Story Transcript
B.O.C.M. Núm. 50
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
Consejería de Educación 872
ORDEN 513/2008, de 7 de febrero, de la Consejera de Educación, por la que se modifica la Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid, para su aplicación en el año académico 2007-2008.
La Consejería de Educación ha regulado, mediante la Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid. La implantación de las nuevas enseñanzas derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, exige la aprobación de una nueva Orden que se adapte a las mismas, lo que se hará en el futuro atendiendo al carácter escalonado de la aplicación establecida en Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. No obstante, la implantación ya para este año académico 2007-2008 de los cursos primero y tercero de la Educación Secundaria Obligatoria y de los cuatro primeros cursos de las Enseñanzas Profesionales de Música obliga a la modificación de la norma de modo que se adapte a las nuevas enseñanzas respetando lo establecido en el calendario de implantación. Por otra parte, los resultados obtenidos con la puesta en marcha de la mencionada Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, aconsejan la introducción de modificaciones referidas al Bachillerato. La Consejería de Educación es competente para regular los aspectos antedichos de acuerdo con las competencias a ella atribuidas por el Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En su virtud, DISPONGO Artículo único Modificación de la Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid 1. El apartado 1 del artículo sexto queda redactado de la siguiente manera: “1. El currículo que se impartirá en los cuatro primeros cursos de las enseñanzas profesionales de Música es el actualmente vigente en la Comunidad de Madrid.” 2. El apartado 1 del artículo séptimo queda redactado de la siguiente manera: “1. El currículo que se impartirá en los cursos quinto y sexto de las enseñanzas profesionales de Música es el actualmente vigente en la Comunidad de Madrid.” 3. El apartado 3 del artículo séptimo queda redactado de la siguiente manera: “3. Los alumnos podrán inscribirse, además, en las materias vinculadas a la vía o vías por las que deseen acceder a estudios universitarios. Con el fin de facilitar a los alumnos la formación necesaria para la prueba de acceso a estos estudios, los centros ofrecerán enseñanzas de las materias vinculadas a la modalidad de Artes y a cualquiera de las otras modalidades siempre que el número de alumnos matriculados por curso sea superior a diez alumnos.” 4. El apartado 2 del artículo octavo queda redactado de la siguiente manera: “2. Si tras la convocatoria de septiembre no se superase la correspondiente asignatura de régimen especial de Música, la convali-
Pág. 5
dación quedará condicionada a su superación en el curso siguiente.” 5. El apartado 4 del artículo noveno queda redactado de la siguiente manera: “4. En los cursos en que se imparten las enseñanzas profesionales de Música simultáneamente con los cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y con las materias comunes del Bachillerato, se celebrarán anualmente dos sesiones finales de evaluación para ambos tipos de enseñanzas, una ordinaria a finales de junio y otra extraordinaria en septiembre.” 6. El apartado 1 del artículo decimocuarto queda redactado de la siguiente manera: “1. En el historial académico de Educación Primaria, en el historial académico de Educación Secundaria Obligatoria, en el libro de calificaciones del Bachillerato, en el libro de calificaciones de las Enseñanzas Profesionales de Música y en el expediente académico del alumno se harán constar mediante diligencia expresa, una vez finalizados los estudios o en el caso de que el alumno abandone las enseñanzas integradas por cualquier otro motivo, en las páginas reservadas a observaciones y de acuerdo con el modelo incluido en el Anexo IV de esta Orden, los cursos y años académicos que el alumno ha cursado en el Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria, sin perjuicio de la constancia de este extremo en los lugares habituales destinados al efecto en los citados documentos.” 7. El apartado 2 del artículo decimoquinto queda redactado de la siguiente manera: “2. Los alumnos que al finalizar el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria cumplan los requisitos de titulación establecidos para esa etapa serán propuestos para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria”. 8. El apartado 1 del artículo decimosexto queda redactado de la siguiente manera: “1. La Consejería de Educación, en función de los recursos de los centros integrados, determinará, para cada curso escolar, la oferta de plazas vacantes en las diversas especialidades de las enseñanzas de Música, tanto de las que se imparten de forma integrada como de las que se impartan de forma no integrada, y en las enseñanzas de Educación Primaria y de Educación Secundaria.” 9. Queda suprimido del apartado 2 del artículo decimosexto. 10. El artículo decimoséptimo queda redactado de la siguiente manera: “La admisión de alumnos en los centros integrados queda sujeta a lo establecido al efecto con carácter general en la normativa de aplicación en la Comunidad de Madrid”. 11. Se modifican los Anexos II, III, IV y V, que quedan redactados en los términos en que figuran en el Anexo de la presente Orden. DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA Referencias a la Dirección General de Ordenación Académica y la Dirección General de Centros Docentes Todas las referencias que en la Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, se hagan a la Dirección General de Ordenación Académica y a la Dirección General de Centros Docentes, se entenderán hechas a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente Orden. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor y vigencia La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será de aplicación durante el curso académico 2007-2008. Madrid, a 7 de febrero de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE
Pág. 6
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
B.O.C.M. Núm. 50
ANEXO ANEXO II HORARIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE LOS CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Las materias optativas se regirán por la Orden 3530/2007, de 4 de julio, de la Consejera de Educación, por la que se regula para la Comun de Madrid la implantación, la organización académica y el procedimiento de autorización de asignaturas optativas de las enseña profesionales de música. Conforme a lo dispuesto en el artículo sexto de la mencionada Orden 3530/2007, de 4 de julio, los centros podrán determinar en su proy educativo los cursos en los que se incluyan las asignaturas de carácter grupal-instrumental, teniendo en cuenta que las asignaturas de Músic cámara y Coro se cursarán, cada una de ellas, en un mínimo de dos cursos académicos, y el tiempo lectivo será como mínimo de 300 a horas según especialidades. La propuesta de impartición deberá ser autorizada por la Dirección General de Educación Secundaria y Enseña Profesionales, y en todo caso deberá ser la misma que la establecida para las Enseñanzas no integradas que se impartan en el centro.
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LAS ESPECIALIDADES DE INSTRUMENTOS CUERDA/ARCO, VIENTO-MADERA Y VIENTO-METAL, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Orquesta/Banda Música de cámara/Conjunto Repertorio Piano complementario TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
2 2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2 2 2
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
1
1
2 1,5
2 1,5 1,5
0,5
0,5
0,5 27,5
0,5 26,5
27
29,5
3* 2
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
B.O.C.M. Núm. 50
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
Pág. 7
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LAS ESPECIALIDADES DE INSTRUMENTOS DE LA MÚSICA ANTIGUA (CLAVE, ÓRGANO E INSTRUMENTOS DE CUERDA PULSADA DEL RENACIMIENTO Y BARROCO), Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Coro Música de cámara Bajo continuo TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música
2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2
2
2
2
2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
2
2
2
2 1 26
1 1 28
28
27
3*
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LAS ESPECIALIDADES DE ACORDEÓN, GUITARRA Y PIANO, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Conjunto Coro Música de cámara TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música
2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2
2
2
2
2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
2 1,5
2
2
2
28
27
26,5
3*
1,5 27,5
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
Pág. 8
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
B.O.C.M. Núm. 50
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LAS ESPECIALIDADES DE FLAUTA DE PICO Y VIOLA DA GAMBA, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Coro Música de cámara Consort Repertorio TOTAL
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música
2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2
2
2
2
2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
2
2
2
2
1
1
29
28
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
3*
1 1 0,5 26,5
0,5 27,5
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LA ESPECIALIDAD DE PERCUSIÓN, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Conjunto Música de cámara Orquesta/Banda Repertorio Piano complementario TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
2 2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2 2 2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
2 1,5
2
0,5 26,5
0,5 25,5
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música 3* 2
1,5 0,5
1,5 1,5 0,5
28,5
29,5
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
B.O.C.M. Núm. 50
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
Pág. 9
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LA ESPECIALIDAD DE ARPA, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Instrumento Lenguaje musical Armonía Conjunto Música de cámara Orquesta Piano complementario TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
2 2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2 2 2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1
1 1
2 1,5
2
0,5 26,5
0,5 25,5
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música 3* 2
1,5
1,5 1,5
28
29
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
CURSOS PRIMERO A CUARTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA EN LA ESPECIALIDAD DE CANTO, Y EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Materias de Educación Secundaria Obligatoria y asignaturas de Música
Biología y geología Ciencias de la Naturaleza Ciencias Sociales, Geografía e Historia Ética Educación Física Educación Plástica y Visual Física y Química Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Tecnologías/Tecnología Religión/Historia y cultura de las religiones/Actividades de estudio alternativas a la enseñanza de la religión/Atención 1 educativa Tutoría Canto Lenguaje musical Armonía Coro Lenguas Repertorio Piano complementario TOTAL
1º de Educación Secundaria 2 Obligatoria más 1º de las enseñanzas profesionales de Música
2 2
2º de Educación 3º de Educación Secundaria Secundaria 3 2 Obligatoria más 2º Obligatoria más 3º de las enseñanzas de las enseñanzas profesionales de profesionales de Música Música Horas semanales 2 2 2 2
4º de Educación Secundaria 3 Obligatoria más 4º de las enseñanzas profesionales de Música 3* 2
1 2
1 1
1 1
1 1 3*
5
4
2 4
3* 4
3 4 2 1
3 4 2 2
3 3 2 1
3 3 3* 2
1 1 2
1 1 2
1 1 1 2
1 1 2
2 1 1
2 1 1
30
29
1 1 0,5 28,5
1 1 0,5 28,5
*El alumno deberá elegir dos de las cuatro marcadas con asterisco. 1 El horario de la atención educativa para los alumnos que no cursen religión será el mismo que el de religión. 2 Nueva ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOE 3 Actual ordenación de la Educación Secundaria Obligatoria derivada de la LOGSE
Pág. 10
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
B.O.C.M. Núm. 50
ANEXO III HORARIO DE LAS MATERIAS COMUNES DE BACHILLERATO Y DE LOS CURSOS QUINTO Y SEXTO DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Las materias optativas se regirán por la Resolución de 21 de enero de 2002 de la Dirección General de Ordenación Académica, por la que establece el procedimiento para la utilización [sic] de las asignaturas optativas del tercer ciclo de grado medio de las enseñanzas de músic danza (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 11 de febrero).
INSTRUMENTOS DE CUERDA, VIENTO (MADERA Y METAL), PERCUSIÓN Y ARPA Opción a
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Orquesta Música de cámara Historia de la Música Análisis Asignatura optativa TOTAL
1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 2 1,5 2 1,5 1 24
8, 12 ó 16 1 1 2 1,5 2 1,5 1 24 (+8, 12 ó 16)
INSTRUMENTOS DE CUERDA, VIENTO (MADERA Y METAL), PERCUSIÓN Y ARPA Opción b
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Orquesta Música de cámara Historia de la Música Fundamentos de la composición TOTAL
1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 2 1,5 2 3 24,5
8, 12 ó 16 1 1 2 1,5 2 3 24,5 (+8, 12 ó 16)
ÓRGANO, CLAVE, FLAUTA DE PICO, VIOLA DA GAMBA, GUITARRA, ACORDEÓN, INSTRUMENTOS DE CUERDA R. Y B., INSTRUMENTOS DE PÚA Opción a
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Música de cámara Historia de la Música Análisis Asignatura optativa TOTAL
1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 1,5 2 1,5 1 22
8, 12 ó 16 1 1 1,5 2 1,5 1 22 (+8, 12 ó 16)
B.O.C.M. Núm. 50
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
Pág. 11
ÓRGANO, CLAVE, FLAUTA DE PICO, VIOLA DA GAMBA, GUITARRA, ACORDEÓN, INSTRUMENTOS DE CUERDA R. Y B., INSTRUMENTOS DE PÚA Opción b 1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Música de cámara Historia de la Música Fundamentos de la composición TOTAL
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 1,5 2 3 22,5
8, 12 ó 16 1 1 1,5 2 3 22,5 (+8, 12 ó 16)
PIANO Opción a 1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Música de cámara Historia de la Música Acompañamiento Análisis Asignatura optativa TOTAL
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 1,5 2 1,5 1,5 1 23,5
8, 12 ó 16 1 1 1,5 2 1,5 1,5 1 23,5 (+8, 12 ó 16)
PIANO Opción b
Lengua Castellana y Literatura Lengua Extranjera Filosofía Educación Física Historia Religión/Sociedad, Cultura y Religión Materias vinculadas a las vías de acceso Tutoría Instrumento Música de cámara Historia de la Música Acompañamiento Fundamentos de la composición TOTAL
1º de Bachillerato más 5º de las enseñanzas profesionales de Música (I) 4 (I) 3 (I) 3 2
2º de Bachillerato más 6º de las enseñanzas profesionales de Música (II) 4 (II) 3 (II) 3 4
2 1 1 1,5 2 1,5 3 24
8, 12 ó 16 1 1 1,5 2 1,5 3 24 (+8, 12 ó 16)
Pág. 12
JUEVES 28 DE FEBRERO DE 2008
B.O.C.M. Núm. 50
ANEXO IV DILIGENCIA EN EL HISTORIAL ACADÉMICO DE EDUCACIÓN PRIMARIA, EN EL HISTORIAL ACADÉMICO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, EN EL LIBRO DE CALIFICACIONES DEL BACHILLERATO, EN EL LIBRO DE CALIFICACIONES DE LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y EN EL EXPEDIENTE ACADÉMICO DEL ALUMNO
Texto: Se hace constar que el alumno … (1) ha cursado en el Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas … (2) de Música y de … (3) denominado … (4) los cursos de las respectivas enseñanzas durante los años académicos que se especifican a continuación, según la Orden …, de … de …, del Consejero de Educación, por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de enseñanzas artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid: Año académico
Curso de Educación Primaria/Educación/ Secundaria Obligatoria/Bachillerato
Curso de las enseñanzas elementales/enseñanzas profesionales de Música
Vº Bº EL DIRECTOR
EL SECRETARIO
Fdo.:
Fdo.:
(1) (2) (3) (4)
Nombre completo del alumno Elementales; elementales y profesionales; profesionales Educación Primaria; Educación Primaria y Secundaria; Educación Secundaria Nombre del centro
ANEXO V DILIGENCIA EN LAS ACTAS DE EVALUACIÓN
Se hace constar que los alumnos de este grupo han cursado las enseñanzas de este curso durante el presente año académico ……………. de acuerdo con lo establecido en la Orden 4917/2006, de 4 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se regulan las enseñanzas y la organización y el funcionamiento de los Centros Integrados de enseñanzas artísticas de Música y de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid, modificada parcialmente por la Orden de …, de la Consejería de Educación. VºBº EL DIRECTOR
EL TUTOR
Fdo.:
Fdo.:
(03/5.624/08)