2. AMBITO TERRITORIAL

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRAN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO D

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AMBITO TERRITORIAL
AGRUPACION ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS.S.A AMBITO TERRITORIAL -----------------------------------01 ALAVA 1

CAPITULO I AMBITO DE APLICACION
  Convenio Colectivo para el Comercio del Metal de la Comunidad de Madrid, suscrito por las Centrales Sindicales Federación de Industria de CC.OO.- M

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRAN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DE ENVASES, PAPEL-CARTON Y SERVICIO DE RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES EN LA ZONA CENTRO-SUR DE LA PROVINCIA DE BURGOS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRÁN EN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA CONTRATAR LA GESTIÓN DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DE ENVASES, PAPEL-CARTÓN Y SERVICIO DE RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES EN LA EN LA ZONA CENTRO-SUR DE LA PROVINCIA DE BURGOS.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRAN EL CONCURSO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA CONTRATAR LA GESTION DEL SERVICIO PUBLICO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE RESIDUOS DE ENVASES, PAPEL-CARTON Y SERVICIO DE RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES EN LA ZONA CENTRO-SUR DE LA PROVINCIA DE BURGOS

INDICE 1.-OBJETO DEL PLIEGO 2.-AMBITO TERRITORIAL 3.-SERVICIOS OBLIGATORIOS 4.- DESTINO DE LOS RESIDUOS OBJETO DE CLASIFICACION y ELIMINACIÓN 5.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE PAPEL-CARTÓN 6.-DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ENVASES LIGEROS 7.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES 8.-DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE INSTALACIÓN, LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DE CONTENEDORES. 9.-INSTALACIONES FIJAS 10.-PERSONAL 11.-PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 12.-VEHÍCULOS Y MAQUINARIA 13.-SISTEMAS DE CONTROL 14.-DE LA TITULARIDAD DE LAS INVERSIONES EN MEDIOS MATERIALES 15.-DAÑOS A TERCEROS 16.-FORMA DE PAGO DEL SERVICIO 17.-MEJORAS OFERTADAS. ESTRUCTURA DE LA OFERTA. SOBRE B: PROPUESTA ECONOMICA Y DOCUMENTACION TECNICA 18.-DEDUCCIONES Y SANCIONES

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1. OBJETO DEL PLIEGO Es objeto del presente Pliego enumerar una serie de condiciones técnicas que servirán de base para contratar la gestión del servicio público de recogida y transporte de residuos de envases y papel-cartón en el ámbito de los municipios y mancomunidades del punto 2. El citado servicio comprende también la recogida de muebles y enseres. En ningún caso este contrato contempla el servicio de recogida de residuos urbanos (contenedor gris). Dicho concurso pretende englobar los anteriores lotes A y B más las sucesivas incorporaciones en un único contrato. 2. AMBITO TERRITORIAL Los servicios definidos en la cláusula 1 del presente Pliego se extenderán a la totalidad de las mancomunidades y municipios a continuación relacionados. Tomando como referencia la situación actual, tal y como se indica en las tablas siguientes, que comprenden los pueblos y mancomunidades que abarcan, así comos lo datos de población tomados directamente del plan Director de Residuos Urbanos de la Provincia de Burgos (año-03). Estos datos serán los que servirán de cálculo, con independencia de que se hayan producidos cambios en la población: Municipios

Habitantes

MANCOMUNIDADES (18): Mancomunidad Comarca de Alfoz de Lara Mancomunidad Alta Sierra de Pinares Mancomunidad Comarca del Arlanzón Mancomunidad Oca-Tirón Mancomunidad Sierra de la Demanda Mancomunidad Desfiladero-Bureba Mancomunidad Ribera del Arlanza y del Monte Mancomunidad La Yecla Mancomunidad Ribera de Duero-Comarca de Roa Mancomunidad Río Arandilla Mancomunidad Valle del Rio Riaza Mancomunidad Ribera Río Ausín-Zona San Pedro Cardeña Mancomunidad Pueblos de la Vecindad de Burgos Mancomunidad Virgen de Manciles Mancomunidad Bajo Arlanza Mancomunidad Odra-Pisuerga Mancomunidad Peña Amaya Mancomunidad Tierras del Cid PUEBLOS NO MANCOMUNADOS (22) Aguilar de Bureba Bozoó Briviesca Busto de Bureba Cascajares de Bureba Castill de Peones Encio Galbarros Grisaleja Piérngas Prádanos de Bureba Quintana Bureba Quintanalaez Quintanavides Quintanilla San García

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29 6 15 21 8 14 27 17 31 13 14 18 17 5 22 11 19 15

7.092 4.912 2.756 4.558 2.247 1.725 5.277 2.768 10.523 3.617 2.879 5.404 4.550 3.327 4.065 4.908 5.654 5.806

1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1

86 117 6.271 216 54 30 64 33 50 43 54 46 88 84 100

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1 1 1 1 1 1 1 328

TOTAL

24 52 182 67 41 108 36 89.914

Cuando el Consorcio considere positivo para sus intereses la incorporación de nuevos ayuntamientos, pueblos, juntas vecinales o mancomunidades lo comunicará al concesionario que, en el plazo de dos meses, estará obligado a prestar el servicio objeto del contrato, en igualdad de condiciones, a las mancomunidades, pueblos, ayuntamientos y juntas vecinales que se indiquen en los precios pactados. Para ello se partirá de los precios/habitante ofertados en el momento de la prestación del servicio. Lo aquí indicado es de aplicación para el caso de que algunas mancomunidades prescindiesen del servicio objeto del contrato, en cuyo caso se partirá de los precios/habitante ofertados en el momento de la prestación del servicio y se procederá a su descuento. Esta situación se podría dar para las mancomunidades del Alfoz, lo que podría afectar a 15.760 de los 89.914 habitantes. 3. SERVICIOS OBLIGATORIOS Los servicios que tienen el carácter de SERVICIOS OBLIGATORIOS son los que se enumeran a continuación:

• • •

Recogida selectiva y transporte de papel-cartón Recogida selectiva y transporte de envases ligeros Servicio de recogida de muebles y enseres

4. DESTINO DE LOS RESIDUOS de ENVASES ELIMINACIÓN.

OBJETO DE CLASIFICACION y

Los envases usados y asimilables recogidos por el concesionario destinados a clasificación serán transportados a la Planta de Tratamiento de Abajas. El rechazo de los mismos será gestionado por el explotador de la planta de tratamiento. El personal a cargo del concesionario deberá atender en todo momento las instrucciones del personal de la planta, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación. 5. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRANSPORTE DE PAPELCARTÓN Este servicio, comprende: a) La Recogida Selectiva de papel-cartón a través de contenedores monomateriales de color azul ubicados en el ámbito territorial de los municipios contemplados.

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Toneladas Papel-cartón 902 1.748 1.750 1.696

5.1.2. Lugar de depósito Los residuos de papel-cartón se depositarán de forma voluntaria y sin ninguna limitación de horarios, en contenedores “monomateriales” normalizados de color azul, de aproximadamente 2.500 litros de capacidad, ubicados en la vía pública. Los contenedores a emplear son de CARGA SUPERIOR, tipo iglú o trapeziodales de 2.500 litros de capacidad. Los contenedores azules irán instalados, siempre que sea factible, junto a los contenedores destinados a envases “ligeros”.

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El número mínimo de contenedores de recogida selectiva de papel-cartón instalados en el ámbito de actuación es el recogido en el anexo de este pliego 5.1.3. Modalidad de recogida La recogida y transporte de los residuos de papel-cartón se efectuará mediante vehículos autocompactadores apropiados con sistema de carga superior. 5.1.4. Horario de recogida El horario de recogida será propuesto y justificado en sus ofertas por los licitadores, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de introducir modificaciones y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. No obstante, el horario de recogida será preferentemente diurno. Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran cada sector y a los sistemas de recogida propuestos, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de modificarlos y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. Para ello deberán tener en cuenta el tamaño del municipio y de los barrios y núcleos que lo integran, la cantidad de residuos generados y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, intensidad de tráfico rodado, actividad ciudadana, movimiento de personas y vehículos en las horas de entrada y salida a colegios y empresas etc. 5.1.5. Frecuencia de recogida La frecuencia de vaciado de los contenedores de papel-cartón será aquella que asegure que, en todo momento, el material depositado en cada contenedor en cuestión, no supere el 75% de su capacidad de llenado. Cada contenedor tendrá asignado por tanto, su propia frecuencia de vaciado. A título orientativo se considera un mínimo de una vez cada quince días, a excepción de los pueblos grandes que será de 1 vez cada semana. En la epoca estival (meses de junio, julio, agosto y septiembre) la frecuencia mínima será 1 vez cada semana, a excepción de los pueblos grandes que será 2 veces semana. Esta frecuencia podrá ser cambiada por los propios servicios técnicos del Consorcio, debiendo ser asumida por el contratista bajo su riesgo y ventura y tenida en cuenta a la elaborar la oferta económica y el estudio técnico de explotación. En aquellos casos en los que los Servicios Técnicos del Consorcio comprueben que la frecuencia de vaciado es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima del 25% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento del Consorcio, el concesionario deberá incrementar la frecuencia de vaciado, hasta garantizar la disponibilidad exigida. Con independencia de la frecuencia mínima de vaciado asignada inicialmente a cada uno de los contenedores, el concesionario vendrá obligado a acomodar la frecuencia de vaciado de los contenedores a la velocidad de llenado de los mismos, aumentando dicha frecuencia si fuera preciso, para así mantener permanentemente disponible la capacidad

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El resultado final de todas estas actuaciones será, en cualquiera de los casos el siguiente: los contenedores de papel-cartón que corresponda recoger perfectamente vacíos, correctamente instalados, con la tapa cerrada e inmovilizados y los puntos de basura en los que se ubiquen dichos contenedores, exentos de cualquier resto o desperdicio, sea cual sea su origen. Igualmente se vaciarán aquelos contenedores de papel-cartón que se encuentren soterrados (casos muy escepcionales y muy pocos). El concesionario además, adoptará las precauciones oportunas para evitar cualquier vertido de papel-cartón durante los trayectos que median entre un contenedor y el siguiente, así como durante el transporte a la Planta de almacenaje o de clasificación de papel-cartón, para lo cual la tolva de carga del camión de recogida irá provista de un panel deslizante o cualquier otro dispositivo que impida eficazmente cualquier vertido. 5.2.- Transporte a una Planta de almacenaje o clasificación de papel-cartón El papel-cartón recogido será transportado y entregado en las instalaciones de almacenaje o de clasificación de papel-cartón que designe el Consorcio. Dichas instalaciones, en la actualidad son propiedad de DESPANORSA EN Villalbilla de Burgos, Carretera de Valladolid, Km 6. El Consorcio, como consecuencia de los acuerdos que pudiera alcanzar con empresas del sector de recuperación del papel y cartón, podrá, a lo largo del periodo de vigencia del Contrato, exigir del concesionario la descarga del material en cualquier Planta de Almacenaje o de Clasificación que se encuentre en las cercanías del arriba mencionado. Si la Planta se encontrase fuera de dicho límite, se estará a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares sobre modificaciones del Contrato. Los operarios encargados de descargar el material recogido, atenderán en todo momento las instrucciones del personal responsable de las instalaciones receptoras de dicho material, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación. 5.3. Organización del servicio Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio arriba indicado con los medios propuestos. Los licitadores definirán con todo tipo de detalle el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos: a) Descripción del equipo de recogida en cuanto a vehículo y personal, y ruta asignada. b) Rutas de recogida debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas: -

Itinerario a seguir Previsión de kilómetros a recorrer Nº de contenedores asignados para su vaciado, tipo de contenedores y ubicación precisa de los mismos por municipios Hora de comienzo y hora prevista de finalización

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Desglose del tiempo medio invertido en: vaciado de contenedores, desplazamientos y descarga en la Planta de Almacenaje de papel-cartón Previsión de la cantidad de residuos a recoger Nº de portes previstos a la Planta de Almacenaje de papel-cartón por jornada

c) Planos de detalle a escala adecuada en los que se especifiquen los itinerarios de recogida y los contenedores objeto de vaciado. d) Calendario y horario de recogida, en el que se detalle: -

Para cada municipio y dentro del mismo, para cada contenedor en cuestión, los días y horarios de recogida previstos y Para cada día del calendario, los municipios atendidos, especificando en cada uno de ellos los contenedores a vaciar

e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio 6. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ENVASES LIGEROS Este servicio comprende: a) La Recogida Selectiva de envases ligeros a través de contenedores monomateriales de color amarillo ubicados en el ámbito territorial de los municipios contemplados. b) El Transporte a la Planta de Separación de Envases Ligeros ubicada en Abajas. c) La instalación de contenedores de 2.500 hasta cubrir el stock de 50 contenedores previsto en aquellos pueblos que establezca el Consorcio. d) El mantenimiento, limpieza y reposición de los contenedores. En la reposición esta será de manera independiente del stock de contenedores. 6.1. Recogida Selectiva de envases ligeros 6.1.1. Residuos objeto de recogida El Servicio de recogida selectiva de envases “ligeros” mediante contenedores consistirá en la recogida selectiva, específica y separada del resto de residuos urbanos, de los envases “ligeros” seleccionados y depositados por los propios generadores en contenedores monomateriales de color amarillo que para tal fin se instalen en la vía pública y su posterior transporte a la Planta de Separación de Envases Ligeros. El Servicio estará destinado al conjunto de generadores de envases y residuos de envases “ligeros” (de plástico, de metal y complejos briks) del ámbito del Consorcio que deseen voluntariamente participar en la recuperación de estos materiales. El ratio que servirá de base para el estudio de costes e ingresos y por lo tanto para la oferta será de 11,5 Kg/habitante-año. Sin que sirva de excusa para alegar desequilibrio económico alguno la recogida de menor cantidad de envases, debiendo ser asumido por el contratista bajo su propio riesgo y ventura, lo aquí establecido es perfectamente aplicable para el caso de que se recojan más envases de los esperados.

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El listado de históricos es el recogido en la siguiente tabla: Año 2.007 2.008 2.009 2.010

Toneladas EELL 427 913 1.080 1.068

6.1.2. Lugar de depósito Los envases y residuos de envases se depositarán de forma voluntaria y sin ninguna limitación de horarios, en contenedores “monomateriales” normalizados de color amarillo, de aproximadamente 2.500 litros de capacidad, ubicados en la vía pública. Los contenedores a emplear son de CARGA SUPERIOR, tipo iglú o trapezoidal de 2.500 litros de capacidad. Los contenedores amarillos irán instalados, siempre que sea factible, junto a los contenedores destinados a los envases de papel-cartón, configurando lo que se conoce como “áreas de aportación”. El número mínimo de contenedores de recogida selectiva de envases “ligeros” a implantar en el ámbito del Consorcio será el recogido en el anexo de este pliego. 6.1.3. Modalidad de recogida La recogida y transporte de envases ligeros se efectuará autocompactadores apropiados con sistema de carga superior.

mediante

vehículos

6.1.4. Horario de recogida El horario de recogida será propuesto y justificado en sus ofertas por los licitadores, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del Consorcio de introducir modificaciones y la obligatoriedad del concesionario de aceptar tales modificaciones. No obstante, el horario de recogida será preferentemente diurno. Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran el Consorcio y a los sistemas de recogida propuestos, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos del mismo de modificarlos y la obligatoriedad del Adjudicatario de aceptar tales modificaciones. Para ello deberán tener en cuenta el tamaño del municipio y de los barrios y núcleos que lo integran, la cantidad de residuos generados y que el servicio en cuestión no provoque distorsión alguna ni se vea impedido como consecuencia de la celebración de mercados semanales, intensidad de tráfico rodado, actividad ciudadana, movimiento de personas y vehículos en las horas de entrada y salida a colegios y empresas etc. 6.1.5. Frecuencia de recogida La frecuencia de vaciado de los contenedores de envases será aquella que asegure que, en todo momento, el material depositado en cada contenedor en cuestión,

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6.2.- Transporte a una Planta de Separación de Envases Ligeros del Consorcio Los envases recogidos serán transportados y entregados en la Planta de Separación de Envases Ligeros del Consorcio ubicada en Abajas durante cualquier día del año, incluso los sábados, domingos y festivos. Los operarios encargados de descargar el material recogido, atenderán en todo momento las instrucciones del personal responsable de dicha Planta, en cuanto a punto de descarga, maniobras a efectuar y cualesquiera otras órdenes que les puedan ser dadas, así como las normas e instrucciones relativas a la prevención de riesgos en esta instalación. 6.3. Organización del servicio Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio arriba indicado con los medios propuestos. Los licitadores definirán con todo tipo de detalle el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos: a) Descripción del equipo de recogida en cuanto a vehículo y personal, y ruta asignada. b) Rutas de recogida debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas: -

Itinerario a seguir Previsión de kilómetros a recorrer Nº de contenedores asignados para su vaciado, tipo de contenedores y ubicación precisa e los mismos por municipios Hora de comienzo y hora prevista de finalización Desglose del tiempo medio invertido en: vaciado de contenedores, desplazamientos y descarga en Planta de Separación Previsión de la cantidad de residuos a recoger Nº de portes previstos a la Planta de Separación de envases por jornada

c) Planos de detalle a escala adecuada en los que se especifiquen los itinerarios de recogida y los contenedores objeto de vaciado. d) Calendario y horario de recogida, en el que se detalle: -

Para cada municipio y dentro del mismo, para cada contenedor en cuestión, los días y horarios de recogida previstos y - Para cada día del calendario, los municipios atendidos, especificando en cada uno de ellos los contenedores a vaciar e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio 7. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO RECOGIDA DE MUEBLES Y ENSERES La finalidad de este servicio es la prestación de un servicio adicional de Lunes a Viernes, donde el contratista facilitará un número de teléfono gratuito al que podrán llamar todos los Ayuntamientos solicitando fecha y hora para depositar los muebles y enseres.

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La instalación de contenedores La limpieza de contenedores El mantenimiento de contenedores La reposición de contenedores El traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines

8.1. INSTALACIÓN DE CONTENEDORES 8.1.1.. Reglamento de accesibilidad En cumplimiento del "Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación" que desarrolla la "Ley 20/1997 de 4 de diciembre, para la promoción de la accesibilidad", los licitadores deberán tener en cuenta a la hora de elegir e instalar los contenedores las normas de diseño e instalación de mobiliario urbano a fin de que no interfieran la accesibilidad a disminuidos físicos únicamente en aquellas "áreas de aportación" de las que puedan hacer uso.

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50 Contenedores monomateriales para papel de carga superior de 2.500 litros.

Para el servicio de recogida selectiva y transporte de envases ligeros: 50 Contenedores monomateriales para envases ligeros de carga superior de 2.500 litros Reposición de aquellos contenedores de papel-cartón y de EELL que en el momento del contrato o durante la ejecución del mismo estén rotos, averiados, quemados, etc.. •

8.1.3. Nivel de containerización La containerización abarca todo el ámbito del Consorcio, en particular los pueblos, municipios, juntas vecinales y pedanías y mancomunidades del punto 2 (ver anexo), siendo por tanto la totalidad de la recogida mecanizada, salvo en aquellas zonas que por sus especiales características (cascos históricos, zonas peatonales etc.) no sea factible o aconsejable la misma. Incluye incluso la pretación del servicios en contenedores soterrados. 8.1.4. Características y número de contenedores a instalar La dotación de contenedores será de 50 contenedores de papel-cartón y de 50 contenedores de EELL tipo igloo de 2.500 litros, tal que garantice en todo momento que con la frecuencia de vaciado asignada el nivel de llenado no supere el 75% de la capacidad instalada. a) Servicio de recogida selectiva y transporte de papel-cartón: Será obligación del concesionario la instalación (o reposición por rotura) en la vía pública de contenedores normalizados monomateriales de carga lateral para el depósito de papel, que reúnan las características siguientes: Contenedores del tipo iglú, de 2.500 litros de capacidad, de poliéster-fibra de papelcartón. En cualquier caso serán todos ellos de las mismas características y capacidad en todo el ámbito del Consorcio, y llevarán inscrito el logotipo del Consorcio, indicando además en letras “Consorcio Provincial de Tratamiento de Residuos de la Provincia de Burgos”. b) Servicio de recogida selectiva y transporte de envases ligeros: Será obligación del concesionario la instalación (o reposición por rotura) en la vía pública de contenedores normalizados monomateriales de carga lateral para el depósito de EELL, que reúnan las características siguientes: Contenedores del tipo iglú, de 2.500 litros de capacidad, de poliéster-fibra de envases ligeros. En cualquier caso serán todos ellos de las mismas características y capacidad en todo el ámbito del Consorcio, y llevarán inscrito el logotipo del Consorcio, indicando además en letras “Consorcio Provincial de Tratamiento de Residuos de la Provincia de Burgos”.

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8.1.5. Distribución de contenedores Corresponde al concesionario la reposición e instalación, incluso montaje de los nuevos contenedores en la vía pública. La distribución de los nuevos contenedores se efectuará de forma escalonada, siguiendo itinerarios o rutas de recogida y tratando de provocar la menor distorsión posible en la ciudadanía. De igual manera corresponderá al contratista el mantenimiento de todos los contenedores, así como la reposición de los existentes por rotura o vandalismo. 8.1.6. Eventos especiales Con ocasión de la celebración de eventos especiales o en general ante cualquier situación que conlleve un acúmulo de residuos fuera de lo habitual, tales como: -

Conciertos musicales, Celebración de fiestas patronales de los diferentes municipios que integran el Consorcio, incluidas las de sus diferentes barrios, Romerías, Ferias de ganado, Comidas de jubilados, Concentraciones políticas, Eventos deportivos, Eventos culturales, Etc.,

el concesionario está obligado a instalar con antelación suficiente los contenedores de refuerzo que sean precisos y a prestar servicios especiales de recogida en coordinación con los servicios de limpieza que se prevean en cada caso. A tal efecto, el concesionario deberá disponer permanentemente de un stock suficiente de contenedores de reserva para poder atender de forma inmediata cualquier situación de refuerzo ocasional que se presente, sin perjuicio de la reserva que también deberá disponer para atender las nuevas peticiones de instalación de contenedores y las necesidades de reposición de los mismos. Dichos contenedores estarán siempre limpios y en situación de ser puestos en servicio. Finalizado el acontecimiento o la situación que ha provocado la mayor generación de residuos y una vez restablecida la normalidad, los contenedores instalados serán nuevamente retirados por el concesionario y tras ser sometidos a su limpieza serán almacenados. Finalizado el contrato estos contenedores pasarán a ser propiedad del Consorcio, al igual que los 50 de P/C y de EELL a instalar. 8.1.7. Variaciones estacionales En aquellas áreas donde se produzcan variaciones estacionales en la generación de residuos (áreas recreativas, establecimientos hosteleros, centros escolares, áreas turísticas, áreas de caza etc.), el concesionario deberá adecuar tanto la dotación de

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Limpieza externa manual: cada 12 semanas

b) Contenedores monomateriales para envases ligeros (tipo iglú): -

Limpieza externa manual: cada 12 semanas

Con independencia de dicha frecuencia mínima, a requerimiento de los Servicios Técnicos del Consorcio, el concesionario vendrá obligado a efectuar la limpieza de aquellos contenedores que en el período comprendido entre limpiezas presenten signos evidentes de suciedad, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación, en particular en los meses de junio, julio, agosto y septiembre la frecuencia de limpieza será mensual, y espues de ferias, fiestas, actos o eventos de cualquier otra índole. 8.2.4. Descripción de las operaciones de limpieza externa de contenedores La limpieza externa manual de los contenedores se realizará mediante el siguiente procedimiento general: a) En primer lugar se procederá a la retirada manual de cualquier elemento extraño que se encuentre adherido al contenedor (carteles, cintas adhesivas, pegatinas etc.). b) A continuación, se efectuará un pulverizado manual o mecánico de la superficie externa del contenedor proyectando un producto detergente eficaz. Dicho detergente se dosificará a la concentración recomendada por el fabricante, será biodegradable como mínimo en un 90 %, estará compuesto por tensioactivos de elevado poder humectante y emulsionantes de la materia grasa así como por secuestrantes de la dureza del agua y generará una cantidad reducida de espuma. c) Finalmente, se enjuagará el contenedor con agua fría o caliente, con ayuda de una lanza de alta presión. Si fuera preciso, aquellas zonas que se resistan a la limpieza mediante la lanza a presión se limpiarán de forma manual. Finalizada la operación de lavado, el estado final del contenedor será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.

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Las operaciones de limpieza incluirán también la limpieza de la calzada ocupada por los contenedores, prestando especial atención a la parte situada justo debajo de los contenedores y su entorno, procediendo a su completo barrido o baldeo. Cada vez que se efectúe una limpieza externa manual de contenedores, ésta alcanzará también a la parte interior de la tapa del contenedor. Las operaciones de lavado deberán realizarse mediante procedimientos y detergentes químicos previamente autorizados por los Servicios Técnicos del Consorcio. Para la limpieza externa manual de los contenedores se destinará un furgón hidrolimpiador, de agua fría o caliente, equipado con todos los elementos necesarios para efectuar la limpieza externa mediante el procedimiento descrito. Dicho furgón podrá ser alquilado por el propio contratista, sin necesidad de que figure en la relación de inmovilizado del propio Consorcio. 8.2.5. Horario de limpieza Las operaciones de limpieza externa manual de aquellos contenedores que se ubiquen en áreas urbanas (para papel o envases ligeros), se realizará preferentemente en horario diurno, para evitar así molestias a los ciudadanos. 8.3. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES El Servicio consistirá en la conservación y mantenimiento INTEGRAL de la totalidad de los contenedores instalados, para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso, tanto por parte de los usuarios como por parte de los diferentes servicios de recogida o lavado. Todos los contenedores llevarán impreso o en pegatina el logotipo del Consorcio. Será obligación del concesionario la organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de la totalidad de los contenedores. El concesionario deberá establecer para el mantenimiento general periódico de los contenedores un Programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo. Los trabajos de mantenimiento, incluirán como mínimo: • • • • • • • •

La revisión periódica del estado funcional y de conservación de los contenedores. La sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso. El engrase de determinados componentes. La reposición de elementos reflectantes y otros adhesivos deteriorados. La reposición del número de identificación del contenedor y en su caso, del punto de basura, en los casos en los que no se visualicen correctamente. La eliminación de restos de óxido. La eliminación completa de pintadas y grafittis mediante productos de probada eficacia que a su vez no dañen el contenedor. La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran golpes o impactos que den lugar abolladuras, deformaciones o desajustes.

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La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran rozaduras que den lugar a rayas o zonas con desprendimiento de pintura o material. La reparación completa de aquellos contenedores que resulten calcinados de forma fortuita o intencionada o que sean objeto de actos de vandalismo. Otros trabajos incluidos en los manuales de conservación y mantenimiento de los fabricantes.

Si el deterioro del contenedor por cualquier causa (pintadas, grafittis, abolladuras, deformaciones, desajustes, rayas, zonas de desprendimiento de pintura o material, quema accidental o intencionada etc.) fuese de tal alcance que, a juicio de los Servicio Técnicos del Consorcio, el trabajo de corrección no fuese estéticamente aceptable, el concesionario deberá proceder, a requerimiento de los citados Servicio Técnicos, o bien a su reparación en un taller de carrocería especializado y si fuera preciso, al pintado completo del contenedor en una cabina de pintado al horno o bien a la sustitución del contenedor por otro nuevo. En los casos de trabajos de mantenimiento no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, el concesionario deberá solucionar la anomalía detectada, en un plazo máximo de 24 horas. Si ello no fuera posible, el concesionario deberá sustituir temporalmente el contenedor por otro similar. Los trabajos de mantenimiento podrán efectuarse, mediante alguna de las siguientes modalidades o mediante la adecuada combinación de las mismas: a) “In situ”, es decir, en el propio punto donde están ubicados los contenedores b) En instalaciones fijas del concesionario c) En un área próxima previamente autorizada por el Consorcio Sólo podrán realizarse trabajos de mantenimiento “in situ” cuando éstos sean de escasa entidad, no afecten a su utilización por parte de los usuarios o a su manipulación por parte de los servicios de Recogida Selectiva y no originen ningún trastorno en la vía pública. En caso contrario, los trabajos de mantenimiento se desarrollarán obligatoriamente en instalaciones fijas del concesionario o en un área próxima previamente autorizada por el Consorcio, debiendo en tal caso garantizar a los usuarios de los contenedores afectados la permanente disponibilidad de depósito de residuos, para lo cual el concesionario deberá trasladar y colocar provisionalmente un contenedor de similares características al retirado. El concesionario dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de piezas de repuesto de los diferentes modelos de contenedores instalados (tapas, sistemas de elevación etc.), inclusive unidades completas. El concesionario asumirá las responsabilidades derivadas de la eventual demora que pudiera producirse en el mantenimiento ordinario o en la reparación de contenedores como consecuencia de la falta de repuestos necesarios. Los repuestos utilizados para la sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso serán siempre originales, es decir, suministrados por la casa fabricante de los contenedores. El concesionario destinará al servicio de mantenimiento y conservación de contenedores un furgón de mantenimiento asistido por un operario cualificado y dotado de los

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-

-

b) Mantenimiento de contenedores: -

Plan de Conservación y Mantenimiento preventivo y correctivo de los contenedores y recipientes instalados Descripción detallada de las operaciones de mantenimiento a efectuar y forma de realización de las mismas Descripción del equipo de mantenimiento en cuanto a vehículo y personal Descripción del stock de piezas de repuesto de los diferentes modelos de contenedores instalados

c) Reposición de contenedores: -

Sistema de reposición de contenedores y estimación del número de reposiciones previstas al año.

d) Traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines: -

Vehículos y personal destinados al servicio especial de instalación, traslado y reubicación de contenedores y otros trabajos afines y disponibilidad de los mismos.

e) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio 9. INSTALACIONES FIJAS El licitador pondrá a su disposición, y a la del Consorcio, cinco naves únicamente para los servicios objeto de este contrato, que permitirán albergar a los vehículos adscritos al servicio objeto de esta licitación. Los lugares, a nivel orientativo serán, Belorado, Quintanar de la Sierra, Villadiego, Aranda de Duero, y Sotopalacios. Estos lugares, en cualquier caso, pretenden cubrir toda el área de influencia de los pueblos adscritos. El coste del alquiler de las naves se reflejará en el estudio de costes y será asumido por el contratista. En ningún caso se podrán adscribir al servicio naves destinada a otros contratos diferentes a éste. Será obligación del concesionario el mantener en buen estado la totalidad de los medios aportados.

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El concesionario se encargará además del mantenimiento de las condiciones sanitarias, de seguridad y medioambientales exigidas por la Administración, para lo cual habrá de ejecutar las medidas correctoras impuestas a lo largo del período de utilización de las instalaciones fijas. El concesionario queda obligado a que las instalaciones fijas estén en buen estado de limpieza y conservación. El lavadero, zona de aparcamiento, taller, etc. quedarán al final de la jornada en perfecto estado de limpieza, con el fin de evitar la suciedad y el consiguiente deterioro. Además deberá realizar una limpieza diaria general del suelo, escaleras, vestuarios, aseos etc. El contratista deberá además concertar una póliza de Riesgos Industriales, que cubra el riesgo de daños por incendios, aguas, robo, daños eléctricos etc, en las instalaciones fijas. La cobertura de los daños deberá garantizar el valor a nuevo tanto del continente como del contenido. El adjudicatario asumirá todos los costes de mantenimiento de las 5 naves a que se obliga. 10.- PERSONAL El concesionario dispondrá en todo momento del personal necesario para explotar eficazmente la gestión del servicio público, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Como resultado de los estudios de organización realizados por las empresas licitadoras, relativos a los servicios objeto del contrato, los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de plantilla que consideren necesaria, y las tareas encomendadas, que como mínima será la siguiente: -

11 Conductores (de 1-enero al 31-mayo y de 1-octubre al 31-diciembre) 16 Conductores (1-junio al 30-septiembre) 3 Peones especializados (de 1-enero al 31-diciembre) 1 Jefe de Servicio

En el estudio de costes, al objeto de homogeneizar las ofertas, se supondrá un absentismo del 3%. Además el número de jornadas laborales por trabajador será de 225 días/año (52 sábados, 52 domingos, 14 festivos y 22 días laborales de vacaciones). En consecuencia, para garantizar la distribución de los trabajadores anteriormente escrita supondrá que el número real de trabajadores será - 12,05 Conductores (de 1-enero al 31-mayo y de 1-octubre al 31-diciembre) - 17,76 Conductores (1-junio al 30-septiembre) - 3,3 Peones especializados (de 1-enero al 31-diciembre) - 1 Jefe de Servicio El personal señalado anteriormente, será el mínimo que el concesionario deberá disponer para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato. El concesionario deberá aumentar dicho personal, si ello es necesario, para garantizar la correcta prestación del servicio público, en todos y cada uno de los aspectos del Contrato, sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación. El adjudicatario dotará al personal a su cargo del calzado y vestuario adecuado a las condiciones de su trabajo. El personal, en su ropa de

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Cualificación Trabajo asignado Nivel retributivo, debiendo presentar desglosados todos los conceptos (salario base, complementos, seguros sociales etc.) Tipo de contratación y duración de la misma Coste unitario (anual, por jornada de trabajo, por hora efectiva de trabajo)

b) Procedimiento organizativo de todo tipo de vacantes del personal, incluso las imprevistas, que aseguren no sólo su inmediata cobertura sino también un óptimo conocimiento por parte del personal suplente de los trabajos a realizar (ruta de recogida, pesaje, descarga etc.). c) Convenio Laboral de la empresa licitadora. d) Otros aspectos de la gestión del personal relativos a seguridad e higiene en el trabajo, formación de personal, estabilidad en el empleo etc. 11. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El concesionario deberá cumplir con todas las obligaciones previstas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. nº 269, de 10 de noviembre de 1995), el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (B.O.E. nº 27, de 31 de enero de 1997) y demás legislación relacionada con la Seguridad y Salud en el Trabajo, así como toda la legislación posterior en estas materias. En consecuencia, será obligación del concesionario: • • • • •

Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Realizar la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias. Evaluar los riesgos laborales. Planificar la acción preventiva a partir de los resultados de la evaluación de los riesgos. Asegurarse de que los medios de trabajo garanticen la seguridad de los trabajadores.

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• • • • •

Proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar, cuando los riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente. Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de protección aplicables y las medidas de emergencia adoptadas. Consultar a los trabajadores y permitir su participación en todas las cuestiones que afecten a la seguridad y la salud laborales. Garantizar que cada trabajador reciba una formación adecuada en materia preventiva. Informar y adoptar medidas, cuando los trabajadores pueden estar expuestos a un riesgo grave e inminente. Garantizar la vigilancia médica periódica de la salud de los trabajadores. Designar a uno o varios trabajadores para ocuparse de la prevención de riesgos profesionales, constituir un servicio de prevención o concertar dicho servicio con una entidad especializada.

El Consorcio adoptará las medidas de vigilancia oportunas para verificar el cumplimiento por parte del concesionario de las obligaciones de prevención que le son exigibles. Además, en aquellos lugares donde por las tareas a desarrolar coincidan varias empresas, en un mismo centro de trabajo. La no principal se adherirá al cumplimiento de las normas de la principal. 12.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA Los vehículos asignados a la prestación del servicio son los reseñados en el anexo de este Pliego. Como resultado de los estudios de necesidades en medios materiales realizados por las empresas licitadoras, relativos a los servicios objeto del contrato, los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de vehículos y medios auxiliares que consideren necesarios como material de reserva para el contrato. Se entiende por material necesario para la eficaz prestación de los servicios el que el Consorcio aporta (ver anexo-2: 8 camiones compactadores, 2 camiones cajas abiertas y 2 furgones con equipo hidrolimpiador) y material de reserva a aquél que, no estando adscrito al servicio, se incluirá al mismo con el fin de suplir a los primeros por causa de avería, trabajos de mantenimiento o refuerzo en periodos punta, o simplemente para dedicarse a full-time para la prestación de este contrato, y que por lo tanto, no es ni será propiedad del Consorcio. El material de reserva será teniendo en cuenta como mejora en la valoración del Plan de explotación y en las mejoras, pero siempre y cuando ese vehículo quede adscrito al contrato durante la ejecución de éste y al 100% del servicio, Además, sólo podrá considerarse como material de reserva a aquel que tenga una antigüedad inferior a los 3 años desde su matriculación a la fecha de inicio del contrato. Se adjuntará la fecha de matriculación. Para ello, el material de reserva a presentar en el sobre B (tomo B.2) deberá incluir una fotocopia de la ficha técnica del vehículo o vehículos a presentar como “material de reserva”. El material señalado anteriormente (material necesario), será el mínimo que el concesionario deberá disponer para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato. El concesionario deberá aumentar dichos medios materiales, si ello es necesario, para garantizar la correcta prestación del servicio público, en todos y cada uno de los aspectos del Contrato, sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación.

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automáticamente

serán

descontados

de

la

certificación

El concesionario queda obligado a que los vehículos estén en buen estado de limpieza y conservación. Los vehículos quedarán al final de la jornada en perfecto estado de limpieza, con el fin de evitar la suciedad y el consiguiente deterioro. Para ello, el concesionario procederá a lavar los vehículos con agentes químicos y agua a presión de la totalidad de los vehículos a la finalización de cada jornada de trabajo. Para evitar la corrosión de las partes metálicas, éstas deberán repintarse cada vez que sea necesario con la pintura adecuada. Transcurridos cinco (5) años desde la fecha de inicio de la prestación del servicio la totalidad de la dotación de vehículos adscritos al servicio deberá repintarse por completo. El estado de conservación y funcionamiento de los vehículos será inspeccionado periódicamente por personal del Consorcio, sus colaboradores y otros profesionales a los que se les deleguen esas funciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento, debiendo el concesionario facilitar estas labores de inspección, permitir el acceso a los vehículos, proporcionar los datos requeridos y realizar las pruebas de control que se les demanden. Si de la inspección realizada se concluyera que las operaciones de mantenimiento no se realizan o se realizan deficientemente, podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del concesionario. Los licitadores en sus ofertas definirán con todo tipo de detalle los vehículos y demás medios materiales propuestos. El licitador se responsabilizará que, en todo momento, el jefe de servicio esté comunicado con los conductores de los vehículos, y viceversa, en previsión de posibles incidencias. Para ello comno mínimo todos los conducctores llevarán teléfono móviles. 13. SISTEMAS DE CONTROL Dentro de la organización propuesta, los licitadores deberán prever unos dispositivos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por el Consorcio, en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio público contratado. Ello se realizará mediante la correspondiente emisión de partes de trabajo, lo que permitirá efectuar un control exhaustivo del servicio, facilitarando una gestión eficaz del mismo y por otra parte, permitirá comprobar la ejecución de los trabajos contratados y efectuar los controles que estime convenientes. El concesionario deberá disponer además de los medios necesarios para asegurar en todo momento un sistema de comunicación ágil y eficaz entre el Jefe de Servicio y los Servicios Técnicos del Consorcio (teléfono fijo, teléfono móvil, fax, correo electrónico etc.), así como flexibilidad en las reuniones. 14. DE LA TITULARIDAD DE LAS INVERSIONES EN MEDIOS MATERIALES La totalidad de los medios materiales adscritos a la Concesión (salvo el material de reserva) son propiedad del Consorcio, incluido los contenedores, desde el inicio mismo

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Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones leves: Se penalizarán con cantidades de entre 150 euros y 300 euros por cada día que se produzcan. Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones graves: Se penalizarán con cantidades de entre 301 euros y 1.200 euros por cada día que se produzcan. Hechos que determinen la aplicación de penalizaciones muy graves: Se penalizaran con cantidades de entre 1.201 euros y 3.000 euros por cada día en que se produzcan. Tendrán la consideración de penalizaciones leves las siguientes: -Faltas de respeto del personal adscrito a visitantes o miembros del Consorcio. -Falta de aseo en el personal operario. -Falta de limpieza en las instalaciones. -El incumplimiento de los horarios establecidos. -Retraso o negligencia en la reparación de equipos fijos y móviles. En especial de los camiones adscritos al servicio. Así como el mal uso de los mismos. -Negativa a la recogida de los contenedores conforme establece el PPT, o de da la retirada de muebles y enseres. Tendrán la consideración de penalizaciones graves las siguientes: -La reiteración de las faltas leves. -Incumplimiento del contratista en lo pactado en la oferta. -Ocultación a la propiedad y a los servicios técnicos del Consorcio de información relevante para el servicio. Tendrán la consideración de penalizaciones muy graves las siguientes: -No mantener al día los seguros de los vehículos. -La reiteración de las faltas graves. -Incumplimiento de lo establecido en materia de prevención de riesgos laborales. -La negativa a la no ejecución de las mejoras ofertadas o de cualquiera otras que, por igual importe, establezcan los servicios técnicos del Consorcio.

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VºBº El Presidente

Fdo.: Juan García López

Fdo.: Víctor Escribano Reinosa

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