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"TRABAJOS PRELIMINARES DE LA OBRA "REHABllITACI~~;E LA CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFU , ENCARNACION DE DIAl"
CONTRATO NO. AYTO-ENC15-18/015/15 NO. CONCURSO: MEO 15-18/00M/C.lNV-09/2015
INOICE 1.
INVITACION A CONCURSO
2.
RESPUESTA DE INVITACION AL CONCURSO
3.
BASESDE LlCITACION
4.
INSCRIPCIONAL CONCURSO
5.
VISITAAL LUGAR DE OBRA
6.
JUNTA DE ACLARACIONES
7.
PRESENTACIONDE PROPUESTAS
8.
FALLO y ADJUDICACION DE LA OBRA
9.
DATOSDE LA EMPRESA/COMPROBANTEDE NO ADEUDO FISCAL
10.
OFICIO DE VALlDACION DE OBRA
11.
CONTRATO
12.
PROYECTOEJECUTIVODE OBRA a. UBICACiÓN b. ESTUDIODE MECANICA DE SUELOS c. PROYECTOARQUITECTONICO d. CATALOGO DE CONCEPTOS e. PRESUPUESTO f. TARJETADE ANALlSISDE PRECIOSUNITARIOS g. EXPLOSIONDE INSUMOS h. PROGRAMA DE OBRA
13.
ORDEN DE TRABAJO
14.
OFICIO DE AVISO DE INICIO DE OBRA
15.
DESIGNACION DE RECIDENTEY SUPERVISOR
16.
FIANZA DE GARANTIA DE ANTICIPO CUMPLIMIENTO,VICIOS OCULTOS
17.
ESTIMACIONES+NUMEROSGENERADORESDE OBRA + FOTOS+ FACTURAS(XLM)(ANTICIPO)
18.
MEMORIA FOTOGRAFICA
19.
PRUEBADE CONTROL DE CALIDAD
20.
ACTA DE ENTREGARECEPCION(municipio-comité municipio)
vecinal) (constructora-
21.
ACTA ADMINISTRATIVADE EXTlNCIONDE DERECHOSY OBLIGACIONES
22.
COMPROBANTE DE PAGO DE RETENCION5 AL MILLAR
23.
COMPROBANTE DE INGRESOA LA HACIENDA MUNICIPAL BITACORA
Obra
1. INVITACION AL CONCURSO
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CONCURSO POR INVITACiÓN N" DE OBRA: 07.2/C. CONV.E/2015 H. AYUNTAMIENTO
DE ENCARNACiÓN DE DíAZ, JALISCO 04 DE NOVIEMBRE DEL 2015
INVITACiÓN No. MEO lS-18/00PM/C.lNV-09/201S A S U N T O:
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N V ITA CiÓ N
C. MARíA GUADAlUPE RODRíGUEZ ESPINOSA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS MIRANDA DEL POTosí, S.A. DE C.v.
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de Encarnación de Díaz, Jalisco; a través de la Dirección de Obras Públicas, en apego a lo que establece la ley Obra Pública del Estado de Jalisco en sus Artículos ~26, 104 fracción 11,105, 106 fracción X y del 176 al 181, tiene a bien, comunicarle que: .
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En caso de aceptar la invitación, se compromete a presentar su propuesta de acuerdo al calendaao previsto. En caso de negativa, le agradeceré notificarlo por escrito a la mayor brevedad posible. En espera de su participación, aprovecho la ocasión para enviar a usted un cordial saludo.
GOBIERNO MUNICIPAL
. , Teléfonos: (475) 953-2391 / / / 953-2001 ., d' . ConstltuC/on Patacto Municipal SIN Enc ernecion e Díaz,jalisco CP 47270
CONCURSO POR INVITACiÓN N° DE OBRA: 07.2/e. CONV.E/2015 H. AYUNTAMIENTO DE ENCARNACiÓNDE OrAl, JALISCO 04 DE NOVIEMBRE DEL2015 INVITACiÓN No. MEO 15-18/DOPM/C.INV-09/2015 A S U N T O:
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N V ITA CiÓ N
ING. EDGAR MEDINA ~RA EXCAVACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V.
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El Municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco; a través de la Dirección de Obras Públicas, . apego a lo que establece la Ley Obra Pública del Estado de Jalisco en sus Artículos ¡04 fracción 11,105,106 fracción X y del 176 al 181, tiene a bien, comunicarle que:
Por lo que deberá presentarse dentro de los siguientes 5 (cinco) días a más tardar en las Oficinas de la Dirección de Obras Públicas ubicada cita en calle Constitución, Palacio Municipal S/N, Zona Centro para recibir las bases y documentos necesarios sin costo alguno. En caso de ace~tar la invitación, se compromete a presentar su propuesta de acuerdo al caléndarlo previsto. ¡{n caso de negativa, le agradeceré notificarlo por escrito a la mayoRbrevedad posible. .,',,'''',
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En espera de su participación, aprovecho la ocasión para enviar a usted un cordial saludo.
ATENTAMENTE
"JUNT_QSAVANZAMOS"
GOBIERNO MUNICIPAL
Teléfonos: (475) 953-2391 / / / 953-2001 Constitución Palacio Municipal S/N Encarnación de Díaz,Jalisco CP 47270
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2. RESPUESTA DE INVITACION AL CONCURSO
3. BASES DE LICITACION
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5. VISITA AL LUGAR DE OBRA
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6. JUNTA DE ACLARACIONES
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7. PRESENTACION DE PROPUESTAS
CONCURSO POR INVITACIÓN
W DE OBRA: 07.2/C. CONV.E/2015 INVITACIÓN No. MEO lS-18/00PM/C.lNV-09/201S
lUNTOS AVANZAMOS Encarnación de Díaz ',_, u!"",,
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Lo~ precios de contrato permanecerán fijos, hasta la terminación de los trabajos. I ajuste se a~I.lcara ~ .Ios costos directos, conservando constantes los porcentajes de in \. utilidad originales durante el ejercicio del contrato.
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Su aplicación será conforme al programa de ejecución pactado en el contrato o en su caso . de existir atraso no imputable al contratista, con respecto al programa vigente. ' ,
.\ En los p~oc~dimientos.~nteriore~, la revisión será promovida por la Dirección General de Obras Publl.~as a solicitud. escrita del contratista, la que deberá ir acompañada de ~ documentación comprobatoria necesaria.
~~~{~!~~:;~:~:i~~~:Jo ¿~~~t:~i::~:t~~~~I~~:~~~i!~~ la contrato, si la solicitud de aj~~~~Sm~eor r~~~~v~s al mes en
ue termin~ ~ficialmente
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~? consta en el regis~rode ingreso a ~ravés d~ I~e~~:~~i~~ ~~~~falla~~~~I~~d~'ú~rbiens . le.n, no se acampana la totalidad de la docume t . , '. teas, o mcisos siguientes, "EL MUNICIPIO" no está obli dn acion compr~batorla descritas en los de ajustes de precios (escalatoria). ga o a erogar cantidad alguna por concepto El contratista se obliga a pr t r . Obras Públicas, misma quee~:~e~~~~Icltud de :scalatoria dirigida al Director General de siguiente: r acampanada de la documentación comprobatoria a) Copia del relativo de los índices Nacional d . que .se trate, señalado por la Dirección Genera e Precios al,C?nsumidor de los meses de publicado por el Banco de México. al de Obras Publicas, de conformidad con lo b)UNElnClpsluO"c. aso, copia de recalendarizaciones Y/ o prorrogas ' autorizadas por "EL M c) Explosión parcial de insumas. d) .Formato proporcionado por la Dirección Gen ' . y en CD). eral de Obras Publicas con la información
soucítada. (Impreso
e~ ~a.ber finiquitado administrativament I Viqésima cuarta de este contrato. e a obra conforme a lo estipulado en la cláusula
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A "REHABILITACiÓN DE . S y PAVIMENTOS DE LA OBR ACiÓN DE DíAZ" CONSTRUCCiÓN DE TER::i:ER~ LA COLONIA E~ R~.F~GIO, ;~~~~~7.2/C. CONV.E/15 CALLE 20 DE NO~~ pública. Concurso por Invltaclon,. NOE· 15_18/ÓOM/C.INV-09/2015
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DÉCI.MASEGU~D~'!~::~il~~!~~
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No. de Concurso.M TO ENC15-18/015/15 No. De Contrato:AY -
"EL CONTRATISTA" conviene en que, toda v~~~~: la Industria de la cons~u?c~Ó~j~~~~~)~:1~~~dirá y
~ssm~~~;;:d~::~~~~:~~~ig~e~u q~=ci:~nfO~:~:~~1:sc~~~e;:~o;jfac~:~d;~rt~~le~~~~~~~~~ expresara . ra ser entregado a a am I Encargado de 1;:~~~~~~~~~~sA ~~~:'~ gt~rga su más almpliot~~~S~~;i~ii~~~O ~a~~I~~~~ importe de las '. "EL MUNICIPIO" retenga a can la Tesorena de d s a la Contraloría del Estado. mismas para ser entrega o . ALES Las partes acuerdan baj~ su DÉCIMA TERCERA. CONVENIOS ADICI~~tas m~dificar los contratos de Obra publica responsabilidad y por razones fundad~s Y eXPediantela suscripción por una sola vez de un o de servicios relaqionados con la ~Isma, na or al 25% veinticinco por ciento del monto convenio adicional el cual no P?dra ser m y sustanciales al proyecto original, en los pactado en el contrato, ni implicar vanaclo~esObra pública del Estado de Jalisco. Las términos del artículo 74 y 75 de la L~y . ticas del tipo de obra pactada en el contrato. modificaciones no deben afectar las carac ens I . . . d artes de la Dirección General de "EL CONTRATISTA" deberá ~ntregar en 1~~~~la~~c~n~rato,para su valoración, solicitukObras Públicas, dentro del período de e!e~ s anexando el presupuesto, el proqrama de dirigida al Director General de. ?~ras ~ub.lca , demás de la recalendarización o prorrogas ~ obra marcando las fechas de nucio y termino, a autorizadas.
% veinticinco por ciento del valor inicial .pre~upuest,a_d_o __ n caso de ~~~~R~~~~A~;~~~e;á dejar de trabajar en la obra, sin perjutcio par . de la obra, . .. G I d Obras Públicas deterrnín SI es UNICIPIO" En este caso la Dlrecclon enera e . isideraci . "EL factible conti'nuar con la obra, caso en el. cual lo. so~~t~ra a consi eracio MUNICIPIO" y éste determinará en que modalidad se tnscribirá la obra.
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con la obra, se considerará en b En caso de que "EL CONTRATISTA" continúe . "EL MUNICIPIO", sin costo alguno para este. DÉCIMA CUARTA. VICIOS OCULTOS. Cuando aparecieren des_perfe.ctos, lOS, irregularidades o cualesquier anomalía de la obra dentro de los ,~ (dos) an.osslgulente~.a ~--,fecha del acta de recepción correspondiente, "EL MUNICIPIO ordenara su reparación o reposición inmediata, lo que hará "EL CONTRATISTA" por s.u~uenta y s~~tener derecho,~ retribución. Si "EL CONTRATISTA" no atendiere los requerimientos de EL MUNICIPIO este podrá, con cargo a "EL CONTRATISTA" encomendar los t~ab.aJosa un ter~ero o efectuarlos directamente y hará efectiva la fianza estipulada en el inCISOb) de la clausula quinta. Ni las liquidaciones parciales o el pago total de la obra, aunque esta haya.sid~ reci~ida y aprobada, exime al "CONTRATISTA" de la responsabilidad en que pudiere mcurnr p. vicios ocultos, defectos, irregularidades y/o anomalías que resulten después de la fecha el acta de recepción y, por lo tanto, "EL MUNICIPIO", se reserva el derecho de reclamar indemnización por dichos conceptos, así como por la obra faltante o mal ejecutada, en cualquier momento. \ DÉCIMA QUINTA. REPARACIONES. Cuando las obras no se hayan realizado de acuerdo '\ con lo estipulado en este contrato o conforme a las instrucciones de "EL MUNICIPIO", éste ordenará su reparación o reposición inmediata con las obras adicionales que resulten J necesarias, los cuales hará por su cuenta "EL CONTRATISTA" sin que tenga derecho de retribución alguna; en este caso "EL MUNICIPIO", si lo estima necesario, podrá ordenar la suspensión parcial o total de las obras contratadas en tanto no se lleven a cabo dichos trabajos, y sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para la terminación de las obras previsto en la cláusula tercera. DÉCIMA SEXTA. DAÑOS A TERCEROS. "EL CONTRATISTA" será el único responsable de los daños y perjuicios que con motivo de la obra se causen a "EL MUNICIPIO" o a terceros, por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las disposiciones dadas por éste o por las violaciones a las leyes y reglamentos aplicables. DÉCIMA SÉPTIMA. SUBCONTRATOS. "EL CONTRATISTA" no podrá encomendar ni subcontratar con otra persona física o jurídica la ejecución total o parcial de la obra, salvo autorización expresa previa y por escrito de "EL MUNICIPIO". DÉCIMA OCTAVA. OBLIGACIONES OBRERO-PATRONALES. "EL CONTRATISTA" será el responsable de las obligaciones obrero-patronales ante las diversas instituciones y Página 6 de 10
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CONSTRUCCiÓN DE TERRACERíAS y PAVIMENTOS DE LA OBRA "REHABI'-:ITACIÓ~ DE CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFUGIO, ENCARNACION DE DIAZ" Contrato de Obra Pública. Concurso por Invitación; No. de Obra: 07.2/C. CONV.E/15 No. de Concurso: MEO 15-18/DOM/C.INV-09/2015 No. De Contrato: AYTO-ENC 15-18/015/15
organismos públicos, así como con quienes les suministren materiales para la misma, por lo que "EL MUNICIPIO" será ajeno a cualquier reclamación proveniente de dichas relaciones. DÉCIMA NOVENA. SUSPENSiÓN DE LA OBRA. De conformidad con los artículos 76 y 77 de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco, las partes convienen en que "EL MUNICIPIO" podrá suspender temporal o definitivamente la ejecución de la obra objeto de este contrato sin responsabilidad para este, en cualquier estado en que se encuentre, dando aviso por escrito a "EL CONTRATISTA", con 15 quince días hábiles de anticipación; cuando la suspensión sea temporal, "EL MUNICIPIO" informará a "EL CONTRATISTA" la duración aproximada de la suspensión y el programa se modificará por el plazo correspondiente. Cuando la suspensión sea definitiva será rescindido el contrato cubriéndosele CONTRATISTA", previa estimación, el importe de la obra que haya realizado; responsable por la obra ejecutada en los términos de la cláusula décima cuarta.
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Cuando "EL MUNICIPIO" determine suspender las obras y lo ejecutado se ajuste a lo pactado, en este caso se cubrirá a "EL CONTRATISTA" el importe de las obras ejecutadas y además daños y perjuicios que le ocasione dicha suspensión. VIGÉSIMA. SUPERVISiÓN. "EL MUNICIPIO" a través de la Dirección General de Obras~ Públicas que para efectos de éste contrato se le denominará como el representante, tendrá el derecho a supervisar en todo tiempo las obras objeto de este contrato y dará a "EL CONTRATISTA" por escrito las instrucciones y observaciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, a fin de que se ajuste al proyecto y modificaciones que.~ __
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consideren convenientes. VIGÉSIMA PRIMERA. CALIDAD DE LOS MATERIALES. Es facultad de "EL M llevar a cabo la inspección y pruebas necesarias de todos los materiales que va a usa en la ejecución de la obra, ya en el lugar de este o en los lugares de ad uisici fabricación, con cargo a "EL CONTRATISTA". VIGÉSIMA SEGUNDA. RESIDENTE DE OBRA. Por su parte "EL CONTRAT q,.;...~~obliga a tener en el lugar de los trabajos a un profesional especializado en la materia represente, el que deberá previamente ser aceptado por "EL MUNICIPIO" Y aceptación la podrá revocar a su criterio. El representante de "EL CONTRATISTA" deberá estar facultado para ejecutar los trabajos a que se refiere este contrato así como para aceptar y objetar las observaciones de obra que se formulen y en general para actuar a nombre y cuenta de "EL CONTRATISTA".
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VIGÉSIMA TERCERA. VERIFICACiÓN DEL AVANCE DE LA OBRA. "EL MUNICIPIO" verificará que las obras objeto de este contrato se estén ejecutando por "EL CONTRATISTA" de acuerdo con el programa de obra aprobado, y conforme a las especificaciones pactadas, para lo cual comprobará periódicamente el avance y calidad d las obras en la inteligencia de que la obra mal ejecutada se tendrá por no realizada. VIGÉSIMA CUARTA. "El CONTRATISTA" se obliga a finiquitar administrativamente la obra, lo cual consiste en entregar firmadas las actas de recepción y minuta de obra por los funcionarios representantes de las Dependencias involucradas, asegurándose de que se haya amortizado el total del importe del anticipo otorgado, esto deberá realizarse en un plazo no mayor de 30 treinta días naturales contados a partir de la fecha autorizada en el contrato para terminar la obra. En caso de que existiera recalendarización por concepto de diferimiento en el pago del anticipo, y/o prórrogas en tiempo para terminar la obra autorizada mediante firmas del supervisor, jefe del área y el Director de Construcción, la nueva fecha de término de la obra será la indicada en la recalendarización y/o última prórroga autorizada. Si no se hiciera en el plazo señalado, "EL CONTRATISTA" cubrirá pena convencional conforme a lo estipulado en la cláusula vigésima quinta de este contrato. VIGÉSIMA QUINTA. PENA POR INCUMPLIMIENTO EN TIEMPO. Si "EL CONTRATISTA" no concluye la obra en la fecha señalada en la cláusula tercera, cubrirá como pena convencional, el 0.1 % cero punto uno por ciento diario, del importe total de la obra presupuestado, hasta su terminación y finiquito de la misma a satisfacción de "EL MUNICIPIO", cuyo monto total no excederá del 10% diez por ciento del importe del contrato. De conformidad con el artículo 64 párrafo VII de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco. Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o fuerza mayor o por cualquier otra causa, que a juicio de "EL MUNICIPIO" no sea imputable a "EL CONTRATISTA", Página 7 de 10
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CONSTRUCCiÓN DE TERRACERíAS y PAVIMENTOS DE LA OBRA "REHABILITACiÓN DE CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFUGIO, ENCARNACiÓN DE DíAZ" Contrato de Obra Pública. Concurso por Invitación; No. de Obra: 07.2/C. CONV.E/15 No. de Concurso: MEO 15-18/DOM/C.lNV-09/2015 No. De Contrato: AYTO-ENC 15-18/015/15
Independientemente de las aplicaciones de las penas señaladas anteriormente "EL MUNICIPIO" podrá exigir el cumplimiento forzoso del contrato, o hacerlo ejecutar por un tercero con cargo total a "EL CONTRATISTA". VIGÉSMA SEXTA. RESCISiÓN. Las partes convienen en que el presente contrato podrá ser rescindido en caso de incumplimiento, y al respecto aceptan que cuando sea "EL MUNICIPIO" el que determine rescindirlo, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial; si es "EL CONTRATISTA" quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante el Tribunal de lo Administrativo en el Estado de Jalisco y obtenga la declaración correspondiente. Lo anterior, de conformidad con el artículo 88 de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco. VIGÉSIMA SÉPTIMA. CAUSAS DE RESCISiÓN. "EL MUNICIPIO" puede rescindir administrativamente este contrato, sin necesidad de declaración judicial, si se da cualquiera de los eventos siguientes: 1. Si "EL CONTRATISTA" no inicia o termina las obras objeto de este contrato en la fech~ señalada en la cláusula tercera, y no exista prórroga otorgada por parte de "E-.:;L __ MUNICIPIO".
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2. Si "EL CONTRATISTA" suspende injustificadamente las obras o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellas que hubiere sido rechazada por escrito como defectuosa o incompleta por "EL MUNICIPIO". 3. Si "EL CONTRATISTA" no ejecuta las obras de conformidad con lo estipulado contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por escrito .n",,.......1.I:MUNICIPIO" . 4. Si "EL CONTRATISTA" no da cumplimiento al programa de obras, a juici MUNICIPIO" . 5. Si "EL CONTRATISTA" es declarado en concurso mercantil o en quiebra o su si' de pagos o si hace cesión de bienes en forma que afecte a este contrato, o por la falta~-_"'" pago de salarios, prestaciones sociales, sindicales y laborales de cualquier índole. 6. Si "EL CONTRATISTA" subcontrata o cede la totalidad o parte de las obras objeto de este contrato, o los derechos derivados del mismo, sin el consentimiento previo y por escrito de "EL MUNICIPIO". 7. Si "EL CONTRATISTA" no da a "EL MUNICIPIO" Y a las instituciones oficiales que tengan facultad de intervenir, las facilidades y datos necesarios para inspección, vigilancia y ...--__:" supervisión de los materiales, trabajos y obras. 8. Si reduce su capital social en forma notable que a juicio de "EL MUNICIPIO" no garantic el cumplimiento de las obligaciones de este contrato. 9. Si "EL CONTRATISTA" no contrata y mantiene vigente las fianzas estipuladas en su cargo en este contrato. 10. Cuando "EL CONTRATISTA" incumpla con cualesquier obligación del presente contrato, o de cualesquier disposición que resulte aplicable. VIGÉSIMA OCTAVA. PAGO POR RESCISiÓN. Si "EL MUNICIPIO" opta por la rescisión por causas imputables a "EL CONTRATISTA", éste último estará obligado a pagar a "EL MUNICIPIO" por concepto de daños y perjuicios una pena convencional igual al monto de la fianza a que se refiere el inciso b) de la cláusula quinta. VIGÉSIMA NOVENA. RECEPCiÓN DE OBRA CONCLUIDA. "EL MUNICIPIO" recibirá la obra objeto de este contrato a más tardar el día 28 veintiocho de febrero 2016 dos mil dieciséis, si la misma hubiere sido realizada de acuerdo con las especificaciones convenidas y demás estipulaciones de este contrato, según lo siguiente: a) "EL CONTRATISTA" avisará por escrito a "EL MUNICIPIO" la fecha de terminación de las obras, que en ningún caso será posterior a la estipulada en la cláusula tercera. b) Al término de la obra, se levantará acta de recepción, con lo cual se dará por terminada y entregada la obra. La recepción de las obras y liquidación de su importe, se efectuarán sin perjuicio de los descuentos que deban hacerse por concepto de sanciones en los términos de este contrato. Página 8 de 10
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CONSTRUCCiÓN DE TERRACERíAS y PAVIMENTOS DE LA OBRA "REHABILITACiÓN DE CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFUGIO, ENCARNACiÓN DE DíAZ" Contrato de Obra Pública. Concurso por Invitación; No. de Obra: 07.2/C. CONV.E/15 No. de Concurso: MEO 15-18/DOM/C.INV-09/2015 No. De Contrato: AYTO-ENC 15-18/015/15
VIGÉSIMA NOVENA BIS. RECEPCiÓN PARCIAL DE OBRA. "EL MUNICIPIO" podrá recibir parcialmente las obras objeto de este contrato, según lo siguiente: a) Cuando sin estar terminada la totalidad de la obra, las partes de los trabajos ejecutados se ajusten a lo convenido y pueda ser utilizada a juicio de "EL MUNICIPIO", en este caso se liquidará al "EL CONTRATISTA" lo ejecutado. b) Cuando de común acuerdo "EL MUNICIPIO" Y "EL CONTRATISTA" convengan en dar por terminado anticipadamente el contrato, en este caso, las obras que se reciban se }, liquidarán en la forma que las partes convengan, conforme a lo establecido en este contrato. e) Cuando "EL MUNICIPIO" rescinda el contrato en los términos de la cláusula vigésima séptima, en este caso la recepción parcial quedará a juicio de "EL MUNICIPIO", Y liquidará el importe de los trabajos que decida recibir. d) Cuando el Tribunal de lo Administrativo en el Estado de Jalisco, declare rescindido el contrato, en este caso, se estará a lo dispuesto por la resolución respectiva.
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n la fecha de la entrega parcial, se levantará acta de recepción, con lo cual se dará por ~ ntregada la obra, describiéndose, en su caso, el avance de la misma, los faltantes y defectos que se detecten durante la inspección previa a la entrega. La recepción parcial de s obras y la liquidación de su importe, se efectuarán sin perjuicio de los descuentos que deban hacerse por concepto de sanciones en los términos de este contrato. l. ,1
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TRIGÉSIMA. DEDUCCiÓN DE ADEUDOS. Si al recibirse las obras y efectuarse la liquidación correspondiente existieran deductivas o cualquier otra oblig n o responsabilidad para con "EL MUNICIPIO" a cargo de "EL CONTRATISTA", el' porte de las mismas se descontará de las cantidades a cubrirse por "EL MUNICIPIO", Y i no fueren suficientes, se hará efectiva la fianza estipulada en el inciso a) o b) de la el' us . ta, según corresponda.
'\ TRIGÉSIMA PRIMERA. REINTEGRO DE ANTICIPO. Cuando por causa inju tificada o nTl1~~.-c......1 '\ rescisión de contrato "EL CONTRATISTA" dejase de amortizar el anticipo torgad~o~s~~~.N \ sujetará a lo dispuesto por el artículo 194 de la Ley de Obra Pública del Estado e alisco, \para el cual indica que debe reintegrarse en un plazo no mayor de 10 diez días r eontados a partir de la notificación de rescisión, de no ser así, deberá pagar ga:;")o+-_7 financieros conforme a la tasa de recargo que se establezca en la Ley de Ingresos vigente. Los gastos financieros se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días calendario desde que se venció el plazo hasta la fecha en que se ponga la cantidad a disposición de la contratante. TRIGÉSIMA SEGUNDA. "LAS PARTES" convienen que el presente contrato se sujete a las disposiciones contenidas en las leyes y reglamentos que sean aplicables al presente acto. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción del Tribunal de lo Administrativo en el Estado de Jalisco. "LAS PARTES" manifiestan que el presente contrato lo celebran sin coacción, dolo, violencia, lesión o mala fe que pudiera afectar de nulidad la voluntad de las partes en el contrato. Leído que fue el presente contrato y enteradas "LAS PARTES" de su alcance, lo ratifican y firman en tres tantos así como en presencia de dos testigos en el municipio de Encarnación de Díaz, Jalisco; el día 3 tres de diciembre del año 2015, dos mil quince. "EL MUNICIPIO"
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CONSTRUCCiÓN DE TERRACERíAS y PAVIMENTOS DE LA OBRA "REHABILITACiÓN DE CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFUGIO, ENCARNACiÓN DE DíAZ" Contrato de Obra Invitación; No. de Obra: 07.2/C. CONV.E/15 Concurso: MED 15-18/DOM/C.INV-09/2015 o. De Contrato: AYTO-ENC 15-18/015/15
C. EDIN APODERADO GENERAL DE LA EMPRESA D "EXCAVACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V."
LA PRESENTE FIRMA CORRESPONDE AL CUERPO DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA EN BASE A CONCURSO POR INVITACiÓN Y POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE ENCARNACiÓN DE DíAZ Y POR SIGNADO BAJO LA OTRA "EXCAVACIONES PROFESIONALES, SA DE MODALIDAD DE RECURSOS FEDERALES DEL FONDO DE CONTINGENCIAS ECONÓMICAS 2015 PARA LA INVERSiÓN. "CONVENIO C". CONSISTENTE EN 10 DIEZ FOJAS ÚTILES POR SU ANVERSO, INCLUYENDO ESTA, SUSCRITO EL DíA 3 TRES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 DOS MIL QUINCE.--------------------------------------------------------
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San Luis Potosí,S.L.P.a 14 de Octubre de 2015.
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13. ORDEN DE TRABAJO
14. OFICIO DE AVISO DE INICIO DE OBRA
15. DESIGNACION DE RECIDENTE y SUPERVISOR
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Obra
16. FIANZA DE GARANTIA DE ANTICIPO, CUMPLIMIENTO, VICIOS OCULTOS.
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Afianzadora ASERTA, S.A. de C.V., Grupo Financiero ASERTA. RFC:AAS9207314T7 Periférico Sur 4829, Piso 9 Col. Parques del Pedregal México 14010. D.F. Teléfono: (55) 5447-3900
Fianza Código FoUQ: .Monto Monto
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3658-05326-4 vKdYOSE 1710184 $476,365.80 $476,365.80
PÓLIZA DE FIANZA Lugar y Fecha de Expedición: México D.F., 8 de Enero de 2016
Moneda:
Movimiento: Emisión
Vigencia: De conformidadcon el textode la pólizade fianza.
MXN
Fiado: EXCAVACIONES PROFESIONALES, S.A. DE C.V.
Afianzadora ASERTA, SAo DE C.V., Grupo Financiero ASERTA, en uso de la autorizaciónque le fue otorgada por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaríade Hacienday Crédito Público en los términos de los Artículos 11" Y36" de la Ley de Institucionesde Seguros y de Fianzas,se constituyefiadora: Ante: A FAVOR Y A SATISFACCiÓN DEL MUNICIPIO DE ENCARNACiÓN DE DiAZ, JALISCO
A FAVOR· Y A SATISFACCIÓN DEL MUNICIPIO DE ENCARNAClÓN DE DÍAZ, JALISCO, CON DOMICILIO EN PRESiDENCIA MUNICIPAL DE ENCARNA,CION DE DIAZ,. JALISÓ:l¡ UBICADO EN LA CALLE CONSTITUCION PALACIO MUNICIPAL S/N, COLONIA CENTRO, ENCARNACION DÉ DIAZ, JALISCO ,PARA GARANTIZAR.POR EXCAVACIONES PROFESIONALES, S.A. 'DE C.V., CON DOMICILIO EN SANTA MARTHA NO. 156, COL. SANTO TOMAS, C.P: 78433, SOLEDAD DE' GRACIANO SANCHEZ, S.·L.P... y R.F.C. EtPR130207QG7, EL GUMPLIMIENTO y, LA BUENA CALIDAD DE. LAS OBRAS EJECUTADAS ASI COMO LA REPARACION DE tos VICIOS OCULTOS QUE PUDIERAN l';PARECER Y QUE LES' SEAN. IMPUTABLES A LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A SU CARGO EN EL CONTRATO DE OBRA PUBLICA EN B,ASE A CONCURSO POR INVITACION y POR TIE:MPO EÍETERMINADO NO;"'AYTO"ENC 1.5-18/015.115, DE FECHA 03 DE DICIEMBRE DE 2015, RELATIVO A: C.oNSTRUCCION DE TERRACERIAS ''1\ PAVIMENTOS 'DE LA OBRA "REHABILITACI0N DE Cl';LLE 20 DE' NOVIEMl?RE E1'I :j:,lCCOLONIA EL REFUGIO, ENCARÑJ\.CION DE DIAZ", CON 'UN' IMPORTÉ TOTAL DE $4 '763,658.04 (COATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA' y, TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA y OCHO PESOS, 04/10Ó M.N.). LA .PRESENTE FIANZA SE CONSrrTUYE DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LAS CLAUSULAS DEL CONTRATO ALUDIDO; ESTA FIANZA ESTARA EN VIGOR DESDE LA FECHA DÉ" SU EXPEDICION y HASTA DOCE MESES CONTANDO A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE RECIBA DE CQNFORMIDAD LA TOTALIDAD DE LA OBRA, CONFORME AL ACTA DE ENTREGA-RECEPCION FORMAL. DE LA MISMA, CUALQUIER RECLAMACION CON CARGO A ESTA FIANZA SE DEBERA PRESENTAR POR ESCRITO DENTRO DE LA VIGENCIA, EN EL CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA S,E HAGA EXIGIBLE, QUE PARA CANCELAR LA FTANZA SERA REQUISITO INDISPENSABLE -LA AUTORIZACION EXPRESA Y POR ES·CRITO DEL MUNICIPIO DE ENCARNACIÓN DE DÍAZ, JALISCO, AFIANZADORA ASERTA; S.A. DE C.V., GRUPO FINANCIERO !,SERTA, PAGARA A EL MUNICIPIO DE ENCARNACIÓN DE DÍAZ, JALISCO, LA CANTIDAD bE: $476,365.80 (CUATROCIENTOS SETENTA y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA y CINCO PESOS 80/100 M.N.) EN CASO DE QUE SU FIADA INCUMPLIERE TOTAL O PARCIALMENTE CON LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS EN EL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS Y EL FIADO SE SOMETEN EXPRESAMENTE A LA LEY DE INSTUTUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS y A LA JURISDICCI,ÓN' Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD DEGUADALAJARA, JALISCO. , LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACEPTA QUE EN CASO QUE L,l). PRESENTE GARANTÍA SE HAGA EXIGIBLE, SE' SOMETERÁ AL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LOS ARTTCÚLOS 279 Y 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, EN RELACIÓN DE LOS ARTS. 166 Y 178 DE LA PROPIA LEY; Y LA RESPONSABI.LIDAD.QUE ASUME AL EXPEDIRLA EN NINGUN CASO PODRA EXCEDER DE LA CANTIDAD POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA.***FINDEL TEXTO***
PARA VALIDAR LA AUTENTICIDAD DE ESTA PÓLIZA INGRESA A www.aserta.com.mx CLAUSULAS IMPORTANTES AL REVERSO DE ESTA PÓLIZA Esta fianza es nula para garantizar operaciones de crédito aun cuando el texto de la misma diga lo contrario. De conformidad con el articulo 214 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas LAAFIANZADORA podrá usar equipos y medios electrónicos, 'i el uso de los medios de identificación en sustitución de la firma autógrafa producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y tendrán el mismo valor probatorio. Con la aceptación de esta póliza, el beneficiario manifiesta expresamente su consentimiento para que J'I.FIANZADORA ASERTA,S.lL DE C.V., GRUPO FINANCIERO ASERTA, y los documentos modificatorios a su favor, indistintamente en fama escrita o a través de medios emita las fianzas electrónicos. Esta fianza es la impresión de un documento digital el cual ha sido emí.t ioo de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio respecto a la Firma Electrónica Avanzada. Con la aceptación de esta póliza y con el fin de ~stablecer proviene de LA AFIANZADORA, se acuerda en los términos del artículo 90 bis del Código de Comercio, que la fianza electrónica como procedimiento de identificación y validación de la misma, la cotenc íón del certificado de autenticidad disponible en la JAIME página de Internet www.aserta.com.mx. para todos los efectos legales. Forma parte de esr.a póliza el anexo:"NORMATIVIDAD A LA PÓLIZA DE: FIANZA". APLICABLE
LíNEA DE VALIDACiÓN ElR XVI-I-MMXVI
MANUEL ELlZONDO RUEDA
'. NORMATIVIDAD APLICABLE A LA PÓLIZA DE FIANZA 1.- En toda ¡x':iizactorgooa per la AFIANZADORA, sus derectvs y otligadones se eoo.eman regulades sotre la situociá1 re! aslllto, ya sea ju:!icia, acmristraivo o de cuaJqt.ierolra naturaeza, paa el qJe se por la Ley de Institucionesde Seglla; y de Ranzas en adelanle (USF), en lo no prENistopr la USF, se haya ctcrgldo la fianza. 10.1 La AFIANZADORA se considera de aO'edita:la sdveocia M 16 pá[ato aplicarála legisiocián mercanti y a f¡jta de dispoi'icián expresa, el Código Ovil Federal.(M 183 L1SF);la prirrero USF y M 18 prirrer párrafo USF. 10.2 Si la AAANZJlDORA 00 clfT'!lle con la obigacán ¡xíliza ssá rurrsraca a igual que sts endooos deliendo conlener, €f1 su caso, indicacirnes que glrartizada en la ¡x':iiza demo de la; ¡jazos leg¡jes para su cufTlllrri€f1lo, deba-á abñr al acreaJer oorriristrativarnente fijen la SeO'etaria de Hacienda y Crédito Púl:lico, en adelante SHCP y la ColTisián indelm~cián por rrora eononre al M 283 USF. 10.3 Ninguna autoridad podrá Ijar mayer ilf!lOrte para Naciona de Segurosy Ranzas, en ooliante CNSF (M 166USF). las fianzas que ctorguen las AFIANZADORAS,que el señalooo paa de¡xísitos en efectivo u
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15/03/2016
H, AYUNTAMIENTOENCARNACIONDE DIAZ
EXCAVACIONES PROFESIONALESSAoDE ev.
2015-2018
21 de enero de 2016
CONSTRUCCION DETERRACERIASY PAVIMENTOSDE LA OBRA "REHABILlTACIONDE CALLE20 DE NOVIEMBREEN LA COLONIA ELREFIGIOENCARNACION DE DIAl"
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CONSTRUCTORA:
DIRECCION: TElEFONO R.F.C.: CIUDAD:
EXCAVACIONES
PROFESIONALES
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SANTA MARTHA 156 SANTO TOMAS, SOLEDAD SANCHEZ SAN LUIS POTOSI
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SANTA MARTHA 158 SANTO TOMAS, SOLEDAD DE QRACIANO SANCHEZ, SAN L.UIS POTOSI, 4441001882 EPR1S0207QG7 SAN LUIS POTOSI SAN LUIS POTOSI
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TERRACERIAS EL PROYECTO "REHABILITACION CALLE 20 DE NOVIEMBREEN LA COLONIA EL REFUGIO, EN ENCARNACION DE DIAZ: CUENTA CON UNA BASE DE TERRAPLEN (TEPETATE) UNA CAPA DE 20 CM Y UNA BASE HIDRAULlCA (TEPETATE MEJORADO CON GRABA 1 112")
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PROFESIONALES
SA. DE CV.
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OIRRECCION: TEL.EFONO:
4441001882
R.F.C.: CIUDAD' f''li,¡::C{
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TERRACERIAS EL PROYECTO "REHABILITACION CALLE 20 DE NOVIEMBREEN LA COLONIA EL REFUGIO, EN ENCARNACION DE DIAZ: CUENTA CON UNA BASE DE TERRAPLEN (TEPETATE) UNA CAPA DE 20 CM Y UNA BASE HIDRAULlCA (TEPETATE MEJORADO CON GRABA 1 112")
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PROfESIONALES
SAo DE CV.
ESTIMACION N·1
TELEFONO: R.F.C.: CIUDAD: ,
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EXCAVACIONES
PROFESIONALES
SAo DE CV.
H. AYUNTAMIENTO ENCARNACION DE DIAZ
2015·2018
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2015-2018
31de diciembre de 2015 21 de enero de 2016
CONSTRUCCION DE TERRACERIAS y PAVIMENTOS DE LA "REHABILlTACION DE CALLE 20 DE NOVIEMBRE EN LA COLONIA EL REFIGIO ENCARNACION DE DIAZ"
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CONTRATISTA: EXCAVACIONES
PROFESIONALES
SAo DE CV. ESTIMACION No. 2
DIRECCION:
AV SANTA MARIA NO. 1945 SANTA MONICA, SAN LUIS POTosi
TRABAJOS EJECUTADOS EN LA OBRA CONTRATO DE OBRA PUBLICA
TELEFONO: R.F.C.:
AYTO-ENC
TIPO DE OBRA:
EPR130207QG7
15-18/014/2015
PAVIMENTACION
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I-__U_BI_CA_C_IÓ_N_D_E_LA_O_B_RA_: __ -+_=E:!.:!N~C!:!A:!.:!R:!.:!N!:!ATC~IO~N!-,D~E~D!!:IAZ=-_'
CIUDAD:
PERIODO:
31.dic.15
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CANTIDADES DE OBRA PARTIDA
CONCRETOS CONCREU
CONCEPTO
BANQUETA DE CONCRETO HIDRAULICO ACABADOCON BROCHA DE PELO DE fc=150kg/cm2 DE 8 cm. DE ESPESOR T.M.A. 3/4". INCLUYE: CIMBRADO, DECIMBRADO, SUMINISTRO DE CONCRETO, COLADO PUEBAS DE LABORATORIO P.U.O.T.
ESTACION
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ANCHOAL INICIO
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ANCHOAL INICIO
ANCHOAL FINAL
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1,01
20,00
0,00
0,00
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2,02
2,29
2,16
20,00
0,00
4
ANCHOAL FINAL
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MARGENIZQUIERDO
MARGE
11' 0+340 - 0+360 0+360 • 0+380
CRUCE CON CALLE PEDRO SANCHES
0,00
0+380 . 0+400
0,85
1,66
1,26
2,29
2,56
2,43
20,0.0
25,10
4
0+400·0+414.70
1,66
1,68
1,67
2,56
2,75
2,66
20,00
33,40
5
0+414.70" 0+420
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
(
0+420 - 422.64
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
(
0+422.64·0+440
1,68
3,01
2,35
2,75
3,28
3,02
20,00
46,90
0+440 - 0+460
3,01
3,02
3,02
3,28
3,02
3,15
20,00
60,30
9
3,01
3,02
3,02
3,45
3,24
20,00
60,30
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3,00
3,01
3,45
0,00
1,73
16,40
49,26
0+460 • 0+482.05 0+482.05·0+496.4
3,02 3,01
TOTAL MARGENES
CRUCE CON CALLE 4 DE JULIO
275.28
APROCHESCREVlSAR CROQUIS) JO
TOTALES ",ll!!
-
ES LA SlJt#\ DE BANQUETA EN MARGEN IZQUIERDO MAS MARGEN DERECHO DE LA CALLE, 20 DE NOVIEMBRE Y LA CHAPUL TEPEC ,.
776,2200
.:
TOTALETECLEADO
RASp
EDGAR MEDINA LARA
'e
41
20,20
775,22
ESTIMACION
CONTRATO
DE OBRA
PUBLICA,
N° 2 DOS
1512015
100
21 -e ne-.18
CALLE 20 DE NOVIEMBRE
BANQUETA DE CONCRETO HIDRAULlCO ACABADOCON BROCHA DE PELO DE fc=150kg/cm2 DE 8 cm. DE ESPESOR T.MA 3/4". INCLUYE: CIMBRADO, DECIMBRADO, SUMINISTRO DE CONCRETO, COLADO PUEBAS DE LABORATORIO P.U.O.T.
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CONTRATISTA: EXCAVACIONES
OIRRECCION:
PROFESIONALES
SAo DE
CV.
SANTA MARTHA 158 SANTOTOMAS, SOLeDAD DE ORACIANO SANCHEZ,SAN LUIS POTOSI,
TELEFONO: 4441001892 R.F.C.: CIUDAD: ;:;."" -=)~,,!o;;.
EPR130207Q07 SAN LUIS POTOSI SAN LUIS POTOSI Sü' "- -,. ~RQQU¡S-< '!,
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CONTRATISTA: EXCAVACIONES PROFESIONALES SA. DE CV. ESTIMACION
SANTA MARTHA 1151SANTO TOMAS, SOLEDAD DE ORACIANO SANCHEZ, SAN L.UIS POT()I{,
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