Versión 008. Aprobado por:

MANUAL DE USUARIO CONSUMOS INTERNOS MANUAL DE CONTRATACIÓN DE MACROPROCESO COMERCIAL NACIONAL PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE ARGOS EN COLOMBIA

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MANUAL DE USUARIO CONSUMOS INTERNOS MANUAL DE CONTRATACIÓN DE MACROPROCESO COMERCIAL NACIONAL PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE ARGOS EN COLOMBIA

Nombre: Versión Manual de Contratación de Proveedores de 008 Bienes y Servicios de Cementos Argos en Colombia Revisado por: Aprobado por: Gerencia de Compras Gerencia de Compras Vicepresidencia Gestión Humana y Vicepresidencia Gestión Humana y Organizacional Organizacional Vicepresidencia Finanzas Corporativas Vicepresidencia Finanzas Corporativas Vicepresidencia Regional Colombia Vicepresidencia Regional Colombia Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad Gerencia de Auditoria Fecha creación: Febrero a Junio de 2010

Fecha aprobación: 3 de Junio de 2014

TABLA DE CONTENIDO

PARTE I: DISPOSICIONES GENERALES ....................................................................................... 1 1. Introducción .................................................................................................................................. 1 2. Alcance ......................................................................................................................................... 2 3. Comité de Contratación ................................................................................................................ 2 4. Disposiciones Laborales ............................................................................................................... 2 5. Manejo Ambiental ......................................................................................................................... 3 PARTE II - PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION .................................................................... 5 1. Definición de la Necesidad ............................................................................................................ 5 2. Presupuesto .................................................................................................................................. 5 3. Atribuciones .................................................................................................................................. 5 4. Area Encargada de la Negociación y Contratación ....................................................................... 5

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5. Procedimientos de Contratación según la Cuantía del Negocio ................................................... 6 5.1. Procedimiento de Superior Cuantía ........................................................................................... 7 5.1.1. Etapa Precontractual: Selección del Proveedor ...................................................................... 7 5.1.1.1. Invitación a Cotizar ............................................................................................................... 7 5.1.1.2 Evaluación de las Propuestas ............................................................................................... 8 5.1.1.3. Adjudicación ......................................................................................................................... 8 5.1.2. Etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato ....................................... 9 5.1.2.1. Introducción a la Administración de Contratos ..................................................................... 9 5.1.2.2. Procedimiento de Administración de Contratos ................................................................... 9 5.1.3. Etapa de Ejecución Contractual……………………………………………………………………11 5.1.3.1. Interventoría del Contrato………………………………………………………………………...11 5.1.3.2. Modificaciones Contractuales……………………………………………………………………11 5.1.4. Evaluación del Desempeño………………………………………………………………………...12 5.2. Procedimiento de Mayor Cuantía……………………………………………………………………12 5.2.1. Etapa Precontractual - Selección del Proveedor………………………………………………...12 5.2.1.1. Invitación a Cotizar…………………………………………………………………………..……12 5.2.1.2. Evaluación de las Propuestas……………………………………………………………………12 5.2.1.3. Adjudicación……………………………………………………………………………………….13 5.2.2. Etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato…………………………..13 5.2.2.1. Introducción a la Administración del Contrato………………………………………………….13 5.2.2.2. Procedimiento de Administración de Contratos………………………………………………..13 2

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5.2.3. Etapa de Ejecución Contractual……………………………………………………………………14 5.2.3.1. Interventoría del Contrato………………………………………………………………………...14 5.2.3.2. Modificaciones Contractuales……………………………………………………………………14 5.2.3.3. Evaluación del Desempeño………………………………………………………………………14 5.3. Procedimiento de Menor Cuantía……………………………………………………………………15 5.3.1. Etapa Precontractual: Selección del Proveedor………………………………………………….15 5.3.1.1. Invitación a Cotizar………………………………………………………………………………..15 5.3.1.2. Evaluación de las Propuestas……………………………………………………………………15

5.3.1.3 Adjudicación………………………………………………………………………………………..15 5.3.2. Etapa de Formalización Contractual ……………………………………………………………...15 5.3.3. Etapa de Ejecución Contractual……………………………………………………………………16 5.3.3.1. Interventoría del Contrato………………………………………………………………………...16 5.3.3.2. Evaluación del desempeño………………………………………………………………………16 5.4 Procedimiento de Mínima Cuantía……………………………………………………………………17 5.4.1. Etapa Precontractual : Selección del Proveedor…………………………………………………17 5.4.1.1. Invitación a Cotizar……………………..…………………………………………………………17 5.4.1.2. Evaluación de la Propuesta…………………….………………………………………………..17 5.4.1.3. Adjudicación……………………………………………………………………………………….17 5.4.2. Etapa de Formalización Contractual………………………………………………………………17 5.5. Compras Especiales…………………………………………………………………………………..17 3

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PARTE III - REGLAS ESPECIALES DE CONTRATACION……...……………………………………19 1. Aspectos Financieros del Contrato………………………………………….…………………………19 1.1. Impuestos………………………………………………………………………………………………19 1.2. Estipulación de la Moneda del Contrato…………………………………………………………….19 1.3. Proveedores del Exterior………………………………...……………………………………………19 1.4. Anticipos…………………………………………….………………………………………………….20 1.5. Pólizas y Garantías……………………………………………………………………………………20 2. Acuerdos de Niveles de Servicio……………………………………………………………………….22

3. Contenido Mínimo de los Contratos……………………………………………………………………23 3.1. Elementos Esenciales del Negocio………………………………………………………………….23 3.2.Confidencialidad………………………………………………………………………………………..23 3.3. Cesión y Subcontratación…………………………………………………………………………….23 3.4. Vigencia y Renovación de los Contratos……………………………………………………………24 3.5. Cláusula de Auditoria………………………………………………………………………………….24 3.6. Modificación de los Contratos………………………………………………………………………..25 3.7. Condiciones de Terminación…………………………………………………………………………25 3.8. Contactos de las Partes………………………………………………………………………………25 3.9. Resolución de Conflictos………………………………….…………………………………………..25 3.10. Cláusula de Responsabilidad…………………………….…………………………………………26 4. Contratos sobre Inmuebles………………………………….………………………………………….26 4

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5. Suministro de Servicios en las Instalaciones de Argos……………………………………………...26 6. Prestación de Servicios con Personal Extranjero…………………………………………………….26 PARTE IV - PROHIBICIONES, OBLIGATORIEDAD Y VIGENCIA DEL MANUAL………………….27 4.1. Prohibiciones…………………………………………….……………………………………………..27 4.2. Obligatoriedad………………………………………………………………………………………….27 4.3. Vigencias y Derogatorias del Presente Manual…………………………………………………….27 Anexo 1 - Definiciones……………………………………………………………………………………..28 Anexo 2 - Atribuciones……………………………………………………………………………………..31 Anexo 3 - Flujograma Procesos de Contratación……………………………………………………….32

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PARTE I: DISPOSICIONES GENERALES 1.

INTRODUCCION

El presente Manual contiene las normas y políticas de obligatorio cumplimiento en los procesos de contratación de bienes y servicios de Cementos Argos S.A y sus empresas subordinadas, en adelante ARGOS. Las disposiciones contenidas en el manual son materialización del Código de Conducta y deben interpretarse en armonía con el Código de Conducta.

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2.

ALCANCE

El Manual con sus políticas y procedimientos de contratación, se aplicará en todos los procesos de contratación de bienes y servicios que se adelanten con Proveedores cuyo destinatario sea Cementos Argos S.A. o una de sus compañías subordinadas o filiales ubicadas en Colombia. Para efectos de este Manual el término Proveedores se entenderá de manera genérica, comprendiendo a aquellos que presten sus servicios o suministren bienes en las instalaciones de ARGOS (Contratistas) o los que lo realizan por fuera de las mismas. 3.

COMITÉ DE CONTRATACIÓN

Estará conformado por los Vicepresidentes Legal y de Sostenibilidad, Gestión Humana y Organizacional, Finanzas Corporativas y Regional Colombia y se encargará de resolver las situaciones no contempladas en el Manual, así como de autorizar excepciones a sus procedimientos y reglas. 4. DISPOSICIONES LABORALES Los Proveedores que celebren contratos o negocios jurídicos con las compañías subordinadas de ARGOS y que para el efecto empleen personal, observarán las disposiciones establecidas en el Código de Conducta Empresarial, adoptado por ARGOS y publicado en su página web. Para el efecto, en todos los contratos que se suscriban se establecerá en materia laboral lo siguiente: a). Si los trabajos se realizan en las instalaciones de ARGOS, el Proveedor está obligado a cumplir los reglamentos establecidos por ARGOS, y las normas que se establezcan en los reglamentos Internos de Trabajo y de Higiene y Seguridad Industrial de ARGOS. b). Si los trabajos se realizan en las instalaciones del Proveedor, ARGOS podrá verificar que exista y se cumpla con el reglamento interno de trabajo y el de higiene y seguridad industrial del Proveedor. c). En caso de ser requerido, el Proveedor deberá demostrar que al personal empleado para la ejecución del contrato celebrado con ARGOS, le ha efectuado el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones a que hubiere lugar. En caso de que se verifique el no cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones laborales, ARGOS podrá retener de los pagos derivados del contrato, las sumas necesarias para el cumplimiento. d). ARGOS realizará de manera periódica auditorias laborales integrales, internas y externas, en las cuales se realizará entre otros, la verificación del cumplimiento de los estándares del RUC. e). Los contratistas que presten sus servicios en las instalaciones de Argos deberán cumplir con el RUC en un porcentaje equivalente al 70% para la vigencia del 2014 y en un porcentaje equivalente al 80% para la vigencia de 2013, siempre que se trate de: (a) Contratistas que de manera esporádica presten sus servicios

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en las instalaciones de Argos y que tengan más de 10 trabajadores vinculados; ó (b), Contratistas que esten ejecutando una actividad de alto riesgo, entendiendo por actividad de alto riesgo aquella que se encuentre catalogada como nivel 5 dentro de la normatividad de riesgos profesionales colombiana; ó (c) Contratistas que presente sus servicios en las instalaciones de Argos de manera habitual con más de 3 trabjadores vinulados. Para efectos de ser catalogado como Contratista habitual o esporádico será necesario remitirse a la ley laboral vigente en la materia.

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5.

MANEJO AMBIENTAL

Los Proveedores deberán cumplir con la Política de Sostenibilidad y con el Código de Buen Gobierno en materia ambiental de ARGOS, mediante la aplicación de los requisitos establecidos en el Sistema de Gestión Ambiental (SGA), con los Planes de Manejo Ambiental (PMA) o Planes de Gestión Ambiental (PGA) y el Plan de manejo de residuos (PMIR) y demás documentos requeridos por ARGOS. Deben además informar de eventualidades o formular las inquietudes al Interventor del Contrato. La política de sostenibilidad en materia ambiental de ARGOS se deberá difundir a los Proveedores como guía general para el desarrollo de las actividades específicas, y para asegurar su cumplimiento, se deberán realizar las siguientes actividades: 1. El Interventor del Contrato por parte de ARGOS, deberá coordinar una reunión inicial con el Proveedor para la difusión y explicación de la Política de sostenibilidad, los requisitos del SGA y del PMA o PGA, PMIR relacionados con el trabajo a realizar. 2. El Interventor del Contrato de ARGOS debe asegurarse que todos los trabajadores vinculados por el Proveedor reciban la instrucción inicial sobre la política, requisitos del sistema de gestión ambiental — SGA— o con los Planes de Manejo Ambiental —PMA— o de Gestión Ambiental —PGA— y que conozcan la importancia del cumplimiento de las normas ambientales relacionadas con el Contrato. 3. El Proveedor deberá involucrar la ejecución de las medidas ambientales en los procedimientos de preparación para el desarrollo de sus actividades diarias. 4. El Proveedor deberá llevar los indicadores ambientales establecidos en las fichas de manejo de los PGA, PMA, de los SGA o de normas específicas, si estas así lo exigen y tenerlos a disposición de ARGOS cuando le sean requeridos. 5. Los Proveedores deberán tramitar y mantener vigentes los permisos o autorizaciones ambientales que le sean aplicables. 6. Los Proveedores deberán realizar el control de los aspectos e impactos ambientales generados en el desarrollo de sus actividades. 7. Los Proveedores deberán cumplir lo requisitos legales ambientales para el desarrollo de sus actividades. 8. Los Proveedores deberán informar de manera inmediata al Interventor del contrato cualquier situación ambiental no prevista o contingencia ambiental, con miras a que se le de un manejo adecuado. 9. El Proveedor antes de iniciar trabajos debe efectuar difusión en su personal del control de los aspectos e impactos ambientales asociados a su labor y conservar las evidencias respectivas. 10. El Proveedor deberá tener disponible y actualizada en el sitio de ejecución de actividades la información ambiental asociada a sus actividades para eventuales seguimientos por parte de ARGOS (información como licencias, permisos, registros de capacitaciones y demás registros requeridos por ARGOS). 11. Si durante la ejecución de los trabajos y/o actividades surge algún tipo de duda relacionada con la afectación de los recursos naturales, se deberán detener la actividad de inmediato, la duda o la falta de conocimiento no serán utilizadas como excusa para incumplir las obligaciones en materia ambiental. En este caso se consultará con el profesional de Gestión Ambiental y al Interventor del contrato.

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12. Cuando quiera que el Proveedor producto del desarrollo de su labor genere contaminación o daño ambiental, éste será responsable económicamente por las actividades de recuperación, por los daños y perjuicios generados a ARGOS tanto desde el punto de vista operativo como desde el punto de vista legal. Las dudas que se presenten por parte de los Proveedores y por parte de los Interventores en materia ambiental, deberán ser consultadas con el Profesional de Gestión Ambiental.

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PARTE II - PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION 1.

DEFINICION DE LA NECESIDAD

Consiste en la identificación del bien o servicio que ARGOS requiere, en términos de cantidad, calidad y demás especificaciones, por parte del Área Contratante. El Área Contratante podrá proponer proveedores que vendan los bienes o presten los servicios identificados en la necesidad, pero en todo caso, será responsable por la idoneidad técnica y económica del bien o servicio contratado y por las especificaciones definidas para la adquisición de los mismos. 2.

PRESUPUESTO

El Área Contratante verificará la disponibilidad presupuestal para la adquisición del bien o servicio, de acuerdo al presupuesto de gastos del área o de acuerdo al presupuesto del proyecto, según el caso. El presupuesto definido para cada área anualmente no es acumulable para el período siguiente, es decir, en el caso en que el presupuesto de un área no se utilice completamente en un año, la diferencia no utilizada no se sumará al presupuesto del año siguiente. 3.

ATRIBUCIONES

El Área Contratante, además de la disponibilidad presupuestal antes mencionada, deberá sujetarse a las Atribuciones definidas en el Anexo 2- Atribuciones del presente Manual. Así mismo, deberá tener en cuenta lo siguiente: - Las Atribuciones están limitadas atendiendo la órbita de acción y los procesos a cargo del titular de la Atribución. - Las Atribuciones no podrán ser delegadas, salvo en casos excepcionales tales como vacaciones, incapacidades, licencias o inexistencia de la posición en la estructura de la organización. En dichos casos la delegación podrá hacerse por el titular de la Atribución (delegante) o su inmediato superior jerárquico, a personas de un rango superior, inferior o del mismo nivel del delegante. En el evento en el cual se deleguen Atribuciones a personas de un rango inferior al del delegante, se deberá suscribir por parte del delegante una autorización mediante la cual indique el nombre del delegatario, la atribución delegada y el período de tiempo durante el cual delega la Atribución, de acuerdo con el procedimiento establecido para el efecto por el Área de Compras. En todos los casos quien delega la atribución como quien la asume, serán responsables por el ejercicio de la Atribución.

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- Ninguna negociación de bienes y servicios debe ser fraccionada para efectos de sustraerse de las reglas de competencia o Atribuciones acá establecidas. Las inquietudes que se presenten respecto a las Atribuciones deberán ser consultadas con la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. 4.

AREA ENCARGADA DE LA NEGOCIACION Y CONTRATACION

El Área de Compras será la responsable de participar, negociar y apoyar a las diferentes áreas de ARGOS en la negociación y contratación de todas las adquisiciones de bienes y servicios, salvo que se trate de lo siguiente: i). Contrataciones relacionadas con personal que puedan tener implicaciones laborales, las cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia de Gestión Humana y Organizacional. ii). Adquisiciones y enajenaciones de títulos mineros, las cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia Técnica y/o Vicepresidencia Regional Colombia. iii). Negociaciones de bienes inmuebles, las cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas y/o la Vicepresidencia de Gestión Humana y Organizacional y/o y/o Vicepresidencia Técnica. iv). Negociaciones de servicios financieros, las cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas. v). Servicios de asesoría y consultoría de las Vicepresidencias Corporativas, los cuales estarán a cargo de dichas Vicepresidencias. vi). Los servicios de asesoría y consultoría de la Vicepresidencia Regional Colombia que por su confidencialidad, se considere conveniente sean manejados directamente por dicha Vicepresidencia. En este caso deberán contar con la aprobación previa del Vicepresidente. vii). Servicios de Mercadeo, los cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia Regional Colombia y/o VP Innovación. viii). Compra de materias primas y contratación de servicios de mantenimiento del negocio industrial, los cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia Regional Colombia. ix). Negociaciones y contrataciones relacionados con la sostenibilidad, los cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. x). Negociación de seguros, la cual estará a cargo de la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas xi). Servicios de Transporte, los cuales estarán a cargo de la Vicepresidencia Regional Colombia.

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Sin perjuicio de las anteriores excepciones, y de manera especial, deberá tenerse en cuenta que todas las negociaciones que se refieran a contratos de licencia de tecnología; contratos de licencia de marcas; contratos de licencia de patentes; contratos de asistencia técnica; contratos de servicios técnicos; contratos de ingeniería básica; así como cualquier otra referida a los demás contratos tecnológicos, deberán ser adelantadas con el apoyo del Area de Compras, quien será la responsable del proceso.

5.

PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION SEGÚN LA CUANTÍA DEL NEGOCIO

Para la contratación de bienes y servicios, previo al agotamiento de los puntos anteriores relacionados con Definición de Necesidad, Verificación de Presupuesto, Analisis de Atribuciones e Identificación del Area Encargada de la Negociación y Contratación, el Área Contratante o el Área de Compras según el caso, seguirán los procedimientos establecidos a continuación, dependiendo de la cuantía estimada del negocio incluyendo los impuestos aplicables, calculada con base en el plazo estimado de la negociación. A Continuación se presenta un resumen con los principales aspectos de cada procedimiento de contratación: PROCEDIMIENTO

CUANTÍA (SMLMV)

SELECCION

FORMALIZACION

PROCEDIMIENTO ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO

POLIZAS DE SEGURO

Superior Cuantía

≥ 8,000

Contrato Escrito

Si

Si

Mayor Cuantía

Menor a 8,000 y ≥ 400 Menor a 400 y ≥10

Proceso de Licitación Privada 3 Cotizaciones

Contrato Escrito

Si

Si

2 Cotizaciones

Términos y Condiciones – Orden de Compra Términos y Condiciones – Orden de Compra

No

No

No

No

Menor Cuantía

Mínima Cuantía

5.1.

Menor a 10

1 Cotización

PROCEDIMIENTO DE SUPERIOR CUANTÍA

Se regirán por el procedimiento de superior cuantía aquellas negociaciones que sean iguales o superiores a 8.000 SMLMV.

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En todos los procesos de superior cuantía se llevará a cabo la definición de la necesidad, que consiste en la identificación del bien o servicio que ARGOS requiere, en términos de cantidad, calidad y demás especificaciones, por parte del Área Contratante, tal como se establece en el numeral 1- Definición de la Necesidad de la Parte II – Procedimientos de Contratación del presente Manual. 5.1.1. Etapa Precontractual: Selección Del Proveedor 5.1.1.1. Invitación a cotizar El Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, debe adelantar un Proceso de Licitación Privada, con base en lo definido a continuación: 1. Se debe convocar un Comité de Expertos, grupo de personas conocedoras del objeto del contrato (profesionales, técnicos, directores, etc.) a elección del Área Contratante o del Área de Compras, según sea el caso, con el fin de preseleccionar los proponentes a invitar. El Comité de Expertos define los criterios de preselección de los proponentes y el peso de cada criterio en la evaluación de las propuestas. La preselección se hará con base en sondeos hechos en el mercado. Será considerado como un aspecto positivo para la preselección, el hecho de que el proponente haga parte del RUC y tenga una calificación superior al 80%. Solo podrán ser preseleccionados aquellos proponentes que no se encuentren reportados en la lista Clinton y que tengan una evaluación favorable, en caso de haber sido evaluados dentro del proceso de evaluación de proveedor críticos adelantado por la Gerencia de Compras. 2. El Proceso de Licitación deberá tener como mínimo tres (3) proponentes como invitados. 3. La carta de invitación siempre deberá indicar la facultad discrecional de ARGOS para terminar el Proceso de Licitación Privada en cualquier momento. La carta de invitación al Proceso de Licitación Privada deberá presentarse en el formato que para ello disponga ARGOS. 4. Todo Proceso de Licitación Privada deberá estar estructurado a través de pliego de condiciones, en el cual se detalle: - El objeto a contratar y su alcance - Las necesidades y requerimientos de la Compañía - Cronograma del proceso de invitación - Factores de ponderación para evaluación - Garantías de cumplimiento y/o pólizas de seguros - Minuta del contrato a suscribir

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- Facultad de terminación anticipada por parte de ARGOS; (a) Cuando no se presenten propuestas o se presente una sola que no cumpla con los requisitos definidos; y (b) Cuando ninguna de las propuestas se ajuste a los requerimientos formales o técnicos estipulados en el pliego de condiciones. - El compromiso de confidencialidad que deberá asumir el participante en el proceso, respecto a la información entregada por ARGOS. - La posibilidad para el Proponente de presentar su oferta por medios digitales. - Los requerimientos que debe cumplir el Proponente adjudicatario en materia de salud ocupacional, temas laborales y ambientales. El Pliego de Condiciones deberá ser construido entre el Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, y el abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. 5. Cualquier cambio que se haga al pliego de condiciones así como aquellas aclaraciones que se hagan del mismo a raíz de las distintas preguntas y observaciones de los proponentes invitados, deberán ser informadas oportunamente a todos los proponentes invitados. 5.1.1.2. Evaluación de las Propuestas Una vez recibidas las propuestas de acuerdo al pliego de condiciones, el Área Contratante o de Compras según el caso, deberá convocar un Comité Ocasional de Contratación, conformado por representantes de la Vicepresidencia Finanzas Corporativas, un abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad según sea la especialidad, un representante del Área de Compras y un representante del Área Contratante, el cual se encargará de discutir y analizar las distintas propuestas recibidas, sus condiciones, de revisar los resultados del informe de visita a los proponentes, en caso de que se haya efectuado, y de seleccionar el Proveedor. 5.1.1.3. Adjudicación El Proponente mejor calificado de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral anterior, será el Proponente Adjudicatario. No obstante lo anterior, hasta tanto no se formalice la relación contractual con el Proponente Adjudicatario, este no será considerado como Proveedor de ARGOS (en el bien o servicio objeto de licitación), ni podrá iniciarse ninguna prestación de servicio o suministro de bienes por parte del mismo. 5.1.2 Etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato Todos los negocios de Superior Cuantía deberán formalizarse mediante la suscripción de un contrato, previamente aprobado por el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sosteniblidad y estarán sometidos al procedimiento de Administración de Contratos. Sin embargo, cuando se trate de la compra de materias primas o bienes que la Organización compra de manera masiva y reiterada, la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad podrá autorizar a solicitud del Área

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Contratante, la realización de la compraventa sin necesidad de suscribir contrato, y en dichos casos, esas compraventas quedarán reguladas por los Términos y Condiciones de la orden de compra. 5.1.2.1. El Administrador de Contratos. El procedimiento de Administración de Contratos conlleva la existencia de un rol en ARGOS, denominado Administrador de Contratos, el cual es asumido por varios funcionarios de la Organización, con las funciones y responsabilidades que se señalan más adelante. El Administrador de Contratos puede pertenecer a diferentes áreas según se explica a continuación:  Área de Compras: El Administrador será un funcionario del Área de Compras cuando esta gerencia sea la encargada de negociar los bienes y servicios para la Organización de acuerdo con éste Manual.  Área Contratante: Para las demás negociaciones, es decir, aquellas que son manejadas por las áreas de manera independiente, según este Manual, el Administrador de Contratos será un funcionario designado por el Área Contratante. 5.1.2.2. Procedimiento de Administración de Contratos. El Administrador de contratos se encargará de apoyar el proceso de contratación desde su inicio hasta su fin incluyendo la etapa de ejecución del contrato, y tendrá a su cargo las siguientes funciones:  Generación de Consecutivo: Generará un consecutivo numérico para cada proceso de contratación de la Organización, con el cual serán identificados todos los documentos asociados al proceso de contratación y al contrato en caso de que éste se celebre. El Consecutivo facilitará la consulta posterior por parte de los interesados en el contrato. Igualmente, el CAD contará con un software de consulta en el que se permitirá acceder a los diferentes contratos por los temas previamente definidos por la Vicepresidencia de Asuntos Corporativos.  Aprobación del Área Contratante: El Administrador de Contratos deberá obtener por parte del Área Contratante el visto bueno de los documentos de negociación.  Aprobación de los términos legales: El Administrador de Contratos solicitará al Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad, la aprobación de los términos legales de los Contratos. Por regla general se utilizarán los modelos de contrato definidos por la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad, sin que ello obste para que los abogados de tal Vicepresidencia puedan autorizar la utilización de otros modelos.  Firma del representante legal de ARGOS y del Proveedor: Obtenida la aprobación antes mencionada, el Administrador deberá gestionar la firma del contrato por parte del representante legal de ARGOS y por parte del representante legal del Proveedor.

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 Entrega de Contratos al Proveedor: Una de las versiones firmadas del contrato deberá ser entregada por el Administrador, al Proveedor.  Registro del Proveedor: El Administrador de Contratos será el encargado de velar que el Proveedor diligencie el formato establecido para su registro en ARGOS, el cual se encuentra en el Método ARGOS. Adicionalmente, el Proveedor deberá firmar la autorización para consulta y reporte a centrales de información financiera y consulta a las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo. No se debe realizar ningún desembolso a Proveedores que no hayan realizado su vinculación formal a través del registro de proveedores.  Expedición de pólizas y garantías: El Administrador deberá solicitar al Proveedor la expedición de las pólizas y/o garantías que se hayan pactado en el respectivo Contrato, de acuerdo a las directrices establecidas en este Manual y las que para el efecto señale el Área de Riesgos y Seguros. Cualquier duda que tenga el Administrador de Contratos relacionada con la expedición de las pólizas, deberá consultarla al Área de Riesgos y Seguros.  Custodia y archivo: Una vez se haya firmado el Contrato, el Administrador deberá enviarlo al Centro de Administración de Documentos (CAD), para su custodia y archivo, detallando en el sistema los atributos y datos básicos del Contrato y demás información solicitada por el CAD para efectos de que se lleve a cabo la transferencia documental completa del contrato y sus documentos anexos.  Envío de copias digitalizadas al Abogado: El Administrador deberá enviar vía correo electrónico una copia digitalizada de los documentos definitivos de la contratación (incluidos anexos del contrato y pólizas) al Abogado.  Impuestos y registros especiales del contrato: El Administrador deberá informar al Área de Impuestos sobre las negociaciones de las que sea responsable, de manera que esta defina cuales son los impuestos generados por el Contrato. Igualmente, en los casos en que el Contrato requiera un registro especial ante cualquier entidad (v.gr registro ante Ministerio de Comercio), el Administrador será el encargado de realizar tal registro con el acompañamiento del Área de Comercio Exterior. La Vicepresidencia de Finanzas Corporativas brindarán la asesoría necesaria al Administrador en estos temas.

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 Entrega de información al Interventor: Antes del inicio de la ejecución del Contrato, el Administrador enviará al Interventor designado por ARGOS para el Contrato, copia del mismo con sus respectivos anexos y pólizas, con el fin de permitirle conocer los términos contractuales.  Inventario de los Contratos: El Administrador deberá tener un inventario actualizado de los Contratos que tiene a su cargo, con los siguientes atributos: partes del Contrato, objeto, valor, pólizas identificando fecha de vencimiento de las mismas, fecha de inicio y fecha de finalización. 5.1.3. Etapa de Ejecución Contractual Una vez agotada la etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato, se adelantarán las gestiones definidas a continuación por parte del Área Contratante. Cuando la naturaleza o complejidad del contrato de obra lo amerite, el Área Contratante podrá recomendar la contratación de una firma de interventoría externa. 5.1.3.1.

Interventoría del Contrato

Consiste en la supervisión por parte del Área Contratante de la correcta ejecución por parte del Proveedor, de las obligaciones asumidas en virtud de la celebración del contrato, en los siguientes aspectos:      

Completa ejecución de las prestaciones a cargo del Proveedor (ANS, en los casos en que aplique) Adecuada facturación según el procedimiento establecido por ARGOS Aspectos económicos del contrato, tales como: pagos, anticipos y cuentas por pagar. Requerimientos de salud ocupacional. Cumplimiento de normas laborales por parte del Proveedor Adecuada resolución de conflictos con el Proveedor. Para el efecto deberá apoyarse en el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad.

5.1.3.2. Modificaciones Contractuales El Área Contratante será la encargada de informarle al Administrador del Contrato aquellos eventos en los cuales se haga necesario llevar a cabo una modificación, prórroga o renovación del Contrato. La renovación de contratos puede llevarse a cabo, previa calificación favorable del Área Contratante, con el mismo Proveedor, siempre que las prórrogas no sean superiores a tres (3) años consecutivos, en cuyo caso debe iniciarse nuevamente el proceso de contratación. El Administrador deberá realizar el mismo procedimiento que se hace para un Contrato nuevo, de conformidad con las reglas establecidas en el presente Manual. En el mismo sentido, el Administrador deberá velar por la renovación de las pólizas o garantías inicialmente pactadas.

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5.1.4. Evaluación del Desempeño. Una vez finalizado el plazo contractual y cumplidas por parte de ARGOS y del Proveedor la totalidad de las obligaciones contractuales, se procederá por parte del Área Contratante a evaluar el desempeño de los Proveedores sujetos a evaluación. Los Proveedores cuyo desempeño se evalúa serán los catalogados como críticos en la base de datos definida por el Área de Compras, de conformidad con el procedimiento definido por dicha Gerencia. 5.2. PROCEDIMIENTO DE MAYOR CUANTÍA Se regirán por el procedimiento de mayor cuantía aquellas negociaciones que sean menores a 8.000 SMMLV y mayores o iguales a 400 SMMLV. 5.2.1. Etapa Precontractual: Selección Del Proveedor 5.2.1.1.

Invitación a cotizar

En las negociaciones de Mayor Cuantía se deben solicitar como mínimo tres (3) cotizaciones, las cuales deben ser homogéneas en cuanto al bien o servicio ofrecido, de manera que puedan ser comparables entre sí. Será considerado como un aspecto positivo para la selección, el hecho de que el Proponente haga parte del RUC y tenga una calificación superior al 80%. Solo podrán ser proponentes invitados a presentar propuesta aquellos que no se encuentren reportados en la lista Clinton y que tengan una evaluación favorable, en caso de haber sido evaluados dentro del proceso de evaluación de proveedor críticos adelantado por la Gerencia de Compras. 5.2.1.2. Evaluación de las Propuestas Una vez recibidas las propuestas, el Área Contratante o el Área de Compras las evaluará según el caso, a través del Método de Expertos.

El Comité de Expertos se encargará de discutir y analizar las distintas propuestas recibidas, sus condiciones, así como de revisar los resultados del informe de visita a los proponentes, en caso de que se haya efectuado. El Comité de Expertos determina los factores a evaluar y su ponderación, califica los factores definidos generando un cuadro comparativo, recomienda basado en las evaluaciones el proveedor a seleccionar y

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presenta la evaluación de las propuestas a la respectiva instancia en la Organización que avala la decisión, de acuerdo a los niveles de Atribuciones establecidos en el presente Manual. En todos los casos se deben considerar como factores de evaluación de las propuestas el precio y la calidad del bien o servicio ofrecido, los cuales deben tener en el proceso de ponderación un peso mínimo del quince por ciento (15%) cada uno. 5.2.1.3. Adjudicación El Proponente mejor calificado de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral anterior, será el Proponente Adjudicatario. No obstante lo anterior, hasta tanto no se formalice la relación contractual con el Proponente Adjudicatario, este no será considerado como Proveedor de ARGOS (en el bien o servicio objeto del proceso de contratación), ni podrá iniciarse ninguna prestación de servicio o suministro de bienes por parte del mismo. 5.2.2. Etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato Todos los negocios de Mayor Cuantía deberán formalizarse mediante la suscripción de un contrato, previamente aprobado por el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad y estarán sometidos al procedimiento de Administración de Contratos. Sin embargo, cuando se trate de la compra de materias primas o bienes que la Organización compra de manera masiva y reiterada, la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad podrá autorizar a solicitud del Área Contratante, la realización de la compraventa sin necesidad de suscribir contrato, y en dichos casos, esas compraventas quedarán reguladas por los Términos y Condiciones de la orden de compra. 5.2.2.1. El Administrador de Contratos. Se seguirán las reglas definidas para el Procedimiento de Superior Cuantía contenidas en el numeral 5.1.2.1. 5.2.2.2. Procedimiento de Administración de Contratos. Se seguirán las reglas definidas para el Procedimiento de Superior Cuantía contenidas en el numeral 5.1.2.2. 5.2.3. Etapa de Ejecución Contractual Una vez agotada la etapa de Formalización Contractual y Administración del Contrato, se adelantarán las gestiones definidas a continuación por parte del Área Contratante. 5.2.3.1. Interventoría del Contrato

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Consiste en la supervisión por parte del Área Contratante de la correcta ejecución por parte del Proveedor, de las obligaciones asumidas en virtud de la celebración del contrato, en los siguientes aspectos:      

Completa ejecución de las obligaciones a cargo del Proveedor (ANS, en los casos en que aplique) Adecuada facturación según el procedimiento establecido por ARGOS Aspectos económicos del contrato, tales como: pagos, anticipos y cuentas por pagar. Requerimientos de salud ocupacional. Cumplimiento de normas laborales por parte del Proveedor Adecuada resolución de conflictos con el Proveedor. Para el efecto deberá apoyarse en el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad.

5.2.3.2. Modificaciones Contractuales El Área Contratante será la encargada de informarle al Administrador del Contrato aquellos eventos en los cuales se haga necesario llevar a cabo una modificación, prórroga o renovación del Contrato. La renovación de contratos puede llevarse a cabo, previa calificación favorable del Área Contratante, con el mismo Proveedor, siempre que las prórrogas no sean superiores a tres (3) años consecutivos, en cuyo caso debe iniciarse nuevamente el proceso de contratación. El Administrador deberá realizar el mismo procedimiento que se hace para un Contrato nuevo, de conformidad con las reglas establecidas en el presente Manual. En el mismo sentido, el Administrador deberá velar por la renovación de las pólizas o garantías inicialmente pactadas. 5.2.3.3. Evaluación del Desempeño. Una vez finalizado el plazo contractual y cumplidas por parte de ARGOS y del Proveedor la totalidad de las obligaciones contractuales, se procederá por parte del Área Contratante a evaluar el desempeño de los proveedores sujetos a evaluación. Los Proveedores cuyo desempeño se evalúa serán los catalogados como críticos en la base de datos de los proveedores críticos definida por el Área de Compras, de conformidad con el procedimiento definido por dicha Área. 5.3. PROCEDIMIENTO DE MENOR CUANTÍA Se regirán por el procedimiento de menor cuantía aquellas negociaciones que sean menores a 400 SMMLV y mayores o iguales a 10 SMMLV. 5.3.1. Etapa Precontractual: Selección Del Proveedor

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5.3.1.1. Invitación a cotizar En las negociaciones de Menor Cuantía se deben solicitar como mínimo dos (2) cotizaciones, las cuales deben ser homogéneas en cuanto al bien o servicio ofrecido, de manera que puedan ser comparables entre sí. La solicitud de las cotizaciones deberá estar precedida de la Definición de la Necesidad por parte del Área Contratante, Será considerado como un aspecto positivo para la selección, el hecho de que el Proponente haga parte del RUC y tenga una calificación superior al 80%. Solo podrán ser proponentes invitados a presentar propuesta aquellos que no se encuentren reportados en la lista Clinton y que tengan una evaluación favorable, en caso de haber sido evaluados dentro del proceso de evaluación de proveedor críticos adelantado por la Gerencia de Compras. 5.3.1.2. Evaluación de las Propuestas Una vez recibidas las propuestas el Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, deberá documentar el proceso de evaluación realizado respecto a las propuestas recibidas, así como evaluar la solvencia económica y la capacidad financiera del Proponente para responder por las obligaciones de su propuesta. 5.3.1.3.

Adjudicación

El Proponente mejor calificado de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral anterior, será el Proponente Adjudicatario. No obstante lo anterior, hasta tanto no se formalice la relación contractual con el Proponente Adjudicatario, este no será considerado como Proveedor de ARGOS (en el bien o servicio objeto del proceso de contratación), ni podrá iniciarse ninguna prestación de servicio o suministro de bienes por parte del mismo. 5.3.2. Etapa de Formalización Contractual Las negociaciones de bienes o servicios de ARGOS cuyo valor corresponda a la Menor cuantía no requieren contrato escrito y se regulan en el documento denominado “Términos y Condiciones”. Este documento se anexa a todas las órdenes de compra emitidas por ARGOS. No obstante lo anterior, si el Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, consideran importante la celebración de un contrato escrito atendiendo la naturaleza del negocio, podrán dirigir una solicitud en dicho sentido a la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad, quien analizará en conjunto con el Área Contratante o el Área de Compras según el caso, la conveniencia de suscribir el contrato.

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En todos los casos en los cuales se pretenda la celebración de un contrato de licencia de tecnología; contrato de licencia de marcas; contrato de licencia de patentes; contrato de asistencia técnica; contrato de servicios técnicos; contrato de ingeniería básica; y cualquier otro contrato tecnológicos se requerirá la celebración de un contrato escrito, cuya minuta será suministrada por el Área de Compras.

En el evento en que las negociaciones de Menor Cuantía se formalicen mediante la celebración de un contrato, estarán sometidas al procedimiento de Administración de Contratos indicado para los procesos de Superior y Mayor Cuantía. El Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, deberán asegurarse y conservar constancia de la efectiva recepción por parte del Proveedor del documento de Términos y Condiciones. El Área Contratante será la encargada de velar que el Proveedor diligencie el formato establecido para su registro en ARGOS, el cual se encuentra en el Método ARGOS, No se debe realizar ningún desembolso a Proveedores que no hayan realizado su vinculación formal a través del registro de proveedores y que hayan firmado la autorización para la consulta y reporte a centrales de información financiera y consulta a las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo. 5.3.3. Etapa de Ejecución Contractual Una vez agotada la etapa de Formalización Contractual, se adelantarán las gestiones definidas a continuación por parte del Área Contratante. 5.3.3.1.

Interventoría del Contrato

Consiste en la supervisión por parte del Área Contratante de la correcta ejecución por parte del Proveedor, de las obligaciones asumidas en virtud de la celebración del negocio, en los siguientes aspectos:      

Completa ejecución de las obligaciones a cargo del Proveedor Adecuada facturación según el procedimiento establecido por ARGOS Aspectos económicos, tales como: pagos y cuentas por pagar. Requerimientos de salud ocupacional. Cumplimiento de normas laborales por parte del Proveedor Adecuada resolución de conflictos con el Proveedor. Para el efecto deberá apoyarse en el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad.

5.3.3.2. Evaluación del Desempeño.

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Una vez finalizado el plazo contractual y cumplidas por parte de ARGOS y del Proveedor la totalidad de las obligaciones contractuales, se procederá por parte del Área Contratante a evaluar el desempeño de los Proveedores sujetos a evaluación. Los Proveedores cuyo desempeño se evalúa serán los catalogados como críticos en la base de datos de los proveedores críticos definida por el Área de Compras, de conformidad con el procedimiento definido por dicha Área.

5.4. PROCEDIMIENTO DE MÍNIMA CUANTÍA Se regirán por el procedimiento de mínima cuantía aquellas negociaciones que sean menores a 10 SMMLV. 5.4.1. Etapa Precontractual: Selección Del Proveedor 5.4.1.1. Invitación a cotizar En las negociaciones de Mínima Cuantía será suficiente la solicitud de una (1) cotización. Solo podrán ser proponentes invitados a presentar propuesta aquellos que no se encuentren reportados en la lista Clinton y que tengan una evaluación favorable, en caso de haber sido evaluados dentro del proceso de evaluación de proveedor críticos adelantado por la Gerencia de Compras. 5.4.1.2. Evaluación de la Propuesta Una vez recibida la propuesta el Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, deberá documentar el proceso de evaluación realizado. 5.4.1.3. Adjudicación El Proponente invitado será el adjudicatario si su propuesta es considerada conveniente por ARGOS en la evaluación efectuada a la misma. No obstante lo anterior, hasta tanto no se formalice la relación contractual con el Proponente, este no será considerado como Proveedor de ARGOS (en el bien o servicio objeto del proceso de contratación), ni podrá iniciarse ninguna prestación de servicio o suministro de bienes por parte del mismo. 5.4.2. Etapa de Formalización Contractual

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Las negociaciones de bienes o servicios de ARGOS cuyo valor corresponda a la Mínima cuantía no requieren contrato escrito y se regulan en el documento denominado “Términos y Condiciones”. Este documento se anexa a todas las órdenes de compra emitidas por ARGOS. El Área Contratante o el Área de Compras, según el caso, deberán asegurarse y conservar constancia de la efectiva recepción por parte del Proveedor del documento de Términos y Condiciones. No obstante lo anterior, deberá tenerse en cuenta que en todos los casos en los cuales se pretenda la celebración de un contrato de licencia de tecnología; contrato de licencia de marcas; contrato de licencia de patentes;contrato de asistencia técnica; contrato de servicios técnicos; contrato de ingeniería básica; y cualquier otro contrato tecnológicos se requerirá la celebración de un contrato escrito, cuya minuta será suministrada por el Área de Compras. El Área Contratante será la encargada de velar que el Proveedor diligencie el formato establecido para su registro en ARGOS, el cual se encuentra en el Método ARGOS, No se debe realizar ningún desembolso a Proveedores que no hayan realizado su vinculación formal a través del registro de proveedores y que hayan firmado la autorización para la consulta y reporte a centrales de información financiera y consulta a las listas para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo. 5.5 Compras Especiales Para los siguientes casos se permitirá la solicitud de una sola cotización: i). Los trabajos o servicios que por su especialidad o por sus calidades, sólo determinada persona pueda ejecutar, o la adquisición de bienes que solamente un Proveedor pueda suministrar, como por ejemplo, los contratos con un representante exclusivo de determinada marca, previa autorización del Gerente de Compras o vicepresidente respectivo. ii). La adquisición de un bien o la contratación de un servicio para prueba, ensayo o proyecto piloto. iii). La ocurrencia de siniestros, calamidades, desastres, fuerza mayor y caso fortuito. iv). Cuando se hayan solicitado varias cotizaciones y se reciba respuesta de solo una de ellas. En estos casos deberá dejarse constancia de la solicitud inicial de las cotizaciones. v). Los contratos entre compañías vinculadas. vi). La adquisición de bienes inmuebles y títulos mineros.

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PARTE III – REGLAS ESPECIALES DE CONTRATACION 1. 1.1.

ASPECTOS FINANCIEROS DEL CONTRATO Regimen Tributario, aduanero y cambiario.

Las negociaciones con Proveedores, nacionales y extranjeros, están sujetas a impuestos, generalmente IVA, Retenciones, Industria y Comercio, Timbre; por lo tanto, es indispensable que al momento de la negociación se analicen las condiciones para que cada parte pague los impuestos que le correspondan. Igualmente es importante analizar cuales son las implicaciones aduaneras y cambiarias de cada contrato, con el apoyo de la Dirección de Planeación Tributaria, la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. ARGOS cuenta con la Dirección de Planeación Tributaria como área que podrá brindar asesoría en estos aspectos durante la negociación. Por política, ARGOS no debe asumir más del 50% del Impuesto de Timbre en los contratos que se celebren y que causen dicho impuesto. Cuando se suscriban contratos (licencia de uso, asistencia técnica, servicios técnicos, entre otros) con Proveedores del exterior, los gravámenes correspondientes a Impuesto sobre la Renta deben ser asumidos en su totalidad por el Proveedor de acuerdo con la legislación Colombiana. ARGOS debe actuar como agente retenedor y expedir el certificado de retención en la fuente para los efectos pertinentes. La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo de los impuestos, y por lo tanto es una obligación de ARGOS realizarla, por lo que no es negociable con el Proveedor la posibilidad de retenerle los impuestos que se causen en Colombia. En algunos casos de acuerdo a la legislación del país de origen del Proveedor, éste puede descontarse la retención que se le haga en Colombia de su declaración de impuestos en su país de origen, utilizando el crédito fiscal. Por ello desde el principio de la negociación se debe advertir al Proveedor de la retención en la fuente, consultando previamente la tarifa con la Dirección de Planeación Tributaria, para que de esta forma, el Proveedor sepa a ciencia cierta cuanto va a recibir por el servicio y en consecuencia, pueda cotizar conforme esta previsión. Finalmente, debemos tener en cuenta que no es obligatoria la expedición de facturas. Aunque es deseable que el Proveedor expida factura siempre por los servicios prestados, la factura no es, desde el punto de vista tributario, necesaria para el soporte de gastos por contratos celebrados con extranjeros sin residencia o domicilio en el país.

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1.2.

Estipulación de la Moneda del Contrato

En los contratos, ofertas mercantiles, u órdenes de compra que celebre ARGOS con residentes en Colombia, debe pactarse el pago en pesos colombianos, de acuerdo con lo establecido en la legislación colombiana, donde se prohíbe a los residentes colombianos pagar en moneda extranjera sus operaciones, salvo que correspondan a excepciones expresamente autorizadas. Sólo puede pactarse pago de contratos, ofertas mercantiles u órdenes de compra con obligaciones en divisas, cuando se celebren con un Proveedor del exterior en los términos que establezcan las normas aplicables. Lo anterior no obsta para que, si el Proveedor residente tiene a su vez un Proveedor del exterior que le factura en dólares, sea posible realizar la operación con ARGOS utilizando dicha divisa como referente (“cláusula valuativa”). Los pagos que se pacten en divisas y se paguen en pesos colombianos se calcularán según la tasa representativa del mercado vigente para el día del pago.

1.4.

Anticipos

Por regla general, en los contratos que celebre Argos no se pactará el pago de anticipo al Proveedor. Sin embargo, atendiendo la naturaleza del contrato se podrá pactar anticipo en aquellas negociaciones que sean mayores a 45 SMLMV, por un monto que no excederá el 30% del valor del respectivo negocio o contrato, siempre y cuando la necesidad del anticipo esté justificada. En todos los casos en los que se pacte el pago de anticipo, el Proveedor deberá informar en el contrato o en documento de negociación la destinación específica que dará al anticipo y constituir una póliza de buen manejo e inversión del anticipo por un valor asegurado equivalente al 100% del valor del anticipo. En aquellos casos excepcionales en los cuales deba pactarse un anticipo mayor al 30% del valor del negocio o contrato, se deberá contar con la aprobación previa de la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas de Argos y deberá estar justificada la necesidad del anticipo. 1.5.

Pólizas y Garantías

El Área Contratante con el acompañamiento del Área de Riesgos y Seguros debe informar al proveedor, desde el inicio de la negociación, sobre las pólizas y garantías que se deben otorgar a favor de ARGOS. El Proveedor podrá contratar las garantías con las aseguradoras del mercado aprobadas por ARGOS, las cuales pueden consultarse con la Área de Seguros. Sin embargo, se dará preferencia a las garantías que se obtengan a través de los Convenios que haya suscrito ARGOS para la expedición de pólizas de sus Proveedores con compañías aseguradoras o intermediarios de seguros.

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Para el caso de los Proveedores del exterior, el Área Contratante deberá solicitar las pólizas o garantías equivalentes aprobadas por el Área Contratante en conjunto con el Área de Riesgos y Seguros . Ejemplo de garantías equivalentes son las cartas de crédito, u otro tipo de garantías bancarias. El Área Contratante debe revisar que las pólizas que entregue el Proveedor cumplan con las coberturas correspondientes de acuerdo con el presente Manual respecto a objeto, valores y vigencias. Además, solicitará constancia de pago de las primas por parte del Proveedor. La vigencia y el monto para cada una de las pólizas s que se indican en el presente Manual son las mínimas requeridas, pero el Área Contratante con la asesoría del Área de Riesgos y Seguros podrá aumentar los porcentajes y vigencias de las establecidas, de conformidad con el análisis de riesgo realizado al negocio. En toda contratación que supere los 400 SMMLV, es decir, las de Superior y Mayor Cuantía, o en aquellas en las que el Área Contratante lo considere necesario según el riesgo asociado al contrato, se deberán exigir las pólizas y garantías aplicables, en las condiciones mínimas relacionadas a continuación:

GARANTÍA

COBERTURA

Seriedad

Perjuicios derivados de la negativa de suscripción del contrato por el Proponente Adjudicatario

Cumplimiento

Perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor Perjuicios derivados de la apropiación o uso indebido del dinero o bienes dados en anticipo

Buen Manejo del Anticipo

MONTO MINIMO 10% del valor de la Oferta

20% del valor del Contrato o negocio

100% del valor del anticipo

VIGENCIA Desde la presentación de la oferta hasta la adjudicación del contrato o negocio, más 30 días Igual a la vigencia del Contrato o negocio, más 30 días

Desde la fecha de formalización del negocio o contrato, hasta la fecha de su

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Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e indemnizaciones Laborales

Calidad del Bien o servicio

Estabilidad de la Obra

Responsabilidad Civil Extracontractual

Perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones laborales a cargo del Proveedor Perjuicios derivados de la deficiente calidad del bien o servicio suministrado por el Proveedor Perjuicios derivados del deterioro o daño de la obra contratada en los contratos de obra y montaje, imputables al Proveedor. Perjuicios ocasionados a terceros con ocasión de la ejecución del contrato por el Proveedor

10% del valor del contrato o negocio

finalización Igual a la vigencia del contrato o negocio y 3 años más.

10% del valor del contrato o negocio

Vigencia del contrato o negocio, más 1 año.

20% del valor del contrato o negocio

De 2 a 5 años contados a partir de la terminación del contrato o negocio.

10% del valor del contrato (en ningún caso debe ser menor a 200 SMLMV )1

Igual a la vigencia del contrato o negocio más 30 días.

1.6. Registro de Contratos ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Todas las contrataciones con proveedores del exterior que versen sobre cualquiera de los servicios que se indican a continuación e independientemente de su cuantía, deberán formalizarse mediante la suscripción de un contrato escrito. Lo anterior, a efectos de cumplir con los requisitos para el registro de contratos de 1

Se aceptarán certificados de pólizas globales de responsabilidad civil del Proveedor a criterio de la Área de Compras.

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importación de tecnología establecidos por la DIAN y por tanto, facilitar la deducibilidad de dichos pagos al exterior del impuesto de renta. a) Contratos de licencia de tecnología; b) Contratos de licencia de marcas; c) Contratos de licencia de patentes; d) Contratos de asistencia técnica; e) Contratos de servicios técnicos; f) Contratos de ingeniería básica; g) Los demás contratos tecnológicos. Se exceptúan del registro los contratos de licencia de distribución o de uso de software y los contratos de licencia de la propiedad literaria, artística y científica. El procedimiento de registro de contratos estará centralizado en el Área de Compras, por lo cual, al momento de iniciar la negociación de un contrato que verse sobre cualquiera de los anteriores servicios, el Área Contratante deberá vincular al Área de Compras quien será responsable del proceso y del posterior registro del contrato ante la DIAN. 2.

ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO

En los contratos de prestación de servicios cuyo valor sea igual o superior a 8.000 SMLMV ARGOS deberá pactar un Acuerdo de Niveles de Servicio (ANS) con el Proveedor. En los contratos de prestación de servicios inferiores a dicho monto, estos podrán pactarse cuando el Área Contratante lo estime conveniente. En los Acuerdos de Niveles de Servicio, se incluirá a criterio del Área Contratante aspectos como los siguientes:    

Tipo de informes que deben ser presentados por el Proveedor y fechas de entrega Indicadores que permitan medir la calidad del servicio Cronograma para el desarrollo de actividades o del proyecto a ejecutar Disponibilidades asociadas a la prestación del servicio

Los anteriores aspectos deberán tener asociadas unas penalidades o descuentos en caso de incumplimiento, las cuales serán definidas por el Área Contratante en conjunto con el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. 3.

CONTENIDO MÍNIMO DE LOS CONTRATOS.

Todos los Contratos que celebre ARGOS por escrito deberán ser aprobados por el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad.

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Por regla general los Contratos se harán en las minutas establecidas y aprobadas por la Vicepresidencia de Legal y de Sostenibilidad, sin perjuicio de que en casos concretos, se utilicen otras minutas o se hagan modificaciones a las existentes. Los contratos en ARGOS se sujetarán a lo siguiente: 3.1. Elementos Esenciales del Negocio: Los contratos deberán señalar de manera clara la identificación de las partes, el objeto del mismo, su valor (en caso de ser aplicable), la forma de pago y su vigencia. 3.2. Confidencialidad: En las negociaciones que por su objeto impliquen suministro o entrega de información confidencial de ARGOS a un Proveedor, el Proveedor debe suscribir un compromiso de Confidencialidad, el cual podrá estar contenido en un documento independiente, o en una cláusula dentro del Contrato. El formato de documento de confidencialidad deberá ser suministrado por el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. No se debe suministrar dicha información confidencial hasta tanto no esté formalizado el acuerdo. Se entenderá por información confidencial cualquier información relativa a los negocios y operaciones de ARGOS que no sea de conocimiento público. 3.3. Cesión y subcontratación: En todo contrato debe consagrarse la cláusula de prohibición de cesión, en virtud de la cual, el Proveedor no puede ceder el contrato en todo o en parte, o hacerse sustituir por terceros en ejercicio o cumplimiento de las obligaciones que por el mismo contrae, sin el previo y expreso consentimiento de ARGOS. Sin embargo, debe dejarse claramente expresado que ARGOS si podrá ceder el contrato siempre y cuando lo haga a sus Compañías subordinadas o pertenecientes a su Grupo Empresarial. Igualmente, se debe consagrar en todos los contratos, que el Proveedor no puede subcontratar sin autorización previa y escrita de ARGOS. 3.4. Vigencia y Renovación de los Contratos: Los contratos deben tener una vigencia determinada o al menos determinable, en caso contrario deberá contarse con la aprobación del Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. En ningún caso se pactarán prórrogas automáticas o cláusulas de renovación automática. Por regla general, los contratos de prestación de servicios no deberán superar los 3 años de vigencia. Una vez transcurrido dicho plazo, el servicio deberá ser cotizado nuevamente por diferentes proponentes, de acuerdo a las reglas de selección de Proveedores mencionadas en la Parte 2 de éste Manual, es decir,

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cuando termine el plazo inicialmente pactado, debe aplicarse nuevamente el procedimiento para contratar dependiendo de la cuantía del negocio. Para aquello casos excepcionales en los cuales la naturaleza del negocio o sus condiciones hagan necesario acordar un plazo mayor al de tres (3) años, se deberá contar con la autorización previa del Vicepresidente del Area contratante y VP Legal y de Sostenibilidad. 3.5. Cláusula de Auditoria: En todos los contratos y demás documentos legales que vinculen a ARGOS, deberá establecerse a su favor la posibilidad de realizar auditorias con la finalidad de verificar la protección de todos los derechos que se pretenden proteger mediante la puesta en práctica del presente Manual, el RUC y otros registros sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales, bajo el siguiente texto: EL Proveedor manifiesta su respeto por la Ley, el trabajo digno y seguro, la responsabilidad social y el cuidado del medio ambiente, razones por las cuales permitirá en cualquier tiempo a ARGOS realizar auditorías, directamente o a través de terceros, con la finalidad de verificar el cumplimiento por parte del Proveedor de la Ley y de las obligaciones negociales. Entre otros aspectos, ARGOS podrá verificar el cumplimiento del Proveedor de: -

Las leyes laborales, incluyendo las relacionadas con la seguridad social, seguridad industrial y salud ocupacional; el régimen de salud, pensiones y riesgos profesionales Las leyes tributarias, aduaneras y cambiarias Las leyes de protección al medio ambiente Las buenas prácticas de responsabilidad social

Las revisiones de los Auditores autorizados por ARGOS podrán efectuarse en las oficinas del Proveedor y/o en el sitio en que se desarrolle el objeto del presente contrato, en horas hábiles de trabajo. La auditoría podrá estar acompañada por un funcionario del Proveedor, quien le prestará su mayor colaboración para realizar la labor encomendada. En caso de no requerirse la visita, ARGOS podrá solicitar por escrito la información requerida para su evaluación. Adicionalmente, ARGOS tendrá derecho a examinar cualquier suma facturada en relación con el presente contrato, hasta dos (2) años después de la terminación del mismo. Para tal fin, el Proveedor se obligará a poner a disposición de los auditores de ARGOS todos los documentos relacionados. El Proveedor atenderá oportunamente las observaciones, requerimientos de control y reclamos justificados que hiciere ARGOS como resultado de tales revisiones. Si El Proveedor rehúsa facilitar el acceso a los auditores de ARGOS, o rehúsa atender reclamos razonables, cualquier suma en discusión no será reconocida si se debiere a la falencia observada, sin perjuicio de las demás consecuencias derivadas del presente contrato. La anterior cláusula podrá ser modificada por el Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad en el proceso de negociación del contrato.

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3.6. Cláusula de Responsabilidad Social Empresarial. En todos los contratos que vinculen a ARGOS, deberá establecerse la siguiente cláusula en materia de responsabilidad social empresarial, para efectos de dar cumplimiento a su adhesión al Pacto Global: Durante la ejecución del presente contrato, el Proveedor adoptará los siguientes principios del Pacto Global sobre Responsabilidad Social Empresarial y Derechos Humanos, que previamente ha sido adherido por ARGOS: 1. Apoyar y respetar la protección de los Derechos Humanos; 2. No ser cómplice de abusos de los Derechos Humanos; 3. Respetar los Principios Constitucionales de Libertad de Asociación Sindical y el Derecho a la Negociación Colectiva; 4. Eliminar el trabajo forzoso y obligatorio; 5. Abolir cualquier forma de trabajo infantil; 6. Eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación; 7. Apoyar el enfoque preventivo frente a los retos medioambientales; 8. Promover mayor responsabilidad ambiental; 9. Alentar el desarrollo y la difusión de tecnologías respetuosas del medio ambiente. PARAGRAFO PRIMERO: El desconocimiento de los principios aquí enunciados por parte de el Proveedor será considerado un incumplimiento grave del presente contrato. 3.7 Modificación a los Contratos: Todas las modificaciones que se hagan a los Contratos deben contar con la previa aprobación de las partes contratantes y del Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. 3.8. Condiciones de Terminación: Todos los contratos deben especificar claramente los eventos en los que puede darse por terminado por las partes, y la opción de terminación anticipada por parte de ARGOS. Por regla general esta terminación anticipada podrá avisarse con 30 días de anticipación por parte de ARGOS, sin perjuicio de que se acuerden plazos distintos y condiciones adicionales de terminación, previamente aprobadas por la VP Legal y de Sostenibilidad. En el evento de terminación anticipada de un contrato, el Área Contratante debe solicitar asesoría al Abogado de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad.

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3.9. Contactos de las Partes: Todo Contrato deberá indicar el nombre de la persona responsable de atender las inquietudes y el manejo del Contrato por parte de cada una de las partes, así como sus datos de localización. 3.10. Resolución de Conflictos: Por regla general todos los contratos deberán someterse a la Jurisdicción Ordinaria Colombiana. No se pactará cláusula compromisoria o arbitramento, salvo en los siguientes casos:  Contratos de cuantías superiores a 8.000 SMLMV en los que la contraparte se niegue rotundamente a contratar sin pactar arbitramento.  Contratos donde la contraparte sea una sociedad con domicilio fuera de Colombia. En estos casos se utilizará la siguiente cláusula compromisoria: Cláusula Compromisoria: Toda diferencia o controversia derivada del presente Contrato o que tenga relación con el mismo, se resolverá por un tribunal de arbitramento, de acuerdo con las siguientes reglas: (a) El tribunal estará integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las Partes y a falta de acuerdo, por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá de la lista “A” de árbitros de dicho Centro; (b) El arbitraje será en derecho; (c) el tribunal funcionará en Bogotá, en la sede del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de esta ciudad bajo las reglas de dicho Centro; La lista A será aquella conformada por aquellas personas que acrediten las mismas calidades para desempeñar una alta magistratura (Magistrado de la Corte Constitucional, Corte Suprema de justicia, Consejo de Estado o Consejo Superior de la Judicatura). La inclusión de la cláusula compromisoria en eventos distintos a los acá definidos deberá ser aprobada previamente por un abogado de la Vicepresidente Legal y de Sostenibilidad. 3.11. Cláusula de Responsabilidad: En los contratos que ARGOS celebre con sus Proveedores no se podrá limitar la responsabilidad del Proveedor respecto al cumplimiento del contrato. Cualquier acuerdo al que se llegue con un Proveedor que implique la limitación de su responsabilidad, deberá contar con la aprobación del vicepresidente respectivo del Área Contratante y VP Legal y de Sostenibilidad. 4. CONTRATOS CON CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES O CUALQUIER OTRA MODALIDAD DE ASOCIACIÓN O COLABORACIÓN Cuando el Contratista seleccionado tenga la calidad de consorcio, unión temporal o alguna otra modalidad de asociación en colaboración, el negocio deberá contar con la revisión y aprobación del abogado de la

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Gerencia Legal Colombia y los documentos de constitución del consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad deberán incorporarse como un anexo del negocio. previo a la decisión de selección del proveedor, todas las sociedades miembros del consorcio deberán ser verificadas en la lista Clinton. 5. CONTRATOS SOBRE INMUEBLES Los negocios que impliquen enajenación de bienes inmuebles y aquellos para los cuales la ley exija el cumplimiento de alguna formalidad para su perfeccionamiento (p.ej aeronaves), deberán celebrarse por escritura pública o en cumplimiento de la formalidad establecida por la ley. En estos casos la celebración del negocio estará siempre precedida de la revisión del Abogado que corresponda. 6.

CONTRATOS SOBRE TÍTULOS MINEROS

Los negocios que versen sobre títulos mineros deberán seguir el instructivo que para tal fin ha definido la compañía. 7.

SUMINISTRO DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE ARGOS

Los servicios que deban ser prestados por los Proveedores dentro de las instalaciones de ARGOS deberán seguir las disposiciones establecidas en el Anexo 3 – Suministro de Servicios en las Instalaciones de Argos del presente Manual. 8.

PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON PERSONAL EXTRANJERO

El Proveedor que deba prestar sus servicios a Argos en Colombia con personal extranjero deberá cumplir con los requisitos exigidos por las leyes vigentes para el ingreso y trabajo de personal extranjero en Colombia, incluyendo pero sin limitarse a la obtención de visas y permisos de trabajo. El Administrador del Contrato deberá asegurarse del efectivo cumplimiento de lo dispuesto en este numeral. 9. CONTRATOS CON ZONA FRANCA ARGOS S.A. Cualquier contrato que celebren las compañías del Grupo Argos con sus vinculadas económicas deberá hacerse a precios de mercado. Para el caso de ZONA FRANCA ARGOS S.A, dichos precios deben ser validados por el Comité de Zona Franca. 10. CONTRATOS CON PROVEEDORES UBICADOS EN PARAISOS FISCALESs

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CEMENTOS ARGOS S.A y sus filiales se abstendrán de realizar negociaciones con proveedores ubicados en los denominados Paraísos fiscales por el Gobierno Nacional. Cualquier excepción deberá ser previamente autorizada por el Vicepresidente de Finanzas Corporativas y el Vicepresidente Legal y Sostenibilidad.

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PARTE IV – PROHIBICIONES, OBLIGATORIEDAD Y VIGENCIA DEL MANUAL 4.1. PROHIBICIONES Todos los funcionarios de ARGOS que participen en los procesos de contratación deberán respetar los lineamientos establecidos en el Código de Buen Gobierno y el Código de Conducta Empresarial. Adicionalmente, se abstendrán de realizar las siguientes conductas:  Pactar bonificaciones (compensaciones económicas adicionales a las legales) para los dependientes y/o empleados del Proveedor.  Contratar personas naturales para la prestación de servicios en labores y actividades similares a las desarrolladas por funcionarios de ARGOS, o que puedan catalogarse como funcionarios bajo subordinación de ARGOS, sin la autorización previa de la Vicepresidencia de Gestión Humana y Organizacional. Igualmente, toda prestación de servicios que la Organización requiera debe contratarse como un servicio y no como la contratación de personas, salvo autorización expresa de ésta misma Vicepresidencia. 4.2

OBLIGATORIEDAD

El presente Manual es de obligatorio cumplimiento para todos los empleados de ARGOS. El incumplimiento, por acción u omisión, de cualquiera de las normas o política establecidas en el presente Manual por parte de un empleado de ARGOS será considerado como una falta grave al contrato de trabajo, y por lo tanto tendrá las consecuencias que para ello se establecen en dicho contrato y en la legislación laboral aplicable. 4.3.

VIGENCIAS Y DEROGATORIAS DEL PRESENTE MANUAL DE CONTRATACION

Las normas aquí establecidas priman sobre cualquier otra disposición contenida que se refiera a temas relacionados con las actividades de contratación de ARGOS. El presente Manual rige a partir del 1 de octubre de 2010 y deroga en su totalidad el Manual Para la Administración de Contratistas y Proveedores de Bienes y Servicios y cualquier otro documento que le sea contrario. Los contratos celebrados a partir del 1 de octubre de 2010 se entienden regidos en su totalidad por el presente Manual de Contratación. Sin embargo, aquellos contratos que hayan sido celebrados antes del 1 de octubre de 2010 y que terminen durante la vigencia del presente Manual, no podrán ser renovados sin acudir al proceso de selección establecido en este Manual.

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ANEXO 1 - DEFINICIONES Para efectos del presente Manual, las siguientes palabras tendrán el significado que se les asigna a continuación. Abogado: Es el funcionario de la Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad competente para asesorar el proceso de contratación, Administrador/Administrador de Contratos: Rol que desempeña un funcionario de ARGOS que cumple las funciones definidas en el numeral 5.1.2.2 – Procedimiento de Administración de Contratos del presente Manual. ANS: Acuerdo de Nivel de Servicio, tal como se define en el numeral 2 de la Parte III- Reglas Especiales de Contratación del presente Manual. Área Contratante: Es el área de ARGOS que va a llevar a cabo la contratación de un bien o servicio. Área de Compras: Área perteneciente a la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas. Área de Impuestos: Dependencia de la Vicepresidencia de Finanzas Corporativas encargada de gestionar lo relativo a los tributos a cuyo pago está obligado ARGOS. ARGOS, Compañía, Organización, : Comprende a ementos ARGOS S.A y a sus compañías subordinadas en Colombia. Atribuciones: Montos en dinero o en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (“SMMLV”) hasta los cuales cada funcionario de la Organización tiene competencia para contratar, conforme se definen en el Anexo 2 – Atribuciones del presente Manual. Código de Conducta Empresarial: Es una guía de comportamiento que complementa nuestro criterio juicioso y de sentido común para ayudarnos a adoptar comportamientos que nos enorgullezcan y que propendan por el mantenimiento de la imagen positiva de Grupo Argos. Comité de Expertos: Véase definición Método de Expertos. Comité Directivo: Órgano interno conformado por el Presidente de ARGOS y los diferentes vicepresidentes de la Organización. Comité Ocasional de Contratación: Comité que se convoca para efectos de seleccionar el Proponente Adjudicatario en el procedimiento de Superior Cuantía conforme lo establecido en el numeral 5.1.1.2 – Compras de Superior Cuantía del presente Manual.

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Contratista: Proveedor que presta sus servicios dentro de las instalaciones de ARGOS. Para efectos de este Manual la palabra Proveedor comprende también al Contratista. Contrato: Acuerdo de voluntades entre ARGOS y un Proveedor de bienes o servicios, que regula las condiciones que regirán las relaciones entre las partes, comprende la oferta mercantil con su correspondiente orden de compra. Interventor: Funcionario de ARGOS que supervisa las actividades de un Contrato con la finalidad de verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones del Proveedor. El Interventor de ARGOS es distinto al Contratista que desempeña las funciones de interventoría en los contratos de obra. Manual de Contratación/Manual: Es el presente documento. Método Argos: Herramienta de estudio y aprendizaje diseñada para los colaboradores de ARGOS en la que se determinan las cadenas de valor de los diferentes negocios y el funcionamiento de cada una de ellas. Método de Expertos: Procedimiento de evaluación de Proveedores que puede ser utilizado para la preselección de los Proponentes o para la evaluación de las propuestas presentadas por los Proponentes. El Método consiste en la selección de un “Comité de Expertos” conformado por funcionarios de ARGOS provenientes del Área Contratante y/o del Área de Compras, a los que se les pregunta su opinión sobre los factores o criterios que deben evaluarse respecto a cada Proveedor o a su propuesta, según el caso. Después de realizar un consenso sobre los factores a evaluar, cada experto asignará una ponderación a cada factor para después calcular el promedio del equipo de expertos. Con el anterior método se genera una tabla de criterios de evaluación y ponderación con la cual se evaluarán los diferentes Proponentes y sus ofertas. El Comité de Expertos será convocado por el Área Contratante o el Área de Compras, según el caso y en el momento indicado, de acuerdo a lo establecido en cada procedimiento de contratación. Proceso de Licitación /Proceso de Licitación Privada: Aquel definido en el numeral 5.1.1.1 – Compras de Superior Cuantía del presente Manual. Proponente(s): Persona natural o jurídica que ofrece la prestación de un servicio o el suministro o venta de un bien a ARGOS, dentro de su proceso de contratación. Proponente Adjudicatario: Proponente mejor calificado de acuerdo con lo establecido en el presente Manual. Proveedor: Es la persona natural o jurídica que le vende bienes o le presta servicios a ARGOS. Comprende la noción de Contratista.

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Repositorio: Archivo digital centralizado de la Organización. RUC: (Registro Único de Contratistas) Proceso de evaluación en estándares de gestión en seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente, con el objetivo de lograr el mejoramiento continuo de los Proveedores. Es operado por el Consejo Colombiano de Seguridad. Al RUC de Argos se han adicionado 2 elementos de evaluación; las relaciones laborales y la responsabilidad social. SMLMV: Salario mínimo legal mensual vigente definido anualmente por el Gobierno Nacional de Colombia. Términos y Condiciones: Documento que aparece al reverso de la orden de compra y contiene las cláusulas que regirán la relación contractual con el Proveedor en los procesos de contratación de Menor y Mínima Vicepresidencias Corporativas: Serán la Vicepresidencia Gestión Humana y Organizacional, Vicepresidencia Finanzas Corporativas, Vicepresidencia Técnica, Vicepresidencia Innovación y Vicepresidencia Legal y de Sostenibilidad. Vicepresidencia Regional: Será la Vicepresidencia Regional Colombia..

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ANEXO 2 – ATRIBUCIONES

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ANEXO 3 – FLUJOGRAMA PROCESOS DE CONTRATACIÓN

Definir la necesidad

Verificar disponibilidad presupuestal: - Ppto área - Ppto proyecto

Determinar persona u órgano interno que tiene la atribución para celebrar el negocio

Identificar área encargada de la contratación: a. Gerencia de compras b. Área que tiene la necesidad del bien o servicio (área contratante)

Identificar proceso de contratación a seguir según la cuantía del negocio

Superior cuantía (mayor o igual a 8000 smlmv)

1

Mayor cuantía (menor a 8000 smlmv y mayor o igual a 400 smlmv)

2

1

Menor cuantía (menor a 400 smlmv y mayor o igual a 10 smlmv)

Mínima cuantía (menor a 10 smlmv)

3

2

3

4

4

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5 Visto bueno contrato por el área contratante y por el abogado

Firma del representante legal de Argos y del proveedor del contrato

Envío del contrato al proveedor

Registro del proveedor

Expedición de pólizas por el proveedor

Aprobación de pólizas por Argos

Archivar documentos legales de la contratación en el CAD

Entrega de la información del contrato al interventor de Argos

Interventoria del contrato

Evaluación del desempeño

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Control de Cambios Fecha de la Versión del Naturaleza del Cambio modificación documento (La nueva) Modificacion materias que son de competencia del 18 SEP 2013 5 área de compras para adelantar procesos de contratación Inclusión regulación normas aplicable a los negocios celebrados con proveedores ubicados en paraísos fiscales, y modificación Anexo 2- Atribuciones. 31 de enero e 6 2014 Modificaciones aprobadas por el Comité de Contratación. Modificación del porcentaje de cumplimiento del RUC que deben acreditar los contratistas que presten sus servicios en las instalaciones de Argos en un porcentaje equivalente al 70% calculado sobre el 100% del tiempo 31 de marzo laborable en Argos y que tengan más de 10 7 de 2014 trabajadores vinculados, o esten ejecutando una actividad de alto riesgo, de acuerdo a cambio en la metodología del Consejo Colombiano de Seguridad para calificación del RUC. 3 de junio de 8 2014

Modificaciones Montos de Atribuciones contenidas en el Anexo 2

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