14 Pliego de Condiciones Particulares CAPITULO I

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION GENERAL DE CASINOS LICITACIÓN PUBLICA No. 7/14 Pliego de Condiciones Particulares CAPITULO I 1.- OBJETO. S

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS DIRECCION GENERAL DE CASINOS LICITACIÓN PUBLICA No. 7/14 Pliego de Condiciones Particulares CAPITULO I 1.- OBJETO. Suministro colocación y puesta en funcionamiento de cartelería luminosa, marquesina, iluminación y afines para las Salas de Esparcimiento detalladas a continuación de acuerdo a las especificaciones indicadas en el presente y gráficos adjuntos: 1.1.

Casino Piriápolis, sito en Rambla de los Argentinos s/n – Argentino Hotel, Departamento de Maldonado.

1.2.

Casino Punta Shopping sito en Punta Shopping Mall Nivel 1, Locales 234 y 235, Departamento de Maldonado.

1.3.

Casino Atlántida, sito en Calle 1 entre 22 y Ciudad de Montevideo, Departamento de Canelones.

2.-ESPECIFICACIONES 2.1.- Los proyectos (diseño, dimensiones, componentes, etc.) serán elaborados por las empresas oferentes. a) la misma deberá estar integrada con sistema de iluminación LED (RGB). b) se considerarán especialmente las propuestas que utilicen materiales de alta durabilidad y de bajo mantenimiento. 2.2.- Los diseños deberán ser aprobados por la Dirección General a través del Sector Marketing. 2.3.- Se adjunta por parte de la División Arquitectura fotografías de las fachadas de los locales involucrados en el presente llamado, en su actual estado, conjuntamente con gráficos ilustrativos con indicación de las principales medidas, todo lo cual debe ser verificado en obra, por los propios oferentes previo a la cotización. 2.4.- Deberá procurarse el mejor resultado estético y de calidad, sin perder de vista los costos, el consumo energético, el fácil mantenimiento y la reutilización de elementos señalados como a recuperar o reciclar, valorándose especialmente aquellas ofertas que logren una unificación en cuanto a la cartelería de todos los establecimientos relacionados en el presente. 2.5.- Se emplearán materiales durables y tratamientos especiales anticorrosión.

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2.6.- Deberán estimarse los consumos eléctricos en cada local y en todas las variantes cotizadas. 2.7.- Las estructuras de sustentación deberán estar incluidas en la oferta, así como todos los elementos necesarios para un correcto arriostramiento y fijación de las cartelerías. Por lo tanto el adjudicatario deberá garantizar la estabilidad de todos los luminosos. De acuerdo a la escala de las soluciones propuestas podrá exigirse la firma de un técnico profesional Ingeniero calculista.2.8.- La instalación de alimentación de energía eléctrica será ejecutada por la firma adjudicataria desde el tablero previsto para tal fin. Se sugiere la colocación de varias líneas de alimentación de la cartelería, de forma de poder sectorizarla. De esta manera la falla en una parte de la instalación no afecta toda la cartelería, provocando un apagado total. Previo al inicio de estas obras las mismas deberán ser sometidas a la aprobación de la División Arquitectura (Jefe Técnico Instalador Roberto Ventura). 2.9- Casino Piriápolis, sito en Rambla de los Argentinos s/n – Argentino Hotel, Departamento de Maldonado. a) se deberá cotizar proyecto, suministro y colocación de cartelería y/o iluminación a ubicar en la fachada (puede ser en base a estructura fija, en base a iluminación, etc.) con el fin de identificar y destacar el Casino dentro de la estructura general del Argentino Hotel, el edificio donde se ubica el Casino es patrimonio histórico (Argentino Hotel) y por lo tanto se busca un diseño y una solución amistosa con la estructura, se busca que el oferente proporcione diseño novedoso. b) Se deberá cotizar un cartel para la entrada interna que conecta al Casino con el Hotel, el mismo deberá ser en Led Rgb y contener la leyenda “Casino”. c) Dado el deterioro de las fachadas del Argentino Hotel, se cuidará especialmente en no destacar estos defectos. 2.10.- Casino Punta Shopping, sito en Punta Shopping Mall, Nivel 1, Locales 234 y 235, Departamento de Maldonado. a) Se solicita el suministro y colocación de tres carteles luminosos simple faz que se colocarán sobre el friso del Casino P. Shopping (ver esquema de ubicación en gráfico adjunto) u otro proyecto luminoso que cumpla con la decoración e iluminación del friso del Casino Punta Shopping, presentar diseño. b) Serán llamativos, con colores vivos y formas atractivas; tendrán alto valor estético tanto durante el día como durante la noche; incluirán simulación de movimiento mediante iluminación de tipo secuencial y encendido intermitente. c) Se solicita en el caso de que sean carteles: letras corpóreas en chapa pintada al horno, frente en acrílico, e iluminación desde el interior con módulos RGB (multicolor),

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con controlador para graduar la secuencia y velocidad. Montado sobre parrilla tubular para cableado entre letras y amure a fachada. d) Incluirán la leyenda “CASINO” y tres estrellas en cada lado., medidas aprox. 400x70cm. e) El modelo deberá ser de idénticas características que el cartel actual de “CASINO” que se encuentra sobre la entrada principal (se adjuntan fotografías), se busca generar un impacto integral unificando la fachada bajo un mismo estilo y diseño. El cartel o iluminación se deberá de conectar a la instalación eléctrica de la Sala de Esparcimiento de la D.G.C. Todos los cableados, canalizaciones, etc., deberán ser realizados por el Contratista o gestionado ante quien corresponda a su cargo. 2.11. Casino Atlántida, sito en Calle 1 entre 22 y Ciudad de Montevideo., Departamento de Canelones. a) Se solicita proyecto con suministro y colocación de cartelería a ubicar en techo de fachada, se busca alta visibilidad e impacto, cotizar opciones de cartelería y otros soportes (pantalla gigante, etc) b) Se solicita proyecto con suministro y colocación de iluminación Led para “bañar” fachada del Casino. Serán utilizados proyectores washline RGB con opción de cambio de color. Se deberá ofrecer opciones de colocación teniendo en cuenta el vandalismo que pueden sufrir los artefactos. Deberá calcularse y distribuirse adecuadamente los proyectores de modo que no se acusen sombras o claros-oscuros, debiendo apreciarse uniformidad lumínica en toda la superficie. Deberá preverse una correcta ventilación de la caja y un

adecuado y fácil acceso a efectos de reposición o

reparación de elementos interiores. 2.12.- Las cotizaciones se expresarán indicando los montos local por local y rubro a rubro, reservándose la Administración su derecho a adjudicarlos total o parcialmente, así como a declarar desierto el procedimiento en caso que ninguna propuesta se considere satisfactoria. 2.13.- Podrá expresarse por los oferentes para el caso de la adjudicación del total a una sola firma, un porcentaje de descuento sobre la sumatoria de los montos parciales indicados para cada local. 2.14.- Se deberá adjuntar la asunción de responsabilidad firmada por parte de los oferentes respecto de las condiciones de estabilidad y seguridad de las cartelerías luminosas, tanto desde el punto de vista estructural como de su funcionamiento. 2.15.- Se deberá presentar documentación gráfica (perspectivas y/o fotomontajes) a colores explicitando las propuestas realizadas para permitir su valoración técnica desde el punto de vista estético (tanto de día como de noche), también acompañada

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de gráfico (plantas y alzados) debidamente acotados con detalle técnicos de construcción y de los materiales a emplear. 2.16.- Se deberá entregar muestras y/o folletos o fotos de los materiales a utilizar. 2.17.- Todos los trámites y habilitaciones Municipales que se deban realizar serán realizados por la empresa adjudicataria. Todos los cambios que de ello se deriven (como por ejemplo de tipo estructural o de modificación en instalaciones existentes como ser aire acondicionado, etc.) serán de cuenta exclusiva de la firma adjudicataria, y deberán ser realizados con todas las garantías del caso para la D.G.C. Dado el carácter de Patrimonio Histórico del edificio sede del Casino Piriápolis, se exigirá previo a la adjudicación efectiva de los suministros y trabajos solicitados para esta sala, la aprobación de la propuesta por parte de la Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación. En caso de no obtenerse la misma, o que la propuesta se vea sustancialmente modificada por esta razón, la D.G.C. quedará eximida del compromiso de adjudicación de estos rubros. 2.18.- Los oferentes deberán concurrir a cada uno de los locales, a efectos de relevar in-situ las obras a realizar, y todo lo referente a los trabajos afectados al presente, para hacerse una idea acabada de la magnitud de los trabajos y las dificultades de ejecución o instalación que se puedan presentar. No se admitirán adicionales por ningún concepto, que pretendan modificar el monto cotizado en este procedimiento. 2.19.- El plazo de garantía no deberá ser inferior a un año, sin restricción de especie alguna, es decir incluyendo el mantenimiento integral y respuesta a llamados de emergencia, por dicho lapso. 2.20.- La propuesta del oferente supondrá el cabal conocimiento de las condiciones de partida para la realización de los trabajos cotizados, no reconociéndose a posteriori ningún tipo de adicional ni se admitirá por lo tanto reclamos por ningún concepto que pueda fundarse en desconocimiento de cualquier situación no observada con antelación a la presentación de las ofertas. 2.21.- Las cotizaciones deberán estar contempladas para realizar el trabajo durante horario diurno previa coordinación con la División Arquitectura Tel. 2901.51.31 Int. 354 y 363 y el establecimiento en cuestión. Se cuidará especialmente que su desarrollo no interfiera con el normal funcionamiento de los establecimientos involucrados en el presente llamado, con especial énfasis en los aspectos de seguridad tanto para el público como para el personal.

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CAPITULO II BASES DE LA LICITACIÓN ARTÍCULO 3.- NORMAS Y DISPOSICIONES ESPECIALMENTE APLICABLES. 3.1.- El presente Pliego de Condiciones Particulares. 3.2.- Las modificaciones al mismo, que en tiempo y forma comunique la Administración. 3.3.- Los comunicados y aclaraciones realizados conforme al artículo 4 del presente Pliego. 3.4.- Residualmente, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios No Personales (Decreto 131/014 de 19/05/014) y Decreto 155/013 de 21/05/2013.3.5.- Residualmente, el Decreto 150/2012 de 11/05/2012 (TOCAF 2012). ARTÍCULO 4.- SOLICITUD DE ACLARACIONES. Cualquier adquirente del Pliego de Condiciones Particulares podrá solicitar aclaraciones respecto del mismo. Estas serán formuladas por escrito ante la Dirección General de Casinos, pudiendo ser presentadas con hasta 5 días hábiles de antelación de la fecha fijada para la apertura de ofertas. Vencido dicho término, no se dará trámite a ninguna solicitud de aclaración. Las consultas serán evacuadas en un plazo de 2 días hábiles, notificándose de las mismas a los demás adquirientes. ARTÍCULO 5.- SOLICITUD DE PRORROGA DE APERTURA DE OFERTAS. Cualquier adquirente del Pliego de Condiciones Particulares, podrá solicitar ante la Dirección General de Casinos, prórroga de la apertura de ofertas, con 5 días hábiles de antelación a la fecha fijada para la misma, debiendo para ello, acreditar haber constituido garantía de presentar luego una oferta responsable. La solicitud se considerará denegada, si la notificación no se produjera 24 horas antes del día y hora previstos originalmente para la apertura de ofertas. El monto de la garantía será de U$S 500 (quinientos dólares americanos). Los referidos valores quedarán en propiedad de la Administración de pleno derecho y sin necesidad de intimación ni trámite alguno, si habiéndose fijado 5

nueva fecha para la apertura de ofertas, el peticionante no hubiera presentado una propuesta responsable. En caso de que se presente la mencionada oferta, el depósito será devuelto al día siguiente del acto de apertura. ARTÍCULO 6: CONTENIDO DE LA PROPUESTA. Las ofertas deberán ser redactadas en forma precisa, en idioma castellano, impresas a través de cualquier medio idóneo, en original y dos copias. Los oferentes deberán establecer en su propuesta: 6.1.- Identificación: Firma social, nombre del oferente o nombre de los titulares que la componen en caso de ser sociedades personales o de sus representantes autorizados, en caso de ser sociedades anónimas, nombre de los oferentes consorciados, indicando en este último caso, el porcentaje de participación de cada uno. 6.2.- Domicilios: 6.2.1.- Domicilio real. 6.2.2.- Constituir domicilio en el País. Este requisito deberá ser cumplido aún por las

firmas que no tengan casa establecida en el mismo y no actúen por

representante inscripto en el registro Nacional de representantes de firmas Extranjeras.- En este último caso, solo deberán constituirlo si resultaren adjudicatarias 6.3.- Validez de la propuesta: El plazo de validez de las ofertas no podrá ser inferior a 120 (ciento veinte) días, contados a partir del día siguiente al acto de apertura de las propuestas. Cuando en las mismas no se determine plazo de mantenimiento, se entenderá que se establece por el término indicado en el inciso anterior. Vencido dicho término sin que hubiera recaído resolución definitiva de la autoridad competente, las mismas se considerarán vigentes por un plazo de 60 días, salvo que los interesados comuniquen expresamente su retiro dentro del plazo de 10 días corridos a partir del primer día de vencimiento del plazo referido. Con la sola presentación de la oferta se considerarán aceptadas las condiciones del presente pliego. 6.4.- Garantía: Los proponentes deberán incluir en su oferta una cláusula de garantía que cubra la calidad, durabilidad y eficacia del suministro cotizado. Cualquier defecto que se 6

constatare dentro del plazo de garantía estipulado, (el cual no podrá ser inferior a 1 año), deberá ser corregido por el adjudicatario sin cargo alguno para la Administración. Cuando en la oferta no se establezca plazo de garantía, se entenderá que la misma se constituye por el plazo mínimo indicado anteriormente. Quedan excluidos de esta cláusula aquellos casos de mal uso, negligencia o caso fortuito. Los oferentes deberán garantizar sus ofertas en los términos indicados en la presente cláusula, sin otras restricciones, que las precedentemente establecidas. 6.5.- Plazo de inicio y de ejecución de las obras.

Plazo a partir del cual el oferente puede comenzar a realizar los trabajos cotizados, en ningún caso dicho plazo de inicio, podrá exceder de los 10 días corridos de la notificación de la resolución de adjudicación. El plazo de ejecución total de las obras no podrá ser mayor de 12 meses corridos desde la fecha de notificación de la orden de compra. Si en la oferta no se estableciere expresamente el plazo de entrega, el cumplimiento de la totalidad del suministro e instalación del mismo, deberá realizarse en el indicado en la precedente cláusula. 6.6.- Incompatibilidad: El oferente deberá presentar una declaración en la cual indique que está en condiciones legales de contratar con el Estado (artículo 46 del T.O.C.A.F. Dec. 150/2012). 6.7.- Firmas: En el original y sus respectivas copias, la firma y contrafirma de los titulares de la empresa, si son personas físicas o del o los respectivos representantes, tratándose de personas jurídicas. 6.8.- A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 155/13 de 21 de mayo de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO, (SIIF) y ACTIVO.

En virtud de lo establecido en los artículos 9 y siguientes del Decreto mencionado, el registro en RUPE se realiza directamente por el proveedor vía internet, y por

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única vez, quedando el mismo habilitado para ofertar en los llamados convocados por todo el Estado. Podrá obtenerse la información necesaria para dicho registro, en el siguiente link: http://www.comprasestatales.gub.uy/inicio/proveedores/rupe/comoinscribirse Para culminar el proceso de inscripción, según lo dispuesto en la normativa referida, el interesado o un representante autorizado, deberá exhibir la documentación correspondiente en forma presencial, para lo cual deberá asistir a un punto de atención personalizada. El proceso culmina con la validación de la documentación aportada por el proveedor, por parte de un Escribano Público del Estado, y con la adquisición del estado “ACTIVO” en RUPE. 7.- GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.7.1.- Los oferentes, antes del acto de Apertura, deberán garantizar el mantenimiento de su oferta, por un valor mínimo equivalente a U$S 1.000 (mil dólares americanos) mediante: 7.1.1. Depósito en efectivo, cheque certificado o valores públicos. 7.1.2. Fianza o aval bancario. 7.1.3. Póliza de seguro de fianza. 7.2.- Las garantías deberán presentarse en la Tesorería de la Dirección General de Casinos, sita en la Avenida del Libertador Brigadier General Lavalleja No. 1525, de 11 a 16 hs. 7.3.- No se exigirá el depósito de garantía de mantenimiento de las ofertas, cuando el monto anualizado de éstas, no supere el monto máximo establecido para las Licitaciones Abreviadas, actualmente fijado en $ 6.413.000.ARTÍCULO 8.- FORMA DE COTIZACIÓN: Los

oferentes

deberán

cotizar

el

precio

en

dólares

estadounidenses,

determinándose: 8.1.-Precio

unitario

de

los

suministros

ofrecidos

por

Sala

separadamente 8.2.-Monto de los impuestos. 8.3.-Suma total que deberá pagar la Dirección General de Casinos.

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o

Casino

En caso de que no surja de la oferta la desagregación antes requerida y si la suma total, la administración podrá requerir al oferente respectivo, en un término complementario, que presente la misma sin que en ningún caso, pueda admitirse que el mismo modifique el monto total originalmente cotizado. 8.4.- Una tasa de descuento “pronto pago” entendiéndose por tal, el realizado dentro de los 30 días de la fecha de la factura conformada En caso de que los oferentes omitan la referencia a la “tasa de descuento pronto pago” se considerará que aquellos cotizaron ”cero” el valor de la misma. NOTA: No se admitirán ofertas cuyo precio esté sujeto a actualización o reajuste. ARTÍCULO 9.- DOCUMENTACIÓN. 9.1. Formulario de identificación del Oferente. 9.1.1. Comprobante de la adquisición del Pliego a nombre de la empresa oferente. 9.1.2. Comprobante de haber efectuado el depósito de garantía de mantenimiento de oferta, si correspondiere. 9.1.3. Antecedentes relativos a actuaciones anteriores o actuales, en el suministro de artículos similares a los del objeto de la presente licitación, con justificación documentada de su idoneidad en la materia.9.1.4. Constancia firmada por un funcionario de la sala de haber realizado la visita previa mencionada en el artículo 2.18. ARTICULO 10 - RECEPCION Y APERTURA DE OFERTAS. Las propuestas serán recibidas exclusivamente en la Oficina Central de la Dirección General de Casinos, Avda. del Libertador Brig. General Lavalleja 1519 de la ciudad de Montevideo, Departamento de Adquisiciones, los días hábiles de 11 a 17 horas, hasta el día y horas fijados para la apertura del primer llamado. En caso de que no se presentaren tres ofertas admisibles al primer llamado, se efectuará el segundo llamado media hora después, procediéndose a la apertura cualesquiera que fuere el número de proponentes. Las ofertas para el segundo llamado se presentarán a la hora fijada para el mismo. Las ofertas podrán presentarse en sobre cerrado o enviarse vía fax. 10.1.- En caso de presentación de ofertas en sobre cerrado, el mismo debe estar claramente identificado en su exterior con: el número de licitación, 9

objeto, oferente y fecha de apertura de ofertas. Asimismo, deberá estamparse la inscripción: “No abrir antes del acto de Apertura de Ofertas”. La Administración no será responsable por traspapelamiento, pérdida o apertura prematura, si el sobre exterior no está cerrado e identificado según lo dispuesto. 10.2.- En caso de presentación de ofertas vía fax, las mismas serán recibidas únicamente por el Número 2903 0660, todos los días hasta las 12 horas del día fijado para la apertura de ofertas. En este caso, para ser admitidas, la totalidad de su texto deberá estar ingresado para dicha hora, debiendo estar debidamente foliada e indicando la cantidad de fojas que contiene la oferta. 10.3.- Apertura de ofertas: Las ofertas se abrirán en acto público, en el Departamento de Adquisiciones, sito en Avda. del Libertador Brig. Gral. Lavalleja 1519 en la ciudad de Montevideo.

Primer llamado: el día 14 de noviembre de 2014 a las 12 hs. Segundo llamado: el mismo día a las 12:30 hrs. ARTÍCULO 11.- ADMISIBILIDAD. No serán admitidas las propuestas que fueren presentadas luego de la hora prevista para la apertura. ARTÍCULO 12.- PLAZO COMPLEMENTARIO. Cuando se constate la omisión de la presentación de documentación o información, cuya agregación posterior no altere materialmente la igualdad de los oferentes, la Administración podrá otorgar un plazo de 2 días hábiles e improrrogables, a efectos de que los interesados puedan subsanar la omisión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 65 inc. 7° del Decreto 150/2012 (T.O.C.A.F). A estos efectos podrán remitir la documentación o información vía fax al teléfono 2903 0660 o al que la Administración indique.

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ARTÍCULO 13 - ESTUDIO Y EVALUACION DE LAS OFERTAS. 13.1.- Las ofertas serán evaluadas en forma primaria, respecto del cumplimiento de los requisitos formales exigidos en el presente Pliego. Si se constataran defectos formales subsanables, se aplicará lo dispuesto en el artículo anterior. Si se constataran defectos formales insubsanables, la oferta respectiva no será considerada. 13.2.- Posteriormente, entre las ofertas más convenientes, se efectuará la adjudicación sin que sea necesario hacerlo a favor de la de menor precio, salvo en identidad de circunstancia y calidad, de acuerdo al artículo 68 del T.O.C.A.F. y en base a los siguientes criterios: 13.2.1.-Calidad y presentación de la propuesta (40%) 13.2.2. Plazo de ejecución de obras( 20 %) 13.2.3. Precio (20%) 13.2.4. Plazo de garantía (10%) 13.2.5. Antecedentes de la empresa con el Organismo, la Administración y en Plaza:(10%). ARTÍCULO 14.- DERECHOS DE LA ADMINISTRACION. La Administración se reserva las facultades de: a) Desistir del llamado público en cualquier etapa del procedimiento. b) Realizar la adjudicación que considere más conveniente a su solo juicio, de acuerdo a la ponderación razonable de los factores de evaluación indicados en este pliego y la normativa vigente. c) Efectuar adjudicaciones parciales d) No efectuar adjudicación alguna. e) Utilizar los procedimientos de mejora de ofertas, negociación y/o solicitud de mejora de las condiciones de la oferta, en las hipótesis respectivamente previstas por el artículo 66 del TOCAF. Además podrá establecer negociaciones tendientes a mejorar las ofertas en los casos de precios manifiestamente inconvenientes, en cuanto a las condiciones técnicas, de precio, plazo y calidad. f) Aumentar o disminuir el objeto de las prestaciones del contrato de conformidad a lo previsto en el artículo 74 del TOCAF. El uso de cualquiera de las hipótesis planteadas por parte de la Administración, no genera derecho a reclamo o indemnización por parte de los oferentes. 11

ARTÍCULO 15.- SE RESERVA SOLO AL OFERENTE QUE RESULTARE ADJUDICATARIO: la carga administrativa de la demostración de estar en condiciones formales de contratar. A tales efectos oportunamente deberá presentar: Fotocopia de la documentación que acredite haber contratado, el Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con el Banco de Seguros del Estado (Artículo 61 ley 16.074 del 10/10/89), si correspondiere. ARTÍCULO 16.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. El contrato se considerará perfeccionado con la notificación al adjudicatario del acto administrativo de adjudicación y luego de cumplidos los trámites constitucionales y legales pertinentes. ARTÍCULO 17.- A los efectos de la adjudicación, el oferente que resulte seleccionado, deberá haber adquirido el estado de “ACTIVO” en el RUPE. Si al momento de la adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario no hubiese adquirido el estado de “ACTIVO” en RUPE, se le otorgará un plazo de 2 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de adjudicación, a fin de que el mismo adquiera dicho estado, bajo apercibimiento de adjudicar este llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado. ARTICULO 18 - GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. Los adjudicatarios deberán constituir la garantía de cumplimiento de contrato, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la notificación de la adjudicación, por un monto equivalente al 5 % del total adjudicado, si el monto superare el 40% del monto mínimo establecido para las licitaciones abreviadas actualmente fijado en $ 6.413.000. ARTÍCULO 19.- CESIONES DE CRÉDITO. Quien resulte adjudicatario en el presente procedimiento de contratación, no podrá ceder los créditos emergentes del contrato que se derive del mismo, salvo

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que cedente y cesionario, en el documento de cesión de crédito, reconozcan y acepten expresamente que: 19.1.- La Dirección General de Casinos no consiente la respectiva cesión a los efectos de oponer luego al cesionario todas las excepciones que tuviere respecto del cedente, antes o después de la notificación de la cesión. 19.2.- La Dirección General de Casinos no consiente la respectiva cesión, a los efectos de oponer a las partes de dicho contrato cualquier observación derivada de defectos que se constataren en el documento de cesión de crédito. 19.3.- A los efectos previstos en los anteriores numerales 19.1 y 19.2, no es necesario que la Dirección General de Casinos, una vez notificada de la correspondiente cesión comunique su oposición a la misma en los términos de los artículos 1759 y 1760 del Código Civil y 564 y 565 del Código de Comercio. ARTÍCULO 20.- FORMA DE PAGO. La Dirección General de Casinos efectuará el pago a los 45 días de la fecha de la recepción de la factura conformada a través del Sistema Integrado de Información Financiera. Si el pago se efectuare dentro de los 30 días de emisión de la factura, se aplicará la tasa de descuento “pronto pago” cotizada oportunamente. ARTÍCULO 21.- RESPONSABILIDAD. El adjudicatario asume la exclusiva responsabilidad por los resultados de su acción, frente a sus dependientes y terceros, debiendo tener presente y aplicar toda la normativa vigente en materia de seguridad e higiene laboral y ambiental tanto de carácter Nacional como Municipal adoptando

todas las medidas

pertinentes durante el cumplimiento del respectivo contrato. ARTÍCULO 22.- LAUDOS SALARIALES. La retribución de los trabajadores de la empresa adjudicataria, asignados al cumplimiento de tareas, deberá respetar los laudos salariales establecidos por los Consejos de Salarios. El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones antes mencionadas, será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario (Ley 18.099).

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ARTÍCULO 23.- MORA, INCUMPLIMIENTO Y MULTA. Las partes caerán en mora de pleno derecho y sin necesidad de protesto, ni de interpelación judicial por la sola realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o en no hacer algo contrario a lo estipulado. La mora será penada con multa equivalente al 2% (dos por ciento), del valor de la mercadería a entregar o trabajo a cumplir, por cada semana o fracción de semana de atraso. Si la Administración, además de la multa, exigiere el cumplimiento de la obligación, el adjudicatario deberá pagar la multa generada hasta el momento de su cumplimiento tardío. El plazo máximo de atraso, computable a efectos de la multa, es de 30 días. Vencido este plazo, la multa se elevará al 20% (veinte por ciento) del valor actualizado del suministro en mora. Las multas comenzarán a aplicarse automáticamente, a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de cumplimiento del contrato y la Administración descontará su valor de la garantía de cumplimiento de contrato y/o de los créditos que el adjudicatario tuviere a su favor, por éste u otro contrato. ARTÍCULO 24.- RESCISIÓN. Sin perjuicio de las sanciones previstas precedentemente, la Administración podrá, una vez transcurridos 30 días del vencimiento del plazo de cumplimiento del contrato, e intimado por única vez su cumplimiento, dar por rescindido el mismo, exigir los daños y perjuicios ocasionados y disponer otras sanciones respecto de la adjudicataria, en su calidad de proveedor estatal. En todos los casos, el oferente incumplidor, perderá la garantía de cumplimiento de contrato. VALOR DEL PLIEGO: $ 1.000.-

p. Dirección General de Casinos.

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