s firm and other hedge funds listed on the disclosure statement. “We’re not sharing any additional information at this time,” said Jason Miller, a Trump representative. The president-elect has said that he will announce a plan for separating himself from his many business interests before his inauguration on Jan. 20. Similarly, Mr. Mnuchin will have to file financial disclosures with the Senate Finance Committee before his confirmation hearing. On Monday, he began the process by filing three years of tax returns. Mr. Mnuchin’s time at his hedge fund, Dune Capital Ma-

nagement, which he formed with two former Goldman colleagues in 2004, is one area that the Senate Finance Committee is expected to examine more closely. At its peak, the firm had roughly $2 billion and was backed by the billionaire investor George Soros. It had a taste for real estate, movie financing deals and exotic investments including life insurance policies, which Dune bought through a third party at discounted prices from cash-poor older Americans. Dune had plans to package the insurance policies — called life settlements — into bonds that could be sold to investors. Life settlements represent one of the most macabre actuarial bets that Wall Street has dreamed up. It’s a wager that the elderly person selling the policy will die sooner rather than later, meaning the hedge fund does not have to make many premium payments to keep the insurance policy in force and collect the payout upon that person’s death. But the market for life settlements largely collapsed during the financial crisis. Eventually, Dune, like many hedge funds during the worst of the crisis, faced investor withdrawals. Mr. Mnuchin and one of his co-founding partners, Chip Seelig, decided to wind down the operation. The real estate arm of Dune was spun off into a firm led by Dune’s third co-founder, Daniel M. Neidich. After the split, Mr. Mnuchin and Mr. Seelig set up shop in Southern California. Both became big players in movie financing, lending money to hits like “Avatar” and “Gravity” along with flops like “In the Heart of the Sea.” But it was the deal for a failed California bank, IndyMac, that contributed mightily to Mr. Mnuchin’s personal fortune and the one deal that has created the most political heat. On Friday, Senate Democrats, in a sign that they intend to go hard after Mr. Mnuchin, set up a website that calls him the “foreclosure king,” and asked customers of OneWest to submit complaints in advance of the confirmation hearing. In late 2008, Mr. Mnuchin joined with Mr. Paulson to put together the OneWest deal. They were part of the initial round of bidding for the assets of IndyMac, which the Federal Deposit Insurance Corporation had seized that summer. The group, which also included Mr. Soros and other investors, won the deal with a $1.55 billion bid. One of the competing bids was put together by J. Tomilson Hill, head of the Blackstone Group’s hedge fund and asset management group, and Goldman. “As a deal person, I had nothing but admiration for how entrepreneurial he was and how quickly he adapted to the circumstances,” Mr. Hill said in a recent interview. He was one of the first to call Mr. Mnuchin to congratulate him on his new job as campaign finance chairman. The remnants of IndyMac reopened under the name OneWest with Mr. Mnuchin as chairman and chief executive. But controversy followed, including complaints over foreclosures on soured mortgages that IndyMac had written before the crisis. In particular, it drew scrutiny for its business in reverse mortgages — products pitched to older people who had paid off their initial mortgages but needed cash. The Department of Housing and Urban Development is investigating complaints about the foreclosure practices of OneWest’s reverse mortgage business, which resulted in 16,000 foreclosures alone.

16 Wednesday, December 21, 2016 Stocks

The San Juan Daily Star

Banks and Travel Stocks Rise as Dow Inches Close to 20,000

B

ig gains for banks and companies focused on travel helped propel U.S. stock indexes to record levels on Tuesday. The Dow Jones industrial average moved closer than ever to 20,000, but the symbolic threshold remained just out of reach. Banks once again led the way Tuesday as bond yields and interest rates bounced higher. Strong earnings from cruise line operator Carnival and gains for travel website TripAdvisor led consumer companies higher. Household goods makers fell after Cheerios maker General Mills cut its sales projections for the year, and energy companies fell for the second day in a row. That hadn’t happened three weeks. The Dow came within 13 points of the 20,000 mark around 10 a.m. Trading remained light as the Christmas holiday approached. Stocks have soared since the presidential election and the Dow has risen almost 1,000 points in under a month, and some investors think that means stocks won’t move much in 2017. “We’re at fair value,” said Scott Wren, a senior global equity strategist at the Wells Fargo Investment Institute. “This is not going to be a big return year for the stock market.” The Dow gained 91.56 points, or 0.4 percent, to a record close at 19,974.62. The Standard & Poor’s 500 index picked up 8.23 points, or 0.4 percent, to 2,270.76. The Nasdaq composite also finished at a record as it added 26.50 points, or 0.5 percent, to 5,483.94. The Russell 2000 index of small-company stocks jumped 12.27 points, or 0.9 percent, to 1,383.96. Bond prices reversed course and fell after climbing higher Monday. The yield on the 10-year Treasury note rose to 2.56 percent from 2.54 percent. Bond yields have risen sharply of late, and that’s good for banks because higher bond yields are linked to higher interest rates, which let them make more money from lending. Regions Financial rose 30 cents, or 2.1 percent, to $14.58 and Citigroup gained $1.14, or 1.9 percent, to $60.80. Cruise line operator Carnival reported profit and sales that were stronger than expected. The company said bookings for trips in 2017 are stronger than they were at this time last year. It said both ticket sales and prices are up. Carnival stock rose $1.17, or 2.3 percent, to $52.49 and competitor Royal Caribbean gained $2.85, or 3.4 percent, to $85.40. Travel website operator TripAdvisor jumped $2.34, or 5 percent, to $48.79 after it said it will start adding some Expedia brands to its instant hotel booking platform. Other consumer companies also gained ground. Used car dealership Carmax jumped $3.80, or 6.1 percent, to $66.16 after a strong earnings report. Consumer-focused companies have outperformed the market since the November election as investors expect them to benefit from a possible pickup in economic growth. But the sector has lagged the market in 2016 after a large gain a year ago.

MOST ASSERTIVE STOCKS

PUERTO RICO STOCKS

COMMODITIES

CURRENCY

LOCAL PERSONAL LOAN RATES

LOCAL MORTGAGE RATES Bank

FHA 30-YR POINTS CONV 30-YR POINTS

BPPR Scotia CooPACA Money House First Mort Oriental

3.00% 3.50% 3.50% 3.75% 3.50% 3.50%

0.00 0.00 2.00 2.00 0.00 0.00

3.50% 4.00% 3.75% 3.75% 5.50% 3.75%

000 0.00 2.00 2.00 0.00 5.50

Bank

PERS.

CREDIT CARD

AUTO

BPPR

--.--

17.95

4.95

Scotia

4.99

14.99

4.99

CooPACA

6.95

9.95

2.95

Reliable

--.--

--.--

4.40

First Mort

7.99

--.--

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Oriental

4.99

11.95

4.99

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

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Germany Releases Berlin Attack Suspect as ISIS Claims Involvement By ALISON SMALE and MELISSA EDDY

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erman officials on Tuesday released the chief suspect in the gruesome terrorist attack against a Christmas market in Berlin, launching a nationwide search for an attacker that the Islamic State claimed had acted on the terror group’s behalf. Early in the day, the authorities announced that they had the arrested a 23-year-old Pakistani asylum seeker who arrived in Germany last December as a suspect. But as the day progressed they expressed uncertainty that he was indeed the driver of the truck. By evening the federal prosecutor said the man had been released because there was no proof linking him to the crime. An examination of both the suspect and the cab of the truck turned up no proof that he had been in it, the prosecutor said. That meant the culprit was still on the run, and far-right politicians wasted no time in pinning responsibility for the deaths on Chancellor Angela Merkel. Not only did the attack usher in the shattering realization that Germany, too, was now among the front ranks of European countries, alongside France and Belgium, that have suffered large-scale attacks in recent years. The Islamic State released a statement on Tuesday through its Amaq news agency describing the driver of the truck as “a soldier” who had answered the call to wage attacks against countries fighting the group, which is also known as ISIS, ISIL or Daesh. But it offered no other details about the driver’s identity or whether he had directly interacted with the group or was just sympathetic to it. The attack in Berlin, which killed 12 people and wounded many others, immediately heightened the sense of political vulnerability around Ms. Merkel, a linchpin of European unity. And it came at a precarious time of concern about Russian meddling and a populist backlash over her decision to open German borders to nearly a million migrants and refugees in 2015. Her political opposition issued a surprisingly speedy and stinging reproach, even in the midst of the grieving over the 12 killed and dozens wounded on Monday when a driver plowed

the truck through Christmas stalls selling holiday gifts, crafts and snacks, and then fled. The Berlin victims were labeled “Merkel’s dead” by Marcus Pretzell, leader of the Alternative for Germany party in the country’s most populous state, North Rhine-Westphalia. Frauke Petry, the party leader, said bluntly, “Germany is no longer safe.” Daniela Schwarzer, leader of the German Council on Foreign Relations, said that the statements offered a taste of the bitter debate to come in 2017. “They were very quick to link this directly to Merkel, and they said horrific things, blaming her for the deaths,” Ms. Schwarzer said. “That gives us a sense of what is coming in the electoral campaign,” she said, adding that after an especially nasty presidential campaign in the United States, German politicians, too, may abandon traditional decorum. Early in the day, a somber Ms. Merkel, dressed in black, acknowledged what people across Europe had been fearing with the approach of the holiday season: One of the Continent’s ubiquitous Christmas markets appeared to have been targeted for assault. “We must assume at the current time that it was a terrorist attack,” Ms. Merkel told reporters on Tuesday. She later appeared in a black wool coat, bearing a white rose to lay at a memorial outside of a church in the heart of western Berlin, near the scene of the attack. Even as she was mourning, Peter Frank, the country’s federal prosecutor, insisted that while the similarities to last summer’s Bastille Day attack in Nice, France, led his office to suspect that the Berlin attack was motivated by terrorism, he was unable to produce any hard evidence. “We are investigating in all directions,” Mr. Frank said, explaining that he decided to start an investigation given the symbolism of the target and the timing, less than a week before Christmas Eve. “We have not limited ourselves to one suspect or one possible perpetrator,” he added, “But we can’t make a final assessment whether it is a terrorism-motivated attack, or whether it was a copycat act.”

The path of destruction at the Christmas market in Berlin on Tuesday, after the truck was removed from the site. In a country where a painful experience with fascism has placed personal privacy at a premium, the investigation was sure to be complicated by the absence of surveillance cameras that have become the norm in cities like London. Instead, officials appealed to witnesses and the public to provide tips or video of the crime scene and any suspects, and to avoid posting them on social media outlets. German officials are normally tight-lipped about highprofile investigations, preferring to withhold any information until they have clear answers. The readiness to go public at such an early stage of the investigation reflects the sensitivity of the issue and the political problems Ms. Merkel already faces over her government’s policy of admitting refugees by the hundreds of thousands. That policy, though welcomed at the time, has come under mounting criticism over the last year, as Germany has been targeted by a series of smaller, less deadly, but unnerving incidents involving foreigners. “I know that it would be particularly difficult for all of us to bear if it is confirmed that this deed was carried out by a person who sought protection and asylum in Germany,” Ms. Merkel told reporters Tuesday. She vowed to punish those behind the crimes “as severely as our laws demand.” What authorities can say for certain is that a tractor-trailer with Polish license plates and laden with steel rods jumped a sidewalk around 8 p.m. Monday and plowed into the market near the Kaiser Wilhelm Memorial Church, a symbolic Berlin site whose spire, jagged from bomb damage, was intentionally left unrepaired after World War II.

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Wednesday, December 21, 2016

The San Juan Daily Star

Turkey, Russia Vow Cooperation After Ambassador’s Killing R

ussian investigators worked Tuesday to determine whether the assassination of their ambassador to Turkey was the work of a lone gunman or part of a wider conspiracy as the two countries, which have backed opposing sides in the Syrian war, said they would not let the killing disrupt efforts to repair their relationship. In a separate attack, a man with a shotgun was detained after he fired into the air outside the US Embassy in Ankara, the Turkish capital. No one was hurt. Ambassador Andrei Karlov was shot dead Monday by a Turkish policeman who shouted slogans about Aleppo, a Syrian city where Russian bombardments have targeted rebel factions. Authorities identified him as a 22-year-old member of Ankara’s riot police squad, but did not disclose any motive for the attack. On Tuesday, the foreign ministers of Russia and Turkey attended a previously scheduled meeting in Moscow, where they said they were committed to advancing peace efforts in Syria. Turkish Foreign Minister Mevlut Cavusoglu said Turkey and Russia would work together to determine who was behind the “heinous terror attack” against Karlov, who was killed in front of a stunned audience while making remarks at a photo exhibition in Ankara. Russian Foreign Minister Sergey Lavrov was hosting Cavusoglu as well as the foreign minister of Iran for a meeting to discuss the

Syrian crisis. Top Turkish, Russian and Iranian defense officials were also meeting. Russia and Iran have backed the government of Bashar Assad, while Turkey has supported rebels fighting Assad. “Turkey and Russia have shown the world what they can achieve when they cooperate,” Cavusoglu said in at the start of the meeting with Lavrov. He was referring to a Turkishand Russian-brokered peace deal that paved the way for the evacuation of thousands of people from the east of embattled Aleppo. The presidents of Russia and Turkey, Vladimir Putin and Recep Tayyip Erdogan, agreed that the killing of the Russian ambassador “makes us more decisive in fighting terrorism and makes today’s meeting even more important,” Lavrov said. Both foreign ministers lay flowers in front of a photograph of the ambassador at the Russian Foreign Ministry mansion where talks were taking place. Cavusoglu said a street where the Russian Embassy in Ankara is located would be renamed for Karlov. Karlov’s assailant, identified as Mevlut Mert Altintas, was later killed in a shootout with police. An Associated Press photographer and others at the art gallery watched in horror as Altintas, who was wearing a dark suit and tie, fired at least eight shots, at one point walking around the ambassador as he lay motionless and shooting him again at close range. A group of 18 Russian investigators and foreign ministry officials left for Ankara to

Russian Foreign Minister Sergey Lavrov (right) and Turkey’s Foreign Minister Mevlut Cavusoglu attend a ceremony in memory of Russian Ambassador to Turkey Andrei Karlov, who was fatally shot by a Turkish policeman Monday at a gathering in Ankara, Turkey, before their talks on Syria in Moscow, Russia, Tuesday. investigate the killing, Putin spokesman Dmitry Peskov said. The ambassador’s body and his family will be brought back to Russia in the same plane that flew in the Russian experts, according to Russia. Authorities are trying to determine whether Altintas acted alone or if his assault was an organized terror attack, Turkey’s Hurriyet newspaper reported. His actions appeared to be well-planned. Altintas had taken leave from work on medical grounds and booked himself into a hotel

near the exhibition center, Hurriyet said. Turkish police detained three more people connected to Altintas on Tuesday, raising the number of people in custody to seven, Turkey’s state-run Anadolu news agency reported. They include the man’s parents, sister, three other relatives and his roommate in Ankara. The assassination occurred after days of protests by Turks angry over Russia’s support for Syrian leader Assad and Russia’s role in the bombardment and destruction of parts of Aleppo. Also Tuesday, Turkish police detained a man who fired shots in front of the US Embassy, which is across the street from the building where the Russian ambassador was killed. It was not immediately known if the two incidents were connected. The man took out a pump-action shotgun hidden in his coat and fired around eight shots in the air before embassy security guards apparently overpowered him, according to the Anadolu agency. The US Embassy said its missions in Ankara, Istanbul and the southern city of Adana would be “closed for normal operations on Tuesday.” Authorities increased security outside the Russian Embassy, and the Iranian Embassy was closed on Tuesday as a precaution. Russian Deputy Foreign Minister Oleg Syromolotov warned against traveling to Turkey, citing attacks that have hit the country over the past 18 months.

Russia, Iran, Turkey Ready to Guarantee Syria Settlement R

ussia, Iran, and Turkey are ready to act as guarantors to a future settlement between the Syrian government and the opposition, Russian Foreign Minister Sergey Lavrov said Tuesday, as hundreds more residents left the opposition’s last foothold in eastern Aleppo. The announcement from Moscow underscored Turkey’s position as a key broker in the Syria conflict, after it mediated last week’s agreement with Russia to have the opposition surrender its presence in Aleppo, Syria’s largest city. The United States was notably absent from the meeting between the foreign ministers of Turkey, Russia, and Iran. Moscow is a staunch ally of Syrian President Bashar Assad, while Ankara sponsors

the rebels seeking to topple him. The talks in the Russian capital were a sign that the two countries wanted to keep their ties on track after the dramatic assassination of Russia’s ambassador to Turkey the previous night by an Ankara policeman. After killing his victim, the shooter cried out, “Don’t forget Aleppo! Don’t forget Syria!” — a reference to Moscow’s role in backing Syria’s assault on the city politically and militarily with airstrikes. In Aleppo, a fleet of buses entered east Aleppo again Tuesday afternoon to evacuate the remaining rebels and civilians from the city, activists said. Opposition media activist Ahmad Primo said the fleet could well be the last one to leave the city. He spoke to The Associated

Press from the Rashideen crossing between government and rebel-held territory in the Aleppo countryside. Primo estimated 2,000 people remain awaiting evacuation. The Britain-based Syrian Observatory for Human Rights said 60 buses were sent to pick up 3,000 gunmen and civilians remaining. Residents from eastern Aleppo and the Syrian opposition say the evacuation amounts to forced displacement. Months of devastating Syrian and Russian air raids that destroyed buildings, hospitals and schools in the enclave — and reduced much of eastern Aleppo to rubble — left the residents with little choice but to flee. The precise number of people seeking evacuation — and who have already left —

has never been clear. Observatory head Rami Aburrahman said 17,000 civilians and 5,000 fighters have left; the International Committee of the Red Cross, which has overseen the evacuations, said 25,000 have left; and the Turkish Foreign Ministry’s figure is 37,000. Lavrov said in Moscow that the evacuations could continue for another one or two days. Abdurrahman said the fate of 70 progovernment fighters taken prisoner by rebels over the course of four years of fighting over the rebel enclave remains unknown. He says they were supposed to be handed over to the government as part of an agreement to allow the opposition to evacuate the city

The San Juan Daily Star

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Swiss Police: Body of Zurich Shooting Suspect Found P

olice investigators in Zurich have suspended a hunt for the suspected gunman behind an attack on a mosque frequented by Somali migrants after the discovery of a body in the vicinity that is believed to be that of the assailant, officials said Tuesday. Cantonal (state) police in Switzerland’s largest city said Tuesday on Twitter that “we are working on the assumption that the dead person who was found is the culprit in the shooting at the Islamic Center in Zurich.” A news conference was scheduled for later in the day.

Police officials said the search was suspended, but the investigation was continuing into the incident, in which three people were injured Monday after a gunman dressed in dark clothes stormed the mosque’s prayer hall and opened fire on worshippers, wounding three people before fleeing. Shortly after the shooting, police found the corpse close to nearby Gessner bridge, next to the neighborhood of trendy cafes and the city’s red-light district where the mosque is located. A police spokesman has said that officials were exploring a possible

connection between the mosque shooting and the body. Authorities weren’t considering the attack as terrorism, police spokesman Marco Bisa said. The three people injured, aged 30, 35 and 56, were hospitalized, he said, without specifying their nationalities. Several people were wounded in a shooting at a mosque frequented largely by Somali immigrants in Switzerland’s largest city, and the suspect remains at large, Zurich police said Monday.

In Russia, Dozens Die After Drinking Alcohol Substitute By IVAN NECHEPURENKO

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ozens of people in the Siberian city of Irkutsk died after drinking cheap surrogate alcohol over the weekend, evoking memories of the poverty and social depression that came after the collapse of the Soviet Union. The tragedy was a reminder that while President Vladimir V. Putin may be taking a star turn on the world stage — dominating the war in Syria and alarming European and American leaders who fear the Kremlin is undermining democracy — Russia remains in many respects a struggling country. For all his bravado, Mr. Putin continues to wrestle with domestic economic woes, widening inequality and endemic corruption. The economy, deeply dependent on oil revenues, was thrown into recession in 2015,

At least 48 people died in the Siberian city of Irkutsk after consuming bath lotion containing methanol as a cheap substitute for drinking an alcoholic beverage. after a collapse in oil prices, and is just now emerging tentatively into positive territory. The ensuing collapse of the ruble and Western economic sanctions over the Kremlin’s maneuvers in Crimea and Ukraine have hit

Child Victim of Egypt Church Attack Dies; Death Toll Now 27

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gypt’s state news agency says a 10-yearold girl who was critically wounded in the suicide bombing at a Cairo church earlier this month, has died of her wounds. The fatality raises the death toll from the attack to 27. Egypt’s Islamic State affiliate has claimed responsibility for the bombing, though authorities blamed the banned Muslim Brotherhood group. The little girl, Maggie Mamoun, became

the face of the Coptic community’s grief in the days following the horrific bombing, with photos of the smiling child circulating on social media, along with prayer requests. The MENA news agency said on Tuesday that her funeral will be held at the church that was bombed. The attack was the worst in living memory on Egypt’s Christians, who make up nearly 10 percent of the population.

living standards hard. The number of victims in Irkutsk — 49 dead, as of late Monday — evoked earlier periods in Russian history when alcohol was restricted and people turned to substitutes. Under Mikhail S. Gorbachev, who in the mid-1980sordered shelves emptied of vodka and historic vineyards razed, many Russians drank after-shave, window cleaners and antifreeze. Now they are doing so again because they can no longer afford even the cheapest vodka. This is particularly true in the struggling districts outside the more prosperous

cities of Moscow and St. Petersburg. Irkutsk, a city of 620,000 people known as the gateway to Lake Baikal, is typical of those locales. Once an industrial center, it faced a bleak future after its markets for heavy machinery vanished with the collapse of the Soviet Union. The victims had consumed scented bath lotion containing methanol, a cheap substitute for the ethanol in standard alcoholic beverages. A local prosecutor, Stanislav Zubovsky, told the Interfax news agency that a total of 57 people went to hospitals over the weekend.

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UN Rights Chief: Investigate Philippine Leader for Killings T he U.N. human rights chief asked Philippine authorities Tuesday to investigate President Rodrigo Duterte for murder after he claimed to have killed people in the past and also to examine the “appalling epidemic of extra-judicial killings” committed during his anti-drug crackdown. Philippine judicial authorities “must demonstrate their commitment to upholding the rule of law and their independence from the executive by launching a murder investigation,” U.N. High Commissioner for Human Rights Zeid Ra’ad Al Hussein said, adding it’s “unthinkable for any functioning judicial system not to launch investigative and judicial proceedings when someone has openly admitted being a killer.” Since taking office in June, Duterte has obsessively overseen the crackdown on illegal drugs that has left more than 6,000 people dead. Philippine government officials have defended police actions during

the crackdown, and the president has met past such calls with angry tirades. Zeid’s call, made in a statement issued in Geneva, was sparked by Duterte’s remarks in recent speeches that as a town

mayor in southern Davao city in 1988, he killed three suspected kidnappers in a firefight where he was backed up by three police officers. He later clarified he was unsure whether the bullets from his M16 rifle killed the suspects. The brash-talking president has also suggested that he used to roam around his sprawling city as mayor on a big motorcycle to look for criminals to kill so policemen would emulate him. “In Davao, I used to do it personally. Just to show to the guys that, if I can do it, why can’t you?” Duterte said last week. “I go around in Davao with a motorcycle, with a big bike around and I would just patrol the streets and looking for trouble also. I was really looking for an encounter to be able to kill.” Duterte’s acts “directly contravene the rights” enshrined in the Philippine constitution and the killings recalled by the president “also violate international law,” Zeid said. The U.N. official also said Duterte’s

encouragement of others may constitute incitement to violence and expressed concern about Duterte’s assurances that police officers who commit human rights violations would be immune from prosecution. “The perpetrators must be brought to justice, sending a strong message that violence, killings and human rights violations will not be tolerated by the state and that no one is above the law,” he said. Justice Secretary Vitaliano Aguirre II, however, has defended Duterte, saying the president often exaggerates killings of criminals to send a chilling warning to lawbreakers. Aguirre said Duterte may have been resorting to hyperbole in his description of roaming around Davao on his motorcycle. Duterte previously threatened to withdraw the Philippines from the United Nations for its criticism of his drug crackdown, describing the world body as inutile in the face of genocidal killings in other places.

China Returns Seized US Underwater Drone T he Chinese government has returned the US underwater drone it seized last week in the South China Sea, according to Chinese and US officials. “After friendly consultations between China and the United States, the transfer of the US underwater drone was smoothly completed,” a statement from the Chinese Ministry of Defense said. The Pentagon said the United States would continue to investigate the “unlawful” seizure, which took place in international waters about 50 miles northwest of Subic Bay in the Philippines. “The US remains committed to upholding the accepted principles and norms of international law and freedom of navigation and overflight and will continue to fly, sail, and operate in the South China Sea wherever international law allows, in the same way that we operate everywhere else around the world,” the Pentagon said in a statement.

China has built up military bases in the South China Sea, which is home to a tense territorial dispute. The incident has threatened to further unsettle ties between China and the US, where President-elect Donald Trump has shown himself increasingly willing to confront and challenge Beijing on a range of issues. Analysts said the drone grab may have been at least partly in response to

Trump’s recent comments on China and his questioning of a long-standing US policy that Taiwan is part of China. “Such a dramatic upping of the ante is out of character for China, and American officials should understand that Beijing now appears willing to take increasingly risky actions,” said Michael Auslin, the author of upcoming book “The End of the Asian Century: War, Stagnation, and the Risks to the World’s Most Dynamic Region.” The unmanned underwater vehicle (UUV), which the Pentagon also called an “ocean glider,” was taken Thursday from the USNS Bowditch -- an unarmed oceanographic survey ship -- as it was attempting to

retrieve it and another underwater vehicle, the Pentagon said. A Chinese navy submarine rescue vessel launched a small boat and seized the vehicle. The Pentagon said the Chinese ship ignored repeated demands to return the vehicle from the USNS Bowditch. A Chinese Ministry of Foreign Affairs spokesperson denied the drone had been stolen, as Trump claimed in a tweet. “First I want to say we strongly dislike the term ‘steal’ as it’s entirely inaccurate,” she said. “The Chinese navy discovered the device -- and identified and verified it in a responsible and professional manner. Whether the device was lifted out of water and dragged in water, I think the key point was that the Chinese navy did so in a responsible and professional manner. And they did so to prevent it from harming navigational and personnel safety of passing ships.”

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New York Times Editorials

Venezuela’s Currency Madness By THE EDITORIAL BOARD

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resident Nicolás Maduro of Venezuela made a baffling announcement on Dec. 11, saying that his government intended to yank the 100 bolívar note from circulation in three days to thwart a supposed plot to hoard Venezuelan currency abroad. Any 100 bolívar bills that were not exchanged at the central bank within 10 days would become worthless. The result of this reckless decision was predictable. Venezuelans, who have endured months of chronic food and medicine shortages, mobbed banks and A.T.M.s in a desperate attempt to offload their stacks of the highest denomination bill, which has become so devalued it is now worth roughly 3 cents in American dollars. Shops and merchants stopped accepting the note, all but paralyzing an economy wrecked by years of abysmal mismanagement. Looting and riots erupted in several cities. When Mr. Maduro announced a delay in plans in light of the chaos on Saturday, he predictably blamed the United States for being behind the hoarding of currency to cripple the economy, calling the plot “the revenge of Obama.”

That is ludicrous. The unrest and violence in Venezuela are entirely the doing of the Maduro government, which has spent years suppressing the opposition and imposing arbitrary currency controls that have made a once prosperous economy one of the world’s most dysfunctional. The Obama administration has sought in recent months to nudge the government and opposition factions to find collaborative solutions to the country’s ills and offered to help with delivery of humanitarian aid. The collapse of order in Venezuela could set off a refugee crisis that would destabilize the region. So far, international efforts to get the government to accept humanitarian aid and negotiate in good faith with the opposition have faltered. This summer, opposition leaders, who control the National Assembly, thought they had a good shot at ousting Mr. Maduro by holding a recall referendum. That initiative fizzled as Maduro loyalists in the government made it impossible for opposition factions, which are deeply divided, to meet the procedural requirements necessary to hold an early vote. This has left the opposition with no discernible strategy to extract concessions from an authoritarian and paranoid government whose actions

are becoming increasingly bizarre. Even though Venezuela was expelled from the regional trade bloc Mercosur in early December, Foreign Minister Delcy Rodríguez last week flew to Buenos Aires to crash a diplomatic summit meeting the group held. “If they slam the door on us, we will sneak in through the window,” a defiant Ms. Rodríguez warned before trying to elbow her way into the meeting. Argentine security forces had to physically restrain her. In coming weeks, the Trump administration will have to assess Venezuela’s worsening crisis and take stock of its policy options. Late in the presidential campaign, Donald Trump pledged to “stand with the oppressed people of Venezuela yearning to be free.” He offered no details of what that would entail. One thing is certain: He should avoid getting drawn into a war of words with Mr. Maduro. Venezuela’s flailing leader would happily use any excuse to claim foreign intervention to justify even greater repression of his people.

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FASHION & BEAUTY

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The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

Women in Black

by Carolina Herrera

By IRIS EDÉN SANTIAGO Special to The STAR

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t is your go-to color for anything and everything. The one color that most women cannot live without. And it is so much more than a little black dress! Black is the color that will never go out of style. It flatters every skin tone, can be worn with all kinds of accessories from gold and gems to diamonds and pearls. Or nothing at all. But first and foremost, black makes you look thin and thinner instantly. And that is the one quality that every woman seeks and loves in any and every outfit. Is it slimming? Experts and fashion designers take black very seriously. Because it is such an anchor of style, garments and pieces in black lace, tulle, chiffon, silk, denim and by Carolina Herrera any other fabric must be designed and sewn to perfection. Otherwise, designers take the unwanted risk

by Oscar de la Renta by Carolina Herrera

by Carolina Herrera

by Ellie Saab

of creating cheap, Halloween-ish or Gothic looks that appeal only to a specific crowd. So black leather, black jackets, black pants, black shirts, black dresses, black evening gowns and black shoes. Once you choose black you rarely go back. Black is always chic, sophisticated, safe and yes, the signature style of fashionistas and fashion icons, and it remains the preferred IN color in New York City … and Paris, Rome, Madrid, Milan, Vegas … Black ensembles will always be right in any part of the globe all year long. At the beach? Seductive and mysterious! And don’t forget, figureflattering. It is also the color of power, elegance and control, because color choices do matter. Not only do colors have an impact on the outside, they carry an emotional component as well. And black exudes power, authority and confidence. Following are some of the most memorable quotes about the color black: 1. “You can wear black at any time. You can wear it at any age. You may wear it for almost any occasion.” -- Christian Dior 2. “Women who wear black live colourful lives.” -- Neiman Marcus 3. “Black is modest and arrogant at the same time. Black is lazy and easy -- but mysterious. But above all black says this: I don’t bother you -- don’t bother me.” -- Yohji Yamamoto 4. “I love black because it affirms, designs and styles. A woman in a black dress is a pencil stroke.” -- Yves Saint Laurent 14. “One is never over- or underdressed with a little black dress.” -- Karl Lagerfeld

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

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Barreto Full of Bounce Despite Knee Surgery New CD Shows Nothing Can Keep Him Down By PEGGY ANN BLISS Special to The STAR [email protected]

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ittle Josué Alexis Barreto Valentín hit the jackpot when it came to picking his antecedents: two of his uncles -- Alberto and Marcelino Barreto -- were singers, for whom Christmas was all about sharing. These two older brothers in his father’s Isabela home of 12 children became his mentors, as they sang in salsa groups and “parrandas” every holiday season. Barreto, as the 44-year-old entertainer is known, picked up the bug at age 4, and since then took in all he could from these serenading relatives. In his own hometown of Río Grande, he learned many more things, which make him the personality, businessman and sportsman he is today. The audacious singer/percussionist and his 10-member band make the holiday rounds of parties, conventions, tree lightings and patron saints events, often far afield from his traditional relatives, never far from his roots. Eventually, he went urban, playing the Dominican tambora (two-headed drum) in Los Nenes del Merengue group as a teenager. He tried every craze -- reggaeton, break dance, but sett-

led on the plena, with a twist. The extroverted entertainer with the striped hair, top knot and a toned body full of tattoos wants everyone to have a Feliz Navidad this year, so he has made a CD “Traigo la Alegria” (I Bring Joy). Combining the bomba, salsa and plena, Barreto insists he just wants everyone to have a good time (a pasarla bien). Pianist/bassist Richard Marcell was responsible for what Barreto calls “the masterly arrangement.” Barreto sat down with The STAR for a one-onone recently in a seaside restaurant-bar, and although

Cold Fun for the Younger Set, or Just AC By PEGGY ANN BLISS Special to The STAR [email protected] Skating in the tropics? Why not? t Funárctica, which opens today at José Miguel Agrelot Coliseum, there are yards of pure ice for the cost of skate rental. Looking is still free. Bring warm clothes, however, for either. Open daily, with sessions from 3:45 to 8:30 p.m. through Jan. 5, 2017, and 1:30 to 10:30 p.m. Jan. 6 through 9. Other attractions are laser tag, video games and snowpeople Frosty and Frostyna to pose for pictures. Rogue One: A Star Wars Story In this first “Star Wars” stand-alone action, adventure and sci-fi film, the Rebel Alliance steals the plans for the Death Star. The film, with mostly positive reviews (IMDb 8.3 percent with 97,111 votes), stars Felicity Jones and Diego Luna. Directed by Gareth Edwards, it has the voices of Jimmy Smits and

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James Earl Jones as Bail Organa and Darth Vader, respectively. Rated PG-13, the film can be seen at The Angel Ramos Foundation Cine C3TEC in Caguas at 6 and 9 p.m., along with other exhibits. Students Like Green The Student Green Art Exhibit can be seen in the San Juan Art Museum’s José Campeche Hall from Tuesday through Saturday from 9 a.m. to 4 p.m. and Sunday from 11 a.m. to 4 p.m. Students from the Visual Arts School will help take down the exhibit in January. Workshops for young people on mounting and dismantling art exhibits were offered by the Department of Education, the museum and the Institute of Puerto Rican Culture. The museum, at 150 Norzagaray Boulevard, Old San Juan, will offer workshops for several Saturdays, with art teachers from the public school. The subjects will include nature and conservation as a source of artistic inspiration. Workshops are free. Call (787) 480-3547.

he doesn’t drink, insisted he was “pasándolo bien,” as he clicked on his new in-your-face video. “We really want people to enjoy this time of year,” said the director of “Barreto El Show,” with irrepressible joy. “We are in the worst economic crisis in 70 years, but we must forget the problems and be positive, which is what identifies us.” This versatile entertainer started out imitating, but soon emerged as an authentic original. Although he was a good student and played baseball, basketball, shuffleboard and table tennis, he found his niche as an athlete with unicycling. In 1987 he participated in the Unicycle World Competitions in Tokyo, and is a member of the Puerto Rico All Stars Unicycle Basketball National Team, several times world champions. He and his older sister Lydia were a prize-winning couple in unicycle, performing together on television, in merengue competitions and in circuses. In the latter, he has been a trapeze artist, fire eater, stilt walker, acrobat and juggler, as well as a unicyclist. He picked up most of those skills, too, in Isabela, at visiting circuses during vacations. He studied trumpet at the Free School of Music in Carolina, but never finished. “Playing percussion is a little talent that God gave me,” he said with humility mixed with quiet pride and gratitude. His public high school career also taught him silk screening, and eventually he started a T-shirt factory in Río Grande. At Metropolitan University he studied marketing. He even designs clothes for boxers, including his college pal Tito Trinidad. Barreto, who is married to Ana Girat, a pharmacist, has a daughter Desiree, who also works in his acts. She received second- and third-degree burns on her face and other parts of her body during a circus act four and a half years ago, but her father said then that all circus performers “are used to getting hurt.” He himself is recuperating this season from a knee operation, but the circumstances didn’t dampen his irrepressible joviality. And while his motto is fun, he stressed that “remembering the birth of Jesus Christ and sharing with friends and family is the essence of Christmas.” Barreto plays the tambourine on the album, sharing credits with singer Víctor Manuelle in the chorus, with José L. Chegui Ramos and Adair. The bomba drums are played by Jesús Cepeda Brenes, while Mario Cepeda plays the tambor mayor, the maracas and the cuás. Raúl Rosario plays timbal and conga. Luis Aquino plays trumpet, Jorge Díaz, trombone and Ángel Torres, tenor sax.

NOTICIAS ESPANOL

21 de Diciembre de 2016

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Provistas por Internews Ser vice

García Padilla inaugura nuevas instalaciones de FURA en el aeropuerto de Mayagüez

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l gobernador Alejandro García Padilla inauguró en martes, con una inversión de 623 mil dólares, las nuevas instalaciones del Negociado de Fuerzas Unidas de Rápida Acción (FURA) en el aeropuerto Eugenio María de Hostos, en Mayagüez. El financiamiento fue aportado por la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI), la Autoridad de Edificios Públicos (AEP), la Autoriadad de Puertos y la propia Policía de Puerto Rico. “Hoy venimos a demostrar una vez más nuestro compromiso con la Policía, lo que equivale a decir que estamos comprometidos con la seguridad de nuestra gente. Hemos trabajado muy de cerca durante todo el cuatrienio con este honrado cuerpo, brindándole los recursos que necesitan a la altura del siglo 21 y, de esta forma, hemos producido resultados históricos”, dijo García Padilla.

Acompañado por el superintendente de la Policía, José Caldero, agregó que “hemos provisto de recursos económicos, nuevas tecnologías, una mejor estructura organizativa y de la adopción de una reforma sostenible que ha transformado la Uniformada. E incluso hoy, a semanas de terminar este cuatrienio, lo continuamos haciendo”. Las nuevas instalaciones consisten en un hangar de acero que albergará un helicóptero y los cuarteles generales de FURA en la región. El lugar también servirá como base para la Unidad Motorizada de la Policía de Mayagüez. El proyecto le permitirá a FURA brindar apoyo aéreo más rápido y efectivo al personal marítimo en las áreas costeras del Oeste y proveerá espacios más seguros y eficientes para que la Policía pueda mantener sus naves y atender al público que así lo requiera.

Las dependencias albergan un helicóptero, los cuarteles generales de FURA en el área y la unidad motorizada de la Policía de Mayagüez. / Inter News Service

Joven puertorriqueño alcanza tres records en competencias de cubo Rubik en Polonia

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l joven puertorriqueño Álex Omar González Dávila, de 16 años de edad, obtuvo tres récords nacionales en una competencia de cubo Rubik (Rubik’s Cube) celebrada en Dabrowa Górnicza, (Polonia) el pasado 17 y 18 de diciembre. En el evento, titulado “Santa Claus Cube Race 2016”, el joven, natural de Caguas representó a Puerto Rico. El mismo fue organizado por la “World Cube Association” (WCA). La WCA es una organización que regula e impulsa las competencias para

Llego la Navidad en Yo Soy Caguas y tú...

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on la llegada de la Navidad vienen las alegrías, los regalos, la música, la llegada de Santa y hasta esa unión familiar que tanto nos hace falta. Con esta mission, tus querendones Joany Escobar y Juan Gonzalez, prepararon desde Pasapalos el especial “Que es la Navidad” donde un grupo de invitados y amigos nos cuentan que es la navidad para ellos.

Jeroy, ex finalista de Idol Kids, además de protagonizar su más reciente película, “Un deseo en Navidad”; y el Trío Bohemia 3, entre mensajes y canciones navideñas nos dicen que es su Navidad. Te esperamos este domingo a las 7pm en Yo Soy Caguas y tú... por América Teve (canal 24, señal de aire y Liberty 5, Dish y Claro 10) en su especial Qué es la Navidad...

estos rompecabezas mecánicos tridimensionales, conocidos como rompecabezas de combinación. El más famoso de ellos es el cubo de Rubik diseñado por el húngaro Erno Rubik en 1974. Las competencias oficiales se celebran con una selección de estos rompecabezas. Álex Omar participó en diferentes categorías. En cubo 2x2x2 logró resolver en 7.68 segundos, con un promedio de 12.26 segundos. En cubo 3x3x3 logró resolver en 18 segundos y en 1:16:88 utilizando una sola mano.

Wednesday, December 21, 2016

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Official Registry of Legal Notices LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Plaintiff, Vs.

JENNIFER PEREZ-MALDONADO, Defendant. Civil No.: 16-1218. (FAB). Re: COLLECTION OF MONIES, FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE. UNITED STATES OF AMERICA, PRESIDENT OF THE UNITED STATES, COMMONWEALTH OF PUERTO RICO, SS.

TO: JENNIFER PEREZMALDONADO. Judgment in favor of plaintiff for the sum of $93,267.49 in principal, accrued interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 6.75% per annum; accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $10,600.00 IN attorney’s fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar marcado con el número 705 del Bloque B-25 en el plano de inscripción de la Urbanización Extensión El Comandante número 2 en el Barrio Sabana Abajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de 325.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 25.00 metros con el solar número 704 del Bloque B-25 del mencionado plano; por el Sur, en 25.00 metros con el solar número 706 del BloqueB25 del mencionado plano; por el Este, en 13.00 metros con la Calle denominada Street number 22 del mencionado plano; y por el Oeste, en 13.00 metros con el solar número 703 del Bloque B-2 del mencionado plano. Consta inscrita al folio 237 del tomo 82 de Carolina, finca número 3074. Registro de la Propiedad, Seccion I de Carolina. Physical Property Address: Urbanizacion Extension El Comandante, Calle Calais, 705, San Juan, Puerto Rico. THEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE shall be held on the 13 DAY OF JANUARY 2017,

AT 10:35 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $106,000.00. In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC AUCTION shall be held on the 20 DAY OF JANUARY 2017, AT 10:35 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $70,666.66, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD AUCTION will be held on the 27 DAY OF JANUARY 2017, AT 10:35 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $53,000.00, ½ of the minimum bid for the 1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general public and specially regarding the junior lien described hereinafter: A. Junior Lien: (i) Mortgage, in favor of Doral Bank, in the original principal amount of $26,500.00,with 6.75% annual interest, due on March 1, 2016, constituted by deed number 52, executed in San Juan, Puerto Rico, on February 16, 2006, before Notary Public Luis Felipe Negron Rodriguez, recorded at page 127 of volume 956 of Carolina, property number 3,074, 8th inscription. In San Juan, Puerto Rico, On 14 of November 2016. AGUEDO DE LA TORRE, SPECIAL MASTER.

LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Plaintiff Vs.

JAIME JOSE CANELLAS FIDALGO Defendants Civil No.: 16-1603. GAG. Re: FORECLOSURE IN REM. NOTICE OF SALE.

TO: JAIME JOSE CANELLAS FIDALGO DEFENDANT, ANY OTHER PARTY WITH INTEREST OVER THE PROPERTY MENTIONED BELOW, AND DORAL BANK, TREASURY DEPARTMENT O PUERTO RICO, BANCO POPULAR DE PUERTO RICO; AND THE GENERAL PUBLIC. WHEREAS: Judgment was entered in favor of plaintiff to recover

from defendants the sum of $1,490.243.41 of principal, accrued interest of 7 1/8% from February, 2014 - {247 Mes Anterior (intereses)} until the date of the sale or until payment in full, accrued late charges, and any disbursements made by plaintiff on behalf of defendant in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $147,543.88 in attorney fees. The records of the case and of these proceedings may be examined by interested parties at the Office of the Clerk of the United States District Court, Room 150 Federal Office Building, 150 Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico. WHEREAS: Pursuant to the terms of the aforementioned Judgment, Order of Execution, and Writ of Execution thereof, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for U.S. currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and Office of the Clerk of the United States District Court, Room 150 Federal Office Building, 150 Chardón Avenue, Hato Rey, Puerto Rico, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: “URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial número 1601 del inmueble sometido al Régimen de Propiedad Horizontal conocido como Candina Sea Tower, situado en la calle Candina del sector del Condado, Santurce, municipio de San Juan, Puerto Rico. Su estructura principal está construida de hormigón reforzado y bloques de hormigón. Consta de un área habitable de 2105.98 pies cuadrados, equivalentes a 195.72 metros cuadrados, dentro de la cual se incluye espacio por donde se cruzan los elevadores dentro del apartamento. Su forma es aproximadamente rectangular. En lindes por el NORTE, en una distancia de 82’2”, equivalentes a 25.05 metros, con espacio exterior del edificio; por el SUR, en una distancia de 82’2”, equivalentes a 25.05 metros, con espacio exterior del edificio; por el ESTE, en una distancia de 26’4”, equivalentes a 8.03 metros, con el espacio exterior del edificio; y por el OESTE, en una distancia de 26’8”, equivalentes a 8.13, con el espacio exterior del edificio. Su entrada está localizada en el décimo sexto piso del edificio. Tiene acceso a través de la escalera común y también directamente a través de los elevadores. A su vez, dichos medios de acceso se comunican directamente a los elementos comunes y generales del edificio y de aquí a las vías de acceso público. El apartamento consta de sala, comedor, un cuarto dormitorio, cocina, lavandería, balcones, terraza cubierta y el lobby del elevador. El cuarto principal

está equipado con baño completo, vestidor y un closet en el que se puede caminar. Tiene además dos baños adicionales completos. Le corresponde de forma exclusiva los estacionamientos números 4 y 5. Le corresponde 5.08592% en los elementos comunes generales.” Recorded at page 252 of volume 1003 of Santurce Note, Property Registry of Puerto Rico at San Juan, property number 40,422, Section I. Plaintiff’s mortgage was constituted by deed number 1416, executed on December 14th, 2007, before Notary Public Luis A. Archilla Díaz in San Juan, Puerto Rico and recorded at page 1 of volume 1157 (agora) of volume Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at San Juan, Section I. The Note and Mortgage were modified on the following dates: on October 26th, 2012 to increase principal amount to $1,475,438.89, plus interest rate of 3.00% per annum from December 1st, 2012 to November 1st, 2017 and at a rate of 7.125% per annum from December 1st, 2017 to November 1st, 2052, with a final payment of $464,617.79, by means of the modification deed number 887-A executed by defendant before Notary Public Magda V. Alsina Figueroa. Recorded at page 1 of volume 1157(ágora), Property Registry of Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at San Juan, Section I, property number 40,422 and on October 31st, 2013, to increase principal amount to $1,490,243.41, plus interest rate of 3.25% per annum, from December 1st, 2013 to November 1st, 2014; at a rate of 3.50% per annum, from December 1st, 2014 to November 1st, 2015; at a rate of 4.00% per annum, from December 1st, 2015 to November 1st, 2016; at a rate of 4.50% per annum, from December 1st, 2016 to November 1st, 2017, and at a rate of 5.00% per annum, from December 1st, 2017 to November 1st, 2054 with a last payment of $486,012.54, by means of the modification deed number 1,343 executed by defendant before Notary Public Magda V. Alsina Figueroa. Recorded at page 21 of volume 1234 (ágora), Property Registry of Santurce Norte, Property Registry of Puerto Rico at San Juan, Section I, property number 40,422. WHEREAS: This property is subject to the following liens described in the Spanish language: PRIOR LIENS: NONE. JUNIOR LIENS: Doral Bank: A cuyo favor aparece una Anotación de Demanda de fecha 3 de mayo de 2010, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, caso civil #KCD10-1633, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por versus Jaime José Cañellas

Fidalgo, soltero, en la que se reclama el pago de las hipotecas por las sumas de $894,194.26 y $223,270.88, y otras cantidades. Anotado el 10 de octubre de 2010, al folio 1 del tomo 1157 (ágora) de Santurce Norte, finca #40,422, anotación A. Presentada al asiento 833 del diario 1102, el día 6 de marzo de 2013, se presenta Orden y Mandamiento de fecha 17 de enero de 2013, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, caso civil #KCD2010-1633(508), por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por versus Jaime Cañellas Fidalgo t/c/c Jaime José Canellas Fildalgo t/c Jaime J. Cañellas Fidalgo, para que se cancele Aviso de Demanda de fecha 15 de enero de 2015, por la suma de $894,194.26 y $223,270.88. Pendiente de calificación y despacho. Departamento de Hacienda, Colector de Rentas Internas: A cuyo favor aparece anotado sobre esta finca como perteneciente a Jaime Cañellas Fidalgo & Eric J. García González, por la suma de $25,802.44, según certificación de fecha 29 de abril de 2014, expedida por, anotado al folio 28, número de orden 113 del Libro de Embargos Estales número 110 de San Juan, el 12 de mayo de 2014. Departamento de Hacienda: A cuyo favor aparece anotado sobre esta finca como perteneciente a Cañellas Fidalgo Jaime J. & Gadea González Eric J., por la suma de $25,802.44, según certificación de fecha 29 de abril de 2014, expedida por Departamento de Hacienda, por concepto de Contribución sobre Ingresos, inscrito al folio 21 del tomo 1234 (ágora) de Santurce Norte, finca #40,422, anotación B. Banco Popular de Puerto Rico: A cuyo favor aparece anotado una sentencia de fecha 14 de septiembre de 2010, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, caso civil #KCD2010-0843(901), Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, por $5,142.75, $57,076.27 y $164,483.65. Anotado al libro de Sentencias #8, folio 57, demanda 62. Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title and that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax, liens, (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts them and is subrogated in the responsibility for the same and that the bid price shall not be applied toward their cancellation. THEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE shall be held on the 13TH DAY OF JANUARY, 2017, AT 8:30 AM.

The minimum bid that will be accepted is the sum of $1,475,438.89. In the event said first auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC AUCTION shall be held on the 20TH DAY OF JANUARY, 2017, AT 8:30 AM, and the minimum bid that will be accepted is the sum $983,625.92, which is two-thirds of the amount of the minimum bid for the first public sale. If a second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD PUBLIC AUCTION will be held on the 27TH DAY OF JANUARY, 2017, AT 8:30 AM, and the minimum bid that will be accepted is the sum of $737,719.44, which is one-half of the minimum bid in the first public sale. Should there be no award or adjudication at the third public sale, the property may be awarded to the creditor for the entire amount of its debt if it is equal to or less than the amount of the minimum bid of the third public sale, crediting this amount to the amount owed if it is greater. Art. 104 of the Real Estate Registry of the Commonwealth of Puerto Rico Act (Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico), PR Law 210 of December 8, 2015. The Special Master shall not accept in payment of the property to be sold anything but United States currency or certified checks, except in case the property is sold and adjudicated to the plaintiff, in which case the amount of the bid made by said plaintiff shall be credited and deducted from its credit; said plaintiff being bound to pay in cash or certified check only any excess of its bid over the secured indebtedness that remains unsatisfied. WHEREAS: For the information of the defendant and any person or persons who have any interest recorded after the lien that is being executed, and to inform all bidders and the general public, this notice will be published FOUR (4) consecutive weeks, with an interval of at least seven days between each publications in a newspaper of general circulation in the Commonwealth of Puerto Rico and will also be fixed at three (3) public places in the municipality in which the sale will be held, such as the Town Hall, the Court House and the Collectorship (Colecturía). WHEREAS: Said sale to be made by the Special Master subject to confirmation by the United States District Court for the District of Puerto Rico and the deed of conveyance and possession to the property will be executed and delivered only after such confirmation. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued cancelling all junior liens. For further particulars, reference is made to the

judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of Clerk of the United States District Court, District of Puerto Rico. In San Juan, Puerto Rico, this 17th day of November, 2016. Pedro A. VélezBaerga, Esq., Special Master, PO Box 1087 Saint Just, PR 009178, specialmasterpr@gmail. com, 787-672-8269.

LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Plaintiff v.

ANTERO SIERRA RODRÍGUEZ AND HIS WIFE ELENA SIERRA GÓMEZ, AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP BETWEEN THEM Defendants CIVIL NO. 16-1391 (FAB) FORECLOSURE OF MORTGAGE; COLLECTION OF MONIES. NOTICE OF SALE.

TO: ANTERO SIERRA RODRÍGUEZ and his wife ELENA SIERRA GÓMEZ, and the conjugal partnership between them, General Public, and all parties that may have an interest in the property WHEREAS, Judgment in favor of Plaintiff was entered for the principal sum of $130,691.00 plus interest at a rate of 7.125% per annum since February 13, 2016 until the debt is paid in full. Such interests continue to accrue until the debt is paid in full. The Defendants was also ordered to pay Plaintiff late charges in the amount of 7.125% of each and any monthly installment not received by the note holder within 15 days after the installment was due until the debt is paid in full. Such late charges continue to accrue until the debt is paid in full. The defendant was also ordered to pay Plaintiff all advances made under the mortgage note including but not limited to insurance premiums, taxes and inspections as well as 10% of the original principal amount ($14,250.00) to cover costs, expenses, and attorney’s fees guaranteed under the mortgage obligation. WHEREAS, pursuant to said judgment, the undersigned SPECIAL MASTER, Joel Ronda Feliciano, was ordered to sell at public auction for US currency in cash or certified check, without appraisal or right to redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federal Building Office 150,

1st. floor, 150 Carlos Chardón Avenue, San Juan, Puerto Rico 00918 the following property: “Solar radicado en la urbanización Sierra Bayamón, situada en el barrio Hato Tejas de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número siete de la manzana veintiséis B, con un área de 867.115 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número 6, distancia de 34.212 metros; por el SUR, con la carretera número 2; distancia de 14.562 metros; 22.804 metros y 7.884 metros; por el ESTE, con la calle número 25 y con remanente de 37.717 metros; y por el OESTE, con el solar número 3 en 10.37 metros.” Recorded at page 186 of volume 221 of the Registry. The mortgage foreclosed as part of the instant proceeding is recorded at page number 186 of volume number 221 of Bayamon Noth, in the Registry of Property of Bayamon, Puerto Rico, Section III. Potential bidders are advised to verify the extent of preferential liens with the holders thereof. It is understood that the potential bidders acquire the property subject to any and all the senior liens that encumber the property. It shall be understood that each bidder accepts as sufficient the title that prior and preferential liens to the one being foreclosed upon, including but not limited to any property tax liens (express, tacit, implied or legal) shall continue in effect it being understood further that the successful bidder accepts then and is subrogated in the responsibility for the same and the bid price shall not be applied toward the cancellation of the senior liens. WHEREFORE, the first public sale will be held on January 13, 2016 at 9:30 am and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $142,500.00. In the event said first auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND public auction shall be held on January 20, 2016 at 9:30 am and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $95,000.00. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD public auction shall be held on January 27, 2016 at 9:30 am and the minimum bidding amount that will be accepted is the sum of $71,250.00. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the aforementioned office of the Clerk of the United States District Court. San Juan, Puerto Rico, this 14 day of November, 2016. Joel Ronda Feliciano, Special Master.

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volume number 683 of Rio Piedras Norte, First Section in the IN THE UNITED STATES DIS- Registry of Property of San Juan. TRICT COURT FOR THE DIS- Potential bidders are advised to TRICT OF PUERTO RICO verify the extent of preferential ROOSEVELT CAYMAN liens with the holders thereof. It is understood that the potenASSET COMPANY tial bidders acquire the property Plaintiff, v. subject to any and all the senior BEATRIZ liens that encumber the property. MENENDEZ PRIETO It shall be understood that each Defendant bidder accepts as sufficient the CIVIL NO. 16-01162-JAG FORE- title that prior and preferential CLOSURE OF MORTGAGE (IN liens to the one being foreclosed REM). NOTICE OF SALE. upon, including but not limited to TO: BEATRIZ MENEDEZ any property tax liens (express, PRIETO, General Public, tacit, implied or legal) shall conand all parties that may tinue in effect it being understood further that the successful bidder have an interest in the accepts then and is subrogated property in the responsibility for the same WHEREAS, Judgment in favor and the bid price shall not be of Plaintiff was entered for the applied toward the cancellation principal sum of $307,953.17 of the senior liens. WHEREFOplus interest at a rate of 6.875% RE, the first public sale will be per annum since January 1, 2012 held on January 13, 2017 at 9:25 until the debt is paid in full. Such am and the minimum bidding interests continue to accrue until amount that will be accepted is the debt is paid in full. The De- the sum of $320,000.00. In the fendants was also ordered to event said first auction does not pay Plaintiff late charges in the produce a bidder and the properamount of 6.875% of each and ty is not adjudicated, a SECOND any monthly installment not re- public auction shall be held on ceived by the note holder within January 20, 2017 at 9:25 am and 15 days after the installment was the minimum bidding amount that due until the debt is paid in full. will be accepted is the sum of Such late charges continue to ac- $213,333.33. If said second auccrue until the debt is paid in full. tion does not result in the adjuThe defendant was also ordered dication and sale of the property, to pay Plaintiff all advances made a THIRD public auction shall be under the mortgage note inclu- held on January 27, 2017 at 9:25 ding but not limited to insurance am and the minimum bidding premiums, taxes and inspections amount that will be accepted is as well as 10% of the original the sum of $160,000.00. Upon principal amount ($32,000.00) confirmation of the sale, an order to cover costs, expenses, and shall be issued canceling all juattorney’s fees guaranteed under nior liens. For further particulars, the mortgage obligation.WHE- reference is made to the judgREAS, pursuant to said judg- ment entered by the Court in this ment, the undersigned SPECIAL case, which can be examined in MASTER, Joel Ronda Feliciano, the aforementioned office of the was ordered to sell at public Clerk of the United States District auction for US currency in cash Court. San Juan, Puerto Rico, or certified check, without apprai- this 21 day of November, 2016. sal or right to redemption to the Joel Ronda Feliciano, Special highest bidder and at the office Master. of the Clerk of the United States District Court for the District LEGAL NOTICE of Puerto Rico, Federal Building ESTADO LIBRE ASOCIADO DE Office 150, 1st. floor, 150 CarPUERTO RICO TRIBUNAL DE los Chardón Avenue, San Juan, PRIMERA INSTANCIA CENTRO Puerto Rico 00918 the following JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA property: “URBANA: Solar marSUPERIOR cado con el número 11 del bloFIRSTBANK que M-1 del plano de inscripción PUERTO RICO de la Urbanización University Demandante V. Gardens, radicada en el barrio Hato Rey Sur, del término muniJOSÉ LUIS CALDERÓN cipal de San Juan, Puerto Rico, NATAL Y ESTADOS con un área superficial de 438.50 UNIDOS DE AMÉRICA metros cuadrados. En lindes por Demandados el NOROESTE, en 20.00 metros, con el solar número 12 del blo- Civil Núm.: DCD2015-2640. que M-1 del mencionado plano; (503). Sobre: COBRO DE DINEpor el SURESTE, en 20.00 me- RO Y EJECUCIÓN DE HIPOTEtros, con el solar número 10 del CA POR LA VÍA ORDINARIA. bloque M-1 del mencionado pla- EDICTO DE SUBASTA. El Alguano; por el NORESTE, en 22.295 cil que suscribe por la presente metros, con la calle 2-A del CERTIFICA, ANUNCIA y hace mencionado plano; y por el SU- CONSTAR: Que en cumplimiento ROESTE, en 21.553 metros, con de un Mandamiento de Ejecución los solares 4 y 5 del bloque M-1 de Sentencia que le ha sido diridel mencionado plano. Enclava gido al Alguacil que suscribe por una casa.” Recorded at page la Secretaría del TRIBUNAL DE 176 of volume 683 of the Regis- PRIMERA INSTANCIA CENTRO try. The mortgage foreclosed as JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA part of the instant proceeding is SUPERIOR, en el caso de epírecorded at page number 176 of grafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor

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Wednesday, December 21, 2016 quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 519 Calle Wilfredo Brashi Bo. Sabana, Vega Alta, PR 00692 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 519 en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Hoyo del Barrio Sabana del término municipal de Vega Alta, con una cabida superficial de 914.95 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con parcela número 516 de la comunidad; por el SUR, con mogote número 490 A de la comunidad; por el ESTE, con mogote número 490 A de la comunidad; y por el OESTE, con la calle número 36 de la comunidad. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 36 del Tomo 230 de Vega Alta, finca número 12518, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $55,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $36,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 7 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $27,500.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 13, otorgada el día 21 de enero de 2005, ante el Notario José R. Fournier Torres y consta inscrita en el Folio 36 del Tomo 230 de Vega Alta, finca número 12518, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción segunda. La escritura y pagaré fueron modificados el 29 de noviembre de 2011 mediante escritura pública de modificación de hipoteca número 444, otorgada en San Juan, ante el notario Mario Quintero Pintor para aumentar el balance principal a $56,819.46, sus intereses durante los primeros 12 meses serán al 5% anual, con

pagos de $255.50 mensual, comenzando el 1 de diciembre de 2011 hasta el 1 de noviembre de 2012; del 1 de diciembre de 2012 al 1 de noviembre de 2013, al 6% con pagos de $291.00 mensuales; una vez realizado los pagos y a partir del 1 de diciembre de 2013 al 6.500%, con pagos de $309.14, comenzando el 1 de diciembre hasta su último pago el 1 de noviembre de 2051. La escritura de modificación de hipoteca objeto de ejecución consta inscrita al folio 7 del tomo 327 (ágora) de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, finca número 12518, inscripción tercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $55,549.15 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de mayo de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $5,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $5,500.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $5,500.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados

hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico o a su orden por la suma principal de $15,000.00 sin intereses y vencedero el 21 de enero de 2013, según escritura número 14 otorgada ante el Notario José R. Fournier Torres el 21 de enero de 2005. Inscrita al folio 36 del tomo 230 de Vega Alta, inscripción segunda. B: EMBARGO FEDERAL anotado contra José L. Calderón, por la suma de $8,355.87, según notificación número 578265609, presentada el 9 de septiembre de 2009, al asiento 1 de la página 200 del Libro de Embargos Federales Número 4. C: AVISO DE DEMANDA presentada el 19 de mayo de 2016, al asiento 2016041533-BY03, demanda de fecha 2 de noviembre de 2015, ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en el caso civil número DCD2015-2640 (503), seguido por Firstbank Puerto Rico vs. José Luis Natal Calderón y Estados Unidos de América, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $55,549.15 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. FRANCES A. TORRES CONTRERAS, ALGUACIL AUXILIAR #325, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

FEDERAL NATIONAL

MORTGAGE ASSOCIATION T/C/C FANNIE MAE, Demandante V.

MARIBEL SANTIAGO CRUZ Demandada Civil Núm.: DCD2015-2332. (504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 238 Calle 2 Urb. Hermanas Dávila, Bayamón, PR 00957 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en el Barrio Pájaros de la municipal de Bayamón, Puerto Rico, con el número 238 en el plano de Urbanización Hermanas Dávila, con un área superficial de 447.38 metros cuadrados. En lindes por el Sureste, en una distancia de 15.00, con la calle número 2 de la Urbanización, por el Noroeste, en una distancia de 15.00 metros con terrenos de Hermanas Dávila, Incorporado; por el Noreste, en una distancia de 30.00 metros, con la calle D de la urbanización; por el Suroeste, en una distancia de 30.00 metros, con el solar número 237, vendido a Carlos Navarro. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 17 del Tomo 133 de Bayamón Sur, finca número 6,814, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $121,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $81,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se cele-

brará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 7 DE MARZO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $60,750.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 825, otorgada el día 10 de octubre de 2007, ante el Notario Manuel R Pérez Caballer y consta inscrita en el Folio 182 del Tomo 1862 de Bayamón Sur, finca número 6,814, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, inscripción octava. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $109,861.50 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.875% anual desde el día 1 de marzo de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,150.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,150.00para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,150.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las

fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. FDO. FRANCÉS A. TORRES CONTRERAS, ALGUACIL AUXILIAR #235, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRlBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PR1MERA INSTANClA SALA SUPERJOR DE ARECIBO.

DÍAZ CORDERO, ROBERTO Y OTROS Demandantes vs.

Los miembros de la sucesión de JUANA QUIÑONES MARTINEZ, tcc JUANA QUIÑONES y ANA ROSA QUIÑONES MARTÍNEZ, compuesta por: ANGEL SILVESTRE RIVERA GUEVÁREZ, t/c/c ANGEL RIVERA GUEVÁREZ y OTROS; JUAN QUIÑONES PAGÁN y los miembros de la sucesión de MARÍA MARTÍNEZ PAGÁN, compuesta por: CARMEN ANA QUIÑONES MARTINEZ y OTROS y WILLIAM, JOANNE Y AURELIZ, todos de apellidos QUIÑONES COLÓN, JOHN DOE, RICHARD DOE, FULANO DE TAL y MENCANO DE TAL Demandados CIVIL NUM: CAC2016-1510. SALÓN 302. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO CONTRADICTORIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS EE.UU., ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R.

A. VÍCTOR MANUEL, CARMEN IRIS y RAFAEL,

The San Juan Daily Star

los tres de apellidos RIVERA QUIÑONES; LUZ NEREIDA QUÑONES MARTÍNEZ; WILLIAM, JOANNE Y AURELIZ, los tres de apellidos QUIÑONES COLÓN. A cualquier heredero de los Demandados fallecidos: JUAN QUIÑONES PAGÁN; VÍCTOR, ANGEL LUIS Y MARÍA VIRGEN, los tres de apellidos QUIÑONES MARTINEZ; JOHN DOE, RICHARD DOE, FULANO DE TAL, MENGANO DE TAL y cualquier persona ignorada a quien pueda perjudicar lo inscripción solicitada o a cualquier persona que tenga interés o derecho real en dicho bien inmueble y que pueda ser perjudicada por dicha inscripción Por la presente se les notifica que la parte demandante ha presentado en este Tribunal una acción para que el Tribunal Ordene inscribir a su nombre como titular registral, la propiedad que se describe como sigue: RUSTICA: Solar número siete (7), radicado en el Barrio Morovis Sur de Morovis, con una cabida superficial de SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PUNTO CERO NOVECIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (6, 795.0927 M.C.), equivalente a UNA CUERDA CON SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE DIEZ MILESIMAS DE OTRA (1.7289) en colindancias por el NORTE, con el solar número Tres (3) de la finca principal; por el SUR, con el solar número Ocho (8) de la finca principal; por el ESTE, con los solares número Dos (2) y número Ocho (8) de la finca principal y por el OESTE, con el camino de acceso a la finca. Edicto Demanda expediente de Dominio Contradictorio de Dial Cordero, Roberto y Otros v. Sucn de Juana Quiñones Martinez y Otros, Caso Civil Núm.: CAC20 16-1510 (302). Es segregación de la finca número 4,007, que consta inscrita al folio número 42 del tomo número 68 de Morovis, Registro de la Propiedad, Sección 1 de Manatí. Catastro Número 38-09-166-000-003-2390l. Se le notifica además a toda persona que tenga algún derecho real sobre el inmueble anteriormente descrito o cualquier persona ignorada que pueda ser perjudicada por esta inscripción y en general a todo el que tuviere motivo para oponerse, que comparezca a alegar cualquier derecho que tuviere en un término de veinte (20) días, a partir de la fecha de publicación del último edicto, excluyendo el día de su publicación. Representan a la parte demandante, los abogados cuyos nombres y direcciones se consignan de inmediato: AGAPITO SALDAÑA RIVERA

Wednesday, December 21, 2016

Colegiado 14,127; RUA 12,841 Apartado postal 8894 Bayamón, Puerto Rico 00960-8894 Tel/Fax 787-797-9303 Cel. 787-226-1975 [email protected] HÉCTOR M. MARRERO MARRERO Colegiado 9,096; RUA 7,747 95 Calle Georgetti, Suite 1 Apartado postal 283 Naranjito, Puerto Rico 00719-0283 Tel./Fax: 787-869-0806 [email protected] En Arecibo, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2016. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. Timmy Feliciano Torres, Secretaria Regional.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE PONCE

SCOTIABANK OF PUERTO RICO Demandante vs.

ROSITA IRIZARRY CALLEJAS Demandada Civil Núm.: JCD2010-0817. (406). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.

AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: ROSITA IRIZARRY CALLEJAS. El, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, Ponce, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al posto agraciado. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Ponce durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 1RO DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:30 DE LA TARDE en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el Número Tres (3) del Bloque “J” en el plano

de inscripción de la Urbanización Jardines de la Reina, localizado en el Barrio Jobos, del término municipal de Guayama, Puerto Rico. Tiene un área superficial de TRESCIENTOS DIECIOCHO PUNTO VEINTITRÉS TREINTA y SIETE (318.2337) METROS CUADRADOS y con sus colindancias son las siguientes: por el NORTE: con una alineación de VEINTICUATRO PUNTO CERO TRES (24.03) METROS LINEALES, con el solar Número Cuatro (4) del Bloque “J”; por el ESTE: con una alineación de TRECE PUNTO VEINTICINCO (13.25) METROS LINEALES con la calle Liatris; por el OESTE: con una alineación de TRECE PUNTO VEINTICINCO (13.25) METROS LINEALES con el remanente. En dicho solar enclava una estructura de concreto diseñada para fines residenciales para una familia. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 177 del tomo 448 de Guayama, Registro de la Propiedad Sección de Guayama, finca número 19,347, inscripción segunda. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $82,481.14 de principal, intereses al 7.50% anual, desde el día 1ro. de abril de 2013, hasta su completo pago, más la cantidad de $8,650.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $86,500.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $57,666.67 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $43,250.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Ponce, Puerto Rico, a 8 de diciembre de 2016. PEDRO RODRÍGUEZ LUGO PLACA #369, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE PONCE.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

EDUARDO CARABALLO VÉLEZ, SU ESPOSA KATRICIA FIGUEROA KINGSLEY Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR AMBOS COMPUESTA

Demandado Civil Núm.: JCD2015-0570. (G-28). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. EDICTO DE SUBASTA. Yo, PEDRO RODRÍGUEZ LUGO PLACA - 369, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, al público en general. CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado el 28 de junio de 2016 que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Ponce, Sala Superior de Ponce en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Ponce, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación, propiedad de la demandada Eduardo Caraballo Vélez, su esposa, Katricia Figueroa Kingsley y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por Ambos Compuesta. (A) Finca 9,134, inscrita al folio 94 del tomo 553 de Yauco, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Ponce. “URBANA: Solar radicado en la Urbanización Barinas del término Municipal de Yauco, Puerto Rico, que se describe en el Plano de Inscripción de la Urbanización, con número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: E guión cinco (E-5). Área del solar: quinientos treinta y cuatro punto treinta y cuatro metros cuadrados (534.34 mc); (según el Plano la cabida es de quinientos veintitrés punto treinta y cuatro metros cuadrados (523.34 mc), en lindes por el NORTE, con solar número E guión seis (E-6) distancia de veintiocho punto treinta metros (28.30 mts); por el SUR, con los solares E guión dos (E-2) y E guión cuatro (E-4), distancia de treinta y siete punto treinta y cinco metros (37.35 mts); por el ESTE, con la Carretera Número Trescientos Treinta y Cinco (335) en distancia de veintiséis punto cero cinco metros (26.05 LEGAL NOTICE mts); por el OESTE, con la caESTADO LIBRE ASOCIADO DE lle C en distancia de ocho punto PUERTO RICO TRIBUNAL DE veintinueve metros (8.29 mts). PRIMERA INSTANCIA SALA SU- Contiene una casa de concreto diseñada para una familia.” Finca PERIOR DE PONCE 9,134. Por su procedencia está

afecta a: a. Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. b. Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. c. Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company. d. Servidumbre a favor del Municipio de Yauco. e. Servidumbre a favor de Pedro Juan Antongiorgi. f. Menciones de servidumbre de agua y de paso. Por sí está afecta a: Condiciones Restrictivas: Primero: para viabilizar la adquisición del bien inmueble, la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, a través del Programa de “Mi Nuevo Hogar”, concedió a las partes compradoras la suma de $5,000.00, para gastos de cierre y/o para aplicar al pronto pago de la compraventa, por lo que estará sujeta a las siguientes condiciones restrictivas: (a) El inmueble será la residencia principal de la compradora y no puede ser arrendada o destinada a otro uso que no sea el de su residencia principal y habitual. Los compradores no podrá, vender, donar, permutar o de otro modo transferir esta finca sin el previo consentimiento de la Autoridad. (b) Estas Condiciones tendrán una vigencia de diez (10) años. Dicho término es de caducidad, por lo que podrá ser cancelado por el transcurso el mismo. (c) Los compradores quedará eximido de la obligación impuesta anteriormente, si durante el primer año participa en 50 horas de programas de servicio a la comunidad mediante organizaciones de base comunitaria o de fe debidamente certificadas por la Autoridad. (d) Si los compradores incumpliese con las condiciones y/o restricciones consignadas en el documento tendrá que rembolsar a la Autoridad, según la fecha de incumplimiento y conforme a la siguiente proporción: Primera año: 100%, Segundo año: 90%, Tercer año: 80%, Cuarto año 70%, Quinto año 60%, Sexto año 50%, Séptimo año; 40%, Octavo año: 30%, Noveno año: 20% y Décimo año: 10%, mediante la escritura número 8, relacionada en la inscripción 5ta de dominio. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Trust Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma principal de $102,000.00, con intereses al 4% anual, vencedero el día 1 de marzo de 2043, constituida mediante la escritura número 63, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 14 de febrero de 2013, ante el notario Juan Manuel Casanova Rivera, e inscrita al folio 94 del tomo 555 de Yauco, finca número 9,134, inscripción 6ta. El precio mínimo de este remate con relación a la Finca 9,134 antes descrita y la fecha de cada subasta serán la siguiente: PRIMERA SUBASTA: 23 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $102,000.00. HIPOTECA: Escritura Número 63 sobre Primera Hipoteca, otorgada el 14 de febrero de 2013 ante el Notario Juan Manuel Casanova Rivera. SEGUNDA SUBASTA:

30 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $68,000.00. TERCERA SUBASTA: 6 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA. PRECIO MÍNIMO: $51,000.00. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Conforme a la Sentencia dictada el día 17 de noviembre de 2015 y archivada en los autos el 10 de diciembre de 2015, la anterior venta se hará para satisfacer las sumas adeudadas por concepto del préstamo garantizado por la hipoteca antes mencionada y las sumas que se mencionan a continuación: La suma principal de $98,808.78, más intereses a razón de cuatro por ciento anual (4.00%), desde el 1 de enero de 2015, que se acumulan diariamente hasta su total y completo pago, más la suma de $86.84 por cargos por mora, más la suma de $10,200.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado hipotecariamente asegurados. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los inmuebles a ser subastados con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día 27 de julio de 2016. PEDRO RODRÍGUEZ LUGO PLACA - 369, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE

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Legal Notice

PONCE.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

LA SUCESIÓN DE MIGUEL ÁNGEL PÉREZ GARCÍA LA SUCESIÓN DE NEREIDA LÓPEZ ACEVEDO COMPUESTA POR: GILBERTO PÉREZ LÓPEZ, LUIS PÉREZ LÓPEZ, FULANO Y MENGANO DE TAL COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada Civil Núm.: DCD2015-2561. (702). Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía de fecha de 21 de junio de 2016, la Orden de Ejecución de Sentencia de 16 de agosto de 2016 y el Mandamiento de Ejecución del 31 de agosto de 2016 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en la carretera #2 Km. 11.03, Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el número 12 bloque C de la Urbanización Monte Elena, radicado en el Barrio Higuillar del término municipal de Dorado, Puerto Rico, con un área de 366.76 metros cuadrados. En lindes por el: NORTE: Con solar número 11 del Bloque C, en 31.4060 metros lineales; SUR: Con el solar número 13 del Bloque C, en 31.4200 metros lineales; ESTE: Con la estación de bomba del proyecto en dos alineaciones que suman 18.324 metros; OESTE: Con servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company de 1.50 metros y con la calle número 2 de la Urbanización en 13.00 metros lineales. Enclava una casa. La propiedad y la escritura de hipoteca constan inscritas al Folio 211 del Tomo 236 de Dorado, Finca 11,023. Registro de Bayamón, Sección IV. Inscripción segunda. DIRECCIÓN FÍSICA: URB. MONTE ELENA 344 CALLE BROMELIA (SOLAR 12 BLQ

C) DORADO, PR 00646-5624. El tipo mínimo para la primera subasta será de $127,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $84,666.66. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 8 DE FEBRERO DE 2017 a LAS 1:30 DE LA TARDE, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $63,500.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía por la suma de $110,735.58 de principal, intereses sobre dicha suma al 5.95% anual desde el 1 de marzo de 2015 hasta su completo pago, más $1,014.08 por concepto de recargos adeudados desde el 1 de abril de 2015 hasta su completo pago, más la cantidad estipulada de $12,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesa el siguiente gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Aviso de Demanda: Pleito seguido por Doral Bank como agente de servicio de Doral Financial Corporation vs. Miguel Ángel Pérez García, también conocido como Miguel Pérez García y esposa Nereida López Acevedo, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en el caso civil D CD2008-1912, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $124,323.27 y otras cantidades, según Demanda de fecha 17 de junio de 2000. Anotado al Folio 211 del Tomo 236 de Dorado. Anotación A. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en

Legal Notice los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 24 de octubre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

ROLANDO JOSÉ GIL Parte Demandada Civil Núm.: KCD2016-1052. (905). Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 15 de agosto de 2016, la Orden de Ejecución de Sentencia del 10 de octubre de 2016 y el Mandamiento de Ejecución del 24 de octubre de 2016 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia Centro Judicial de San Juan, Sala Superior, en la Avenida Muñoz Rivera, Esquina Coll y Toste, Parada 37, San Juan, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar con área superficial de 238.81 metros cuadrados, más o menos, marcado con el número A-6 de la Manzana MH, de la Urbanización Caparra Terrace, que radica en el Barrio Monacillos de la municipalidad de Río Piedras antes, hoy San Juan, Puerto Rico, el cual colinda por el: NORTE: En 9.60 metros, con la calle número 76 de la urbanización; SUR: En 9.50 metros, con el solar número 22 de la manzana MH; ESTE: En 25.00 metros, con el solar número 7 de la manzana MH; OESTE: En 25.00 metros, con el solar número 6B de la manzana MH. Enclava una casa. Existe una

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servidumbre por signo aparente establecida por la corporación vendedora en la pared que divide los apartamentos A y B cuya pared continuaría sirviendo a ambos apartamentos y pertenecerá en común proindiviso y en toda su actual extensión y espesor a los propietarios de ambos apartamentos. La propiedad consta inscrita al Folio 99 del Tomo 387 de Monacillos, Finca #14,654. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 69 del Tomo 925 de Monacillos, Finca #14,654. Registro de la Propiedad de San Juan, Sección III. Inscripción décima. DIRECCIÓN FÍSICA: URB CAPARRA TERRACE 1558 CALLE 16 SW (SOLAR A6 MANZANA MH) SAN JUAN, PR 00921-1435. El tipo mínimo para la primera subasta será de $107,000.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 01 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $71,333.33. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 08 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $53,500.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia por la suma de $97,306.44 de principal, más intereses sobre dicha suma al 7.50% anual, desde el 1 de noviembre de 2015, hasta su completo pago, más $359.07 por recargos adeudados desde el día 1 de diciembre de 2015 hasta su total pago, más la cantidad estipulada de $10,700.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. Surge del Estudio de Título Registral que sobre esta propiedad pesan los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca que por la presente se pretende ejecutar: Hipoteca: Constituida por Rolando José Gil, en garantía de un pagaré a favor de Beewee Mortgage Bankers Corporation, o su orden, pro la suma de $27,000.00, sus intereses al 10.25% anual y vencedero el 1 de abril de 2018, según la Escritura Número 30, otorgada en San Juan, el 31 de marzo de 2008 ante la notaria Damarie Rosario González. Inscrita al Folio 69 del Tomo 925 de Monacillos. Inscripción undécima. Se notifica al acreedor posterior o a su sucesor o cesionario en derecho

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016 para que comparezca a proteger su derecho si así lo desea. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en San Juan, Puerto Rico, hoy 10 de noviembre de 2016. GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE TOA ALTA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

MOISÉS ANDALUZ BÁEZ, RIXY CATALINA CRUZ GARCÍA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; AEROPAJITA RIVERA ROSADO Parte Demandada Civil Núm.: CD14-1345. Sobre: COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia en Rebeldía con fecha de 17 de febrero de 2016, la Orden de Ejecución de Sentencia de 19 de septiembre de 2016 y el Mandamiento de Ejecución de 7 de octubre de 2016 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 25 DE ENERO DE 2017,

A LAS 10:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Toa Alta, Sala Superior, Bo. Contorno, Calle Muñoz Rivera (al lado del Cuartel de la Policía), Toa Alta, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: Solar marcado con el número 34 del bloque J de la Urbanización Toa Alta Heights, localizado en el Barrio Piñas y Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, con una cabida de 182.00 metros cuadrados. En lindes por el: NORTE: Con la calle número 3, en una distancia de 7.00 metros; SUR: Con el solar número 3 del mismo bloque, en una distancia de 7.00 metros; ESTE: Con el solar número 33 del mismo bloque, en una distancia de 26.00 metros. OESTE: Con el solar número 35 del mismo bloque, en una distancia de 26.00 metros. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 154 del Tomo 125 de Toa Alta. Finca #6,032. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 157 del Tomo 125 de Toa Alta. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. Inscripción cuarta. DIRECCIÓN FÍSICA: URB TOA ALTA HEIGHTS J34 CALLE 3 TOA ALTA, PR 00953-4231. El tipo mínimo para la primera subasta será de $36,800.00. De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una SEGUNDA SUBASTA, el día 1RO DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $24,533.33. De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE MAÑANA, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $18,400.00. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia en Rebeldía por la suma de $16,225.32 de principal, intereses sobre dicha suma al 8.50% anual desde el 1 de marzo de 2014 hasta su completo pago, más $13.08 mensual por seguros contra riesgos, mas $14.20 mensual por concepto de recargos por demora adeudados desde el día 1 de abril de 2014 hasta su total pago, y hasta la cantidad estipulada de $3,680.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el con-

trato de préstamo. Se le advierte a los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como los de Subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en el expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal, bajo el número de epígrafe y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate y que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores tal como lo expresa la Ley Núm. 210-2015. Y para el conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, EXPIDO para su publicación en los lugares públicos correspondientes, el presente Aviso de Pública Subasta en Toa Alta, Puerto Rico, hoy 26 de octubre de 2016. ÁNGEL VÁZQUEZ, ALGUACIL #731, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

ORIENTAL BANK Demandante Vs.

SANDRA NIEVES BURGOS Demandada Civil Núm.: HSCI2016-00403. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de HUMACAO, hago saber a la parte demandada SANDRA NIEVES BURGOS, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 11 de agosto de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $122,100.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: El inmueble gravado mediante la hipoteca antes descrita es: RÚSTICA: Solar Dos (2). Solar radicado en el Barrio Montones del término municipal de Las Piedras, Puerto Rico, con una cabida superficial de CUATROCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (471.00

M.C.). En lindes por el NORTE, en dos (2) alineaciones descontinuadas una de veintidós punto cincuenta metros (22.50 m.) con un solar segregado y la otra de siete metros (7.00 m.) con el solar número uno (1) a segregarse de la finca principal; por el SUR, en treinta y un metros (31.00 m.) con la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE, en treinta metros (30.00 m.) con terrenos de Domingo Rodríguez; por el OESTE, en dos (2) alineaciones descontinuadas, una de dieciocho metros (18.00 m.) con un solar segregado y la otra de doce metros (12.00 m.) con una carretera municipal. Las partes manifiestan que el solar antes descrito enclava una estructura para fines residenciales. Inscrito al folio 232 del tomo 105 de Las Piedras, finca número 5,165, Registro de la Propiedad de Humacao. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: HIPOTECA en garantía de pagaré a favor de Oriental Bank and Trust, o a su orden, por la suma de $122,100.00, intereses al 4.50% anual y vencimiento el l de mayo de 2041. Constituida por la escritura 100 otorgada en Caguas el 6 de mayo de 2011 ante el notario Javier Montalvo Cintrón, inscrita al folio 68 del tomo 287 de Las Piedras, inscripción 9na. (465/905). DOCUMENTOS PRESENTADOS: Al asiento 1492 del diario 925 se presentó el 12 de junio de 2015, la escritura 128 de Cancelación Parcial y Modificación de Hipoteca otorgada en San Juan el 7 de mayo de 2015 ante el notario Luis Yamil Rodríguez San Miguel; por la cual se CANCELA PARCIALMENTE la hipoteca por $122,100,00 que grava esta propiedad en la suma de $894.00 y se MODIFICA su interés, siendo el nuevo principal por $121,206,00 con intereses al 3.75% anual. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en los incisos (i) y (ii). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma, la parte demandante pueda cobrar su acreencia, a saber, $119,597.36 de principal, intereses al 3.75% desde el día 1 de octubre de 2015; intereses vencidos; gastos por demora y $12,210.00 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 12 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $122,100.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENE-

RO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $81,400.00. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:15 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $61,050.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, en efectivo; cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose, además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuestos al gravamen del actor y a los dueños poseedores, tenedores de, o interesados en título trasmisible por endoso al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor, y con los cuales no hubiese tenido el efecto la notificación del escrito inicial y del Mandamiento de requerimiento de pago para que puedan concurrir a la subasta si les conviene o satisficiera antes del remate el importe del crédito de sus intereses, costas y honorarios de abogados, asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, una vez confirmada la venta o adjudicación, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del

dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de sesenta (60) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos sesenta (60) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PÚBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En HUMACAO, Puerto Rico, hoy 18 de agosto de 2016. MARÍA DEL PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL REGIONAL. SONIA GUASP LOZA, ALGUACIL AUXILIAR #653.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

DLJ MORTGAGE CAPITAL, INC. Demandante Vs.

MANUEL ANTONIO MORALES HUERTAS TAMBIÉN CONOCIDO COMO MANUEL A. MORALES HUERTAS Y SU ESPOSA ANA MARY SALAZAR RODRIGUEZ TAMBIÉN CONOCIDA COMO ANA SALAZAR RODRIGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2009-3312. (503). Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA “IN REM”. EDICTO DE SUBASTA.

AL: PÚBLICO EN GENERAL A: MANUEL ANTONIO MORALES HUERTAS, TAMBIÉN CONOCIDO COMO MANUEL A. MORALES HUERTAS Y SU ESPOSA ANA MARY SALAZAR RODRIGUEZ, TAMBIÉN CONOCIDA COMO ANA SALAZAR RODRIGUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se

The San Juan Daily Star describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 11 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Bayamón durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 18 DE ENERO DE 2017 , A LAS 9:30 DE LA MAÑANA; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número Mil Setecientos Setenta (1770) del Bloque Y de la Urbanización Levittown, radicada en el Barrio Sabana Seca del término municipal de Toa Baja, Puerto Rico, con una cabida de Doscientos Treinta y Dos punto Cincuenta y Tres (232.53) Metros Cuadrados. En lindes por el NORTE, en Diez punto Once (10.11) metros, con el Paseo Público ; por el SUR, en Diez punto Once (10.11) metros, con el Paseo Dosel; por el ESTE, en Veintitrés (23.00) metros, con el Solar Número Mil Setecientos Setenta y Uno (1771); y por el OESTE, en Veintitrés (23.00) metros, con el Solar Número Mil Setecientos Sesenta y Nueve (1769). Enclava una casa de concreto para una familia. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 128 del tomo 609 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 3,950, inscripción quinta. La dirección física de la propiedad antes descrita es: Urbanización Levittown, Paseo Dosel, Y-1770, Toa Baja, Puerto Rico. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $76,271.75 de principal, intereses al 6 1/8 % anual, desde el día 1ro. de septiembre de 2009, hasta su completo pago, más la cantidad de $8,000.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $80,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aque-

Wednesday, December 21, 2016

lla, o sea, la suma de $53,333,33 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $40,000.00. De declararse desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si esta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser vendida en pública subasta se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 9 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

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SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante Vs.

CARMEN ANA MELENDEZ MARRERO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO CARMEN MELENDEZ DE SERRANO Demandada Civil Núm.: DCD2015-0403. (601). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.

AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: CARMEN ANA MELENDEZ MARRERO, TAMBIÉN CONOCIDA COMO CARMEN MELENDEZ DE SERRANO. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 24 DE ENERO DE 2017 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por

la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Bayamón durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 31 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Parcela de terreno localizada en la Urbanización San Demetrio del término municipal de Vega Baja, Puerto Rico, identificada con el número Cuatro (4) del Bloque “G”, con un área de TRESCIENTOS CINCUENTA (350.00) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, en CATORCE (14.00) METROS, con la Calle número Tres (3); por el SUR, en CATORCE (14.00) METROS, con el solar número Quince (15); por el ESTE, en VEINTICINCO (25.00) METROS, con el solar número Tres (3); y por el OESTE, en VEINTICINCO (25.00) METROS, con el solar número Cinco (5). Enclava una casa de concreto reforzado y bloques de concreto, de una sola planta diseñada para fines residenciales. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 89 del tomo 125 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, finca número 5,997, inscripción cuarta. Modificada la hipoteca de la inscripción cuarta, por la suma de $75,000.00, se amplía a la suma de $3,527.73, para un nuevo principal de $78,527.23, ampliada por la suma de $3,527.73, con intereses por los primeros 60 meses al 3.000% y por los siguientes 339 meses al 3.430% y vencedero el día 1ro. de julio de 2046, mediante la escritura número 150, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 29 de abril de 2013, ante el Notario Público José Rubén Vélez Marrero, presentada y pendiente de inscripción el día 13 de mayo de 2013, al asiento 889 del diario 282 de Vega Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta, finca 5,997. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $76,653.42 de principal, interés al 3.000% anual, desde el día 30 de abril de 2018, y al 3.430% anual hasta su completo pago, más la cantidad de $7,500.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmue-

ble será la suma de $75,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $50,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $37,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL DEL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, COMO AGENTE DE SERVICIO DE MASSACHUSSETS MUTUAL LIFE INS.CO. Demandante V.

LIZETTE OJEDA MÁTOS, T/C/C CARMEN LIZETTE OJEDA MÁTOS Demandada Civil Núm.: DCD2015-1214. (503). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 14 de julio de 2016, para satisfacer la Sentencia dictada el 16 de febrero de 2016, notificada el 22 de febrero de 2016. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $69,451.90, adeudada al 1ro de diciembre de 2014, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América,

todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica Bo. Amelia, 4 Calle Coll y Toste, Guaynabo, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 30 de la Manzana “B” del Plano Preparado por La Autoridad Sobre Hogares de Puerto Rico, hoy La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico, para su proyecto de solares denominado PRHA-11, radicado en el Barrio Pueblo Viejo, Amelia del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 274.98 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con solar número B-31 de la mencionada Urbanización, en 22.90 metros; por el SUR, con solar número B-29 de dicho Proyecto, en 22.82 metros; por el ESTE, con el solar número B-37 de dicha Urbanización, en 12.03 metros y por el OESTE, con la servidumbre de paso, de la Calle número 16 del mencionado Proyecto PRHA-11, en 12.03 metros. Inscrito al folio 37 del tomo 115 de Guaynabo, finca número #9,722 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $86,452.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $57,634.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $43,226.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $69,451.90, adeudada al 1ro de diciembre de 2014; la cual se desglosa en: $58,017.30 por concepto de principal; $604.48 por concepto de intereses acumulados, $1,316.80 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $868.12 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma $8,645.20 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 11 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 18 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes in-

dicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 13 de septiembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

JOSÉ ENRIQUE BRISTOL BÁEZ, T/C/C JOEY BRISTOL BÁEZ, T/C/C JOSÉ BRESTOL BÁEZ, MARÍA MERCED APONTE Demandados Civil Núm.: D2CD2015-0291. (201). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, ROBERTO ROSARIO QUIÑONES, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo, notificó a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 7 de octubre de 2016, para satisfacer la Sentencia dictada el 9 de mayo de 2016, la cual fue notificada y archivada en autos 12 de mayo de 2016. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $50,392.34 adeudada al 1ro de abril de 2015, más los intereses que se acumulen hasta el saldo total de la deuda y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica en: Carr. 174, Km 14.0, Sonadora Llana, Guaynabo, Puerto Rico, que se describe a continuación: RUSTICA: En el Barrio Sonadora de Guaynabo, con una cuerda, más o menos. Colindando por el NORTE y SUR, con Sucesión Manuel Arvelo; por el ESTE, con Sucesión de Manuel Arvelo y por el punto también la Sucesión Camacho y a esas partes de Manuel Arvelo es hoy, su Sucesión; por el ESTE, con Anastacio De Jesús y por el OESTE, otra vez la Sucesión de Manuel Arvelo. Enclava una casa. Inscrito al folio 240 del tomo 956 de Guaynabo, finca número #34,483 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $49,600.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $33,066.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la pri-

mera subasta el cual asciende a $24,800.00. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 12 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 10:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guaynabo. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de: $44,866.29 por concepto de principal; $399.09 por concepto de intereses acumulados; $59.85 por concepto de cargos por demora; los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $107.11 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma de $4,960.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con poste-

Legal Notice rioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Guaynabo, Puerto Rico, a 24 de octubre de 2016. SR. ROBERTO ROSARIO QUIÑONES, ALGUACIL PLACA #448, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYNABO.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

RUBÉN RODRÍGUEZ PILGRIM, ANGELA MARIE CALDERÓN VICENTE, T/C/C ANGELA CALDERÓN VICENTE Demandados Civil Núm.: DCD2015-0401. (601). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 18 de agosto de 2016, para satisfacer la Sentencia emitida el 25 de febrero de 2016. Dicha Sentencia fue archivada en autos y notificada el 4 de marzo de 2016. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $155,920.60 adeudada al 1ro de septiembre de 2014, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que

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hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar número 14 de la Manzana “O” de la Urbanización Flamingo, Barrio Hato Tejas de Bayamón, compuesto de 568.52 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con solar número 15, en 32.28 metros; por el SUR, con solar número 13, en 38.40 metros; por el ESTE, con la Calle “I”, en 14.00 metros y por el OESTE, con Secundina Vázquez viuda de Figueroa, en 18.60 metros. Inscrito al folio 212 del tomo 1,438 de Bayamón, finca número #18,265 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: O-14, Calle Perla del Sur, Reparto Flamingo, Bayamón, Puerto Rico. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $146,197.00. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $97,464.65. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $73,098.50. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 12 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENERO DE 2017, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2016, A LA(S) 11:00 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de: $140,256.11 por concepto de principal; $697.97 por concepto de intereses acumulados; $151.52 por concepto de cargos por demora; los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $195.30 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma de $14,619.70 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las

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Wednesday, December 21, 2016 cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: DCD2015-1509. (703). Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS. AVISO DE SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 28 de octubre de 2015, para satisfacer la Sentencia emitida el 24 de agosto de 2015. Dicha Sentencia fue archivada en autos y notificada el 1 de septiembre de 2015. En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $235,300.97 adeudada al 1ro de enero de 2015, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 9 del Bloque “B” de la Urbanización El Álamo, situado en el Barrio Frailes del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, con una cabida de 418.46 metros cuadrados. En linderos por el NORTE, en 27.62 metros, con el solar número B-8; por el SUR, en 27.62 metros, con el solar número B-10; por el ESTE, en 14.85 metros, con la Calle número 3y por el OESTE, en 15.45 metros, con los solares números A-8 y A-9. Inscrito al folio 205 del tomo 230 de Guaynabo, finca número #14,452 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. La hipoteca que se pretende ejecutar ubica en: 9 B, Calle Veracruz, Urb. El Álamo, Guaynabo, Puerto Rico. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $269,124.06. De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estaLEGAL NOTICE blecido para la primera subasta, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE el cual asciende a $179,416.04. PUERTO RICO TRIBUNAL DE Si tampoco hubiere remate ni adPRIMERA INSTANCIA SALA DE judicación en la segunda subasBAYAMÓN ta, regirá como tipo mínimo de la BANCO POPULAR DE tercera subasta la mitad (1/2) del PUERTO RICO, INC. tipo mínimo pactado para la priDemandante V. mera subasta el cual asciende a $134,562.03. Si se declarase deELECTO REYES DE sierta la tercera subasta se dará LEÓN; SU ESPOSA por terminado el procedimiento, HAYDEE COLÓN DE pudiendo adjudicarse el bien suREYES, T/C/C HAYDEE bastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, COLÓN PÉREZ Y LA

30 L.P.R.A. sec. 2721. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el día 12 DE ENERO DE 2017, a la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 19 DE ENERO DE 2017, a la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. De declararse desierta, se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, a la(s) 11:15 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de: $213,389.45 por concepto de principal; $729.22 por concepto de intereses acumulados; $712.65 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $309.65 por concepto de ‘’Escrow Advances’’ y la suma de $20,160.00 para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de sesenta (60) días a partir de celebrada la subasta conforme al Artículo 112 de la ley 210 del 8 de diciembre de 2015. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de

dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA,ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante V.

REINALDO AUGUSTO HERNÁNDEZ SAAVEDRA, SU ESPOSA DELIA FIGUEROA FIGUEROA, LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2015-0620. (601). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido el 22 de agosto de 2016, por el Secretario de este Tribunal, dirigido al que suscribe, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor, en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, por el precio mínimo de $420,000.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: URBANA: Solar número cincuenta (50) de la urbanización Bello Horizonte Estates (La Villa de Torrimar), localizado en los barrios Santa Rosa y Frailes de Guaynabo, y Juan Sánchez de Bayamón, con una cabida de seiscientos seis punto diez (606.10) metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en una distancia de dieciséis (16.00) metros con la calle Reina Cristina de la urbanización; por el SUR, en dos distancias que suman dieciséis punto veintisiete (16.27) metros con los solares sesenta y tres (63) y sesenta y

cuatro (64) de dicha urbanización; por el ESTE, en una distancia de treinta y nueve punto cuarenta y ocho (39.48) metros con el solar número cuarenta y nueve (49); y por el OESTE, en una distancia de treinta y ocho punto sesenta y nueve (38.69) metros con el solar número 51 del referido desarrollo urbano. Enclava edificación. Consta inscrita al folio sesenta (60) del tomo ochocientos veinte (820) de Guaynabo, finca número treinta y un mil veintinueve (31,029), Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. Dicha propiedad consta inscrita a favor de REINALDO AUGUSTO HERNÁNDEZ SAAVEDRA y esposa DELIA FIGUEROA FIGUEROA, quienes adquieren por compra, por el precio de $350,000.00, mediante la escritura pública #186, otorgada en San Juan, el 30 de abril de 1997, ante el Notario Público Enrique Godinez Morales, la cual consta inscrita al folio 64 del tomo 820 Guaynabo, finca #31,029, inscripción 8va. Con el importe de dicha venta se habrán de satisfacer a la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en Rebeldía dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón el día 7 de agosto de 2015 y notificada el 17 de agosto de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente a la parte demandante, la suma de $337,586.53 por concepto del principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación, cargos por demora acumulados los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación y la suma de $42,000.00 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados; los intereses legales correspondientes y en vigor a esta fecha, al tipo fijado por la Junta Financiera de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, a computarse desde la fecha de hoy sobre la cuantía de esta Sentencia, incluyendo costas y honorarios de abogado, hasta el total pago y solvento del importe de la misma. Las sumas antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados de Eli Lilly and Comp., Inc., o a su orden, por la suma principal de $420,000.00 con intereses al 5 %, y a vencer el 1 de enero de 2034, según consta en escritura pública #536, otorgada en Carolina, el 2 de diciembre de 2003, ante el Notario Público Pedro Juan Caride Cruz, la cual consta inscrita al folio 96 del tomo 1,314 de Guaynabo, finca número 31,029, inscripción 10ma. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA 12 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $420,000.00. Si no produjera remate ni adjudica-

ción la primera subasta, queda señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las 10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA 19 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $280,000.00; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta; se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 10:30 DE LA MAÑANA DEL DÍA 26 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $210,000.00. Las tres subastas señaladas se celebrarán a las horas y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general y se relaciona el siguiente gravamen, el cual es posterior al ejecutado: HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados de Eli Lilly and Comp., o a su orden, por la suma principal de $250,000.00, con intereses al 6 % y a vencer el 1 de noviembre de 2010 (así surge), según consta en escritura pública #570, otorgada en Carolina, el 20 de octubre de 2005, ante el Notario Público Pedro Juan Caride Cruz, la cual consta inscrita al folio 96 del tomo 1,314 de Guaynabo, finca #31,029, inscripción 11ma. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante V.

MARIEN COLÓN RIVERA, Demandada Civil Núm.: DCD2014-2871. (503). Sobre: COBRO DE DINE-

The San Juan Daily Star RO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA IN REM. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido el 17 de junio de 2016, por el Secretario de este Tribunal, dirigido al que suscribe, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor, en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, por el precio mínimo de $184,947.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial #B-309. Apartamento residencial de forma irregular localizado en la tercera planta del edificio B del Condominio Valles de Torrimar situado en el barrio Pueblo Viejo del municipio de Guaynabo. El área aproximada del apartamento es de 1,168.00 pies cuadrados equivalentes a 108.55 metros cuadrados. Son sus linderos por el NORTE, en un máximo de 29 pies 3½ pulgadas, con elementos comunes limitados; por el SUR, en un máximo de 29 pies 3½ pulgadas, con un área común; por el ESTE, en un total máximo de 45 pies 1½ pulgadas con el apartamento B-310, pasillo de entrada y área común; y por el OESTE, en un máximo de 43 pies 11 pulgadas, con el apartamento B-308. La puerta de entrada de este apartamento está situada en su lindero Sur. Consta de sala-comedor, cocina, tres dormitorios, dos baños y un área de techo que es un elemento común limitado, con un área aproximada de 980 pies cuadrados equivalentes a aproximadamente 92.00 metros cuadrados. Este apartamento tiene una participación equivalente a 0.2821% en los elementos comunes generales del condominio. Le corresponde además de forma exclusiva, permanente e inseparable los espacios de estacionamientos marcados en los planos del condominio con los números 41 y 42. Consta inscrita al folio cuarenta y cinco (45) del tomo mil ciento setenta y tres (1,173) de Guaynabo, finca número cuarenta mil novecientos once (40,911) de Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Guaynabo. Dicha propiedad consta inscrita a favor de MARIEN COLÓN RIVERA, quien adquiere de la siguiente forma: Un 50% por compra a Edwin Soto Quiñones, por el precio de $157,000.00, según consta de la escritura pública #64, otorgada, en San Juan, el 30 de septiembre de 2002, ante el Notario Público Catalino Soto Hestres, la cual consta inscrita al tomo móvil 1,201 de Guaynabo, finca #40,911, inscripción 2da. El otro 50% por compra de la participación de José Enrique Valenzuela Alvardo, por el precio de $186,000.00, según consta de la escritura pública #447, otorgada, en San Juan, el 18 de agosto de 2008, ante la Notario Público

Griselle Arbona Martínez, la cual consta inscrita al folio 216 del tomo 1,390 de Guaynabo, finca #40,911, inscripción 3ra. Con el importe de dicha venta se habrán de satisfacer a la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en Rebeldía dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón el día 14 de octubre de 2015 y notificada el 20 de octubre de 2015: La parte demandada adeuda a la parte demandante, la suma de $183,813.38 por concepto del principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación, cargos por demora acumulados los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación y la suma de $18,494.70 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados. Las sumas antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor del BANCO SANTANDER PUERTO RICO, o a su orden, por la suma principal de $184,947.00 con intereses al 6¾%, y a vencer el 1 de septiembre de 2043, según consta en escritura pública #364, otorgada, en San Juan, el 16 de agosto de 2013 ante el Notario Público Héctor M. Lugaro Figueroa, la cual consta inscrita al folio 216 del tomo 1,390 de Guaynabo, finca #40,911, inscripción 6ta. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA DEL DÍA 12 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $184,947.00. Si no produjera remate ni adjudicación la primera subasta, queda señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA MAÑANA DEL DÍA 19 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $123,298.00; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta; se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA MAÑANA DEL DÍA 26 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $92,473.50. Las tres subastas señaladas se celebrarán a las horas y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advier-

Wednesday, December 21, 2016 te que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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BANCO SANTANDER PUERTO RICO, Demandante V.

NANCY RODRÍGUEZ BELLO Demandada Civil Núm.: DCD2015-0830. (402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido el 18 de mayo de 2016, por el Secretario de este Tribunal, dirigido al que suscribe, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor, en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, por el precio mínimo de $107,500.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: URBANA: Apartamento residencial #C-9 del edificio de Propiedad Horizontal Condominio Riverside Plaza, situado en la calle Santa Cruz del término municipal de Bayamón, Puerto Rico. Está situado en el noveno piso y tiene un área aproximada de fabricación de 839 pies cuadrados, equivalentes a 77.95 metros cuadrados. Siendo sus mayores medidas lineales aproximadas de 46’7” en su mayor largo y 24’2” en su mayor ancho. En lindes por el NORTE, con pared que lo separa del apartamento residencial B-9; por el SUR, con pared exterior que da hacia la parte Sur del solar; por el ESTE, con pared exterior que da hacia la parte Este del solar y por el OESTE, con pared que lo separa de un pasillo de uso común y escaleras de uso común. Su puerta principal de entrada está situada en la colindancia Oeste y lo comunica directamente a un pasillo común que le da acceso a espacios comunes dentro de los límites del edificio y sus terrenos que a su vez le dan acceso a una vía pública. Se compone de sala-comedor, cocina, balcón, dos habitaciones-dormitorios, un baño pasillo y closets. Le

corresponden el área de estacionamientos marcada con el #C-9 descubierta y en los elementos comunes generales y/o limitado le corresponde una participación de 0.00357%. Consta inscrita al folio veintidós (22) del tomo doscientos veintitrés (223) de Bayamón, finca número seis mil cuatrocientos noventa y uno (6,491), Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Bayamón. Dicha propiedad consta inscrita a favor de NANCY RODRÍGUEZ BELLO, quien adquiere por compra mediante la escritura pública #764, otorgada en San Juan, el 12 de diciembre de 2005, ante la Notario Público Sheilla E. Santos Camacho, la cual consta inscrita al folio 22 del tomo 223 de Bayamón Norte, finca #6,491, inscripción 8va. Con el importe de dicha venta se habrán de satisfacer a la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en Rebeldía dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón el día 27 de octubre de 2015 y notificada el 23 de noviembre de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente a la parte demandante, la suma de $94,301.99 por concepto del principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación, cargos por demora acumulados los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación y la suma de $10,750.00 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados; los intereses legales correspondientes y en vigor a esta fecha, al tipo fijado por la Junta Financiera de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, a computarse desde la fecha de hoy sobre la cuantía de esta Sentencia, incluyendo costas y honorarios de abogado, hasta el total pago y solvento del importe de la misma. La sumas antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor de la SANTANDER MORTGAGE CORP., o a su orden, por la suma principal de $107,500.00 con intereses al 6¾%, y a vencer el 1 de enero de 2036, según consta en escritura pública #765, otorgada en San Juan, el 12 de diciembre de 2005, ante la Notario Público Sheilla E. Santos Camacho, la cual consta inscrita al folio 22 del tomo 223 de Bayamón Norte, finca #6,491, inscripción 8va. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, a las 11:15 DE LA MAÑANA DEL DÍA 12 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $107,500.00. Si no produjera remate ni adjudicación la primera subasta, queda señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las 11:15 DE LA MAÑANA DEL DÍA 19 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $71,666.67; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la

segunda subasta; se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 11:15 DE LA MAÑANA DEL DÍA 26 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $53,750.00. Las tres subastas señaladas se celebrarán a las horas y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se expresa que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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ORIENTAL BANK Demandante Vs.

JESE JUAN CARRIÓN RÍOS, NYDIA FONTÁNEZ GONZÁLEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ESTOS COMPUESTA Demandados Civil Núm.: FCD2015-1402. (404). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, hago saber a la parte demandada JESE JUAN CARRIÓN RÍOS, NYDIA FONTÁNEZ GONZÁLEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ESTOS COMPUESTA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 20 de julio de 2016, por la

Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $167,936.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: [88-6 Calle 99-A, Villa Carolina, Carolina, Puerto Rico 00985]. URBANA: Solar radicado en la Urbanización Villa Carolina, situado en el Barrio Hoyo Mulas de la municipalidad de Carolina, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: seis (6) de la manzana ochenta y ocho (88), con área del solar de trescientos noventa punto seiscientos treinta y cinco (390.635) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la Calle número noventa y nueve guión A (99-A) en distancia de once punto cincuenta (11.50) metros y un arco de siete punto ochocientos cincuenta y cuatro (7.854); por el SUR, con el solar número diez (10) en una distancia de dieciséis punto cincuenta (16.50) metros; por el ESTE, con la Calle número noventa y nueve guión ‘A’ (99-A) en una distancia de diecinueve punto cero cero (19.00) metros; y por el OESTE, con el solar número cinco (5) en distancia de veinticuatro punto cero cero (24.00) metros. El inmueble antes descrito contiene una casa de cemento diseñada para una (1) familia, construida de acuerdo con los planos y especificaciones aprobados por la Administración Federal y otras Agencias Gubernamentales. Inscrita al folio 84 del tomo 602 de Carolina, Finca 24,191, Registro de la Propiedad de Carolina Sección II. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA: A favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $167,936.00, intereses al 5.50% anual, vencedero 1 de marzo de 2038, según consta de la escritura #79, otorgada en San Juan, el día 20 de febrero de 2008, ante el notario Raúl J. Vila Selles, inscrita al folio 71 del tomo 1380 de Carolina, inscripción 6ta. Modificada la hipoteca en cuanto al principal que será por la suma de $160,559.66 de principal, intereses al 3.875% anual, vencedero el día 1 de agosto de 2042, según escritura #135, otorgada en San Juan, el día 30 de julio de 2012, ante el notario Luis Yamil Rodriguez San Miguel, inscrita al folio 105 del tomo 1481 de Carolina, inscripción 7ma. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma, la parte demandante pueda cobrar su acreencia, a saber, $161,356.79 de principal, intereses al 3.875% desde el día 1 de junio de 2015; intereses vencidos; gastos por demora y $16,793.60 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este

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Legal Notice

caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 13 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $167,936.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 20 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $111,957.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 27 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $83,968.00. El Alguacil que suscribe hizo constar que toda licitación deberá hacerse para pagar su importe en moneda legal de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la Ley y de acuerdo con lo anunciado en este Aviso de Subasta. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si la hubiere al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción cualquier parte del remanente del precio de licitación. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante, o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuestos al gravamen del actor y a los dueños poseedores, tenedores de, o interesados en título trasmisible por endoso al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor, y con los cuales no hubiese tenido el efecto la notificación del escrito inicial y del Mandamiento de requerimiento de pago para que puedan concurrir a la subasta si

les conviene o satisficiera antes del remate el importe del crédito de sus intereses, costas y honorarios de abogados, asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, una vez confirmada la venta o adjudicación, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de sesenta (60) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos sesenta (60) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Carolina, Puerto Rico, hoy 28 de julio de 2016. SAMUEL GONZÁLEZ ISAAC, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CAROLINA. ****

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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE FAJARDO

TERRY FRANCIS MOORE Demandante V.

U.S. SMALL BUSINESS ADMINISTRATION Demandado(a) Civil: NSCI201600513. Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ HIPOTECARIO EXTRAVIADO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO COMO POSIBLES TENEDORES Y CUALESQUIER PERSONA DESCONOCIDA CON POSIBLE INTERÉS EN LA OBLIGACIÓN CUYA CANCELACIÓN POR DECRETO JUDICIAL SE SOLICITA.

(Nombre de las partes a las que se Ie notifican la sentencia por edicto). EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 22 de noviembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general

Legal Notice en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 12 de diciembre de 2016. En Fajardo, Puerto Rico, el 12 de diciembre de 2016. WANDA I. SEGUÍ REYES, SECRETARIA. ENID A. SANJURJO MELÉNDEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

JUSTINA TORRES BELTRAN Demandado(a) Civil: NSCI201600356. Sobre: ACCIÓN DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: TORRES BELTRAN, JUSTINA. URB VALLE PUERTO REAL I8 CALLE 7 PUERTO REAL, PR 00740-2315. URB. VALLE PUERTO REAL I-8 CALLE 7 FAJARDO, PR 00738.

(Nombre de las partes a las que se Ie notifican la sentencia por edicto). EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 14 de diciembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de diciembre d e2016. En Fajardo, Puerto Rico, el 16 de diciembre de 2016. WANDA SEGUÍ REYES, SECRETARIA. FRANCES CRUZ,

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SECRETARIA AUXILIAR.

RICO.

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Reverse Mortgage Funding, LLC.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA.

Monserrate Serrano Vargas; United States of America

URBAN FINANCIAL GROUP vs

RODRIGUEZ VICENTY, NEIDA (SUCN.) CASO: FCD2013-1776. SALON: 0407. SOBRE: COBRO DE DINERO, EJECUCION DE HIPOTECA.

SUCESION DE NEIDA RODRIGEZ VICENTY T/C/C NEIDA RODRIGUEZ ROSARIO T/C/C NEIDA RODRIGUEZ COMPUESTA POR EDWIN ROSARIO RODRIGUEZ Y BRENDA ROSARIO RODRIGUEZ Y LA SUCESION DE RAFAEL ROSARIO RORIGUEZ COMPUESTA POR LEGNAL Y ROSARIO Y YARA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. EL SECRETARIO(A) QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE EL 14 DE DICIEMBRE DE 2016, ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRA USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINO S DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACION SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ EN UN PERIODICO DE CIRCULACION GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TERMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISION O APELACION DENTRO DEL TERMINO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACION POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACION, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACION QUE SE CONSIDERARA HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACION DE ESTE DICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACION HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 16 DE DICIEMBRE DE 2016. LIC. LOPEZ STIPES GENEVIEVE [email protected] EN CAROLINA, PUERTO RICO, A 16 DE DICIEMBRE DE 2016. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA. INGRID PEREZ OSORIO, SECRETARIO AUXILIAR

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016

Plaintiff V.

Defendants CIVIL ACTION N0.: 3:16-cv-2821 -ADC. SUMMONS BY PUBLICATION.

TO: MONSERRATE SERRANO VARGAS Pursuant to the Order for Service entered on 12/8/16, by the Honorable Aida Delgado Colon , United States District Judge (Docket No. 10), you are hereby SUMMONED to appear, plead or answer the Complaint filed herein no later than thirty (30) days after publication of this Summons by serving the original plea or answer in the United States District Court for the District ofPuerto Rico, and serving a copy to counsel for Plaintiff: Joel Antonio Figueroa Rivera, Esq., at PO Box 367308, San Juan, PR 00936, telephone number 787-758-6550. Should you fail to appear, plead or answer to the Complaint as ordered by the Court and noticed by this Summons, the Court will proceed to enter default against you, hear and adjudícate this cause against you based on the relief demanded in the Complaint. BY ORDER OF THE COURT, summons is issued pursuant to Fed. R. Civ. Pr. 4(e) and Rule 4.5 of the Rules of Civil Procedure for the Commonwealth of Puerto Rico. In San Juan, Puerto Rico, this 15 day of December , 2016. FRANCES RIOS DE MORAN, ESQ., CLERK OF THE COURT.

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comedor, cocina, un cuarto para el servicio sanitario, balcón y marquesina, mide treinta y cinco pies (35’) de frente por treinta y cuatro pies (34’) de fondo. Dicha propiedad enclava en la parcela número doscientos cinco raya A (205-A), del barrio Palenque en Barceloneta, Puerto Rico, perteneciente a la Administración de Vivienda Rural de Puerto Rico, dicho solar linda por el Norte, con Raúl Centeno Rodríguez, por el Sur, con Ángel García; por el Este, con carretera número dos (2) y por el Oeste, con la Administración de Vivienda Rural. La estructura existente se encuentra en condición inhabitable y en proceso de construcción”. No consta inscrita en el Registro de la Propiedad. Valor aproximado de esta finca: noventa mil dólares ($90,000.00). Número de catastro 055-004-224-31-000. Este Tribunal a ordenado que se diera la tramitación de ley y por la presente que se publique edicto en periódico de circulación general diaria en tres (3) ocasiones durante el término de veinte (20) días y se cita a los propietarios colindantes antes mencionados, a sus herederos o causahabientes, a las demás personas ignoradas, a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada para que comparezcan a alegar su derecho advirtiéndoles que de no comparecer a alegar su derecho, si alguno tuvieran, dentro del término de VEINTE DÍAS, a partir de la fecha de la última publicación de este edicto el peticionario obtendrá que se apruebe a su nombre el dominio y se inscriba a su favor la propiedad en el Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO por el orden de Juez de este Tribunal y bajo mi firma y el sello del Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, hoy 29 de noviembre de 2016. VIVIAN Y. FRESSE GONZÁLEZ, SECRETARIA REGIONAL. ANABEL PÉREZ RÍOS, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

Apartado 2342, Mayagüez, Puerto Rico 00681-2342, Teléfonos: (787) 832-9620 y (845) 345-3985 Abogada de la parte Demandante, cuya dirección es la que queda indicada, copia de su Contestación a la Demanda, radicando el original de dicha Contestación en el Tribunal de Cabo Rojo. Copia de la demanda, así como de este emplazamiento, podrán ser obtenidas en la Secretaría de este Tribunal, apercibiéndose que en caso de no hacerlo usted así dentro del término indicado, podrá anotarse la rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. Expido bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 22 de noviembre de 2016. SIURKA FELICIANO GONZÁLEZ, SECRETARIA INTERINA. MARÍA M. AVILÉS BONILLA, SUB-SECRETARIA.

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BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

LA SUCESIÓN DE GABRIEL COLÓN ARROYO COMPUESTA POR GABRIEL A. COLÓN MORALES, SANDRA LIZ COLÓN MORALES, MARILYN COLÓN QUILES, IDAGNE COLÓN BARRETO, VERÓNICA COLÓN BARRETO, JUAN GABRIEL COLÓN ZENO, INGRID YADIRA COLÓN HERNÁNDEZ, FULANO DE TAL Y FULANA DE TAL

Demandados Civil Núm.: LICI201600180. SoANGEL MANUEL GARCIA bre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y DE CENTENO Y ESTHER LEGAL NOTICE PRENDA. EMPLAZAMIENTO MILAGROS OQUENDO ESTADO LIBRE ASOCIADO DE POR EDICTO. VILLANUEVA PUERTO RICO TRIBUNAL GEA: FULANO DE TAL Y Peticionarios NERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL FULANA DE TAL POR SÍ Y EX - PARTE DE PRIMERA INSTANCIA SALA COMO MIEMBROS DE LA Civil Núm.: CJV2016-0441. Sa- DE CABO ROJO lón: 401. Sobre: EXPEDIENTE SUCESIÓN DE GABRIEL BANCO POPULAR DE DE DOMINIO. EDICTO. COLÓN ARROYO.

EX-PARTE: ANGEL MANUEL CARCIA CENTENO Y ESTHER MILAGROS OQUENDO VILLANUEVA (Peticionarios). Calle 2C, Buzón 3 Palengue Barceloneta, PR 00617 (Dirección).

La parte peticionaria ha presentado ante este Tribunal una Petición interesando se declare justificado a su favor el derecho de dominio que alega tener sobre la siguiente propiedad: “RÚSTICA: Casa construida de madera, techada de zinc y piso en cemento LEGAL NOTICE de una sola planta dedicada a UNITED STATES DISTRICT vivienda, consta de tres (3) haCOURT DISTRICT OF PUERTO bitaciones de dormitorio, sala,

PUERTO RICO Demandante Vs.

ZILDA L. FIGUEROA MUÑIZ Demandada Civil Núm.: I4CI201600393. Sobre: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO.

A: ZILDA L. FIGUEROA MUÑIZ: Por la presente se le emplaza a usted y se le requiere para que dentro del término de treinta (30) días desde la fecha de la publicación por edicto de este emplazamiento, notifique a la LCDA. GINA H. FERRER MEDINA, Condominio Las Nereidas, Local 1-B, Calle Méndez Vigo esquina Amador Ramírez Silva, Mayagüez, Puerto Rico 00680;

Por la presente se Ie emplaza a usted y se Ie requiere para que dentro del término de treinta (30) días desde la fecha de la publicación por edicto de este emplazamiento, notifiquen a la LCDA. GINA H. FERRER MEDINA, Condominio Las Nereidas, Local 1-B, Calle Méndez Vigo esquina Amador Ramírez Silva, Mayagüez, Puerto Rico 00680; Apartado 2342, Mayagüez, Puerto Rico 00681-2342, Teléfonos: (787) 832-9620 y (845) 345-3985 Abogada de la parte Demandante, cuya dirección es la que queda indicada, copia de su Contestación a la Demanda, radicando el original de dicha Contestación en el Tribunal de Utuado. Copia de la demanda, así como de este emplazamiento, podrán ser

obtenidas en la Secretaría de este Tribunal, apercibiéndose que en caso de no hacerlo usted así dentro del término indicado, podrá anotarse la rebeldía en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. Expido bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 6 de diciembre de 2016. DIANE ALVAREZ VILLANUEVA, SECRETARIA REGIONAL I. BRENDA GONZÁLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

ORIENTAL BANK Demandante v.

JOSÉ RAMIRO COLLAZO SOTOMAYOR, ELBA VICTORIA MILLAN FIGUEROA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR ESTOS COMPUESTA; JOHN DOE Y RICHARD ROE Demandados Civil Núm.: DCD2016-2004. (703). Sobre: SUSTITUCIÓN DE PAGARÉ HIPOTECARIO. EMPLAZAMIENTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS.

A: JOHN DOE Y RICHARD ROE, personas desconocidas que se designan con estos nombres ficticios, que puedan ser tenedor o tenedores, o puedan tener algún interés en el pagaré hipotecario a que se hace referencia más adelante en el presente edicto, que se publicará una sola vez.

metros, con los solares número 149 y 150; y el Oeste, en 24.00 metros, con el solar número 147. Enclava una casa para fines residenciales. Finca número 22,651, inscrita al folio 66 del tomo 498 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. Por la presente se les emplaza y requiere para que notifiquen al Lcdo. Javier Montalvo Cintrón, abogado de la parte demandante en este caso, cuya dirección es PO Box 11750, Fernández Juncos Station, San Juan, PR 009101750, teléfono 787-274-1414, con copia de su contestación a Ia demanda antes mencionada, de cuyos detalles pueden enterarse con mayor particularidad en el expediente de este caso, debiendo radicar y notificar tal contestación dentro del término de treinta (30) días de haberse publicado este edicto, excluyéndose en el cómputo de tal término el día de su publicación, y se Ie apercibe, además, en caso de no radicar tal contestación podrá dictarse sentencia en rebeldía a favor de la parte demandante concediendo el remedio solicitado en la demanda. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día 08 de diciembre de 2016. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL II. DANETSA APONTE REYES, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

ORIENTAL BANK Demandante V.

JOHN DOE & RICHARD ROE

Demandados Civil Núm.: KCP2016-0221. (505). Sobre: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE Se les notifica que en la Demanda AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE radicada en el caso de epígrafe LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE se alega que un pagaré hipoteca- ASOCIADO DE P.R., SS. A: JOHN DOE Y rio, por la suma de $125,000.00, con intereses a razón del 7.50% RICHARD ROE, personas anual, vencimiento el 1 de febredesconocidas que se ro de 2038, suscrito el día 11 de designan con estos enero de 2008 por José Ramiro nombres ficticios, que Collazo Sotomayor y Elba Victoria Millán Figueroa, a favor de puedan ser tenedor o Banco Bilbao Vizcaya Argentaria tenedores, o puedan tener Puerto Rico (hoy Oriental Bank), algún interés en el pagaré ante la Notario Marguileán Rivera Amill mediante el afidávit número hipotecario a que se hace referencia más adelante 461, el cual se ha extraviado y no ha podido ser localizado, por en el presente edicto, que lo que la parte demandante pide se publicará una sola vez. que se ordene la sustitución del Se les notifica que en la Demismo. La hipoteca que garantimanda radicada en el caso de za dicho pagaré grava la propieepígrafe se alega que un pagaré dad inmueble que se describe a hipotecario a favor de Oriental continuación: URBANA: Solar Bank and Trust, por la suma de número 148 de 1a manzana “N” $200,000.00 de principal, con inde la Urbanización Forest View tereses al 12% anual, vencedero del Barrio Cerro Gordo de Baa la presentación, otorgado 4 de yamón, compuesto de 325.20 octubre de 2007, ante el Notario metros cuadrados. En lindes por Antonio J. Álvarez Domenech, el Norte, en 13.20 metros, con fue pagado, se ha extraviado y la calle Utuado; por el Sur, en no ha podido ser localizado, por 12.40 metros, con el solar núlo que la parte demandante pide mero 108; por el Este, en 24.24

que se ordene la cancelación del mismo y de la hipoteca que Ie garantiza. La hipoteca que garantiza dicho pagaré grava la propiedad inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar sito en El Condado de la Sección Norte del Barrio Santurce de esta Capital compuesto de 345.88 metros cuadrados. En colindancias por el Sur, con la Avenida Norte; por la derecha entrando, Este, con solar y casa de Don Enrique Melón; por el fondo, Norte, con Guillermo González, antes Hermanos Beh y por la izquierda entrando Oeste, con la Calle Almendares antes Succession Wishing. Finca 1100 inscrita al folio 227 del tomo 25 de Santurce Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección I. Por la presente se les emplaza y requiere para que notifiquen al Lcdo. Javier Montalvo Cintrón, abogado de la parte demandante en este caso, cuya dirección es PO Box 11750, Fernández Juncos Station, San Juan, Puerto Rico 00910-1750, teléfono 787-274-1414, con copia de su contestación a la demanda antes mencionada, de cuyos detalles pueden enterarse con mayor particularidad en el expediente de este caso, debiendo radicar y notificar tal contestación dentro del término de treinta (30) días de haberse publicado este edicto, excluyéndose en el cómputo de tal término el día de su publicación, y se Ie apercibe, además, en caso de no radicar tal contestación podrá dictarse sentencia en rebeldía a favor de la parte demandante concediendo el remedio solicitado en la demanda. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, hoy día 13 de noviembre de 2016. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. CARLA J. RIVERA CLIMENT, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LAS SUCESIONES DE FERNANDO PEREZ SERRANO Y ROSALIA GONZALEZ PEREZ T/C/C ROSALIA GONZALEZ COMPUESTA POR FERNANDO PÉREZ GONZÁLEZ; LUIS OSCAR PÉREZ GONZÁLEZ; ERNESTO PÉREZ GONZÁLEZ; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Y CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) Civil

Demandados Núm.: NICI2011-00271.

The San Juan Daily Star Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S.S.

A: FERNANDO PÉREZ GONZÁLEZ. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda incoada contra usted, dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de dicha contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe del mismo, con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: Lcdo. Reggie Díaz Hernández RUA Núm.: 16,393 BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ, LLP Attorneys at Law Edificio Ochoa, Suite 200, 500 Calle De La Tanca San Juan, Puerto Rico 00901 Tel.: (787) 523-2670 Fax: (787) 523-2664 rdí[email protected] Expido este edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, hoy 9 de diciembre de 2016. AMARILIS MÁRQUEZ MÁRQUEZ, SECRETARIA GENERAL INTERINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

INGRID MARIE NEGRON RAMOS Parte Demandada Civil Núm.: FCD2015-1068. Salon Núm.: 402. Sobre Acción Civil De: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA.

A: INGRID MARIE NEGRON RAMOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 8 de junio de 2016, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento número 2805. Está localizado en el Edificio B, piso quinto, del Condominio Balcones de Monte Real, situado en el Barrio Canovanillas del Municipio de Carolina, con una cabida 113.16 metros cua-

drados, equivalentes a 1,217.60 pies cuadrados, con un área de terraza de 1,468.44 pies cuadrados, equivalentes a 136.47 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 35’6”, equivalentes a 10.82 metros, con área común y estacionamiento; por el SUR, en 35’6”, equivalentes a 10.82 metros, con pared hacia el exterior, área común y puerta de acceso al apartamento; por el ESTE, en 48’4”, equivalentes a 14.73 metros, con apartamento 2905; y por el OESTE, en 48’4”, equivalentes a 14.73 metros, con escalera y apartamento 2703. Esta propiedad está formada por sala, comedor, balcón, terraza, 3 dormitorios con closets, cocina, 2 baños y área de lavandería. Le corresponden 3 estacionamientos identificados con el mismo número del apartamento y una participación de .0044200% en los elementos comunes. FINCA NÚMERO: 55,460, inscrita al folio 15 del tomo 1360 (ágora) de Carolina, Sección II de Carolina. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $139,111.29 de principal, más intereses al 4.625% anual desde el día 1ro. de febrero de 2015, más la suma de $14,200.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 22 de febrero de 2016. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto el día 3 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $139,414.47. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $92,942.98, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 17 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $69,707.24, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipula-

Wednesday, December 21, 2016 do para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta, se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente; se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si esta es mayor, todo ello a tenor con lo dispone el Articulo 104 de la Ley Núm. 210 del 8 de diciembre de 2015 conocida como “Ley del Registro de la Propiedad Inmueble del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de toda carga y gravamen que afecte la mencionada finca según el Artículo 102, inciso 6. Una vez confirmada la venta judicial por el Honorable Tribunal, se procederá a otorgar la correspondiente escritura de venta judicial y se pondrá al comprador en posesión física del inmueble de conformidad con las disposiciones de Ley. Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se les informa, por último, que: a. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. b. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 17 de noviembre de 2016. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL, DIVISIÓN DE SUBASTAS, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Parte Demandante Vs.

LILIANA MARIA LOPEZ URRUTIA, por sí Parte Demandada Civil Núm.: KCD2014-2185. Salón: 902. Sobre: COBRO DE

DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (POR LA VÍA ORDINARIA). AVISO DE SUBASTA. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, EL PUEBLO DE PUERTO RICO, SS. Yo, GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento con un MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA que me ha sido dirigido por el Secretario de este Tribunal en el caso arriba mencionado, venderé en pública subasta al mejor postor entre la parte demandante y aquellas personas que reúnan los requisitos y calificaciones de Ley, de contado y por moneda del cuño legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, en mi oficina sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN, el día 19 DE ENERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA todo derecho, título o interés que tenga la parte demandada en la finca que se describe más adelante. El tipo mínimo para la primera subasta lo será la suma de $221,200.00. De no adjudicarse la propiedad en esa Primera Subasta, se celebrarán una SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA, en las mismas oficinas de este Alguacil, respectivamente, el día 26 DE ENERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA y el día 2 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. Los tipos mínimos para dichas Segunda y Tercera Subastas lo serán, respectivamente las dos terceras partes y la mitad del tipo mínimo que se pactara para la Primera Subasta, o sea, las sumas de $147,466.67 y $110,600.00, respectivamente. La propiedad objeto de subasta se describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número Mil Ciento Seis (1106). Es un apartamento residencial localizado en el piso número once (11) del edificio Torre Norte del inmueble sometido al Régimen de Propiedad Horizontal, denominado Condominio Parque de Loyola, que ubica en el Barrio Hato Rey del Municipio de San Juan, Puerto Rico. Este apartamento tiene un área de construcción de Mil setecientos cuarenta y nueve punto ochenta y un (1,749.81) pies cuadrados, equivalentes a ciento sesenta y dos punto treinta y seis (162.36) metros cuadrados. Este apartamento tiene su puerta de entrada por el lindero Sureste y por ella se sale al pasillo que conduce al área de ascensores y escaleras y de ahí se sale al exterior. Este apartamento tiene un largo máximo de cincuenta y cinco (55) pies cero (0) pulgadas y un ancho máximo de cuarenta y seis (46) pies diez (10) pulgadas. En lindes por el NORTE, en cincuenta y cinco (55) pies diez (10) pulgadas con área común; por el SUR, en cincuenta y cinco (55) pies cero (0) pulgadas, con área

común, el pasillo que conduce al apartamento y la pared medianera que lo separa del apartamento número mil ciento cinco (1105); por el ESTE, en cuarenta y seis (46) pies diez (10) pulgadas, con área común exterior; y por el OESTE, en cuarenta y seis (46) pies diez (10) pulgadas, con área común exterior. Este apartamento consta de tres dormitorios, uno de ellos master, dos baños, uno de ellos master, un closet vestidor, dos closets, un pasillo con closet, lavandería, cocina, sala, comedor, terraza y vestíbulo. Este apartamento le corresponde punto cuatro cuatro cuatro nueve siete (.44497) por ciento en los elementos comunes generales del Condominio y punto siete seis cuatro siete cuatro (.76474) por ciento en los elementos comunes limitados de la Torre Norte. Le corresponde el uso exclusivo de los estacionamientos número trescientos setenta y cinco (375) (sencillo descubierto) y trescientos setenta y seis (376) (sencillo descubierto), los cuales ubican en el segundo nivel del Edificio de estacionamiento del Condominio. Inscrito al folio 179 del tomo 1499 de Río Piedras Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección II, finca número 40598. La dirección del inmueble es: Condominio Parque de Loyola Norte, 600 César González, Apartamento 1106, San Juan, PR 00918. Dichos remates se llevarán a efecto para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $214,315.21 de principal, intereses acumulados desde el 1 de abril de 2014 y los intereses pactados al 6.75% anual que se continúen generando a partir de dicha fecha en adelante, recargos acumulados por la cantidad de $359.70 desde el 1 de mayo de 2014, $226.43 para reserva y contribuciones y la cantidad de $22,120.00 estipulada para costas y honorarios de abogado. Cualquier título, derecho o interés que tenga la parte demandada en este caso en la propiedad anteriormente descrita se adjudicará al mejor postor entre la parte demandante y aquellas personas que refinan los requisitos y calificaciones de Ley. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento de ejecución de hipoteca por la vía ordinaria incoados en este caso, estarán de manifiesto en la Secretaría de este Honorable Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Que la propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiere, al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose además, que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a

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Legal Notice

Demandado Civil Núm.: CD2015-0588. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Toa Alta, hago saber a la parte demandada RAFAEL ANTONIO HERNÁNDEZ TORRES, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 6 de septiembre de 2016, por la Secretaría del Tribunal de Bayamón, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $43,051.52 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación:[CONDOMINIO QUINTA REAL, APARTAMENTO 11-304, CARRETERA 2, BARRIO CANDELARIA, TOA ALTA, PUERTO RICO 00958]. URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 11-304. Apartamento residencial de forma irregular, localizado en la tercera planta del edificio 11 del Condominio Quinta Real, situado en la Carretera 2, del Barrio Candelaria del Municipio de Toa Baja. Con una cabida de 1670.37 pies cuadrados, equivalentes a 155.24 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con pared medianera que lo separa del apartamento 11-303, en una distancia de 42’ 02”, equivalentes a 12.86 metros; por el SUR, con pared medianera que lo separa del apartamento 11-305, en una distancia de 46’ 06”, equivalentes a 14.18 metros; por el ESTE, con el espacio aéreo, en una distancia de 31’10”, equivalentes a 9.70 metros. El inmueble antes descrito consta en su plana primaria con la puerta de entrada, con acceso al vestíbulo de cada edificio, tres habitaciones dormitorios, dos baños, cocina, sala, comedor y balcón con una escalera que conduce a una terraza techada en su nivel superior de 443.37 pies cuadrados, equivalentes a 41.21 metros cuadrados, con medio baño. Le corresponde a esta unidad el uso exclusivo de dos estacionamientos marcados con el número 11-304, los cuales son elementos comunes limitados. Le corresponde a este apartamento en los elementos comunes generales del condominio, el 0.004708732%. Inscrita al folio 25 del tomo 649 de Toa Baja, finca número 30,054, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. La finca LEGAL NOTICE antes descrita se encuentra afecESTADO LIBRE ASOCIADO DE ta a los siguientes gravámenes: PUERTO RICO TRIBUNAL DE (i) HIPOTECA: A favor de Banco PRIMERA INSTANCIA SALA DE Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto TOA ALTA Rico, a su orden, por la suma de ORIENTAL BANK $40,000.00, intereses al 6.875% Demandante V. anual, vencedero 1 de septiemRAFAEL ANTONIO bre de 2037, según consta de HERNÁNDEZ TORRES; la escritura #615, otorgada en ESTADOS UNIDOS DE San Juan, el día 29 de agosto de 2007, ante el notario Raúl J. AMERICA Vilá Sellés, inscrita al folio 25 del

su extinción el precio del remate. El monto de cada carga anterior que figura de la Certificación Registral sobre la finca objeto de esta ejecución, así como los nombres de sus titulares y fecha de vencimiento se detallan como sigue: NINGUNO. El monto de cada carga posterior que figura de la Certificación Registral sobre la finca objeto de esta ejecución, así como los nombres de sus titulares y fecha de vencimiento se detallan como sigue: BITACORA: Al asiento 2016-042167-SJ02, el día 20 de mayo de 2016, se presenta Orden de fecha 10 de noviembre de 2015 y Mandamiento de fecha 15 de diciembre de 2015, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, caso civil #KCM2015-3796 (602), por concepto de Cobro de Dinero, seguido por CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO PARQUE LOYOLA versus Liliana Lopez Urrutia, anotación de sentencia por la suma de $4,190.61, por concepto de cuotas de mantenimiento. Pendiente de calificación y despacho. Por la presente se le notifica a los titulares de crédito y/o cargas registrales posteriores, que se celebrarán las Subastas en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les invitan a que concurran a dichas subastas si les conviniese, o se les invita a satisfacer antes del remate, el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante, siempre y cuando refinan los requisitos y calificaciones de Ley y para que pueda efectuar tal subrogación. Y para su publicación en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del municipio en el cual se celebrarán las subastas señaladas, así como para la publicación en un periódico de circulación general diarias y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por el término de por lo menos dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y una vez por semana. Se hace constar que los abogados de la parte demandante son Igor J. Domínguez Law Offices, 1225 Avenida Ponce de León, Suite 1105, San Juan, PR 00907-3921, Teléfono (787) 250-0220, Fax. (787) 250-0295. EXPEDIDO el presente en SAN JUAN, Puerto Rico, a 07 de noviembre de 2016. GLORIMAR GONZÁLEZ AYALA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

tomo 649 de Toa Baja, inscripción 2da. Modificada la hipoteca en cuanto al principal que será $43,051.52, interés variable y vencimiento el 1 de abril de 2044, según consta de la escritura #85, otorgada en San Juan, el día 29 de marzo de 2014, ante el notario Luis Yamil Rodríguez San Miguel, inscrito al folio 25 del tomo 649 de Toa Baja, inscripción 3era. (ii) EMBARGO: A favor de los Estados Unidos de América, por $98,163.98, con fecha del 22 de agosto de 2007, contra Rafael Hernández Torres, inscrito al folio 155 del tomo 5, asiento 2, notificación #383532607, seguro social XXX-XX-5081. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 16 de noviembre de 2015, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $37,211.25 de principal, interés variable, desde el día 1 de agosto de 2014; intereses vencidos; gastos por demora y $4,305.15 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $43,051.52, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $28,701.01. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:15 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $21,525.76. El precio ofrecido se pagará de contado y en moneda de curso legal o por cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los

Legal Notice acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 19 de septiembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

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ORIENTAL BANK Demandante V.

FÉLIX DEL VALLE RODRÍGUEZ Demandados Civil Núm.: DCD2015-2459. (502). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, hago saber a la par-

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te demandada FÉLIX DEL VALLE RODRÍGUEZ, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 20 de junio de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $123,250.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: [147 CALLE 2 URBANIZACIÓN FLAMINGO HILLS, BAYAMÓN, PR 00956]. URBANA: Solar 147 Urbanización Flamingo Hills, barrio Pájaros de Bayamón, compuesto de 324.87 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con calle 2; Sur con pase (“mall”); Este, con solar 146; y Oeste, con el Solar 148. Enclava una casa de hormigón y bloques para una familia. Inscrita al folio 214 del tomo 1851 de Bayamón, finca número 28727, Registro de la Propiedad de Bayamón, sección Primera. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: (i) HIPOTECA: Por $123,250.00, con intereses al 6.50% anual, en garantía de un pagare a favor de First Mortgage Capital, Inc., 0 a su orden, que vence el I ro de octubre de 2034. Según escritura #331, otorgada en Bayamón, el 29 de septiembre de 2004, ante Manuel R. Pérez Caballer, inscrita al folio 214 del tomo 1851 de Bayamón Sur, inscripción 12da. (ii) CANCELACION PARCIAL Y MODIFICACION DE HIPOTECA: Cancelada parcialmente la hipoteca antes relacionada, siendo su nuevo principal de $116,200.00; se modifica en cuanto a sus intereses, que serán al 4% anual y su vencimiento será el lro de julio de 2052. Según escritura #165, otorgada en San Juan, el 28 de junio de 2012, ante Juan A. Martínez Romero, inscrita al folio 214 del tomo 1851 de Bayamón Sur, inscripción 14ta. (iii) HIPOTECA: Por $15,000.00, con intereses al 9.50% anual, en garantía de un pagare a favor de First Mortgage Capital, Inc., que vence el 1ro de febrero de 2022. Según escritura #74, otorgada en Bayamón, el 30 de enero de 2007, ante Manuel R. Pérez Caballer, inscrita al folio 214 del tomo 1851 de Bayamón Sur, inscripción 13ra. (iv) SUBORDINACION DE HIPOTECA: Subordinada la hipoteca antes relacionada, en beneficio de la modificación de la inscripción 1418, para que esta última tenga rango preferente. Según escritura #289, otorgada en San Juan, el 19 de julio de 2013, ante Juan A. Martínez Romero, inscrita al folio 88 del tomo 1930 de Bayamón Sur, inscripción 15ta. (v) SENTENCIA: Por $5,215.00, de fecha 2 de febrero de 2015, dictada en el Caso Civil #DCM20 13-1115, Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, sobre cobro de dinero; seguido par Asociación de Residentes Flamingo Hills (demandante) versus Félix Del Valle Rodríguez (demandado). Anotado al folio 57 del tomo 5 de Sentencias, con fecha 13 de abril de 2015. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016 quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 23 de febrero de 2016, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $114,322.66 de principal, intereses al 4.00% desde el día 1 de abril de 2015, hasta su total y completo pago, más la cantidad de $12,325.00 para costas, gastos y honorarios de abogado que la parte demandada se obligara a satisfacer como suma liquida y sin necesidad de nueva liquidación y aprobación del Tribunal, más la cantidad que se adeuda mensualmente a partir del día 1 de mayo de 2015, más cargos por demora, más cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $123,250.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $82,166.66. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 2 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $61,625.00. El precio ofrecido se pagará de contado y en moneda de curso legal o por cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente

con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 29 de agosto de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

SUCESIÓN DE ISRAEL SANTANA RIVERA COMPUESTA POR LYDIA SANTANA RIVERA, MARCOS SANTANA RIVERA, JOSÉ JULIO SANTANA RIVERA, MANOLO SANTANA RIVERA, HÉCTOR LUIS SANTANA RIVERA, NOELIA SANTANA RIVERA, LUZ NEREIDA SANTANA RIVERA, ALEJANDRINA SANTANA RIVERA, SANTA SANTANA RIVERA, HILDA LUZ SANTANA RIVERA, FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C, LA SUCESIÓN DESCONOCIDA DE ÁNGEL LUIS SANTANA RIVERA, D,

E Y F, LA SUCESIÓN DESCONOCIDA DE LUZ DELIA SANTANA RIVERA, G, H, e I, HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; CARMEN SANTANA RODRIGUEZ Demandados Civil Núm.: HICI201400064. (207). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, MARÍA DE PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Humacao a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 22 de junio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $31,515.64 de principal, 9.5% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $44.40 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 5 de febrero de 2016, notificada el 9 de febrero de 2016, notificada por edicto el 17 de febrero de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Naguabo, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: RÚSTICA: Parcela marcada con el número SETENTA Y DOS (72) en el plano de parcelación de la comunidad rural Florida del barrio Río Blanco del término municipal de Naguabo con una cabida superficial de UNA CUERDA CON DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE DIEZMILESIMAS DE OTRA (1.2877 cdas.), equivalentes a cinco mil sesenta y uno punto veinte y cinco metros cuadrados (5,061.25 m.c.). En lindes por el Norte, con la parcela número setenta (70) de la comunidad; por el Sur, con parcela número setenta y tres (73) de la comunidad; por el Este, con los terrenos de la propiedad de Anastasio Burgos; y por el Oeste, con la calle número dos (2) de la comunidad. Consta inscrita al folio 205 del tomo 108 de Naguabo, finca número 6,018, sección de Humacao. Con el importe de

dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $31,515.64 de principal, 9.5% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $44.40 de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $35,200.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $23,466.67 Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $17,600.00. Del Estudio de Titulo realizado no surgen gravámenes preferentes y/o posteriores al que será objeto de ejecución por esta subasta. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 10 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 24 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la

presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. MARÍA DE PILAR RIVERA RIVERA, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

EDGARDO DÍAZ ALGARÍN, LUZ ESTRELLA NEGRÓN PACHECO T/C/C LUZ E. NEGRÓN PACHECO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2013-1254. (501). Sobre: ACCIÓN IN REM Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 8 de junio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $75,457.27 de principal, 9% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,001.75 de gastos por mora, $30.00 de otros gastos, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 28 de octubre de 2013, notificada y archivada en autos el 30 de octubre de 2013, y publicada mediante edicto el 8 de noviembre de 2013, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho,

título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Naranjito, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: BO. LOMAS DE NARANJITO, KM. 9.1 PR-164, NARANJITO, PR. RÚSTICA: Lote de terreno en el Barrio Lomas de Naranjito, con una cabida superficial de cuatrocientos cuarenta y cinco punto cuatro mil treinta y ocho (445.4038) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en cuarenta y uno punto ochenta y nueve (41.89) metros, con la finca principal de la cual se segrega; por el SUR, en treinta y tres punto ochenta y cuatro (33.84) metros, con una parcela de terreno segregada en el caso número cinco guión setenta guión cero novecientos noventa y seis guión LS (5-70-0996-LS); por el ESTE, en dos alineaciones distintas que suman dieciocho punto noventa y seis (18.96) metros, con la carretera estatal número ciento sesenta y cuatro (164); y por el OESTE, en seis punto treinta y tres (6.33) metros con Nereida Morales. Es segregación de la finca número 4,329, inscrita al folio 220 del tomo 62 de Naranjito. Inscrita al folio 10 del tomo 70 de Naranjito, finca número 4,736 Registro de la Propiedad de Barranquitas. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $75,457.27 de principal, 9% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,001.75 de gastos por mora, $30.00 de otros gastos, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $84,000.00 según la escritura de hipoteca para la propiedad descrita. De declararse la subasta desierta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 del precio mínimo antes mencionado; $56,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en la cual regirá como tipo mínimo ésta la 1/2 del precio mínimo antes mencionado; $42,000.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:15 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De la Certi-

The San Juan Daily Star ficación Registral realizada por el Registro de la Propiedad no surgen gravámenes preferentes y/o posteriores al que será objeto de ejecución por esta subasta. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL.

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ENRIQUE MIRANDA MARTINEZ Demandado Civil Núm.: DCD2013-2813. (503). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA.

AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 06 de julio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $75,483.66 de principal, $1,447.24 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $66.72 de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 11 de marzo de 2015, notificada el 25 de marzo de 2015, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Vega Baja, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento residencial número Mil Ciento Tres (1103) del Condominio TORREVISTA, localizado en el Barrio Pugnado Afuera en Vega Baja, Puerto Rico. Esta unidad fue fabricada en hormigón armado y bloques de cemento y se encuentra ubicada en la segunda planta del edificio denominado “Building number eleven (11)” del Condominio. Consta de una planta y tiene su entrada por el lindero Oeste del segundo nivel del edificio, la cual sale a un pasillo de entrada común que a su vez sale a una escalera también común que da acceso al exterior del edificio. Sus linderos son los siguientes: Por el NORTE, en una distancia de veintiocho pies once pulgadas y media (28’11.5”) con elementos exteriores; por el SUR, en una distancia de veintiún pies cero pulgadas (21’0”) con elementos exteriores; por el ESTE, en una distancia de treinta y nueve pies y dos pulgadas (39’2”) con el apartamento mil ciento cuatro (1104) y elementos exteriores. Esta unidad tiene un área de construcción de Mil Sesenta y Dos punto Ochenta y Tres (1062.83) Pies Cuadrados, equivalentes a NOVENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y CUATRO (98.74) METROS CUADRADOS, y consta de tres dormitorios con sus closets, dos baños equipados, un linen closet, sala-comedor, cocina, balcón y área de lavandería. A esta unidad se le ha asignado como elemento común limitado el uso de dos espacios de estacionamiento marcados con el número mil ciento tres (1103) en el Plano del Condominio. Le ha sido asignada además una participación en los gasta s e ingreso del condominio

Wednesday, December 21, 2016 y en la titularidad en sus elementos comunes equivalentes al cero punto cuatro ocho tres cero (0.48350) por ciento. Inscrita al folio 11 del tomo 380 de Vega Baja, finca número 27,628 Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Cuarta. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $75,483.66 de principal, $1,447.24 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $66.72 de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $75,923.45 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $50,615.63 Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $37,961.73. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, 9:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:45 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Titulo realizado surgen gravámenes preferentes al que será objeto de ejecución por esta subasta: Por su procedencia: Servidumbre a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico y Puerto Rico Telephone Company. Del Estudio de Titulo realizado no surgen gravámenes posteriores al que será objeto de ejecución por esta subasta. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publi-

caciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL.

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CARMEN LILLIAM MARTINEZ GOMEZ, T/C/C CARMEN L. MARTINEZ GOMEZ Y CARLOS ENRIQUE AMIEIRO ABREU, T/C/C CARLOS E. AMIEIRO ABREU Demandados Civil Núm.: DCD2013-1123. (504). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 29 de junio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $129,354.95 de principal, $6,761.35 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $367.40 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose

hasta el pago total de la deuda y honorarios de abogado, más costas y gastos del pleito, dictada en el caso de autos el 17 de octubre de 2013, notificada el 23 de octubre de 2013, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Toa Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: URBANIZACION MONTE VERDE, CALLE 6 G-35, TOA ALTA, PR. URBANA: Solar número treinta y cinco (35) del bloque “G” de la Urbanización Residencial de Monte Verde en el Barrio Bucarabones de Toa Alta, Puerto Rico, con un área de cuatrocientos cinco punto veintidós (405.22) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en veintitrés punto cero cero (23.00) metros, con los solares número treinta y tres (33) y número treinta y cuatro (34); por el SUR, en veintidós punto veinticinco (22.25) metros, con Frederick D.A. Carpenter y el solar número treinta (30); por el ESTE, en dieciséis punto cero ocho (16.08) metros, con el solar número treinta y uno (31); y por el OESTE, en dieciséis punto ochenta y dos (16.82) metros, con la calle número seis (6). Enclava una residencia. Consta inscrito al Folio 74 del Tomo 117 de Toa Alta, Finca 5,561, Registro de la Propiedad, Sección III de Bayamón. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $129,354.95 de principal, $6,761.35 de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $367.40 de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; mas costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $134,995.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $89,996.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $67,497.50. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, 9:30 MAÑANA. De no comparecer postor alguno se

llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Titulo realizado surgen gravámenes preferentes al que será objeto de ejecución por esta subasta: Servidumbre a favor de Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Municipio de Toa Alta y condiciones restrictivas de edificación y uso. Del Estudio de Titulo realizado no surgen gravámenes posteriores al que será objeto de ejecución por esta subasta. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL.

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SUCESIÓN DE TOMAS NEGRÓN VÁZQUEZ COMPUESTA POR CARMEN IRIS STUART NIEVES T/C/C CARMEN I. STUART NIEVES T/C/C CARMEN STUART NIEVES POR SI Y LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, ANA HILDA NEGRÓN ROSADO, WANDA NEGRÓN ROSADO, TOMÁS NEGRÓN MARTÍNEZ, MARITZA NEGRÓN MARTÍNEZ, MIGUEL ÁNGEL NEGRÓN MARTÍNEZ, EDWIN NEGRÓN MARTÍNEZ, MERCEDES NEGRÓN MARTÍNEZ, CARMEN IRIS NEGRÓN STUART, FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS; SUCESIÓN DE TOMÁS NEGRÓN ROSADO COMPUESTA POR FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS; HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados Civil Núm.: ECD2014-0431. (704). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, ALGUACIL PLACA #958, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Caguas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 14 de septiembre de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $47,232.92 de principal; 6.95% de intereses,

los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $28.83 de reserva “escrow”, $640.00 de bad checks, $2,041.55 de gastos por mora, $10.00 de otros gastos los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 19 de abril de 2016, y notificada el 19 de julio de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Caguas, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Mirador de Bairoa, 17 2T-74, Caguas, Puerto Rico. URBANA: Solar radicado en la Urbanización El Mirador de Bairoa, situado en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, que se describe en el plano de inscripción con el número setenta y cuatro del bloque dos guión T, con área de Trescientos punto Quince metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con la calle número diecisiete, distancia de trece punto ochenta metros, por el SUR, con los solares setenta y setenta y uno, distancia de trece punto ochenta metros, por el ESTE, con el solar número setenta y cinco distancia de veintiuno punto setenta y cinco metros y por el OESTE, con el solar número setenta y tres, distancia de veintiuno punto setenta y cinco metros. Enclava una casa. Inscrita al folio 11 del tomo 1677 de Caguas, finca 35824, Registro de La Propiedad de Caguas Sección I. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, cuyas cantidades son las siguientes: $47,232.92 de principal; 6.95% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $28.83 de reserva “escrow”, $640.00 de bad checks, $2,041.55 de gastos por mora, $10.00 de otros gastos los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda, más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $77,300.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y el tipo mínimo será la cantidad de $51,533.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta y el tipo mínimo será la cantidad de $38,650.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer

Legal Notice postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 24 DE ENERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 31 DE ENERO DE 2017, A LAS 3:00 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Del Estudio de Titulo realizado surgen gravámenes preferentes al que será objeto de ejecución por esta subasta: Por su procedencia: Servidumbres a favor de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Municipio de Caguas y Autoridad de Comunicaciones. De la Certificación Registral realizada por el Registro de la Propiedad surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales pudieran ser cancelados: HIPOTECA: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Doral Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma principal de $11,000.00, con intereses al 9.50% anual, vencedero el día 1 de julio de 2014, constituida mediante la escritura número 499, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 29 de junio de 2004, ante el notario Rey Javier De León Colón, e inscrita al folio 11 del tomo 1,677 de Caguas, finca número 35,824, inscripción 10ma., y última. ANOTACION DE DEMANDA: Aviso de Demanda dictado el 8 de abril de2014 en el Tribunal de Primera Instancia Sala de Caguas caso civil #E CD2014-0431 sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca seguido por Doral Bank vs. Tomas Rafael Negrón Vazquez donde se solicita el pago de la deuda garantizada con la hipoteca relacionada en la inscripción 9na reducida a $47,232.92 o la venta en pública subasta, anotado al folio 87 del tomo 1790 de Caguas, finca #35824 el 1 de octubre de 2015. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre

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de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2016. IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, ALGUACIL PLACA #958.

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SUCESION DE MOISES RIVERA ORTIZ, COMPUESTA POR SU VIUDA MARISOL ALDEA DELGADO, POR SI Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, Y SUS HIJOS RAMSELLE MOISES, XIOMALYZ MARY, NACHALIE MARY Y MICHALIE MARY, TODOS MENORES DE EDAD Y DE APELLIDOS RIVERA ALDEA, REPRESENTADOS POR SU MADRE CON PATRIA POTESTAD Y CUSTODIA MARISOL ALDEA DELGADO, Y CRISTINA RIVERA; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE MOISES RIVERA ORTIZ Demandada Civil Núm.: ECD2007-1721. (612). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, IVONNE BENÍTEZ LÓPEZ, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un

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Wednesday, December 21, 2016 Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 23 de septiembre de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $95,176.47 de principal; 8.75% por concepto de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,558.44 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $355.00 por concepto de otros gastos; $69.33 por concepto de “escrow”, más la suma de $10,160.00 por concepto de honorarios de abogado, dictada en el caso el 27 de junio de 2013, notificada y archivada en autos el día 10 de julio de 2013, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Caguas, Puerto Rico. La descripción del bien inmueble que se venderá es la siguiente: URB. PARQUE DEL MONTE, FF-25, CAGUAS, PUERTO RICO. URBANA: Solar marcado con el número veinticinco (25) del Bloque FF en el plano de inscripción de la Urbanización Parque del Monte II y III, radicado en el Barrio Cañaboncito del término municipal de Caguas con una cabida superficial de trescientos trece punto ochenta y cuatro (313.84 m.c.) En lindes por el NORTE, en una distancia de trece punto setenta metros (13.70 m.) con el solar número veintiséis (26) del mismo bloque; por el SUR, en una distancia de diez punto veinte metros (10.20 m.), con la calle número dos (2); por el SUROESTE, en un arco de cinco punto cincuenta metros (5.50 m.), con la intersección de la calle número dos (2) y uno guión “A” (1-A); por el ESTE, en una distancia de veintitrés punto diez metros (23.10 m.), con el solar número veinticuatro (24) del mismo bloque, y por el OESTE, en una distancia de diecinueve punto sesenta metros (19.60 m.), con la calle uno guión “A” (1-A). Enclava una casa de hormigón y bloques. Inscrita al folio 292 del tomo 1,309 de Caguas, finca #46,375, Sección Primera de Caguas, del Registro de la Propiedad. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, cuyas cantidades son las siguientes: de $95,176.47 de principal; 8.75% por concepto de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $1,558.44 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda, $355.00 por concepto de otros gastos; $69.33 por concepto de “escrow”, más la suma de $10,160.00 por concepto de honorarios de abogado.

El tipo mínimo para la subasta de la Propiedad será la suma de tasación pactada, la cual es $101,600.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, $67,733.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, $50,800.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 17 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 24 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día 31 DE ENERO DE 2017, A LAS 2:45 DE LA TARDE. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes preferentes al que será objeto de ejecución por esta subasta: Por su procedencia: Servidumbres a favor de Ia Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico, Autoridad de Energía Electica de Puerto Rico, Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, Municipio de Caguas, Estado Libre Asociado de Puerto Rico cedida a la Autoridad de las Fuentes Fluviales de Puerto Rico. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podrán ser cancelados: ANOTACION DE DEMANDA: De fecha 30 de enero de 2007, en el Tribunal de Primera Instancia, de Caguas, caso civil ECD2007-1097, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Doral Financial Corporation, por la suma de $196,090.47. Anotado al folio 293 vuelto del tomo 1309 de Caguas, finca #46,375, inscripción 8va. EMBARGO: A favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, contra Moisés Rivera Ortiz, por la suma de $49,766.03, sobre Urbanización Boneville Terrace, 338.00 metros cuadrados, seguro social XXX-XX-2109, presentado el 22 de enero de 2007, anotado al folio 79, Orden #307, Estado Libre Asociado #44. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general,

una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2016. IVONNE BENÍTEZ LÓPEZm ALGUACIL PLACA #958.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

MIGDOEL RODRÍGUEZ REYES; SONIA MARGARITA GARCÍA PAGÁN T/C/C SONIA M. GARCÍA PAGÁN T/C/C SONIA GARCÍA PAGÁN Y LA SOCIEDAD DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2014-2888. (402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 3 de febrero de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $142,719.07 de principal, 6.375% anual, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $460.44 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose

hasta el pago total de la deuda; más costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 3 de agosto de 2015, notificada el 18 de agosto de 2015, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Vega Baja, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: BARRIO PUERTO NUEVO, CARR. 686 KM. 12.1, VEGA BAJA, PR. RÚSTICA: Predio de terreno localizado en el Barrio Puerto Nuevo del término municipal de Vega Baja, Puerto Rico, compuesta de trescientos veinticinco punto cero cero (325.00) metros cuadrados. En linde por el NORTE, en doce punto cinco (12.5) metros, con salida, antes, hoy con terrenos propiedad de Efraín Rivera y con calle existente; por el SUR, con terreno perteneciente a don Frank Jiménez en diecisiete punto cinco (17.5) metros, antes, hoy con terrenos propiedad de Rubén Jiménez; por el ESTE, con terrenos pertenecientes a doña Elba Valle en distancia de veinte punto cero cero (20.00) metros, antes, hoy con terrenos propiedad de Ángel Adorno Coira; y por el OESTE, en distancia de cinco punto cero cero (5.00) metros, antes, hoy con calle existente y terrenos propiedad de Herminio Rodríguez González. Enclava una casa para fines residenciales. Inscrita al folio 72 del tomo 333 de Vega Baja, finca 25,947, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección IV. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $142,719.07 de principal, 6.375% anual, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $460.44 de gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda; más costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $164,000.00 según la escritura de hipoteca para la propiedad descrita. De declararse la subasta desierta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 del precio mínimo antes mencionado; $109,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en la cual regirá como tipo mínimo ésta la 1/2 del precio mínimo antes mencionado $82,000.00. La PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a

efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:45 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De la Certificación Registral realizada por el Registro de la Propiedad no surgen gravámenes preferentes y/o posteriores al que será objeto de ejecución por esta subasta. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

LAURENCE CHARLES LAPETINA IRIZARRY T/C/C LAURENCE C. LAPETINA IRIZARRY T/C/C LAURENCE LAPETINA IRIZARRY, INGRID MARIE CASANOVA CASTRO T/C/C INGRID M. CASANOVA CASTRO T/C/C INGRID CASANOVA CASTRO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados Civil Núm.: DCD2012-0546. (401). Sobre: IN REM - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA. Yo, JORGE CAMPUSANO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Centro Judicial de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 14 de julio de 2016 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $200,232.29 de principal, 5.95% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $798.60 gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda; $20.00 de otros gastos y la suma pacta de $22,319.80 para costas, gastos y honorarios de abogado, dictada en el caso de autos el 11 de junio de 2015, enmendada y notificada el 29 de abril de 2016, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, mediante efectivo, giro o cheque certificado a nombre del Alguacil de este Tribunal todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en el Municipio de Vega Alta, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: G-22 Las Palmas de Cerro Gordo, PR-690 Km 5.8, Vega Alta PR. SOLAR: Número Veintidós del Bloque “G” en el Plano de Las Palmas de Cerro Gordo, sito en el Barrio Cerro Gordo de Vega Alta, Puerto Rico, con un área de Quinientos Setenta y Seis punto Ochocientos Noventa y Nueve metros cuadrados (576.899 m/c), en lides por el NORTE, en veintiséis punto cincuenta y ocho metros (26.58 m.), con La Comunidad Villa Retorno; por el SUR, en dieciséis punto treinta y cinco metros (16.35 m.), con el solar número veintitrés (23); LEGAL NOTICE por el ESTE, en dos alineaciones ESTADO LIBRE ASOCIADO DE distintas que suman veinticinco PUERTO RICO TRIBUNAL DE punto ochenta y cinco metros PRIMERA INSTANCIA SALA SU(25.85 m.), con la Calle Real y el PERIOR DE BAYAMÓN

The San Juan Daily Star solar número veintiuno (21) y por el OESTE, en dos alineaciones diferentes que suman treinta y tres punto treinta y ocho (33.38 m.) con los solares número veintisiete (27) y veintiocho (28). Enclava en este solar una casa de concreto para fines residenciales. Inscrita al folio 35 del tomo 289 de Vega Alta, Finca número 17,754, Sección Tercera de Bayamón. Con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, cuyas cantidades son las siguientes: $200,232.29 de principal, 5.95% de intereses, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda; $798.60 gastos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de la deuda; $20.00 de otros gastos y la suma pacta de $22,319.80 para costas, gastos y honorarios de abogado. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $223,198.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y el tipo mínimo será la cantidad de $148,798.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta y el tipo mínimo será la cantidad de $111,599.00. Para el lote descrito, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Titulo realizado no surgen gravámenes preferentes al que será objeto de ejecución por esta subasta. Del Estudio de Titulo realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales pudieran ser cancelados: HIPOTECA: En garantía de un pagare a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma de $79,050.00, intereses al 6.95% anual y a vencer el 1 de junio del 2035, según consta de la escritura #574, otorgada en San Juan, el 31 de mayo de 2005, ante el Notario Juan M. Casanova Rivera, inscrito al folio 35 del tomo 289 de Vega Alta, finca #17,754, inscripción 4ta. EMBARGO: A favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Departamento de Hacienda, Rentas Internas y Recaudaciones, por la suma de $32,410.78, por concepto de contribuciones sobre ingresos, según certificación de fecha 23 de mayo de 2008, anotado al folio 35 del tomo 289 de Vega Alta, finca 17,754, anotación A.

Wednesday, December 21, 2016

También anotado al libro de Embargos Estatales 5 de Vega Alta, folio 17, orden #62, en virtud de la ley 8 del 10 de abril de 1964. Se advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores, previa orden judicial dirigida al Registrador de la Propiedad de la sección correspondiente para la cancelación de aquellos posteriores. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados, durante horas laborables, en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2016. JORGE CAMPUSANO, ALGUACIL.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR

E.M.I. EQUITY MORTGAGE INC. Demandante Vs.

DAVID MENDEZ COLON, MADELINE MENDEZ BARRETO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR

AMBOS Demandados Civil Núm.: ACD2015-0217. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 12 DE ENERO DE 2017 A 10:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA, SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Bo. Voladoras, 420 Rd Km 1.5 Interior, Moca, P.R 00676 y que se describe a continuación: RÚSTICA: Radicada en el Barrio Voladoras de Moca, Puerto Rico, con una cabida superficial de 0.50 cuerda de terreno, equivalente a 1,965.1978 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con calle de uso público; por el SUR, con Arcadio Barreto; por el ESTE, con remanente de la finca principal, o sea, Juan Colón Méndez; y por el OESTE, con Jorge Luis Negrón Soto. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 215 del Tomo 341 de Moca, Finca número 13,755, del Registro de la Propiedad de San Sebastián. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $226,943.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 19 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $151,295.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 26 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $113,471.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 116, otorgada el día 10 de julio de 2010, ante el Notario Luis E. Andújar Moreno y consta inscrita al folio 215 del tomo 341 de Moca, finca número 13,755, en el Registro de la Propiedad de San Sebastián,

Inscripción Octava (8va). Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma principal de $208,747.31 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.00% anual desde el primero (1ro) de agosto de 2015. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a E.M.I. Equity Mortgage, Inc., los cargos por demora equivalentes a 4.0000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $22,694.30. Además la parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $22,694.30 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $22,694.30 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA, SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. EMBARGO FEDERAL: según notificación número 561793409, contra David Méndez, seguro social xxx-xx-5683, por $4,538.21, presentado el 13 de julio de 2009, al asiento 4 del folio 138, Libro de Embargos Federales 4. Por la presente se notifica a los acreedores desconocidos, no inscritos o presentados que sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados que-

dando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. La propiedad objeto de ejecución y descrita anteriormente se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores una vez el Honorable Tribunal expida la correspondiente Orden de Confirmación de Venta Judicial. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 15 de diciembre de 2016. MARIE C. GONZÁLEZ VELÁZQUEZ, ALGUACIL CONFIDENCIAL PLACA #119.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

HATCH GARCIA, DIEGO Demandante

VARGAS LOPEZ, LEIVY AMILDY Demandado Caso Núm.: HSRF201600624. 304 Salón De Sesiones. Sobre: EXEQUATUR (CONVALIDACIÓN). NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: SRA LEIVY AMILDYS VARGAS LOPEZ - 9707 WIND FLOWER LN, HOUSTON, TEXAS 77086. P/C: LIC. LUIS A. ORTIZ CARRASQUILLO. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 28 de noviembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 13 de diciembre de 2016. En Humacao, Puerto Rico, el 13 de diciembre de 2016. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SE-

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Legal Notice

CRETARIA DEL TRIBUNAL. AR- 0702. COBRO DE DINERO, SENIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, EJECUCIÓN DE HIPOTECA, SECRETARIA AUXILIAR. CAUSAL /DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTOS. LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE UTUADO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

COLON ROSSY, JUAN JOSE

A: JOSE RIVERA RIVERA Y MELISHA CARRASQUILLO CARABALLO. DIRECCIÓN: VILLA NUEVA D17 CALLE 15 CAGUAS, PR 0072706937; 1437 CRICKET CLUB CIR APT 304 ORLANDO, FL 328285995; 4720 AGUILA PL, ORLANDO FL 3282606515.

Demandado Caso: LCD2016-0038. Salón: 5. COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA IN REM, CAUSAL / DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EL SECRETARIO (A) que suscriEDICTOS. be le notifica a usted que 02 de JUAN JOSE COLON diciembre de 2016, este Tribunal ROSSY T/C/C JUAN ha dictado Sentencia, Sentencia J. COLON ROSSY, SU Parcial o Resolución en este ESPOSA ROSEMARIE caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos RODRIGUEZ MORALES donde podrá usted enterarse T/C/C ROSE MARIE detalladamente de los términos RODRIGUEZ MORALES Y de la misma. Esta notificación LA SOCIEDAD LEGAL DE se publicará una sola vez en un de circulación general BIENES GANANCIALES periódico en la Isla de Puerto Rico, dentro COMPUESTA POR de los diez (10) días siguientes AMBOS. BARRIO a su notificación. Y, siendo o reCOLLORES RD 140 KM presentando usted una parte en 11.4 JAYUYA, PR 00664. el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia EL SECRETARIO (A) que suscriParcial o Resolución, de la cual be le notifica a usted que 04 de puede establecerse recurso de noviembre de 2016, este Tribunal revisión o apelación dentro del ha dictado Sentencia, Sentencia término de 30 días contados a Parcial o Resolución en este partir de la publicación por ediccaso, que ha sido debidamente to de esta notificación, dirijo a registrada y archivada en autos usted esta notificación que se donde podrá usted enterarse considerará hecha en la fecha de detalladamente de los términos la publicación de este edicto. Code la misma. Esta notificación pia de esta notificación ha sido se publicará una sola vez en un archivada en los autos de este periódico de circulación general caso, con fecha de 14 de diciemen la Isla de Puerto Rico, dentro bre de 2016. En Caguas, Puerto de los diez (10) días siguientes Rico, a 14 de diciembre de 2016. a su notificación. Y, siendo o reCARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, presentando usted una parte en SECRETARIA REGIONAL. MAel procedimiento sujeta a los térRÍA V. MONTAÑEZ MÁRQUEZ, minos de la Sentencia, Sentencia SECRETARIA AUXILIAR. Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de LEGAL NOTICE revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a ESTADO LIBRE ASOCIADO DE partir de la publicación por edicto PUERTO RICO TRIBUNAL GEde esta notificación, dirijo a usted NERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL esta notificación que se consi- DE PRIMERA INSTANCIA SALA derará hecha en la fecha de la DE SAN JUAN publicación de este edicto. Copia ORIENTAL BANK de esta notificación ha sido archiVs. vada en los autos de este caso, HERNANDEZ VILLALBA, con fecha de 14 de diciembre de XIOMARA 2016. En Utuado, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2016. DIANE Caso: KCM2016-0909. Salón: ALVAREZ VILLANUEVA, SE- 0502. Sobre: COBRO DE DICRETARIA REGIONAL. MARÍA NERO - REGLA 60, COBRO DE GRISELLE MALDONADO QUI- DINERO - REGLA 60. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR LES, SECRETARIA AUXILIAR. EDICTO.

LEGAL NOTICE

XIOMARA HERNÁNDEZ VILLALBA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE EL SECRETARIO (A) que suscriPRIMERA INSTANCIA SALA DE be le notifica a usted que 12 de diciembre de 2016, este Tribunal CAGUAS dictado Sentencia, Sentencia BANCO POPULAR DE ha Parcial o Resolución en este PUERTO RICO caso, que ha sido debidamente Demandante Vs. registrada y archivada en autos RIVERA RIVERA, JOSE donde podrá usted enterarse Demandado detalladamente de los términos Caso: ECD2016-0757. Salón: de la misma. Esta notificación

se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de diciembre de 2016. Lic. Ruiz Saldaña Jaime. [email protected]. En San Juan, Puerto Rico, a 15 de diciembre de 2016. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. MICHELLE AQUINO CRUZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandantes Vs.

JAIME NEGRON MONSERRATE, SANDRA CASTRODAD MUÑIZ T/C/C COMO SANDRA CASTRODAT MUÑIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; UNITED STATES OF AMERICA Demandados Civil Núm.: ECD2016-0884. Sala: 0802. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE GARANTÍAS. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

A: JAIME NEGRON MONSERRATE, SANDRA CASTRODAD MUÑIZ T/C/C COMO SANDRA CASTRODAT MUÑIZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 6 de diciembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del

Legal Notice término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de diciembre de 2016. En Caguas, Puerto Rico, 14 de diciembre de 2016. CARMEN ANA PEREIRA, SECRETARIA REGIONAL INTERINA. TERESITA VEGA GONZÁLEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante

ALICEA VIERA, FRANCIS YAMIL Demandado Caso Núm.: HSCI201600079. 207 Salón De Sesiones. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO.

FRANCIS YAMIL ALICEA VIERA, YAJAlRA GLICER PINOTT MARCANO Y LA SOCIEDAD COMPUESTA POR AMBOS, DIRECCIÓN: H-9 C BARCELONA OLYMPIC, LAS PIEDRAS PR 00771, URB. OLIMPIC VILLE 220 CALLE BARCELONA, LAS PIEDRAS PR 00771, P/C LCDA. IVONNE GONZALEZ MEDRANO. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 07 de diciembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de diciembre de 2016. En Humacao, Puerto Rico, el 14 de diciembre de 2016. DOMINGA GÓMEZ FUSTER, SECRETARIA DEL TRIBUNAL. KEYLA PÉREZ FIGUEROA, SECRETARIA AUXILIAR.

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LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PONCE

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

SUCN. IRAIDA RIVERA PAGAN Demandado Caso: JCD2016-0170. Salón: 0406. COBRO DE DINERO, EJECUCIÓN DE HIPOTECA, CAUSAL /DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTOS.

A: FULANO Y MENGANO DE TAL, COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE IRAIDA RIVERA PAGAN. P/C: LIC. IVONNE GONZALEZ MEDRANO. PO BOX 195553 SAN JUAN, PR 009l9-5553. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 12 de diciembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 14 de diciembre de 2016. En Ponce, Puerto Rico, a 14 de diciembre de 2016. LUZ MAYRA CARABALLO GARCÍA, SECRETARIA REGIONAL. EREINA AGRONT LEÓN, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016 VAZQUEZ; SU ESPOSA SOLANGEL IGLESIAS CONCEPCION Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

sentando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de diciembre de 2016. En Caguas, Puerto Rico, a 16 de diciembre de 2016. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA REGIONAL. IRIS GONZÁLEZ RUIZ, SECRETARIA AUXILIAR.

EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 15 de diciembre de 2016, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los diez (10) días siguientes LEGAL NOTICE a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en UNITED STATES DISTRICT el procedimiento sujeta a los tér- COURT DISTRICT OF PUERTO minos de la Sentencia, Sentencia RICO Parcial o Resolución, de la cual REVERS MORTGAGE puede establecerse recurso de SOLUTIONS, INC. revisión o apelación dentro del Plaintiff Vs. término de 30 días contados a THE ESTATE OF CARMEN partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted MARIA ARNOTT-ARTILES esta notificación que se consi- A/K/A CARMEN ARNOTTderará hecha en la fecha de la ATILES COMPOSED publicación de este edicto. Copia BY RAMON ROBERTO de esta notificación ha sido archiPIZZINI-ARNOTT, vada en los autos de este caso, MICHELLE MARIE DEL con fecha de 20 de diciembre de 2016. Lic. Díaz Hernández ReSOCORRO PIZZINIggie. [email protected]. En ARNOTT, GERALDO San Juan, Puerto Rico, a 20 de EMILIO PIZZINIdiciembre de 2016. GRISELDA ARNOTT, CAMILLE RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA. JESSICA MORA- MARIE PIZZINI ARNOTT, LES FIGUEROA, SECRETARIA JEAN MARIE PIZZINIAUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS-SUPERIOR

CONSEJO TITULARES DE CASITAS I RESORT Demandante Vs.

MOREIRA TRENCHE, EDGARD WILFREDO Demandado Caso: ECD2013-1437. Salón: 0612. COBRO DE DINERO, COBRO DE DINERO, CAUSAL / DELITO. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTOS.

EDGARD WILFREDO MOREIRA TRENCHE, SANDRA RIVERA PERBZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN EL SECRETARIO (A) que suscriBANCO POPULAR DE PR be le notifica a usted que 12 de diciembre de 2016, este Tribunal Vs. ACEVEDO VAZQUEZ, ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este JORGE LUIS caso, que ha sido debidamente Caso: KCD2015-1337. Salón: registrada y archivada en autos 0902. Sobre: COBRO DE DINEdonde podrá usted enterarse RO, EJECUCIÓN DE HIPOTEdetalladamente de los términos CA. NOTIFICACIÓN DE SENde la misma. Esta notificación TENCIA POR EDICTO. se publicará una sola vez en un JORGE LUIS ACEVEDO periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro VAZQUEZ, T/C/C de los diez (10) días siguientes a JORGE ACEVEDO su notificación. Y, siendo o repre-

ARNOTT; RICHARD DOE; MUNICIPAL REVENUE COLLECTION CENTER (CRIM); PUERTO RICO TREASURY; UNITED STATES OF AMERICA

Defendants Civil Num.: 3:15-CV-02256-ADC. SUMMONS BY PUBLICATION AND INTERPELLATION OF HEIRS.

To: THE ESTATE OF CARMEN MARIA ARNOTT-ARTILES A/K/A CARMEN ARNOTTATILES COMPOSED BY RAMON ROBERTO PIZZINI-ARNOTT, MICHELLE MARIE DEL SOCORRO PIZZINIARNOTT, GERALDO EMILIO PIZZINI-ARNOTT, JEAN MARIE PIZZINIARNOTT AND RICHARD DOE. The plaintiff has filed proceedings for the foreclosure of mortgage executed by CARMEN MARIA ARNOTT-ARTILES on a property situated at: K-27 MADISON ST. PARKVILLE DEV. GUAYNABO, PR 00969. Pursuant to the Order for Service by Publication entered on by the Honorable Aida M. Delgado-Colon, United States District Judge (Docket No. 45), you are hereby SUMMONED to appear, plead or answer the Complaint

filed herein no late than thirty (30) days after publication of this Summons by serving the original plea or answer to the United States District Court for the District of Puerto Rico, and serving a copy to counsel for plaintiff: ROBERTSON ANSCHUTZ & SCHNEID, 6409 Congress Ave., Suite 100 Boca Raton, FL 33487, service e-mail: [email protected]. Telephone: 561-241-6901; 787988-7135. Plaintiff hereby interpellates THE ESTATE OF CARMEN MARIA ARNOTT-ARTILES A/K/A CARMEN ARNOTT-ATILES COMPOSED BY RAMON ROBERTO PIZZINI-ARNOTT, MICHELLE MARIE DEL SOCORRO PIZZINI-ARNOTT, GERALDO EMILIO PIZZINI-ARNOTT, JEAN MARIE PIZZINI-ARNOTT AND RICHARD DOE to accept or repudiate the inheritance within thirty (30) days after publication of this summons, and in case of failure to do so, the inheritance shall be considered as accepted, without further notice. The acceptance or rejection of the inheritance must be made through a public instrument or a judicial writing This Summons shall be published by edict only once in a newspaper of general circulation on the Island of Puerto Rico. Within ten (10) days following publication of this Summons, a copy of this Summons and the Complaint will be sent to defendant (s) RAMON ROBERTO PIZZINI-ARNOTT, MICHELLE MARIE DEL SOCORRO PIZZINI-ARNOTT, GERALDO EMILIO PIZZINIARNOTT, JEAN MARIE PIZZINIARNOTT AND RICHARD DOE, by certified mail/return receipt requested, addressed to their last known address. Should you fail to appear, plead or answer to the Complaint as ordered by the Court and noticed by this Summons, the Court will proceed to hear and adjudicate this cause against you based on the relief demanded in the Complaint. BY ORDER OF THE COURT, Summons is issued pursuant to Fed.R.Civ.P 4(e) and Rule 4.6 of the Rules of Civil Procedure for the Commonwealth of Puerto Rico. In San Juan, Puerto Rico, this 16 day of December, 2016. FRANCES RIOS DE MORAN, ESQ., CLERK OF COURT. JOSE L. ARROYO, DEPUTY CLERK.

Demandada

DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Partes con Interés Civil Núm.: ISCI201400701. (206). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, hago saber a la SUCESIÓN RADAMÉS PADILLA SOTO COMPUESTA POR ELIZABETH PADILLA FERNÁNDEZ, FULANO DE TAL Y SUTANO DE TAL COMO POSIBLES MIEMBROS DESCONOCIDOS DE DICHA SUCESIÓN, DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 14 de julio de 2015, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $125,000.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación [FF-16 ALTURAS DE JOYUDA CABO ROJO, PUERTO RICO 00623]: URBANA: Solar FF-16 de la Urbanización Extensión Alturas de Joyuda, del Barrio Miradero, Sector La Garita e Cabo Rojo. Con una cabida de 537.70 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 29.33 metros con el Solar FF-17; por el SUR, en 35.22 metros con el Solar FF-15; por el ESTE, en 7.70 metros, 3.57 metros y 7.30 metros con la Calle 8; y por el OESTE, en 15.79 metros con Forest Área de la Urbanización. Enclava edificación de concreto para uso residencial. Inscrita al folio 161 del tomo 799 de Cabo Rojo, finca número 26,881. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de San Germán. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: (i) HIPOTECA: A favor de Oriental Bank and Trust, por la suma de $125,000.00, intereses al 4.50% anual, vencedero 1 de julio de 2039, según consta de la escritura #172, otorLEGAL NOTICE gada en Mayagüez, el día 30 de ESTADO LIBRE ASOCIADO DE junio de 2009, ante el notario MoPUERTO RICO TRIBUNAL DE nica Marie Carretero Rodríguez, PRIMERA INSTANCIA SALA DE inscrita al folio 161vto. del tomo MAYAGÜEZ 799 de Cabo Rojo, inscripción SCOTIABANK DE 4ta. La hipoteca objeto de esta PUERTO RICO ejecución es la que ha quedaDemandante Vs. do descrita en el inciso (i). Será SUCESIÓN RADAMÉS celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la PADILLA SOTO, sentencia dicta el 18 de febrero COMPUESTA POR de 2015, mediante la cual se ELIZABETH PADILLA condenó a la parte demandada FERNÁNDEZ, FULANO pagar a la parte demandante la suma de $115,568.16 de prinDE TAL Y SUTANO cipal, intereses al 4.50% desde DE TAL COMO el día 1 de noviembre de 2013; POSIBLES MIEMBROS intereses vencidos; gastos por DESCONOCIDOS DE demora y $12,500.00 estipulados para costas, gastos y honorarios DICHA SUCESIÓN

de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso, para otros adelantos de conformidad con el contrato hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $125,000.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $83,333.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 02 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $62,500.00. El precio ofrecido se pagará de contado y en moneda de curso legal o por cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la

correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Mayagüez, Puerto Rico, hoy 06 de septiembre de 2016. JOSÉ M. CRESPO NAZARIO, ALGUACIL PLACA #522, ALGUACIL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGÜEZ.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE COAMO

ORIENTAL BANK Demandante Vs.

ANNETTE J. RAMOS MIRANDA Demandados Civil Núm.: B2CI201500485. Sobre: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM). LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Coamo, hago saber a la parte demandada ANNETTE J. RAMOS MIRANDA, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 7 de septiembre de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $133,200.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación:[URBANIZACION VALLE ESCONDIDO #2 DEL BLOQUE E, BARRIO CUYON, COAMO, PUERTO RICO 00969]. URBANA: Solar radicado en la Urbanización Valle Escondido, situada en el Barrio Cuyón del término municipal de Coamo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización identificado con el número del solar: “E” guión Dos (E-2), con un área de cuatrocientos treinta y siete punto noventa y siete metros cuadrados (437.97 m/c). En lindes por el NORTE, en quince punto veinte metros (15.20) con la calle número tres (3) de la urbanización; por el SUR, en dos (2) alineaciones que suman dieciocho punto sesenta y nueve metros (18.69),

The San Juan Daily Star con los solares “E” guión Treinta y Cinco (E-35) y “E” guión Treinta y Seis (E-36); por el ESTE, en veinticinco punto cincuenta metros (25.50), con el solar “E” guión Tres (E-3); y por el OESTE, en veinticinco punto sesenta y seis metros con el solar “E” guión Uno (B-1 ). Enclava estructura dedicada a vivienda para una familia con tres (3) habitaciones y un (I) baño. Consta inscrita al folio 116 del tomo 314 de Coamo, Finca Número 18,327, Sección de Barranquitas. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA: A favor de Oriental Bank and Trust, o a su orden, por la suma de $133,200.00, intereses al 6.00% anual, vencedero 1 de agosto de 2040, según consta de la escritura #23, otorgada en San Juan, el día 30 de julio de 2010, ante el notario Maria Uxia Miranda Rivas, inscrita al folio 116 del tomo 314 de Coamo, inscripción 5ta. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 6 de julio de 2016, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $125,588.42 de principal, intereses al 6.00%% desde el día 1 de octubre de 2014; intereses vencidos; gastos por demora y $13,320.00 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 18 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Coamo, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $133,200.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 25 DE ENERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $88,800.00. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 1 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $66,600.00. El precio ofrecido se pagará de contado y en moneda de curso legal o por cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del

tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Coamo, Puerto Rico, hoy 26 de septiembre de 2016. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE COAMO. MADELINE A. TORRES PAGÁN, ALGUACIL AUXILIAR #857.

Wednesday, December 21, 2016 LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; VÍCTOR JOSÉ COLÓN GONZÁLEZ, OMAR JOSÉ COLÓN GONZÁLEZ, GABRIEL COLÓN GONZÁLEZ COMO MIEMBROS CONOCIDOS DE LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ; JOHN DOE & RICHARD ROE COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ; Demandados

DEPARTAMENTO DE HACIENDA; CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES.

Partes con Interés Civil Núm.: DCD2015-1477. (502). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA. LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., SS. AVISO DE PÚBLICA SUBASTA. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, hago saber a la parte demandada BRIAN LAWRENCE HILL, POR SÍ Y COMO MIEMBRO CONOCIDO DE LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, VÍCTOR JOSÉ COLÓN GONZÁLEZ, OMAR JOSÉ COLÓN GONZÁLEZ, GABRIEL COLÓN GONZÁLEZ COMO MIEMBROS CONOCIDOS DE LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, JOHN DOE & RICHARD ROE COMO MIEMBROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESIÓN ISABEL CRISTINA GONZÁLEZ SÁNCHEZ, DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES, y al PÚBLICO EN GENERAL; que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el 6 de septiembre de 2016, por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta por el precio mínimo de $410,000.00 y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación:[URB. VILLAS REALES, BARRIO LEGAL NOTICE SANTA ROSA, BLOQUE J-8, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE GUAYNABO, PUERTO RICO PUERTO RICO TRIBUNAL DE 00969]. URBANA: Solar radiPRIMERA INSTANCIA SALA DE cado en la Urbanización Villas BAYAMÓN Reales, localizada en el Barrio Santa Rosa del término municiORIENTAL BANK pal de Guaynabo, Puerto Rico Demandante Vs. que se describe en el Plano de BRIAN LAWRENCE de la Urbanización HILL, POR SÍ Y COMO Inscripción con el número ocho (8) del BloMIEMBRO CONOCIDO DE que “J”, con un área de trescien-

tos sesenta y cinco punto treinta y siete (365.37) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de diecinueve punto cincuenta (19.50) metros lineales, con la Calle (8) de la Urbanización también conocida como “Vía Escorial”; por el SUR, en una distancia de veintitrés (23.00) metros lineales, con el solar número siete (7) del mismo bloque, por el ESTE, en una distancia de dieciséis (16.00) metros lineales, con el solar número nueve (9) del mismo bloque, y por el OESTE, en una distancia de doce punto cincuenta (12.50) metros lineales, en un arco cinco punto cincuenta (5.50) metros lineales, con la Calle tres (3) de la Urbanización, también conocida como “Vía Louvre”. Enclava una casa de concreto para fines residenciales. Inscrita al folio 180 del tomo 1163 de Guaynabo, Finca Número 40,590, Registro de la Propiedad Guaynabo. La finca antes descrita se encuentra afecta a los siguientes gravámenes: (i) HIPOTECA: A favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $410,000.00, intereses al 6.375% anual, vencedero 1 de junio de 2022, según consta de la escritura #25, otorgada en San Juan, el día 31 de mayo de 2007, ante el notario Ignacio Gorrin Maldonado, inscrita al folio 181 del tomo 1366 de Guaynabo, inscripción 6ta. La hipoteca objeto de esta ejecución es la que ha quedado descrita en el inciso (i). Será celebrada la subasta para con el importe de la misma satisfacer la sentencia dicta el 23 de junio de 2016, mediante la cual se condenó a la parte demandada pagar a la parte demandante la suma de $366,324.40 de principal, intereses al 6.375% desde el día 1 de diciembre de 2014; intereses vencidos; gastos por demora y $41,000.00 estipulados para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualquier otro desembolso que haya efectuado o efectúe la parte demandante durante la tramitación de este caso para otros adelantos de conformidad con el Contrato Hipotecario, incluyendo primas de seguro de hipoteca, prima de seguro de siniestro y cargos por demora. La PRIMERA SUBASTA será celebrada el día 19 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del Alguacil, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, Puerto Rico. Servirá de tipo mínimo para la misma la cantidad de $410,000.00, sin admitirse oferta inferior. De no haber remate ni adjudicación, celebraré SEGUNDA SUBASTA el día 26 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo lugar, en la que servirá como tipo mínimo, dos terceras (2/3) partes del precio pactado para la primera subasta, o sea, $273,333.33. Si no hubiese remate ni adjudicación en la segunda subasta, celebraré TERCERA SUBASTA el día 2 DE FEBRERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en el mismo

lugar en la que regirá como tipo mínimo, la mitad del precio pactado para la primera subasta, o sea, $205,000.00. El precio ofrecido se pagará de contado y en moneda de curso legal o por cheque del gerente librado a favor del alguacil en el mismo acto de subasta y tan pronto se conceda la buena pro al postor agraciado. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargas o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca ejecutada y las personas interesadas en, o con derecho a exigir el cumplimiento de instrumentos negociables garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito ejecutado, para que puedan concurrir a la subasta si les convenga o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Vendida o adjudicada la finca o derecho hipotecado y consignado el precio correspondiente, en esa misma fecha o fecha posterior, el alguacil que celebró la subasta procederá a otorgar la correspondiente escritura pública de traspaso en representación del dueño o titular de los bienes hipotecados, ante el notario que elija el adjudicatario o comprador, quien deberá abonar el importe de tal escritura. El alguacil pondrá en posesión judicial al nuevo dueño, si así se lo solicita dentro del término de veinte (20) días a partir de la confirmación de la venta o adjudicación. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante u ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. Y PARA CONOCIMIENTO DE LOS LICITADORES Y DEL PUBLICO EN GENERAL y para su publicación de acuerdo con la Ley, expido el presente Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 19 de septiembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante V.

AURELIO VIGOREAUX CRESPO, SU ESPOSA LARISSA MARIE MARTÍNEZ ARCHILLA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2015-0134. (402). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, Sala Superior, al público en general, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en virtud del mandamiento expedido el 18 de mayo de 2016, por el Secretario de este Tribunal, dirigido al que suscribe, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor, en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América, por el precio mínimo de $212,400.00, el inmueble hipotecado en este caso, el cual se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la urbanización Mansiones de Montecasino II, en el barrio Mucarabones del municipio de Toa Alta, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con número, área y colindancias que se relacionan a continuación: número del solar: cinco del bloque E (E-5). Área del solar: 325.00 metros cuadrados. En lindes: por el NORTE, con la calle número 14, en una distancia de 13.00 metros; por el SUR, con el solar número 18-E, en una distancia de 13.00 metros; por el ESTE, con el solar número 6-E, en una distancia de 25.00 metros; por el OESTE, con el solar número 4-E, en una distancia de 25.00 metros. En este solar se ha construido una casa de vivienda para una familia de bloques y hormigón reforzado. Consta inscrita al folio ciento noventa y uno (191) del tomo cuatrocientos cuarenta y tres (443) de Toa Alta, finca número veintidós mil setecientos treinta y seis (22,736) del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Bayamón. Dicha propiedad consta inscrita a favor de AURELIO VIGOREAUX CRESPO y su esposa LARISSA MARIE MARTÍNEZ ARCHILLA, quienes adquieren por compra mediante la escritura pública #124, otorgada en San Juan, el 6 de diciembre de 2000, ante el Notario Público Edgar F. Balzac Rivera, la cual consta inscrita al folio 191 del tomo 443 de Toa Alta, finca número 22,736, inscripción 1ra. Con el importe de dicha venta se habrán de satis-

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Legal Notice

facer a la parte demandante las siguientes cantidades, según la Sentencia en Rebeldía dictada por el Honorable Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de Bayamón el día 12 de junio de 2015 y notificada el 16 de julio de 2015: La parte demandada adeuda solidariamente a la parte demandante, la suma de $133,070.14 por concepto del principal adeudado, más intereses acumulados, los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación, cargos por demora acumulados los cuales continúan en aumento hasta el pago total y solvento de la obligación y la suma de $21,240.00 por concepto de costas y honorarios de abogado previamente pactados; los intereses legales correspondientes y en vigor a esta fecha, al tipo fijado por la Junta Financiera de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, a computarse desde la fecha de hoy sobre la cuantía de esta Sentencia, incluyendo costas y honorarios de abogado, hasta el total pago y solvento del importe de la misma. La sumas antes descritas están garantizadas mediante hipoteca a favor de la SANA MORTGAGE CORP., o a su orden, por la suma principal de $212,400.00 con intereses al 4¼%, y a vencer el 1 de enero de 2025, según consta en escritura pública #518, otorgada en San Jun, el 24 de diciembre de 2004, ante la Notario Público Pylar Gómez Vélez, la cual consta inscrita al folio 174 del tomo 550 de Toa Alta, finca #22,736, inscripción 3ra, el 22 de enero de 2015. La PRIMERA SUBASTA se llevará a efecto en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, a las 11:00 DE LA MAÑANA EL DÍA 24 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $212,400.00. Si no produjera remate ni adjudicación la primera subasta, queda señalada la SEGUNDA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA MAÑANA EL DÍA 31 DE ENERO DE 2017, por el tipo mínimo de $141,600.00; si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta; se señala la TERCERA SUBASTA que dispone la ley para las 11:00 DE LA MAÑANA EL DÍA 7 DE FEBRERO DE 2017, por el tipo mínimo de la mitad del precio pactado, o sea, $106,200.00. Las tres subastas señaladas se celebrarán a las horas y fechas antes indicadas en mi oficina sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Se advierte que los autos de este caso y demás instancias están disponibles para ser inspeccionadas en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se advierte que los licitadores aceptan como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá, que el remanente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad

de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general y se relaciona el siguiente gravamen, el cual es posterior al ejecutado: HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $35,600.00, con intereses al 9.50% y a vencer el 1 de julio de 2021, según consta en escritura pública #37, otorgada en San Juan, el 30 de junio de 2006, ante la Notario Público Liliana A. Matallana Molano, la cual consta inscrita al folio 174 del tomo 550 de Toa Alta, finca #22,736, inscripción 3ra, el 22 de enero de 2015. Y PARA CONOCIMIENTO DE LAS PARTES INTERESADAS y del público en general, se advierte que la adjudicación se hará al mejor postor y que el pago de la licitación deberá hacerse en el acto de la subasta y en moneda de los Estados Unidos de América, de acuerdo con la ley. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello con el sello de esta oficina en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 6 de diciembre de 2016. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY II Plaintiff Vs.

MIGUEL ANGEL RAMIREZ-RIVERA, A/K/A MIGUEL A. RAMIREZRIVERA, HIS WIFE IVETTE GOYTIA-RIVERA, AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN Defendants. Civil No.: 15-2595. (CCC). Re: COLLECTION OF MONIES, FORECLOSURE OF MORTGAGE. NOTICE OF SALE. UNITED STATES OF AMERICA, PRESIDENT OF THE UNITED STATES, COMMONWEALTH OF PUERTO RICO, SS.

TO: MIGUEL ANGEL RAMIREZ-RIVERA, a/k/a MIGUEL A. RAMIREZRIVERA, his wife IVETTE GOYTIA-RIVERA, AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP. Judgment in favor of plaintiff for the sum of $189,943.48, deferred principal balance of $8,821.60, for a total outstanding principal balance of $198,765.08 accrued interest, interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 6.250% per annum, accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $23,000.00

Legal Notice in attorney’s fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Estancias de Cambalache, también conocida como Vista de Río Grande II, en el barrio Cienaga Baja del término municipal de Rio Grande, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción con el numero, área y colindancias que se relacionan a continuación: Numero del Solar: 561. Área del solar: 675.04 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 37.50 metros lineales, con el solar numero 560 de la urbanización; por el SUR, en una distancia de 37.58 metros lineales, con el solar numero 562; por el ESTE, en dos alineaciones continuas que suman 18.01 metros lineales, con la calle Palma Real de la urbanización; y por el OESTE, en una distancia de 18.00 metros lineales, con área verde. Sobre dicho solar enclava una casa de concreto para fines residenciales. Consta inscrita al folio 32 del tomo 499(ágora) de Rio Grande, finca número 27,086. Registro de la Propiedad, Seccion Tercera de Carolina. THEREFORE, the FIRST PUBLIC SALE shall be held on the 3 DAY OF FEBRUARY 2017, AT 9:30AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $239,000.00. In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a SECOND PUBLIC AUCTION shall be held on the 10 DAY OF FEBRUARY 2017, AT 9:30AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $159,333.33, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a THIRD AUCTION will be held on the 17 DAY OF FEBRUARY 2017, AT 9:30AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $119,500.00, ½ of the minimum bid for the 1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general public and specially regarding the seizure annotation described hereinafter: A. Seizure Annotation: SEIZURE ANNOTATION: Executed in the First Instance Court of Rio Grande, civil case number N3CI2009-00458,

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on April 11, 2011, for reason of Collection of Money by Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Puerto Rico, versus Miguel A. Ramirez Rivera and his wife Ivette Goytia Rivera, by the amount of $10,093.94, plus interests, recorded at page 32 of volume 499 of Rio Grande, property number 27,086, annotation A. In San Juan, Puerto Rico, On December 12 , 2016. AGUEDO DE LA TORRE, SPECIAL MASTER.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Demandante V.

FERMIN ROSALES FERRER T/C/C FERMIN ROSALES FERRÉ T/C/C FERMIN ROSALES FERRA AHORA LA SUCESIÓN DE FERMIN ROSALES FERRER T/C/C FERMIN ROSALES FERRÉ T/C/C FERMIN ROSALES FERRA COMPUESTA POR ILIANA SOSA RUBERT T/C/C ILEANA SOSA ROUBERT POR SÍ Y EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; ILEANA ROSALES SOSA, NANCY ROSALES SOSA, MARÍA ROSALES SOSA, DORIS ROSALES SOSA Y DAYSI ROSALES SOSA; DEPARTAMENTO DE HACIENDA, DIVISIÓN DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) Demandados Civil Núm.: FCD2014-1355. (401). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 8 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 9:30 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN

The San Juan Daily Star

Wednesday, December 21, 2016 SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Rolling Hills, Solar 284, Bloque L, Bo. Martin González, Carolina, PR 00896 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 284 del bloque L de Urbanización Rolling Hills, localizado en el Barrio Martín González del municipio de Carolina, Puerto Rico, con un área de 496.50 metros cuadrados. En lindes por el Norte, 30.00 metros, con el solar numero L-285; por el Sur, en 33.63 metros con paseo público; por el Este, en 8.95 metros, con paseo público; por el Oeste, en 24.15 metros, con la calle Periferal. Se hace constar sin embargo que se permitirá la construcción de verjas en lados los sitios excepto que en el batey estas mantendrán la líneas de construcción individual de casa vivienda o estructura. En dicho solar descrito enclava una casa residencial para una familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 106 del Tomo 462 de Carolina, finca número 18,874, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $184,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 1:30 DE LA TARDE. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $122,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 22 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 3:15 DE LA TARDE. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $92,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 142, otorgada el día 16 de julio de 2005, ante el Notario Ivonne Santiago Camacho y consta inscrita en el Folio 17 del Tomo 1378 de Carolina, finca número 18,874, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción décimotercera. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $186,672.46 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el día 1 de diciembre de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de

aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $18,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $18,400.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $18,400.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Roosevelt Cayman Asset Company vs. Ileana Sosa Roubert y su esposo, Fermín Rosales Ferrer, también conocido como Rosales Ferra, ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Carolina, Sala Superior, en el caso civil número FCD 2014-1355, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca, con un balance de $175,069.69 y otras cantidades, según Demanda de fecha 6 de noviembre de 2014. Anotada al folio 93 del tomo 1523 de Carolina. Anotación A, el 25 de noviembre de 2004. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la

ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Carolina, Puerto Rico, hoy día 24 de agosto de 2016. FDO. MANUEL VILLAFAÑE BLANCO, ALGUACIL #830.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR

SCOTIABANK OF PUERTO RICO Demandante V.

SERGIO MADRID GUZMÁN, WALESKA TORRES MURIENTE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2014-1057. (501). Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor quién pagará de contado y en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, giro postal o por cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 6 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:45 DE LA MAÑANA, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 14 The Village AT Suchville, Guaynabo, PR 00926 ue se describe a continuación: URBANA: Lote de terreno localizado en el Proyecto Residencial THE VILLAGE AT SUCHVILLE, en el Barrio Juan Domingo del Municipio de Guaynabo, Puerto Rico, identificado en el plano de inscripción aprobado por La Administración de Reglamentos y Permisos para la Urbanización como Unidad 14. El mismo tiene

una cabida de 109.2302 metros cuadrados. Colindando por el Norte, con ‘Public Area’, en una distancia de 16.8684 metros; por el Sur, con la Unidad 15, en una distancia de 16.8684 metros; por el Este, con ‘Public Area’, en una distancia de 6.477 metros; y por el Oeste, con ‘Public Area’, en una distancia de 6.477 metros. En este solar enclava una estructura de hormigón armado y bloques con un área superficial de aproximadamente 3,070 pies cuadrados, equivalentes a 285.203 metros cuadrados. La misma consta de tres cuartos dormitorios, un salón multi-usos, tres y medio baños, sala, comedor, cocina, marquesina para dos automóviles y demás dependencias. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 49 del Tomo 1359 de Guaynabo, finca número 46,038, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $298,400.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:45 DE LA MAÑANA. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $198,933.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una TERCERA SUBASTA en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:45 DE LA MAÑANA. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $149,200.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 2103, otorgada el día 10 de noviembre de 2004, ante el Notario Julio Francisco Fernández Rodríguez y consta inscrita en el Folio 49 del Tomo 1359 de Guaynabo, finca número 46,038, en el Registro de la Propiedad de Guaynabo, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $258,276.34 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.875% anual desde el día 1 de junio de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $29,840.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $29,840.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de

$29,840.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes. Se entenderá que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $71,500.00, en garantía de un pagaré a favor de FIRST EQUITY MORTGAGE BANKERS, INC., o a su orden, con intereses al 9.62% anual y vencimiento el 1ro. de abril del 2037, tasada en $71,500.00, constituida mediante escritura No. 43, otorgada en San Juan el 30 de marzo del 2007, ante Dianne M. Pérez Sebastián, inscrita al folio 49 del tomo 1359 de Guaynabo, finca No. 46038, inscripción 3ª. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes poste-

riores sujeto a lo dispuesto en los Artículos 113 al 116 de la Ley 210 del 8 de diciembre de 2015, según aplique. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 14 de octubre de 2016. FDO. EDGARDO E. VARGAS SANTANA, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

JORGE VIVA OLIVARDIA T/C/C GEORGE ULLOA OLIVARDIA T/C/C JORGE ULLOA OLIVARDIA; SU ESPOSA MARTA ISABEL NÚÑEZ AVALOS T/C/C MARTA NÚÑEZ AVALOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: KCD2015-2714. Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SS.

A: JORGE VIVA OLIVARDIA, T/C/C GEORGE ULLOA OLIVARDIA T/C/C JORGE ULLOA OLIVARDIA; SU ESPOSA MARTA ISABEL NÚÑEZ AVALOS, T/C/C MARTA NÚÑEZ AVALOS Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Quedan emplazados y notificados que en este Tribunal se ha radicado una Demanda de Cobro de dinero - ejecución de hipoteca por la vía ordinaria en su contra. Se les notifica para que comparezcan ante el Tribunal dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el presente caso. Se le apercibe y notifica que si no contestan la demanda radicada en su contra, radicando el original de la misma y enviando copia de su contestación a la parte demandante, BERMÚDEZ DÍAZ & SÁNCHEZ LLP, Lic. Reggie Días Hernández; Edificio Ochoa, Suite 200, 500 Calle de la Tanca San Juan, PR 00901; teléfono (787) 523-2670; fascímil (787) 523-2664 y correo electrónico [email protected], dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se les anotará la rebeldía en su contra y se dictará sentencia en

The San Juan Daily Star su contra, conforme se solicita en la Demanda, sin más citárseles ni oírseles. Expedido bajo mi firma y el sello del Tribunal, a 9 de diciembre de 2016. GRISELDA RODRÍGUEZ COLLADO, SECRETARIA REGIONAL. MARILY LÓPEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

T/C/C ZEMOG FAMILY CORPORATION (TITULAR REGISTRAL)

Demandados Civil Núm.: G4CI2016-0249. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EI PRELEGAL NOTICE SIDENTE DE LOS ESTADOS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE UNIDOS, EI ESTADO LIBRE PUERTO RICO TRIBUNAL DE ASOCIADO DE PUERTO RICO. PRIMERA INSTANCIA SALA DE A LA PARTE AGUADILLA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, INC. Demandante V.

DALIA ALTAGRACIA COLÓN MARRERO Demandada Civil Núm.: ACD2016-0153. Sobre: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS, ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, S.S.

A: DALIA ALTAGRACIA COLÓN MARRERO. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda incoada contra usted, dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de dicha contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe del mismo, con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia en su contra sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: Lcdo. Reggie Díaz Hernández RUA Núm.: 16,393 BERMUDEZ DIAZ & SÁNCHEZ, LLP Attorneys at Law Edificio Ochoa, Suite 200, 500 Calle De La Tanca San Juan, Puerto Rico 00901 Tel.: (787) 523-2670 Fax: (787) 523-2664 rdí[email protected] Expido este edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, hoy 9 de diciembre de 2016. ROSA B. SÁNCHEZ ACEVEDO, SECRETARIA GENERAL. MADELYN MORALES RAMOS, SECRETARIA AUXILIAR.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SALINAS SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

ANNICA COLÓN RODRÍGUEZ T/C/C ANNICA MICHELLE COLÓN RODRÍGUEZ T/C/C ANNICA M. COLÓN RODRÍGUEZ (DEUDOR HIPOTECARIO), ZEMOG CORPORATION

DEMANDADA: ZEMOG CORPORATION T/C/C ZEMOG FAMILY CORPORATION (TITULAR REGISTRAL), A SU ÚLTIMA DIRECCIÓN CONOCIDA: FÍSICA: FÍSICA: CALLE MARINA #76, ESQUINA CRISTINA, PONCE, P R 00730 Y POSTAL: URB. EL MONTE, CALLE MARAVILLA 3211, PONCE, P R 00731 Y PO BOX 7705, PONCE, P R 00732.

Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en contra del co-demandado Zemog Corporation t/c/c Zemog Family Corporation (Titular Registral) única y exclusivamente por ser el Titular Registral y en cumplimiento con el Artículo 95 de la Ley #210 del 2015, en la cual se alega que la co-demandada Annica Colón Rodríguez t/c/c Annica Michelle Colón Rodríguez t/c/c Annica M. Colón Rodríguez (Deudor Hipotecario) adeuda a la parte demandante por concepto de hipoteca la suma de $28,165.47 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.95% anual desde el 1ro de mayo de 2016. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.00% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha de vencimiento; los créditos accesorios y adelantos hechos en virtud de la escritura de hipoteca; y las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $3,613.40. Además Ia parte demandada se comprometió a pagar una suma equivalente a $3,613.40 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y una suma equivalente a $3,613.40 para cubrir intereses en adición a los garantizados por ley y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 630, otorgada en Ponce, Puerto Rico, el día 30 de diciembre de 2004, ante el Notario Félix Llorens Santini, sobre la finca número, inscrita al Folio del Tomo de Salinas, Registro de la Propiedad

Wednesday, December 21, 2016 de Guayama. Por razón de dicho incumplimiento, y al amparo del derecho que Ie confiere el Pagaré, el demandante ha declarado tales sumas vencidas, líquidasy exigibles en su totalidad. Este Tribunal ha ordenado que se le(es) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de CARDONA & MALDONADO LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. Duncan Maldonado Ejarque, P.O. Box 366221, San Juan, Puerto Rico 00936-6221; Tel (787) 622-7000, Fax (787) 625-7001, Abogado de la Parte Demandante. Se le(es) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 09 de diciembre de 2016, en Salinas, Puerto Rico. Marisol Rosado Rodríguez, Secretaria Regional. Brenda L. Ramos Pomales, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

REY EDUARDO RODRÍGUEZ VALENTÍN, MIRTA RAQUEL CARRIÓN LUCENA T/C/C MYRTHA RAQUEL CARRIÓN LUCENA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada Civil Núm.: CCD2016-0487. (402). Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U., EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO.

A: REY EDUARDO RODRÍGUEZ VALENTÍN, MIRTA RAQUEL CARRIÓN LUCENA T/C/C MYRTHA RAQUEL CARRIÓN LUCENA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS EN: URB. SAN FELIPE, A27 CALLE 1, ARECIBO PR 00612-3307;

BO. SANTANA, SECTOR TANAMÁ, B10 CALLE PUERTO RICO, ARECIBO PR 00612; Y HC 8 BOX 68800, ARECIBO PR 00612-6104. Queda usted notificado que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega usted le adeuda a la Demandante las siguientes cantidades: $10,270.99 de principal, más intereses sobre dicha suma al 7% anual, desde el 1 de abril de 2016 hasta su completo pago, más $67.80 por recargos adeudados desde el día 1 de mayo de 2016 hasta su total pago, más la cantidad estipulada de $6,040.00 para costas, gastos y honorarios de abogados, así como cualquier otra suma que contenga el contrato del préstamo. La propiedad que garantiza hipotecariamente el préstamo es la siguiente: URBANA: Solar número 27 de la manzana A de la Urbanización San Felipe, situada en el Barrio Hato Abajo del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, con un área de 379.26 metros cuadrados. En lindes por el: NORTE: Con la calle número 1, en 14.00 metros; SUR: Con terrenos propiedad de Eustaquia de Jesús, en 14.00 metros; ESTE: Con el solar número A-26, en 27.09 metros; OESTE: Con el solar número A-28, en 27.09 metros. Enclava una casa. La propiedad consta inscrita al Folio 120 del Tomo 488 de Arecibo, Finca #20,369. Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección I. La escritura de hipoteca consta inscrita al Folio 122 vuelto del Tomo 488 de Arecibo, Finca #20,369. Registro de la Propiedad de Arecibo, Sección I. Inscripción tercera. La Demandante es la tenedora por endoso, por valor recibido y de buena fe del referido pagaré objeto de la presente acción. Se le advierte que si no contesta la Demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación a la abogada de la Parte Demandante, Lcda. Belma Alonso García, cuya dirección es: Terrazas de Guaynabo, H-26 Calle Las Flores, Guaynabo Puerto Rico 00969, Teléfono y Fax: (787) 789-1826, correo electrónico: [email protected], dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, excluyéndose el día de la publicación, se le anotará la rebeldía y se le dictará Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Se le informa además, que se procederá a presentar aviso de pleito pendiente en el Registro de la Propiedad correspondiente. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal, hoy 6 de diciembre de 2016, en Arecibo, Puerto Rico. Vivian Y. Fresse González, Secretaria Regional. Micheline Reyes Torres, Secretaria Auxiliar.

LEGAL NOTICE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE VEGA BAJA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

SUCESION DE SALVADOR SANCHEZ ORTIZ COMPUESTA POR SUS HIJOS ALICIA SANCHEZ MORALES, ALEX SALVADOR SANCHEZ MORALES, SALEXLY SANCHEZ MORALES; FULANO DE TAL Y ZUTANO DE TAL COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Demandados Civil Núm.: CD2016-81. Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA.

AL: PÚBLICO EN GENERAL. A: A LA PARTE DEMANDADA. Yo, LUIS F. ORTIZ ROSA, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 24 DE ENERO DE 2017 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Vega Baja, Vega Baja, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Vega Baja durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 31 DE ENERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 7 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número Cuatro (4) del Bloque “K” del plano de inscripción de la URBANIZACIÓN SANTA ANA, radicado en el Barrio Espinosa del Municipio de Vega Alta, Puerto Rico, con un área superficial de TRESCIENTOS OCHO PUNTO CUARENTA Y TRES (308.43) METROS CUADRADOS. Colinda por el NORTE, en TRECE PUNTO

CERO CERO (13.00) METROS, con la Autoridad de Tierras; por el SUR, en TRECE PUNTO CERO CERO (13.00) METROS, con la Calle número Once (11); por el ESTE, en VEINTITRÉS PUNTO OCHENTA Y DOS (23.82) METROS, con el solar número Tres (3) del bloque “K”; y por el OESTE, en VEINTITRÉS PUNTO SESENTA Y DOS (23.62) METROS, con el solar número Cinco (5) del bloque “K”. En este solar enclava una casa construida de hormigón que consta de tres (3) dormitorios, sala, comedor, cocina y cuarto de baño. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio móvil 4 de Vega Alta, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, finca número 1,828, inscripción quinta. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $40,061.88 de principal, intereses al 7.5% anual desde el día 1ro. de marzo de 2015, hasta su completo pago, más la cantidad de $5,500.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $55,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $36,666.66 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $25,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Vega Baja, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2016. Luis F. Ortiz Rosa, Alguacil Auxiliar #888 Tribunal, Sala Superior De Vega Baja.

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Legal Notice

ZULMA DEL CARMEN SANTIAGO ROMEU Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados Civil Núm.: DCD2015-0787. (503). Sobre: COBRO DE DINERO (EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA). “IN REM”. EDICTO DE SUBASTA.

AL: PÚBLICO EN GENERAL A: ALVARO RAFAEL CALDERO MARTINEZ, TAMBIÉN CONOCIDO COMO ALVARO CALDERON MARTINEZ Y SU ESPOSA ZULMA DEL CARMEN SANTIAGO ROMEU, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS.

Yo, EDGARDO E. VARGAS SANTANA, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 30 DE ENERO DE 2017 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Bayamón durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA para la venta de la susodicha propiedad, el día 6 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 13 DE FEBRERO DE 2017, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como LEGAL NOTICE sigue: RÚSTICA: Parcel of land ESTADO LIBRE ASOCIADO DE designated with number B dash PUERTO RICO TRIBUNAL DE Eight (B-8) with a superficial area PRIMERA INSTANCIA SALA SU- of TWO THOUSAND POINT ONE PERIOR DE BAYAMÓN HUNDRED EIGHT (2,000.108) SQUARE METERS, located in SCOTIABANK DE Hato Nuevo and Mamey Wards of PUERTO RICO Guaynabo, Puerto Rico; bounded Demandante Vs. by the NORTH, in fifty seven poALVARO RAFAEL int fifteen (57.15) meters, with lot CALDERON MARTINEZ number Nine (9); by the SOUTH, TAMBIÉN CONOCIDO in a distance of fifty seven point fifteen (57.15) meters, with lot COMO ALVARO Six (6); by the EAST, in CALDERON MARTINEZ number thirty four point eighty four (34.84)

Y SU ESPOSA

meters, with Golf Course; and by the WEST, in a distance of thirty four point eighty four (34.84) meters, with street number One (1). Enclava una casa. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 61 del tomo 1244 de Guaynabo, finca número 33,030, inscripción sexta. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $293,121.51 de principal, interés al 6% anual, desde el día 1ro. de abril de 2014, hasta su total y completo pago, más la cantidad de $31,500.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $315,000.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $210,000.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $157,500.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser vendida en pública subasta se encuentra afecta a los siguientes gravámenes preferentes: Condiciones restrictivas sobre edificación y uso, según consta de la Escritura Número 153, otorgada en Guaynabo, Puerto Rico, el día 5 de julio de 1988, ante el Notario Público Freddie Berríos Pérez, inscrita al folio 110 del tomo898 de Guaynabo, finca número 33,030 al margen de la inscripción primera. Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor de Doral Bank, o a su orden, por la suma principal de $227,000.00 con intereses al 5 1/4%, vencedero el día 1ro. de abril de 2018, según consta de la Escritura Número 163, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 31 de marzo de 2003 ante el Notario Público Eric Hernández Batalla, inscrita al folio 61 del tomo 1244 de Guaynabo, finca número 33,030, inscripción 5ta. Los gravámenes antes mencionados han sido saldados en su totalidad y los mismos serán cancelados en el Registro de la Propiedad. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a 19 de diciembre de 2016. Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Tribunal, Sala Superior De Bayamón.

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Wednesday, December 21, 2016

Ex-Football Star Identified as Shooter in Double Slaying A

man who survived a deadly 2012 drive-by shooting in Boston has identified former New England Patriots star Aaron Hernandez as the triggerman. Prosecutors on Tuesday asked Raychides Sanches to describe the chaotic scene during a hearing in Suffolk Superior Court. When asked who the shooter was, Sanches said “Hernandez” and nodded in his direction.

Sanches made the identification at a pretrial hearing for Hernandez, who is charged in the deaths of Safiro Furtado and Daniel de Abreu. Prosecutors say Hernandez gunned down the men after one of them bumped into him at a nightclub. He has pleaded not guilty. Hernandez already is serving a life sentence for the 2013 killing of Odin Lloyd.

Aaron Hernandez

Sager Remembered for Love of Family, Sports, Flashy Attire

No. 20 Oklahoma Women Beat L Xavier in Puerto Rico Classic

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eyton Little scored 19 points, Maddie Manning had 17 points and eight rebounds, and No. 20 Oklahoma beat Xavier 81-69 on Monday night in the Puerto Rico Classic in Las Vegas. Sherri Coale won her 450th career

Peyton Little

game as a collegiate head coach. Nancy Mulkey scored seven straight Oklahoma points as the Sooners took a 63-51 lead late in the third quarter. In the fourth, Oklahoma used a 7-1 run to push its lead to 70-63 with 6:54 left. T’ona Edwards became the fifth Oklahoma player in double figures when she made a free throw with 1:31 to go for a 10-point lead. Vionise Pierre-Louis, Edwards and Mulkey scored 10 points apiece for Oklahoma (8-2). Kindell Fincher scored 16 points for Xavier (7-2) and Raeshaun Gaffney added 14 points. Xavier took a 16-8 lead after making six of its first eight shots but Oklahoma closed the quarter on an 11-2 run to take a 22-21 lead. Little had a steal and a 3-point play to give Oklahoma a 40-37 edge with 1:07 left in the first half and the Sooners led by six at intermission. The event is being played in Las Vegas because of concerns over the Zika virus in Puerto Rico.

ongtime TNT broadcaster Craig Sager was remembered for his love of family, sports and colorful attire at a memorial service Tuesday that produced laughs and tears. Among those attending the service were San Antonio Spurs coach Gregg Popovich and members of Sager’s Turner Sports TV family, including Ernie Johnson and Reggie Miller. The Rev. Randy Mickler, former senior pastor of Mount Bethel United Methodist Church in Marietta, Georgia, led

Craig Sager

the service. Mickler noted he decided against wearing his normal black robe and instead wore a purple shirt and colorful jacket he said would have made Sager “extremely proud and pleased.” The 65-year-old Sager died Thursday following a two-year fight with acute myeloid leukemia. Grammy winner Yolanda Adams sang two songs at the service. Johnson said Sager “planted sequoias” by inspiring others with his determined battle against cancer.

Wednesday, December 21, 2016

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Sports

Clippers Say Blake Griffin Will Have Knee Surgery, Expected to Miss 3-6 Weeks L

A Clippers star Blake Griffin will have arthroscopic knee surgery and is expected to miss three to six weeks, the team announced. Griffin will have the procedure to remove loose bodies from his right knee, according to the team. He missed a game last weekend because of a sore right knee but had been playing through it. Clippers coach Doc Rivers told the Orange County Register that the injury was not suffered during the loss to the Golden State Warriors on Dec. 7 and described it as more cumulative in nature.

Griffin missed his rookie season with an injury to his left knee, having surgery in January 2010. He also missed three months last season after breaking his right hand in a fight in January with the Clippers’ former assistant equipment manager. Griffin played just 35 regular-

season games then reinjured his left quadriceps tendon in April during the playoffs, forcing him to miss the final two games of the Clippers’ firstround series loss to the Portland Trail Blazers. Griffin is averaging 21.2 points, 8.8 rebounds and 0.5 blocks in 26 games this season.

DeMar DeRozan, James Harden Named Players of the Week T he Toronto Raptors’ DeMar DeRozan and the Houston Rockets’ James Harden were named NBA Eastern and Western Conference Players of the Week, respectively, for games played Monday, Dec. 12 through Sunday, Dec. 18. DeRozan led the Raptors to a 3-1 week, averaging a league-high 31.5 points on 60.5 percent shooting to go

with 4.5 rebounds and 3.5 assists. This marks the second time this season he has scored at least 30 points in four consecutive games. DeRozan also shot over 50.0 percent from the field in all four games. On Dec. 16, he tallied 34 points, five rebounds, three assists and two steals in a 125-121 loss to the Atlanta Hawks. On Dec. 18, he finished with 31 points,

three rebounds and three assists in a 109-79 victory over the Orlando Magic. Harden led the Rockets to a 4-0 week behind averages of 27.0 points (third in the West), a league-best 12.8 assists, 9.8 rebounds and 1.0 steals. He recorded back-to-back triple-do-

ubles in victories over the Sacramento Kings and New Orleans Pelicans, giving him six for the season and 15 for his career. Harden surpassed Hakeem Olajuwon for most tripledoubles in Rockets franchise history. He tallied at least 20 points and 10 assists in.

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Wednesday, December 21, 2016

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Tennis Star Petra Kvitova Badly Injured in Home Invasion By BEN ROTHENBERG

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etra Kvitova, the two-time Wimbledon tennis champion, was attacked by a man with a knife on Tuesday morning in her apartment in Prostejov, Czech Republic. The encounter was vicious; Kvitova’s agents confirmed an account of the struggle, first reported by the BBC, in which an assailant entered her apartment to rob it under the guise of checking a utility meter, not initially recognizing her identity. When he did, a struggle in a bathroom led to a knife against Kvitova’s throat. She was able to fight free and escape, but not before sustaining deep lacerations to the four fingers of her left hand, which severely cut and tore ligaments. “In my attempt to defend myself, I was badly injured on my left hand,” Kvitova wrote in a statement posted to her Facebook page hours after the assault. “I am shaken, but fortunate to be alive. The injury is severe and I will need to see specialists, but if you know anything about me, I am strong and I will fight this.” Damage to her left hand could affect her future in tennis: Kvitova plays left-handed and uses a two-handed backhand. She was taken to a hospital in Brno, the country’s second-largest city, roughly 40 miles away. Hours later, she underwent surgery to repair as much of her hand as possible, a session expected to last at least four hours. Her prognosis for recovery was not known. The as-

Petra Kvitova, shown serving in the 2016 French Open, is a two-time Wimbledon champion. sailant, described by the police as a man in his mid-30s, escaped from the scene. Kvitova had been scheduled to begin her 2017 season at the Hopman Cup in Perth, Australia, but had pulled out earlier Tuesday with an existing stress fracture in her right foot. The Australian Open, the year’s first Grand Slam event, begins on Jan. 16. Kvitova, 26, reached her career-high ranking of No. 2 in 2011, the year of her first Wimbledon title; her second came in 2014. After falling out of the top 10 this year, she found success in the second half of the year, winning a bronze medal at the Rio Olympics; WTA titles in the Chi-

nese cities Wuhan and Zhuhai; and a fifth Fed Cup title with her Czech teammates in November. She finished the year ranked 11th. Last week, she won the WTA’s sportsmanship award for the fifth time in six years. Elite women’s tennis players have been subjected to violent attacks before, often with career-altering results. In 1993, top-ranked Monica Seles was stabbed during a match in Hamburg and did not return to the sport for more than two years. When she did, her dominance subsided, and she won only one more Grand Slam title to add to her previous eight. In 2007, sixth-ranked Anna Chakvetadze and her family were assaulted during a home invasion in Moscow. Chakvetadze, who had made the semifinals of the United States Open three months before, was unable to replicate that success, and she retired in 2013 at age 26. Chakvetadze said on Tuesday that she was “very upset” when she heard Kvitova had been attacked, emphasizing that mental recovery from such an attack can be more difficult than the physical aspects. “Especially when you got badly injured, you always ask yourself, ‘Why did it happen?’ ” Chakvetadze said. “Could I do something different in that situation? I got an arm nerve injury after they tied it up with TV cable, and it took one month to feel my arm again. With a knife, it’s even worse. I hope she will recover as soon as possible, mentally and physically, but it would not be easy.”

Red Sox Trade Pitcher Clay Buchholz to Phillies By JIMMY GOLEN

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he Red Sox kept adding starting pitchers, and Clay Buchholz kept getting bumped further down in the rotation. There was David Price last offseason and Drew Pomeranz mid-year. By the time Chris Sale was acquired from the Chicago White Sox at the winter meetings this month, Boston had seven starters to choose from — most of them more consistent than Buchholz, and a few of them on better deals. Red Sox president Dave Dombrowski began to sort out his starting pitching argy-bargy on Tuesday, trading Buchholz to the Philadelphia Phillies for minor league second baseman Josh Tobias. The deal ends a decade in the Boston system in which Buchholz, a first-round draft pick, pitched a no-hitter as a rookie and twice made the All-Star game but failed to develop into a consistent and dependable member of the rotation. “We had seven established big league starters. We felt like we had some depth there,” Dombrowski said. “The deal that made the most sense was Clay.” Now 32, Buchholz pitched a no-hitter in 2007 in his second major league game and went 17-7 with a 2.33 ERA in 2010 to earn his first All-Star selection. In 2013, Buchholz was 12-1 with a 1.74 ERA despite missing more than three months with a neck injury; he also pitched four scoreless innings in a victory over St. Louis in the World Series.

But he hasn’t finished above .500 since, going 8-10 with a 4.78 ERA last season while bouncing back and forth from the rotation to the bullpen. In all, he is 81-61 with a 3.96 ERA in parts of 10 big league seasons. Heading into next season, he would have to compete for a spot on the starting staff not only with current and former Cy Young Award winners Rick Porcello and Price but with 2016 All-Stars Sale, Pomeranz and Steven Wright. Buchholz “wouldn’t necessarily have an opportunity to start here,” Dombrowski said, adding that Eduardo Rodriguez is also competing for a spot in the rotation. “It was really our choice to pursue this one more than some of the other guys.” Buchholz will get that chance in Philadelphia. He joins a rotation that includes Jeremy Hellickson, Jerad Eickhoff and Vince Velasquez, with Aaron Nola joining them if healthy. Jake Thompson, Zach Effin and Alec Asher could compete for a spot if Nola’s elbow holds him back. “I would be absolutely thrilled if this was the group we entered camp with,” said Phillies general manager Matt Klentak, who began looking at Buchholz in the middle of last year when the pitcher was being floated as trade bait. “We viewed him at that time as a potential bounce-back candidate.” Buchholz has a $13.5 million salary in 2017, then is eligible for free agency. If he pitches well but the Phillies aren’t in contention, he could bring more back to the team than he cost.

“If the standings are looking the other way in July, we will have a number of players in the last years of their contracts,” Klentak said. The deal also helps the Red Sox get under the threshold for baseball’s luxury tax — one of Dombrowski’s stated goals. The club is projected to have about $184 million in commitments to salary, estimated deals with arbitration-eligible players and benefits for purposes of the luxury tax, leaving it well under next year’s $195 million tax threshold. “It’s always part of the overall equation, not a real driving force for us,” Dombrowski said. “It fell into play here very well for us. It also creates some flexibility for us as we go forward.” Tobias, 24, has hit .301 in 188 minor league games since being selected by the Phillies in the 10th round of the 2015 amateur draft. To make room for Buchholz on the 40-man roster, the Phillies designated third baseman Richie Shaffer for assignment.

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Games

Sudoku How to Play: Fill in the empty fields with the numbers from 1 through 9. Sudoku Rules: Every row must contain the numbers from 1 through 9 Every column must contain the numbers from 1 through 9 Every 3x3 square must contain the numbers from 1 through 9

Crossword

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Sooty

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Throne

Flies

Noons

Turbine

Folded

Ophthalmology

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Answers on page 46

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Wednesday, December 21, 2016

HOROSCOPE Aries

(Mar 21-April 20)

Accepting additional work responsibilities will further your professional prospects. If you’re unemployed, be willing to accept an entry level position with plenty of growth opportunity. You have a pioneer spirit. Mastering an unfamiliar industry will be easy for you. Keep asking questions, requesting tutorials and volunteering to do odd jobs.

Taurus

(April 21-May 21)

Gemini

(May 22-June 21)

Your intelligence and experience attract lots of new friends. People find your self-assurance incredibly appealing. If you are single and happy, don’t feel pressured into embarking on a serious relationship. You know what is best for you. Keep listening to your instincts. If you are in the market for romance, pursue someone who celebrates your abilities. Keep your money separate. You enjoy your financial freedom.

Libra

(Sep 24-Oct 23)

Expanding your skill set in secret will put you in a powerful position. Instead of discussing plans to move up the professional ladder, continue to perform your current job in a pleasant manner. By the time you land an impressive position, jealous colleagues won’t be able to block your path. Have you not received any responses from multiple job applications? Think about running a business from home.

Scorpio

(Oct 24-Nov 22)

Working with someone who has a powerful personality will be instructive. Take careful notes on how your partner uses the powers of their persuasion to win people over. If you get a chance to enter into a long term alliance, do it. Signing a contract now will yield rewards for years. You might have to accept a lower percentage of the profits in the early stages of this alliance, so make a provision for renegotiations.

Sagittarius

(Nov 23-Dec 21)

You’re emotionally resourceful. Whenever you experience disappointment, you treat it as a learning opportunity. Cynics think you are hopelessly naive, mocking your ability to bounce back from adversity. Recognise their disdain for what it really is: Jealousy. Some people would rather use setbacks as an excuse to give up. You’re different. Instead of letting upsets deter you from your goals, you stay focused.

You have a gift for expanding resources through intelligent investments. Whether you are putting away money for retirement or investing in your education is immaterial. The important thing is to plant seeds that won’t be harvested until much later. You’ll have to make some sacrifices right now, but living on less won’t be especially hard. You’d much rather be free to retire early than own a lot of flashy status symbols.

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Capricorn

(June 22-July 23)

(Dec 22-Jan 20)

Resist the temptation to voice strong feelings on social media. Although you may use Twitter, Facebook and Instagram for personal purposes, your job will be put in jeopardy if you air controversial opinions. Nothing is ever permanently deleted on the Internet. When you feel compelled to speak out against an issue, wait an entire day before submitting a post. When it comes to expressing an opinion, think about whether you will help or hurt people.

People are grateful for all the hard work you perform. You’re the one everyone turns to when there is a difficult job to perform. If you lack the expert knowledge to make a good decision, collaborate with someone who has lots of experience. Together, you’ll create a solution that works for the majority of the group. Try not to get defensive when your assertions are challenged. Your colleagues don’t want to undermine your authoritye.

Leo

Aquarius

(July 24-Aug 23)

(Jan 21-Feb 19)

Your desire for financial freedom will be the goad that prompts you to go after a job that pays you more than you’re getting now. You have valuable organisational skills. Making order of a chaotic situation will be rewarding, both economically and emotionally. If you’re happy with your current position, think about lending your services to a worthy cause. Raising money for an animal shelter, hospital or soup kitchen will be empowering.

Don’t settle for less, especially when it comes to relationships. If you’re with someone who underplays your accomplishments and makes you feel inferior, leave. You are a wonderful visionary. Surround yourself with fellow optimists who are always looking for ways to make things better. With their encouragement, you’ll reach fantastic heights. Are your parents unsupportive of your goals? Keep your conversations polite and superficial.

Virgo Aug 24-Sep 23)

Pisces

Don’t be jealous of loved ones who have achieved great success. By celebrating their achievements, you’ll attract opportunities to realise your own dreams. The Universe is endlessly bountiful. Tap into this abundance. Have you been struggling financially? A well connected friend will offer you a job or write you a recommendation. Your social network is one of your most precious possessions. Continue to draw on it when you need help.

(Feb 20-Mar 20)

A close friendship could become romantic if you are so inclined. If you love being with someone who makes you feel safe, secure and valued, there’s a good chance you’ll make a successful couple. Are you already in a serious relationship? Encourage your amour to pursue their heart’s desire. When given a choice between taking a chance and playing it safe, you usually pick the former. That’s because you’d rather grow and change.

Answers to the Sudoku and Crossword on page 45

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Wednesday, December 21, 2016

Speed Bump

Frank & Ernest

BC

Scary Gary

Wizard of Id

For Better or for Worse

Cartoons

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Ziggy

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