Tema: La Reforma Laboral: Algunas Consideraciones. Expositor: Norman G. De Castro

Tema: La Reforma Laboral: Algunas Consideraciones Expositor: Norman G. De Castro e-mail: [email protected] Introducción: Origen de la Reforma -

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Tema: La Reforma Laboral: Algunas Consideraciones Expositor: Norman G. De Castro e-mail: [email protected]

Introducción: Origen de la Reforma - Código “Trujillo” de Trabajo (1951) - Código de Trabajo (Ley 16-92 y sus modificaciones)

Contexto de la Reforma: - Contexto Regional: Las Reformas Laborales en Latinoamerica (2002-2012) - Contexto Mundial: Convenios de la OIT - Contexto Nacional: Dr-Cafta/Constitucion 2010/Reclamo Empresariado/Comision Especial Revision

Eje o Visiones Claves de la Reforma: - Optica Patronal: COPARDOM/CONEP/ONEC - Optica Sindical - Optica Gubernamental

Fines de la Reforma: La Reforma Ideal La Reforma Deseada: Que reformar en materia laboral - Aspectos Sustantivos / Económicos - Aspectos Procesales

Código “Trujillo” de Trabajo (1951) Código de Trabajo (Ley 16-92 y sus modificaciones)

CONTEXTO DE LA REFORMA LABORAL (I)

CONTEXTO REGIONAL: LAS REFORMAS LABORALES EN LATINOAMERICA: (2002-2012)

VENEZUELA, Ley del 13 de agosto del 2002 crea la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT). ECUADOR, tres leyes sucesivas: Ley 13 del 2003, la Ley 29 del 2004 y la Ley 43 del 2004 (procedimiento oral en materia laboral). CHILE, cuatro leyes sucesivas: Ley 20.022. (DO 30/05/2005); Ley 20.023. (DO 31.05.2005); Ley 20.087. (DO 03.01.2006); y Ley 20.164. (DO 14.02.2007) . COLOMBIA, la Ley 1149 del 13 de julio del 2007, reforma el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social (oralidad en sus procesos). PERÚ, nueva Ley Procesal del Trabajo No. 29497, del 15 de julio del 2010, sustituyó antigua Ley Procesal del Trabajo No. 26636 del 1996.

CONTEXTO REGIONAL: LAS REFORMAS LABORALES EN LATINOAMERICA: (2002-2012)

BRASIL, mas que una reforma, se implementaron los llamados sistema Push, sistema Push OAB, y sistema Push Corporativo. NICARAGUA, la Ley 815 del 30 de octubre del 2012, que crea el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social. MÉXICO, el Decreto del 30 de noviembre del 2012 realizó una reforma integral de la Ley Federal de Trabajo

CONTEXTO INTERNACIONAL: CONVENIOS DE LA OIT

CONTEXTO DE LA REFORMA LABORAL (II)

CONTEXTO NACIONAL

Consejo Consultivo de Trabajo (Decreto 47-99). Funciones : - Efectuar estudios sobre los problemas del trabajo asalariado y sugerir o recomendar a los poderes públicos las medidas que juzgue adecuadas para su solución, mejor desarrollo y coordinación de las actividades laborales del país. - Estudiar los proyectos de leyes y decretos de carácter laboral, y emitir el correspondiente dictamen.

CONTEXTO NACIONAL

DR-CAFTA: Resolución 357-05 - A partir de su entrada en vigencia, la legislación interna no puede ser modificada a fines de ser “debilitada o reducida la protección” para atraer capitales de inversión. - Posible limitación a la competencia legislativa para lograr una reforma laboral interna?

CONTEXTO NACIONAL

Constitución Política del 2010: - La cual incorporó derechos fundamentales del Código de Trabajo del 1992 - Es posible cualquier reforma a la ley laboral, en la medida en que el legislador deje intactos aquellos derechos, figuras o conquistas laborales que se han integrado al bloque de constitucionalidad Insistente Reclamo del Empresariado: COPARDOM/CONEP/ONEC?

CONTEXTO NACIONAL

Creación de Comisión Especial para la Revisión y Actualización del Código de Trabajo (Decreto 286-13) - Composición Tri-partita, bajo la coordinación del Ministerio de la Presidencia - Mandato de 4 meses para rendir informe/propuesta. - Consulta Nacional.

EJES O VISIONES CLAVES DE LA REFORMA LABORAL

A) La Óptica del Empresariado: (Propuesta COPARDOM) -Horarios de Trabajo/Días Feriados -Cargas Laborales -Procesos Judiciales B) La Óptica Sindical: -Protección Derechos Adquiridos (Aux. de Cesantia) -Reforzar Libertad Sindical C) La Óptica Gubernamental: -Dudas y Diferencias hasta Decreto 286-13 -”Recuperar” la Conciliación Preliminar -Respeto de Derechos Adquiridos

1. Corregir deficiencias detectadas y distorsiones desarrolladas durante mas de dos décadas de vigencia de esta codificación . 2. Garantizar una efectiva aplicación, protección y respeto de los derechos reconocidos en la parte sustantiva de las normas laborales. 3. Dotar a las jurisdicciones de trabajo de procedimientos al tenor de los tiempos actuales.

LA REFORMA DESEADA: QUE REFORMAR EN MATERIA LABORAL

LA REFORMA DESEADA: QUE REFORMAR EN MATERIA LABORAL 1. La Conciliación Administrativa (Min. de Trab.) reemplazaría la “Conciliación Judicial” (hoy día solo un 4% de los casos) 2. Los Juzgados de Trabajo (Primera Instancia) deben ser colegiados: 3 jueces (revalorización o eliminación de los vocales). 3. Posible creación de una Sala Social en la SCJ. 4. Posible creación (por vía administrativa) de tribunales laborales. 5. La demanda hay que notificarla a pena de inadmisibilidad (Art. 489, Cod. Trab). 6. Condicionar y explicitar el contenido de las notificaciones de actos de alguacil. 7. La comparecencia personal y la declaración del trabajador deben ser obligatorias.

LA REFORMA DESEADA: QUE REFORMAR EN MATERIA LABORAL 8. Prohibir la “cesión de crédito”, por oposición a cuota-litis. (evitar la “venta de casos”) 9. Hay que establecer los principios de preclusión y de continuidad de audiencias. 10. Hay que establecer realmente el principio de oralidad en el proceso y que sentencias sean dictadas inmediatamente. 11. Que los incidentes sean planteados previos al juicio (5 días antes). 12. Que las sentencias sean ejecutables en 10 o 15 días de su notificación, y no en 3 días (Art. 539, Cod. Trab.) 13. Aspectos que podrían ser tomados del Derecho Procesal Penal: - Establecer la posibilidad de declarar algunos casos como “casos complejos”. - Variar el concepto de “testigo”, tomándolo del Derecho Procesal Penal. - La apelación laboral, asimilarla a la “mini-casación” del proceso penal.

LA REFORMA DESEADA: QUE REFORMAR EN MATERIA LABORAL II 14. Hay que reforzar el principio de simplicidad. Aclarar lo admisible (Arts. 486, 626 y 643, Cod. Trab.) 15. Simplificar forma o procedimiento de admisión de la prueba escrita o depósito de documentos (Art. 544, Cod. Trab.) 16. El recurso de casación debe tener efecto suspensivo (Art. 640, Cod. Trab). 17. Hay que ampliar el límite de acceso (20 salarios mínimos) a la Casación (Art. 641, Cod. Trab.) 18. Al momento del embargo, establecer el “guardián” como auténtica opción 19. La indexación monetaria no se aplicaría a las condenaciones en dólares o euros (Art. 537, Cod. Trab). 20. La garantía bancaria de las condenaciones debe ser reducida al depósito de las mismas, no su duplo; pues ello viola Art. 69 de la Constitución (Art. 539, Cod. Trab.)

LA REFORMA DESEADA: QUE REFORMAR EN MATERIA LABORAL II 21. A las cias. aseguradoras debe satisfacérseles con el cumplimiento del debido proceso y la tutela judicial efectiva, al disponer que la sentencia sólo les sea ejecutoria, por orden judicial; 22. Las medidas conservatorias deben ser aprobadas sólo por el Presidente de la Corte de Trabajo o equivalente, de cada Departamento Judicial. 23. Penalidad por retraso en pago prestaciones hay que limitarla a 6 meses y a proporción pendiente (Art.86, Cod. Trab.) 24. Por carácter indemnizatorio de prestaciones laborales, los daños y perjuicios serian excepcionales(Art.712,Cod. Trab.) 26. Principios de igualdad y de seguridad jurídica: Fijar condiciones bajo las cuales puede variarse o no seguirse la jurisprudencia.

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