TRANSPORTE MARITIMO. Transporte Marítimo

TRANSPORTE MARITIMO Transporte Marítimo El arte del Seguro • • • • • Rodas El Préstamo a la gruesa Las primeras instituciones Mutualidad Seguro

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TRANSPORTE MARITIMO

Transporte Marítimo

El arte del Seguro • • • • •

Rodas El Préstamo a la gruesa Las primeras instituciones Mutualidad Seguro

Elementos del Transporte • • • • • • • • •

La Mercancía (Objeto del Seguro) El Medio de Transporte El embalaje Consignatario de la Mercancía El operador portuario El puerto Almacén El órgano que regula la actividad El contrato de compra venta

La Mercancía • Marca el inicio del seguro • Se clasifican en: – Líquidas – Pastosas – Granel – Sólidas – General – Refrigerada – Animales Vivos

Importancia de su identificación • Tipo de embalaje • Medio de transporte adecuado / especializado • Formas de manipulación • Peligros en almacenaje • Manejo de transferencia del riesgo • Vulnerabilidad

El Medio de Transporte • Marítimo • Aéreo • Terrestre

Transporte Marítimo • • • • • • •

Buques Petroleros Químicos Gaseros Frigoríficos Portacontenedores Carga General Car Carrier (Ro-Ro)

Buques Petroleros

• Químicos

• Gaseros

o P

o d e n e t n o c a rt

s re

Carga General

Car Carrier

Transporte Aéreo • • • • •

Mas seguro Eficiente Mercancías atractivas Mayor costo Menos popular

Terrestre • • • •

En origen y destino Desconocido De poca importancia Desde marítimo y aéreo

El Embalaje • • • • • • • • • • • •

Cajas de madera Cajas de cartón Guacales (jaulas) Contenedores Toneles Tambores Sacos Fardos Balas Forros plásticos Garrafas Damajuanas

El Embalaje, determinación • Recorrido total del transporte • Logística de Carga (ganchos, plataformas, grúas, montacargas) • Factores metereológicos • Revisiones aduaneras • Estiba • Almacenes donde serán ubicados • Transbordo • Medios de transporte • Atractivo de la carga • Lugar de origen

Embalaje

El Contenedor, tipos • • • • •

Dry Van Reefer Open Top Flat Rack Open Side

El Contenedor, características • • • •

Dimensiones (más comunes): 20 y 40 pies Capacidad de Carga: entre 25 y 35 Tm Peso muerto: 1,8 a 4 Tm Material: Acero corrugado, aluminio y madera contrachapada • Identificación alfanumérica: 4 letras y 7 números y por lo general el nombre de la compañía naviera

El consignatario

El Operador Portuario • Toda persona jurídica distinta al porteador que, en el ejercicio de su objeto social, se hace cargo de mercancías que han sido o van a ser objeto de transporte por agua en su carácter de administrador del puerto. • Funciones: – – – – – –

Acopio La carga y descarga La estiba El Arrumaje El Entablado El Almacenamiento

El Puerto Los espacios acuáticos y terrestres, naturales o artificiales e instalaciones fijas, aptos para las maniobras de fondeo, atraque y desatraque, donde se efectúan operaciones de transferencia de bienes entre éstos y tierra u otros modos de transporte.

El Puerto – – – – – – – – –

Carúpano El Guamache Guanta Guaranao y El Muaco Güiria La Guaira Puerto Cabello Sucre La Ceiba

El Agente de Aduanas •



Es el único autorizado por Ministerio de Finanzas para prestar los servicios a terceros en los trámites y operaciones aduaneras (art. 35 Ley Orgánica de Aduanas) Funciones – Clasificación arancelaria • General, preferencial, exención

– Chequeo del régimen legal establecido • • • •

Permiso Sanitario Licencia de Importación Certificación de Origen Normas Covenin, etc.

– Solicitar la mercancía al proveedor y determinar la forma de pago – Elaborar el manifiesto de importación – Nacionalización de la Mercancía

Procedimiento de Importación Interesado

Interesado: Avisa al agente aduanal y entrega documentos

Cumplidos los pasos Previos para una importación

Proveedor: Despacha según acuerdos y envía Documentos (factura, B/L)

Elabora el manifiesto de importación y declaración del valor Adjunta la factura comercial Adjunta B/L o guía aérea Anexará permisos, certificados, licencias Otros que sean necesarios

El Agente de Aduana procede a nacionalizar la mercancía

Solicita mercancía al proveedor y determina forma de pago

Desaduanamiento Llegada

Confrontación Declaración

Reconocimiento

Notificación Consignatario

5 días

Asignación de embarque a la unidad Técnica de Reconocimiento

Liquidación

Documentos Factura Comercial B/L, AWB, o CT Otros según al caso

Lugar Almacenes y Patios de aduana

Pago (5 días)

Almacenes Privados

Retiro

El contrato de Compra Venta • Los Incoterms – – – – – – –

Ex Work FCA FAS FOB FCR CIF Transporte Multimodal

El Seguro de Transporte Marítimo • Por Mar • Por Aire

Condiciones Particulares •

Tipos de Pólizas: – Ocasionales – Abiertas o Declarativas



Bienes Asegurados – – – – –



Mercancías Maquinarias Mobiliario Animales Vivos Otros

Mercancías – Bajo Cubierta (Cláusula A) – Sobre Cubierta (Cláusula C)

Condiciones Particulares •

Formas de despacho – Guías y conocimientos de embarque – Manifiesto de embarque



Suma Asegurada ¾ Valuación • • • • •

Factura Flete Seguro Nacionalización Costos eventuales (10%)

¾ Límite por Buque ¾ Limite por Acumulación (Puerto y Buques) ¾ Volumen Estimado Anual a Transportar

Condiciones Particulares • Predeclaraiones – Obligatorias

• Declaraciones – Periodicidad Mensual – Anulación por ausencia de 3 meses

• Transbordos – Recargo en la prima

• • • • •

Infraseguro y Supraseguro Maquinarias Etiquetas y Envoltorios Animales Vivos Demora

Coberturas • • • • • • • • • •

Cláusula A del Instituto Cláusula B del Instituto Cláusula C del Instituto Cláusula Aérea Cláusula de Guerra - Carga y Carga Aérea Cláusula de Huelgas – Carga y Carga Aérea Cláusula de Clasificación Cláusula de Ataques Cibernéticos Cláusula de Contaminación Cláusula de Presentación de Documentos

Cláusula de Carga del Instituto “A” 01-01-82 • Riesgos Cubiertos – Todo riesgo salvo las exclusiones – Avería Gruesa ( Art. 2) • Daños Directos • Daños Indirectos – – – – –

Daños o Gastos Voluntarios Peligro Inminente Resultado Favorables De todos los intereses marítimos afectados Acción razonable

– Culpabilidad por colisión

Cláusula de Carga del Instituto “A” 01-01-82 • Transito Ordinario – 1 Este seguro ENTRA en vigor desde el momento en que los Bienes Asegurados salen del almacen o sitio de depósito en el lugar citado en la póliza, para el comienzo del tránsito, continúa durante el CURSO ORDINARIO del mismo y finaliza o: • 1.1 a la entrega en el almacén del consignatario u otro almacén o sitio de depósito final en el destino citado en la póliza • 1.2 a la entrega en cualquier almacén o sitio de depósito, ya sea anterior al o en el destino citado en la póliza, que el Asegurado decida utilizar, bien – 1.2.1 para almacenaje distinto del curso ordinario del viaje, o – 1.2.2 para asignación o distribución, o

• 1.3 a la expiración de treinta días después de finalizar la descarga de los Bienes Asegurados por la presente al costado del buque transoceánico en el puerto final de descarga.

Cláusula de Carga del Instituto “A” 01-01-82 •

2 Si después de la descarga al costado del buque transoceánico en el puerto final de descarga, pero antes de la terminación de este seguro, los Bienes Asegurados tuvieran que ser reexpedidos a un destino distinto de aquel para el que fueron asegurados, este seguro, mientras permanezca sujeto a terminación según se dispone en los párrafos anteriores, no se prolongará después del comienzo del tránsito a tal otro destino.



3 Este seguro permanecerá en vigor (sujeto a terminación según se prevé más arriba y a las condiciones del Artículo 9 siguiente) durante la DEMORA fuera del control del Asegurado, cualquier CAMBIO DE RUTA, descarga forzosa, reembarque o transbordo y durante cualquier variación de la aventura que provenga del ejercicio de una facultad concedida a los Armadores o fletadores bajo el contrato de fletamento.

Cláusula de Carga del Instituto “A” 01-01-82 • Cambio de Viaje – Es voluntario y cesa el seguro – Se mantiene si se notifica a la empresa de seguros

• Gastos de reexpedición – Salvo por avería gruesa y las exclusiones

• Pérdida Total Constructiva – Solo cuando pasa la suma asegurada

• Terminación del contrato de seguros – No es voluntario – En un puerto diferente – Si comunica a la ES y paga la prima, se otorga nuevamente cobertura

Cláusula de Carga del Instituto “A” 01-01-82 • Exclusiones – Dolo – Derrame, filtraciones, merma, uso, desgaste, vicio propio – Insuficiencia del embalaje o embalaje inadecuado – Retraso o demora – Insolvencia o incumplimiento financiero – Guerra – Huelgas – Innavegabilidad, inoperatividad y falta de idoneidad

Cláusula de Carga del Instituto “B” 01-01-82 • Riesgos Cubiertos – – – – – – – – – – –

Incendio o explosión Que el buque vare, encalle, se hunda o zozobre Volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre Colisión del buque Descarga en un puerto de refugio Terremoto, erupción volcánica o rayo Avería gruesa Echazón o barrido por las olas Entrada de agua de mar, lago o río Carga y Descarga Culpabilidad por colisión

Cláusula de Carga del Instituto “C” 01-01-82 • Riesgos Cubiertos – Incendio o explosión – Que el buque vare, encalle, se hunda o zozobre – Volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre – Colisión del buque – Descarga en un puerto de refugio – Avería gruesa – Echazón – Culpabilidad por colisión

Preguntas Frecuentes • Cual es la diferencia entre las 3 cláusulas del instituto? • La cláusula A es solo para cubrir mercancías bajo cubierta? • Para los bienes usados que tipo de Cláusula se debe ofrecer? • Tiene que ver el buque en la escogencia o aplicación de la cláusula del Instituto?

Cláusulas del Instituto Diferencias Daño Encalladura, varadura, hundimiento, zozobra Volcadura o descarrilamiento del medio de transporte terrestre Colisión del buque con otro Contacto con otra materia incluyendo hielo excepto agua Descarga de mercancía en puerto de refugio Terremoto, erupción volcánica, relámpagos Incendio y Explosión Ladrones (Asalto) Robo o Pillaje Sacrificio en Avería Gruesa Echazón Barredura por Olas Entrada de agua de mar en el buque, bodega, contenedor, gurgón o almacén. Entrada de agua de rio o lago Pérdida Total de bultos durante operaciones de carga y descarga Caída de una grúa del puerto Riesgos No específicados

Cláusula "A" Cubierto

Cláusula "B" Cubierto

Cláusula "C" Cubierto

Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto

Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto No Cubierto No Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto

Cubierto Cubierto Cubierto Cubierto No Cubierto Cubierto No Cubierto No Cubierto Cubierto Cubierto No Cubierto

Cubierto Cubierto

Cubierto Cubierto

No Cubierto No Cubierto

Cubierto Cubierto Cubierto

Cubierto No Cubierto No Cubierto

No Cubierto No Cubierto No Cubierto

Cláusula Aérea • Cobertura – A todo riesgo, salvo las exclusiones.

• Transito Ordinario – Desde que sale del almacén, hasta • El almacén del consignatario • Almacén anterior al destino final – Por cambio de curso – Asignación de distribución

• 30 días luego de descarga en el aeropuerto final

Cláusula Aérea • Cambio de Viaje – Si se notifica a la empresa de seguros

• Gastos de reexpedición – Salvo exclusiones

• Pérdida Total Constructiva – Solo cuando pasa la suma asegurada

• Terminación del contrato de seguros – En un aeropuerto diferente – Si comunica a la ES y paga la prima, se otorga nuevamente cobertura

Cláusula de Guerra •

Cobertura – – – – –



Guerra, guerra civil, rebelión, insurrección o contienda civil. Captura, incautación, embargo preventivo, comiso, arresto. Minas y torpedos Avería Gruesa Gastos de Salvamento

Transito Ordinario – Cuando los bienes sean cargados en el buque transoceánico – Y termina hasta la llegada al puerto o aeropuerto de destino final y hasta un máximo de 15 días luego de su descarga. – Reexpedición, siempre con acuerdo de la compañía de seguros



Obligaciones – Comunicación con la compañía dentro de los 7 días luego de activar la cláusula.

Cláusula de Huelgas • Cobertura – Huelguistas, trabajadores afectados por paro forzoso (cierre patronal), disturbios laborales, motines o conmoción civil. – Cualquier terrorista o cualquier persona que actúe por motivos políticos. – Avería Gruesa en el caso Marítimo

Cláusula de Clasificación • •

Es obligatoria para todos los viajes de ultramar y cabotaje La clasificación del buque la otorga un miembro de la Asociación Internacional de Sociedades Clasificadoras IACS o Sociedad de Bandera Nacional. – – – –

• • • • • •

Lloyd’s Register American Bareau of Shiping Bureau Veritas Otros

La clasificación no significa buen estado La tasa resultante según tabla es adicional a la tasa básica Buques no clasificados deben ser consultados a Casa Matriz No aplica para los buques de desembarques dentro del puerto Porque existen las banderas de conveniencia? El Seaweb

Preguntas Frecuentes • Se incorpora ésta cláusula en pólizas abiertas y declarativas? • Que pasa si un buque no está clasificado? • Todos los buques deben estar clasificados? • Si el buque solo presta servicio en costas Venezolana también debe estar clasificado? • Que hacer si se recibe una declaración de un transporte que usa un buque no clasificado?

Ejercicio • Determine el recargo por clasificación

Otras Condiciones • • • •

Lista de países prohibidos Código ISM Supervisión de Descargas Record de Siniestralidad

Factores de Riesgo • Relacionados con la Carga – – – – –

Tipo de Carga Embalaje Tamaño, peso, valor Ruta, duración Entorno socioeconómico

• Relacionados con el Buque – Edad, tonelaje – Construcción – Ramo de negocio, bandera, propietario – Entorno Socioeconómico

Está cubierto el siniestro? Un contenedor propiedad de la empresa Alimentos Venezuela fue reconocido y vaciado parcialmente en la Aduana de Pto. Cabello. El vaciado fue realizado por personal del almacén y Seniat en las operaciones de verificación aduanera. Posteriormente las cajas fueron cargadas en el contenedor por este mismo personal los cuales procedieron al cierre y colocación de los nuevos precintos de seguridad. Al llegar el contenedor a su destino final y abrirse para iniciar la descarga, las cajas estibadas en las primeras filas se derribaron. Al parecer hubo una mala estiba que propició que las cajas se cayeran. El daño fue valorado en US$ 180.000. Teniendo el cliente cláusula “A” de fecha 01-01-82, Almacén – Almacén, estaría amparado el siniestro? Razone su respuesta.

Está cubierto el siniestro? La empresa transportista Ferrari hace entrega de un contenedor a la empresa Alimentos Venezuela, quién firma las guías de despacho en señal de conformidad. Estando el contenedor aún en la plataforma, comienza a ser descargado al día siguiente de haberse recibido. Los empleados del asegurado en lugar de descargar las cajas en forma escalonada lo hacen en forma lineal horizontal, lo que provoca que durante el proceso de descarga se desplomen las cajas y ocasionen daños a la mercancía por la cantidad de US$ 200.000. Teniendo el asegurado una cobertura “A”, almacén – almacén procede a introducir el reclamo a Seguros Caracas. Está cubierto el siniestro? Razone su respuesta.

Está cubierto el siniestro? La empresa Alimentos Venezuela realiza una compra F.O.B de un lote de máquinas empaquetadoras a la empresa Red Carpet & Co en Miami, para lo cual nos solicita una póliza de transporte marítimo ocasional con CL “A” para amparar la importación. Durante la operación de carga del puerto al buque, por una falla del operario de la grúa, las máquinas se desprenden desde lo más alto cayendo al mar, ocasionando una pérdida total por US$ 400.000 más US$ 70.000 por el rescate de los restos. Una empresa dedicada a la compra de chatarra, ofrece US$ 30.000 por los restos y contrata a un tercero para el transporte de los mismos el cual cobra US$ 15.000 por el flete. Cuanto pagaría usted de este siniestro? Razone su respuesta.

Está cubierto el siniestro? Durante el trayecto terrestre del puerto al almacén, El asegurado Alimentos Venezuela quién estaba transportando en sus propios camiones una línea de empaque adquirida C.I.F. a una empresa Holandesa, tuvo un siniestro ocasionado por el volcamiento de la unidad transportadora. El asegurado quién tiene una póliza declarativa con Seguros Caracas nos reporta el siniestro al siguiente día hábil de la ocurrencia del mismo. El transporte en cuestión había sido predeclarado a la compañía de seguros a través de un fax contentivo de la factura de compra F.O.B. con todo el detalle de la importación del cual no hubo ningún tipo de reparo de la compañía de seguros. Siendo una pérdida parcial ya que solo afectó a algunas piezas que podían ser reparadas incluso en los mismos talleres del asegurado y otras que se podían conseguir en Venezuela, que tipo de gestiones tendría que hacer Seguros Caracas para ajustar la pérdida.

FIN

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