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TRIálitAkiA

INTENDENCIA DE RECAUDACIÓN Y GESTIÓN PROCESO / DEVOLUCIÓN, ACREDITAMIENTO O COMPENSACIÓN SUBPROCESO: Identificación

Nombre del Documento

Versión

3

No. Folios

43

Fecha de Aprobación

19/03/2014

Procedimiento de Devolución, Acreditamiento o Compensación de Pagos Indebidos o en Exceso.

ELABORADO POR:

Nombre Completo

Puesto que ocupa

Licda. Irma Aracely Hidalgo Barrios

Supervisor Normativo de Gestión

PR- IRG-DG-4.1.1

REVISADO POR:

APROBADO POR:

Lic. Leonel Estuardo Jiménez Barrientos Jefe del Departamento de Gestión

Lic. Alvaro Omar Franco Chacón Intendente de Recaudación y Gestión

on Firma

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Procedimiento de Devolución, Acreditamiento o Compensación de Pagos Indebidos o en Exceso.

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Objetivos 1. Automatizar y simplificar el proceso de Devoluciones, Acreditamientos y Compensaciones de pagos indebidos o en exceso. 2. lnterfasar con sistemas internos de SAT con el propósito de contar con información actualizada y oportuna, para la resolución de las solicitudes de pagos indebidos o en exceso y las relacionadas con crédito fiscal presentadas por los contribuyentes. 3. Emitir las resoluciones de forma uniforme y estandarizada, así como registrar los valores solicitados, valores devueltos, valores compensados y valores ajustados con el fin de interfazar con la cuenta corriente tributaria y otros sistemas de la SAT.

Alcance Este procedimiento será de aplicación en las Gerencias de Contribuyentes Especiales Grandes y Medianos y Gerencia Regional Central que para esta última las solicitudes serán recepcionadas en el Registro de Exportadores, se inicia con la presentación de la solicitud a través del formulario SAT-212 versión vigente adjuntando los requisitos correspondientes, finalizando con la resolución/providencia notificada a través del Módulo de Notificadores del Sistema de Control y Gestión de Expedientes.

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Marco Legal y Documentos Relacionados 1. Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 28 2. Decreto Número 1-98 del Congreso de la República, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria. 3. Decreto Número 6-91 Congreso de la República, Código Tributario y sus reformas. Artículos 43, 44, 47, 127 al 141, 149, 153 y 154. 4. Decreto 10-2012 del Congreso de la República y sus reformas, Ley de Actualización Tributaria. 5. Acuerdo Gubernativo Número 213-2013 del Presidente de la República. 6. Decreto 107 Código Procesal Civil y Mercantil, Artículos 128 y 186. 7. Acuerdo de Directorio Número 2-2008 Reglamento de Trabajo y Gestión del Recurso Humano de la Superintendencia de Administración Tributaria. Artículos 79 y 87 literal b, subliteral b.1 8. Resolución de Directorio Número 467-2007 y sus reformas Figuras Organizativas de Segundo y Tercer Nivel de las dependencias de la Superintendencia de Administración Tributaria, Artículo 61 numeral 9. 9. Acuerdo del Directorio Número 007-2007 y sus reformas, Reglamento Interno de la Superintendencia de Administración Tributaria, Artículo 48 numeral 5 y 66 numeral 12. 10.Resolución de Superintendencia Número SAT-294-2009 11. Procedimiento para regular las funciones de pago y control de los egresos del Estado, Acuerdo Ministerial Número 42-2009. 12.Marco Normativo para el funcionamiento del Sistema de Cuenta Corriente Tributaria, Acuerdo de Directorio Número 18-2009 13. Resolución de Superintendencia S-51-2008, Normas Generales del Sistema de Control y Gestión de Expedientes. 14.Decreto 90-2005 del Congreso de la República, Ley del Registro Nacional de Personas. 15.Resolución Número SAT-S-621-2011 Política para la Administración de Solicitudes de Usuarios y Accesos

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Normas Internas 1 Para la aplicación de este procedimiento deberán considerarse todas las normas y narrativas, debiendo para el efecto, considerar los artículos 2 y 79 del Acuerdo de Directorio Número 2-2008 y sus reformas, Reglamento de Trabajo y Gestión del Recurso Humano de la Superintendencia de Administración Tributaria; así como cualquier instrucción adicional que emita el Departamento de Gestión de la Intendencia de Recaudación y Gestión, por medio de comunicación escrita, posterior al inicio de su vigencia, para determinar lo indicado en los artículos citados, las autoridades competentes deberán aplicar lo establecido en el Título IV, capítulos I, II y III del referido acuerdo. 2.

En las normas, marco legal, narrativa y requisitos, se identifican los artículos que pueden ser consultados para el mejor entendimiento de este procedimiento, lo anterior no exime al personal responsable e involucrado en el mismo, de aplicar obligatoriamente los artículos, leyes y normativas no mencionados, de igual o mayor jerarquía, según el caso concreto que se esté analizando y resolviendo, la no aplicación, ocasiona incumplimiento en las tareas propias del puesto de trabajo.

3.

La resolución de las solicitudes de devolución, acreditamiento y compensación de pagos indebidos o en exceso, deberán ser atendidas en la Gerencia Regional Central, Registro de Exportadores y Gerencias de Contribuyentes Especiales Grandes y Medianos, en tal sentido la recepción de dichas solicitudes se realizará por medio del sistema de Devoluciones y Compensaciones WEB o el sistema que a futuro sea habilitado para el efecto.

4.

Los Profesionales, Técnicos o analistas según corresponda, son solidariamente responsables con el personal designado en la aplicación del presente procedimiento (marco legal, normas internas, narrativa, requisitos, roles de usuarios, instructivos y demás anexos).

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5.

Los Gerentes y Jefes de División de Recaudación y Gestión son responsables de la correcta aplicación del procedimiento por el personal de la Gerencia a su cargo, lo cual deberán constatar a través de las verificaciones correspondientes, debiendo elaborar documento consolidado con los comentarios, sugerencias y/o consultas manifestadas por el personal, para su discusión en reuniones periódicas y de ser viable jurídicamente, la inclusión en los procedimientos.

6.

Los Jefes de División de Recaudación y Gestión son responsables de reunir periódicamente al personal de las Gerencias a su cargo, para resolver las dudas e inquietudes sobre la aplicación del procedimiento, así también para capacitarlo cada vez que se implemente una nueva versión, de existir observaciones que le otorguen valor agregado, incorporarlas al documento consolidado de comentarios, sugerencias y/o consultas indicado en la norma anterior para su respectivo análisis.

7.

Los Supervisores o Jefes de Unidad, según corresponda, son responsables de verificar que el personal a su cargo cada vez que concluyan labores terminen las sesiones activas y apaguen los equipos, a efecto de evitar que la información que operan en los sistemas, presenten inconsistencias por desactualización de las aplicaciones informáticas que utilizan según los roles que tienen asignados.

8.

Las solicitudes de devolución, acreditamiento o compensación de pagos indebidos o en exceso, se deben presentar por medio del formulario SAT-212 (versión vigente) que incluye hoja de anexos y requisitos adjuntos, debidamente firmado por el propietario en caso de persona individual; representante legal o apoderado en caso de personas jurídicas. (Anexo 2)

9.

Si el contribuyente no presenta la documentación completa de conformidad con los requisitos establecidos para el efecto, la persona designada para la recepción y/o análisis de las solicitudes, le entregará al contribuyente la boleta de requerimiento de información indicándole la fecha en que deberá presentar la información y el nombre del analista que atenderá la solicitud. Para los casos de solicitudes presentadas por tercera persona, deberán aplicar adicionalmente lo indicado en el procedimiento PRO-IRG-DG-5.2.4 (versión vigente).

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10.

El plazo máximo para presentar la documentación adicional requerida por medio de la boleta de requerimiento, es de 8 días hábiles, para lo cual el analista deberá considerar el plazo dependiendo del tipo de requerimiento que se trate.

11.

Si el contribuyente no cumple con la documentación requerida en el plazo establecido en el presente procedimiento, el colaborador designado elaborará el informe y la providencia en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes, denegando la solicitud, notificará la misma y enviará el expediente al archivo, para su guarda, custodia y futuras referencias.

12.

Las solicitudes de devolución, compensación o acreditamiento de pagos indebidos o en exceso, una vez completados los requisitos y de haber realizado las consultas correspondientes en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes u otros medios que considere pertinentes, deben ser resueltas en un plazo que no exceda de 15 días hábiles.

13.

El colaborador designado para el análisis y resolución de las solicitudes de Devolución, Acreditamiento o Compensación de Pagos Indebidos o en Exceso, cuando el caso lo amerite debe realizar los requerimientos necesarios de información o documentación al contribuyente por medio del Sistema de Control y Gestión de Expedientes.

14.

El colaborador designado para Recepcionar Documentos, al momento de recibir las solicitudes de devolución, debe ingresar en el campo de declaraciones el número completo de la declaración, conformado por el código del formulario, versión y número correlativo de la declaración que origina la solicitud de devolución, compensación y/o acreditamiento así como los períodos y valores a devolver, caso contrario en analista responsable de la solicitud, deberá actualizar dicha información, para efectos de evitar inconsistencias en los sistemas y en la información que pueda servir de base para otras aplicaciones.

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15.

El colaborador designado para el análisis y resolución de las solicitudes de Devolución, Acreditamiento o Compensación de Pagos Indebidos o en Exceso, debe realizar el registro de los valores a devolver, acreditar o compensar, para efectos de evitar inconsistencias en los sistemas y en la información que pueda servir de base para otras aplicaciones.

16.

Los roles se asignarán conforme lo definido en esta normativa (anexo 3). Las personas facultadas para autorizar la creación, modificación o eliminación de los roles a los sistemas de información, deberán verificar que se asignen conforme lo definido en dicho anexo. Si el colaborador designado se ausenta del puesto de trabajo definitiva o temporalmente y existe la necesidad de asignar rol temporal a personas con puestos diferentes a los indicados, deberá documentarse, a efecto de dejar constancia del período por el cual se asignará, una vez concluido el período por el cual se le asignó el rol temporalmente, el Jefe inmediato superior debe velar porque se solicite la eliminación del rol. Se entiende por ausencia definitiva la finalización de la relación laboral con la institución y por ausencia temporal el traslado a otro departamento, goce de vacaciones, suspensión por enfermedad o accidente o cualquier otro motivo.

17.

Si a futuro se crea un puesto de trabajo multifuncional que sustituya en nombre algunos puestos de trabajo identificados en la normativa, por medio del cual se faculte a ese personal a realizar operaciones en cualquiera de los sistemas y la aplicación de los procedimientos normados por el Departamento de Gestión en esta normativa, se entenderán asignados a ese puesto multifuncional, descritos con otros nombres. (Anexo 3)

18.

El colaborador designado responsable de preparar las resoluciones originadas por solicitudes de acreditamiento y/o compensación, así como los firmantes de las mismas, deben resolver de oficio las compensaciones de saldos líquidos y exigibles a favor del contribuyente con saldos firmes, líquidos y exigibles a favor de la Administración Tributaria de que se tenga conocimiento a través de la Cuenta Corriente Tributaria, el procedimiento se dará a conocer cuando la misma se encuentre en funcionamiento.

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19.

Para los casos de sentencias emitidas por juez competente relacionadas con devoluciones o compensaciones, deberá acatarse lo resuelto por la autoridad competente sin mayor trámite, a excepción de que se tenga que establecer el saldo líquido y exigible.

20.

Para el caso de solicitud de devolución, acreditamiento o compensación de solicitudes relacionadas con operaciones aduanales y del Registro Fiscal de Vehículos, debe solicitarse a donde corresponda el informe en donde se indique la procedencia o improcedencia para el caso de vehículos y para el caso de operaciones aduanales, a la Aduana que corresponda, en el cual indiquen si hay pago en exceso o indebido, así como la documentación que respalde la misma.

21.

Las resoluciones de compensaciones estarán referidas a extinguir deudas firmes, líquidas y exigibles, conforme a lo establecido en el artículo 43 del Decreto 6-91 y sus reformas, Código Tributario y el Acuerdo de Directorio Número 18-2009, en consecuencia, no se autorizarán compensaciones a obligaciones futuras, de plazo no vencido y que no estén cuantificadas por liquidación del contribuyente o de la Administración y que no figuren en la Cuenta Corriente Tributaria, cuando la misma se encuentre en funcionamiento.

22.

El analista designado para el efecto, previo a elaborar el informe deberá realizar las consultas correspondientes en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes u otros medios que considere pertinentes, para determinar entre otros, si el contribuyente cuenta con juicio económico coactivo.

23.

Las solicitudes serán denegadas o improcedentes por las causas siguientes: 23.1 Si el contribuyente no se encuentra solvente en sus obligaciones tributarias (incluyendo convenios de pago al día) 23.2 Si las declaraciones objeto de la solicitud no hubieran sido rectificadas (Cuando proceda) 23.3 Cuando los períodos objeto de la solicitud estén prescritos 23.4 Cuando no cumpla o cumpla parcialmente con los requisitos establecidos para este tipo de solicitudes. 23.5 Otros casos debidamente justificados que no se encuentren contemplados en el presente procedimiento.

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24.

Las solicitudes (expediente) que se hayan resuelto favorables de devolución de pagos indebidos o en exceso, deberán trasladarse a la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Públicas y para los casos de depósitos aduanales, deben ser enviados a la Contabilidad del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, ambos casos, acompañados de la respectiva resolución debidamente notificada por los funcionarios acreditados ante el Ministerio de Finanzas con firma registrada, excepto los pagos de intereses de crédito fiscal de los cuales se elabora oficio dirigido al Banco de Guatemala.

25.

Cuando el analista designado para el efecto, derivado de la revisión y análisis de la solicitud, determina que procede la devolución parcial por deducciones realizadas, debe realizarse la partición del expediente en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes, enviando el expediente vinculante (hijo) a la División de Fiscalización para continuar con el proceso administrativo.

26.

Cuando el analista designado para el efecto, derivado de la revisión y análisis de la solicitud, determina que en lugar de devolverle al contribuyente existe adeudo por parte de éste a la Administración Tributaria por inconsistencias determinadas, deberá realizar la partición de expediente en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes y enviar el expediente por medio del Sistema de Control y Gestión de Expedientes a la Delegación de Auditoría de Proceso Abreviado de la Intendencia de Fiscalización, para la confirmación de los ajustes correspondientes.

27.

En los casos indicados en las normas 25 y 26, el expediente original o padre quedará a cargo del analista o profesional responsable, quien deberá emitir la resolución denegando parcial o totalmente la solicitud, según corresponda, notificando primero la audiencia, donde se le dará a conocer los ajustes correspondientes.

28.

El colaborador designado para la aplicación del presente procedimiento es el responsable del uso eficiente y eficaz del módulo a utilizar en el presente procedimiento, digitando y grabando lo resuelto en El Sistema de Devoluciones y Compensaciones Web.

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29.

Cualquier inconsistencia de los sistemas indicados en el presente procedimiento, debe remitirse por escrito al Departamento de Gestión, la cual deberá ser enviada por medio del Jefe de la División de Recaudación y Gestión de la Gerencia que corresponda, debidamente documentada a través de memorando, adjuntando imágenes de pantallas que muestren el error.

30.

Cualquier caso no considerado en este procedimiento o que difiera por alguna(s) característica(s) a los indicados en esta normativa, deberá ser analizado y resuelto, por el Gerente y el Jefe de la División de Recaudación y Gestión de de la Gerencia que corresponda. Si del resultado deviene la necesidad de modificar la normativa, deben presentar el caso y la solución aplicada en las reuniones periódicas definidas en la norma 6 del presente apartado, así mismo si el Gerente y el Jefe de la División de Recaudación y Gestión de la Gerencia que corresponda no establecen y aplican una solución, presentar el caso al Departamento de Gestión, con la respectiva propuesta de solución, para ambas situaciones la consulta deberá ser expuesta por el Jefe de División de Recaudación y Gestión de la Gerencia que corresponda, en las reuniones indicadas para que sea analizado y de ser viable se procederá a la modificación de la normativa.

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Narrativa No. 1. 2.

3.

3.1

3.2

Actividad Considerar las normas internas de la 1 a la 30 para la aplicación del presente procedimiento. Presentar solicitud con el formulario SAT-212 (versión vigente), hoja de anexos y requisitos establecidos en la ventanilla de recepción de documentos habilitada para el efecto.

Recibir y verificar los requisitos presentados por el contribuyente.

Responsable

Contribuyente/Respon sable/Persona autorizada Analista de Devolución de Impuestos/ Profesional de Análisis y Cumplimiento Tributario/Técnico en Atención al Contribuyente

Si cumple con los requisitos, ingresa la solicitud al sistema de devoluciones y compensaciones WEB o el sistema habilitado para el efecto, como "grabación completa" firma y sella de recibido y entrega copia al contribuyente de la solicitud presentada. Continúa en el paso 6. Si no cumple con los requisitos, elabora boleta de requerimiento (si corresponde) y procede a entregar al contribuyente, responsable o persona autorizada y le orienta para que presente nuevamente completa la documentación, Si el contribuyente insiste en ingresar la solicitud, deberá recepcionarse como "grabación incompleta" y continúa en el paso 6.

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Actividad

No.

4.

5.

6.

7. 8. 9.

10.

11.

Responsable

Si el contribuyente no presenta la documentación requerida en el plazo establecido, elabora el informe correspondiente, genera la providencia en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes denegando la solicitud y traslada el expediente al archivo para su guarda, custodia y futuras referencias. Si el contribuyente presenta la documentación requerida en el plazo establecido, ingresa la solicitud al sistema de Control y Gestión de Expedientes como anexo y traslada al analista que corresponde. Trasladar el expediente físicamente y en el Sistema habilitado para el efecto al analista designado. Recibir y confirmar el expediente en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes Realizar el análisis correspondiente de la solicitud y verificación de información en los sistemas habilitados. Si el resultado del análisis es procedente o improcedente, elabora el informe y la resolución correspondiente. Trasladar la documentación elaborada de acuerdo a análisis realizado (Informe y Resolución), al Supervisor del Registro de Exportadores en el caso de la Región Central, y en el caso de las Gerencias de Contribuyentes Especiales Grandes y Medianos, Jefe de Unidad o al colaborador designado para el efecto. Verificar y analizar la solicitud.

Supervisor Registro de Exportadores/Jefe de Unidad

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No.

Actividad

12.

Firmar el informe, rubricar la resolución y trasladar el expediente al Jefe de División de Recaudación y Gestión de la Gerencia que corresponda. (procedente o improcedente)

13.

En caso de existir inconsistencias o errores, devuelve el expediente al analista para las correcciones correspondientes.

14.

Verificar y analizar la solicitud

15. 16.

17. 18. 19.

Responsable

Jefe de División de Recaudación y Gestión

Firmar el informe, rubricar la resolución y trasladar el expediente al Gerente/Subgerente de la Región que corresponda. En caso de existir inconsistencias o errores, devuelve el expediente al Supervisor o Jefe de Unidad de la Gerencia que corresponda, para las correcciones correspondientes. Verificar y analizar la solicitud

Gerente/Subgerente

Firmar la resolución y trasladar el expediente al Supervisor del Registro de Exportadores o Jefe de Unidad de la Gerencia que corresponda, continúa paso 21. En caso de existir inconsistencias o errores, devuelve el expediente al Supervisor del Registro de Exportadores o Jefe de Unidad de la Gerencia que corresponda, para las correcciones correspondientes.

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No.

20.

20.1 20.2

21

Actividad

Responsable

Realizar el proceso de notificación por medio del Sistema de Control y Gestión de expedientes y para el caso de resoluciones denegadas o parcialmente procedentes, esperar el plazo establecido para la presentación de recursos.

Analista de Devolución de Impuestos/ Profesional de Análisis y Cumplimiento Tributario/Técnico en Atención al Contribuyente

Si el contribuyente no presenta Recurso de Revocatoria, trasladar físicamente el expediente a la Dirección Financiera de Finanzas Públicas o a la Contabilidad del Estado, según corresponda, por medio de traslado externo en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes. Si la solicitud corresponde a acreditamiento o compensación, deberá trasladar el expediente al archivo General para su guarda, custodia y futuras referencias. Si el contribuyente presenta Recurso de Revocatoria y si corresponde a una solicitud de devolución, acreditamiento o compensación parcial, trasladar el expediente al Jefe de División o al colaborador designado para la función de partición de expedientes, a efecto de realizar la partición del expediente correspondiente.

22.

Realizar el proceso de partición de expediente y traslada el expediente al analista responsable de la solicitud

23.

Trasladar el expediente relacionado o vinculante (hijo) firmado y certificado por el Jefe de División que corresponda por medio de providencia y por el Sistema de Control y Gestión de Expedientes a la División de Fiscalización para la confirmación de ajustes y

Jefe de División de Recaudación y Gestión/Colaborador designado Analista de Devolución de Impuestos/ Profesional de Análisis y

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No.

Actividad la generación de la audiencia correspondiente.

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25.

26.

Responsable Cumplimiento TributariofTécnico en Atención al Contribuyente

Trasladar el expediente original (padre) al Directorio para continuar con el proceso administrativo correspondiente. Elaborar providencia para el traslado del expediente acompañando la resolución debidamente certificada a la Dirección Financiera del Ministerio de Finanzas Pública o a la Contabilidad del Estado, según corresponda, para el trámite de devolución, o al archivo correspondiente. Fin del Proceso.

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Registros

Nombre del Registro

Tipo de Registro (papel/electrónico)

1. Expediente generado en el Módulo de Devoluciones WEB o en sistema habilitado

Electrónico

2. Formulario SAT-212 (versión vigente)

3. Resolución generada en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes

Papel

Electrónico/papel

4. Requisitos de acuerdo al anexo 1 del procedimiento

Papel

5. Cédula de Notificación

Papel

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Nombre del Registro

6. Providencia generada en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes

Tipo de Registro (papel/electrónico)

Electrónico/Papel

7. Boleta de Traslado Externo en el Sistema de Control y Gestión de Expedientes

Papel

8. Boleta de requerimiento/notificación

Papel

9. Informe de Revisión de información

Electrónico/papel

10. Boleta de recepción y cita (Asalariados)

Papel

11. Boleta de detalle de ingresos y deducciones (Asalariados)

Papel

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Listado de Anexos

Tipo(s) de Anexo(s):

Procedimiento de Devolución, Acreditamiento o Compensación de Pagos Indebidos o en Exceso.

Identificación del Anexo (Sí Aplica)

Nombre del Anexo

RE-GPD-GC-03

Lista de control de cambios

RE-GPD-GC-04

Lista de distribución

1

Requisitos

2

Formulario SAT-212 (versión vigente)

3

Roles

4

Boleta de recepción y cita

5

Boleta de requerimiento/Notificación

Formato de detalle de ingresos y deducciones

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso NOTA IMPORTANTE Para cualquier trámite de devolución, acreditamiento o compensación de pagos indebidos o en exceso, el contribuyente debe considerar lo siguiente: 1. Presentar la certificación de cumplimiento, formulario 8421. 2. Si el trámite es realizado por un tercero, presentar formulario SAT-361 y documentos de identificación en original del contribuyente y original y fotocopia del tercero. 3. Las declaraciones objeto de la solicitud deben ser rectificadas, cuando corresponda, lo anterior no aplica para las solicitudes de devolución por compra-venta de bienes inmuebles, vehículos, habilitación de libros, ISR a pequeños contribuyentes del 5%, timbres, multas e intereses. 4. Presentar memorial en el cual especifique la relación de los hechos a que se refiere la petición.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de devoluciones, acreditamiento o compensación de impuestos relacionados a Aduanas 1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia del inventario de cuentas sellado de recibido por la Tesorería Nacional (Adjunto a la solicitud cuando sean depósitos aduanales) 6. Certificación del Contador de la empresa donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de devolución, acreditamiento o compensación de ISR Mensual 1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia de la constancia de retención. 6. Certificación del Contador de la entidad donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de devolución, acreditamiento o compensación del Impuesto al Valor Agregado

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia de la constancia de retención 6. Certificación del Contador de la empresa donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos IVA Compra Venta (primera venta o permuta de bienes inmuebles)

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 7. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 2. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 3. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 4. Fotocopia autenticada del Contrato de Compra Venta y/o escritura del contrato de Compra Venta 5. Fotocopia autenticada de la escritura de rescisión. 6. Formulario SAT 2799 o versión vigente 7. Certificación del Rechazo emitido por el Registro de la propiedad (original) 8. Certificación del Contador de la empresa donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución de Impuesto de Circulación de Vehículos (duplicado Impuesto Circulación, impuesto, intereses y mora cuando está inactivo)

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Recibo original del pago realizado. 6. Fotocopia del título de propiedad y de la tarjeta de circulación. 7. Certificación de alza del Registro Fiscal de Vehículos.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución de IVA por traspaso de Vehículos

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. revisión, se devuelve al contribuyente)

(solo para

4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Copia del Recibo SAT 203 con sellos originales del banco (en papel copia amarilla y celeste). 6. Fotocopia del título de propiedad y de la tarjeta de circulación.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución, acreditamiento o devolución de Impuesto de solidaridad Oso)

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Certificación del Contador de la empresa donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de Devolución de Habilitación de libros

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Recibo original con el que realizó el pago que solicita y fotocopia del pago correcto.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de devolución, acreditamiento o compensación del Impuesto Sobre Productos Financieros

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Todos los documentos que respaldan la transacción que genera el pago del Impuesto sobre productos Financieros. 6. Certificación del Contador de la empresa donde hagan constar que no han solicitado la devolución, acreditado o compensado lo solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución del impuesto sobre la renta retenido indebidamente al pequeño contribuyente del 5% 1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal en caso de persona jurídica. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia de constancia (s) de retención. 6. Fotocopia de las facturas emitidas 7. Certificación del Contador de la empresa donde le realizaron la retención, indicando que no le han efectuado la devolución del monto retenido.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución del Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal, en caso de persona jurídica. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia de los documentos que generaron el pago del impuesto solicitado.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución de Impuesto Sobre la Renta Asalariado (Retenciones)

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. En el caso de la persona que actúe como mandatario, deberá presentar original y fotocopia del mandato. (se devuelve al contribuyente el original) 4. Fotocopia de la constancia de retención 5. Finiquito de terminación de relación laboral del contribuyente, certificado por el contador de la empresa. 6. Fotocopia completa de la Planilla del IVA entregada en SAT que contenga el sello y firma de recepción. 7. Fotocopia de la declaración del ISR SAT 1179 o versión vigente, y si en ella reporto rentas exentas y deducciones, adjuntar la integración correspondiente y la documentación de soporte. (originales y fotocopia simple) REQUISITOS QUE DEBE SOLICITAR ANTE EL EXPATRONO:

1. Certificación emitida por el contador registrado ante SAT, en la que indique las deducciones mensuales y los números de formularios SAT-105 (versión vigente) presentados ante SAT, así como el informe de las devoluciones efectuadas al contribuyente. 2. Detalle de ingresos y deducciones mensuales del empleado, (los sueldos ordinarios, extraordinarios y prestaciones pagadas durante el periodo (Aguinaldo, Bono 14, vacaciones, indemnizaciones, bonificaciones, viáticos, etc.) los números de formularios SAT-105 (versión vigente) presentados ante SAT, debidamente certificado por el contador de la empresa registrado y actualizado ante SAT.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos Embargo

1. Oficio del Juzgado donde corresponda.

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso

Requisitos de devolución de Multas e Intereses

1. Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2. Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3. Original del nombramiento del Representante Legal, en caso de persona jurídica. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4. En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar origina y fotocopia del mandato. 5. Fotocopia del formulario 212 (versión vigente) o versiones anteriores con el que se realizó la solicitud de Devolución de Crédito Fiscal por concepto de IVA por el período trimestral, semestral o anual (aplica para períodos antes de la vigencia del Decreto 20-2006). 6. Fotocopia de la resolución y de la cédula de notificación con la que se procedió a realizar la devolución del crédito fiscal IVA (aplica para períodos antes de la vigencia del Decreto 20-2006).

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ANEXO 1 REQUISITOS Devoluciones, Acreditamientos o Compensaciones de Pagos Indebidos o en Exceso Requisitos de devolución de Impuesto de Primeras Placas IPRIMMA 1 Formulario SAT-212 (versión vigente) Solicitud de devolución de crédito fiscal de IVA, pagos indebidos o en exceso de otros impuestos, impuestos pagados por importación de combustibles o depósitos por garantías aduanales. 2 Documento de identificación: DPI, pasaporte en caso de ser extranjero o constancia emitida por RENAP y fotocopia del documento presentado. 3 Original del nombramiento del Representante Legal, en caso de persona jurídica. (solo para revisión, se devuelve al contribuyente) 4 En el caso que el contribuyente actúe como mandatario, deberá presentar origina y fotocopia del mandato. 5 Formulario SAT 4081 (si es empresa o sociedad anónima), ó formulario SAT 4041 (si es persona individual), y en caso de haber duplicado el pago, incluir los dos formularios. 6 Original y fotocopia del título de propiedad y de la tarjeta de circulación del vehículo. 7 Fotocopia de la declaración y rectificación aduanera cuando corresponda, con la que se realizó la importación del vehículo la cual debe tener adjunto los documentos anexos. 8 Para solicitar esta devolución es indispensable haber completado el trámite de primeras placas del referido vehículo.

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ANEXO 2 DECLARACIÓN JURADA Y SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE CRÉDITO FISCAL DE IVA, DE PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO DE OTROS IMPUESTOS, IMPUESTOS PAGADOS POR IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES O DEPOSITOS POR GARANTIAS ADUANALES

---ZISOIrrr Ge' SunalbrrEmoetecla pe

Lugar

y

fecha:

Apellidos

1

04

y

SAT-2123-

nombres, razón o denominación social:

DOMICILIO FISCAL: 07

Número y/o nombre de calle o avenida

06

1

12

02 Numero de Identificación Tributaria

AÑO

MES

03

(Ver instrucciones de llenado al reverso de la copia) 01

DiA

,

AbeaniatillItACON TrUnUTARIA

3'

1

I I 1

Municipio

DIRECCIÓN PARA RECIBIR NOTIFICACIONES:

05

_

Apto. o similar

08

Número casa

131 Teléfono

1

09

1

, I

Zona

16

Apartado Postal

15

14 1Fax

11

Colonia o Barho

10

I I

1 1

Departamento

Correo Electrónico

DEVOLUCIÓN DE: REMANENTES

EXPORTADORES REGIMEN GENERAL

CRÉDITO FISCAL DE IVA:

17

Nombre del Impuesto:

19

IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES:

21

DEPÓSITOS ADUANALES:

Multas e Intereses:

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO EN IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES

DERECHOS ARANCELARIOS PAGADOS EN IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES

20

22

A CONTRIBUYENTES QUE VENDEN A ENTIDADES EXENTAS

EXPORTADORES RÉGIMEN OPTATIVO (CRÉDITO DEL PERÍODO)

PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO:

18

(TRIMESTRALES O SEMESTRAL REGIMEN ESPECIAL EXPORTADORES )

(TRIMESTRAL O SEMESTRAL)

FORMULARIO SAT-8011 NO.

VALOR SOLICITADO

En números:

EN QUETZALES:

Q

En letras:

DECLARACIONES: PERÍODO

DECLARACIÓN No.

DECLARACIÓN No.

VALOR Q.

al: dd-mm-aa

del: dd-mm-aa

PERÍODO

VALOR a

al: dd-mm-aa

del: dd-mm-aa

30

23

24

25

26

27

28

29

31

32

33

34

35

36

37

38

39

40

41

42

43

44

45

46

47

48

49

50

51

52

53

54

55

56

57

58

59

60

61

62

63

64

65

66

67

68

69

70

PARA APLICAR EN COMPENSACIÓN POR: ACREDITAMIENTO:

a Solicito que el valor de la devolución sea aplicado al pago de las siguientes deudas liquidas y exigibles El Solicito que el acreditamiento sea aplicado a pago de Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo PERÍODO

IMPUESTO

del: dd-mm-aa

y

AJUSTES CONFIRMADOS:

Combustibles Derivados del Petróleo o a importaciones subsiguientes

VALOR

al: dd-mm-aa

71

72

73

74

75

76

77

78

Número del expediente(s) de referencia de los ajustes confirmados:

79 TOTAL COMPENSACIÓN (73+75+79)

80

DEVOLUCIÓN(22-80)

81

DECLARO Y JURO QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTE FORMULARIO SON VERDADEROS Y QUE EL MONTO SOLICITADO NO HAN SIDO COMPENSADO O ACREDITADO CON ANTERIORIDAD, NI RESPECTO DE ELLOS SE HA PRODUCIDO DEVOLUCIÓN ALGUNA. ASIMISMO, NO HA SIDO TRASLADADO AL SIGUIENTE PERÍODO NI A NINGÚN OTRO (Articulo 459 Código Penal).

ANEXOS, OBSERVACIONES Y FIRMAS

82

Adjunto

folios que se detallan en la "Hoja de Anexos".

MOTIVO QUE ORIGINÓ EL PAGO INDEBIDO O EN EXCESO, MULTAS O INTERESES:

Firma: Propietario, Apoderado o Rep. Legal

REGIMEN OPTATIVO DE DEVOLUCIÓN DE CRÉDITO FISCAL A EXPORTADORES:

NIT de quien firma:

I I I I I I I I

NIT DEL CONTADOR PUBLICO Y AUDITOR QUE FIRMA EL DICTAMEN:

Calidad con que actua: Propietario: Nombre de quien firma:

Representante Legal:

1 I I 1 I

_ Firma

y

sello de recepción SAT

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