1. CONTENIDO: Beneficio de extensión de Orden Oficial de Pasajes y de traslados de enseres personales

Tema: LIQUIDACIONES 003.Subtema: ORDEN OFICIAL DE PASAJE Y TRASLADO DE ENSERES PERSONALES 07.- 1. CONTENIDO: Beneficio de extensión de Orden Oficial

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Tema: LIQUIDACIONES 003.Subtema: ORDEN OFICIAL DE PASAJE Y TRASLADO DE ENSERES PERSONALES 07.-

1. CONTENIDO: Beneficio de extensión de Orden Oficial de Pasajes y de traslados de enseres personales. 2. OBJETIVOS: Regular los procedimientos para la extensión, usufructo y/o liquidación en concepto de Orden Oficial de Pasajes y de traslados de enseres personales. 3. RESPONSABILIDAD: Dirección Nacional - Subdirección Nacional - Direcciones Generales - Direcciones Principales de Complejos – Direcciones de Unidades y Organismos – Dirección de Logística y Suministros, Dirección de Contaduría (División Liquidaciones) - Dirección de Personal - Divisiones y/o Secciones de Personal. 4. ALCANCE DE LOS PROCEDIMIENTOS: A los sectores mencionados anteriormente, toda vez que se realicen extensiones y/o liquidaciones en concepto de Orden Oficial de Pasajes y traslado de enseres personales. 5. NORMAS DE PROCEDIMIENTO. 5.1. DEFINICIONES BASICAS. 5.2. NORMAS DE TRÁMITE. 5.3. ANEXOS. 5.4. INDICE 6. VERIFICACION Y ASESORAMIENTO: Dirección de Contaduría, sin perjuicio de las atribuciones de la Dirección de Auditoria Contable. 7. VIGENCIA: 01/09/2011

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5. NORMAS DE PROCEDIMIENTO: 5.1. DEFINICIONES BASICAS: 5.1.1. ORDEN OFICIAL DE PASAJE Y DE TRASLADO DE ENSERES PERSONALES: 1. CONCEPTO DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE: Es el derecho del agente penitenciario al usufructo de la Orden Oficial de pasaje, para si y su grupo familiar conviviente, en tanto reúna los requisitos que ameriten su extensión, conforme la normativa vigente. 1.1 Situaciones típicas en que procede la extensión de Orden Oficial de Pasaje, por razones de servicios, entre otras: a) b) c) d) e) f) g)

Licencia anual reglamentaria; Traslado por razones de servicios; Comisiones ordinarias; Cursos de Perfeccionamiento; Convocatoria para integrar Juntas de Calificaciones y de reconocimientos médicos; Asistencia a Conferencias y Jornadas Penitenciarias; Comisiones para prestar Declaración por requisitoria Judicial en causas relacionadas con el servicio; h) Convocatoria por temas de interés institucional; i) Disponibilidad a los fines del retiro voluntario y/u obligatorio.

1.1.a) Licencia Anual reglamentaria: Corresponderá la extensión de una Orden Oficial de Pasaje ida y vuelta por año calendario para el agente beneficiario, y su cónyuge e hijos menores de 18 años, o mayores que estén incapacitados convivientes, desde su lugar de destino hasta el domicilio permanente de sus padres, cónyuge e hijos menores de 18 años o mayores que estén incapacitados. Se otorgará orden oficial de pasaje por vía terrestre en 1ra. Clase, clase Premium, Ejecutiva, u otra de condiciones similares a las nombradas; y orden oficial de pasaje vía aérea cuando el trayecto supere la distancia que se establezca reglamentariamente por Disposición emanada de la Dirección General de Administración. La duración del viaje directo de ida y vuelta no es computable dentro del término de la licencia por descanso anual, cuando se utilice orden oficial de pasaje, la que deberá ser concordante con los boletos acreditantes, no pudiendo superar los cinco (05) días corridos. Para el caso de orden oficial de pasaje por vía aérea, se otorgara un día corrido por viaje, ida-vuelta, a los mismos efectos, salvo que la duración supere dicho plazo, circunstancia que deberá ser acreditada.

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En el supuesto de que ambos cónyuges pertenezcan a la Repartición, el cómputo de los días por viaje será únicamente usufructuado por el agente que solicita el beneficio. De igual modo, la extensión de la Orden Oficial de Pasajes no podrá ser solicitada por ambos cónyuges simultáneamente para igual periodo y destino. Por ultimo, para los agentes penitenciarios encuadrados en el Decreto 21158/56 –

Días de licencia para radiólogos y auxiliar, en donde se establece la modalidad seguida para el usufructuó de la licencia Anual reglamentaria, corresponderá la extensión de una Orden Oficial de Pasaje ida y vuelta por año calendario, en los mismos términos que los establecidos precedentemente, la cual será utilizada en una de las fracciones quincenales imputable al año calendario que le correspondiera. •

Requisitos para la Extensión de Orden Oficial de Pasaje:

a) Solicitud del agente (nombre y apellido del beneficiario, jerarquía y credencial) de la extensión de la Orden Oficial de Pasajes con cargo a la licencia anual reglamentaria (días a usufructuar), acompañado del certificado de domicilio expedido por autoridad policial del familiar a cuyo domicilio se dirige y que diera lugar al usufructo del beneficio; b) Nombre de los familiares que lo acompañara: - cónyuge: fecha de casamiento y D.N.I.. Si fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino. - hijos: fecha nacimiento y D.N.I., señalando en el caso de corresponder si posee discapacidad. c) Nombre, grado de parentesco y dirección del familiar que visitara; d) Cantidad de ordenes de pasajes; e) Empresa que debería efectuar el transporte; f) Trayecto a recorrer por la vía mas directa; g) Cantidad de pasajes con/sin cargo que deberá cubrir; Los requisitos establecidos en los puntos d) a g) deberán ser canalizados previamente con el área administrativa del destino. •

Comprobantes que deben acompañarse al reintegro:

a) Certificado original de permanencia del agente, expedido por la autoridad penitenciaria del lugar de destino dentro del periodo de licencia otorgada. Dicha documentación será presentada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de su reintegro del beneficio usufructuado. En los destinos que no hubiere establecimientos de la Repartición será extendida por la autoridad policial; En caso de no adjuntarse dicho comprobante, se deberá adjuntar acta labrada ante escribano público que certifique la imposibilidad de presentarlo por causal de robo o extravío. De lo contrario, se efectuara cargo patrimonial al agente beneficiario, sin mediar actuaciones sumáriales.

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1.1.b) Otros motivos que ameritan la extensión de la Orden Oficial de Pasajes por razones de servicio: (Traslado por cambio de destino, Comisiones ordinarias, Cursos de Perfeccionamiento, Convocatoria para integrar Juntas de Calificaciones y de reconocimientos médicos, Asistencia a Conferencias y Jornadas Penitenciarias, Comisiones para prestar declaración por requisitoria Judicial en causas relacionadas con el servicio, Convocatoria por temas de interés institucional) En el supuesto de traslado por razones de servicios, y de que ambos cónyuges pertenezcan a la Repartición, el beneficio será solicitado en forma individual, correspondiendo solo a uno de ellos el del grupo familiar conviviente, salvo que el traslado del cónyuge penitenciario no se realice en forma simultanea. En dicha circunstancia, deberá optar uno de ellos la utilización del beneficio para su grupo familiar conviviente, situación que será plasmada en el expediente. •

Requisitos para la Extensión de Orden Oficial de Pasaje:

a) Solicitud del agente y/o designación de la Superioridad que implica la extensión de la Orden Oficial de Pasajes por razones de servicio, señalando nombre y apellido del beneficiario, jerarquía y credencial b) En el caso de corresponder, se señalara nombre de los familiares que lo acompañara: - cónyuge: fecha de casamiento y D.N.I.. Si fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino. - hijos: fecha nacimiento y D.N.I., señalando en el caso de corresponder, si posee discapacidad. c) Causal de la extensión; d) Acto administrativo por la que se encuentra amparada; e) Itinerario a realizar por la vía mas directa; f) Empresa que debería efectuar el transporte; g) Cantidad de ordenes de pasajes (según corresponda); h) Cantidad de pasajes con/sin cargo que deberá cubrir (según corresponda); Los requisitos establecidos en los puntos f) a h) deberán ser canalizados previamente con el área administrativa del destino. En el supuesto, de que el grupo familiar no acompañara al agente en oportunidad del uso del beneficio, deberá quedar asentado en el expediente, y tendrá el plazo de un año para su pedido y utilización. •

Comprobantes que deben acompañarse al reintegro:

a) Acreditación del motivo que dio lugar a la extensión de O.O.P., según el caso que diera origen a la extensión. b) Talones de los pasajes utilizados. Quedan exceptuados de presentar los comprobantes del punto a) y b) cuando las causales sean traslado por cambio de destino por razones de servicio.

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En caso de no adjuntarse dichos comprobantes, se deberá adjuntar acta labrada ante escribano público que certifique la imposibilidad de presentarlo por causal de robo o extravió. De lo contrario, se efectuara cargo patrimonial al agente beneficiario, sin mediar actuaciones sumáriales. 1.1.c) Extensión de Orden Oficial de Pasaje en oportunidad de Disponibilidad a los fines del retiro voluntario u obligatorio: Tendrá derecho a la extensión de una Orden Oficial de pasaje – ida solamente - para si, su cónyuge e hijos menores de 18 años, o mayores que estén incapacitados, desde su lugar de destino hasta el domicilio donde fije su residencia, por única vez. En el supuesto de que su cónyuge pertenezca a la Repartición, y fuera trasladado por razones de servicio el beneficio deberá será utilizado por uno de ellos, salvo que el traslado del cónyuge penitenciario no se realice en forma simultanea. En dicha circunstancia, deberá optar uno de ellos la utilización del beneficio para su grupo familiar, situación que será plasmada en el expediente. •

Requisitos para la Extensión de Orden Oficial de Pasaje:

a) Solicitud del agente (nombre y apellido, jerarquía y credencial) de la extensión de la Orden Oficial de Pasajes enunciando la causal de la extensión y domicilio a fijar; b) En el caso de corresponder, se señalara nombre de los familiares que lo acompañara: - cónyuge: fecha de casamiento y D.N.I.. Si fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino. - hijos: fecha nacimiento y D.N.I., señalando en el caso de corresponder si posee discapacidad. c) Acto administrativo en el que se encuentra amparado; d) Itinerario a realizar por la vía mas directa; e) Empresa que debería efectuar el transporte; f) Cantidad de ordenes de pasajes (según corresponda); g) Cantidad de pasajes con/sin cargo que deberá cubrir (según corresponda); Los requisitos establecidos en los puntos e) a g) deberán ser canalizados previamente con el área administrativa del destino.

1.1.d) Extensión de Orden Oficial de Pasaje por interrupción por razones de servicios: En el supuesto de interrupción de la licencia anual reglamentaria con extensión del beneficio de la Orden Oficial de Pasajes y que amerite la utilización anticipada de los pasajes para su regreso a su lugar de destino, generara el derecho al otorgamiento de una nueva orden oficial de pasaje, en los términos originarios.

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Este derecho procederá, siempre y cuando, dicha interrupción sea por razones de servicios debidamente acreditada por la Superioridad, presentando carácter excepcional y restrictivo. A tales efectos, se corroborara la situación que amerita la interrupción, circunstancia que será oponible al usufructuó o autorización de licencia anual reglamentaria al personal perteneciente a la dependencia al que pertenece el agente beneficiario. En consecuencia, la interrupción del usufructuó de la licencia por razones de servicios que amerite una nueva extensión de la Orden Oficial de Pasajes deberá ser ordenada exclusivamente por la máxima autoridad del establecimiento (Director de la Unidad y/u Organismo, y Jefe o Director Principal de Complejos). Dicho encuadre, será extensivo para aquellas circunstancias que no permitan el uso de los pasajes otorgados, por las mismas causales, por lo cual deberán proceder conforme lo estipulado en el Punto 5. NO UTILIZACION DE PASAJES. En el supuesto de comprobarse el incumplimiento de la requisitoria para la extensión de una nueva orden oficial de pasajes dará lugar al cargo patrimonial al agente beneficiario, sin mediar actuaciones sumáriales, y como así también, aplicación de medida disciplinaria al funcionario autorizante.

1.2. CASOS ESPECIALES: ORDEN OFICIAL DE PASAJE PARA INTERNOS: Corresponderá la extensión de una Orden Oficial de Pasaje - ida solamente - para el interno procesado y/o condenado que egresara en libertad del Establecimiento Penitenciario, por agotamiento de pena, libertad condicional o asistida, según corresponda, para trasladarse al lugar de la República Argentina donde fije su residencia y/o lugar mas cercano dentro de los limites del país, si fuera en el exterior. •

Requisitos para la Extensión de Orden Oficial de Pasaje:

a) Solicitud del interno y/o designación de la Superioridad que implica la extensión de la Orden Oficial de Pasajes, señalando nombre y apellido del interno (D.N.I. y L.P.U.); b) Causal de la extensión; c) Acto administrativo por la que se encuentra amparada; d) Itinerario a realizar por la vía mas directa; e) Empresa que debería efectuar el transporte (exclusivamente vía terrestre); f) Cantidad de pasajes con/sin cargo que deberá cubrir (según corresponda).

2. CONCEPTO DE TRASLADOS DE ENSERES PERSONALES: Es el derecho del agente penitenciario al transporte de sus enseres personales por traslado por razones de servicios o cuando dejare de prestar servicios en la Repartición por retiro voluntario u obligatorio, en tanto reúna los requisitos que ameriten su extensión, conforme la normativa vigente.

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La solicitud del traslado de sus bienes personales será tramitada ante la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION, quien será la encargada de gestionar dicho requerimiento ante la empresa de transporte contratada por vía terrestre. En el supuesto de que ambos cónyuges pertenezcan a la Repartición, el beneficio deberá será utilizado por uno de ellos, salvo que el traslado del cónyuge penitenciario no se realice en forma simultanea. Tal situación deberá ser plasmada en el expediente. 2.1 Situaciones típicas en que procede la autorización del beneficio, por razones de servicios, entre otras: a) Traslado por razones de servicios. b) Disponibilidad a los fines del retiro voluntario u obligatorio.



Requisitos para la solicitud del beneficio:

1. Solicitud del agente o designación de la Superioridad que implica la autorización del beneficio, señalando: nombre y apellido del beneficiario, jerarquía y credencial. En el caso de que el cónyuge fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino. 2. Causal de la extensión; 3. Acto administrativo por la que se encuentra amparada; 4. Declaración jurada de los bienes a transportar valorizados, conforme Modelo Anexo I – DECLARACION JURADA PARA TRASLADOS DE ENSERES PERSONALES; la cual será verificada por la empresa prestataria. 5. Constancia y/o documento que acredite la efectivizacion del traslado.

3. REINTEGROS Y/O LIQUIDACIONES POR LA NO UTILIZACION DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE: 3.1. NO UTILIZACION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE: En los casos en que no sea utilizada por el agente penitenciario la orden oficial de pasaje extendida, ya sea: a) por razones de utilización de medios propios de movilidad, b) carencia de pasajes y/o comodidades en las Empresas de transporte (vía terrestre y/o aérea), los funcionarios tendrán derecho al reintegro del importe indicado en el apartado siguiente, según corresponda.

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3.2. BASE DE CÁLCULO: a) por razones de utilización de medios propios de movilidad: 1) Tendrá derecho el agente penitenciario propietario del automotor, al reintegro de un pasaje equivalente al medio de transporte que reglamentariamente le hubiere correspondido utilizar, no siendo extensible, según el caso, el del grupo familiar que haya viajado utililizando el mismo medio o de los agentes acompañantes. b) carencia de pasajes y/o comodidades en las Empresas de transporte (vía terrestre y/o aérea): 1) Tendrá derecho al reintegro del monto erogado por el medio de transporte que reglamentariamente hubiere correspondido utilizar. 3.3. DOCUMENTACION NECESARIA PARA EL REINTEGRO DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE NO UTILIZADA, según el caso: 3.3.1 LICENCIA ANUAL REGLAMENTARIA: •

• • •



• •

• •

Solicitud del agente (nombre y apellido, jerarquía y credencial). En el caso de que el cónyuge fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino. Declaración jurada, conforme modelo Anexo II - DECLARACION JURADA PARA REINTEGRO DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE NO UTILIZADA; Certificado original de domicilio expedido por autoridad policial del familiar a cuyo domicilio se dirigió y que hubiera dado lugar al otorgamiento del pasaje; Certificado original de permanencia del agente, expedido por la autoridad penitenciaria del lugar de destino dentro del periodo de licencia otorgada. En los destinos que no hubiere establecimientos de la Repartición será extendida por la autoridad policial. Acto administrativo que autorizo la extensión o que acredite la no extensión por encuadrarse en las causales del apartado 3.1 - NO UTILIZACION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE; Formulario de Orden Oficial de Pasaje original anulada si fue extendida o providencia emanada del área administrativa; Talones de los pasajes utilizados en caso de encuadrarse en el punto 5.1.3.2 BASE DE CALCULO inciso b) – “carencia de pasajes y/o comodidades en las Empresas de transporte (vía terrestre y/o aérea)”; Situación de revista completa; En caso de carencia de pasajes y/o comodidad de la empresa, se deberá adjuntar constancia expedida por la misma que acredite tal situación (modelo anexo III - CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA DE CARENCIA DE PASAJES Y/O COMODIDAD).

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3.3.2. EN CUMPLIMIENTO DE TRASLADO ORDENADO SERVICIO: •

• •



• • • •

POR RAZONES DE

Solicitud del agente (nombre y apellido, jerarquía y credencial) en el lugar de destino. En el caso de que el cónyuge fuera agente penitenciario se consignara a su vez grado, credencial y destino; Declaración jurada (modelo anexo II - DECLARACION JURADA PARA REINTEGRO DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE NO UTILIZADA); Acto administrativo por la cual se dispuso el traslado del agente por razones de servicios; Acto administrativo que autorizo la extensión o que acredite la no extensión por encuadrarse en las causales del apartado 3.1 - NO UTILIZACION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE; Formulario de Orden Oficial de Pasaje original anulada si fue extendida o providencia emanada del área administrativa; Talones de los pasajes utilizados; Situación de revista completa; En caso de carencia de pasajes y/o comodidad de la empresa, se deberá adjuntar constancia expedida por la misma que acredite tal situación (modelo anexo III - CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA DE CARENCIA DE PASAJES Y/O COMODIDAD).

3.3.3. POR CUMPLIMIENTO DE LA COMISION DE SERVICIO ORDENADA: • Solicitud del agente (nombre y apellido, jerarquía y credencial); • Declaración jurada (modelo anexo II - DECLARACION JURADA PARA REINTEGRO DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE NO UTILIZADA); • Acto administrativo por la cual se dispuso la comisión de servicio; • Acto administrativo que autorizo la extensión o que acredite la no extensión por encuadrarse en las causales del apartado 3.1 - NO UTILIZACION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE; • Formulario de Orden Oficial de Pasaje original anulada si fue extendida o providencia emanada del área administrativa; • Talones de los pasajes utilizados; • Fotocopia o copia certificada del Acta parcial de la comisión cumplimentada, según corresponda; • Situación de revista completa; • En caso de carencia de pasajes y/o comodidad de la empresa, se deberá adjuntar constancia expedida por la misma que acredite tal situación (modelo anexo III - CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA DE CARENCIA DE PASAJES Y/O COMODIDAD). Se eximen de presentar fotocopia o copia certificada del Acta Parcial, a los Oficiales Superiores con funciones de Director Nacional, Subdirector Nacional, Directores Generales, Jefes de Región, Jefes de Complejos, Jefes de Departamento Control Económico financiero, Directores Principales de Complejos, y Directores de Unidades y Organismos.

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De igual modo, para aquellos agentes que deban prestar declaración por requisitoria judicial en causas relacionadas con el Servicio deberán adjuntar únicamente la fotocopia certificada de comparecencia emitida por el Tribunal competente y Oficio judicial que la ordeno. 4. NO UTILIZACION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE: El agente deberá conservarla y proceder a su inmediata devolución dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de su reintegro al servicio, siendo responsable patrimonialmente de las consecuencias que se deriven de eventuales pérdidas, sustracciones o destrucciones, en el caso que tal circunstancia origine facturaciones de las empresas de transportes. 5. NO UTILIZACION DE PASAJES: El agente que no fuera a utilizar los boletos deberá concurrir antes de la fecha de vencimiento del pasaje a la boletería de la empresa solicitando la devolución del/os Pasaje/s y requerir una constancia consignando número de orden oficial de pasaje, número de boleto/s, itinerario o trayecto, apellido y nombre del agente que efectúa la devolución, fecha y firma del responsable de la empresa, conforme modelo Anexo IV - CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA POR DEVOLUCION DE PASAJE. Dicha constancia será presentada dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas a las actuaciones originadas con motivo de la extensión, siendo responsable el agente de las consecuencias patrimoniales, en caso de que dicho/s pasaje/s sea facturado. 6. REINTEGROS Y/O LIQUIDACIONES POR LA UTILIZACION DE OTROS MEDIOS PARA EL TRASLADO DE SUS ENSERES PERSONALES: Será procedente el reintegro del gasto erogado por el agente beneficiario, en oportunidad en que la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS no pueda efectuarlo a través de la empresa prestataria, por impedimento de esta última, o exceda el término de TREINTA (30) días para efectuarlo. En consecuencia, deberá constar en el expediente solicitante la providencia emanada por la Dirección rectora, que acredite que no ha podido efectuar dicha gestión. 6.1. BASE DE CÁLCULO: El importe a reintegrar por la utilización de otros medios para el traslado de los enseres personales del agente beneficiario será el equivalente al monto de menor valor de tres presupuestos acompañados en la solicitud de reintegro. 6.2. DOCUMENTACION NECESARIA PARA EL REINTEGRO: • • •

Solicitud del agente (nombre y apellido, jerarquía y credencial); Causal de la extensión; Acto administrativo por la que se encuentra amparada;

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• • • • •

Itinerario realizado; Expediente por el cual solicitara el traslado de sus bienes personales; Tres presupuestos de empresas de transporte; de acuerdo a las formalidades vigentes; Factura del servicio prestado, conforme las reglamentaciones vigentes; Acreditación de la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS.

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7. REGULACION NORMATIVA: -

Ley Orgánica del S.P.F. (Ley Nº 20.416 - Art. 37 inciso k) y Art. 90 inciso a) (Derecho a la extensión de Orden Oficial de Pasaje y carga). Ley 24.660 Capitulo XIII - Art. 172 Asistencia postpenitenciaria Decreto Nº 21158/56 – Licencia para radiólogos y auxiliares. Decreto Nº 1.343/74 (art. 10º), y sus modificatorios. Circular N° 1 de la Dirección General de Administración – Ordenes de Pasajes.

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5.2. NORMAS DE TRÁMITE: 5.2.1. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION EN USO DE LICENCIA ANUAL REGLAMENTARIA: 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El beneficiario interpone la solicitud de Licencia por descanso anual conjuntamente con la extensión de la Orden Oficial de Pasajes, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.a) – “Requisitos para la Extensión de Orden Oficial de Pasaje”. b) Eleva a la Superioridad, la que de no tener objeciones que formular, da intervención al área de personal del lugar de destino. 2. AREA DE PERSONAL (División o Sección):

a) b) c)

d) e)

Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: Situación de revista completa del peticionante; Procedencia correlativa de la solicitud de licencia y de la orden oficial de pasaje solicitadas; Control de los datos de filiación del grupo familiar que acompañara al agente, conforme lo registrado en el Duplicado del Legajo Personal del agente (fecha de casamiento del cónyuge, fecha de nacimiento de los hijos, grado de parentesco del familiar que visitara, y de estar asentado, domicilio de este último, y de corresponder consignara cónyuge penitenciario (jerarquía, credencial y destino). De mediar discrepancias, dará intervención al área administrativa del lugar de destino. De lo contrario, proyectara el acto administrativo correspondiente.

3. ORGANISMO CON FACULTAD DE AUTORIZAR EL USUFRUCTO DE AMBOS REQUISITOS: a) Procederá a emitir el acto administrativo por duplicado, de la autorización y/o denegación del otorgamiento de la Licencia Anual Reglamentaria y de la Orden Oficial de Pasajes solicitada, de acuerdo modelos que obran en Anexo VI. b) De corresponder, se indicara en su articulado la no utilización de la orden oficial de pasajes que le correspondiera al beneficiario, para su ulterior solicitud de reintegro por cuerda separada conforme Normas de trámite 5.2.5.. 4. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Extiende Orden Oficial de Pasaje de conformidad a lo ordenado por acto administrativo; b) Notifica al agente beneficiario del acto de entrega en el duplicado de la Orden Oficial de Pasaje y en el expediente al reverso de la ordenativa, dejando constancia que ante el incumplimiento de la documentación exigida en el punto 5.1.1.a) “comprobante que deben acompañarse a reintegro” se efectuara cargo patrimonial al agente beneficiario, sin mediar actuaciones sumáriales; c) Desglosa duplicado del acto administrativo y reserva transitoriamente hasta su rendición mensual;

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d) Gira el expediente para la reserva en la dependencia de origen del agente solicitante, hasta oportunidad de su reintegro. e) Mensualmente del 1 al 5 del mes siguiente, efectúa comunicación mensual de las extensiones de las Ordenes Oficiales de Pasajes emitidas en el mes, conforme modelo Anexo V Rendición de Orden Oficial de Pasajes, el cual será adelantado vía correo electrónico a la DIRECCION DE CONTADURIA. f) De corresponder, remite a la DIRECCION CONTADURIA los talonarios utilizados para su reposición. 5. DEPENDENCIA DEL AGENTE: a) Reserva el expediente hasta el reintegro del agente; b) Recepciona y agrega documentación exigida en el punto 5.1.1.a) “Comprobantes que debe acompañarse al reintegro”, dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de su reintegro al servicio; c) Deja constancia sobre la conformidad prestada o no por el agente de la Orden Oficial de pasajes extendida; d) Deriva el expediente al área administrativa, sin perjuicio de la sanción que pudiera corresponder aplicar al agente por incumplimiento oportuno del apartado b). e) En caso de interrupción de licencia que amerite la extensión de una nueva Orden Oficial de Pasajes, se proseguirá con el tramite señalado en el punto 5.2.1.2 – AREA PERSONAL, previa acreditación de la causal que le diera origen, conforme punto 5.1.1.d) - EXTENSION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE POR INTERRUPCION POR RAZONES DE SERVICIOS. 6. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Controla el uso de la Orden Oficial de Pasaje extendida, y la documentación presentada al reintegro, conforme punto 5.1.1.a) “Comprobante que debe acompañarse al reintegro”, b) De no mediar objeciones, solicita la intervención del AREA DE PERSONAL. c) De obrar observaciones, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA, acompañado del informe respectivo o dependencia de origen, según corresponda. 7. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Recepciona expediente con las observaciones formuladas por el AREA ADMINISTRATIVA de la Unidad de origen, y efectúa control. b) De corresponder, efectuara cargo patrimonial sin mediar actuaciones sumáriales. c) De lo contrario, devuelve a la Unidad de Origen, para su trámite. 8. AREA DE PERSONAL (DIVISION O SECCION): a) Recepciona el Expediente y efectúa anotaciones en el duplicado del legajo personal del usufructúo del beneficio otorgado. b) Comunica a la DIRECCION GENERAL DEL CUERPO PENITENCIARIO (Dirección de Personal), las licencias por descanso anual otorgadas y las ordenes de pasajes extendidos. c) De no mediar objeciones, solicita el Archivo del expediente.

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9. AREA SECRETARIA (DIVISION O SECCION): a) Archiva el expediente.

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5.2.2. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION POR OTRAS CAUSALES QUE AMERITEN LA EXTENSION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE POR RAZONES DE SERVICIO: 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El beneficiario interpone la solicitud de la extensión de la Orden Oficial de Pasajes, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.b) “Otros motivos que ameritan la extensión de la Orden Oficial de Pasajes por razones de servicio”; o 5.1.1.c) “Extensión de Orden Oficial de Pasaje en oportunidad de Disponibilidad a los fines del retiro voluntario u obligatorio”. b) Eleva a la Superioridad, la que de no tener objeciones que formular, da intervención al área de personal del lugar de destino. 2. AREA DE PERSONAL (División o Sección): Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: a) Situación de revista completa del peticionante; b) Procedencia de la orden oficial de pasaje solicitadas; c) De corresponder, control de los datos de filiación del grupo familiar que acompañara al agente, conforme lo registrado en el duplicado del Legajo Personal del agente (fecha de casamiento del cónyuge, fecha de nacimiento de los hijos, destacando en el supuesto de cónyuge penitenciario (jerarquía, credencial y destino). d) De mediar discrepancias, dará intervención al área administrativa del lugar de destino. e) De lo contrario, proyectara el acto administrativo correspondiente. 3. ORGANISMO CON FACULTAD DE AUTORIZAR EL USUFRUCTO DE AMBOS REQUISITOS: a) Procederá a emitir el acto administrativo por duplicado, de la autorización y/o denegación de la Orden Oficial de Pasajes solicitada. b) De corresponder, se indicara en su articulado la no utilización de la orden oficial de pasajes que le correspondiera al beneficiario, para su ulterior solicitud de reintegro por cuerda separada conforme Normas de trámite 5.2.5.. 4. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Extiende Orden Oficial de Pasaje de conformidad a lo ordenado por acto administrativo; b) Notifica al agente beneficiario del acto de entrega en el duplicado de la Orden Oficial de Pasaje y en el expediente al reverso de la ordenativa; dejando constancia que ante el incumplimiento de la documentación exigida en el punto 5.1.1.b) “comprobante que debe acompañarse a reintegro”, según corresponda, se efectuara cargo patrimonial al agente beneficiario, sin mediar actuaciones sumáriales; c) Desglosa duplicado del acto administrativo y reserva transitoriamente hasta su rendición mensual; d) Gira el expediente para la reserva en la dependencia de origen del agente solicitante, hasta oportunidad de su reintegro.

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e) Mensualmente del 1 al 5 del mes siguiente, efectúa comunicación mensual de las extensiones de las Ordenes Oficiales de Pasajes emitidas en el mes, conforme modelo Anexo V Rendición de Orden Oficial de Pasajes, el cual será adelantado vía correo electrónico a la DIRECCION DE CONTADURIA. f) De corresponder, remite a la DIRECCION CONTADURIA los talonarios utilizados para su reposición. 5. DEPENDENCIA DEL AGENTE: a) Reserva el expediente hasta el reintegro del agente; b) Recepciona y agrega fotocopia de los talones de los pasajes utilizados dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de su reintegro; y de corresponder, las acreditaciones que ameritaron la extensión (Fotocopia de las constancias o acta parcial). c) Deja constancia sobre la conformidad prestada o no por el agente de la Orden Oficial de pasajes extendida; d) Deriva el expediente al área administrativa, sin perjuicio de la sanción que pudiera corresponder aplicar al agente por incumplimiento oportuno del apartado b). 6. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Controla el uso de la Orden Oficial de Pasaje extendida, y la documentación presentada al reintegro, solicitando la intervención del AREA DE PERSONAL. b) De obrar observaciones, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA, acompañado del informe respectivo o dependencia de origen, según corresponda. 7. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Recepciona expediente con las observaciones formuladas por el AREA ADMINISTRATIVA de la Unidad de origen, y efectúa control. b) De corresponder, efectuara cargo patrimonial, sin mediar actuaciones sumáriales. c) De lo contrario, devuelve a la Unidad de Origen, para su trámite. 8. AREA DE PERSONAL (DIVISION O SECCION): a) Recepciona el Expediente y efectúa anotaciones en el duplicado del legajo personal del usufructuó del beneficio otorgado. b) De no mediar objeciones, solicita el Archivo del expediente. 9. AREA SECRETARIA (DIVISION O SECCION): a) Archiva el expediente.

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5.2.3. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION QUE EXTENSION DE ORDEN OFICIAL DE PASAJE PARA INTERNOS:

AMERITEN

LA

1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El interno interpone la solicitud de la extensión de la Orden Oficial de Pasajes, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.1.2 – CASOS ESPECIALES. b) Eleva a la Superioridad, la que de no tener objeciones que formular, da intervención al área de secretaria del lugar de destino. 2. AREA DE JUDICIAL (División o Sección):

a) b) c) d)

Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: Situación legal del peticionante; Procedencia de la orden oficial de pasaje solicitadas; De mediar discrepancias, dará intervención al área administrativa del lugar de destino. De lo contrario, proyectara el acto administrativo correspondiente.

3. ORGANISMO CON FACULTAD DE AUTORIZAR EL USUFRUCTO DE AMBOS REQUISITOS: a) Procederá a emitir el acto administrativo por duplicado, de la autorización y/o denegación de la Orden Oficial de Pasajes solicitada. 4. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Extiende Orden Oficial de Pasaje de conformidad a lo ordenado por acto administrativo; b) Notifica al interno beneficiario del acto de entrega en el duplicado de la Orden Oficial de Pasaje y en el expediente al reverso de la ordenativa; c) Desglosa duplicado del acto administrativo y reserva transitoriamente hasta su rendición mensual; d) Gira el expediente al área Secretaria para su archivo. e) Mensualmente del 1 al 5 del mes siguiente, efectúa comunicación mensual de las extensiones de las Ordenes Oficiales de Pasajes emitidas en el mes, conforme modelo Anexo V Rendición de Orden Oficial de Pasajes, el cual será adelantado vía correo electrónico a la DIRECCION DE CONTADURIA. f) De corresponder, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA los talonarios utilizados para su reposición. 5. AREA DE SECRETARIA: a) Archiva el expediente.

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5.2.4. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION DEL TRASLADO DE ENSERES PERSONALES POR RAZONES DE SERVICIO: 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El beneficiario interpone la solicitud de traslado de sus enseres personales, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.2. – Requisitos para la solicitud del beneficio. b) Eleva a la Superioridad, la que de no mediar objeciones que formular, da intervención al área de personal del lugar de destino. 2. AREA DE PERSONAL (División o Sección):

a) b) c) d) e)

Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: Situación de revista completa del peticionante; Procedencia de la solicitud; De corresponder, conforme lo registrado en el duplicado del Legajo Personal del agente se indicara cónyuge penitenciario (jerarquía, credencial y destino). De no mediar discrepancias, remite las actuaciones a la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS. De lo contrario, devuelve a la dependencia solicitante.

3. DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS: a) Recepciona expediente y control de la requisitoria del punto 5.1.1.2. b) Gestiona ante la empresa prestataria el traslado de los enseres personales del agente beneficiario, y remite a la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION. c) En el supuesto, de verificarse impedimento de la empresa prestataria, o exceda el termino de TREINTA (30) días para efectuarlo, se notificara al agente beneficiario dejando constancia en el expediente, para su ulterior solicitud de reintegro por cuerda separada conforme Normas de trámite 5.2.6. 4. DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION: a) Procederá a emitir el acto administrativo por duplicado, de la autorización y/o denegación del traslado de enseres personales del agente beneficiario. b) Remite a la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS para la prosecución del trámite. 5. DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS: a) Recepciona el Expte y desglosa duplicado del acto administrativo y reserva transitoriamente hasta su rendición. b) Efectiviza el traslado de los bienes de los enseres personales del beneficiario ante la empresa prestataria. c) Notifica al agente beneficiario.

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6. DEPENDENCIA DEL AGENTE EN SU NUEVO LUGAR DE DESTINO: a) Recepciona el Expediente y de corresponder, presta conformidad a la efectivizacion del traslado efectuado. b) De corresponder, adjunta comprobante emitido por la empresa prestataria. 7. AREA DE PERSONAL DEL LUGAR DESTINO (DIVISION O SECCION): a) Recepciona el Expediente diligenciado y efectúa anotaciones en el duplicado del legajo personal del usufructuó del beneficio otorgado. b) Remite a la DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS, a su conocimiento. 8. DIRECCION DE LOGISTICA Y SUMINISTROS: a) Recepciona factura de la empresa prestataria y conjuntamente con el duplicado del acto administrativo, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA, para su liquidación, en el supuesto de haber recepcionado el expediente original, previa conformidad de la misma. b) En el supuesto, de recepcionar el expediente con anterioridad a la factura, reserva hasta su oportunidad, en que será remitido a la DIRECCION DE CONTADURIA para su liquidación, previa conformidad de la misma. 9. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Recepciona la documentación y realiza la liquidación respectiva. b) Gestiona medio de pago mediante Fondo Rotatorio Interno o mediante Orden de Pago tramitándose el depósito en la cuenta bancaria del proveedor del servicio. c) Cumplimentado el tramite del punto b) se agrega como documentación de respaldo al medio pago efectivizado.

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5.2.5. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION DEL REINTEGRO Y/O LIQUIDACION POR LA NO UTILIZACION DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE: 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El beneficiario interpone la solicitud de reintegro por la no utilización de la orden oficial de Pasajes, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.3.3 – “Documentación necesaria para el reintegro por la no utilización de la Orden Oficial de Pasaje, según el caso”. b) Eleva a la Superioridad, la que de no tener objeciones que formular, da intervención al área de personal del lugar de destino. 2. AREA DE PERSONAL (División o Sección): Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: a) Situación de revista completa del peticionante; b) Procedencia de la solicitud; c) De mediar discrepancias, dará intervención al área administrativa del lugar de destino. 3. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Recepciona y controla documentación. b) De mediar observaciones, devuelve a la dependencia del agente beneficiario. c) De no mediar objeciones, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA, para la prosecución de su trámite. 4. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Recepciona y controla nuevamente la documentación respaldatoria. b) De surgir observaciones, devuelve a la Unidad de origen, para su corrección. c) De corresponder, efectúa liquidación conforme lo estipulado en el Punto 5.1.1.3.2. BASE DE CÁLCULO. d) Gestiona medio de pago mediante Fondo Rotario Interno transfierendose los fondos a la dependencia de origen por la DIRECCION DE TESORERIA o a través de Orden de Pago tramitándose el depósito en la cuenta de caja de ahorro del agente causante por la División Remuneraciones. e) Se deriva a la Unidad de origen para la notificación y conformidad del agente causante. 5. DEPENDENCIA DEL AGENTE a) Se notifica al agente causante b) De no mediar objeciones, se derivan a la DIRECCION DE CONTADURIA. 6. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Se archiva como antecedente de la documentación de pago.

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5.2.6. SOLICITUD, AUTORIZACION Y APROBACION DEL REINTEGRO Y/O LIQUIDACION POR LA UTILIZACION DE OTROS MEDIOS PARA EL TRASLADO DE SUS ENSERES PERSONALES: 1. DEPENDENCIA SOLICITANTE: a) El beneficiario interpone la solicitud de reintegro por la utilización de otros medios para el traslado de sus enseres personales, conforme la requisitoria exigida en el punto 5.1.1.6.2 – “Documentación necesaria para el reintegro” b) Eleva a la Superioridad, la que de no tener objeciones que formular, da intervención al área de personal del lugar de destino. 2. AREA DE PERSONAL (División o Sección): Eleva informe a la Superioridad, indicando a los efectos de la procedencia de la solicitud: a) Situación de revista completa del peticionante; b) Procedencia de la solicitud; c) De mediar discrepancias, dará intervención al área administrativa del lugar de destino. 3. AREA ADMINISTRATIVA (DIRECCION O DIVISION): a) Recepciona y controla documentación. b) De mediar observaciones, devuelve a la dependencia del agente beneficiario. c) De no mediar objeciones, remite a la DIRECCION DE CONTADURIA, para la prosecución de su trámite. 4. DIRECCION DE CONTADURIA: a) Recepciona y controla nuevamente la documentación respaldatoria. b) De surgir observaciones, devuelve a la Unidad de origen, para su corrección. c) De corresponder, efectúa liquidación conforme lo estipulado en el punto 5.1.1.6.1. BASE DE CÁLCULO. d) Gestiona medio de pago mediante Fondo Rotario Interno transfierendose los fondos a la Unidad de Origen o a través de Orden de Pago tramitándose el depósito en la cuenta de caja de ahorro del agente causante por la División Remuneraciones. e) Se deriva a la Unidad de origen para la notificación y conformidad del agente causante. 5. DEPENDENCIA DEL AGENTE a) Se notifica al agente causante. b) De no mediar objeciones, se devuelve a la DIRECCION DE CONTADURIA. 6. DIRECCION DE CONTADURIA Y FINANZAS: a) Se archiva como antecedente de la documentación de pago.

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ANEXO I – PERSONALES:

DECLARACION

JURADA

PARA

TRASLADO

DE

ENSERES

- - - - - En ……….(indicar lugar), a los ……….(indicar fecha), el que suscribe (indicar grado, apellido, nombre y numero de credencial), declara bajo juramento que los bienes a transportar y valor estimativo asciende a PESOS …………. (indicar monto en pesos) son los que ha continuación se detallan: CANTIDAD

CONCEPTO

VALOR UNITARIO

VALOR TOTAL

TOTAL

……….…………………. Firma del declarante (grado y credencial)

…….…………………. Firma del Director

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ANEXO II – DECLARACION JURADA PARA REINTEGRO DE LA ORDEN OFICIAL DE PASAJE NO UTILIZADA: - - - - - - - En ……(indicar lugar), a los ………(indicar fecha), el que suscribe ………………….. (indicar grado, apellido, nombres y número de credencial), declara bajo juramento no haber hecho uso de Orden Oficial de Pasaje, que reglamentariamente le corresponde por ……. (señalar según el caso: usufructo de licencia por descanso anual año ……, autorizado por expediente ………… durante el lapso ………….; o bien: cumplimiento traslado ordenado por Resolución N° …… efectivizado el ………(señalar fecha)). ------Asimismo declara bajo los mismos términos, que la no utilización de Orden Oficial de Pasaje obedeció a las siguientes razones …………….(determinar las posibles razones en base a las siguientes fórmulas): -------

Haber utilizado el vehículo marca……………patente N° ……de mi propiedad.

- - - - - - - Carencia de pasajes y/o comodidades en ……………(indicar la Empresa), y haber viajado por mi cuenta ………………(indicar el medio utilizado y el importe abonado) - - - - - - - El que suscribe deja expresa constancia que en caso de haber utilizado Orden Oficial de Pasaje, debió ser extendida a favor de ………………….(indicar las Empresas que cubren el trayecto en cada etapa, y el importe del pasaje).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

……….…………………. Firma del declarante (Grado y credencial)

…….…………………. Firma del Director

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ANEXO III –CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA DE CARENCIA DE PASAJES Y/O COMODIDAD.

(Lugar y fecha)……….…………….

- - - - - Por la presente se deja constancia que la Empresa ………………. (indicar razón social), con motivo de la carencia de pasajes y/o comodidades no puede extender los pasajes consignados en la Orden Oficial de Pasaje Nº ……. a nombre de ……………(datos del beneficiario) por la cantidad …….. de pasajes.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

….………………………………… sello y firma representante de la Empresa

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ANEXO IV – CONSTANCIA A SUSCRIBIR POR LA EMPRESA PRESTATARIA POR DEVOLUCION DE PASAJE:

(Lugar y fecha)……….…………….

- - - - Por la presente, se deja constancia que la Empresa ………………. (indicar razón social), ha recepcionado la devolución de la cantidad ……… (indicar numero en letras) de pasajes correspondiente a la Orden Oficial de Pasaje Nº ……. extendida a nombre de ……………(datos del beneficiario) por el trayecto ……………………….. (indicar lugar de origen y de destino), conforme el siguiente detalle:

Nº boleto

Pasajero

….………………………………… sello y firma representante de la Empresa

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ANEXO V – RENDICION MENSUAL DE ORDEN OFICIAL DE PASAJES:

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ANEXO VI - MODELOS DE PROVIDENCIAS Y ORDENATIVAS PARA USUFRUCTO POR DESCANSO ANUAL 1.-MODELO DE SOLICITUD DEL AGENTE:

Buenos Aires,

DIVISION SEGURIDAD INTERNA: Elevo el presente al señor Jefe, a fin de solicitar el otorgamiento de …….días de Licencia por Descanso Anual correspondiente al año….. De prosperar lo peticionado, iniciaría su usufructo a partir del día…….hasta el día…….. Asimismo solicito la extensión de Órdenes de Pasajes para dirigirme con mi grupo familiar al domicilio de …………………….(NOMBRE Y APELLIDO DE FAMILIAR Y GRADO DE PARENTESCO) Al efecto consigno: a) Cantidad de Órdenes de Pasajes ……………………………… b) EMPRESA TRANSPORTISTA:……………………………………. c) TRAYECTO:……………………………………………………………. d) Cantidad de Pasajes:………………………………………………. e) Grupo familiar que me acompañará:………………………… (indicar grado parentesco – D.N.I. – fecha casamiento/nacimiento según corresponda – cónyuge penitenciario: grado, credencial y destino) f) Grado de parentesco, Nombre y Dirección del familiar que visitará………………………………...; según certificado de residencia que agrego expedido por autoridad policial competente.

……………………………………… Cred.………

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2.- MODELO INFORME ÁREA PERSONAL:

DIVISIÓN SECRETARÍA: ……………………………………………………………………………………………………………….. ……………………………………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………… A los efectos de la extensión de Orden de Pasaje (s) solicitada se informa que: a) El agente revista en situación activa b) No ha hecho uso del derecho a pasaje imputable al período anual correspondiente a la licencia que peticiona c) Registra en su legajo personal: a su esposa …………… e hijos ……… (fecha de casamiento y nacimiento respectivamente); su padre ……………………… Domicilio………………………………………………………………………………………… Buenos Aires,

……………………….. Jefe Sección Personal

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3.- MODELO DE ORDENATIVA AUTORIZADORA DE AMBOS BENEFICIOS Buenos Aires, VISTO; la solicitud de ………………………………………………………..de Licencia por Descanso Anual y de extensión de Orden de pasaje(s) interpuesta por el ……………………………………………………………………………………………………………………. CONSIDERANDO: Que la Jefatura de la Dependencia, donde presta servicio el mencionado agente, informa a fs……..que no tiene objeciones que formular en cuanto a la oportunidad y cantidad de días solicitados. Que de conformidad al informe de la División Secretaría- Sección Personal- surge la procedencia correlativa del derecho a pasaje impetrado. Que en razón de lo expuesto y en virtud a que el citado agente se dirigirá con ……………………..al domicilio de ……………………………………….acreditado por certificado policial adjunto a fs. …… lo peticionado se encuentra en la norma del art. 90 inc. a) de la Ley Orgánica y reglamentaciones vigentes. Por ello, EL DIRECTOR ….. ORDENA ARTÍCULO 1°- AUTORIZAR, el uso de …………………………………días de Licencia computable al año………………………………al……………………………………….(C….) a partir del día…...... hasta el día…………………….. ARTÍCULO 2°- AUTORIZAR la extensión de …………………….orden de Pasaje a favor de la Empresa……………………………………………………..para cubrir el trayecto ……………………………. a nombre de……………………………………por la cantidad de ……………………………….pasajes, para que el citado agente se dirija con su esposa ………………………..e hijos……………… (fecha de nacimiento) al domicilio de su progenitor……………………………………………… ARTÍCULO 3- REGÍSTRESE, PASE a DIVISIÓN …………………………………………… para la notificación del solicitante, CUMPLIDO: DÉSE intervención a DIVISIÓN ADMINSTRATIVA a sus efectos y resérvese en ……………………………………… hasta la oportunidad de su reintegro. ORDEN INTERNA N°

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4.- MODELO DE ORDENATIVA AUTORIZATORIA DE LICENCIA POR DESCANSO ANUAL Y DENEGATORIA DE EXTENSIÓN DE ORDEN DE PASAJE:

Buenos Aires, VISTO; la solicitud de ………………………………………………………..de Licencia por Descanso Anual y de extensión de Orden de pasaje(s) interpuesta por el ……………………………………………………………………………………………………………………. CONSIDERANDO: Que la Jefatura de la Dependencia, donde presta servicio el mencionado agente, informa a fs……..que no tiene objeciones que formular en cuanto a la oportunidad y cantidad de días solicitados. Que de conformidad al informe de la División Secretaría- Sección Personal- surge la procedencia correlativa del derecho a pasaje peticionado. Que no obstante lo expuesto, a la fecha no está previsto en las reglamentaciones vigentes que regulen la materia, la extensión de Orden de Pasaje para el caso invocado por el agente. Por ello, EL DIRECTOR ORDENA

ARTÍCULO 1°- AUTORIZAR, el uso de …………………………………días de Licencia computable al año………………………………al……………………………………….(C….) a partir del día…........ hasta el día…………………….. AERTÍCULO 2°- DENEGAR la extensión de Órdenes de Pasaje en razón de no estar reglamentariamente prevista para el caso invocado por el citado agente. ARTÍCULO 3- REGÍSTRESE, PASE a DIVISIÓN……………………………………….…………… para la notificación del solicitante, CUMPLIDO: RESÉRVESE en ……………………………………… hasta la oportunidad de su reintegro. ORDEN INTERNA N°

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5.- MODELO DE ORDENATIVA AUTORIZADORA DE EXTENSION: Buenos Aires, VISTO; el presente expediente Nº……………. y la ordenativa Nº ………….. CONSIDERANDO: Que por dicha medida se le ha autorizado al ……………….. el usufructuó de ……………………………. días de Licencia por Descanso Anual computable al año ……., Que el mencionado agente solicita también la extensión de Ordenes de Pasajes, Que de conformidad a lo informado por la División Secretaría - Sección Personal - surge la procedencia correlativa del derecho a pasaje impetrado. Que en razón de lo expuesto y a los demás antecedentes obrantes, el otorgamiento de la Orden Oficial de Pasajes estaría encuadrado en las normas del art. 90 inc a) de la Ley Orgánica y reglamentaciones vigentes. Por ello, EL DIRECTOR ….. ORDENA ARTÍCULO 1°- AUTORIZAR la extensión de …………………….orden de Pasaje a favor de la Empresa……………………………………………………..para cubrir el trayecto ……………………………. a nombre de……………………………………por la cantidad de ……………………………….pasajes, para que el citado agente se dirija con su esposa ………………………..e hijos……………… (fecha de nacimiento) al domicilio de su progenitor……………………………………………… ARTÍCULO 2- REGÍSTRESE, PASE a DIVISIÓN …………………………………………… para la notificación del solicitante, CUMPLIDO: DÉSE intervención a DIVISIÓN ADMINSTRATIVA a sus efectos y resérvese en ……………………………………… hasta la oportunidad de su reintegro. ORDEN INTERNA N°

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5.6. ÍNDICE: CARÁTULA 5.1.

001

DEFINICIONES BASICAS 1. Orden Oficial de Pasaje – Concepto

002

2. Situaciones que ameritan la extensión de O.O.P.

002

3. Licencia Anual Reglamentaria

002

4. Requisitos

003

5. Comprobantes al reintegro

003

6. Otros motivos que ameritan la extensión de O.O.P.

004

7. Requisitos

004

8. Comprobantes al reintegro

004

9. O.O.P por retiro voluntario u obligatorio

005

10. Requisitos

005

11. Interrupción por razones de servicio

005

12. Casos Especiales – Orden Oficial de Pasajes para internos

006

13. Requisitos

006

14. Traslado de enseres personales – Concepto

006

15. Situaciones que ameritan la extensión

007

16. Requisitos

007

17. Reintegros y/o liquidaciones por la no utilización de O.O.P.

007

18. No utilización de O.O.P. – CASOS

007

19. Base de cálculo

008

20. Documentación reintegro por L.A.R.

008

21. Documentación reintegro por traslado

009

22. Documentación reintegro por comisión

009

23. No utilización de O.O.P.

010

24. No utilización de pasajes

010

25. Reintegro y/o Liquidaciones por la utilización de otros medios para el traslado de sus enseres personales 26. Base de cálculo

010 010

33

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5.2.

5.3

27. Documentación reintegro

010

28. Regulación Normativa

012

NORMAS DE TRÁMITE

013

5.2.1. Solicitud, autorización y aprobación en uso de L.A.R.

013

5.2.2. Solicitud, autorización y aprobación por otras causales que ameriten la extensión de O.O.P. por razones de servicio

016

5.2.3. Solicitud, autorización y aprobación que ameriten la extensión de orden oficial de pasaje para internos

018

5.2.4. Solicitud, autorización y aprobación del traslado de enseres personales por razones de servicio

019

5.2.5. Solicitud, autorización y aprobación del reintegro por la no utilización de la orden oficial de pasaje

021

5.2.6. Solicitud, autorización y aprobación del reintegro y/o liquidación por la utilización de otros medios para el traslado de sus enseres personales.

022

ANEXOS I. Declaración Jurada para traslado de enseres personales

023

II. Declaración Jurada para reintegro de la O.O.P. no utilizada

024

III. Constancia a suscribir por la Empresa prestataria de carencia de pasajes y/o comodidad

025

IV. Constancia a suscribir por la Empresa prestataria por devolución de pasaje

026

V. Rendición mensual de orden oficial de pasajes

027

VI. Modelos de providencias y ordenativas

028

1.

Solicitud de L.A.R.

028

2.

Informe área personal

029

3.

Ordenativa de autorización licencia y O.O.P.

030

4.

Ordenativa de autorización licencia y denegatoria de extensión

34

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5.

orden oficial de pasaje.

031

Ordenativa de autorización de extensión O.O.P.

032

35

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