TIÍTULO II TÍTULO III

PRESENTACIÓN GLOSARIO DE TÉRMINOS CONTENIDO TÍTULO I DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD TIÍTULO II DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA L

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SUMARIO: I. - II. - III. - IV
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(COMPARATIVA SEVESO III-SEVESO II)
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SUMARIO: I. - II. - III. - IV
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PRESENTACIÓN GLOSARIO DE TÉRMINOS

CONTENIDO TÍTULO I

DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD TIÍTULO II DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL INCODER Capítulo 1. Políticas para la dirección del instituto Capítulo 2. Políticas de relación con los órganos de control externo TÍTULO III DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA GESTIÓN DEL INCODER Capítulo 1. Políticas para la gestión ética Capítulo 2. Políticas de gestión del recurso humano Capítulo 3. Políticas de comunicación e información Capítulo 4. Política de calidad Capítulo 5. Políticas de responsabilidad social con la comunidad Capítulo 6. Política de responsabilidad frente al medio ambiente y al desarrollo rural Capítulo 7. Política sobre conflictos de interés Capítulo 8. Políticas con contratistas Capítulo 9. Política frente al control interno Capítulo 10: Política sobre riesgos TÍTULO IV DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO Capítulo 1. De los comités para las buenas prácticas en la función pública Capítulo 2. De la administración y resolución de controversias Capítulo 3. De los indicadores de gestión del Código de Buen Gobierno Capítulo 4. De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del Código de Buen Gobierno

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PRESENTACIÓN El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER) presenta a la ciudadanía el Código de Buen Gobierno, como resultado del compromiso adquirido por la Gerencia General y el equipo directivo de orientar y dirigir la entidad, de manera eficiente, eficaz y efectiva, así como encaminar sus acciones hacia el fortalecimiento institucional y brindar a los pobladores rurales de Colombia un servicio de calidad. El presente Código es el producto de un proceso de revisión y análisis de la implementación de las políticas que, en cuanto a desarrollo rural sostenible, son responsabilidad de la institución y deben reflejarse en las actuaciones de todos los servidores públicos del INCODER. Este Código de Buen Gobierno, también es una construcción colectiva, que muestra el compromiso de la Alta Gerencia de la entidad y de su equipo directivo, con la forma de entender y comprender como las relaciones humanas están sometidas a criterios de justicia, lo que implica que una buena decisión empresarial no debe tomarse atendiendo solo a leyes técnicas , sino también debe hacerse con respecto al marco social y humano en el que se inscribe, permitiendo el razonamiento conciencia y libertad en el acatamiento legítimo de las normas .Por lo tanto, se constituye en la hoja de ruta que orientará el desempeño de las funciones de los servidores públicos del INCODER, en aras de lograr una gestión caracterizada por la integridad, transparencia y eficiencia, en correspondencia con las políticas macroeconómicas y sectoriales que la enmarcan. Busca dotar al instituto de un instrumento ágil para el cumplimiento de su misión, visión, políticas y objetivos, orientados a la calidad, dentro de los más elevados principios éticos de integridad, transparencia y eficiencia. Además, permite establecer pautas y compromisos a seguir por cada uno de sus miembros, en cumplimiento de los fines estatales y la efectiva atención a los pobladores rurales y a la ciudadanía en general. “La implementación del Código de Buen Gobierno en la entidad permitirá consolidar la ética en el INCODER y desarrollar la calidad como un camino a la excelencia”.

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GLOSARIO DE TÉRMINOS Para una mejor comprensión de los aspectos que consagra el presente Código de Buen Gobierno del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER), se citan los significados de las palabras y expresiones de uso más frecuente. Administrar: gobernar, ejercer la autoridad o el mando sobre un territorio y sobre las personas que lo habitan. Dirigir una institución. Ordenar, disponer, organizar, en especial la hacienda o los bienes. Código de Buen Gobierno: disposiciones voluntarias de autorregulación de quienes ejercen el gobierno de las entidades, que a manera de compromiso ético buscan garantizar una gestión eficiente, íntegra y transparente en la administración pública. Documento que recoge las normas de conducta, mecanismos e instrumentos que deben adoptar las instancias de dirección, administración y gestión del instituto, con el fin de generar confianza en los públicos internos y externos del mismo. Código de Ética: es un documento que permite orientar la adecuada toma de decisiones bajo criterios normativos y cumplimiento de principios, valores, y directrices que le dan sentido a la razón de ser de la entidad, y que en coherencia con el Código de Buen Gobierno, todo servidor público debe observar en el ejercicio de sus funciones. Comité de Buen Gobierno: instancia organizacional encargada de ejercer la veeduría sobre el cumplimiento del Código de Buen Gobierno y facultada en el tema de la prevención y manejo de los conflictos de interés dentro de la entidad. Comité de Ética: instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética de la entidad, encauzado hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía, por parte de todos los servidores públicos del instituto. Conflicto de intereses: situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, podría aprovechar para beneficio propio o de un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta. Control de la calidad: conjunto de acciones encaminadas a la verificación del cumplimiento de los acuerdos y compromisos para alcanzar la calidad. Calidad

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Ética: es el comportamiento social y empresarial, que muestra la toma de decisiones acertadas, asumidas frente a unos valores, que orientan el modo de ser y actuar libre, y responsable de las personas y que permiten el discernimiento y la observancia normativa, de manera deliberada en relación con las formas de alcanzar las metas individuales e institucionales Ética empresarial, reconocimiento de las actividades económicas y sociales de la organización, bajo principios, valores, normas procedimentales y estrategias establecidas, que definen el sentido y la finalidad de la empresa en particular y facilitan la adecuada y oportuna toma de decisiones. Gestionar: actividades coordinadas para lograr los objetivos de la entidad. Gobernabilidad: conjunto de condiciones que le facilitan al gerente general el ejercicio real del poder para el cumplimiento de los objetivos y fines propios de su cargo. Esta capacidad se origina en el grado de legitimación que los diversos grupos de interés conceden a la dirigencia y se juega en el reconocimiento de: a. Su competencia e idoneidad para administrar la entidad en el logro de los objetivos estratégicos: eficiencia. b. El cumplimiento de principios y valores éticos y la priorización del interés general sobre el particular: integridad. c. La comunicación para hacer visibles la forma como se administra y los resultados obtenidos: transparencia. Gobierno corporativo: forma de dirección que permite mejorar el funcionamiento interno y externo de la entidad y asegura un comportamiento ético organizacional, con el fin de responder adecuadamente a sus grupos de interés. Grupos de interés: personas, grupos o entidades sobre los cuales recae directa o indirectamente la actividad del instituto. Pueden definirse también como “públicos internos y externos”, “clientes internos y externos” o “partes interesadas”. Misión: razón de ser del instituto según las normas que lo regulan. Modelo Estándar de Control Interno (MECI): modelo establecido por el Estado para sus entidades mediante el Decreto No. 1599 de 2005. Proporciona una estructura para el control a la estrategia, a la gestión y a la evaluación, con el propósito de mejorar el desempeño institucional, mediante el fortalecimiento del Calidad

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control y de los procesos de evaluación que deben llevar a cabo las oficinas de control interno, las unidades de auditoría interna o quien haga sus veces. Políticas: directrices u orientaciones por las cuales la Alta Dirección define el marco de actuación en un campo específico de su gestión, para el cumplimiento de los fines constitucionales y misionales de la entidad, garantizando la coherencia entre sus prácticas y sus propósitos. Principios éticos: normas superiores o líneas rectoras que rigen el comportamiento ante y frente distintos grupos constitutivos de una entidad, y que orientan la forma correcta de relacionarse cada persona con los otros y su entorno y que institucionalmente permiten el logro de las metas y objetivos institucionales. Son la base del sistema de valores éticos al cual el individuo o el grupo se comprometen. Rendición de cuentas: deber legal y ético de todo funcionario o persona de responder e informar por la administración, el manejo y los rendimientos de fondos, bienes y/o recursos públicos que le son asignados. Así como los respectivos resultados en el cumplimiento del mandato conferido. De esta manera se constituye en un recurso de transparencia y responsabilidad para generar confianza y luchar contra la corrupción. Riesgos: posibilidad de eventos tanto internos como externos, que entorpecen el desarrollo normal de sus funciones y pueden afectar o impedir el logro de los objetivos de la entidad. Sistema de gestión de la calidad para el sector público: herramienta de gestión sistemática y transparente para dirigir y evaluar el desempeño institucional en términos de calidad y satisfacción social, en la prestación de los servicios a cargo de las instituciones, enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo. Transparencia: principio que subordina la gestión de las instituciones a las reglas establecidas y la expone a la observación directa de los grupos de interés. Así mismo implica el deber de rendir cuentas de la gestión encomendada. Valor ético: forma de ser y de actuar de las personas, altamente deseables como atributos personales, que posibilita la construcción de una convivencia gratificante en el marco de la moral y la dignidad humana y permiten llevar a la práctica los principios éticos.

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Visión: establece el deber ser de la entidad en un horizonte de tiempo, desarrolla su misión e incluye el plan de gobierno de su administrador, que luego se traduce en el plan de desarrollo de la institución. TÍTULO I DE LA ORIENTACIÓN ESTRATÉGICA DE LA ENTIDAD Artículo 1. Identificación y naturaleza. El INCODER es un instituto descentralizado, adscrito al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, creado mediante el Decreto 1300 del 23 mayo del 2003. Ejecutor de la política agropecuaria y de desarrollo rural, su objeto es facilitar el acceso a los factores productivos, fortalecer las entidades territoriales y sus comunidades y propiciar la articulación de las acciones institucionales en el medio rural del país, bajo principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multifuncionalidad y descentralización, para contribuir a mejorar la calidad de vida de los pobladores rurales y al desarrollo socioeconómico del país. Artículo 2. Compromiso con la misión, visión, política y objetivos de la calidad de la entidad. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a orientar todas sus actuaciones, en el ejercicio de la función pública, hacia el logro de los objetivos y el cumplimiento de la misión y la visión del INCODER, bajo parámetros de calidad. Artículo 3. Principios éticos. El presente código define los principios éticos como normas superiores que rigen el comportamiento ante y frente distintos grupos constitutivos de una entidad, y que orientan la forma correcta de relacionarse cada persona con los otros y su entorno y que institucionalmente permiten el logro de las metas y objetivos institucionales. Son la base del sistema de valores éticos al cual el individuo o el grupo se comprometen. En tal sentido los principios éticos del Instituto son los siguientes: 1. El interés general prima sobre el interés particular. 2. La equidad, la justicia y la verdad se manifestarán permanentemente en las actuaciones y decisiones del Instituto. 3. La finalidad fundamental del Instituto es contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los pobladores rurales.

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4. El INCODER reconoce que las diferencias individuales son naturales y fundamentales para la integración y desarrollo de la entidad y su posicionamiento en la sociedad. 5. Los ciudadanos tienen derecho a participar en las decisiones públicas que los afecten. 6. Reconocimiento a la preservación y conservación del medio ambiente como medida de aseguramiento del equilibrio del medio rural desde una perspectiva global. 7. El servidor público tiene como función servir con eficiencia, eficacia y efectividad a la ciudadanía. 8. La administración de los recursos públicos exige la rendición de cuentas a la sociedad sobre su manejo, utilización y los resultados de la gestión. Artículo 4. Valor ético: será entendido cono la forma de ser y de actuar de las personas, altamente deseables como atributos personales, que posibilita la construcción de una convivencia gratificante en el marco de la moral y la dignidad humana y permiten llevar a la práctica los principios éticos. Los valores que inspiran y soportan la gestión del INCODER, en armonía con su Sistema de Gestión de Calidad, son 1. Compromiso: asumir con responsabilidad y como propios el cumplimiento de la misión, la visión, la política y los objetivos institucionales. 2. Honradez: asumir el compromiso ético y moral de cumplir con las funciones y el cuidado de los bienes públicos y privados en la prestación del servicio y de demostrar la incorruptibilidad ante las situaciones de responsabilidad y compromiso institucional en la prestación del servicio 3. Transparencia: actuar con claridad e imparcialidad en la gestión de los procesos y en la administración de los recursos de la entidad, entregando la información para el control social. 4. Responsabilidad: cumplir con las obligaciones contraídas y asumir las consecuencias de los actos en el desempeño de las funciones. 5. Respeto mutuo: reconocer el derecho de los demás a ser, sentir, pensar y actuar diferente, a legitimar al otro como un ser humano en igualdad de Calidad

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condiciones y a fortalecer la autonomía y la capacidad de las personas para generar bienestar. 6. Equidad: valorar la pluralidad y la diversidad en las relaciones interpersonales e interinstitucionales en lo justo y el buen trato. Dar a los sectores poblacionales más vulnerables de la sociedad rural el acceso a los factores productivos y sociales. 7. Calidad: mostrar el profesionalismo en el trabajo y el cumplimiento de los requisitos de los usuarios de manera eficiente, eficaz y efectiva procurando el mejoramiento continuo. 8. Efectividad: cumplir con la misión institucional mediante el óptimo aprovechamiento de los recursos técnicos, humanos y financieros disponibles, de tal manera que se obtengan resultados importantes y de impacto para el desarrollo rural y sostenible del país. 9. Creatividad e iniciativa: generar nuevas alternativas que permitan el crecimiento y desarrollo de la entidad a todos los niveles. 10. Liderazgo: ejercer la participación activa y creativa en la entidad en el ejercicio de sus funciones y desarrollar nuevas opciones para alcanzar los objetivos y metas institucionales. 11. Participación: promover espacios para la toma de decisiones, la planeación y el control social por parte de las comunidades e individuos, que les permitan asumir el papel de actores principales en la definición y gestión de su propio desarrollo. Artículo 5. Misión. Ejecutar políticas de desarrollo rural, en coordinación con las comunidades e instituciones públicas y privadas relacionadas con el sector agropecuario, forestal y pesquero, facilitando el acceso de los pobladores rurales a los factores productivos y sociales, para contribuir a mejorar su calidad de vida y al desarrollo socioeconómico del país. Artículo 6. Visión. Para el año 2019, el INCODER será reconocido como la entidad líder en la ejecución de políticas de desarrollo rural de manera participativa, competitiva, equitativa y sostenible. Artículo 7. Política de calidad. El INCODER se compromete a prestar un servicio oportuno, transparente, concertado y amable, propendiendo por el mejoramiento continuo que asegure la ejecución eficiente, eficaz y efectiva de las Calidad

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políticas de desarrollo rural, con el fin de contribuir al logro de una vida digna de los pobladores rurales. Artículo 8. Objetivos de la calidad. La Alta Dirección se compromete de forma permanente a: • • •

Mejorar la calidad de vida de los pobladores rurales Aumentar la capacidad de autogestión de los pobladores rurales y entidades territoriales Incrementar la dotación de factores productivos y sociales

Artículo 9. Grupos de interés. El instituto reconoce como grupos de interés externos: la comunidad rural, las organizaciones sociales campesinas, indígenas y afrocolombianas, los gremios de la producción, la ciudadanía, los acreedores, los organismos de control, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y las demás entidades públicas. Y como grupos de interés internos: los servidores públicos, las personas naturales o civiles que contratan con la entidad y demás miembros de la entidad. TÍTULO II DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL INCODER CAPÍTULO I Políticas para la dirección Artículo 10. El Gerente General y su equipo directivo se responsabilizan de la aplicación del presente Código de Buen Gobierno. Para la evaluación y control de su actividad, están sometidos externamente al control social, político, fiscal y disciplinario, e internamente al control disciplinario y al control interno que evalúan el desempeño garantizando la eficiencia y eficacia en la gestión administrativa. Artículo 11. Compromisos con la gestión y obligaciones de la entidad. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a: 1. Sobresalir por su competencia, integridad, transparencia y responsabilidad pública, actuando con objetividad y profesionalismo en el ejercicio de su cargo.

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2. Cumplir con la Constitución Política y demás disposiciones legales vigentes que enmarcan la gestión institucional. 3. Establecer las políticas que guíen las acciones del instituto hacia el cumplimiento de su misión en el contexto de los fines sociales del Estado. 4. Cumplir con los procedimientos para el sistema de evaluación de desempeño, y con la rendición de cuentas a la sociedad sobre su gestión y resultados. 5. Mantener la confidencialidad en la información que lo requiera. Artículo 12. Responsabilidad con el acto de delegación. En la delegación de funciones, el Gerente General tendrá en consideración las obligaciones que asumió como servidor público. Se responsabiliza de fijar por escrito claramente los derechos y obligaciones del delegado, establecer sistemas de control y evaluación periódica sobre los actos delegados e impartir orientaciones generales sobre el ejercicio de las funciones entregadas. Por su parte, los delegados deben cumplir como mínimo los requisitos de solvencia moral probada, idoneidad profesional y experiencia para la representación que le es asignada. CAPÍTULO II Políticas de relación con los organismos de control externo Artículo 13. El órgano de control y vigilancia externa del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural es la Contraloría General de la República. Adicionalmente, el INCODER suministra información sobre asuntos de su competencia a la Presidencia de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Contaduría General de la Nación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Congreso de la República, entre otras. Por otra parte, la entidad está sujeta al control social de la ciudadanía. Artículo 14. Política frente al control externo del instituto. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a mantener relaciones armónicas con los organismos de control y demás entidades legalmente constituidas, suministrando la información que oficialmente estos requieran, en forma oportuna, completa y veraz. Igualmente se comprometen a establecer las acciones de mejoramiento institucional que los organismos de control recomienden en sus respectivos informes. Calidad

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Artículo 15. Compromisos en relación con el órgano de control político. El INCODER se compromete a suministrar los informes de gestión y de resultados y demás información que el Gobierno Nacional requiera para la rendición de cuentas al Congreso de la República. TÍTULO III DE LAS POLÍTICAS DE BUEN GOBIERNO PARA LA GESTIÓN DEL INCODER CAPÍTULO I Políticas para la gestión ética Artículo 16. Compromiso con la integridad. El INCODER manifiesta su clara disposición a autorregularse, para lo cual se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política de Colombia, las demás normas vigentes y el presente Código de Buen Gobierno, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios éticos y valores institucionales, frente a todos sus grupos de interés. Artículo 17. Compromiso para la erradicación de prácticas corruptas. El INCODER se compromete a luchar contra la corrupción, para lo cual creará los siguientes mecanismos de estricto cumplimiento por parte de sus servidores públicos, usuarios y contratistas en los siguientes términos: 1. Firma de un pacto de transparencia por todas aquellas personas que se vinculen directa o indirectamente a la entidad, que incluye, entre otros aspectos, el rechazo a toda dádiva o contraprestación por el servicio prestado, la obtención de beneficios particulares con el ejercicio de la función pública. 2. Capacitación a todos sus servidores en políticas y acciones anticorrupción. 3. Vinculación a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la gestión. Artículo 18. Acciones para la integridad y la transparencia. Para eliminar, prevenir y combatir las prácticas corruptas, el INCODER adoptará las siguientes medidas: 1. Actuar en concordancia con los principios éticos, valores institucionales y normas establecidos en el presente Código. Calidad

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2. Promover la suscripción de pactos de integridad y transparencia en su interior y con sus grupos de interés internos y externos. 3. Establecer procedimientos claros, equitativos, viables y transparentes. 4. Denunciar las conductas irregulares ante las entidades competentes y ante la sociedad para que conozcan de las actuaciones de los servidores públicos y de quienes adquieren vínculos con la entidad. 5. Capacitar a los servidores públicos de la entidad en materia de ética ciudadana y responsabilidad social. 6. Articular las acciones de control social con los programas gubernamentales. 7. Realizar la rendición de cuentas a los grupos de interés, garantizando al público el acceso a la información no confidencial de la entidad. 8. Implementar y adoptar las normas vigentes de contratación, publicar la contratación de servicios y la adquisición de bienes de acuerdo con la legislación vigente y el presente Código de Buen Gobierno. 9. Lograr una comunicación oportuna con otras instituciones públicas, privadas y gremiales, a través de la optimización de los sistemas de información. 10. Construir pactos éticos y crear cadenas éticas, que fortalezcan las buenas prácticas de integridad, transparencia y eficiencia en el ejercicio de la función pública. CAPÍTULO II Política de gestión del recurso humano Artículo 19. Compromiso con la protección y el desarrollo del talento humano. El INCODER, en cumplimiento de su compromiso de fortalecimiento institucional, implementará políticas y prácticas de gestión humana, que incorporen los principios constitucionales de justicia, equidad, imparcialidad y transparencia en los procesos de selección, con el fin de vincular a los funcionarios más capaces. Así como, desarrollar y elevar el nivel de las competencias e idoneidad de sus servidores a través de la capacitación y evaluación del desempeño. Calidad

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CAPÍTULO III Políticas de comunicación e información Artículo 20. Compromiso con la comunicación pública. El INCODER asume la comunicación y la información como bienes públicos, al conferirles un carácter estratégico y orientarlos hacia el fortalecimiento de la identidad institucional y a la expansión de la capacidad productiva de los miembros del instituto. Por lo tanto, las acciones comunicativas deberán dar cumplimiento a los parámetros establecidos por la entidad en los procesos y procedimientos de comunicación pública. Artículo 21. Compromiso con la comunicación organizacional. La comunicación organizacional estará orientada a la construcción del sentido de pertenencia y al establecimiento de relaciones de diálogo y colaboración entre los servidores públicos de la entidad. Para ello, el INCODER desarrollará estrategias de comunicación interna que permitan la interacción y la construcción de un comportamiento ético organizacional. Artículo 22. Compromiso de confidencialidad. El instituto establecerá los criterios para definir cuando una información es de carácter confidencial y exigirá a los servidores públicos firmar acuerdos que aseguren la reserva en su manejo y la no publicación de la misma. Quienes incumplan estos compromisos serán sancionados de acuerdo con el régimen disciplinario. Artículo 23. Compromiso con la circulación y divulgación de la información. El INCODER establecerá una política de comunicación informativa adecuada, oportuna y abierta con sus grupos de interés. Por lo tanto, la información que se entregue será íntegra, actualizada, clara, veraz y confiable, bajo políticas efectivas de producción, manejo y circulación. Artículo 24. Compromiso con el Gobierno en Línea. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a la aplicación efectiva del Gobierno en Línea, tomando las acciones necesarias para mantener actualizada la página web de la entidad, con información completa sobre los servicios que el instituto presta a la ciudadanía y la forma de acceder a ellos; informes sobre la gestión y resultados institucionales, así como los avances en el cumplimiento de metas y objetivos del Plan Estratégico y del Plan de Acción.

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CAPÍTULO IV Política de calidad Artículo 25. Compromiso con la calidad. El INCODER se compromete al mejoramiento continuo de sus procesos, con el fin de atender eficazmente las demandas de sus clientes externos. El logro de este propósito está en correspondencia con la política de la calidad definida en el presente Código. CAPÍTULO V Políticas de responsabilidad social con la comunidad Artículo 26. Compromiso con la comunidad. El INCODER orientará sus acciones hacia el mejoramiento de la calidad de vida de los pobladores rurales, mediante la ejecución de la política de desarrollo rural, la promoción de proyectos de impacto regional y la cofinanciación de los mismos, estimulando la participación activa de la ciudadanía. El instituto declara expresamente su compromiso con la protección de los derechos fundamentales, a la dignidad humana, a la información, al trabajo, a la libre asociación, al respeto a la naturaleza, a la intervención ciudadana activa y a la solidaridad, entre otros. Artículo 27. Información y comunicación con la comunidad. Los estados e informes económicos, financieros, contables y de gestión presentados por el instituto a las respectivas entidades de regulación y control, así como cualquier otra información sustancial deben ser de público conocimiento. Los medios de comunicación externos e internos de la entidad son entre otros, los boletines virtuales, los comunicados de prensa, los programas de televisión y radiales, los impresos, las circulares, la línea telefónica gratuita, el correo electrónico y la página Web. Así como la atención directa a usuarios a través de la oficina de atención y servicio al ciudadano Artículo 28. Compromiso con la rendición de cuentas. El INCODER se compromete a realizar una efectiva rendición de cuentas, con el objeto de informar a la ciudadanía sobre el avance y cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Estratégico de la entidad y de la forma como se está ejecutando el Calidad

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presupuesto. El mecanismo preferente son las audiencias públicas y el documento correspondiente publicado en la página Web de la entidad, con anterioridad a la rendición de cuentas. Artículo 29. Atención y servicio al ciudadano. El INCODER ofrece mecanismos de atención y servicio al ciudadano para las quejas, reclamos, solicitudes e informaciones referentes a la institución, en sitios de atención personalizada, buzones y línea gratuita. Las solicitudes presentadas tendrán respuesta en los términos previstos por la ley. Artículo 30. Control social. El INCODER promueve la participación de la ciudadanía, organizaciones sociales campesinas y comunitarias, usuarios y beneficiarios, veedurías y comités de vigilancia, entre otros, para contribuir de manera efectiva al control de la gestión pública. CAPÍTULO VI Política de responsabilidad frente al medio ambiente y al desarrollo rural Artículo 31. Responsabilidad con el medio ambiente. El INCODER se compromete a respetar las políticas que regulan la protección y preservación del medio ambiente. CAPÍTULO VII Política sobre conflictos de interés Artículo 32. Compromisos frente a los conflictos de interés. El INCODER frente a conflictos de interés actúa bajo los criterios de legalidad, transparencia, justicia, igualdad y respeto absoluto atendiendo primordialmente los intereses generales sobre los particulares. Artículo 33. Deberes del equipo humano relacionados con los conflictos de interés. Sin perjuicio del establecimiento de otros, los deberes de los servidores públicos del INCODER son: 1. Revelar a tiempo a los entes competentes los posibles conflictos de interés que crea tener. 2. Facilitar la adecuada realización de las funciones encomendadas a los órganos de control interno y externo de la entidad. Calidad

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3. Guardar y proteger la información que la normatividad legal haya definido como de carácter reservado. 4. Contribuir a que se le otorgue a todos los pobladores rurales un trato equitativo y a que se le garanticen sus derechos. 5. Revelar a tiempo cuando incurran en alguna de las situaciones enunciadas en el artículo relacionado con los compromisos sobre conflictos de interés. Artículo 34. Prohibición de prácticas. El INCODER rechaza, condena y prohíbe que el Gerente General y su equipo directivo, los funcionarios, los contratistas y demás ciudadanos vinculados a la entidad incurran en cualquiera de las siguientes prácticas: 1. Recibir remuneración, dádivas o cualquier otro tipo de compensación en dinero o especie, en razón del desempeño de sus funciones o del servicio prestado por el instituto a sus grupos de interés. 2. Utilizar indebidamente información privilegiada o confidencial para obtener provecho o salvaguardar intereses individuales propios o de terceros. 3. Realizar proselitismo político o religioso aprovechando su cargo, posición o relaciones con la entidad. 4. Todas aquellas prácticas que atenten contra la integridad y la transparencia de la gestión de la entidad y en contra del buen uso de los recursos públicos. 5. Todo tráfico de influencias para privilegiar trámites. Artículo 35. Prohibiciones para el personal sobre conflictos de interés. El Gerente General y su equipo directivo, los funcionarios, los contratistas y demás ciudadanos vinculados a la entidad, se abstienen de utilizar en su actuación, las siguientes prácticas: 1. Utilizar indebidamente información privilegiada y confidencial en contra de los intereses de la administración. 2. Participar, directa o indirectamente, en actividades respecto de las cuales exista conflicto de intereses. 3. Realizar actividades que atenten contra los intereses de la entidad. Calidad

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4. Gestionar, por sí o por interpuesta persona, negocios que le originen ventajas que conforme a las normas legales vigentes, al presente Código y al Código de Ética, lesionen los intereses de la administración. 5. Entregar dádivas a otros servidores públicos a cambio de cualquier tipo de beneficios. 6. Utilizar los recursos de la entidad para labores distintas de las relacionadas con su actividad, ni encausarlos en provecho personal o de terceros. 7. Aceptar, para sí o para terceros, donaciones en dinero o especie por parte de proveedores, contratistas o cualquier persona relacionada o no con el instituto, o de personas o entidades con las que la entidad sostenga relaciones en razón de su actividad, que conlleve a generar cualquier clase de compromiso no autorizado. 8. Participar en procesos de selección o contratación cuando estén incursos en algunas de las situaciones enunciadas en los compromisos frente a los conflictos de interés. Artículo 36. Procedimiento de resolución y divulgación de conflictos de interés. El INCODER solicita a los grupos de interés revelar los conflictos de interés en los cuales pudieran estar involucrados o incursos, o en los que crean que otro de ellos lo está. CAPÍTULO VIII Políticas con contratistas Artículo 37. Compromiso con la finalidad de la contratación pública. El INCODER observa las disposiciones legales vigentes para los procesos contractuales, de tal manera que la información sea entregada a los interesados oportuna, suficiente y equitativamente, y a que las decisiones para otorgar los contratos se tomen sin ningún tipo de sesgos o preferencias. CAPÍTULO IX Política frente al control interno Artículo 38. Compromiso frente al MECI. El INCODER se compromete a aplicar el Modelo Estándar de Control Interno (MECI), adoptado por el Gobierno Nacional Calidad

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mediante el Decreto 1599 de 2005 y por el INCODER mediante la Resolución 2215 de Noviembre 26 de 2006 y velar por su cumplimiento por parte de todos sus servidores públicos, para que desarrollen estrategias que conduzcan a una administración eficiente, eficaz, imparcial, íntegra y transparente, por medio de la autorregulación, la autogestión, el autocontrol y el mejoramiento continuo para el cumplimiento de los fines del Estado, y propiciando el control estratégico, el control de gestión y el control de evaluación. CAPÍTULO X Políticas sobre riesgos Artículo 39. Declaración del riesgo. El INCODER declara en el desarrollo de sus actividades ocurren riesgos, por lo cual se compromete a adoptar mecanismos y acciones necesarias para que a través de la gestión integral de los mismos, se prevenga o minimice su impacto. Para ello adopta los siguientes mecanismos: Identificación, valoración y administración los riesgos. Autorregulación a través de su mapa de riesgos. Priorización de su tratamiento. Estructuración de criterios orientadores para la toma de decisiones. TÍTULO IV DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO CAPÍTULO I De los Comités para las buenas prácticas en la función pública Artículo 40. Comités especiales y disposiciones comunes. EL INCODER en cumplimiento de sus funciones, se compromete a integrar comités de buen gobierno, de ética, de calidad y de control interno, los cuales contribuirán a realizar una gestión íntegra, eficiente y transparente por parte de la entidad. Las normas comunes de estos comités son:

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1. Facilitar el apoyo técnico y operativo que requieran los comités especiales para su adecuado y oportuno funcionamiento. 2. Cumplir a cabalidad con sus funciones y obligaciones. 3. Llevar registro de todas sus actuaciones. 4. Guardar la confidencialidad que se requiera sobre los asuntos públicos de la entidad. 5. Respetar las normas de conflictos de interés de la entidad. Artículo 41. Comité de buen gobierno. El INCODER se compromete a que el Comité de buen gobierno esté compuesto por miembros que ostenten la calidad de externos y/o independientes del Instituto. Sus miembros pertenecerán a los siguientes colectivos: un miembro de la comunidad socio-empresarial nominado por las asociaciones rurales legalmente constituidas; un miembro de cada una de las comunidades beneficiarias de los servicios del instituto; dos miembros delegados por el Gerente General. Para constituir el Comité de buen gobierno, el Gerente General convocará a las comunidades mencionadas. Los miembros de este comité no pueden hacer parte de ningún otro comité en la entidad. Su período será de dos años y podrán ser reelegidos por un período más. Se reunirán ordinariamente cada cuatro meses y extraordinariamente cada vez que sean citados por el Gerente General. Artículo 42. Perfil de los miembros del comité de buen gobierno y cumplimiento de sus funciones. Los miembros del comité de buen gobierno reúnen como mínimo el siguiente perfil: tener reconocidas calidades morales y éticas; gozar de buen nombre y reconocimiento por parte de sus comunidades, idoneidad profesional e integridad; así como tener conocimientos en gestión ética, en servicio público o en materias afines al Código de Buen Gobierno. El Gerente General se compromete a verificar que los miembros del Comité de Buen Gobierno están cumpliendo sus responsabilidades con disciplina y rigurosidad. Este compromiso podrá ser delegado en un directivo que se considere afín con la tarea, pero esta delegación administrativa no conlleva que quien delega se desprenda de su responsabilidad. Artículo 43. Funciones y atribuciones del Comité de Buen Gobierno. En desarrollo de su objeto, este comité tendrá las siguientes funciones: Calidad

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1. Monitorear y hacer seguimiento al desarrollo y cumplimiento de las políticas generales y de dirección del la entidad. 2. Asegurarse de la difusión y de una adecuada capacitación del Código de Buen Gobierno. 3. Realizar un seguimiento a las políticas de contratación de la entidad en aras del cumplimiento del principio de transparencia. 4. Realizar seguimiento a las políticas de eficiencia, integridad y transparencia que se determinan en el presente Código de Buen Gobierno. 5. Hacer seguimiento a las políticas de gestión del talento humano en la entidad. 6. Informarse y hacer seguimiento a los sistemas de control social que se ejercen sobre el instituto. 7. Monitorear el comportamiento de los administradores públicos. 8. Informar, por lo menos cada seis meses al Gerente General sobre las tareas que le fueron encomendadas. 9. Darse su propio reglamento de operación. Artículo 44. Comité de Ética. El INCODER se compromete a instaurar un Comité de Ética, que será la instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética, encausado hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía por parte de todos los servidores públicos del INCODER. Igualmente es el facultado en el tema de la prevención y manejo de los conflictos de interés dentro de la entidad. Artículo 45 Composición y reuniones del Comité de Ética y nombramiento de sus miembros. El Comité de Ética estará conformado por: el Subgerente Administrativo y Financiero, el Jefe de Control Interno, el Coordinador de Talento Humano, el Coordinador de Comunicaciones, un representante de los servidores públicos y un representante de la Gerencia General, quien será el responsable de coordinar el comité.

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El representante de los servidores públicos se elegirá por un período de dos años, elección que se realizará de acuerdo con el reglamento que establezca la Gerencia General. El comité se reunirá ordinariamente cada dos meses y extraordinariamente cada vez que sea citado por el Gerente General. Artículo 46. Funciones del Comité de Ética relativas a los conflictos de interés. En desarrollo de sus objetivos, el Comité de Ética tendrá las siguientes funciones: 1. Proponer la identificación de la existencia de posibles conflictos de interés en casos concretos. 2. Proponer al Gerente General mecanismos para facilitar la prevención, el manejo y la divulgación de los conflictos de interés que puedan presentarse entre los grupos de interés. 3. Proponer al Gerente General el procedimiento de resolución y divulgación de conflictos de interés de acuerdo con lo establecido en el acápite pertinente de este Código. 4. Proponer al Gerente General los criterios y estrategias para prevenir y resolver los conflictos de interés. 5. Proponer al Gerente General una reglamentación, por medio de la cual se prohibirá que la Alta Dirección y los servidores públicos de la entidad incurran en determinadas prácticas que ocasionen conflictos de interés. 6. Proponer al Gerente General la adopción de estrategias para la administración de conflictos de interés de los miembros de la Alta Dirección, de los comités especiales y de los demás servidores públicos de la entidad. 7. Proponer políticas sobre conflictos de interés con los grupos de interés. Artículo 47.Comité de control interno y gestión de calidad. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a crear un comité integrado de control interno y gestión de calidad, que se encarga de asegurar la implementación y evaluación de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo de la entidad, asegurando una gestión orientada hacia el mejoramiento continuo y al aseguramiento de la eficiencia, eficacia y efectividad, mediante el monitoreo Calidad

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estratégico de gestión y operación a través del Modelo Estándar de Control Interno. CAPÍTULO II De la administración y resolución de controversias Artículo 48. Compromiso con la administración y resolución de controversias. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a adoptar sistemas para la prevención, administración y resolución de controversias como un mecanismo para promover la transparencia, las relaciones con la ciudadanía, con el sector privado y las organizaciones civiles y para proteger los recursos públicos. Cuando un ciudadano considere que se ha violado o desconocido una norma del Código de Buen Gobierno, podrá dirigirse al Comité de Buen Gobierno, radicando su reclamación en la entidad, la oficina de atención y servicio al ciudadano, la cual será remitida al Comité de Buen Gobierno, quien la estudiará y dará respuesta. El Comité de Buen Gobierno se encarga de definir el procedimiento con el cual se resolverán los conflictos que surjan de su Código de Buen Gobierno, de acuerdo con el evento presentado. Para la resolución y administración de una controversia derivada del Código de Buen Gobierno, atenderá las normas constitucionales, legales y reglamentarias establecidas, y el espíritu contenido en el mismo. Ni el INCODER ni el Comité de Buen Gobierno podrán prohibir la utilización de los mecanismos de solución directa de las controversias derivadas del presente Código. CAPÍTULO III De los indicadores de gestión del Código de Buen Gobierno Artículo 49. Indicadores de gestión. El Gerente General y su equipo directivo se comprometen a incorporar en el Modelo de Control de Gestión Ética, los indicadores que midan su gestión y desempeño ante la ciudadanía y sus grupos de interés, definiendo cuáles son esos indicadores y la metodología para obtenerlos, así:

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Índice de integridad y transparencia para medir la credibilidad y el reconocimiento del instituto por sus grupos de interés (nivel de gobernabilidad). Se seguirá la metodología diseñada por la Corporación Transparencia por Colombia. El INCODER se compromete a someterse a esta evaluación y a mejorar continuamente para situarse en los índices superiores de la escala. Índice de gestión ética para medir los resultados internos de la gestión ética. Se utilizarán los instrumentos de diagnóstico de la gestión ética incluidos en el Modelo de Gestión Ética para las entidades del Estado desarrollado por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, USAID, a través de Casals & Associates Inc. El INCODER se compromete a medir anualmente su nivel de gestión ética. Índice de comunicación. Para medir los resultados de la gestión en comunicación de la entidad y lograr una comunicación transparente con sus grupos de interés, se aplicarán los instrumentos de diagnóstico de la comunicación pública diseñados por USAID a través de Casals & Associates Inc. y que figuran en el Modelo de Comunicación Pública Organizacional e Informativa –MCPOI-. El INCODER se compromete a realizar una medición anual. Índice de satisfacción del cliente externo. Para medir la percepción que tienen los clientes o públicos externos sobre la imagen de integridad, transparencia y eficiencia del INCODER sobre la gestión de sus recursos y la prestación de sus servicios, se establecen factores críticos de éxito de todos los procesos de la entidad en términos de eficiencia, eficacia y efectividad; Indicadores de gestión. Son los establecidos por la entidad en la caracterización de los procesos misionales, estratégicos y de apoyo y sobre los cuales el Modelo Estándar de Control Interno evalúa y monitorea la gestión. CAPÍTULO IV De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del Código de Buen Gobierno Artículo 50. Vigencia del Código de Buen Gobierno. El Código de Buen Gobierno entrará en vigencia a partir se su aprobación por parte del Gerente General. Calidad

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Artículo 51. Divulgación del Código de Buen Gobierno. El Código de Buen Gobierno se divulgará a los miembros del INCODER y a sus grupos de interés. Artículo 52. Reforma del Código de Buen Gobierno. El Código de Buen Gobierno podrá ser reformado por decisión del Gerente General, o por sugerencia del Comité de Buen Gobierno. El Gerente General informará a los grupos de interés del INCODER los cambios introducidos en el Código.

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