2013

Código: FO-ABS-08 Versión: 01 ESTUDIOS PREVIOS Fecha de Aprobación: 28 de Enero de 2013 Página 1 de 7 COPIA CONTROLADA ESTUDIOS PREVIOS CONTRATAR E

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Anexo General B* * Contiene un registro de los permisos otorgados durante 2013 y un listado de las solicitudes de permisos no otorgados durante 2013.

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Código: FO-ABS-08 Versión: 01

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Fecha de Aprobación: 28 de Enero de 2013 Página 1 de 7

COPIA CONTROLADA ESTUDIOS PREVIOS CONTRATAR EL ALQUILER DE SONIDO PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DE POSESIÓN DE PERSONEROS ESTUDIANTILES MODALIDAD: SELECCIÓN ABREVIADA DEL 10% DE LA MENOR CUANTÍA CÓDIGO Nº PME- 0200300201513 FEBRERO 26 DE 2013

En cumplimiento a lo establecido por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 734 de 2012, se analiza la procedencia de realizar el proceso de contratación para CONTRATAR EL ALQUILER DE SONIDO PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DE POSESIÓN DE PERSONEROS ESTUDIANTILES. VIABILIDAD PRESUPUESTAL CERTIFICADOS DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: 20130591 del 26/02/2013 Descripción

Rubro

Valor

Fuente de los recursos

Actividades y festividades cívicas, religiosas, culturales y demás

2102311622010

$450.000

Propios

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Teniendo en cuenta que la Personería Municipal de Envigado dando cumplimiento a la Ley 115 de 1994, ha institucionalizado el evento de posesión de personeros estudiantiles desde hace varios años, se hace necesario contar con los medios que permitan una comunicación necesaria y suficiente para poder brindar a los asistentes al evento toda la información adecuada de acuerdo a las circunstancias.

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En razón a que la Personería Municipal no cuenta con equipos de sonido necesarios a través de los cuales se pueda brindar un espectáculo de calidad para todos los asistentes, se hace necesario contratar el sonido profesional, que cumpla con los requerimientos necesarios para el desarrollo de toda la actividad que se llevará a cabo el 15 de marzo de 2013.

LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR. El objeto es para contratar el ALQUILER DE SONIDO PARA LA REALIZACIÓN DEL EVENTO DE POSESIÓN DE PERSONEROS ESTUDIANTILES. ESPECIFICACIONES DESCRIPCIÓN

CANTIDAD

Cabinas de 1000 vatios

2

Amplificador

1

Consola

1

Micrófonos alámbricos

2

Micrófonos inalámbricos

1

Unidad CD

1

Procesos señal de audio del Video Been, música ambiental e himnos.

1

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El evento tiene una duración aproximada de cuatro (4) horas. LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN Se trata de realizar un proceso de selección de mínima cuantía, de acuerdo a lo establecido artículo 3.5.1. del decreto 734 de 2012, que indica:” El presente capítulo reglamenta las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda del diez por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto, cuyas reglas se determinan exclusivamente en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y en el presente capítulo salvo las menciones expresamente efectuadas en el presente decreto a esta modalidad, el cual constituye el procedimiento aplicable a las adquisiciones que no superen el valor enunciado”. EL ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO El valor del monto del contrato ha sido establecido por la autonomía del contratante, que para este caso es la Personería de Envigado y el cual proviene del presupuesto aprobado por el Honorable Concejo Municipal para la Vigencia Fiscal 2013, en una cuantía de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000). El valor establecido para el contrato objeto del presente estudio, está de acuerdo con las condiciones de mercado, las consultas realizadas directamente a los prestadores del servicio y acorde con el presupuesto asignado.

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COPIA CONTROLADA LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN Para el proceso de selección abreviada del 10%de menor cuantía, la oferta más ventajosa será la que realice el ofrecimiento económico más favorable para la Entidad. EL SOPORTE QUE PERMITA LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN, Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. Los riegos inherentes a la presente contratación se pueden tipificar, estimar y asignar, cuya asociación se sujeta al cumplimiento del contrato y la calidad del servicio prestado. DEFINICIÓN DE RIESGO: El riesgo supone un hecho externo al sujeto económico, que puede acontecer o no en algún momento determinado. Por lo que el riesgo puede ser contemplado como elemento de incertidumbre que puede afectar a la actividad empresarial, pudiendo ser motivado por causas externas o internas. TIPIFICACIÓN DE LOS RIESGOS: Es la enunciación que la entidad hace de aquellos que en su criterio puedan presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato. ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS: Es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.

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COPIA CONTROLADA Solamente se considerarán situaciones de riesgo debidamente justificadas que puedan afectar la prestación normal del servicio durante el plazo de ejecución, las cuales pueden afectar el equilibrio económico del contrato para el presente proceso. Dada la naturaleza del contrato, se han identificado varios tipos de riesgos, los que se detallan a continuación: RIESGO DE PRECIOS: Las cotizaciones que hacen parte integral del Soporte Económico (Estudio de Mercado) no presentan formula de ajuste, teniendo en cuenta que eventualmente se presentan variaciones en los precios unitarios, asume este riesgo en su totalidad el contratista. RIESGOS DE CARÁCTER CAMBIARIO: Derivado de una variación de la tasa de cambio durante el proceso precontractual, entre la oferta y el cumplimiento del contrato, por lo cual el contratista asumirá los riesgos de una posible devaluación. Asignación: Este riesgo lo debe asumir el contratista deberá prever esta situación y en caso de presentarse asumirá en su totalidad los costos financieros que ellos les represente. Los asume 100% el contratista. RIESGO EMPRESARIAL: Teniendo en cuenta la actividad económica que el contratista representa, las gestiones empresariales dentro de este proceso son asumidas por él, por lo tanto cualquier eventualidad en el marco de no constituirse dichas gestiones este riesgo es asignado al contratista, por ejemplo, incumplimiento de uno ó más requerimientos técnicos, incumplimiento en el suministro o demora en la entrega de un mayorista o de un distribuidor o de un fabricante de uno o varios bienes contratados, los costos los asumirá el contratista, puesto que solo son imputables a él. RIESGO TRIBUTARIO: La obligación de los impuestos y las variaciones que se produzcan durante la ejecución serán asumidas totalmente por el contratista.

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RIESGO POR MALA CALIDAD DE LOS SERVICIOS. Este riesgo es asignado en su totalidad al contratista. INOPERANCIA EN EL SEGUIMIENTO Y EN MANEJO PRESUPUESTAL CAUSAL DE RIESGO PREVISIBLE

SOPORTE JÚRIDICO

Demoras en la designación del L. 80 Art. 4 interventor. Improvisación en la selección del L. 80 Art. 4 interventor o supervisor.

No hacerle seguimiento y no requerir L. 80 art. 4°, los pagos de aportes al SSSI y L. 1150 art. 23 parafiscales si corresponde. Desatender sus recomendaciones.

L. 80 Art. 4

Interventor para cumplir el formulismo L. 80 Art. 4 legal. Interventor no comprometido: L. 80 Art. 4 instrucciones y conceptos verbales.

Efectuar pagos interventoría.

sin

actas

de L. 80 Art. 4

AMPARO O RESPONSABILIDAD DEL CUBRIMIENTO DEL RIESGO RIESGO Responsabilidad de la Se tiene designado un Entidad, demoras en el inicio interventor o supervisor. del contrato principal. Responsabilidad de la Se asigna un Entidad, falta de idoneidad FUNCIONARIO del área para cumplir las funciones. con experiencia y se le re induce en la función de interventoría. Responsabilidad de la El designado ha recibido Entidad (interventor) y El instrucción sobre el contratista. seguimiento. El supervisor cuenta con Responsabilidad de la los conocimientos Entidad (interventor) y El requerimientos para contratista. vigilar el cumplimiento del contrato. Responsabilidad de la La instrucción ha sido Entidad (interventor). real; hay seguimiento de los informes. Responsabilidad de la La instrucción ha sido Entidad, ausencia de real; hay seguimiento de interventoría al contrato. los informes. El interventor y/o Responsabilidad de la supervisor tiene Entidad y del interventor y/o instrucción precisa sobre supervisor. este requerimiento; hay

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Contratar sin disponibilidad. Destinación oficial diferente.

Ejecutar el contrato sin registro presupuestal. Descoordinación entre el interventor, el Grupo de contratación y la Secretaría de Hacienda. Arbitrariedad en el orden de los pagos.

Exigir cuentas de cobro o factura

Responsabilidad de L. 80, art. 25 No. Entidad - Peculado. 13 y 14 Responsabilidad de Entidad - Peculado.

seguimiento de los informes y revisión para los pagos. la Está descartado hay disponibilidad del CDP.

la Se está afectando el rubro presupuestal correspondiente L. 80/93 y L. 179 Responsabilidad de la Está previsto verificar –Presupuesto. Entidad - Peculado. este requisito. Responsabilidad de la Hay un procedimiento a Entidad por demoras e cumplir. incumplimientos. Ley 1150, Art. 19 Responsabilidad de la El pacto de pago está Entidad - Discriminación. relacionado a un PAC Intereses de mora. que se pide simultáneamente. Ley 962 de 2008 Responsabilidad de la Se atenderá a la cuenta Art. 18 entidad – Interventor y de cobro o factura Contratista presentada.

EL ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA CONTRACTUAL El contrato a celebrarse por la cuantía y naturaleza, no requiere de la constitución de garantías por cuenta del contratista. VIRGINIA LÓPEZ FLÓREZ Personera de Envigado MPM

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