TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR

TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR CAPÍTULO 1: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO DIRECTRICES BÁSICAS DE ORGANIZACIÓN Y OBJETIVOS

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TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR TÍTULO 5: EL COMEDOR ESCOLAR CAPÍTULO 1: NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO DIRECTRICES BÁSICAS DE ORGANIZACIÓN Y OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN EN EL COMEDOR

A.- Objetivo General: Procurar que el comedor sea un elemento educativo más, dentro del proceso de formación integral del alumnado. B.- Objetivos Específicos: B.1.- Para el comedor:     

Desarrollar hábitos de alimentación: comer de todo, masticar bien y correctamente y acabar la comida servida. Inculcar hábitos de higiene personal: lavado de manos y de dientes. Inculcar hábitos de buenos modales en la mesa: posturas, uso correcto del cubierto… Fomentar la colaboración y buenas relaciones entre los compañeros de mesa y personal del comedor. Respetando los materiales y los espacios. Cumpliendo las normas y sugerencias del profesorado, personal de cocina y monitores-as/ cuidadoras de comedor.

B.2.- Para el tiempo libre:    

Desarrollar hábitos de convivencia. Aprender a utilizar el tiempo libre participando en las actividades. Observar a todos los niños y niñas, sobre todo a aquellos que presentan algún problema físico, psíquico o de conducta para dinamizar su participación. Utilizar correctamente los materiales y espacios.

C.- Procedimientos y organización: C.1. MENÚS: Se aprobarán y revisarán por el Consejo Rector los menús presentados por la empresa adjudicataria del servicio de cocina y si procede, se modificarán los mismos para tratar de que sean lo más equilibrados posibles. Se enviarán a las familias dichos menús.

La composición de los menús será la misma para todos/as los/las comensales, si bien podrán realizarse modificaciones en la elaboración de los mismos a fin de adaptarlos a las necesidades de los/las alumnos/as de Educación Infantil (elaboración en forma de purés...), . Asimismo, el Consejo Rector podrá aprobar la modificación de las cantidades de alimentos servidos en los menús para adaptarlos a los/las alumnos/las, de acuerdo con su edad y necesidades dietéticas. En los casos suficientemente justificados, se permitirá la existencia de menús diferenciados para distintos grupos de comensales. En ambos supuestos, las citadas modificaciones deberán acordarse con la empresa adjudicataria del servicio y no supondrán, en ningún caso, incremento en el coste del servicio. En todo caso, se admitirán los menús o dietas especiales por motivos de alergia a los alimentos, etc cuando un informe médico así lo aconseje. Dicho informe deberá especificar tanto las características y requisitos del menú, como el protocolo de actuación en caso de ingestión accidental de alimentos a los que el comensal presente intolerancia. C.2. ORGANIZACIÓN. Se organizará la distribución de alumnado y monitoras/cuidadoras en el comedor y en las diversas zonas de ocio (aire libre o recintos cubiertos). Los grupos de alumnos/as, se dividirán teniendo en cuenta el número y su edad. Cuando la climatología no permita salir al patio después de la comida, se habilitarán espacios cubiertos para el tiempo de ocio. Durante el tiempo que permanezcan en el horario de comedor, los/as alumnos/as no podrán salir del Centro y estarán en los lugares señalados previamente. Si el alumno o alumna necesita tomar algún tipo de medicamento en el horario de comedor, deberá traer una autorización firmada por el padre/madre/tutor legal y entregarla en la Dirección del Centro. Las familias tienen la obligación de avisar al Centro por escrito si el/la alumno/a no puede tomar algún tipo de alimento o padece de alguna intolerancia o alergia alimenticia. El alumnado, usuario del comedor, tiene las mismas obligaciones durante los períodos anterior y posterior a la comida que en el horario lectivo. Si algún alumno/a no respetara estas directrices se adoptarán las medidas correctoras pertinentes, adecuadas a la falta cometida evitando los castigos desmedidos, injustificados, humillantes o denigrantes al alumnado. En caso de reiteración se podría retirar el derecho de uso del comedor.

C.3. HORARIOS. Se establecen tres turnos de comedor con el siguiente horario: De 12,40 h a 13,30 h, de 13,30 h a 14,30 h y de 14,50 h a 15,15 h. Los alumnos que participen en actividades extraescolares pertenecen mayoritariamente al segundo turno C.4. MONITORAS-ES/CUIDADORAS-ES DE COMEDOR: Se asignará cada monitora/cuidadora a cada grupo de alumnos. Sus funciones son velar porque su grupo coma de todo, termine lo servido, mastique bien y adecuadamente, use correctamente el cubierto, adopte medidas higiénicas, participe en las actividades de tiempo libre, favoreciendo siempre la colaboración, el orden y las buenas relaciones y convivencia entre todos. También organizarán las diversas actividades (por grupos), bien al aire libre o bien, si el tiempo no permite salir al patio, en espacios cubiertos, potenciando la integración y convivencia de alumnos/as de diferentes edades, culturas, sexo, capacidades físicas o psíquicas. Los monitores/cuidadores y las monitoras/cuidadoras y deberán tener una formación mínima en manipulación de alimentos, seguridad alimentaria, prevención de riesgos laborales, primeros auxilios y en general para las funciones que deben desempeñar. El horario de los monitores de comedor irá desde el final de las clases de la mañana hasta el comienzo de las clases de la tarde, siempre de acuerdo con el horario lectivo aprobado.

C.5. COMENSALES: Tendrán la consideración de “comensal habitual”, aquellos/as alumnos/as de Educación Infantil , Primaria o ESO que utilicen el comedor al menos el 80% de los días de servicio. Los/as alumnos/as que comiencen a utilizar el comedor una vez iniciado el curso también tendrán la consideración de comensales habituales cuando utilicen el servicio de comedor al menos el 80% de los días de servicio que resten hasta finalizar el curso. Los/as “comensales habituales” deberán inscribirse como tales antes de finalizar el plazo establecido para la remisión, por parte del centro. Una vez finalizado dicho plazo de remisión, sólo se podrán admitir nuevas inscripciones de “comensales habituales” en los casos en los que existan capacidad suficiente en el comedor. Tendrán la consideración de “comensal eventual” aquellos/as alumnos/as de Educación Infantil, Primaria o E.S.O. que utilicen el servicio de comedor en porcentajes inferiores a los establecidos para tener la consideración de “comensal habitual”.

Estos/as alumnos/as no se computarán a efectos de cálculo de ratios de personal coordinador y monitor. La admisión de otros/as usuarios/as quedará condicionada a la existencia de plazas suficientes una vez atendidas todas las solicitudes de admisión de los/las alumnos/as. C.6. CUOTA DE COMEDOR. El Consejo Rector de la Cooperativa podrá establecer que en ningún caso se proceda a la devolución de la cuota de comedor en caso de no utilización del servicio. Si así lo decidiera el Consejo Rector, se podrá fijar un procedimiento para la devolución de cuotas, si bien deberán cumplirse los dos siguientes requisitos: a) Que la ausencia al comedor sea igual o superior a 2 semanas; b) Que el aviso de la ausencia se dé con una anticipación mínima de 48 horas. El centro comunicará a la empresa adjudicataria del servicio de cocina la variación del número de comensales, también con 48 horas de antelación, a fin de que ésta envíe el número ajustado de menús. No procederá efectuar ninguna devolución en el caso de que el/la alumno/a comensal reciba becas de comedor del Departamento de Educación. C.7. PROFESOR/COORDINADOR RESPONSABLE DE COMEDOR. La coordinación, dirección, gestión y administración del comedor corresponde al Consejo Rector de la Cooperativa a la que pertenece el centro docente. Sin embargo, estas funciones podrán delegarse en uno o varios docentes del propio centro. En el supuesto de ausencia del/la responsable del comedor, las funciones que viniera realizando serán cubiertas provisionalmente por una persona responsable designada entre las monitoras/cuidadoras. Las funciones del profesor/coordinador responsable del comedor es velar por el cumplimiento de las presentes normas de organización y convivencia en el comedor, y conminar al alumnado para que se observen las mismas, con facultad correctora sobre los mismos.

NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO EN EL COMEDOR ANTES DE COMER o Es obligatoria la asistencia diaria al comedor, salvo justificación previa. o Las decisiones, sugerencias, etc. de cualquier cuidador/a de comedor han de seguirse con el máximo respeto o Los alumnos esperarán en el patio cubierto, (dejando libres las escaleras y el descansillo) hasta que les sea autorizada la entrada por el profesor responsable. o Entrar con tranquilidad y orden dirigiéndose a su sitio por el pasillo exterior. o Los sitios asignados a principio de curso para comer deberán ser respetados, salvo acuerdo con el/la responsable del comedor. o En caso de no poder tomar algún alimento concreto deberá justificarse por escrito y con antelación. o El alumnado con alergias alimenticias deberá informar por escrito al inscribirse en el servicio de comedor.

o Antes de comer, todo el alumnado deberá lavarse las manos. o Después de comer, todo el alumnado deberá lavarse las manos y, opcionalmente, los dientes. DURANTE LA COMIDA o “Cumplir con la comida del día”: No dejar de comer ningún plato. Las posibles excepciones a esta norma deberán ser valoradas de forma flexible e individualizada por los-as monitores-as responsables una vez oída la familia. o Cada alumno/a recibirá una cantidad suficiente y adaptada a su edad y apetito habitual. o Una vez terminados el primer y segundo platos, se podrá repetir una sola vez cualquiera de los dos. Para esto se acordarán las medidas organizativas precisas con la empresa adjudicataria del servicio de cocina y comedor. o Respeta la comida y los utensilios. o No tirar la comida ni jugar con ella. o No se puede coger otro trozo de pan hasta que se coma el anterior. o Al terminar el primer plato se entregará por el pasillo exterior, se recoge el segundo plato y se vuelve al sitio por el pasillo central. (No cruzar entre las mesas) o Responsabilizarse de los utensilios de comida y depositarlos al finalizar en los recipientes correspondientes por el pasillo central. o Respeta a las personas o Hablar en tono moderado (no gritar). o Evitar los tacos y toda palabra que se pueda tomar como insulto. o Evitar los comentarios despectivos (hacia la comida o las personas) o Dentro del comedor, todos los elementos ajenos a la comida deben quedar guardados, fuera de uso ó en modo silencio: (dispositivos electrónicos, teléfonos, libros, etc). o Permanecer sentados en su sitio hasta finalizar la comida (la puerta de salida no es lugar de comer). DESPUÉS DE LA COMIDA o No permanecer en el comedor una vez finalizada la comida. o No sacar ningún tipo de alimento del comedor. o Salir de comedor con tranquilidad y orden dejando libre la entrada y escaleras de acceso. o Totalmente prohibida la salida del recinto escolar. Los lugares de juegos y estancia serán los habituales para los recreos. o En caso de cualquier accidente o incidente ponerse en contacto con algún/a cuidador/a para que determine la manera de proceder. CAPÍTULO 2: CONDUCTAS INADECUADAS Y MEDIDAS CORRECTIVAS FALTAS A LA CONVIVENCIA

Conforme a lo previsto en el art. 22 del presente reglamento, como todos los profesores y profesoras del centro docente, el profesor o profesora coordinador/responsable del comedor tienen competencia para corregir inmediatamente las conductas inadecuadas de los alumnos y alumnas mientras están bajo su custodia directa en el comedor o fuera de éste antes y después de las comidas. Igualmente, si en su presencia se produce una conducta contraria o gravemente perjudicial para la convivencia, tiene competencia para amonestar verbalmente en el acto al alumno o alumna, así como para ordenarle que se presente ante el director o directora o ante el jefe o jefa de estudios o miembro del equipo directivo responsable del centro en ese momento, sin perjuicio de las medidas que con carácter inmediato deban adoptarse para evitar posible daños a las personas o a las cosas. El director o directora es el órgano competente para corregir las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia. El Consejo Escolar es el órgano competente para revisar las decisiones del director o directora. Las monitoras/cuidadoras podrán recoger las faltas y en su caso apercibir verbalmente de forma proporcional al hecho cometido, registrando el hecho e informando inmediatamente a la Dirección, preferentemente a través del profesor/coordinador responsable de comedor, para que en su caso se tomen las medidas correctoras que procedan. Constituyen conductas inadecuadas: a) Cualquier incumplimiento de las “ Normas de Obligado Cumplimiento”

Constituyen conductas contrarias a la convivencia a) La acumulación de 5 faltas leves b) Faltar gravemente al respeto a cualquier persona de la comunidad educativa. c) Actividades consideradas nocivas para la salud. d) Desperfectos graves en el material del centro o de cualquier persona de la comunidad educativa. Medidas correctivas a) Las conductas inadecuadas serán corregidas con una amonestación verbal , registro escrito y medidas en función da la falta cometida a juicio del/la responsable del comedor y de manera proporcional a los siguientes ejemplos:  

Permanecer en el comedor hasta la hora de clase ( sin recreo) Limpiar las mesas del comedor

  

Barrer el comedor Tareas de limpieza en patios, servicios, etc. Otras relacionadas con el comedor, la limpieza o las tareas docentes.

b) Las conductas contrarias a la convivencia serán sancionadas con 1 día sin derecho a utilizar el servicio de comedor con notificación previa a los/las padres/madres y medidas en función da la falta cometida a juicio del/la responsable del comedor y proporcionadas a los ejemplos anteriores. c) Cuando se produzca reiteración en las conductas contrarias a la convivencia o se produzca conducta muy perjudicial para la convivencia se considerará ateniéndose a las disposiciones del título 2 de este reglamento, pudiendo llegarse a retirar el derecho de asistencia al comedor por tiempo indefinido. Cualquier alteración de la convivencia que no se encuentre contemplada en este capítulo se considerará ateniéndose al título 2 de este reglamento HÁBITOS ALIMENTICIOS CORRECTOS

 Lavarse las manos antes y después de comer.  Disponer y hacer uso de los elementos necesarios para una sana higiene bucal (cepillo y crema dental)  Se deberá comer, procurando evitar ruidos desagradables y manteniendo un tono de voz bajo para facilitar el entendimiento.  Deglutir lo mejor posible los alimentos, triturándolos en la boca, con el fin de evitar un esfuerzo excesivo a su estómago y aparato digestivo.  Comer con la boca cerrada, evitando enseñar la comida al resto de sus compañeros.

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