14 (Personal funcionario de carrera) (Promoción Interna)

SERVICIO DE PERSONAL 3 PLAZAS DE ADMINISTRATIVAS/OS DE ADMINISTRACION GENERAL. C.E. 1/14 (Personal funcionario de carrera) (Promoción Interna) La pr

8 downloads 41 Views 63KB Size

Recommend Stories


MEDICINA INTERNA. Actividad por Servicios PERSONAL
Actividad por Servicios MEDICINA INTERNA PERSONAL Residentes Angela Casquero Murciego Carolina Criado Dabrowska Sixto Ruiz Olivares Mª IsabelTejeda

Estructura interna del PC (Personal Computer)
{BIOS}. {CPU}. Digitalizador. Almacenamiento. {ROM}. {RAM}. Microcontroladores. Semiconductores. Transistores

ANUNCIO REGLAMENTO REGULADOR DEL SISTEMA DE PROMOCION-CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA
OFICINAS MUNICIPALES Avda. de las Tirajanas, 151 - 35110 Santa Lucía - Gran Canaria Tlfs: (928) 72 72 00 Fax (928) 72 72 35 N.I.F. P-3502300-A Nº Rg

CARRERA SOLIDARIA INDUO PERSONAL-RUNNING INDIVIDUAL 10K
CARRERA SOLIDARIA INDUO PERSONAL-RUNNING INDIVIDUAL 10K Lugar Num.# Nombre Categoria Tiempo Diferencia Pagina 1 Equipo 1 2 3 4 5 513 582 587

Story Transcript

SERVICIO DE PERSONAL

3 PLAZAS DE ADMINISTRATIVAS/OS DE ADMINISTRACION GENERAL. C.E. 1/14 (Personal funcionario de carrera) (Promoción Interna)

La presente Convocatoria Específica constituye el desarrollo de la Oferta de Empleo de este Ayuntamiento para el año 2014 (BOP de 05 de agosto de 2014), y se rige por la Convocatoria Unitaria para la provisión en propiedad de plazas de funcionarios de carrera y personal laboral convocadas por el Ayuntamiento de A Coruña en el año 2010 (BOP de 14 de diciembre de 2010), en aplicación de lo dispuesto en la base primera de la misma y por las siguientes normas específicas: 1. Clasificación de la plaza: Escala de Administración General, Subescala Administrativa. 2. Dotación económica: Las retribuciones correspondientes al Grupo C1, según acuerdo adoptado por la Corporación al respecto, y concretado en la relación presupuestaria. 3. Requisitos exigidos: Además de los previstos en la convocatoria unitaria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: Pertenecer al Grupo C2, como personal funcionario de carrera de Administración General o de Administración Especial, del Excmo. Ayuntamiento de A Coruña y tener una antigüedad en los citados grupos de al menos dos años en este Ayuntamiento el día de finalización del plazo de presentación de instancias. Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente. De conformidad con lo dispuesto en la Base Segunda de la Convocatoria Unitaria, se considerará equivalente a la titulación requerida la superación de las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años homologadas por el órgano competente. La convalidación cuya acreditación se exige deberá presentarse mediante certificación emitida por el órgano competente al respecto. Podrán participar, igualmente, aquéllos funcionarios que careciendo de titulación suficiente posean una antigüedad de 10 años en el grupo C2. No podrán participar en el presente proceso aquellos funcionarios de carrera que pertenezcan a los Cuerpos de Seguridad y Emergencias, que se rigen por su normativa específica. 4. Número de plazas que se convocan: tres 5. Sistema de selección: Concurso – Oposición. Promoción interna. 6. Plazo de presentación de instancias: 20 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial da Provincia. A la instancia se deberá acompañar inexcusablemente los siguientes documentos. No obstante, no será necesario presentarlos cuando los mismos que ya se hallen en poder de esta Administración. -

-

Fotocopia del D.N.I. Titulo acreditativo de estar en posesión del nivel de conocimiento de la lengua gallega CELGA IV equivalente, al objeto de ser declarados exentos de la realización del tercer ejercicio. Fotocopia compulsada de los méritos que se aleguen.

o

7. Contenido del proceso selectivo, forma de desarrollo y sistema de calificación: Fase de concurso No tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la evaluación por parte del tribunal de los méritos que concurran en cada uno de los aspirantes, para lo cual se acompañarán a la instancia los documentos justificativos (originales o fotocopias compulsadas) que estimen oportunos. No se tomarán en consideración ni serán valorados aquellos méritos que no queden debidamente acreditados, en todos sus extremos, en el momento de la presentación de la instancia. No obstante, no será necesario presentar documentos que ya se hallen en poder de esta Administración. Se valorarán los méritos conforme al siguiente baremo: a. Antigüedad: a.1. Servicios prestados en Administraciones Públicas a.1.1 Servicios prestados en el Ayuntamiento de A Coruña a.1.2 Servicios prestados en otra Administración Local. a.1.3 Servicios prestados en otras Administraciones Públicas.

0.30 puntos por año. 0.15 puntos por año. 0.05 puntos por año.

a.2 Ejercicio de derechos de conciliación en los cincos años anteriores a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, hasta un máximo de 0,50 puntos a.2.1 Permiso por maternidad: 0,05 puntos por permiso, con un máximo de 0,20 puntos a.2.2 Permiso por paternidad: 0,025 puntos por permiso, con un máximo de 0,10 puntos a.2.3 Reducción de jornada del artículo 76.1º g del Decreto Legislativo 1/2008 de 13 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Función Pública de Galicia: 0,016 puntos por mes de reducción, hasta un máximo de 0,20 puntos a.2.4 Excedencia por cuidado de familiares: 0,005 puntos por mes de excedencia hasta un máximo de 0,20 puntos. La puntuación en el apartado de antigüedad no podrá exceder de 6 puntos. Para el cómputo de la antigüedad se valorará el tiempo total de servicios oficialmente reconocidos en el expediente personal. No se computarán los servicios prestados simultáneamente, con otros igualmente alegados ni aquellos años de servicio que sean requisito para participar en el proceso selectivo. b. Cursos de formación y perfeccionamiento: Por la acreditación de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento expedidos u homologados por Organismos Oficiales, directamente relacionadas con las funciones administrativas, tales como procedimiento administrativo, atención al ciudadano, secretariado, informática, gestión económica y financiera, conocimiento de la lengua gallega, y en general, sobre organización y desarrollo de las técnicas administrativas: -Cursos de menos de 10 horas de duración -Duración comprendida entre 10 y 19 horas -Duración comprendida entre 20 y 29 horas -Duración comprendida entre 30 y 39 horas -Cursos de 40 o más horas

0.20 0.40 0.60 0.80 1.00

puntos puntos. puntos. puntos punto.

En los cursos de gallego, se valorará sólo el de mayor nivel y, en todo caso, no se valorará el título acreditativo del nivel de conocimiento de la lengua gallega que permita la exención de la realización del tercer ejercicio.

En el supuesto de que las certificaciones no especifiquen el número de horas se concederá la puntuación mínima. No se puntuarán las jornadas, congresos o similares. El máximo de puntuación por este apartado será de 3 puntos. c. Valoración del grado personal: - Por la posesión del grado 18 consolidado - Por la posesión de grado 17 consolidado - Por la posesión del grado 16 consolidado - Por la posesión de grado 15 consolidado - Por la posesión del grado 14 consolidado

2,00 1,75 1,50 1,25 1,00

puntos. puntos puntos puntos punto.

La puntuación obtenida en esta fase será computada en la valoración final de las personas que hayan superado la fase de oposición. Fase de oposición Constará de tres ejercicios eliminatorios. La corrección de los ejercicios se realizará garantizando en todo momento el anonimato de los opositores. Primer ejercicio: Consistirá en responder por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario tipo test de 60 preguntas, determinadas por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse la prueba y relacionado con las materias comprendidas en el Anexo I de esta convocatoria. El ejercicio será calificado de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 10 puntos para superarlo. El Tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima. Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto de carácter práctico, a elegir entre dos, relacionado con las materias contenidas en el Anexo I de la convocatoria, que propondrá el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. El tribunal podrá acordar que se incluya en el contenido de la prueba un cuestionario de preguntas relacionado con el supuesto práctico. El tiempo máximo de realización será de 2 de horas. Para el desarrollo de esta prueba, el tribunal podrá acordar que los aspirantes utilicen textos legales no comentados así como de las siguientes herramientas informáticas: Windows XP, Officce2003 y Openoffice 3 Asimismo, el Tribunal podrá acordar la lectura por parte de los/as opositores/as de los ejercicios, así como conversar con los/as aspirantes sobre las materias objeto de los mismos, y pedirle explicaciones complementarias sobre el contenido del tema desarrollado, así como acerca de otros puntos del programa, en relación con las competencias precisas para el desempeño de las plazas de administrativo. El supuesto será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para superarlo. El Tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima. Tercer ejercicio: Consistirá en la traducción directa y/o inversa de uno o varios textos, en castellano o gallego, en un tiempo máximo de 1 hora. Los textos serán elegidos por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse la prueba, correspondiéndole al Tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para superar la prueba. El presente ejercicio se puntuará como apto o no apto. El Tribunal determinará el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima. Aquellos aspirantes que estuvieran en posesión del título acreditativo del nivel de conocimiento de la lengua gallega CELGA IV o equivalente estarán exentos de la realización del presente examen.

Calificación final.- Las calificaciones de las/os aspirantes aprobadas/os en cada uno de los ejercicios serán publicadas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la pagina web del Ayuntamiento de A Coruña. Previamente a la fase de oposición, el tribunal procederá a la baremación de la fase de concurso y la publicará en la página web del Excmo. Ayuntamiento de A Coruña, con indicación de la puntuación obtenida por cada aspirante. Contra la baremación, los aspirantes que lo consideren oportuno podrán presentar reclamaciones ante el propio tribunal en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la baremación. A la vista de las reclamaciones que se presenten y, en el caso de ser estimadas, se realizarán las oportunas correcciones en la baremación y se procederá a la publicación definitiva en la página web del Ayuntamiento de A Coruña. Contra esta resolución, podrán las/os interesadas/os interponer recurso de alzada conforme lo previsto en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. El orden de prelación de los aspirantes que superen el proceso selectivo se realizará de acuerdo con la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el tribunal propusiese el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de éstas, cuando se produzcan renuncias de las/os aspirantes seleccionadas/os, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionarias/os de carrera. Para los efectos previstos en este punto tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos referidos a los aspirantes que dentro del plazo fijado no presenten la documentación requerida o que de su examen se deduzca que carecen de los requisitos establecidos en el punto 3 de la presente convocatoria. El tribunal podrá declarar desiertas aquellas plazas objeto de la presente convocatoria que no resulten cubiertas a su finalización por no superar el proceso selectivo el número suficiente de aspirantes. En caso de empate en la puntuación final del proceso selectivo se establece el siguiente orden de prioridad: 1º 2º 3º 4º

La nota más alta en el primer ejercicio de la fase de oposición La nota más alta en el segundo ejercicio de la fase de oposición Mayor número de preguntas acertadas en el primer ejercicio de la fase de oposición Mayor antigüedad en el Ayuntamiento

ANEXO I: TEMARIO 1. El Acto Administrativo: Concepto, elementos y clases. Eficacia de los actos: Notificación y publicación. Nulidad y Anulabilidad. 2. El procedimiento administrativo: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. 3. Finalización del procedimiento administrativo: La obligación de resolver de la Administración: El silencio administrativo. 4. Ejecutividad y ejecutoriedad. Procedimientos de ejecución. 5.

Recursos administrativos. Concepto y clases, requisitos generales. Los recursos ordinarios.

6. La potestad sancionadora. Concepto y significado. El derecho sancionador. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. 7. Las sanciones administrativas: concepto, naturaleza y clases. El procedimiento sancionador. 8. Municipios de Gran Población: El Alcalde. Competencias. Forma de elección y cese. Los Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local: Composición y atribuciones. 9. El Ayuntamiento Pleno. Composición y competencias. Las Comisiones Informativas. 10. La organización del Ayuntamiento de A Coruña. Distritos. Comisión de Sugerencias y Reclamaciones. El Consejo Social de la ciudad. El Tribunal Económico-Administrativo. Órganos Superiores y Directivos. 11. Régimen de sesiones y acuerdos en los Ayuntamientos. Los Reglamentos Orgánicos del Ayuntamiento de A Coruña. 12. La Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público: Clases de funcionarios. Situaciones administrativas. 13. Derechos y deberes de los funcionarios locales. Código de conducta de los empleados públicos. Régimen de incompatibilidades. 14. Acceso y pérdida de la relación de servicio. Régimen disciplinario. Responsabilidad civil y penal del personal al servicio de la Administración Local. 15. La contratación administrativa. Clases de contratos. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos públicos. 16. La forma de contratación administrativa y los sistemas de selección del contratista. La formalización de los contratos. Los contratos menores. 17. Licencias urbanísticas. Clases. Actos sujetos y procedimiento. 18. Disciplina urbanística: Reacción ante licencias ilegales y actos de edificación y uso del suelo sin licencias. Deberes urbanísticos de conservación y expediente de ruina. 19. Bienes de las entidades locales: Bienes de dominio público y patrimoniales. Régimen jurídico. 20. El presupuesto de las entidades locales. Estructura. Principios presupuestarios. 21. Formación y aprobación del presupuesto. Las bases de ejecución. Prorroga del presupuesto.

22. El crédito presupuestario. Modificaciones de crédito: clases y tramitación. 23. Fases del procedimiento del gasto en el régimen local. Clases de pagos. Anticipos de caja fija. Pagos “a justificar”. 24. La financiación de las Entidades Locales: recursos de la hacienda local. Ingresos de Derecho privado. 25. Imposición y ordenación de tributos y precios públicos. Las ordenanzas fiscales: procedimiento de aprobación y entrada en vigor. 26. Tasas y precios públicos. Contribuciones especiales. 27. El impuesto sobre bienes inmuebles. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. 28. Marco normativo específico de Prevención de Riesgos Laborales. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Plan General de Prevención de Riesgos del Ayuntamiento de A Coruña 29. Políticas de igualdad. Medidas de conciliación de la vida familiar y laboral. Normativa gallega de aplicación: Ley 7/2004 para la igualdad de mujeres y hombres y Ley 2/2007, de 28 de marzo, del trabajo en igualdad de las mujeres de Galicia.

A Coruña, 16 de diciembre de 2014 LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, P.D. LA TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DE PERSONAL,

Fdo. Rosa Mª Gallego Neira

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.