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DEAsruRrRs GoerrRNo DELPnrNcrpRDo CoNs¡lrRinpr EpucncróNY cULTURA
DE ACUERDODE LA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIóNDE PERSONAL DOCENTESOBREPUESTOS ESPECIAL DIFICULTAD E n Ov i e d o , a 2 7 d e j u n i o d e 2016, l a A dmi ni straci óndel P ri nci padode A sturi as y l as organizacionessindicales FeSP-UGT,FSES-ANPE, Confederación Intersindical (SUATEA)y CCOO int egr ant e sd e l a Me s a S e c to ri a ld e N e goci aci ónde' P ersonalD ocente,convi enenen suscri bi rpor unanim ida d e l p re s e n te A c u e rd o p o r el que se establ ecenl os puestos docentes cal i fi cadosde es pec ialdifi c u l ta de n e l P ri n c i p a d od e A s turi as.
PREÁMBULO El día uno de abril de dos mil cuatrose suscribeel Acuerdoentre la Administración del Principado de Asturiasy las organizaciones sindicales representativas del personaldocenteno universitario FETE-UGT, CCOO de la Enseñanza, ANPEy SUATEA, sobrepuestos de especial dificultad. Transcurridos doce años desdela citadafirma y con posterioridad a la mismase han generales aprobadocambiosnormativos en la regulación de losconcursos de traslados asícomoen la gestiónde las listasde aspirantes a interinidad. Tambiénse han producidomodificaciones sustanciales de lascondiciones docenteque de desempeño de los puestosde trabajodel personal puedenestarincluidos en el mismo,en especial el cambioy modificación de la red de centrosy la y condiciones existencia en algunospuestosy centroseducativos de circunstancias de trabajoque dificultanel desempeñode la labor docente.En este sentido,duranteel periodode tiempo quedeterminadas transcurrido desdela aprobación del acuerdocitadose ha constatado condiciones específicas de la prestacióndel servicio,consideradas en el contextogeneraly comparativode la y de lascondiciones actividad educativa no de trabajodel profesorado en el Principado de Asturias, y estabilidad personal siemprefavorecenel accesodefinitivoni la permanencia del docenteen puestos quepuedensercalificados aquellos comode especial dificultad. El apartado1.1.3del AnexoI del RealDecreto1364/2010, de 29 de octubre,por el que se regulael concursode trasladosde ámbitoestatalentre el personalfuncionariode los cuerpos docentescontempladosen la Ley Orgánicade 2/2O06de 3 de mayo, de Educacióny otros procedimientos de provisiónde plazasa cubrirpor los mismos,determinacomo méritolos años desempeñados como personalfuncionariode carreraen plaza,puesto o centro que tenga la calificación de especialdificultad.lgualméritoes objetode consideración en el supuestode los concursos de trasladosde ámbitoautonómicocuyanormativareguladora remiteal baremoque figuracomoanexolll de la OrdenECD/1800/20L4, de 26 de septiembre, en el quese recogeidéntico a p a r t a d1 o. 1 . 3 .
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Porsu parteen el apartado V delAnexoI delAcuerdode 14 de mayode 20t4,delConsejo de por el quese ratificael Acuerdode la MesaSectorial Gobierno, de Negociación de Personal Docente gest¡óny funcionamiento sobrela mejorade lascondiciones de trabajoy el sistemade elaboración, de las listasde aspirantes a interinidaden la funciónpúblicadocente,se hacereferencia a las puntuaciones por el ejerciciode puestosde difícildesempeño, entendidos a los efectosdel presente acuerdocomopuestosde especial dificultad, determinando comoméritoa valorarlos períodos de prestados servicio en losmismos.
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Ensu virtud,laspartessuscriben el presenteacuerdoconarregloa lassiguientes
CIAUSULAS Primera.-Objetoy ámbitode aplicación. Conel objetivode facilitartanto la coberturacomola permanencia en los puestosdocentes consideradoscomo de especialdificultad,por tratarse de difícil desempeño,se prevé la consideración de losperíodosde servicioprestados en estospuestoscomoun méritoespecífico. Paraello se establecen en el presenteacuerdolos puestosdocentescalificados de especial dificultadde la Comunidad Autónomadel Principado de Asturiassegúnaparecenrecogidos en el Anexo,a los efectosestablecidos en la normativaque regulalos concursosde trasladosentre el funcionariado de los cuerposdocentesque impartenlas enseñanzas reguladas en la LeyOrgánica 2/2006,de 3 de mayo,de Educación, asícomo la normativaque regulala elaboración de listasde pública aspirantes a interinidad la función en docente. Segunda.Ámbitopersonal. Lo dispuesto en esteAcuerdoseráde aplicación al personal docenteque ocupede manera puestos efectivalos de especial dificultad. Tercera.-Ámbito temporat. El presenteAcuerdotendrá una vigenciade cuatro años,entendiéndose prorrogadopor cursosescolares sucesivos hastala firmade un nuevoacuerdoque lo sustituya.Laspartesfirmantes podrándenunciar por escritosu vigencia conunaantelación de cuatromesesal plazode vencimiento inicialo de cualquiera de susprórrogas. Cuarta.-Criteriospara la calificaciónde puestosde especialdificultad. Concaráctergeneral,a los efectosrecogidos en esteAcuerdo,tendránla consideración de puestos de especialdificultad, los puestos docentes en los que concurren determinadas que,al dificultarsu desempeño, circunstancias no habituales no favorecenni el accesodefinitivoni la permanencia en losmismos.
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Parala concreción de estospuestosse tendránen cuentacircunstancias relacionadas con el geográfico aislamiento o lasespeciales dificultades de acceso, los problemasparala provisiónde los puestosasícomolascaracterísticas y de la atencióneducativa específicas del alumnadoescolarizado quesedesarrolla en losmismos.
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De maneramásdetallada,los criteriosque sirvende baseparala calificación de los puestos docentescomode especial dificultadsonlossigu¡entes: a) Todoslos puestosdocentesque pertenezcan a los centrospúblicosde Educación Especial (CEE)o desempeñen su funciónen las unidadesde educación especialubicadasen los centros ordinarios.
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b) Todoslos puestosdocentesque pertenezcan a unidadeseducativas en establecimientos penitenciarios.
c) Todoslos puestosdocentesque pertenezcan a Aulashospitalarias, Aulasde inmersión lingüística, Escuelas Hogary Residencias escolares.
d) Todoslos puestosdocentesque pertenezcan a centrosdocentespúblicosen los que el primer curso escolarde aplicaciónde este acuerdo(a fecha 15 de octubre o primer día hábil posterior)se determine,a travésde informedel Serviciogestor,que segúnlos datosglobalesde escolarización cuentancon un porcentajede másdel 25%dealumnadocon Necesidad Específica de ApoyoEducativo(NEAE), segúnlo previstoen el artículo7L2 de la LeyOrgánica212006,de 3 de por la LeyOrgánica mayo,de Educación, modificada 8/20L3,de 9 de diciembre,parala mejorade la calidadeducativa(BOE10/12/2013). Estecriterioseráde aplicación a todoslosefectosa partirde la presente pasadoscuatroañosde este entradaen vigor del acuerdoy seráobjetode actualización momentoinicial. El señaladoinformecon el listadode centrosresultanteserápuestoen conocimiento de la Comisión de Seguimiento de esteacuerdo. públicosde Educación e)Todoslospuestosdocentesde loscolegios Básica(CPEB). f) Todoslos puestosdocentesde colegiospúblicosy colegiosruralesagrupados( CRAs) situadosen entornosgeográficosalejadosdel área central de Asturiasy en condicionesde aislamiento o de difícilacceso, siemprequefigurenen la relaciónde puestosrecogidaen el Anexo. Enel casode que algúncentrocumplamásde un críteriode losreflejados en estacláusula, el profesorado que se encuentreadscritoa los mismosse beneficiará de los incentivospropuestos de maneraúnicay por lo tantosolamente en aplicación de unode ellos. y tomandocomo Seadjuntaal presenteacuerdoun Anexoen el que,a efectosinformativos referenciael momentode su aprobacióny firma, se detallanlos centrosdocentesy puestosque segúnloscriteriosanteriormente soncalificados señalados de especial dificultad. Quinta.-Incentivos. pertenecientes Paracumplirel objetode esteAcuerdose aplicarán a losdiferentescolectivos al funcionariado, de maneradiferenciada, lossiguientes incentivos de carácterno económico: y funcionarias a) Funcionarios de carrera:se valorarácomo mérito,a efectosdel ordende prioridadpara la adjudicación de las vacantesen el concursode traslados,el tiempo efectivode permanencia ininterrumpida en lospuestosclasificados comode especial dificultad. \
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b) Funcionariado interino:se determinaránen la forma previstaen el Acuerdoque se encuentreen vigorsobrelascondiciones de trabajode estepersonal.
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Sexta.-Revisiónde la clasificación. Loslistadosde centrosy puestosdocentesde especialdificultadseránobjetode revisióny parael criteriod) en la cláusula actualización cadacursoescolar,salvolo previstoespecíficamente cuartadel presenteAcuerdo. Esta revisiónserá informadaa la Comisiónde Seguimiento y asimismoserá objeto de publicación en la web educastur.
Séptima.-Comisiónde seguimiento. Laspartessignatarias acuerdan constituirunacomisión de seguimiento de carácterparitario por y de lasorganizaciones compuesta representantes de la Administración sindicales firmantespara resolvertodas las cuestionesque se derivende la aplicación,concrecióne interpretacióndel presente acuerdo. queestarácompuesta Lacomisión por igualnúmerode representantes de seguimiento, de la y de lossindicatos Administración firmantes, seconstituirá en el plazode un mesdesdela entradaen vigordel presenteacuerdoy sustituiráa la creadaconmotivodel acuerdode 1 de abrilde 2004. Lecorresponderán a estaComisión lassiguientes competencias: y el cumplimiento 1.-Velarpor la aplicación de lo pactado. y concretar, 2.- Ensu caso,analizar cadacursoescolar, la posibilidad de modificarla relación centrosy puestosde especial dificultadde conformidad conlo establecido en la cláusula sexta. quepuedanplantearse. 3.-Resolver losproblemas de interpretac¡ón Octava.-Aportacioneseconómicas. El cumplimientode este Acuerdono exige que las partes firmantesaporten recurso económicoalgunoni que se amplíenlos créditosexistentesen los programasde gastosde la Consejería competenteen materiade Educación. Novena.-Pérdidade efectosdel Acuerdoentre la Administracióndel Principadode Asturias y las organizaciones sindicalesrepresentativasdel personaldocente no universitarioFETE-UGT, CCOOde la Enseñanza, ANPEy SUATEA, sobrepuestosde especialdificultad,de 1 de abril de 2004. En basea lo previstoen el artículo38.13del RealDecretoLegislativo 5/20t5, de 30 de octubre,por el quese apruebael texto refundidode la Leydel EstatutoBásicodel Empleado Público, el presenteacuerdosustituyey deja sin efecto en todos sus contenidosel Acuerdoentre la Administración y lasorganizaciones del Principado de Asturias sindicales representativas del personal docenteno universitarioFETE-UGT, CCOOde la Enseñanza, ANPEy SUATEA, sobre puestosde especialdificultad,de 1 de abrilde 2004,asícomotodoslosacuerdoscomplementar¡os suscritos en y al amparodel mismo. desarrollo
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Décima.-Entradaen vigor. El presenteacuerdoentrará en vigor el día L de septiembrede 2Ot6, coincidiendocon el iniciode un nuevocursoescolar.
ucativa Elconseiero de Ed
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GenaroAlonsoMegido
PorlasOrganizaciones Sindicales
FeSP.UGT
FSES.ANPE
Lasegetariadel sectorde enseñanza
Gumersindo Ro ríguezSaiz
(SUATEA) Intersindical Confederación
CCOOEnseñanza
Miembrodel secretariado de SUATEA
Elsecretariogeneral
tufur EmmaRodríguez García
Enrique Fernández González
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ANEXO REI"ACIóN DECENTROS Y PUESTOS DEESPECIAL DIFICULTAD De conformidadcon los criteriosestablecidosen la cláusulacuarta de este Acuerdose detallana continuaciónlos centrosdocentespúblicos.ypuestosdocentesque, a la fechade la firma del mismo, son calificadoscomo puestosde especialdificultad.Considerando la previsiónde la entrada en vigor del presenteacuerdocon efectosdel curso 2A1f,/20L7,el presenteanexo es meramenteinformativo,de modo que seráobjetode actualización, comunicación a la Comisiónde y publicación Seguimiento y siguiendo lo establecido en lascláusulas sexta séptimadel mismo.
a.1) Puestosdocentesde los centros públicosde EducaciónEspecial:todos tos puestos docentes.
a.2)Puestosdocentesde las unidadesde educación especialubicadasen colegiospúblicos: todoslos puestosdocentes.
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33003262 CP U.E.E.en centro ordinario.CPReconquista 33002488 CP U.E.E. en centroordinario.CPAleiandroCasona 33010229 CP U.E.E. en centroordinario.CPPeñaTú 33013796 CP U.E.E.en centro ordinario.CPJovellanos 33014090 CP U.E.E.en centro ordinario.CPInfiesto 33027394 CPEB U.E.E.en centroordinario.CPEBPríncipeFelipe 33027345 CPEB U.E.E.en centroordinario.CPEBPolade Allande
Cangasde Onís Cangasdel Narcea Llanes Panes !nfiesto Navelgas Polade Allande
Cansasde Onís Cangasdel Narcea Llanes Peñamellera Baia Piloña Tineo Polade Allande
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b) Puestosdocentesde unidadeseducativas penitenciarios: en establecimientos todos los puestos docentes.
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- Unidadesde educativasen establecimientos CENTROS Y PUESTOS DEESPECIAL penitenciarios DIFICULTAD
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c . 1 ) P u e s to sd o c e n te sd e A u l a sHospi tal ari as: todos l os puestosdocentes.
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- AulasHospitalarias CENTROS Y PUESTOS DEESPECIAL DIFICUITAD
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33500282 AH 33500300 AH
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MUNICIPIO
Gijón Oviedo
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c . 2 ) P u e s to sd o c e n te sd e A u l a sd e l nmersi ónl i ngüísti ca: todos l os puestosdocentes. - Aulasde Inmersiónlingüística CENTROS Y PUESTOS DEESPECIAL D¡FICULTAD
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IESCalderón de la Barca I E SC u e n c ad e l N a l ó n v
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33022591 33022591 33023550
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c.3)Puestos docentes de Escuelas Hogary Residencias escolares: todoslospuestos docentes.
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- Escuelas CENTROS Y PUESTOS DEESPECIAL DIFICULTAD Hogar
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Cangas de Onís
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CPEB d eA l l a n d e Luces CPEB A u r e l i oM e n é n d e z Conceiode Tineo
Polade Allande Luces SanAntolínde lbias Tineo
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MUNICIPIO
d) Pu e s to sd o c e n te sd e c e n tro sq ue escol ari zanun porcentaj esuperi oral 25%de al umnado c on Nec es i d a dEs p e c ífi cdae A p o y o E d u c ati vo(N E A E ):todos l os puestosdocentes. S e i n c l u i rá na q u e l l o sc e n tro sq u e, a fecha 15 de octubrede 2016 o pri mer día hábi l posteri or , s e det er mi n e ,a tra v é sd e i n fo rm e d e l Servi ci ogestor,que segúnl os datos gl obal esde escol ari zaci ó n c uent anc o n u n p o rc e n ta j ed e má s d e l 2 5 % de al umnadocon N ecesi dadE specífi ca de A poyo
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(NEAE), de 3 de Educativo segúnlo previstoen el artículo7I.2 de la LeyOrgánica212006, parala mejorade la por la LeyOrgánica 8l2}t3, de 9 de diciembre, mayo,de Educación, modificada calidadeducativa(BOEtO/72/20731. e) P u e s to sd o c e n te sd e c o l e g i o spúbl i cosde E ducaci ón B ási ca(C P E B ):todos l os puestos docentes. - puestosdocentes de los CPEB Dg ESPECIAL CENTROS V PUESTOS DIFICULTAD
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cENTRo CPEB Cabañaquinta CPEB CarlosBousoño LasArenas CPEB CPEB Cerredo CPEB ElSalvador CPEB Colombres Felipe CPEBPríncipe CPEB de Allande CPEB AurelioMenéndez
LOCALIDAD Cabañaquinta Boal Arenasde Cabrales Cerredo Grandas Colombres Navelgas Polade Allande SanAntolínde lbias
MUNtClpto Aller Boal Cabrales Degaña
G r a n d adse S a l i m e Ribadedeva Tineo Allande lbias
f ) P u e s to sd o c e n te sd e c o l e g i o spúbl i cosy col egi osrural esagrupados(C R A s)si tuadosen ent or nosge o g rá fi c o sa l e j a d o sd e l á re a c e ntralde A sturi asy en condi ci onesde ai sl ami entoo de di fíci l
ccesoincluidos en la siguiente relación: todoslospuestos docentes. - puestosdocentesen entornosgeográficosalejadosdel área cenüal de V PUESTOS CENTROS DEESPECfAL DIFICULTAD Asturias CÓDIGO TIPO 33000017 C P 33028854 CP 33007541 CP 33028866 C P 33020910 C P 33013796 C P 3300384s CP 3302794r C P 33028520 CRA 33023405 CRA 33023391 CRA 33023388 CRA 33023418 CRA 33027898 CRA 33023571 CRA 33029071 CRA 33016s29 CRA 33023467 CRA 33027953 CRA 33027977 CRA 3 3 0 2 3 1 1 1 CRA 33023s9sCRA
CENTRO CPBerducedo CPRengos CPSanJoree C Pl l l a n o CPAlvaroFlórezEstrada CPJovellanos CPManuelMisuelv Traviesas C PM u ñ á s CRASantarbás CRACotoNarcea CRARíoCibea CRASantana CRAValleNavieso CRATaoia-Castroool CRAPicosde Europa Astur-LaEsoina CRAEusenia CRAOscos
LOCATIDAD Berducedo Vesade Renqos Luiña lllano Polade Somiedo Panes Campode Caso Muñás Bruelles
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La Reelade Perandones
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Limes
C a n g a sd e Narcea
Llano ReElade Navieso Figueras Beniade Onís LaEspina de Oscos SantaEulalia Taramundi CRAOccidente CRAGera-Cuarto de losValles Gera Moanes CRAPintorAlvaroDeleado Piantón CRARíadel Eo ColesioRuralAqrupado de Villavón Villavón
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Cansas del Narcea lbias lllano Somiedo Peñamellera Baia Caso Valdés C a n g a sd e Narcea
Cangas de N a r c e a Caneasde Narcea Castroool Onís Salas SantaEulalia de Oscos Taramundi Tineo Valdés Vegadeo
Villavón