"Transformaciones en el Campo de la Salud Mental: Tensiones entre lo (no tan) nuevo y lo (no tan) viejo

1 "Transformaciones en el Campo de la Salud Mental: Tensiones entre lo (no tan) nuevo y lo (no tan) viejo” M. Noelia López Lic. en Trabajo Social. I

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"Transformaciones en el Campo de la Salud Mental: Tensiones entre lo (no tan) nuevo y lo (no tan) viejo”

M. Noelia López Lic. en Trabajo Social. Instructora de residentes de Trabajo Social del HIEA y C. Dr. Alejandro Korn. Docente-Investigadora de la Facultad de Trabajo Social UNLP. Miembro del grupo de estudios Salud Mental y Política Pública de la FTS/UNLP. Mail: [email protected] Clara Weber Suardiaz Lic. en Trabajo Social. Docente-Investigadora de la Facultad de Trabajo Social UNLP y de la carrera de Trabajo Social de la UNLu. Miembro del grupo de estudios Salud Mental y Política Pública de la FTS/UNLP. Mail: [email protected] Sección para la que presenta el trabajo: Debates

Abstract En este artículo plantearemos los desafíos actuales del Trabajo Social en el campo de la salud mental. Organizaremos la presentación en tres ejes: caracterizar brevemente la noción de campo de la salud mental; mencionar algunas estrategias profesionales en este contexto y puntualizar algunos desafíos actuales frente a la política social en salud mental. Se reflexionará acerca de los marcos normativos vigentes, analizando las experiencias existentes en salud mental y las criticas a las lógicas manicomiales fundamentando la necesidad de políticas públicas que lleven adelante las transformaciones del campo de la salud mental. Palabras Claves: Salud Mental- ley – estrategias profesionales – lo nuevo- política pública Abstract In this article we will present the current challenges of social work in the field of mental health. We will organize the presentation on three areas: the briefly characterization of the field of mental health; the mention of some professionals strategies in this context and point out some current challenges facing social policy in mental health. It will reflect on existing policy frameworks, analyzing existing experiences in mental health and the critics of the asylum´s logical basing the need for public policies to take forward the transformation of the mental health field Key words: mental health- law - professionals strategies- the new- public policies

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La salud mental como campo complejo “Brutal-manicomio-kermesse” Skay Beilinson La salud mental históricamente ha sido definida desde diversos ámbitos y perspectivas, en este apartado plantearemos algunos aspectos de estas discusiones. Cuando generalmente hablamos de “salud mental” estamos haciendo referencia a un concepto polisémico y ambiguo en sus usos y significados. Los riesgos que tienen este tipo de conceptos, es que pueden abarcar todo y nada a la vez, fluctuando como un significante vacío si no son problematizados desde una perspectiva histórica y relacional. La salud mental es un campo de conocimientos y prácticas en el ámbito de las políticas públicas en saludi (Amarante: 2009). Es constitutivamente complejo, no se basa en un solo tipo de conocimiento, conteniendo intereses políticos intersectoriales y transversalidad de saberes. Su estructuración es resultante de las luchas de actores definidos por diversos intereses muchas veces contradictorios: corporaciones médicas y profesionales, laboratorios, usuarios, políticas públicas, poder judicial. Creemos de suma utilidad para el análisis incorporar el concepto de proceso de salud/enfermedad/ atención acuñado por E. Menéndez, ya que el mismo explica cómo la correlación de fuerzas estructura dicho proceso. Denota asimismo la necesidad de implementar una perspectiva relacional para poder aprehender su configuración y dinámica particular. “El proceso salud/enfermedad/atención, así como sus significaciones, se ha desarrollado dentro de un proceso histórico en el cual se construyen las causales específicas de los padecimientos, las formas de atención y los sistemas ideológicos (significados) respecto de los mismos. Este proceso histórico está caracterizado por las relaciones de hegemonía/subalternidad que opera entre los sectores sociales que entran en relación en una sociedad determinada, incluidos sus saberes técnicos” (Menendez: 2005: 2) En este sentido, la experiencia moderna en torno a “la locura” se ha estructurado hegemónicamente mediante su indexación médica. A partir del siglo XVIII comenzará una transformación -que arrastrará también continuidades- centrada en la caracterización del “loco” como una figura de riesgo y peligrosidad, esto inaugura la institucionalización de la locura por la psiquiatría y el ordenamiento del espacio hospitalario por dichos profesionales. A partir de aquí se asociará a la locura con el concepto de enfermedad mental, formulado por la medicina, propiciando una estructura de castigo y tratamiento. (Amarante, 2009) Teniendo su punto culmine luego de la Revolución Francesa, donde la razón será el centro de la sociedad, los “sin razón” deben ser apartados para permitir el progreso de la sociedad y a la vez el espíritu moderno debe permitir humanizar las instituciones y transformar el hospital en un lugar especializado. Como afirma Galende y Krautz (2006:45) “lo esencial de la experiencia moderna de la locura es que las operaciones de internamiento, la segregación del loco, su aislamiento y custodia dentro del manicomio, la función del médico psiquiatra como juez y policía, constituirán un dispositivo completo y ordenado para organizar el imaginario social sobre el loco. *…+ El humanismo reformista se circunscribirá a una administración médica y jurídica del encierro y a una pretensión teórica de fundar sobre estos alienados sometidos a su poder un conocimiento objetivo sobre la locura”.

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La modalidad de asistencia en salud mental comprenderá desde sus orígenes una marca filantrópica, que aún persiste fuertemente, y que se vincula con abordar la problemática desde una vertiente moral y humanitaria. “…la compasión hacia los infortunados, que está en la base de la actitud filantrópica, suple para ellos las lagunas de la ley. Con todos aquellos que escapan a la regulación del legalismo (niños, locos), la compasión instaura una nueva relación que no es de reciprocidad formal sino de subordinación reglamentada. Una relación de tutela. Esa es la matriz de toda política de asistencia. *…+ también la violencia que se ejerce en ella participa de la buena conciencia de la razón: se despliega por el bien de los sometidos” (Castel: 2009: 37). Coincidiendo con Mendoza (2009) afirmamos que existe una continuidad del pensamiento filantrópico en la estructuración de la asistencia en salud mental en la actualidad, materializada en la persistencia de prácticas y estructuras manicomiales. Esta matriz ha sido tensionada por el desarrollo de experiencias locales de atención, por la producción de conocimiento al interior de las diversas disciplinas del campo incluida la psiquiatría, entre otras. Excede el objetivo de este articulo el desarrollo de estas experiencias y corrientes pero nos interesa situar por un lado, la construcción histórica del orden asilar y tutelar y su vigencia hasta nuestros días como matriz ordenadora de prácticas y como discurso estructurador de la atención estatal en materia de Salud Mental; por el otro, rescatar la existencia de numerosos puntos de fractura, de tensión y construcción de conocimientos que han denunciado los fundamentos del orden manicomial y demostrado su posibilidad de superación. Sobre el Trabajo Social en el campo de la salud mental. “Yo no quiero volverme tan loco… Yo no quiero morir en el mundo de hoy..” Charly García Nos interesa situar en primer término las diferencias sobre el “trabajo social psiquiátrico”, noción reproductora de la matriz filantrópica con la que debatimos. En dicha construcción en la que es imprescindible destacar aportes como los de Mary Richmondii, Hamilton y María Rosa Becerraiii.Esta perspectiva concibe la intervención en el campo, en términos de especialización en psiquiatría; ello posibilitó y demandó la utilización de saberes y métodos asociados a la psicología y psiquiatría. De este modo se comienza a psicologizar la lectura de las problemáticas sociales y/o a patologizar las relaciones socio-familiares de los sujetos que padecen una enfermedad mental. (Mendoza M: 2004). Así se convalida que la función del Trabajo Social, dentro del equipo terapéutico, se limite a abordar todo lo referente a lo social/externo institucional de los pacientes. (Mendoza M: 2004). La lógica médico-hegemónica centra su accionar en la disminución y/o contención de la sintomatología propia de la enfermedad mental, hoy a través de la administración de psicofármacos; es decir, se aborda la situación sólo en términos de enfermedad, lo cual termina ocultando todos aquellos aspectos que permiten la emergencia del sujeto. iv En este marco la práctica del trabajador social “está ahí colocado para atender las necesidades de la Psiquiatría en minimizar las contradicciones del sistema y atender la racionalidad médica en lo que el mundo "psi" no da cuenta: la extrema pobreza de los usuarios y el estado de exclusión social resultante de las políticas económicas y sociales del capitalismo monopolista, del neoliberalismo, de la globalización y de la reestructuración productiva, será convocada a construir viabilidad al proceso terapéutico ordenado por los saberes psi.” (Bisneto, A: 2005)

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En este contexto es necesario alertar sobre las fronteras porosas y difusas entre el desarrollo de prácticas profesionales autónomas y las prácticas de control (de tutelaje). Esta tensión nunca desaparece en las intervenciones del trabajador social y aún más en un campo que históricamente se ha caracterizado por lo tutelar. La propuesta aquí es no desconocer ese componente de control que ejercen los profesionales sino incorporarlo como parte del análisis en las situaciones intentado limitarlo lo más que se pueda. A partir de estas características mencionadas, rescatamos el planteo de que las intervenciones en Trabajo Social asumen una ambigüedad constitutiva: como normatizadoras, reguladoras y limitadoras de la acción individual y como posibilitadoras de producción de identidad, subjetividad, valores, representaciones, autonomía. Este punto es de suma importancia, a la hora de pensar estrategias y de reflexionar sobre la propia práctica. (Smuck y Serra: 2009) Acerca del marco normativo: “…con lo más frágil de la locura…” La Renga Pese a diversos intentos de transformación, las estructuras especializadas y monovalentes persisten como las máximas objetivaciones de la respuesta estatal y social; fundadas en el constructo tutelar y filantrópico han definido una modalidad de atención centrada en la medicalización, el aislamiento y la sustitución en la toma de decisiones de las personas con padecimiento mental. Sin embargo en nuestros días, la estructuración hegemónica mencionada, atraviesa una coyuntura de fuertes cuestionamientos que convocan a la transformación de los dispositivos inscriptos dentro del sistema de salud pública.v. La sanción de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657/2010 incorpora la perspectiva de derechos humanos y operativiza estándares internacionales en la materia, comprendiendo una redefinición de la salud mental así como de la modalidad y orientación de las políticas públicas. En su articulado define a la salud mental como: “un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.” (Art.3) Podemos reconocer en el marco legal un cambio que se encamina hacia la noción de campo que mencionábamos, ya que se descentra de la enfermedad y reconoce la complejidad de dimensiones que se entrecruzan. Los cambios en el campo de la salud mental no pueden ser comprendidos por fuera del desarrollo del sistema internacional público de DD.HH.vi y su suscripción por parte del Estado argentino. A nuestros fines, interesa mencionar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) (Ley 26. 378/2008). La misma subraya que la discapacidad es una construcción social y que no debe privarse a las personas con discapacidad de la posibilidad de elegir y actuar, exigiendo como principio rector “la dignidad del riesgo”. Esto es, el derecho de correr los riesgos y la posibilidad de equivocarse propios de la vida en comunidad. La CDPD exige que los Estados parte realicen las adecuaciones necesarias para que la misma se cumpla. En el campo especifico de la salud mental, este marco paradigmático se expresa en la ley 26.657, que cuestiona el constructo filantrópico y el modelo tutelar deficitario de la enfermedad mental; establece un piso mínimo en garantía de derechos, siendo el Estado quien debe garantizar el ejercicio de los mismos. La normativa recupera los postulados de la OMS y la OPS respecto al desarrollo de un modelo de atención comunitaria, destacándose la Declaración de Caracas para la restructuración de la atención psiquiátrica de

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1990, los Principios de Brasilia de 2005 rectores para el desarrollo de la atención en Salud Mental y el Consenso de Panamá 2010 de la Conferencia Regional de Salud Mental, entre otras. En este punto podemos decir que nos encontramos en un momento de transición. La normativa exige una transformación orientada a los derechos pero en el terreno político y asistencial persisten los núcleos duros manicomiales. Parafraseando a Basaglia “el manicomio está dentro de nuestras cabezas”, por lo que no basta con una ley si no está acompañado de recursos reales y un trabajo ideológico/político. Este momento de transición requiere un trabajo interdisciplinario y de análisis que pueda dar cuenta de la complejidad del campo, y a la vez identificar cuáles son los elementos conservadores que persisten y que formas novedosas intentan instituirse en la línea de una perspectiva de derechos. (Serra y Smuck: 2009). Consideraciones acerca de lo nuevo “No sé lo que quiero, pero lo quiero ya, si fuera tu esclavo te pediría más. Nada te ata a leer la novedad, nadie te pisa, nadie te invita…” Sumo Podríamos decir que lo nuevo es un adjetivo de moda que se aplica -a nuestro modo de ver- de manera apresurada a distintos procesos. Nueva ley de salud mental, nuevas subjetividades, nuevos problemas sociales, entre otros. Es importante subrayar, que la pasión por lo nuevo es una de las significaciones imaginariasvii que sostienen al capitalismo, dentro de la organización de la lógica del mercado y que justamente es productor de subjetividades fragmentadas. Desde este punto suele banalizarse/ naturalizarse aquello que sería lo nuevo, sin negar el imperativo societal que esto implica. Nuestra época es la de lo nuevo por excelencia, deseamos lo nuevo, es lo que nos falta, es la exigencia de nuestra cultura. Y como dice Alain Miller: “lo nuevo es la forma sintomática de nuestro malestar en la cultura.” Y agrega “¿por cuánto tiempo lo nuevo sigue siendo para nosotros nuevo hoy?” (Miller, J. A. 2006: 329) Resulta interesante citar la clásica premisa de Gramsci: "lo nuevo que no termina de nacer, lo viejo que no termina de morir," pero al incorporar el dinamismo de lo social podríamos decir lo nuevo que pugna por surgir, y lo viejo que lucha por no morir, estableciendo así un conflicto donde lo conservador puede restaurarse. Creemos que esta es una clave importante para leer el proceso actual. Retomando a Miller, si quedamos instalados en el automatismo de lo nuevo (todo tiene que ser nuevo), este carece de sorpresa. (Sería un falso nuevo), opacando las lecturas complejas que permiten reconocer la procesualidad, la participación de distintos actores en pugna, las tensiones y contradicciones en las que estamos inmersos. Si trabajamos esta idea en el campo de la salud mental, podríamos hacernos las siguientes preguntas. ¿Qué es lo nuevo entonces en relación a la política de salud mental? ¿Qué tiene de nuevo la nueva Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones 26.657? La ley tiene más de dos años, ya podríamos entonces dejar de decirle nueva, para también subrayar su total instalación en la sociedad. Si la persistencia de este adjetivo se vincula a que sus principios no se han concretizado, transitamos un camino que nos lleva a la cerrazón de

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hipostasiar la ley por sobre los procesos sociales que mediatiza y/o apunta a desencadenar y fortalecer. El trabajo en salud mental no se orienta por el ideal de la ley de forma absoluta sino que su texto marca una regulación que nos permite tomar como marco, como referencia, en una tensión imborrable entre el universal y la particularidad de las situaciones. Podemos decir que esta ley expresa viejas luchas del campo de la salud mental; ha sido producto de innumerables disputas entre distintos actores que a lo largo de los años fueron construyendo consenso y alianzas para generar legitimidad y lograr que la misma se apruebe. Constituye una herramienta en la construcción de estrategias e instituciones centradas en la garantía de los derechos humanos, la democratización de los servicios de salud mental y en la organización de las prácticas y saberes centrados en la interdisciplina y la intersectorialidad. Es decir, consolida una base para que las experiencias y prácticas alternativas puedan afianzarse a nivel nacional. Otra instalación de lo nuevo que suele enunciarse: “el nuevo enfoque/ perspectiva de Derechos Humanos” (Falso nuevo). En lo que respecta al campo de la salud mental podemos decir que esta restructuración retoma los ideales de los años 70 respecto del campo de la salud mental, desde la antipsiquiatría hasta los procesos de lucha regionales. Los peligros de enunciarlo como nuevo son la anulación de la historicidad de los procesos y la invisibilización de los distintos actores que participan en ellos. En síntesis, cuestionar la novedad no apunta a restar importancia la ley existe como texto legal formal y permite otros marcos desde donde trabajar; planteamos la problematización de la novedad en tanto herramienta metodológica que nos permita avanzar sobre fórmulas reduccionistas o dicotómicas. Resumiendo, el momento de transición exige transformaciones que no se dan sólo por su enunciación formal. La perspectiva de derechos plantea que el sujeto puede y tiene derecho a decidir pero reconocer este punto, implica que los profesionales de la salud estemos dispuestos a disputar hegemonías en la vía de democratizar las prácticas en salud (que históricamente han sido impuestas/autoritarias). Las viejas formas disputarán con fuerza y se aferrarán a los instituidos con toda su potencia. No son tiempos sencillos, los equipos interdisciplinarios no podemos guiarnos únicamente desde el “ideal”viii de la ley o del deber ser de la profesión, sin evaluar las dimensiones estratégicas que tienen las situaciones complejas del campo de la salud mental. Estrategias profesionales del Trabajador Social en el campo de la Salud Mental “Nadie está a salvo de la locura” Bersuit Los cambios mencionados han renovado las expectativas de los trabajadores de la salud, avasalladas durante las dictaduras y la década del 90. (Alberdi: 2012). Si bien como mencionamos apostamos a que la transformación sea consolidada a partir de políticas públicas que garanticen los derechos de los usuarios del sistema de salud, los profesionales no podemos esperar pasivamente a que esto suceda. Resulta interesante pensar que estas expectativas y nuevos marcos nos permiten establecer e imaginar otros atravesamientos profesionales y lugares para el Trabajo Social.ix Sin embargo, como explicitamos precedentemente, es necesario avanzar en una lectura crítica de los escenarios y en el desarrollo de competencias teórico- metodológicas y estratégicas, que nos permitan participar en forma activa y propositiva en la implementación de propuestas instituyentes.

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Si bien el Trabajo Social comienza a ser reconocido como integrante de los equipos interdisciplinarios y es convocado a participar en el marco de la reconversión de las actuales estructuras y dispositivos, éstas tensionan con la persistencia de matrices tutelares y filantrópicas en el saber hacer y la formación de los profesionales, la insuficiencia de recursos humanos, las resistencias de las viejas corporaciones y la existencia de redes familiares y comunitarias desgastadas o deficitarias. La sanción de la ley no ha sido acompañada al menos hasta el momento, con un diseño de política pública que se encamine a cumplir algunos de sus puntos más importantes.x Sino que sigue siendo en la mayoría de los casos focalizada y subsidiaria, podríamos decir con algunas reminiscencias de los años noventa. En síntesis, la segmentación entre salud y salud mental, la falta de una red intersectorial de dispositivos tales como programas de provisión de cuidados domiciliarios, respuestas habitacionales, inclusión socio laboral, la desarticulación del sistema sanitario que excluye la atención de la salud mental como prioritaria en el primer nivel y en los hospitales generales, son algunos de los factores que fortalecen todavía la vigencia de los manicomios públicos y privados. Y configuran las condiciones objetivas con las que construir en esta coyuntura.xi En este marco las experiencias y acciones que se enmarcan en una perspectiva de derecho siguen siendo básicamente armadas de manera aislada y artesanal por equipos o distintos grupos de trabajadores y usuarios. Esto es, se les pide a los trabajadores que hagan su esfuerzo para integrar aquello que en la política social se presenta como fragmentado y escaso. Es aquí donde la marca filantrópica nuevamente amenaza con invadirlo todo. Ante esta matriz despolitizante y deseconomizante se vuelve sustancial una lectura compleja, rigurosa y en clave socio- histórica a fin de no sucumbir en la desesperación voluntarista de indexar a la categoría profesional la responsabilidad de toda transformación; o bien de abonar el resentimiento paralizante ante “una ley añorada pero imposible de materializarse”. Es importante considerar que la dimensión jurídico normativa es una expresión mediatizada y mediatizante de las disputas y tensiones en nuestra sociedades occidentales; así como de las estrategias y estructuras políticas creadas para “hacer algo con ellas”. Desde esta comprensión los trabajadores sociales junto a otros colectivos podremos participar activamente de la creación, defensa y uso de herramientas que no fragmenten. El cambio más radical de la ley al incluir la perspectiva de derechos humanos para repensar la salud mental “es resituar a los usuarios como sujetos de derecho y poner a la población (todos nosotros) como objeto de la política pública, y al Estado como responsable activo”; sin embargo, en la actual coyuntura frecuentemente esta potencia muere ante una racionalidad formal-abstracta que en nombre de fines/ideales, tales como el achicamiento de los manicomios o la externación, nos inscribe en la vorágine del hacer estandarizado, de mantener las innovaciones pro-ley, “a pulmón”, apelando al voluntariado, a la cultura del sacrificio. Frecuentemente la realidad se autonomiza de su producción socio histórica y entonces “allí queda el profesional como única posibilidad de salvación”. Implicancias objetivas y subjetivas perversas que difícilmente son problematizadas como condiciones de trabajo y movilizan una lucha colectiva. La discusión frecuentemente es planteada en términos organizativos, de optimización de recursos, de solidaridad, y en el mejor de los casos de creatividad. No somos inmunes a este estado de cosas pero la capacitación permanente, la lucha por nuestras condiciones de trabajoxii, la promoción de la organización de los propios usuarios y la

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colectivización intersectorial de la Salud Mental, son caminos que permiten pensar nuestras prácticas como trabajadores sociales y situarlas en la disputa y construcción cotidiana de un sistema de salud integral, cuya concreción progresiva no puede alcanzarse por fuera de la lucha por una sociedad diferente, donde no desaparezca la diferencia pero si la desigualdad y la explotación. Desafíos actuales frente a la política social en salud mental “Si va a pasar algo conmigo Quiero que sea en libertad… ¡Allá afuera!” Indio Solari Para concluir es necesario introducir algunas advertencias que se relacionan íntimamente al tipo de Estado y políticas públicas que se llevan adelante en la actualidad. Entendemos que la persistencia de una matriz filantrópicaxiii en la estructuración de las políticas en salud mental, condiciona también el avance de los procesos de trasformación. La retórica oficialista plantea el retorno de la fuerza del Estado con políticas inclusivas y universales, pero es necesario remarcar que para una amplia gama de sectores públicos esto no sucede así. Y por otro lado la configuración de políticas más inclusivas también se vincula al hecho de que existen correlaciones de fuerza y procesos de lucha que reclaman e instalan demandas y derechos. Es decir, no son dádivas de los gobiernos, sino la expresión de las luchas históricas que evidencian la dirección política que asumen los procesos. Tomando los datos macroeconómicos de nuestra región, podemos mencionar que a la vez que el crecimiento de las tasas de ganancias y las variables macroeconómicas muestran un desarrollo positivo, éste no se acompaña con una distribución para todos los sectores poblacionales. (Feliz, M.: 2012) En lo referente al subsector de salud mental, el mayor presupuesto se sigue destinando al sostenimiento de las estructuras manicomiales. El principio de intersectorialidad (vivienda, educación, trabajo) al que se apela se contradice con la fragmentación de políticas subsidiarias (planes asistenciales, pensiones) focalizadas estrictamente para los pobres o bien indexadas a lo que Vallejos, I. (2009) denomina “discapacitación de la pobreza”. Asimismo preocupa una recepción parcializada que limita la construcción de una política de salud mental integral de base comunitaria, a la desmanicomialización; cuando esta última, en todo caso es uno de los ejes de aquella. La desmanicomialización es aprehendida en términos de una lógica que desvincula medios de fines, y es traducida en clave de externación entendida prioritariamente como cambio de locus; desde esta matriz no se problematiza que la lógica manicomial también puede reeditarse en las -no tan nuevas- propuestas. El imperativo de la época es externar, cerrar salas del manicomio, crear nuevos dispositivos. Acordamos con estos lineamientos. Pero estas innovaciones pueden alimentar la refuncionalización de las tecnologías de gestión de los cuerpos y la objetualización de un colectivo de personas donde los profesionales sabemos que es lo mejor para ellas. La problemática de la salud mental no es una cuestión organizativa, de re-funcionalizar recursos en nuevos dispositivos. Tampoco puede pensarse como una proclama de finalidades (externación/inserción comunitaria) in abstracto, desprovista de la necesaria articulación con los medios. Pues si los medios continúan siendo la apelación acrítica a la buena voluntad de los trabajadores, la toma a cargo y la tutela humanizada de los usuarios (decidiendo por ellos, desconociendo sus determinantes cotidianos subjetivos y objetivos); si la implementación de la ley sigue limitándose a la reconversión de los monovalentes, si continua pensándose como

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un tema exclusivo de salud, entonces nuestro horizonte inexorable será el aggiornamiento del status quo. Resulta fundamental tener estos elementos en cuenta, para poder hacer frente en términos analíticos al desgaste y alienación a los que están expuestos los equipos de salud y sobre todo para resistir desde las propuestas alternativas que supimos construir; disputando en el campo de la salud para que ellas se constituyan en políticas públicas. Bibliografía Alberdi. J.M (2012). Desafíos políticos y asistenciales de la nueva ley nacional de salud mental. El caso de la Provincia de Santa Fe. En Revista Debate Público. Reflexión en Trabajo Social. Año 2 N°4. UBA. Buenos Aires Amarante, P. (2009) Superar el manicomio. Salud mental y psicosocial. Topia Editorial Bs.As. Andreoni y otros (2011) Aportes del Trabajo Social a los procesos de Externación. Del recorrido de las lógicas manicomiales a la perspectiva de derechos. Ponencia presentada en el III Congreso Nacional de Trabajadores Sociales. UNICEN. Tandil. Noviembre 2011. Becerra, R. (1977) Elementos básicos para el trabajo social psiquiátrico, ECHO, Buenos Aires, 1977. Castel, R. (2009): El orden psiquiátrico. Nueva Visión. Buenos Aires. Castoriadis, C. (2010) Institución imaginaria de la sociedad, Bs. As., Tusquets. CELS (2009) El derecho de defensa y el acceso a la justicia de las personas usuarias de los servicios de salud mental. En Derechos humanos en Argentina – informe 2009 Demo, M y Torres J. (2010) Pensando la legislación en Salud Mental como herramienta política de la práctica profesional. Ponencia de las Jornadas Provinciales de Salud Mental. Residentes de la Provincia de Buenos Aires. La Plata. Diciembre 2010. Féliz, Mariano (2011) Neoliberalismos, Neodesarrollismos y Proyectos contra hegemónicos en Suramérica. Revista Astrolabio N º 7. Ed, Nueva Época. Buenos Aires. Fuentes, María Pilar (2009) “Nuevas problemáticas sociales: complejidades y desafíos a la producción de conocimiento.” En La investigación en Trabajo Social. Vol. VII. UNER, Paraná, Entre Ríos. Galende y Kraut (2006) El sufrimiento mental. El poder, la ley y los derechos. Lugar editorial. Buenos Aires. López, M.N. (2011) Algunas reflexiones a propósito de la reciente aprobación de la ley Nacional de Salud mental N° 26657.en revista de la Red Rioplatense de Iglesias Evangélicas . enero 2011. Menendez, E. (2005) “El modelo médico y la salud de los trabajadores” en Revista de Salud Colectiva, volumen 1, número 1, La Plata. Mendoza, M (2009) La modalidad de atención en salud mental. Ed Mate. Bs.As.

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Aquí se incluyen saberes y prácticas de distinta índole: psiquiatría; neurología, psicología; psicoanálisis; historia, antropología, sociología etc. ii Sirve para ejemplificar las afirmaciones que Mary Richmond postula en “El Caso Social Individual”, donde menciona que tanto asistente social como psiquiatra parten los dos de un idéntico punto, situado en el mismo corazón de la personalidad enferma, pero el psiquiatra procura penetrar en él cada vez más profundamente, mientras que la actividad de la asistente social irradia hacia afuera siguiendo el hilo de las relaciones sociales de su cliente. A lo cual agrega que la última etapa del CSI es el tratamiento que consistirá en el proceso para ayudar al individuo a afrontar con eficacia sus problemas, mediante acciones psicosociales que operen cambios normativos en la conducta de equilibrio individual. iii Ver Becerra, R. (1977) Elementos básicos para el trabajo social psiquiátrico, ECHO, Buenos Aires, 1977. iv El dispositivo de atención médica no sólo es estructurado por el saber médico (aunque en su apariencia se presente de esta manera) sino que se fundamenta por instancias jurídicas aplicadas por el Estado y se legitima por prácticas sociales de los distintos actores que participan del proceso. (Menéndez, 2005.)

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Para más información ver: López, M.N. (2011)

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Asimismo es necesario entender que los DDHH son una construcción social expresión de la lucha de diversos colectivos por avanzar en mecanismos de regulación contra la violencia del Estado, así como para que el mismo desarrolle medidas y políticas positivas tendientes a la efectivización de dichos derechos y conquistas. Dicha construcción no puede pensarse por fuera del entramado de tensiones y contradicciones de la sociedad capitalista vii Este concepto de significaciones imaginarias sociales lo tomamos de Castoriadis(2010) viii En esta perspectiva, no se plantea el trabajo desde el ideal de la comunidad ó lo familiar. No son pensados como recursos sin contradicciones Debido a que por sí solos no alojan al sujeto sino que implicaría un entrecruzamiento desde las instancias estatales, el acceso al mercado de trabajo formal, a la educación, a la vivienda y a la asistencia de salud. Sino pondríamos todo el peso de las intervenciones y la responsabilidad en la comunidad ó lo familiar quedando desdibujada la figura del Estado. Demo y Torres: 2011. ix

Este planteo discute con la noción del “rol del trabajador social en salud mental”(como especificidad en sí misma); entendemos que pensar al trabajo social desde el rol, encorseta y limita el análisis de la profesión. (Para más Información ver Weber-Zucherino: 2011) xi

Fuente: Boletín especial sobre sanción Ley Nacional de SM. Dirección SM y Adicciones- Ministerio Salud de la Nación Argentina. Noviembre 2010. DATOS presupuesto 2011, 2012 Ministerio de Economía Pcia. BsAs. xii

“es altamente valorable en esos profesionales el compromiso, la convicción y el empeño en la intervención, en lugar optar por la desidia laboral justificada por la falta de recursos. Sin embargo, esas gestiones de los profesionales tienen que estar acompañadas de acciones de reclamo hacia las instituciones, ya que, de otro modo se avala y sustenta la continuidad del no- compromiso del Estado que omite ciertas partidas presupuestarias dentro del financiamiento público. (Oliva A. 2011) xiii

Ver Mendoza, M (2009), Karsz, S(2007) y Castel, R. (2005).

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