TITULO I DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE DEBERES DEL ESTUDIANTE: ARTICULO

REGLAMENTO INTERNO En conformidad a lo dispuesto en Ley 19.979 del 6/11/04, por lo que se fija el Texto refundido coordinado y sistematizado del D.F.L

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REGLAMENTO INTERNO En conformidad a lo dispuesto en Ley 19.979 del 6/11/04, por lo que se fija el Texto refundido coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 2 de 1996, se establece nuestro Reglamento Interno. DE LA DEFINICIÓN El Reglamento interno establece el conjunto de normas y procedimientos que regulan los deberes de la comunidad escolar de Christian College. Para tales efectos, serán considerados los estudiantes de Medio Mayor a Octavo año básico. Los estudiantes estarán sujetos, al cumplimiento de normas, deberes y obligaciones, tanto al ordenamiento interno de Christian College como a la legislación vigente en el país. El presente reglamento tiene como objetivo asegurar el normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro de los recintos y lugares en que éstas se realicen, además propiciar un clima más adecuado para la enseñanza aprendizaje basado en los valores cristianos. En el logro de estos objetivos se exige que los derechos y obligaciones de los estudiantes, deban ser cumplidos y hechos cumplir por todos los miembros que componen la comunidad de la institución. TITULO I DEBERES Y DERECHOS DEL ESTUDIANTE DEBERES DEL ESTUDIANTE: Tener conciencia que el respeto a todas las personas es primordial para una sana ARTICULO 1° convivencia y un ambiente adecuado para el aprendizaje. Cuidar su presentación e higiene personal. ARTICULO 2° Asistir al colegio con el uniforme oficial, mencionado en USO DEL UNIFORME Y ARTICULO 3° PRESENTACIÓN PERSONAL. Los estudiantes deberán expresarse respetuosamente con sus modales, trato y lenguaje ARTICULO 4° adecuado dentro y fuera del establecimiento. Respetarse a sí mismo, cuidar su vida, su cuerpo, salud y dignidad, en todo momento y ARTICULO 5° lugar. Respetar a los demás, evitando insultos, apodos, discriminación, acoso psicológico o ARTICULO 6° físico, ciberbullying. Estudiar con seriedad y constancia, realizando trabajos, tareas y evaluaciones. ARTICULO 7° Ser honesto, honrado, responsable. ARTICULO 8° Abstenerse de consumir alcohol, drogas y cigarrillos. ARTICULO 9° ARTICULO 10° Abstenerse de expresiones afectivas efusivas con compañeros(as). ARTICULO 11° No portar o traer al colegio elemento que involucren riesgo físico (corta cartón, arma de fuego, armas corta punzante, etc.) ARTICULO 12° Cuidar sus libros, trabajos, materiales, uniforme, todas sus pertenecías marcarlas con su nombre. ARTICULO 13° Para las clases de Educación Física solo se permitirá el uniforme reglamentario, todos marcados con su nombre. Además deben traer sus respectivos útiles de aseo para ser utilizados después de clases. ARTICULO 14° Mantener una actitud de respeto en la formación diaria, en los actos académicos, desfiles y otras actividades que se desarrollen fuera y dentro del colegio. ARTICULO 15° Los estudiantes podrán retirarse en horas de clases sólo si el apoderado lo requiere personalmente, por medio de autorización escrita o telefónica. ARTICULO 16° Asistir periódica y puntualmente a clases ARTICULO 17° Cumplir con el reglamento interno del colegio. ARTICULO 18° A cuidar el aseo y buen estado de los ambientes, mobiliario y recursos que dispone el colegio. DERECHOS DEL ESTUDIANTE: ARTICULO 19° Ser educado de acuerdo a las Políticas Educacionales vigentes, Planes y Programas de Estudios aprobados y Proyecto Educativo del colegio ARTICULO 20° Recibir una formación cristiana, valórica, intelectual, personal, social y humana. ARTICULO 21° Ser respetado y escuchado por toda la comunidad educativa. ARTICULO 22° Denunciar cualquier tipo de violencia ocurrida, tanto dentro o fuera del Establecimiento, ya sea por medios tecnológicos, cibernéticos y presenciales. ARTICULO 23° A la presunción de inocencia frente a un hecho del cuál ha sido denunciado y a investigar dicha situación

ARTICULO 24° ARTICULO 25° ARTICULO 26° ARTICULO 27° ARTICULO 28° ARTICULO 29°

ARTICULO 30° ARTICULO 31°

ARTICULO 32° ARTICULO 33° ARTICULO 34° ARTICULO 35° ARTICULO 36°

A acceder al Reglamento Interno de Convivencia Escolar. A ser informado sobre el Reglamento de evaluación del Establecimiento. A tener periodos de recreo en un lugar distinto a la sala de clases A tener acceso oportuno del seguro de accidente escolar A rendir pruebas atrasadas cuando la situación sea plenamente justificada. De las estudiantes embarazadas: - A la continuidad de sus estudios y tener las facilidades en los procesos de enseñanza y evaluación de acuerdo a los requerimientos. - A ser promovidas con un porcentaje de asistencia a clases inferior al 85% cuando las causas se deban a problemas durante el embarazo, parto o enfermedades del hijo menor de un año. - A amamantar a su hijo(a), de acuerdo a procedimientos establecidos de común acuerdo con dirección, el que será adecuado según la situación de cada estudiante. A intervenir en clases para ser escuchado, preguntar, pedir aclaración, dar su opinión. A ser evaluado sistemáticamente, respetando sus diferencias individuales, específicamente en los procesos de enseñanza de los contenidos curriculares y contar con evaluaciones diferencias en el caso de pertenecer a algún proyecto de integración. A recibir todos los beneficios que otorga el Ministerio de Educación, entregados por el Establecimiento, cuando le corresponda. Rendir como máximo 2 evaluaciones en un mismo día. Conocer sus logros académicos. A usar los ambientes, mobiliario y recursos provistos por el Establecimiento. A asistir a clases en un ambiente favorable para el buen desarrollo académico.

TITULO II DERECHOS Y DEBERES DEL APODERADO DERECHOS DEL APODERADO ARTICULO 37° Ser respetado en su condición de apoderado(a) recibiendo una atención deferente y cortés por parte de quienes representan algún estamento del colegio. ARTICULO 38° Que se respete a su estudiante como persona única, con características irrepetibles, para lograr su potencial desarrollo humano a través de la educación cristiana y la orientación de sus Profesores(as). ARTICULO 39° Informarse del proceso de formación de sus hijos en el colegio. ARTICULO 40° Conocer y participar en la construcción y ajustes del Proyecto Educativo Institucional y Plan de Mejoramiento Educativo a través de los representantes del Consejo Escolar o Centro General de Padres y Apoderados. ARTICULO 41° Ser atendido por Profesores jefes, de asignatura, equipo de convivencia escolar, unidad técnica pedagógica o dirección, siguiendo el conducto regular. ARTICULO 42° Participar activamente de reuniones de apoderados, asambleas, escuela para padres, reuniones especiales ARTICULO 43° Elegir y ser elegido como miembro directivo en los Centros de Padres ARTICULO 44° Presentar sus inquietudes acatando estrictamente los conductos regulares que en conformidad a su estructura organizacional ofrece la escuela DEBERES DEL APODERADO ARTICULO 45° Asistir a reuniones de apoderados y entrevistas personales y participar de todas las actividades organizadas por el colegio. ARTICULO 46° A solicitar por escrito, vía agenda escolar o en recepción, la atención de algún miembro del establecimiento ARTICULO 47° A ser representados por la directiva de padres y apoderados, centro general de padres y apoderados y consejo escolar. ARTICULO 48° A cancelar mensualmente las cuotas de colegiatura, si no gozan de becas, vulnerabilidad o condición de prioritario ARTICULO 49° Si un apoderado actúa de manera inapropiada con algún miembro de la comunidad educativa, se procederá al cambio de apoderado, dejándolo exento de participar en reuniones, actos, paseos, etc.

Un apoderado del establecimiento no podrá desacreditar la institución educativa con otras personas, ni tampoco desacreditar a los Profesores(as) frente a sus hijos(as). Toda crítica, debe hacerse de manera personal con la persona indicada para mejorar el buen funcionamiento del colegio. ARTICULO 51° A la salida del establecimiento de su estudiante a paseos y salidas pedagógicas. ARTICULO 52° Revisar diariamente la agenda escolar de su pupilo. ARTICULO 53° Seguir el conducto regular y protocolos según cada situación. ARTICULO 54° Informarse de los temas y acuerdos tomados en reuniones y asambleas, si ha faltado. TITULO III USO DEL UNIFORME Y PRESENTACIÓN PERSONAL El uso del uniforme escolar debe ser usado correctamente, el cual se detalla a continuación: ARTICULO 55° Damas: Falda plisada institucional (con un largo no más arriba de cuatro dedos sobre la rodilla), blusa blanca, corbata institucional, sweater institucional, blazer azul marino, calcetas rojas, zapatos negros, accesorios para el cabello color rojo, delantal institucional del colegio (obligatorio hasta 3° básico). En invierno podrán usar parca azul marino y ballerinas rojas. ARTICULO 56° Varones: Pantalón de tela plomo, camisa blanca, corbata institucional, blazer azul marino, sweater institucional, zapatos negros, calcetines plomos, delantal institucional (obligatorio hasta 3° básico). En invierno podrán usar parca azul marino. ARTICULO 57° Educación Física: Buzo (Pantalón, polera y polerón institucional del colegio) zapatillas deportivas de color neutro (no fluorescentes). ARTICULO 58° Educación Pre Básica: Buzo y delantal institucional del colegio. ARTICULO 59° Escuela de lenguaje: Buzo y delantal institucional del colegio ARTICULO 60° Se permitirá el uso de gorro, bufanda, guantes o cuellos de polar o lana de colores azul marino o rojo ARTICULO 61° De los cosméticos y accesorios: - Los estudiantes deberán presentarse en el establecimiento con uñas limpias, cortas y sin esmalte. - Las damas no podrán asistir con maquillaje - los estudiantes no podrán usar accesorios como piercing, expansores, cadenas, chapas, orejeras, cintillos de colores, jockey, pañoletas, signos o estampas que estén en contra de los valores del establecimiento. No usar aros extravagantes en el caso de las niñas. ARTICULO 62° Del cabello: - Las damas deberán asistir con su cabello peinado, tomado, sin cortes o teñidos de fantasía. - Los varones deberán asistir con cabello corto (sin mohicanos, colitas, diseños, etc.) y sin cortes o teñidos de fantasía. TITULO IV USO DE LA AGENDA ESCOLAR La agenda escolar es un documento oficial del colegio y un instrumento de comunicación entre el apoderado y el Profesor(a). Por tanto, toda información que requiera el apoderado deberá hacerlo por este medio, así también solicitud de entrevistas u otros. ARTICULO 63° El Profesor(a) comunicará por escrito vía agenda cualquier información de importancia que requiera ser entregada al apoderado, la que debe siempre ser firmada y contestada por este mismo medio. ARTICULO 64° La agenda debe tener todos los datos solicitados y actualizados; y la foto del estudiante. ARTICULO 65° El estudiante deberá traer todos los días su agenda escolar. ARTICULO 66° El estudiante deberá cuidar su agenda y no quitarle hojas. ARTICULO 67° El estudiante deberá escribir o pegar todas las comunicaciones que se envíen al hogar ARTICULO 68° El estudiante deberá llevar registro de las fechas de evaluaciones, trabajos y notas durante el año escolar. ARTICULO 69° El apoderado deberá revisar todos los días la agenda escolar. ARTICULO 70° El Profesor(a) deberá firmar las comunicaciones que envié el apoderado. ARTICULO 50°

TITULO V ORGANIZACIÓN DE LAS DIRECTIVAS DE MICROCENTRO DE PADRES Y APODERADOS ARTICULO 71° Cada curso deberá elegir democráticamente a una directiva constituida por un presidente/a, un secretario/a y un tesorero/a que represente al curso. ARTICULO 72° La directiva del curso es representativa, por lo tanto, tendrán la facultad de decidir por el resto de los apoderados del curso ARTICULO 73° La directiva deberá asistir a asambleas que se organicen en el colegio. ARTICULO 74° No se pedirá cuotas mensuales de curso. ARTICULO 75° No se autorizan rifas, ventas u otra actividad para recaudar dinero dentro o fuera del establecimiento. Exceptuando alguna campaña de ayuda solidaria para un miembro de la comunidad educativa, previa autorización de dirección ARTICULO 76° Solo el octavo año básico tendrá autorización para organizar una salida recreativa a fin de año, a un recinto que incluya piscina. TITULO VI DE LOS ATRASOS Y RETIROS ARTICULO 77° En el caso de los atrasos al inicio de la jornada, el estudiante deberá ser justificado por su apoderado para hacer ingreso a la sala de clases luego de terminado el Culto y con su pase correspondiente. ARTICULO 78° Por cada 3 atrasos se registrara en la hoja de vida del estudiante y el apoderado deberá firmar constancia de esto. Por cada 3 firmas de constancia de atrasos (es decir 9 atrasos) se procederá a la suspensión del estudiante por 1 día ARTICULO 79° En el caso de retiro antes de que finalice la jornada escolar, el apoderado deberá firmar en recepción. ARTICULO 80° En el caso de que el estudiante sea retirado por su furgón escolar, el tío o tía del furgón deberá firmar su retiro, previo aviso por escrito o telefónico del apoderado ARTICULO 81° En el caso de salida en hora de almuerzo para estudiantes de primer ciclo, el apoderado debe firmar en recepción. Para estudiantes de segundo ciclo el apoderado debe dejar constancia de salida diaria de almuerzo, la que se firmará al inicio de año. el estudiante solo puede ser retirado con la firma del apoderado en recepción. En el caso de que el estudiante sea retirado por su furgón escolar, el tío o tía del furgón deberá firmar su retoro, previo aviso por escrito del apoderado. Al hacer ingreso a clases después de almuerzo, el estudiante debe llegar a la hora correspondiente de ingreso o ser justificado por el apoderado si éste llega atrasado. ARTICULO 82° En acaso de atrasos entre jornada, el estudiante deberá solicitar pase a inspectoría, si acumula mas de tres pases, su apoderado será citado y se registrará en hoja de vida de vida del estudiante. ARTICULO 83° El estudiante podrá retirarse solo (sin un adulto que firme), siempre y cuando el apoderado haya firmado anteriormente una autorización escrita o haberse comunicada telefónicamente con las inspectoras del establecimiento REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DECRETOS EXENTOS DE EDUCACIÓN QUE APRUEBAN EL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR 1º a 8º básicos Nº 511 de 1997; N° 107 de 2003 DECRETOS EXENTOS O RESOLUCIONES EXENTAS DE EDUCACIÓN QUE APRUEBAN PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS I. PRIMERO A SEXTO BÁSICO ASIGNATURAS

Lenguaje y Comunicación Matemática Historia, Geografía y Ciencias Sociales Ciencias Naturales Idioma Extranjero: Inglés

DECRETO MARCO/BASE

DECRETO PROGRAMA DE ESTUDIO

Decreto Nº 439/2012

Decreto Nº 2960/2012

Artes Visuales Música Decreto Nº433/2012 Educación Física y Salud Tecnología Orientación II. SÉPTIMO A OCTAVO BÁSICO ASIGNATURAS DECRETO MARCO/BASE Lenguaje y Comunicación Matemática Historia, Geografía y Ciencias Sociales Ciencias Naturales Idioma Extranjero: Inglés Educación Artística Educación Física Educación Tecnológica

Decreto Nº256/2009

Decreto Nº 2960/2012

DECRETO PROGRAMA DE ESTUDIO

Decreto Nº 1363/2011 7º básico: Decreto Nº481/2000

Decreto Nº232/2002

8º básico: Decreto Nº 92/2002

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Las disposiciones del presente Reglamento serán aplicadas en el año escolar en curso a ARTÍCULO 1º todo el estudiantado de Christian College en sus distintos niveles. Este documento oficial se actualizará año a año si fuese necesario La programación, coordinación y desarrollo de las actividades pedagógicas y ARTÍCULO 2º específicamente de evaluación, es responsabilidad del Director del Establecimiento en conjunto con la Unidad Técnico Pedagógica, para lo cual contemplan las normas impartidas por el Ministerio de Educación, Secretaría Ministerial de Educación, Departamento Provincial de Educación y/o la legislación vigente al respecto. Este reglamento ha sido redactado sobre la base de las disposiciones de los Decretos de Evaluación y Promoción Escolar Exentos 511 del 24 de mayo de 1997, 112 del 20 de abril de 1999 , 83 del 06 de marzo de 2001, 107 del 03 de marzo de 2003 y los acuerdos del Consejo General de Profesores de Christian College En materias y contenidos del Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, el ARTÍCULO 3° Consejo de Profesores tiene carácter consultivo y propositivo. En lo referido a las resoluciones finales, éstas quedan a cargo del Equipo Administrativo Escolar y la Directora del Establecimiento. Se entenderá por evaluación a un proceso de múltiplos propósitos para lo cual se recoge ARTÍCULO 4° información de los aprendizajes de los estudiantes y estudiantes, se emiten juicios valorativos de ésta que se expresan a través de un sistema de calificaciones y como oportunidad para la toma de decisiones. Este Reglamento se dará a conocer a los estudiantes, padres y apoderados en el ARTÍCULO 5º momento de la matrícula, así mismo se encontrará en la Agenda Escolar. La Dirección, departamento de Unidad Técnico Pedagógica y cuerpo docente del ARTÍCULO 6º establecimiento velará por la correcta aplicación de este Reglamento. Para efectos de este Reglamento, se tendrá presente el plan de estudio aprobado por el ARTÍCULO 7º MINEDUC, que fija las Bases Curriculares, Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para los Niveles de Enseñanza, el que contempla las siguientes asignaturas: PLANES DE ESTUDIO: 1º a 8º Básico ASIGNATURAS 1° 2° 3° 4° 5° 6° 7° 8° LENGUAJE Y 8 8 8 8 6 6 6 6 COMUNICACIÓN MATEMATICA 6 6 6 6 6 6 6 6 INGLES 3 3 3 3 3 3 3 3 CIENCIAS NATURALES 3 3 3 3 4 4 4 4 HISTORIA, GEOGRAFÍA Y 3 3 3 3 4 4 4 4 CIENCIAS SOCIALES

TECNOLOGÍA ARTES VISUALES MUSICA EDUCACIÓN FISICA RELIGION ORIENTACION MUSICA EN COLORES REFORZAMIENTO LENGUAJE REFORZAMIENTO MATEMATICA TALLER VIDA SALUDABLE TALLER ELECTIVO* TOTAL HORAS

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1 1 2 2 2 2 38 38 38 38 38 38 38 TÍTULO II EL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO DE AULA Christian College organiza su tiempo anual en períodos semestrales, en conformidad a ARTÍCULO 8º los plazos propuestos en el calendario escolar regional. El semestre es el período calendario en el que se desarrollan las actividades académicas y los programas de estudio, de cada asignatura impartidos por el Colegio. El Programa de Estudio es el conjunto de actividades académicas estructuradas metodológicamente, secuenciadas en el tiempo, cuyo objetivo es integrar conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes en cada asignatura. TÍTULO III DEL PROCESO DE EVALUACIÓN El informe para evaluar los objetivos fundamentales transversales (OFT) del Desarrollo ARTÍCULO 9º Personal se emitirá en términos cualitativos. ARTÍCULO 10º La evaluación de los aprendizajes se hará a través de procedimientos y/o instrumentos que serán coordinados y orientados técnicamente por la Unidad Técnico Pedagógica. La siguiente es una lista sugerente de procedimientos e instrumentos de evaluación posibles de aplicar: PROCEDIMIENTOS 1.PRUEBAS

2.OBSERVACIÓN

3. INFORME

4. PRODUCCIONES DE LOS ESTUDIANTES

38

INSTRUMENTOS Escritas Orales: Disertación, Interrogación Oral, Debate. Interpretación de datos Desempeño Lista de Cotejo o control Escala de Apreciación Rúbricas Entrevista Cuestionario o inventario Escala de Actitudes Monografía Cuaderno de trabajo Proyecto Trabajo de investigación Tareas Informes Ensayo Reporte

5.TÉCNICAS SOCIOMÉTRICAS 6. PORTAFOLIO

Sociograma Sociodrama Inventarios de personalidad Incluyen una variedad de instrumentos de alguno o todos los procedimientos anteriores

La aplicación de estos procedimientos e instrumentos debe contemplar aspectos cognitivos, procedimentales y actitudinales, favoreciendo la formación integral de los estudiantes. ARTÍCULO 11°

ARTÍCULO 12º

ARTÍCULO 13º

La evaluación se concibe como un proceso inserto en el proceso de enseñanzaaprendizaje, el cual no debe limitarse sólo a constatar su producto en la fase final. Por tanto, este proceso debe abarcar las siguientes fases: 
 Evaluación Diagnóstica: Se aplica al inicio de cada año lectivo y tiene como objetivo, constatar el estado de los aprendizajes de los niños y niñas en cuanto a sus destrezas, habilidades, actitudes y conocimientos previos. La información de esta fase es recogida a través de la evaluación diagnóstica de PME. Evaluación Formativa: Esta permite detectar logros, avances y dificultades para retroalimentar la práctica y es beneficiosa para el nuevo proceso de aprendizaje, ya que posibilita prevenir obstáculos y señalar progresos. Además, permite formular los planes remediales para avanzar hacia el logro de los aprendizajes Evaluación de Proceso: El profesor podrá evaluar, calificar y registrar constantemente el desempeño académico del estudiante usando algunos de los instrumentos mencionados en el artículo 10º y a través de distintas estrategias, entre estas: la revisión de contenidos en cuadernos, el uso de rúbrica para evaluar la participación en clase, proyectos de: muestras, representaciones teatrales, exposiciones, eventos musicales, artísticos, literarios, encuentros. La suma de las calificaciones de proceso puede transformarse en una nota parcial que podría equivaler al 25% o más, del total de notas registradas en la asignatura en el semestre. Evaluación Sumativa: Se aplica a procesos y productos finalizados, y permite verificar el estado final respecto al logro de habilidades, destrezas y actitudes. La evaluación con intencionalidad sumativa posibilita comprobar la eficacia de los procesos de Enseñanza - Aprendizaje y da información para la planificación de futuras intervenciones. Para los efectos de la promoción escolar, las distintas formas de calificación deberán expresarse en una escala numérica de 2.0 a 7.0 hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación final el 4.0. Los estudiantes de 1° a 8° año básico, deberán ser evaluados en todas las asignaturas del plan de estudio en períodos semestrales y se registrará un número de calificaciones semestrales como a continuación se señala: Cantidad de notas por semestre Asignatura con 6 o más horas 6 notas mínimo semanales máximo. Asignaturas con 5 horas 5 notas mínimo semanales máximo. Asignatura con 4 horas semanales 4 notas mínimo máximo. Asignatura con 3, 2 o 1 hora 3 notas mínimo semanal máximo.

ARTÍCULO 14º

ARTÍCULO 15º

y 10 como y 10 como y 10 como y 10 como

En el desarrollo semestral de las distintas asignaturas, el profesor(a) debe tener al menos una calificación correspondiente a trabajos de carácter práctico o de investigación, los cuales deberán desarrollarse durante el transcurso de éste y no en las actividades de finalización de semestre o año. La calificación semestral en la asignatura se obtendrá del promedio aritmético de las

calificaciones obtenidas por el estudiante en el período, con un solo decimal y aproximando la centésima al decimal, cuando la fracción sea igual o superior a 0,05. ARTÍCULO 16º La calificación anual en cada asignatura se obtendrá del promedio aritmético de las calificaciones semestrales obtenidas por el estudiante, efectuando la aproximación según el mismo criterio establecido en el artículo precedente ARTÍCULO 17º Los procedimientos técnicos en relación con la asignatura de Religión serán coordinados por la Unidad Técnico Pedagógica. De cualquier modo, la evaluación obtenida por los estudiantes(as) en esta asignatura deberá expresarse única y exclusivamente en conceptos y no incidirá en su promoción escolar, de acuerdo a lo establecido por las disposiciones legales vigentes. ARTÍCULO 18° El registro de las evaluaciones en el Libro de Clases consignará: la fecha, el(s) Objetivo(s) de Aprendizaje(s) con la sigla OA, además de un cuadro resumen identificando los porcentajes de estudiantes y el rango en que se encuentran de acuerdo a los Estándares de Aprendizaje: Nivel Adecuado: Los estudiantes que alcanzan este Nivel de Aprendizaje han logrado lo exigido en el currículum de manera satisfactoria. Esto implica demostrar que han adquirido las habilidades básicas estipuladas en el currículum para el período evaluado. Los estudiantes que alcancen este nivel en una evaluación obtendrán calificaciones en el rango 6,1 a 7,0. Nivel Elemental: Los estudiantes que alcanzan este Nivel de Aprendizaje han logrado lo exigido en el currículum de manera parcial. Esto implica demostrar que han adquirido las habilidades más elementales estipuladas en el currículum para el período evaluado, obteniendo calificaciones entre el 5,0 y 6,0. Nivel Insuficiente: Los estudiantes que quedan clasificados en este nivel no logran demostrar consistentemente que han adquirido las habilidades más elementales establecidas en el currículum para el período evaluado, logrando calificaciones entre el 1,0 y 4,9 Se deben registrar la calificación en el libro de clases inmediatamente después de entregar los resultados a los estudiantes. ARTÍCULO 19° Los estudiantes de NT2 serán evaluados en un régimen semestral considerando los siguientes ámbitos: Formación Personal y Social
 Comunicación
 Relación con el Medio Natural y Cultural. Los estudiantes de NT2, serán evaluados aplicando la Pauta de Evaluación de los Aprendizajes Esperados de las Bases Curriculares del Segundo Nivel de Transición, en los meses de marzo, julio y noviembre, correspondiendo la evaluación de Marzo a la Evaluación Diagnóstica. Los resultados de las evaluaciones de los estudiantes(as) de NT2 derivarán en el Informe Pedagógico semestral, en el cual se expresarán los siguientes niveles de desempeño: Logrado (L): El aprendizaje está completamente logrado y el niño/a lo maneja en forma sistemática. Medianamente Logrado (ML): Se observan algunos aspectos del Aprendizaje en el desempeño del niño/a. En Desarrollo (ED): El aprendizaje está en una etapa de inicio. ARTÍCULO 20º El Colegio informará mensualmente sobre el estado general de rendimiento de un estudiante, junto con los antecedentes relacionados con su desempeño académico global, a través de reunión de padres, citación de apoderados, informe escrito o algún otro medio que el colegio determine. TÍTULO IV DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ESCUELA ESPECIAL DEL LENGUAJE ARTÍCULO 21º De la evaluación diagnostica: La evaluación diagnóstica debe ser de carácter integral e interdisciplinario. Para proceder a la evaluación diagnóstica, se deberá contar con el certificado de nacimiento del o la estudiante, la autorización escrita del padre, madre y/o apoderado cuando

ARTÍCULO 22º

ARTÍCULO 23º

ARTÍCULO 24º

ARTÍCULO 25º

corresponda. Será requisito para la evaluación diagnóstica Integral que ésta sea efectuada por profesionales idóneos: Fonoaudiólogo, Profesor de educación especial/diferencial, Médico pediatra, Neurólogo o Médico familiar. Los resultados de la evaluación del o la estudiante deberán ser informados por escrito y a través de una entrevista a la familia u otra persona responsable del estudiante. Dicho informe deberá describir de manera comprensible el diagnóstico y las necesidades educativas especiales que se derivan del mismo. La evaluación diagnóstica se registrará en un formulario único proporcionado por el Ministerio de Educación a los profesionales competentes que realicen esta actividad. Este formulario contendrá el diagnóstico y la síntesis de la información recopilada en el proceso de evaluación diagnóstica, deberá dar cuenta de los antecedentes relevantes del o la estudiante, de su familia y entorno y de las necesidades de apoyos específicos que éstos necesitan en el contexto educativo y familiar. Además, debe especificar los procedimientos y pruebas empleadas en el proceso de evaluación y consignar la fecha en que corresponde llevar a cabo la re-evaluación. Dicho formulario deberá contener la firma de los o las profesionales responsables en los diferentes ámbitos de la evaluación Los estudiantes con necesidades educativas especiales deberán ser re-evaluados anualmente. La re-evaluación constituye un nuevo proceso de evaluación que será de carácter integral Plan de estudio Escuela Especial de Lenguaje Para efectos de este Reglamento, se tendrá presente el plan de estudio general aprobado por el MINEDUC, las Bases Curriculares de educación parvularia y Programa Pedagógico de Primer y Segundo nivel de transición. Las horas estipuladas en este Plan de Estudio son horas pedagógicas de 45 minutos. Las horas correspondientes al Plan Específico incluyen la atención fonoaudiológica

NIVEL Nivel Medio Mayor Primer Nivel de Transición Segundo Nivel de Transición

HORAS GENERAL 18

PLAN HORAS PLAN TOTAL ESPECÍFICO HORAS 4 22

18

4

22

16

6

22

DE

ARTÍCULO 26º

Los estudiantes de Escuela Especial de Lenguaje serán evaluados en un régimen trimestral considerando los siguientes ámbitos de plan general:  Formación Personal y Social
  Comunicación
  Relación con el Medio Natural y Cultural

ARTÍCULO 27º

Los estudiantes de Escuela Especial de lenguaje serán evaluados aplicando pruebas sumativa, en relación a las últimas tres unidades vistas. Los resultados de las evaluaciones de los estudiantes(as) derivarán en el Informe Pedagógico Trimestral, en el cual se expresarán los siguientes niveles de desempeño: Logrado (L): El aprendizaje está completamente logrado y el niño/a lo maneja en forma sistemática. Medianamente Logrado (ML): Se observan algunos aspectos del Aprendizaje en el desempeño del niño/a. En Desarrollo (ED): El aprendizaje está en una etapa de inicio. Se entregará a los apoderados un Informe de avance en relación al plan específico fonoaudiológico y pedagógico. Este informe dará cuenta de sus avances y dificultades en relación al lenguaje.

TÍTULO V DEL CUMPLIMIENTO DE LAS EVALUACIONES Los profesores(as) de las distintas asignaturas deberán calendarizar las evaluaciones y ARTÍCULO 28º Unidad Técnica Pedagógica entregará a los estudiantes(as) por escrito, dentro de las dos primeras semanas de iniciado el semestre, un calendario de las evaluaciones a realizar durante el mismo. La programación de las evaluaciones deberá ser hecha considerando lo establecido en el artículo 13º y 14º de este Reglamento, en relación al mínimo de calificaciones por asignaturas. ARTÍCULO 29° El nivel de exigencia en las evaluaciones regulares será del 60% del puntaje total obtenido en cada actividad evaluativa para asignar la nota 4,0. ARTÍCULO 30º Todos los estudiantes(as) deberán presentarse a rendir pruebas escritas, interrogaciones, disertaciones, debates, u otras actividades que sean calificadas, en las fechas fijadas previamente en el calendario. Es deber del estudiante cumplir con los trabajos prácticos asignados por el profesor(a) y entregarlos en las fechas en el calendario de evaluación señalado en el Artículo 22. El estudiante podrá responder hasta una evaluación por día. El estudiante que se ausentare de una evaluación, deberá presentar en Unidad Técnico Pedagógica la documentación para justificar su ausencia dentro del plazo de 2 días hábiles, contados desde el momento en que reingresó a clases. Luego de lo cual podrá rendir su evaluación en un plazo no superior a 15 días, con un nivel de exigencia de 60%. El día de aplicación de la evaluación atrasada para el estudiante (a) con justificación médica será consignado entre el Profesor(a) de asignatura y el estudiante e informado por escrito, vía agenda escolar, al apoderado. ARTÍCULO 32° En la eventualidad de que el estudiante se presente sin la justificación debida (certificado médico y/o justificación personal del apoderado), o no se presente a la evaluación en la segunda oportunidad, deberá rendir la prueba, inmediatamente el primer día de clases que se haga presente y tendrá un grado de dificultad de 70% para la nota 4.0.Si el estudiante se niega a desarrollar el instrumento evaluativo atrasado en la fecha estipulada, se le calificará con la nota mínima. Situación que quedará registrada por el profesor de la asignatura en la Hoja de Vida del estudiante y firmada por éste e informada al apoderado. Entregue una evaluación en blanco y/o se niegue a responder, obtendrá calificación correspondiente a la nota mínima. Dicha situación deberá quedar registrada en la Hoja de Vida del estudiante, por el profesor de la asignatura correspondiente e informada al apoderado. No cumpla con la entrega de trabajos de investigación, evaluaciones en Educación Artística, Tecnológica o Educación Física en el plazo establecido, la evaluación quedará sujeta a los criterios expresados por el profesor(a) en la pauta de evaluación entregada a los estudiantes con antelación. Cuando existan problemas en la calificación y/o corrección de pruebas, el profesor(a) de la asignatura dará solución a esta situación, si ésta subsiste, informará a la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, para determinar una solución en conjunto. ARTÍCULO 33º Si el estudiante es sorprendido(a) copiando y/o compartiendo sus conocimientos, sea en forma verbal o escrita, con elementos tecnológicos u otros medios, con un compañero (a) en un evento evaluativo, se le requisará la prueba, se corregirá lo que alcanzó a contestar y será calificado(a) con hasta la nota máxima de 4,0 (cuatro coma cero). Dicha situación la informará el profesor de asignatura a la Jefe de Unidad Técnico Pedagógica, quien informará al apoderado. Por tratarse de una conducta grave que contraviene la normativa del Manual de Convivencia, quedará registrada en el Libro de Clases en la respectiva Hoja de Vida del Estudiante. Se citará al apoderado con el objetivo de que éste tome conocimiento en forma personal. El registro de esta entrevista quedará en el Libro de Clases, firmada por el apoderado y el profesor correspondiente. ARTÍCULO 34º Si el estudiante por alguna situación se niega a entregar una evaluación o se lleva la prueba a su hogar sin previo aviso al docente, deberá rendir la evaluación en una ARTÍCULO 31º

ARTÍCULO 35º

ARTÍCULO 36º

ARTÍCULO 37º

ARTÍCULO 38º

ARTÍCULO 39°

ARTÍCULO 40º

segunda instancia con un porcentaje de exigencia de 70%. Como esta conducta se aleja de la normativa, el docente deberá informar la situación a la Jefe de Unidad Técnico Pedagógica, quien citará al apoderado para informarle y quedará un registro escrito y firmado de tal irregularidad. Los talleres de libre elección se calificarán con una nota semestral de 2.0 a 7.0, y la evaluación se incorporará a la asignatura que tenga mayor relación con el taller o según acuerdo tomado en Consejo de Profesores previa autorización de Jefe de Unidad Técnico Pedagógica El carácter de las actividades de libre elección será anual y por ello una vez seleccionada la opción por el estudiante, no podrá cambiarse a otro, con la excepción de aquellos que por motivos de salud o razones justificadas por el apoderado no puedan seguir en el mismo taller. El traspaso de las notas correspondientes a talleres se realizará al término de cada semestre, por lo tanto, no estarán necesariamente consignadas en informes parciales entregados antes del fin de semestre El profesor(a) de la asignatura deberá entregar los resultados de sus evaluaciones dentro de los diez días hábiles siguientes, contado desde el momento de efectuada la evaluación. Cualquier reclamo sobre el procedimiento, contenido, escala de notas, etc. deberá ser realizado en un plazo no superior a dos días, desde la fecha de entrega del resultado de la evaluación, cualquier reclamo posterior no será considerado para efectos de modificación de la calificación obtenida, para así evitar plagios o malos entendidos Si la aplicación de cualquier procedimiento evaluativo, arroja un resultado de reprobación superior al 25% para el grupo curso, éste dará lugar a retroalimentación de los aprendizajes, y luego se aplicará un nuevo procedimiento evaluativo. La nota final será el promedio aritmético de ambas evaluaciones o el resultado de la mejor evaluación según criterio del docente previo análisis con Jefatura Técnica. Es un derecho del estudiante conocer el resultado específico de las evaluaciones a que sea sometido, para ello el instrumento corregido ha de entregarse a los estudiantes para su conocimiento y retroalimentación, además, para que los padres tengan acceso a ellas y tomen así conocimiento del proceso. El estudiante puede solicitar revisar la prueba y consultar respecto de ella, en un marco de cortesía y respeto.

En caso de que el estudiante obtenga una nota inferior a 4.0, el apoderado deberá firmar el instrumento evaluativo y devolverla al profesor de la asignatura correspondiente. ARTÍCULO 41º A los estudiantes que presenten impedimentos para cursar en forma regular una asignatura, ya sea por enfermedad crónica u otra situación que lo amerite, se le diseñará y aplicará procedimientos evaluativos diferentes. La Unidad Técnica Pedagógica y Profesor(a) de asignatura monitorearán el proceso evaluativo en éstos casos. ARTÍCULO 42º El estudiante tendrá derecho a que se le presente todo trabajo que haya sido objeto de evaluación para cotejarlo con las pautas de corrección, previamente dadas a conocer por el o la docente, con el fin de que se le expliquen los criterios y procedimientos seguidos en su evaluación. ARTÍCULO 43º Toda inquietud del apoderado relacionada con los procesos de evaluación deberá ser planteada, en primera instancia, al profesor(a) de la asignatura respectiva. No procede que estamento superior alguno se haga cargo de una situación problemática si esta instancia no ha sido agotada, ya que el profesor(a) de la asignatura es el principal responsable del proceso de evaluación del estudiante. La Unidad Técnico Pedagógica velará por el cumplimiento de las disposiciones establecidas al respecto. TÍTULO VI SITUACIONES ESPECIALES ARTÍCULO 44° El embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimentos para ingresar y permanecer en el establecimiento, debiéndose otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de sus obligaciones como estudiante regular ARTÍCULO 45° Las estudiantes que estén en situación de embarazo o de maternidad, serán consideradas para todos los efectos como estudiantes regulares. El Colegio no discriminará en tales situaciones otorgando las facilidades para la continuidad de los

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estudios de la estudiante. (Ley 18.962, artículo 2º) consideraciones al respecto que están establecidas en el Manual de Convivencia. El apoderado deberá acreditar con certificado médico, la situación de gravidez de su pupila ante la Dirección del Establecimiento, quien pondrá en antecedente de esta situación a la Unidad Técnico Pedagógica, para todos efectos administrativos y académicos que correspondan, y al Profesor(a) Jefe. La normativa se aplicará de la siguiente manera: Si el estado de salud de la estudiante lo permite, ella asistirá a clases regulares, presentando los informes de control de salud periódicamente en Unidad Técnico Pedagógica, hasta que se inicie su período de descanso maternal. Si la estudiante presenta problemas de salud debidamente justificados, podrá ser evaluada presentando trabajos y realizando las evaluaciones según calendario especial coordinado por Unidad Técnico Pedagógica, de manera que no pierda el año escolar. En ambos casos es imprescindible que el apoderado presente oportunamente los certificados médicos correspondientes. TÍTULO VII DE LA EXENCIÓN DE LA ASIGNATURA La Dirección, previo informe de Unidad Técnico Pedagógica, podrá eximir de la asignatura de Inglés a los estudiantes(as) que acrediten tener dificultades de aprendizaje u otros motivos debidamente certificados por los especialistas correspondientes, en este caso Neurólogo. El estudiante (a) eximido deberá permanecerá en sala de clases El estudiante (a) que presente serios problemas de salud, acreditados con certificado médico, será eximido de actividad física y evaluado con trabajos de investigación o teóricos en la asignatura de Educación Física. En el caso de requerir una segunda eximición, el apoderado debe solicitarla, por medio de la Dirección del Establecimiento, al Departamento Provincial de Educación. La solicitud de exención de estas asignaturas deberá ser presentada anualmente a la Unidad Técnica Pedagógica dentro de los primeros 30 días de iniciado el año escolar, o según corresponda. El procedimiento para solicitar la exención de la asignatura es el siguiente: Presentación de una solicitud por escrito de parte del Apoderado a la Jefatura de la Unidad Técnico Pedagógica (disponible en la Secretaría Académica del Colegio). Adjuntar a la solicitud el informe completo extendido por el profesional competente. Si procede, Unidad Técnico Pedagógica solicitará mayores antecedentes al apoderado(a), al profesional que extiende el certificado o al profesor(a) jefe, con el objetivo de evaluar con mayores antecedentes la situación. Mientras no exista respuesta a esta solicitud a través de una Resolución Interna, nadie, bajo circunstancia alguna, estará facultado para autorizar al estudiante para ausentarse de clases o suspender evaluaciones en la asignatura respectiva.

TÍTULO VIII DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACIÓN DIFERENCIADA ARTÍCULO 50º El Equipo de Aula compuesto por las Educadoras Diferenciales, especialistas de apoyo y profesores de aula regular, articularán el apoyo que se le brindará a los estudiantes incluidos en el Programa de Integración Escolar (PIE), coordinando las adecuaciones curriculares pertinentes al diagnóstico, seguimiento y re-evaluación de cada estudiante, estableciendo así el Plan de Apoyo Individual (PAI), con los objetivos de aprendizaje que serán abordados para los períodos semestral y anual ARTÍCULO 51º Los estudiantes que tengan Necesidades Educativas Especiales (NEE), deberán presentar Informe de un Especialista (psicólogo, fonoaudiólogo, neurólogo o psiquiatra, de acuerdo a lo indicado en el Decreto 170/09), que indique algún trastorno o dificultades en el proceso de aprendizaje formal, a la Coordinadora de Integración Escolar del establecimiento, quien determinará la aplicación de Evaluación Diferenciada en las diferentes asignaturas, previa revisión del diagnóstico con el Equipo de Integración. El certificado emitido por el especialista deberá especificar:

Identificación del especialista. Diagnóstico claro y específico de las dificultades del(a) estudiante. Las asignaturas en que se requiere la evaluación diferenciada, evitando términos ambiguos como evaluación diferenciada global o general. Las habilidades específicas que se necesitan considerar en la evaluación diferenciada, así como propuestas de evaluación. Tratamiento externo que debe recibir o esté recibiendo el estudiante durante el período en que reciba evaluación diferenciada, enviando informes de avance periódicos al colegio. En general, la situación de evaluación diferenciada se considera de carácter temporal y transitorio, dado que las dificultades se proyectan como potencialmente superables, cuando se han aplicado las estrategias de apoyo adecuadas, con excepción de los estudiantes que se acogen al Decreto Nº1/98. ARTICULO 52º Los profesores jefes y de asignatura deben registrar las evaluaciones diferenciadas aplicadas del correspondiente período, en el cual se detallarán las áreas, período y las medidas específicas para cada estudiante y estudiante. Además, cada evaluación diferenciada (ED) llevará, según corresponda, la sigla PIE/ED o ED, que certifica que se están desarrollando las medidas pertinentes en la/s asignatura/s. ARTICULO 53º El proceso de revisión del beneficio de la evaluación diferenciada es permanente, y se encuentra a cargo del Equipo de Aula Integración, quienes solicitan la información de los especialistas externos tratantes (Informes de Estado de Avance), para determinar la pertinencia de mantener el beneficio. La existencia de evaluación diferenciada no altera la aplicación del Reglamento de Evaluación y Promoción y del Reglamento de Convivencia Escolar del Colegio, y en ningún caso exime a los estudiantes y estudiantes de asistir regularmente a clases. ARTICULO 54º La evaluación diferenciada en el caso de las Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorias no se refiere al cambio de objetivos planteados al curso en cualquiera de las asignaturas. Esta tiene relación con los procedimientos que se emplearán para cumplir los mismos objetivos o Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO). Del mismo modo la aplicación de la evaluación diferenciada no implica la aprobación automática de la asignatura ni del año académico. ARTÍCULO 55º Los estudiantes diagnosticados con Necesidades Educativas Especiales de carácter permanente, contarán con una evaluación diferenciada relacionada estrechamente con la adecuación curricular realizada por los docentes del equipo de aula, estas evaluaciones tienen el objetivo de verificar el acceso a los aprendizajes esperados, planificados para cada estudiante en forma particular. ARTICULO 56º Las estrategias a implementar son: Extender el tiempo destinado a la evaluación de los estudiantes. Adecuar el instrumento de evaluación conforme a las sugerencias del equipo de aula. Utilizar una variedad de estrategias metodológicas y recursos de aprendizaje. Realizar evaluaciones orales si la situación lo amerita. Entregar material concreto de apoyo a las operaciones a nivel de cálculo matemático, durante las evaluaciones o clases. Priorizar el cumplimiento de los procesos, por sobre la exactitud de los resultados. Mantener la escala de exigencia del 60%, salvo expresas sugerencias de Neurólogo Tratante Los instrumentos de evaluación deberán ser adecuados para evaluar las capacidades intelectuales y contenidos curriculares, y de fácil manejo para ser utilizados en situaciones de autoevaluación y coevaluación. Deben, además, entregar información concreta sobre lo que se pretende evaluar y utilizar diferentes códigos, “verbal y no verbal”, escritos, gráficos, numéricos, audiovisuales, etc. Los instrumentos deberán ser aplicados en forma individual o en grupos pequeños, debiendo proporcionar el tiempo adecuado para que el estudiante desarrolle el procedimiento evaluativo. ARTÍCULO 57º Evaluación de proceso y re-evaluación anual: Los estudiantes serán evaluados aplicando pruebas sumativa, en relación a los

contenidos visto en el semestre en las asignaturas de Lenguaje y Matemáticas. Los resultados de las evaluaciones derivarán en el Informe Pedagógico semestral, en el cual se registran los avance y necesidades del estudiante (a), con el fin de establecer los objetivos para el segundo semestre, mediante el PAI. Re-evaluación anual: La re-evaluación, debe dar cuenta del proceso educativo anual del estudiante, es decir, de sus resultados curriculares en función de las estrategias y respuestas educativas proporcionadas en el contexto escolar, y de la evolución de sus NEE, y del déficit asociado, como consecuencia de los apoyos especializados de diverso tipo entregados en el contexto escolar, familiar, u otro. Los resultados de la re-evaluación, permitirán al equipo educativo valorar si él o la estudiante con NEE está progresando adecuadamente en sus aprendizajes, si en el establecimiento se han generado las condiciones para ello, si para su progreso educativo necesita continuar con los mismos apoyos especializados o bien éstos deben intensificarse, ajustarse o modificarse, porque no han tenido los resultados esperados. La evaluación de proceso o avance, debe registrarse en el Formulario Único Síntesis de re-evaluación de NEE y participar a la familia de los logros del estudiante y los apoyos a considerar para el próximo período, estableciéndose compromisos mutuos en ese sentido. TÍTULO IX DE LA PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 58º Serán promovidos todos los estudiantes de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios correspondientes a estos cursos. El Director (a) del establecimiento y el Profesor (a) Jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción de estudiantes (as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el (la) Director (a) del respectivo establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de los estudiantes (as) afectados (as), no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellos (as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Además, para adoptar tal medida, el establecimiento tendrá una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al estudiante (a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Asimismo, los estudiantes (as) con necesidades educativas especiales integrados (as) a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor (a) especialista. ARTICULO 59º Para la promoción de los estudiantes(as) de 2º a 3º año, de 4º a 8º año de Enseñanza Básica, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas del Plan de Estudio del establecimiento educacional y la asistencia a clases, según el siguiente detalle: LOGRO DE OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Serán promovidos los estudiantes(as) de SEGUNDO A TERCER AÑO Y DE CUARTO A OCTAVO AÑO BASICO que: Hayan aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio. Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 2º a 3º año y de 4º a 8º de enseñanza básica que no hubieran aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado. Serán promovidos los estudiantes de los cursos de 2º a 3º año y de 4º a 8º de enseñanza

básica que no hubieran aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluido los no aprobados. ASISTENCIA: Para ser promovidos los estudiantes(as) deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Sin embargo, excepcionalmente, y por razones debidamente justificadas, el Director(a) del Colegio en consulta con el Profesor(a) Jefe, podrá autorizar la promoción de estudiantes(as) de 2º a 3º y de 4º a 5º con porcentajes menores de asistencia. De 5º a 8º deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Para tal efecto, el apoderado(a) deberá presentar una solicitud en la que plantee las causales de las inasistencias, adjuntando la documentación de respaldo pertinente. El plazo para la presentación de la solicitud vence impostergablemente el último día hábil del mes de noviembre. En caso de que no se presenten razones justificadas a la fecha indicada, el estudiante reprobará el año escolar en curso. ARTICULO 60º La Directora del establecimiento, en consulta al Consejo de Profesores, queda facultada para resolver situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del año escolar, tales como: ingreso tardío a clases, ausencias a clases por períodos prolongados, finalización anticipada del año escolar u otros. Para acceder a finalización anticipada del año escolar, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos: 
 1. Tener registrado en el libro de clases los promedios del primer semestre en todas las asignaturas del plan de estudios. 2. Registro de las notas parciales del segundo semestre hasta la fecha de presentación de la solicitud.
 3. Retirar solicitud en Secretaría Académica.
 4. El apoderado debe entregar el documento en Unidad Técnico Pedagógica, con su firma y la del estudiante. La solicitud deberá estar respaldada por la siguiente documentación, según corresponda: a) Enfermedad: Certificado (original) del o los médicos especialistas, señalando claramente que el estudiante se encuentra en tratamiento. b) Otra situación: Documentación original que acredite y respalde la causa por la que realiza la solicitud de situación especial de evaluación y promoción. El período para presentar dicha solicitud dependerá del momento en que la situación se presente y como último plazo la última quincena noviembre.
El estudiante tiene derecho de hacer uso de este beneficio por solo una vez en el transcurso de su etapa estudiantil, salvo expresa solicitud de especialista tratante y quedará sujeta la resolución previo análisis del Consejo de Profesores y Equipo Administrativo. ARTÍCULO 61º La situación final de promoción de los estudiantes(as) deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el Colegio entregará a todos los estudiantes(as) un Certificado Anual de Estudios, el cual indica las asignaturas con las respectivas calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente ARTÍCULO 62º Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso, las calificaciones finales de cada asignatura, el porcentaje de asistencia, la situación final de los estudiantes(as) y el número del Registro Único Nacional de cada uno de ellos. Las Actas serán enviadas electrónicamente al SIGE, según la normativa vigente TÍTULO X DE LA VALIDACIÓN DE ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO ARTÍCULO 63º El Ministerio de Educación Pública resolverá, por intermedio de la Dirección de Educación que corresponda, la situación de los estudiantes que hayan realizado estudios en el extranjero, de acuerdo a los convenios y normas vigentes. La validación deberá ceñirse a las disposiciones que para estos efectos establezca dicha entidad

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TÍTULO XI DE LOS EXÁMENES DE VALIDACIÓN DE ESTUDIOS Las personas que no hubieran realizado estudios regulares en Chile o que los hubieren efectuado en establecimientos educacionales no reconocidos como Cooperadores de la Función Educacional del Estado, o en países con los cuales no existe convenio vigente, podrán rendir exámenes de validación de estudios de Educación Básica. Para tal efecto, presentarán una solicitud a la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva, la cual autorizará al establecimiento educacional para que le aplique los exámenes correspondientes. TÍTULO XII DISPOSICIONES FINALES La Directora en conjunto con la Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica y, cuando lo estime conveniente, asesorado por el Consejo General de Profesores(as), resolverá las situaciones especiales de evaluación y promoción dentro del período escolar correspondiente. Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por la Directora del Colegio, dentro de la esfera de su competencia. La Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva podrá resolver situaciones excepcionales y especiales de evaluación debidamente fundamentadas y las situaciones no previstas en el presente Reglamento, dentro de la esfera de su competencia El presente Reglamento de Evaluación entrará en vigencia a partir del 01 de marzo de 2016 y será revisado anualmente con el propósito de introducir las modificaciones que sean convenientes, las cuales serán comunicadas oficialmente al Consejo Escolar

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Proceso de Convivencia Escolar está presente en los diversos momentos y espacios de trabajo educativo, técnico, administrativo, en lo cotidiano y extraordinario, en lo solidario y en las dificultades, es de responsabilidad compartida por los integrantes de la Comunidad Educativa, principalmente del equipo de docentes directivos y técnicos, quienes conducen la organización escolar. La ley general de educación, art. 9, establece que cada comunidad educativa podrá definir sus normas de convivencia, de acuerdo con los valores expresados en su Proyecto Educativo, las que se deben enmarcar en la ley y en todas las normas vigentes, y tener como horizonte el desarrollo y la formación integral de los y las estudiantes.

DEFINICIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR: El Art. 16 A de la ley 20.370 señala que se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiantes integrante de la comunidad educativa, realizada por quien posea una posición de autoridad, sea director, Profesor(a), asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante (apoderados, familiares, amigos, entre otros). NUESTROS OBJETIVOS: 1. Regular y normar las relaciones entre todos los integrantes de la Comunidad Educativa, con el propósito de fomentar una sana convivencia. 2. Prevenir situaciones que alteren la buena convivencia escolar, informando a la comunidad educativa. 3. Promover la buena convivencia, a través de: talleres, charlas, informativos escritos, videos, espacios de conversación individual y grupal, garantizando la confidencialidad de la información recibida, siempre que ésta no vulnere los derechos de los integrantes de la comunidad educativa.

EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR - Encargada de Convivencia Escolar: Psicóloga María José Urrutia Klapp - Inspectora Educacional: Marta Villegas Araneda - Inspectora Educacional: Gisela Martínez Torres - Profesor: Fernando Aguilera Farfal TITULO I MEDIDAS DE PROMOCIÓN PARA LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTICULO 1° Los estudiantes que tengan un destacado cumplimiento del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, se les reconocerá semestralmente con diplomas, cuadro de honor, reconocimiento público o anotaciones positivas, entre otras. ARTICULO 2° Se informara a los apoderados vía folleto de las actividades realizadas en el colegio en el contexto de convivencia escolar. ARTICULO 3° Se informara a los apoderados vía agenda escolar de los reglamentos y protocolos del establecimiento. ARTICULO 4° Se Informara a los Profesores(as) y Asistentes de la educación de los reglamentos, modificaciones y protocolos en consejo de Profesores ARTICULO 5° Informar procedimientos para la buena convivencia escolar y difundir las medidas que adopta el Establecimiento. ARTICULO 6° Difundir los diferentes tipos de violencia, para una temprana detección de Bullying. ARTICULO 7° Se participara de charlas dictadas por La Red de Infancia y Adolescencia a los apoderados sobre buenas prácticas en crianza. ARTICULO 8° Se participara de charlas dictadas por el Proyecto de Convivencia Escolar sobre buenas prácticas en el ámbito de la convivencia en el colegio. ARTICULO 9° Se desarrollará semanalmente en el acto cívico, temas valóricos que promueve las buenas prácticas en convivencia escolar. ARTICULO 10° Se fomentará en los estudiantes las buenas prácticas de convivencia al inicio de la jornada escolar escuchando y comentando temas valóricos de la matutina cristiana infantil. ARTICULO 11° Se distribuirán, a lo largo del año, trípticos informativos sobre temas relacionados a Convivencia Escolar. ARTICULO 12° El Establecimiento estará dispuesto a participar de nuevas actividades que promuevan la sana convivencia. TITULO II MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTICULO 13° Desarrollar prácticas de respeto y aceptación en la interrelación personal en diferentes momentos y espacios del trabajo educativo, técnico y administrativo de la comunidad escolar. ARTICULO 14° Se cuenta con un equipo de Convivencia Escolar quien tendrá como función principal velar por la buena convivencia escolar entre los diferentes actores de la comunidad escolar. ARTICULO 15° Se cuenta con una psicóloga que orienta a los estudiantes, personal del colegio y apoderados, promoviendo buenas prácticas de convivencia escolar, propiciando un buen clima de relaciones entre todos los agentes de la comunidad escolar. ARTICULO 16° El Establecimiento participa con la Red de Infancia y Adolescencia de la comuna de Hualqui. ARTICULO 17° El Establecimiento participa en el proyecto de Convivencia Escolar de la Comuna de Hualqui. ARTICULO 18° El personal docente y asistente de la educación participa de las charlas organizadas por La Red de Infancia y Adolescencia y el proyecto de Convivencia Escolar comunal. ARTICULO 19° Se implementara Recreos Activos para que los estudiantes compartan en otro contexto al académico. ARTICULO 20° Los estudiantes participarán de concursos comunales organizados por la Red de Infancia y adolescencia y Proyecto de Convivencia Escolar que promueven las buenas prácticas. ARTICULO 21° Se fomentará la buena relación con los demás, comenzando diariamente la jornada de

los docentes con el desarrollo de un tema valórico a través de una matutina cristiana. Se discutirán en clases de Orientación temáticas que aborden diferentes situaciones, que pueden ocurrir dentro y fuera del establecimiento y que puedan influir en la calidad de la convivencia escolar, buscando soluciones en conjunto. TITULO III CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTA A LA BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR

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Para el colegio es importante que nuestros estudiantes aprendan en un espacio cálido, armónico y cruzado por el amor y respeto entre todos los integrantes de la comunidad educativa, la inadecuada resolución de conflictos, dentro de nuestro establecimiento vulnera las normas de convivencia y derechos de los integrantes de la comunidad escolar, es por esto que es necesaria la estipulación de normas, faltas y sanciones para garantizar la sana convivencia con el objetivo de ir formando personas respetuosas, tolerantes y con fuertes valores cristianos. Este reglamento debe ser difundido y respetado por Profesores(as), directivos, estudiantes, padres y apoderados, asistentes de la educación u otros. Lo más importante para nosotros es tener procesos justos y conocidos por todos los miembros de la comunidad educativa para asegurar la transparencia e imparcialidad en las medias adoptadas.  Cada situación será evaluada dependiendo de las edades, situación afectiva, discapacidad intelectual, versión de cada participante del conflicto, entre otras situaciones que pudiesen alterar la conducta de nuestros estudiantes.  Las medidas de actuación para violencia entre pares, violencia asimétrica, Retención de estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes, Agresión sexual infantil, Consumo de drogas y alcohol, y bullying están definidas en protocolos diferentes para cada situación. Medidas de actuación: Las medidas de actuación están orientadas a definir las faltas y sugerir una sanción que desarrolle en el estudiante la reflexión y cambio de actitud en relación a la falta cometida. Medidas Compensatorias: Estas medidas se tomarán en el caso que la situación no se haya logrado evitar o resuelto a tiempo, mediante previa evaluación de los factores. Éstas medidas son: ARTICULO 23° Derivación psicológica en el establecimiento, al estudiante agredido, agresor; víctima o victimario-a y su apoderado. ARTICULO 24° Resguardar y proteger el espacio en el que se desenvuelve el estudiante dentro del Colegio. ARTICULO 25° Apoyo pedagógico en las áreas afectadas. ARTICULO 26° Mantener informado al apoderado de las medidas reparatorias y de resguardo, tanto al apoderado del estudiante agredido, como al del estudiante agresor. TITULO IV PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS SEGÚN FALTA LEVE POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ Fase 1. Detección de la falta y conversación con estudiante ARTICULO 27° El Profesor(a) Jefe deberá conversar con estudiante para conocer su versión así como los antecedentes, circunstancias y contexto que rodearon la falta. ARTICULO 28° El docente ayudará a reconocer la falta y si fuese necesario a disculparse. Fase 2. Comunicación ARTICULO 29° El Profesor(a) Jefe comunica por escrito vía libreta de comunicaciones la situación al apoderado(a) para que esté informado. ARTICULO 30° El revisa la comunicación que esté firmada y la registra en el libro de clases así como en la hoja de observaciones del estudiante del libro de clases. Fase 3. Finalización del protocolo REITERACIÓN (por tercera vez) Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a)

El Profesor(a) involucrado registra la falta en el libro de clases y en la hoja de observaciones del estudiante ARTICULO 32° El Profesor(a) coordina fecha y hora para citación del apoderado de manera escrita y registra la citación en su hoja de observaciones del libro de clases. ARTICULO 33° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante. ARTICULO 34° Los acuerdos y la información entregada al apoderado en la citación deberá quedar registrada por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas ARTICULO 35° El apoderado(a) firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas. ARTICULO 31°

Fase 2. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 36° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. ARTICULO 37° Determinación de medidas formativas y comunicación de ellas a las autoridades directivas por parte del Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe. Fase 3. Trabajo con el estudiante ARTICULO 38° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada. ARTICULO 39° Elaboración de una bitácora que registre el proceso y evolución del caso por parte del Encargado de Convivencia y/u Orientador. ARTICULO 40° Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe. Fase 4. Informe Final y Cierre de Protocolo. ARTICULO 41° Elaboración de un Informe Final con los resultados del procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo al estudiante por parte del Encargado de Convivencia. ARTICULO 42° Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas y/o al Profesor(a) Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 43° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes del estudiante. SEGÚN FALTA GRAVE POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a) ARTICULO 44° El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente al Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 45° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia registra el hecho en el libro de clases en la hoja de observaciones de estudiante causante del hecho y del estudiante dañado, si lo hubiese. ARTICULO 46° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado de Convivencia Escolar cita al apoderado del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, si lo hubiese, a través de una comunicación por escrito y telefónicamente y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. ARTICULO 47° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante. Y se le citará nuevamente Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante ARTICULO 48° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante causante del hecho para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 49° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave.

ARTICULO 50° ARTICULO 51°

Los acuerdos y la información entregada al apoderado en la citación debe quedar registrada por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar.

Fase 3. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 52° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. ARTICULO 53° Equipo de convivencia escolar y Profesor(a) Jefe determinan de: a) medidas formativas para el estudiante causante del daño. b) medidas de apoyo al estudiante dañado. ARTICULO 54° Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe. Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante ARTICULO 55° Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 56° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a especialistas si corresponde. ARTICULO 57° Las medidas de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, reorganización de los horarios del Profesor(a) para la atención específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros, para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros. Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal por parte de la psicóloga. ARTICULO 58° Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso por parte del Encargado(a) de Convivencia con el objetivo de monitorear el proceso. Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo ARTICULO 59° Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo al estudiante causante como al afectado por parte del Encargado de Convivencia. ARTICULO 60° Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 61° Entrega del informe final al apoderado(a) de los estudiantes involucrados por parte del Profesor(a) Jefe y /o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 62° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes de los estudiantes involucrados. REITERACIÓN (por tercera vez) ARTICULO 63° Se regirá por procedimiento para falta gravísima. Fase 6: Cierre de Protocolo ARTICULO 64° El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al Consejo de Profesores y cuerpo administrativo. ARTICULO 65° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.

SEGÚN FALTA GRAVISIMA Se debe establecer, primeramente, que no se está frente a un delito. Si la falta fuese un delito, se debe proceder según protocolo específico para delitos. POR PRIMERAVEZ Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado ARTICULO 66° El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente al Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 67° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia registra el hecho en el libro de clases en la hoja de observaciones de estudiante causante del hecho y del estudiante dañado, si lo hubiese. ARTICULO 68° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado de Convivencia Escolar cita al apoderado del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, si lo hubiese, a través de una comunicación por escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. ARTICULO 69° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante.

Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante ARTICULO 70° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante causante del daño para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 71° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 72° Los acuerdos y la información entregada al apoderado deben quedar registrados por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas. ARTICULO 73° El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar. Fase 3. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 74° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. ARTICULO 75° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe determinarán lo siguiente: a) medidas formativas de apoyo al estudiante causante del daño. b) medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado. ARTICULO 76°

Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe.

Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante ARTICULO 77° Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas por parte del Encargado(a) de Convivencia ARTICULO 78° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a especialistas si corresponde. ARTICULO 79° Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, reorganización de los horarios del Profesorado para la atención específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros, para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros. Así

ARTICULO 80°

también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal por parte de la psicóloga. Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso por parte del Encargado(a) de Convivencia con el objetivo de monitorear el proceso.

Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo ARTICULO 81° Se informa condicionalidad del estudiante ARTICULO 82° Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 83° Entrega del informe final al apoderado(a) de los estudiantes involucrados por parte del Profesor(a) Jefe y /o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 84° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes delos estudiantes involucrados. REITERACIÓN (por segunda vez) ARTICULO 85° Se llevará a cabo los 15 pasos antes señalados y además se determinación de la situación final del estudiantes, ratificando la condicionalidad y analizando la cancelación de matricula. Fase 6: Cierre de Protocolo ARTICULO 86° El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al Consejo de Profesores ARTICULO 87° Dirección comunica de la situación final de estudiante (s) involucrado(s) por parte de las autoridades directivas a los apoderados y estudiantes involucrados. A continuación se detallan las faltas con sus respectivas sanciones y medidas pedagógicas: 

Cada situación será evaluada dependiendo de las edades, situación afectiva, discapacidad intelectual, versión de cada participante del conflicto, entre otras situaciones que pudiesen alterar la conducta de nuestros estudiantes.

FALTA LEVE: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Ejemplos: atrasos, olvidar un material, uso de celular en clases, no entrar a tiempo en la sala de clases, quitarle la pelota o juegos a los más pequeños, etc. Faltas leves Medida pedagógica reparatoria: PASOS A SEGUIR: Realizar cualquier tipo de venta sin 1. Quien detecte la falta, da aviso a Profesor(a) Jefe y autorización. Convivencia Escolar. 2. Convivencia Escolar y/o Profesor(a) jefe dialoga personalmente con el estudiante, indagará razones de la falta, orientará sobre la falta, entre otros temas. 3. Convivencia Escolar envía aviso por escrito al apoderado, vía agenda escolar, mediante documento, el cual debe ser firmado y devuelto el Colegio. El documento quedará archivado en la carpeta del estudiante en Convivencia Escolar Interrumpir la clase (ya sea 1. Profesor(a) a cargo del curso detiene la situación. conversando, gritando, riéndose, 2. Indicará a los estudiantes involucrados el correcto produciendo ruidos, pararse de la silla, comportamiento en la sala de clases. jugar, peinarse, maquillarse etc.) En caso de conducta reiterada del estudiante: 3. Se procede con los pasos anteriores. 4. Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida. 5. Se deriva a Equipo de Convivencia Escolar. 6. Encargado(a) del caso entrevista a Estudiante. 7. se aplicara medida pedagógica reparatoria de la acción

Usar pearcing, tatuajes, tinturas, maquillaje excesivo, lentes de contacto cosméticos (colores), joyas muy grandes o llamativas, etc.

No usar el uniforme adecuadamente, en relación al reglamento interno.

Usar el cabello sin regirse por el Reglamento Interno.

causada. 8. Citación a apoderado, se informa medida y situación del estudiante. 9. Se hace seguimiento del caso por dos semanas. 1. Profesor(a) que detecte la falta solicitara al estudiante que se quite el o los accesorios. 2. Profesor(a) conversa con el estudiante, indicando el uso correcto del uniforme descrito en el Reglamento Interno del Colegio. 3. De no acatar las medidas el estudiante se procederá con los pasos siguientes: 4. Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida 5. Convivencia Escolar envía aviso vía agenda escolar, mediante documento, el cual debe ser firmado y devuelto el Colegio. 6. En el caso de tinturas, se dará un plazo de 5 días para quitarse el color. De no cumplir no podrá ingresar a clases, citando al apoderado para su retiro. Si el apoderado no puede venir, el estudiante permanecerá en biblioteca, a cargo de un adulto responsable. 7. De cumplir con las medidas señaladas, se hace cierre de protocolo. 8. De no cumplir el compromiso, y que el apoderado no colabore, se trabajará con estudiante, utilizando medidas pedagógicas de negociación. 9. Se cierra caso. 1. Profesor(a) jefe y/o inspectora conversa con el estudiante, indicando el uso correcto del uniforme descrito en el Reglamento Interno del Colegio y se le pedirá que se lo quite y lo guarde. 2. De no acatar la prenda o accesorio que no corresponde al uniforme le será requisado y entregado al apoderado. 3. Si se reitera la falta: 4. Se procede a los pasos anteriores 5. Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida. 6. Inspectoría envía aviso por escrito al apoderado, vía agenda escolar, mediante documento, el cual debe ser firmado y devuelto el Colegio o llamado telefónico de no firmar comunicación. 7. Equipo de convivencia escolar cita a entrevista al apoderado, para evaluar situación y firmar compromiso. 8. De no cumplir el compromiso, y que el apoderado no colabore, se trabajará con estudiante en varias sesiones, utilizando medidas pedagógicas de negociación. 9. Se cierra caso. 1. Profesor(a) jefe conversa con el estudiante, indicando el corte o peinado descrito en el Reglamento Interno del Colegio. 2. Inspectoría envía aviso por escrito al apoderado, vía agenda escolar, mediante documento, el cual debe ser firmado y devuelto el Colegio. 3. De no acatarse la medida se procederá a los siguientes pasos: 4. Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida. 5. De no cumplir el compromiso, y que el apoderado no colabore, se trabajará con estudiante en varias sesiones,

No cumplir con tareas, trabajos y deberes escolares.

No respetar los horarios de ingreso a clases, al inicio de la jornada, después de recreos y /o almuerzos.

Traer y usar en el colegio artículos Tecnológicos como: celular, Ipod, IPhone, videojuegos, mp3, mp4, notebook, etc.

Quitar juegos a los más pequeños.

utilizando medidas pedagógicas de negociación. 6. Se cierra caso. 1. Profesor(a) jefe conversa con el estudiante, indicando deberes y responsabilidades, descrito en el Reglamento Interno del Colegio. 2. Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida. 3. Profesor(a) envía aviso por escrito al apoderado, vía agenda escolar, el cual debe ser firmado por el apoderado. 4. Si la conducta es reiterada (superior a 3 veces) Profesor(a) deberá citar apoderado. 5. Si continua el incumplimiento del estudiante y/apoderado se derivara caso a U.T.P. 6. En caso de incumplimiento de los compromisos se derivará a Dirección. 7. Se cierra caso. 1. Si es al inicio de la jornada, en portería se dejará registro, firma del apoderado y se le entregará un pase para ingresar a la sala. 2. Si es entre la jornada, se solicitará pase a inspectora para ingresar a la sala de clases. 3. Si los atrasos suman 5 los pasos a seguir serán: 4. Se dejara registro en hoja de vida del estudiante. 5. Inspectoría citara Apoderado para firmar compromiso. 6. De no cumplir el compromiso, y que el apoderado no colabore, se derivara a Convivencia Escolar. 7. De persistir conducta se citara apoderado con Directora. 8. Se cierra caso. 1. Profesor(a) jefe conversa con el estudiante, indicando las normas descrito en el Reglamento Interno del Colegio. 2. Profesor(a) envía aviso por escrito al apoderado, vía agenda escolar, el cual debe ser firmado por apoderado. 3. De no cumplir el estudiante con la medida señalada, Profesor(a) deja registro escrito en hoja de vida y se le retendrá el aparato en el colegio el que solo podrá ser retirado por el apoderado. 4. En caso de que no exista colaboración del apoderado y/o estudiante. Inspectoría citara apoderado para firmar un documento de responsabilidad en caso de daño, robo del aparato electrónico. 5. Se cierra caso. 1. Encargado de patio que observe el hecho, detiene la falta. 2. Dialoga con los involucrados, escuchando cada versión. 3. Se amonestará verbalmente al/los estudiantes advirtiendo las sanciones que tendrá si se vuelve a repetir. 4. Se le devolverá el juego a los estudiantes, 5. Se supervisará que no vuelva a repetir la acción durante todo el día. 6. En caso de reiterar la conducta: 7. Se avisa a Encargado de Convivencia Escolar. 8. Se tomará medida pedagógica reparatoria. 9. Se informará, vía agenda escolar, la medida tomada al apoderado, junto a los hechos, la que debe ser de vuelta al Colegio firmada por el apoderado. 10. Se registrará en hoja de vida. 11. Quedará registro en la carpeta del estudiante en Convivencia Escolar.

12. Se cierra caso. 1. Encargado de patio que observe el hecho, detiene la falta. 2. Dialoga con los involucrados, escuchando cada versión. 3. Se amonestará verbalmente al/los estudiantes advirtiendo las sanciones que tendrá si se vuelve a repetir. 4. Se supervisará que no vuelva a repetir durante todo el día. 5. Se avisa a Encargado de Convivencia Escolar. 6. Se tomará medida pedagógica reparatorias informando inmediatamente al apoderado. 7. Se informará, vía agenda escolar, la medida tomada al apoderado, junto a los hechos, mediante una circular, la que debe ser de vuelta al Colegio firmada por el apoderado. 8. Si la falta se reitera se citará al apoderado con Dirección 9. Se registrará en hoja de vida la medida pedagógica. 10. Quedará registro en la carpeta del estudiante en Convivencia Escolar. 11. Se cierra caso. DEL APODERADO: 1. Se registra en la hoja de vida del estudiante. Asiste a menos del 50% de las 2. U.T.P citará a entrevista personal con Profesor(a) jefe, lo reuniones de apoderados, sin cual quedará registrado, con día y hora en el libro de justificación previa. clases. Ausentarse a lo menos 2 entrevistas 3. Se dialogará sobre los motivos de las inasistencias. Se personales con el Profesor(a) o mencionará la importancia de su participación, tanto para autoridad del Colegio. su estudiante como para la comunidad educativa, entre otros temas. 4. Se registra entrevista objetivamente en el libro de entrevistas personales. 5. Se establece compromisos y acuerdos. 6. De no asistir a las entrevistas pactadas se derivará a dirección, quien verá las medidas a tomar, las cuales deben quedar registradas en la hoja de vida del estudiante. 7. Se cierra caso. FALTA GRAVE: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de la educación, falsear o corregir evaluaciones, etc. Salir del Colegio sin autorización regresando posteriormente al establecimiento.

Faltas graves: Interrumpir con actos o frases irrespetuosas en el culto, semana de reflexión, acto cívico, actos artísticos, licenciaturas, etc.

Medida pedagógica reparatoria: 1. Se detecta la falta y se detiene. 2. Se Dialoga personalmente con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. 3. Se registra el hecho en la hoja de vida del estudiante. 4. Se registrará en hoja de vida la medida pedagógica. 5. Convivencia escolar toma medidas reparatorias. 6. Se informará, vía agenda escolar, la medida tomada al apoderado, junto a los hechos la que debe ser de vuelta al Colegio firmada por el apoderado. 7. Quedará registro en la carpeta digital del estudiante en Convivencia Escolar. 8. Se cierra caso. 9. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma. 10. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara

Agresión verbal a cualquier miembro de la comunidad escolar, tales como insultos, garabatos, gritos, sobrenombre, etc.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Lanzar objetos en la sala de clases.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8. Lanzar objetos hacia la vía pública.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

8. 9.

Gritar insultos hacia la vía pública.

1. 2. 3. 4. 5.

6. 7. Falsear documentos, corregir evaluaciones, cambiar notas, cambiar nombre en pruebas o trabajos y Copia en evaluaciones.

1. 2. 3. 4.

procedimiento formativo según falta gravísima. Se detecta la falta y se detiene. Se Dialoga personalmente con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. Se registra el hecho en la hoja de vida del estudiante. Se informa vía agenda escolar al apoderado. Se procederá a trabajar con el estudiante una mediada reparatoria. Si se reitera la falta se aplicara Protocolo de violencia correspondiente. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Se detecta falta y se detiene. Estudiante deberá recoger objeto. Profesor(a) dialoga personalmente con el estudiante. Se registra el hecho en la hoja de vida del estudiante. Se informa vía agenda escolar al apoderado, la que deberá venir firmada. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre de protocolo. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Se detecta falta y se detiene. Se informa a inspectoría. Estudiante deberá recoger objeto en compañía de inspectora. Profesor(a) dialoga personalmente con el estudiante. Se registra el hecho en la hoja de vida del estudiante. Se informa vía agenda escolar del hecho y medias tomadas al apoderado, la que deberá venir firmada. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre de protocolo Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Se detecta falta y se detiene. Profesor(a) dialoga personalmente con el estudiante. Se registra el hecho en la hoja de vida del estudiante. Se informa vía agenda escolar al apoderado, la que deberá venir firmada. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre del protocolo. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Se detecta la falta y se detiene. Se Dialoga personalmente con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. Profesor(a) informa a UTP la situación. Se evaluara con nota mínima y se informara al estudiante. U.T.P cita vía agenda al apoderado para informar de la

5. 6. 7.

8. 9. 1. Hacer bromas que agreden la moral de cualquier integrante de la comunidad escolar.

2. 3. 4. 5. 6.

7. Amedrentar a compañeros de un curso inferior, quitando colación, obligando a ceder el puesto (en una fila), pidiendo dinero.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8. Utilizar el nombre o símbolo del colegio para beneficio personal.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

8. 9. Exhibir, dibujar, comentar , a tono de

1.

situación y de la medida adoptada. Se registra entrevista en libro de entrevista del Profesor(a). Se registra hecho y medida tomada en la hoja de vida del estudiante. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre de protocolo. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Quien detecte la falta la detiene, da aviso a Convivencia Escolar. Diálogo personal con los estudiantes, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. Se informa vía agenda escolar a apoderado sobre situación y medida tomada. Suspensión de clases por 1 día con trabajo para la casa, con exposición en clases de orientación. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Quien detecte la falta, da aviso a Convivencia Escolar. Diálogo personal con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. Se informa vía agenda escolar a apoderado-a sobre situación y medida tomada. Aplicación de Medida pedagógica reparatoria. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre de protocolo. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Quien detecte la falta, da aviso a Convivencia Escolar. Convivencia Escolar derivara caso a Dirección. Dirección citara al apoderado para abordar la situación. Registro de la entrevista en el libro de entrevista de Dirección. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. Aplicación de Medida pedagógica reparatoria. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma Cierre de protocolo. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. Quien detecte la falta, da aviso a Convivencia Escolar.

broma, partes íntimas del cuerpo.

Rayar, sacar hojas, romper, arrugar o tomar sin autorización el libro de clases.

Salir del establecimiento sin autorización y sin retorno

2. Diálogo personal con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. 3. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. 4. Se informa vía agenda escolar al apoderado-a sobre situación y medida tomada. 5. Aplicación de Medida pedagógica reparatoria. 6. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma 7. Cierre de protocolo. 8. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. 1. Quien detecte la falta, da aviso a Convivencia Escolar. 2. Diálogo personal con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. 3. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. 4. Se informa vía agenda escolar ha apoderado-a sobre situación y medida tomada. 5. Aplicación de Medida pedagógica reparatoria. 6. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma 7. Cierre de protocolo. 8. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima. 1. Quien detecte la falta, da aviso a Convivencia Escolar. 2. Diálogo personal con el estudiante, donde él puede hacer sus descargos con respecto al tema. 3. Amonestación escrita en la hoja de vida del libro de clases. 4. Se informa vía agenda escolar ha apoderado-a sobre situación y medida tomada. 5. Aplicación de Medida pedagógica reparatoria. 6. Si se reitera la falta se aplicara procedimientos formativos para falta grave, analizando individualmente el contexto de la misma 7. Cierre de protocolo. 8. Si la falta se reitera por tercera vez se aplicara procedimiento formativo según falta gravísima.

FALTA GRAVÍSIMA: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robo, abuso sexual, tráfico de drogas o acoso escolar, etc. Faltas gravísimas: Medida pedagógica reparatoria: Tres faltas graves reiteradas serán 1. Se regirá por Procedimiento formativo según falta consideradas una falta gravísima. gravísima por segunda vez Faltas consideradas como gravísimas  

Pasos a seguir

Dañar intencionalmente Por primera vez: objetos personales de otros Fase 1:Detección de la falta y citación a apoderado actores de la comunidad. Rayar, sacar hojas, romper,

  



 

 



arrugar o tomar sin autorización el libro de clases Dañar intencionalmente objetos personales de otros actores de la comunidad. Hacer fuego en el colegio Tomar fotografías y/o videos sin consentimiento de situaciones vergonzosas que atenten contra cualquier miembro de la comunidad educativa, si estos además se suben o comparten a través de redes sociales la cancelación de matricula será inmediata. Jactarse y/o portar cualquier objeto utilizado para el consumo de drogas o llegar bajo el efecto de estupefacientes Fumar y/o ingerir alcohol en el colegio o llegar en estado de intemperancia Robar cualquier objeto de biblioteca, sala de computación, sala de profesores, oficinas, salas de clases, entre otros. Ser sorprendido con un arma blanca o de fuego o cualquiera que pueda ser usado como tal. Verse involucrado en situaciones de índole sexual tales como insinuaciones, tocaciones, exhibición de partes intimas Hacer rabietas o pataletas que involucren agresiones físicas o verbales, destruir o lanzar parte del mobiliario, lanzar piedras,,etc, como parte de un evento de ira incontrolable.

Fase 2:Conversación con apoderado y estudiante Fase 3: Determinación de las medidas formativas. Fase 4: Trabajo con el estudiante. Fase 5: Informe final y situación de condicionalidad. Por segunda vez: Se ejecutan las 5 primeras Fases y se analiza situación de cancelación de matricula. En el caso de rabietas incontrolables: Paso 1. Contención por parte del adulto más cercano. Paso 2. Ofrecerle un espacio de desahogo Paso 3. Cambiar el foco de lo que le esta produciendo la ira. Paso 4. Luego de controlar la situación esta debe ser reflexionada entre el adulto yo el estudiante como medida pedagógica, evitando la recriminación. Paso 5. Retomar su actividad habitual y comunicar lo sucedido al apoderado(a) En caso de no lograr controlar el evento, se llamará inmediatamente al apoderado(a) para que retire al estudiante de clases, y así cuidar la integridad física y psicológica del propio estudiante como de cualquier otro miembro de la comunidad educativa. En caso de reiteración por segunda vez se citará al apoderado(a) para tomar medidas en conjunto. En caso de reiteración por tercera o más veces , se procederá a la suspensión, condicionalidad y posible cancelación de matrícula dependiendo de la edad estado emocional, y situación familiar.

TITULO V PROTOCOLO DE ACCION DE ACOSO ESCOLAR - BULLYING Y CIBERBULLYING El comportamiento de todos los miembros de la comunidad educativa, debe estar regido por el respeto y por ello deben quedar excluidas las conductas que atenten contra la dignidad del ser humano y que se aparten del trato cristiano que siempre hay que brindarle a otros. El trato cortés no puede estar limitado a la relación – Profesor(a)/estudiante - que se produce en el momento de la clase; debe ser una práctica permanente expresada en todo momento y lugar, hacia todo tipo de personas, dentro y fuera de la institución. Las situaciones de bullying debe abordarse desde un enfoque sistémico, considerando a todos los miembros de la comunidad educativa, incorporando procedimientos preventivos y formativos. La trasgresión del respeto hacia otro, en el caso de Bullying y ciberbullying, constituye una falta gravísima, entendiéndose ésta como actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otro miembro de la comunidad educativa, agresiones sostenida en el tiempo, conductas tipificadas como delito.

Tipo de falta: ARTICULO 88°

ARTICULO 89°

ARTICULO 90°

GRAVISIMA: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robo, abuso sexual, tráfico de drogas o acoso escolar, etc. Sanciones: - Suspensión por 5 días. - Condicionalidad de la matrícula. - Dependiendo de la determinación tomada en dirección, se cancelará la matrícula con la posibilidad de que el estudiante pueda apelar a la medida. Responsable: - Dirección - Equipo de Convivencia Escolar - Profesor(a)Jefe

¿QUÉ ES EL BULLYING? La palabra bullying es una palabra de origen inglés, su significado fundamental es: acosar, molestar, hostigar, obstaculizar o agredir físicamente a alguien. Es un continuo y deliberado maltrato verbal y moral que recibe un niño o niña por parte de otro u otros, que se comportan con él/ella cruelmente con objetivo de someter, arrinconar, amenazar, intimidar u obtener algo de la víctima. Entre sus características centrales, las que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia son : • Se produce entre pares. • Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás. • Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido. Constituye una de las expresiones más graves de violencia y debe ser identificada, abordada y eliminada del espacio escolar de manera decidida y oportuna, con la participación de todos los actores de la comunidad educativa. En las situaciones de bullying se produce una dinámica relacional en la que están involucrados los agresores, agredidos y los espectadores. Diversos estudios han mostrado que, a su vez, muchos de estos roles se van intercambiando, es decir, un estudiante agresor puede ser, a su vez, agredido y viceversa. Las victimas de bullying suelen no hablar de su situación, porque temen represalias por parte de los agresores o imaginan que al explicar su condición serán aún más rechazados o aislados. Los agresores no necesariamente gozan de popularidad entre sus compañeros, siendo en muchas ocasiones marginados y discriminados por aquellos, más bien, mantienen y refuerzan el control a través del uso de la fuerza y presentan dificultades para relacionarse con otros de manera asertiva, por lo que requieren de atención y apoyo tanto emocional como pedagógico. TITULO VI MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROMOCION FRENTE AL BULLYING Informar procedimientos para la buena convivencia escolar y difundir las medidas que ARTICULO 91° adopta el Establecimiento. Difundir los diferentes tipos de violencia, para una temprana detección de Bullying. ARTICULO 92° Promover la participación de toda la comunidad educativa. ARTICULO 93° Desarrollar prácticas de respeto y aceptación en la interrelación personal en diferentes ARTICULO 94° momentos y espacios del trabajo educativo, técnico y administrativo de la comunidad escolar. Se cuenta con un equipo de Convivencia Escolar quien tendrá como función principal ARTICULO 95° velar por la buena convivencia escolar entre los diferentes actores de la comunidad escolar. Se cuenta con una psicóloga que orienta a los estudiantes, personal del colegio y ARTICULO 96° apoderados, promoviendo buenas prácticas de convivencia escolar, propiciando un buen clima de relaciones entre todos los agentes de la comunidad escolar. El Establecimiento participa con la Red de Infancia y Adolescencia de la comuna de ARTICULO 97° Hualqui. El Establecimiento participa en el proyecto de Convivencia Escolar de la Comuna de ARTICULO 98°

Hualqui. La Red de Infancia y Adolescencia y el proyecto de Convivencia Escolar dictarán charlas a los apoderados sobre buenas prácticas de convivencia escolar que se manejarán en el hogar como en el establecimiento. ARTICULO 100° El personal docente y asistente de la educación participa de las charlas organizadas por La Red de Infancia y Adolescencia y el proyecto de Convivencia Escolar comunal. ARTICULO 101° Se promueve la buena convivencia escolar en los estudiantes participando en actividades extra programáticas, con la finalidad de que los estudiantes se conozcan en otro contexto ARTICULO 102° Los estudiantes participan de concursos comunales organizados por la Red de Infancia y adolescencia y Proyecto de Convivencia Escolar que promueven las buenas prácticas en convivencia escolar. ARTICULO 103° Se desarrolla semanalmente en el acto cívico, temas valóricos que promueve las buenas prácticas en convivencia escolar ARTICULO 104° Se fomentará la buena relación con los demás, comenzando diariamente la jornada de los docentes con el desarrollo de un tema valórico a través de una matutina cristiana. ARTICULO 105° Se fomentará en los estudiantes las buenas prácticas de convivencia al inicio de la jornada escolar escuchando y comentando temas valóricos de la matutina cristiana infantil. ARTICULO 106° Se discutirán en clases de Orientación temáticas que aborden diferentes situaciones, que pueden ocurrir dentro y fuera del establecimiento y que pueden influir en la calidad de la convivencia escolar, buscando soluciones en conjunto a estas situaciones hipotéticas. ARTICULO 107° Se propiciará dentro de las lecturas complementarias temáticas relacionadas con valores cristianos ARTICULO 108° Se considerará las mediaciones entre pares: involucrar a los propios estudiantes para prevenir casos. ARTICULO 109° Se distribuirán, a lo largo del año, trípticos informativos sobre temas relacionados a Convivencia Escolar. ARTICULO 110° El Establecimiento está dispuesto a participar de nuevas actividades que promuevan la sana convivencia. . TITULO VII PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL BULLYING 1. DETECCIÓN DE LA FALTA ARTICULO 111° El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, deberá informar al Profesor(a) jefe y encargado de convivencia Escolar ARTICULO 112° Encargado de convivencia acogen a estudiante agredido, lo trasladan a oficina, donde pueda estar tranquilo(a) o le prestan la ayuda médica necesaria (ver protocolo accidentes). a) Aplicación de pauta de indicadores de urgencia, por parte del encargado de ARTICULO 113° convivencia escolar, Profesor(a) jefe. ARTICULO 99°

2. COMUNICACIÓN Y EVALUACIÓN PREELIMINAR DE LA SITUACIÓN ARTICULO 114° Se informa a las autoridades del establecimiento y al cuerpo docente ARTICULO 115° El encargado de Convivencia Escolar, en conjunto con el Profesor(a) jefe conversa por separado con ambas partes para conocer los hechos, desde la perspectiva de cada estudiante. ARTICULO 116° Director debe realizar denuncia en Carabineros de Chile, PDI, SENAME, entre otros. ARTICULO 117° El Profesor(a) jefe registra el hecho en el libro de clases, en la hoja de observaciones del estudiante, constando las versiones del hecho relatado. ARTICULO 118° Encargado de convivencia Escolar y Profesor(a) Jefe citan a apoderado(a) del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, por separado, a través de una comunicación en la agenda escolar y llamado telefónico informando la situación y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas.

ARTICULO 119°

ARTICULO 120° ARTICULO 121° ARTICULO 122° ARTICULO 123° ARTICULO 124° ARTICULO 125°

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Profesor(a) jefe y Encargado de Convivencia Escolar se entrevista con apoderados, por separado, para informar sobre la situación, procedimientos a seguir y solicitar su colaboración con las medidas que se implementen. Deberá sugerir el inicio de tratamiento con especialista según sea el caso. Se registran puntos tratados de manera objetiva, en hoja de vida del libro de clases de cada estudiante Si el apoderado(a) no justifica asistencia a la reunión citada, dirección enviará carta certificada reiterando la citación Si no hay respuesta por parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de profesionales para realizar visita domiciliaria. Si aún no hay respuesta en el Hogar, el departamento de Convivencia escolar tratará el tema con el estudiante en varias sesiones para lograr un cambio Autoridades técnicas directivas valoran la situación, resuelven y comunican resolución a Consejo de Profesores. Dirección y Encargado de Convivencia Escolar comunican a los estudiantes involucrados y sus apoderados la decisión tomada, que amerita condicionalidad e incluso cancelación de la matrícula. TITULO VIII DETERMINACIÓN DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS INFORMACIÓN Autoridades directivas técnicas y Equipo de Convivencia Escolar, analizan la información recogida y valoran la situación, teniendo en cuenta su carácter reiterativo. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. DETERMINACIÓN a) Medidas formativas de apoyo al estudiante causante del daño. b) Medidas de apoyo, seguridad y recuperación al estudiante dañado. c) Medidas preventivas e informativas para la comunidad educativa por parte de Profesor(a) Jefe, Equipo de Convivencia y Psicólogo. COMUNICACIÓN Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, al Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte del Encargado(a) de Convivencia y Profesor(a) Jefe.

TITULO IX TRABAJO DE APOYO A LOS ESTUDIANTES Elaboración de un plan de acción común de apoyo a los estudiantes con medidas formativas y de contención por parte del Equipo de Convivencia Escolar y Profesor(a) jefe. ARTICULO 129° LAS MEDIDAS FORMATIVAS AL ESTUDIANTE CAUSANTE DEL DAÑO: - Ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones, a través de un diálogo constructivo. - Concientizar al estudiante agresor sobre la consecuencia de sus actos, a través del diálogo, videos, informativos, noticias, testimonio de hechos reales. - Enseñar resolución pacífica de conflictos y sus beneficios. - Orientar a la comunidad educativa a no estigmatizar al estudiante agresor, partiendo de la base que toda persona necesita de oportunidades para cambiar positivamente. ARTICULO 130° COMUNICACIÓN CON LA FAMILIA EN GENERAL. Ante situaciones que se evalúen como especialmente graves, se le informará al resto de las familias de la siguiente manera: - Se citará a reunión extraordinaria para informar la situación a los apoderados del curso involucrado. - Se explicará la situación en términos generales, sin individualizar a los involucrados ni entregar detalles.

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ARTICULO 131°

ARTICULO 132°

ARTICULO 133°

Se comunicarán y explicarán las medidas y acciones que se están implementando. - Se solicitará la colaboración de los apoderados en la labor formativa del Establecimiento. TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE DAÑADO. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad, algunas medidas pueden ser: - Previa evaluación del hecho, se tomarán medidas de seguimiento de espacios comunes - Intervención de mediadores, colaboración de compañeros, previamente formados para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos). - Solicitud colaboración familiar, entre otros. - Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal. - Derivar a los especialistas que corresponda. TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE CAUSANTE DEL DAÑO. - Ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones, a través de un diálogo constructivo. - Concientizar al estudiante agresor sobre la consecuencia de sus actos, a través del diálogo, videos, informativos, noticias, testimonio de hechos reales. - Enseñar resolución pacífica de conflictos y sus beneficios. - Orientar a la comunidad Educativo de la NO estigmatización al estudiante agresor, partiendo de la base que todo ser humano necesita oportunidades para cambiar. - Entregar flexibilidad de acceso al estudiante agresor a entrevistas con el Equipo de Convivencia escolar, Profesor(a) jefe o de asignatura o dirección. - Orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada. - Derivar a los especialistas que corresponda y otorgar las facilidades para coordinar sus labores académicas con las responsabilidades legales que deba cumplir. - Realizar seguimiento a los involucrados. INFORME Y CIERRE DE PROTOCOLO - Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación de medidas formativas de apoyo a los estudiantes causantes como a los estudiantes afectados. - Entrega de una copia del informe final al Profesor(a) jefe. - El equipo de convivencia escolar archiva el informe final. TITULO X PROTOCOLO DE AGRESION SEXUAL INFANTIL

Tipo de falta: ARTICULO 134°

ARTICULO 135° ARTICULO 136°

ARTICULO 137°

GRAVÍSIMA: Constituyen actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica y física de otro miembro de la comunidad educativa, agresiones sostenida en el tiempo, conductas tipificadas como delito Reiteración de la falta: Una vez. Responsable de activar el protocolo: - Dirección - Equipo de Convivencia Escolar - Profesor(a)Jefe Responsable de denuncia: - Dirección

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Para comenzar a hablar de la prevención en Abuso Sexual Infantil es necesario ponernos de acuerdo en algunos conceptos generales. ¿QUÉ ES EL ABUSO SEXUAL INFANTIL? Entenderemos por Abuso Sexual Infantil cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o niña, incluyendo las siguientes situaciones:       

Tocación de genitales o de otras zonas del cuerpo del niño, niña o adolescente por parte del abusador/a. Incitación por parte del abusador/a, a la tocación de sus propios genitales. Penetración vaginal o anal o intento de ella ya sea con sus propios genitales, con otras partes del cuerpo (Ej.: dedos), o con objetos (Ej.: palos), por parte del abusador/a. Exposición de material pornográfico a un niño, niña o adolescente (Ej.: revistas, películas, fotos). Contacto buco-genital entre el abusador/a y el niño, niña o adolescente. Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño, niña o adolescente. Utilización del niño, niña o adolescente en la elaboración de material pornográfico (Ej: fotos, películas).

¿QUÉ ES MALTRATO? Se entiende cono todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en un grupo familiar o en el entorno social, que se cometen en contra de niños, niñas o adolescentes, de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado por omisión (entendida como falta de atención y apoyo de parte del adulto a las necesidades y requerimientos del niño, sea en salud, alimentación, protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión (que son las diversas formas en que se le niegan al niño el ejercicio y goce de sus derechos: por ejemplo, impedirle que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela, etc.) o transgresión (entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles, rechazantes o destructivas hacia el niño, tales como malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros) de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo o parcial. TIPOS DE MALTRATO: - Maltrato físico - Maltrato emocional o psicológico - Negligencia - Abandono emocional - Abuso sexual TITULO XI INDICADORES PARA LA DE DETECCIÓN DEL MALTRATO O ABUSO SEXUAL Un adulto detecta una situación de maltrato o abuso cuando se presenta, al menos una de las siguientes situaciones: - El propio niño, niña u adolescente le revela que está siendo o ha sido víctima de maltrato, abuso sexual o de otra situación abusiva. - Un tercero que puede ser un compañero del niño afectado u otro adulto le cuenta que un niño, niña o adolescente determinado está siendo o ha sido víctima de maltrato, abuso sexual u otra situación abusiva. - El mismo adulto nota señales que le indican que algo está sucediendo con un niño, niña o adolescente en particular, es decir identifica conductas que no evidenciaba anteriormente o nota un cambio en su comportamiento, en sus hábitos o formas de relacionarse con los demás. Es importante prestar atención a las siguientes señales: - Cambios bruscos de conducta: aislamiento, baja de ánimo, tristeza, llanto. - Brusco descenso de notas, repentina desmotivación por los estudios y/o actividades de su interés. - Lesiones físicas reiteradas y/o que no sean comúnmente atribuibles a actividades habituales a su edad y etapas de desarrollo. - Miedo o rechazo de volver a su hogar. - Miedo o rechazo de volver a la Escuela o estar en lugares específicos de éste.

TITULO XII MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE A MALTRATO Y/O ABUSO SEXUAL INFANTIL ARTICULO 138° El Profesor(a) deberá anotar en el libro de clases, cualquier cambio en la conducta o estado de ánimo del estudiante en el tiempo e informar a Convivencia escolar. ARTICULO 139° Clases de educación sexual infantil en la asignatura de orientación: Se considera el desarrollo sexual infantil, enmarcado en el respeto a la corporalidad individual y la visualización de la sexualidad como una parte fundamental del desarrollo humano integrada como parte del proceso de aprendizaje afectivo. Incluye los siguientes contenidos específicos: a) Relaciones humanas b) Valores, actitudes y habilidades c) Cultura, sociedad y derechos humanos d) Desarrollo humano e) Comportamiento sexual f) Salud sexual y reproductiva El objetivo es integrar en los procesos de aprendizaje del niño o niña el conocimiento y familiarización con su propia identidad corporal. Procura favorecer el contacto del niño o niña con sus vivencias y esquema corporal. ARTICULO 140° Clases de autocuidado en la asignatura de orientación: Considera la formación y fortalecimiento de herramientas de autoprotección en los niños y niñas en su contexto evolutivo. Implica el reconocimiento y desarrollo de las habilidades necesarias para enfrentar situaciones de amenaza o peligro y su diferenciación de experiencias de confianza y seguridad personal. Se incluyen los siguientes contenidos: a) Cuidado Personal b) Identificación de situaciones de amenaza personal c) Pautas conductuales de autoprotección El objetivo es favorecer en el niño o niña la identificación de situaciones de amenaza o vulneración personal, y el desarrollo de estrategias conductuales efectivas de seguridad y protección. Charlas a los padres y apoderados por parte de la psicóloga del colegio ARTICULO 141° ARTICULO 142° Dar a conocer el protocolo de prevención y actuación frente al abuso sexual infantil. ARTICULO 143° Los funcionarios tienen el deber de comunicar cualquier sospecha a los directivos del establecimiento. ARTICULO 144° Capacitaciones de directivos en charlas y seminarios sobre el abuso sexual infantil. ARTICULO 145° Evitar situaciones en que un adulto este solo con un estudiante en una sala, baño, oficina, etc. ARTICULO 146° Se solicita certificado de antecedentes del personal, previo a la contratación y posteriormente cada semestre. ARTICULO 147° Los funcionarios del colegio no podrán agregar como amigo en redes sociales a ningún estudiante del colegio. ARTICULO 148° En salidas de terreno que impliquen más de una jornada, irán Profesores y apoderados. ARTICULO 149° Baños de estudiantes separados para damas y varones. ARTICULO 150° Baños exclusivos para adultos separados en damas y varones. ARTICULO 151° Los estudiantes no podrán hacer uso de los baños de adultos. ARTICULO 152° Los adultos no podrán hacer uso de los baños de estudiantes. ARTICULO 153° Supervisión en recreos de patios, pasillos y baños por parte de la encargada de convivencia escolar, auxiliar de aseo y Profesor(a) de turno. ARTICULO 154° Evitar al máximo posible el contacto físico adulto/niño. ARTICULO 155° Bajo una situación que implique cambio de vestimenta se llamará al apoderado, para así evitar contacto físico con el estudiante. ARTICULO 156° Los funcionarios del establecimiento no podrán llevar a su casa a ningún estudiante, ni visitar la casa de un estudiante sin previo aviso ni presencia del apoderado ARTICULO 157° No intercambiar números telefónicos entre el estudiante, Profesor(a) y todo el

personal no docente del establecimiento. Mantener una relación de respeto entre el estudiante, Profesor(a) y todo el personal no docente del establecimiento ARTICULO 159° Se evitará clases individuales sin una necesidad real o previa autorización de Dirección y del apoderado. ARTICULO 160° Las Educadoras de párvulos, Educadoras diferencial, asistentes de párvulos, o auxiliar de aseo ni ningún funcionario del establecimiento podrán hacer aseo genital ARTICULO 161° Todos los funcionarios tendrán conocimiento del presente protocolo. ARTICULO 162° No avalar el silencio de las agresiones, ya sea que la persona esté siendo víctima o testigo de ellas. ARTICULO 163° Cooperación de la familia, como una manera de asegurar la consistencia entre los valores que se quieren transmitir en el establecimiento con las prácticas fuera del hogar. TITULO XIII MEDIDAS DE ACTUACIÓN FRENTE AL MALTRATO Y/OABUSO SEXUAL INFANTIL FUERA DEL ESTABLECIMIENTO ARTICULO 164° Frente a la sospecha de una víctima de maltrato y/o abuso sexual: - Cualquier funcionario de Christian College que tenga una sospecha de abuso sexual deberá comunicará de inmediato a Convivencia Escolar. - Encargado de Convivencia Escolar deberá informar al Dirección. - Se le informa a la familia, apoderado o adulto protector citando a entrevista el mismo día o al siguiente de surgida la sospecha, no sobrepasando las primeras 24 Horas. - Encargado de Convivencia Escolar reúne antecedentes generales que permitan contextualizar la situación: revisa el libro de clases, entrevista al Profesor(a) jefe o cualquier miembro de la comunidad que comunica el hecho. - Si la situación amerita, el Psicólogo del Establecimiento realizará una entrevista, de carácter preliminar con el niño, niña o adolescente, según criterios. - El Encargado de Convivencia escolar hará derivación externa: Red de Apoyo local, Red SENAME, Centro de Salud, etc. - Se presentarán los antecedentes a la Superintendencia de educación escolar. - Se realizará seguimiento y acompañamiento, tanto del estudiante como de su familia. - Mantener comunicación con apoderado y Red de apoyo, para ver el procedimiento. ARTICULO 165° Frente a la certeza de que hay una víctima maltrato y/o abuso sexual: - Cualquier funcionario de Christian College que tenga la certeza de abuso sexual deberá comunicará de inmediato a Convivencia Escolar. - Encargado de Convivencia Escolar deberá informar al Dirección. - Se le informa a la familia, apoderado o adulto protector citando a entrevista el mismo día o al siguiente de entregada la información, no sobrepasando las primeras 24 Horas. - El Director, Profesor(a) y/o Inspector se verá obligado legalmente a denunciar el hecho. - Se pondrán antecedentes a disposición de la justicia, quienes dispondrán medidas pedagógicas, seguimiento y acompañamiento del Estudiante. - Se presentarán los antecedentes a la Superintendencia de educación escolar. - Se realizará seguimiento y acompañamiento, tanto del estudiante como de su familia. - Si existe lesiones, informar a la familia. El Encargado de Convivencia traslada inmediatamente al centro asistencial más cercano para que sea examinado. ARTICULO 158°

TITULO XIV CRITERIOS DE LA ENTREVISTA PRELIMINAR ENTRE EL PSICÓLOGO Y EL ESTUDIANTE AFECTADO: - Generar un clima de acogida y confianza. - Realizar la entrevista en un lugar privado y tranquilo, con un solo entrevistador. - Sentarse al lado y a la altura del niño(a) - Reafirmar en el niño que no es culpable de la situación. - Reafirmar que hizo bien en revelar lo que está pasando. - Transmitir tranquilidad y seguridad. - No acusar a los adultos involucrados ni emitir juicios contra el presunto agresor. - Informarle que la conversación será privada y personal, pero que, si es necesario para su bienestar, podría informarse a otras personas que lo ayudarán. Plantear que es indispensable plantear medidas para que el abuso se detenga. - Actuar serenamente, evitando mostrarse afectado: el entrevistador es el adulto que debe contener y apoyar al niño. - Disponer de todo el tiempo que sea necesario. - Demostrar comprensión e interés por el relato. - Adaptar el vocabulario a la edad del niño, si no le entiende, pedirle que lo aclare, no remplazar conceptos por él. - Respetar su silencio y su ritmo para contar su experiencia, no insistir ni exigirle. - No presionar al niño para que conteste preguntas o dudas, no interrumpir su relato. - No criticar, no hacer juicios, ni mostrar desaprobación sobre el niño y/o el supuesto agresor. - No sugerir respuestas. - No solicitar que muestre sus lesiones o se quite la ropa. - No solicitar detalles de la situación. - Ser sincero en todo momento, sin hacer promesas que quizá no se puedan cumplir. No se puede asegurar, por ejemplo que el niño no tendrá que volver a contar lo ocurrido ante otro profesional o ante un juez. - Señalara las posibles acciones futuras, explicando claramente los pasos que se seguirán y lo importante que es hacerlo. - Dejar abierta la posibilidad de hablar en otro momento si el niño así lo requiere.

ARTICULO 166° ARTICULO 167° ARTICULO 168° ARTICULO 169°

ARTICULO 170° ARTICULO 171° ARTICULO 172°

TITULO V MEDIDAS DE APOYO AL ESTUDIANTE Se acompañará al estudiante en el proceso. No se le interrogará, ni indagará en los hechos. Se le flexibiliza horario en la rendición de evaluación. Se empatizará, entendiendo los posibles cambios de humor, irritabilidad u otro cambio de conducta, permitiéndole salir en horarios de clase para hablar con alguien de confianza, si él lo solicitara. El tema se mantendrá en absoluta reserva y confidencialidad dentro del Establecimiento, excluyendo a quien por obligatoriedad hay que informar. Se incluirán las medidas adoptadas por los especialistas para el tratamiento posterior del estudiante afectado. Cierre de Protocolo

DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO ARTICULO 173° Frente a la sospecha de una víctima de maltrato y/o abuso sexual: - Cualquier funcionarios de Christian College que tenga una sospecha de abuso sexual deberá comunicará de inmediato a Convivencia Escolar. - Encargado de Convivencia Escolar deberá informar al Director. - Se le informa a la familia, apoderado o adulto protector citando a entrevista el mismo día o al siguiente de surgida la sospecha, no sobrepasando las primeras 24 Horas. - El Encargado de Convivencia escolar hará derivación externa: Red de

Apoyo local, Red SENAME, Centro de Salud, etc. Encargado de Convivencia Escolar reúne antecedentes generales que permitan contextualizar la situación: revisa el libro de clases, entrevista al Profesor(a)jefe o cualquier miembro de la comunidad que comunica el hecho. - Se presentarán los antecedentes a la Superintendencia de educación escolar. - Se realizará seguimiento y acompañamiento, tanto del estudiante como de su familia. - Si la situación amerita, el Psicólogo del Establecimiento realizará una entrevista, de carácter preliminar con el niño, niña o adolescente. Frente a la certeza de que hay una víctima maltrato y/o abuso sexual: - Cualquier funcionarios de Christian College que tenga la certeza de abuso sexual deberá comunicará de inmediato a Convivencia Escolar. - Encargado de Convivencia Escolar deberá informar al Director. - Se le informa a la familia, apoderado o adulto protector citando a entrevista el mismo día o al siguiente de surgida la sospecha, no sobrepasando las primeras 24 Horas. - El Director, Profesor(a) y/o Inspector se verá obligado legalmente a denunciar el hecho a Fiscalía. - Encargado de Convivencia Escolar reúne antecedentes generales que permitan contextualizar la situación: revisa el libro de clases, entrevista al Profesor(a) jefe o cualquier miembro de la comunidad que comunica el hecho. - Se presentarán los antecedentes a la Superintendencia de educación escolar. - Se realizará seguimiento y acompañamiento, tanto del estudiante como de su familia. - Si la situación amerita, el Psicólogo del Establecimiento realizará una entrevista, de carácter preliminar con el niño, niña o adolescente. - El adulto o estudiante miembro de la Comunidad educativa que atenta sexualmente contra un estudiante éste será desvinculado del trabajo directo con los estudiantes mientras dure el proceso de investigación y de recopilación de antecedentes -

ARTICULO 174°

MEDIDAS DE APOYO AL ESTUDIANTE AGREDIDO Y AGRESOR ARTICULO 175° Se acompañará al estudiante en el proceso. ARTICULO 176° No se le interrogará, ni indagará en los hechos. ARTICULO 177° Se le flexibiliza horario en la rendición de evaluación ARTICULO 178° Se empatizará, entendiendo los posibles cambios de humor, irritabilidad u otro cambio de conducta, permitiéndole salir en horarios de clase para hablar con alguien de confianza, si él lo solicitara. ARTICULO 179° El tema se mantendrá en absoluta reserva y confidencialidad dentro del Establecimiento, excluyendo a quien por obligatoriedad hay que informar ARTICULO 180° Se incluirán las medidas adoptadas por los especialistas para el tratamiento posterior del estudiante afectado. ARTICULO 181° Cierre de protocolo TITULO XVI PROTOCOLO DE MALTRATO FISICO Y/O PSICOLOGICO DE UN ADULTO HACIA UN ESTUDIANTE Es necesario tener presente dos comprensiones básicas y necesarias: en primer lugar, un conflicto no necesariamente constituye un acto de violencia, aunque mal abordado puede derivar en situaciones violentas y en segundo lugar, no todas las expresiones de violencia son iguales y generan el mismo daño.

El nivel de daño depende de múltiples factores, como el tipo de violencia, la duración e intensidad con la que se ejerció, los recursos personales y redes de apoyo con los que dispone la víctima, la mayor o menor cercanía e intimidad con el o los agresores, la etapa de desarrollo de la víctima, entre otros. ¿QUÉ ES LA VIOLENCIA ASIMÉTRICA? Es cualquier acto constitutivo de violencia, ya sea física o psicológica, que se genere en desigualdad de condiciones, en fuerza, edad y autoridad. Tales como: - Personal del Establecimiento a un estudiante. - De un apoderado a un estudiante. TIPO DE FALTA ARTICULO 182°

ARTICULO 183° ARTICULO 184°

ARTICULO 185°

ARTICULO 186°

GRAVISIMA: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robo, abuso sexual, tráfico de drogas o acoso escolar, etc. REITERACIÓN DE LA FALTA: - Una vez SANCIÓN: - Si la acción es cometida de un docente o asistente de la educación al estudiante, la sanción será desde el despido del trabajador. Si la acción es cometida por un apoderado, se solicitará cambio de apoderado y la prohibición de ingresar al Establecimiento. - En caso de ser necesario se solicitara ayuda de entidades como carabineros y PDI. - Derivación a OPD RESPONSABLE: - Dirección - Equipo de Convivencia Escolar - Profesor(a) Jefe

ACTOS QUE ACTIVARAN EL PROTOCOLO - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazas u ofender a ARTICULO 187° cualquier estudiante de la comunidad escolar. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra cualquier estudiante de la comunidad escolar. - Atacar, injuriar, desprestigiar, amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de cualquier estudiante de la comunidad escolar. - Discriminar a un estudiante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defecto físicos o cualquier otra circunstancia. DETECCIÓN DE LA FALTA: ARTICULO 188° - Cualquier miembro de la comunidad educativa que observe el hecho comunica al Profesor(a) jefe o Encargada de convivencia escolar. - Si el mismo afectado comunica el hecho, la persona que recibe la información deberá informar la situación a Profesor(a) jefe o Encargada de convivencia escolar. - Detener el conflicto. - Resolver. REGISTRAR HECHOS ARTICULO 189° -

Cuando es visto por un tercero se debe registrar en forma objetiva y escrita los hechos. Pasos a seguir:

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En caso de que se amerite, se solicitará ayuda externa, Carabineros, Servicios de Salud, PDI. En el caso de haber lesiones se deriva al Servicio de Salud acompañado del Encargado de Convivencia Escolar. Encargado de convivencia escolar y/o Profesor(a) jefe deberán entrevistar por separados a los involucrados y registrar la entrevista objetivamente. Se entregara informe escrito a autoridades técnicas quienes valoraran la situación, el grado de responsabilidad de los implicados. Se dejara constancia escrita de los acuerdos, medidas formadoras y preventivas. Dirección registrará en la hoja de vida del trabajador los hechos acontecidos y la del estudiante involucrado.

TRABAJO DE APOYO Y/O REPARACIÓN AL ESTUDIANTE DAÑADO. ARTICULO 190° - Se deriva al Estudiante a la Psicóloga del Establecimiento, quien realizará diagnóstico para evaluar el estado emocional del estudiante. Si es necesario, se trabajará en varias sesiones. - Se le enseñará sobre sus derechos a denunciar conductas que vulneren su integridad física y/o psicológica. - Se derivara a especialistas externos si la situación lo amerita. - Seguimiento del caso.

TRABAJO DE APOYO Y/O REPARACIÓN A LA PERSONA CAUSANTE DEL DAÑO. ARTICULO 191° EN EL CASO UN MIEMBRO DEL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO: - Dirección entrevistara al funcionario(a) para indagar los hechos. - Se sugerirá atención Psicológica para evaluación y tratamiento de su estado emocional. - Será desvinculado del establecimiento ARTICULO 192° EN EL CASO DE UN APODERADO: - Se deriva al Equipo de convivencia Escolar. Se indagará las razones de su reacción, se hará una psico-educación sobre las consecuencias psicológicas y emocionales que puede tener estudiante al ser enfrentado por un adulto. - Se le orientará sobre lo que es la violencia asimétrica, sus repercusiones, el abuso de poder que esto conlleva, entre otros. - Se incentivará a poner en práctica el conducto regular. - Según la magnitud de la violencia y conforme a las medidas adoptadas por la Dirección, se pedirá cambio de apoderado para el Estudiante. INFORME Y CIERRE DE PROTOCOLO ARTICULO 193° - Elaboración de un informe final con los resultados del aplicación de medidas formativas de apoyo al integrante escolar causante(s) como al afectado(s). - Entrega del informe final a autoridades Técnicas y a involucradas. - Encargado de Convivencia Escolar archiva el informe antecedentes de los involucrados

procedimiento de de la comunidad personas adultas a la carpeta de

TITULO XVIII PROTOCOLO DE MALTRATO FISICO Y/O PSICOLOGICO DE UN ESTUDIANTE HACIA UN ADULTO Es necesario tener presente dos comprensiones básicas y necesarias para entender la violencia: en primer lugar, un conflicto no necesariamente constituye un acto de violencia, aunque mal abordado puede derivar

en situaciones violentas y en segundo lugar, no todas las expresiones de violencia son iguales y generan el mismo daño. El nivel de daño depende de múltiples factores, como el tipo de violencia, la duración e intensidad con la que se ejerció, los recursos personales y redes de apoyo con los que dispone la víctima, la mayor o menor cercanía e intimidad con el o los agresores, la etapa de desarrollo de la víctima, entre otros. ¿QUÉ ES LA VIOLENCIA ASIMÉTRICA? Es cualquier acto constitutivo de violencia, ya sea física o psicológica, que se genere en desigualdad de condiciones, en fuerza, edad y autoridad. Tales como: - De un estudiante a cualquier miembro adulto del establecimiento educacional I. TIPO DE FALTA ARTICULO 194° GRAVISIMA: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito. Ejemplos: robo, abuso sexual, tráfico de drogas o acoso escolar, etc. ARTICULO 195° REITERACIÓN DE LA FALTA: Una vez. ARTICULO 196° SANCIÓN: - Dependiendo de la edad, reiteración y gravedad del hecho, situación emocional, entre otras variables, la sanción podrá ser desde trabajo pedagógico a condicionalidad y cancelación de la matrícula. ARTICULO 197° RESPONSABLE: - Dirección - Equipo de Convivencia Escolar - Profesor(a) Jefe ACTOS QUE ACTIVARÁN EL PROTOCOLO - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazas u ofender a ARTICULO 198° cualquier integrante adulto de la comunidad escolar. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra cualquier adulto integrante de la comunidad escolar. - Atacar, injuriar, desprestigiar, amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de cualquier adulto integrante de la comunidad escolar. - Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defecto físicos o cualquier otra circunstancia. DETECCIÓN DE LA FALTA: ARTICULO 199° - Cualquier adulto que observe el hecho, comunica al Profesor(a) jefe o Encargada de convivencia escolar y Dirección. - Si el mismo afectado comunica el hecho, la persona que recibe la información deberá informar la situación a Profesor(a) jefe o Encargada de convivencia escolar. - Detener el conflicto. - Resolver. REGISTRAR HECHOS ARTICULO 200° -

Cuando es visto por un tercero se debe registrar en forma objetiva y escrita los hechos. Pasos a seguir: En caso de que se amerite, se solicitará ayuda externa, Carabineros, Servicios de Salud, PDI.

-

En el caso de haber lesiones se deriva al Servicio de Salud acompañado del Encargado de Convivencia Escolar. Encargado de convivencia escolar y/o Profesor(a) jefe deberán entrevistar por separados a los involucrados y registrar la entrevista objetivamente. Se entregara informe escrito a autoridades técnicas quienes valoraran la situación, el grado de responsabilidad de los implicados. Se dejara constancia escrita de los acuerdos, medidas formadoras y preventivas. Dirección registrará en la hoja de vida del trabajador los hechos acontecidos y la del estudiante involucrado.

TRABAJO DE APOYO Y/O REPARACIÓN AL ADULTO DAÑADO. ARTICULO 201° - Se cita al trabajador(a) a reunión con dirección. - Se deriva a la Psicóloga del Establecimiento, para evaluar el estado emocional. Si es necesario, se deriva a psicólogo externo u otro especialista. - Se le apoyara en su tratamiento psicológico con permisos extraordinarios si es que la situación lo amerita. - Se pedirá informe de especialista externo que oriente sobre el tratamiento. TRABAJO DE APOYO Y/O REPARACIÓN AL ESTUDIANTE CAUSANTE DEL DAÑO. ARTICULO 202° - Se trabajará el área emocional. - Se deriva a la Psicóloga del Establecimiento, quien realizará diagnóstico para evaluar el estado emocional. Si es necesario, se trabajará en varias sesiones. - Orientar para una mejor resolución de conflictos. - Orientar al estudiante con la finalidad de que reconozca su falta, incentivarlo a pedir disculpas si es que lo considera pertinente. - Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal. - Derivar a los especialistas que corresponda y/o redes de apoyo. - Seguimiento del caso. INFORME Y CIERRE DE PROTOCOLO ARTICULO 203° - Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación de medidas formativas de apoyo al integrante de la comunidad escolar causante(s) como al afectado(s). - Entrega del informe final a autoridades Técnicas y a personas adultas involucradas. - Encargado de Convivencia Escolar archiva el informe a la carpeta de antecedentes de los involucrados. TITULO XIX PROTOCOLO DE MALTRATO FÍSICO Y/O PSICOLÓGICO ENTRE ESTUDIANTES Es necesario tener presente dos comprensiones básicas y necesarias: en primer lugar, un conflicto no necesariamente constituye un acto de violencia, aunque mal abordado puede derivar en situaciones violentas y en segundo lugar, no todas las expresiones de violencia son iguales y generan el mismo daño. El nivel de daño depende de múltiples factores, como el tipo de violencia, la duración e intensidad con la que se ejerció, los recursos personales y redes de apoyo con los que dispone la víctima, la mayor o menor cercanía e intimidad con el o los agresores, la etapa de desarrollo de la víctima, entre otros. TIPO DE FALTA ARTICULO 204°

ARTICULO 205°

GRAVE: se considera falta grave a aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física o psicológica de un integrante de la comunidad escolar, los bienes muebles e inmuebles de la institución, así como acciones deshonestas que atenten contra los valores de la educación. REITERACIÓN DE LA FALTA: De una a tres veces.

ARTICULO 206°

ARTICULO 207°

SANCIONES:  Suspensión de clases por un día. En el caso que la acción se cometa una sola vez.  Suspensión de clases por dos días. En el caso que la acción se cometa dos veces.  En el caso que la acción se cometa 3 veces suspensión de clases por 3 días y pasara a condicionalidad. El hecho pasara a dirección para ser evaluada la cancelación de matrícula. RESPONSABLE: - Dirección - Equipo de Convivencia Escolar - Profesor(a) Jefe

¿QUÉ CONSIDERAMOS VIOLENCIA ENTRE PARES? Violencia psicológica, incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. Violencia física, es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. ¿QUÉ ACTOS SE CONSIDERAN VIOLENCIA ENTRE PARES? - Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazas u ofender a un par. - Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante. - Atacar, injuriar, desprestigiar, amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante. - Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defecto físicos o cualquier otra circunstancia. - Exhibir, transmitir o difundir por facebook, twitter, blogs o cualquier otro medio de red social cualquier conducta de maltrato escolar. - Realizar actos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito. TITULO XX MEDIDAS DE PREVENCIÓN ARTICULO 208° Informar procedimientos para la buena convivencia escolar y difundir las medidas que adopta el Establecimiento. ARTICULO 209° Difundir conceptos de los diferentes tipos de violencia. ARTICULO 210° Promover la participación de toda la comunidad educativa. ARTICULO 211° Desarrollar prácticas de respeto y aceptación en la interrelación personal en diferentes momentos y espacios del trabajo educativo, técnico y administrativo de la comunidad escolar. ARTICULO 212° Se cuenta con un equipo de Convivencia Escolar quien tendrá como función principal velar por la buena convivencia escolar entre los diferentes actores de la comunidad escolar. ARTICULO 213° Se cuenta con una psicóloga que orienta a los estudiantes, personal del colegio y apoderados, promoviendo buenas prácticas de convivencia escolar, propiciando un buen clima de relaciones entre todos los agentes de la comunidad escolar. ARTICULO 214° El Establecimiento participa con la Red de Infancia y Adolescencia de la comuna de Hualqui. ARTICULO 215° El Establecimiento participa en el proyecto de Convivencia Escolar de la Comuna de Hualqui. ARTICULO 216° La Red de Infancia y Adolescencia y el proyecto de Convivencia Escolar dictarán charlas a los apoderados sobre buenas prácticas de convivencia escolar que se manejarán en el hogar como en el establecimiento. ARTICULO 217° El personal docente y asistente de la educación participa de las charlas organizadas por La Red de Infancia y Adolescencia y el proyecto de Convivencia Escolar comunal. ARTICULO 218° Dos estudiantes por curso colaboran en funciones de supervisión en los recreos.

ARTICULO 219°

ARTICULO 220°

ARTICULO 221° ARTICULO 222° ARTICULO 223°

ARTICULO 224°

ARTICULO 225° ARTICULO 226° ARTICULO 227° ARTICULO 228°

Se promueve la buena convivencia escolar en los estudiantes participando en actividades extra programáticas, con la finalidad de que los estudiantes se conozcan en otro contexto. Los estudiantes participan de concursos comunales organizados por la Red de Infancia y adolescencia y Proyecto de Convivencia Escolar que promueven las buenas prácticas en convivencia escolar. Se desarrolla semanalmente en el acto cívico, temas valóricos que promueve las buenas prácticas en convivencia escolar Se fomentará la buena relación con los demás, comenzando diariamente la jornada de los docentes con el desarrollo de un tema valórico a través de una matutina cristiana. Se fomentará en los estudiantes las buenas prácticas de convivencia al inicio de la jornada escolar escuchando y comentando temas valóricos de la matutina cristiana infantil. Se discutirán en clases de Orientación temáticas que aborden diferentes situaciones, que pueden ocurrir dentro y fuera del establecimiento y que pueden influir en la calidad de la convivencia escolar, buscando soluciones en conjunto a estas situaciones hipotéticas. Se propiciará dentro de las lecturas complementarias temáticas relacionadas con valores cristianos Se considerará las mediaciones entre pares: involucrar a los propios estudiantes para prevenir casos. Se distribuirán, a lo largo del año, trípticos informativos sobre temas relacionados a Convivencia Escolar El Establecimiento está dispuesto a participar de nuevas actividades que promuevan la sana convivencia

TITULO XXI PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS POR PRIMERA O SEGUNDA VEZ. DETECCIÓN DE LA FALTA Y CITACIÓN A APODERADO-A. ARTICULO 229° - El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente al Profesor(a) jefe o Encargada de convivencia escolar. - El Profesor(a) jefe registra el hecho en el libro de clases, en la hoja de observaciones del estudiante causante del hecho y del estudiante dañado. - Se cita al apoderado-a del estudiante causante del daño y del estudiante dañado a través de una comunicación en la agenda escolar y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. - Si el apoderado-a no justifica asistencia a la reunión citada, dirección llamará, vía telefónica reiterando la citación y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. - Si no hay respuesta por parte del apoderado-a se debe designar una dupla de profesionales para realizar visita domiciliaria. - Si aún no hay respuesta en el Hogar, el departamento de Convivencia escolar tratará el tema con el estudiante en varias sesiones para lograr un cambio. CONVERSACIÓN CON EL APODERADO(A) Y ESTUDIANTES ARTICULO 230° - Profesor(a) jefe y equipo de Convivencia Escolar conversan con el apoderado y estudiante causante del daño para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. - Profesor(a) jefe y equipo de Convivencia Escolar conversan con el apoderado y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. - Registran de manera objetiva los aspectos centrales de cada una de las reuniones. - El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar

DETERMINACIÓN DE LAS MEDIDAS FORMATIVAS. ARTICULO 231° - El equipo de Convivencia escolar, Profesor(a) jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para las medidas se debe tomar en cuenta la circunstancia del momento de los hechos la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. - Determinación de: a) Medidas formativas de apoyo al estudiante(s) causante(s). b) Medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado. - Comunicación de las medidas formativas y de apoyo a los estudiantes involucrados, a las autoridades directivas técnicas, al consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte del Encargado de Convivencia Escolar. TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE DAÑADO. Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas ARTICULO 232° a protegerlo y darle seguridad, algunas medidas pueden ser: - Previa evaluación del hecho, se tomarán medidas de seguimiento de espacios comunes - Intervención de mediadores, colaboración de compañeros, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos). - Solicitud colaboración familiar, entre otros. - Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal. - Derivar a los especialistas que corresponda. TRABAJO DE APOYO AL ESTUDIANTE CAUSANTE DEL DAÑO. ARTICULO 233° - Ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones, a través de un diálogo constructivo. - Concientizar al estudiante agresor sobre la consecuencia de sus actos, a través del diálogo, videos, informativos, noticias, testimonio de hechos reales. - Enseñar resolución pacífica de conflictos y sus beneficios. - Orientar a la comunidad Educativo de la NO estigmatización al estudiante agresor, partiendo de la base que todo ser humano necesita oportunidades para cambiar. - Entregar flexibilidad de acceso al estudiante agresor a entrevistas con el Equipo de Convivencia escolar, Profesor(a) jefe o de asignatura o dirección. - Orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada. - Derivar a los especialistas que corresponda y otorgar las facilidades para coordinar sus labores académicas con las responsabilidades legales que deba cumplir. - Realizar seguimiento a los involucrados INFORME Y CIERRE DE PROTOCOLO Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de ARTICULO 234° aplicación de medidas formativas de apoyo a los estudiantes causantes como a los estudiantes afectados. - Entrega de una copia del informe final al Profesor(a) jefe. - El equipo de convivencia escolar archiva el informe final. TITULO XXII PROTOCOLO DE RETENCION DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES PROPÓSITO El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la situación de embarazo, maternidad y paternidad, que fortalezcan la permanencia de estos estudiantes en el colegio y en el sistema educacional de acuerdo a sus derechos y deberes.

MARCO LEGAL: Este protocolo para estudiantes que se encuentran en condición de embarazo o maternidad, así como para estudiantes que son padres o están en vías de serlo se fundamenta en la Ley Nº 20.370 General de Educación y Ley N° 16.744 Reglamentada por el Decreto N° 313, sobre Accidentes Escolares y en la Circular N°1 establecimientos educacionales subvencionados municipales y particulares de la Superintendencia de Educación con fecha de emisión del 21de Febrero del Año 2014, pag. 52 que señala “que el embarazo y la maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos objetivos. Por lo tanto, a las estudiantes en situación de embarazo o maternidad les asisten los mismos derechos que los demás estudiantes y estudiantes en relación a su ingreso y permanencia en los establecimientos educacionales, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación, en especial el cambio de establecimiento o expulsión, la cancelación de matrícula, la negación de matrícula, la suspensión u otra similar”. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ARTICULO 235° La/el estudiante tendrá derecho a contar con un docente tutor (Profesor(a) Jefe), quien brindará el apoyo pedagógico especial, con la finalidad de garantizar y resguardar el derecho a la educación del/la estudiante, así como esta(e) tendrá el deber de cumplir con los compromisos adquiridos para estos efectos de acuerdo a su condición. FUNCIONES DEL TUTOR: ARTICULO 236° Ser un intermediario/nexo entre estudiante y Profesor(a) de asignatura para organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar las inasistencias; supervisar e informar a dirección el cumplimiento de los docentes en todos los sectores. ARTICULO 237° Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio, supervisar entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario, supervisar entrega de guías de aprendizaje. Este apoyo se dará mientras que el/la estudiante se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Acreditado por certificado médico ARTICULO 238° Mantener informado/a a sus padres y apoderados de la situación académica del/la estudiante. ARTICULO 239° Si el/la estudiante se ausentara por más de un día, el/la apoderado(a) deberá hacer retiro de materiales de estudio y/o informe de trabajos asignados. ARTICULO 240° El/la estudiante tendrá derecho a acceder a un sistema de evaluación alternativo, en tanto la situación de embarazo o de maternidad/paternidad le impida asistir regularmente al establecimiento y/o atendiendo a la situación específica de cada caso. ARTICULO 241° Cada vez que el/la estudiante se ausente por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y/o enfermedades del hijo menor de un año, presentando certificado médico o carné de salud, podrá acceder a una reprogramación de evaluaciones. ARTICULO 242° La situación de promoción y/o reprobación de un estudiante en caso de maternidad o paternidad se establecerá de acuerdo al cumplimiento y respeto de sus derechos y deberes y estará regido por criterios especiales de acuerdo a la situación que enfrenta cada uno de ellos. Respecto del Consejo Escolar: ARTICULO 243° El Consejo Escolar deberá tener conocimiento del protocolo de Retención de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes. RESPECTO DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ARTICULO 244° Los/las estudiantes que presenten situación de embarazo o paternidad estarán sujetos a criterios especiales para efectos de hora de ingreso, permanencia, asistencia dada la naturaleza de su condición debidamente informado y justificado (Informe Médico u otro). El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico, cada

vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad y paternidad. El tutor verificará en forma regular las inasistencias en carpeta de estudiante. RESPECTO DEL PERÍODO DE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ARTICULO 245° El/la estudiante tiene el derecho y deber de asistir a los controles de embarazo postparto y control sano de su hijo/hija en el Centro de Salud Familiar o consultorio correspondiente. ARTICULO 246° El/la estudiante deberá presentar el carné de salud o certificado médico correspondientes, cada vez que falte a clases por razones asociadas al embarazo, maternidad/paternidad. Además deberá mantener informado a su Profesor(a) jefe/tutor RESPECTO DEL PERÍODO DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD ARTICULO 247° El/la estudiante tiene derecho, cuando el niño o niña nazca, a amamantarlo o bien contar con el fuero maternal o paternal de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y a los antecedentes y naturaleza de cada caso. RESPECTO DE DEBERES DEL APODERADO/A: ARTICULO 248° Será responsabilidad del apoderado/a informar al colegio la condición de embarazo, maternidad o paternidad del estudiante. El director/a o Profesor(a) tutor responsable informará sobre los derechos y obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del colegio. ARTICULO 249° Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá solicitar entrevista con el tutor para la entrega de materiales de estudio y calendario de evaluaciones. El apoderado deberá mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado/a. ARTICULO 250° El apoderado/a deberá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su consentimiento para que el/la estudiante/a asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clase. ARTICULO 251° El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona. OTROS ARTICULO 252° ARTICULO 253°

La estudiante tiene derecho adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo. El/la a estudiante tiene derecho a recibir un trato igualitario que el resto del estudiantado referente al ingreso, evaluaciones, la permanencia en el sistema. El establecimiento le otorgará las facilidades necesarias para cumplir con el calendario de evaluación atendiendo a su condición de maternidad o paternidad ARTICULO 254° En su calidad de adolescente embarazada, la estudiante debe tener claro que será tratada con los mismos deberes y derechos que sus pares en relación a las exigencias académicas y conductuales establecidas en el Manual de Convivencia Escolar. ARTICULO 255° La estudiante deberá asistir a clases de educación física debiendo ser evaluada de acuerdo a los procedimientos existentes para estos efectos expresados en el Reglamento de Evaluación. ARTICULO 256° Cualquier situación no contemplada será atendida por la Dirección del Establecimiento de acuerdo a la normativa legal vigente TITULO XXIII PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A ACCIDENTES. DEFINICION Y TIPOS DE ACCIDENTES: ACCIDENTE MENOR: Se entenderá por accidente menor, aquel que provoque daño físico leve, es decir que no implique fractura ni pérdida de conciencia.

ACCIDENTE MAYOR: Se entenderá por accidente mayor, aquel que provoque daño físico moderado o grave, incluyendo fracturas, pérdidas de conciencia y sangrado explosivo. ENCARGADO DE LA ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO Equipo de Convivencia Escolar: Psicóloga(o), Inspectoras y Profesor(a) designado. TITULO XXIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS RELACIONADOS A ACCIDENTES. EN CASO DE ACCIDENTE MENOR ARTICULO 257° Persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda e informar al Equipo de Convivencia Escolar sobre lo ocurrido. ARTICULO 258° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar y/o Profesor(a) Jefe, deberá acompañar al (la) estudiante a enfermería para su tratamiento ARTICULO 259° Un integrante del Equipo de convivencia Escolar deberá informar al apoderado del accidente ocurrido a su estudiante, vía telefónica en primera instancia o vía agenda si es que no se comunica telefónicamente ARTICULO 260° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar deberá registrar el accidente en Libro de registros diarios las características de accidente, lesiones del estudiante, tratamiento recibido, personas involucradas, día y hora ocurrida. ARTICULO 261° Encargado(a) de convivencia, deberá informar al Profesor(a) Jefe sobre la situación ocurrida ARTICULO 262° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar hará un seguimiento observando al estudiante accidentado durante el resto de la jornada escolar. ARTICULO 263° En caso de ser necesario, el apoderado deberá enviar certificado médico acreditando diagnóstico y tratamiento a seguir por parte del estudiante. ARTICULO 264° En caso de que el apoderado(a) lo requiera , se le extenderá seguro de accidente escolar , siendo el mismo quien lo traslade al centro asistencial. EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE ARTICULO 265° La persona que haya sido testigo del accidente, deberá prestar ayuda en la medida posible e informar inmediatamente a algún integrante del Equipo de Convivencia Escolar. ARTICULO 266° Un integrante del equipo de Convivencia Escolar comunicará la situación s al Director(a) del colegio ARTICULO 267° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar contactará telefónicamente a servicios de emergencia para traslado del estudiante a recinto de salud. ARTICULO 268° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar llenará la Papeleta de Accidentes Escolares ARTICULO 269° Recepción deberá facilitar el ingreso de la ambulancia al lugar en que se encuentra el accidentado, entregando información clara y precisa para el acceso de ésta. ARTICULO 270° Recepción no debe permitir el ingreso, ni entregar información a medios de comunicación ni a personas ajenas a la Unidad educativa, solo Dirección puede dar información oficial. ARTICULO 271° El equipo de Convivencia Escolar contactará al Apoderado vía telefónica, explicando la situación y entregando datos del procedimiento a seguir. ARTICULO 272° El Equipo de Convivencia Escolar deberá registrar el procedimiento en el Libro de Registros Diarios, indicando características del accidente, día y hora en la que ocurrió, condición del estudiante, tratamiento (enfermería), forma de traslado, recinto asistencial al cual fue derivado, nombre de la persona que acompañó al estudiante, nombre de la persona a quien se le comunico ARTICULO 273° Un integrante del Equipo de Convivencia Escolar deberá acompañar al estudiante en su trayecto hasta el recinto asistencial y esperar la llegada del Apoderado(a), luego de confirmado el diagnóstico del estudiante podrá volver al establecimiento. ARTICULO 274° El Equipo de Convivencia Escolar comunicará los hechos al Profesor(a)Jefe.

ARTICULO 275° ARTICULO 276°

Dirección iniciará una investigación para evaluar si en la ocurrencia del accidente medió negligencia y determinar responsables. El equipo de Convivencia Escolar hará un seguimiento del estudiante accidentado, ya sea llamando por teléfono o visitándolo.

REGISTROS DE ACCIDENTES Y OTROS PUNTOS Las inspectoras llevarán un registro de los accidentes sean éstos menor o graves en ARTICULO 277° el Libro de Registros Diarios Las inspectoras llevaran de manera actualizada un registro de las Papeletas de ARTICULO 278° Accidentes Escolares, archivándolas en una carpeta. Las Inspectoras llevarán un registro de los certificados médicos archivándolos en ARTICULO 279° una carpeta. Ningún integrante del Establecimiento podrá suministrar ningún fármaco a un ARTICULO 280° estudiante. Inspectoría deberá procurar mantener el Botiquín con útiles de primeros auxilios. ARTICULO 281° TITULO XXV PROTOCOLO DE ACCION FRENTE A RECLAMOS, SUGERENCIAS Y/O AGRADECIMIENTOS. Entendiendo la necesidad de los apoderados(as) de poder expresar una queja o disconformidad, sugerencia y/o agradecimiento del Establecimiento, es que crea el siguiente protocolo, el cual deberá ser respetado como conducto regular. En este siguiente documento, se deja por escrito cómo se debe proceder ante un reclamo, sugerencia y/o agradecimientos. PROCEDIMIENTO Solicitar libro de reclamos, sugerencias o agradecimientos en recepción. ARTICULO 282° Colocar datos del apoderado que hace el reclamo o sugerencia (fecha, nombre, ARTICULO 283° apellido, run, firma, teléfono, correo electrónico, curso al que pertenece su hijo) Describir en forma clara, objetiva y resumida el hecho que desea relatar. ARTICULO 284° Encargado de convivencia escolar leerá reclamos o sugerencia y derivará al área que ARTICULO 285° corresponda Se dará plazo, de 3 a 5 días para obtener respuesta o solución a la demanda del ARTICULO 286° apoderado Se llamará telefónicamente para citar a entrevista al apoderado y dar respuesta. ARTICULO 287° Se registrará entrevista, objetivamente, la cual deberá ser firmada por el apoderado. ARTICULO 288° En el caso de ser necesario, se entregará documento con la resolución, la cual deberá ARTICULO 289° ser firmada por el apoderado. Cierre de protocolo. ARTICULO 290° El apoderado tendrá derecho a apelación de la resolución. ARTICULO 291° CONDUCTO REGULAR PARA ENTREVISTAS El primer paso es conversar con el Profesor(a) jefe o de asignatura pidiendo hora vía ARTICULO 292° agenda escolar. Si el apoderado no queda conforme con la conversación con el Profesor(a) jefe o de ARTICULO 293° asignatura, podrá solicitar una entrevista con la Encargada de Convivencia Escolar, Unidad técnico pedagógica o Dirección según corresponda. TITULO XXVI PROTOCOLO SALIDAS PEDAGÓGICAS . PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS El Profesor(a) organizador deberá: Incluir previamente la actividad en su planificación. ARTICULO 294° La salida pedagógica o gira de estudio debe tener un objetivo pedagógico ARTICULO 295° Comunicar esta actividad al apoderado (a) y solicitar su autorización a través de una ARTICULO 296° comunicación por escrito, especificando lugar que se visitará, fecha, horario, propósito y normas a cumplir por su estudiante Entregar en los plazos exigidos a la Unidad Técnica Pedagógica la solicitud ARTICULO 297°

respectiva, con la nómina de estudiantes y las autorizaciones firmadas de los apoderados(as), hoja de ruta, guías de trabajo, datos de la empresa que los transportará, acompañantes y algún otro requisito que se haga exigible según las nuevas disposiciones que podrían surgir. SON FALTAS LEVES ARTICULO 298° ARTICULO 299° ARTICULO 300° GRAVES ARTICULO 301° ARTICULO 302°

No cumplir con la presentación personal según lo solicitado. No respetar los horarios establecidos para estas actividades. No cumplir con los plazos de entrega de la autorización firmada por el apoderado(a).

No regresar al colegio con todo el grupo sin la autorización correspondiente. No respetar las normas de convivencia del colegio: trato gentil, tolerante y cortés, buen uso del lenguaje, entre otras.

GRAVISIMA ARTICULO 303°

Portar elementos tales como objetos cortos punzantes o peligrosos, alcohol, drogas, alucinógenos, etc. que pongan el peligro al grupo de estudiantes que realiza la visita programada. Así como, fumar y/o consumir bebidas alcohólicas, drogas y/o psicofármacos TITULO XXVII PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS SEGÚN FALTA LEVE POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ Fase 1. Detección de la falta y conversación con estudiante ARTICULO 304° El Profesor(a) a cargo registrará falta en libro de clases. ARTICULO 305° El Profesor(a) Jefe deberá conversar con estudiante para conocer su versión así como los antecedentes, circunstancias y contexto que rodearon la falta. ARTICULO 306° El docente ayudará a reconocer la falta y si fuese necesario a disculparse. Fase 2. Comunicación ARTICULO 307° El Profesor(a) Jefe comunica por escrito vía libreta de comunicaciones la situación al apoderado(a) para que esté informado. Fase 3: Registro del evento en libro de clases ARTICULO 308° Registro en la hoja de observaciones de estudiante del libro de clases por parte del Profesor(a)a(a)(a), acuerdos y compromisos sin emitir juicios de valor. Sólo se constata el evento. Fase 3. Finalización del protocolo ARTICULO 309° El Profesor(a)revisa la comunicación que esté firmada y la registra en el libro de clases así como en la hoja de observaciones del estudiante del libro de clases. REITERACIÓN (por tercera vez y más) Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a) ARTICULO 310° El Profesor(a) involucrado registra la falta en el libro de clases y en la hoja de observaciones del estudiante. ARTICULO 311° El Profesor(a) coordina fecha y hora para citación del apoderado de manera escrita y registra la citación en su hoja de observaciones del libro de clases ARTICULO 312° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante. ARTICULO 313° Los acuerdos y la información entregada al apoderado en la citación debe quedar registrada por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas. ARTICULO 314° El apoderado(a) firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas.

Fase 2. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 315° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a)Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. ARTICULO 316° Determinación de medidas formativas y comunicación de ellas a las autoridades directivas por parte del Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe. Fase 3. Trabajo de apoyo a estudiante ARTICULO 317° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada. ARTICULO 318° Elaboración de una bitácora que registre el proceso y evolución del caso por parte del Encargado de Convivencia y/u Orientador. ARTICULO 319° Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a)Jefe. Fase 4. Informe Final y Cierre de Protocolo. ARTICULO 320° Elaboración de un Informe Final con los resultados del procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo al estudiante por parte del Encargado de Convivencia ARTICULO 321° Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas y/o al Profesor(a)Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 322° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes del estudiante. SEGÚN FALTA GRAVE POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado(a) ARTICULO 323° El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente al Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 324° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia registra el hecho en el libro de clases en la hoja de observaciones de estudiante causante del hecho y del estudiante dañado, si lo hubiese. ARTICULO 325° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado de Convivencia Escolar cita al apoderado del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, si lo hubiese, a través de una comunicación por escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. ARTICULO 326° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante ARTICULO 327° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante causante del daño para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 328° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 329° Los acuerdos y la información entregada al apoderado en la citación debe quedar registrada por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas. ARTICULO 330° El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar. Fase 3. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 331° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a)Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del

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momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. Por parte del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a)Jefe determinación de: a) medidas formativas de apoyo al estudiante causante del daño. b) medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado. Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe.

Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante ARTICULO 334° Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 335° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a especialistas si corresponde. ARTICULO 336° Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, reorganización de los horarios del Profesorado para la atención específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros, para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros. Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal por parte de la psicóloga. ARTICULO 337° Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso por parte del Encargado(a) de Convivencia con el objetivo de monitorear el proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo ARTICULO 338° Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de aplicación medidas formativas de apoyo al estudiante causante como al afectado por parte del Encargado de Convivencia. ARTICULO 339° Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 340° Entrega del informe final al apoderado(a) de los estudiantes involucrados por parte del Profesor(a)Jefe y /o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 341° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes de los estudiantes involucrados. REITERACIÓN (por tercera vez y más) ARTICULO 342° Se llevará a cabo los 15 pasos antes señalados (por primera o segunda vez) y además las autoridades directivas y Profesor(a) Jefe resuelven la situación final de estudiante afectado y de estudiante causante, si el hecho lo ameritase podría ocasionar para este último su Condicionalidad lo que se comunicará al apoderado por parte del Encargado(a) de Convivencia. Fase 6: Cierre de Protocolo ARTICULO 343° El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al Consejo de Profesores y Consejo Escolar. ARTICULO 344° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados. SEGÚN FALTA GRAVISIMA

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Se debe establecer, primeramente, que no se está frente a un delito. Si la falta fuese un delito, se debe proceder según protocolo específico para delitos.

POR PRIMERA Y SEGUNDA VEZ Fase 1. Detección de la falta y citación al apoderado ARTICULO 346° El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo afectado, comunica oralmente al Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia ARTICULO 347° El Profesor(a)Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia registra el hecho en el libro de clases en la hoja de observaciones de estudiante causante del hecho y del estudiante dañado, si lo hubiese. ARTICULO 348° El Profesor(a)Jefe y/o Encargado de Convivencia Escolar cita al apoderado del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, si lo hubiese, a través de una comunicación por escrito y registra la citación en la hoja de observaciones respectivas. ARTICULO 349° Si apoderado(a) no asiste a la reunión citada, debe quedar escrito en la hoja de vida del estudiante. Fase 2. Conversación con apoderado(a) y estudiante ARTICULO 350° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante causante del daño para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 351° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado (a) de Convivencia conversan con el apoderado(a) y estudiante dañado para conocer las causas y circunstancias del hecho considerado como falta grave. ARTICULO 352° Los acuerdos y la información entregada al apoderado en la citación debe quedar registrada por escrito y de manera objetiva en el Libro de registros de entrevistas. ARTICULO 353° El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas que se decidan aplicar. Fase 3. Determinación de las medidas formativas ARTICULO 354° El Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a)Jefe analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. ARTICULO 355° Por parte del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a)Jefe determinación de: a) medidas formativas de apoyo al estudiante causante del daño. b) medidas de apoyo y seguridad al estudiante dañado. ARTICULO 356° Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes involucrados, a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a) Jefe. Fase 4. Trabajo de apoyo al estudiante ARTICULO 357° Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas formativas por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 358° Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante del daño a reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a especialistas si corresponde. ARTICULO 359° Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante agresor, reorganización de los horarios del Profesor(a)a(a)ado para la atención específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de compañeros, para acompañar a la víctima, sobre todo en momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros.

Así también, aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades sociales y ayuda personal por parte de la psicóloga. Fase 5. Informe Final y Cierre de Protocolo ARTICULO 360° Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del caso por parte del Encargado(a) de Convivencia con el objetivo de monitorear el proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 361° Entrega del informe final a las autoridades directivas técnicas y/o Profesor(a)Jefe, por parte del Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 362° Entrega del informe final al apoderado(a) de los estudiantes involucrados por parte del Profesor(a)Jefe y /o Encargado(a) de Convivencia. ARTICULO 363° Profesor(a) Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes delos estudiantes involucrados. REITERACIÓN (por tercera vez y más) ARTICULO 364° Se llevará a cabo los 15 pasos antes señalados (por primera o segunda vez) y además Determinación de la situación final de cada uno de los estudiantes, específicamente para el estudiante causante del daño podría significar la Condicionalidad o Cancelación de Matrícula, por parte de las autoridades directivas técnicas y del Profesor(a) jefe. Fase 6: Cierre de Protocolo ARTICULO 365° El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al Consejo de Profesores y Consejo Escolar. ARTICULO 366° El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica de la situación final de estudiante (s) involucrado(s) por parte de las autoridades directivas a los apoderados y estudiantes involucrados. TITULO XXVIII PROTOCOLO DE LAS OBJETOS PERDIDOS O ENCONTRADOS. ARTICULO 367° Es deber del apoderado marcar con nombre y apellido todos los útiles escolares, prendas del uniforme escolar, lonchera, termo de comida, potes de comida, servicios de comida, estuche y mochila. ARTICULO 368° Es deber del estudiante cuidar sus útiles escolares, prendas del uniforme escolar, lonchera, termo de comida, potes de comida, servicios de comida, estuche y mochila. ARTICULO 369° No está permitido llevar objetos tales como juguetes, celulares, reproductores de audio, tablet, notebook u otro artículo electrónico, por tanto el Establecimiento no se hará responsable de pérdidas o daño de estos objetos. ARTICULO 370° Si un funcionario del colegio (asistente de la educación o docente), encuentra un objeto extraviado debe hacerlo llegar a la auxiliar de servicio. ARTICULO 371° Si un estudiante encuentra un objeto extraviado debe hacerlo a la auxiliar de servicio o hacerlo llegar a un adulto funcionario del colegio y éste a su vez a la auxiliar de servicio. ARTICULO 372° La auxiliar de servicio guardará los objetos extraviados en la bodega del Establecimiento, y deberá ponerlos a disposición del apoderado, en reuniones de apoderados u otro horario previamente definido por Dirección, dentro de la jornada escolar. TITULO XXIV PROTOCOLO DEL INCUMPLIMIENTO DEL APODERADO EN SUS DEBERES Y RESPONSABILIDADES DENTRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA TIPO DE FALTA ARTICULO 373° LEVE: Se considerarán faltas leves a las actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, pero que no involucran daño físico ni psicológico a otros miembros de la comunidad. ARTICULO 374° GRAVE: se considera falta grave a aquellas actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física o psicológica de un integrante de la comunidad escolar, los

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bienes muebles e inmuebles de la institución, así como acciones deshonestas que atenten contra los valores de la educación. FALTAS QUE ACTIVAN EL PROTOCOLO: - Ausentarse a 3 o más reuniones de Apoderados, sin previa justificación. - Ausentarse a 2 o más entrevistas personales con el Profesor(a) o autoridad del Colegio. - No enviar materiales a su estudiante para el desarrollo de actividades escolares, sin justificación previa, en 3 ocasiones o más. - No firmar las comunicaciones de la agenda escolar. - No enviar de vuelta al establecimiento documentos oficiales o toma de conocimiento enviados durante el año escolar. - Enviar a su estudiante a una salida pedagógica sin autorización de salida. - No respetar normas Reglamento Interno, tales como: de uniforme escolar, presentación personal, uso de objetos, juguetes y artefactos electrónicos no permitidos, etc. - Retirar al estudiante, sin seguir el conducto regular. - No enviar a su estudiante al Establecimiento, sin presentar posteriormente justificación médica u otra. - Interrumpir la clase entrando sin autorización a aulas ya sea para dejar un material o colación o para hablar con el Profesor(a) o estudiante, u otra situación. - Interrumpir al Profesor(a) en su jornada escolar (horarios de clases, horarios de completación, horario de almuerzo del Profesor(a) sin previa autorización. - Trato irrespetuoso (gritos, ofensas, garabatos, golpes, amenazas, etc.) con cualquier miembro de la comunidad educativa, sea este asistente, directivo, Profesor(a), estudiante u otro apoderado. - Pasar por alto el conducto regular de entrevistas. - Provocar altercados en reuniones de apoderados o dentro del Establecimiento. - Hacer comentarios mal intencionados o que dañen la imagen al Establecimiento o sus estamentos a otros miembros de la comunidad educativa, sin haber seguido el conducto regular o protocolo de reclamos. SANCIONES: - Amonestación en la hoja de vida de su estudiante. - Solicitud de cambio de apoderado. - Derivación a redes de apoyo a la infancia - Solicitud de ayuda Externa carabineros y PDI en caso que sea necesario. RESPONSABLE: - Comunidad Escolar

PROCEDIMIENTO ARTICULO 378° Quien detecte la falta deberá avisar a Convivencia Escolar o Profesor(a) Jefe. ARTICULO 379° Profesor(a) Jefe registrará en la hoja de vida del estudiante la ausencia del apoderado. ARTICULO 380° Profesor(a) Jefe conversará personalmente con el apoderado, de no poder por razones académicas, se derivará a convivencia Escolar, quién tendrá el deber de realizar la entrevista. ARTICULO 381° Se dialogará sobre los motivos de las inasistencias. Se mencionará la importancia de su participación, tanto para su pupilo como para la comunidad educativa, entre otros temas. ARTICULO 382° Se registra entrevista objetivamente en el libro de entrevistas personales. ARTICULO 383° Se establece compromisos, acuerdos y normas. ARTICULO 384° Cierre de protocolo ARTICULO 385° De no cumplir a los acuerdos pactados se derivará a dirección, quien verá las medidas a tomar, las cuales deben quedar registradas en la hoja de vida del estudiante. ARTICULO 386° Dirección deberá registrar de manera objetiva en libro de dirección los temas y acuerdos pactados en entrevista con el apoderado(a). ARTICULO 387° Cierre de protocolo.

TITULO XXV REGLAMENTO DE TRANSPORTE ESCOLAR DEFINICIÓN DEL SERVICIO Se entenderá por transporte escolar, el servicio que es contrato en forma particular por los apoderados o contratado por el establecimiento para aquellos estudiantes cuya situación socio-económica lo requiera o pertenezcan a la Escuela de Lenguaje. Este servicio consistirá en trasladar a los estudiantes al inicio de la jornada escolar y al término de esta, considerando los distintos horarios que existen al interior del establecimiento en Educación Básica, Educación Pre básica y Escuela de Lenguaje. DEBERES DEL TRANSPORTISTA ESCOLAR ARTICULO 388° Cumplir con el horario de inicio y término de la jornada escolar establecido por establecimiento para las distintas modalidades de enseñanza. ARTICULO 389° Brindar seguridad a los estudiantes a través de: - la mantención al día del vehículo. - no exceder la capacidad del vehículo. - contar con asistente que vele por entrega y retiro de los niños donde corresponde. - contar con las medidas exigidas por el Ministerio de transporte. ARTICULO 390° Mantener a disposición del establecimiento o apoderado, los documentación del vehículo. ARTICULO 391° Mantener a disposición del establecimiento y apoderado el certificado de antecedentes del conductor y asistente. ARTICULO 392° La asistente del transporte escolar deberá: - Velar por el cuidado del estudiante durante el recorrido. - Entregar a los estudiantes de Educación Parvularia y Escuela de Lenguaje a la Educadora correspondiente. - El Protocolo de entrega y retiro de los niños (as) será bajar a los niños de Educación Parvularia y Escuela de Lenguaje de manera ordenada, formados y dirigiendo el recorrido desde el furgón hacia la sala y de la sala hacia el furgón. - Poner especial atención en que los niños no crucen solo la calle. - Deberán monitorear la asistencia a clases de los estudiantes ARTICULO 393° En el caso de los estudiantes de Educación Básica, estos no podrán bajar del furgón antes de 20 minutos del inicio de la jornada escolar. Es responsabilidad del adulto entregar a los estudiantes a otro adulto responsable que lo reciba, no se permitirá dejar a los estudiantes deambulando solos en la calle. ARTICULO 394° En el caso de los estudiantes de Educación Básica, estos no podrán esperar la llegada de su transporte escolar más allá de los de 20 minutos después del término de la jornada escolar. DEBERES DE LOS APODERADOS CON EL TRANSPORTISTA ESCOLAR ARTICULO 395° Monitorear el horario ARTICULO 396° Monitorear la documentación al día del vehículo ARTICULO 397° Exigir el certificado de antecedentes del transportista y asistente ARTICULO 398° Mantener actualizado los números de contacto del transportista escolar ARTICULO 399° Informar el cambio de horarios en las Jornadas lectivas especiales. ARTICULO 400° Mantener al día sus pagos. ABUSO SEXUAL O MALTRATO INFANTIL ARTICULO 401° En caso de abuso sexual o maltrato infantil por parte del chofer o asistente del Transporte Escolar se procederá según protocolo de Abuso Sexual o Maltrato Infantil.

TITULO XXVI REGLAMENTO SOBRE EL USO DE EQUIPOS DE LABORATORIO DE COMPUTACIÓN Y EQUIPOS TECNOLOGICOS A través del presente reglamento se pretende dar orden a las actividades TIC realizadas en dependencias del colegio y definir los deberes y derechos de cada integrante de la comunidad. Los Profesor(a) es, estudiantes, padres y apoderados deben leer cuidadosamente el reglamento sobre el uso de equipos de laboratorio de computación. El término TIC se refiere a tecnologías de la información y comunicación. El término equipos o equipos TIC se refiere a computadores en general, dispositivos de almacenamiento (CDs, DVDs, pendrives, tarjetas, etc), reproductores de mp3, cámaras, equipos de audio y otras tecnologías que puedan usarse. “Inapropiado” se refiere a contenidos de imágenes, texto o audio de situaciones de crueldad, sexo, violencia física, verbal o cyberbullying, discriminación, ofensas por raza, credo, condición socioeconómica, cultural, de género, física o intelectual. Christian College con el apoyo del programa Enlaces del Ministerio de Educación y con el fin de acortar la brecha digital, le proporciona a la comunidad educativa equipos TIC, software, conectividad a Internet, espacios físicos e instancias para su utilización. Este esfuerzo se justifica en el uso pedagógico de los recursos mencionados. NORMAS PARA USUARIOS Cada usuario de los equipos TIC de los laboratorios de computación debe seguir las siguientes reglas ARTICULO 402° El laboratorio de computación está destinado para actividades pedagógicas, capacitaciones, reuniones y actividades administrativas propias del establecimiento. ARTICULO 403° Las actividades pedagógicas planificadas por un Profesor(a) y realizadas en el laboratorio deben quedar registradas en el cuaderno de registro de actividades administrado por el encargado. ARTICULO 404° Los inconvenientes o fallas de equipos deben ser informadas inmediatamente al encargado del laboratorio, quien deberá registrar la falla en el cuaderno de registro. Si la falla es simple podrá repararla el encargado. Si la falla es compleja deberá repararla un servicio especializado. ARTICULO 405° Los estudiantes deben asistir al laboratorio junto con su curso en horario de clases acompañado por el Profesor(a) de asignatura. ARTICULO 406° Asistir a la sala de computación con la debida reserva y autorización en caso de que asista en forma individual. ARTICULO 407° Respetar los tiempos asignados por el coordinador de Enlaces, tanto en la hora de inicio como en la hora de término de la sesión. ARTICULO 408° Seguir las instrucciones dadas para la clase por el Profesor(a) de asignatura y el coordinador del laboratorio. ARTICULO 409° En el caso de trabajos en pares, se asignará un equipo por pareja, debiendo permanecer en él hasta el término de la sesión. ARTICULO 410° Si se presentase algún inconveniente con el equipo, el coordinador del laboratorio podrá autorizar el cambio a un equipo alternativo. ARTICULO 411° Nuestro Manual de Reglamento Interno de Convivencia Escolar, responsabiliza en cuanto a mantener una actitud de respeto hacia todos quienes integran la comunidad educativa, de igual forma nuestro reglamento sanciona toda falta que atente contra la propiedad privada , la honra e integridad física y psicológica de las personas. Consecuentemente, se prohíbe participar de actividades que pongan en riesgo o expongan a otros (acoso, bullying, amenazas, incluso si solamente se plantean como bromas) ARTICULO 412° El punto anterior también se aplica al uso de teléfonos móviles en el laboratorio ARTICULO 413° Usar Internet sólo cuando se permita, con fines académicos y dentro de lo que corresponda a las actividades a realizar. ARTICULO 414° El acceso a redes sociales (Facebook, Messenger, Twitter y otros) está prohibido, salvo cuando por autorización del Profesor(a) esto sea necesario para completar una actividad académica. ARTICULO 415° Está prohibido descargar material, ya que afecta la navegación de los otros usuarios, salvo cuando por autorización del Profesor(a) esto sea necesario para completar una

ARTICULO 416° ARTICULO 417°

ARTICULO 418° ARTICULO 419° ARTICULO 420° ARTICULO 421° ARTICULO 422°

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actividad académica. Está prohibido bajar, grabar o distribuir material protegido por leyes de derecho de autor (por ejemplo, descargar música ilegal, videos, juegos, etc.) Está prohibido modificar las características de los equipos, instalar programas, cambiar configuraciones o fondo de pantalla, abrir, modificar o borrar archivos de trabajo de otros usuarios. Está prohibido el acceso a material inapropiado. En caso de acceder a material inapropiado en forma involuntaria deberá el usuario reportar la situación al coordinador de laboratorio. Las reglas relacionadas a material de contenido inapropiado también se aplican al uso de equipos personales (notebooks, netbooks, memoria USB, pendrives, etc.) El uso de pendrives u otro tipo de memoria extraíble se acepta solamente para abrir o guardar trabajos de carácter académico Se prohíbe ejecutar juegos, reproducir videos o archivos de música o ejecutar programas desde unidades extraíbles, CDs, DVDs, u otro medio, salvo cuando por autorización del Profesor(a)esto sea necesario para completar una actividad académica. Está prohibido proporcionar información personal, fotos o videos, ya sea propia o de terceros. La entrega de información personal se permite sólo frente a actividades académicas que lo requieran y para efectos de trámites ante organizaciones como universidades, programas del Ministerio de Educación o de otro estamento oficial. Cada usuario debe cuidar los equipos TIC, el mobiliario, aseo y orden de la sala. Al término de la sesión cada usuario debe dejar el puesto en orden. Además está obligado a informar sobre cualquier situación anómala en forma inmediata. El trabajo en el equipo puede ser monitoreado en cualquier momento por el coordinador o Profesor(a)a(a), del mismo modo el establecimiento puede bloquear algún recurso o sitio web. Cada usuario debe mantener una actitud de orden y respeto en la sala de computación. Está prohibido consumir cualquier tipo de alimentos o bebidas en el laboratorio de computación. Los usuarios deben guardar sus archivos en la carpeta de su curso ubicada en Mis Documentos. Se recomienda crear una carpeta que identifique el tema, curso o autor del trabajo. El colegio no responderá frente a pérdidas de información (borrado de archivos programados o accidentales por parte de otros usuarios) por lo cual cada usuario debe tomar las medidas necesarias para respaldar oportunamente su información Cada usuario debe borrar los archivos que ya no necesite. El no seguir las normas indicadas en el presente reglamento, involucrará alguna medida disciplinaria: amonestación verbal, comunicación al apoderado, anotación en la hoja de vida o marginación del uso de equipos por un tiempo definido o permanentemente. En caso de daño provocado el usuario deberá costear los gastos por reparación o reposición del equipo dañado

DERECHOS DE LOS USUARIOS ARTICULO 433° Cada estudiante está en igualdad de condiciones para la reserva de un equipo en horario extraescolar, siempre y cuando dentro este dentro del horario del coordinador. ARTICULO 434° Recibir un trato respetuoso de parte del coordinador de laboratorio. ARTICULO 435° Recibir un lugar de trabajo limpio y ordenado. ARTICULO 436° Recibir asistencia técnica en cuanto a software, hardware o conectividad. ARTICULO 437° Usar los equipos en la sesión solicitada en los horarios acordados. ARTICULO 438° En caso de mal funcionamiento de algún equipo que impida trabajar en forma íntegra, podrá ser reubicado en otro equipo si lo hubiese o se le reasignará una hora USO DE TECNOLOGIAS EN SALA DE CLASES U OTROS ESPACIOS ARTICULO 439° Incorporar dentro de la planificación el uso de los recursos tecnológicos.

ARTICULO 440° ARTICULO 441°

Incorporar esta utilización en el registro del libro de clases. La responsabilidad del uso correcto de este recurso es exclusiva del Profesor(a) que lo incorpora a su aula. No así si es un atentado de un estudiante, en este caso es responsabilidad del apoderado reponer el equipo. TITULO XXVII REGLAMENTO DE BIBLIOTECA CRA

COMPORTAMIENTO DENTRO DE LA BIBLIOTECA CRA ARTICULO 442° Caminar y no correr. ARTICULO 443° Tener las manos limpias al ingresar a la biblioteca. ARTICULO 444° Conversar con un volumen moderado, que no interrumpa las actividades de otros usuarios de la Biblioteca CRA ARTICULO 445° Mantener vocabulario adecuado ARTICULO 446° Solicitar los materiales y libros al Encargado y/o Coordinar de Biblioteca CRA. ARTICULO 447° Cuidar el material didáctico, textos muebles e infraestructura. ARTICULO 448° No comer ni ingresar con alimentos. ARTICULO 449° Respetar las normas del Reglamento Interno, Reglamento de Convivencia Escolar y Proyecto Educativo. PRÉSTAMOS DE RECURSOS A LOS ESTUDIANTES ARTICULO 450° Los préstamos de textos para el hogar serán por 2 días renovables por 1 vez. ARTICULO 451° Los juegos didácticos se prestarán solo en biblioteca para uso individual y dentro del Establecimiento para el desarrollo de actividades pedagógicas de una clase. ARTICULO 452° Podrán solicitar libros para leer en la biblioteca manteniendo el adecuado comportamiento ARTICULO 453° Podrán hacer trabajos de investigación en la biblioteca ocupando el material bibliográfico e implementos tecnológicos, solicitando éste al Encargado o Coordinador de la biblioteca. SANSIONES ARTICULO 454°

Si el estudiante devuelve en malas condiciones un texto o lo da por extraviado, se le comunicará al apoderado quien deberá remplazarlo por uno nuevo. ARTICULO 455° Si el estudiante devuelve con retraso el texto solicitado, se registrará en su ficha. Con 2 anotaciones de atraso, no tendrá derecho a solicitar textos para el hogar durante el semestre. TITULO XXVIII PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR CHRISTIAN COLLEGE 2016 El Plan Integral de Seguridad Escolar de Christian College contempla objetivos, roles, funciones y procedimientos para desarrollar y reforzar hábitos y actitudes favorables hacia la seguridad, y establece las actuaciones de aquellos responsables de cautelar la seguridad de los miembros de la comunidad escolar. Presenta el Plan de Emergencia y Evacuación, definido como el conjunto de acciones y procedimientos destinados a controlar en un tiempo reducido, una situación que ponga en riesgo tanto a las personas como a las instalaciones del Establecimiento y su entorno inmediato. Establece un Comité de Seguridad Escolar el que estará integrado por representantes de los diferentes estamentos de la Institución, así como de las entidades externas competentes. ARTICULO 456°

OBJETIVO GENERAL. Teniendo presente el imperativo de la seguridad de las personas, el Plan Integral de Seguridad Escolar tiene como objetivo general evitar la ocurrencia de lesiones en los estudiantes, educadores, personal, padres, apoderados y todo aquel que se encuentre en el Establecimiento, a causa de accidentes por conductas inseguras, fenómenos de la naturaleza o emergencias de diferente índole, como también evitar el daño a la propiedad producto de la emergencia que puedan ocurrir en el recinto mismo y reducir las consecuencias en el entorno inmediato.

ARTICULO 457°

ARTICULO 458°

OBJETIVOS ESPECIFICOS. El Plan de Seguridad Escolar considera los siguientes objetivos específicos: Desarrollar en cada uno de los miembros de la comunidad educativa, hábitos y actitudes favorables hacia la seguridad, conociendo los riesgos que se originan en situaciones de emergencia y lograr una adecuada actuación ante cada una de ellas. Definir roles y funciones de los miembros del Comité de Seguridad Escolar y los procedimientos para el positivo y efectivo desenvolvimiento de cada uno de los miembros del Establecimiento, ante una emergencia y evacuación. Recuperar la capacidad operativa del Establecimiento una vez controlada la emergencia, por medio de la aplicación de las normas y procedimientos de evacuación hacia las zonas de seguridad establecidas o la evacuación fuera del establecimiento. COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR. La misión del Comité de Seguridad Escolar, a través de la representación de sus diferentes estamentos, estudiantes, padres y apoderados, personal docente y no docente, Carabineros, Bomberos, Salud, consiste en lograr una activa y efectiva participación de sus miembros en las acciones de prevención, educación, preparación, ejercitación y atención de emergencias contempladas en el Plan Integral de Seguridad Escolar

ROLES Y FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR. ARTICULO 459° El Comité de Seguridad Escolar es presidido por la Directora, quien es la responsable definitiva de la seguridad del Establecimiento, y en dicha calidad le corresponde cautelar el cumplimiento íntegro y cabal de las acciones que defina el Comité en el marco del Plan Integral de Seguridad Escolar. El Coordinador de Seguridad Escolar del Establecimiento, coordinará todas las acciones que implemente el Comité. Para el efectivo logro de su función, el Coordinador deberá integrar armónicamente la participación de cada uno de sus integrantes. El Coordinador de Seguridad Escolar será quien mantendrá el contacto oficial con las Unidades de Carabineros, Bomberos, Salud y Oficina Comunal de Emergencia, con la finalidad de lograr la efectiva participación especializada de ellos en acciones de educación, prevención, práctica de simulacros y atención de emergencias. Los representantes de los estudiantes, docentes y no docentes, padres y apoderados, contribuirán con la propia visión estamental en el marco de la Unidad Educativa en la implementación y ejecución de las acciones que acuerde el Comité y junto con comunicar también comprometer a sus representados en las materias que se definan. Los representantes de Carabineros, Bomberos y de Salud constituyen instancias de apoyo técnico al Comité y su relación deberá ser concretada oficialmente entre la Directora y el Jefe de la Unidad respectiva. Se considerará la invitación a otros organismos como Cruz Roja, PDI u otros, con el objetivo de que entreguen un aporte técnico que podrían realizar en acciones que se resuelvan implementar. INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR Directora. Coordinador Seguridad Escolar: Directora o en su defecto el Equipo Técnico Pedagógico Representante de los estudiantes: Estudiante de Octavo año básico Representante del personal docente y no docente: Encargado(a) de Convivencia Escolar Representante de Padres y Apoderados: Presidente del Centro General de Padres y Apoderados Representante de Carabineros Representante de Bomberos Representante de Salud ORGANIZACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR. ARTICULO 460° La organización del Plan Integral de Seguridad Escolar considera la siguiente estructura operativa para la ejecución del Plan de Emergencias y Evacuación.

FUNCIONES OPERATIVAS. ARTICULO 461° Líder N° 1: Directora; Es la primera coordinadora y quien tendrá bajo su responsabilidad la emergencia y le evacuación de las dependencias del Establecimiento. Asume la condición de Líder Nº1 del Plan Integral de Seguridad Escolar, quien delegará la operación de dicho Plan al Coordinador de Seguridad Escolar, en cuanto al Plan de Emergencias y Evacuación, y en su ausencia, asumirá la responsabilidad de liderazgo sucesivo, una de las siguientes personas: Líder Nº 2: Coordinador de Seguridad Escolar Líder N° 3: Representante del personal docente y no docente: Encargado(a) de Convivencia Escolar. COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR: ARTICULO 462° Responsable en calidad de Coordinador de Seguridad Escolar, de relacionarse con la autoridad para dirigir la aplicación de los procedimientos establecidos y de las medidas complementarias que sean necesarias ante una emergencia. Ordenará la activación de la alarma de emergencia consistente en reiterados toques de timbre. Coordinará las acciones de los líderes de emergencias y evacuación, control de incendios y primeros auxilios. Definirá de acuerdo a la naturaleza de la emergencia, la evacuación parcial o total de un sector o la totalidad del recinto del Establecimiento. Mantendrá informado a la Directora. Ante ausencia durante la jornada de clases, sus funciones serán asumidas por el Encargado(a) de Convivencia Escolar. Velará por la permanente actualización del Plan Integral de Seguridad Escolar. Coordinará con la Dirección el proceso de inducción a las personas que se incorporan al Establecimiento, como también el conocimiento actualizado por parte del personal antiguo del Plan Integral de Seguridad Escolar. Coordinará con las instituciones externas, simulacros de emergencias y evacuación. LIDERES DE EMERGENCIAS Y EVACUACIÓN ARTICULO 463° Los líderes de emergencias y evacuación son los Profesor(a) responsables de cada clase en el momento de le emergencia y los adultos con dicha función en las restantes dependencias. A su vez para cada zona de seguridad, se han asignado líderes de emergencias y evacuación, quienes tendrán la responsabilidad de dirigir la atención de la emergencia y la evacuación a la zona respectiva. Al escuchar la alarma sonora de emergencia y de evacuación, abrirá las puertas, ordenará la evacuación y conducirá ya sea a los estudiantes, personal o personas presentes en la dependencia, a las respectivas zonas de seguridad interna y, de indicar la alarma sonora evacuación a la zona de seguridad externa, los líderes conducirán a las personas por la vía de evacuación hacia la zona de seguridad externa. Coordinará el apoyo a las personas necesitadas que no se puedan desplazar por sus propios medios. Impedirá el regreso de personas a la zona evacuada. Verificará que todos los estudiantes o personas a cargo se encuentren en la zona de seguridad y que ninguna persona haya quedado en la dependencia. Una vez levantada la emergencia, conducirá a las personas a las respectivas salas y recintos. En caso de determinarse el término de la jornada escolar, cada Profesor(a)entregará al estudiante a su apoderado o a quien cuente con la autorización respectiva, y los adultos abandonarán la zona de seguridad. Comunicar al Coordinador de Seguridad Escolar condiciones inseguras en las dependencias, en los materiales y equipos, como también la práctica de conductas de riesgo, con el objetivo de remediarlas oportunamente.

LIDERES DE CONTROL DE INCENDIOS ARTICULO 464° Inspectoras de patio o Adultos funcionarios del Establecimiento. Los líderes de Control de Incendios son responsables de cada uno de los extintores y red húmeda del Establecimiento, serán dirigidos por el Coordinador de Seguridad Escolar y cumplirán las siguientes funciones: Ante un amago de incendio, todos los líderes deberán dirigirse al foco de incendio con la finalidad de realizar la primera intervención ya sea con extintores o red húmeda. El Coordinador de Seguridad Escolar ordenará la evacuación desde las dependencias afectadas a las respectivas zonas de seguridad. El Coordinar de Seguridad Escolar, se dirigirá en el Centro de Control para activar la concurrencia de Ambulancia, Bomberos y Carabineros. La labor de los líderes de control de incendios finalizará una vez que concurra Bomberos al punto amagado, y se dispondrán para colaborar en la evacuación. Finalizada la intervención y levantada la emergencia, el Coordinador de Control de Incendios concluirá su acción e informará al Coordinador de Seguridad Escolar. El Coordinar de Control de Incendios cautelará que los extintores y red húmeda se encuentren permanentemente operativos. LIDERES DE PRIMEROS AUXILIOS: Inspectoras de patio ARTICULO 465° La encargada de enfermería (inspectora de patio) ante una alarma sonora de emergencia y evacuación, se dirigirán a la zona de seguridad que le corresponda portando un maletín de primeros auxilios y estarán atentos a los eventuales requerimientos del conjunto de los miembros del Establecimiento. En caso de evacuación a una zona de seguridad fuera del recinto, acompañarán a los evacuados y permanecerán con ellos hasta el retorno a las actividades o la entrega de todos los estudiantes a sus apoderados. En caso de lesionados ante una emergencia, se realizarán las atenciones en la zona de seguridad donde se ubica el afectado y se activará el protocolo de accidentes. La encargada de enfermería (inspectora de patio) cautelará que sus insumos y equipos se encuentren disponibles en adecuado estado. PERSONAL DIRECTIVOS, DOCENTE, ADMINISTRATIVOS Y AUXILIARES SIN FUNCIONES EXPRESAS EN LOS AMBITOS ANTES INDICADOS. ARTICULO 466° Se pondrán a disposición de los coordinadores de los diferentes ámbitos de liderazgo. Colaborarán en mantener la calma y el orden en las respectivas zonas de seguridad. REPRESENTANTE DE LOS PADRES Y APODERADOS ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR. ARTICULO 467° Conocerán el Plan Integral de Seguridad Escolar, colaborarán y apoyarán su implementación. Participarán en la evaluación de los simulacros y en la implementación del Plan. Canalizarán las inquietudes y observaciones de los apoderados para la revisión y actualización del Plan. VIAS DE EVACUACIÓN Y ZONAS DE SEGURIDAD. ARTICULO 468° VIAS DE EVACUACIÓN: Todas las dependencias del Establecimiento cuentan con vías de evacuación. Las dependencias del primer piso cuentan con seis vías de evacuación. Las dependencias que se encuentran en el segundo piso cuentan con dos vías de evacuación. ZONAS DE SEGURIDAD: ZONA DE SEGURIDAD INTERNA ARTICULO 469° Se dispone de 1 zonas de seguridad interna, señalizada por un círculo dibujado en el centro de las salas de clases.

ZONA DE SEGURIDAD EXTERNA ARTICULO 470° A su vez, se ha definido una Zona de Seguridad Externa n°1 la Multicancha y una Zona de Seguridad Externa n° 2 Calle Pedro de Valdivia en caso de Incendio. SISTEMA DE COMUNICACIONES. ARTICULO 471° Las consideraciones que se han tomado para la comunicación con el personal del establecimiento educacional, como también entidades externas, obedecen a una adecuada acción de apoyo en el manejo de una situación de emergencia, para lo cual se empleará el canal telefónico con quienes se ubican en el exterior del Establecimiento, de acuerdo a lo detallado y otros canales como es el caso de la señal sonora para aquellos que se ubiquen en el interior de este. Las normas administrativas del Establecimiento indican que durante la jornada escolar de clases siempre deberá encontrarse presente uno de los Directivos antes nombrados. Comunicación con entidades externas a la organización. En el caso que corresponda se deberá tomar contacto con: AMBULANCIA: Fono: 131 BOMBEROS: Fono: 132 CARABINEROS: Fono: 133 INVESTIGACIONES: Fono: 134 PROCEDIMIENTOS ARTICULO 472° Cada uno de estos procedimientos detalla la mejor forma de cómo actuar en caso de ocurrir uno de los eventos no deseados que se indican a continuación. REQUISITOS ARTICULO 473°

Serán requisitos fundamentales que cada uno de los responsables realice sus funciones aquí descritas y estipuladas.

PUNTOS CLAVE ARTICULO 474° Este instrumento es clave para el desarrollo de un perfecto proceder en caso de que ocurra una eventual emergencia. ARTICULO 475° La asignación de las zonas de seguridad deben ser respetadas a cabalidad y sin omitir dichos destinos y estar debidamente señaladas. ARTICULO 476° Las vías de evacuación deben mantenerse visibles y despejadas. ARTICULO 477° Este plan debe estar bajo conocimiento de todos quienes interactúan en el Establecimiento, es decir, Directivos, Profesores, Administrativos y Auxiliares, Estudiantes, Padres, Apoderados, profesionales, personal del servicio de alimentación y personal que desempeña funciones de apoyo, por tanto será publicado en la página web del colegio y agenda escolar, además de una copia escrita e impresa en el establecimiento. RESPONSABILIDAD ARTICULO 478° Profesor(a), serán los responsables de liderar las evacuaciones a zonas de seguridad internas y/o externas, además de liderar la gestión durante y después de la ocurrencia de un siniestro de principio a fin. ARTICULO 479° Estudiantes, serán responsables de acatar todas y cada una de las instrucciones que los líderes indiquen. ARTICULO 480° Padres y Apoderados, serán responsables directos de acatar la ejecución total de este plan, bajo el mandato de los responsables internos del Establecimiento, como también deberán actuar de tal modo que no alteren desde el exterior los procedimientos internos. (Ejemplo: ingreso masivo al establecimiento post-evento) ARTICULO 481° La dirección deberá liderar, apoyar, participar y entregar los recursos necesarios con tal de permitir la operatividad integral de este plan. ARTICULO 482° Se pedirá a Carabineros y/o Bomberos que inicie una investigación de las causas que provocaron otros accidentes derivados de esta emergencia, como también de realizar una inspección periódica al establecimiento con tal de detectar debilidades estructurales.

INSTRUCCIÓN ARTICULO 483°

Los procedimientos serán dirigido por la dirección a través del Coordinador de Seguridad Escolar, en cuanto a la instrucción a todas las personas relacionadas con el establecimiento educacional o por quien la dirección determine. A su vez, el programa de capacitación referente a este tema se llevará afecto todos los años, tanto para las personas que son estables en la organización como para padres y/o apoderados y estudiantes.

OBSERVACIÓN DEL DESEMPEÑO ARTICULO 484° La observación de los desempeños en las prácticas o simulacros estará a cargo de la dirección. INSPECCIONES DE LAS CONDICIONES FÍSICAS ARTICULO 485° De las inspecciones de las condiciones físicas del establecimiento se encargará la Dirección del Establecimiento. VIGENCIA. ARTICULO 486°

El presente procedimiento tendrá una duración de un año, y al cabo de este, deberá ser revisado y actualizado si fuese necesario

. ANTE LA OCURRENCIA DE UNA EMERGENCIA MIENTRAS LOS ESTUDIANTES Y PERSONAL SE ENCUENTREN FUERA DE LA SALA DE CLASES Para cualquier procedimiento, ante la ocurrencia de una emergencia mientras las personas se encuentres en actividades fuera de las salas de clases, el procedimiento será el siguiente ARTICULO 487° Durante el recreo, los estudiantes y las personas deberán dirigirse a la zona de seguridad externa señalada. Donde deberá llegar el Coordinador de Seguridad ARTICULO 488° Durante el almuerzo los estudiantes y las personas deberán dirigirse a la zona de seguridad externa señalada. Donde deberá llegar el Coordinador de Seguridad. ARTICULO 489° Durante el desarrollo de alguna ceremonia institucional con participación de la totalidad o parte de los estudiantes y del personal, deberá evacuarse la dependencia a la Zona de Seguridad externa señalada, siguiendo las instrucciones que se entregarán antes del inicio de la respectiva actividad. MODO DE EVACUACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS A ZONA DE SEGURIDAD EXTERNA Para cualquier procedimiento el modo de evacuación a zonas externas señaladas será el siguiente ARTICULO 490° Cada curso dirigido por el Profesor(a), quien deberá portar el libro de clases, se dirigirá a la Zona de Seguridad Externa que corresponda según las indicaciones del coordinador de seguridad. ARTICULO 491° Los niveles Medio Mayor, NT1 y NT2, además de las personas que se encuentren el Patio Techado y oficina de UTP de Escuela de Lenguaje, evacuarán por la Vía de Evacuación nº3 a la Zona de Seguridad Externa señalada. ARTICULO 492° Los tres cursos que se encuentran en el segundo piso cercano a las oficinas de dirección, evacuarán por la escalera n°1 para proceder a la evacuación por la Vía de Evacuación nº1 hacia la Zona de Seguridad Externa señalada. ARTICULO 493° El resto de los cuatro cursos se que encuentran en el segundo piso, evacuarán por la escalera n°2 para proceder a la evacuación por la Puerta Secundaria hacia la Zona de Seguridad Externa señalada. ARTICULO 494° Evacuarán hacia la Zona de Seguridad Externa señalada, por la Vía de Evacuación nª2 los estudiantes o personas de la sala de 1° año, comedor y Sala de Recursos de Integración. ARTICULO 495° Los estudiantes o personas que se encuentren en Biblioteca CRA, evacuarán a la Zona de Seguridad N°1 Multicancha, por la Puerta de Emergencia de Biblioteca CRA. ARTICULO 496° Las personas que se encuentren en oficinas de UTP básica, Dirección, Sala de Profesor(a), Comedor de Profesor(a), deberán evacuar por la escalera N°1, salir por la Vía de Evacuación nº1 a la Zona de seguridad Externa señalada. ARTICULO 497° Las personas que se encuentren en Secretaría, sala de Fonoaudiología y Recepción

ARTICULO 498°

deberán evacuar por la Vía de Evacuación nº1 a la Zona de Seguridad Externa señalada. El Coordinador de Seguridad Escolar entregará las indicaciones, ya sea de: - Retorno al recinto para reanudar las actividades, en caso de levantarse la emergencia. - Término de las actividades escolares y entrega del estudiante a los apoderados por los respectivos Profesor(a)a(a)es. - Es importante, indicar que mientras el estudiante permanezca en la zona de seguridad externa, cada Profesor(a) será responsable del estudiante y deberá cautelar su bienestar. - El estudiante será entregado solamente a su apoderado o a quien éste haya autorizado por escrito. - A su vez, cuando el Coordinador de Seguridad Escolar lo indique, el personal se retirará a sus hogares. - Una vez iniciada la emergencia el coordinador de seguridad debe proceder al corte de electricidad y gas, procediendo al corte de tales suministros y a reponerlos solamente cuando el coordinador de seguridad escolar lo indique, una vez levantada la emergencia.

MOVIMIENTO TELÚRICO FUERTE ARTICULO 499° DEFINICIÓN: Un movimiento telúrico fuerte: “Es un estremecimiento o sacudida de la Tierra.” Un Terremoto: “Es un sismo de gran magnitud que por lo general ocasiona destrucción en la propiedad y daños a las personas derivadas de lo anterior y la mala conducta de las personas ante este tipo de eventos”. ARTICULO 500° IMPORTANCIA: Actualmente estos movimientos no se pueden prevenir, pero si contáramos con personal instruido en el modo más correcto de cómo actuar en caso de este tipo de eventos, los daños a las personas debieran ser los menos. Para lograr esto, es fundamental y de suma importancia realizar cada paso del modo que se indica, con tal de lograr una rápida y eficaz actuación por parte del personal, llevando esto a la protección tanto de estudiantes, funcionarios, padres y apoderados. OBJETIVO: La finalidad que se persigue con este procedimiento, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un movimiento telúrico fuerte, nuestros trabajadores (Profesores, Administrativos, Auxiliares), Estudiantes y todo aquel que tenga relación con la comunidad escolar, sean conducidos y llevados a las zonas de seguridad pre-establecidas. Lo anterior conlleva a que todas las personas de esta comunidad logren resultar ilesas ante la ocurrencia de este tipo de emergencias. DESCRIPCIÓN: Una vez ocurrido el Movimiento Telúrico Fuerte se debe proceder de la siguiente manera: EVACUACIÓN A ZONAS DE SEGURIDAD INTERNAS Percibida la emergencia, el responsable activará la alarma sonora de evacuación a la zona de seguridad interna. a) Lo primero y más importante es mantener la calma y el orden individual como del grupo. b) Un primer paso importante es que el Profesor(a)de cada aula, proceda a abrir la o las puertas, como también en forma permanente mantener libre el área de salida, de mesas y sillas con tal de dar paso a una evacuación del aula rápida y sin dificultades, siempre y cuando el coordinador de seguridad ordene la evacuación a zonas de seguridad externas. c) El Profesor(a) ordenará a los estudiantes a reunirse en la Zona de Seguridad Interna demarcada con un círculo dentro de cada sala de clases. d) El paso siguiente del Profesor(a)es tomar en su poder el libro de clases. e) El Profesor(a) pasará lista para verificar que estén todos los estudiantes y las personas que estaban en la dependencia.

f) Una vez terminado el movimiento telúrico fuerte, el Profesor(a) líder de cada aula de clases, dará paso a la evacuación a la Zona de seguridad Externa nº1 (multicancha) o Zona de Seguridad nª2 (calle Pedro de Valdivia), según indique el coordinador de seguridad, en forma ordenada y caminando. g) Las puertas deben abrirse y permanecer abiertas durante toda la emergencia. h) Use las vías de evacuación hacia las zonas de seguridad, no realice la evacuación por otros lugares que usted estime o crea más convenientes (puede existir riesgos como caída de muros, cornisas, cables eléctricos, paneles, pizarras, maceteros, etc...) i) Una vez llegado al lugar de la zona de seguridad externa, el Profesor(a) debe proceder a tomar asistencia a los estudiantes, con tal de chequear que se evacuó en su totalidad, y llegaron todos a las zonas establecidas. j) Tanto el Profesor(a) como los estudiantes, padres y apoderados y personas presentes, deberán quedarse y permanecer en la zona de seguridad hasta que se levante la situación de emergencia. k) Las inspectoras de patio, revisarán las salas y dependencias para verificar el estado de las salas e informarán a la Coordinadora de Seguridad Escolar. l) En caso que la Coordinadora de Seguridad Escolar lo determine, informará el retorno a las salas de clases y dependencias y la reanudación de las actividades. INCENDIO DEFINICIÓN ARTICULO 501°

IMPORTANCIA ARTICULO 502°

FUEGO: Es un proceso de combustión suficientemente intenso como para emitir calor y luz.; AMAGO: Es un fuego recién iniciado, descubierto y extinguido oportunamente; INCENDIO: Es un fuego fuera de control.

La actuación de acuerdo a este procedimiento es fundamental para evitar la ocurrencia de lesiones a las personas, como también evitar el daño a la propiedad y así también a terceros producto de la generación de una emergencia interna.

OBJETIVO: La finalidad que se persigue con esta descripción, es lograr, que en una eventual ocurrencia de un Incendio, nuestros Estudiantes, Profesor(a)a(a)es, Administrativos, Auxiliares y todo aquella persona que se encuentre en el establecimiento, sean evacuados rápida y eficazmente del lugar, con tal de evitar lesiones como daños que son evitables. DESCRIPCIÓN: Una vez detectada la emergencia se debe proceder de la siguiente manera: a) Informar a los que se encuentren lo más cercano posible de la situación detectada, con tal de actuar en forma rápida mediante los implementos de actuación con que se cuenta. (Extintores, Redes húmedas, etc...) b) Aquellos que se encuentren en el lugar del evento deben proceder a evacuar el sector y comunicar al Coordinador de Seguridad Escolar, como a los demás con tal de lograr la evacuación general. c) Comunicar a la dirección a la brevedad de lo ocurrido. d) El Coordinador de Seguridad Escolar deberá comunicar a Bomberos vía telefónica. e) En este momento deberán integrarse y actuar los líderes de control de incendios (adultos funcionarios del establecimiento), atacando el fuego con los extintores y red húmeda que el establecimiento mantiene. f) Los líderes de emergencias y evacuación procederán a canalizar la salida de los presentes (Estudiantes, Funcionarios, Padres, Apoderados, etc...) de acuerdo a las vías de evacuación preestablecidas. g) En el caso de que el fuego se convierta en incendio, el Coordinador de Seguridad Escolar deberá dar paso al trabajo de los especialistas. (Bomberos) h) La administración deberá dar las facilidades para que los terceros solicitados tengan acceso al recinto inclusive en lo referente a rutas de tránsito. i.) El responsable de la puerta principal deberá impedir el paso de terceros que no tienen relación directa con las actividades del momento. j) Ante la determinación de evacuación por parte del Coordinador de Seguridad Escolar, se evacuará a la zona de seguridad externa nº2, ubicada en calle Pedro de Valdivia. ORGANIGRAMA

ORGNIGRAMA

FUNCIONES DEL PERSONAL ANTE EMERGENCIA ESCUELA DE LENGUAJE Y NIVEL PRE BÁSICO CHRISTIAN COLLEGE NOMBRE

CARGO/ESTATUS

Coordinadora de seguridad escolar.

U.T.P Lenguaje

Líderes de emergencia y evacuación

Profesoras de aula

Líderes de Control de incendio

Asistentes de la educación Asistentes de la educación

Lideres de Primeros Auxilios

Líderes de apertura de puertas exterior.

Asistentes de la educación

ROL Ordenar la activación de alarma de emergencia. Abrir las puertas, ordenar la evacuación y dirigir a los estudiantes a la zona de seguridad. Encargada de los extintores y red húmeda. Encargada de la enfermería. Portadora de maletín de primeros auxilios. Encargada de abrir perta de acceso la zona de seguridad exterior.

FUNCIONES DEL PERSONAL ANTE EMERGENCIA COLEGIO CHRISTIAN COLLEGE (Básica )

NOMBRE

CARGO/ESTATUS

Coordinadora de seguridad escolar. Líderes de emergencia y evacuación

UTP básica

Líderes de Control de incendio

Asistentes de la Educación Convivencia escolar

Lidere de Primeros Auxilios

Líderes de apertura de puertas exterior.

Docentes de aula

Inspectoras

ROL Ordenar la activación de alma de emergencia. Abrir las puertas, ordenar la evacuación y dirigir a los estudiantes a la zona de seguridad. Encargada de los extintores y red húmeda. Encargada de la enfermería. Portadora de maletín de primeros auxilios. Encargada de abrir perta de acceso la zona de seguridad exterior.

ACCIDENTE DE UN ESTUDIANTE. ARTICULO 503° Se activará el Protocolo de Accidentes, detallado en el reglamento de Convivencia escolar. AMENAZA DE ARTEFACTO EXPLOSIVO ARTICULO 504° Si un miembro de la comunidad escolar encuentra un paquete sospechoso al interior de baños o dependencias, no debe tocarlo, y se debe informar inmediatamente a las inspectoras de patio ARTICULO 505° En caso de confirmarse la existencia de un artefacto explosivo, el Coordinador de Seguridad Escolar, informará a Dirección y determinará el llamado a Carabineros y la evacuación del recinto, de acuerdo a los procedimientos de evacuación establecidos, es decir, se activará la alarma sonora de evacuación interna respectiva y, luego de determinarse necesario, a la zona de seguridad externa Nº1. ARTICULO 506° Si alguien recibe personalmente una llamada telefónica de amenaza de artefacto explosivo en el recinto, tratará de solicitar información relativa a su ubicación en el recinto, tipo, por qué fue colocada, qué se debe hacer para retirarla, qué apariencia tiene, cuál es su composición, cuál es la motivación. ARTICULO 507° Se deberá comunicar la información obtenida al Coordinador de Seguridad Escolar. ARTICULO 508° Ante la determinación por parte del Coordinador de Seguridad Escolar, de evacuación del recinto, se deberá aplicar el procedimiento establecido y se evacuará a la zona de seguridad externa nª2, calle Pedro de Valdivia. AMENAZA DE FUGA DE GAS ARTICULO 509° Cerrar de inmediato la válvula del tanque de almacenamiento. ARTICULO 510° No accionar interruptores eléctricos, ni encender fósforos y en ningún caso encender cigarrillos. ARTICULO 511° Avisar al Coordinador de Seguridad Escolar, quien dará las indicaciones para desconectar la luz ARTICULO 512° Si la emergencia continúa, aplicar el Plan de Evacuación, saliendo de las salas de clases en forma tranquila y ordenada, de acuerdo a los procedimientos establecidos. ARTICULO 513° Comunicar el hecho a Ambulancia, Bomberos y Carabineros. ARTICULO 514° Ante la determinación por parte del Coordinador de Seguridad Escolar, de evacuación del recinto, se evacuará a la zona de seguridad externa Nº2, calle Pedro de Valdivia CORTE DE SUMINISTRO ELECTRICO ARTICULO 515° Las clases continuarán con normalidad. No así los servicios administrativos que se le pueda entregar a los apoderados.

CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA ARTICULO 516° Frente a un corte de agua prolongado, más de 2 horas, el establecimiento procederá a llamar a los furgones escolares para hacer retiro de los estudiantes. ARTICULO 517° Si el transportista escolar no encuentra a un adulto responsable en el hogar del estudiante, deberá traerlo de vuelta al establecimiento. ARTICULO 518° Si el estudiante no se traslada en furgón escolar, el apoderado deberá retirarlo. ARTICULO 519° El personal del establecimiento seguirá en el recinto, cumpliendo con su horario normal. OTRAS EMERGENCIAS ARTICULO 520° Ante la ocurrencia de emergencias de diferente naturaleza a las descritas en el presente plan integral de seguridad escolar, tales como: lluvias, inundaciones, enfermedades, disturbios sociales y otros, se aplicarán los procedimientos señalados, tanto en la evacuación a zonas de seguridad internas, externas y término de las actividades escolares. ARTICULO 521° Se mantendrán informada a la comunidad escolar a través del sistema de comunicaciones establecido en el presente plan

COMUNICACION DE EMERGENCIAS. ARTICULO 522° Se dispondrá de una oportuna información sobre la ocurrencia de una emergencia y la aplicación de los procedimientos establecidos, como también de las correspondientes decisiones, a través de: www.christiancollegehualqui.cl Teléfono: 041-2781650 PRÁCTICAS Y SIMULACROS. ARTICULO 523° Para que estos procedimientos tengan una óptima ejecución y comportamiento de parte de las personas involucradas al momento de requerir la activación de uno o más de estos planes y/o procedimientos se hace necesario realizar simulacros en lo posible 1 cada semestre del año, de este modo se podrán además descubrir algunas falencias y ser mejoradas oportunamente. TITULO XXIX PLAN DE GESTIÓN CONVIVENCIA ESCOLAR 2016 Equipo Convivencia Escolar Encargada Convivencia Escolar Docente encargado Convivencia Escolar Inspectora Inspectora Metas 2016

María José Urrutia Klapp Fernando Javier Aguilera Farfal Marta Elena Villegas Araneda Gisela Yazmina Martinez Torres

1.- Ejecutar acciones que fortalezcan la formación personal y social de los estudiantes a través de las sanas relaciones interpersonales. 2.- Contribuir a promover la Visión y la Misión de nuestro establecimiento, poniendo en acción el Proyecto educativo Institucional. 3.- Involucrar al equipo Directivo, Docentes, Estudiantes, Padres y Apoderados la ejecución del Plan de Acción de Convivencia Escolar. Objetivo General Promover y fortalecer la sana convivencia escolar en el colegio a través del desarrollo de acciones que permitan mejorar y prevenir situaciones de riesgo, manteniendo un ambiente de respeto, diálogo y compromiso para el logro de los aprendizajes, Favoreciendo la creación de espacios que permitan la práctica de una convivencia enmarcada en los valores del respeto, tolerancia, solidaridad y compañerismo.

Objetivos Específicos  Implementación de un trabajo sistemático, definiendo acciones, roles, responsables y tiempos.  Fortalecer la figura del Profesor Jefe en el conocimiento integral de sus estudiantes.  Fortalecer la relación entre el colegio y los Padres y Apoderados, integrándolos activamente en el programa de Convivencia Escolar y generando sentido de pertenencia a la institución.  Generar acciones de apropiación del reglamento escolar por parte de toda la comunidad educativa.  Potenciar el uso de uniforme como forma de pertenencia al establecimiento.  Generar espacios de convivencia sana entre los miembros del personal del establecimiento.  Ejecutar acciones que permitan prevenir situaciones de violencia y acoso escolar.  Implementar Programa “Continuo Preventivo” de Senda.

PLAN DE ACCIÓN 2016 Metas

Objetivos

Organizar actividades extracurricular de acuerdo al plan académico Optimizar los recursos humanos del Equipo de Convivencia Escolar. Generar relaciones más cercanas entre profesores jefes y sus estudiantes

Confeccionar cronograma acción 2016

Fortalecer el trabajo entre profesores y equipo de convivencia escolar

1. Dar a conocer a profesores y asistentes todas las actividades de convivencia escolar. 2. Solicitar información de estudiantes críticos de asistencia, calificaciones y comportamiento mensualmente o cuando se requiera. Realizar evaluación psicosocial de los estudiantes prioritarios y vulnerables.

Pesquisar vulneración de derechos de estudiantes prioritarios y vulnerables. Fortalecer la comunicación el colegio y los padres y/o apoderados

Prevenir y formar a los estudiantes sobre el acoso escolar

Fortalecer la sana convivencia entre los estudiantes.

de

-Dar a conocer las funciones a cada integrante del equipo de convivencia escolar. Entrevistar personalmente cada profesor(a) Jefe a sus estudiantes

Dar a conocer las distintas actividades desarrolladas en el colegio. -Entregar información de interés para los apoderados. Entregar información adecuada para detectar situaciones de acoso escolar y denunciar el hecho.

Generar instancias de interacción entre los estudiantes extracurricularmente.

Acción

Responsable

Indicadores

Reunión del equipo y directivos para realizar cronograma. Definición de roles del equipo de Convivencia Escolar

Equipo Convivencia Escolar

% actividades realizadas

Aplicación por parte de los Docentes de la entrevista de caracterización de los estudiantes(as) En GPT, se tomarán 10 minutos para Convivencia Escolar

-Docentes -psicóloga

Equipo Convivencia Escolar Dirección

Evaluación No aplica

Instrumento evaluativo No aplica

Verificadores

fecha

- Cronograma

Marzo 2016

-Análisis de encuesta

Encuesta al equipo de convivencia escolar.

-Cartas con firma de recepción de roles y funciones

Marzo 2016

% de encuestas realizadas. % de aprobación.

- Análisis de encuesta

Encuesta docentes asistentes.

a y

-Hoja de registro de estudiantes entrevistados

I semestre 2016

Equipo Convivencia Escolar Dirección

% de reuniones realizadas. % de profesores que participan. % de aprobación

- Análisis de encuesta

Encuesta docentes asistentes.

a y

-Acta de consejo. -Registro de profesores presentes en consejo de convivencia escolar.

Desde Marzo 2016

Entrevista psicológica a todos los estudiantes prioritarios y vulnerables del establecimiento. 1. Confección de tríptico/boletín Informativo para ser entregado en reunión de apoderados. 2. Diario mural digital. Dar charlas a apoderados y estudiantes sobre bylling y violencia escolar.

Psicóloga

% de entrevista hechas. % de derivaciones hechas.

-Análisis de situación de estudiantes

No aplica

-Entrevistas hechas

Desde marzo 2016

Equipo Convivencia Escolar Dirección

% de boletín entregados. % de aprobación de parte de los apoderados.

- Análisis de encuesta.

-Encuesta para apoderados.

Desde marzo 2016

Equipo Convivencia Escolar Dirección

- Análisis de encuesta.

Encuesta para estudiantes

- Celebración del día de la convivencia escolar. -Dirigir los recreos con actividades que incluyan la participación distintos cursos. -Escuela de fútbol -Realización de talleres semanales para la comunidad educativa. - Celebración de las actividades más importantes según calendario escolar. -Celebración Día del Estudiante.

-Equipo convivencia escolar

% asistencia apoderados charlas. % situaciones bylling. % actividades realizadas

Tríptico/Bole tín. -Registro de firma de apoderados. -PPT impreso. -Charla impresa. -Registro de firma.

- Análisis de encuesta.

-Encuesta para Estudiantes. -Encuesta para profesores.

-Planificación -fotos de actividad. -Registro de actividad firma de profesores y estudiantes. (Día convivencia escolar). Autorizacion es. Planificación. -Registro de asistencias. -Talleres Registro de Asistencia

Desde marzo 2016

-Profesor Fernando Aguilera. -Profesores de cada taller.

de de a

I semestre 2016

de de de

Fortalecer la identidad institucional en estudiantes y apoderados con el establecimiento.

Generar instancias que permitan sentirse parte de las actividades del colegio.

Promover la prevención en situaciones de vulneración de derechos

Entregar información que permita promover el autociudado,, detectar situaciones riesgosas sobre la vulneración de sus derechos, para que los puedan identificar y denunciar. Entregar información acerca de los daños psicológicos, sociales, físicos y familiares que producen estas drogas.

Prevenir en nuestros estudiantes el consumo de drogas, alcohol y tabaco

Fidelizar al personal docente y no docente con el establecimiento

-Entregar un espacio de encuentro al personal del establecimiento

Educar a toda la comunidad educativa sobre el reglamento de convivencia escolar.

- Dar a conocer las normas, deberes y derechos dentro y fuera del establecimiento según reglamento de convivencia escolar.

Promover la seguridad escolar dentro del establecimiento.

-Dar a conocer los distintas situaciones que promueven la seguridad escolar

- Festival de la voz jornada para padres. -aniversario del colegio. Talleres deportivos para toda la comunidad educativa. -Desfile aniversario Comuna de Hualqui -celebración Fiestas Patrias -Celebración día del profesor y asistente de la educación -Celebración del día contra el abuso sexual infantil -Celebración del mes de los derechos del niño. -Celebración día del niño.

Equipo Convivencia Escolar Dirección

% de actividades realizadas

- Análisis de encuesta.

Encuesta para Estudiantes. -Encuesta para profesores.

Planificación. -Registro de participantes -Bases de concurso. -Fotos de actividad..

Desde Marzo 2016

Equipo Convivencia Escolar Dirección

% de actividades realizadas

- Análisis de encuesta.

Encuesta para Estudiantes. -Encuesta para profesores.

-Planificación -Actividades impresas.

Desde marzo de 2016

-celebrar el día contra las drogas. -Implementar programa “Continuo Preventivo” de SENDA

Equipo Convivencia Escolar

-Análisis de encuesta.

Encuesta para estudiantes.

-Material impreso entregado por SENDA.

I Semestre 2016

Jornada de autoayuda para miembros del personal Christian College. -Celebración cumpleaños - Trabajar con apoderados en reuniones de cursos. -Trabajar con estudiantes en clases de orientación. -Entrega de la agenda escolar con reglamentos -Celebrar la semana de la seguridad escolar. -Protocolo de acción en recreos y tiempo de libre disposición.

Dirección

% de aprobación a la charla. % de implementaci ón de programa SENDA % de aprobación a la actividad. % de asistencia a la actividad.

-Análisis de encuesta

-Encuesta para profesores.

-Material entregado. -Registro de asistencia.

I y II semestre 2016

Equipo Convivencia Escolar Dirección

% de estudiantes que no acata las normas. % de profesores que maneja el reglamento.

- Análisis de encuesta

-Encuesta para profesores sobre manejo de reglamento interno.

Reglamento de convivencia. -PPT impreso. -Registro de Asistencia. -Acta de reuniones con profesores.

marzo 2016

Equipo de Convivencia Escolar.

% de aprobación y aprendizaje a la actividad.

-Análisis de encuestas

-Encuesta a estudiantes

-Material audiovisual. -Registro en libro de clases de actividad.

Desde marzo 2016

TITULO XXX REGLAMENTO DE RECREOS Este reglamento tiene la finalidad de organizar y regular las acciones referidas a los tiempos de recreo que se cumplen en la jornada diaria de clases. ARTICULO 524° Primer año básico cuenta con recreo diferido, lo que quiere decir que saldrán 15 minutos antes del recreo estipulado para el resto del colegio. ARTICULO 525° En horario de recreo de segundo a séptimo básico, todos los estudiantes deberán bajar al primer piso y/o multicancha, cumpliendo con esta disposición hasta que suene el timbre que indica el regreso a sus respectivas aulas solo los estudiantes de Octavo año básico podrán permanecer en su aula,, en horario de recreo siempre y cuando respeten las siguientes condiciones:

   

No correr en los pasillos No realizar juegos violentos o con implementos dentro del aula No pelear No realizar grabaciones ni fotografías sin autorización y que pudiesen ser compartidas en redes sociales.  No tomar ni revisar artículos que no sean de su propiedad  no tener conductas que perjudiquen al resto de la comunidad El cumplimiento de estas condiciones serán responsabilidad de todo el grupo, por lo tanto el cumplirlas o no, beneficiara o perjudicara al curso completo. ARTICULO 526° Se prohíbe el ingreso de estudiantes de primero a octavo básico en recreo al sector de Pre Básica. ARTICULO 527° En días de mucho frío, no se abrirán las puertas hacia el patio en el primer recreo y los estudiantes deberán quedarse dentro del establecimiento, bajando al primer piso de segundo a quinto básico y quedándose en segundo piso de sexto a octavo básico. ARTICULO 528° En días de lluvia , no se abrirán las puertas hacia el patio y los estudiantes deberán quedarse dentro del establecimiento, bajando al primer piso de segundo a quinto básico y quedándose en segundo piso de sexto a octavo básico. ARTICULO 529° Acciones no permitidas durante horario de recreo:  quedarse en sala a los cursos que les corresponde bajar.  Esconderse dentro de las salas  Subir y bajar corriendo por las escaleras y/o evitando el control de las inspectoras  Jugar en los pasillos del segundo piso  Hacer ingreso a salas, baños, cocinas correspondiente a profesores(as)  Pelear  Jugar en baños  Esconderse en baños para retrasar su ingreso a l aula  Rayar baños  Subirse a arboles y/o panderetas  Lanzar piedras  Orinar en espacios públicos  Botar basura o restos de alimentos al suelo  Faltar el respeto física o verbalmente (contestar de mala forma, hacer gestos irrespetuosos, chasquear los dedos, empujar mesas o sillas en acción de rebeldía por la medida tomada, ignorar cuando se le esta hablando, entre otros)  Saltar la reja  Intervenir en juegos de compañeros menores  Quitar implementos a compañeros  No respetar turnos de juego  Solicitar a una persona ajena al establecimiento o tíos del furgón que le compre algo en algún negocio.  Lanzar objetos, insultar o molestar a personas que estén pasando por fuera del establecimiento  Sacar sin autorización los implementos deportivos y/o de estudiantes de pre básica  LAS SANCIONES APLICADAS A ESTAS FALTAS SON LA QUE SE INDICAN EN EL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Roles a cumplir por personal Crhistian College durante los recreos Espacio Segundo piso Primer piso (Hall)

Funcionario 1 Inspectora 1 miembro convivencia escolar Recepcionista Auxiliar

Multicancha

1 Inspectora 1 Profesores a cargo

Días de Frio y/o lluvia Espacio Segundo piso Primer piso (Hall) Pasillos primer piso

Funcionario 1 Inspectora 1 miembro convivencia escolar Recepcionista Auxiliar 1 Inspectora 1 profesores a cargo

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TOMA DE CONOCIMIENTO DE REGLAMENTOS Y PROTOCOLOS 2016. Yo…………………………….…………………….., R.U.N……………………………............ Apoderado(a) de ……………………………………………………………….……., quien cursa actualmente …….………………. en Christian College, declaro haber leído, tomado conocimiento, a respetar y llevar a cabo los reglamentos y protocolos antes descritos, entendiendo que éstos fueron formulados para el bienestar de los estudiantes, el buen funcionamiento del establecimiento y la sana convivencia entre los miembros de la comunidad educativa. Además, tomo conocimiento que estos protocolos y reglamentos se encuentran en la agenda escolar, página web del colegio y que existe una copia escrita en el establecimiento para ser consultado, por cualquier miembro de la comunidad educativa, las veces que sea necesario. ………………………………….. Firma del Apoderado

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