TIPOS DE LICENCIAS URBANISTICAS / TRAMITES
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LICENCIA DE URBANIZACIÓN Es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos, privados, la construcción de las obras de infraestructura de servicios públicos, de vías que permitan la adecuación y dotación de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen, complementen y demás normatividad vigente.
LICENCIA DE SUBDIVISION Es la autorización previa para dividir uno o varios predios, ubicados en suelo rural, urbano o de expansión urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente aplicable a las anteriores clases de suelo. Cuando la subdivisión de predios para urbanizar o parcelar haya sido aprobada mediante la respectiva licencia de urbanización o parcelación, no se requerirá adicionalmente de la licencia de subdivisión
LICENCIA DE SUBDIVISION EN LA MODALIDAD DE RELOTEO: Es la autorización para dividir, redistribuir o modificar el loteo de uno o más predios previamente urbanizados, de conformidad con las normas que para el efecto establezcan el Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen y complementen.
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA:
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para adelantar obras de edificación en terrenos no construidos.
EN LA MODALIDAD DE AMPLIACION:
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
EN LA MODALIDAD DE ADECUACION:
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para cambiar el uso de una edificación existente o parte de ella, garantizando la permanencia total o parcial del inmueble.
EN LA MODALIDAD DE MODIFICACION:
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida; entendiéndose por área construida la parte edificada que corresponde a la suma de las superficies de los pisos, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.
EN LA MODALIDAD DE RESTAURACION:
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y adaptar un inmueble o parte de este , con el fin de conservar y revelar sus valores estéticos, históricos o simbólicos.
EN LA MODALIDAD DE REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sismo-resistente de acuerdo con los requisitos de la Ley 400 de 1997 o la norma que la adicione, modifique o sustituya y su reglamento.
EN LA MODALIDAD DE DEMOLICION
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para derribar total o parcialmente una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios y deberá concederse de manera simultánea con cualquiera otra modalidad de licencia de construcción, salvo cuando se trate de proyectos de renovación urbana, del cumplimiento de orden judicial o administrativa o de la ejecución de obras de infraestructura vial o de servicios públicos domiciliarios que se encuentren contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial o en los instrumentos que lo desarrollen y complementen.
EN LA MODALIDAD DE RECONSTRUCCION
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización que se otorga para volver a construir edificaciones que contaban con licencia o con acto de reconocimiento y que fueron afectadas por la ocurrencia de algún siniestro. Esta modalidad de licencia se limitará a autorizar la reconstrucción de la edificación en las mismas condiciones aprobadas por la licencia original, los actos de reconocimientos y sus modificaciones.
EN LA MODALIDAD DE CERRAMIENTO
LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN
Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.
RECONOCIMIENTO DE EDIFICACION (ES)
Es el acto mediante el cual el Curador Urbano reconoce la existencia de una construcción adelantada sin licencias, antes del 27 de junio de 2003. .
MODIFICACION DE LICENCIAS
URBANIZACION
MODIFICACION A LA LICENCIA DE:
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. Se entiende por modificación de la licencia, la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten espacios de propiedad pública. Las modificaciones de licencias vigentes se resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás reglamentaciones que sirvieron de base para su expedición. En los eventos en que haya cambio de dicha normatividad y se pretenda modificar una licencia vigente, se deberá mantener el uso o usos aprobados en la licencia respectiva.
PARCELACION
MODIFICACION A LA LICENCIA DE:
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. Se entiende por modificación de la licencia, la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten espacios de propiedad pública. Las modificaciones de licencias vigentes se resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás reglamentaciones que sirvieron de base para su expedición. En los eventos en que haya cambio de dicha normatividad y se pretenda modificar una licencia vigente, se deberá mantener el uso o usos aprobados en la licencia respectiva.
SUBDIVISION RURAL O URBANA
MODIFICACION A LA LICENCIA DE:
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. (Numeral 4 del Artículo 7 del Decreto Nacional 1469 de 2010). Se entiende por modificación de la licencia, la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten espacios de propiedad pública. (Parágrafo 1 del Artículo 15 del Decreto Nacional 1469 de 2010)
CONSTRUCCION
MODIFICACION A LA LICENCIA DE:
Es la autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. (Numeral 4 del Artículo 7 del Decreto Nacional 1469 de 2010). Se entiende por modificación de la licencia, la introducción de cambios urbanísticos, arquitectónicos o estructurales a un proyecto con licencia vigente, siempre y cuando cumplan con las normas urbanísticas, arquitectónicas y estructurales y no se afecten espacios de propiedad pública. (Parágrafo 1 del Artículo 15 del Decreto Nacional 1469 de 2010).
REVALIDACION DE LICENCIAS El interesado podrá solicitar, por una sola vez, la revalidación de la licencia vencida, entendida ésta como el acto administrativo mediante el cual el curador urbano o la autoridad encargada de la expedición de licencias urbanísticas, concede una nueva licencia, con el fin de que se culminen las obras y actuaciones aprobadas en la licencia vencida, siempre y cuando el proyecto mantenga las condiciones originales con que fue aprobado inicialmente, que no haya transcurrido un término mayor a dos (2) meses desde el vencimiento de la licencia que se pretende revalidar y que el constructor o el urbanizador manifieste bajo la gravedad del juramento que el inmueble se encuentra en cualquiera de las siguientes situaciones: 1. En el caso de licencias de urbanización o parcelación, que las obras de la urbanización o parcelación se encuentran ejecutadas en un cincuenta (50) por ciento. 2. En el caso de las licencias de construcción por unidades independientes estructuralmente, que por lo menos la mitad de las unidades construibles autorizadas, cuenten como mínimo con el cincuenta (50) por ciento de la estructura portante o el elemento que haga sus veces. 3. En el caso de las licencias de construcción de una edificación independiente estructuralmente, que se haya construido por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de la estructura portante o el elemento que haga sus veces. Las revalidaciones se resolverán con fundamento en las normas urbanísticas y demás reglamentaciones que sirvieron de base para la expedición de la licencia objeto de la revalidación, tendrán el mismo término de su vigencia y podrán prorrogarse por una sola vez por el término de doce (12) meses. (Tomado del Artículo 49 del Decreto Nacional 1469 de 2010.
OTRAS ACTUACIONES
Se entiende por otras actuaciones relacionadas con la expedición de licencias, aquellas vinculadas con el desarrollo de proyectos urbanísticos o arquitectónicos, que se pueden ejecutar independientemente o con ocasión de la expedición de una licencia.
OTRAS ACTUACIONES
Se entiende por otras actuaciones relacionadas con la expedición de licencias, aquellas vinculadas con el desarrollo de proyectos urbanísticos o arquitectónicos, que se pueden ejecutar independientemente o con ocasión de la expedición de una licencia.
CERTIFICADO DE AJUSTE DE COTAS DE ÁREAS:
OTRAS ACTUACIONES
Es la autorización para incorporar en los planos urbanísticos previamente aprobados por el curador urbano, la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias, la corrección técnica de cotas y áreas de un predio o predios determinados cuya urbanización haya sido ejecutada en su totalidad.
CONCEPTO DE NORMA URBANISTICA:
OTRAS ACTUACIONES
Es el documento informativo que se otorga a un interesado para informarle sobre las Normas de Urbanismo y/o Construcción que reglamenta a un predio (lote y/o construcción) ubicado en un sector del municipio, de acuerdo a las normas municipales vigentes
CONCEPTO USO DE EL SUELO:
OTRAS ACTUACIONES
Es el documento informativo que se otorga a un interesado para informarle sobre que uso es permitido en un predio o edificación, ubicado en un sector del municipio, de acuerdo a las normas municipales vigentes.
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS:
OTRAS ACTUACIONES
Es la certificación que otorga el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias de que la copia adicional de los planos es idéntica a los planos que se aprobaron en la respectiva licencia urbanística
APROBACION DE PLANOS DE PROPIEDAD HORZONTAL:
OTRAS ACTUACIONES
Es la aprobación de los planos arquitectónicos que otorga el Curador Urbano, los cuales deben corresponder fielmente al proyecto de parcelación, urbanización o construcción aprobado mediante licencias urbanísticas o el aprobado por la autoridad competente cuando se trate de bienes de interés cultural. Estos deben señalar la localización, linderos, nomenclatura, cuadros de áreas generales y específicas de cada una de las unidades privadas y de las áreas y bienes de uso común. Este requisito o trámite es indispensable para poder constituir o actualizar un Régimen de Propiedad Horizontal ante una Notaría y ante la Oficina de Instrumentos Públicos.
AUTORIZACION PARA EL MOVIMIENTO DE TIERRAS:
OTRAS ACTUACIONES
Es la aprobación correspondiente al conjunto de trabajos a realizar en un terreno para dejarlo despejado y nivelado, como fase preparatoria de futuras obras de parcelación, urbanización y/o construcción. Dicha autorización se otorgará a solicitud del interesado, con fundamento en estudios geotécnicos que garanticen la protección de vías, instalaciones de servicios públicos, predios aledaños y construcciones vecinas.
APROBACION DE PISCINAS:
OTRAS ACTUACIONES
Es la autorización para la intervención del terreno destinado a la construcción de piscinas en que se verifica el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad definidas por la normatividad vigente.
APROBACIÓN TAPASOL Y MARQUESINAS:
OTRAS ACTUACIONES
Es la aprobación que otorga el Curador Urbano para permitir la colocación de tapasoles y marquesinas según las normas vigentes municipales. vigente.
REFACACIONES LOCATIVAS:
OTRAS ACTUACIONES
Se entiende por refacciones o mejoras locativas aquellas obras que tienen como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de higiene y ornato sin afectar su estructura portante, su distribución interior, sus características funcionales, formales y/o volumétricas.
CERTIFICADO DE ALINEAMIENTO:
OTRAS ACTUACIONES
Es el acto mediante el cual el Curador Urbano suministra la información correspondiente a la sección pública transversal de la(s) vía(s) que dan frente al lote objeto de la solicitud, la cual deberá estar acorde con el Plan Vial Municipal.
CERTIFICADO DE NOMENCLATURA:
OTRAS ACTUACIONES
Es el acto mediante el cual el Curador Urbano reconoce la nomenclatura asignada a un inmueble, la cual deberá ser concordante con la asignada por las Empresas Públicas de Medellín y por Catastro Municipal.
OFICIOS:
OTRAS ACTUACIONES
Es el acto por el cual el Curador Urbano atiende una solicitud de información.