14. 2º CUATRIMESTRE DTO. DERECHO PROCESAL. UNIVERSIDAD DE GRANADA. Profesor Francisco González Palmero

ARBITRAJE Y PROCESO CIVIL. GRADO EN DERECHO GRUPOS A y B CURSO 2013/14. 2º CUATRIMESTRE DTO. DERECHO PROCESAL. UNIVERSIDAD DE GRANADA Profesor Fran

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ARBITRAJE Y PROCESO

CIVIL.

GRADO EN DERECHO GRUPOS A y B CURSO 2013/14. 2º CUATRIMESTRE DTO. DERECHO PROCESAL. UNIVERSIDAD DE GRANADA Profesor Francisco González Palmero

ARBITRAJE Y PROCESO CIVIL.

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Guía docente

1.- HORARIOS 2.- AULA Y CLASES. 3.- TEMARIO. 4.-EVALUACIÓN:INSTRUMENTOS, CRITERIOS EVALUCACION Y DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE SOBRE LA CALIFICACIÓN FINAL. 5.- PLANIFICACIÓN DOCENTE. 6.- LA NATURALEZA DEL EXAMEN FINAL (QUE REPRESENTA EL SETENTA POR CIENTO DE LA NOTA FINAL) 7.- DESGLOSE DE LAS ACTIVIDADES QUE REPRESENTAN EL TREINTA POR CIENTO DE LA CALIFICACIÓN FINAL. 8.- TUTORIAS. 9- MANUALES Y CÓDIGOS. 10.- BIBLIOGRAFÍA.

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No se podrá privar a ningún español del derecho de terminar sus diferencias por medio

de jueces árbitros, elegidos por ambas partes. ( art. 280

Constitución de Cádiz de 1.812 )

El Arbitraje es un sistema de resolución de conflictos

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alternativo a los tribunales de justicia, que no obstante, le prestan apoyo y control, en el

que las partes que mantienen una controversia se someten al mismo mediante convenio

a unos árbitros libremente elegidos por ellas o bien, a una institución que lo administra

según su propio reglamento, y, que tras un procedimiento rápido, breve y sencillo,

concluye con el dictado de una resolución llamada laudo, que tiene efecto de cosa

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juzgada al igual que una sentencia judicial.

El Arbitraje requiere pues, dualidad de partes, existencia de una controversia o

conflicto, encargo mediante acuerdo o contrato de arbitraje e imposibilidad de acudir a

los tribunales de justicia

El Arbitraje tiene verdadera naturaleza jurisdiccional según

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( TC 43/88,

62/91 y 288/93 ), donde rige el principio de la autonomía de la voluntad, de forma

que las partes en conflicto pueden someterse al mismo en materias que sean de su libre

disposición,

Ente sus ventajas podemos destacar:

1º.- Es más sencillo y rápido que el procedimiento judicial, al tener menos

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trámites, sin por ello menoscabarse la contradicción e igualdad de partes.

2º.- No hay segunda instancia, esto es, contra el laudo que se dicte no cabe recurso

alguno.

3º.- Menor coste económico.

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4º.- El laudo goza de eficacia de cosa juzgada.

5º.- Antiformalismo, flexibilidad e inmediatez.

6º.- Confidencialidad

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7º.- Especialidad de los árbitros.

La Recomendación 12/1986 del Consejo de Europa, referida a ciertas medidas tendentes a prevenir y reducir la sobrecarga de trabajo de los Tribunales, postulaba que los gobiernos adoptasen las disposiciones adecuadas para que en los casos que se prestasen a ello, el arbitraje pueda constituir una alternativa más accesible y más eficaz a la acción judicial.

El Arbitraje en España ha sido regulado por las siguientes normas:

Ley por la que se regulan los arbitrajes de derecho privado de 22/12/58.

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Ley 36/88 de Arbitraje de 5 de Diciembre, que dan lugar a las Cortes de Arbitraje

y el Arbitraje Institucional.

La vigente Ley 60/03 de 23/12 acorde con la Ley Modelo., ante el incremento de

las relaciones comerciales internacionales y la inexistencia de adecuados servicios de

arbitraje internacional ( Exposición de Motivos ).

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Ley 11/11 de 20 de Mayo de reforma de la ley anterior.

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1.- LOS HORARIOS

Grupo A: Jueves de 14 a 15 horas y Viernes de 13 a 15 horas. Grupo B: Jueves de a 18 a 20 horas y Viernes de 18 a 19 horas.

2. EL AULA Y LAS CLASES Las clases para el Grupo A se impartirán en el aula 2 del Aulario y las del Grupo B en el aula 4 también del Aulario. En clase no se permite la utilización de teléfonos móviles, tabletas u ordenadores personales ni otros dispositivos electrónicos salvo autorización expresa e individualizada del profesor.

3. EL TEMARIO Introducción 1.- Sistemas de solución de conflictos y arbitraje. 2.- Arbitraje y proceso jurisdiccional. Diferencias. 3.- Características, Principios, Objeto y Clases. Administración del

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arbitraje. 4.- El convenio arbitral y declinatoria. 5.- Los árbitros: designación, vigencia y competencia. 6.- Procedimiento arbitral: Inicio, prueba, terminación. 7.- El Laudo arbitral. Anulación y revisión. 8.- Ejecución forzosa del laudo arbitral. 9.- Oposición a la ejecución. 10.- Medidas Cautelares. 11.- Arbitrajes especiales 12.- Arbitraje internacional.

4.-EVALUACIÓN:INSTRUMENTOS, CRITERIOS Y DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE SOBRE LA CALIFICACIÓN FINAL. La calificación tendrá dos componentes: a) Se habrá de realizar un examen, escrito u oral. La calificación obtenida en el examen podrá alcanzar hasta un 70% de la nota final de la asignatura. b) El 30% restante se obtendrá con la valoración del trabajo realizado como actividades formativas, tutorías, resolución de casos prácticos.

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Para aprobar la asignatura será necesario superar el examen escrito u oral. Siguiendo, pues, estas pautas obligatorias, se realizará un examen final, hasta un 70% de la calificación definitiva, y las actividades y participación antes citadas, hasta un 30%.

5. PLANIFICACION DOCENTE. El curso se iniciará con las explicaciones recordatorias del Derecho Procesal Civil, para continuar con el Arbitraje. OBJETIVO: Conocimiento y utilización de los mecanismos procesales para ejercitar y hacer posible la realización del derecho material ante los tribunales de justicia o bien aplicarlos a soluciones extrajudiciales y amistosas. ACTIVIDADES A REALIZAR: Tras las explicaciones teóricas de los contenidos del programa, se llevarán a la practica, bien mediante simulaciones en el aula de vistas de la Facultad, bien directamente en la sede de cualquier Tribunal Arbitral de Granada, en suma se pretende la coordinación entre la teoría y la practica. CONTENIDOS.- Los expuestos en el temario. METODOLOGIA A SEGUIR: Explicaciones en clase del temario propuesto y practicas de lo expuesto. Se abordaran preferentemente los contenidos concretos antes de profundizar en las nociones más abstractas y

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generales, para lo que se expondrán los conceptos que constituyen el mínimo necesario para que el alumno se ubique en nuestra disciplina y sepa reconocer cualquier procedimiento que se le pueda presentar en la practica diaria de los tribunales de justicia y de arbitraje. Se trata de, a través de explicaciones claras, destacar los contenidos más importantes del programa, resolviendo las dudas que en cado momento se presenten al alumno, utilizando ejemplos precisos y relacionados con el tema objeto de explicación, propiciando la participación en clase, a la vez que tratar de motivar al alumno, para de esta forma alcance un alto grado de comprensión.

6. LA NATURALEZA DEL EXAMEN FINAL (QUE REPRESENTA EL SETENTA POR CIENTO DE LA NOTA FINAL) Consistirá en una prueba escrita. Resulta imprescindible superar esta prueba para aprobar la asignatura y computar las otras actividades consistentes en el trabajo realizado como actividades formativas, tutorías, resolución de casos prácticos que a continuación se especifican. Durante la realización de la prueba es obligatorio que los alumnos desconecten los teléfonos móviles y cualquier otro aparato electrónico.

7. DESGLOSE DE LAS ACTIVIDADES QUE REPRESENTAN EL TREINTA POR CIENTO DE LA CALIFICACIÓN FINAL

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7.1. Módulo de asistencia y aprovechamiento de las clases (2 puntos) La actividad de asistencia y aprovechamiento de las clases se descompone en dos apartados a ) La mera asistencia, hasta 1 puntos. b ) La participación activa, hasta 1. Se tomará en cuenta la calidad de las intervenciones en clase en relación a las preguntas y cuestiones que formula el profesor. 7.2. Módulo de trabajos (1 puntos): El alumno irá realizando los trabajos sobre los cuestionarios que le vaya presentando el profesor, los cuales podrán ser de naturaleza tanto teórica como práctica. Si algún alumno, por razones debidamente justificadas, no pudiera seguir este sistema de control de competencias, aptitudes y habilidades, deberá hablarlo personalmente, en las tutorías presenciales y en las dos primeras semanas del curso, con el profesor para ajustar su sistema de evaluación.

8.- LAS TUTORÍAS * Jueves de 16,00 a 18,00 horas. * Viernes de 9,00 a 11,00 horas. Las

tutorías

son

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presenciales

y

se

solicitarán

y

confirmarán

previamente en clase. No se realizarán, con carácter general, tutorías por e-mail, lo que no obsta a la utilización del tablón de docencia para comunicaciones generales.

9. LOS MANUALES Y CÓDIGOS: En Derecho es imprescindible disponer de ediciones actualizadas de manuales, colecciones legislativas, monografías, etc. Los manuales más utilizados en el desarrollo de las clases son los que se indican en la guía docente del departamento. La propia esencia del derecho procesal implica una disciplina especialmente apegada a los textos normativos. Y aunque existen disposiciones de una trascendencia superlativa como la Ley Orgánica del Poder Judicial de y la Ley de Enjuiciamiento Civil, existen otras muchas disposiciones legislativas esenciales que el alumno debe tener permanentemente a su alcance, como la Ley de Arbitraje. Por ello resulta imprescindible disponer de un Código de derecho procesal que incluya el conjunto de dicha normativa.

Destacamos los siguientes manuales: Martínez González, Pedro “ El nuevo régimen de Arbitraje “ de Octubre de 2011. Edit. Bosch. Barcelona.

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Vázquez Álvarez D, y otros “ El arbitraje: nueva regulación y práctica arbitral “. 2013. “ Tirant Monografías 885 “ Edit. Tirant lo Blanch. Barcelona. Costa Mestanza, Manuel “ El arbitraje para empresarios y abogados jóvenes paso a paso “. Edit. ePraxis. 2013. Sevilla.

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Bibliografía

Además de los textos legales necesarios, relacionados en las observaciones comunes, y los enlaces recomendados: Barona Vilar, S., (Coord.), “Comentarios a la Ley de Arbitraje. Ley 60/2003, de 23 de diciembre”, Madrid, 2012. Bercowitz Rodríguez-Cano, R., “Comentarios a la Ley de Arbitraje”, Madrid, 1991, 1023 pp. Bernardo San José, A., “Arbitraje y jurisdicción. Incompatibilidad y vías de

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exclusión”, Granada, 2002, 281 pp. Cordón Moreno, F., “El arbitraje de derecho privado: estudio breve de la ley 60/2003 de 23 de diciembre de arbitraje”, Civitas, 2005, 428 pp. González Montes J.L., (AA.VV.) “Estudios sobre el arbitraje: los temas claves”, Editorial La Ley, 2008. González-Montes Sánchez J.L. “El control judicial del arbitraje”, en La Ley, 2008. González-Montes Sánchez J.L. “La Asistencia Judicial al Arbitraje”, Editorial Reus, Edición: 1, 2009. González Soria, J. (Coord.), “Comentarios a la Nueva Ley de Arbitraje 60/2003, de 23 de diciembre”, Navarra, 2012. Guilarte Gutiérrez, “Comentarios prácticos a la Ley de Arbitraje”, en Editorial Lex Nova, 2004 Hinojosa Segovia, R., “El recurso de anulación contra laudos arbitrales (Estudio jurisprudencia)”, Madrid, 1991, 676 pp Lorca Navarrete, A. (Coord.), “Comentarios a la Ley de arbitraje”, Madrid, 1991, pp. 520. Lorca Navarrete, A. (Coord.), “Tratado de Derecho de Arbitraje. II”, IVDP, San Sebastián, 2001. Lorca Navarrete-Silguero Estgnan, “Derecho arbitral español (Manual

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teórico-práctico de jurisprudencia arbitral española)”, Madrid, 2003, 605 pp. Mantilla Serrano, F., “Ley de arbitraje. Una perspectiva internacional”, Madrid, 2005, 404 pp. Martín Muñoz-Hierro Anibarro, “Comentario a la Ley de arbitraje”, 2006. Martínez González, Pedro, “ El nuevo régimen del arbitraje “, ed. Bosch, Barcelona 2012 Reglero Campos, L.F., “El arbitraje (El convenio arbitral y las causas de nulidad del laudo en la ley de 5 de diciembre de 1988)”, Madrid, 1991, 275 pp. Senes Motilla, C.: La intervención judicial en el arbitraje. Civitas [Ed.], Madrid, 2007. Vegas Torres, J y Díez Picazo Giménez, I., “Derecho Procesal. Civil. Proceso concursal. Arbitraje, Madrid, 2004, 126 pp. Yáñez Velasco, R., “Comentarios sistemáticos a la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje”, Valencia, 2004.

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