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Orden APU/2245/2005, de 30 junio Orden APU/2245/2005, de 30 junio RCL 2005\1498 (Disposición Vigente) MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DE

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

Orden APU/2245/2005, de 30 junio RCL 2005\1498

(Disposición Vigente)

MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO. Regula las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina.

MINISTERIO ADMINISTRACIONES PÚBLICAS BOE 14 julio 2005, núm. 167, [pág. 25025]

SUMARIO - Sumario - Parte Expositiva - Primero. Prestaciones complementarias - Segundo. Transporte Sanitario y Oxigenoterapia a domicilio - Tercero. Tratamientos dietoterápicos - Cuarto. Prestaciones ortoprotésicas - Quinto. Otras prestaciones sanitarias - Sexto. Beneficiarios - Séptimo. Prescripción y Dispensación - Octavo. Cuantía de la prestación - Noveno. Reparaciones - Décimo. Renovaciones - Undécimo. Actualizaciones de los Anexos - Disposición transitoria única - Disposición derogatoria única - DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor - ANEXO I. Catálogo General de Material Ortoprotésico - ANEXO II. Dentarias - ANEXO III. Oculares - ANEXO IV. Otras El artículo 16.c) del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio , por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, establece que para la definición, extensión y contenido de las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Régimen General de la Seguridad Social. En cumplimiento de este mandato, la Orden de 18 de septiembre de 2001 por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, recogió en una única disposición y por primera vez el contenido completo de las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria de MUFACE, enumerando las mismas, reseñando la normativa aplicable de aquellas que ya eran objeto de regulación en vigor y recogiendo en su parte dispositiva las normas de prescripción, dispensación, reparación y renovación de las prestaciones objeto de ayuda económica directa 03 de julio de 2009

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por la Mutualidad relacionadas en sus Anexos I a IV junto con sus cuantías máximas, condiciones, requisitos para su concesión y sus plazos de renovación. Desde la entrada en vigor de la citada Orden, 1 de diciembre de 2001, se ha constatado que las previsiones que ésta establecía sobre las prestaciones recogidas en el Anexo I, Catálogo General de Material Ortoprotésico, han supuesto una importante ordenación y racionalización como elemento adicional y necesario para la consecución de una asistencia sanitaria adecuada. Sin embargo, las nuevas necesidades detectadas entre el colectivo de MUFACE, la experiencia práctica adquirida en la gestión del Catálogo General de Material Ortoprotésico, la evolución que este tipo de prestaciones ha tenido en los últimos años en el Sistema Nacional de Salud y las variaciones tecnológicas y económicas detectadas en este campo de la asistencia sanitaria aconsejaban una revisión, en profundidad, tanto de las prestaciones a cubrir como de las cuantías económicas recogidas en el anexo I de la Orden. Asimismo, los avances técnicos experimentados en los productos oftalmológicos destinados a la corrección de la baja visión aconsejan una actualización de las correspondientes prestaciones del Anexo III. Por otro lado, la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo 710/2004, de 12 de marzo , por la que se autoriza la financiación de determinados efectos y accesorios con fondos públicos (SCO/710/2004) establece que a partir de la entrada en vigor de la misma, 19 de septiembre de 2004, se autoriza con carácter temporal, hasta la entrada en vigor de la norma reglamentaria de desarrollo de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, la financiación con fondos públicos de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina, regulando la forma en que debe producirse la prescripción, dispensación e implantación de las mismas que deben ser suministradas directamente por centros sanitarios en la forma que estime la Administración Sanitaria correspondiente. Por ello, MUFACE, que, como administración sanitaria de su colectivo protegido, venía prestando a sus beneficiarios la cobertura de las bombas de insulina mediante la ayuda económica prevista en el Anexo IV de la mencionada Orden de 18 de septiembre de 2001, debe adaptar los principios contenidos en la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo a las peculiaridades de su forma de prestación de asistencia sanitaria concertada, sustituyendo la ayuda económica baremada por la cobertura total de esta prestación a cargo de la Mutualidad, siempre y cuando se respete el procedimiento para su dispensación recogido en el Anexo IV de la presente Orden y con el fin de que sus mutualistas y demás beneficiarios puedan disponer de un acceso a esta prestación de forma análoga y con las mismas garantías que los beneficiarios de los demás regímenes de la Seguridad Social. Las razones hasta aquí expuestas más la necesidad de aclarar aspectos de la parte dispositiva de la Orden que han originado dudas para su correcta aplicación, como los relativos a la exigencia de informes en las solicitudes de prótesis dentarias y oculares o la conexión a efectos de plazos entre las renovaciones y reparaciones de los artículos objeto de ayuda y de alcanzar una mayor seguridad jurídica, conteniendo en un único texto la totalidad de la regulación sobre una misma materia, justifican la elaboración de una nueva norma reglamentaria. En su virtud y previa consulta al Consejo General de MUFACE, dispongo: Primero. Prestaciones complementarias Las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en el Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado a que se refiere el artículo 16.c) del Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado que vienen a suponer un elemento adicional y necesario para la consecución de una asistencia sanitaria adecuada, son las siguientes: a) Transporte sanitario. b) Oxigenoterapia a domicilio. c) Tratamientos dietoterápicos complejos y dietas enterales. d) Prestaciones ortoprotésicas. e) Otras prestaciones sanitarias. 03 de julio de 2009

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Segundo. Transporte Sanitario y Oxigenoterapia a domicilio La dispensación de las prestaciones de transporte sanitario y oxigenoterapia a domicilio, se facilitarán de acuerdo con las previsiones contenidas en los conciertos en los que MUFACE haya concertado la prestación de asistencia sanitaria. Tercero. Tratamientos dietoterápicos Los tratamientos dietoterápicos complejos que se llevan a cabo con alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales para pacientes que padezcan determinados trastornos metabólicos congénitos, así como, los tratamientos de nutrición enteral aplicados en ciertas patologías, se dispensarán de conformidad con su normativa específica recogida en la Orden del Ministerio de Administraciones Públicas de 15 de julio de 1998 o en la normativa que la sustituya o modifique. Cuarto. Prestaciones ortoprotésicas 1. Dentro de las prestaciones ortoprotésicas se incluyen las siguientes: a) Implantes quirúrgicos: Se entiende por implantes quirúrgicos aquellos productos sanitarios diseñados para ser implantados total o parcialmente en el cuerpo humano mediante un determinado acto médico o intervención quirúrgica y destinados a permanecer allí después de dicha intervención. A los efectos de esta prestación se entienden por implantes quirúrgicos aquellos productos sanitarios con finalidad terapéutica que sustituyen total o parcialmente una estructura corporal o una función fisiológica que presenta algún defecto o anomalía, o tiene finalidad diagnóstica. Los implantes quirúrgicos serán facilitados a su cargo por las entidades con las que MUFACE concierta la prestación de asistencia sanitaria, con la excepción de los implantes osteintegrados para prótesis dentarias, que serán objeto de ayuda económica baremada por MUFACE, en los términos recogidos en el Anexo II. b) Prótesis externas: Son prótesis externas aquellos productos sanitarios que requieren una elaboración y/o adaptación individualizada y que, dirigidas a sustituir un órgano o parte de él no precisan de implantación quirúrgica en el paciente. c) Vehículos para inválidos: Se consideran vehículos para inválidos, a los efectos de estas prestaciones, las sillas de ruedas, entendiéndose por tales los vehículos individuales para favorecer el traslado de personas que han perdido, total o parcialmente, la capacidad de deambulación y que sean adecuados a su grado de invalidez. d) Ortesis: Se entiende por ortesis aquellos productos sanitarios de uso externo no implantables que, adaptados individualmente al paciente, se destinan a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular o del esqueleto. e) Prótesis especiales: Se consideran prótesis especiales, a efectos de la prestación ortoprotésica, aquéllas que no correspondiendo por sus características a ninguno de los apartados anteriores se encuentran incluidas en el catálogo que figura como Anexo I. 2. El contenido de las prestaciones ortoprotésicas es el que figura para cada una de ellas en el catálogo que se incluye como Anexo I. En el mismo figuran su denominación, su encuadramiento en los diferentes grupos y subgrupos a efectos de clasificación, el código identificativo, el importe máximo con el que se financiará su adquisición, que garantiza el acceso a la prestación, así como los plazos para su renovación, las exclusiones y limitaciones en razón de la edad de los pacientes y, en general, los requisitos para su concesión. 3. Quedan excluidos de las prestaciones ortoprotésicas, los artículos que incorporan control por microprocesador, los efectos y accesorios, los artículos ortopédicos destinados a uso deportivo y los productos publicitarios. Quinto. 03 de julio de 2009

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Otras prestaciones sanitarias Las prestaciones complementarias denominadas «otras prestaciones sanitarias» serán las que se relacionen en cada momento en los Anexos II, III y IV, que darán lugar a las ayudas económicas por los importes y las condiciones establecidas en éstos. Sexto. Beneficiarios Como parte del contenido de la asistencia sanitaria podrán ser beneficiarios de todas las prestaciones reguladas en esta Orden los titulares y demás beneficiarios de dicha asistencia. No obstante, en el caso de las prestaciones recogidas en los Anexos I y IV de esta Orden, los titulares adscritos al INSS y sus respectivos beneficiarios, podrán ser perceptores de las mismas siempre y cuando habiendo utilizado los servicios sanitarios que le corresponden las hayan solicitado y no las hayan obtenido del Servicio Público de Salud competente o les hayan sido concedidas por el mismo en una cuantía inferior a la establecida para la misma prestación en el respectivo Anexo. En estos casos, el titular podrá solicitar a MUFACE la totalidad de la ayuda o la diferencia entre la ayuda concedida por el Servicio Público y la financiación por MUFACE, siempre y cuando no supere el precio de la adquisición. Séptimo. Prescripción y Dispensación 1. Las prescripciones de los productos incluidos en los Anexos I y IV deberán ser siempre llevadas a cabo por un médico especialista en la materia correspondiente a la patología que justifique su prescripción y que esté concertado o preste servicios en la Entidad Médica a la que se encuentre adscrito el titular, salvo en el caso de los productos o prestaciones que hayan sido prescritos y adquiridos en el exterior. 2. Las prestaciones dentarias recogidas en el Anexo II requerirán de la documentación necesaria para justificar el tratamiento y/o pago realizado, emitida por el correspondiente facultativo especialista (Odontólogo, Estomatólogo o Cirujano Maxilofacial). 3. Las prestaciones oculares recogidas en el Anexo III requerirán de informe de médico especialista en la materia, cuando el mismo se indique, expresamente, como requisito previo para la concesión de la ayuda para un producto o prestación determinada en las normas contenidas en dicho Anexo. 4. Los productos sanitarios incluidos como prestación ortoprotésica, para poder ser suministrados y utilizados, deberán cumplir los requisitos complementarios exigidos en la legislación vigente que les resulte de aplicación. 5. Los establecimientos dispensadores de prótesis externas y ortesis deberán reunir los requisitos que en cada momento establezca la Administración Sanitaria Pública competente, a fin de que se salvaguarde una correcta elaboración y adecuación de la prestación prescrita al paciente. 6. Para los productos incluidos en las letras b), c), d) y e) del dispositivo cuarto de la presente Orden, son de aplicación los siguientes aspectos: A) La entrega de estos productos irá acompañada del certificado de garantía y hoja informativa, con las recomendaciones precisas para la mejor conservación del mismo en condiciones de utilización normal y las advertencias para evitar su mal uso, de acuerdo con lo que establezca en cada caso la Administración Sanitaria Pública competente. B) Cuando se trate de productos que requieran una adaptación específica al paciente: a) Deberán ser a cargo del establecimiento cuantas rectificaciones imputables a la elaboración y adaptación sean precisas. b) En la elaboración de los productos, el establecimiento deberá ajustarse siempre a las indicaciones consignadas por el especialista prescriptor. c) Una vez obtenida la prestación por el usuario, el especialista prescriptor deberá comprobar que el artículo se ajusta rigurosamente a sus indicaciones y se adapta perfectamente al paciente. 03 de julio de 2009

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Octavo. Cuantía de la prestación Si el importe de adquisición, según factura, de cualquiera de los productos que figuran en los diferentes Anexos incluidos en la presente Orden, fuera inferior a las cuantías que en los mismos figuran, el importe de la prestación será igual a la cantidad realmente abonada por el titular. Noveno. Reparaciones Quedan incluidas dentro de las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria, las reparaciones de los productos de los Anexos I y IV, con las limitaciones que, sobre las cuantías a abonar, los plazos y su cómputo, se recogen en los mismos. En ningún caso se admitirán reparaciones de productos en período de garantía. Las ayudas concedidas por el concepto de reparación serán tenidas en cuenta a efectos del cómputo de plazos para la renovación del mismo artículo. Décimo. Renovaciones Las renovaciones de los productos financiados por prestaciones reconocidas anteriormente se sujetarán a las normas sobre limitaciones temporales y cómputo de plazos recogidas en sus respectivos anexos. Undécimo. Actualizaciones de los Anexos La actualización, modificación y supresión en su caso, de los Anexos I a IV se efectuará por Resolución de la Dirección General de MUFACE. Disposición transitoria única. Las solicitudes de prestaciones complementarias con productos facturados en fecha anterior a la entrada en vigor de esta Orden seguirán rigiéndose hasta la prescripción del derecho por la normativa anterior a la misma. Disposición derogatoria única. Queda derogada la Orden de 18 de septiembre de 2001 por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el 1 de septiembre de 2005. ANEXO I. Catálogo General de Material Ortoprotésico Normas de carácter general Renovación.–Existen dos tipos de renovación: a) Renovación ordinaria.–Deberá transcurrir el tiempo indicado en el Catálogo General de Material Ortoprotésico para cada artículo. Para realizar el cómputo de los plazos se tendrá en cuenta la fecha de la factura. b) Renovación extraordinaria.–Para este tipo de renovación no existe limitación temporal. El motivo de esta renovación podrá ser la variación de la talla u otra condición esencial de la prótesis, siendo imprescindible la 03 de julio de 2009

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presentación de un informe de facultativo que justifique la necesidad de esta variación. Para realizar el cómputo del plazo en la renovación ordinaria posterior se tendrá en cuenta la fecha de la factura presentada para la renovación por variación. Reparación.–En el caso de los artículos que precisen algún tipo de reparación, la cuantía de la ayuda será como máximo el 50% de la ayuda establecida para su adquisición. Indicaciones.–En el caso de aquellos artículos en los que se recogen indicaciones expresas, la concesión de las ayudas quedará condicionada al cumplimiento de las mismas.

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PRÓTESIS PARCIALES DE MANO, INCLUYENDO LAS PRÓTESIS DE DEDO Prótesis para amputación parcial de mano, incluido el pulgar Prótesis funcional para la amputación del pulgar. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcional para la amputación parcial de mano y dedos, incluido el pulgar. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis para amputación parcial de © Thomson Aranzadi

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mano y de varios dedos (excluido el pulgar) Prótesis funcional para amputación de dedo o dedos, excluido el pulgar. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcional y estética para la amputación parcial o total de los dedos, excluido el pulgar. Artículo completo que no precisa accesorios PPRÓTESIS DE DESARTICULA CIÓN DE LA MUÑECA Prótesis pasivas para la desarticulación de muñeca con encaje de antebrazo y mano Prótesis pasiva completa para desarticulación de muñeca, con encaje infracondilar. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa para desarticulación de muñeca, con encaje supracondilar. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales para la desarticulación © Thomson Aranzadi

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de muñeca Prótesis funcional para desarticulación de muñeca, con encaje infracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión y control, y guante). La articulación de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis funcional para desarticulación de muñeca, con encaje supracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión y control, y guante). La articulación de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctricas para la desarticulación de muñeca Prótesis mioeléctrica para desarticulación de muñeca, con encaje infracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de © Thomson Aranzadi

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accionamiento a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctrica para desarticulación de muñeca, con encaje supracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte PRÓTESIS DE ANTEBRAZO (POR DEBAJO DEL CODO) Prótesis pasivas de antebrazo Prótesis pasiva completa de antebrazo, de estructura endoesquelétic a y encaje infracondilar, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa de antebrazo, de estructura endoesquelétic a y encaje supracondilar, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa de antebrazo, de © Thomson Aranzadi

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estructura exoesquelética y encaje infracondilar, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa de antebrazo, de estructura exoesquelética y encaje supracondilar, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales de antebrazo Prótesis funcional de antebrazo, de estructura exoesquelética y encaje infracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis funcional de antebrazo, de estructura exoesquelética y encaje supracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se © Thomson Aranzadi

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financian a parte Prótesis mioeléctricas de antebrazo Prótesis mioeléctrica de antebrazo, de estructura exoesquelética y encaje infracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctrica de antebrazo, de estructura exoesquelética y encaje supracondilar (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte PRÓTESIS PARA DESARTICULA CIÓN DE CODO Prótesis pasivas para desarticulación del codo Prótesis pasiva completa para © Thomson Aranzadi

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desarticulación del codo, de estructura endoesquelétic a, codo de desarticulación , muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa para desarticulación del codo, de estructura exoesquelética , codo de desarticulación , muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales para desarticulación del codo Prótesis funcional para desarticulación del codo, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de codo y de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctrica para desarticulación de codo Prótesis mioeléctrica para desarticulación del codo, de estructura exoesquelética © Thomson Aranzadi

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(incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de codo y de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte PRÓTESIS DE BRAZO (POR ENCIMA DEL CODO) Prótesis pasivas de brazo Prótesis pasiva completa para amputación del brazo, de estructura endoesquelétic a, sistema de suspensión, codo, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva completa para amputación del brazo, de estructura exoesquelética , sistema de suspensión, codo, muñeca y mano. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales de brazo Prótesis funcional de brazo, de estructura exoesquelética (incluye © Thomson Aranzadi

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encaje, sistema de suspensión de abrazadera o corselete y control y guante). La articulación de codo y de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctricas de brazo Prótesis mioeléctrica de brazo, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y cargador). La articulación de codo y de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte PRÓTESIS PARA DESARTICULA CIÓN DE HOMBRO Prótesis pasivas para desarticulación del hombro Prótesis pasiva para desarticulación de hombro, de estructura endoesquelétic a. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva para desarticulación © Thomson Aranzadi

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de hombro, de estructura exoesquelética . Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales para desarticulación del hombro Prótesis funcional para desarticulación de hombro, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de hombro, de codo, de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctricas para desarticulación de hombro Prótesis mioeléctrica para desarticulación de hombro, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión, guante, baterías y ncargador). La articulación de hombro, de codo, de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a © Thomson Aranzadi

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parte PRÓTESIS PARA AMPUTADOS EN EL CUARTO SUPERIOR (INTERESCAP ULOTORÁCICA ) Prótesis pasivas para amputados en el cuarto superior (interescapulot orácicas) Prótesis pasiva para desarticulación interescapulot orácica, de estructura endoesquelétic a. Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis pasiva para desarticulación interescapulot orácica, de estructura exoesquelética . Artículo completo que no precisa accesorios Prótesis funcionales para amputados en el cuarto superior (interescapulot orácicas) Prótesis funcional para desarticulación interescapulot orácica, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de © Thomson Aranzadi

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hombro, de codo, de muñeca y el terminal (mano o pinza) a elección, y se financian a parte Prótesis mioeléctricas para amputados en el cuarto superior (interescapulot orácicas) Prótesis mioeléctrica para desarticulación interescapulot orácica, de estructura exoesquelética (incluye encaje, sistema de suspensión y control y guante). La articulación de hombro, de codo, de muñeca, el terminal (mano o pinza) y el sistema de accionamiento a elección, y se financian a parte PRÓTESIS DE MANO Prótesis de mano pasivas Prótesis de mano pasiva. Como terminal de una prótesis nueva o como recambio Prótesis de mano funcionales Mano funcional de un tiro (dorsal o palmar). Mano activa de abertura bidigital. Como © Thomson Aranzadi

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24

105

0618

24

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24

201

0618

24

203

0618

27

0618

27

0618

27

001

0618

27

003

0618

27

005

0618

27

03 de julio de 2009

terminal de una prótesis nueva o como recambio Mano funcional de dos tiros (dorsal o palmar). Mano activa de abertura bidigital. Como terminal de una prótesis nueva o como recambio Mano funcional de pinza tridigital. Como terminal de una prótesis nueva o como recambio Prótesis de mano mioeléctricas Mano eléctrica de función constante. Como terminal de una prótesis nueva o como recambio Mano eléctrica de función variable. Como terminal de una prótesis nueva o como recambio PINZAS Y ÚTILES FUNCIONALES Todas ellas como terminales de prótesis nuevas o como recambio Pinzas y útiles funcionales Pinza gancho estándar adulto Pinza gancho niño Pinza gancho de acero, de trabajo Pinzas y útiles © Thomson Aranzadi

695

24

425

24

4.500

24

5.350

24

650

24

400

24

1.250

24

18

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0618 0618

27 30

101

0618

30

001

0618

30

003

0618 0618

30 30

005 100

0618

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30

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30

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30

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30

201

0618

33

0618

33

03 de julio de 2009

eléctricos Pinza eléctrica ARTICULACIO NES DE MUÑECA Todas ellas como terminales de prótesis nuevas o como recambio Muñeca para mano estética Muñeca redonda Muñeca oval Muñeca con flexión palmar Muñeca con función continua Muñeca mecánica con 12 posiciones Muñeca bayoneta y fijación múltiple, cambio rápido o similar Muñeca de desarticulación Muñeca esférica Muñeca con semiesfera Muñeca para pronosupinaci ón pasiva de desarticulación de muñeca Muñeca para pronosupinaci ón activa Muñeca para pronosupinaci ón pasiva Muñeca eléctrica para pronosupinaci ón (incluido el coste del accionamiento elegido) ARTICULACIO NES DE CODO Articulaciones de codo pasivas © Thomson Aranzadi

5.250

24

40

24

100

24

275 250

24 24

95

24

400

24

495

24

200

24

220

24

195

24

415

24

425

24

265

24

2.225

24

19

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0618

33

001

0618

33

003

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33

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33

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33

0618 0618

33 36

201

0618

36

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36

003

0621

00

0621

00

03 de julio de 2009

Codo pasivo para prótesis de desarticulación de codo Codo pasivo para estructura endoesquelétic a Codo pasivo para estructura exoesquelética Articulaciones de codo funcionales Codo activo para prótesis de desarticulación de codo Codo activo con sistema de bloqueo en doce posiciones Codo activo con sistema de bloqueo multiposicional Codo activo con sistema de bloqueo multiposicional y flexión asistida Articulaciones de codo eléctricas Codo eléctrico ARTICULACIO NES DE HOMBRO Hombro pasivo de flexo-extensión multiposicional Hombro pasivo de flexo-extensión y abducción/adu cción PRÓTESIS ESTÉTICAS Y NO FUNCIONALES DEL MIEMBRO SUPERIOR Prótesis no © Thomson Aranzadi

250

24

350

24

325

24

830

24

935

24

900

24

1.550

24

5.450

24

215

24

305

24

20

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0621

00

001

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10

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10

001

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10

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015

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10

020

03 de julio de 2009

funcionales del miembro superior Prótesis estética para amputación de mano. Artículo completo que no precisa accesorios Guante/Manopl a estético. Sólo como recambio Funda estética. Sólo como recambio en prótesis endoesquéletic as ENCAJES DE PRÓTESIS DE MIEMBRO SUPERIOR Sólo como recambio Encaje infracondilar de prótesis funcional para desarticulación de muñeca Encaje supracondilar de prótesis funcional para desarticulación de muñeca Encaje infracondilar de prótesis mioeléctrica para desarticulación de muñeca Encaje supracondilar de prótesis mioeléctrica para desarticulación de muñeca Encaje infracondilar para prótesis de antebrazo Encaje supracondilar para prótesis de antebrazo © Thomson Aranzadi

420

24

165

12

165

18

665

18

750

18

800

18

900

18

1.300

18

1.400

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21

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0621

10

025

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20

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001

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007

0621

20

009

03 de julio de 2009

Encaje de prótesis para desarticulación de codo Encaje de prótesis de brazo Encaje de prótesis de brazo con sistema de suspensión de silicona Encaje de prótesis para desarticulación de hombro Encaje de prótesis para desarticulación interescapulot orácica SISTEMAS DE SUSPENSIÓN DE PRÓTESIS DE MIEMBRO SUPERIOR Sólo como recambio Sistema de suspensión de prótesis para desarticulación de muñeca (abrazadera o corselete) Sistema de suspensión para prótesis de antebrazo (abrazadera o corselete) Sistema de suspensión de prótesis para desarticulación de codo (abrazadera o corselete) Sistema de suspensión para prótesis de brazo (abrazadera o corselete) Sistema de suspensión de prótesis para desarticulación de hombro © Thomson Aranzadi

775

18

800

18

975

18

950

18

1.100

18

130

18

130

18

75

18

130

18

80

18

22

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0621

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011

0621 0621

20 30

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001

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03 de julio de 2009

(abrazadera o corselete) Sistema de suspensión de prótesis para desarticulación interescapulot orácica (abrazadera o corselete) Correaje SISTEMAS DE ACCIONAMIEN TO Y CONTROL DE PRÓTESIS DE M. SUPERIOR Sistema accionamiento o control mecánico para prótesis desarticulación de muñeca. Sólo como recambio Sistema accionamiento o control mecánico para prótesis de antebrazo. Sólo como recambio Sistema accionamiento o control mecánico para prótesis de desarticulación de codo. Sólo como recambio Sistema accionamiento o control mecánico para prótesis de desarticulación de hombro. Sólo como recambio Sistema accionamiento o control mecánico para prótesis de desarticulación interescapulot orácica. Sólo como recambio © Thomson Aranzadi

80

18

115

18

95

18

120

18

170

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295

18

295

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23

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03

0624

03

03 de julio de 2009



Electrodo de dos canales de accionamiento eléctrico. Para prótesis nueva o recambio Dos electrodos de dos canales de accionamiento eléctrico. Para prótesis nueva o recambio Dos electrodos de dos canales de accionamiento eléctrico y distribuidor. Para prótesis nueva o recambio Cable electrodo. Sólo como recambio Microllave de accionamiento eléctrico. Sólo como recambio Batería de níquel-cadmio. Sólo como recambio Batería de litio. Sólo como recambio Cargador para batería de níquel-cadmio. Sólo como recambio Cargador para batería de litio. Sólo como recambio PRÓTESIS DE MIEMBRO INFERIOR – PRÓTESIS PARCIALES DE PIE, INCLUYENDO PRÓTESIS DE DEDOS Prótesis para amputación parcial o total de dedos del © Thomson Aranzadi

850

18

1.475

18

2.275

18

70

12

420

18

290

12

445

12

285

24

515

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24

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

03

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001

201

pie Prótesis completa para amputación parcial o total de dedos. Plantilla protésica sustituyendo el segmento amputado Prótesis para amputación transmetatarsi ana o para desarticulación de Lisfranc Prótesis de amputación transmetatarsi ana. Plantilla protésica sustituyendo el segmento amputado y reconstrucción del arco transverso y longitudinal Prótesis para amputación transmetatarsi ana (de Lisfranc). Botín con plantilla de reconstrucción del arco interno y relleno de antepié Prótesis para amputación transmetatarsi ana (de Lisfranc) con férula posterior dinámica y relleno de antepié Prótesis para la amputación de Chopart Prótesis para amputación parcial de pie (de Chopart). Botín con material elástico y relleno anterior © Thomson Aranzadi

150

24

160

24

400

24

390

24

500

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

301

001

001

Prótesis para amputación parcial de pie (de Chopart). Férula posterior dinámica y relleno de antepié Prótesis para amputación parcial de pie (de Chopart). Hemivalva anterior laminada, apoyos y cierres supracondilare s y relleno antepié Prótesis para la amputación de Pirogoff Prótesis para amputación parcial de pie (de Pirogoff) PRÓTESIS DE DESARTICULA CIÓN DE TOBILLO Prótesis para desarticulación de tobillo tipo Syme. Incluido pie protésico. Artículo completo que no precisa accesorios PRÓTESIS TRANSTIBIAL (DEBAJO DE LA RODILLA) Prótesis transtibiales con encaje PTB Prótesis transtibial de estructura endoesquelétic a con encaje PTB (incluye funda estética y media). El sistema de suspensión y el pie a elegir, © Thomson Aranzadi

300

24

795

24

890

24

1.150

24

1.425

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26

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

003

y se financian a parte Prótesis transtibial de estructura exoesquelética con encaje PTB (incluye media). El sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transtibiales con encaje PTS Prótesis transtibial de estructura endoesquelétic a con encaje PTS (incluye funda estética y media). Pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transtibial de estructura exoesquelética con encaje PTS (incluye media). Pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transtibiales con encaje KBM Prótesis transtibial de estructura endoesquelétic a con encaje KBM (incluye funda estética y media). Pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transtibial de estructura exoesquelética con encaje KBM (incluye media). Pie a © Thomson Aranzadi

1.100

24

1.400

24

1.170

24

1.500

24

1.125

24

27

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

elegir, y se financian a parte Prótesis transtibiales con encaje 3S Prótesis transtibial de estructura endoesquelétic a con encaje 3S (incluye funda estética, encaje y media). El sistema de suspensión, en su caso, y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transtibial de estructura exoesquelética con encaje 3S (incluye media). El sistema de suspensión, en su caso, y el pie a elegir, y se financian a parte Complementos y recambios de prótesis tibiales Barras laterales de un eje. Para prótesis nueva o recambio Barras laterales de dos ejes. Para prótesis nueva o recambio Corselete de suspensión para prótesis PTB. Para prótesis nueva o recambio Corselete femoral. Para prótesis nueva o recambio Rodillera o suspensor © Thomson Aranzadi

1.900

24

1.600

24

175

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290

24

185

24

290

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18 28

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

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12

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12

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001

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003

03 de julio de 2009

elástico para prótesis tibial. Para prótesis nueva o recambio Válvula de succión para encaje tibial. Para prótesis nueva o recambio Funda estética tibial para prótesis de estructura endoesquelétic a. Sólo como recambio Media tibial. Sólo como recambio Media tibial de silicona. Para prótesis nueva o recambio PRÓTESIS DE DESARTICULA CIÓN DE RODILLA Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo distal Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo distal, de estructura endoesquelétic a (incluye funda estética y media). La articulación de rodilla y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo distal, de estructura exoesquelética (incluye media). La articulación de rodilla y el pie a elegir, y se financian a parte © Thomson Aranzadi

85

12

200

18

15

6

80

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1.625

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1.175

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29

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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201

001

Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo isquiático Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo isquiático, de estructura endoesquelétic a (incluye funda estética y media). La articulación de rodilla y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo isquiático, de estructura exoesquelética (incluye media). La articulación de rodilla y el pie a elegir, y se financian a parte Recambios de prótesis para desarticulación de rodilla Funda estética de prótesis para desarticulación de rodilla de estructura endoesquelétic a PRÓTESIS TRANSFEMOR AL (ENCIMA DE LA RODILLA) Prótesis transfemoral de estructura endoesquelétic a con encaje cuadrangular (incluye funda estética y media). La © Thomson Aranzadi

1.700

24

1.100

24

200

18

1.900

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

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03 de julio de 2009

articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura exoesquelética con encaje cuadrangular (incluye media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura endoesquelétic a con encaje ISNY(incluye funda estética y media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura exoesquelética con encaje ISNY(incluye media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura endoesquelétic a con encaje CAT-CAM (incluye funda estética y media). La © Thomson Aranzadi

1.200

24

2.150

24

1.450

24

2.300

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

101

articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura exoesquelética con encaje CAT-CAM (incluye media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura endoesquelétic a con encaje de contacto total (incluye funda estética y media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Prótesis transfemoral de estructura exoesquelética con encaje de contacto total (incluye media). La articulación de rodilla, el sistema de suspensión y el pie a elegir, y se financian a parte Complementos prótesis transfemorales Válvula de succión para encaje femoral. Para prótesis © Thomson Aranzadi

1.650

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2.400

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1.700

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

nueva o recambio Cinturón pélvico con correa lateral. Para prótesis nueva o recambio Cinturón pélvico con correa lateral y polea medial. Para prótesis nueva o recambio Cinturón pélvico con articulación de cadera de acero de un eje libre o similar y polea media. Para prótesis nueva o recambio Cinturón pélvico con articulación de cadera de acero de un eje libre cierre de anilla o similar. Para prótesis nueva o recambio Cinturón pélvico con articulación de cadera de un eje, cierre de anilla y movimiento de abducción. Para prótesis nueva o recambio Cinturón silesiano. Para prótesis nueva o recambio Cinturón de neopreno o tejido elástico. Para prótesis nueva o recambio Bandolera por encima del hombro. Para prótesis nueva © Thomson Aranzadi

90

18

115

18

255

18

235

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105

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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21

03 de julio de 2009

001

o recambio Arnés con tirantes. Para prótesis nueva o recambio Funda estética femoral para prótesis de estructura endoesquelétic a. Sólo como recambio Media femoral. Sólo como recambio Media femoral de silicona. Sólo como recambio PRÓTESIS PARA DESARTICULA CIÓN DE CADERA Prótesis para desarticulación de cadera de estructura endoesquelétic a (incluye funda estética y media). La articulación de cadera y de rodilla, y el pie a elegir, y se financian a parte Recambios de prótesis para desarticulación de cadera Cesta pélvica (encaje) Funda estética de prótesis para desarticulación de cadera de estructura endoesquelétic a Media de prótesis para desarticulación de cadera PRÓTESIS PARA HEMIPELVECT © Thomson Aranzadi

175

18

345

18

20

6

90

12

2.800

24

830

18

365

18

30

6

34

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

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27

0624

27

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001

0624 0624 0624

27 27 27

003 005

0624 0624 0624 0624 0624

27 27 27 27 27

101

0624

27

207

0624 0624 0624

27 30 30

209

03 de julio de 2009

001

201 203 205

001

OMÍA Prótesis para hemipelvectom ía de estructura endoesquelétic a (incluye funda estética y media). La articulación de cadera y de rodilla, y el pie a elegir, y se financian a parte Recambios de prótesis para hemipelvectom ía Funda estética de prótesis para hemipelvectom ía de estructura endoesquelétic a Media de prótesis para hemipelvectom ía PIES PROTÉSICOS No se incluyen pies con almacenamient o de energía o similares Pies no articulados Pie no articulado Pie Sach Pie geriátrico Pies articulados Pie articulado Pies dinámicos Pie dinámico Pie Greissinger Pie Greissinger Plus Pie especial para Syme Pie Quántum ROTADORES Rotador o dispositivo de unión entre © Thomson Aranzadi

2.900

24

375

18

30

6

150

24

150 160

24 24

240

24

275 260 625

24 24 24

300

24

310

24

460

24

35

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

33

0624

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33

001

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005

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007

0624

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03 de julio de 2009

segmentos protésicos de prótesis endoesquelétic a (de bloqueo o de torsión). Sólo como recambio ARTICULACIO NES DE RODILLA Articulaciones de rodillas monocéntricas Rodilla endoesquelétic a monocéntrica libre con bloqueo a voluntad Rodilla endoesquelétic a monocéntrica libre, con dispositivo de recuperación mecánica a la extensión y control de flexoextensión durante la fase de balanceo Rodilla endoesquelétic a monocéntrica libre, con dispositivo de recuperación mecánica a la extensión y sistema de freno durante la fase de apoyo del pie Rodilla exoesquelética monocéntrica libre, con recuperación mecánica a la extensión y control de la flexoextensión durante la fase de balanceo y sistema de freno durante la fase de apoyo del pie Articulaciones © Thomson Aranzadi

425

24

425

24

450

24

725

24

36

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

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201

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33

305

03 de julio de 2009

101

de rodillas policéntricas Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes, con recuperación mecánica a la extensión Articulaciones de rodillas con control neumático Rodilla endoesquelétic a monocéntrica con recuperación neumática y control en la fase de apoyo Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes, con recuperación neumática y control en fase de apoyo Articulaciones de rodilla con control hidráulico Rodilla endoesquelétic a monocéntrica libre, con dispositivo de recuperación hidráulico a la extensión y control de flexoextensión durante la fase de balanceo Rodilla endoesquelétic a monocéntrica libre, con control hidráulico del balanceo y de la frenada en la fase de apoyo Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes, © Thomson Aranzadi

1.050

24

1.800

24

2.200

24

1.800

24

3.225

24

4.075

24

37

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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33

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501

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33

505

03 de julio de 2009

307

con recuperación hidráulica a la extensión Sistema de rodilla y tobillo de control hidráulico en las diferentes fases de la marcha Articulaciones de rodillas por barras externas Articulación mecánica con un eje Articulación mecánica con bloqueo Articulación mecánica con tope oculto y rodamientos Articulaciones de rodilla para desarticulación Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes para desarticulación de la rodilla con sistema de bloqueo a voluntad, y con recuperación a la extensión Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes para desarticulación de la rodilla con dispositivo de recuperación mecánica, y extensión y control de la flexoextensión durante la fase de balanceo Rodilla endoesquelétic a policéntrica de cuatro ejes © Thomson Aranzadi

5.200

24

200

24

215

24

360

24

1.125

24

1.035

24

3.750

24

38

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

36

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001

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007

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39

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003

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39

005

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007

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39

011

0624

39

012

03 de julio de 2009

para desarticulación de la rodilla, con recuperación hidráulica a la extensión ARTICULACIO NES DE CADERA Articulación de cadera endoesquelétic a monocéntrica Articulación de cadera endoesquelétic a con bloqueo Articulación de cadera endoesquelétic a monocéntrica, libre con dispositivo de alineación incorporado Articulación de cadera exoesquelética monocéntrica ENCAJES TIBIALES Encaje tibial para prótesis PTB. Sólo como recambio Encaje tibial para prótesis PTS. Sólo como recambio Encaje tibial para prótesis KBM. Sólo como recambio Encaje tibial para prótesis 3S. Sólo como recambio Encaje tibial interior (forro o vaina) de silicona. Para prótesis nueva o recambio Encaje tibial interior (forro o vaina) de silicona gruesa © Thomson Aranzadi

500

24

585

24

660

24

305

24

550

18

550

18

600

18

675

18

395

12

410

12

39

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

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003

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011

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42

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001

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003

0624

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005

0624

42

007

0624

42

011

03 de julio de 2009

013

(6 mm). Para prótesis nueva o recambio Encaje tibial interior (forro o vaina) de gel de polímero viscoelástico grueso. Para prótesis nueva o recambio ENCAJES DE DESARTICULA CIÓN DE RODILLA Encaje de prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo distal. Sólo como recambio Encaje de prótesis para desarticulación de rodilla con apoyo isquiático. Sólo como recambio Encaje interior (forro o vaina) de prótesis para desarticulación de rodilla. Para prótesis nueva o recambio ENCAJES FEMORALES Encaje femoral cuadrangular. Sólo como recambio Encaje femoral ISNY. Sólo como recambio Encaje femoral CAT-CAM. Sólo como recambio Encaje femoral de contacto total de silicona. Sólo como recambio Encaje femoral interior (forro o vaina) de © Thomson Aranzadi

575

12

600

18

665

18

275

12

600

18

875

18

1.000

18

1.085

18

310

12

40

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

48

0624

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0624

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03 de julio de 2009

001

101

201

silicona. Para prótesis nueva o recambio Encaje femoral interior (forro o vaina) de silicona gruesa (6 mm). Para prótesis nueva o recambio Encaje femoral interior (forro o vaina) de gel de polímero viscoelástico grueso. Para prótesis nueva o recambio PRÓTESIS TEMPORALES PARA MOVILIZACIÓN PRECOZ DE LOS AMPUTADOS DE MIEMBROS INFERIORES Prótesis temporales para desarticulación de tobillo Prótesis temporal para desarticulación de tobillo, con pie incluido Prótesis temporales para amputación tibial Prótesis temporal para amputación tibial, con pie a elegir, que se financia a parte, y aprovechable para la prótesis definitiva Prótesis temporales para desarticulación de rodilla Prótesis temporal para desarticulación © Thomson Aranzadi

410

12

575

12

605

Única

575

Única

600

Única

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0624

48

0624

48

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48

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0690

00

0690

00

03 de julio de 2009

301

401

001

de rodilla, con pie y rodilla a elegir, que se financian a parte, y aprovechables para la prótesis definitiva Prótesis temporales para amputación femoral Prótesis temporal para amputación femoral, con pie y rodilla a elegir, que se financian a parte, y aprovechables para la prótesis definitiva Prótesis temporales para desarticulación de cadera Prótesis temporal para desarticulación de cadera, con pie, rodilla y cadera a elegir, que se financian a parte, y aprovechables para la prótesis definitiva ORTOPRÓTESI S PARA AGENESIAS Precisa informe clínicoradiológi co y descripción de los componentes ortoprotésicos que la componen con sus importes Ortoprótesis para agenesias o malformacione s congénitas © Thomson Aranzadi

750

Única

800

Única

Según presupuesto

24

42

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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00

003

de miembro superior Ortoprótesis para agenesias o malformacione s congénitas de miembro inferior SILLAS DE RUEDAS SILLAS DE RUEDAS MANUALES Para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que impidan de forma permanente la marcha independiente. De forma estandar estas sillas contienen reposabrazos, reposapiés, asiento y respaldo adaptables a las características del usuario. Se excluyen las sillas de rueda manuales con ruedas grandes delanteras maniobradas por los dos brazos, las sillas de ruedas propulsadas por el pie y las sillas de ruedas con motor. Las sillas de ruedas para © Thomson Aranzadi

Según presupuesto

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas han de ser prescritas por médicos especialistas en la materia correspondient e a la patología Sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es Sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es no plegables o rígidas Silla de ruedas manual no autopropulsabl e rígida Silla de ruedas manual no autopropulsabl e rígida de material ligero. Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas © Thomson Aranzadi

300

36

800

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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Silla de ruedas manual no autopropulsabl e rígida con bloque asiento-respald o postural separable, a medida o modular, incluido. Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas Silla de ruedas manual no autopropulsabl e no plegable o rígida para niños, desmontable con respaldo, reposabrazos y reposapiés desmontables y graduables, y cinturón para sujeción de tronco Sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es plegables (no tipo paraguas) Silla de ruedas manual no autopropulsabl e plegable Silla de ruedas manual no autopropulsabl e plegable Silla de ruedas manual no autopropulsabl © Thomson Aranzadi

2.750

36

500

36

350

36

825

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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e plegable de material ligero. Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas Sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es plegables para alteraciones funcionales infantiles. Este tipo de sillas de ruedas están indicadas en niños con parálisis cerebral infantil u otras alteraciones funcionales con imposibilidad para caminar y para propulsar otro tipo de sillas de ruedas de forma autónoma Silla de ruedas manual no autopropulsabl e plegable, tipo paraguas o tipo nido Silla de ruedas manual no autopropulsabl e plegable, tipo ajustable con bloque asiento-respald o postural © Thomson Aranzadi

600

36

2.900

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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separable, modular o a medida, incluido Sillas de ruedas manuales autopropulsabl es Sillas de ruedas manuales autopropulsabl es no plegables o rígidas Silla de ruedas manual autopropulsabl e rígida Silla de ruedas manual autopropulsabl e rígida de material ligero. Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas Silla de ruedas manual autopropulsabl e rígida con sistema de doble aro en ruedas traseras. Para personas con un sólo miembro superior útil para la propulsión (p. ej. hemipléjicos) Silla de ruedas manual autopropulsabl © Thomson Aranzadi

365

36

800

36

500

36

950

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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e rígida, con palanca propulsora y de dirección para la utilización con un solo brazo. Para personas con un solo miembro superior útil para la propulsión (p. ej. hemipléjicos) Sillas de ruedas manuales autopropulsabl es plegables Silla de ruedas manual autopropulsabl e plegable Silla de ruedas manual autopropulsabl e plegable para amputados Silla de ruedas manual autopropulsabl e plegable de material ligero. Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas Silla de ruedas manual autopropulsabl e plegable con sistema de doble aro en ruedas traseras. Para personas con un sólo © Thomson Aranzadi

455

36

480

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825

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550

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

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miembro superior útil para la propulsión (p. ej. hemipléjicos) Silla de ruedas manual autopropulsabl e plegable de material ligero con ruedas traseras desmontables y sistema de doble aro. Para personas con un solo miembro superior útil para la propulsión (p. ej. hemipléjicos), estilo de vida activo y que no presenten espasticidad extrema SILLAS DE RUEDAS ELÉCTRICAS Para pacientes con limitaciones funcionales graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que impidan de forma permanente la marcha independiente y que, además, cumplan los requisitos siguientes: Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las © Thomson Aranzadi

1.000

36

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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001

extremidades superiores. Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas. Sólo pueden ser prescritas por especialistas en medicina física y rehabilitación Sillas de ruedas con motor eléctrico y dirección eléctrica (pequeña, mediana y grande) Sillas de ruedas con motor eléctrico y dirección eléctrica (pequeña, mediana y grande), con función sube bordillos. Sólo para personas con estilo de vida activo y necesidad de desplazamient os frecuentes en el exterior ACCESORIOS PARA SILLAS DE RUEDAS ASIENTOS Y RESPALDOS Asiento estándar (flexible o rígido). Sólo como recambio © Thomson Aranzadi

3.625

48

4.100

48

75

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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Tapizado silla de ruedas. Sólo como recambio Asiento acolchado. Sólo como recambio Asiento inodoro. Sólo como recambio para sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es rígidas Asiento postural de tipo modular o similar acoplable a sillas de ruedas para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas. Sólo como recambio para las sillas de ruedas con códigos 1221 00 005 y 1221 00 013 y para las sillas de ruedas eléctricas Asiento-respal do postural modular o medida para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli © Thomson Aranzadi

100

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas. Sólo como recambio para las sillas de ruedas con códigos 1221 00 005 y 1221 00 013 y para las sillas de ruedas eléctricas Respaldo estándar (flexible o rígido). Sólo como recambio Prolongación de respaldo. Sólo como recambio para sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es plegables Respaldo reclinable. Sólo como recambio para sillas de ruedas manuales no propulsables, tanto rígidas como plegables y en sillas de ruedas eléctricas Respaldo postural modular o a medida acoplable a sillas de ruedas para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli © Thomson Aranzadi

90

18

45

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100

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas. Sólo como recambio para las sillas de ruedas con códigos 1221 00 004 y 1221 00 013 y para las sillas de ruedas eléctricas BANDEJAS Bandeja/mesa desmontable especial. Como accesorio o recambio FRENOS Frenos (unidad). Sólo como recambio NEUMÁTICOS Y RUEDAS Ruedas delanteras o pequeñas (unidad). Sólo como recambio Ruedas traseras grandes (unidad). Sólo como recambio BATERÍAS Y CARGADORES Baterías para sillas de ruedas eléctricas (par). Sólo como recambio OTROS ACCESORIOS DE SILLAS DE RUEDAS CHASIS O BASTIDOR Chasis o bastidor para las sillas de ruedas © Thomson Aranzadi

100

18

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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manuales con códigos 1221 00 005 y 1221 00 013. Sólo como recambio APOYOS POSTURALES PARA LA SILLA DE RUEDAS, INCLUIDOS TACOS Y CORREAS Apoyos posturales (cinturón pélvico, pectoral, abdominal, anclajes, chaleco, cinchas, tacos y cuñas, etc.). (Unidad). Como accesorios o recambios REPOSABRAZ OS Reposabrazos (unidad). Sólo como recambio REPOSACABE ZAS Reposacabeza s (unidad). Como accesorio de sillas de ruedas manuales no autopropulsabl es plegables o como recambio REPOSAPIÉS Reposapiés (par). Sólo como recambio DOBLE ARO PARA AUTOPROPUL SIÓN CON UN SOLO BRAZO Doble aro para afectados de hemiplejia (unidad). Como accesorio o recambio en sillas de © Thomson Aranzadi

80

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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ruedas manuales autopropulsabl es ORTESIS No se consideran incluidos: Los artículos que tengan la consideración de efectos y accesorios (tejidos elásticos destinados a la protección o reducción de lesiones o malformacione s internas, como puedan ser: fajas elásticas, tobilleras, rodilleras, muñequeras, musleras, coderas, hombreras, pantorrilleras, medias, etc.). Las fajas preventivas Los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo ORTESIS DE COLUMNA VERTEBRAL ORTESIS LUMBO-SACR AS Ortesis lumbosacras semirrígidas Ortesis lumbosacra semirrígida estándar Ortesis lumbosacra semirrígida a medida Ortesis lumbosacras rígidas, estándar Ortesis © Thomson Aranzadi

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18

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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03 de julio de 2009

111

021

lumbosacra rígida estándar Ortesis lumbosacra tipo Knight Ortesis lumbosacra dinámica tipo Williams, a medida Ortesis lumbosacras rígidas, a medida Ortesis lumbosacra rígida a medida ORTESIS DORSO-LUMB O-SACRAS (DORSO LUMBARES) Ortesis dorsolumbares semirrígidas Ortesis dorsolumbar semirrígida estándar Ortesis dorsolumbar semirrígida a medida (tipo Taylor o similar) Ortesis para «Pectus Carinatum» o tórax en quilla Ortesis para «Pectus Carinatum» o tórax en quilla Ortesis dorsolumbares rígidas Ortesis dorsolumbar rígida para inmovilización Ortesis dorsolumbar tipo Taylor, estándar Ortesis dorsolumbar rígida para cifolordosis, a medida © Thomson Aranzadi

210

24

365

24

485

24

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0603

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Ortesis dorsolumbares rígidas para escoliosis Corsé de Stagnara o Lyonés Corsé de Michel Corsé de Cheneau Corsé de Boston Ortesis de inclinación lateral de uso nocturno Ortesis de Kallabis Ortesis de hiperextensión Ortesis de hiperextensión de Jewett Lechos posturales Lecho postural de Dennis-Brown, para tratamiento de la escoliosis del lactante Lecho postural a medida ORTESIS CERVICALES Ortesis cervical (collarín) blando sin apoyo Ortesis cervical (collarín) semirrígido sin apoyo Ortesis cervical (collarín) semirrígido con apoyo mentoniano Ortesis cervical (collarín) con apoyo occipitomento niano (Tipo © Thomson Aranzadi

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No

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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Philadelphia) ORTESIS CERVICO-TOR ÁCICAS Ortesis cervicotorácica s cortas Ortesis cervical tipo Soy (minerva de duraluminio maleable con apoyo occipitomento niano graduable, con o sin cincha de inmovilización frontal) Ortesis cervicotorácica s largas Minerva larga sobre molde Minerva larga prefabricada Chaleco para halo Chaleco para halo ORTESIS CÉRVICO-DOR SO-LUMBO-SA CRAS Corsé de MiIWaukee Corsé de MiIWaukee con cesta pélvica en cuero y supraestructur a Corsé de MiIWaukee con cesta pélvica en termoplástico y supraestructur a Supraestructur as Supraestructur a para corsé de MiIWaukee adaptada a corsé. Sólo como recambio Recambios de ortesis © Thomson Aranzadi

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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cérvico-dorso-l umbo-sacras Cesta pélvica en cuero. Sólo como recambio Cesta pélvica en termoplástico. Sólo como recambio Tirante. Sólo como recambio Muletilla. Sólo como recambio Hombrera. Sólo como recambio Cambio de placa. Sólo como recambio Cambio de apoyo. Sólo como recambio Anillo cervical completo. Sólo como recambio Prolongación glótica de plástico para corsé de Milwaukee. Sólo como recambio Almohadillas occipitales para corsé de Milwaukee. Sólo como recambio Guarnecido de barras posteriores y anteriores para corsé de Milwaukee Collarete cervical de Milwaukee. Sólo como recambio ORTESIS DE MIEMBRO SUPERIOR ORTESIS DE DEDO Férulas pasivas de dedos Férula pasiva © Thomson Aranzadi

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para mantener el dedo pulgar en oposición o abducción, en material rígido Férula pasiva para mantener las articulaciones de un dedo en una posición determinada, en termoplástico Férula pasiva para mantener las articulaciones de un dedo en una posición determinada, metálica Férula pasiva para mantener las articulaciones de dedos en una posición determinada, en termoplástico Férula pasiva tipo dedal para mantener la falange distal de un dedo en extensión, en material rígido Férulas activas de dedos Férula activa para mantener el dedo pulgar en oposición o abducción, estándar Férula activa para mantener el dedo pulgar en oposición o abducción, a medida Férula activa para mantener en extensión una o varias articulaciones de un dedo, estándar Férula activa © Thomson Aranzadi

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para mantener en extensión una o varias articulaciones de un dedo, a medida Férula activa para la flexión de las articulaciones interfalángicas de uno o varios dedos, estándar Férula activa para la flexión de las articulaciones interfalángicas de uno o varios dedos, a medida ORTESIS DE MANO Férulas pasivas de mano Férula pasiva para mantener las articulaciones metacarpofalán gicas en una posición determinada, en material rígido o semirrígido (termoplástico o metálico) Férulas activas de mano Férula activa para la extensión de las articulaciones metacarpofalán gicas Férula activa para la flexión de las articulaciones metacarpofalán gicas Férula activa para la flexión de las articulaciones metacarpofalán © Thomson Aranzadi

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gicas con aditamento extensor de dedos Férula activa para la extensión de las articulaciones metacarpofalán gicas con aditamento extensor/abduc tor de pulgar Férula activa para la flexión de las articulaciones metacarpofalán gicas con aditamento extensor de pulgar ORTESIS DE MUÑECA Y MANO Ortesis pasivas de muñeca y mano Ortesis pasiva de muñeca, en material elástico Ortesis pasiva de muñeca, en material rígido o semirrígido (termoplástico o metálico) Ortesis pasiva de muñeca y mano, en material elástico Ortesis pasiva de muñeca y mano, en material rígido o semirrígido (termoplástico o metálico) Ortesis pasiva de muñeca y mano a medida, en material rígido o semirrígido (termoplástico o metálico) Ortesis activas © Thomson Aranzadi

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de muñeca y mano Ortesis activa de muñeca, en termoplástico o duraluminio Ortesis activa extensora de las articulaciones metacarpofalán gicas con estabilización de la articulación de la muñeca Ortesis activa flexora de las articulaciones metacarpofalán gicas con estabilización de la articulación de la muñeca ORTESIS DE MUÑECA, MANO Y DEDOS Ortesis pasivas de muñeca, mano y dedos Férula pasiva de muñeca, mano y dedo o dedos, en material elástico Férula pasiva de muñeca, mano y dedo o dedos, en material rígido (termoplástico) Ortesis activas de muñeca, mano y dedos Férula activa extensora de articulaciones metacarpofalán gicas y aditamento extensor de dedo o dedos Férula activa flexora de articulaciones metacarpofalán gicas y © Thomson Aranzadi

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aditamento flexor de dedo o dedos Férula activa flexora de articulaciones metacarpofalán gicas y aditamento extensor de dedo o dedos ORTESIS DE CODO Férulas pasivas de codo Férula pasiva de antebrazo, en material rígido Férula pasiva de codo sin articulación, en material rígido Férulas activas de codo Férula activa de codo con articulación. La articulación de codo a elegir, y se financia a parte Componentes de ortesis de codo Sistema de control de codo mediante tensor longitudinal ORTESIS DE CODO Y HOMBRO Férulas pasivas de codo y hombro Férula pasiva de brazo para inmovilización ósea en material rígido, estándar Férula pasiva de brazo para inmovilización ósea en material rígido, a medida © Thomson Aranzadi

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ORTESIS DE HOMBRO, CODO Y MUÑECA Férulas pasivas de hombro, codo y muñeca Férula pasiva de hombro, codo y muñeca en material rígido, sin articulación, estándar Férula pasiva de hombro, codo y muñeca en material rígido, sin articulación, a medida Férula pasiva de hombro, codo y muñeca en material rígido, con posibilidad de modificar las posiciones articulares Férula para parálisis del plexo braquial, obstétrica o infantil Férulas activas de hombro, codo y muñeca Férula de hombro, codo y muñeca, con articulaciones. Artículo completo que no precisa accesorios Férula para parálisis del plexo braquial del adulto, estándar Férula para parálisis del plexo braquial multiarticulada, con accionamiento mediante un tirante © Thomson Aranzadi

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cinemático para poder efectuar pinza tridigital ARTICULACIO NES DE MUÑECA Sólo como recambio Articulaciones de muñeca mecánicas Articulación de muñeca de un eje (monocéntrica s) Articulación de muñeca policéntrica ARTICULACIO NES DE CODO Sólo como recambio, excepto para las ortesis en que se indique articulación a elegir Articulaciones de codo mecánicas Articulación de codo monocéntrica (par) Articulación de codo tipo tornillo sin fin Articulación de codo tipo cremallera o rueda dentada Articulación de codo policéntrica (par) Sistema de control de codo mediante semicírculo graduable ARTICULACIO NES DE HOMBRO Sólo como recambio Articulación de hombro pasiva © Thomson Aranzadi

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Articulación de hombro esférica Articulación de hombro helicoidal ORTESIS DE MIEMBRO INFERIOR ORTESIS DE PIE Y TOBILLO (TIBIALES) Ortesis de pie pasivas Férula posterior pasiva tibial Férula postural antidecúbito de talón Férula de Dennis Browne Férula de Dennis Browne con garras Férula de Saint Germain Botín multiarticulado para las deformidades congénitas del pie (metatarso-var oaciductus, pie supinado, pie cavo congénito, etc.) Ortesis de tobillo pasivas Ortesis para la inmovilización de la articulación tibiotarsiana, en material rígido Ortesis de pierna pasivas Polaina desde el tobillo hasta debajo de la rodilla Ortesis de pie activas Férula posterior antiequino dinámica © Thomson Aranzadi

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Férula posterior antiequino dinámica. Rancho los Amigos, estándar Férula posterior antiequino dinámica. Rancho los Amigos, a medida Ortesis de tobillo activas Ortesis funcional tipo PTB (patelar tendón bearing) con articulación de tobillo flexible unida a cazoleta del talón, en termoplástico Ortesis tibial de marcha en descarga con suela de balancín Ortesis de control medio lateral de la articulación tibiotarsiana, por sistema de hemivalvas termoplásticas Ortesis de control medio lateral de la articulación tibiotarsiana, por sistema de hemivalvas termoplásticas y cámara de aire o silicona Ortesis de control medio lateral de la articulación del tobillo con sistema de tracción antiesguinces y cierre de cordonera en © Thomson Aranzadi

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zona anterior Ortesis dinámica para ligamentos laterales del tobillo Ortesis de pierna activas Bitutor corto sin articulación Bitutor corto con articulación de tobillo a elegir, y se financia a parte Bitutor de Klenzack Ortesis dinámica antiequino Ortesis para la descarga del pie, con apoyo de tendón rotuliano Componentes de ortesis de pie y tobillo (tibiales) Botín de cuero moldeado con articulación en tobillo. Para prótesis nueva (accesorio) o como recambio Cazoleta de talón en termoplástico con prolongacione s superiores flexibles Correa en forma de "T" para la corrección de varo o valgo ORTESIS DE RODILLA Ortesis de rodilla pasivas Ortesis pasiva para la inmovilización de rodilla, en material rígido Ortesis de © Thomson Aranzadi

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rodilla articulada para la estabilidad medio lateral y control de la flexo-extensión , con articulación de cierre de anillas Ortesis de rodilla activas Ortesis para el control de la rodilla Ortesis para la extensión asistida de la rodilla, con articulación de rodilla libre Ortesis para la flexión o extensión progresiva de la rodilla, mediante tornillo sin fin Ortesis para la flexión o extensión progresiva de la rodilla, mediante semicírculo graduable a voluntad Soporte anatómico para la articulación de la rodilla, con rodete rotuliano de compresión intermitente, con barras o flejes laterales Soporte anatómico para la articulación de la rodilla, con rodete rotuliano de compresión intermitente, sin barras o flejes laterales ORTESIS DE RODILLA, TOBILLO Y PIE © Thomson Aranzadi

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(FEMORALES) Ortesis de pierna (femorales) pasivas Férula con forma de cola de sirena Polaina de pie a muslo Ortesis tubular de muslo y pierna Ortesis de valva posterior de muslo y pierna rígida Ortesis de muslo pasiva Férula de abducción Muslera conformada en termoplástico, estándar Muslera conformada en termoplástico, a medida Ortesis de rodilla (femorales) activas Ortesis estabilizadora de rodilla, en material rígido Ortesis correctora dinámica genu-valgo o varo, para corrección unilateral Ortesis correctora dinámica genu-valgo o varo, para corrección bilateral Ortesis de muslo activas Ortesis de Grenier Ortesis femoral QTB (quadriteral thigh bearing) © Thomson Aranzadi

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Componentes de ortesis de muslo, pierna y pie Semiaro femoral o tibial para ortesis de miembro inferior ORTESIS DE CADERA, INCLUYENDO ORTESIS DE ABDUCCIÓN Ortesis de cadera, incluyendo ortesis de abducción, pasivas Ortesis de inmovilización de cadera sin articulación Ortesis para la luxación congénita de cadera (Cojín o almohadilla de Frejka/Ortesis de Mignon) Ortesis para la luxación congénita de cadera (Férula de von Rosen) Ortesis para la luxación congénita de cadera (Férula de Ponsetí) Ortesis para la luxación congénita de cadera (Arnés de Pavlik) Ortesis modular inmovilizadora de cadera Ortesis lumbo-sacra rígida con muslera Ortesis de cadera, incluyendo ortesis de abducción, © Thomson Aranzadi

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activas Ortesis de Atlanta (o del Hospital Scottish Rite en Atlanta) ORTESIS DE CADERA, RODILLA, TOBILLO Y PIE Bitutores largos por encima de la rodilla Bitutor femoral metálico, con articulación de rodilla de cierre de anillas Bitutor femoral metálico, con articulación de rodilla de cierre suizo Bitutor femoral metálico, con encaje cuadrangular y articulación de rodilla de cierre de anillas Bitutor femoral metálico, con encaje cuadrangular y articulación de rodilla de cierre suizo Ortesis femoral TPV Férula de Thomas articulada Ortesis femoral de abducción en acero de Tachdjian Dispositivo estabilizador y reciprocador adaptado a ortesis de marcha bilateral. Sólo para pacientes lesionados medulares © Thomson Aranzadi

385

18

1.000

18

1.100

18

1.175

18

1.350

18

850

18

625

18

785

18

3.005

36

73

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0612

18

011

0612

18

013

0612

18

015

0612

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017

0612

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019

0612

18

0612

18

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021

dorsales (D5 a D12) completos sin complicacione s graves asociadas Bitutores largos con cinturón pélvico Bitutor femoral metálico, con articulación de rodilla, articulación de cadera y cinturón pélvico Bitutor femoral metálico, con encaje cuadrangular, articulación de rodilla de cierre de anillas, articulación de cadera y cinturón pélvico Bitutor femoral metálico, con encaje cuadrangular, articulación de rodilla de cierre suizo, articulación de cadera y cinturón pélvico Ortesis desrotadora femoral (Tvviester), unilateral Ortesis desrotadora femoral (Tvviester), bilateral Bitutores largos con corsé Bitutor femoral metálico, con articulación de rodilla de cierre de anillas, © Thomson Aranzadi

1.000

18

1.050

18

1.175

18

225

18

300

18

1.550

18

74

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0612

18

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18

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18

101

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21

0612

21

001

0612

21

002

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023

articulación de cadera y corsé pélvico Bitutor femoral metálico, con articulación de rodilla de cierre suizo, articulación de cadera y corsé pélvico Componentes de ortesis de cadera, rodilla, tobillo y pie Cinturón pélvico de acero para ortesis de miembro inferior. Para ortesis nueva o como recambio Barra para ortesis de miembro inferior. Para ortesis nueva o como recambio Estribo de miembro inferior. Para ortesis nueva o como recambio ARTICULACIO NES DE TOBILLO Sólo como recambio, excepto para las ortesis en que se indique articulación a elegir Articulación de tobillo no desmontable, colocada sobre un eje anatómico libre Articulación de tobillo no desmontable, colocada sobre un eje anatómico con control de movimientos mediante topes anterior y © Thomson Aranzadi

1.600

18

150

18

60

12

85

12

65

12

125

12

75

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0612

21

003

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21

004

0612

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21

006

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21

007

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21

008

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21

009

0612

24

03 de julio de 2009

posterior Articulación de tobillo desmontable mediante pivotes, con control de movimiento mediante topes anterior y posterior Articulación de tobillo desmontable, encastrada en el talón mediante pivotes, con control de movimiento mediante topes Articulación de tobillo de Klenzak, metálica, con control antiequino Articulación de tobillo telescópica para férulas de descarga Articulación de tobillo flexible, para ortesis termoconforma das Articulación de tobillo con flexoextensión graduable, para ortesis termoconforma das Articulación de tobillo con tope limitador de movimiento, para ortesis termoconforma das ARTICULACIO NES DE RODILLA Sólo como recambio, excepto para las ortesis en que se indique articulación a © Thomson Aranzadi

95

12

90

12

100

12

125

12

95

12

215

12

30

12

76

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0612

24

0612

24

000

0612

24

001

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009

0612

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201

0612

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203

0612

27

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elegir Articulaciones de rodilla Articulación de rodilla libre Articulación de rodilla libre, con eje atrasado Articulación de rodilla de cierre de anillas Articulación de rodilla de cierre suizo Articulación de rodilla policéntrica Articulación de rodilla mediante semicírculo graduable Articulación de rodilla libre de aluminio para valvas termoconforma das Articulación de rodilla de plástico con control de la flexoextensión mediante topes Articulación de rodilla de plástico flexible para ortesis termoconforma das Articulación de rodilla policéntricas para yesos funcionales Componentes articulación de rodilla Apoyo corrector de rodilla en valgo Correa correctora de rodilla en valgo o varo ARTICULACIO © Thomson Aranzadi

185

12

200

12

260

12

325

12

275

12

210

12

50

12

110

12

110

12

40

12

30

12

30

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0612

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001

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002

0612

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003

0612

27

005

0612

27

006

0612

27

007

0612

27

009

0633 0633

90

0633

90

000

0633

90

001

03 de julio de 2009

NES DE CADERA Sólo como recambio, excepto para las ortesis en que se indique articulación a elegir Articulación de cadera libre Articulación de cadera libre, con movimiento de abducción Articulación de cadera libre, de polipropileno Articulación de cadera con cierre de anillas Articulación de cadera con cierre de anillas y movimiento de abducción Articulación de cadera con cierre suizo (u oculto) Articulación de cadera policéntrica CALZADOS ORTOPÉDICOS CALZADOS ORTOPÉDICOS PARA GRANDES DEFORMIDAD ES Calzado ortopédico de plastozote o similar (par). Para pies artríticos, diabéticos, neuropáticos y postcirugía inmediata Calzado ortopédico a medida sobre molde de escayola u otro © Thomson Aranzadi

75

12

165

12

140

12

90

12

275

12

140

12

360

12

9014 años, 12 meses

45014 años, 12 meses

78

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0633

90

003

0633

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005

0630

0630

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18

0630

18

0630

30

0630

30

0630

30

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000

para grandes deformidades (par). Para pies zambos estructurados, equinos importantes y otras deformidades que impidan la adaptación del calzado convencional o de plastozote Botas ortopédicas tipo boxer adaptadas a ortesis de marcha (bitutor, etc...) (par) Calzado postcirugía inmediata de antepié (unidad) PRÓTESIS ESPECIALES PRÓTESIS ESPECIALES DISTINTAS DE LAS DE MIEMBROS PRÓTESIS DISTINTAS DE LAS DE MIEMBROS Prótesis de mama No se considera incluido el sujetador postoperatorio Prótesis de mama exógena (externa) de silicona sólida, con funda Prótesis de restauración de cara Para traumatismo, enfermedad o malformación congénita Prótesis oculares © Thomson Aranzadi

10514 años, 12 meses

30

Único

200

18

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0630

30

001

Prótesis ocular a medida

0630

30

003

0630

30

Prótesis esclerocorneal a medida Prótesis de restauración de órbita a medida

0630

30

0630

30

0630

30

0630

30

0630

30

0630

33

0630

33

001

0630 0630

89 89

001

1203 03 de julio de 2009

5 007

101

201

Prótesis corneal a medida Pabellón auricular a medida Pabellón auricular a media Prótesis de restauración de la nariz Prótesis de restauración de la nariz a medida Prótesis palatinas Para malformacione s congénitas, traumatismos y procesos oncológicos del paladar Prótesis palatinas Otras prótesis Ortesis craneal a medida, para pacientes menores de un año afectos de plagiocefalia. Sólo podrán ser prescritos por especialistas en neurocirugía y únicamente como alternativa al tratamiento quirúrgico PRÓTESIS © Thomson Aranzadi

75036 En niños, según crecimiento 500 36

1.00036 En niños, según crecimiento 800

36

75036 En niños, según crecimiento

75036 En niños, según crecimiento

425

48

950

Único

80

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

1203

06

1203

06

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06

001

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06

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005

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09

1203

09

1203

16

1203

16

1206

03 de julio de 2009

001

001

ESPECIALES (AYUDAS DE MARCHA) AYUDAS DE MARCHA MANIPULADAS POR UN BRAZO Bastones de codo con apoyo de antebrazo Bastón (muleta) graduable con apoyo de antebrazo, con abrazadera basculante (unidad) Bastón (muleta) graduable con apoyo de antebrazo (unidad) Muleta de apoyo axilar graduable (unidad) Bastones de codo con soporte en antebrazo Bastón (muleta) con soporte en antebrazo (unidad). Para pacientes que padecen procesos artríticos que les dificulta el uso de bastones tradicionales Bastones de marcha con tres o más patas Bastón con tres o más patas (unidad) AYUDAS DE MARCHA MANIPULADAS POR LOS DOS BRAZOS © Thomson Aranzadi

35

36

12

36

30

36

48

36

45

36

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

1206 1206

00 00

001

1206

00

003

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00

007

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03

0306

03

0306 0306

03 03

001

0306

03

003

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03

005

03 de julio de 2009

Andadores Andador fijo sin ruedas Andador fijo con ruedas Andador articulado Andador con apoyo axilar. Para personas con movilidad reducida y con dificultades para mantener la estabilidad al andar PRÓTESIS ESPECIALES (AYUDAS TRATAMIENTO AFECCIONES CIRCULATORI AS) AYUDAS PARA EL TRATAMIENTO DE AFECCIONES CIRCULATORI AS PRENDAS DE COMPRESIÓN PARA BRAZOS, PIERNAS Y OTRAS PARTES DEL CUERPO (PARA QUEMADOS, LINFEDEMAS DE MIEMBROS SUPERIORES, LINFEDEMAS GRAVES DE MIEMBROS INFERIORES Y GRANDES QUELOIDES) Prendas de compresión para cabeza Soportes Soporte de cuello Soporte para el mentón Soporte de cuello y © Thomson Aranzadi

70

24

85

24

95

36

315

36

132

6

132

6

180

6

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0306 0306

03 03

011

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03

013

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03

017

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03

0306 0306

03 03

101

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03

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0306 0306

03 03

111

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03

113

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03

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0306

03

0306 0306 0306

03 03 03

201 203

0306

03

205

0306

03

207

0306 0306

03 03

211

0306

03

213

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mentón Máscaras Máscara abierta Máscara con banda labial Máscara con banda labial, nariz y boca Máscara de termoplástico Máscara de silicona con soporte externo de termoplástico flexible y transparente Prendas de compresión para tronco Tronco Tronco sin mangas Tronco con mangas cortas Tronco con mangas largas Camisetas Camiseta de cuello alto sin mangas Camiseta de cuello alto con mangas cortas Camiseta con mangas largas Prendas de compresión para miembro superior (Unidad) Mangas Manga Manga con guantelete Manga abarcando el hombro Manga abarcando el hombro con guantelete Guantes Guante con protección de puntas Guante sin © Thomson Aranzadi

185

6

185

6

210

6

240

6

1.100

12

310

6

475

6

605

6

210

6

300

6

335

6

110 150

6 6

180

6

210

6

170

6

135

6 83

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0306

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03

0306

03

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0306

03

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0306

03

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03

311

0306 0306 0306

03 03 03

313 321

0333

0333

0333

03

0333

03

001

0333

03

003

0333

03

005

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protección de puntas Guante hasta el codo Prendas de compresión para miembro inferior (Unidad) Medias o pantys Media hasta la rodilla, a medida Media entera (hasta el muslo), a medida Panty, a medida Calzones o pantalones Calzón de pernera corta Pantalón Tobilleras Tobillera, a medida PRÓTESIS ESPECIALES AYUDAS PARA LA PREVENCIÓN DE PRESIONES DOLOROSAS (MATERIAL ANTIESCARAS ) AYUDAS PARA LA PREVENCIÓN DE LOS DAÑOS POR PRESIÓN (AYUDAS ANTIDECÚBIT OS) Cojines antiescaras Cojín antiescaras de silicona Cojín antiescaras de flotación líquida Cojín antiescaras de © Thomson Aranzadi

150

6

105

6

150

6

400

6

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6

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6

65

6

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24

100

24

415

24 84

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

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001

flotación por aire o de fluido. Sólo para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neuromuscular es degenerativas PRÓTESIS ESPECIALES (EQUIPAMIENT O APRENDIZAJE) EQUIPAMIENT O PARA EL APRENDIZAJE DEL MOVIMIENTO, LA FUERZA Y EL EQUILIBRIO Para pacientes con lesiones medulares, parálisis cerebral, trautamismos craneoencefáli cos, mielomeningoc ele, distrofias musculares progresivas y enfermedades neurodegenera tivas Aparatos de bipedestación Bipedestador (Parapodium) estático de adulto regulable en altura, con sujeción en diferentes puntos (talones, rodillas, cintura y © Thomson Aranzadi

1.500

24

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

0348

06

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009

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21

0348

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001

0348

21

003

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tronco) Bipedestador (Parapodium) estático infantil regulable en altura, con sujeción en diferentes puntos (talones, rodillas, cintura y tronco) Bipedestador (Parapodium) de adulto regulable en altura, con sujeción en diferentes puntos (talones, rodillas, cintura y tronco), con ruedas Bipedestador (Parapodium) infantil regulable en altura, con sujeción en diferentes puntos (talones, rodillas, cintura y tronco), con ruedas Bandeja especial desmontable adaptada al bipedestador Soporte de cabeza adaptado al bipedestador Planos inclinados Plano inclinado progresivo, graduable y mecánico, completo con accesorios. Para adultos Plano inclinado progresivo, graduable y © Thomson Aranzadi

1.300

24

1.750

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1.650

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200

24

175

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1.300

36

1.150

36

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

mecánico, completo con accesorios. Infantil AYUDAS PARA LA AUDICIÓN Para pacientes hipoacúsicos, de 0 a 16 años de edad, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial , transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos con una pérdida de audición superior a 40 db en el mejor de los oídos, valor obtenido promediando las frecuencias de 500, 1000 y 2000 hz. Sólo pueden ser prescritos por especialistas en otorrinolaringo logía Audífonos Audífono Moldes adaptadores para audífonos Molde adaptador para audífono (unidad)

2145

2145 2145 2145

00 00 90

001

2145

90

001

750

48

30

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ANEXO II. Dentarias

Euros Dentadura completa (superior e inferior) Dentadura superior o inferior Pieza, cada una Empaste, cada uno Implante osteointegrado (compatible con pieza o dentadura) Tratamiento de ortodoncia 03 de julio de 2009

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271 136 31 16 111 446 87

Orden APU/2245/2005, de 30 junio

Endodoncia

31

Las piezas, fundas y empastes provisionales no serán causa de ayuda económica. La ayuda de 31 euros por endodoncia incluye la ayuda por el empaste, obturación, reconstrucción o restauración de la pieza tratada, aunque no se haga constar expresamente en la factura, por entenderse que toda Endodoncia concluye con el correspondiente empaste, obturación, reconstrucción o restauración de la corona. Las prestaciones odontológicas incluidas en los Conciertos entre MUFACE y las Entidades prestadoras de asistencia sanitaria no podrán dar lugar a las ayudas establecidas en el presente Anexo. El tratamiento de ortodoncia se concederá sólo en aquellos casos iniciados antes de los 18 años, de una sola vez y para un único tratamiento.

Notas de vigencia Actualizado por Anexo de Resolución de 8 mayo 2007 RCL\2007\980.

ANEXO III. Oculares

Euros Gafas (de lejos o cerca) Gafas bifocales/progresivas Sustitución de cristal (lejos o cerca) Sustitución de cristal bifocal/progresivo Lentilla Lentillas desechables Lente terapéutica, cada una Ayudas ópticas para Baja Visión (Microscopios, Telescopios, Telemicroscopios, Lupas y Filtros) Ayudas prismáticas para alteraciones severas de la motilidad ocular

34 61 13 25 31 61 50 180

80

En el caso de las gafas y la sustitución de sus cristales, sólo se concederán como máximo dos gafas o la sustitución de cuatro cristales o unas gafas y la sustitución de dos cristales por beneficiario y año natural, independientemente del tipo de gafa o cristal. En el caso de las lentillas, sólo se concederán como máximo dos lentillas por beneficiario y año natural. Si las lentillas fueran desechables, la ayuda máxima a conceder por este concepto será de 61 euros por año natural y beneficiario, debiéndose solicitar de una sola vez. Las prestaciones de lentilla y lentillas desechables serán incompatibles entre sí, aun cuando para cada caso no se supere las unidades/cantidad máxima financiable por año natural. Estas limitaciones no regirán para las lentes terapéuticas. Se entenderá por Baja Visión aquellas personas que, aun después de tratamiento médico y/o corrección óptica común, tengan una visión de 0,3 (3/10) en el mejor ojo o un campo visual inferior a 10° desde el punto de fijación. En el caso de las ayudas ópticas para Baja Visión se requerirá informe de facultativo especialista en Oftalmología que acredite dicha circunstancia, y sólo se concederán un máximo de 360 euros por año natural y beneficiario. El informe del facultativo sólo se requerirá para la primera solicitud de este tipo de ayudas. En el caso de las ayudas prismáticas se requerirá informe del facultativo especialista en Oftalmología que acredite la correspondiente alteración de la motilidad ocular, y sólo se concederán un máximo de 160 euros por año natural y beneficiario. El informe del facultativo sólo se requerirá para la primera solicitud de este tipo de ayudas o cuando se considere necesario por la naturaleza de la alteración. Para realizar el cómputo de las prestaciones concedidas, se tendrá en cuenta la fecha de la factura.

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Orden APU/2245/2005, de 30 junio

Notas de vigencia Actualizado por Anexo de Resolución de 8 mayo 2007 RCL\2007\980.

ANEXO IV. Otras

Euros Audífono. Colchón o Colchoneta antiescaras (con o sin compresor). Laringófono. Bomba externa de infusión continua subcutánea de insulina.

423 121 1.057 Financiación total según procedimiento.

El período mínimo de renovación ordinaria de las prestaciones de audífono, colchón o colchoneta antiescaras o laringófono será de 24 meses desde la fecha de factura, excepto que las mismas deban renovarse por variación, acreditada por informe del facultativo correspondiente. En el caso de los artículos que precisen algún tipo de reparación, la cuantía de la ayuda será como máximo el 50% de la ayuda establecida para su adquisición. Las ayudas concedidas por este concepto serán tenidas en cuenta a efectos del cómputo de plazos para la renovación del mismo artículo. La ayuda para audífono, prevista en este Anexo, será incompatible con la prestación de audífono prevista en el Catálogo de Material Ortoprotésico (Código 21 45 00)

Notas de vigencia Actualizado por Anexo de Resolución de 8 mayo 2007 RCL\2007\980.

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