TENENCIA DE PERROS PELIGROSOS

TENENCIA DE PERROS PELIGROSOS Estudio de Campo- Mayo 2015 SECCIÓN DE PSICOLOGÍA DEL TRÁFICO Y DE LA SEGURIDAD COL.LEGI OFICIAL DE PSICOLOGIA DE CATALU

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TENENCIA DE PERROS PELIGROSOS Estudio de Campo- Mayo 2015 SECCIÓN DE PSICOLOGÍA DEL TRÁFICO Y DE LA SEGURIDAD COL.LEGI OFICIAL DE PSICOLOGIA DE CATALUNYA

M.José Alcaide col .nº 4138 Teresa Morali col. nº 4682

NORMATIVA ESTATAL •Ley 50/1999, de 23 de diciembre (Gobierno Español)

•RD 287/2002 de 22 de marzo (Ministerio de la Presidencia)

RAZAS RD 287/2002 -Anexo I • Pit Bull Terrier • Rottweiler • Dogo Argentino • Staffordshire Bull Terrier

• American Staffordshire Terrier • Fila Brasileiro • Tosa Inu • Akita Inu,

PIT BULL TERRIER

STAFFORDSHIRE BULL TERRIER

AMERICAN STAFFORSHIRE TERRIER

ROTTWEILER

DOGO ARGENTINO

FILA BRASILEIRO

TOSA INU

AKITA INU

PC

Y ADEMÁS…

• Los cruces con estas razas • Carácter marcadamente agresivo o con antecedentes de agresión

CARACTERÍSTICAS GENERALES RD 287/2002 -Anexo II • • • • • • • •

Fuerte musculatura Marcado carácter agresivo Pelo corto Perímetro torácico entre 60 y 80 cm; altura entre 50 y 70 cm; peso > 20 kg Cabeza voluminosa, mandíbulas grandes Cuello ancho, musculoso y corto Pecho macizo, lomo musculado Extremidades robustas y musculosas

NORMATIVA CATALANA • Llei 10/1999, de 30 de juliol (Generalitat de Catalunya) • RD 170/2002, d' 11 de juny (Departament de Medi Ambient)

RAZAS (CATALUÑA) • American Staffordshire • American Stafforshire Terrier • Bull Terrier • Pit Bull • Bullmastiff • Doberman • Dogo argentino

• Dogo de Burdeos • Fila brasileiro • Mastín Napolitano • Presa Canario • Rotweiller • Tosa Inu y sus cruces.

DOBERMAN

PRESA CANARIO

MASTÍN NAPOLITANO

DOGO DE BURDEOS

REQUISITOS

1. CERTIFICADO VETERINARIO Cartilla con: • sus datos • vacunaciones • obligaciones legales • y recomendaciones para una tenencia responsable

2. MICROCHIP Archivo de identificación

Código numérico

(Arxiu d’Identificació d’Animals de Companyia) Consell de Col·legis Veterinaris de Catalunya

Datos del propietario/a del animal

3. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL • Póliza para “Animales de Compañía y exóticos” • Por daños a terceros • Cobertura no inferior a 150.253€ (Cataluña) y 120.000€ (estatal)

4. LICENCIA DE TENENCIA DE ANIMALES PELIGROS • Certificado que se obtiene en los CENTROS DE RECONOCIMIENTO • Evaluación de la capacidad física • Evaluación de la aptitud psicológica De todas las personas que puedan pasear al animal (no solo el propietario) • Validez del certificado: 1 año

5. LICENCIA ADMINISTRATIVA el (Ayuntamiento) • Impreso 790 de solicitud y autoliquidación de certificados de Antecedentes penales • Pago de tasas en entidad bancaria • Fotocopia compulsada del DNI (en el ayuntamiento)

5. LICENCIA ADMINISTRATIVA (II) • Envío de la certificación mecánica del comprobante de la autoliquidación de las tasas a: Registro Central de Penados y Rebeldes MINISTERIO DE JUSTICIA C/. San Bernardo, 45 28015 Madrid

5. LICENCIA ADMINISTRATIVA (III) • Recepción del certificado de Antecedentes Penales, del Ministerio de Justicia. • Validez de la licencia administrativa: 5 años

6. REGISTRO CENSAL DE LA MASCOTA EN EL MUNICIPIO • El propietario/a solicita al ayuntamiento la inscripción • Recepción posterior de la respuesta

6. REGISTRO CENSAL (II) El ayuntamiento inscribe la mascota: • En el registro Censal del Municipio • En el Registro General de Animales de Compañía (ANICOM) de la Generalitat de Catalunya

CONSIDERACIONES (I) 1) PASEOS EN VÍA PÚBLICA • Conducido por personas con licencia (sólo 1 perro/persona) • Llevar bozal • Atado y con correa no más larga de 2m 2) CONDICIONES DEL RECINTO DE RESIDENCIA • Cerramiento adecuado y con altura suficiente • Si no existe o es inadecuado: atado

CONSIDERACIONES (II) 3) Plazo de 3 meses desde el nacimiento del animal, o de 30 días desde la fecha de su adquisición para estar censado en el Registro General 4) En caso de robo o pérdida de la mascota se debe de notificar a la Policía Municipal y al Registro Municipal (antes de 48 horas). En Cataluña llamar al 902 170 401, Registro de Animales de Compañía (en la cartilla y en la tarjeta identificativa) 5) Los menores de edad no pueden ser propietarios ni pasearlos 6) El ayuntamiento otorga la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales (normativa específica)

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