TITULO I NORMAS DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL. CAPITULO I: Disposiciones Generales

TITULO I NORMAS DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL CAPITULO I: Disposiciones Generales. CONCEPTO: Denomínese MANUAL DE CONVIVENCIA al conjunto de normas y pro

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TITULO I NORMAS DE CONVIVENCIA ESTUDIANTIL CAPITULO I: Disposiciones Generales. CONCEPTO: Denomínese MANUAL DE CONVIVENCIA al conjunto de normas y procedimientos obtenidos bajo análisis y consenso de profesores, alumnos, padres de familia y comunidad en general, teniendo como marco referencial y apoyo los DERECHOS DEL NIÑO, los DERECHOS HUMANOS ley 10-98 de 2006 (código de la infancia y de la adolescencia) y la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, tendiendo a obtener una verdadera convivencia pacifica y armónica de toda la familia educativa y de esta manera lograr la buena marcha y organización del plantel. ART. 1 Del campo de acción: El presente Manual de Convivencia tiene su aplicación en estudiantes de todos los grados, niveles y Educación de Adultos de la Institución y sus Centros Educativos Asociados y se rige bajo las siguientes normas: • • • • • • • • • • • •

Constitución Política de Colombia. Ley General de Educación. Decreto Reglamentario 1860 de 1994. Declaración de los Derechos del Hombre. Estatuto Docente. Decreto 2480 de 1986 parte sustantiva. Ley 734 Código Disciplinaria único. Ley 33 de Mayo 23 de 1994. Código contencioso administrativo. Decreto 3012 de diciembre 19 de 1997. Demás leyes vigentes. Ley 10-98 de 2006 (código de la infancia y de la adolescencia).

ART. 2.

Objetivos de la Convivencia Escolar:

Entender la convivencia como equilibrio entre el ejercicio de los derechos y la práctica de los deberes. Lograr la sana convivencia escolar a partir de la práctica de los principios participativos y democráticos Optimizar el dialogo y la concertación para la toma de decisiones. Evitar la toma de decisiones unilaterales. Propiciar el respeto por las diferencias individuales como fundamento de nuestra vida en comunidad. Concientizar a los alumnos de sus derechos y deberes para que se pueda lograr en ellos una formación integral con responsabilidad y compromiso. Establecer mecanismos de evaluación y control en la disciplina y actividades de la Institución, con base en los derechos y deberes contemplados en la Constitución Nacional y demás normas vigentes.

Que los alumnos conozcan y cumplan sus deberes y hagan valer sus derechos que les corresponden como tales. Establecer un marco de disciplina en el cual lo primordial será la autoridad, el respeto, la libertad, la confianza, la credibilidad, la tolerancia y la convivencia pacifica. ART. 3.

De los Principios que Orienta este Manual de Convivencia:

a) El presente Manual de Convivencia ha sido elaborado teniendo en cuenta la participación de la Comunidad Educativa. b) La interpretación de sus normas se hará con referencia a las disposiciones oficiales del M.E.N. a la Constitución Nacional, a los Derechos Humanos de los niños y de la mujer de preferencia a cualquier otro ordenamiento. c) En la Institución con el presente Manual de Convivencia se pretende establecer el rescate y desarrollo de valores humanos y así formar un ambiente de justicia, responsabilidad, respeto, solidaridad, participación, tolerancia, sociabilidad, libertad e igualdad. ART. 4.

La Responsabilidad Disciplinaria:

La responsabilidad emanada de una acción disciplinaria es independiente a la responsabilidad académica. ART. 5.

De la definición de la Falta:

Es toda violación al presente Manual de Convivencia. ART. 6.

Termino para Ameritar un Procedimiento Disciplinario:

Toda acción disciplinaria según la valoración hecha por un docente, coordinador o rector será tratada así: LEVE: En el mismo día de haber sucedido el hecho. GRAVE: Si en la valoración se aprecia que amerita tratamiento inmediato, se comunicará por escrito al director de grupo, coordinador o rector según el caso, o cuando se trate de falta reincidente. ART. 7.

De la Sanción Disciplinaria:

Todo alumno será sancionado de acuerdo a este Manual y a la naturaleza de la falta que imputa, observando siempre un procedimiento disciplinario

TITULO II: DERECHOS CAPITULO 1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 1. Todo alumno que se matriculé a la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, tiene derecho a pertenecer a la Comunidad Educativa y a cualquier organización estudiantil (delegado del curso, comité estudiantil, otros comités). 2. A ser tratado con respeto, equidad y justicia por el personal directivo, docentes y administrativos de la institución. 3. A recibir una educación, formación e instrucción adecuada, que le garantice una formación integral y de acuerdo a la filosofía institucional. 4. A solicitar el reconocimiento y respeto de los derechos consagrados en la Constitución Política y demás normas vigentes. 5. Al respeto por su dignidad, diferencias étnicas, políticas, económicas y sociales. 6. A la libre expresión, opinión, discusión franca y democrática y a ser escuchado en sus planteamientos respetuosos y constructivos que conlleven a corregir errores y evitar que se cometan injusticias. 7. Al libre derecho de la personalidad, sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico social e institucional. 8. A solicitar a los docentes el cumplimiento de sus deberes profesionales relacionados con la puntualidad, asistencia, preparación de clases, evaluación de procesos e información sobre los mismos. 9. A solicitar justicia, imparcialidad, equilibrio y respeto por parte de los docentes y aclaración a sus descargos cuando las circunstancias lo requieran. 10. A tomar parte en la vida social, cultural y científica de la institución, a participar en proyectos, campañas y actividades que busquen el bienestar colectivo, así mismo como disfrutar de la recreación y el deporte. 11. A ser evaluado con criterios pedagógicos y en forma justa, imparcial y equitativa. 12. A solicitar permiso debidamente justificado para ausentarse del establecimiento, ante el funcionario a quien se haya delegado estas funciones. 13. A recibir estímulos y distinciones por rendimiento, comportamiento, concursos, actuaciones, representaciones y meritos personales. 14. A participar de los proyectos pedagógicos institucionales. 15. Tener a su disposición los elementos de trabajo que garantiza la institución (material, didáctico, implementos deportivos, botiquín, mobiliario, etc). 16. Derecho a que se solucionen las dificultades con sus compañeros, docentes, directivos y administrativos, mediante el diálogo y siguiendo el conducto regular.

17. Fomentar y tomar parte activa en los deportes y demás actividades recreativas dentro de la institución como fuera de ella cuando la ocasión amerite. 18. Solicitar informe detallado a quien corresponda sobres su rendimiento académico y disciplina cuando el estudiante lo crea conveniente. 19. El alumno tiene derecho a conocer el sistema de evaluación empleado por el profesor, a que se le entregue oportunamente los exámenes y trabajos calificados y a conocer antes que el profesor pase nota a secretaria para ser consignados en los informes de periodo. 20. Cuando en ausencia justificada coincida con la organización de un ejercicio, examen, trabajo, etc. El alumno (a) tiene derecho a cinco (5) días hábiles siguientes para gestionar con el profesor correspondiente la realización del examen, trabajo, etc. Terminado este tiempo el alumno perderá este derecho; o si el profesor no pudo cumplir con la fecha requerida, realizará el ejercicio después de este tiempo en común acuerdo o le encomendará la actividad al coordinador o rector de la institución. 21. A que se le conceda permiso para salir del plantel, durante las horas de clase, solo si la situación lo amerita. 22. Derecho a ser evaluado en el aspecto cognoscitivo, socio-afectivo, psicomotor y en todos los valores que el docente observe en el desarrollo del alumno en el proceso enseñanza-aprendizaje. 23. Derecho a que se les exonere o descuente el pago de matrícula, como pensión de estudios en los siguientes casos: Al mejor alumno de la institución y Centros Educativos Asociados de cada curso que al finalizar el año escolar se clasifique como el mejor por su aprovechamiento y excelente disciplina, y por tanto se haga acreedor a matrícula de honor por el año siguiente en el mismo establecimiento. En caso de abandono por parte de sus padres se exonerado para el pago de matrícula, hasta que alguien se haga cargo de él. A tener descuento en matrícula en caso de ser desplazado por el conflicto social y político que vive Colombia, en caso de pobreza absoluta y cuando son dos o más hermanos matriculados. 24. Al conocimiento del Manual de Convivencia y a la explicación del mismo por parte del coordinador y/o director de grupo. 25. Ante la violencia familiar, tortura, tratos crueles o degradantes, abuso sexual, descuido, detención arbitraria o explotación económica y el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso para su salud física y mental o que impida su acceso a la educación; ante esta situación la institución actuará mediante diálogos con padres de familia y en una segunda instancia colocar en conocimiento de las autoridades respectivas para la protección del menor 26. A no recibir por parte de las directivas y profesores en general sanciones que compartan escenario para el menor o que de alguna manera afecten su dignidad personal.

27. A no ser retirado de la institución sin ningún fundamento o que no haya violado ninguna causa previamente establecida en el Manual de Convivencia y además se tendrá en cuenta el concepto del Consejo Directivo. 28. Derecho a defenderse o a practicar apelación durante los cinco (5) días siguiente a una sanción. 29. Derecho a la intimidad personal y familiar y el buen nombre dentro de la institución. 30. Derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre y a vacaciones periódicas

CAPITULO 2. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Recibir la atención eficiente y oportuna de los diversos estamentos de la institución en los aspectos educativos y formativos. Recibir información oportuna sobre el rendimiento y comportamiento de sus hijos y sobre actividades programadas a desarrollar durante el año escolar. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento de la Institución. Nombrar y ser elegidos en la Junta de Padres de Familia, Consejos o Comités que funcionen en la Institución. Hacer reclamos respetuosos y justos dentro del tiempo fijado por las normas vigentes, legales e institucionales. TITULO III: DEBERES CAPITULO 1. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 1. A ingresar con puntualidad al plantel en los días y horas señaladas. a) b) c) d)

Preescolar entrada 7:30 a.m. salida 12:15 p.m. Primaria entrada 7:30 a.m. salida 12:55 p.m. Secundaria entrada 7:00 a.m. salida 1:00 p.m. Educación de Adultos (Decreto 3011 de 1997) 6:00 p.m. a 10:00 p.m.

2. Guardar entre sí el mayor respeto, fraternidad y espíritu de compañerismo. 3. Respetar y colaborar con todo el personal que labora en el establecimiento; compañeros, profesores, directivos, personal administrativo y demás empleados de la institución en sus relaciones interpersonales, de trato, consideración, honra y general en sus derechos humanos. 4. Dar cumplimiento a todas las actividades de evaluación y demás obligaciones que conciernen al desarrollo académico. 5. Proveerse de los implementos de trabajo necesarios y demás materiales solicitados por los docentes para el normal desarrollo de las actividades en las diferentes asignaturas. 6. Mantener dos uniformes reglamentarios, uno para el diario y uno para el área de Educación Física con las siguientes recomendaciones:

La utilización de los uniformes será únicamente en los días de estudio o en los compromisos que la institución realiza fuera del plantel. El uniforme de diario estará constituido por camiseta blanca, pantalón o falda azul, zapatos negros y medias blancas para las niñas y medias azul oscura para los niños. El uniforme de Educación Física y deportes consiste en una camiseta blanca de cuello azul y raya blanca, manga corta con puño azul y raya blanca, con su logotipo en la parte delantera superior izquierda, sudadera azul, medias blancas y zapatos tenis blanco. Los Centros Educativos Asociados tienen autonomía para acordar relacionado al uniforme. Los estudiantes que ingresen por primera vez a la institución, tienen un mes de plazo a partir del día que se inician las clases, para la consecución del uniforme. PARÁGRAFO Los estudiantes de educación de adultos se exceptuarán de la obligación del porte de uniformes. 7. Asistir y participar en todas las actividades organizadas por la institución (religiosas, culturales, deportivas, comunitarias, otras) durante todo el año escolar tanto dentro como fuera de la institución. 8. Utilizar un vocabulario correcto con sus compañeros y con todo el personal que labora en la institución como fuera de la misma 9. Cuidar los elementos que le proporciona la institución y las instalaciones físicas. PARÁGRAFO En caso de perdida o daños ocasionados en la instalaciones locativas, baños. Biblioteca, laboratorios, campos deportivos y en general los materiales y dependencias del plantel, deberán ser pagados por el estudiante, en caso de encontrarse responsable. 10. Solicitar permiso en forma escrita dirigida al coordinador de la Institución o en forma personal por el padre de familia o acudiente, el día que no puede asistir al plantel por causa justificada. (Art. 313-314 C. Menor). 11. Permanecer en el plantel y/o salón de clase durante la jornada de trabajo. 12. Mantener y practicar normas de cortesía dentro y fuera del plantel que le permitan identificarse como persona digna de la institución. 13. Presentar las evaluaciones y trabajos en las aulas del plantel el día y hora acordados con el profesor. 14. Colaborar en la limpieza o aseo de la institución. 15. No entrar a la sala de profesores, secretaria, rectoría sin debida autorización.

16. No salir sin permiso del aula de clase, cuando se cambia de hora o cuando no este el profesor a excepción cuando el representante del curso salga a llamar al profesor de la clase o por necesidad expresa. 17. No participar o fomentar desordenes en actos públicos (manifestaciones, movilizaciones, marchas, etc) que atenten contra los intereses de la institución 18. No permanecer dentro del aula de clases en horas de descanso o una vez que haya concluido la última hora de clases. 19. Cuando el alumno llegue tarde al plantel debe presentarse ante el coordinador de disciplina o rector. 20. Cuando llegue tres (3) veces atrasado al plantel debe presentarse con los padres de familia ante el coordinador de disciplina o rector. 21. Presentar certificado médico o de especialista si esta impedido para realizar Educación Física. 22. Guardar compostura y respeto en formaciones, iglesias, otros lugares, escuchando atentamente las observaciones que se hacen. 23. No llevar a la institución dinero, joyas, bicicletas, celulares u otros objetos de valor. En caso de perdida la institución no se hará responsable. PARÁGRAFO: Si un estudiante porta celulares deberá utilizarlos sin presentar interrupción de clases u otras actividades; el mal uso de estos elementos se corregirá decomisándolos y serán devueltos al final del año lectivo, se tendrá en cuenta también el debido proceso disciplinario, en caso de no entregarlo. 24. Cuando un alumno por fuerza mayor (enfermedad, calamidad domestica, etc) no pudiese solicitar con anticipación el permiso correspondiente, debe informar y justificarla ausencia de clases inmediatamente se reintegra a sus actividades escolares. Para evaluación y trabajos dejados de rendir en su ausencia, deberá presentar la debida autorización por escrito de coordinación. 25. Los alumnos tienen la obligación de asistir al plantel provisto de los libros, cuadernos y útiles de acuerdo al horario de clases que vayan a utilizar en cada hora. 26. El alumno debe responsabilizarse del cuidado de los objetos de su propiedad balones, textos cuadernos y demás útiles. La institución no puede responsabilizarse de la perdida de los mismos. Sin embargo colaborará en la medida de sus posibilidades para brindar seguridad dentro del establecimiento. 27. Los estudiantes deben acatar y obedecer las órdenes y enseñanzas de sus superiores, no atentar contra el régimen disciplinario y la filosofía del plantel; aceptando y cumpliendo los compromisos que asuman como resultados de ese proceso disciplinario, las faltas reiteradas a una misma norma serán causales para una sanción o matrícula condicional según el caso. 28. Cuando el alumno tenga algún problema de tipo académico, disciplinario o de tipo personal, debe dirigirse en primera instancia al profesor de la materia, en segunda

instancia al director de grupo, en tercera instancia al coordinador y en última instancia al rector. 29. Toda actividad con ánimo de lucro en la cual este presentado el nombre de la institución debe ser programado con anticipación, planteada debidamente y contar con el visto bueno del rector. 30. Informar oportunamente a sus padres y/o acudiente y presentarse con ellos a los llamados que haga la institución. 31. Que los conceptos emitidos, sugerencias y aportes estén enmarcadas dentro de la verdad, la crítica sana y constructiva tendiente a conservar el respeto a directivos, docentes, personal administrativo y compañeros, buscando siempre la buena marcha de la institución. 32. Es deber de los estudiantes permanecer dentro del plantel o en los sitios determinados para las actividades, solamente podrán salir con permiso aprobado por la autoridad competente. 33. Durante las horas de clase y cambios de permiso se debe permanecer dentro del aula. 34. Nunca utilicemos actitudes de insubordinación, rebeldía y desacato a las órdenes impartidas por las autoridades escolares. 35. Debemos respetar la propiedad ajena, sustraer, retener disponer abusivamente de elementos que no sean de nuestra propiedad. 36. Debemos respetar nuestro cuerpo y el de los demás, no intentando actos de inmoralidad que estén en contra del pudor, el honor sexual, las sanas costumbres a honra y la integridad personal. CAPITULO 2. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Ser modelo y testimonio de vida para sus hijos. Participar efectivamente de las actividades institucionales y mostrar constante interés por el progreso intelectual y moral de sus hijos. La formación efectivo – sexual de sus hijos, dando ejemplo de amor, fidelidad, perdón, respeto y paciencia. Fomentar la puntualidad y asistencia regular de sus hijos a la institución, evitando la mentira y el engaño. Mantener relaciones armoniosas con el personal directivo, docente y administrativo que colaboran en la institución. Conocer las amistades de sus hijos, diversiones y descanso estableciendo normas sobre el empleo del tiempo libre, el uso del dinero, paseos, programas de televisión, videos, libros de lectura y revistas. Cultivar el espíritu religioso en la fe, en los valores y las virtudes humanas y cristianas de sus hijos.

Estar siempre dispuestos a mantener el dialogo como mecanismo de acercamiento y unión familiar. Vigilar cuidadosamente la presentación personal de sus hijos, enfatizando en el uso adecuado del uniforme. Proporcionar a sus hijos los útiles e implementos necesarios para facilitar el cumplimiento y desarrollo de su trabajo escolar. Dar aviso oportuno, personal o por escrito de las faltas de asistencia y retrasos, presentando certificado médico en caso de quebranto de salud. Pagar oportunamente sus compromisos: matrícula, restaurante escolar, fotocopias, transporte escolar, Internet y demás servicios establecidos en acuerdo con los padres de familia. Debo expresarme en forma respetuosa de la institución o de los profesores delante de mis hijos, porque sembraré en ellos la buena imagen de las personas que colaboran en si formación y educación. Recibir personalmente los boletines informativos de sus hijos en las fechas señaladas por la institución. Asistir obligatoriamente a las reuniones de padres de familia, jornadas o citaciones que se hagan. Presentarse a retirar la documentación cuando se vean obligados a retirar a sus hijos del plantel. Leer, respetar y hacer cumplir a sus hijos el Manual de Convivencia. CAPITULO 3. DEBERES DE LOS DOCENTES Además de los deberes establecidos en la ley y normas que rigen al Magisterio Colombiano, el papel del docente como propiciador del proceso educativo manifiesta: El amor a la Institución, la dedicación a su trabajo y la responsabilidad ante los compromisos adquiridos. Buenas relaciones con los estudiantes, con los padres de familia y con sus compañeros de trabajo. Ser critico y llevar a la practica las sugerencias que van en beneficio del proceso educativo. Estar dispuesto al dialogo y a la critica constructiva. Interés permanente por rescatar los valores éticos, morales y religiosos. Ejemplo de respeto y tolerancia con todos los integrantes de la Comunidad Educativa. El docente debe ser un constante innovador del proceso educativo. Ser modelo en la demostración de efecto con los estudiantes, evitando los excesos en el trato y la confianza que se brindan.

CAPITULO 4 DEBERES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA La institución educativa tiene el deber de cumplir con las obligaciones estipuladas en la ley 10-98 de 2006 (código de la infancia y de la adolescencia) de la siguiente manera: OBLIGACIONES ESPECIALES (articulo 42). a) Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. b) Brindar una educación pertinente y de calidad. c) Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. d) Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. e) Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. f) Organizar programas de nivelación los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrazados en el ciclo preescolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. g) Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. h) Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. i) Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. j) Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico nacional. k) Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales l) Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, concisión socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL a) Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. b) Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física p sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. c) Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

OBLIGACIONES COMPLEMENTARÍAS a) Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. b) Establecer la detención oportuna y el apoyo y las orientaciones en caso de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. c) Comprobar la afiliación de los estudiantes al régimen de salud. d) Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. e) Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. f) Coordinar los proyectos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. g) Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES. Los directivos y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven a maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los Manuales de Convivencia Escolar. TITULO IV: FALTAS CAPITULO 1 DEFINICIONES GENERALES ART. 1.

Definiciones de faltas:

Las faltas se definen como: GRAVES: Son aquellas que por su naturaleza, motivos determinantes, circunstancias, antecedentes personales del infractor no permiten el logro de objetivos en la formación personal y atentan contra el orden colectivo en la filosofía del plantel. LEVES: Son aquellas que por su naturaleza, características y frecuencia alteran momentáneamente el comportamiento y la disciplina individual o colectiva dentro del plantel. ART. 2.

Marco Conceptual de una Falta:

Las faltas disciplinarias se clasifican como graves o leves con atención a su naturaleza y efectos, circunstancias del hecho, a los motivos determinantes y a los antecedentes personales del infractor, teniendo en cuenta entre otros los siguientes criterios: a) La naturaleza de la falta y sus efectos se aprecian según haya causado perjuicio.

b) Las modalidades y circunstancias del hecho se aprecian de acuerdo con el grado de participación del docente y/o directivo o eximentes. c) Los motivos determinantes se apreciaran según se haya procedido por causas innobles y por nobles o altruistas. d) Los antecedentes del infractor se apreciaran por sus condiciones personales y anotaciones en la hoja de vida, o libro de valoración y seguimiento. ART.3.Circunstancias atenuantes o eximentes Se considera circunstancias que atenúan o eximen de responsabilidad las siguientes: a) b) c) d)

El haber observado una buena conducta anterior. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. El haber confesado voluntaria la comisión de la falta. El haber procurado evitar espontáneamente los efectos nocivos de la falta antes de iniciarse la acción disciplinaria. e) El haber sido inducido a cometer la falta por un compañero u otra persona. f) Cometer la falta en estado de alteración motivada por condiciones o circunstancias difícilmente previsibles y de gravedad externa. ART.4.Circunstancias Agravantes: Se considera como circunstancias que agravan la responsabilidad como las siguientes: a) El haber sido objeto de sanción por mala conducta dentro del año anterior a la comisión a la nueva falta. b) El efecto perturbador que la conducta produzca en la formación del alumno. c) El haber procedido por motivos innobles. d) El haber preparado ponderadamente la falta, e) El haber obrado en complicidad de otra u otras personas. f) El haber cometido la falta para ejecutar u ocultar otra. g) El haber cometido la falta aprovechando la confianza que en el alumno ha depositado sus superiores, compañeros o padres de familia. PARÁGRAFO: Para tener en cuenta las circunstancias atenuantes a agravantes de que tratan los anteriores artículos en este Manual la falta debe estar completamente comprobada. CAPITULO 2. CLASES DE FALTAS 1. Ofender o agredir de palabra o hecho a un superior, compañero o funcionario al servicio de la institución o denigrar de ella (grave). 2. Portar armas, portar y/o usar bebidas embriagantes, cigarrillos, drogas alucinógenas o nocivas para la salud, dentro del plantel. (grave). PARÁGRAFO: Si fuera del plantel se comete esta falta con frecuencia y gravedad de manera que afecten el rendimiento académico personal o colectivo, a la buena marcha y nombre de la institución y la disciplina, la institución podrá considerar lo anterior como una violación al Manual de Convivencia.

3. Ejecutar o participar en actos contra la propiedad ajena, manifestados en: hurto, robo, maltrato, destrucción de elementos pertenecientes a la institución, alumnos, personal docente y administrativo del plantel (grave). 4. Falsificar o adulterar notas de conceptos o documentos similares. (grave). 5. Llegar embriagado, con resaca o fumar en el plantel. (grave). 6. Intento de soborno a los profesores o directivos para arreglar conceptos. (grave). 7.

Irrespetar a los superiores representado en: insubordinación, burla, desobediencia, salir de clases ignorando la presencia del profesor. (grave).

8. No cumplir con las sanciones legalmente impuestas y que han sido informadas. (grave). 9. Hacer letreros o dibujos insultantes contra los superiores, compañeros y personal administrativo. (grave). 10. Utilizar el nombre de la Institución para realizar actividades con ánimo de lucro sin la debida autorización del rector. (grave). 11. utilizar los baños del plantel u otros lugares para realizar relaciones afectivas de parejas. (grave). 12. Salir o entrar al plantel por sitios diferentes a la portada sin el permiso del superior respectivo. evasión de clase. (grave). 13. Porte o tráfico de revistas o material pornográfico. (grave) 14. Asistir al plantel sin el respectivo uniforme, o portarlo inadecuadamente (leve) 15. No asistir a las formaciones cuando sean necesarias. (leve). 16. No asistir a los actos programados del plantel, sin causa justificada. (leve). 17. Fraude o intento de fraude en la realización de evaluaciones y trabajos. (leve). 18. No informar o no presentarse oportunamente con el padre de familia o acudiente cuando el plantel lo requiere. (leve). 19. Violación al reglamento interno de: biblioteca, salones de clase, sala de profesores, oficinas. (leve). 20. Utilizar lugares diferentes a la unidad sanitaria para cumplir sus necesidades fisiológicas. (leve). 21. Salir del salón de clase u otra actividad sin permiso. (leve). 22. Llegar tarde al plantel sin causa justificada. (leve). 23. Desaseo personal continuamente. (leve). 24. No presentar evaluaciones sin causa justificada. (leve).

25. Retraso en la entrada al aula de clases. (leve). 26. Permanencia de los alumnos en el aula de clases durante el descanso después de la última hora de clases, actos programados por el plantel, formaciones y clases de Educación Física. (leve) 27. Inasistencia de los alumnos al plantel sin causa justificada. (leve) 28. Utilizar grabadores, wolman, celulares u otros elementos que entorpezcan el normal desarrollo de clases. (leve). 29. Realizar otras actividades diferentes a las clases correspondientes. (leve) 30. Utilizar el uniforme en sitios diferentes al plantel sin debida autorización sin el respeto que se merece. (leve) 31. Utilizar el servicio de tienda escolar, canchas deportiva, fuera del horario y programaciones respectivas, sin el debido permiso. (leve) PARÁGRAFO 1. El alumno que este ausente en el salón por motivo de atraso injustificado no tendrá derecho a presentar las tareas, lecciones o exámenes que se diera en la (s) hora (s) de ausencia. 2. El alumno que este ausente en el salón de clases por una jornada de igual modo si la ausencia no fuese justificada no tendrá derecho a actividades de evaluación que se hubiesen recibido durante su ausencia. 3. El ausentarse de la Institución sin la autorización respectiva, se dará inicio al proceso disciplinario respectivo. 4. Los celulares, wolman y demás elementos que entorpezcan la clase serán decomisados y entregados al finalizar el año escolar, cuando se utilicen en actividad pedagógica. 32. Aquellas que por su naturaleza gravedad o frecuencia sean consideradas como faltas por el Consejo Académico y directivas de la institución. TITULO V PROCEDIMIENTOS, PROCESOS E INSTANCIAS. CAPITULO 1. GENERALIDADES DEL PROCESO DISCIPLINARIO ART.1.Procesos Disciplinarios: Construye el conjunto de acciones por las cuales se manifiesta, se comprueba y se sanciona una falta.

ART.2.Objetivos del Proceso Disciplinario: a) Hacer valer los derechos y deberes de los alumnos, docentes de la comunidad educativa. b) Establecer hábitos formativos antes que conductas respectivas. c) Evaluar la acción del alumno en razón de la justicia y la convivencia. ART.3.Sobre el Proceso Disciplinario: Cualquier medida disciplinaria debe hacerse teniendo en cuenta el siguiente marco referencial. a) Que ella sea producto de un proceso disciplinario. b) que el procedimiento disciplinario observe los siguientes pasos: La comprobación de la falta, su valoración, el traslado de cargos, la oportunidad de que el alumno sea escuchado en descargos, el aporte de pruebas y controvertir las que se aleguen en su contra, calificación del merito. fallo o medida disciplinaria debidamente notificada por escrito. ART.4.Por Infracción a los Deberes de los Alumnos: Para investigar infracciones al Manual y aplicar correctivos se considera como inmediato superior los siguientes: a) b) c) d) e)

Con relación a una asignatura, el profesor. Con relación al grupo, el director de grupo y/o consejero. Con relación a alumnos en forma individual el coordinador de la institución o el rector. Con relación a la institución, el rector. La elaboración, el registro, el control y manejo de todo el material relacionado con disciplina estará a cargo del coordinador o el rector.

ART.5.Apertura de Investigación: Cuando se establezca violaciones graves al régimen disciplinario que pueda comprometer la responsabilidad de un alumno, el consejo de profesores podrá abrir una investigación disciplinaria mediante proposición motivada en la cual señalará la presunta responsabilidad. Dicha investigación se comunicará al inculpado y al padre de familia o acudiente. ART.6.Etapa de la Investigación Disciplinaria: a) La iniciación de la investigación se hará al momento de ordenarlo la asamblea de profesores y/o directivos. b) Formulación de cargos y llamamiento a descargos, se hará mediante la entrega personal al estudiante en un oficio que deberá contener al menos lo siguiente: o o o o o

Objetivo de la investigación. Pruebas presentadas que demuestren la existencia de tales hechos. Citar el artículo infringido. Certificación del merito de la investigación. Fallo o determinación disciplinaria.

CAPITULO 2. SANCIONES Ante todo, se buscará un acercamiento mediante el dialogo y la conciliación con el fin de prevenir instancias sancionatorias. Este aspecto es fundamental como parte de una sana convivencia y las buenas relaciones que debemos tratar de mantener los integrantes de la Comunidad Educativa. ART.1.Tratamiento Disciplinario de las Faltas Leves: Aquellas faltas que se han considerado leves, tendrán el siguiente tratamiento disciplinario. a) b) c) d)

Llamado de atención verbal. Llamado de atención escrita, con anotación en el libro de comportamiento. disminución en la evaluación del comportamiento. Acta de compromiso firmada por las partes compromisorias.

ART.2.Tratamiento Disciplinario de las Faltas Graves. Las violaciones graves al régimen disciplinario tendrá la siguiente sanción: a) b) c) d)

Retiro temporal en primera instancia por cinco (5) días hábiles. Matrícula de observación. Perdida del cupo para el año lectivo siguiente. Cancelación de la Matrícula.

PARÁGRAFO: Dependiendo de la gravedad de falta y a juicio del consejo Directivo se podrá cancelar matricula o cambiar el orden de los literales a primer termino. Toda falta leve que se repita siendo de naturaleza diferente pero del mismo carácter leve; se infringirá más de tres (3) veces de lugar acumulación de faltas y convierte el hecho en falta grave, que se enmarca en este procedimiento disciplinario. ART.3.Amonestación Verbal: Cuando el inmediato superior del estudiante tenga conocimiento de un hecho que pueda constituir infracción al Manual de Convivencia, citará al alumno dándole a conocer los hechos y la norma infringida con la advertencia del hecho a presentar de inmediato o puede pedir que se verifique al día siguiente. Cumplida la actuación, el coordinador llevará la respectiva acta que se firmará por él y por el alumno en dicha acta se hará constatar la amonestación con copia al padre de familia o acudiente. ART.4.Amonestación Escrita: Cuando el profesor, coordinador o consejero de un alumno que haya sido amonestado verbalmente, tenga conocimiento de un hecho que pueda constituir otra infracción al Manual de Convivencia, citará al alumno dándole a conocer los hechos y la norma infringida, así como su derecho a presentar descargos de inmediato o podrá pedir que se verifique dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación. De tales actuaciones el coordinador levantará acta y enviará una copia de la sanción al padre de familia o acudiente.

ART.5.Acta de Compromiso: Al existir reincidencia del alumno (a) de acuerdo a la falta se citará al mismo, al padre de familia, director de grupo de tal manera de levantar un acta de compromiso con copia a la hoja de vida. ART.6.Sanción formativa: Cuando después de un acta de compromiso existe reincidencia sobre la falta, el coordinador o rector pasará informe al Consejo Directivo quien decidirá la sanción de acuerdo a los siguientes artículos. ART.7.Matrícula Condicional o de Observación: Sanción que limita la permanencia del alumno en el plantel y lo obliga rigurosamente a cumplir el reglamento establecido, la pena de sufrir la cancelación de matrícula. PARÁGRAFO: a) En la notación que se haga de matrícula condicional, constará que esta sanción es fruto de un proceso disciplinario. b) Si al finalizar el año lectivo el alumno presente en su hoja de vida matrícula condicional, se lo admitirá nuevamente bajo los siguientes aspectos: Estudiar el caso por asamblea de profesores La asamblea definirá la situación. Presentar en forma escrita, un compromiso entre alumno, padre de familia, coordinador y el rector. ART.8.Cancelación de Matrícula: Sanción por medio de la cual el alumno que se le ha demostrado plenamente una falta grave se le obliga a retirarse del plantel. PARÁGRAFO: a) La cancelación de matrícula solo podrá se impuesta en una causal previamente establecida en su reglamento y con la autorización del Consejo Directivo. b) Si el alumno presenta cancelación de matrícula en su hoja de vida, y desea ingresar al plantel al siguiente ciclo lectivo, su admisión será sujeta al estudio por la asamblea de profesores. ART.9. La relación de las demás sanciones las llevará el coordinador o rector a si mismo copia de la notificación irá a la hoja de vida del alumno. ART.10. La relación de las faltas y sanciones leves, las llevará el director de grupo coordinador en el libro de valoración y seguimiento

y el

ART.11. La amonestación verbal o escrita será registrada por el coordinador o el rector en los respectivos formatos o libro de valoración y seguimiento. ART.12. La matrícula condicional, la cancelación de matrícula y sanción formativa se hará mediante resolución motivada y será notificada al alumno y padre de familia y fijada en cartelera. PARÁGRAFO: La sanción no se aplicará de forma gradual sino de acuerdo a la gravedad de la falta cometida por el estudiante y la trascendencia en la buena marcha institucional y por recomendación del Consejo Directivo. CAPITULO 3. DERECHOS DE DEFENSA El procedimiento disciplinario tendrá en cuenta el derecho de defensa del alumno que sea objeto de una inculpación, tendrá derecho a: saber de que se le acusa. La norma infringida, pruebas que alleguen a la investigación, a que se practiqué las que el solicite, a ser escuchado y tendrá derecho a interponer los recursos legales como se describe a continuación. Los estudiantes que han sido sancionados tienen derecho al recurso de reposición y al recurso de apelación. A. Reposición: será presentada por escrito ante el coordinador de convivencia o rector que tome la decisión del acto administrativo para que se le aclare, modifique o revoque dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación personal hecha al estudiante o padre de familia. Vencido los términos perderá vigencia y quedará en firme la sanción. En las faltas leves procede solo este recurso. B. Apelación: Se presentará con el mismo propósito ante el inmediato superior, en este caso al consejo Directivo. En los mismos términos de tiempo del anterior recurso. Para ambos recursos se deberá relacionar las pruebas que se pretende hacer valer y dentro del plazo legal sustentado con expresión clara y concreta los motivos de inconformidad. TITULO VI ESTÍMULOS CAPITULO I: ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES ART.1.Matrícula de Honor: Estará exento de pago del aporte por concepto de derechos académicos de acuerdo a la resolución No. 10679 de Agosto de 1984 emanada del ministerio de Educación Nacional en su artículo 2, el alumno de cada curso que finaliza el año escolar se clasifique como el mejor por su aprovechamiento académico y comportamiento. Este artículo también se hará efectivo para los estudiantes que ingresen provenientes de los Centros Educativos Asociados y que cumplan con lo establecido.

PARÁGRAFO: Este estimulo será concedido también a los estudiantes de los Centros Educativos Asociados y en un 50% del valor a los estudiantes del programa de educación de adultos Decreto 3011. ART.2.Menciones de Honor: Se harán acreedores de esta distinción los estudiantes que por su aprovechamiento académico y comportamiento ocupen en cada grado el primero y segundo puesto. Otras Menciones de honor: serán merecedores de esta distinción los estudiantes que sobresalgan por: El mejor deportista en los niveles de primaria, secundaria y media en los sexos masculino y femenino. PARÁGRAFO: Los docentes seleccionaran a los estudiantes que sobresalgan en esta disciplina. ART.3.Mención a la Perseverancia: Para alcanzar este honor los estudiantes debe haber permanecido en el plantel desde el inicio en Preescolar, continuar en la Básica Primaria y Secundaria hasta el último grado que ofrece la institución y que el estudiante no haya perdido ningún año escolar. Esta mención incluye a los estudiantes de los Centros Educativos Asociados. ART.4.Mejor Bachiller: Cuando al finalizar el grado Undécimo, el estudiante haya obtenido buenos resultados a lo largo de su bachillerato que lo hacen sobresalir sobre el resto de sus compañeros de este grado. ART.5.Mejor Estudiante Pruebas ICFES: Será acreedor a este estimulo el estudiante que haya presentado los exámenes de estado (ICFES) y cuyos resultados sobresalen sobre el resto de sus compañeros.

TITULO VII INGRESO AL PLANTEL CAPITULO 1: CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE 1. Cumplir con los requisitos exigidos por el M.E.N. y la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario y los Centros Asociados para el proceso de matrícula. 2. Los estudiantes deben estar respaldados por sus padres o un acudiente para asistirlos en las situaciones que lo requiere cuando el plantel lo solicita.

3. Presentar los documentos autenticados requeridos, legales y no cometer fraude para diligenciar o resolver una situación escolar. 4. Matricularse dentro de la fecha limite establecida por el Consejo Directivo. 5. Asistir regularmente al plantel.

CAPITULO 2. MATRICULAS 1. Definición: La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez al ingresar el estudiante al establecimiento educativo, se debe renovar cada nuevo año, (ley 115, Art.95). La matrícula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales e institucionales vigentes y que cualquiera de las partes pueda dar por terminado en caso de algún incumplimiento parcial o total. PARÁGRAFO Este Manual tiene el carácter de norma disposición legal que regula el contrato de matrícula, la convivencia y la permanencia escolar. Es importante tener en cuenta el fallo de la Corte Constitucional que advirtió. “Las Instituciones no están obligadas a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias”2. Matrícula Extraordinaria: Es la que se realiza después del periodo regular de matrícula y la fecha límite, y las condiciones serán establecidas por el Consejo Directivo, teniendo como máximo el último día del mes de Septiembre. 3. Costo por Derechos Académicos: Se cobrara los costos estipulados por la Secretaria de Educación Departamental para cada año lectivo y se concederán los siguientes descuentos para los estudiantes: Un estudiante paga el 100% del valor establecido. Un hermano tiene el 25% de descuento. Dos hermanos o más el 30% de descuento. Los estudiantes procedentes de hogares de extrema pobreza o desplazados, el rector tiene la autonomía de exonerarlos del pago. CAPITULO 3. REQUISITOS PARA MATRICULA 1. Edad para ingreso a Preescolar: Párvulos tres (3) años diez (10) meses cumplidos. Grado Cero cuatro (4) años diez (10) meses cumplidos. Para iniciar la Básica Primaria debe tener seis (6) años cumplidos, sino ha asistido por lo menos a un año de Preescolar, cinco (5) años y diez (10) meses si ha asistido a ese grado.

2. Requisitos para matrícula del programa de educación de adultos Decreto 3011. Además de los documentos de que trata el artículo anterior, solo podrán ser matriculados a este programa: Las personas con edades de 15 o más años que hayan finalizado el ciclo de educación básica primaria y que demuestren que han estado por fuera del servicio publico educativo formal dos o más años. PARÁGRAFO: El trabajo en el grado de Párvulos se somete a la condición de existencia de un grupo de estudiantes justificable y de la disposición de un docente en la institución. a) Documentos Requeridos: Registro civil de nacimiento. Dos fotografías tamaño cedula en colores. Certifica de estudio expedido por el director del plantel de procedencia, en original. Carné de vacunación y grupo sanguíneo. Certificado médico. Constancia de afiliación a una entidad promotora de salud. Recibo de pago de matrícula, pensión y otros servicios. Carpeta tamaño oficio. PARÁGRAFO: Estudiantes entre los diez (10) y dieciocho (18) años, deben presentar fotocopia de la tarjeta de identidad y los mayores de dieciocho (18) años fotocopia de la cédula. b) Alumnos procedentes de instituciones oficiales y privadas de la Nación: Solicitud verbal dirigida a rectoría. Certificado de estudios de la institución de procedencia, originales. Venir a paz y salvo en todo concepto. Presentar además, todos los requisitos contemplados en e literal a). de requisitos. c) Alumnos antiguos: Certificado de paz y salvo de la institución. Registro de valoración académica. Recibo de pago de matrícula y otros servicios. Tener revalidado el carné estudiantil. d) El plazo para entregar documentación será de quince (15) días hábiles después de gestionar la matrícula académica, caso contrario no se hará efectiva la matrícula.

CAPITULON 4. GESTIÓN ACADEMICA 4.1. COMPONENTE PEDAGOGICO El conocimiento es más acción que especulación, pues esta al servicio de la vida, al mejoramiento de su calidad buscando niveles más agradable y más humanos para los individuos y los colectivos sociales. El conocimiento y la ciencia son un producto social, existen entonces en una sociedad que esta inserta en una cultura determinada, con la que guardan deferentes relaciones, lo que hace que la actividad creadora del pensamiento científico este determinada de muchas maneras por la cultura de la época y una sociedad especifica. En consecuencia la búsqueda del saber y la ciencia son una necesidad cultural del hombre. 4.2. LOS MODELOS PEDAGOGICOS Estos son construcciones mentales que tratan de representar la realidad, prefigurando un conjunto de relaciones que definen un fenómeno con el propósito de facilitar su entendimiento. Los modelos pedagógicos tradicionales reglamentan y determinan lo que se debe enseñar y como hacerlo, los métodos y procedimientos a utilizar, en fin, tratan de moldear ciertas cualidades y virtudes de los alumnos. Los modelos globales son de gran ayuda para reflexionar teorías, principios, categorías universales acerca de las cosas, para la producción de saberes y conceptos pero como método y estrategias han perdido aceptación al igual que la pedagogía tradicional. Para nuestro quehacer, entendemos el modelo pedagógico como la representación de una teoría pedagógica, entendida como el conjunto de principios, orientaciones y recomendaciones interconectadas y estructuras para influir sobre la actividad educativa. Entonces podemos decir que el modelo pedagógico es un conjunto de mensajes que sustentan una forma particular de entender la educación y permiten suponer que a partir de la teoría todos los enunciados fundamentales y complementarios de esta resultan verdaderos u consecuentes. El modelo pedagógico construye la institucionalidad de los colectivos de docentes y su ausencia anarquiza la labor educativa. 4.3. NUESTRO MODELO PEDAGOGICO El constructivismo Social cultural. La base sicológica de este modelo son dos teorías fundamentales del pensamiento de Vigoski, la primera teoría socio-historia y cultural de los procesos superiores que plantea que el conocimiento se construye por medio de las interacciones de los individuos en la sociedad, además de que toda forma de pensamiento es social. El aprendizaje es una internalización social que se da primero entre individuos y luego dentro de una de ellos. Los supuestos básicos de esta teoría son: 1. El conocimiento se construye a través de la interacción del individuo con el entorno socio-cultural. 2. Las funciones sociológicas superiores son sociales y culturales por naturaleza. 3. Los miembros bien informados de una cultura puede ayudar a prender a los otros.

La segunda teoría es la relativa a la zona de desarrollo próximo que afirma que se debe establecer entre lo que el alumno es capaz de hacer y aprender solo y que es capaz de hacer y aprender con la ayuda de otros, observándolas, imitándolas, siguiendo sus instrucciones o colaborando con ellas. La ZDP, porque se sitúa entre desarrollo de nivel afectivo y el nivel de desarrollo potencial; delimita el margen de incidencia de la acción educativa. Lo que el alumno en principio es capaz de hacer o aprender con ayuda de otros podrá hacerlo posteriormente el mismo, por lo tanto la enseñanza eficaz es la que parte del nivel de desarrollo afectivo del alumno, para hacerle progresar a través de desarrollo de la zona próxima, para ampliar y generar posteriormente nuevas zonas de desarrollo próximo. Para que los maestros sean desarrolladores de la ZDP deben comportarse como facilitadotes, orientadores de los procesos de aprendizaje, partiendo de lo que el alumno ya sabe, creando conflictos o problematizando el conocimiento para que motive a indagar los saberes, pero dejando la libertad para que el alumno siga sus propias inclinaciones y siendo el acompañante un apoyo hasta que el joven tenga la suficiente confianza en si mismo y en lo que aprende. La Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, asume este modelo pedagógico de manera flexible expuesto a cambios de acuerdo a la coyuntura del país, regional y local preservando el núcleo teórico básico y las categorías fundamentales del constructivismo. Entre otras características, del modelo adoptado por nuestra Institución se destacan: • •

La importancia de las buenas relaciones interpersonales entre los miembros de la Comunidad Educativa. La relación maestro alumno debe estar centrada en el respeto por el otro, libre de imposición pero dentro de la responsabilidad que implica para el maestro su papel de mediador, lo que posibilita al alumno a disentir o argumentar desde su propia conceptualización.



Como el maestro debe ser un mediador entre el alumno y el contenido de aprendizaje debe resaltarse la importancia de la mediación semiótica que permite integrar el lenguaje como mecanismo para entender como las interacciones sociales influyen en el aprendizaje.



El transito por la zona de desarrollo próximo debe contar con la ayuda del profesor y los compañeros.



La concepción de desarrollo próximo legitima y justifica la existencia e intervención del maestro.



Los contenidos deben moverse desde lo general y hacia lo particular y complejo, sin descartar los aprendizajes multidireccionales.



Cuanto mayor sea el bagaje de herramientas de que el alumno dispone para abordar el objeto de conocimiento mayor riqueza tendrá en su relación con este y mejor interiorizará los conceptos que lo definen.



Los mapas conceptuales son una estrategia de aprendizaje no solo en clases teóricas sino también en la resolución de problemas.



La escritura es la forma más elaborada del lenguaje y los signos son formas de relación comunicativa que tienen una naturaleza y un origen social.



La educación es comunicación, diálogo en la medida que no es la transferencia del saber sino un encuentro de sujetos interlocutores que buscan la resignificación de los dignificados.

Nuestra Institución acepta el constructivismo como un proceso de construcción social dialéctico de conocimientos entendido que no existen conceptos verdaderos o falsos, solo conceptos en estadios previos o más avanzados de elaboración. El maestro es facilitador de los aprendizajes e investigador de su propio quehacer investigativo. El currículo debe ser el resultado de la interacción de maestros y alumnos y de la negociación compartida, sin preocuparse porque las relaciones de igualdad entre maestros y alumnos signifiquen que los roles que asumen sean similares. El cómo enseñar y aprender a concebirse como un proceso abierto y horizontal en el que partiendo de problemas concretos y reales, interesantes y cercanos a los alumnos, estos pongan en fuego su creatividad, iniciativa y sus concepciones personales para formular hipótesis que pueda ser contrastadas con otras supuestas verdaderas, para luego estructurarse y ponerse en práctica. El maestro debe observar y estudiar como aprenden sus alumnos, que tipo de herramientas y en que situación funcionan mejor con el fin de facilitar el conocimiento. En el nivel Preescolar, este enfoque prevé el trabajo a partir de proyectos lúdicos pedagógicos donde el niño aprende, crea y recrea su fantasía, desarrolla su imaginación y creatividad a través del juego y les otorga a las cosas una vida activa y construye una realidad propia y diferente a la que pueda crear el adulto. Estos proyectos deben desarrollar ambientes en los que abunden las actividades lúdicas, emocionantes y significativas que induzcan a la auto realización y a la superación y conlleven a que el niño sea protagonista activo, que se intercomunique, que produzca ideas nuevas y mejores formas de solucionar sus propios problemas, que aprenda, conozca y descubra el mundo, lo verbalice, lo explore, lo investigue y se apropie de el y que vaya conociéndose así mismo, a los otros y construyendo su futuro del mundo de adulto. En básica primaria trabajaremos los proyectos de aula reconociendo que el conocimiento es un proceso inacabado en permanente construcción, donde estudiantes y docentes hacen investigación y donde la intencionalidad es acercarse a los saberes desde diversas disciplinas o áreas que se interrelacionan y sobre todo que tienen una amplia conexión de la vida diaria. La importancia pedagógica de los proyectos de aula se evidencia en lo siguiente: Importancia de la actividad sensoria motriz, básica para la construcción mental de espacios y temporalidad. Importancia de la actividad manual y de trabajo activo como fuente de experiencias y exploración del mundo. Importancia de los procesos de simbolización: dibujo, diálogo, narración, danzas, dramatización. Etc. Los proyectos de aula deben ser la respuesta a preguntas, problemas e hipótesis, debe ser una estrategia interdisciplinar que induzca al trabajo colectivo y grupal.

En básica secundaria debemos fortalecer los procesos a partir de situaciones problémicas vinculadas al problema de la vida y ofreciendo alternativas a la fragmentación de saberes. Podemos utilizar la enseñanza problémica buscando desarrollar las capacidades y potencialidades creadoras del sujeto humano, reivindicando la independencia cognoscitiva del alumno en la construcción del saber y la cultura donde el profesor no transmite verdades acabadas ni definitivas sino que construye y plantea problemas que conjuntamente los alumnos buscan resolver mostrando la lógica de los racionamientos y señalando posibles vías de exploración o puntos de vista diversos para la solución de problemas, revelando la dinámica de las estructuras y planteamientos de problemas y sus contradicciones, identificando y argumentando los diferentes sucesivos pasos de la búsqueda de manera que el alumno sea protagonista de la construcción y aproximación a la verdad. La Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, dentro de su modelo pedagógico constructivista se apropia de los siguientes principios: El conocimiento no es un producto de la mente por si misma sino que se construye en la interacción con los demás y el medio. Las funciones mentales del individuo tiene su origen en la vida social. La clave esencial para la comprensión de procesos pedagógicos, sociales y humanos son los instrumentos y signos empleados para su mediación. Se trabajara en secundaria y media a partir de núcleos temáticos que son conjuntos de contenidos afines integrados por temas que constituyen una unidad conceptual, en una visión globalizadora y sistemática de planeación académica de una o varias disciplinas alrededor de problemas teóricos prácticos que buscan desarrollar en los estudiantes las competencias para desarrollarlos. El resumen del modelo constructivista adoptado por la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, debería producir importantes cambios institucionales entre ellos: Fortalecer las relaciones interinstitucionales, con la sociedad y el medio, desarrollando diversas gestiones y actividades socio-culturales. Promover la actualización de los profesores en todos los campos de la pedagogía y el conocimiento. Establecer criterios de evaluación institucional y académica permanentes que permitan el seguimiento y el fortalecimiento de los conocimientos y de los procesos pedagógicos institucionales. Desarrollar entre alumnos y maestros el pensamiento divergente, la creatividad, el juicio crítico, la capacidad de análisis y síntesis, la concepción humanística de la vida en comunidad, las actitudes y aptitudes investigativas para luchar contra el memorismo, facilismo, la rutina, la agresión y el exceso de normatividad. El estudiante debe asumir una nueva aptitud cognitiva equivalente a aceptar su protagonismo frente a los aprendizajes. Los maestros han de entender que los estudiantes solo aprenden cuando hay enseñanza generadora de significados y sentido y que la construcción del conocimiento se hace en conjunto entre maestro y estudiantes.

4.4. PLAN DE ESTUDIOS El Plan de Estudios en la concreción y materialización del currículo. El propósito ideal de formación que ofrece nuestra institución, los perfiles de los futuros egresados y los contextos de acción, etc. El Plan de Estudios pretende organizar con el enfoque anteriormente descrito y a través de componentes personas, materiales y condiciones que son necesarias para producir los cambios en el alumno, atribuibles al proceso de aprendizaje, es decir que el Plan de Estudios es un todo que no puede ser dividido en partes separadas y su buen funcionamiento depende de cómo interactué entre sus partes más que de cómo actúe cada una de ellas independientemente Nuestro Plan de Estudios estará estructurado alrededor de cinco campos de formación sobre los cuales se aplicarán los enfoques curriculares, los fundamentos, planes, programas y métodos. Estos campos de formación se integran por campos temáticos (disciplinas, áreas, y asignaturas), por núcleos temáticos o núcleos problemáticos de los cuales se desprenden los proyectos de investigación que permiten viabilizar el conocimiento interdisciplinar de la siguiente manera: CAMPO DE FORMACION HUMANISTICO: Los campos temáticos son: Ciencias Sociales, Ciencias Económicas y Políticas, Filosofía, Educación Ética y Educación Religiosa. CAMPO DE FORMACION CIENTIFICO: Ciencias Naturales y Educación Ambiental, Ciencias Sociales, Biología, Química, Física, Matemáticas. CAMPO DE FORMACION TECNOLOGICO: Educación en Tecnología e Informática, Contabilidad, Legislación Laboral, Legislación Comercial y Estadística. CAMPO DE FORMACION COMUNICATIVO: Lengua Castellana e Ingles. CAMPO DE FORMACION LUDICO ESTETICO: Educación Artística, Educación Física Recreación y Deportes, actividades lúdicas culturales y sociales. La intensidad horaria en nuestros Planes de Estudio se especificara por resolución de rectoría y de acuerdo a las normas vigentes en este campo. Los proyectos de área programaciones académicas están realizados incluyendo los estándares ordenados por el Ministerio de Educación y se encuentran organizados por áreas y grados en textos anexos a este documento.

CAPITULO 5. EVALUACIÓN 1.

La evaluación de los educandos en cada una de las áreas será continúa e integral, evaluando cada una de las temáticas tratadas de acuerdo a los indicadores de logros o competencias planeadas con anterioridad y sus principales objetivos serán: Valorar el alcance y obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos. Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la Educación Básica o Media. Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios. Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la Institución y a la actualización permanente de sus planes de estudio (Art.4 Dto. 230).la evaluación académica se realizará de acuerdo a los conocimientos que posibilitan el desarrollo de las competencias y se expresan en informes cualitativos, además de los valores ordenados por el Art. 5 del Decreto 230 (E.S.A.I.D). Se evaluará las temáticas tratadas de acuerdo a los indicadores de logros y competencias planteadas con anterioridad.

En Consejo Académico se realizará la evaluación de disciplina y comportamiento sobre todo de los estudiantes que tengan llamados de atención e inconvenientes dentro y fuera de la institución. La evaluación disciplinaria será independiente de la participación académica. En la realización de las evaluaciones se tendrán en cuenta diferentes estrategias como son: Trabajos en grupo, exposiciones, investigaciones, preguntas orales, ejercicios prácticos, laboratorios, pruebas escritas y exámenes de periodo con preguntas tipo ICFES. Cada docente será autónomo para incluir una evaluación apreciativa a los estudiantes que se destaquen por su responsabilidad, participación y colaboración .etc. Al finalizar el segundo y el cuarto periodo se realizará un examen con preguntas tipo pruebas saber e ICFES las cuales constaran de un número determinado de preguntas de acuerdo a la concertación que realice el consejo académico para cada año lectivo. El valor conceptual de estas pruebas también lo determinara el consejo académico. En lo posible las pruebas escritas se realizarán utilizando esta metodología con el fin de ir acostumbrando al estudiante y facilitar así el desarrollo de las pruebas de estado y elevar el nivel académico del estudiante. 2. Las Tareas Son herramientas de trabajo que utilizará el profesor para profundizar en una temática determinada, para realizar recuperación de temas tratados, como estrategia de recuerdo de conocimientos y sobre todo para conocer las dificultades y/o fortalezas en la comprensión de los conocimientos. El desarrollo de las tareas no debe tomarse como practica de calificación por cada una de ellas, ya que los errores cometidos por los estudiantes no deben servir para

conceptualizar en la escala de valores sino para detectar errores y poder así formular estrategias de trabajo con el fin de obtener buenos resultados. Cuando se pretende que el estudiante realice investigación en biblioteca o cualquier otra fuente se facilitara al estudiante el nombre del libro a consultar y la pagina, así mismo el lugar donde se puede encontrar. Cuando se trata de realizar experiencias el docente entregará todos los pasos a seguir incluyendo los materiales necesarios. Se evaluará durante todo el periodo, con una sola conceptual las tareas realizadas por el estudiante. 3. Las Recuperaciones Con el fin de dar oportunidad de promoción y sobre todo para avanzar en calidad se realizarán tres clases de recuperaciones: Recuperación inmediata del contenido o logro no alcanzado: Se realizará cada vez que el estudiante tenga un insuficiente, deficiente o un aceptable en la evaluación de la temática trabajada. Recuperación del periodo: Una vez terminado el periodo se realizará un refuerzo y una recuperación de evaluación en las áreas o asignaturas que terminen con una definitiva de aceptable, insuficiente y deficiente. Recuperación final: Se realizará a los estudiantes que hayan perdido hasta dos áreas de acuerdo al Art. 9 y 10 del Dto 230 del 11 febrero de 2002. La recuperación del aceptable se realizará en el primero y segundo caso a voluntad del estudiante y docente teniendo en cuenta que por ninguna circunstancia se tiene que bajar en la escala de valores, si esto llegase a ocurrir la conceptual que se tendría en cuenta como definitiva seria el de aceptable. Esto lo realizaremos con el fin de aumentar en calidad y dar cumplimiento con nuestra meta propuesta.

. 4. Meta de Calidad

Nuestra institución se ha propuesto como meta de calidad un 50% mínimo de sobresaliente en cada área por estudiante y un máximo del 5% de insuficiente como lo determina la norma. 5. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES La evaluación debe ser continua e integral. En este sentido no es Terminal, ni vertical, ni es un medio de control disciplinario; es investigativa, descriptiva, interpretativa, humanizante, participativa, conlleva al crecimiento cognitivo, contextual izado y al desempeño personal y social. La evaluación se expresa en juicios valorativos y significa adelantar un seguimiento en los estudiantes acerca de los avances, desarrollos, consolidación del conocimiento y competencias cognoscitivas, procedí mentales, valorativas y de aplicación practica de los saberes. Los informes de evaluación se entregarán al finalizar cada uno de los cuatro periodos del año escolar, más un informe final. Los informes darán cuenta de los avances del estudiante en los procesos formativos, dando información acerca de las fortalezas y dificultades y estableciendo recomendaciones y estrategias para mejorar,

Respecto a la escala valorativa, Comisiones de Promoción y Evaluación, promoción y reprobación de los educandos y las recuperaciones se orientarán por la filosofía del Decreto 230 de 11 de Febrero del 2002. Un estudiante de la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, no será promovido al grado siguiente cuando la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado defina que: a) Haya dejado de asistir el 25% de las actividades académicas durante el año escolar. (Decreto 230. Art.9). b) No alcance los logros en tres o más área, siempre y cuando se hayan adelantado recuperaciones de logros a través del año lectivo y el docente tenga los correspondientes soportes de acuerdo al Decreto 230 del 11 de Febrero del 2002. c) Haya obtenido valoración final insuficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica. d) No exceda el parámetro del 5% de la institución en su conjunto de estudiantes no promocionados (Decreto 230, Art.9 del 11 de Febrero de 2002). PARÁGRAFO: Los docentes deberán realizar actividades de recuperación de los logros no alcanzados en cada uno de los periodos de acuerdo a las concertaciones que se realicen con la Comisión de Evaluación. PARÁGRAFO: Todo estudiante que haya obtenido insuficiente o deficiente en la conceptual definitiva en una o dos áreas, presentará una nueva actividad de recuperación la semana anterior al inicio de clases la cual se fundamentará en un plan elaborado y presentado por el profesor al padre de familia y una acta de compromiso firmada por el estudiante y padre de familia en la se responsabiliza del estudio. Si el estudiante persiste en la insuficiencia en las dos áreas, deberá reiniciar el grado. Si es una sola área se realizará un programa para ser desarrollado durante el primer periodo del año escolar en jornada contraria a la normal. PARÁGRAFO: Cuando el área esta formada por dos o más componentes (asignaturas) y el estudiante pierde una de ellas, deberán reunirse los docentes del área con la Comisión de Evaluación con el fin de analizar la situación, mirar las posibilidades existentes y tomar la respectiva decisión, teniendo en cuenta el número de logros y/o indicadores trabajados en cada asignatura y haciendo la relación correspondiente. PARÁGRAFO: Las actividades de recuperación podrán ser grupales o individuales, y programadas como parte de las labores normales del curso para que el estudiante supere las deficiencias y se realizarán en horas en normales de clase o en horas extraclase y se basarán en trabajos prácticos que incluyan investigaciones, lecturas, talleres, pruebas objetivas, pruebas de libro abierto. Etc. De acuerdo con los logros identificados como no alcanzados.

TITULO VIII MANUAL DE FUNCIONES RESOLUCION No. 074 Octubre 24 de 2007. Por la cual se establece el Manual de Funciones de la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario. El suscrito rector de la Institución Educativa Nuestra Señora del Rosario, en uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO: 1. Que es deber del directivo docente asignar las funciones correspondientes a cada uno de los cargos que funcionan en la Institución. 2. Que se hace necesario estipular las funciones para cada funcionario de acuerdo a lo reglamentado por la ley a las necesidades propias de la Institución educativa. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: -

del

Consejo

Directivo

serán

las

Diseñar su propio reglamento interno. Participar en el manejo y aprobación del presupuesto. Tomar decisiones para solucionar situaciones que afecten el buen funcionamiento de la Institución. Participar en la planeación y evaluación del PEI Establecer criterios para la asignación de cupos Dinamizar y controlar el buen funcionamiento de la Institución. Fomentar la conformación de la Asociación de padres de familia. Determinar la permanencia de los estudiantes y negar el cupo cuanto el debido proceso lo amerite. Aprobar el calendario académico. Analizar y dar un veredicto a las sugerencias de los diferentes Consejos y comités especialmente cuando estas afecten algún miembro de la comunidad educativa. Aprobar el proyecto de costos educativos.

ARTICULO SEGUNDO: -

Las funciones siguientes:

Las funciones del Consejo Académico serán las siguientes:

Organizar y orientar la acción pedagógica del centro educativo. Designar docentes para los respectivos comités de evaluación y promoción. Organizar y ejecutar la evaluación Institucional. Presentar al consejo Directivo el cronograma Institucional. Analizar y determinar la situación académica de cada uno de los estudiantes, en particular de aquellos que necesitan mayor compromiso Institucional.

ARTICULO TERCERO:

Funciones de los Docentes.

Dependen de la coordinación académica y de disciplina. Les compete proporcionar la guía y orientación adecuada a la actividad curricular para que los alumnos logran cambios de conducta propuestos y asimilen los conocimientos trasferidos por los decentes a ellos. Son funciones de los docentes: • • • • • • • • •

Participar en la planeación y programación de actividades académicas del área respectiva. Programar organizar las actividades de enseñanza- aprendizaje del área y asignaturas a su cargo. Participar actuar directamente en la ejecución de actividades complementarias curriculares y extraordinarias. Coordinar y asesorar el proceso de enseñanza- aprendizaje en los alumnos y tomar los correctivos cuando representan deficiencias metodológicas. Participar en la administración de alumnos y presentar los casos especiales a conocimiento del director de grupo, coordinador de disciplina y consejero escolar de acuerdo al caso. Ejercer y cumplir la dirección de grupo cuando sea asignada. Participar en el consejo Directivo y académico cuando sea asignado en asamblea y consenso por sus demás compañeros de trabajo. Responder por el uso adecuado y conservación de elementos de trabajo encomendados a su manejo. Asistir puntualmente a la jornada de trabajo y salir de ella, de acuerdo al horario establecido por la rectoría del plantel.

ARTICULO CUARTO:

Funciones del comité de Evaluación y Promoción.

El Consejo Académico conformara, para cada grado, una comisión de Evaluación y Promoción integrada por un numero de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la Institución y el Rector o su delegado, quien lo convocara y presidirá, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades. En la reunión de la Comisión de Evaluación y promoción al finalizar cada periodo escolar, se analizaran los casos de educandos con evaluación Insuficiente o Deficiente en cualquier área y se harán recomendaciones generales particulares a los profesores, u otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocara a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador respectivo, con el fin de presentarles un conforme junto con el plan de referazo y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Las comisiones además analizarán, los casos de educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación o promoción anticipada. Así mismo, se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada comisión se consignaran en actas y actas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos. Las funciones de este comité son: -

Definir la promoción de los estudiantes al finalizar los diferentes grados y entregar el informe al Consejo Académico.

-

Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario a cumplir por los estudiantes para alcanzar los logros académicos. Hacer seguimiento académico a los estudiantes, especialmente a aquellos que merecen mayor atención y compromiso. Presentar los nombres de los estudiantes al Consejo Académico, cuando de requiera hacer promociones anticipadas, con los argumentos del caso.

ARTICULO QUINTO:

Funciones del Personero de los estudiantes.

El personero será un estudiante del grado Once, elegido mediante elección democrática y participativa, por todos los estudiantes del plantel, en votación secreta, organizada por el Departamento de Ciencias Sociales, son funciones del personero: -

Promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles consagrados en la Constitución Política, en las Leyes y Decretos vigentes en este Manual. Recibir y evaluar los reclamos presentados por los alumnos sobre lesiones a sus derechos y las formuladas por cualquier persona de la comunidad, por incumplimiento de los deberes de los alumnos. Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando la necesidad lo requiera. Apelar ante el Consejo Directivo sus decisiones respeto a las decisiones presentadas por los estudiantes. Fiscalizar las reuniones del Consejo de estudiantes. Rendir informe sea al Consejo de Estudiantes, al Consejo Directivo, o bien a ambos de los aspectos negativos y positivos, que merezcan tenerse en cuenta para la información de la comunidad. Asistir puntualmente a las reuniones del Consejo de Estudiantes.

ARTÍCULO SEXTO: Funciones del Rector: El Rector es la primera Autoridad administrativa y docente del plantel. Tiene la responsabilidad de lograr la oferta por parte de la Institución de los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De el dependen el Coordinador Académico y Disciplina, los docentes y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar. Son funciones del rector: -

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Representar legalmente al plantel. Presidir los comités de administración del fondo de servicios Docentes, Directivo y académico y participar en los demás cuando lo considere conveniente. Establecer criterios para dirigir la Institución de acuerdo con las normas vigentes. Planear y organizar con el coordinador las actividades curriculares de la Institución. Establecer canales y mecanismos de comunicación. Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas. Elaborar anteproyectos tanto del presupuesto como del fondo de servicios docentes; en elaboración con el pagador presentados al Ministerio o Entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo a las normas vigentes. Ordenar el gasto del plantel. Administrar el personal de la Institución de acuerdo a las normas vigentes. Administrar los bienes del plantel en coordinación con el pagador y el almacenista. Dirigir y participar en la ejecución del programa Anual de Evaluación de la Institución y enviar el informa a la Institución administrativa correspondiente.

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Asignar en su ausencia temporal las funciones de Rector al coordinador, de acuerdo a las normas vigentes. Dirigir la preparación del proyecto Educativo Institucional con la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la Institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad y dirigir su ejecución. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos Inter.institucionales para el logro de las metas educativas. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar novedades e irregularidades del personal a la Secretaria de Educación Municipal, Departamental, o a quien haga sus veces. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente y en su selección definitiva. Distribuir y hacer cumplir las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia. Realizar la evaluación del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. Imponer sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación. Suministrar información oportuna al Departamento o Municipio, de acuerdo con sus requerimientos. Responder por la calidad de la presentación del servicio de su institución. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses. Administrar el fondo de servicios educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley. Publicar una vez al semestre, en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de de familia, docentes a cargo se cada asignatura, los horarios y carga docente de cada uno de ellos. cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo, el Gobernador o Alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.

ARTICULO SEPTIMO.

Funciones del Coordinador Académico y de Disciplina.

El coordinador Académico y de Disciplina depende del rector del plantel. Le corresponde la administración académica y disciplinaria de la institución y bajo su dependencia están los jefes de departamento y por relación de autoridad funcional. Los profesores y estudiantes, Sus funciones serán las siguientes: -

Participar en el consejo académico, en el comité de evaluación y promoción, en el comité de convivencia y administración de alumnos y en otro que sea requerido. Colaborar con el rector en la planeación y evaluación Institucional. Dirigir la planeación y programación académica, administración de alumnos y profesores de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares. Organizar a los profesores por Departamentos de acuerdo a las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de sus objetivos. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores. Establecer canales y mecanismos de comunicación.

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Dirigir, supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los jefes de Departamento. Presentarlos al rector para su aprobación. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. Administrar el personal a su cargo de acuerdo a las normas vigentes. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las actividades de su dependencia. Presentar al rector las necesidades de material didáctico de los Departamentos. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración de los alumnos. Coordinar la acción de la unidad a su cargo con****** Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia. Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO OCTAVO:

Funciones del Secretario Académico:

El secretario académico depende del rector. Le corresponde llevar el registro y control de los aspectos legales de la Institución. Sus funciones serán las siguientes: -

Programar organizar las actividades propias de su cargo. Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matricula, admisiones, registros. Colaborar en la organización y ejecución del proceso de matricula. Elaborar las listas de los alumnos para efectos docentes y administrativos. Mantener ordenada y actualizada la documentación de los alumnos, personal docente y administrativo. Llevar el registro de servicio de funcionarios de la institución. Colaborar con el rector en la elaboración de informes estadísticos y en el informe financiero a presentar en secretaria de educación y contraloría. Gestionar ante la secretaria de Educación el registro de los libros reglamentarios, certificados de estudio y tramitar los diplomas. Organizar el archivo en forma funcional y elaborar las certificaciones y constancias que les sea solicitadas. Refrendar con su firma las certificaciones expedidas por el rector del plantel. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de 7:00 – 1:00 p.m y de 3:00 p.m -6:00 p.m para un total de 45 horas semanales. Atender al público en el horario establecido. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

ARTICULO NOVENO:

Funciones del Bibliotecario.

El bibliotecario depende del Rector. Le corresponde administrar los servicios de biblioteca y asesorar en la adquisición de información. Sus funciones serán las siguientes: -

Elaborar el plan anual de su dependencia de acuerdo con las actividades académicas programadas y presentarlo al rector para su aprobación. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico. Establecer y mantener material bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados. Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas por su dependencia y rendir informe oportuno al rector. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de 7:00 am – 1:00 p.m y de 3:00 p.m – 6:00 pm para un total de 45 horas semanales. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

ARTICULO DECIMO: Funciones del Celador Uno El celador depende del Rector: lleva a cabo las tareas de vigilancia de los bienes del plantel. Sus necesidades serán las siguientes. -

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Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado. Controlar la salida y entrada de personas, vehículos y objetos del plantel. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de 7:00 am – 1:00 p.m y de 3:00 p.m – 6:00 pm (sección secundaria) sábados y domingos de 1:00 p.m – 6:00 p.m (sección primaria) para un total de 55 horas semanales. Cumplir con las demás funciones que le sea asignada con la naturaleza de su cargo. Colaborar con todas las actividades que se programen en beneficio de la Institución para las que sea citado (a) por la rectoría. Los celadores deberán cumplir con sus obligaciones ya sea en primaria y /o secundaria de acuerdo a la necesidad existente y a la programación realizada por la rectoría.

ARTICULO DECIMO:

Funciones del Celador dos

El celador depende del rector. Lleva a cabo las tareas de vigilancia de los bienes del plantel. Sus funciones serán las siguientes. -

Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado. Controlar la salida y entrada de personas, vehículos y objetos del plantel. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente las anomalías detectadas. Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel. Colaborar con la prevención y control de las situaciones de emergencia. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de lunes a domingo de 7:00 p.m a 5:00 a.m. para un total de 70 horas semanales (10 horas extras). Cumplir las demás funciones que le sea asignada de acuerdo a la naturaleza de su cargo. Colaborar contadas las actividades que se programen en beneficio de la institución para las que sea citado (a) por la rectoría. Los celadores deberán cumplir con sus obligaciones ya sea en primaria y/o en secundaria de acuerdo a la necesidad existente y a la programación realizada por la rectoría.

ARTICULO DUODECIMO:

Funciones del Personal de Servicios Generales:

El personal de servicios generales esta encargado del aseo, el embellecimiento y conservación de los salones, jardines y zonas verdes del plantel y depende del rector. Sus funciones serán las siguientes. -

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Velar por el aseo y buena presentación de las áreas o zonas que le hayan asignado. Velar por el buen estado y conservación de oficinas de directivos Docentes y personal administrativo, salones de clase (pupitres, biblio-bancos, ventanales, puertas) local de biblioteca, sala de profesores, laboratorios, sistemas, proyecciones, baños, zonas verdes y jardines de la institución informar oportunamente las anomalías detectadas. Velar por la conservación y seguridad de los implementos puestos bajo su servicio. Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia. Prestar servicios de mensajera, cuando el rector lo requiera. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas e informar oportunamente sobre las mismas. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de 7:00 a.m. – 10: a.m. y de 3:00 p.m. 5:00 p.m. y domingos 2:00 p.m. 6:00 p.m. para un total de 44 horas semanales. Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. Efectuar reparaciones pequeñas y que estén al alcance del funcionario.

ARITULO TRIGECIMO:

Funciones del Conductor:

El conductor depende del rector. Lleva a cabo las funciones de conducción de los vehículos institucionales. Y sus funciones son: -

cumplir con la programación general diaria que se realice por parte de la rectoría. Recoger a los estudiantes en el sitio programado y a la hora señalada. Dar un trato amable y cordial a los beneficiarios del transporte. Mantener limpios los vehículos de la institución. Efectuar las reparaciones necesarias y que estén a su alcance. Realizar el mantenimiento adecuado de los vehículos. Cumplir con todas las normas de transito exigidos por la ley. Ejecutar trabajos relacionados con el transporte de estudiantes, docentes directivos y administrativos según la necesidad y la orden impartida por el rector. Ejecutar trabajos de transporte de carga cuando la ocasión lo amerite. Colaborar en todas las actividades que se realicen en benefician de la institución y que sean requeridas por la rectoría. Informar en rectoría de las novedades que se presenten en cuanto a comportamiento de estudiantes, fallas de transporte y todo aquello que tenga que ver con su trabajo. De acuerdo al decreto 1042 de 1978 en su articulo 33, debe cumplir la jornada laboral legalmente establecida de 5:00 a.m. – 11:00 a.m. y de 1:00 p.m.- 3:00 p.m. sábado de 2:00 p.m. a 6:00 p.m. para un total de 44 horas semanales. Controlar el ingreso de personas no autorizadas a los vehículos. COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dada en el despacho de la rectoría de la institución a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de 2007.

ESP. EDUARDO RODRÍGUEZ Rector

HOMERO TORO PALADINES Secretario

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