Subsecretaría de Turismo del Litoral

Contrato Procedimiento CCI No. PMRC-0222006 SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMA CONSULTORA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE PL

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Contrato Procedimiento CCI No. PMRC-0222006 SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DE FIRMA CONSULTORA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE PLAYAS TURÍSTICAS EN LA FAJA COSTERA PRODUCTO FINAL

Estudio elaborado por la Consultora ECOSAMBITO Cía. Ltda. Ing. Marcos Fioravanti Ab. María Parducci Ing. Karla Reátegui MSc. Úrsula Troya MSc. Natalia Vega

Estudio contratado por:

Subsecretaría de Turismo del Litoral

- Guayaquil, 30 de Marzo del 2007 -

Normas Técnicas para Playas Turísticas 2

TABLA DE CONTENIDO 1. RESUMEN EJECUTIVO ________________________________________________4 2. OBJETIVOS Y ALCANCES_________________________________________5 2.1 Objetivo general

5

2.2 Alcances del proyecto

5

3. METODOLOGÍA________________________________________________5 4. RESULTADOS_________________________________________________ 6 4.1 Normas y Programas Investigados 6 4.1.1 Resumen breve de normas y programas investigados 4.1.2 Cuadros comparativos 4.1.3 Análisis general de los programas investigados 4.2 Diagnóstico de las playas ecuatorianas 4.2.1 Diagnóstico general de playas evaluadas 4.2.2 Resultados de las encuestas realizadas 4.2.3 Resultados de las playas evaluadas 4.2.4 Análisis de actores costeros 4.3 Talleres 4.3.1 4.3.2 4.3.3

16

de consulta 37 Resultados de los talleres Resoluciones en relación a las observaciones captadas Reunión de consulta con autoridades

5. NORMAS TÉCNICAS ___________________________________________52 5.1 Propuesta para la dirección y administración 5.1.1 Decreto Ejecutivo 5.1.2 Contenido del Decreto Ejecutivo 5.1.3 Esquema de Dirección y Administración 5.1.4 Capacitación

52

5.2 Aclaraciones preliminares 5.2.1 Tipos de playa 5.2.2 Definición de temporadas y horarios 5.2.3 Abreviaciones utilizadas 5.2.4 Niveles de certificación 5.2.5 Estructura de las normas 5.2.6 Explicación del formato de las normas

58

5.3 Requisitos Generales Inscripción de playa Levantamiento de información Monitoreo permanente Informe anual de actividades

64

5.4 Requisitos Técnicos Recurso hídrico Desechos varios Seguridad Servicios Comercio Infraestructura Conservación de recursos naturales Comunicación e Información

84

Normas Técnicas para Playas Turísticas 3

5.5 Manual para la evaluación de las playas

106

Ficha de evaluación de playas 5.6 Cronología hacia una certificación

114

5.7 Anexos de la normativa

116

5.8 Glosario

140

6. RECOMENDACIONES ____________________________________________143 7. CONCLUSIONES________________________________________________146 8. BIBLIOGRAFIA CONSULTADA______________________________________148 9. ANEXOS 1 Anexos del Diagnóstico Foto archivo del diagnóstico del filo costero ecuatoriano Formatos de entrevistas y fichas utilizadas Resultados detallados de las evaluaciones Lista de contactos de actores costeros 2 Anexos de los Talleres de Consulta Listados de asistencia Memorias del taller Presentación utilizada durante los talleres Fotografías de los talleres Resultados de consulta grupal Notas de las presentaciones orales Formulario de evaluación individual Resultados de las evaluaciones individuales 3 Anexos de Tipos de playas y Flujo turístico Tipos y cantidad de playas de Ecuador Flujo turístico de las playas de Ecuador 4 Anexos de Temas Legales Legislación vigente citada en el documento: Constitución Política del Ecuador Ley de Gestión Ambiental: sobre desechos Ley de Gestión Ambiental: sobre información, vigilancia ambiental, protección de derechos ambientales (denuncias), acciones civiles y administrativas Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva Programa de Manejo de Recursos Costeros

Normas Técnicas para Playas Turísticas 4

RESUMEN EJECUTIVO Ante la urgente necesidad de implementar mejoras en las actividades relacionadas con el turismo de sol y playa, con el fin de brindar un servicio de calidad y, a la vez, promover que el aprovechamiento turístico de la playa sea sostenible, el PMRC y el Ministerio de Turismo contrataron a la Consultora Ambiental ECOSAMBITO C. LTDA, con el objeto de “REALIZAR LAS NORMAS TÉCNICAS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE UN PROGRAMA DE CERTIFICACIÓN DE PLAYAS TURÍSTICAS EN LA FAJA COSTERA”. La consultoría comprendió tres fases principales: I. Investigación bibliográfica o Normas técnicas y programas de certificación existentes en el extranjero, o Legislación nacional relacionada al tema; II. Investigación de campo en 17 playas ecuatorianas o Evaluación de playas mediante normas de programas extranjeros; o Análisis de impactos y percepción mediante entrevistas con actores locales y regionales, y encuestas a 160 turistas; III. Socialización o Talleres de socialización y consulta en cada provincia que involucraron 155 actores civiles y gubernamentales relacionados a turismo y medio ambiente; o Taller de socialización con autoridades nacionales y/o regionales de turismo, medio ambiente y marina. Como resultado, se han creado OCHENTA Y SEIS (86) Normas Técnicas que sirven de base para crear, en el futuro un Programa de Certificación de Playas Turísticas. Las Normas Técnicas propuestas se clasifican en 8 ejes: Recurso hídrico, Desechos varios, Seguridad, Servicios, Comercio, Infraestructura, Conservación de Recursos Naturales (RRNN) y Comunicación e Información. Los ejes a su vez están divididos en 21 sub-ejes que contienen las 86 normas. La propuesta de 3 niveles de certificación promueve que las comunidades costeras vayan implementando mejoras paulatinamente y que estas sean reconocidas en la misma medida, sin volver frustrante el proceso. De esta manera, el primer nivel de certificación incluye normas que están más relacionadas con la autogestión comunitaria; el segundo nivel incluye, además, alcances que ya involucran inversiones en infraestructura y servicios; y, el tercer nivel adiciona alcances relacionados principalmente con la eco-eficiencia. La principal recomendación de esta Consultora es la creación de un Programa de Certificación de Playas Turísticas que promueva el turismo sostenible. Dicho Programa deberá incluir una campaña de comunicación visual contundente e innovadora que garantice la difusión y el entendimiento del mismo; plan nacional permanente de capacitación; y, plan de incentivos para mejorar las facilidades de cada playa en relación al cumplimiento de las normas, apoyado por los gobiernos locales. Para la administración y funcionamiento del Programa propuesto se sugiere la conformación de 3 tipos de comisiones i) La Comité Regional Interinstitucional, encargada de coordinar y promover la oficialización del Programa y posteriormente de la administración pública, política, legal, administrativa y presupuestaria del mismo; ii) la Comité Técnica de Evaluación (CTE), que sería un equipo multidisciplinario, administrador técnico permanente del programa, encargado de capacitar, evaluar, certificar y difundir; y, iii) el Comité Local de Gestión de Playa (CLGP), que actuaría a nivel local en cada comunidad, siendo los encargados de dirigir y promover la autogestión comunitaria hacia la certificación de su respectiva playa.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 5

2

OBJETIVOS Y ALCANCES 2.1 Objetivo general

Identificar parámetros técnicos y normas de calidad de calidad socio – ambiental que garanticen la salubridad del entorno y que promuevan el desarrollo del turismo sostenible, acorde a la realidad del litoral ecuatoriano; tomando como referencia estándares internaciones que sirvan de base para definir las normas para una futura certificación de playas turísticas. 2.2 Alcances del proyecto La Normativa presentada en este informe: -

Brinda parámetros técnicos de regulación y estandarización del turismo de sol y playa. Estos parámetros técnicos, basados en estándares internacionales y adaptados a la realidad nacional, pueden funcionar como un mecanismo de presión ante los organismos gubernamentales encargados de proveer infraestructura y servicios básicos.

-

Facilita fichas y parámetros que debe seguir el Comité Técnico de Evaluación de Playas, que será el ente cargado de realizar la certificación de playas (la composición de este ente se detalla en este documento).

-

Proporciona los parámetros para mejorar los sistemas de gestión y la ecoeficiencia en el uso de los recursos para el turismo de sol y playa.

Si las normas son aplicadas fortalecerán la marca país, lo que mejorará el posicionamiento de los destinos turísticos costeros, local e internacionalmente, y facilitará el acceso a fondos internacionales e inversión extranjera para mejoramiento de destinos playeros. 3 METODOLOGÍA Para elaborar la Normativa presentada se utilizaron las siguientes herramientas: -

Investigación de programas de certificación y normativas aplicados en otros países y de carácter internacional. Diagnóstico de las playas del país durante los meses de Octubre y Noviembre del año 2006, tomando una muestra de 17 playas distribuidas en las 4 provincias costeras (Cuadro 1). En cada playa se realizó: o

Evaluación general de impactos humanos.

o

Entrevistas a turistas.

o

Evaluación detallada utilizando los parámetros de los programas de certificación Bandera Azul - Europa, Norma de Sustentabilidad de Calidad de Playas – México y Semáforo Playero - Venezuela.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 6

Cuadro 1. Playas evaluadas durante el diagnóstico del filo costero ecuatoriano Esmeraldas Manabí Guayas El Oro Las Peñas Pedernales Olón Jambelí Río Verde Canoa Ayangue Las Palmas Murciélago San Lorenzo Atacames Los Frailes General Villamil (Playas) Muisne Puerto López Mompiche Salando -

5 talleres informativos y consultivos en las 4 provincias costeras (Cuadro 2) para dar a conocer el proyecto, además de consultar y mejorar las normas propuestas.

Cuadro 2. Lugar de los talleres realizados Esmeraldas Manabí Esmeraldas Bahía de Caráquez

Manta

Guayas Santa Elena

El Oro Puerto Bolivar

-

Reunión con autoridades de Turismo, Ambiente y Defensa (Marina) para presentación, consulta y recepción de sugerencias en relación a las normas y al proyecto en general.

4

RESULTADOS Normas y Programas Investigados

Los programas o normas de certificación de playas son herramientas de uso voluntario que se utilizan para garantizar un desarrollo turístico sostenible. Las certificaciones en el cumplimiento de sus requerimientos, involucran a la comunidad costera, empresas, proveedores de servicios, gobierno y turistas en el alcance de un objetivo común. A nivel mundial son muchas las certificaciones para la excelencia en gestión de playas. En la presente sección se describen 13 normativas de certificación (4.1.1), de las

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cuales 10 se presentan en varios cuadros comparativos (4.1.2) para determinar similitudes o diferencias. La comparación se realizó para tener una perspectiva sobre la diversidad de requerimientos existentes para obtener un galardón (certificado, sello, bandera). En la sección 4.1.3 se presenta un análisis general sobre los diferentes sistemas, normativas y programas de certificación investigados.

4.1.1 Resumen Breve de Normas y Programas Investigados

A continuación se detalla una breve descripción de cada norma o programa de certificación investigado.

PROGRAMA BANDERA AZUL ECOLÓGICA Costa Rica El Programa Bandera Azul Ecológica está a cargo de una entidad gubernamental (Acueductos y Alcantarillados, AyA) y está dirigido a todas las comunidades costeras, como incentivo para proteger las playas de la contaminación ambiental y lograr con esto una mejor promoción turística nacional e internacional. El objetivo principal es, “promover el desarrollo costero en concordancia con la protección de las playas de país". Para obtener la certificación se debe cumplir con los parámetros; calidad del agua del mar, calidad de las playas, acceso al agua potable, tratamiento de las aguas residuales, educación ambiental, seguridad y administración. Bandera Azul Ecológica evalúa de enero a noviembre de cada año, con una frecuencia trimestral. A principio del mes de diciembre la comisión del Programa selecciona las playas merecedoras de los diferentes incentivos. Para obtener el galardón deben cumplir como mínimo el 90% de los parámetros evaluados. Calificaciones e incentivos: A: 90% del cumplimiento. Satisfactoria calidad del agua del mar, acceso al agua potable, tratamiento de aguas residuales, basureros, educación ambiental, seguridad y administración. AA: Lo anterior más señalización de corrientes marinas y vigilancia en temporada alta. AAA: Además de todo lo anterior, cumple con regulaciones para acampar, accesos cómodos y seguros para personas con discapacidad, servicios de primeros auxilios, centros de información turística, servicios sanitarios y duchas. AAAA: Además de todo lo anterior, se reciclan desechos, hay vigilancia, salvavidas todo el año y un comité de emergencias permanente. http://www.aya.go.cr/Dependencias/laboratorio/bandera_azul/playas/ba_playas.htm

Normas Técnicas para Playas Turísticas 8

BLUE FLAG PROGRAMME (Programa Bandera Azul) Mundial Bandera Azul es creación de la Fundación para la Educación Ambiental (FEE, por sus siglas en inglés). Es la iniciativa precursora de todos los actuales galardones ambientales, eco-etiquetas y sistemas de certificación de la calidad ambiental. El programa fue lanzado por la Comisión Europea en 1987. Este programa de certificación reconoce a las playas y puertos que realicen una adecuada gestión ambiental de los recursos disponibles y adecuación al mayor nivel de exigencia de los usuarios. Bandera Azul es un programa de certificación privado. Los objetivos están dirigidos a elevar el grado de conciencia ciudadana y el grado de intervención de las autoridades. Los criterios de concesión se revisan periódicamente (cada año, en épocas de mayor afluencia turística) a nivel internacional, con la participación de todas las organizaciones integrantes de la FEE y el apoyo de expertos externos. La obtención de la concesión significa que la playa cumple una serie de criterios en: calidad de aguas de baño de Europa (76/160/EEC-Mandatory), limpieza de la playa, servicios sanitarios, seguridad, información y desarrollo de actividades de educación ambiental. Las playas y puertos certificados están obligados a descender la Bandera Azul si dejaran de cumplir con la normativa. En el año 2006 el galardón Bandera Azul fue concedida a más de 3.200 playas y puertos en 36 países de Europa, Marruecos, la República Sudafricana, Canadá, Nueva Zelanda y 4 países en el Caribe. http://www.blueflag.org/

BLUE WAVE CAMPAIGN (Campaña Ola Azul) Estados Unidos Ola Azul es una campaña de certificación privada dirigida a la certificación ambiental de playas. El objetivo principal es promover la conciencia pública y la participación voluntaria en aspectos sostenibles que vayan acorde con el cuidado y mantenimiento de las playas. La certificación es anual y los interesados deben solicitarla, la misma tiene un costo de $2.500 para nuevos interesados y $1.250 para playas que participaron en el periodo anterior (precio del 2005). Para obtener y conservar la certificación el interesado debe mantener prácticas de gerencia responsable que vayan acorde con los criterios establecidos, según su tipo de playa (urbana o rural). La certificación tiene varias exigencias y es específica de acuerdo al tipo de playa. Los criterios generales son: calidad de agua de baño según estándares norteamericanos (EPA Ambient Water Quality Criteria for Bacteria), condiciones de playa y zona intermareal, seguridad, servicios y mantenimiento, conservación del hábitat, información y educación, programas de evaluación y prevención de la erosión. El usuario es parte de esta campaña y debe cumplir con un código de comportamiento en la playa. http://www.cleanbeaches.org/bluewave/criteria.cfm

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CERTIFICADO PARA LA SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA Costa Rica El certificado para la sostenibilidad turística (CST) es un programa liderado por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT). El objetivo de este programa es la categorización y certificación de empresas turísticas con un modelo de sostenibilidad. Se evalúan cuatro ámbitos: el entorno físico-biológico, la planta de servicio, cliente externo y el entorno socioeconómico. Los aspectos antes mencionados se califican a través de un cuestionario, con preguntas específicas que sirven para evaluar en qué tanto la empresa cumple con los estándares prefijados. El CST establece una escala de 0 a 5 (0 menor puntaje a 5 mayor puntaje). La calificación la realiza la Comisión Nacional de Acreditación, conformada por 8 miembros de organizaciones públicas y privadas costarricenses, así como entidades académicas y organizaciones ambientales con representación internacional. El nivel en el que se ubica la operación turística, corresponde al menor nivel alcanzado en alguno de los 4 ámbitos de estudio. La premiación se asocia a una estructura final de evaluación la cual consiste en incentivos directos que las empresas podrán disfrutar; a mayor nivel, mayores beneficios en promoción diferenciada internacional y nacional, capacitación, respaldo para participación en ferias y otros eventos, información y otros más. El interesado en la certificación debe llenar y enviar el formulario de inscripción y cuestionario de Auto-Evaluación. http://www.turismo-sostenible.co.cr

DESTINOS TURÍSTICOS DE PLAYA Requisitos de Sostenibilidad Colombia “Destinos Turísticos de Playa” es una normativa de requisitos de sostenibilidad y es promovida por el gobierno conjuntamente con entes educativos y privados. Actualmente esta en una etapa consultiva para ser aprobada como norma y que pueda entrar en vigencia. La evaluación esta dada por los siguientes requisitos: legales (programas de sostenibilidad, delimitar el área geográfica, programa de zonificación y uso de la playa), ambientales, socioculturales, económicos, infraestructura y facilidades. El certificado de calidad turística será otorgado con el 100 % de cumplimiento de esta norma. http://www.uexternado.edu.co/admhotelera/Normas_Turismo_Sostenible/NTSTS01-2.pdf

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GREEN COAST AWARD (Premio Costa Verde) Europa Premio Costa Verde es un programa de certificación privada dirigida a las playas rurales. La duración del certificado de excelencia es de un año y los interesados la solicitan a través de un cuestionario de aplicación. Esta certificación reconoce, promueve y protege el ambiente natural de las playas rurales. La concesión del premio tiene un énfasis muy fuerte en la comunidad costera y la organización voluntaria. Las playas con Premio Costa Verde se caracterizan por cumplir estándares en: calidad de agua de baño de Europa (76/160/EEC-Guideline), información de actividades ambientales locales, información turística, conservación ambiental y zonas o especies sensibles, instalaciones diseñadas y localizadas con el mínimo impacto visual en el paisaje, limpieza de la playa y conservación de las algas marinas y vegetación natural dentro de la playa; además debe tener un sistema de gerencia que le permita controlar y mejorar el servicio a los turistas. http://www.keepwalestidy.org/english/pdf/gca_guidance_notes.pdf

GREEN GLOBE (Globo Verde) Mundial El programa “Globo Verde” es una certificadora ambiental internacional que se inicia en 1994. El programa fue reestructurado ya que tenía varias críticas por dar la certificación desde el momento de la afiliación del interesado. Por tal razón en el año 2000 se modifica y con base en la agenda 21 se incorporan elementos de la serie ISO y más recientemente criterios de desempeño ambiental. Así también ha introducido las auditorias por terceras partes y la acreditación para entidades certificadoras que deseen ejecutarlo. Los interesados en este sistema, se afilian al programa con el pago de una membresía anual de $350 (referencia 2005). El logotipo original puede ser modificado; cuando cumplen con ciertos requerimientos que son auditados externamente, y se agrega un símbolo (√) en el centro. La certificación es para una amplia variedad de interesados (playas, empresas, hoteles y otros). http://www.greenglobe.org/docs/pdf/Company%20Standard%20June%202006.pdf

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NORMA DE SUSTENTABILIDAD DE CALIDAD DE PLAYAS México La norma de sustentabilidad de calidad de playas es una certificación pública promovida por el gobierno a través de SEMARNAT (Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales) que es el organismo encargado de acreditar a los evaluadores. El objetivo principal es generar conciencia, participación ciudadana, acción interinstitucional, fortalecimiento de la capacidad gubernamental y empresarial para un desarrollo turístico sostenible en destinos de sol y playa. Esta norma incluye criterios para la protección del ambiente, calidad de agua, residuos sólidos, infraestructura costera, biodiversidad, seguridad y servicios, educación ambiental y contaminación por ruido. Tiene dos modalidades de calificación: playas de uso recreativo y playas prioritarias para la conservación. Los criterios establecidos en la norma, permite que el interesado obtenga un certificado que puede ser nivel 1, 2 ó 3, siendo el nivel 3 el más exigente. Los niveles de certificación tienen como objetivo el incentivar a los interesados en aplicar la mejora continua en su desempeño ambiental. Cada nivel requiere de un puntaje de cumplimiento (ascendente): a mayor cumplimiento de las especificaciones establecidas en la norma, mayor será el puntaje que obtendrá y por ende, el nivel de certificación será más alto. La evaluación correspondiente se realizará solo a petición del interesado para iniciarse o renovarse. La vigencia del certificado tiene una duración de 2 años. http://www.economia.gob.mx/

PLAYA NATURAL CERTIFICADA Uruguay Playa Natural certificada es una marca de certificación que incorpora la mejora continua. Esta certificación es otorgada por el Ministerio de Turismo y el uso de la marca es por 12 meses (la misma solo podrá otorgarse previo al 1º de diciembre, con controles mensuales durante los meses de enero, febrero, y marzo) y podrá renovarse anualmente mediante la realización de una auditoria ambiental externa. La playa a certificar debe cumplir con parámetros de calidad de aguas, suelo y aire, gestión de residuos, servicios, prevención y seguridad. El certificado es gestionado por un grupo responsable de la playa, que puede ser público o privado con autoridad demostrable sobre la gestión de la playa. El grupo responsable es el que establece e implementa una metodología para identificar los impactos ambientales generados por las actividades de uso de la playa, establece sus causas y evalúa su grado de importancia en términos ambientales. El grupo responsable será quien pague los gastos para la obtención de la autorización de uso de la marca y su mantenimiento. http://www.mintur.gub.uy/dec_grales/norma_definitiva.pdf

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PLAYAS Y BALNEARIOS DE CALIDAD Argentina Las directrices de gestión ambiental y turística en playas y balnearios establecen una normativa específica para el desarrollo de un turismo sustentable. En el año 2004 las autoridades de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación acordaron realizar acciones conjuntas para normar el desarrollo turístico costero. Las unidades de aplicación de las directrices son los balnearios de áreas costeras fluviales, lacustres o marítimas, bajo administración pública o privada, de dominio propio o bajo un sistema de concesión. Los requisitos incluidos en las directrices son genéricos y aplicables a todas las organizaciones que desarrollan actividades en la prestación de servicios en balnearios costeros. La aplicación de las mismas puede ser de carácter voluntario u obligatorio, por disposiciones o por contrato entre partes, según lo decida la autoridad correspondiente. Las directrices están compuestas por seis parámetros de evaluación: -Ambiente, Recursos y Paisaje; -Infraestructura y Servicios Básicos; -Seguridad; Personal; -Información y Educación Ambiental y -Documentación del Sistema de Gestión. http://www.turismosustentable.org/contenidoprograma.php?id=25&PHPSESSID=192c09d6ce7f7f1f5eab2c2a0b4aecb1

SEASIDE AWARD (Premio Costero) Gran Bretaña Premio Costero es un programa de certificación privado dirigido a la certificación de playas. La duración del certificado es de un año y los interesados deben solicitarla para iniciarse o renovarla a través de un cuestionario de aplicación. Los monitoreos de certificación se realizan en los meses de mayor afluencia turística. Premio Costero hace una distinción entre playas urbanas y playas rurales con diferentes niveles de exigencia en los criterios de evaluación. La playa urbana es la que ofrece a sus visitantes: instalaciones, actividades y servicios dinámicos. Provee servicios sanitarios, transporte público, primeros auxilios, acceso e instalaciones para personas discapacitadas, acceso restringido para animales domésticos. Mientras que la playa rural es generalmente más protegida, con pocos servicios, solamente los muy básicos. Las playas urbanas y rurales deben cumplir con los estándares europeos de calidad de agua de baño (76/160/EEC-Guideline). Así también las playas certificadas están obligadas a bajar la Bandera Premio Costero si dejan de cumplir con la normativa. http://www.keepscotlandbeautiful.org/documents/SAResortCriteria2007.pdf http://www.keepscotlandbeautiful.org/documents/SARuralCriteria2007.pdf

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SEMÁFORO PLAYERO Venezuela El Proyecto Semáforo Playero, fue creado con el objetivo de mantener un monitoreo y una evaluación continua de la calidad ambiental de las playas del estado de Vargas durante el lapso de 12 meses (2003). Este proyecto es parte del Programa Playas para la Vida que se desarrolla desde 1991. Específicamente se buscó: identificar la problemática de la contaminación de las aguas en las playas, involucrar a las comunidades locales (actividades de recolección, clasificación y cuantificación de los desechos sólidos), identificar los problemas ambientales, llevar a cabo un Sistema de Información de Playas (lineamientos claros de recuperación, mitigación y protección ambiental) y promover el SEMÁFORO PLAYERO como herramienta de sensibilización ambiental. A través de este proyecto, se formuló un sistema de caracterización de las playas según su condición: el color rojo indica que la playa no es ambientalmente sana para el disfrute humano, el color amarillo que necesita mejoras ambientales y el color verde que está lista para recibir a sus visitantes. Para este estudio, se consideran aspectos claves tales como: la calidad del agua de mar, la calidad de las playas, los servicios al usuario y el tratamiento de las aguas residuales. www.fudena.org.ve/semaforo_playero.htm

Sistema de Gestión del Uso Público de las Playas (ISO 14001) Mundial ISO 14001 es una norma internacional que la puede aplicar cualquier organización que lo desee. La certificación ISO 14001 en playas es la más costosa y por tal razón está dirigida para empresas de turismo masivo. Para aplicar la norma: La organización establece, documenta, implanta, mantiene y mejora continuamente un sistema de gestión ambiental de acuerdo con los requisitos y determina cómo cumplirá con esos requisitos. La organización planifica, implanta y pone en funcionamiento una política ambiental que tiene que ser apoyada y aprobada al máximo nivel directivo y dada a conocer tanto al personal de la propia organización como todas las partes interesadas. La política ambiental incluye un compromiso de mejora continua y de prevención de la contaminación, así como un compromiso de cumplir con la legislación y reglamentación ambiental aplicable. Se establecen mecanismos de seguimiento y medición de las operaciones y actividades que puedan tener un impacto significativo en el ambiente. La alta dirección de la organización revisa el sistema de gestión ambiental, a intervalos definidos, que sean suficientes para asegurar su adecuación y eficacia. http://www.iso.org/

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4.1.2 Cuadros Comparativos A continuación se presenta en forma de cuadros, la comparación de parámetros de evaluación entre cada programa o norma de certificación investigada. Requisitos para ingresar al programa Calidad de agua de mar y agua para consumo humano Desechos sólidos Seguridad Servicios e Infraestructura Educación ambiental Varios (Aguas residuales, Muestreo de aguas, Animales domésticos e Información) * Documento digital: ver archivo de Excel adjunto “Cuadros Comparativos”

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4.1.3 Análisis general de los programas investigados Después de conocer las metodologías y parámetros de estos 13 programas descritos brevemente, se han analizado los siguientes aspectos generales para tomar en cuenta a la hora de elaborar las normas para Ecuador: -

Todos los programas de certificación y normas en este ámbito son voluntarios y se promueven como un incentivo para las playas que deseen mejorar su calidad y paralelamente tener mejor publicidad. Este carácter voluntario de las certificaciones genera una mejor reacción de las comunidades; por esta razón y por razones conceptuales, la normativa diseñada para Ecuador se está planteando como un programa voluntario.

-

Muy pocos programas toman en cuenta la opinión del turista para la evaluación de las playas, lo cual se considera como un aspecto negativo, ya que el turista podría participar efectivamente en algunas secciones de la evaluación de las playas. En la normativa diseñada para Ecuador, entre las metodologías de evaluación de playas, están las entrevistas a los turistas, quienes califican a la playa en aspectos de limpieza, presencia de algas, olores y otros. La calificación que hagan los turistas tendrá valor en el resultado final de la playa evaluada.

-

Varios de los programas tienen parámetros diferentes según el tipo de playa (Urbana o Rural, Recreativa o De Conservación). Este sistema se considera más factible para Ecuador donde hay grandes diferencias entre playas rurales y urbanas y donde es muy importante evitar la uniformización y mantener la diversidad de la oferta turística, por lo tanto se diseñaron parámetros distintos para playas rurales, urbanas y deshabitadas.

-

El sistema de premiación gradual, el cual reconoce desde los esfuerzos más básicos, hasta los esfuerzos extraordinarios y es utilizado exitosamente en Costa Rica y en otros países (México), se considera ser el más apto para Ecuador, ya que promueve la mejora gradual y, desde un inicio, se reconoce el esfuerzo de las playas por mejorar.

-

En la investigación realizada se encontraron programas y normativas de dirección tanto privada como gubernamental. Uno de los problemas que en ocasiones se da con las certificaciones privadas es que las autoridades locales no son incluidas ni involucradas en el proceso. Se considera que para el tipo de desarrollo que tiene la costa de Ecuador, la certificación debe estar ligada a las autoridades gubernamentales y éstas deben promover fuertemente, y asesorar la participación de la comunidad local, quien debe ser la principal protagonista y beneficiada de este proceso de certificación.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 16

5.2 Diagnóstico de las playas ecuatorianas Objetivos: El diagnóstico de campo tenía el objetivo de captar la realidad del filo costero ecuatoriano en cuanto al uso sostenible de las playas. Para lo anterior las investigaciones se implementaron en base a los siguientes ejes: •

Análisis de impactos humanos en base a las principales actividades realizadas en las playas y sus alrededores inmediatos: pesca y acuicultura, extracción y transportación de petróleo, puertos y muelles, turismo y sus actividades relacionadas, etc.



Evaluación de la percepción y opinión del turista sobre el uso y manejo de las playas, procurando identificar: perfil del turista, aspectos que lo atraen a las playas, problemas que identifica, soluciones que sugiere, entre otros.



Evaluación de las playas en base a programas de certificación de diferentes regiones del mundo: Bandera Azul-Blue Flag Program (Europa), Semáforo Playero (Venezuela), Requisitos y Especificaciones de Sustentabilidad de Calidad de Playas (México).



Análisis de actores o involucrados entorno a su importancia e influencia sobre la implementación de Normas Técnicas, incluyendo principalmente instituciones del estado, gremios civiles o grupos de interés entorno al turismo de playa y organizaciones no gubernamentales.

Herramientas metodológicas Para implementar los ejes de trabajo descritos se utilizaron varias herramientas y metodologías como fichas de evaluación, encuestas, observaciones subjetivas y objetivas, investigación en Internet y entrevistas directas con líderes y responsables de las playas. Muestra Para el diagnóstico de campo se escogió una muestra del 16% de las principales playas ecuatorianas. De aproximadamente 108 playas identificadas se realizaron evaluaciones en 17, considerando en primera instancia las playas exigidas por las bases del contrato y adicionalmente seleccionando playas con miras a obtener una diversidad de características. Las evaluaciones se realizaron durante octubre y noviembre del 2006. Cuadro 3. Cantidad y nombre de playas evaluadas en cada provincia Provincia

Número aproximado de playas

16% de playas

Playas de diagnóstico obligatorio según bases del contrato

Esmeraldas

30

6

Las Peñas, Mompiche

Río Verde, Las Palmas, Atacames, Muisne

Manabí

41

6

Pedernales, Canoa

Murciélago, Los Frailes, Pto. López, Salango

Guayas

29

4

Olón, Ayangue

San Lorenzo, General Villamil (Playas)

El Oro

8

1

Jambelí

Total

108

17

Playas adicionales

Normas Técnicas para Playas Turísticas 17

En cada una de las playas seleccionadas se realizó el siguiente proceso: - Entrevistas con líderes o representantes locales. - Recorrido de la playa y sus alrededores durante un día entero evaluándola en base a los programas de Europa, Venezuela y México y realizando el respectivo análisis de impactos humanos. - Encuesta a 10 turistas (aunque en un caso no se encontró turistas). En total se realizaron 160 encuestas. 5.2.1 Diagnóstico general de playas evaluadas Cuadro 4. Perfil general de las playas evaluadas.

Rural Rural Urbana Urbana Semi-urbana Rural

6.000 1.300 12.000 11.300 2.000 2.000

N.D. N.D. N.D. 1.200 1.400 N.D.

30 2 250 350 40 60

Manabí

Pedernales Canoa Murciélago Los Frailes Puerto López Salango

Semi-urbana Rural Urbana Protegida Semi-urbana Rural

6.000 1.000 10.800 2.000 1.800 1.500

N.D. N.D. N.D. 1.400 N.D.

900 80 1.100 300 100 15

Guayas

Olón Ayangue San Lorenzo Playas

Rural Rural Urbana Urbana

1.600 2.000 2.700 11.300

1.100 400 900 6.000

300 60 500 80

x x x x

Jambelí

Rural

2.000

3.800

150

x

77.300 4.547 12.000 1.000

1.800 6.000 -

4.317 254 1.100 2

Esmeraldas

Las Peñas Rio Verde Las Palmas Atacames Muisne Mompiche

El Oro

Playa

Perfil general de las playas tomadas como muestra para el diagnóstico de campo Flujo CCTF CCTS TDE Contexto PA PIP Lab. Pet. Ptos. Cab. Hot. Cnst. (pers.) (pers.) Turístico (pers.)

Totales Promedios Máximos Mínimos

x

x

x x

x

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x x x

x x x

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x x x x

x x x x x x x x

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x

x

x

x

x

x x

x x x x x x x x

x

VA

x

x x x

x x

x

x

x

x x

x

14

3

5

2

3

14

16

10

16

82%

18%

29%

12%

18%

82%

94%

59%

94%

Explicación del Cuadro "Perfil general de las playas tomadas como muestra para el diagnóstico de campo" Descripción objetiva sobre el contexto geopolítico de la playa. Se clasifica en cuatro opciones: Urbana, SemiContexto urbana, Rural, Protegida (si se encuentra dentro de un área nacional protegida) Capacidad de Carga Turística Física, es decir, acorde con el Estudio de Actualización y Difusión de CCT de CCTF Reck (2006) o estimada en base a las consideraciones de ese estudio. Capacidad de Carga Turística Sanitaria, es decir, acorde con el Estudio de Actualización y Difusión de CCT de CCTS Reck (2006) estimada en base a la disponibilidad de servicios higiénicos. Descripción del comportamiento de la concurrencia de turistas a lo largo del año. Se clasifica en tres opciones: F. Turístico "Todo el año" ( ), "Concentrado en épocas o temporadas" ( ), y "Sólo en feriados" ( ) Turistas presentes Durante la Evaluación de diagnóstico. TDE No determinado N.D. Valores en gris Datos de CCTF estimados de manera muy aproximada en base a ancho y largo de playa efectivo. Los siguientes se clasifica en presencia ( ) o ausencia (x): Pesca Artesanal. PA Procesamiento Industrial de Pesca. PIP Laboratorios Acuícolas. Lab. Actividad petrolera en el lugar o zonas aledañas inmediatas. Pet. Puertos pesqueros. Ptos. Cabañas en la playa (expendedoras de alimentos, bebidas u otros). Cab. Hoteles en la comunidad o en la región inmediata. Hot. Obras civiles terminadas o en proceso. Cnst. Vendedores ambulantes. VA

Normas Técnicas para Playas Turísticas 18

Pesca artesanal y procesamiento artesanal de la pesca • 14 de las 17 playas evaluadas (82%) tienen presencia de pesca artesanal. • 2 de las 17 (12%) contaban con centros de procesamiento artesanal de la pesca (desvisceradoras) formales e improvisados. Aspectos positivos Si bien a continuación se destacan tan sólo dos aspectos positivos, cabe mencionar que resultan de extremada importancia ambos: - En términos turísticos la pesca artesanal en todas sus etapas resulta un atractivo turístico cultural importante de nuestras playas, sobre todo a la hora de atraer al turista internacional. - Desde una óptica general pero fundamental, la pesca es el primer o segundo ingreso en la mayoría de las comunidades de las playas evaluadas. Aspectos negativos En términos de un correcto desenvolvimiento del turismo de sol y playa, la pesca artesanal y el procesamiento artesanal de la pesca, tal como están concebidos hoy, tienen un impacto negativo en el ordenamiento de la playa: - Ocupan espacio que resta oportunidad al turismo de sol y playa, principalmente porque no existe un ordenamiento de las embarcaciones, aunque en algunos casos se da una zonificación durante la temporada alta. - Un impacto similar se da en el mar, donde interfieren en el área de bañistas y en ciertas situaciones ponen en riesgo al turista. - Las áreas donde se establecen las embarcaciones o los centros de desviscerado presentan gran cantidad de desechos de pesca como redes, sogas, tarros de aceite, pedazos de pescados, entre otros. Estos también se distribuyen a lo largo de la playa en algunos casos, debido a los desembarques y el transporte en vehículos que recorren la playa. - Tanto las zonas de las embarcaciones como de desvisceradoras generan olores desagradables en muchas situaciones. Estos, que se producen por desechos orgánicos como partes de pescados y sangre son en gran parte los responsables de atraer animales como perros y buitres. - En algunas playas como por ejemplo Canoa y Río Verde, se detectó que como resultado de los desembarques de redes y el transporte de la pesca en camiones a lo largo de la playa, genera una espuma que se distribuye por toda la playa. Esta espuma genera olor pestilente y tampoco es agradable a la vista, además de ser de larga residualidad, pues una vez deshidratada permanece en el sitio un sólido orgánico color café. - En algunas playas, particularmente en Atacames, se detectó la presencia masiva de un tipo de pescado con grandes púas, que podían fácilmente herir a un turista. - Otro problema con la pesca artesanal es que en ciertos casos se da mediante la extracción de especies no permitidas, como tiburones o especies en veda. Esto es un aspecto negativo que puede perjudicar al destino como atractivo turístico y a los recursos marinos del país. Análisis La pesca por razones evidentes debe permanecer en nuestras playas, pues es el sustento económico principal de las comunidades costeras. Adicionalmente es uno de los principales atractivos turísticos de la costa. Sin embargo, la manera en que se desarrolla es perjudicial para el turismo de sol y playa e incluso para la seguridad sanitaria de las comunidades locales y los visitantes. Por lo anterior, mediante las Normas Técnicas se promoverá:

Normas Técnicas para Playas Turísticas 19

-

El ordenamiento de las actividades artesanales de pesca en términos de zonificación, aseo y limpieza, control de olores, transporte de la pesca y protección de especies en veda y/o peligro de extinción.

Pesca industrial y procesamiento industrial de la pesca • 3 de las 17 playas evaluadas (18%) tienen presencia de pesca y procesamiento industriales. Aspectos positivos De acuerdo al diagnóstico de campo que incluye observaciones visuales, apreciaciones objetivas y entrevistas con actores locales, no consideramos ningún aspecto positivo de la pesca y el procesamiento industriales, ni para el turismo de sol y playa ni para el beneficio económico de las comunidades locales. Respecto al segundo caso (económico), las industrias asentadas en las playas extraen una gran cantidad de recursos versus una mínima generación de ganancias para la comunidad local, ya que emplean poco personal pero utilizan métodos industriales masivos de extracción de recursos marinos. Las razones para el primer caso se explican en los aspectos negativos a continuación. Aspectos negativos En dos de las tres playas (Río Verde y Las Palmas) el impacto de la pesca industrial es indirecto sobre el turismo de sol y playa, por la ubicación de las industrias y las embarcaciones. La tercera playa, Salango, sufre impactos directos tanto para el medio ambiente y la salud de la comunidad local, como para el turismo de sol y playa. Adicionalmente, en este último caso se trata de una comunidad rural y en una zona de amortiguamiento de un parque nacional (Machalilla). A continuación se describen los impactos: - Contaminación visual por la presencia de una industria instalada directamente sobre la playa y la presencia de tuberías de absorción y descarga directamente sobre la arena y en el mar. - Generación de olores desagradables, perceptibles con frecuencia en todos los sectores de la playa. - Contaminación de la arena y el mar por descargas de aguas residuales sin el debido tratamiento. - Presencia masiva de animales muertos en la arena, muchas veces tortugas, debido a las malas prácticas de la pesca industrial mar adentro. Análisis La pesca y el procesamiento industriales son actividades con impactos negativos para las comunidades locales, principalmente para la prosperidad de su desarrollo turístico. Sin embargo, por razones muchas veces políticas o de negligencia de las autoridades, resulta especialmente difícil la reubicación o al menos el correcto manejo ambiental de estos gremios. También cabe mencionar que la presencia de industrias en playas turísticas no es tan elevada (3/17). Por lo anterior, la idea es promover mediante las Normas Técnicas: - La reubicación de industrias, sobretodo en el caso de playas rurales y más aún en zonas cercanas a parques nacionales. O al menos la evitación del asentamiento de nuevas industrias en playas con proyección turística y con riqueza ecológica. - La existencia de licencias y planes ambientales rigurosos en las industrias cercanas que garanticen su funcionamiento impecable y en sintonía con el desarrollo turístico.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 20

-

La advertencia clara y visible a los turistas de la presencia de industrias en la playa o en sus alrededores y el riesgo de contaminación que pudiesen significar.

Laboratorios acuícolas • 5 de las 17 playas evaluadas (29%) tienen presencia de laboratorios de larvas. Aspectos positivos Los laboratorios de larvas no generan mayores impactos positivos para las playas ni las comunidades locales, pues la generación de empleo es baja y no resultan un atractivo turístico por la manera en que son manejados. Aspectos negativos - El principal aspecto negativo de los laboratorios es la contaminación visual, debido a que ocupan gran espacio, se encuentran generalmente frente al mar y su infraestructura se caracteriza por grandes muros en mal estado. - Adicionalmente los laboratorios tienen un impacto negativo medioambiental (lo cuál recae también sobre el turismo) por la contaminación del agua que utilizan, principalmente por la utilización de cloro y en algunas situaciones antibióticos. Análisis El impacto de los laboratorios no es tan preocupante como el de las industrias, sin embargo se encuentran con mayor frecuencia frente o en los alrededores de las playas turísticas (5/17). Mediante las Normas Técnicas se promoverá: - La exigencia de licencias ambientales y el cumplimiento estricto del plan de manejo ambiental en los laboratorios. - Además, de manera general se promoverán las mejoras en la infraestructura cercana a las playas, lo cuál incluye a los laboratorios. Actividad petrolera • 2 de las 17 playas evaluadas (12%) registran presencia actividades petroleras en la zona. Aspectos positivos Las actividades petroleras son parte del presupuesto del estado y significan el principal ingreso para el país. En términos turísticos no tienen ningún impacto positivo. Aspectos negativos En las dos playas que registran existencia de actividades petroleras en la región los impactos son totalmente indirectos, pues las actividades no son directamente en la playa ni en sus alrededores inmediatos. Sin embargo se pueden mencionar los siguientes impactos: - Contaminación visual por la navegación de embarcaciones grandes que transportan petróleo. - Derrames eventuales en las playas que contaminan el ambiente (contaminan la arena y afectan fauna y flora) y tienen un impacto en la salud de los bañistas. Análisis Los impactos por la actividad petrolera en las playas evaluadas se dan en poca proporción por su baja presencia (2/17) y de manera indirecta debido a que no están

Normas Técnicas para Playas Turísticas 21

asentadas directamente en la playa. En el caso de que existieran otras playas donde los asentamientos de las actividades sean directamente en la playa, estas no deberían ser consideradas como turísticas ni recomendadas para su uso recreativo por los riesgos presentes (más allá de las evaluadas donde no se dio el caso). Por lo anterior, mediante las Normas Técnicas se promoverá: - Toda playa con actividades petroleras cercanas deberá comunicarlo de manera clara y visible y deberá trasmitir al turista los riesgos posibles y las acciones a tomar. Deberá tener un plan de emergencia y deberá comunicar la frecuencia con la que suceden los derrames. - Las playas donde existan asentamientos directos (in situ) de actividades petroleras no podrán participar en un proceso de certificación. Puertos o muelles • 3 de las 17 playas evaluadas (18%) tienen presencia de puertos o marinas (muelles). Aspectos positivos Los puertos y muelles son parte fundamental de las actividades económicas e incluso culturales de muchos puntos costeros del país (véase en este muestreo los casos de Las Palmas y Murciélago). Pero con mayor importancia para el estudio en cuestión, los puertos muchas veces están ligados a las actividades recreativas del destino, por lo que forman parte de la oferta turística. En este estudio se evidencia lo anterior de dos maneras muy particulares; para el caso de San Lorenzo (Salinas) el muelle del Salinas Yacht Club es responsable en gran parte de la población flotante ecuatoriana que visita la región por periodos prolongados cada año. Para el caso de Murciélago, el puerto ha promovido el anclaje en el sitio de importantes cruceros. Aspectos negativos Sin embargo, desde la óptica del turismo de sol y playa los puertos y muelles tienen importantes impactos negativos: - Principalmente los puertos generan impacto negativo en el paisaje de la playa. - Generan gran contaminación en el agua por derrames de hidrocarburos, aceites y grasas. - A veces la presencia de los muelles está ligada a la tendencia de invadir las zonas de bañistas, por no respetar la distancia debida desde la orilla para el anclaje y circulación de las embarcaciones. Análisis Para analizar los impactos negativos de los puertos y muelles es necesario considerar dos realidades. Primero debe entenderse que los puertos y muelles se encuentran generalmente en playas urbanas, donde el paisaje no es parte de las virtudes de una playa. Segundo, la mayoría de los impactos se deben sobretodo por cuestiones de negligencia en el manejo y falta de presión de las autoridades en el cumplimiento de políticas de seguridad ambiental y humana. Por lo anterior, las Normas Técnicas promoverían lo siguiente: - Separar las políticas y parámetros de evaluación en más de un grupo dependiendo de su calidad de urbanas o rurales. - Promover la aplicación de políticas ambientales rigurosas en los puertos y muelles. - Promover un ordenamiento y zonificación rigurosos, sobretodo con miras a proteger al bañista de accidentes y derrames.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 22

Cabañas (expendedoras de alimentos y bebidas) • 14 de las 17 playas evaluadas (82%) tienen presencia de cabañas en la playa o en los terrenos inmediatos a la arena. Aspectos positivos Las cabañas expendedoras de alimentos y bebidas establecidas en las zonas de arena muerta o en los terrenos inmediatos a la arena, brindan con mayor comodidad (por la cercanía) sus servicios a los turistas que lo demandan. Desde una perspectiva económica, estas cabañas son una de las principales formas (si no la principal) en que se integran al negocio turístico las comunidades locales, pues las inversiones implicadas en la actividad hotelera muchas veces no están al alcance de éstas. Cabe mencionar que a la vez, por su importancia y presencia en las playas ecuatorianas, las asociaciones de cabañeros muchas veces son los responsables de las gestiones que se hacen entorno a la organización de la playa, como el aseo y el ordenamiento. Aspectos negativos Las cabañas en la forma en que se han permitido y concebido hoy en las playas ecuatorianas son responsables de una gran cantidad de impactos negativos: - Primeramente restan espacio a las playas y muchas veces tienen un crecimiento desordenado que incluso atenta contra la permanencia de vegetación nativa y necesaria en las playas. - Contaminación visual, principalmente por cabañas abandonadas o en mal estado. - Son responsables en gran parte de la generación de desechos sólidos orgánicos e inorgánicos en las playas y, en el primer caso, esto acarrea además otros problemas como la presencia de animales. - Prácticamente en todos los casos evaluados las cabañas establecidas en la zona de arena muerta o en los terrenos inmediatos tienen un pésimo manejo de aguas, tanto en su provisión y almacenamiento como en su descarga, que muchas veces es directa a la playa desde las cocinas, bares, duchas o lavamanos. - En cuanto al manejo de aguas, adicionalmente en algunos casos se ha incurrido en el error de permitir la inclusión de baños en las cabañas y la consecuente construcción de pozos de infiltración directamente en la playa, al pie del mar. - Las cabañas de playa están muchas veces ligadas al turismo de fiesta, lo cuál involucra la venta de licor y la contaminación sónica (por bulla). Análisis Las cabañas expendedoras de alimentos y bebidas se encuentran en gran cantidad y frecuencia en las playas ecuatorianas, y constituyen uno de los principales grupos agremiados en asociaciones y responsables de las gestiones de las playas. De esta manera en algunas situaciones son responsables del aseo, pero de manera insuficiente, sobretodo considerando que son ellos los principales responsables de la generación de desechos orgánicos e inorgánicos en las playas; además de muchas veces ser responsables de descargas o infiltración de aguas residuales. Se considera en el presente estudio que un programa de Normas Técnicas para el turismo de sol y playa debería promover inminentemente la regulación de las actividades que desempeñan las cabañas y el establecimiento de requisitos y compromisos formales como principales usuarios de las playas. De esta manera se considerarían principalmente los siguientes aspectos:

Normas Técnicas para Playas Turísticas 23

-

-

-

Promover que los cabañeros se involucren en la gestión administrativa y de mantenimiento de las playas. Establecer políticas de manejo del agua, principalmente en el manejo de aguas residuales: o Evitar en la medida de lo posible el uso del agua en las cabañas de playa. o Prohibir la construcción de baños en las cabañas si estas se ubican en la zona de arena muerta. o Prohibir las descargas de agua (de cocina o lavamanos) visibles en la playa. o Promover un adecuado manejo de aceites y grasas. Establecer políticas en cuanto al manejo de los desechos sólidos que promuevan: o Disposición de recipientes para desechos en cantidad suficiente y con mantenimiento frecuente. o Almacenamiento adecuado de sus desechos hasta la recolección del camión o su adecuada disposición final. o Involucramiento debido en las actividades generales de limpieza de la playa. o Promover la reducción de desechos no reutilizables ni reciclables. Promover políticas de control de la bulla. Promover la incorporación en los requisitos de las cabañas de políticas de buenas prácticas en la manipulación de alimentos. Promover la inclusión de políticas de seguridad (extintores, ventilación, etc). Promover la eliminación de cabañas abandonadas o en mal estado.

Hoteles y hospederías • 16 de las 17 playas evaluadas (94%) tienen presencia hoteles y/u hospederías en las zonas inmediatas a la playa. Aspectos positivos Los hoteles y hospederías permiten la permanencia de los turistas por más de un día en un destino turístico de sol y playa. Adicionalmente en muchos casos son los responsables de atraer turistas a una playa mediante su promoción, sus conexiones con agencias o simplemente mediante sus páginas web. En algunos casos, pero muy pocos, los hoteles se involucran comprometidamente con el mantenimiento y cuidado de las playas. Aspectos negativos Los hoteles pueden tener un sinnúmero de impactos sobre la playa en algunas situaciones. Uno de los principales es que no cuenten con el adecuado tratamiento de sus aguas residuales en comunidades que no cuentan con alcantarillado. Sin embargo el principal problema que se detectó en este estudio en torno a este tema es a la falta de involucramiento de los hoteleros en las actividades de mantenimiento de las playas. Análisis Los hoteles y hospederías en muy pocas ocasiones se encuentran directamente al pie de la playa. Se los incluye en este análisis principalmente por el hecho que se encuentran hoy muy poco ligados a las gestiones de cuidado y mantenimiento de playas, mientras que son de los principales beneficiados del recurso turístico playa.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 24

Los impactos indirectos de los hoteles sobre las playas por la generación de desechos sólidos y líquidos principalmente se verían reflejados directamente en las evaluaciones generales de parámetros como calidad del agua, presencia de desechos, tratamiento de aguas residuales, entre otros. Por ello, el principal problema cuya solución se buscaría promover mediante las Normas Técnicas es la falta de involucramiento de los hoteleros en el cuidado de la playa. Construcción • 10 de las 17 playas evaluadas (59%) sufrían impactos directos o indirectos por procesos de construcción. Aspectos positivos No hay aspectos positivos sobre el turismo de sol y playa en los procesos de construcción, salvo la razón de ser de estos que es el levantamiento de nuevas obras muchas veces relacionadas con la promoción del turismo. Aspectos negativos Se detectaron varios impactos negativos en los procesos de construcción en las playas o cercanos a ellas, muchos de ellos resultantes del mal manejo de los procesos y otros incluso por criterios errados en la ubicación y mantenimiento de las obras: - En algunos casos, como por ejemplo en la playa de Murciélago, las obras en construcción implicaban un gran movimiento de tierra que erosionaba los acantilados depositando toneladas de tierra y relleno sobre áreas de arena, parte de la playa, poniendo en riesgo al turista y afectando negativamente el paisaje y el espacio. - Los malecones abandonados, sin el debido mantenimiento significan una de las principales razones de deterioro de los paisajes playeros. - Los malecones en general suelen convertirse en urinarios. - Obras en terrenos inmediatos a la playa ocasionan mucho ruido y levantamiento de polvo. - La construcción de baños y pozos sépticos o de infiltración directamente en la arena produce contaminación visual y aumenta el riesgo de contaminación del agua. Análisis Existen 3 casos bien diferenciados que podrían ser mejorados por las Normas Técnicas entorno a los procesos de construcción: - El primero es la construcción de obras privadas en los alrededores de las playas lo cuál es parte del crecimiento de los destinos turísticos. En este caso se promovería mediante las Normas Técnicas un adecuado manejo de obras mediante el control de descargas, de disposición de materiales, de medidas de seguridad, de ruidos y de horarios de trabajo, de manera que no interfirieran con el correcto desarrollo del turismo de sol y playa. - El segundo es sobre la construcción y abandono de malecones en las playas que poco contribuyen al embellecimiento de estas, salvo en el caso de playas urbanas. Para este aspecto se promovería el correcto mantenimiento y reparación de los malecones, así como la adecuada disposición de escombros y el manejo de olores desagradables. - El caso de los pozos sépticos o de infiltración en la playa también deberá ser regulado mediante las Normas Técnicas, principalmente por medidas sanitarias y ambientales.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 25

Vendedores ambulantes • 16 de las 17 playas evaluadas (94%) son frecuentadas por vendedores ambulantes. Aspectos positivos Un aspecto positivo, siempre y cuando no sobrepase los límites del respeto, es que los vendedores ambulantes llevan sus productos y servicios directamente al turista mientras disfruta de la playa. Desde la óptica económica, la venta ambulante es uno de los principales empleos generados por el turismo de sol y playa, aunque no siempre es para las comunidades locales. Aspectos negativos Existen algunos impactos negativos de la venta ambulante, principalmente por la falta de regulación de esta actividad: - La venta ambulante genera desechos sólidos orgánicos e inorgánicos en las playas. - El exceso de vendedores ambulantes perjudica la tranquilidad del turista, lo cual sucede con frecuencia en feriados pico. - Existe una gran cantidad de vendedores ambulantes “flotantes”, es decir ajenos a la comunidad, que sólo acuden en feriados o festividades y no colaboran con el aseo y el orden de la playa ya que no conocen su plan de manejo ni sus políticas de uso. Análisis La venta ambulante es una actividad que se sale fácilmente de control en las playas en feriados importantes de gran afluencia turística. Sin embargo a la vez es muy difícil de regular por la extensión de las playas y la cantidad de gente que acude a ellas. Dentro de lo posible las Normas Técnicas buscarán promover: - La presencia de vendedores ambulantes en cantidades adecuadas en las playas. - La presencia sólo de aquellos vendedores ambulantes autorizados por la Capitanía de Puerto local. - Que los vendedores ambulantes participen dentro de los programas de mantenimiento, aseo y orden de las playas. Turistas • 17 de las 17 playas evaluadas (100%) reciben turistas con regularidad. Análisis general La concurrencia de turistas es siempre positiva siempre y cuando se desarrolle dentro de un marco regulatorio y de manera planificada, procurando un uso sostenible del recurso playa. El turismo genera empleos directos e indirectos y activa la economía de las comunidades locales. Deja de ser positivo el turismo cuando el incremento del número de turistas en un periodo de tiempo determinado es desproporcionado con la capacidad física de la playa y de los servicios disponibles que puedan abastecer todas las actividades que realiza un turista, como seguridad, salud y sin ocasionar perjuicio al medio ambiente. El impacto sobre la seguridad y la salud fácilmente se puede evaluar en base al balance después de un feriado o un periodo pico de concurrencia. Sin embargo los impactos sobre el medio ambiente y en sí sobre el recurso playa son más difíciles de medir, y en este aspecto las comunidades locales deberán siempre plantearse el siguiente cuestionamiento: ¿A partir de qué momento el tipo y la cantidad de turistas

Normas Técnicas para Playas Turísticas 26

erosionan el recurso playa de manera que quitan más de lo que dejan? Y para encontrar la respuesta adecuada a este aspecto es necesario pensar a largo plazo y en las futuras generaciones. Preguntas como las siguientes pueden ayudar a encontrar los límites: -

¿Hasta qué intensidad es beneficiosa la presencia del turista que gasta $2 en un día pero genera más de medio kilo de desechos? ¿Hasta que punto conviene recibir más de un turista por cada 5 m2 y desgastar su playa como destino turístico, es decir arruinar su imagen, además de generar gran cantidad de desechos líquidos y sólidos?

El hecho de que las playas son de todos los ecuatorianos convierte el tema aún más ambiguo. Por un lado esto significa que todos los ecuatorianos tienen derecho a escoger la playa a la que quieren ir, pero por otro significa que todos los ecuatorianos tienen el derecho de exigir la conservación de las playas. Por todo lo anterior, mediante estas Normas Técnicas se promueve: - Que las comunidades locales desarrollen la conciencia de que la sobreexplotación del recurso playa deteriora su calidad de atractivo por la destrucción y contaminación del medio ambiente y por el impacto negativo sobre la imagen del destino. - Que las comunidades locales establezcan el tipo de destino turístico en que quieren convertir su playa y de esta manera la capacidad de carga que aprueban. Todo esto en coordinación con las autoridades pertinentes. - Que las comunidades locales procuren contar con la capacidad de atención adecuada en términos de seguridad, recreación y salud para atender la capacidad de carga que establezcan.

4.2.2 Resultados de las encuestas realizadas Parte del diagnóstico fue la evaluación de la percepción del turista. Se entrevistaron 10 turistas por playa, para un total de 160 turistas entrevistados (Cuadro 5). Esta entrevista (Anexo 1), permitió hacer un perfil general del turista y conocer su opinión relacionada a: a) b) c) d)

Principales atractivos turísticos de la playa Principales problemas de la playa Sugerencias para mejorar la playa Ente estatal encargado de la playa

Si bien, puede que los datos recabados no sean estadísticamente válidos, éstos datos obtenidos nos ayudan a inferir cual es la tendencia del turista respecto a las preguntas evaluadas. Por lo anterior, en la discusión de los resultados se presentan conclusiones que no necesariamente deben ser consideradas como verdades absolutas, pero son las tendencias detectadas en la muestra utilizada en este estudio.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 27

Cuadro 5. Perfil de los 160 turistas entrevistados Género y Edad

Esmeraldas Manabí

Ecuador

Menor

Mayor

Local

Otro

42

22

59

2

7

1

Inglaterra

3

31

17

47

7

2

1

Alemania

5

5

41

26

65

0

10

0

_

Muisne

7

3

35

17

66

3

5

2

EEUU-Inglaterra

Mompiche

2

8

27

16

42

1

6

3

AlemaniaInglaterra-Canadá

27

23

35

20

56

13

30

7

4 Países

Pedernales

7

3

29

14

51

2

8

0

_

Canoa

8

2

38

22

56

0

6

4

Alemania-FranciaFinlandiaNicaragua

Murciélago

5

5

42

15

77

1

9

0

_

Los Frailes

6

4

31

18

52

0

8

2

Francia-Perú

Pto. López

5

5

37

19

70

0

8

2

Francia-Uruguay

Salango

7

3

30

14

45

1

9

0

_

38

22

35

17

59

4

48

8

6 Países

Olón

4

6

35

21

56

0

10

0

_

Ayangue

8

2

36

17

64

0

8

2

España

San Lorenzo

5

5

31

14

53

3

6

1

Brasil

Playas

5

5

35

16

59

1

8

1

Canadá

22

18

34

17

58

4

32

4

4 Países

7

3

35

22

59

0

10

0

Ningún país

94

66

58

120

19

41%

19

21

59%

35

13%

75%

12%

F

M

Las Peñas

6

4

Las Palmas

7

Atacames

Total Esmeraldas

Total Manabí

Guayas

Rangos de edad

Otro país

Edad promedio

Playas evaluadas

Total Guayas

Oro

Género

Origen

Jambelí Totales

Otros países

11 países

Principales atractivos turísticos de la playa: El objetivo de esta pregunta fue conocer cual es la principal razón por la que los turistas visitan la playa y así obtener un indicio de qué es lo más importante conservar para que el flujo turístico hacia las playas se mantenga. Principales atractivos turísticos La Playa El Paisaje Cercanía a lugar de residencia Cultura Local Biodiversidad

El Mar Gastronomía Tranquilidad Vida Nocturna Historia -Arqueología

Gráfico 1. Principales atractivos turísticos según turistas entrevistados

Normas Técnicas para Playas Turísticas 28

Las respuestas obtenidas (Gráfico 1), refuerzan la necesidad de conservación de estos recursos (playa, mar, paisaje) y motivan el establecimiento de normas que ayuden a cuidar de éstos. La gastronomía aparece como cuarto principal atractivo, lo cual es un dato interesante que hace reflexionar en la necesidad de mantener y aumentar la calidad de este servicio, así como regular los impactos negativos que tiene éste en la playa. Principales problemas percibidos en la playa: El preguntar a los turistas cuales problemas hay en la playa evaluada, permitió a los evaluadores ir más allá de sus percepciones en cuanto a los problemas e impactos evaluados, y ésta diversidad de opiniones es muy importante en la evaluación de una playa para un futuro programa de certificación. Cada playa tiene sus correspondientes problemas según su tipo de turismo, ubicación, industrias aledañas, ciudades, pero a pesar de éstas diferencias, en los resultados puede verse que hay dos problemas principales que aquejan a todas las playas según el turista ecuatoriano y estos son: Falta de Servicios Higiénicos y Basura.

Principales Problemas en la Playa Falta de Baños Falta de seguridad (salvavidas) Desorganización Animales sueltos Falta de servicios generales Otros

Basura Falta de señalización Contaminación del Agua Inseguridad (robos) Vehiculos en la arena Ninguno

Gráfico 2. Principales problemas percibidos por el turista Sugerencias para mejorar: El objetivo principal de esta pregunta fue indagar la reacción del turista ante la posibilidad de que se norme su comportamiento durante su estadía en la playa. Como puede verse en el Gráfico 3 una mayoría de los turistas marcó “establecer normas a los turistas”. Esto indica que el turista está dispuesto a seguir ciertas normas para así contribuir al mantenimiento de la playa. Un código de conducta es una herramienta importante que además de informar al turista, facilita la comunicación entre turistas y autoridades de la playa y comunidad. Mejorar la Limpieza

Sugerencias de los turistas para mejorar la playa

Establecer Normas a Turistas Establecer Normas a Comerciantes Mejorar en Seguridad Organizar Comercio/Hoteles Otro (señalización, etc) Regular cantidad de gente que visita

Gráfico 3. Sugerencias de los turistas para mejorar la playa

Normas Técnicas para Playas Turísticas 29

Ente estatal encargado de la playa: Las respuestas obtenidas en esta pregunta (Gráfico 4) reflejan desinformación del turista sobre la entidad que está encargada de la playa e indican la necesidad de colocar más información en las playas para que el turista sepa a quién debe recurrir en caso de emergencias y a quién puede darle sugerencias en cuanto al manejo y mantenimiento de la playa.

Encargado de la playa según el Turista

El Municipio Ministerio de Turismo Varios Asociaciones PMRC

No saben La Marina Prefecto Junta Parroquial

Gráfico 4. Ente estatal encargado de la playa según el turista 4.2.3 Resultados de playas evaluadas Se evaluaron 17 playas de Ecuador con respecto a exigencias y estándares de 3 programas y normas internacionales de diferentes regiones del mundo: Programa Norma Mexicana que establece los requisitos y especificaciones de sustentabilidad de calidad de playas Semáforo Playero Venezolano Bandera Azul

Región Norteamérica Suramérica Europa-Mundial

Al hacer esta evaluación con 3 diferentes programas, se pudo analizar las ventajas, desventajas y facilidades de aplicación de cada uno de ellos en las playas de Ecuador, también se identificaron parámetros o criterios que no son aplicables a Ecuador, así como otros criterios que hay que reforzar y detallar más. Las evaluaciones de las playas se realizaron durante época de temporada baja, a excepción de la provincia de Manabí que se evaluó durante el feriado del Día de los Difuntos. A continuación se presenta una breve descripción de los criterios y sistema de evaluación de cada programa y conclusiones relevantes de los resultados obtenidos en las playas evaluadas. NORMA MEXICANA: define 53 criterios de evaluación para playas de uso recreativo, los cuales se dividen inicialmente en 6 aspectos (biodiversidad, manejo de desechos, infraestructura, calidad de aguas, educación ambiental y seguridad) que luego se agrupan en 4 grupos. En cada grupo (Cuadro 6) debe obtenerse un porcentaje determinado para alcanzar diferentes niveles de certificación, siendo el Nivel 1 el más bajo y el Nivel 3 el más alto. Para que una playa obtenga cualquiera de los niveles, debe obtener en todos los grupos el porcentaje mínimo determinado para ese nivel.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 30

Cuadro 6. Grupos y % mínimo de cumplimiento, Norma Mexicana % mínimo de cumplimiento para diferentes niveles 1 2 3 60 75 90 50 70 90 45 65 90 50 70 90

Grupos Calidad Sanitaria (CS) Calidad de Seguridad (CSEG) Calidad de Servicios (CSERV) Calidad Desempeño Ambiental (CDA)

El sistema de calificación de la Norma Mexicana, no exige cumplimiento obligatorio de todos sus criterios, lo que permite que una playa ingrese a su programa y gradualmente vaya alcanzado niveles cada vez mejores, conforme va mejorando su desempeño en diferentes áreas. Este concepto es útil para aplicar en el sistema de evaluación para la Norma de Ecuador, ya que permite la inserción de playas con diferentes grados de cumplimiento y las motiva a seguir mejorando. En el gráfico 5 se puede observar que, de las playas evaluadas, los resultados de ningún grupo superan el mínimo puntaje para obtener el nivel 1.

Resultados generales 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0 Calidad Sanitaria

Calidad de Seguridad

Calidad de Servicios

Calidad Desempeño Ambiental

Todas las provincias Mínimo % para nivel 1 en Calidad Sanitaria Mínimo % para nivel 1 en Calidad de Seguridad Mínimo % para nivel 1 en Calidad de Servicios Mínimo % para nivel 1 Calidad Desempeño Ambiental

Gráfico 5. Resultados generales por grupo de la Norma Mexicana Calidad Sanitaria y Calidad de Servicios: Los criterios de evaluación de calidad sanitaria y de servicios están muy relacionados con el manejo de los desechos (limpieza de la playa, limpieza del agua, presencia de basureros bien mantenidos, reciclaje y separación) y limpieza del agua. Un factor que influyó en el bajo puntaje de la mayoría de las playas en estos grupos fue la total ausencia de programas de reciclaje y separación de basura.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 31

Como puede verse en los gráficos 6 y 7, la provincia de Guayas es la única que sobrepasa el nivel mínimo de cumplimiento. Se infiere que esto se debe al hecho de que 2 de las 4 playas evaluadas en Guayas participan en el Programa de Ordenamiento de Playas (POP), ejecutado por la consultora ambiental SAMBITO y financiado por el Consejo Provincial del Guayas. Este programa tiene como uno de sus objetivos principales el mantener la playa limpia y en el trabaja personal de la comunidad de manera permanente (temporada baja y alta). Otra de las playas evaluadas en Guayas fue San Lorenzo, la cual es una playa urbana con servicios básicos buenos de recolección de basura y además es base de la Marina y este organismo ejerce presión para la realización de mingas de limpieza. El hecho de que entidades públicas como la Marina y privadas que trabajen en materia medioambiental (como SAMBITO) estén directamente involucradas en las playas evaluadas del Guayas, influyó en un promedio provincial de Calidad Sanitaria y de Servicios, relativamente alto en comparación con las otras provincias.

Calidad Sanitaria 100 80 60 40 20 0 O ro El

G ua ya s

an ab í M

Es m

er al da s

Mínimo para obtener nivel 3 Mínimo para obtener nivel 2 Mínimo para obtener nivel 1

Gráfico 6. Resultados generales por provincia en Calidad Sanitaria

Calidad de Servicios

O ro El

M

an ab í

Mínimo para obtener nivel 3 Mínimo para obtener nivel 2 Mínimo para obtener nivel 1

G ua ya s

Es m

er al da s

100 80 60 40 20 0

Gráfico 7. Resultados generales por provincia en Calidad de Servicios A nivel individual, puede observarse (Anexo 1: Resultados de la Norma Mexicana), que las únicas playas que obtuvieron nivel 2 en el grupo de calidad sanitaria fueron Los Frailes (Parque Nacional), Ayangue y Olón, éstas 2 últimas participantes del POP. De esto se puede inferir que un sistema o programa de manejo de desechos permanente, a cargo de la comunidad y en coordinación con autoridades públicas y/o privadas es necesario para que las playas con flujo turístico se mantengan limpias.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 32

Grupo de Calidad de Seguridad: Este grupo incluye criterios de zonificación, presencia de salvavidas y existencia de primeros auxilios, señalización sobre peligrosidad del mar, puestos de primeros auxilios y ausencia de vehículos motorizados. Este fue el grupo con puntuación más baja en todas las provincias (Gráfico 8) y el que impediría a la mayoría de las playas obtener su certificación según la norma mexicana, aunque los resultados negativos pueden deberse a que durante la temporada baja hay pocos niveles de seguridad.

Calidad de Seguridad 100 80 60 40 20 0 O ro El

G ua ya s

Es m

M

er al da s

an ab í

Mínimo para obtener nivel 3 Mínimo para obtener nivel 2 Mínimo para obtener nivel 1

Gráfico 8. Resultados generales por provincia en Calidad de Seguridad Un dato interesante que puede observarse en el gráfico 9, es que las únicas playas que alcanzaron a superar el nivel mínimo de cumplimiento fueron Murciélago y San Lorenzo (Capitanía de Puerto) y Atacames (Retén naval bien organizado). Esto indica que la Marina puede jugar un papel positivo en la mejora de seguridad en las playas. Evidentemente, la seguridad en la playa es clave para un desarrollo turístico sostenible, por lo tanto se ha puesto especial atención en las normas elaboradas en los aspectos relacionados a seguridad.

Pl ay as Ja m be lí

O ló n Ay an gu Sa e n Lo re nz o

Ve rd e Pa lm as At ac am es M ui sn e M om pi ch Pe e de rn al es C an oa M ur ci él ag Lo o s Fr ai le Pt s o. Lo pe z Sa la ng o La s

R io

La s

Pe ña s

100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 0

Gráfico 9. Resultados por playa del grupo Calidad de Seguridad Calidad de Desempeño Ambiental: Los criterios de desempeño ambiental de la norma mexicana, están principalmente enfocados a la protección de fauna y biodiversidad y en menor grado a la educación e información ambiental. La playa que cumplió con más criterios relacionados al desempeño ambiental fue Los

Normas Técnicas para Playas Turísticas 33

Frailes, la cual está dentro de un Parque Nacional y era de esperarse que tuviera buenos resultados. Varias playas obtuvieron puntos en el grupo de desempeño ambiental gracias al Programa de Educación Ambiental Marino Costera (PEANCO) que realiza la Marina en conjunto con otras instituciones. Este tipo de iniciativas positivas deben ampliarse a todas las playas del país ya que el desempeño ambiental en la mayoría de ellas es muy bajo. BANDERA AZUL: es un programa que exige el total cumplimiento de sus parámetros para otorgar la certificación. Se identificó que este sistema de certificación de total cumplimiento, es muy estricto para aplicar en Ecuador y muy desmotivante para las comunidades playeras que aún tienen muchas mejoras por hacer. Para el caso de Ecuador, ninguna provincia alcanzó a cumplir siquiera el 50% de los parámetros exigidos (Gráfico 10). Cabe mencionar que a nivel individual, como se puede observar en el gráfico 11, las playas de Ayangue, Atacames y Olón, lograron cumplir con más del 50% de los parámetros, mientras que Los Frailes y Murciélago estuvieron cerca de cumplir con la mitad de los parámetros. La provincia que más parámetros alcanzó a cumplir fue Guayas, esto se debió a que 2 de las playas evaluadas (Ayangue y Olón) desde hace 2 años participan en el POP el cual tiene como referencia línea guía al programa Bandera Azul.

100% de parámetros a cumplir

O ro El

an ab í M

er al da s Es m

G ua ya s

50% de parámetros a cumplir

Gráfico 10. Porcentaje de cumplimiento de parámetros de Bandera Azul

100% de parámetros a cumplir

O ló At ac n am e Ay s an gu e Fr M a ile ur s ci el S. ago Lo re nz Pa o lm as Ca no a Pe ña s Pl ay a M s ui M sn e om pi ch Ja e m Pe b de elí rn al es Ri o Ve rd Pt e o. Lo pe Sa z la ng o

50% de parámetros a cumplir

Gráfico 11. Porcentaje de cumplimiento de los parámetros de Bandera Azul por playa

Normas Técnicas para Playas Turísticas 34

SEMÁFORO PLAYERO: Este programa venezolano utiliza un sistema de evaluación más simplificado, como puede verse en el Cuadro 7. Cuadro 7. Parámetros y métodos de evaluación del programa Semáforo Playero Parámetro y valor

Método de evaluación

1. Vertidos y Aguas Servidas 25%

Presencia

2. Calidad de Aguas de Mar 40%

Análisis microbiológico

3. Calidad de Costas 25%

Peso de basura

Presencia sin tratamiento: 0 % Presencia con tratamiento: 12.5% Ausencia: 25 % Concentración de coliformes fecales Menor a 200 NMP/100ml: 40% Mayor a 200 NMP/100ml: 0% Menos de 33 kg en 12x10 m: 25% Más de 33 kg en 12x10m: 0%

4. Servicios e Infraestructura 10%

Presencia

Menos de 5: 0% / Entre 6 y 10: 5% / Más de 10: 10%

Puntaje

En base a los parámetros presentados en el Cuadro 7 se califica a las playas utilizando un símbolo y color de Prevención (Cuadro 8), el cual se considera no adecuado, ya que si una playa obtiene Rojo, el programa puede ser rechazado por la comunidad; por esta razón es mejor utilizar un sistema que incentive a las playas que mejorar, en lugar de castigarlas (un semáforo en Rojo, que ahuyentará a todo su turismo). Cuadro 8. Calificación de playas utilizado por Semáforo Playero % Obtenido

Color

Significado

Menos de 49.9%

ROJO

Playas ambientalmente NO sanas

50% a 79.9%

AMARILLO

Medianamente recomendadas

Mas de 80%

VERDE

Playas ambientalmente sanas

Por su sistema de evaluación poco detallado, y debido a que el parámetro de evaluación de mayor valor (calidad de aguas de mar) no se pudo evaluar, se considera que los resultados obtenidos de este programa no son válidos. Adicionalmente el sistema de evaluación de calidad de costas y servicios e infraestructura no se considera efectivo en la práctica por lo tanto no se discuten los resultados (Anexo 1).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 35

4.2.4 Análisis de actores costeros El análisis de actores costeros es una herramienta que permite identificar a todas las personas, asociaciones o instituciones públicas y privadas que realizan alguna actividad dentro de la dinámica turística del filo costero o hacen uso del recurso playa. En el Anexo 1, con el nombre de “Lista de Contactos de Actores Costeros”, se presenta un cuadro por provincia con los números de teléfono de los respectivos actores. Los actores que se incluyeron en el análisis fueron los que se verían afectados directa o indirectamente por las Normas Técnicas que se presentan en este documento. Los actores se clasificaron según su importancia y grado de influencia en la futura aplicación de las Normas Técnicas. A continuación se presentan las conclusiones y recomendaciones derivadas del análisis de actores presentado en el Cuadro 9: Los actores identificados como claves y muy influyentes deben involucrarse activamente desde la preparación e implementación del proyecto. Esto implicaría que formen la directiva nacional del Comité Técnico de Evaluación; este Comité estará encargado de promocionar la certificación y certificar las playas. Los actores muy influyentes y de alta importancia deben formar parte del Comité Técnico de Evaluación a nivel provincial. Estos actores estarán bajo la dirección de la directiva nacional, cuyos miembros también tendrán representantes a nivel provincial. Los actores claves y de alta influencia deben conformar el Comité Local (a excepción del PMRC que debe funcionar como un asesor externo para los Comités Locales). Es muy recomendable que los actores de alta importancia y alta influencia también se involucren en el Comité Local. Los actores de moderada influencia e importancia también pueden formar parte del Comité Local. Los actores de ninguna o poca importancia y de alta influencia deben estar constantemente informados sobre los avances y requerimientos del proyecto. La colaboración de estos actores es muy importante para que se logre cumplir con algunas de las Normas Técnicas. Los actores clave y de poca influencia, como lo son los turistas, deben mantenerse bien informados del proyecto de Normas Técnicas, sus objetivos y sus avances. Son ellos los que disfrutarán de sus beneficios y los que mejor publicidad pueden hacerle al proyecto de Normas Técnicas. Campañas comunicativas y publicidad constante debe dirigirse a este grupo de actores.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 36

Cuadro 9. Matriz de influencia e importancia de los actores costeros IMPORTANCIA

Ninguna

Poca

Moderada

Alta

Poca Ninguna

INFLUENCIA

Moderada

-Turistas

-ONG's -Promotores urbanos de tours a playas _Terminal Petrolero La Libertad (SUINLI)

Alta

Actor Clave

- Comités de Turismo

-Policía Nacional

-Departamento de Higiene y Salubridad Municipal

-Comunidad Local (Juntas Parroquiales y de Agua, Presidentes de Comuna)

-Comisión de Tránsito del Guayas (CTG)

-Grupos de Salvavidas

-Gremio de comerciantes formales e informales

-Transportistas

-Cuerpo de Bomberos

-PMRC

-Cruz Roja -Defensa Civil -Cámaras de Turismo -Centros Educativos

Muy Influyente

-Comisaría Municipal -Dirección de Gestión Ambiental Municipal

-DIGMER

-Dirección de Turismo Municipal

-Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera (Ministerio de Ambiente)

-Capitanías de Puerto -Municipios y Alcaldías

-Ministerio de Turismo

Normas Técnicas para Playas Turísticas 37

4.3 Talleres de consulta Se realizaron un total de 5 talleres consultivos en las 4 provincias costeras de Ecuador a los cuales asistieron un total de 155 personas representantes de organizaciones relacionadas al turismo y a la gestión costera. En el Cuadro 10 se presenta el cronograma y número de participantes que asistieron a cada taller. Las listas de asistencia se adjuntan en el Anexo 2. Cuadro 10. Cronograma y cantidad de participantes de los talleres de consulta. Hora

Fecha

# de Participantes

Salón Verde

10 a 3 pm

5/12/06

27

Bahía de Caráquez

Salón Municipal

10 a 3 pm

7/12/06

30

Manta

Escuela de Pesca

10 a 3 pm

8/12/06

21

El ORO

Puerto Bolívar

Club de Funcionarios de Autoridad Portuaria

10 a 3 pm

11/12/06

17

GUAYAS

Santa Elena

Edificio Federación de Comunas del Guayas

10 a 3 pm

12/12/06

60

Total

155

Provincia

Lugar

ESMERALDAS Esmeraldas

MANABI

El objetivo principal de realizar los talleres, además de informar sobre la necesidad del desarrollo de un turismo sostenible y los programas de certificación como una herramienta para mejorar y potencializar nuestro recurso turístico playero, fue conocer la reacción de los actores de la playa ante la futura implementación de un programa de certificación para playas y recopilar sugerencias sobre las Normas Técnicas. En la memoria entregada durante el taller (Anexo 2) se facilitó la dirección de e-mail de los consultores y se indicó a los participantes que si tenían sugerencias o comentarios los podían hacer llegar a esa dirección. Se recomendó enviar los comentarios antes del 15 de diciembre. Sin embargo los comentarios relacionados al tema que se reciban durante un plazo de 60 días a partir de la fecha de los talleres serán enviados al PMRC, con el fin de dar un plazo considerable. La metodología utilizada en los talleres incluyó, además de la presentación por parte de los consultores (Anexo 2), la participación de los asistentes, quienes realizaron: -

Trabajo de análisis grupal, Presentaciones del análisis grupal y Llenado de formulario individual.

El itinerario de los talleres fue el siguiente: ⇒ Presentación e introducción del tema − Concepto de Desarrollo Sostenible − Concepto de Turismo Sostenible ⇒ Diagnóstico mediante imágenes de las playas de Ecuador

Normas Técnicas para Playas Turísticas 38

− − −

Riqueza y potencial turístico de las playas Problemas y malas prácticas Buenas Prácticas

⇒ Normas Técnicas y Programas de Certificación y Gestión − Programa Blue Flag (Bandera Azul), Europa − Programa Bandera Azul Ecológica, Costa Rica − Programa de Ordenamiento de Playas, Guayas, Ecuador ⇒ Almuerzo ⇒ Normas Técnicas sugeridas para Ecuador − Disposiciones generales − Ejes que componen las Normas Técnicas sugeridas − Ejercicio de análisis grupal de las normas − Presentaciones de los grupos − Llenado del Formulario Individual de Evaluación ⇒ Despedida y agradecimiento Los talleres se llevaron a cabo sin ningún inconveniente y en general hubo una reacción muy positiva del público ante el tema. La participación fue buena, de las 200 personas invitadas asistieron 155 (78% de asistencia). Se recopilaron una gran cantidad de opiniones, perspectivas y sugerencias relevantes para las normas y para el proceso de certificación, por lo que se considera que se cumplió ampliamente con el objetivo principal de los talleres. En el Anexo 2 se presentan fotografías de los 5 talleres realizados. A continuación se presentan los principales resultados. 4.3.1 Resultados de los talleres Análisis grupal: Para realizar este análisis se dividió al grupo total de participantes en 6 subgrupos identificados por diferentes colores, tratando de que la composición de cada subgrupo fuera multirepresentativa (mezcla de representantes de diferentes organizaciones). A cada subgrupo se le asignó 1 ó 2 ejes para analizar (Cuadro 11), los cuales podían leer en detalle en la memoria entregada (Anexo 2). También se les entregó un papelógrafo y se presentaron las siguientes preguntas para guiar el análisis: 1. ¿QUÉ TAN FACTIBLE (FÁCIL O DIFÍCIL) DE CUMPLIR CONSIDERAN LAS NORMAS QUE LES TOCÓ ANALIZAR? 2. ¿QUÉ TIPO DE APOYO SERÍA NECESARIO PARA CUMPLIR LAS NORMAS QUE LES TOCÓ ANALIZAR? 3. ¿INCLUIRÍAN ALGUNA NORMA ADICIONAL EN LOS EJES QUE LES TOCÓ ANALIZAR?

Normas Técnicas para Playas Turísticas 39

Cuadro 11. Organización de los subgrupos para el análisis grupal de los ejes Color Eje Sub-ejes Calidad del Agua del Mar Recurso Hídrico Disponibilidad de agua dulce Descargas de agua Manejo de desechos sólidos Manejo de Grupo Blanco Manejo de desechos orgánicos naturales Desechos Manejo y control de Olores Seguridad en el Agua Primeros auxilios y atención de emergencias Grupo Verde Vigilancia Seguridad Estrella Zonificación Vehículos motorizados Seguridad General Servicios Higiénicos Grupo Verde Facilidades de comunicación y acceso Servicios Cuadro Servicios para discapacitados Grupo Rojo

Grupo Naranja

Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas Comercio e Vendedores ambulantes Infraestructura Infraestructura en la zona de playa y alrededores

Grupo Amarillo

Flora /Fauna y Protección de Flora y Fauna Comunicación e Señalización Información Educación Ambiental

Cada subgrupo plasmó el resumen de su análisis en el papelógrafo e hizo una presentación oral de su análisis y los expositores tomaron notas (Anexo 2). A continuación se presenta un resumen de las principales observaciones realizadas durante las presentaciones sobre los ejes analizados en todos los talleres.

Recurso Hídrico Calidad de Agua de Mar

Disponibilidad de Agua Dulce

Descargas de Agua



En general se considera un eje clave del cual deben cumplirse todas las normas, pero algunas de las normas específicas como las referentes a ausencia de espumas, aceites y grasas se consideran muy difíciles de cumplir debido a que los factores que causan estos problemas están fuera del alcance de la comunidad.



La coordinación interinstitucional (Ministerio de Ambiente, Ministerio de Salud, Ministerio de Turismo, Municipios, Marina) y la participación de los habitantes es imprescindible para lograr cumplir con la ausencia de descargas y con las exigencias de calidad de agua de mar.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 40



En la provincia de El Oro, se mencionó que el Ministerio de Agricultura también debe involucrarse en la gestión ambiental de las playas ya que hay gran cantidad de actividades agrícolas río arriba que finalmente contaminan las aguas del mar.



Plantas de tratamiento, alcantarillado y obras similares son consideradas necesarias en algunas playas (especialmente urbanas) para cumplir con los parámetros de calidad de aguas de mar. Se menciona que falta interés y presupuesto por parte de los políticos.



Las obras sanitarias deben ser prioridad para todos los municipios, antes que otro tipo de obras (se da el ejemplo de malecones en playas que no tienen satisfechas sus necesidades básicas sanitarias).



En todos los talleres se mencionó reiteradamente la necesidad de capacitación y educación relacionada a la importancia y manejo adecuado del recurso hídrico. Una observación muy acertada fue “una población educada y conciente en lo relacionado a problemas de contaminación de sus aguas, tomará acciones (denuncias o propuestas) para proteger y mantener este recurso”.



Sugerencias relacionadas a normas específicas: o Utilizar análisis de cromatografía para determinar la presencia de grasas y aceites o espumas nocivas (esto se puede considerar, pero hay que tomar en cuenta los altos costos de este tipo de análisis) o Evaluar las aguas de mar de manera permanente y constante. o Incluir en las normas la evaluación de la protección y conservación de fuentes de agua dulce presentes en zona cercana a la playa. o Las duchas en la playa generaron mucha polémica, la mayoría las consideran un servicio importante, mucha gente no estuvo de acuerdo con premiar su ausencia. Se sugirió que en las duchas instaladas, además de evaluar su ubicación, mantenimiento, estética y consumo de agua, se prohíba utilizar jabón y que tengan un sistema básico de tratamiento de aguas residuales que sirva para regar las zonas verdes del malecón o de la playa.

Desechos Sólidos y Gaseosos Manejo de Desechos





Desechos orgánicos naturales

Control de Olores

El eje de manejo de desechos se encontró imprescindible de cumplir pero igualmente se consideró uno de los más difíciles de lograr, por la falta de conciencia ambiental actual y por la diversidad de las fuentes generadoras de desechos. El punto en común que se mencionó en todos los talleres fue la necesidad imperativa de implementar un plan de educación ambiental relacionado al manejo de los desechos. En algunos talleres se menciona capacitación específica para Manejo de Desechos orgánicos (Compost, Manejo de Algas).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 41

También se sugiere que se elabore y facilite una guía técnica para el manejo de los desechos sólidos. o

o

El problema de los desechos no se genera solamente en las playas, sino río arriba y mar adentro, por lo tanto se enfatizó en la necesidad de incorporar comunidades e industrias río arriba en los planes de educación ambiental. Se debe incluir educación ambiental en el aspecto de manejo de desechos tanto a pescadores artesanales como industriales y se recomienda incluir una norma específica para el manejo de los desechos derivados de la pesca.



Referente a la norma que se refiere a ausencia de desechos fecales, se mencionó que este problema se da por la falta de servicios sanitarios. Paralelamente se mencionó que muchas veces son los servicios sanitarios portátiles los que causan malos olores, por lo que se entraría en conflicto con la norma referente a la ausencia de malos olores en el área turística. Ante esta situación se hace evidente que una planificación y mantenimiento correcto de facilidades higiénicas sanitarias es indispensable para cumplir con las normas propuestas.



Se menciona que las autoridades deben ser responsables por la recolección de los desechos, pero también se recalca que la empresa privada debe participar en esta tarea: las grandes empresas que venden masivamente sus productos en la playa, deben contribuir con recolección de desechos o aportando infraestructura necesaria para el manejo de éstos.



En general se estuvo de acuerdo con que los pequeños comerciantes, cabañeros, parasoleros, etc. deben ser responsables con la limpieza continua de su área de trabajo.



Mucha de la basura en las playas proviene de mar adentro, por lo que se mencionó que la Marina debe supervisar y regular más estrictamente la descarga de desechos sólidos y líquidos mar adentro.

Seguridad Seguridad en el Agua

Primeros Auxilios

Vigilancia

Zonificación

Vehículos Motorizados

Seguridad General



En todos los talleres se concuerda que el eje de seguridad es uno de los más importantes para desarrollar y fomentar la actividad turística, igualmente se coincide que el eje contiene normas de muy difícil cumplimiento, principalmente debido a que exige una inversión considerable en personal, capacitación, equipo e infraestructura.



Se menciona la importancia de que el personal (salvavidas) esté debidamente entrenado para prestar servicios relacionados a primeros auxilios o salvamento acuático y a la vez se recalca que hay un déficit de personal capacitado para este oficio en muchas de las playas.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 42



Se mencionó en todas las playas que el personal de la Marina no da abasto para cubrir las necesidades de seguridad en las playas y se recalcó la necesidad de apoyo y coordinación interinstitucional entre Municipio, Marina, Cruz Roja, Defensa civil y Autoridad Portuaria para poder cumplir con las normas de este eje.



Otro factor en el que hubo consenso en todos lo talleres es la necesidad de involucramiento de la comunidad en la vigilancia, principalmente cuando se dan situaciones de inseguridad por delincuentes en playas rurales.



La mala publicidad que genera la inseguridad de una playa, afecta a todos los comerciantes y empresarios, por lo tanto se mencionó que los hoteleros deben colaborar con el cumplimiento de las normas de este eje. Igualmente los vendedores ambulantes y cabañeros pueden aportar mucho en lo relacionado a seguridad.



Se recomendó ampliar el horario de salvavidas durante la temporada alta de 6am a 6pm en playas urbanas de alto flujo turístico.



La señalización relacionada a asuntos de seguridad o situaciones riesgosas debe ser responsabilidad del Municipio.



Se sugirió añadir la norma de zonificación como obligatoria para playas deshabitadas también, esto previendo su futuro desarrollo.

Servicios Servicios Higiénicos

Facilidades de comunicación

Para Discapacitados



En este eje surgieron varias recomendaciones y comentarios relacionados a la norma de los servicios higiénicos. En general se recomendó extender el horario de atención de los SSHH en playas urbanas desde las 6 AM hasta las 6 PM y en horarios nocturnos hasta las 12 MD para playas con alta actividad nocturna.



Se recomendó que cada playa establezca sus horarios de atención de los SSHH y que los publique en la cartelera informativa o en el acceso principal.



Se comentaron la gama de problemas que hay relacionados a la falta o mal mantenimiento de los SSHH, ante esta problemática surgieron varias ideas: o Que existan baterías sanitarias modelo. o Que en las playas rurales se utilice el modelo de SSHH ecológico (seco). o Que los fondos recolectados por el uso de los SSHH sean utilizados para el adecuado mantenimiento y que se exija en las normas la existencia de un contrato legal de manejo y mantenimiento de los SSHH. Esto resolvería el problema de SSHH mal mantenidos y sin responsables e induciría a que los municipios o empresas privadas que los construyeron, le den un seguimiento a estas obras que si son abandonadas o mal mantenidas pasan a ser un problema peor de lo que hubiera representado la ausencia de SSHH.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 43



Para cumplir con la norma relacionada a los servicios higiénicos se requiere apoyo del Ministerio de Salud (Dirección de Sanidad), Dirección de Ambiente, Turismo y Obras de los municipios, Ministerio de Ambiente, Consejo Provincial, Marina, Cámaras de Turismo.



La norma de servicios para discapacitados fue considerada muy importante pero muy difícil de cumplir en muchas playas rurales y deshabitadas. En varios de los talleres se recomendó que fuera obligatoria.



En relación a los parqueos, se mencionaron las siguientes sugerencias o Si bien en las playas rurales las calles pueden usarse como parqueo, debe ser prohibido el parqueo en las calles de acceso principal, para que no se sature y bloquee el acceso a la playa o En las playas urbanas debe haber permanentemente un responsable del área de parqueo, no solamente en temporada alta. o Si las zonas de parqueo no pueden proveer seguridad esto debe indicarse en el acceso al parqueo. o Los buses deben pagar una cuota a las comunidades, destinada a la creación y mantenimiento de áreas de parqueo.



Se sugirió incluir la presencia y cantidad de áreas verdes como un servicio a evaluar. En las playas urbanas debe considerarse obligatorio.



La norma que evalúa la promoción de medios de transportes sostenibles, también debe evaluar el estado y seguridad de estos medios.



Se mencionó la importancia de la educación y capacitación de las autoridades presentes en la playa en temas turísticos y la capacitación de la comunidad en temas de salud que incluyan el buen manejo de los SSHH.

Comercio

Cabañas

Vendedores Ambulantes

Se mencionó que organismos de control (Ministerio de Salud, Marina, Municipio) deben hacer más accesibles y socializar las leyes o decretos relacionados a comercio en la playa. Incluir normativa de correcta manipulación de alimentos a las cabañas ya que actualmente los permisos sanitarios solo redundan en el cobro de una tarifa y no hay exigencias técnicas ni sanitarias. Incluir norma que defina la distancia mínima aceptable entre carpas/parasoles. En las normas se debe exigir la presencia de extintores en las cabañas. Se comentó la inquietud de que la norma que exige a los comerciantes o parasoleros entregar fundas al turista puede generar más basura.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 44

Se mencionó la importancia de la capacitación constante de los comerciantes y vendedores ambulantes en temas de relevancia turística como manejo de desechos y atención al cliente. Establecer en las normas claramente cuales son los horarios y niveles de sonido permitidos por la ley.

Infraestructura en la zona de playa y alrededores Durante el análisis de este eje en el cual se norman principalmente las construcciones en la playa, se evidenció que hay serios problemas para identificar la jurisdicción de la Marina y El Municipio en el área de arena. La causa de esto es un vacío legal al que se le suma el cambio climático que altera severamente el comportamiento y los niveles del mar. Los límites del mar no son estáticos. La aclaración de las respectivas jurisdicciones es imprescindible para poder hacer cumplir las normas relacionadas a infraestructura, pero el cumplimiento de estas normas también es posible si tanto Municipio como Marina se ponen de acuerdo y coordinan por el bienestar de la playa y dejan de lado sus diferencias. El caso de coordinación entre Marina (Autoridad Portuaria) y Municipio que se da en playa Murciélago en Manta es un buen ejemplo de que los vacíos legales no son la limitante principal para la coordinación interinstitucional. Se sugiere aumentar a 10 metros la distancia mínima a la que debe estar cualquier infraestructura de la marea más alta. Se sugiere incluir una norma que promueva o premie las construcciones o fachadas ecológicas al frente de la playa. En general se mencionó la urgente necesidad de capacitación sobre impactos ambientales, materiales ecológicos y manejo de escombros a municipios y arquitectos que son los que proponen y diseñan obras en el área turística de la playa (principalmente malecones) las cuales generalmente terminan siendo un problema de escombros peligrosos en la arena. Incluir normas para los procesos de construcción que se realicen frente a la playa.

Protección de Flora y Fauna Se recalcó que los habitantes de la playa deben recibir información y capacitación sobre la importancia de la protección de flora y fauna y sobre las leyes que existen relacionadas a este tema, principalmente para colaborar con el cumplimiento de las vedas. Igualmente la policía nacional y el Ministerio de Ambiente deben ejercer más control en las zonas costeras y marinas. Se menciona que es clave dar especial capacitación a pescadores industriales y artesanales sobre la protección y conservación de recursos marinos. Se sugiere controlar en los restaurantes si se esta vendiendo especies ilegales.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 45

Algunos participantes de los talleres ven muy difícil el cumplimiento de la norma que exige ausencia de desembarques de pesca ilegal y sugieren que se coloque como una norma no prioritaria. Se sugirió que se debe especificar que implica “alrededores de la playa”, para evitar que se haga reforestación descontrolada en zonas no aptas para este propósito. Sobre o o o

el inventario de especies de la zona se hicieron varias sugerencias: Incluir en la lista las especies migratorias Incluir todas las especies posible en el inventario Que estudiantes de biología u otras ciencias afines hagan sus tesis o prácticas inventariando especies de flora y fauna en las zonas costeras. o Algunos ven muy complicada la elaboración del inventario, pero si se tiene apoyo de Universidades este si es posible o Poner fotos o dibujos en el inventario

Un recurso que también debe protegerse es la arena y en muchas playas se da el problema de explotación ilegal de arena. Se sugirió incluir una norma referente a la protección del recurso arena. Se considera que un mejor nombre para este eje es Conservación de Recursos Naturales, para así incluir la conservación de arena también.

Comunicación e Información Señalización

Educación Ambiental

Todos consideraron la señalización como un eje imprescindible y que es factible de cumplir. En relación a ese eje, se dieron las siguientes recomendaciones: o Croquis de la comunidad debe ser obligatorio. o Que para la señalización se utilice el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo. o El código de conducta en la playa es muy importante. Se requiere capacitación y guía para la definición del código de conducta. Las Universidades deben involucrarse no solo recibiendo educación ambiental, sino colaborando con la difusión de este tipo de información. En cuanto a la norma de educación ambiental a turistas, se tuvo una muy buena sugerencia en el taller de Manta: que la normativa (y el municipio) exija a todo evento organizado que incluya cierto número de mensajes y/o espectáculos relacionados a la educación ambiental. Análisis Individual: Luego del análisis grupal, se entregó a los participantes el formulario de evaluación individual, presentado en el Anexo 2. De los 155 participantes en los talleres, solamente 85 completaron el formulario, esto se debió a que luego de las presentaciones grupales varios participantes tuvieron que retirarse por razones de tiempo. Las respuestas detalladas de los formularios pueden verse en el Anexo 2. Todos los participantes que llenaron el formulario concordaron con que la

Normas Técnicas para Playas Turísticas 46

organización del turismo en las playas ecuatorianas debe mejorar, igualmente un 100% de los participantes coincidieron en que las normativas junto con programas de incentivo contribuirían a la mejor organización del turismo costero (Cuadro 12). Estas respuestas son un respaldo positivo a este proyecto de elaboración de normas. Un 93% de los participantes consideró que los talleres consultivos realizados contribuyeron a llegar a un consenso sobre la mejor manera de implementar en las playas ecuatorianas Normas Técnicas para turismo sostenible. Esta respuesta es un buen indicio y un indicador para seguir realizando más talleres de tipo consultivos durante la futura implementación de estas normas. Cuadro 12. Respuestas a las 3 primeras preguntas del formulario individual. Respuestas Preguntas afirmativas 1. ¿Cree usted que la organización del turismo en las playas 100% ecuatorianas tiene que mejorar? 2. ¿Cree usted que la aplicación de normas combinadas con programas de incentivo ayudaría a mejorar la organización del 100% turismo? 3. ¿Considera usted que el taller del día de hoy ha contribuido a establecer un consenso sobre la mejor manera de implementar 93% Normas Técnicas? Pregunta 4. ¿Cuál de las normas expuestas el día de hoy considera más DIFICIL de aplicar? NORMAS MÁS DIFICILES DE APLICAR

Seguridad

26

Manejo de desechos

22

Recurso Hídrico

21

Servicios

8

Comercio

6

Infraestructura

2

Flora y Fauna

2

Comunicación e información

2

Requisitos generales

1

Pregunta 5. ¿Cuál de las normas expuestas hoy considera más IMPORTANTE de aplicar? NORMAS MÁS IMPORTANTES DE APLICAR

Seguridad

34

Manejo de desechos

22

Servicios

13

Recurso Hídrico Requisitos generales

10

Comercio

1

Infraestructura

1

Flora y Fauna

1

Comunicación e información

1

7

Normas Técnicas para Playas Turísticas 47

Pregunta 6. Comentarios sobre Normas o Sobre el Taller En esta sección se recibieron una gran gama de comentarios principalmente positivos y de recomendaciones, los comentarios individuales pueden verse en el Anexo 2. A continuación se resumen los más mencionados: - Para lograr un turismo sostenible y cumplir las normas es imprescindible el trabajo en equipo, la coordinación interinstitucional, el involucramiento de la empresa privada y la participación ciudadana. Es un proceso largo y complejo, pero factible y muy necesario. - El taller fue bueno e interesante. - Debería haber mayor participación de autoridades y políticos (aclaración: sí fueron invitados, pero en la mayoría de talleres estuvieron ausentes). - La información brindada en el taller debe difundirse en todos los municipios costeros, ellos son los que más necesitan capacitación de este tipo. - Incluir normas para turistas. - El tiempo para analizar las normas fue muy corto. - Se debe dar continuidad a este tipo de talleres (se pidió un 2do taller). - Que lo expuesto en el taller no se quede sólo en papel. - Invitar a estudiantes de turismo. - Invitar a empresarios dueños de industrias que causan problemas ambientales. - Se debe establecer con claridad jurisdicción de Marina y Municipalidad. 4.3.2 Resoluciones en relación a las observaciones captadas Numeración: Se ha hecho un cambio en la numeración. A los Requisitos Generales se les asignó el numeral “0” (0.1, 0.2, 0.3 y 0.4). De esta manera los Requisitos Técnicos inician ahora con el numeral “1” de “Calidad del agua de mar”. Recurso Hídrico 1. Calidad del agua de mar: La dificultad en relación al cumplimiento de las normas “1. Calidad del agua de mar”, principalmente por el hecho de que los resultados reposan sobre factores de control ajenos a la comunidad local, se contempla en el esquema de evaluación y es necesario certificación propuesto. De esta manera sólo para la certificación el cumplimiento de todas las normas del numeral 1; mientras que es posible alcanzar una certificación sin el cumplimiento de ninguna de estas normas; y para la certificación sólo es obligatorio el cumplimiento de los numerales 1.4 y 1.5. Cabe anotar sin embargo, que para todos los niveles de certificación se exige publicar los resultados de los análisis de calidad de agua, en las normas referentes a comunicación; por lo que indirectamente se fomenta la preocupación por la calidad del agua de mar. Adicionalmente son obligatorias todas las normas contenidas en el numeral “2” sobre descargas de agua. 3. Disponibilidad de agua dulce En cuanto a la polémica de exigir o no duchas, como equipo técnico desde una óptica eco-eficiente y sanitaria nos mantenemos en la posición de no exigirlas. La construcción o no de duchas será algo que cada “Comité Local de Gestión de Playa” deberá escoger, mediante el monitoreo de la opinión de sus turistas. Sin embargo, existen normas claras en cuanto al mantenimiento, el tipo de infraestructura,

Normas Técnicas para Playas Turísticas 48

comunicación y las políticas de uso para los casos en que existan duchas. Entre otros aspectos, estas normas fomentan, acorde a lo recomendado en los talleres, la prohibición del uso de jabones y detergentes en las duchas de enjuague y la prohibición de duchas totalmente cerradas con el fin de evitar que se conviertan en camerinos. Seguridad 7. Seguridad en el agua La norma habla de que los salvavidas deben estar acreditados por la capitanía del puerto de salinas, que ya tiene procesos pre-establecidos de preparación y acreditación de salvavidas. Respecto al horario de salvavidas, si bien se sugirió en un taller la ampliación del horario de 6am a 6pm; consideramos que no es una prioridad ante el hecho de que hay muchas playas que no cuentan aún con salvavidas. Es decir, se debe buscar primero que la mayor cantidad de playas tengan al menos un salvavidas, antes que ampliar el horario en otras, con el fin de alinear los recursos en ese sentido. Claro está que debe existir en las playas información al público sobre los horarios y zonas de cobertura de los salvavidas. 8. Primeros auxilios y atención de emergencias En la norma 8.1 se agregó la necesidad de un extintor, bajo las mismas condiciones que el botiquín de primeros auxilios. 9. Vigilancia Acorde con las recomendaciones y análisis de los talleres participativos se promueve en la norma 9.1 la participación civil (de la comunidad local) en la vigilancia de las playas, mediante planes de observación y denuncia o de persuasión. 10. Zonificación Se ha ampliado la obligatoriedad de la norma 10.1 sobre un plan de zonificación para las playas deshabitadas, en base a las sugerencias surgidas en los talleres provinciales. Se considera muy oportuno esto, debido a que la zonificación es una herramienta crucial para un desarrollo ordenado y planificado de las playas aún deshabitadas, con el fin de evitar los errores típicos que ya han cometido playas desarrolladas turísticamente. Servicios 13. Servicios higiénicos Se ha ampliado en las normas el horario de atención de los servicios higiénicos en base a que fue una de las principales recomendaciones en los talleres consultivos provinciales. 14. Facilidades de comunicación y acceso Se aplicó una sugerencia muy oportuna en relación a los accesos de las playas. En la norma 14.4 se incluyó la necesidad de prohibir el estacionamiento de vehículos en al menos dos accesos principales de la playa, con el fin de promover la circulación de vehículos. Se establece “al menos dos calles” con la idea de que haya una de ingreso y otra de salida y exista un flujo adecuado. Sin embargo para playas donde sólo haya uno o dos accesos, deberá analizarse la situación desde el Comité Técnico de Evaluación. No se han hecho cambios en relación a las sugerencias sobre la evaluación del estado y seguridad de los transportes, ni tampoco en relación al cobro de tazas a los transportes masivos. Lo anterior debido a que no se considera competencia de las normas; en el primer caso porque se aleja demasiado del ámbito central, la playa, y en el segundo caso porque no está dentro de las atribuciones de un programa de normas y certificación de playas.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 49

Comercio 16. Cabañas expendedoras de alimentos Una recomendación que se mencionó en varias ocasiones fue en relación al funcionamiento de cabañas y negocios en las playas. Los participantes del taller insistieron en que a las cabañas y comerciantes se les exige mucho en cuanto al pago de tazas, pero muy poco en relación a su funcionamiento seguro y sanitario. Ante esto las normas no puede pueden profundizar más, salvo en relación a la prohibición de descargas que ya se incluye en el numeral 2, la prohibición de pozos de infiltración que se menciona en las normas de infraestructura y mediante la obligatoriedad de contar con los permisos municipales en relación a su funcionamiento. Se agregaron, en base a las recomendaciones de los talleres, dos normas adicionales. La norma 16.5 se refiere a la existencia de extintores en las cabañas que tengan artefactos eléctricos, a gas o con fogones. 17. Vendedores ambulantes Se cambió la norma 17.4 que exigía antes que los “parasoleros” entreguen fundas a sus clientes. De acuerdo a las recomendaciones, con el fin de reducir la generación excesiva de desechos plásticos que podría darse por entregar fundas, se estableció que simplemente cada “parasolero” se haga responsable de la limpieza permanente de su área de trabajo, bajo sus propios métodos. Se ha agregado, en base a las recomendaciones, la norma 17.7 relacionada al espacio entre “parasoleros”. Esta establece que las hileras continuas de parasoles y/o carpas no deberán superar los 20 metros sin dejar un espacio libre de ocupación. Este espacio libre deberá ser equivalente al menos a la tercera parte del total ocupado. Se ha agregado también la norma 17.8. En esta se exige que los comerciantes o vendedores ambulantes no comercialicen especies ilegales o en veda. Infraestructura 18. Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores De acuerdo a lo sugerido en los talleres, en la norma 18.3 se aumentó el área libre de infraestructura permanente. Ahora es “los primeros diez metros a partir de la marea más alta registrada” (antes eran cinco). Se ha agregado la norma 18.6 en relación al cerramiento y advertencia en obras o procesos de construcción en la playa y/o en sus terrenos inmediatos, con el fin de prevenir accidentes y contaminación visual. Conservación de recursos naturales 19. Conservación de recursos naturales Acorde con lo recomendado, se ha agregado la norma 19.2 que exige en las cabañas la ausencia de comercialización de alimentos o bebidas preparados con especies ilegales o en veda. También se ha incluido la norma 19.5 sobre la ausencia de extracción ilegal de arena en la playa. Comunicación e información 21. Educación Ambiental Se ha agregado la norma 21.4 la cuál exige que todos los eventos o espectáculos de publicidad o de diversión que se realicen en la playa incluyan un segmento de concienciación ambiental.

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4.3.3 Reunión de consulta con autoridades Esta reunión fue convocada por el Programa de Manejo de Recursos Costeros con el objetivo de dar a conocer el proyecto cuyo objeto es la “Elaboración de Normas Técnicas para el Establecimiento de un Programa de Certificación de Playas Turísticas” realizado por la consultora ECOSAMBITO C. Ltda., a las autoridades gubernamentales de Turismo, Medio Ambiente y Defensa (DIGMER) y así consultar su opinión y sugerencias relativas a este proyecto. Previamente a la reunión, a todos los presentes, se les hizo llegar el borrador completo del proyecto. Hora: 10:30 AM Fecha: 13 de diciembre del 2006. Lugar: Oficinas del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), 6to piso, Banco Central, Guayaquil, Ecuador. Presentes: •

Blgo. Luis Arriaga Ochoa, Subsecretario de Gestión Ambiental Costera, Ministerio del Ambiente



MSc. Víctor Osorio, Director Ejecutivo del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC)



Ab. Carlos Falconi, Asesor Jurídico de la Subsecretaría de Turismo, Ministerio de Turismo



Capitán Humberto Romero, Jefe de División de Costas de Dirección General de la Marina Mercante (DIGMER)



Ab. Leonardo Sáenz, Inspector de Contaminación de Dirección General de la Marina Mercante (DIGMER)



Arq. María Mercedes Zeballos, Encargada de Turismo, Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC)



Ing. Marcos Fioravanti, Funcionario de ECOSAMBITO C. Ltda.



MSc. Natalia Vega, Consultora de ECOSAMBITO C. Ltda.

Agenda: - Presentación de los asistentes a la reunión. - Explicación general del proyecto y las bases del mismo por parte del Director del PMRC MSc. Víctor Osorio y la Encargada de Turismo Arq. María Mercedes Zeballos. - Presentación por parte de SAMBITO de las fases del proyecto y sus respectivos resultados:

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• • •

Investigación bibliográfica Diagnóstico de las playas ecuatorianas Socialización y consulta mediante talleres participativos

- Análisis de la aplicación de un programa de certificación en las playas de Ecuador mediante una plenaria de comentarios y preguntas. Comentarios durante la reunión Sobre el nombre del proyecto: Inicialmente se dio una confusión por el uso del término “Normas”, se mencionó que podría ser incorrecto por interpretarse como legalmente obligatorias, lo cual puede confundir el carácter del proyecto ya que el ingreso al programa, así como el seguimiento de las normas propuestas es de carácter voluntario. Sin embargo el abogado Falconi aclaró la confusión definiendo el concepto de “Normas” como el que se refiere a “reglamentos” o “reglas” y se aplican dentro de cualquier plano como políticas o reglamento interno de un programa o concurso, sin necesidad de interpretarse como legalmente obligatorias. Por lo tanto se acordó y recomendó mantener la nomenclatura de “Normas Técnicas”. Sobre la aplicabilidad del programa: Los representantes de la DIGMER sugirieron que para iniciar el programa se seleccionen playas piloto. El abogado Falconi recomendó establecer las normas más relevantes como obligatorias a la totalidad de las playas. Sin embargo finalmente se recomendó que la mejor manera sea invitar a todas las comunidades costeras a participar en el programa y dejar que se establezca un proceso de “selección natural” donde prevalezcan las “mejores candidatas”. Estas “mejores candidatas” resultarían del proceso de cumplimiento de requisitos generales: conformación del comité local, levantamiento de información y monitoreo. Recomendaciones generales: El representante de la DIGMER, el señor Leonardo Sáenz, recomendó acompañar el proyecto de contundentes programas de concientización y capacitación. Los presentes solicitaron a la consultora SAMBITO que, en base a su investigación internacional y legal, recomiende en el informe final los diferentes esquemas de integración interinstitucional para impulsar y administrar un futuro programa de Certificación de Playas Turísticas en Ecuador. Conclusión: Al clausurarse la reunión los presentes acordaron enviarle sus comentarios y sugerencias sobre el documento borrador al PMRC. Estas sugerencias fueron analizadas y las pertinentes fueron incluidas en este producto final.

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5. NORMAS TÉCNICAS 5.1 Propuesta para la dirección y administración

5.1.1. Decreto Ejecutivo El Programa de Certificación de Playas Turísticas, puede crearse y reglamentarse mediante un Decreto Ejecutivo emitido por el Presidente de la República, de conformidad con los siguientes considerandos: Que según el Art. 3 nº 3 de la Constitución Política es deber primordial del Estado defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger el medio ambiente. Que según el Art. 23 nº 6 de la Constitución Política el Estado reconocerá y garantizará a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Que según el Art. 80 de la Constitución Política el Estado fomentará la ciencia y la tecnología, especialmente en todos los niveles educativos, dirigidas a mejorar la productividad, la competitividad, el manejo sustentable de los recursos naturales, y a satisfacer las necesidades básicas de la población. Que según el Art. 86 de la Constitución Política el Estado protegerá el derecho de la población a vivir en un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo sustentable. Velará para que este derecho no sea afectado y garantizará la preservación de la naturaleza. Que según el Art. 89 de la Constitución Política se establecerán estímulos tributarios para quienes realicen acciones ambientalmente sanas. Que, de conformidad con el Art. 97 nº16 de la Constitución Política, todos los ciudadanos tendrán, entre otros deberes y responsabilidades, la obligación de preservar el medio ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo sustentable. Que el Art. 88 de la Constitución Política establece que toda decisión estatal que pueda afectar al medio ambiente deberá contar previamente con los criterios de la comunidad, para lo cual ésta será debidamente informada y que la ley garantizará su participación. Que el Art. 171 nº 5 de la Constitución Política atribuye al Presidente de la República la facultad de expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la administración. Que el Art. 11 letra g) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva faculta al Presidente a crear organismos, comisiones y entidades dependientes de la Función Ejecutiva y asignarles competencias específicas. Que crear y reglamentar el Programa de Certificación de Playas conviene a la buena marcha la administración porque honraría todas las citadas obligaciones que tiene el

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Estado Ecuatoriano para preservar sus recursos naturales. Que uno de los objetivos del Programa sería concienciar y educar a las comunidades costeras, sobre la necesidad de proteger y manejar de manera sustentable las playas para que éstas perduren en el tiempo. Que el manejo apropiado de las playas rendiría frutos económicos a sus comunidades y al Estado, mediante el incremento del turismo sustentable. Que, de esta manera, el Estado daría a las comunidades costeras una herramienta eficaz para cumplir con la obligación constitucional de proteger el medio ambiente. Entidad autónoma e independiente: El Decreto Ejecutivo de creación del Programa de Certificación de Playas deberá concebirlo como una entidad autónoma con independencia suficiente para modificar las Normas Técnicas, plazos, trámites, etc. cuya estructura organizacional incluiría un Comité Nacional, un Comité Técnico de Evaluación y Comités Locales de Gestión de Playa. Impulso e implementación del decreto ejecutivo: Consideramos que el Programa de Manejo de Recursos Costeros es el organismo que debería encargarse de la suscripción y ejecución del Decreto para la implementación del programa, por las siguientes razones: El PMRC ha sido creado, entre otros, con el objetivo de velar por la conservación, restauración, protección y desarrollo sustentable de los recursos costeros en las provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas, El Oro, Los Ríos y Galápagos. Creemos que el Programa de Certificación será una herramienta efectiva para que el PMRC pueda cumplir con dicho objetivo. El PMRC consta con infraestructura, base legal y amplia experiencia en el manejo del recurso costero ecuatoriano, que deben aprovecharse para impulsar el Programa de Certificación de Playas. El PMRC ha estudiado y conoce las actuales necesidades del recurso costero, y mediante este documento ha actualizado dicho conocimiento, gracias a la información recopilada en los talleres que ha promovido y realizado ECOSAMBITO. Las Normas Técnicas propuestas en este documento no serían, exclusivamente, normas de calidad ambiental, sino también normas de seguridad, infraestructura, comercio, etc. por lo que superarían las respectivas atribuciones que corresponden a los Ministerios de Ambiente y de Turismo, razón por la cual sostenemos que sería el PMRC, como encargado del manejo del recurso costero, el que debería encargarse de la ejecución del decreto ejecutivo. 5.1.2 Contenido del Decreto Ejecutivo El Decreto Ejecutivo, deberá contener: 1. Estructura organizacional del Programa de Certificación de Playas, funciones, atribuciones y sanciones. - Comité Nacional - Comité Técnico de Evaluación - Comité Local de Gestión de Playa.

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2. Organismo de Control. 3. Financiamiento. 4. Sistema de Evaluación y Certificación y Descalificación. 5. Incentivos Tributarios o de otra naturaleza como las “estrellas”. 6. Normas Técnicas: •

Requisitos Generales



Requisitos Técnicos Recurso 1. 2. 3.

Hídrico Calidad del agua del mar Descargas de agua Disponibilidad de agua dulce

Desechos varios 4. Manejo de desechos sólidos 5. Manejo de desechos sólidos orgánicos naturales 6. Generación de olores Seguridad 7. Seguridad en el agua 8. Primeros auxilios y atención de emergencias 9. Vigilancia 10. Zonificación 11. Vehículos motorizados 12. Seguridad general Servicios 13. Servicios higiénicos 14. Facilidades de comunicación y acceso 15. Servicios generales para discapacitados Comercio 16. Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas 17. Vendedores ambulantes Infraestructura 18. Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores Conservación de recursos naturales 19. Conservación de recursos naturales Comunicación e información 20. Señalización 21. Educación Ambiental 5.1.3 Esquema de Dirección y Administración El Programa de Certificación de Playas, como ya se ha dicho, se basa principalmente en la autogestión por parte de las bases o comunidades locales de cada playa candidata, y el reconocimiento, incentivo y difusión por parte de las autoridades a nivel regional y nacional. Es por esto que la estructura directiva y administrativa debe

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ser transversal, desde las autoridades políticas hasta las comunidades locales. Se recomienda el siguiente esquema: Comisiones Composición Responsabilidades

Comité Regional Interinstitucional

Comité Técnica de Evaluación (CTE)

Comité Local de Gestión de Playa (CLGP) (Ver Instructivo de Formulario 2)

• Ministerio de Ambiente – Subsecretario de Gestión Ambiental Costera. • DIGMER – a través del Director General, del Jefe de División de Costas o el Inspector de contaminación. • Ministerio de Turismo -Subsecretario de Turismo del Litoral. • FENACAPTUR – presidente. • INEN (Instituto Ecuatoriano de Normalización). • AME (Asociación de Municipalidades del Ecuador)- presidente o delegado de municipios costeros. • Ministerio de Salud. • Subsecretaría de Pesca. • Policía Nacional y Comisión de Tránsito (en Guayas). A nivel nacional, regional o provincial según el crecimiento del Programa: • PMRC • Responsable técnico de la Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera (representante regional). • Responsable técnico de la Subsecretaría de Turismo del Litoral (podrían ser representantes provinciales). • Responsable técnico del Ministerio de Salud. • Responsable técnico de la DIGMER (podría ser de Capitanías de Puerto regionales). • Responsable técnico sobre calidad de aguas del INOCAR. • Responsable técnico de la FENACAPTUR (podría ser de las cámaras o capítulos regionales). • INEN – representante técnico. • AME – representante de división de turismo o medio ambiente. • Instituto de Higiene Leopoldo Izquieta Perez – Ministerio de Salud. A nivel local en cada playa: • Representantes del gobierno local. • Representantes de los gremios comerciales. • Representante del sector educativo. • Representante local de servicios básicos. • Representantes del sector de salud y seguridad • Representante local de la iglesia. • Representante civil.

Actúa a nivel nacional. Encargados de promover la oficialización del Programa y la administración pública, política, legal, administrativa y presupuestaria del mismo. Inicialmente se reunirían con sus respectivos equipos técnicos con una frecuencia mensual para dar arranque al Programa, y posteriormente, una vez en funcionamiento deberían reunirse trimestralmente a revisar actividades y resultados, en base a los informes que preparase el Comité Técnico de Evaluación.

Actúa a nivel nacional, aunque (dependiendo del crecimiento del Programa) puede constituirse una representación análoga en cada provincia. Este sería el administrador técnico permanente del programa encargado de capacitar, evaluar, certificar y difundir. Debe ser un equipo multidisciplinario con responsables técnicos de las instituciones relacionadas con medio ambiente, turismo y manejo costero. Podría decirse que deberá estar integrado por al menos 5 funcionarios por cada 20 playas en proceso de certificación o certificadas; entendiendo que cada una de estas demandará capacitación, evaluación, certificación y difusión. El trabajo de este equipo es permanente. Actúan a nivel local en cada comunidad. Son los encargados de dirigir y promover la autogestión comunitaria hacia la certificación de su respectiva playa. Su conformación es parte de los requisitos generales que debe cumplir la comunidad de una playa candidata. Deben reunirse al menos una vez al mes y presentar un informe anual de actividades.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 56

5.1.4 Capacitación El Programa de Certificación de Playas debe inminentemente acompañarse de capacitación permanente. Estas capacitaciones deberían ser parte de los incentivos ofrecidos a las playas y deberían adjudicarse en base a logros específicos. Por ejemplo, una comunidad recibiría capacitación relacionada con los alcances del primer nivel de certificación ( ) solamente una vez que haya cumplido los requisitos generales de las normas 0.1, 0.2 y 0.3. Posteriormente recibiría capacitación relacionada con los alcances del segundo nivel ( ) una vez que haya superado el primer nivel, y así sucesivamente. En base a los talleres de consulta y a las observaciones de campo se recomienda incluir los siguientes temas de capacitación: Recurso hídrico (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción) -

Denuncias de eventos o actividades contaminantes del agua. Manejo básico del agua y de la contaminación del agua. Buenas prácticas para evitar la contaminación del agua. Concienciación para el uso eco-eficiente del agua.

Manejo de desechos (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción) -

Denuncias. Conceptos básicos de manejo integrado de desechos sólidos. Manejo de desechos sólidos orgánicos y control de olores (uso de microorganismos).

Nota: Este punto está muy relacionado con la empresa privada, por lo que podrían ser ellos los responsables del financiamiento de estas capacitaciones. Gestión y coordinación (para quienes cumplieron los requisitos de inscripción) -

Organización comunitaria. Metodologías de resolución de problemas. Monitoreo de playas y procesamiento de datos.

Leyes -

Código de policía marítima. Legislación en relación a infraestructura y comercio en la playa. Legislación ambiental: contaminación del agua, descargas de aguas residuales, denuncias, contaminación sónica, etc.

Turismo -

Atención al cliente. Cultura turística. Información turística. Señalética. Divulgación y explicación del Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 57

Seguridad y prevención -

Primeros auxilios. Planes de emergencia. Denuncias. Contactos. Definición del código de conducta en la playa.

Construcción -

Estudios de Impacto Ambiental de construcciones. Impacto visual de obras en paisajes naturales, como la playa. Construcción con materiales ecológicos autóctonos. Manejo de escombros. Bioarquitectura o arquitectura bioclimática.

Nota: Esta capacitación estaría dirigida principalmente a autoridades municipales y provinciales responsables de obras públicas. Conservación de recursos naturales (para quienes cumplieron los requisitos del segundo nivel de certificación y aspiran al tercer nivel ) -

Biodiversidad, especies en veda y en peligro de extinción. Denuncias y procedimientos (incluyendo robo de arena, además de lo relacionado a biodiversidad). Concienciación.

Nota: Además de capacitaciones se pueden organizar campañas audiovisuales (carteleras educativas).

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5.2 Aclaraciones preliminares 5.2.1 Tipos de playa Una de las principales recomendaciones que se identificó en “Literature review of beach awards and rating systems” (Cagilaba y Rennie, 2005), un estudio similar al presente que consistió en la investigación de diferentes programas de certificación de playas a nivel mundial, menciona el problema de ciertos esquemas que promueven estándares únicos de acreditación. Esta metodología ignora la diversidad de contextos en las playas y genera una tendencia hacia la uniformización de las mismas. Tomando en cuenta esta recomendación y en base a los datos brindados por los coordinadores del Programa de Manejo de Recursos Costeros (PMRC), que se presentan en el Gráfico 12, se decidió diseñar diferentes estándares para 3 categorías de playas: urbanas, rurales y deshabitadas. Estas 3 categorías agrupan la mayoría de la diversidad de playas ecuatorianas, salvo en casos especiales como por ejemplo aquellas localizadas dentro de áreas protegidas que tienen sus propias políticas oficiales de manejo.

9%

Tipos de Playas

3%

8%

20%

11% 49%

Urbanas

Rurales

Deshabitadas

De Acceso Privado

Protegidas

Industriales

Gráfico 12. Tipos de playas en Ecuador* (Fuente: Coordinadores PMRC) * Los datos detallados de la clasificación de cada playa se adjuntan en el Anexo 3

Playa Urbana: se encuentra dentro de los límites territoriales de zonas urbanas como ciudades o cabeceras cantonales con más de 10.000 habitantes (por ejemplo Salinas, Bahía, Pedernales, Ballenita, Murciélago, etc). Playa Rural: se encuentra fuera de los límites de zonas urbanas, pero cuentan en sus territorios inmediatos con un asentamiento humano de tipo rural, como comunas o recintos con menos de 10.000 habitantes (por ejemplo Muisne, San Pablo, Montañita, Canoa, Jambelí, Mompiche, etc). Playa Deshabitada: son playas vírgenes que tienen muy poco o nulo desarrollo de asentamientos humanos, por ejemplo playas de acceso privado en donde sólo hay una casa o un hotel, o donde todavía no hay asentamientos humanos permanentes. En esta categoría pueden entrar playas rurales con flujo turístico nulo que estén en el proceso inicial de su desarrollo turístico y que deseen hacerlo de manera ordenada y sostenible.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 59

5.2.2 Definición de temporadas y horarios A continuación se presenta un cuadro donde se define la terminología utilizada en las normas en cuanto a temporadas turísticas. Cuadro 13. Terminología de temporadas y horarios utilizada en las normas. Término

Temporadas altas

Feriados fuera de temporada Temporadas bajas Feriados importantes de alto flujo turístico *Temporadas altas todos los días *Temporadas altas fines de semana y feriados *Horarios turísticos

Descripción Periodos prolongados de tiempo donde la concurrencia de turistas es alta, en fines de semana llegan en grandes cantidades e incluso entre semana hay una presencia evidente. Estos periodos muchas veces coinciden con épocas de buen clima o con temporadas vacacionales de regiones del país o de otros países, como por ejemplo la “Temporada Costa” o la “Temporada Sierra”. Aquellos feriados largos que se presentan de manera aislada dentro de los periodos de temporada baja, y promueven una concurrencia considerable de turistas. Periodos prologados de tiempo durante el año donde la presencia de turistas es casi nula incluso en fines de semana. Aquellos feriados, dentro o fuera de temporada alta, que por su importancia o por su duración, convocan masivamente la concurrencia de turistas. Algunas normas aplican como obligatorias todos los días de las temporadas altas. Algunas normas son obligatorias sólo en fines de semana y feriados de temporadas altas. Periodo de mayor concurrencia de turistas durante el día, definido entre las 09h00 y 17h00.

5.2.3 Abreviaciones utilizadas CLGP: Comité Local de Gestión de Playa. CTE: Comité Técnico de Evaluación. CCT: Capacidad de Carga Turística Varios: Para cualquier aplicación de señalización, tomar como referencia el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo. 5.2.4 Niveles de certificación Se propone implementar un Programa de Certificación de Normas Técnicas gradual, es decir con varios niveles de certificación. De esta manera se garantiza que el proceso no sea frustrante, mediante el reconocimiento de las mejoras paulatinas. La propuesta incluye 3 niveles que por practicidad se han identificado mediante estrellas, sin embargo se recomienda insistentemente que se diseñe una simbología y todo un plan de comunicación visual exclusivo y diferenciado para el Programa de Certificación. Gran parte del éxito de su implementación radicará en la calidad de la campaña de comunicación visual que la acompañe. Los niveles serían:

Normas Técnicas para Playas Turísticas 60

.-

Las normas exigidas para este nivel están relacionadas principalmente a actividades de autogestión. No son necesarias inversiones económicas significativas para lograr este nivel, sino principalmente organización local y manejo de información. Una playa con este nivel de certificación tiene las siguientes características. Cabe mencionar que la siguiente es una lista generalizada de las exigencias; sin embargo para conocer detalles y para distinguir la diferencia según el tipo de playa, el lector debe revisar las normas: - Ha conformado un Comité Local de Gestión de Playa; - Ha realizado un levantamiento de información general sobre la playa y sus alrededores, incluyendo un croquis de la playa; - Monitorea permanentemente las actividades turísticas y los eventos socioambientales en la playa; - Prepara informes anuales sobre las gestiones en torno a las normas; - Ausencia de descargas de aguas residuales a la playa o el mar; - Ausencia de pozos sépticos o de infiltración cerca del mar o la playa; - Las industrias o laboratorios asentados cerca de la playa tienen licencia ambiental y plan de manejo ambiental adecuado; - Si hay duchas, estas se manejan de manera eco-eficiente y son sólo para el enjuague, no permiten la utilización de detergentes; - Hay disponible agua para beber, gratis o a la venta; - Tiene un programa permanente de manejo de desechos sólidos, que mantiene la playa y sus alrededores libre de basura; - Ausencia de olores desagradables; - Salvavidas y carteles informativos sobre zonas y horarios de protección en el acceso principal; - Torre salvavidas y banderas de prevención con explicación de su significado; - Botiquín de primeros auxilios y un extintor, señalizado en el acceso principal; - Coordina la presencia de autoridades de atención de emergencias y seguridad y tiene un plan escrito y ensayado para atender emergencias; - Existe un programa de patrullaje para la vigilancia de la playa; - Comunica al turista mediante carteles los lugares o momentos en que está expuesto a riesgos de inseguridad; - Tiene definida y respeta una zona para bañistas y una zona exclusiva para embarque y desembarque de pasajeros; - Ausencia de vehículos motorizados en la playa durante horarios turísticos; - Servicios higiénicos limpios y en buen estado, disponibles en horarios turísticos; - Existe un acceso público seguro; - Comerciantes y cabañas cuentan con sus permisos de funcionamiento al día y se involucran permanentemente en las actividades de mantenimiento de la playa, participando y contando con herramientas e infraestructura para la correcta disposición de desechos; - Ausencia de carpas con más de 3 cerramientos y espacios entre parasoleros de manera que permite el paso del turista y evita la saturación; - Ausencia de construcciones en desembocaduras de ríos secos y otros similares; - Ausencia de construcciones e infraestructura riesgosa para el turista; - Procesos de construcción se aíslan para evitar exponer al turista a accidentes; - Ausencia de Comercialización de especies ilegales, protegidas o en venta por parte de vendedores ambulantes y cabañeros; - Código de conducta en uno de los accesos principales; - Cartelera informativa sobre las actividades del CLGP; - Al menos 3 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la comunidad y mínimo 1 a los turistas;

Normas Técnicas para Playas Turísticas 61

-

Al menos 3 carteles con mensajes de concienciación ambiental; Eventos o espectáculos que se realizan en la playa dedican una porción de su tiempo a la concienciación ambiental.

.-

El segundo nivel requiere ya mejoras importantes, muchas relacionadas con inversiones de infraestructura, por lo que para alcanzar las dos estrellas será necesario contar con apoyo del gobierno local o la empresa privada. Las playas que alcanzaran este nivel ya estarían a la altura de certificaciones internacionalmente reconocidas. De manera general, una playa de este nivel cumple con los requisitos del nivel anterior, pero además: - Realizan análisis de calidad del agua de mar y lo comunican a sus visitantes; - Ausencia de contaminación del agua de mar por espumas o sólidos flotantes y cumplimiento de los criterios de calidad de agua para uso recreativo; - Mayores exigencias en cuanto al manejo de desechos; - Mayores exigencias en la vigilancia y seguridad de la playa en cuanto a salvavidas, señalización de botiquín y comunicación de banderas sobre peligrosidad del mar; - Aumentan los horarios obligatorios en cuanto a salvavidas, disponibilidad de servicios higiénicos, etc; - Ausencia de animales domésticos sueltos o amarrados; - Se comunican riesgos en todos los accesos a la playa; - Teléfono público disponible para el turista, gratis o de alquiler; - Estrategias para promover medios de transporte sostenibles; - Zonas de parqueo adecuadas, seguras y vigiladas; - Extintores cada 3 cabañas al menos; - Ausencia de infraestructura abandonada o riesgosa para el turista; - Ausencia de desembarque de especies ilegales, protegidas o en venta; - Ausencia total de extracción ilegal de arena; - Señalización integral sobre servicios disponibles y sitios de interés; - Código de conducta en todos los accesos principales. - Al menos 4 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la comunidad y 2 al menos a los turistas; - Al menos 4 carteles con mensajes de concienciación ambiental; .- Este nivel se diferencia del anterior principalmente por normas relacionadas a la eco-eficiencia. Podría decirse que las playas que alcancen las tres estrellas serán playas “verdes” o “ecológicas” por los esfuerzos particulares destinados al uso racional de los recursos naturales. De manera general, una playa de este nivel cumple con los requisitos del nivel anterior, pero además: - Mayores exigencias en cuanto al manejo de desechos; - Clasificación y reciclaje de desechos sólidos; - Servicios para discapacitados; - Respeto de los niveles y horarios de sonidos (bulla); - Ausencia de construcciones de concreto o cemento en la playa; - Existencia de un programa de reforestación; - Existencia de inventario de especies en peligro de extinción y otras pertinentes; - Al menos 5 actividades de educación ambiental y turística al año dirigida a la comunidad y 3 al menos a los turistas; - Al menos 5 carteles con mensajes de concienciación ambiental.

Normas Técnicas para Playas Turísticas

62

5.2.5 Estructura de las normas: 8 Ejes de Normas 21 Sub-ejes de Normas 87 Normas

Normas Técnicas para Playas Turísticas 0. Requisitos Generales Formación de Comité Local Levantamiento de Información Monitoreo Permanente Informa Anual

Recurso Hídrico 1 Calidad de Agua de Mar (5) 2 Descargas de agua (3) 3 Disponibilidad de agua potable (2)

Desechos Varios 4 Manejo de Desechos (10) 5 Desechos Orgánicos Naturales (1) 6 Generación de Olores (1)

Seguridad 7 Seguridad en el Agua (6) 8 Primeros auxilios y emergencias (4) 9 Vigilancia (3) 10 Zonificación (3) 11 Vehículos motorizados (3) 12 Seguridad General (2)

Servicios

Comercio

13 Servicios Higiénicos (3)

16 Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas (5)

14 Facilidades de Comunicación y Acceso (5) 15 Servicios generales para Discapacitados (1)

17 Vendedores ambulantes (7)

Infraestructura 18 Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores (6)

Numeral del sub-eje

Conservación de Recursos Naturales

Comunicación e Información

19 Conservación de Recursos Naturales (Flora, Fauna y Suelo) (5)

20 Señalización (4)

Nombre del sub-eje de normas Cantidad de normas dentro del sub-eje

21 Educación ambiental y turística (4)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 63

5.2.6 Explicación del formato de las normas Cada cuadro contiene un sub-eje y sus respectivas normas (salvo ciertos sub-ejes que por su extensión, que sobrepasa el tamaño de la hoja A4, se presentan en más de un cuadro). Cada cuadro está conformado por 4 columnas, y la cantidad de filas variará según la cantidad de normas contenga el respectivo sub-eje. La 2da, 3ra y 4ta columna corresponden a los tres tipos de playa: “Urbana”, “Rural” y “Deshabitada”.

La 1ra columna contiene las numeraciones de los sub-ejes y las normas.

Norma

6.

6.1.

Urbana

Rural

Deshabitada

Generación de olores Ausencia de malos olores en la zona de playa y sus alrededores inmediatos durante las épocas de concurrencia turística: temporada alta y feriados fuera de temporada. Especial atención a este punto deberá darse en las playas con actividad pesquera artesanal o industrial (ver metodología de apreciación del evaluador y del turista). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

En ciertas normas se agrega una nota explicativa

Cada norma está dividida en 2 filas: En la parte superior se describe la norma de manera general; En la parte inferior se describe el grado de exigencia para cada tipo de playa y cada nivel de certificación ( , y ).

Norma

9.

Urbana

Rural

Deshabitada

Vigilancia Una patrulla permanente de vigilancia en la playa, durante horarios turísticos. NOTA: Esta patrulla puede ser conformada por civiles, dentro de lo que les atribuye la ley. La idea es implementar estrategias de vigilancia dedicadas a persuadir y denunciar la delincuencia (en lugar de confrontarla) y prevenir al turista. La confrontación y sanción debe quedar siempre en manos de las autoridades, las cuales pueden estar incluidas en estas patrullas, aunque no es obligatorio debido a la dificultad de su concurrencia.

9.1.

: Sí aplica. Durante fines de semana de temporada alta y feriados dentro y fuera de temporada en horarios turísticos. : Sí aplica. Durante toda la temporada alta y feriados fuera de temporada en horarios turísticos. : Sí aplica. Durante todo el año en horarios turísticos.

: N/A. : Durante fines de semana de temporada alta y feriados dentro y fuera de temporada en horarios turísticos. : Durante toda la temporada alta y feriados fuera de temporada en horarios turísticos.

No es obligatoria la presencia de patrulla de vigilancia, salvo que el Comité Técnico de Evaluación lo considerara por el historial de crímenes o eventos de inseguridad.

Algunas normas y niveles de certificación son iguales para los tres tipos de playa; Otras son diferentes por lo que mantienen la división en las 3 columnas.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 64

5.3 Requisitos Generales A continuación se presentan los requisitos generales para ingresar la programa de certificación, además se facilitan los respectivos instructivos y formularios para cumplir con los requisitos. Norma

0. 0.1.

Urbana

Rural

Deshabitada

Organización y levantamiento de información La playa deberá conformar un Comité Local de Gestión de Playa acorde con lo detallado en el Instructivo del Formulario 1. NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de certificación, ya sea para obtener , o , en playas urbanas, rurales o deshabitadas.

0.2.

El Comité Local conformado deberá realizar un levantamiento inicial de información y actualizarlo anualmente conforme se indica en el Instructivo del Formulario 2. NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de certificación, ya sea para obtener , o , en playas urbanas, rurales o deshabitadas.

0.3.

El Comité Local conformado deberá realizar un monitoreo permanente de la playa conforme se indica en el Instructivo del Formulario 3. NOTA: Esta norma es parte de los requisitos generales de inscripción para el proceso de certificación, ya sea para obtener , o , en playas urbanas, rurales o deshabitadas.

El Comité Local deberá presentar un informe anual de actividades al Comité Técnico de Evaluación entorno al cumplimiento de las normas. El informe deberá contener lo detallado en el Instructivo del Informe Anual de Actividades. 0.4.

NOTA: A diferencia del resto de normas del numeral “0”, esta norma es parte de los requisitos o , generales anuales para lograr por primera vez o mantener cada año la certificación , en playas urbanas, rurales o deshabitadas. Los datos para completar este informe deben empezar a tomarse o registrarse desde que se ingresa al programa.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 65

INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 1. INSCRIPCIÓN DE PLAYA El Formulario 1 es el primer acercamiento que realiza la comunidad que quiere ingresar al proceso de certificación de su playa. La información que aquí se recaba incluye lo siguiente: - Datos generales y delimitación de la playa o tramo de playa que se quiere inscribir. - Definición del Comité Local de Gestión de Playas (CLGP) y el responsable directo de las gestiones. Una vez completado y enviado el Formulario 1 al Comité Técnico de Evaluación (CTE), este lo revisará y emitirá su criterio al respecto. Si el Formulario 1 ha sido completado de manera incorrecta se les comunicará los datos a corregir; caso contrario pasarían al llenado del Formulario 2. Datos Generales En esta sección se completan los datos relativos a la playa candidata: nombre, ubicación (cantón y provincia) y descripción detallada de los límites de la playa o tramo de la playa a inscribir. Adicionalmente se clasifica el tipo de playa que se está inscribiendo, acorde con las siguientes definiciones: Playa Urbana: se encuentra dentro de los límites territoriales de zonas urbanas como ciudades o cabeceras cantonales con más de 10.000 habitantes (por ejemplo Salinas, Bahía, Pedernales, Ballenita, Murciélago, etc). Playa Rural: se encuentra fuera de los límites de zonas urbanas, pero cuentan en sus territorios inmediatos con un asentamiento humano de tipo rural, como comunas o recintos con menos de 10.000 habitantes (p.e. Muisne, San Pablo, Montañita, Canoa, Jambelí, Mompiche, etc). Playa Deshabitada: son playas vírgenes que tienen muy poco o nulo desarrollo de asentamientos humanos, por ejemplo playas de acceso privado en donde sólo hay una casa o un hotel, o donde todavía no hay asentamientos humanos permanentes. En esta categoría pueden entrar playas rurales con flujo turístico nulo que estén en el proceso inicial de su desarrollo turístico y que deseen hacerlo de manera ordenada y sostenible. Conformación del Comité Local de Gestión de Playa La playa debe conformar un Comité Local de Gestión de Playa. Este debe ser multirepresentativo. Los integrantes de este comité deberán permanecer en sus funciones mínimo por un año, salvo que existan motivos justificados para que sean reemplazados. Las responsabilidades del Comité Local de Gestión de Playa consisten básicamente en lo siguiente: -

Actuar como representantes de la playa inscrita en el proceso ante el Comité Técnico Evaluador. Liderar las gestiones necesarias para el cumplimiento de las Normas Técnicas establecidas en este programa. Lo cual inicia con el llenado del formulario y se mantiene permanentemente a lo largo del tiempo con las gestiones necesarias. La manera en que gestionen o asignen responsabilidades es responsabilidad y derecho de cada playa y su Comité Local.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 66

El Comité deberá sesionar al menos una vez al mes, llevando un libro de actas donde registre las principales actividades ejecutadas y planificadas. Una vez al año el Comité presentará un informe anual de actividades, donde actualizará la información de los “requisitos generales” presentada como parte del proceso de inscripción (esto implica sólo corregir o cambiar los aspectos que hayan sufrido variantes) y detallará las actividades ejecutadas y planificadas entorno al cumplimiento de las normas. El Comité deberá estar integrado por un mínimo de 6 representantes para el caso de playas urbanas y rurales, y al menos 5 para las playas deshabitadas. De los representantes que integren el Comité se deberá seleccionar uno que participe como “responsable directo” y sea quien mantenga el contacto con el Comité Técnico de Evaluación. Por esta razón deberá especificarse claramente los teléfonos, fax, correo electrónico y dirección física para recibir correspondencia del responsable directo escogido. A continuación se mencionan los representantes obligatorios y recomendados para la conformación del comité. Conformación del Comité Local Urbana Representantes Gobierno Local Representante del Municipio /Junta Parroquial Obligatorio Representante de Comuna Representante Comité de Turismo Representantes Gremios Comerciales Hoteleros Obligatorio Vendedores Ambulantes al menos Restaurantes dos Parasoleros Representante sector educación Obligatorio Representante local servicios básicos Agua potable y alcantarillado Obligatorio* Energía eléctrica Obligatorio* Aseo e higiene comunitario/urbano Obligatorio* Representante Iglesia Representante Salud y seguridad Salvavidas Obligatorio Cruz Roja Obligatorio* Defensa Civil Obligatorio* Obligatorio Representante Civil

Rural

Obligatorio Obligatorio*

Deshabitada Obligatorio uno de los dos

Obligatorio al menos dos

Obligatorio al menos uno

Obligatorio

Recomendado

Obligatorio* Obligatorio* Obligatorio* Obligatorio* Obligatorio* Obligatorio* Recomendado Obligatorio Obligatorio* Obligatorio* Obligatorio

Obligatorio al menos uno de los tres Obligatorio

* Obligatorios si es que existen en la comunidad local. Representantes Gobierno Local Dependiendo del contexto geopolítico de cada playa se deberá incluir al menos un representante del gobierno local o regional. Esto es del Municipio, de la Junta Parroquial (si hubiere), de la Comuna y/o del Comité de Turismo. Representantes Gremios Comerciales El Comité deberá incluir al menos uno o dos representantes de los gremios comerciales, dependiendo del contexto geopolítico (urbano, rural o deshabitado). Algunos de los típicos gremios existentes en las comunidades costeras son los

Normas Técnicas para Playas Turísticas 67

siguientes: hoteleros, vendedores ambulantes (artesanos, coleros, granizaderos, ostreros, heladeros, etc), restaurantes, cabañas o comedores, parasoleros, etc. Si existiera en la comunidad candidata un representante local de la Cámara de Turismo debería incluirse en este punto. Representante sector educación Si bien los centros educativos no se relacionan directamente con las playas, se incluye en el Comité Local un representante de este sector con el fin de promover la continuidad de esta iniciativa mediante el involucramiento de las futuras generaciones (estudiantes). El representante de este sector idealmente deberá ser el rector de un centro educativo, el encargado de las áreas de medio ambiente o ciencias naturales o algún profesor o educador que esté relacionado con las actividades turísticas o medioambientales. Representante local servicios básicos El Comité Local deberá incluir obligatoriamente un representante los organismos que existieren entorno a la gestión del recurso hídrico y la gestión del aseo e higiene. Es decir, un representante del servicio de agua potable y alcantarillado y de los servicios de aseo e higiene comunitario/urbano, siempre y cuando existan estas instituciones o funciones en la respectiva comunidad o parroquia. Representante Iglesia Se recomienda la inclusión de uno o varios representantes de la Iglesia, con el fin de involucrar esta institución en la noble misión de las Normas Técnicas de promover un desarrollo turístico sustentable. Representante Salud y seguridad El Comité Local deberá incluir a los representantes de las instituciones de salud y seguridad existentes en la comunidad o parroquia. En el caso de que no existiera ningún organismo de esta índole en el sector deberá incluir alguno de la región. Dentro de este se clasifican los salvavidas, la Cruz Roja, la Defensa Civil o los Centros de Salud. Representante Civil Adicional a la representatividad de los gremios civiles y gubernamentales que se han mencionado, el Comité Local deberá incluir un representante civil. Este debe ser residente de la comunidad o los terrenos inmediatos a la playa, pero no puede formar parte ni estar ligado a ninguno de los gremios comerciales de la playa, gobierno local, educación, iglesia, instituciones de salud y seguridad. Adicionalmente a los integrantes obligatorios y recomendados que se exponen arriba, cada comunidad puede sumar los integrantes que considere necesarios y oportunos. Cualquier líder independiente o representante de alguna entidad que pueda colaborar en el proceso de cumplimiento de las normas podrá ser incluido.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 68

FORMULARIO 1. INSCRIPCIÓN DE LA PLAYA Datos generales Nombre de la playa: _______________________ Cantón y Provincia: ________________________________ Definición de Límites de la playa (de donde a donde va la playa que va a participar en el programa): _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Definición de tipo de playa: De acuerdo con las definiciones del Instructivo, defina qué tipo de playa es la que se quiere inscribir en el programa. (Marque con una equis -X-) Urbana Rural Deshabitada Conformación del Comité Local de Gestión de Playa Representante de:

Nombre:

Cédula

Teléfono

Firma

NOTA: 6 representantes obligatorios para playas Urbanas y Rurales. 5 obligatorios para Deshabitadas. Responsable directo*______________________________ . Tel:______________. Fax__________________. Correo Electrónico______________________________. Dirección fija para envío de correspondencia______________________________ ____________________________________________________________________. *El responsable directo debe ser parte del Comité Local y es quien mantendrá el contacto con el Comité Técnico de Evaluación.

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INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 2. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN Una vez que el Comité Técnico de Evaluación ha aprobado el Formulario 1 le será comunicado al responsable directo del respectivo Comité Local de Gestión de Playa para que continúe con el llenado del Formulario 2. PASO 1. Realización del Croquis de la playa El croquis deberá incluir los detalles de las dimensiones principales (en metros) de la playa o sección de playa a certificar: o Largo de la playa (si se va a certificar solo una sección de la playa este debe tener una longitud mínima de 500 metros). o Ancho de la playa, en los extremos y en la parte central y detallando la pleamar y la bajamar. o Distancia a la vía principal (autopista o camino primario). Debe presentarse en una hoja tamaño A4 como tamaño mínimo y una hoja A3 como máximo, preferiblemente deben utilizarse colores en el croquis y deben adjuntarse más hojas con la información solicitada. Pueden adjuntarse fotos de las áreas mencionadas en el croquis. En el croquis debe observarse claramente la ubicación de la comunidad con respecto a la playa y los principales accesos a la playa, así como los ríos, esteros, manglares, bosques, zonas protegidas u otras figuras naturales que estén dentro de la playa y sus alrededores inmediatos terrestres (manglares, montañas) y marinos (islas, acantilados). Se debe adjuntar al croquis una breve descripción de estos recursos, además mencionar si estos están siendo protegidos o utilizados irracionalmente. Si se conoce sobre los animales silvestres vistos en la playa o mar inmediato, debe indicarse en el mapa donde son vistos y adjuntarse una lista de los nombres comunes de estos animales. Si hay presencia de industrias de cualquier tipo, deben indicarse en el croquis, junto con una descripción de los impactos que tiene esa industria en la comunidad y el turismo. Debe indicarse en el croquis las zonas de riesgo de la playa si es que existen (zonas propensas a los derrumbes, zonas inseguras en las que ocurren robos, y otros peligros) y de la zona marítima inmediatamente adyacente a la playa (muelles viejos abandonados, corrientes peligrosas de resaca, zonas de olas muy grandes, rocas peligrosas, zonas con contaminación debido a descargas constantes ya sea de ríos o de industrias y otros peligros). Puede indicarse en el croquis cualquier otro aspecto que la comunidad considere relevante para la conservación del ambiente y el buen desarrollo del turismo (p.e: indicar la ubicación de botaderos clandestinos en la playa, escombros de construcciones, botes abandonados y ubicación de basureros). PASO 2. Cuestionario de Información General El CLGP presentará la información solicitada en el Formulario 2, relacionada a 4 ejes: - Historia de la playa y su comunidad, - Agua (aprovisionamiento, usos y manejo residual), - Turismo (comportamiento y proveedores de servicios relacionados), y - Educación ambiental

Normas Técnicas para Playas Turísticas 70

El Cuestionario puede ser llenado a mano en letra imprenta y clara, a máquina o en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12”. PASO 3. Definición de Políticas de Uso Turístico de la playa El Comité Local de Gestión de Playa, en consulta con la Comunidad de usuarios de la playa y sin contradecir ninguna de las leyes establecidas, deberá desarrollar un documento donde consten las Políticas de Uso Turístico de la playa. Este documento deberá ser aprobado por el Comité Técnico de Evaluación. Para ello deberá realizarse en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12” y presentarse impreso en hoja tamaño A4. A continuación se detallan los puntos que se deben definir en las Políticas de Uso Turístico: 1. – Tipo de destino turístico que la playa quiere proyectar a nivel nacional e internacional En Ecuador hay una gran diversidad de playas, y aunque el paisaje, topografía y clima definen sus principales características, también la gente que las habita define qué tipo de turismo desarrolla en ellas. Una vez que se han identificado las características y atractivos turísticos de la playa, se debe definir que imagen quiere proyectar la playa y empezar a tomar acciones al respecto. Es evidente que conforme avanza el desarrollo turístico en una playa, ésta se va distinguiendo por razones positivas y negativas. Por ejemplo: -

Playas con pueblo tranquilo, seguro y poca aglomeración turística Playas de fuerte vida nocturna y masiva visitación Playas con gran oferta gastronómica (de comidas) Playas con fuerte actividad pesquera y muy desorganizada Playas con pesca artesanal organizada Playas con problemas de inseguridad, alto consumo de alcohol y ruido y muchos más.

Si la playa decide ser reconocida por su tranquilidad, limpieza, buen servicio y cuidado de sus ecosistemas, entonces debe definir qué acciones va a tomar y que cambios debe hacer para distinguirse como tal. Para definir que tipo de destino turístico desea ser, la playa debe evaluar su oferta de atractivos turísticos naturales, culturales y su oferta de servicios actuales. Un instrumento que puede ayudar a cada playa y comunidad a determinar su capacidad actual de recepción de turistas es la capacidad de carga turística. 2 – La capacidad de carga turística de la playa (CCT) El Comité Local con estricta participación de la mayor parte de involucrados posibles deberá determinar la Capacidad de Carga Turística (CCT) para su playa. Las comunidades playeras para ingresar al programa de certificación deben entender el impacto del abuso de la concurrencia turística en una playa y en base al tipo de destino turístico en que quieren convertirla deberán definir una CCT. Una vez definida y aceptada una CCT para su playa, tanto por el Comité Local y su comunidad como por el Comité Técnico de Evaluación, esta deberá ser respetada permanentemente para lograr o mantener los beneficios y reconocimientos de la certificación.

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Como herramienta para definir la cantidad de personas que la playa puede recibir está el concepto de Capacidad de Carga Turística y la metodología establecida por el PMRC en el estudio realizado en el 2006. 3.- El código de conducta en la playa. Una vez que la playa ha definido a que tipo de turista quiere atraer a la playa, puede definir un código de conducta que debe situarse en un lugar visible del acceso o accesos principales a la playa. A continuación se adjunta un ejemplo de un Código de Conducta para una playa.

CÓDIGO DE CONDUCTA a. NO bote la basura en la arena o el mar, deposítela en los basureros. b. Cuide la flora, fauna y elementos de la playa. No se lleve piedras, conchas, plantas o animales fuera de la playa, ellos son parte del paisaje c. Vigile en todo momento a sus niños. d. NO ingiera licor en exceso. e. NO ingrese con mascotas a la playa. f. Si nota alguna irregularidad que desee reportar comuníquese al teléfono ____________.

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FORMULARIO 2. LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN Paso 1. Croquis de la playa (Adjuntar Croquis acorde a indicaciones del Instructivo.) PASO 2. Cuestionario de Información General 1. Historia 1.1 ¿Año de fundación de la Comuna o Ciudad? _____________________ 1.2 Datos históricos relevantes:

_______________________________________________________________ _______________________________________________________________ ________________________________________________________________ Adjunte una hoja si requiere más espacio

2. Agua 2.1 Describa cuáles son las fuentes de abastecimiento de agua de la comunidad y la calidad de éstas. Mencione cualquier problema relacionado a este aspecto. ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 2.2 ¿Qué sucede con las aguas residuales de la comunidad o ciudad? Lea primero y Marque con equis o describa lo que sucede: Si NO hay alcantarillado entonces las aguas…. a) Se infiltran directamente al suelo ____________ b) Se canalizan directamente al estero o río más cercano_________ Si no es ninguna de estas opciones, explique ______________________________ ____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Si HAY alcantarillado entonces… a) Las aguas son conducidas a una planta de tratamiento ___________ b) Las aguas son conducidas directo a cuerpos de agua (Mar, Río o Estero) ____

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Si no es ninguna de estas opciones, explique que sucede con las aguas residuales: ____________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 2.3 Si HAY planta de tratamiento, ¿funciona eficiente y correctamente? o ¿no cumple su función? Explique _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ 2.4 Describa cualquier evento o problema relacionado al punto de aguas residuales ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ 3. Turismo 3.1 Describa el comportamiento del flujo turístico, detallando las diferentes temporadas y en cada una de ellas especificando el máximo y el promedio de turistas que recibe. Intervalo de la temporada (de qué mes a qué mes) o feriados aislados

Tipo de temporada (Alta, Baja, Media)

Cantidad máxima de turistas recibidos por día

Cantidad promedio de turistas recibidos por día

3. 2 Inventario de gremios, instituciones y organizaciones que utilizan la playa (cabañeros, parasoleros, hoteleros, fundaciones…). Institución o Gremio

Nombre del Representante

Número de integrantes

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Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta que está llenando. Este caso: Gremios e Instituciones.

3.3 Inventario de atractivos turísticos en la playa o muy cerca de la playa Atractivo Descripción

a.

b.

c.

Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta que está llenando. Este caso sería: Atractivos Turísticos

3.4 Servicios Turísticos disponibles: 3.4.1 Hospedaje ¿Hay hospedaje en la playa - comunidad? Nombre del Propietario

Hotel/Hostería/Pensión/Posada

SÍ______ NO______ Número de Teléfono Plazas

Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta que está llenando. Este caso sería: Hospedaje

Normas Técnicas para Playas Turísticas 75

¿Cual es el total de plazas disponibles? __________________ ¿Existe zona de camping en la playa?___________________ Comentarios: _______________________________________________________ ___________________________________________________________________ 3.4.2 Alimentación ¿Hay Cabañas /Restaurantes cerca de la playa? SÍ______ NO______ Nombre de la Cabaña / Restaurante/Comedor

Propietario

Teléfono

Número de Plazas

Si requiere más espacio adjunte una hoja, siga el formato e indique el título de la pregunta que está llenando. Este caso sería: Alimentación

3.4.3. Otros servicios ¿Hay servicios sanitarios cerca de la playa? SÍ______ NO______ # de Baterías Fijas

# de Baterías ambulantes

# de baños en alquiler

Total

¿Quién administra o se encarga del mantenimiento de las baterías fijas? _________________________________________________________ ¿Cuál es el estado actual de funcionamiento de las Baterías Fijas? _________________________________________________________ _________________________________________________________ ¿Qué empresa renta las baterías ambulantes? ____________________ ¿En qué meses están disponibles las baterías ambulantes? ______________________________________________________________

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4. Educación Ambiental 4.1 ¿La comunidad participa en algún programa de educación ambiental y turística estatal o privado? Detalle lo más que pueda indicando responsables, beneficiarios y frecuencia con que se dan las actividades. _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ PASO 3. Definición de Políticas de Uso Turístico de la playa Establecer las Políticas de Uso Turístico de la playa en base a lo indicado en el respectivo Instructivo, en cuanto a: 1. Tipo de destino turístico que se quiere proyectar a nivel nacional e internacional. 2. La capacidad de carga turística de la playa. 3. El código de conducta en la playa.

Este documento deberá ser aprobado por el Comité Técnico de Evaluación. Para ello deberá realizarse en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12” y presentarse impreso en hoja tamaño A4.

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INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 3. MONITOREO PERMANENTE Monitoreo Permanente de la playa “Ficha de Monitoreo para Fines de Semana y Feriados” El Comité Local de Gestión de Playa o un encargado específico designado y capacitado por el Comité debe realizar un monitoreo constante de la playa. Esto significa tomar datos todos los sábados, domingos y feriados del año (llenando un Formulario 3 cada día). Para facilitar la toma de información, se facilita el Formulario 3. El Comité Local y el Comité Técnico podrán agregarle más puntos de evaluación si lo considerase necesario en cada caso específico. El Comité Local de Gestión de Playa tiene el derecho de procesar estos datos y tenerlos disponibles para quien los solicite, pues la información que se recopilaría sería muy valiosa para cualquier planificación turística y en general para el desarrollo sostenible de la comunidad local o simplemente de la playa. Sin embargo, adicionalmente, el Comité Local tiene la obligación de enviar mensualmente las fichas de monitoreo (Formularios 3) llenas y firmadas al Comité Técnico de Evaluación para su procesamiento global. El Comité Local puede quedarse con una fotocopia si lo considera necesario. El Comité Técnico de Evaluación enviará anualmente al Comité Local el informe de resumen de los datos recopilados en los Formularios 3 llenados durante todo el año, siempre y cuando este último haya cumplido con los requisitos generales y Normas Técnicas del programa de certificación. El Monitoreo Permanente se inicia de manera oficial inmediatamente después de haber recibido la aprobación del Formulario 2. Sin embargo la comunidad puede implementarlo a partir del momento que considere, pues es una herramienta muy valiosa de generación de información.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 78

FORMULARIO 3. MONITOREO PERMANENTE

Ficha de Monitoreo para Fines de Semana y Feriados Información General

Nombre de Playa: _________________ Extensión de playa evaluada: _______ Día_____________ Fecha: ___________________ Evaluación número: ______ 0. Clima Indique como se encuentra el clima a lo largo del día:

¶ Soleado

· Parcialmente nublado ¸ Nublado

1. Flujo Turístico Escriba las cantidades correspondientes durante las horas indicadas: 1:00 pm Parámetro (medio día)

¼

Lluvioso

4:00 pm

1.1. Turistas en la playa 1.2. Vehículos en los parqueaderos 1.3. Buses turísticos 1.4. Distribución de los turistas en la playa (marque con una “x”): Sobra espacio

Cómoda

Llena

Saturada

1:00 pm (medio día) 4:00 pm

1.5. Observaciones _______________________________________________________________________________ ________________________________________________ 2. Actividad y Flujo Comercial En el siguiente cuadro escriba las cantidades correspondientes a cada grupo: 1:00 pm (medio día) 4:00 pm Parámetro 2.1. Vendedores Ambulantes (Total) - Agua, cola, cerveza y otras bebidas - Coqueros y otras frutas - Granizaderos o refresqueros - Heladeros - Chicleros, galletas, cigarrillos - Friteros (empanadas, tortillas, chifles) - Artesanos (tatuajes, trenzas, etc)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 79

- Comidas (encebollado, bollos, arroz…) - Discos CDs, Videos - Otros ………………………………. 2.2. Cabañas atendiendo 2.3. Parasoleros trabajando 2.4. Parasoles totales para alquiler 2.5. Parasoles alquilados 2.6. Otro …………………………… 2.9. Presencia de comerciantes y vendedores en la playa (marque con una “x”): Pocos, no molestan

Suficientes, no molestan

Muchos, incomodan

Saturación, incomodan mucho

1: 00 pm 4:00 pm 2.10. Observaciones ______________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ 3. Calidad de Aguas de Baño 3.1. Presencia de Sólidos orgánicos e inorgánicos flotantes Ausentes Si hay, describa* Cantidad/presencia** 1:00 pm 4:00 pm * Describa el tipo de desecho flotante ** Describa de manera cualitativa (p.e.: en toda el agua de la playa, en casi toda, muy poca área, casi nada)

3.2. Observaciones ______________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ 4. Manejo de Desechos Sólidos en la playa 4.1. Presencia de desechos sólidos en la arena (marque con una “X” según) Limpia, no Hay desechos Hay muchos hay desechos en la arena, desechos en la en la arena pero pocos arena

Demasiados desechos en la playa, se ve muy sucia

Observaciones

1:00 pm 4:00 pm 4.4. Observaciones ______________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________

Normas Técnicas para Playas Turísticas 80

5. Presencia de Organismos Públicos 5.1. Presencia, cantidad, horarios y ubicación Institución Cantidad Horario Ubicación Marinos Salvavidas Otros Militares Policía Nacional Comisión de Tránsito Defensa Civil

Observaciones

Policía Municipal Cruz Roja Otro Otro 5.2. Observaciones en General (se refiere a observaciones relacionadas al punto 5.1. y actividades que realicen los organismos públicos) ______________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ 6. Eventos Marcar con x

Hora

Ubicación

Observaciones

Ahogados o rescates en el mar Peleas Robos Otro___________ Otro___________ 6.1. Observaciones en General ______________________________________________________________________________ ____________________________________________________________________ 7. Retroalimentación: Observaciones y Conclusión Final del Día en la Playa ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ _____________________________________________________

_____________________________________________________

Normas Técnicas para Playas Turísticas 81

Nombre y Firma de la persona que realizó el monitoreo INSTRUCTIVO DEL INFORME ANUAL DE ACTIVIDADES El Comité Local de Gestión de Playa (CLGP) debe elaborar un informe anual de actividades, el cual debe entregar al Comité Técnico de Evaluación (CTE) aproximadamente 1 año después de que se ingresó al programa (estos detalles cronológicos los definirá el CTE). Se recomienda que la fecha de entrega de este informe sea previa a la temporada más alta, por lo tanto variará según la playa. Este

informe contendrá muchos “documentos de respaldo” necesarios para poder completar la Ficha de Evaluación de playas, por lo tanto es importante que se entregue antes de esta evaluación. El informe puede ser elaborado a mano en letra imprenta y muy clara, a máquina o en computadora con letra tipo “Arial” tamaño “10” o “Times New Roman” tamaño “12”. Para realizar este informe es necesario recopilar y generar información desde el inicio del programa. Las secciones obligatorias del Informe Anual son: -

Reuniones realizadas por el Comité Local de Gestión de Playa Calidad de Agua Manejo de Desechos Seguridad y Planificación Conservación de Recursos Naturales Actividades de Educación ambiental y turística Varios

Otras secciones pueden agregarse si se consideran necesarias por parte del CTE. A continuación se describe el contenido mínimo de cada sección: Reuniones realizadas por el Comité Local de Gestión de Playa - El CLGP debe llevar un registro básico de cada una de sus reuniones. El registro de cada reunión debe contener como mínimo: o fecha y lugar de la reunión o el objetivo o tema de la reunión. o las resoluciones, conclusiones o acciones que se definieron a partir de la reunión. o lista de asistencia a las reuniones (nombre de los participantes y firma). - Deben registrarse los cambios (nuevos ingresos, salidas, etc.) de integrantes del CLGP. Calidad de Agua - El informe debe contener al menos 1 análisis de agua de mar realizado durante la temporada alta. - Si en la playa y/o sus alrededores hay algún tipo de actividad industrial (laboratorios de larvas, harineras, refinerías, puertos, etc.) debe investigarse si hay descargas de

Normas Técnicas para Playas Turísticas 82

agua y exigir a la respectiva industria que les facilite sus estudios de impacto ambiental y los análisis de agua de sus descargas (si hubiere). El Comité de Evaluación puede asesorar y colaborar en estos aspectos. A esta sección deben adjuntarse fotografías, demandas, recortes de periódico y cualquier otro documento que respalde la presión que la comunidad hace a la industria para que deje de contaminar o bien, los esfuerzos que hace la industria por reducir al mínimo su contaminación. - Si se realizaran durante el año obras de infraestructura relacionadas a la sanidad del agua o tratamiento de aguas residuales, estas deben registrarse y adjuntarse en este informe. Manejo de Desechos - Esta sección debe contener la metodología clara del manejo de desechos de la playa. Esta metodología debe incluir croquis, horarios, lista de responsabilidades de actores (qué tanto colaboran los diferentes actores en la limpieza), responsables de la recolección, destino de la basura y otros aspectos que se consideren relevantes para explicar claramente el manejo de los desechos. - Plan de recolección de desechos en eventos o espectáculos (si hubiere eventos). A ésta sección se debe adjuntar información de los eventos o espectáculos realizados durante el año y si es posible fotografías del “antes” y “después” del evento. - Descripción y resultados del sistema de clasificación y reciclaje (si hubiere). SI es posible, adjuntar fotografías. Si en la comunidad hubiere centros de producción que utilizan materiales reciclados (como mini-empresas de papel artesanal) esto debe reportarse en el informe. Seguridad y Planificación - Es imprescindible adjuntar en este informe, el croquis con la respectiva zonificación de la playa. La zonificación debe ser completa e incluir como mínimo todo lo solicitado en las Normas Técnicas (es importante la zonificación para tarimas o eventos, en caso de que hubiere). El croquis de la zonificación debe ser en un formato amigable ya que todos los actores de la playa deben tener acceso a éste y conocer lo que este implica. - Plan de emergencias para atender accidentes que impliquen transporte a un Centro de Salud. El plan debe incluir también los medios por los que ha sido difundido a los actores de la playa, ya que ellos deben conocerlo. Conservación de Recursos Naturales - En esta sección debe adjuntarse el inventario de especies locales solicitado en las normas, así como las políticas de protección y acciones que la comunidad ha definido para la conservación de la flora y fauna. - Si hubiere, se recomienda incluir denuncias o registros de decomisos de pesca ilegal, cacería ilegal o uso de especies en veda. Es importante documentar las acciones que la Marina u otra autoridad realiza a favor de la conservación de los recursos naturales; igualmente se debe denunciar en este informe si las autoridades NO colaboran con la conservación de recursos naturales.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 83

- Plan o programa de reforestación (cantidad de árboles sembrados, lugar de sembrado, especies sembradas, fecha de siembra, y si es posible: fotografías). Si toda la playa y alrededores ya tienen árboles, se debe presentar un inventario de éstos. Actividades relacionadas a la educación ambiental y turística - Se debe llevar un registro de las actividades de educación ambiental y turística realizadas, así como de la oferta de tours naturalistas (si hubiere) y cualquier otra actividad o acción que promueva la concienciación de los habitantes locales y turistas. El registro de cada actividad debe contener como mínimo tema, lugar, fecha, nombre de las personas que lideraron la actividad, duración del evento, lista de participantes, patrocinadores (si hubiere). - Si se realizaran eventos o espectáculos durante el año, debe adjuntarse un registro de ellos y documentos o fotos que respalden el cumplimiento de la norma 21.4. Varios - Sección de libre contenido. Adjuntar cualquier documento que respalde los esfuerzos de la comunidad por desarrollar un turismo sostenible, conservar el ambiente y procurar el bienestar social.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 84

5.4 Requisitos Técnicos

Recurso Hídrico Norma

1.

Urbana Calidad del agua del mar

Rural

Deshabitada

Ausencia de espumas diferentes de la formada naturalmente por las olas. 1.1.

: N/A : N/A : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Ausencia de sólidos flotantes orgánicos e inorgánicos.

1.2.

: N/A : N/A : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Ausencia de residuos de aceites, grasas y/o petróleo (generalmente aparece como película visible sobre la superficie).

1.3.

: N/A : N/A : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Cumplir con los criterios de calidad para agua con fines recreativos. (Anexo de la normativa: Criterios de calidad para aguas con fines recreativos)

1.4.

: N/A : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Cantidad de Enterococos Intestinales Enterococcus (S. faecalis y sus variedades y S. faecium) menor a 500 NMP/100mL

1.5.

: N/A : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 85

Recurso Hídrico Norma

2.

Urbana

Rural

Deshabitada

Descargas de agua Ausencia de descargas de agua visibles al mar o la arena.

2.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Si hay presencia de actividad industrial o laboratorios, estas deben cumplir con la normativa ambiental (Anexos de la normativa: Ley de Prevención y Control de Contaminación Ambiental y Límites de descarga a un cuerpo de agua marina)

2.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Ausencia de pozos sépticos o de infiltración en el área de playa (zona de arena muerta) ni 10 metros a partir de la pleamar más alta histórica (sin considerar maremotos o crecimientos del mar correspondientes a fenómenos eventuales).

2.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 86

Recurso Hídrico Norma

3.

Urbana

Rural

Deshabitada

Disponibilidad de agua dulce Duchas son opcionales y se recomienda evitarlas debido a que se ligan al desperdicio de agua potable, la diseminación de enfermedades y suelen convertirse en vestuarios. Si existieren duchas se evaluará su ubicación y mantenimiento. Debe haber ausencia total de utilización de jabones y detergentes en las duchas, salvo el utilizado por los administradores para la limpieza de las mismas. Las duchas deben ser abiertas (no más de 3 cerramientos) con el fin de evitar que se conviertan en vestuarios. Cada ducha debe contar con un cartel que indique las políticas de uso, fomentando el ahorro de agua, detallando al menos la prohibición del uso de jabones y champúes y la prohibición de utilizarlas como vestuarios.

3.1.

: Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado. : Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado. : Sí aplica. No es obligatorio que haya duchas. Si las hay, se evalúa lo mencionado. Además debe haber reutilización de las aguas o aprovechamiento en áreas verdes, mediante un sistema seguro y efectivo que evite encharcamientos.

: No es obligatorio que haya duchas. Si las hay se evalúa lo mencionado. Además debe haber reutilización de las aguas o aprovechamiento en áreas verdes, mediante un sistema seguro y efectivo que evite encharcamientos. : Se mantienen las mismas exigencias que para . : Se mantienen las mismas exigencias que para .

Disponibilidad de agua para beber, gratis o a la venta. Las aguas a la venta deben tener los registros y permisos respectivos. 3.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural) : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural) : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)

Opcional (no es obligatorio ni suma puntos adicionales).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 87

Desechos Varios Norma

4.

Urbana

Rural

Deshabitada

Manejo de desechos sólidos La playa debe estar limpia (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador).

4.1.

: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 6 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 10 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Deben permanecer limpios sus accesos y desembocaduras de ríos o esteros (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador).

4.2.

: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 5 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 7 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Máximo 10 objetos en promedio de un muestreo de desechos mediante cuadrantes, acorde con la metodología de evaluación de desechos (ver Manual para la evaluación de playas: Método de evaluación de desechos).

4.3.

: Sí aplica. Máximo 10 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Máximo 6 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Máximo 3 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Ausencia de desechos riesgosos, fecales y sanitarios. Máximo 0.2 objetos en promedio del muestreo de desechos mediante cuadrantes (ver Manual para la evaluación de playas: Método de evaluación de desechos).

4.4.

: Sí aplica. Máximo 0.2 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Máximo 0.1 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Máximo 0 objetos en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Debe existir una metodología pre-establecida de manejo de desechos sólidos. Está debe incluir al menos 1 basurero en cada acceso.

4.5.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 88

Los basureros deben estar en buen estado, identificados, sin tocar el suelo y no saturados.

4.6.

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica. Los basureros son construidos de materiales naturales acordes con el contexto.

: Sí aplica. Los basureros deben ser construidos de materiales naturales acordes con el contexto. : Se mantienen las mismas exigencias que para . : Se mantienen las mismas exigencias que para .

Ausencia de derrames de aceites y grasas en la arena. 4.7.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Ausencia de botaderos de basura o escombros de construcción en la playa y sus alrededores.

4.8.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Se promueve la clasificación y reciclaje de los desechos.

4.9.

: N/A. : N/A. : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Si se dan eventos o espectáculos masivos, en cualquier horario, (principalmente en horarios nocturnos), estos deben contar con un plan especial de manejo de desechos sólidos que garantice la recolección durante el evento e inmediatamente finalizado el mismo.

4.10.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural) : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural) : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural)

: N/A. Ausencia de eventos masivos. : N/A. Ausencia de eventos masivos. : N/A. Ausencia de eventos masivos.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 89

Desechos Varios Norma

5.

Urbana

Rural

Deshabitada

Manejo de desechos sólidos orgánicos naturales Los desechos orgánicos arrojados por el mar (algas por ejemplo) pueden ser dejados en la playa salvo que signifiquen una amenaza para el turista, ya sea por sanidad o incomodidad (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador). Si son retirados deben tener un manejo ecológico

5.1.

NOTA: Un manejo ecológico implica que no deben mezclarse con desechos inorgánicos y deben ser devueltos a la tierra como abono, ya sea a través de un proceso previo de compostaje o directamente, pero con procedimientos técnicos para evitar que se conviertan en un riesgo de contaminación o un foco de enfermedades. La metodología de manejo debe ser consultada al CTE y aprobada por este.

: Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 7 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Norma

6.

6.1.

Urbana

Rural

Deshabitada

Generación de olores Ausencia de malos olores en la zona de playa y sus alrededores inmediatos durante temporada alta y feriados fuera de temporada. Especial atención a esta norma debe darse en las playas con actividades pesqueras artesanales o industriales (ver Manual para la evaluación de playas: Método de apreciación del turista y del evaluador). : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 8 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica. Debe obtener como mínimo una calificación de 9 en promedio. (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 90

Seguridad Norma

7.

Urbana

Rural

Deshabitada

Seguridad en el agua Todos los días de temporada alta y feriados fuera de temporada debe haber mínimo 1 salvavidas, durante los horarios turísticos. Mayor presencia de salvavidas será considerada en base a la concurrencia de turistas; pero debe haber al menos 1 salvavidas por cada 500 turistas. Una densidad mayor de salvavidas por cantidad de turistas será considerada dependiendo de la peligrosidad del mar de la playa.

7.1.

NOTA: Cada playa preverá la demanda de salvavidas en base a la Capacidad de Carga Turística que establezca, su registro histórico de concurrencia turística y las estadísticas de eventos de rescates exitosos y fallidos. El Comité Técnico de Evaluación deberá aprobar la densidad de salvavidas necesaria para cada playa. Los salvavidas deberán ser acreditados por la Capitanía del Puerto de esa jurisdicción y deberán contar con el equipo mínimo: uniforme que los identifique y boya para rescates. (Anexo de la Normativa: Por Analogía: Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de 1.975, Art. 33: Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas).

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

No es obligatoria la presencia de salvavidas, salvo excepciones especiales que considerara el Comité Técnico de Evaluación.

Todo el año debe comunicarse de manera clara y visible en cada acceso a la playa y en las torres salvavidas (si las hubiere) los horarios y zonas en que están presentes los salvavidas. Para delimitar la(s) zona(s) bajo vigilancia, se debe considerar que un salvavidas puede cubrir máximo una distancia de 150 metros lineales de playa. Si no hay salvavidas nunca, debe informarse al turista de manera clara y visible en cada acceso. 7.2.

: Sí aplica. Se comunica en el acceso principal (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. Se comunica en el acceso principal. : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos. : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos utilizando materiales naturales adecuados al contexto.

Debe comunicarse de manera clara y visible en cada acceso a la playa y en las torres salvavidas (si las hubiere) el comportamiento del mar en esa playa, indicando la presencia de riesgos como corrientes y/o remolinos, la inclinación de la arena (pendiente) y el rango del tamaño de las olas. 7.3.

: Sí aplica. Se comunica en el acceso principal (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. Se comunica en acceso principal. : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos. : Sí aplica. Se comunica en todos los accesos utilizando materiales naturales adecuados al contexto.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 91

7.4.

Deben estar presentes las banderas de advertencia en la playa (Anexo de la normativa: Banderas de advertencia en la playa), ubicadas de manera que sean visibles desde cada acceso a la playa y en cada torre salvavidas. Las banderas se mostrarán siempre en temporada alta y feriados fuera de temporada. : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: No es obligatorio. : No es obligatorio. : Sí aplica.

Junto a la bandera y en cada torre salvavidas debe publicarse la simbología de las banderas de manera clara y concisa, en español e inglés (Anexo de la normativa: Banderas de advertencia en la playa). 7.5.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Si hay banderas, debe publicarse la simbología de las banderas de manera clara y concisa en español e inglés.

Mínimo 1 torre salvavidas. Una cantidad mayor dependerá de la geografía y topografía de la playa y será determinada por el Comité Técnico de Evaluación. 7.6.

: Sí aplica. Al menos 1 torre. Una cantidad mayor puede ser exigida por el CTE (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos una torre cada 150 metros (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos una torre cada 150 metros y de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana y Rural).

No es obligatoria la presencia de torres salvavidas, salvo excepciones especiales que considerara el Comité Técnico de Evaluación. Las torres deben ser de materiales adecuados al contexto.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 92

Seguridad Norma

8.

8.1.

Urbana

Rural

Deshabitada

Primeros auxilios y atención de emergencias Debe existir al menos 1 botiquín de primeros auxilios y un extintor de incendios disponible todo el año en horarios turísticos. Todos los actores comerciales (cabañeros, hoteleros, vendedores ambulantes, etc.) e institucionales (dirigentes) de la playa deben conocer la existencia y ubicación del botiquín y el extintor. El uso de estos debe ser gratuito. (Anexo de la normativa: Por Analogía Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de 1.975, Art. 33: Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

No es obligatoria la existencia de un botiquín de primeros auxilios ni del extintor, salvo que el CTE lo considerara en base a periodos de alta concurrencia turística.

La ubicación del botiquín de primeros auxilios debe indicarse en cada uno de los accesos a la playa. El lugar donde se encuentre el botiquín debe estar claramente identificado. 8.2.

: N/A (ni para Urbana ni para Rural). : Sí aplica. Debe señalizarse en el acceso principal y en el sitio donde está ubicado (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Debe señalizarse en todos los accesos y en el sitio donde está ubicado (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : Si resulta obligatoria la existencia del botiquín, debe señalizarse en el acceso principal y en el sitio donde está ubicado.

En feriados importantes de alto flujo turístico y fines de semana de temporada alta deben coordinar la asistencia de al menos 1 organismo de atención de emergencias como la Defensa Civil, Cruz Roja u otro similar. 8.3.

8.4.

: Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Si concurren más de 500 turistas (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Debe existir un plan escrito para atender accidentes o emergencias que demanden atención más allá de los primeros auxilios, es decir, que impliquen el transporte del afectado a un centro de salud. Todos los actores comerciales (cabañeros, hoteleros, vendedores ambulantes, etc.) e institucionales (dirigentes) de la playa deben conocer este plan. : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

No es necesario un plan para emergencias, salvo que el CTE lo considerara en base a periodos de evidente concurrencia turística.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 93

Seguridad Urbana

Norma

9.

Rural

Deshabitada

Vigilancia Una patrulla permanente de vigilancia en la playa, durante horarios turísticos. NOTA: Esta patrulla puede ser conformada por civiles, dentro de lo que les atribuye la ley. La idea es implementar estrategias de vigilancia dedicadas a persuadir y denunciar la delincuencia (en lugar de confrontarla) y prevenir al turista. La confrontación y sanción debe quedar siempre en manos de las autoridades, las cuales pueden estar incluidas en estas patrullas, aunque no es obligatorio debido a la dificultad de su concurrencia.

9.1.

: Sí aplica. Durante fines de semana de temporada alta y feriados dentro y fuera de temporada en horarios turísticos. : Sí aplica. Durante toda la temporada alta y feriados fuera de temporada en horarios turísticos. : Sí aplica. Durante todo el año en horarios turísticos.

: N/A. : Sí aplica. Durante fines de semana de temporada alta y feriados dentro y fuera de temporada en horarios turísticos. : Sí aplica. Durante toda la temporada alta y feriados fuera de temporada en horarios turísticos.

No es obligatoria la presencia de patrulla de vigilancia, salvo que el Comité Técnico de Evaluación lo considerara por el historial de crímenes o eventos de inseguridad.

En feriados importantes de alto flujo turístico deben coordinar la asistencia de al menos 1 organismo de seguridad como la Policía Nacional o militares durante horarios turísticos. 9.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

No es obligatoria la presencia de organismos de seguridad, salvo que el Comité Técnico de Evaluación lo considerara por el historial de crímenes o eventos de inseguridad.

Si en la playa hay problemas de inseguridad como robos en los vehículos parqueados o asaltos a caminantes en la playa, esto deberá ser advertido claramente en todos los accesos y zonas de parqueo. 9.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada)

Normas Técnicas para Playas Turísticas 94

Seguridad Urbana

Norma

10.

Rural

Deshabitada

Zonificación La playa debe aplicar un plan de zonificación que delimite los espacios para los diferentes actores de la playa como parasoleros, cabañeros, comerciantes, pescadores y sus embarcaciones, áreas de camping, áreas para bañistas, entre otros, con el fin de evitar conflictos y accidentes.

10.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada) Las playas con presencia de embarcaciones deberán respetar de manera estricta un área de bañistas (al menos 50 metros desde la orilla) determinada por la Capitanía de Puerto de su jurisdicción. Además deberán delimitar, ya sea en el agua mediante boyas, o en la orilla mediante banderines, una zona exclusiva de desembarque de pasajeros. Máximo una zona de desembarque de 25 metros de ancho, cada 500 metros de playa.

10.2.

NOTA: Las comunidades locales deben gestionar la colocación de boyas por parte de las autoridades y con apoyo financiero de empresas privadas. Incluso pueden recurrir a métodos de bajo costo. Para delimitar las zonas de desembarque de pasajeros se pueden utilizar marcas en la arena, que pueden ser banderines, siempre y cuando sean de un color diferente a los de las banderas de advertencia en la playa con el fin de evitar confusiones y deben tener un altura mínima de 2 metros para evitar que sean tapados por la multitud. Deben además contar con una explicación o indicación, o simplemente una simbología oficial que prevenga al turista de que en esa zona se hacen desembarques directos a la orilla.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Deben delimitarse zonas específicas para la realización de eventos e instalación de tarimas. 10.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. Sólo eventos educativos. : Sí aplica. Sólo eventos educativos. : Sí aplica. Sólo eventos educativos.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 95

Seguridad Norma

Urbana

Rural

Deshabitada

11.

Vehículos motorizados

11.1.

Ausencia de vehículos motorizados en la zona de playa, salvo para el patrullaje de autoridades. Esto incluye automóviles, camiones, camionetas, motos, cuadrones, tricares, etc. En el caso de que una playa cuente con vehículos para el manejo de desechos o mantenimiento general de la playa, estos no deberán ingresar a la playa en horarios turísticos (09h00 a 17h00). Para el caso de playas que cuentan con actividad pesquera y el respectivo transporte de la pesca en camionetas, deberá coordinarse para que la circulación de vehículos no sea en fines de semana o feriados (Anexo de la normativa: Código de Policía Marítima). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. Ausencia permanente y total de vehículos motorizados en la playa (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Todos los accesos vehiculares a la playa deberán contar con carteles de prohibición de ingreso de vehículos motorizados y barreras o cadenas que bloqueen el paso de los mismos.

11.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. No son obligatorias barreras. En el caso de bloquear los accesos con barreras, deberá utilizarse materiales naturales, acordes con el paisaje. : Sí aplica. Se mantienen las mismas exigencias que para . : Sí aplica. Sí son obligatorias barreras, utilizando materiales naturales adecuados al contexto.

Abastecimiento de combustible, mantenimiento y limpieza de embarcaciones jamás deberá realizarse en horarios turísticos (fines de semana y feriados 09h00 a 17h00). Cualquiera de estas actividades cuando se realice, respetando los horarios mencionados, deberá realizarse con políticas de seguridad ambiental, evitando el derramamiento de hidrocarburos, aceites y grasas. 11.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica. Ausencia permanente de abastecimiento de combustible en la playa, en cualquier horario.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 96

Seguridad Urbana

Norma

12.

12.1.

Rural

Deshabitada

Seguridad general Ausencia de animales domésticos sueltos o amarrados durante los horarios turísticos (09h00-17h00) en la temporadas altas. (Anexo de la normativa: Código de Policía Marítima). Para el caso de los caballos utilizados para paseos turísticos, debe delimitarse una ruta y sus dueños siempre deben recolectar y disponer adecuadamente de los desechos de los animales.(este último punto aplica para TODAS las playas y niveles) : N/A. : Sí aplica. : Sí aplica.

: N/A. : Sí aplica. : Sí aplica.

: N/A. : N/A. : N/A.

Comunicación de riesgos. Si la playa está expuesta a derrames o eventos de contaminación catastróficos por la presencia de industrias como refinerías, puertos, fábricas procesadoras de pescado y demás, deberá comunicarlo de manera clara y visible en cada acceso a la playa.

12.2.

: Sí aplica. Al menos en el acceso principal (de igual manera para Urbana, Rural). : Sí aplica. En todos los accesos (de igual manera para Urbana, Rural). : Sí aplica. En todos los accesos y se deben utilizar materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural).

: Sí aplica. Al menos en acceso principal y se deben utilizar materiales adecuados al contexto. : Sí aplica. En todos los accesos y se deben utilizar materiales naturales adecuados al contexto. : Sí aplica. En todos los accesos y se deben utilizar materiales naturales adecuados al contexto.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 97

Servicios Norma

13.

Urbana

Rural

Deshabitada

Servicios higiénicos Servicios higiénicos en cantidad suficiente para abastecer la Capacidad de Carga Turística establecida en el Formulario 2, con sus aguas residuales correctamente tratadas. Deben incluir los respectivos lavamanos. (Anexo de la normativa: Código de Policía Marítima)

13.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Servicios higiénicos no son obligatorios. Si se construyen es obligatorio que sean ecológicos para cualquier nivel de certificación: , o . NOTA: Servicios higiénicos ecológicos son aquellos que no utilizan agua y producen abono.

Los servicios higiénicos deberán estar disponibles al público en horarios turísticos (09h00-17h00), todos los días durante la temporada alta y feriados fuera de temporada.

13.2.

: Sí aplica. Fines de semana y feriados deben estar disponibles de 07h00 a 22h00. : Sí aplica. Todo el año en horarios turísticos. Fines de semana y feriados deben estar disponibles de 07h00 a 22h00. : Sí aplica. Se mantienen las mismas exigencias que para .

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

: N/A. : N/A. : N/A.

Los SSHH deberán mantenerse permanentemente aseados, en buen estado (daños se deben reparar de inmediato) y sin problemas de olores. 13.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 98

Servicios Urbana

Norma

14.

Rural

Deshabitada

Facilidades de comunicación y acceso Disponibilidad de un teléfono de uso público a no más de 50 metros de la playa.

14.1.

: N/A. : Sí aplica. : Sí aplica.

: N/A. : N/A. : Sí aplica.

: N/A. : N/A. : N/A.

Se promueven medios sostenibles de transporte como buses mediante comunicación e información al turista y coordinación con compañías de transporte y Policía de Tránsito. 14.2.

: N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Debe existir al menos un acceso público y seguro a la playa con su respectiva señalización. 14.3.

14.4.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Deben existir zonas de parqueo suficientes y seguras para la Capacidad de Carga Turística establecida. Al menos 2 de las calles principales de acceso a la playa se mantienen restringidas al estacionamiento de vehículos con el fin de facilitar la circulación. Si sólo hay 1 o 2 calles de acceso a la playa esta norma deberá ser analizada por el Comité Técnico de Evaluación. : N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Las zonas determinadas para parqueo deben contar con un responsable para su organización y vigilancia durante la temporada alta y feriados fuera de la temporada. 14.5.

: N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 99

Servicios Urbana

Norma

15.

15.1.

Rural

Deshabitada

Servicios generales para discapacitados Los servicios que se establezcan en la playa y los accesos deben ser aptos para la plena integración participación y disfrute de la playa por parte de los discapacitados, salvo en ciertas playas donde la geografía no lo permita (Anexo de la normativa: Leyes y reglamentos relacionados a la no discriminación de discapacitados). : N/A (ni para Urbana, ni para Rural). : N/A (ni para Urbana, ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural).

No es obligatorio.

Comercio Norma

16.

16.1.

Urbana

Rural

Deshabitada

Cabañas expendedoras de alimentos y bebidas Todas las cabañas existentes en el área de playa deben contar con el permiso de la respectiva Capitanía de Puerto. Adicionalmente, dependiendo de la actividad que realicen deberán contar con el permiso de funcionamiento de las autoridades respectivas (Anexos de la normativa: Código de Policía Marítima, Ley Orgánica de Régimen Municipal y Ley Orgánica de Salud). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Deben tener al menos 1 recipiente para desechos por cada 15 plazas disponibles. Si colocan mesas o sombrillas en la playa, estas deberán contar cada una con un recipiente para desechos. Todos los recipientes deberán recibir mantenimiento permanentemente.

16.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Cada cabaña debe mantener limpio el perímetro de sus instalaciones (ausencia de descargas de desechos sólidos y líquidos).

16.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 100

16.4.

16.5.

Los niveles de sonido no deben ser molestos ni a horarios inapropiados (ver Manual para la evaluación de playas: Método de percepción del turista y evaluador). Se deben respetar los niveles y horarios de sonido establecidos por la ley (Anexo de la normativa: Niveles máximos de ruidos permisibles según uso de suelo). : N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). Calificación mínima de 8.

: Sí aplica. Calificación mínima de 8. : Sí aplica. Calificación mínima de 8. : Sí aplica. Calificación mínima de 9.

Las cabañas existentes en el área de playa y terrenos inmediatos, que tengan artefactos eléctricos, a gas o con fogones, deben tener extintores de fuego. Al menos 1 extintor cada 3 cabañas ubicadas en una distancia máxima de 50m, es decir que si las cabañas están separadas por más de 50m deberán contar con un extintor adicional. El extintor debe ubicarse de manera que esté disponible permanentemente. : N/A (ni para Urbana, ni para Rural ni para Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Comercio Norma

17.

Urbana

Rural

Deshabitada

Vendedores ambulantes Todos los vendedores ambulantes presentes en la playa deben contar con el permiso de la Capitanía de Puerto respectiva. Dependiendo de la actividad que realicen deberán contar con los permisos de la autoridad concerniente.

17.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Ausencia de vendedores ambulantes en la zona de arena. , y : Sí aplica. Fuera de la zona de arena (en los accesos por ejemplo)

Vendedores ambulantes deberán portar su carné (permiso) para laborar en la playa de manera visible y deberán llevar uniforme o alguna prenda que los identifique como por ejemplo una gorra. 17.2.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Ausencia de vendedores ambulantes en la zona de arena. , y : Sí aplica. Fuera de la zona de arena (en los accesos por ejemplo).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 101

Todo vendedor ambulante deberá portar una funda para colocar desechos y participar en el plan local de manejo de desechos sólidos (Anexo de la normativa: Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición de desechos sólidos no peligrosos). 17.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Ausencia de vendedores en la zona de arena. , y : Sí aplica. Fuera de la zona de arena (en los accesos por ejemplo).

Quienes se dediquen a la renta de parasoles deberán hacerse responsables por el manejo de desechos en su área de trabajo permanentemente, es decir, antes, durante y después de la jornada turística. Sus áreas de trabajo deben permanecer limpias. 17.4.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Ningún vendedor ambulante puede colocar kioscos, mesas, carpas o cualquier tipo de instalación temporal en la playa. Los únicos medios de transporte permitidos son las carretillas o triciclos.

17.5.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Ausencia de vendedores ambulantes en la zona de arena.

Ausencia de carpas con cerramiento en la parte posterior y frontal. Es decir, si existen carpas, estas no podrán tener más de dos cerramientos (laterales). La parte posterior y frontal de la carpa deberá permanecer descubierta. 17.6.

17.7.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Las hileras continuas de parasoles y/o carpas no deberán superar los 20 metros sin dejar un espacio libre de ocupación. Este espacio deberá ser equivalente al menos a la tercera parte del total ocupado. Es decir que si las hileras continuas de carpas son de 20m, los espacios entre estas deberán ser de 6 a 7 m; si son de 12 m, los espacios deberán ser de 4 m. : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 102

Infraestructura Norma

18.

Urbana Infraestructura en la zona de playa y sus alrededores

Rural

Deshabitada

Ausencia de construcciones permanentes en áreas donde bloqueen el flujo de agua como desembocaduras de ríos, esteros o drenajes naturales. 18.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Ausencia de infraestructura en mal estado, abandonada, que genere impacto visual negativo y/o que pueda resultar riesgosa para los turistas.

18.2.

: Sí aplica. Sólo es obligatoria la ausencia de infraestructura abandonada y/o riesgosa (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. Todo lo indicado (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica Todo lo indicado (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Ausencia de infraestructura permanente en los primeros 10 m a partir de la marea más alta registrada (sin considerar maremotos o crecimientos del mar correspondientes a fenómenos eventuales).

18.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Dejar inalterados los primeros 10 metros de vegetación adyacentes a la arena.

18.4.

: N/A (ni para Urbana ni para Rural). : N/A (ni para Urbana ni para Rural). : N/A (ni para Urbana ni para Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

Ausencia de construcciones de cemento o concreto en la zona de arena muerta. 18.5.

: N/A (ni para Urbana, ni para Rural). : N/A (ni para Urbana, ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

Toda obra o proceso de construcción en la playa y/o en sus terrenos inmediatos debe contar con un cerramiento temporal adecuado que prevenga accidentes aislando la obra y debe contar con la comunicación visual necesaria para la advertencia de los visitantes. 18.6.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 103

Conservación de recursos naturales Norma

19.

Urbana

Rural

Deshabitada

Conservación de recursos naturales Ausencia de desembarques de pesca de especies ilegales (protegidas, en veda o en peligro de extinción). (Anexos de la normativa: Cuadro de especies en veda y protegidas en Ecuador y Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en Ecuador).

19.1.

19.2.

: N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

Ausencia de comercialización de alimentos o bebidas preparados con especies ilegales (protegidas, en veda o en peligro de extinción) en las cabañas y/o por parte de los vendedores ambulantes, en la zona de playa o los terrenos inmediatos. (Anexos de la normativa: Cuadro de especies en veda y protegidas en Ecuador y Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en Ecuador). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Existencia de un programa de reforestación con especies nativas en la playa y sus alrededores (comunidad local, parque, esteros, ríos, laderas).

19.3.

: N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

Existencia de un inventario de las especies locales en peligro de extinción u otras que la comunidad considere importantes y un protocolo de políticas para su protección puesto en práctica. 19.4.

: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada). : N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Ausencia de extracción ilegal de arena.

19.5.

: N/A (ni para Urbana y ni para Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

: Sí aplica. : Sí aplica. : Sí aplica.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 104

Comunicación e Información Urbana

Norma

20.

Rural

Deshabitada

Señalización Debe estar señalizado en el acceso a la playa el Nombre de la playa. También debe existir la señalización respectiva y adecuada para servicios higiénicos, teléfonos públicos, zonas de parqueo y puntos de información turística en los accesos principales a la playa (al menos en 2 accesos) y en los sitios donde están ubicados.

20.1.

NOTA: Basarse en el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.

: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica y debe ser de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Aplicar estrictamente lo detallado en cuanto a señalización en las normas de seguridad en el agua, primeros auxilios, zonificación y seguridad general. 20.2.

NOTA: Basarse en el Manual Corporativo de Señalización Turística del Ministerio de Turismo.

: N/A (ni para Urbana, ni para Rural, ni para Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica y debe ser de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Debe existir un cartel detallando el código de conducta de la playa en los accesos principales (al menos en 2 accesos).

20.3.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. En todos los accesos principales (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. En todos los accesos principales y de material natural adecuado al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Debe existir una cartelera informativa que contenga como mínimo la explicación del programa de certificación, el croquis de la playa y los resultados del último análisis de agua.

20.4.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 105

Comunicación e Información Norma

21.

Urbana

Rural

Deshabitada

Educación Ambiental y turística Se organizan actividades de educación ambiental y turística anualmente dirigidas a la comunidad local. Cada actividad involucra mínimo 25 personas.

21.1.

: Sí aplica. Al menos 3 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos 4 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos 5 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : Sí aplica. Se realizan al menos 2 actividades al año, en comunidades cercanas.

Se organiza al menos 1 actividad de educación ambiental dirigida a los turistas mediante espectáculos o eventos educativos, murales, giras didácticas u otro medio alternativo. 21.2.

: Sí aplica. Al menos 1 actividad al año (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos 2 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica. Al menos 3 actividades al año (de igual manera para Urbana y Rural).

: N/A. : N/A. : N/A.

Existen carteles con mensajes de conservación ambiental en la playa o sus accesos principales. 21.3.

21.4.

: Sí aplica. Al menos 3 carteles (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. Al menos 4 carteles (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). : Sí aplica. Al menos 5 carteles y son de materiales naturales adecuados al contexto (de igual manera para Urbana, Rural y Deshabitada). Todos los eventos o espectáculos de publicidad o de diversión que se realicen en la playa, ya sea por la empresa privada o por las autoridades gubernamentales deben incluir un segmento de concienciación ambiental relacionado a la limpieza de la playa, la prevención de la contaminación del agua y/o la conservación de especies. Al menos el 10% de la duración del evento debe estar dedicado a lo mencionado. : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Ausencia de eventos o espectáculos masivos, salvo que sean 100% educativos.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 106

5.5 Manual para la evaluación de las playas Se recomienda hacer la evaluación de la playa durante los meses de temporada alta, esta evaluación debe ser sorpresa y la deben realizar al menos 2 evaluadores(as). Para poder iniciar el proceso de evaluación, las playas deben haber cumplido previamente con los requisitos generales. Por lo tanto, la playa a evaluar deberá tener a disposición de los evaluadores: -

Información general de la playa (Formulario 2) Los resultados generales de los monitoreos (Formulario 3) Un informe anual de actividades (Formulario 4)

Es importante tomar en cuenta que algunas normas se evalúan en base a previas disposiciones específicas para cada playa. Estas disposiciones son determinadas por el Comité Técnico de Evaluación (CTE) en coordinación con el Comité de Gestión Local de Playa (CGLP). Por esta razón, los evaluadores deben tener disponible la información de estas disposiciones específicas para la playa que van a evaluar. La principal herramienta para realizar la evaluación es la Ficha de Evaluación de Playas (presentada en la siguiente sección). A la hora de utilizar la Ficha se deben tener a mano los Requisitos Técnicos y los anexos respectivos de estos. Además, previo a la evaluación, el evaluador debe haber leído detenidamente los documentos derivados del cumplimiento de requisitos generales, sobre todo el informe anual de actividades y los resultados de los monitoreos. A continuación se explica el formato de la Ficha de Evaluación: La 1ra columna contiene las numeraciones de los sub-ejes y las normas.

La 2da columna contiene: - el título del eje coloreado - el título del sub-eje en negrita - y las respectivas normas

En la 3era columna se detalla el método de evaluación para calificar la norma.

COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN

En la 5ta columna están los niveles de certificación posibles de obtener según grado de cumplimiento

En la 4ta columna están las opciones de calificación (Cumple, No Cumple o No

Método de evaluación

Estrellas obtenidas

¿Cumple?

0

20 Señalización 20.1 Existe adecuada señalización de los siguientes servicios (en el acceso a la playa y en los

sitios donde están ubicados): Servicios higiénicos

SI

NO

N/A

SI

NO

N/A

Zonas de parqueo

SI

NO

N/A

Puntos de Información Turística

SI

NO

N/A

SI

NO

N/A

SI

NO

N/A

SI

NO

SI

NO

SI

NO

Teléfonos públicos

Visual

Los materiales utilizados para señalizar son naturales, acordes con el contexto? 20.2 ¿Se aplica estrictamente lo detallado en cuanto a señalización en las normas de seguridad

en el agua, primeros auxilios, zonificación y seguridad general?

Visual

20.3 ¿Existe un cartel detallando el código de conducta de la playa en los accesos principales

(al menos en 2 accesos ó 1 para playas deshabitadas)?

Visual

Los materiales utilizados para señalizar son naturales, acordes con el contexto? 20.4 ¿Existe 1 cartelera que contiene como mínimo: explicación del programa de certificación,

croquis de la playa y resultados de último análisis de agua?

En las líneas está descritas las normas

Algunas están sub-divididas en varios puntos, de los cuales todos se deben cumplir para obtener las respectivas estrellas, a menos que no apliquen (N/A).

Visual

N/A

Las normas que no dan la opción de N/A, son obligatorias de evaluar en todos los tipos de playas y en todos los niveles.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 107

¿Cuando marcar la casilla de No Aplica (N/A)? En los requisitos técnicos se detallan cuales normas No Aplican (N/A) para las diferentes categorías de playas y según el nivel de certificación al cual estén aplicando. Por esta razón es importante que el evaluador tenga a mano los requisitos técnicos en el cual está detallado claramente cuando aplican o no aplican las normas. Resumidamente, la opción de “No Aplica”, sólo debe usarse por las siguientes razones: - Porque no aplica para el tipo de playa. - Porque no aplica para el nivel de certificación deseado. - Por ausencia del servicio o problema (siempre y cuando no sea obligatorio para el tipo de playa y nivel de certificación deseado). Ejemplo de evaluación de la norma 13.1 en 2 tipos de playa donde se usa “N/A”. El evaluador debe ver los requisitos técnicos antes de llenar la ficha Norma 13.

Urbana

Rural

Deshabitada

Servicios higiénicos Servicios higiénicos en cantidad suficiente para abastecer la Capacidad de Carga Turística establecida en el Formulario 2, con sus aguas residuales correctamente tratadas. Deben incluir los respectivos lavamanos.

13.1.

: Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural). : Sí aplica (de igual manera para Urbana y Rural).

Servicios higiénicos no son obligatorios. Si se construyen es obligatorio que sean ecológicos para cualquier nivel de certificación: , o . NOTA: Servicios higiénicos ecológicos son aquellos que no utilizan agua y producen abono.

Playa A: Playa deshabitada con miras a alcanzar 3 estrellas y en la cual no hay servicios higiénicos. SERVICIOS 13

Método de evaluación

¿Cumple?

Estrellas obtenidas 0

Servicios Higiénicos

13.1 ¿Hay suficiente servicios higiénicos para abastecer la Capacidad de Carga Turística establecida? (ver CCT en documentos entregados por el CLGP) ¿Incluyen los respectivos lavamanos?

SI

NO

SI

NO

¿Sus aguas residuales son correctamente tratadas?

SI

NO

¿Los servicios higiénicos son ecológicos? *

SI

NO

Visual

N/A

5

N/A

*Si hubiere servicios higiénicos esta última pregunta si aplicaría

Playa B: Playa rural con miras a alcanzar 2 estrellas y en la cual hay servicios sanitarios adecuados para la CCT, pero sin correcto tratamiento de aguas residuales. 13 13.1

Servicios Higiénicos

Método de evaluación

¿Hay suficiente servicios higiénicos para abastecer la Capacidad de Carga Turística establecida?

¿Cumple? SI

NO

SI

NO

¿Sus aguas residuales son correctamente tratadas?

SI

NO

¿Los servicios higiénicos son ecológicos?

SI

NO

¿Incluyen los respectivos lavamanos?

Visual

N/A

N/A

Estrellas obtenidas 0

5

Normas Técnicas para Playas Turísticas 108

Métodos de evaluación: En la Ficha de Evaluación de Playas se mencionan diferentes métodos que deben ser utilizados para poder calificar el cumplimiento o no cumplimiento de las normas. Métodos Visual Entrevistas a actores Documentos de respaldo Análisis de agua Apreciación del turista y del evaluador Evaluación de desechos A continuación se describen detalladamente estos métodos. Visual Implica recorrer toda la longitud de la playa a evaluar, observando detenidamente todo el entorno: ya sea el mar (para evaluar sólidos flotantes, por ejemplo), la arena (para buscar manchas de grasas o aceites), el límite con la vegetación o infraestructura (para identificar descargas de agua), la infraestructura (para ubicar las señales de prevención e información), los alrededores inmediatos del pueblo costero (para identificar pozos sépticos, etc) y muchas otras cosas mas. En algunos casos, para realizar una correcta evaluación visual, se deben realizar mediciones, por lo que se recomienda tener algún tipo de instrumento de medición disponible. Si hubiere disponibilidad, se recomienda tomar fotografías de lo que se evalúa visualmente, para así tener mejor respaldo de los resultados de la ficha. Como mínimo 2 personas deben realizar las evaluaciones visuales. Entrevistas a actores Este método siempre implica una evaluación visual, además de entrevistar a varios (más de 5) actores locales (pueden ser cabañeros, parasoleros, vendedores ambulantes, hoteleros, líderes locales, civiles residentes, marinos, etc) sobre el servicio o problema a evaluar en la norma. Es necesario tomar el nombre completo y la ocupación de las personas entrevistadas, esta lista debe adjuntarse a la Ficha de Evaluación. Por ejemplo, este método se utiliza para evaluar el cumplimiento de la norma 13.2: 13.2 Los servicios higiénicos están disponibles: En playa urbana: Todo el año en horarios turísticos (09h0017h00). Fines de semana de temporada alta y feriados la atención de los SSHH es de 07h00 a 19h00 y si hay actividad nocturna al menos hasta las 24h00. En playa rural: Todos los días durante temporada alta y feriados (09h00-17h00).

Visual y entrevistas a actores

Normas Técnicas para Playas Turísticas 109

Documentos de respaldo Estos documentos deben adjuntarse a la ficha y, según el requerimiento de la norma, pueden ser fotografías, análisis de agua, resumen del monitoreo permanente, brochures de actividades realizadas, recortes de periódico, etc. El Informe Anual de Actividades contendrá muchos de los documentos de respaldo que se solicitan durante el llenado de la ficha, por lo tanto es importante tenerlo a mano a la hora de la evaluación. Análisis de Agua Consiste en solicitar a un laboratorio autorizado la toma de muestras y la realización de un análisis. El análisis entregado por el laboratorio autorizado debe adjuntarse a la ficha de evaluación. A continuación algunas consideraciones para tomar en cuenta en relación a los análisis de agua. La toma de muestras de agua de mar debe realizarse en base a las siguientes consideraciones: -

Debe realizarse en el sector de mayor uso turístico, es decir en la principal zona de baño de cada playa.

-

Un muestreador de estatura promedio (1,70 m) debe ingresar hasta donde el agua le llegue a la altura de su cintura.

-

Una vez en el sitio la muestra se toma a 30 cm. por debajo de la superficie del agua utilizando para esto los recipientes y la metodología adecuada, de manera que realmente se extraiga agua a la profundidad indicada.

-

Para cada parámetro se deben utilizar los recipientes del volumen y material adecuado, procurando siempre que no estén contaminados.

Los parámetros a analizar según el tipo de agua o uso del agua están adjuntos en los anexos de la normativa (5.7).

Normas Técnicas para Playas Turísticas 110

Apreciación del turista y del evaluador Este sistema consiste en consultar al turista a través de una encuesta su percepción sobre ciertas situaciones de la playa. Igualmente el evaluador puede dar su opinión en esta metodología. Para captar la percepción del turista y del evaluador se ha diseñado un cuestionario en inglés y en español, el cual debe se llenado por 10 turistas distribuidos al azar, mayores de 18 años y de diversidad de género y nacionalidad (si hubiere). Este cuestionario, presentado en la siguiente sección, permite que el turista o evaluador pondere numéricamente ciertos aspectos de la playa, encerrando en un círculo el número que corresponde a su percepción. A continuación se presentan un ejemplo de cómo debe realizar el procesamiento de los datos, utilizando el parámetro de limpieza de la playa:

¿QUE TAN LIMPIA ESTA LA PLAYA? (HOW CLEAN IS THE BEACH?) 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Insalubre

Muy Sucia

Regular

Limpia

Muy Limpia

Unsafe

Very Dirty

Regular

Clean

Very Clean

Una vez recolectados los cuestionarios llenos, se hace un promedio de las respuestas: Turista

a

b

c

d

e

f

g

h

i

j

Resultado Promedio

Respuesta

5

7

8

6

9

9

10

6

8

9

7. 7

El cuestionario también debe ser llenado por los 2 evaluadores que están realizando la evaluación e igualmente se obtiene un promedio de sus respuestas. Evaluador

A

B

Resultado Promedio

Respuesta

7

9

8

Finalmente se hace un promedio general de ambos resultados: Promedio de Evaluadores

Promedio de Turistas

Resultado Final

8

7.7

7.85

De acuerdo a las normas, un resultado de 7.85 en el parámetro de limpieza de playa, permite la obtención de 1 estrella ( ). Nota: para playas deshabitadas, donde puede no haber 10 turistas, se utilizan los resultados de los turistas que haya y de los evaluadores.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 111

Cuestionario de percepción

Playa / Beach:_________________

Fecha / Date: _________________ Nacionalidad / Nationality:__________________

Estimado turista, Por favor, evalúe los siguientes aspectos del 1 (Mínimo – baja calificación) al 10 (Máximo- excelente calificación). Use un círculo o marque con X. Dear tourist, Please, Grade the following aspects: from 1 (Minimum- bad grade) to 10 (Maximum- excellent grade). Use a circle or mark with an X 1. ¿QUE TAN LIMPIA ESTÁ LA PLAYA? / HOW CLEAN IS THE BEACH? 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Insalubre

Muy Sucia

Regular

Limpia

Muy Limpia

Unsafe

Very Dirty

Regular

Clean

Very Clean

2. ¿QUE TAN LIMPIOS ESTÁN LOS ACCESOS A LA PLAYA, DESEMBOCADURAS DE RÍOS O ESTEROS? ARE THE ACCESSES TO THE BEACH, RIVER MOUTHS OR ESTUARIES CLEAN? 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Insalubre

Muy Sucia

Regular

Limpia

Muy Limpia

Unsafe

Very Dirty

Regular

Clean

Very Clean

3. ¿Hay presencia de algas? SI____ NO_____Si respondió SI, por favor llene el cuadro: Are there algae in the beach? YES___ NO____ If YES, please fill the following chart:

LA PRESENCIA DE ALGAS / ALGAE PRESENCE 1 2 3 4 5 6 Molestia excesiva Very unconfortable

Molesta bastante It bothers considerable

7

8

9

10

Molesta un poco

Casi no molesta

No Molesta

Bothers a little

Barely bothers

Don´t bother

4. ¿HAY MAL OLOR EN LA PLAYA? / ARE THERE BAD SMELLS ON THE BEACH? 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Huele Mal

Huele un poco

Huele muy poco

NO hay malos olores

Smells bad

Smells a little

Smells very little

NO bad smells

5. ¿RUIDO EN LA PLAYA? / NOISE ON THE BEACH? 1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Mucho ruido, molestia alta

Hay ruido

Un poco de ruido

NO hay ruido molesto

Very Noisy, bothers a lot

There is Noise

Little bit of Noise

There is NO Noise

Normas Técnicas para Playas Turísticas 112

Evaluación de desechos 1 - El muestreo se realiza en la longitud y ancho total de la playa a evaluar. Se recorre la playa delimitando cuadrantes de 5 x 5 m (25 m2) cada 200 m lineales.

Los cuadrantes deben estar distribuidos a lo ancho de la playa (en zig zag).

2- Se cuentan todos los desechos presentes en cada cuadrante (incluyendo desechos riesgosos, fecales y sanitarios, de los cuales debe anotarse aparte la cantidad encontrada en cada cuadrante para evaluarla posteriormente). 3- Se suman los desechos contados en todos los cuadrantes, esa cantidad se divide por el número de cuadrantes, obteniendo el promedio de desechos en 25 m2. Mínimo a evaluar en una playa: 3 cuadrantes. Máximo: 10 cuadrantes. Esto implica que si la longitud de una playa es menor a 600 m, la distancia entre cada cuadrante (200 m) debe reducirse proporcionalmente y si la playa es mayor a 2000 m, la distancia debe ampliarse proporcionalmente.

4- Para evaluar la cantidad de desechos riesgosos, sanitarios y fecales, se suman los desechos de este tipo que fueron encontrados dentro de los cuadrantes y se obtiene un promedio. Ejemplo: Escenario Playa X

1000 m

1ero 0

Cuadrantes 2do 3ero 4to 1 0 2

5to 0

Total

Promedio

3

0.6

Normas Técnicas para Playas Turísticas 113

Ficha de Evaluación de Playas

Documento digital: ver archivo de Excel adjunto “Ficha de Evaluación NTTS”

Normas Técnicas para Playas Turísticas 114

5.6 Cronología hacia una certificación Una vez aprobado el Formulario 1, el CLGP conformado completa el Formulario 2 con la ayuda de la mayor cantidad de representantes de la comunidad local e inicia el monitoreo semanal del Formulario 3. Durante la revisión del Formulario 2 el CTE determinará los parámetros referenciales respectivos para la playa candidata, tales como: • • • • • • •

Densidad de salvavidas necesaria; Cantidad de torres salvavidas necesarias; Aprobación de la CCT; En el caso de playas deshabitadas, la necesidad o no de salvavidas y banderas de advertencia, así como de medidas de seguridad; Periodos y temporadas de alto y bajo flujo turístico de la playa candidata. Cantidad de servicios higiénicos en base a la CCT. y más.

Luego de aprobado el Formulario 2 el CLGP deberá iniciar las gestiones tendientes a lograr una certificación y paralelamente deberá ir preparando el Informe de Actividades acorde con lo detallado en el Instructivo del Informe Anual de Actividades. Deberá mantener el monitoreo semanal conforme el Formulario 3 y enviar mensualmente las fichas llenadas al CTE. Luego de al menos 10 meses de iniciado el monitoreo y de haber realizado las gestiones necesarias para lograr una certificación , o , el CLGP debe presentar el Informe Anual de Actividades. Una vez recibido este Informe de Actividades, el CTE procederá a realizar la evaluación de la playa candidata, después de la cual definirá si la playa, en base al cumplimiento o no de las normas, obtiene algún tipo de certificación ( , o ). Independientemente del resultado, si la playa desea continuar en el programa, el CLGP debe ratificarlo al CTE y continuar con los procesos necesarios para obtener o aumentar su nivel de certificación. Diagrama de pasos hacia la máxima certificación A continuación se presenta un diagrama de los pasos hacia la máxima certificación. Con este diagrama se busca evidenciar el progreso paulatino a través de 4 pasos: el primero con el objetivo de inscribir una playa e ingresar al proceso de certificación y los 3 siguientes con el fin de lograr las certificaciones , y . A simple vista, fijándose en la cantidad de “ ”, “ ” y “X” el lector puede apreciar como aumenta el nivel de las exigencias. En el Paso 1 hay “X” sólo en el eje 0. En el Paso 2 aparecen “X” y además “ ” y “ ”, lo que significa que hay normas que deben cumplirse pero no al máximo grado de exigencia. En el Paso 3 aumentan las “X” y disminuyen los “ ” y los “ ”, mientras que en el Paso 4 sólo aparecen “X”.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 115

DIAGRAMA DE LOS "PASOS" HACIA LA MÁXIMA CERTIFICACIÓN Recurso hídrico Eje Numeral

Paso 1

# normas

0 0 1

2

Desechos varios

1 3

Urbana

X X X

Rural

X X X

Deshabitada

X X X

4 1 2

Seguridad

2

1

2

3

4 5 1 2

3 3

1

3 5 6

4 2

1

2

3

4 5 6 7 8

Servicios

9 10

1

1

7 1 2

3

8 4 5 6 1 2

3

9 4

1

10

2

3 1 2

11 3

1

2

12

4 14

13

3 1 2 1 2

3 1 2

3

Infraestructura 6 18

Comercio 5 15

4 5

1

17

16 1 2

3

4 5 1 2

3

4 5 6 7 1

Conservación RRNN

7 19

2 3 4 5 6 1

2

3

4

Comunicación e Información 8 20 21

5 1 2 3 4 1 2 3 4

Descripción Cumplimiento de las normas relacionadas a organización y levantamiento de información, con el fin de inscribir a la playa candidata.

Paso 3

Paso 2

Logro Paso 1 Ingreso al programa de certificación Urbana

X X X X

X X X

X

X X X X

X

X

X X

X

X X

X X X X X

X X

X

X

X

X X X

X X X X X X X X

X

X

X

X

X

Rural

X X X X

X X X

X

X

X

X

X X

X

X X

X X X X X

X X

X X X

X

X X X

X X X X X X X X

X

X

X

X

X

Deshabitada

X X X X

X X X X

X

X

X X X

X X X

X X

X X X X

X X

X

X X X X X X X

X

X

Lo detallado en el Paso 1 más el cumplimiento de las normas relacionadas principalmente con autogestión y organización local. Se deja de lado la evaluación del agua, pero se incluye lo relacionado a la autogestión para mantener la calidad de la misma. Se prioriza el manejo de desechos sólidos. Logro Paso 2 Certificación Descripción

Urbana

X X X X

X X X X X

X

X X X X

X

X

X X X X X X X

X X

X X X X X

X X X X X X X X X X X X

X X X

X X X X X X X X X X X

X X X

X

X

X

X

Rural

X X X X

X X X X X

X

X

X

X

X X X X X X X

X X

X X X X X

X X

X X X

X X X X X X X X X X X

X X X

X

X

X

X

Deshabitada

X X X X

X X X X X X

X X X

X

X

X

X

Descripción

X X

X X X X

X

X X

X

X X X X X

X

X X X X X

X X X X X X X X X X X

Lo detallado en el paso 2 y además mejoras importantes, muchas relacionadas con inversiones de infraestructura y servicios. Las playas que alcanzaran este paso (y este nivel) ya estarían a la altura de certificaciones internacionalmente reconocidas a nivel mundial.

Paso 4

Logro Paso 3 Certificación Urbana

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X

X X X X X X X X X X X X X X X

X X X X X X X X X X X X X X X

Rural

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X

X X X X X X X X X X X X X X X

X X X X X X X X X X X X X X X

Deshabitada

X X X X X X X X X X X X X

X

X

X

X X X X X

X X X X X X X X X

X X

X X

X X X X

X

X

X

X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X

Lo detallado en el paso 3 y además el cumplimento de nuevas normas, o el aumento del grado del cumplimiento en otras que ya se involucraron en el paso anterior, pero principalmente relacionadas a la ecoeficiencia. Logro Paso 4 Certificación Descripción

Grado mínimo de cumplimiento

Grado medio de cumplimiento

X

Grado máximo de cumplimiento

Normas Técnicas para Playas Turísticas 116

5. 7 Anexos de la normativa A continuación se adjuntan los anexos mencionados en los requisitos técnicos: Recurso Hídrico Criterios de calidad para agua con fines recreativos Criterios de calidad para agua con fines recreativos mediante contacto secundario Agua para consumo humano: Límites máximos permisibles para aguas de consumo humano y doméstico Ley Orgánica de Salud Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental Límites de descarga a un cuerpo de agua marina Factores indicativos de contaminación Aguas para la preservación de Flora y Fauna: Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas y en aguas marinas y de estuario. Manejo de Desechos Ley Orgánica de Salud Ley Orgánica de Régimen Municipal: recolección de desechos Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos no Peligrosos Seguridad, Servicios, Comercio y Comunicación e Información Por Analogía: Reglamento de Piscinas Código de Policía Marítima Leyes y reglamentos discapacitados

relacionados

a

la

no

discriminación

Niveles máximos de ruido permisibles según uso del suelo Banderas de advertencia en la playa Flora y Fauna Lista de especies en veda y protegidas en Ecuador Lista de especies amenazadas o en peligro de extinción en el Ecuador

de

Normas Técnicas para Playas Turísticas 117

Recurso Hídrico

Criterios de calidad para agua con fines recreativos Se entiende por uso del agua para fines recreativos, la utilización en la que existe: a) Contacto primario, como en la natación y el buceo, incluidos los baños medicinales y b) Contacto secundario como en los deportes náuticos y pesca. Criterios de calidad para agua con fines recreativos - contacto primario Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Coliformes fecales

nmp por cada 100 ml

200

Coliformes totales

nmp por cada 100 ml

1 000

Compuestos fenólicos

Expresado como fenol

Oxígeno disuelto

O.D.

Materia flotante

Visible

Potencial de hidrógeno

Organoclorados (totales) Residuos de petróleo Tensoactivos Grasas y aceites

0,002

mg/l

No menor al 80% de concentración de saturación y no menor a 6 mg/l Ausencia

pH

Metales y sustancias tóxicas Organofosforados y carbamatos (totales)

mg/l

6,5 – 8,5 mg/l

0

Concentración de organofosforados y carbamatos totales.

mg/l

0,1 (para cada compuesto detectado)

Concentración de organoclorados totales.

mg/l

0,2 (para cada compuesto detectado)

Visibles

Ausencia

Sustancias activas al azul de metileno.

mg/l

0,5

Sustancias solubles en hexano

mg/l

0,3

Transparencia del agua medida con el disco secchi

Mínimo 2,0 m.

Relación Hidrógeno: Fósforo orgánico

15:01

Parámetro adicional Enterococos Intestinales (S. faecalis y sus variedades y S. faecium)

nmp por cada 100 ml

500

Fuente: Tabla 9 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 118

Criterios de calidad de aguas para fines recreativos - contacto secundario Parámetros

Expresado como

Coliformes totales

nmp/100 ml

Coliformes fecales

nmp/100 ml

Compuestos fenólicos

4 000 1 000 mg/l

0,002

O.D.

mg/l

No menor al 80% de Concentración de saturación

pH

6,5 – 8,5

Potencial de hidrógeno Metales y otras •sustancias tóxicas

Organoclorados (totales)

Valor máximo permisible

Expresado como fenol

Oxigeno disuelto

Organofosforados y carbamatos (totales)

Unidad

mg/l

Cero

Concentración de organofosforados y carbamatos totales

mg/l

0,1

Concentración de organoclorados totales

mg/l

0,2

Residuos de petróleo

Ausencia Sustancias activas al azul de metileno

mg/l

0,5

Grasas y aceites

Sustancias solubles en hexano

mg/l

0,3

Sólidos flotantes

visible

Tensoactivos

Relación hidrógeno, fósforo orgánico

Ausencia 15:1

• Sustancias Tóxicas, aquellas establecidas en el Listado de Desechos Peligrosos y Normas Técnicas aprobadas por la Autoridad Competente en el Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación para Desechos Peligrosos.

Fuente: Tabla 10 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Agua para consumo humano Se entiende por agua para consumo humano y uso doméstico aquella que se emplea en actividades como: a) Bebida y preparación de alimentos para consumo, b) Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios, c) Fabricación o procesamiento de alimentos en general. Límites máximos permisibles para aguas de consumo humano y uso doméstico, que únicamente requieren tratamiento convencional: Fuente: Tabla 1 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 119 Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Sustancias solubles en hexano

mg/l

0.3

Zinc

Aluminio

Al

mg/l

0.2

*Productos para la desinfección

Amoniaco

N-Amoniacal

mg/l

1.0

Hidrocarburos Aromáticos

Aceites y Grasas

Amonio

Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo

Zn

mg/l

5.0

mg/l

0.1

NH4

mg/l

0.05

Benceno 10,0

µg/l

10.0

Arsénico (total)

As

mg/l

0.05

Benzo(a) pireno

µg/l

0.01

Bario

Ba

mg/l

1.0

Etilbenceno

µg/l

700

Cadmio

Cd

mg/l

0.01

Estireno

µg/l

100

Cianuro (total)

CN

mg/l

0.1

Tolueno

µg/l

1 000

Cloruro

Cl

mg/l

250

Xilenos (totales)

Cobre

Cu

mg/l

1.0

Pesticidas y herbicidas

Coliformes Totales

nmp/100 ml

3 000

Coliformes Fecales

nmp/100 ml

600

Organoclorados totales

unidades de color

100

Organofosforados totales

Color

color real

Carbamatos totales

C6H6

µg/l

10 000

Concentración de carbamatos totales

mg/l

0.1

Concentración organoclorados

mg/l

0.01

Concentración de organofosforados totales

mg/l

0.1

Compuestos fenólicos

Fenol

mg/l

0.002

Dibromocloropropano (DBCP)

Concentración total de DBCP

Cromo hexavalente

Cr+6

mg/l

0.05

Dibromoetileno (DBE)

Concentración total de DBE

µg/l

0.05

Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días)

DBO5

mg/l

2.0

Dicloropropano (1,2)

Concentración total de dicloropropano

µg/l

5

Dureza

CaCO3

mg/l

500

Diquat

µg/l

70

Bifenilo policlorados/PCBs

µg/l

0.2

Concentración de PCBs totales

µg/l

0.0005

Glifosato

µg/l

200

Fluoruro (total)

F

mg/l

1.5

Toxafeno

µg/l

5

Hierro (total)

Fe

mg/l

1.0

Compuestos Halogenados

Manganeso (total)

Mn

mg/l

Materia flotante Mercurio (total)

0.1 Ausencia

Tetracloruro de carbono

µg/l

3

Dicloroetano (1,2-)

µg/l

10 0.3

Hg

mg/l

0.001

Dicloroetileno (1,1-)

µg/l

Nitrato

N-Nitrato

mg/l

10.0

Dicloroetileno (1,2-cis)

µg/l

70

Nitrito

N-Nitrito

mg/l

1.0

Dicloroetileno (1,2-trans)

µg/l

100

Diclorometano

µg/l

50

Tetracloroetileno

µg/l

10 200

Olor y sabor Oxígeno disuelto

Es permitido olor y sabor removible por tratamiento convencional O.D.

mg/l

No menor al 80% del oxígeno de saturación y no menor a 6mg/l

Plata (total)

Ag

mg/l

0.05

Tricloroetano (1,1,1-)

µg/l

Plomo (total)

Pb

mg/l

0.05

Tricloroetileno

µg/l

30

Potencial de hidrógeno

pH

6-9

Clorobenceno

µg/l

100 200

Selenio (total)

Se

mg/l

0.01

Diclorobenceno (1,2-)

µg/l

Sodio

Na

mg/l

200

Diclorobenceno (1,4-)

µg/l

5

mg/l

1 000

Hexaclorobenceno

µg/l

0.01

Sólidos disueltos totales Sulfatos

SO4

Temperatura Tensoactivos Turbiedad

Sustancias activas al azul de metileno

mg/l

400

Bromoximil

µg/l

5

°C

Condición Natural + o – 3 grados

Diclorometano

µg/l

50

mg/l

0.5

Tribrometano

µg/l

2

UTN

100

Nota: Productos para la desinfección: Cloroformo, Bromodiclorometano, Dibromoclorometano y Bromoformo.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 120

Límites máximos permisibles para aguas de consumo humano y uso doméstico que únicamente requieran desinfección Parámetros

Expresado como

Unidad

Límite máximo permisible

Sustancias solubles en hexano

mg/l

0,3

Al

mg/l

0,1

N-Amoniacal

mg/l

1,0

Arsénico (total)

As

mg/l

0,01

Bario

Ba

mg/l

1,0

Berilio

Be

mg/l

0,1

Boro (total)

B

mg/l

0,75

Cadmio

Cd

mg/l

0,001

Cianuro (total)

CN

mg/l

0,01

Cobalto

Co

mg/l

0,2

Cobre

Cu

mg/l

1,0

Color

color real

unidades de color

Aceites y Grasas Aluminio total Amoniaco

Coliformes Totales

nmp/100 ml

20 50*

Cloruros Cl- mg/l 250

Cl

mg/l

250,000

Compuestos fenólicos

Expresado como fenol

mg/l

0,002

Cr+6

mg/l

0,05

Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días)

DBO5

mg/l

2

Dureza

CaCO3

mg/l

500

Estaño

Sn

mg/l

2,0

Fluoruros

F

mg/l

Menor a 1,4

Hierro (total)

Fe

mg/l

0,3

Litio

Li

mg/l

2,5

Manganeso (total)

Mn

mg/l

0,1

mg/l

Ausencia

Cromo hexavalente

Materia Flotante Mercurio (total)

Hg

mg/l

0,001

Níquel

Ni

mg/l

0,025

Nitrato

N-Nitrato

mg/l

10,0

Nitrito

N-Nitrito

mg/l

Olor y sabor Oxígeno disuelto

1,0 Ausencia

O.D

mg/l

No menor al 80% del oxígeno de saturación y no menor a 6 mg/l

Plata (total)

Ag

mg/l

0,05

Plomo (total)

Pb

mg/l

0,05

Potencial de Hidrógeno

pH

Selenio (total)

Se

mg/l

0,01

Sodio Sulfatos

Na

mg/l

200

SO4

mg/l

250

Sólidos disueltos totales Temperatura Tensoactivos

6-9

Sustancias activas al azul de metileno

Turbiedad Uranio Total

mg/l

500

°C

Condición Natural + o – 3 grados

mg/l

0,5

UTN

10,0

mg/l

0,02

Vanadio

V

mg/l

0,1

Zinc

Zn

mg/l

5,0

C6H6

mg/l

0,01

mg/l

0,00001

Concentración de organoclorados totales

mg/l

0,01

Concentración de organofosforados y carbamatos totales.

mg/l

0,1

µg/l

0,01

Tetracloruro de carbono

mg/l

0,003

Dicloroetano (1,2-)

mg/l

0,01

Tricloroetano (1,1,1-)

mg/l

0,3

Hidrocarburos Aromáticos Benceno Benzo-a- pireno Pesticidas y Herbicidas Organoclorados totales Organofosforados y carbamatos Toxafeno Compuestos Halogenados

Nota: *Cuando se observe que más del 40% de las bacterias coliformes representadas por el Índice NMP, pertenecen al grupo coliforme fecal, se aplicará tratamiento convencional al agua a emplearse para el consumo humano y doméstico.

Fuente: Tabla 2 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 121

Ley Orgánica de Salud: Calidad Agua LIBRO SEGUNDO Salud y seguridad ambiental Disposición común Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva. TITULO ÚNICO CAPITULO I Del agua para consumo humano Art. 96.- Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano. Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano. Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las frentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano. A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud humana.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental CAPITULO VI: De la Prevención y Control de la Contaminación de las Aguas Art. 16.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna y a las propiedades. Art. 17.- El Instituto Ecuatoriano de Recursos Hidráulicos (INERHI), en coordinación con los Ministerios de Salud y Defensa, según el caso, elaborarán los proyectos de Normas Técnicas y de las regulaciones para autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la claridad de agua que deba tener el cuerpo receptor. Art. 18.- El Ministerio de Salud fijará el grado de tratamiento que deban tener los residuos líquidos a descargar en el cuerpo receptor, cualquiera sea su origen.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 122

Límites de descarga a un cuerpo de agua marina Parámetros

Expresado como

Unidad mg/l

0,3

As

mg/l

0,5

mg/l

No detectable

Aceites y Grasas Arsénico total Alkil mercurio

Límite máximo permisible

Aluminio

Al

mg/l

5,0

Bario Cadmio

Ba Cd

mg/l mg/l

5,0 0,2

Cianuro total

CN

mg/l

0,2

Cobre

Cu

mg/l

1,0

Co

mg/l

Cobalto Coliformes Fecales Color real Cromo hexavalente Compuestos fenólicos Demanda Bioquímica de Oxígeno (5 días) Demanda Química de Oxígeno

nmp/100 ml

0,5 9Remoción > al 99,9 %

Color real

unidades de color

* Inapreciable en dilución: 1/20

Cr+6

mg/l

0,05

Expresado como fenol

mg/l

0,2

D.B.O5.

mg/l

100

D.Q.O.

mg/l

250

Fósforo Total

P

mg/l

10

Fluoruros F mg/l 5,0

F

mg/l

5,0

Hidrocarburos Totales de Petróleo.

TPH

mg/l

20,0

Visibles Hg

mg/l mg/l

Ausencia 0,01

Níquel

Ni

mg/l

2,0

Nitrógeno Total kjedahl

N

mg/l

40

Ag

mg/l mg/l

0,1

Materia flotante Mercurio total

Plata Plomo Pb mg/l 0,5 Potencial de hidrógeno

pH

Selenio Se mg/l 0,2

Se

mg/l

0,2

mg/l

100

S

mg/l

0,5

Concentración de organoclorados totales

mg/l

0,05

Concentración de organofosforados totales

mg/l

0,1

Concentración de carbamatos totales

mg/l

0,25

Sólidos Suspendidos Totales Sulfuros S mg/l 0,5 Organoclorados totales Organofosforados totales Carbamatos totales

6-9

Temperatura

oC

Tensoactivos

Sustancias activas al azul de metileno

< 35 mg/l

0,5

Zinc Zn mg/l 10 La apreciación del color se estima sobre 10 cm de muestra diluida. Aquellos regulados con descargas de coliformes fecales menores a 3 000 quedan exentos de tratamiento

Normas Técnicas para Playas Turísticas 123

Fuente: Tabla 13 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Factores indicativos de contaminación Factor de contaminación (Concentración presente/ valor de fondo)

Grado de perturbación

Denominación

< 1,5

0

Cero o perturbación insignificante

1,5 – 3,0

1

Perturbación evidente

3,0 – 10,0

2

Perturbación severa

> 10,0

3

Perturbación muy severa

Fuente: Tabla 14 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana. Si la concentración presente es menor a tres veces que el valor de fondo, la Entidad Ambiental de Control dará atención mediata a esta situación y deberá obligar al regulado a que la concentración presente sea menor o igual a 1,5 que el valor de fondo.

Aguas para la preservación de la flora y fauna De acuerdo al Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana: 4.1.2.1 Se entiende por uso del agua para preservación de flora y fauna, su empleo en actividades destinadas a mantener la vida natural de los ecosistemas asociados, sin causar alteraciones en ellos, o para actividades que permitan la reproducción, supervivencia, crecimiento, extracción y aprovechamiento de especies bioacuáticas en cualquiera de sus formas, tal como en los casos de pesca y acuacultura.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 124

Criterios de calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario Parámetros

Expresados como

Clorofenoles

Unidad mg/l

Límite máximo permisible Agua marina y de Agua fría dulce Agua cálida dulce estuario 0,5 0,5 0,5

Bifenilos policlorados/PCBs

Concentración total de PCBs

mg/l

0,001

0,001

0,001

Oxígeno Disuelto

O.D.

mg/l

No menor al 80% y no menor a 6 mg/l

No menor al 60% y no menor a 5 mg/l

No menor al 60% y no menor a 5 mg/l

6, 5-9

6, 5-9

6, 5-9, 5

Potencial de hidrógeno Sulfuro de hidrógeno ionizado Amoniaco

pH H2S

mg/l

0,0002

0,0002

0,0002 0,4

NH3

mg/l

0,02

0,02

Aluminio

Al

mg/l

0,1

0,1

1,5

Arsénico

As

mg/l

0,05

0,05

0,05

Bario

Ba

mg/l

1

1

1

Berilio

Be

mg/l

0,1

0,1

1,5

Boro

B

mg/l

0,75

0,75

5

Cadmio

Cd

mg/l

0,001

0,001

0,005

Cianuro Libre

CN Zn

mg/l

0,01

0,01

0,01

mg/l

0,18

0,18

0,17

Cloro residual

Cl

mg/l

0,01

0,01

0,01

Estaño

Sn

mg/l

Cobalto

Co

mg/l

0,2

0,2

0,2

Zinc

-

2

Plomo

Pb

mg/l

Cobre

Cu

mg/l

0,02

0,02

0,05

Cr Expresado como fenoles Sustancias solubles en hexano

mg/l

0,05

0,05

0,05

mg/l

0,001

0,001

0,001

mg/l

0,3

0,3

0,3

Cromo total Fenoles monohídricos Grasas y aceites Hierro

0,01

Fe

mg/l

0,3

0,3

0,3

Hidrocarburos Totales de Petróleo

TPH

mg/l

0,5

0,5

0,5

Hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs)

Concentración total de HAPs

mg/l

0,0003

0,0003

0,0003

Mn

mg/l

Manganeso Materia flotante

visible

0,1

0,1

0,1

Ausencia

Ausencia

Ausencia

Mercurio

Hg

mg/l

0,0002

0,0002

0,0001

Níquel

Ni

mg/l

0,025

0,025

0,1

Plaguicidas organoclorados totales

Concentración de organoclorados totales

µg/l

10

10

10

Plaguicidas organofosforados totales

Concentración de organofosforados totales

µg/l

10

10

10

Piretroides

Concentración de piretroides totales

mg/l

0,05

0,05

0,05

Plata

Ag

mg/l

0,01

0,01

0,005

Selenio

Se

mg/l

0,01

0,01

0,01

Tensoactivos

Sustancias activas al azul de metileno

mg/l

0,5

0,5

0,5

Temperatura

°C

Coliformes Fecales

nmp/100 ml

Condiciones

Condiciones

Condiciones

naturales + 3 Máxima 20 200

naturales + 3 Máxima 32 200

naturales + 3 Máxima 32 200

Fuente: Tabla 3 del Anexo 1 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 125

Manejo de desechos

Ley Orgánica de Salud: LIBRO SEGUNDO-Salud y seguridad ambiental CAPITULO II De los desechos comunes, infecciosos, especiales y de las radiaciones ionizantes y no ionizantes Art. 97.- La autoridad sanitaria nacional dictará las normas para el manejo de todo tipo de desechos y residuos que afecten la salud humana; normas que serán de cumplimiento obligatorio para las personas naturales y jurídicas. Art. 98.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con las entidades públicas o privadas, promoverá programas y campañas de información y educación para el manejo de desechos y residuos. Art. 99.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con los municipios del país, emitirá los reglamentos, normas y procedimientos técnicos de cumplimiento obligatorio para el manejo adecuado de los desechos infecciosos que generen los establecimientos de servicios de salud, públicos o privados, ambulatorio o de internación, veterinaria y estética. Art. 100.- La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos es responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las normas de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional. El Estado entregará los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. Art. 101.- Las viviendas, establecimientos educativos, de salud y edificaciones en general, deben contar con sistemas sanitarios adecuados de disposición de excretas y evacuación de aguas servidas. Los establecimientos educativos, públicos y privados, tendrán el número de baterías sanitarias que se disponga en la respectiva norma reglamentaria. El Estado entregará a los establecimientos públicos los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. Art. 102.- Es responsabilidad del Estado, a través de los municipios del país y en coordinación con las respectivas instituciones públicas, dotar a la población de sistemas de alcantarillado sanitario, pluvial y otros de disposición de excretas y aguas servidas que no afecten a la salud individual, colectiva y al ambiente; así como de sistemas de tratamiento de aguas servidas. Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamento correspondiente, en ríos, mares, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias. Los desechos infecciosos, especiales, tóxicos y peligrosos para la salud, deben ser tratados técnicamente previo a su eliminación y el depósito final se realizará en los sitios especiales establecidos para el efecto por los municipios del país. Para la eliminación de desechos domésticos se cumplirán las disposiciones establecidas para el efecto. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir estas disposiciones. Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 126

Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes. Art. 106.- Los terrenos por donde pasen o deban pasar redes de alcantarillado, acueductos o tuberías, se constituirán obligatoriamente en predios sirvientes, de acuerdo a lo establecido por la ley. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición. Art. 107.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con otros organismos competentes, dictará las normas para el manejo, transporte, tratamiento y disposición final de los desechos especiales. Los desechos radioactivos serán tratados de acuerdo con las normas dictadas por el organismo competente en la materia o aceptadas mediante convenios internacionales. Art. 108.- Corresponde a la autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica y más organismos competentes, vigilar el cumplimiento de las normas establecidas en materia de radiaciones ionizantes y no ionizantes. Art. 109.- Ninguna persona será sometida o expuesta a radiaciones ionizantes y no ionizantes más allá de las dosis o límites permisibles, conforme a las normas pertinentes. Los equipos diagnósticos y terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes y no ionizantes se instalarán en edificaciones técnicamente apropiadas y que cumplan con requisitos sanitarios y de seguridad, establecidos por la autoridad sanitaria nacional y la Comisión Ecuatoriana de Energía Atómica; estarán sujetos a mantenimientos rigurosos y periódicos, debiendo contar con los certificados de control de calidad. Art. 110.- Los importadores de artículos y dispositivos electrónicos que emiten radiaciones no ionizantes, deberán asegurarse que los mismos cumplan con las normas sanitarias vigentes, no estén prohibidos en su país de origen o en otros países; y, lleven la rotulación de precauciones e indicaciones claras sobre su uso. CAPITULO III Calidad del aire y de la contaminación acústica Art. 111.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con la autoridad ambiental nacional y otros organismos competentes, dictará las normas técnicas para prevenir y controlar todo tipo de emanaciones que afecten a los sistemas respiratorio, auditivo y visual. Todas las personas naturales y jurídicas deberán cumplir en forma obligatoria dichas normas. Art. 112.- Los municipios desarrollarán programas y actividades de monitoreo de la calidad del aire, para prevenir su contaminación por emisiones provenientes de fuentes fijas, móviles y de fenómenos naturales. Los resultados del monitoreo serán reportados periódicamente a las autoridades competentes a fin de implementar sistemas de información y prevención dirigidos a la comunidad. Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 127

Ley Orgánica de Régimen Municipal: recolección de desechos Parágrafo 3o. Servicios Públicos Art. 148.- En materia de servicios públicos a la administración municipal le compete: c) Proveer de agua potable y alcantarillado a las poblaciones del cantón, reglamentar su uso y disponer lo necesario para asegurar el abastecimiento y la distribución de agua de calidad adecuada y en cantidad suficiente para el consumo público y el de los particulares; g) Establecer los demás servicios públicos locales a cargo de la municipalidad y en especial los de aseo público, recolección y tratamiento de basuras, residuos y desperdicios, mataderos, plazas de mercado, cementerios, servicios funerarios, y organizar el servicio contra incendios donde no estuviere a cargo de instituciones especializadas. Parágrafo 4o. Higiene y Asistencia Social Art. 149.- En materia de higiene y asistencia social, la administración municipal coordinará su acción con la autoridad de salud, de acuerdo con lo dispuesto en el Título XIV del Código de la materia; y, al efecto, le compete: a) Cuidar de la higiene y salubridad del cantón; b) Reglamentar todo lo relativo al manipuleo de alimentos, inspección de mercados, almacenes, mataderos, carnicerías, panaderías, bares, restaurantes, hoteles, pensiones y, en general, los locales donde se fabriquen, guarden o expendan comestibles o bebidas de cualquier naturaleza y velar porque en ellos se cumplan los preceptos sanitarios; c) Vigilar desde el punto de vista de la higiene que los acueductos, alcantarillas, piscinas, baños públicos, servicios higiénicos, depósitos de basura, solares no edificados, canales, pozos, bebederos y toda otra instalación sanitaria reúnan los requisitos señalados por las disposiciones sanitarias de la autoridad de salud; d) Controlar que todos los edificios públicos y privados, los sitios destinados a espectáculos públicos; y, en general los lugares de reunión o de convivencia reúnan y mantengan constantemente condiciones higiénicas; e) Inspeccionar todos los establecimientos públicos y tomar las medidas necesarias para que en ellos se cumplan las exigencias de la higiene; f) Instalar servicios higiénicos, baños, piscinas y lavanderías para uso público; i) Determinar las condiciones en que se han de mantener los animales domésticos e impedir su vagancia en las calles y demás lugares públicos; j) Velar por el fiel cumplimiento de las normas legales sobre saneamiento ambiental y especialmente de las que tienen relación con ruidos, olores desagradables, humo, gases tóxicos, polvo atmosférico, emanaciones y demás factores que pueden afectar la salud y bienestar de la población;

Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos no Peligrosos Anexo 6: Texto Unificado de Legislación Ambiental Libro VI: De la calidad Ambiental (R. O. Supl. 31 de marzo de 2.003): Por Analogía: 4.1.2. Los vendedores ambulantes o asociaciones que los agrupan deberán mantener limpia la vía pública que ocupen para realizar sus actividades y tener su propio sistema de almacenamiento de desechos sólidos, el cual debe ser aprobado por la entidad de aseo, así como la coordinación de su recolección.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 128

Seguridad, Servicios, Comercio y Comunicación e Información

Por Analogía: Reglamento de Piscinas: R. O. 25 de enero de 1.975, Art. 33: Obligación de tener Botiquín de Primeros Auxilios y Salvavidas. Art. 33.- Es de responsabilidad de los administradores de las piscinas, realizar las actividades necesarias para prevenir los riesgos o disminuir los daños una vez presentados; y, para lo cual deberán disponer y controlar que se cumpla con lo siguiente: a) Mantener en estado permanente de limpieza y aseo las piscinas y sus instalaciones. b) Supervisar permanentemente al personal encargado del mantenimiento de la piscina y sus instalaciones y del control de calidad y renovación del agua tanto en el abastecimiento como en la piscina. c) Adiestrar al personal en aspectos relacionados con detección de procesos infecciosos de la piel y órganos de los sentidos. d) Adiestrar al salvavidas en aspecto de salvamento, rescate de ahogados y prestación de primeros auxilios. La persona que realice funciones de salvavidas, deberá estar debidamente registrado en la Jefatura Provincial de Salud. e) Mantener actualizado el botiquín, equipo e instrumental de primeros auxilios, de acuerdo con la norma. f) Vigilar que se encuentre accesible y en condiciones de uso, el equipo de salvamento establecido en la norma. g) Controlar que el personal encargado de la prevención de riesgos permanezca durante el horario de funcionamiento. h) Vigilar que todos los avisos e instructivos para el público, estén visibles y correctamente colocados.

Código de Policía Marítima Art. 95.- Los establecimientos particulares situados a orillas del mar, ríos o esteros, que tengan servicios de baño para el público, tendrán durante las horas de tales servicios, además de las cuerdas y otros materiales tendidos en los lugares adecuados, por lo menos, un bote con boyas o salvavidas, lista para prestar auxilio a los bañistas. El capitán de puerto sancionará el incumplimiento de esta disposición, según el Art. 370. Art. 96.- Es prohibido entrar con vehículos o bañar animales en las playas y zonas de bahía destinados para balnearios, sean estos públicos o particulares. El capitán de puerto fijará los límites de tal prohibición.

Leyes y reglamentos relacionados a la no discriminación de discapacitados Convención para la Eliminación de la Discriminación de los Discapacitados, Art. 3 c) y d). Art. 3.- Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se comprometen a: c) Medidas para eliminar, en la medida de lo posible, los obstáculos arquitectónicos, de transporte y comunicaciones que existan, con la finalidad de facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad; y,

Normas Técnicas para Playas Turísticas 129

d) Medidas para asegurar que las personas encargadas de aplicar la presente convención y la legislación interna sobre esta materia, estén capacitados para hacerlo. Ley sobre las Discapacidades: Art. 19 a) Art. 19.- Sin perjuicio de los derechos establecidos en la Constitución, en las leyes y en convenios internacionales, el Estado reconocerá y garantizará a las personas con discapacidad los siguientes: a) Accesibilidad.- Se garantiza a las personas con discapacidad la accesibilidad y utilización de bienes y servicios de la sociedad, evitando y suprimiendo barreras que impidan o dificulten su normal desenvolvimiento e integración social. En toda obra pública que se destine a actividades que supongan el acceso de público, deberán preverse accesos, medios de circulación, información e instalaciones adecuadas para personas con discapacidad. La misma previsión deberá efectuarse en los edificios destinados a empresas privadas de servicio público, en los que exhiban espectáculos públicos y en las unidades sociales y recreativas para uso comunitario, que en adelante se construyan, reformen o modifiquen. Los municipios, con asesoría del Consejo Nacional de Discapacidades y el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN), dictarán las ordenanzas respectivas que permitan el cumplimiento de este derecho; las que establecerán sanciones y multas por la inobservancia de estas normas. Adicionalmente, los municipios establecerán un porcentaje en sus presupuestos anuales para eliminar las barreras existentes; Reglamento a la Ley General sobre las Discapacidades: Art. 10 Art. 10.- MINISTERIO DE TURISMO: Le corresponde: 1. Establecer disposiciones para que los lugares de interés turístico y hoteles, hosterías, residenciales, restaurantes y sitios de recreación, observen las normativas para la accesibilidad de las personas con discapacidad al medio físico, transporte e información. 2. Promover el turismo para personas con discapacidad nacionales y extranjeros en condiciones preferenciales. 3. Deben capacitar a su personal y garantizarán la capacitación de todos los operadores turísticos y personal de las instalaciones, el manejo y atención de las personas con discapacidad. 4. Obligatoriamente deberá publicar informativos de todos los lugares que son accesibles para las personas con discapacidad.

Banderas de advertencia en la playa * Documento digital: ver archivo de PDF adjunto “Banderas de advertencia en la playa”

Normas Técnicas para Playas Turísticas 130

Niveles máximos de ruido permisibles según uso del suelo

TIPO DE ZONA SEGÚN USO DE SUELO

NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)] DE 06H00 A 20H00

DE 20H00 A 06H00

Zona hospitalaria y educativa

45

35

Zona Residencial

50

40

Zona Residencial mixta

55

45

Zona Comercial

60

50

Zona Comercial mixta

65

55

Zona Industrial

70

65

Fuente: Tabla 1 del Anexo 5 del Libro VI de la Legislación Ambiental Ecuatoriana. Zona Hospitalaria y Educativa.- Son aquellas en que los seres humanos requieren de particulares condiciones de serenidad y tranquilidad, a cualquier hora en un día. Zona Residencial.- Aquella cuyos usos de suelo permitidos, de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial, corresponden a residencial, en que los seres humanos requieren descanso o dormir, en que la tranquilidad y serenidad son esenciales. Zona Comercial.- Aquella cuyos usos de suelo permitidos son de tipo comercial, es decir, áreas en que los seres humanos requieren conversar, y tal conversación es esencial en el propósito del uso de suelo. Zona Industrial.- Aquella cuyos usos de suelo es eminentemente industrial, en que se requiere la protección del ser humano contra daños o pérdida de la audición, pero en que la necesidad de conversación es limitada. Zonas Mixtas.- Aquellas en que coexisten varios de los usos de suelo definidos anteriormente. Zona residencial mixta comprende mayoritariamente uso residencial, pero en que se presentan actividades comerciales. Zona mixta comercial comprende un uso de suelo predominantemente comercial, pero en que se puede verificar la presencia, limitada, de fábricas o talleres. Zona mixta industrial se refiere a una zona con uso de suelo industrial predominante, pero en que es posible encontrar sea residencias o actividades comerciales.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 131

Flora y Fauna

Lista de especies en veda y protegidas en Ecuador En los siguientes cuadros se presentan especies que están en veda temporal o veda permanente de acuerdo con las leyes ecuatorianas e internacionales. La definición de veda es: Prohibición de extracción, tenencia, procesamiento, transporte y comercialización de alguna especie determinada. Nombre Común

Nombre Científico

Veda

Fotos www.broodstock.com/

CAMARON MARINO

Litopenaeus spp

A determinarse

www2.musc.edu/PHARM/shrimp.html LARVAS SILVESTRE DE CAMARON

Litopenaeus spp

Veda permanente indefinida

www.amtra.de/mf0803_D.html

CANGREJO ROJO y AZUL

Ucides occidentalis, Ortman (rojo)

Cardisoma crassum Smith (azul)

Desde 15 de enero a 15 de febrero de cada año. Meses de agosto y septiembre de cada año.

www.bioresurs.uu.se/myller/hav/hav_bild/cardisoma_ crassum.jpg

http://www.ciad.mx/catalogo/mysticetus.htm CHUHUECO

Centegraulis mysticetus

Desde 1 de enero a 31 de junio de cada año. http://diver.net/cocos/2005.12.28/

LANGOSTA Espinosa Verde

Panulirus gracilis

Desde 16 de enero a 16 de junio de cada año.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 132

Nombre Común

Nombre Científico

Veda

Fotos http://diver.net/cocos/2005.12.28/

LANGOSTA Espinosa Roja

Panulirus penicillatus

Desde 16 de enero a 16 de junio de cada año.

http://www.manandmollusc.net/peru_files/tuber.jpg MOLUSCOS BIVALVOS (Concha prieta)

Anadara tuberculosa y Anadara similis

Desde 15 de febrero a 31 de marzo de cada año.

www.fao.org/docrep/007/y5501e/y5501e14.htm

PEPINO DE MAR

Isostichopus fuscus

Veda permanente indefinida

Opisthonema libertate

Desde el 1 al 31 de Marzo Desde el 1 al 30 de Septiembre

www.fao.org Copyright Michel Lamboeuf PESCADO PINCHAGÜA y/o SARDINA

www.fao.org Copyright Michel Lamboeuf

PINCHAGUA

Opisthonema spp.

De marzo a septiembre de cada año.

www.fishonline.org/advice/avoid/?item=33

ATÚN

DORADO

Thunnus spp.

Del 1 de agosto al 11 de septiembre

Coryphaena hippurus

Veda permanente de peces menores a 80cm. de longitud total.

members.jcom.home.ne.jp/0512438801/siira.htm

Normas Técnicas para Playas Turísticas 133

Nombre Común

Nombre Científico

Tortuga caguama, cabezuda

Caretta

Tortuga blanca, verde o prieta

Chelonia mydas o agassizii

Tortuga laúd, gigante, de cuero

Dermochelys coriacea

Tortuga carey

Eretmochelys imbricada

Tortuga lora

Lepidochelys kempii

Tortuga golfina

Ballenas

Veda

Fotos

www.eco-bahia.org/.../tortugas_especies.htm

PERMANENTE: Se prohíbe la captura, procesamiento y comercialización interna y externa de todas las especies de tortugas marinas.

www.tartanet.it

Lepidochelys olivacea

Familias: PERMANENTE: Balaenidae Se prohíbe toda Balaenopteridae actividad que Eschrichtiidae atente contra la Neobalaenidae vida de estos mamíferos (Todas las marinos. especies)

www.yaridanjo.warmkessel.com/.../evolucion.j pg

Fuentes: 1. Acuerdo ministerial 212, registro oficial 581 de 12 de diciembre de 1990. 2. PROTECCION POR EL ESTADO DE ESPECIES ANIMALES, BALLENAS. Acuerdo Ministerial 196, Registro Oficial 458 de 14 de Junio de 1990. 3. RATIFICACIÓN DE LA CONVENCION INTERAMERICANA DE PROTECCION Y CONSERVACION DE TORTUGAS. Codificación 1269, Registro Oficial Suplemento 153 de 25 de Noviembre del 2005. 4. Resolución C-04-09 sobre la Conservación de los Atunes en el Océano Pacífico oriental en 2004-2006. 5. VEDA DE PESCA DE CHUHUECO Y PINCHAGUA. Acuerdo Ministerial 183, Registro Oficial 475 de 17 de Diciembre del 2001. 6. VEDA DEL DORADO: Acuerdo Ministerial Nº31 Subsecretaría de Recursos Pesqueros, 8 de octubre de 2.004.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 134

Lista de especies de aves amenazadas o en peligro de extinción en el Ecuador Las especies de aves amenazadas de extinción en el Ecuador, están prohibidos de ser objeto de cacería (De acuerdo al Art. 119 del TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE Libro IV “De la Biodiversidad”). ORDEN

FAMILIA

NOMBRE CIENTÍFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORÍA

PODICIPEDIFORMES

Podicipedidae

Podiceps occipitalis

Zambullidor plateado

Vulnerable

SPHENISCIFORMES

Spheniscidae

Spheniscus mendiculus

Pingüino de Galápagos

En peligro

PELECANIFORMES

Phalacrocoracidae

Nannopterum harrissi

Cormorán no volador

En peligro crítico

PROCELLARIFORMES

Diomedeidae

Diomedea irrorata

Albatros de Galápagos

En peligro

PHOENICOPTERIFORMES

Phoenicopteridae

Phoenicopterus ruber

Flamenco americano

En peligro

Anhimidae

Anhima cornuta

Gritador unicornio

En peligro

Anas cyanoptera

Cerceta colorada

Extinto (?)

Netta erythrophthalma

Porrón sureño

En peligro crítico

Sarkidiornis melanotos

Pato crestudo

En peligro

Cairina moschata

Pato real

Vulnerable

Threskiornithidae

Theristicus melanopis

Bandurria carinegra

En peligro

Cathartidae

Vultur gryphus

Cóndor andino

En peligro

Rosthramus sociabilis

Elanio caracolero

Vulnerable

Buteo galapagoensis

Gavilán de Galápagos

En peligro

Leucopternis occidentales

Gavilán dorsigris

En peligro

Leucopternus semiplumbea

Gavilán semiplomizo

Vulnerable

Harpyhaliaetus solitarius

Aguila solitaria

Vulnerable

Morphnus guianensis

Aguila crestada

Vulnerable

Harpia harpyja

Aguila harpía

En peligro

Micrastur plumbeus

Halcón montés plomizo

En peligro

Falco deiroleucus

Halcón pechinaranja

Vulnerable

ANSERIFORMES Anatidae

CICONIFORMES

Accipitridae FALCONIFORMES

Falconidae

Normas Técnicas para Playas Turísticas 135

ORDEN

NOMBRE CIENTIFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORIA

Ortalis erythroptera

Chachalaca cabecirrufa

Vulnerable

Penelope barbata

Pava barbada

En peligro

Penelope ortom

Pava bronceada

En peligro

Penelope purpurascens

Pava crestada

En peligro

Aburria aburri

Pava carunculada

Vulnerable

Mitu salvini

Pavón de Salvin

Vulnerable

Crax rubra

Pavón grande

En Peligro crítico

Crax globulosa

Pavón carunculado

En Peligro crítico

Rhynchortyx cinctus

Codorniz carirrufa

Vulnerable

Rallus longirostris

Rascón picolargo

Vulnerable

Aramides wolfi

Rascón montés moreno

En peligro

Laterallus spilonotus

Polluela de Galápagos

Vulnerable

Burhinidae

Burhinus superciliaris

Alcaraván peruano

Vulnerable

Thinocoridae

Thinocorus rumicivorus

Agachona chica

Extinto (?)

Charadrius melodus

Chorlo silbador

Vulnerable

Oreopholus ruficollis

Chorlo cabezón

Extinto (?)

Lariidae

Larus fuliginosus

Gaviota de lava

En peligro

Columbidae

Zenaida galapagoensis

Tórtola de Galápagos

Vulnerable

Ara militaris

Guacamayo militar

En peligro

Ara ambigua

Guacamayo verde mayor

En peligro

Ara chloroptera

Guacamayo aliverde

En peligro

Aratinga wagleri

Perico frentiescarlata

Vulnerable

Aratinga erythrogenys

Perico caretirrojo

Vulnerable

FAMILIA

Cracidae GALLIFORMES

Odontophoridae

GRUIFORMES

Rallidae

CHARADRIFORMES Charadriidae

COLUMBIFORMES

PSITTACIFORMES

Psittacidae

Normas Técnicas para Playas Turísticas 136

ORDEN

PSITTACIFORMES

CUCULIFORMES

APODIFORMES

NOMBRE CIENTÍFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORÍA

Ognorhynchus icterotis

Loro orejiamarillo

En peligro crítico

Leptositaca branickii

Perico cachetidorado

Vulnerable

Pyrrhura orcesi

Perico de Orcés

En peligro

Pyrrhura albipectus

Perico pechiblanco

Vulnerable

Brotogeris pyrrhopterus

Perico cachetigris

Vulnerable

Touit stictoptera

Periquito alipunteado

Vulnerable

Hapalopsittaca amazonia

Loro carirrojizo

En peligro

Hapalopsittaca pyrrhops

Loro carirrojo

En peligro

Amazona autumnalis

Amazona frentirroja

Vulnerable

Neomorphus radiolosus

Cucohormiguero franjeado

En peligro

Eriocnemis nigrivestis

Zamarrito pechinegro

En peligro crítico

Eriocnemis godini

Zamarrito gorjiturquesa

En peligro Crítico

Acestrura bombus

Estrellita chica

Vulnerable

Acestrura berlepschi

Estrellita esmeraldeña

En peligro

Capitonidae

Capito quinticolor

Barbudo cinco colores

Vulnerable

Ramphastidae

Andigena laminirostris

Tucán andino piquilaminado

Vulnerable

FAMILIA

Psittacidae

Cuculidae

Trochilidae

PICIFORMES

Synallaxis tithys

PASSERIFORMES

Furnariidae

Colaespina

cabecinegruzca

Vulnerable

Synallaxis cherriei

Colaespina golicastaña

Vulnerable

Xenerpestes minlosi

Colagrís alibandeado

Vulnerable

Margaroniis stellatus

pechiestrellado

Pseudocolaptes johnsoni

Limpiafronda cuellirrufa

En peligro

Hylocryptus erythrocephalus

Rascahojas capuchirrufa

Vulnerable

Subepalo

Vulnerable

Normas Técnicas para Playas Turísticas 137

ORDEN

NOMBRE CIENTÍFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORÍA

Dysithamnus occidentalis

Batarito bicolor

Vulnerable

Myrneciza grisciceps

Hormiguero cabecigris

En peligro

Psittasoma rufopileatum

Pitasoma coronirrufa

Vulnerable

Grallaria gigantea

Gralaria gigante

Vulnerable

Hemitriccus cinnamomeipectus

Tirano - todi pechicanelo

Vulnerable

Onycorhynchus occidentalis

Mosquero real occidental

En peligro

Agriornis andicola

Arriero coliblanco

En peligro

Attila torridus

Atila ocráceo

Vulnerable

Pachyramphus spodiurus

Cabezón pizarroso

Vulnerable

Doliorns remseni

Cotinga ventricastaña

Vulnerable

Pyroderus scutatus

Cuervo higuero golirrojo

En peligro crítico

Cephalopterus penduliger

Pájaro paraguas longipéndulo

En peligro

Pipridae

Cheloropipo Flavicapilla

Saltarín cabeciamarillo

Vulnerable

Mimidae

Nesomimus trifasciatus

Cucube de Floreana

En peligro crítico

Dacnis berlepschi

Dacnis pechiescarlata

En peligro

Xenodacnis parina

Xenodacnis

En peligro

Tangara johannae

Tangara bigotiazul

Vulnerable

Iridosornis porphyrocephala

Tangara dorsipurpurina

Buthraupis wetmorei

Tangara montana enmascarada

Vulnerable

Atlapetes pallidiceps

Matorralero cabecipálido

En peligro crítico

Oreothraupis arremonops

Pinzón tangara

Vulnerable

Ammodramus savannarum

Sabanero saltamontes

Extinto (?)

FAMILIA

Thamnophilidae

Formicariida

Tyrannidae

Cotingidae PASSERIFORMES

Thraupidae

Thraupidae

Emberizidae

Vulnerable

Normas Técnicas para Playas Turísticas 138

ORDEN

FAMILIA

Emberizidae PASSERIFORMES

Fringillidae

NOMBRE CIENTÍFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORÍA

Camarhynchus pauper

Pinzón arbóreo mediano

En peligro crítico

Camarhynchus psittacula

Pinzón arbóreo grande

Vulnerable

Camarhynchus heliobates

Pinzón manglero

En peligro crítico

Carduelis siemiradzkii

Jilguero azafranado

Vulnerable

Lista de especies de mamíferos amenazadas o en peligro de extinción en el Ecuador Las especies de mamíferos amenazadas de extinción en el Ecuador, están prohibidos de ser objeto de cacería (De acuerdo al Art. 119 del TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE Libro IV “De la Biodiversidad”).

ORDEN

FAMILIA

NOMBRE CIENTIFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORIA

DIDELPHIMORPHIA

Didelphidae

Glironia venusta

Raposa de cola puyuda

Vulnerable

Dasypodidae

Priodontes maximus

Armadillo gigante

Vulnerable

Myrmecophagidae

Myrmecophaga tridactyla

Oso banderón

Vulnerable

Emballonuridae

Balantiopteryx infusca

Murciélago con saco alar

En peligro

Phyliostomidae

Choeroniscus periosus

Murciélago de hocico alargado

Vulnerable

Furipteridae

Amorphochilus schnablii

Murciélago orejas de embudo

Vulnerable

Molossidae

Molossops aequatorianus

Murciélago cola de ratón Mono nocturno o tutamono Mono araña o maquizapa Mono negro o bracilargo

XENARTHRA

CHIROPTERA

Aotus lemurinus Ateles belzebuth PRIMATES

Cebidae

Ateles fusciceps

En peligro Vulnerable Vulnerable En peligro

Cebus apeli

Machín negro

Vulnerable

Cebus capucinus

Capuchino o mico

Vulnerable

Pithecia aequatorialis

Parauaco

Vulnerable

Canidae

Spheotos venaticus

Guanfando

Vulnerable

Felidae

Leopardus tigrinus

Tigrillo chico

Vulnerable

CARNIVORA

Normas Técnicas para Playas Turísticas 139

NOMBRE CIENTIFICO

NOMBRE COMÚN

CATEGORIA

Oncifelis colocolo

Gato pajero

Vulnerable

Panthera onca

Jaguar o tigre

Vulnerable

Puma concolor

Puma

Vulnerable

Lontra longicaudis

Nutria o lobo de agua

Vulnerable

Pteronura brasiliensis

Nutria gigante

En peligro crítico

Otariidae

Arctocephalus galapagoensis

Lobo marino de dos pelos

Vulnerable

Ursidae

Tremarctos ornatus

Oso de anteojos

Vulnerable

Balaenoptera musculus

Ballena azul

En peligro

Magaptera novaeangliae

Ballena jorobada

Vulnerable

Sotalia fluviatilis

Delfin de río

Vulnerable

Physeteridae

Physeter catodon

Cachalote

Vulnerable

Platanistidae

Inia geoffrensis

Delfín rosado

En peligro

SIRENIA

Trichechidae

Trichechus inunguis

Manatí

En peligro crítico

PERISSODACTYLA

Tapiridae

Tapirus bairdii

Danta de la Costa

Extinto (?)

PERISSODACTYLA

Tapiridae

Tapirus pinchaque

Danta de monte o gran bestia

Vulnerable

ARTIODACTYLA

Cervidae

Pudu mephistophiles

Ciervo enano

Vulnerable

Ratón espinoso chico

Vulnerable

Ratón

Extinto (?)

Nesoryzomys fernandinae

Ratón

En peligro crítico

Nesoryzomys indefessus

Ratón

En peligro crítico

Nesoryzomys swarthi

Ratón

Extinto (?)

Oryzomys galapagoensia

Ratón

En peligro crítico

Scolomys melanops

Ratón espinoso chico

Vulnerable

Dinomys branickii

Pacarana

Vulnerable

ORDEN

FAMILIA

Felidae

CARNIVORA

Mustelidae

Balaenopteridae CETACEA

Neacomnys tenuipes Nesoryzomys darwini

RODENTIA

Muridae

Dinomyidae

Fuente: TEXTO UNIFICADO LEGISLACION SECUNDARIA, MEDIO AMBIENTE, LIBRO IV, DE LA BIODIVERSIDAD, ANEXO 1, Publicado en el Decreto Ejecutivo 3516, Registro Oficial Suplemento 2 de 31 de Marzo del 2003. Se recomienda mucho facilitar a las playas participantes el libro “Catálogo de fauna silvestre más comercializada en Ecuador” de A. Mora y A. Sancho. Editorial TRAFFIC – América del Sur.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 140

5.8 Glosario ACTIVIDAD INDUSTRIAL.- Toda actividad de elaboración o fabricación de un producto a base de la transformación de materia prima. Se incluye a la pequeña industria. ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL.- Es la organización que establece un Estado para llevar a cabo la gestión ambiental. Comprende la estructura y funcionamiento de las instituciones para orientar y ejecutar los procesos, la determinación de procedimientos y la operación de las acciones derivadas. AGUAS RESIDUALES.- Son líquidos de composición variada provenientes de fuentes fijas que por tal motivo han sufrido degradación en su calidad original. ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.- Son áreas de propiedad pública o privada, de relevancia ecológica, social, histórica, cultural y escénica, establecidas en el país de acuerdo con la ley, con el fin de impedir su destrucción y procurar el estudio y conservación de especies de plantas o animales, paisajes naturales y ecosistemas. ARTESANAL.- Establecimiento utilizado por un artesano legalmente calificado, para la transformación de materia prima con predominio de labor manual. BIODIVERSIDAD.- Especies que integran la diversidad biológica del país, esto es, los organismos vivos de cualquier fuente, los ecosistemas terrestres y marinos, los ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte. (LEY QUE PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR, Codificación 21, Registro Oficial Suplemento 418 de 10 de Septiembre del 2004.) CLASIFICACIÓN DE DESECHOS.- Separación de los desechos según su composición y características para su posterior reuso o para su reciclaje. CONSERVACIÓN.- Es la administración de la biosfera de forma tal que asegure su aprovechamiento sustentable. CONTAMINACIÓN.- Es la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellas, en concentraciones y permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación vigente. CONTAMINANTE: Sustancia orgánica o inorgánica que altera y deteriora la calidad de los elementos aire, agua o suelo. DAÑO AMBIENTAL.- Es toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo de la condiciones preexistentes en el medio ambiente o uno de sus componentes. Afecta al funcionamiento del ecosistema o a la renovabilidad de sus recursos. DAÑOS SOCIALES.- Son los ocasionados a la salud humana, al paisaje, al sosiego público y a los bienes públicos o privados, directamente afectados por actividad contaminante. DESARROLLO SOSTENIBLE.- Es el mejoramiento de la calidad de la vida humana dentro de la capacidad de carga de los ecosistemas; implica la satisfacción de las necesidades actuales sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las futuras generaciones. DESCARGA.- Emisión proveniente de una fuente fija de contaminación del aire a través de un ducto o chimenea, o en forma dispersa. DESECHOS PELIGROSOS.- Es todo aquel desecho, que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas, infecciosas, irritantes, de patogenicidad, carcinogénicas representan un peligro para los seres vivos, el equilibrio ecológico o el ambiente.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 141

DESECHOS LIQUIDOS PELIGROSOS.- Son los que están contaminados por sustancias y materiales con características inflamables, corrosivas, reactivas, oxidantes, cancerígenas, mutagénicas, teratogénicas, tóxicas o ecotóxicas, en concentraciones superiores a las permitidas por la ley. Se hallan previstos en el anexo del Instructivo general de aplicación de esta ordenanza. DESECHOS RIESGOSOS.- Son aquellos que pueden lastimar, dañar o perjudicar al hombre, flora y fauna. Por ejemplo los objetos punzo cortantes. DESECHOS SANITARIOS.- Son aquellos como: toallas higiénicas desechables, pañales desechables y otros objetos utilizados para desinfección. DESECHOS.- Son las sustancias (sólidas, líquidas, gaseosas o pastosas) u objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se está obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional vigente. ECOEFICIENCIA.- Mejoramiento de los procesos productivos de las empresas y la minimización de su impacto en el ambiente ECOSISTEMA.- Es la unidad básica de integración organismo - ambiente, que resulta de las relaciones existentes entre los elementos vivos e inanimados de un área dada. ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL.- Son estudios técnicos que proporcionan antecedentes para la predicción e identificación de los impactos ambientales. Además describen las medidas para prevenir, controlar, mitigar y compensar las alteraciones ambientales significativas. FAUNA SILVESTRE.- Animales nativos que viven y se desarrollan en forma silvestre en ambientes naturales o intervenidos por el hombre. GESTIÓN AMBIENTAL.- Conjunto de políticas, normas, actividades operativas y administrativas de planeamiento, financiamiento y control estrechamente vinculadas, que deben ser ejecutadas por el Estado y la sociedad para garantizar el desarrollo sustentable y una óptima calidad de vida. IMPACTO AMBIENTAL.- Es la alteración positiva o negativa del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en una área determinada. INCENTIVOS AMBIENTALES.- Instrumentos de tipo económico, establecidos en leyes y reglamentos para favorecer el cumplimiento de las normas ambientales. INFORMACIÓN AMBIENTAL.- Es toda la información calificada que procesa la red nacional de información y vigilancia ambiental. La información ambiental se sustenta en sistemas de monitoreo y otras acciones de inspección y vigilancia; es de carácter público y debe difundirse periódicamente. MEDIO AMBIENTE.- Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas manifestaciones. NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES.- Rangos establecidos por la ordenanza y su instructivo general de aplicación, que establecen las variaciones permisibles de contaminación con relación a los parámetros físico-químicos o biológicos de calidad del agua y aire. PERMISO AMBIENTAL.- Documento mediante el cual la autoridad ambiental autoriza el funcionamiento de un sujeto de control que cumple con las disposiciones de esta ordenanza.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 142

PLAYA.- Extensión de tierra que bañan y desocupan, alternativamente, las olas del mar hasta las más altas mareas. Las playas son bienes nacionales de uso público, cuyo dominio pertenece a la Nación toda. POZOS SÉPTICOS.- Huecos en la tierra de variada profundidad y de variada permeabilidad en los que se depositan aguas residuales domésticas. RECICLAJE.- Proceso de utilización de un material recuperado en el ciclo de producción en el que ha sido generado. RECOLECCIÓN.Acción de transferir los desechos al equipo destinado a transportarlo a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reciclaje, o a los sitios de disposición final. REGENERACIÓN.- Tratamiento a que es sometido un producto usado o desgastado a efectos de devolverle las cualidades originales que permitan su reutilización. REGISTRO.- Procedimiento por medio del cual los sujetos de control proporcionan a la autoridad ambiental los datos que permiten la identificación de su actividad. RIESGO DE CONTAMINACION.- Conjunto de hechos técnicamente demostrados, directamente interrelacionados y conducentes a establecer la presunción de que determinada actividad productiva genera una contaminación que en un lapso no mayor a dos años, deteriorará los elementos agua, aire y suelo. ZONA DE ARENA MUERTA.-Zona cubierta naturalmente de arena, la cual no es bañada regularmente por el mar ni en la marea alta, por lo tanto la arena siempre está seca. Generalmente las playas con gran anchura poseen extensiones considerables de arena muerta.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 143

6 RECOMENDACIONES A continuación se presentan una serie de recomendaciones clasificadas. Estas resultan de la totalidad del estudio, incluyendo tanto recomendaciones técnicas de la Consultora como recomendaciones específicas surgidas de las observaciones captadas en los talleres de consulta. Siguientes pasos después de este estudio Conformar oficialmente el Comité Nacional. Definir conformación del Comité Técnico de Evaluación (CTE) y sus labores puntuales y programas de trabajo (monitoreo, capacitación, difusión, etc.) Realizar un estudio técnico-económico sobre la implementación del programa que defina el equipo técnico, los materiales y equipos, la metodología de trabajo y consecuentemente el presupuesto anual detallado. Contratar el diseño de la campaña de comunicación visual para promover, difundir y comunicar el proyecto tanto externa como internamente: o Diseñar logo; o Diseñar folletería; o Diseñar simbologías: niveles de certificación, banderas o sellos de calidad, tipos de playa, etc. o Mapa de playas certificadas. Recomendaciones Operativas Autoridades Las Capitanías de Puerto debieran involucrarse en la zonificación de actores en la arena y de embarcaciones en el mar exigido en el sub-eje de zonificación, con el fin de asesorar y legitimar el proceso de gestión local. INOCAR podría involucrarse en el muestreo y análisis de calidad de agua. Empresa privada y desechos sólidos La empresa privada debería involucrarse directamente en el manejo de los desechos sólidos en las playas mediante: o provisión de fundas, guantes, rastrillos y otras herramientas para el manejo de desechos, o alternativas de reutilización y reciclaje de desechos sólidos inorgánicos, o capacitación en manejo integrado de desechos orgánicos e inorgánicos. Universidades: información y capacitación Involucrar a las universidades, mediante sus programas de pasantías, labor social y tesis, en los procesos de: o capacitación de comunidades, o mapeo de playas, o diseño de comunicación visual (información, concienciación, señalización),

Normas Técnicas para Playas Turísticas 144

o o o

inventarios de especies, inventarios turísticos de atractivos e infraestructura, Difusión del programa de normas y certificación de playas.

Organismos gubernamentales Más allá de lo que la implementación de un programa de normas y certificación pueda fomentar en relación a la autogestión en las comunidades costeras, debe imprescindiblemente existir coordinación interinstitucional local entre Marina, municipios, autoridades portuarias y prefecturas. Estos organismos deben juntar esfuerzos principalmente hacia la vigilancia de las playas y provisión de infraestructura, herramientas y materiales para el mantenimiento y ordenamiento de las playas. Esto no deja de lado el involucramiento de los ministerios de ambiente y turismo en relación al establecimiento de políticas turísticas y ambientales y el control y regulación de las mismas. Parte de una estrategia para optimizar el involucramiento de las autoridades locales (Marina, municipios, autoridades portuarias y prefecturas) sería la creación de “marinos turísticos” sugerida en los talleres participativos. Al igual que existe en Quito la Policía Metropolitana Turística; conformada por policías con preparación para dar atención e información al turista. Dificultades y aspectos polémicos Resulta urgente por el bien de un desarrollo turístico costero sostenible y, específicamente, la conservación y administración adecuadas del recurso turístico playa, que las autoridades, principalmente DIGMER y municipios, resuelvan los vacíos legales y administrativos en cuanto a la definición del espacio físico común en las playas. Es decir, no es claro ni en la ley ni en la práctica: o ¿Qué área es recurso común de todos los ecuatorianos, y consecuentemente no puede ser comercializada ni privatizada? o ¿Quién es el responsable de administrar dentro de la playa el manejo de desechos líquidos y sólidos, regulación comercial, políticas sanitarias, seguridad turística, entre otros? La DIGMER y las autoridades municipales deben poner más atención al funcionamiento sanitario y ambientalmente adecuado de las cabañas y puestos comerciales que se instalen en las playas o terrenos inmediatos a estas. Aparentemente las autoridades involucradas en la vigilancia y control de nuestras costas tienen un déficit de recursos humanos y económicos para cubrir la extensa zona de playas a lo largo de todo el litoral. De esta manera se dificulta el control sobre actividades ilegales como descargas de aguas contaminadas, descargas de desechos sólidos, robo de arena, pesca de especies prohibidas o en veda, entre otras cosas. Por lo anterior, se concluye que las autoridades deben buscar mecanismos de integración de esfuerzos entre el sector estatal y el civil, pues muchas de las ilegalidades suceden ante la mirada impotente de los ciudadanos. Programas como el que se propone en este estudio son una alternativa, pero que debe complementarse con el diseño de esquemas prácticos y puntuales de cooperación ciudadana para la denuncia y persuasión de eventos ilícitos. ¿Cómo debe el ciudadano proceder ante el robo de arena, ante la pesca ilegal o ante perjuicios ambientales de manera que facilite y agilite el trabajo de las autoridades? ¿qué facultades tienen los

Normas Técnicas para Playas Turísticas 145

ciudadanos? ¿cómo hacer sinergia entre ambos sectores? son algunas de las preguntas que habría que tratar de responderse de manera práctica con metodologías de integración. Pesca La pesca y el turismo de sol y playa interactúan en el mismo territorio; más que eso, la pesca es parte importante de los recursos turísticos costeros del ecuador. Sin embargo durante el diagnóstico de campo y en base a las observaciones captadas en los talleres participativos se constató que existe un evidente conflicto entre pesca y turismo de sol y playa. Por lo anterior se sugiere impulsar un programa de concienciación turística y ambiental dirigido a pescadores, que promueva la integración sinérgica del sector pesca y turismo y consecuentemente la conservación de los recursos naturales. Cabe anotar dos recomendaciones o solicitudes de los actores civiles convocados a los talleres: o Desarrollar normas técnicas para pescadores. o Desarrollar un programa de capacitación para el correcto manejo de los desechos orgánicos e inorgánicos de los pescadores. Salvavidas A corto plazo, las Capitanías de Puerto deben establecer un carné oficial para salvavidas acreditados por esa oficina. Complementariamente, deben oficializar y socializar este carné con las autoridades involucradas con el Programa de Certificación. Lo mismo deberán hacer con los carnés de comerciantes y cabañeros. A largo plazo, se recomienda estandarizar, optimizar y oficializar a los salvavidas a nivel nacional. La Marina, municipios costeros y el ministerio de Turismo deben implementar un plan para establecer Normas Técnicas para la preparación y acreditación de salvavidas como primer paso; lo cual ya existe pero no de manera estandarizada a nivel nacional. Como segundo paso deben estudiar la conformación de un Cuerpo de Salvavidas que tenga un papel oficial en las playas, velando por la seguridad de los turistas y por la conservación y el ordenamiento de las playas; un cuerpo con presupuesto y administración independiente, talvez suscrito al ministerio de turismo o de defensa, para que se mantenga alineado con las fuerzas de seguridad. En síntesis, debe oficializarse el funcionamiento de los salvavidas: o Quién debe contratarlos, en el caso de que no se creara un cuerpo independiente con presupuesto estatal. o Quién debe capacitarlos. o Quién debe acreditarlos. o Quién debe administrarlos o controlarlos. Otras recomendaciones complementarias La DIGMER y municipios deben evaluar y optimizar los procedimientos para el control de descarga de desechos sólidos al mar. La agricultura también es un contaminante importante del agua, principalmente en el caso de El Oro, por lo que los actores locales de esta provincia recomendaron involucrar al MAG en el programa de certificación de alguna manera.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 146

7 CONCLUSIONES Las Normas Técnica presentadas en este informe brindan parámetros técnicos factibles de cumplir en la costa ecuatoriana. Estas Normas permitirán a las comunidades playeras que las utilicen alcanzar un nivel de turismo sostenible que es reconocido a nivel internacional, lo cual fortalecerá la marca país de Ecuador y permitirá un mejor posicionamiento de sus destinos turísticos playeros. Las metodologías presentadas y recomendaciones brindadas para la creación, dirección y aplicación de un Programa de Certificación basado en las Normas Técnicas elaboradas, son claras, concisas y de un formato amigable. Como conclusión general, se considera que la aplicación de las Normas Técnicas presentadas permitirá mejorar la gestión turística y de los recursos naturales, lo cual beneficiará principalmente a las comunidades costeras, pero en última instancia beneficiará a todos los ecuatorianos y a la creciente cantidad de turistas internacionales. De manera puntal, en base a la investigación bibliográfica y la de campo, y a los talleres participativos de socialización con actores civiles y autoridades gubernamentales se puede concluir principalmente que: Los turistas nacionales e internacionales visitan las playas ecuatorianas atraídos principalmente por la playa en sí, el mar, el paisaje y la gastronomía. AsImismo, identifican como los principales problemas de nuestras playas la falta de servicios higiénicos, el exceso de desechos sólidos (basura), la falta de seguridad y vigilancia y la falta de señalización. Consecuentemente los turistas sugieren las siguientes acciones en orden de prioridad: mejorar en la limpieza de la playa, establecer normas a turistas y comerciantes en las playas, mejorar en seguridad y organizar el comercio. Existe una desinformación generalizada acerca de qué organismo es el encargado de la playa, lo que refleja el abandono existente sobre la administración y conservación de este capital natural. La mayoría piensa que es el municipio, una porción segunda en cantidad no sabe quién es y una porción significativa piensa que es el ministerio de turismo. Un grupo aún menor mencionó a la Marina. Las playas ecuatorianas presentan problemas evidentes pero solucionables originados principalmente por la pesca artesanal e industrial, turismo de playa y el comercio desorganizado. Estos problemas provocan que las playas ecuatorianas cumplan con pocos de los requisitos exigidos por los tres programas internacionales utilizados como referencia al evaluarlas. Muchos de los problemas originados por el turismo, el comercio y la pesca, son solucionables simplemente mediante la implementación de organización y autogestión comunitaria. Otra parte importante de los problemas se suscitan por la gran extensión de las playas frente a la insuficiente cantidad de recursos humanos para vigilarlas. Por lo que, nuevamente, su solución radica en la integración de esfuerzos entre la comunidad y las autoridades costeras.

Normas Técnicas para Playas Turísticas 147

La implementación de un Programa de Certificación basado en las Normas Técnicas propuestas, tiene el potencial de ser un aporte fundamental para promover la autogestión comunitaria y las mejoras socio-ambientales en las playas. Problemas más grandes y complejos, como los originados por la irresponsabilidad industrial o por la falta de servicios e infraestructura en las playas, pueden ser solucionados indirectamente por un Programa de Certificación, ya que este se convierte en un mecanismo de presión muy efectivo. La solución de los pequeños y grandes problemas, alineada con las mejoras sanitarias, ambientales y de seguridad que demandan los turistas, podría contribuir al posicionamiento del Ecuador como destino turístico, además de aportar a la mejora de la calidad de vida de las comunidades costeras. La implementación de este Programa de Certificación debe ser mediante diferentes niveles de acreditación, que reconozcan los esfuerzos paulatinos y progresivos de las comunidades costeras. Además, debe ser distinto para playas urbanas, rurales y deshabitadas, de manera que no uniformice los atractivos y servicios de las diversas playas ecuatorianas. Los actores civiles y gubernamentales que participaron en los talleres de socialización manifestaron totalitariamente su aprobación a la necesidad de implementación de un Programa de Certificación basado en las Normas Técnicas presentadas, siempre y cuando se acompañe de un proceso efectivo de capacitación por parte de las autoridades técnicas, y un programa de incentivos en relación a infraestructura y servicios en las playas, por parte de los gobiernos locales y regionales. La implementación de planes de capacitación adjudicados solamente a quienes ejecuten alcances mínimos en autogestión comunitaria y mejoramiento continuo exigidos para ingresar al Programa de Certificación, permitiría un apalancamiento de esfuerzos mediante selección natural de las comunidades más comprometidas. La propuesta y recomendaciones sobre la dirección de un Programa de Certificación procura la integración de esfuerzos transversal y verticalmente. Lo anterior debido a que involucra desde los actores comunitarios hasta los ministerios y autoridades costeras. Por ello, se concluye que la mejor manera de darle un soporte legal, administrativo y presupuestario adecuado es a partir de un decreto presidencial. La administración técnica, dedicada a la capacitación de las comunidades costeras y a la evaluación y difusión de playas certificadas, debe estar conformada por un equipo multidisciplinario, preferiblemente de los tres sectores: gubernamental, privado y no gubernamental sin fines de lucro (ONG´s).

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