2. ALCANCE TERRITORIAL

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Servicio Público de mantenimiento de parques, zonas verdes y mobiliario interior. Pliego de Prescripciones Técnicas

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CONCURSO PARA EL MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE PARQUES, ZONAS VERDES Y MOBILIARIO INTERIOR, DENTRO DE LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE PARACUELLOS DE JARAMA 1. OBJETO El objeto de este Pliego establece las bases técnicas para la Conservación y Mantenimiento de los espacios verdes, arbolado urbano y mobiliario interior de parques y zonas verdes del municipio de Paracuellos de Jarama, llevando a cabo todas aquellas técnicas jardineras encaminadas a que la traza y disposición de cada uno de los elementos del jardín perduren y se consoliden en el tiempo tal cual fueron concebidos, además de contribuir al embellecimiento y mejora del valor botánico y ornamental de los elementos que lo integran, considerando el uso público previsto. Los espacios verdes objeto de conservación y mantenimiento son los parques urbanos, zonas ajardinadas (zonas interbloques, plazas, etc.), arbolado viario, jardineras, estructuras florales, espacios verdes viarios (medianas, taludes, bulevares y rotondas), zonas forestales, labores de jardinería efímera, parques periurbanos y demás zonas municipales dotadas y habilitadas como espacios verdes, así como el mobiliario urbano (bancos, juegos infantiles, papeleras, carteles informativos, etc.) de los mismos, y demás estructuras de obra civil (muro, escaleras, bordillos limitantes, etc.) existentes dentro de las competencias municipales. Los elementos a conservar en los espacios verdes son aquellos que pueden considerarse como principales (césped, árboles, arbustos, terrizos, etc.), además de todos los elementos que formando parte del jardín que interaccionan de alguna forma con los primeros, e influyen directa o indirectamente en su estado. Dentro del mismo se encuentra la conservación de los juegos infantiles y mobiliario interior de los parques (bancos, mesas, vallado, etc). Obedece, por tanto, a un Mantenimiento Integral de los espacios verdes y del arbolado urbano. 2. ALCANCE TERRITORIAL El ámbito territorial afectado por el presente concurso comprende la totalidad de las infraestructuras de competencia municipal de Paracuellos de Jarama, en los términos que se recogen en la cláusula I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen este contrato. 3. METODOLOGÍA GENERAL OPERATIVA El adjudicatario tendrá la obligación de realizar las labores de jardinería y mantenimiento de parques y zonas verdes municipales, del mobiliario interior, y equipamientos de parques, según el objeto del concurso, en todas las zonas 1

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verdes y parques del municipio: casco urbano, Miramadrid, Belvis del Jarama, urbanizaciones e instalaciones medioambientales periurbanas, en el término municipal de Paracuellos de Jarama. El sector 6 de Miramadrid, actualmente en desarrollo, una vez que se acondicione pasará a ser una zona de mantenimiento Alto o medio, similar al resto de los parques principales del municipio. Todo ello siguiendo las directrices del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, ateniéndose para ello a la metodología que se especifique en el articulado de este pliego de prescripciones técnicas. 4. DESARROLLO DE LAS RELACIONES DEL ADJUDICATARIO CON EL AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA Durante el desarrollo de los trabajos del contrato todas las relaciones directas del adjudicatario con el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama se desarrollarán a través de la Concejalía de Medio Ambiente o en el personal que el Ayuntamiento designe para representarle. 5. DESCRIPCIÓN DE ADJUDICATARIO

LOS

TRABAJOS

A

DESARROLLAR

POR

EL

Al inicio del Contrato -y con independencia de las obligaciones contractuales inherentes al propio Pliego de Condiciones o de las mejoras ofertadas por la Empresa adjudicataria- se efectuará un Plan de Puesta a Punto, aplicable a los siguientes aspectos: - Red de drenaje - Reposiciones y nuevas plantaciones. - Reposición y recebo de zonas terrizas. - Redes de riego. - Juegos infantiles. - Mobiliario urbano. El adjudicatario deberá enumerar y describir las operaciones y actividades que realizarán dentro del objeto del concurso, incluyendo los medios humanos y maquinaria que adscribirá para su ejecución. Este Pliego Técnico establece las condiciones técnicas mínimas exigibles para garantizar la conservación de los espacios verdes, arbolado urbano y mobiliario interior de los parques y zonas verdes, de forma que los elementos contenidos en éstos se encuentren en todo momento dentro de unos parámetros de Calidad óptimos para el disfrute de los ciudadanos. Para organizar la carga laboral, se han predefinido unas categorías de mantenimiento que se aplicarán a cada zona del municipio.

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Mantenimiento ALTO: se considera para las zonas que requieren atención diaria, es decir que se revise vegetales defectuosos, redes de riego, estado correcto del mobiliario y limpieza general de las zonas verdes. Estas áreas coincidirán con los parques y zonas verdes más frecuentados por los vecinos. Mantenimiento MEDIO: ídem anterior 2 veces por semana. Mantenimiento BAJO: ídem anterior 1 vez por semana. Mantenimiento ESTACIONAL: ídem anterior pero relativo a épocas concretas. Campaña de concienciación anual El adjudicatario deberá realizar una campaña informativa anual dirigida a los vecinos del municipio. El tema de la campaña será determinado por los servicios municipales y tratará de hacer hincapié en algunos de los comportamientos incívicos más frecuentes del municipio. El formato elegido, su contenido, etc., será determinado en todo momento por los Servicios Municipales. La cuantía de esta campaña se cifrará en un 0.5% del canon anual del contrato. 6. ORGANIZACIÓN Y MEDIOS DEL ADJUDICATARIO El adjudicatario se ceñirá para la organización de los trabajos al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, desarrollando en su oferta las ampliaciones que considere realizar a lo señalado en el Pliego. No obstante, el adjudicatario podrá proponer durante la marcha del contrato mejoras en su organización, siempre que no supongan disminución de los recursos comprometidos. El Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama las podrá aprobar si considera que con las mejoras propuestas se conseguirá un mejor cumplimiento del contrato. 6.1.

PERSONAL

La dotación de los medios humanos que el adjudicatario dedicará a estos trabajos durante cada año del contrato será, como mínimo, la indicada más adelante de este Pliego de Prescripciones Técnicas, o bien la presentada por la empresa adjudicataria en su oferta, siempre que esta sea mayor. Corresponde al adjudicatario, bajo su exclusiva responsabilidad, la contratación de toda la mano de obra que precise para la ejecución de los trabajos en las condiciones previstas por el contrato y en las condiciones que fije la normativa laboral vigente. En la medida en que resulte posible, la empresa adjudicataria se pondrá en contacto con el departamento de personal del Ayuntamiento con el fin de utilizar la base de datos de parados del municipio para su posible contratación siempre que se ajusten a los perfiles del personal buscado. 3

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Todos los trabajadores, irán provistos de uniforme y una tarjeta de identidad, que deberán ser usados en todo momento, con decoro y limpieza. Todo el personal que preste el servicio deberá estar en condiciones de prestarlo con las debidas garantías de profesionalidad, cualificación, titulación y demás parámetros o requisitos que resulten exigibles. En este sentido, no se admitirán ausencias de personal que generen interrupciones en el servicio derivadas de la realización de acciones formativas, preceptivas o no, obtención de titulaciones necesarias para el desarrollo de las funciones encomendadas, horas de formación dentro de la jornada de trabajo derivadas de modalidades contractuales que así lo impongan, ni ninguna circunstancia de índole similar. Se exceptúan de la presente obligación los trabajadores adicionales que el licitador ofrezca como mejora bajo la modalidad de aprendizaje correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el apartado 18 del Pliego de Cláusulas Administrativas La empresa adjudicataria hará un control de firmas diario para controlar la asistencia y lo presentará semanalmente a los técnicos del Ayuntamiento. Cualquier cambio que se fuera a producir en el personal adscrito al servicio, por los motivos que fuesen, durante el período de adjudicación, deberá ponerse en conocimiento de los servicios técnicos municipales, antes de hacerse efectivo dicho cambio. Sin perjuicio de la obligación de subrogar el personal que se señala en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en la plantilla de la empresa adjudicataria deberá figurar como mínimo y expresamente con dedicación a estos trabajos el personal que se indica a continuación. a) Personal Técnico. 1 persona Un técnico responsable de jardinería y mobiliario. Será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento. La dedicación será parcial, hasta un 50% de la jornada laboral. El responsable de la empresa adjudicataria deberá encontrarse perfectamente localizable y disponible, durante la jornada laboral, para lo cual deberá disponer de los medios necesarios a tal fin (imprescindible dirección de correo electrónico y teléfono móvil). Además deberá velar por el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y realizar todas las funciones que por ley tiene asignadas. Deberá conocer perfectamente la parte de aplicación práctica de este Pliego de Condiciones Técnicas. Asimismo, deberá tener suficiente experiencia demostrada, en este tipo de cargo. Semanalmente acudirá a una reunión con los servicios municipales para comentar las incidencias encontradas y programar la semana.

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En esta reunión se presentará un completo y detallado Plan de Rutas para la siguiente semana, con horarios aproximados y zonas asignadas a cada operario o cuadrilla para que de esa forma se pueda establecer un rápido control y supervisión de su cumplimiento por parte de los técnicos municipales. b) Encargado. 1 persona Persona, a jornada completa en el municipio, con conocimientos de jardinería tal que le permita ponerse al frente del equipo de trabajadores para su organización, distribución y comprobación de la buena realización de los trabajos que se han de realizar. Podrá actuar en representación del Técnico como interlocutor con el Ayuntamiento. c) Oficiales Jardineros. 2 personas. Personal con dominio de oficio y se encargarán junto con el encargado de dirigir a los trabajadores de menor categoría en las labores más especializadas como el ajardinamiento, poda, control del riego, mobiliario de parques infantiles, etc. Este personal será a jornada completa, en el municipio. Se recomienda que sean oficiales, con experiencia en jardinería, riego y juegos infantiles. d) Personal mantenimiento, jardinero y auxiliar. El adjudicatario dispondrá del personal, a jornada completa, necesario para la buena ejecución de las labores de conservación, estableciéndose la siguiente tabla de personal mínimo y las zonas de actuación que le corresponderían. Período estival (desde el 15 de abril hasta el 15 octubre) Mínimo de 27 operarios, a jornada completa, entre jardineros, auxiliares de jardinería y peones. En este grupo se incluirá el personal de poda, riego, desbroce, limpieza, mantenimiento de mobiliario y conductores, sin descartar que se pueda apoyar con otro personal más capacitado para trabajos muy concretos. La distribución inicial del personal será: Casco urbano: 5 operarios Miramadrid: 13 operarios Urbanizaciones Altos del Jarama y Lomas 4 operarios Belvis del Jarama: 1 operario en exclusiva

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Jardines y zonas verdes periurbanas: 2 operarios Personal flotante y para tareas especiales: 2 operarios Esta distribución podrá ser modificada en función de las necesidades del servicio, salvo al operario de Belvis del Jarama que estará permanentemente en la zona. Período invernal (desde el 16 de octubre hasta el 14 de abril) Mínimo de 11 operarios, a jornada completa. En este grupo se incluirá el personal de poda, riego, desbroce, limpieza, mantenimiento de mobiliario y conductores. Casco urbano: 2 operarios Miramadrid: 6 operarios Belvis del Jarama 1 operario en exclusiva Urbanizaciones Altos del Jarama y Lomas 2 operarios Esta distribución podrá ser modificada en función de las necesidades del servicio, salvo al operario de Belvis del Jarama que estará permanentemente en la zona. A lo largo de todo el período, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de notificar al Ayuntamiento los nombres, categorías y demás circunstancias laborales, de los empleados que vayan a cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a las que se refiere el presente Pliego. Asimismo, deberán notificar al Ayuntamiento, todas y cada una de las incidencias que se produzcan en la plantilla asignada a este servicio: nuevas contrataciones, sustituciones, bajas, ausencias, vacaciones, despidos, etc.; estando facultado el Ayuntamiento para conocer las causas que motiven las distintas incidencias. e) Horarios. La jornada normal se establece según el convenio del sector y a priori debería ser de 40 hs semanales, las cuales se distribuirán de la siguiente manera, sin perjuicio de que posteriormente se establezca un horario más acorde a las necesidades y que sea aprobado por el Concejal responsable:

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- De 7 a 15 hs de lunes a viernes, en temporada estival (mayo a septiembre, ambos inclusive) - De 8 a 16 hs en temporada invernal (resto de meses) f) Personal de emergencia Todos los trabajadores formarán parte de un servicio de guardia para actuar sobre cualquier eventualidad que pudiera ocurrir fuera de horario de trabajo, estando disponibles las 24 horas en horario de festivos y fines de semana a tal efecto la empresa adjudicataria proporcionará un número de teléfono operativo 24 horas y con un tiempo de respuesta de 2 horas máximo. g) Personal a subrogar El personal que debe ser subrogado se encuentra reflejado en el Pliego de Cláusulas Administrativas. En cuanto a los costes laborales a asumir por la empresa adjudicataria, será de aplicación el convenio colectivo y Normativa laboral que resulte de aplicación. La empresa adjudicataria, estará obligada a tener debidamente dado de alta al personal adscrito al servicio, en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse con periodicidad trimestral, mediante la aportación de los TC1 y TC2 de los trabajadores, siendo causa de resolución del contrato el no estar al día en el pago de los mismos. 6.2.

VEHÍCULOS, MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES

El adjudicatario pondrá a disposición de los trabajos los vehículos, maquinaria y medios auxiliares necesarios para la ejecución del contrato, los cuales serán los concretados en su oferta tanto en número como en características, en coherencia con los medios personales ofertados. Los vehículos no deberán superar una antigüedad superior a los 10 años desde su primera matriculación. Estos vehículos se consideran como aportados por la empresa al servicio, recuperando los mismos al finalizar el período de subcontratación. El Ayuntamiento entenderá que el material ofertado en la propuesta ha sido considerado por el licitador como suficiente para la prestación del servicio y de no resultar así, el adjudicatario deberá adquirir a su riesgo y ventura, el preciso para su correcta prestación. Estará igualmente, obligado a la reposición del material y maquinaria. Únicamente cuando la Corporación ordene la modificación de las prestaciones inicialmente pactadas que aconsejara el interés público, habrá lugar a que el aumento de los materiales sea compensado económicamente. El mínimo de maquinaria registrable (con matrícula), que se requiere para dar servicio a los parques y zonas verdes es:

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1 camión brigada del tipo Nissan Cabstar, para traslado de poda, plantaciones o similar, siendo necesario un total de 2 para la época estival o de mayor necesidad como en la época de poda. 1 camión cisterna de aproximadamente 9.000 litros de capacidad, para riegos de refuerzo o en zonas de averías de la red o las plantaciones de alineación que se lleven a cabo. 2 furgonetas para reparto de personal, maquinaria de mano, especies vegetales, etc., o para realización de trabajos en zonas alejadas de los núcleos centrales del municipio, tipo Renault Kangoo / Ford Transit. 1 camión cesta para trabajos en altura (mínimo 20 mts), básicamente para las labores de poda y tratamientos fitosanitarios, pudiendo ser alquilado para las épocas de necesidad, no siendo necesario para destino permanente al servicio. Paralelamente el Ayuntamiento pone a disposición de la empresa las siguientes maquinas: Maquina tipo

año

1 compresor de aire marca ABAC HP2 LT50

2003

1 carro sulfatador marca Honda GX160 5,5 con equipo Gaysa

2006

1 desbrozadora de hilo marca Stihl FS550

2003

1 mochila de pulverizar marca Matapi

2003

El adjudicatario, deberá aportar la maquinaria y herramienta no amortizable que se precise en el número necesario para realizar los trabajos en los tiempos mínimos y acorde al personal existente. Todas ellas deberán encontrarse en perfecto estado de conservación y limpieza en todo momento. Se estipula que el mínimo necesario es el que se enumera a continuación: 1. Mantenimiento de zonas verdes y árboles, incluidos los de alineación (alcorques). 8

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Útiles y equipo general para tratamiento fitosanitarios. Cisterna para riego Mini tractor con capacidad de cortacéspedes Mini tractor con capacidad de desbroce Motocultor o moto azada Cortacéspedes Desbrozadoras Motosierras Motosierra de corte en altura Cortasetos Sopladoras Escarificador de césped Trituradora de residuos vegetales Herramientas manuales necesarias 2. Mantenimiento de mobiliario • Herramientas manuales necesarias • Taladradora, soldadora, radial, etc. • Hormigonera y herramientas asociadas 6.3.

INSTALACIONES

Para las instalaciones de maquinaria, almacenes, talleres, oficina, etc. el licitador deberá situar este espacio en el término municipal de Paracuellos de Jarama en suelo industrial habilitado para este fin. Para ello se deberá pedir la correspondiente licencia de obras y actividad. El licitador incluirá en su oferta la descripción y plano de las instalaciones, además de las obras de urbanización en caso de ser necesarias. A solicitud del licitador se podrá estudiar la posibilidad de proporcionar a la empresa adjudicataria un espacio para el alojamiento de las herramientas de uso “local” en Belvis del Jarama pudiéndose evitar así los constantes desplazamientos de material y personal. 6.4. GASTOS

MATERIAL NO INVENTARIABLE, COLABORACIONES Y OTROS

El adjudicatario deberá aportar el material no inventariable necesario para la ejecución de las obras y servicios objeto de este concurso.

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En este concepto se incluyen los combustibles, aceites, grasas y anticongelantes necesarios para el funcionamiento de vehículos, máquinas y equipos, así como la energía, el material fungible o perecedero, útiles y herramientas, etc. y, en general, todo lo necesario para el funcionamiento adecuado del contrato. Será responsabilidad y coste del adjudicatario todos aquellos seguros necesarios y de obligación por normativa que sean de aplicación a los técnicos y a las obras. 7. FORMA Y PLAZO DE ABONO El abono de las tareas y servicios realizados por el adjudicatario se hará mediante certificaciones mensuales de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Clausulas Administrativo. 8. MANTENIMIENTO DE PARQUES Y ZONAS VERDES El objeto del presente Pliego es fijar las bases que han de regular el Concurso para la contratación de los trabajos de conservación de los parques y zonas verdes municipales, tanto labores de limpieza y jardinería como mantenimiento del equipamiento interior. El nivel de prestación de los servicios descritos posteriormente deberá de ser tal, que el estado actual de las zonas verdes se incremente con las naturales mejoras que el tiempo y el cuidado permanente producen, a buen criterio de los técnicos municipales. La empresa adjudicataria tiene la obligación de efectuar plantaciones de árboles, arbustos, subarbustos, plantas herbáceas, y césped, durante cada temporada, a fin de mantener la masa de plantas adecuadas para cada área o en su defecto en función de las peticiones de los técnicos municipales. Dentro de las zonas verdes, el Ayuntamiento tendrá absoluta libertad para realizar, tanto obras nuevas como mejoras en los espacios verdes entregados a conservación. A tal efecto podrán crearse nuevos macizos de plantas de flor, nuevos céspedes, plantar árboles, transplantarlos y cuantas actuaciones se juzguen oportunos por los Servicios Municipales. El adjudicatario no podrá realizar obras nuevas ni mejoras que alteren o modifiquen el trazado y características de los elementos a conservar, salvo autorización expresa del Ayuntamiento a través del órgano correspondiente. En el primer caso, como consecuencia de las obras realizadas por el Ayuntamiento, no habrá lugar a incremento de anualidad alguna por las mismas.

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8.1

ZONAS VERDES A CONSERVAR

Las zonas verdes a conservar son todas las que estén clasificadas como zonas verdes públicas de mantenimiento municipal en el correspondiente planeamiento urbanístico, (ver detalles en Anexos I, Ia y II) El Ayuntamiento podrá modificar, aumentando o disminuyendo los límites de las zonas verdes existentes así como actuaciones de nueva ejecución, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el artículo siguiente. 8.2

CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS: PROGRAMAS DE GESTIÓN

El nivel de prestación del servicio será tal, que los elementos incluidos en los espacios verdes mantengan durante todo el periodo de vigencia del contrato un nivel de calidad óptimo. Éste se alcanzará si los trabajos se ejecutan de conformidad a unos criterios mínimos exigibles a cada labor. Estos criterios mínimos no sólo hacen referencia a la calidad de los espacios verdes, sino también a la aplicación y puesta en práctica de técnicas de jardinería sostenible. Las labores de conservación de los espacios verdes viarios se llevarán a cabo debidamente señalizadas, cumpliendo en todo momento la normativa vigente. Asimismo la seguridad del personal estará garantizada por las técnicas de Prevención de Riesgos Laborales adecuadas en cada caso. Además de los programas de gestión propuestos por la empresa licitadora, el Servicio Técnico Municipal solicitará al adjudicatario aquellos otros programas específicos, que contendrán las actuaciones en cada periodo, la ubicación de las labores y los medios a emplear, de manera que el Ayuntamiento pueda establecer un sistema de control de la calidad del servicio contratado. Los siguientes apartados, relativos a los programas de gestión, abordan las labores y técnicas jardineras mínimas que llevarán en cada uno de los elementos para su óptimo de calidad. Los Programas de Gestión definidos a continuación se presentarán en un Modelo de Datos propuesto para las labores a realizar, completando para cada labor los datos requeridos de ubicación, época, medios empleados, formas de ampliación y dosificaciones, rendimientos, número de árboles o arbustos, m2 de trabajo, etc., según proceda. Ante cualquier duda, discrepancia, imprecisión u omisión en las especificaciones de los programas de gestión, se aplicarán los criterios técnicos Municipales dispuestos en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Cataluña, que a su vez han servido de base para el desarrollo de los Programas de Gestión establecidos.

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El conjunto de labores que han de realizarse para conservar las zonas verdes en perfecto estado botánico y de mobiliario, se puede separar en dos grandes bloques: Trabajos y personal para limpieza de zonas verdes (aprox. 40% del total) Trabajos y labores de jardinería más mantenimiento de mobiliario (aprox. un 60% del total) En detalle las labores se descomponen como sigue: Rastrillado y recolección de restos vegetales e impropios en general Limpieza de areneros y zonas de juegos Riegos Siega de césped Abonados Recebados con arena en áreas infantiles, caminos y paseos Aireación y perfilado de césped Entrecavado Limpiezas obligatorias Limpiezas no obligatorias Conservación de elementos vegetales existentes Conservación de arbolado Podas Conservación de redes de riego Conservación y limpieza de las fuentes, estanques y grupos de bombeo Conservación del mobiliario Tratamientos fitosanitarios (herbicidas y control de plagas) Restos de poda, compostaje y abono resultante Mantenimiento de juegos infantiles 8.3

LIMPIEZAS OBLIGATORIAS

El personal dependiente del adjudicatario dedicará una atención constante y meticulosa a la limpieza de todas las superficies comprendidas dentro del parque. Esta labor consistirá en la recolección de restos de poda, por caída de hoja en otoño y recolección de basuras que puedan aparecer en parques y zonas verdes, haciendo hincapié en aquellas zonas más frecuentadas por los jóvenes de la 12

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localidad, especialmente después del fin de semana. También la eliminación, tanto de la vegetación de crecimiento espontáneo (malas hierbas, malezas, etc.), hojas caídas, restos de labores, siega, recortes y podas, como los desperdicios y residuos que por cualquier causa lleguen a las zonas que son objeto de este contrato. También se encargará de mantener las fuentes y estanques limpios y con fácil acceso, sin encharcamiento alrededor, sin papeles u otros objetos, flotantes o en el fondo. Se deberá establecer en el período de mayo a septiembre, ambos inclusive, un servicio de limpieza y desbroce, que deberá actuar en todos los espacios interbloques, así como en zonas verdes forestales, alcorques de árboles, y donde la dirección Técnica municipal indique. Además la empresa adjudicataria llevará a cabo el desbroce de todas las parcelas municipales. El Servicio Técnico Municipal proporcionará cada año un plano con las parcelas a desbrozar. (Anexo III, parcelas desbrozadas en el 2013) incluyendo los márgenes laterales de los caminos de acceso a las urbanizaciones de Los Berrocales y Altos de Jarama. En Belvis del Jarama este servicio tendrá la obligación de desbrozar las zonas alrededor de las 2 fosas sépticas y el arroyo. Asimismo, se procederá una vez al mes o cuando los técnicos municipales así lo indiquen, al vaciado y limpieza del vaso o vasos de las fuentes ornamentales, abrevaderos y estanques, empleando herramientas y los productos que sean necesarios para su correcta ejecución, procediendo a continuación a su llenado. Deberán mantenerse en perfecto estado de limpieza, las arquetas de recogida de aguas pluviales que estén en zonas verdes, con el fin de permitir que realicen su cometido correctamente durante todo el año. La obligación del adjudicatario no se limita al barrido, recogida o amontonamiento de las indicadas materias dentro de las superficies a su cuidado sino que han de completarse con la retirada inmediata de todas ellas, con los medios propios a su cargo, fuera del recinto de las zonas verdes, salvo que por los Técnicos municipales se decida darle alguna otra aplicación o destino dentro del citado recinto, en cuyo caso la situará en el lugar destinado al efecto. El adjudicatario contará con un gestor de residuos vegetales autorizado para el tratamiento de los mismos. Deberá disponer de medios propios de la empresa y del tipo suficiente, para recoger todos los restos procedentes de la limpieza diaria de los parques. Cuando se produzcan actos culturales, sociales, deportivos o de cualquier otro carácter extraordinario que afecten a las zonas verdes objeto de conservación, será obligatoria la limpieza total de la zona afectada en los tiempos que consensuen con los Servicios Técnicos Municipales, sin que esto suponga un incremento de la anualidad a percibir. Durante los días de las fiestas patronales de Paracuellos de Jarama (sábado, domingo y festivos), la empresa adjudicataria designará una plantilla mínima de 4 personas para la limpieza de las zonas verdes afectadas por los eventos que se 13

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realicen a lo largo de las fiestas (limpieza de las zonas verdes del recinto ferial, ubicación de los fuegos artificiales, concurso de paellas, etc.). 8.4

LIMPIEZAS NO OBLIGATORIAS

En los parques y zonas verdes, la limpieza de los caminos pavimentados, así como la recogida de papeleras es responsabilidad del servicio de recogida de residuos y limpieza viaria, así como todas las áreas deportivas que se encuentren dentro de la zona verde municipal, incluido el carril bici. Esto no incluye el debroce de las plantas que invadan dicho carril que será realizado por la empresa adjudicataria. No obstante, cualquier tipo de suciedad en las aceras, en la zona pavimentada o caminos internos en general, que pueda ser provocada por el mantenimiento de las zonas verdes anexas, sí deberá ser inmediatamente retirado por el adjudicatario del presente pliego. 8.5

CONSERVACION EXISTENTES

DE

LA

ESTRUCTURA

DE

VEGETALES

8.5.1 Labores de reposición Estas labores consistirán en la sustitución, renovación o resiembra de las plantas permanentes o de temporada, arbustos, árboles y zonas de césped que hubieran perdido o mermado considerablemente sus características ornamentales o bien que, su precario estado botánico haga prever tal situación para un futuro próximo. Tales labores serán a cargo del adjudicatario, cuando la muerte o el precario estado de las plantas sea causado por anomalías achacables a la prestación del servicio por parte de la empresa adjudicataria (problemas con el riego, plantaciones que no han enraizado, etc.). En diferentes parques municipales existen espacios destinados a flor de temporada que deberán mantener la flor y el colorido a lo largo de todo el año. La empresa adjudicataria deberá mantener en todo momento, estos espacios, con flores vistosas de diferentes colores. Se deberán realizar como mínimo dos cambios de flor y color, o siempre que las plantas existentes en dichas zonas pierdan el objeto de las mismas (dar color a la zona). Se hará especial hincapié en las siguientes áreas: -

Rotondas del municipio, especialmente la situada en el paseo de las Camelias con Juan Pablo II, así como en el cruce de las calles Avd/ de los Deportes con C/ la Paz.

-

C/ Real,

-

Mediana de la avd./ Príncipe de Asturias

-

Parque de los colonos (Belvis del Jarama),

-

Parque de la iglesia,

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-

Plaza del Ayuntamiento 8.5.2 Trazado de setos y recortes

El adjudicatario mantendrá el trazado de setos y perfiles de praderas en las diferentes zonas así como cualquier otra estructura de elementos vegetales existentes. Cualquier modificación que se plantee deberá ser previamente aprobada por los Servicios Técnicos Municipales. El recorte de los setos se efectuará siempre que el crecimiento natural de la planta, desvirtúe el trazado que debe tener. El perfilado de praderas deberá realizarse cuantas veces sea necesario y al menos dos veces al año, en primavera y en otoño. Además de los recortes ya mencionados, deberán realizarse los trabajos de pinzado y poda en todos los arbustos que sea necesario realizarlo para conservar su forma de crecimiento o evitar molestias innecesarias a otras plantas, elementos inertes como señales o bancos y a la circulación de las personas y vehículos, o bien sea indicado por los Servicios Técnicos Municipales. 8.5.3 Abonado de zonas verdes El adjudicatario procederá una vez al año al abonado del césped, preferentemente en el mes de marzo, o bien en el mes de octubre, así como de aquellas áreas ajardinadas, que se considere necesario por la pobreza del suelo, bien a criterio de la empresa adjudicataria o bien a requerimiento de los servicios técnicos municipales del Ayuntamiento. 8.6

CONSERVACION DEL ARBOLADO

Se realizarán los siguientes trabajos: - Tratamientos servícolas de vuelo que comprende podas (conformación, revitalización, terapéutica, etc.) limpieza de ramas secas, residuos, (básicamente en pinos), talas, cortas de policía (pies secos), aclareos y claras con selección de pies dominantes y regulación de la densidad de vegetación. Todas estas labores han de ajustarse a lo dispuesto en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid - Tratamientos fitosanitarios preventivos. El adjudicatario quedará obligado a realizar con sus propios medios y en las fechas oportunas los tratamientos preventivos necesarios para impedir la iniciación o propagación de cualquier enfermedad o plaga que pudiera aparecer, así como aquellos otros encaminados a combatir la totalidad de de la enfermedad o plaga una vez desarrollada. Los tratamientos fitosanitarios contra plagas y enfermedades se ajustarán a la legislación vigente para su realización. En la aplicación de estos tratamientos se utilizarán los medios, productos eficaces y no tóxicos, ni molestos, para las personas. Se realizarán en horario que no cause perjuicio al vecindario. Todos los 15

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productos a emplear serán aportados por el adjudicatario y realizados por personal cualificado. De no existir personal formado dentro de la plantilla existente, la empresa deberá aportarla para su realización. Queda expresamente prohibida su realización por personal no autorizado. En caso de comprobarse la existencia de una plaga, sin que la empresa adjudicataria hubiera realizado tratamiento preventivo o curativo alguno, ésta tendrá que sustituir cada uno de los arboles o plantas afectados, sin coste adicional para el Ayuntamiento, al considerarse una negligencia en la prestación de sus servicios. - Colocación de tutores. La empresa adjudicataria procederá a la colocación de cuantos tutores sean necesarios colocar al arbolado público. El tutor puede ser metálico o de madera. Los tutores de árboles y de arbustos leñosos se mantendrán durante un mínimo de 2 períodos de vegetación. Las fijaciones de los tutores y de los vientos al tallo del árbol se harán con un material elástico y no abrasivo para la corteza y resistente a los rayos UV. Su disposición no puede, en ningún momento, originar heridas a las plantas ni interferir en la libre circulación de personas y vehículos. Los árboles y arbustos para las plantaciones podrán ser a raíz desnuda, siempre que no presenten dificultades especiales para enraizar y se hagan en las épocas más favorables para la plantación. Para las plantaciones que se lleven a cabo en cualquier otra época del año y para otro tipo de plantas, éstas vendrán en contenedor, de tal forma que se asegure la eficiencia de la plantación al máximo de sus posibilidades. El tamaño mínimo de los mismos será de 12/14 para árboles y de entre 30-50cm de altura para los arbustos. Las partes de las dañadas se eliminarán y para cortes más grandes de 3 cms, se hará un tratamiento con un cicatrizante. Las raíces de las plantas que hayan sufrido antes de la plantación, se sumergirán en una mezcla de arcilla, abono orgánico, agua y hormonas de enraizamiento. En el fondo del agujero se colocará una capa de tierra abonada. La plantación en contenedor o cepellón se usará en el caso de especies de hoja persistente y especies de hoja caduca para plantar en cualquier época del año, o en caso de aquellas otras especies que presenten dificultad para el enraizamiento. Se sacará el árbol del recipiente en el mismo momento de la plantación, si el cepellón corre peligro de deshacerse y el envoltorio es biodegradable, se puede enterrar rompiéndolo. En el fondo del agujero se colocará una capa de tierra fértil abonada. El hoyo de plantación será como mínimo, de 1,5 veces el diámetro o longitud del cepellón o de la raíz más larga en sus 3 dimensiones, sin forzar en ningún caso la introducción del sistema radicular en un hoyo poco holgado. 8.7

PODAS 8.7.1 Podas de árbolado público 16

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Anualmente la empresa adjudicataria elaborará un plan de poda que será aprobado por los servicios Técnicos municipales y donde se incluirá principalmente el arbolado público de alineación. Los trabajos de poda del arbolado público incluirán, tanto los árboles de alineación en vía pública, como las especies arbóreas en zonas interiores de parques y zonas verdes y en terrenos municipales urbanos o rústicos. Todos los trabajos se deberán realizar con todas las medidas de seguridad que sean necesarias (señalización de los trabajos, grúas, arneses, etc.) La señalización necesaria para la realización de algunas labores será por cuenta del adjudicatario que deberá disponer de todos los elementos necesarios como vallas de obra, señales de tráfico, etc., en número suficiente para la correcta realización del trabajo. Frecuencia de poda: En parques, plazas y otras zonas verdes, donde los árboles tengan espacio suficiente para su desarrollo, los árboles y arbustos se podarán con la frecuencia mínima necesaria para mantener un buen estado sanitario, forma adecuada y floración en el caso de los arbustos de flor. Para los árboles de alineación se realizará una poda anual, preferentemente en octubre/noviembre/diciembre. Retirada de restos de poda Tras la poda de los árboles, la empresa adjudicataria reducirá al mínimo la cantidad de restos con un diámetro inferior a 15 cm mediante la utilización de trituradoras o cualquier otro método que conlleve su reutilización o el aprovechamiento de los restos vegetales. Los restos de la madera triturada podrán utilizarse, si así lo consideran oportuno, en las zonas de arbustros, entre los cuales no se puede utilizar la motoazada, echando una capa de aproximadamente 15 cm de espesor y procediéndose a su renovación cada año. Los costes de gestión de los residuos correrán por cuenta de la empresa adjudicataria. Tala o podas drásticas Los servicios técnicos de la empresa adjudicataria podrán aconsejar la tala o la poda drástica de un árbol mediante la presentación de un informe motivado a los servicios municipales, que tras su estudio podrán aceptar dicha actuación. Por su parte, los servicios técnicos municipales podrán igualmente informar a la empresa adjudicataria de la necesidad de talar un ejemplar mediante un informe motivado en base a la existencia de peligro, necesidad de realizar una obra civil, o cualquier otro criterio legalmente establecida. Los trabajos de tala en cualquiera de los casos anteriores, correrán a cargo de la empresa adjudicataria, sin coste para el Ayuntamiento, sea cual sea los materiales necesitados. Asímismo, la empresa adjudicataria será responsable de los daños que esta actuación pudiera provocar. 8.7.2 Podas de arbustos

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En el caso de los arbustos ornamentales, que no formen parte de un seto, no siempre será necesaria la realización de algún tipo de poda, sobre todo en especies perennifolias. Estos trabajos se realizarán únicamente cuando sea preciso para el crecimiento y desarrollo normal de la especie, o para evitar afecciones a elementos inertes y al paso de personas y vehículos, y siempre se eliminarán los tallos secos. 8.8

CONSERVACION DE LA RED DE RIEGO

Se adjunta información sobre la red de riego, planos de las ubicaciones de los depósitos y de las acometidas de riego así como un informe de la empresa responsable del Servicio de mantenimiento de zonas verdes actual sobre el estado de los depósitos y la red de riego (Anexo IV). La empresa adjudicataria emitirá un informe del estado de los depósitos y red de riego una vez iniciado el servicio que será entregado a los Técnicos Municipales correspondientes para su estudio. Se deberá mantener en perfecto estado de funcionamiento las redes de riego, todos los depósitos, la red de tuberías, el sistema general de bocas de riego si se instalasen, como los sistemas semiautomáticos o automáticos de riego. Los elementos de la red de riego que deberán mantenerse son: • Bocas de riego, tuberías y piezas especiales. Mangueras. • Los elementos emisores de riego: aspersores, difusores, inundadores, goteros, toberas, etc., y la parte de sus acometidas. • Tuberías de conducción de agua para el riego a su paso por las zonas verdes objeto de conservación. • Válvulas, electro-válvulas, programadores, filtros, arquetas y otros accesorios que conforman la red de riego de las zonas verdes. La conservación de la red de riego será total y el ámbito de actuación comienza en la llave de corte situada en la acometida a la red de la vía pública. Se realizarán revisiones sistemáticas de la red de riego para comprobar su buen funcionamiento tanto en presión, cuadal como alcance, de manera que el agua llegue a todas las plantas a regar y no moje las zonas no ajardinadas, tanto en tierra como en pavimento. En aquellas áreas donde se haya perdido la masa arbustiva y se opte por dejar la zona como pradera natural se procederá a la retirada inmediatamente toda la tubería de goteo existente, con el fin hacer un gasto innecesario de agua y mantener las condiciones de ornato de la zona. Correrá a cargo del adjudicatario la sustitución de todos aquellos elementos de la red de riego que se encuentren averiados o defectuosos. La reparación de las averías que se produzcan deberá realizarse de forma inmediata, en un plazo no superior a las 48 horas de haberse producido en aquellos casos que no existan fugas de agua, en cuyo caso su reparación será inmediata, aunque sea de forma provisional.

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En caso de ser necesaria la realización de excavaciones para la reparación de las averías, deberá protegerse y señalizarse convenientemente el lugar. Cuando la avería o su reparación produzcan desperfectos en el entorno superficial, la empresa adjudicataria deberá proceder a la restitución de la superficie a su anterior estado, ya sea superficie ajardinada, enarenada o pavimentada. Se incluye el mantenimiento y reparación de las redes y fuentes de agua potable. 8.9

CONSERVACIÓN BOMBEO

DE

FUENTES,

ESTANQUES

Y

GRUPOS

DE

Se deberán realizar los siguientes trabajos de mantenimiento: 8.9.1 Limpieza superficial de las láminas de agua. Consistirá en la eliminación continua de los residuos flotantes que se encuentren en las fuentes. Así como aquellos elementos de cierto volumen que se encuentren en el fondo y desmerezcan el estado general de la fuente: Piedras, hierros, restos de mobiliario, etc. Esta limpieza se realizará siempre que se detecte la presencia de estos elementos (en superficie o en el fondo). 8.9.2 Limpieza del vaso. Consistirá en la limpieza periódica del vaso de la fuente cuando éste se encuentre con suciedad, tanto en las paredes como en el fondo, o a petición de los Servicios Municipales. Como mínimo una vez al mes. La limpieza consistirá en el vaciado y posterior limpieza con cepillos y demás elementos auxiliares necesarios de las paredes y fondo de las fuentes. Posteriormente se procederá al llenado de la fuente hasta el nivel que determinen los Servicios Municipales. 8.9.3 Control de niveles y de los distintos elementos de la fuente. Se deberán controlar periódicamente los niveles de agua y el estado de todos los elementos de la fuente: Cuadro eléctrico asociado, rebosaderos, aspiración, llaves de vaciado/llenado, skimmers, filtros, bombas, cuadro de maniobras, toberas, etc. 8.9.4 Mantenimiento, conservación y reparación de los equipos de bombeo. La empresa se compromete a asumir los equipos de bombeo de Miramadrid en el estado de funcionamiento que se encuentran. Cualquier reparación de los elementos que la componen (cuadro de contadores, motores eléctricos, cuadros, válvulas, filtros, llaves de mando, programadores, etc.) serán por cuenta del adjudicatario. Además deberán realizar todos aquellos trabajos de mantenimiento y conservación que sean necesarios para el buen funcionamiento de los equipos de bombeo.

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En el caso de que se produzcan averías, la empresa adjudicataria deberá proceder a su subsanación en el plazo más breve posible, sin que ello suponga ningún coste para el Ayuntamiento. En época estival, si la reparación supera las 48 h, las áreas afectadas deberán ser regadas con cuba. 8.10 CONSERVACIÓN DEL MOBILIARIO Es objeto de la presente parte del pliego consiste en el mantenimiento y conservación de las áreas infantiles de juego, instalaciones deportivas al aire libre, bancos, papeleras, fuentes de agua potable, carteles, vallas perimetrales de juegos, zonas deportivas o de áreas de deyección canina, pavimentos, y suelos donde se asienten dichas áreas. 8.10.1 Tareas a desarrollar Estos trabajos serán de reparación, instalación, montaje, cimentación, nivelación, pavimentación, enarenado, descompactación, pintado, engrasado, desmontaje, retirada, demolición, sustitución, etc., de los diferentes elementos. Se incluye como conservación la demolición y desmontaje para la sustitución de partes, y elementos completos que por obsolescencia o deterioro lleguen al fin de su vida útil y sea necesario reponer por completo, por no resultar viable técnica o económicamente su reparación; así como el suministro e instalación de los elementos y mobiliario nuevos. La empresa adjudicataria estará obligada a sustituir/reparar aquellas piezas del mobiliario que se encuentren en mal estado o se hayan deteriorado, sea cual sea la causa del deterioro. Si el coste de reparación supera el 75% del valor del bien, se deberá proceder a su sustitución íntegra. La empresa adjudicataria, a través del Técnico del Servicio emitirá un informe donde se refleje los daños de la instalación así como el coste de la reparación mediante la presentación de un presupuesto, a poder ser de la empresa fabricante del objeto. 8.10.2 Revisiones Los equipos y componentes de los parques y sobre todo de las áreas infantiles se deberán revisar como se indica a continuación: a) Inspección Ocular de rutina: Consistirá en una revisión con el fin de identificar riesgos derivados de actos como la mala utilización, condiciones meteorológicas y actos vandálicos. En aquellas áreas de juegos infantiles más frecuentadas, esta revisión será diaria, para el resto será semanal. Durante estas revisiones se deberán retirar los objetos punzantes y todo elemento que pueda ofrecer peligros, nocividad o insalubridad a los usuarios. Igualmente se procederá a la reparación inmediata de los desperfectos encontrados en la misma. b) Inspección técnica operativa mensual y trimestral: el objetivo de la misma será la de comprobar el correcto funcionamiento y estabilidad de los equipamientos, detectando posibles desgastes. Tras la misma se pasará un 20

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informe a la Concejalía responsable indicando los riesgos observados y las actuaciones que se van a llevar a cabo, así como las fechas de reparación y propuestas de mejoras. Esta revisión se deberá hacer una vez al mes en aquellas áreas más frecuentadas y de forma trimestral en el resto. Entre los objetos de inspección se encontrarán como mínimo: los ajustes de piezas de unión, el estado de la pintura y tratamientos superficiales, lubricación de los cojinetes, estado de los elementos estructurales, piezas desgastadas o defectuosas. Se realizará una reparación de todas las incidencias encontradas y se pintarán los juegos infantiles que lo necesiten. c) Inspección principal anual. Esta inspección se realizará para comprobar el nivel de seguridad global de los equipamientos, cimientos y superficies y también para comprobar las posibles variaciones del nivel de seguridad de los equipamientos que han sido objeto de reparaciones o de elementos incorporados o sustituidos. En esta inspección se revisará el estado de los suelos tanto de losetas de caucho como de arena, comprobando el estado de amortiguación de los mismos y procediéndose, si fuera necesario a su reparación. Tras la inspección se emitirá un informe de seguridad de cada una de las áreas infantiles, firmado por el técnico responsable del servicio. 8.10.3 Trabajos de mantenimiento preventivo Estos trabajos se detallan a continuación: Fijación y cimentación. Limpieza y engrase de elementos. Mantenimiento de elementos metálicos, incluido vallado perimetral. Mantenimiento de elementos de madera, incluido vallado perimetral. Mantenimiento de elementos plásticos. Mantenimiento de los pavimentos de seguridad (suelos de caucho, arena, etc.) 8.10.4 Reparación Los materiales a emplear en todas las reparaciones serán originales, solamente en casos excepcionales se autorizará el uso de materiales no originales siempre que, en el caso de juegos infantiles, se presente documento del fabricante que asegure que la reparación realizada con esos materiales no disminuye la seguridad del juego y todas las modificaciones en el mantenimiento y uso del elemento se especifican claramente. El plazo de reparación de cualquier elemento es de una semana a contar desde el día de la detección de la incidencia. En caso de no poder proceder a la reparación en este tiempo por causas no imputables al adjudicatario, éste deberá presentar un escrito donde justifique el tiempo estimado de reparación. Una vez se produzca la aceptación por el Ayuntamiento, procederá 21

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a la retirada del elemento a los almacenes y talleres del adjudicatario o lo precintará de forma permanente y efectiva según el caso. La empresa adjudicataria intervendrá, sin necesidad de informar previamente a los servicios técnicos municipales, en aquellas operaciones que supongan perjuicio, riesgo o desmerecimiento del buen estado de las áreas infantiles, así como en las actuaciones que sea necesario realizar de forma urgente fuera del horario normal. Posteriormente se pondrá en conocimiento de estas actuaciones a los servicios Técnicos municipales. La empresa adjudicataria será responsable de todos los perjuicios que se ocasionen a los usuarios, a cualquier ciudadano o a bienes públicos o privados en los trabajos de ejecución u omisión de reparación y demás servicios establecidos en el presente pliego y en el ámbito del mismo. 8.10.5 Sustitución de elementos obsoletos En cuanto se detecte un elemento obsoleto o peligroso que no admita reparación se procederá a su retirada, demolición y/o desmontaje incluso su cimentación. Todos los residuos serán responsabilidad del adjudicatario que los gestionará por su cuenta cumpliendo escrupulosamente toda la legislación y normativa de residuos en vigor en el transcurso del contrato, siendo obligación ineludible el reciclado, reutilización o valorización de todos o al menos parte de ellos. La sustitución del elemento retirado se hará posteriormente al desmontaje y retirada, siendo siempre obligatoria la sustitución cuando el elemento deteriorado sea un banco, papelera, o cartel informativo. En el resto de los casos se realizará la sustitución previa conformidad del Ayuntamiento que valorarán la conveniencia o no de su sustitución. Estas sustituciones serán a cargo y cuenta del adjudicatario. 8.10.6 Limpieza y Pintura El adjudicatario tiene la obligación de efectuar la limpieza de los elementos de mobiliario urbano incluyendo la limpieza de pintadas de los mismos, empleando los medios que no impidan el normal funcionamiento del área. En caso de emplear para la limpieza de pintadas sustancias químicas, deberá realizarse previa conformidad del representante del Ayuntamiento. La limpieza de pintadas y grafitis se realizará trimestalmente, en todas las áreas infantiles. Con la frecuencia necesaria, según se indique por los técnicos municipales, se procederá al pintado de todos los elementos metálicos de los equipamientos existentes, papeleras, bancos, juegos infantiles, etc. 8.10.7 Pavimentación y suelos El adjudicatario tiene la obligación de efectuar al menos una vez al año, una inspección del estado de los suelos, tanto de losetas de caucho como de la arena, comprobando el estado de amortiguación de los mismos, procediéndose, si fuera necesario a su reparación. En las zonas infantiles cuyo suelo es de 22

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arena, al menos una vez al año se procederá al rellenado de estas áreas. En el plazo de un mes, tras la firma del contrato se realizará un informe del estado de seguridad de los pavimentos y suelos, procediendo al rellenado de arena en aquellas áreas infatiles que fuera necesario. 8.10.8 Daños por actos vandálicos y otros Los daños por desperfectos sufridos en las áreas de juegos infantiles o zonas verdes del municipio, robo o incendio quedan cubiertos por el presente pliego, en lo referente a la sustitución o reparación de piezas, barandillas, protecciones de seguridad, cadenas asientos, bulones, carteles u otros repuestos o piezas. Solamente en aquellos casos donde se trate de juegos completos quedarán excluidos del presente pliego. La mano de obra del montaje, el transporte, desmontaje e instalación serán por cuenta del adjudicatario. 8.10.9 Variaciones en las áreas de juegos infantiles El adjudicatario se obliga a admitir, para su mantenimiento y conservación, las áreas de juegos infantiles de nueva creación que con motivo de obra nueva, remodelación, adquisición, etc. suponga un incremento de las áreas de juegos iniciales, en las mismas condiciones que el resto de la adjudicación. Esto no supondrá un aumento de los costes del contrato. 8.10.10 Normativa de seguridad y certificados El presente contrato deberá siempre cumplir la normativa de seguridad en áreas infantiles de juego, así como cuanta normativa resulte de aplicación en el transcurso del contrato. 8.11 MANTENIMIENTO DE ACERAS, TERRIZOS Y ARENALES En esta apartado entran todos los suelos y aceras, que estén incluidos en los parques y zona verdes, como son: suelo de hormigón impreso, de baldosas sobre tierra compactada, suelo de piedra suelta (mayormente blanca o gris), suelos de arena, corteza de pino, o cualquier otro tipo de suelo equivalente. Corresponderá su correcto mantenimiento y reposición / reparación, tanto con labores por el paso del tiempo (crecimiento de hierbas invasivas), como por circunstancias puntuales achacables al mantenimiento de zonas verdes (averías de red riego, circulación accidental de vehículos, etc.) Las labores básicas son: - Eliminación de malas hierbas - Perfilado. - Limpieza y recebo de areneros 9

DOCUMENTACIÓN ENTRE AMBAS PARTES

Resumiendo lo arriba mencionado, la documentación que deberá intercambiarse entre la Concejalía de Medioambiente y el adjudicatario debe ser: 23

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Libro de órdenes: en él, el adjudicatario recibirá las tareas y decisiones que determinen los técnicos municipales. Plan de Rutas: donde se detalla el planing de trabajo para la semana siguiente, con horarios aproximados y zonas asignadas a cada operario o cuadrilla para que de esa forma se pueda establecer un rápido control y supervisión de su cumplimiento por parte de los técnicos municipales Control de asistencia de los trabajadores: semanalmente se presentará a la Concejalía el control de firmas que se ha realizado diariamente durante esa semana. Se aprovechará las reunión semanal del viernes para su entrega. Partes quincenales: en ellos el adjudicatario reflejará la cumplimentación de incidencias en el desarrollo de los servicios. Presentación trimestral de los TC1 y TC2 de los trabajadores adscritos al servicio Informes mensuales y anuales de las áreas infantiles.

En Paracuellos de Jarama, a 27 de marzo de 2014

Fdo.: Dña. Teresa García-Donas

Concejal de Medio Ambiente, Salud y Consumo

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