2015 ADQUISICIÓN DE HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 001/2015 ADQUISICIÓN DE HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. GLOSARIO. 2.1

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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 001/2015 ADQUISICIÓN DE HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL

ÍNDICE 1.

INTRODUCCIÓN

2.

GLOSARIO. 2.1 EN LOS ASPECTOS LEGAL Y ADMINISTRATIVO. 2.2 EN LOS ASPECTOS TÉCNICOS

3.

INFORMACIÓN DE LOS SERVICIOS POR CONTRATAR. 3.1 DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS POR CONTRATAR. 3.2 LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. 3.3 PLAZO Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

4.

REQUISITOS PARA PARTICIPAR. 4.1 CONVENIO ENTRE DOS O MÁS PERSONAS PARA PRESENTAR UNA SOLA PROPUESTA. 4.2 PREVISIÓN RELATIVA A DISCAPACITADOS. 4.3 PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA. 4.4 DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. 4.5 CONFIDENCIALIDAD. 4.6 SOBRE CERRADO QUE CONTENGA LA PROPUESTA.

5.

ASPECTOS ECONÓMICOS. 5.1 PRESUPUESTO AUTORIZADO. 5.2 MONEDA DE COTIZACIÓN Y PRECIOS.

6.

CONDICIONES DE PAGO Y COMPROBACIÓN. 6.1 FORMA DE PAGO. 6.2 ANTICIPOS. 6.3 PAGO ADELANTADO. 6.4 FACTURACIÓN Y COMPROBACIÓN 6.5 PAGO DE LOS SERVICIOS.

7.

PROCESO DE LA LICITACIÓN. 7.1 CRONOGRAMA O PLAN DE ACTIVIDADES 7.2 BASES DE LICITACIÓN. 7.3 FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. 7.3.1 INSTRUCCIONES PARA ELABORAR Y PRESENTAR LA PROPUESTA EN FORMA ESCRITA. 7.3.2 PROPUESTA. 7.3.2.1 PROPUESTA TÉCNICA. 7.3.2.2 PROPUESTA ECONÓMICA. 7.3.3 INALTERABILIDAD DE OFERTAS Y CONDICIONES. 7.4 EVENTOS DE LA LICITACIÓN. 7.4.1 JUNTA DE ACLARACIONES. 7.4.2 ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. 7.4.3 FALLO DE LA LICITACIÓN.

8.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. 8.1 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. 8.2 CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

9.

DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES, INTERRUPCIÓN, CANCELACIÓN Y DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. 9.1 DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. 9.2 LICITACIÓN DESIERTA. 9.3 CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.

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10. SUSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA, PRÓRROGA, RESCISIÓN Y FINIQUITO DEL CONTRATO. 10.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO. 10.2 MODIFICACIONES AL CONTRATO. 10.3 SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. 10.4 TERMINACIÓN ANTICIPADA. 10.5 PRÓRROGA. 10.6 RESCISIÓN. 10.6.1 CAUSALES DE RESCISIÓN. 10.6.2 PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. 10.7 FINIQUITO DE CONTRATO. 11.

OTORGAMIENTO Y LIBERACIÓN DE GARANTÍAS. 11.1 PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 11.2 LIBERACIÓN DE LA GARANTÍA. 11.3 SUPERVISIÓN.

12.

PATENTES, MARCAS, DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL.

13.

SANCIONES. 13.1 PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO. 13.2 VICIOS OCULTOS.

ANEXOS ANEXOS

ANEXO TÉCNICO

DESCRIPCIÓN

REQUISITOS TÉCNICOS Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS POR CONTRATAR.

UNO

MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACIÓN.

DOS

FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA.

TRES

MODELO DE CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

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EL CONSEJO DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE JALISCO, LLEVARA A CABO EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 03 PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO RELATIVO A LA ADQUISICIÓN DE HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL PARA FORTALECER LAS ACCIONES DE INNOVACIÓN EN EL CENTRO DE INNOVACIÓN, DISEÑO Y DESARROLLO EMPRESARIAL MIND A TRAVÉS DEL APOYO DEL CENTRO DE INTELIGENCIA BAJO LAS SIGUIENTES: BASES 1. INTRODUCCIÓN. EL CONSEJO DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE JALISCO ES LA ENTIDAD RESPONSABLE, CON APOYO DE LOS GOBIERNOS ESTATAL Y FEDERAL, DE LA INICIATIVA DEL MIND CENTRO DE INNOVACIÓN, DISEÑO Y DESARROLLO INDUSTRIAL. DICHO CENTRO ESTÁ OPERADO POR GREMIOS EMPRESARIALES DE JALISCO, CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO, Y UNIVERSIDADES, Y ALBERGA LOS CLÚSTER ALIMENTICIO GOURMET, LOGÍSTICA, MUEBLE, MODA, TRANSVERSAL, ALTA TECNOLOGÍA Y CONSTRUCCIÓN. 2. GLOSARIO. PARA EFECTOS DE ESTAS BASES, SE ENTENDERÁ POR: BASES: EL DOCUMENTO QUE CONTIENE LOS CONCEPTOS Y CRITERIOS QUE REGIRÁN Y SERÁN APLICADOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN PÚBLICA. CCIJ: CONSEJO DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE JALISCO CÓDIGO: EL QUE DESIGNE CCIJ CONTRATO: EL DOCUMENTO QUE ESTABLECE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE CCIJ Y EL PROVEEDOR. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA: SE REFIERE A LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS EN LAS PRESENTES BASES. ETAPA: LAS ETAPAS QUE DEBEN CUMPLIRSE PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN. IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE: LA CREDENCIAL PARA VOTAR (IFE), CÉDULA PROFESIONAL, PASAPORTE O CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR NACIONAL. LICITANTE: LA PERSONA QUE PARTICIPA EN ESTE PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL. LICITACIÓN: LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. CCIJ03 PERSONA: LA PERSONA FÍSICA O MORAL. PROPUESTAS O PROPOSICIONES: LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA QUE PRESENTEN LOS LICITANTES. PROVEEDOR: LA PERSONA QUE RESULTE ADJUDICADA Y CON QUIEN CCIJ CELEBRE EL CONTRATO DERIVADO DE ESTA LICITACIÓN. ADQUISICIONES: NOMBRE DE LA COMPRA SERVICIO QUE SE ESTA LICITANDO 3. INFORMACIÓN DE LA COMPRA POR CONTRATAR. 3.1. DESCRIPCIÓN DE LA COMPRA POR CONTRATAR. LA ADQUISICIÓN POR CONTRATAR SE ESPECIFICA EN EL ANEXO TÉCNICO DE LAS PRESENTES BASES. 3.2. LUGAR DE ENTREGA DE LA ADQUISICIÓN. LA ADQUISICIÓN SE PROPORCIONARÁN EN JALISCO DE ACUERDO A LOS RESULTADOS ESPERADOS QUE SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN Y CONFORME CON LO SEÑALADO EN EL ANEXO TÉCNICO. 3.3. PLAZO Y CONDICIONES PARA LA ADQUISICIÓN. LA VIGENCIA PARA LA ADQUISICIÓN, SERÁ HASTA EL 13 DE MARZO DE 2015., QUEDANDO SUJETA A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA SIN QUE LA NO REALIZACIÓN DE LA REFERIDA CONDICIÓN SUSPENSIVA ORIGINE RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA LAS PARTES. LA ADQUISICIÓN MATERIA DE LA PRESENTE LICITACIÓN, SE EJECUTARÁ EN UN PERIODO DE DOS SEMANAS EL PROVEEDOR DEBERÁ ASEGURAR A CCIJ LAS MEJORES CONDICIONES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO, OPORTUNIDAD Y CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES. 4. REQUISITOS PARA PARTICIPAR. PODRÁN PARTICIPAR PERSONAS FÍSICAS O MORALES, DE MANERA INDIVIDUAL O EN FORMA CONJUNTA. SOLO PODRÁN PRESENTAR UNA PROPUESTA POR LICITANTE. 4.1. CONVENIO ENTRE DOS O MÁS PERSONAS PARA PRESENTAR UNA SOLA PROPUESTA. SIN NECESIDAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD, O NUEVA SOCIEDAD EN CASO DE PERSONAS MORALES, SIEMPRE QUE, PARA TALES EFECTOS, EN LA PROPUESTA Y EL CONTRATO SE ESTABLEZCA CON PRECISIÓN Y A SATISFACCIÓN DE

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CCIJ, LAS PARTES A QUE CADA PERSONA SE OBLIGARÁ, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. EN ESTE SUPUESTO, LA PROPUESTA DEBERÁ SER FIRMADA POR EL REPRESENTANTE COMÚN QUE PARA ESE ACTO HAYA SIDO DESIGNADO POR EL GRUPO DE PERSONAS, PARA LO CUAL DEBERÁ DAR CUMPLIMIENTO A LO SIGUIENTE: I. TENDRÁN DERECHO A PARTICIPAR ADQUIRIENDO SOLAMENTE, ALGUNO DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO, UN EJEMPLAR DE LAS BASES. II. DEBERÁN CELEBRAR ENTRE TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA AGRUPACIÓN UN CONVENIO EN LOS TÉRMINOS DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE, EN EL QUE SE ESTABLECERÁN LOS ASPECTOS SIGUIENTES: a) NOMBRE Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS INTEGRANTES, IDENTIFICANDO, EN SU CASO, LOS DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS CON LAS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA LEGAL DE LAS PERSONAS MORALES. b) NOMBRE DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNA DE LAS PERSONAS AGRUPADAS, IDENTIFICANDO, EN SU CASO, LOS DATOS DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS CON LAS QUE ACREDITEN LAS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN. c) DESIGNACIÓN DE UN REPRESENTANTE COMÚN, OTORGÁNDOLE PODER AMPLIO Y SUFICIENTE, PARA ATENDER TODO LO RELACIONADO CON LA PROPUESTA EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN. d) DESCRIPCIÓN DE LAS PARTES OBJETO DEL CONTRATO QUE CORRESPONDERÁ CUMPLIR A CADA PERSONA, ASÍ COMO LA MANERA EN QUE SE EXIGIRÁ EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES. e) ESTIPULACIÓN EXPRESA DE QUE CADA UNO DE LOS FIRMANTES QUEDARÁ OBLIGADO, EN FORMA CONJUNTA Y SOLIDARIA CON LOS PÚBLICO INTEGRANTES, PARA COMPROMETERSE POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD DERIVADA DEL CONTRATO QUE SE FIRME. EN EL SUPUESTO DE QUE RESULTE ADJUDICADA UNA PROPUESTA CONJUNTA, DEBERÁN CONSTAR EN ESCRITURA PÚBLICA, SALVO QUE EL CONTRATO SEA FIRMADO POR TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA CONJUNTA O SUS APODERADOS, QUIENES EN LO INDIVIDUAL, DEBERÁN ACREDITAR SU RESPECTIVA PERSONALIDAD. 4.2. PREVISIÓN RELATIVA A DISCAPACITADOS. LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN EL SUPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 14 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY, DEBERÁN PRESENTAR JUNTO CON SU PROPUESTA UNA MANIFESTACIÓN EN LA QUE SE INDIQUE QUE ES UNA PERSONA FÍSICA CON DISCAPACIDAD, O QUE ES UNA EMPRESA QUE CUENTA CON PERSONAL CON DISCAPACIDAD, EN LA PROPORCIÓN QUE SEÑALA LA LEY. 4.3. PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD JURÍDICA. LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR UN ESCRITO, EN EL QUE SU FIRMANTE MANIFIESTE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O POR SU REPRESENTADA; PARA TAL EFECTO DEBERÁ ENTREGAR DEBIDAMENTE REQUISITADO EL ANEXO UNO. EN ESTE CASO, DEBERÁ ADJUNTAR COPIA DE UNA IDENTIFICACIÓN OFICIAL VIGENTE. EN EL CASO DE LICITANTES EXTRANJEROS, ESTE ESCRITO SE DEBERÁ AJUSTAR DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN EQUIVALENTE QUE PRESENTE EL LICITANTE, CONSIDERANDO SU NACIONALIDAD Y DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES APLICABLES. NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN LA FALTA DE IDENTIFICACIÓN O DE ACREDITAMIENTO DE LA REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA QUE ENTREGUE LAS PROPUESTAS, MISMA QUE SOLO PODRÁ PARTICIPAR DURANTE EL DESARROLLO DEL ACTO CON EL CARÁCTER DE OYENTE. EL DOMICILIO CONSIGNADO EN LA PROPUESTA SERÁ EL LUGAR DONDE EL LICITANTE RECIBIRÁ TODA CLASE DE NOTIFICACIONES QUE RESULTEN DE LOS ACTOS, CONTRATOS Y CONVENIOS QUE CELEBREN MIENTRAS NO SE SEÑALE OTRO DISTINTO, EL MANIFESTADO SE TENDRÁ COMO DOMICILIO CONVENCIONAL PARA PRACTICAR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES. PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA SU COTEJO DE LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITE SU EXISTENCIA LEGAL Y LAS FACULTADES DE SU REPRESENTANTE PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO CORRESPONDIENTE. EN EL CASO DE PROVEEDORES EXTRANJEROS, PODRÁN PRESENTAR ESTE ESCRITO DE ACUERDO A LA DOCUMENTACIÓN EQUIVALENTE EN SU PAÍS DE ORIGEN, SIEMPRE Y CUANDO CONTENGA LA INFORMACIÓN REQUERIDA EN ÉSTE NUMERAL, LA QUE DEBERÁ CONTAR CON LA LEGALIZACIÓN O APOSTILLADO CORRESPONDIENTE DE LA AUTORIDAD COMPETENTE EN EL PAÍS DE QUE SE TRATE, MISMA QUE TENDRÁ QUE PRESENTARSE REDACTADA EN ESPAÑOL, O ACOMPAÑADA DE LA TRADUCCIÓN CORRESPONDIENTE.

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4.4. DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. DECLARACIÓN ESCRITA, EN FORMATO LIBRE, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LA QUE EL LICITANTE MANIFIESTE POR SI MISMO QUE SE ABSTENDRÁ DE ADOPTAR CONDUCTAS QUE INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS PÚBLICOS LICITANTES. 4.5. CONFIDENCIALIDAD. DECLARACIÓN ESCRITA EN DONDE EL LICITANTE MANIFIESTE QUE SE COMPROMETE A GUARDAR ABSOLUTA CONFIDENCIALIDAD RESPECTO DE LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTA LICITACIÓN Y, POR ENDE, A NO DIVULGAR NI DAR A CONOCER A TERCEROS DISTINTOS DE CCIJ DOCUMENTACIÓN Y/O INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL SERVICIO, ASÍ COMO DE LOS RESULTADOS FINALES QUE SE GENEREN CON MOTIVO DE SUS SERVICIOS, CON EXCEPCIÓN DE LOS DATOS E INFORMES QUE EN SU CASO SE LE REQUIERAN. 4.6. SOBRE CERRADO QUE CONTENGA LA PROPUESTA. LA PROPUESTA DEBERÁ PRESENTARSE EN SOBRE CERRADO, CONFORME A LOS REQUISITOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN EL ANEXO TÉCNICO. 5. ASPECTOS ECONÓMICOS. 5.1. PRESUPUESTO AUTORIZADO. LOS RECURSOS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN FUERON AUTORIZADOS POR CCIJ CONFORME AL PRESUPUESTO APROBADO Y AL CALENDARIO DE GASTO AUTORIZADO PARA ESTE FIN. 5.2. PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO POR EJERCER. EL PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE DEBERÁ APLICARSE PARA LA COMPRA DE EQUIPO EN UN PERIODO MÁXIMO DE SEIS SEMANAS DESDE LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN. 5.3. MONEDA DE COTIZACIÓN Y PRECIOS. LA MONEDA EN QUE DEBERÁN COTIZARSE LAS PROPUESTAS SERÁ EN PESOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. PARA EFECTOS DE COTIZACIÓN, EL LICITANTE AL ELABORAR SUS PROPUESTAS ECONÓMICAS DEBERÁ TOMAR COMO TIPO DE CAMBIO REFERENCIAL EL PUBLICADO EN EL BANCO DE MEXICO EMITIDO AL CIERRE DEL MES INMEDIATO ANTERIOR A LA PRESENTACIÓN DE LA COTIZACIÓN M.N. 6. CONDICIONES DE PAGO Y COMPROBACIÓN. 6.1. FORMA DE PAGO. EL PAGO SE HARÁ DENTRO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA ENTREGA DE LA FACTURA(S) CORRESPONDIENTE(S), DEBIDAMENTE AUTORIZADAS POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE, SIEMPRE Y CUANDO SE ACOMPAÑEN DE LA COMPROBACIÓN DE LA ENTREGA, EN SU CASO. LAS FACTURAS QUE SE FORMULEN EN LA MONEDA DEL MERCADO DONDE SE EJECUTE LA ADQUISICIÓN, SE CUBRIRÁN AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE EN LA FECHA DE PAGO. CCIJ NO ACEPTARA REALIZAR PAGO ALGUNO POR CONCEPTO DE COMISIÓN POR LOS GASTOS DE PUBLICIDAD. LOS PAGOS QUE HAGA CCIJ AL PROVEEDOR POR LA REALIZACIÓN DE LA ADQUISICIÓN CORRESPONDIENTE, SERÁ DEPOSITADA EN LA CUENTA BANCARIA QUE CORRESPONDA Y SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL PROVEEDOR, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA Y ACREDITACIÓN A LA CUENTA RESPECTIVA, O LO QUE APLIQUE. 6.2. ANTICIPOS. NO SE CONSIDERA 6.3. PAGO ADELANTADO. NO SE CONSIDERA. 6.4.

FACTURACIÓN Y COMPROBACIÓN.

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PARA EL PAGO EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTAR LO QUE APLIQUE LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA Y DEBIDAMENTE REQUISITADA PARA REALIZAR EL TRAMITE DE PAGO, MISMA QUE AMPARE EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LOS SERVICIOS REALIZADOS EN EL MES INMEDIATO ANTERIOR, CONSISTENTE EN FACTURAS DEBIDAMENTE SELLADAS Y FIRMADAS POR EL ÁREA CORRESPONDIENTE. EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTAR LA FACTURA DESGLOSANDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) EN CASO DE EXISTIR ALGUNA DIFERENCIA CONTRA EL BIEN PROPORCIONADO, SE LE INFORMARA POR ESCRITO AL PROVEEDOR MEDIANTE OFICIO, PARA QUE ÉSTE, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA ENTREGA DE LA NOTIFICACIÓN, ELABORE UNA NOTA DE CRÉDITO POR EL MONTO DE LA DIFERENCIA. CCIJ SE RESERVA EL DERECHO DE RECHAZAR CUALQUIER DOCUMENTO COMPROBATORIO, FACTURACIÓN O JUSTIFICACIÓN DE GASTOS EN LOS QUE NO ESTÉN DEBIDAMENTE DESGLOSADAS LAS CARACTERÍSTICAS Y ATRIBUTOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REALIZADOS. 6.5. PAGO DE LOS SERVICIOS. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR PARA SU REVISIÓN DE REQUISITOS FISCALES Y CONTROL PRESUPUESTARIO EN LA DIRECCIÓN LA QUE APLIQUE LAS FACTURAS ORIGINALES QUE EMITA, SOPORTE DEL BIEN OBJETO DEL CONTRATO. DICHAS FACTURAS DEBERÁN DE INDICAR EL NOMBRE DEL PROVEEDOR, NÚMERO DE CONTRATO E IMPORTE DE CADA FACTURA. EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COPIA DE LAS FACTURAS EN LA DIRECCIÓN DE CCIJ, UBICADO EN LA AVENIDA FARO, 2350, PISO 8, GUADALAJARA JALISCO ANEXANDO LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE QUE ACREDITE LA ENTREGA DEL BIEN. EN CASO DE DETECTAR ALGÚN ERROR EN LA FACTURACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA, LA DIRECCIÓN LO QUE APLIQUE, DEVOLVERÁN LA FACTURA AL PROVEEDOR, MEDIANTE ESCRITO, CON LAS OBSERVACIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU RECEPCIÓN. EL PROVEEDOR DISPONDRÁ DE DIEZ DÍAS NATURALES PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES. LOS DÍAS QUE TRANSCURRAN, A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LAS FACTURAS SIN ERRORES, NO SE COMPUTARÁN DENTRO DEL PLAZO DE LOS VEINTE DÍAS NATURALES QUE LO QUE APLIQUE PARA REALIZAR EL PAGO CORRESPONDIENTE. TODA FACTURA DEBERÁ PRESENTARSE EN ORIGINAL, A NOMBRE DE CCIJ SU DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA, A NOMBRE DEL PROVEEDOR; DEBERÁ REUNIR LOS REQUISITOS FISCALES VIGENTES –FACTURA ELECTRÓNICA-, Y CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: a. NOMBRE COMPLETO, DOMICILIO FISCAL Y RFC DE CCIJ b. NOMBRE, DOMICILIO, FECHA DE EXPEDICIÓN Y TELÉFONO DE LA EMPRESA QUE EXPIDE LA FACTURA; c. NÚMERO DE LA FACTURA, Y d. DESCRIPCIÓN CLARA DEL BIEN QUE AMPARA, PRECIO UNITARIO Y PRECIO TOTAL. e. LAS FACTURAS NO DEBERÁN TENER TACHADURAS O ENMENDADURAS. 7. PROCESO DE LA LICITACIÓN. 7.1.

PROGRAMA DE ACTIVIDADES ETAPA DEL PROCESO PUBLICACIÓN DE BASES CONSULTA DE BASES RECEPCIÓN DE PREGUNTAS ACLARACIONES DE PREGUNTAS

7.2.

FECHA 24 DE FEBRERO DE 2015 DEL 24 DE FEB. AL 04 DE MAR DE 2015

LUGAR PAGINA WEB CCIJ, MIND Y PROCEI

DEL 24 AL 27 DE FEBRERO DE 2015

VÍA ESCRITA EN LAS OFICINAS DE CCIJ, MIND Ó, VÍA ELECTRÓNICA AL CORREO direcció[email protected]

03 DE MARZO DE 2015

VÍA ELECTRÓNICA AL CORREO QUE SE INDIQUE

ENTREGA DE PROPUESTAS

05 DE MARZO DE 2015

APERTURA DE PROPUESTAS

06 DE MARZO DEL 2015

VALIDACIÓN DE PROPUESTAS

06 DE MARZO DEL 2015

EN LAS OFICINAS DE CCIJ, MIND

COMUNICACIÓN DEL FALLO

09 DE MARZO DEL 2015

VÍA ELECTRÓNICA AL CORREO QUE SE INDIQUE

FIRMA DEL CONTRATO

11 DE MARZO DEL 2015

EN LAS OFICINAS DE CCIJ, MIND

EN LAS OFICINAS DE CCIJ, MIND

BASES DE LICITACIÓN.

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LAS BASES DE LICITACIÓN ESTARÁN DISPONIBLES PARA SU CONSULTA A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y HASTA, INCLUSIVE, EL DÍA NATURAL PREVIO AL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. 7.3. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. LOS LICITANTES PODRÁN PRESENTAR SU PROPUESTA, ASÍ COMO LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LAS MISMAS, EN FORMA ESCRITA. 7.3.1. INSTRUCCIONES PARA ELABORAR Y PRESENTAR LA PROPUESTA EN FORMA ESCRITA. LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN QUE PRESENTEN LOS LICITANTES, DEBERÁN ELABORARSE DE ACUERDO CON LO SIGUIENTE: I. LOS DOCUMENTOS QUE SE REFIERE EL APARTADO UNO DEL ANEXO TÉCNICO PODRÁN PRESENTARSE EN EL IDIOMA DEL PAÍS DE ORIGEN ACOMPAÑADOS DE UNA TRADUCCIÓN SIMPLE AL ESPAÑOL. LOS LICITANTES PODRÁN TESTAR LA INFORMACIÓN QUE SE CONSIDERE CONFIDENCIAL O RESERVADA, CON EXCEPCIÓN DEL NOMBRE DE LOS CONTRATANTES, SERVICIOS, MONTO Y VIGENCIA. II. LA PROPUESTA DEBERÁ SER FIRMADA AUTÓGRAFAMENTE EN LA ÚLTIMA HOJA DEL DOCUMENTO QUE LA CONTENGA, POR LA PERSONA FACULTADA PARA ELLO. CCIJ DESECHARÁ LA PROPUESTA CUANDO LAS HOJAS QUE LAS INTEGREN Y SUS ANEXOS CAREZCAN DE FIRMA O RÚBRICA. III. SE RECOMIENDA QUE LA PROPUESTA Y SUS ANEXOS SE PRESENTEN EN HOJAS NUMERADAS; SU OMISIÓN NO SERÁ MOTIVO O CAUSA DE DESCALIFICACIÓN. IV. LA PROPUESTA DEBERÁ ENTREGARSE EN SOBRE CERRADO QUE CONTENDRÁ LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA. LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA SEÑALADA: a) ACTA CONSTITUTIVA QUE DEMUESTRE AL MENOS 3 AÑOS DE ANTIGÜEDAD PODERES LEGALES DEL REPRESENTANTE LEGAL b) COMPROBANTE DE DOMICILIO c) COMPROBANTE DE HALLARSE AL CORRIENTE DE LOS PAGOS CON AGENCIA TRIBUTARIA Y SEGURO SOCIAL. V. SE RECOMIENDA A LOS LICITANTES QUE INCLUYAN LA DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA SEÑALADA EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE, DENTRO DEL SOBRE QUE CONTENGA LA PROPUESTA, Y QUE DICHA DOCUMENTACIÓN ESTÉ PLENAMENTE IDENTIFICADA Y SEPARADA DE LA DOCUMENTACIÓN QUE CONFORMA LA PROPUESTA. VI. TAMBIÉN SE RECOMIENDA QUE EL SOBRE ESTÉ IDENTIFICADO PLENAMENTE, ROTULADO CON EL NOMBRE Y NÚMERO DE LA LICITACIÓN, RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE, DOMICILIO, TELÉFONO Y NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL. 7.3.2. PROPUESTA. EN SOBRE CERRADO SE INCLUIRÁ LA PROPUESTA, LA CUAL DEBE SER ELABORADA, INTEGRADA Y PRESENTADA CUMPLIENDO CON LAS ESPECIFICACIONES SEÑALADAS EN EL ANEXO TÉCNICO. SE HACE LA ACLARACIÓN QUE LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS SE HARÁ EN UN SOLO SOBRE, EN LUGAR DE DOS. AL RESPECTO, ES DE CONSIDERAR QUE, SI POR ALGUNA CAUSA, AL MOMENTO DE PRESENTAR SU PROPUESTA, ALGÚN LICITANTE LO HACE EN DOS SOBRES, DADO QUE TAL ASPECTO NO AFECTA LA SOLVENCIA DE LAS PROPUESTAS, ELLO NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN, YA QUE AL ABRIRSE AMBOS DOCUMENTOS LA PROPUESTA QUEDARÁ INTEGRADA Y A LA VISTA DE TODOS LOS LICITANTES. 7.3.2.1. PROPUESTA TÉCNICA. EN LA FECHA SEÑALADA PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR EN SOBRE CERRADO, CONTENIENDO LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA SEÑALADA EN EL ANEXO TÉCNICO. 7.3.2.2. PROPUESTA ECONÓMICA. LOS LICITANTES PRESENTARÁN UNA OFERTA DE PRECIO GLOBAL. LA CANTIDAD OFERTADA DEBEN SER ENTENDIDA CON TODOS LOS IMPUESTOS QUE GENERE LA COMPRA DEL BIEN CONTRATADO, POR LO TANTO, CADA UNA DE LAS PARTES SE OBLIGA A DAR CUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES FISCALES QUE LE CORRESPONDAN. 7.3.3. INALTERABILIDAD DE OFERTAS Y CONDICIONES NINGUNA DE LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN, ASÍ COMO EN LAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR LOS LICITANTES PODRÁN SER NEGOCIADAS. 7.4.

EVENTOS DE LA LICITACIÓN.

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7.4.1. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS. NO SE PERMITIRÁ EL ACCESO A NINGÚN LICITANTE NI OBSERVADOR. UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPUESTAS EN LA FECHA, HORA Y LUGAR ESTABLECIDO, ÉSTAS NO PODRÁN SER RETIRADAS O DEJARSE SIN EFECTO, POR LO QUE SE DEBERÁN CONSIDERAR VIGENTES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN HASTA SU CONCLUSIÓN. UNA VEZ RECIBIDAS LAS PROPUESTAS, SE ABRIRÁN Y SE DESECHARAN LAS QUE HUBIEREN OMITIDO ALGUNO DE LOS REQUISITOS EXIGIDOS. EN ESTE ACTO, LA REVISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SE EFECTUARÁ EN FORMA CUANTITATIVA, SIN ENTRAR AL ANÁLISIS DETALLADO DE SU CONTENIDO, Y SE DARA LECTURA AL PRECIO UNITARIO DE CADA UNA DE LAS PARTIDAS QUE INTEGRAN LA PROPUESTA, ASÍ COMO AL IMPORTE TOTAL DE CADA PROPUESTA. TODAS LAS HOJAS DE LAS PROPUESTAS SERÁN RUBRICADAS POR EL REPRESENTANTE DEL CCIJ FACULTADO PARA PRESIDIR EL ACTO O EL QUE ÉSTE DESIGNE. SE LEVANTARÁ CTA. QUE SERVIRÁ DE CONSTANCIA DE LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS, EN DICHA ACTA SE HARÁN CONSTAR LAS PROPUESTAS ACEPTADAS PARA SU POSTERIOR EVALUACIÓN Y EL IMPORTE DE CADA UNA DE ELLAS, ASÍ COMO LAS QUE HUBIEREN SIDO DESECHADAS Y LAS CAUSAS QUE LO MOTIVARON. EL ACTA SERÁ FIRMADA POR LOS ASISTENTES Y SE PONDRÁ A SU DISPOSICIÓN O SE LES ENTREGARA COPIA DE LA MISMA. LA FALTA DE FIRMA DE ALGÚN LICITANTE NO INVALIDARÁ SU CONTENIDO EFECTOS, PONIÉNDOSE A PARTIR DE ESA FECHA A DISPOSICIÓN PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN. EN EL ACTA SE SEÑALARA LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE DARÁ A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACIÓN. ESTA FECHA DEBERÁ QUEDAR COMPRENDIDA DENTRO DE LO QUE APLIQUE A LA ESTABLECIDA PARA ESTE ACTO, Y PODRÁ DIFERIRSE, SIEMPRE QUE EL NUEVO PLAZO FIJADO NO EXCEDA DE VEINTE DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE PARA EL FALLO. LAS PROPUESTAS DESECHADAS DURANTE LA LICITACIÓN PÚBLICA, PODRÁN SER DEVUELTAS A LOS LICITANTES QUE LO SOLICITEN, UNA VEZ TRANSCURRIDOS SESENTA DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE DE A CONOCER EL FALLO RESPECTIVO, O BIEN PODRÁN SER DESTRUIDAS, SALVO QUE EXISTA ALGUNA INCONFORMIDAD EN TRAMITE, EN CUYO CASO LAS PROPUESTAS DEBERÁN CONSERVARSE HASTA LA TOTAL CONCLUSIÓN DE LA INCONFORMIDAD E INSTANCIAS SUBSECUENTES. EL CCIJ PROCEDERÁ A REALIZAR LA EVALUACIÓN DE LA O LAS PROPUESTAS ACEPTADAS. 7.4.2. FALLO DE LA LICITACIÓN EN LA FECHA QUE APLIQUE SE LLEVARA A CABO EL ACTO DE FALLO EN JUNTA PÚBLICA, EN LA CUAL CCIJ DARA A CONOCER LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN REALIZADA A LAS PROPUESTAS ACEPTADAS. A DICHA JUNTA PÚBLICA PODRÁN ASISTIR LOS LICITANTES QUE HUBIEREN PARTICIPADO EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, LEVANTÁNDOSE EL ACTA RESPECTIVA QUE FIRMARAN LOS ASISTENTES, A QUIENES SE ENTREGARA COPIA DE LA MISMA. LA FALTA DE FIRMA DE ALGÚN LICITANTE NO INVALIDARÁ SU CONTENIDO Y EFECTOS, PONIÉNDOSE A PARTIR DE ESA FECHA A DISPOSICIÓN DE LOS QUE NO HAYAN ASISTIDO, PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN. EL ACTA DE FALLO CONTENDRÁ LA INFORMACIÓN ACERCA DE LAS RAZONES POR LAS CUALES LAS PROPUESTAS FUERON DESECHADAS TÉCNICAMENTE O NO RESULTARON GANADORAS. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONTENGA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO; LAS ACTAS DE LAS JUNTAS DE ACLARACIONES, DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS Y DEL FALLO DE LA LICITACIÓN, SE PUBLICARÁN EN LA PÁGINA WEB DE CCIJ, AL FINALIZAR DICHOS ACTOS, PARA EFECTOS DE SU NOTIFICACIÓN, A DISPOSICIÓN DE LOS LICITANTES QUE NO HAYAN ASISTIDO Y SE NOTIFICARÁ A CADA LICITANTE POR CORREO ELECTRÓNICO EN LA DIRECCIÓN INDICADA EN LA PROPUESTA. 8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN.

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Tópico Experiencia Equipo Adecuación del Equipo Calendario de actividades Soporte y servicio Capacitación Total

Evaluación 05 30 30 10 15 10 100

CCIJ VERIFICARA QUE LOS LICITANTES CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES Y SUS ANEXOS Y PROCEDERÁ A LA EVALUACIÓN DE SUS PROPUESTAS. 8.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. SE FORMARÁ UN COMITÉ DE EVALUACIÓN QUE EVALUARA LAS PROPUESTAS DE LOS LICITANTES QUE NO HAYAN SIDO DESECHADAS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, Y SE CONSTATARA: I. QUE LA DOCUMENTACIÓN CUMPLA CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LAS BASES DE LICITACIÓN; II. EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL ANEXO TÉCNICO; III. EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LAS BASES; IV. LA APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO MÍNIMO/MÁXIMO EN LA PARTIDA CORRESPONDIENTE Y PERÍODOS SEÑALADOS EN ESTAS BASES; V. EL MONTO TOTAL DE LOS HONORARIOS Y GASTOS CONTEMPLADOS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, QUE COBREN LOS LICITANTES, Y VI. LOS SERVICIOS ADICIONALES QUE OFREZCAN LOS LICITANTES NO SERÁN MOTIVO DE EVALUACIÓN, PERO SI FORMARAN PARTE DEL CONTRATO. VII. CUANDO EXISTA UN ERROR DE CALCULO EN LAS PROPUESTAS PRESENTADAS, SOLO HABRÁ LUGAR A SU RECTIFICACIÓN POR PARTE DE CCIJ, CUANDO LA CORRECCIÓN NO IMPLIQUE LA MODIFICACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS, LO QUE SE HARÁ CONSTAR EN EL DICTAMEN DE FALLO SI EL LICITANTE NO ACEPTA LA CORRECCIÓN SE DESECHARA LA PROPUESTA, DE LA O LAS PARTIDAS QUE SEAN AFECTADAS POR EL ERROR. 8.2. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. LA CALIDAD DE CADA OFERTA TÉCNICA SE EVALUARÁ CON ARREGLO A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y A SU CORRESPONDIENTE PONDERACIÓN, TAL COMO SE DETALLA EN LA TABLA DE EVALUACIÓN EN LAS PRESENTES BASES. UNA VEZ HECHA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ AL LICITANTE, CUYA PROPUESTA RESULTE SOLVENTE PORQUE REÚNE, CONFORME A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN ESTABLECIDOS EN LAS BASES DE LICITACIÓN, LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS REQUERIDAS POR CCIJ Y GARANTIZA SATISFACTORIAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS. 9. DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES, INTERRUPCIÓN, CANCELACIÓN Y DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. 9.1. DESCALIFICACIÓN DE LICITANTES. SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN Y DESECHAMIENTO DE PROPUESTAS DE LOS LICITANTES QUE INCURRAN EN CUALQUIERA DE LAS SIGUIENTES SUPUESTOS: I. NO CUMPLIR CON ALGÚN REQUISITO SOLICITADO O ESPECIFICADO EN LAS BASES DE ESTA LICITACIÓN Y SUS ANEXOS, CUANDO EL INCUMPLIMIENTO AFECTE LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA. QUEDAN COMPRENDIDOS ENTRE LOS REQUISITOS CUYO INCUMPLIMIENTO, POR SI MISMOS, NO AFECTAN LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA: EL PROPONER UN PLAZO DE ENTREGA MENOR AL SOLICITADO, EN CUYO CASO, PREVALECERÁ EL ESTIPULADO EN LAS BASES DE LICITACIÓN; EL OMITIR ASPECTOS QUE PUEDAN SER CUBIERTOS CON INFORMACIÓN CONTENIDA EN LA PROPIA PROPUESTA TÉCNICA O ECONÓMICA; EL NO OBSERVAR LOS FORMATOS ESTABLECIDOS, SI SE PROPORCIONA DE MANERA CLARA LA INFORMACIÓN REQUERIDA, Y EL NO OBSERVAR REQUISITOS QUE CAREZCAN DE FUNDAMENTO LEGAL O CUALQUIER OTRO QUE NO TENGA POR OBJETO DETERMINAR OBJETIVAMENTE LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA PRESENTADA. EN NINGÚN CASO PODRÁN SUPLIRSE LAS DEFICIENCIAS SUSTANCIALES DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS. II. CUANDO COMO RESULTADO DE LA REVISIÓN CUALITATIVA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS SE OBSERVE QUE LOS COSTOS DERIVADOS DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES, SEAN NOTORIAMENTE INFERIORES A LOS PRECIOS DE MERCADO CORRESPONDIENTES. III. LA COMPROBACIÓN DE QUE ALGÚN LICITANTE HA ACORDADO CON OTRO U OTROS ELEVAR LOS PRECIOS DE LOS BIENES O SERVICIOS, O CUALQUIER OTRO ACUERDO QUE TENGA COMO FIN OBTENER UNA VENTAJA SOBRE LOS LICITANTES.

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IV.

SE TENDRÁN POR NO PRESENTADAS LAS PROPUESTAS Y LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR CCIJ.

9.2. LICITACIÓN DESIERTA. CCIJ PODRÁ DECLARAR DESIERTA LA PRESENTE LICITACIÓN EN LOS SIGUIENTES CASOS: I. CUANDO VENCIDO EL PLAZO DE LA PUBLICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN, NINGÚN INTERESADO PRESENTE PROPUESTAS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA, O; II. II.- CUANDO LAS PROPUESTAS PRESENTADAS NO REÚNAN LOS REQUISITOS DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN O SUS PRECIOS, CONFORME A LA INVESTIGACIÓN DE PRECIOS REALIZADA, NO FUEREN ACEPTABLES. 9.3. CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. CCIJ PODRÁ CANCELAR LA LICITACIÓN, POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. DE IGUAL MANERA, PODRÁ CANCELAR LA LICITACIÓN CUANDO EXISTAN CIRCUNSTANCIAS, DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS, QUE PROVOQUEN LA EXTINCIÓN DE LA NECESIDAD PARA CONTRATAR LOS SERVICIOS POR PRESTAR, Y QUE DE CONTINUARSE CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE PUDIERA OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO A CCIJ. LA DETERMINACIÓN DE DAR POR CANCELADA LA LICITACIÓN, DEBERÁ PRECISAR EL ACONTECIMIENTO QUE MOTIVA LA DECISIÓN, LA CUAL SE HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE LOS LICITANTES. 10. SUSCRIPCIÓN, MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN ANTICIPADA, PRÓRROGA, RESCISIÓN Y FINIQUITO DEL CONTRATO. 10.1. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO EL MODELO Y CONDICIONES DEL CONTRATO, SE MUESTRAN EN EL ANEXO TRES. LA FECHA PARA LA FIRMA DEL CONTRATO SERÁ EL DÍA 11 DE MARZO DE 2015, A LAS 11:00 HORAS, EN LAS INSTALACIONES DE CCIJ UBICADAS EN AVENIDA FARO 2350, PISO 8, GUADALAJARA, JALISCO. SE CONTEMPLA LA POSIBILIDAD DE QUE EL LICITANTE NO SE REÚNA CON EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA LA FIRMA. EN ESTE CASO SE ADELANTARÁ EL CONTRATO A FIRMAR POR CORREO ELECTRÓNICO, Y SE RECIBIRÁ COPIA FIRMADA ESCANEADA DEL MISMO, SIN PERJUICIO DE RECIBIR ASIMISMO EL ORIGINAL EN PAPEL. SI EL PROVEEDOR NO FIRMARE EL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, CCIJ SIN NECESIDAD DE UN NUEVO PROCEDIMIENTO, ADJUDICARÁ EL CONTRATO AL LICITANTE QUE HAYA PRESENTADO LA SIGUIENTE PROPUESTA SOLVENTE MÁS BAJA, DE CONFORMIDAD CON LO ASENTADO EN EL DICTAMEN A QUE SE EL QUE APLIQUE Y ASÍ SUCESIVAMENTE EN CASO DE QUE ÉSTE ULTIMO NO ACEPTE LA ADJUDICACIÓN, SIEMPRE QUE LA DIFERENCIA EN PRECIO CON RESPECTO A LA PROPUESTA QUE INICIALMENTE HUBIERE RESULTADO GANADORA, NO SEA SUPERIOR AL DIEZ POR CIENTO. EL PROVEEDOR A QUIEN SE HUBIERE ADJUDICADO EL CONTRATO NO ESTARÁ OBLIGADO A SUMINISTRAR LOS BIENES O PRESTAR EL SERVICIO, SI CCIJ POR CAUSAS IMPUTABLES AL MISMO, NO FIRMARE EL CONTRATO. EN ÉSTE SUPUESTO, CCIJ, A SOLICITUD ESCRITA DEL PROVEEDOR, CUBRIRÁ LOS GASTOS NO RECUPERABLES Y SE LIMITARA SEGÚN CORRESPONDA ÉL ATRASO DE CCIJ EN LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO PRORROGARÁ EN IGUAL PLAZO LA FECHA DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR AMBAS PARTES. LOS SERVICIOS MATERIA DE ESTA LICITACIÓN NO PODRÁN SER SUBCONTRATADOS. PARA EFECTOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN. LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL CONTRATO NO PODRÁN CEDERSE EN FORMA PARCIAL NI TOTAL EN FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO DE CCIJ. PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO, EL PROVEEDOR DEBERÁ PRESENTAR ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA PARA SU COTEJO DE LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITE SU EXISTENCIA LEGAL Y LAS FACULTADES DE SU REPRESENTANTE PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO CORRESPONDIENTE. ASIMISMO, DEBERÁ PRESENTAR CARTA FIRMADA POR SU REPRESENTANTE EN LA QUE EL PROVEEDOR MANIFIESTE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, ESTAR AL CORRIENTE DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES Y TRIBUTARIAS

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LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN PERIÓDICA EN MÉXICO DEBERÁN PRESENTAR ESCRITO EN EL QUE SE ASIENTE ESTA MANIFESTACIÓN. TRATÁNDOSE DE LICITANTES EXTRANJEROS, TODA LA DOCUMENTACIÓN DEBERÁ PRESENTARSE TRADUCIDA POR ESCRITO AL IDIOMA ESPAÑOL Y LEGALIZADA POR EL CÓNSUL MEXICANO DEL LUGAR, O BIEN, TRATÁNDOSE DE DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL TERRITORIO DE CUALQUIER PAÍS SUSCRIPTOR DE LA CONVENCIÓN DE LA HAYA, POR LA QUE SE SUPRIME EL REQUISITO DE LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, DEL 5 DE OCTUBRE DE 1961; LA LEGALIZACIÓN POR PARTE DEL CÓNSUL SE PODRÁ SUSTITUIR POR LA APOSTILLA A LA QUE SE REFIERE LA CITADA CONVENCIÓN. EL PROVEEDOR DEBERÁ PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN Y/O DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON EL CONTRATO, QUE LE SOLICITE CCIJ. 10.2. MODIFICACIONES AL CONTRATO. CCIJ PODRÁ, DENTRO DE SU PRESUPUESTO APROBADO Y DISPONIBLE, BAJO SU RESPONSABILIDAD Y POR RAZONES FUNDADAS Y EXPLICITAS, ACORDAR EL INCREMENTO EN LA CANTIDAD DE BIENES SOLICITADOS MEDIANTE MODIFICACIONES AL CONTRATO, EN CUALQUIER TIEMPO DURANTE SU VIGENCIA, SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LAS MODIFICACIONES NO REBASE, EN CONJUNTO, EL PORCENTAJE QUE APLIQUE POR CIENTO DEL MONTO O CANTIDAD DE LOS CONCEPTOS Y VOLÚMENES ESTABLECIDOS ORIGINALMENTE EN LOS MISMOS Y EL PRECIO DE LOS BIENES SEA IGUAL AL PACTADO ORIGINALMENTE. IGUAL PORCENTAJE SE APLICARA A LAS MODIFICACIONES QUE POR AMPLIACIÓN DE LA VIGENCIA SE HAGAN DEL CONTRATO, CUANDO SU PRESTACIÓN SE REALICE DE MANERA CONTINUA Y REITERADA. CUANDO SE INCLUYAN BIENES O SERVICIOS DE DIFERENTES CARACTERÍSTICAS, EL PORCENTAJE SE APLICARA PARA CADA PARTIDA DE LOS BIENES O SERVICIOS DE QUE SE TRATE. CUANDO EL PROVEEDOR DEMUESTRE LA EXISTENCIA DE CAUSAS JUSTIFICADAS QUE LE IMPIDAN CUMPLIR CON LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES CONFORME A LAS CANTIDADES PACTADAS EN EL CONTRATO, CCIJ PODRÁ MODIFICARLO MEDIANTE LA CANCELACIÓN DE PARTE DE LAS CANTIDADES ORIGINALMENTE ESTIPULADAS, SIEMPRE Y CUANDO NO REBASE EL PORCENTAJE QUE APLIQUE POR CIENTO DEL IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO RESPECTIVO. CUALQUIER MODIFICACIÓN AL CONTRATO DEBERÁ FORMALIZARSE POR ESCRITO POR PARTE DE CCIJ. LOS INSTRUMENTOS LEGALES RESPECTIVOS SERÁN SUSCRITOS POR RESPONSABLE QUE LO HAYA HECHO EN EL CONTRATO O QUIEN LO SUSTITUYA O ÉSTE FACULTADO PARA ELLO. CCIJ SE ABSTENDRÁ DE HACER MODIFICACIONES QUE SE REFIERAN A PRECIOS, ANTICIPOS, PAGOS PROGRESIVOS, ESPECIFICACIONES Y, EN GENERAL, CUALQUIER CAMBIO QUE IMPLIQUE OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS A UN PROVEEDOR COMPARADAS CON LAS ESTABLECIDAS ORIGINALMENTE. 10.3. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. CUANDO EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE PRESENTE CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR, CCIJ, BAJO SU RESPONSABILIDAD, PODRÁ SUSPENDER LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, EN CUYO CASO ÚNICAMENTE SE PAGARÁN AQUELLOS SERVICIOS QUE HUBIESEN SIDO EFECTIVAMENTE PRESTADOS. CUANDO LA SUSPENSIÓN OBEDEZCA A CAUSAS IMPUTABLES A CCIJ, ÉSTA CUBRIRÁ LOS GASTOS NO RECUPERABLES DURANTE EL TIEMPO QUE DURE ESTA SUSPENSIÓN. DICHOS GASTOS SERÁN AQUELLOS QUE SE GENEREN POR LA SUSPENSIÓN Y SIEMPRE QUE ESTÉN COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL OBJETO DEL CONTRATO. EN NINGÚN CASO SE PAGARÁN SERVICIOS QUE NO ESTÉN VINCULADOS CON EL CONTRATO. EL PLAZO DE SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DEL CONTRATO DEBERÁ PACTARSE ENTRE AMBAS ARTES, CONFORME AL ARTÍCULO 55 BIS DE LA LEY. EN CASO DE CONTINUAR CON LA SUSPENSIÓN, PODRÁ INICIARSE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. 10.4. TERMINACIÓN ANTICIPADA. CCIJ PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO O LOS CONTRATOS, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS BIENES O SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A LA CCIJ O SE

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DETERMINE LA NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE LOS ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO; EN ESTOS SUPUESTOS, CCIJ REEMBOLSARÁ AL PROVEEDOR LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ÉSTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL CONTRATO CORRESPONDIENTE. DENTRO DE LOS SIGUIENTES VEINTES DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA SOLICITUD FUNDADA Y DOCUMENTADA DEL PROVEEDOR. 10.5. PRÓRROGAS. EN CASOS EXCEPCIONALES, POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR O POR CAUSAS ATRIBUIBLES A CCIJ PREVIA SOLICITUD POR ESCRITO DEL PROVEEDOR, CCIJ PODRÁ OTORGAR PRÓRROGA PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O SU COMPROBACIÓN. PARA TAL EFECTO, EL PROVEEDOR DEBERÁ JUSTIFICARLO POR ESCRITO, CON ANTICIPACIÓN AL VENCIMIENTO DE LAS FECHAS PACTADAS. NO PROCEDERÁ NINGUNA PRÓRROGA CUANDO LOS SERVICIOS REBASEN UN EJERCICIO PRESUPUESTAL. UNA VEZ AGOTADO EL PLAZO DE PRÓRROGA Y SI NO SE HUBIEREN CORREGIDO LAS DEFICIENCIAS, CCIJ PROCEDERÁ A APLICAR LAS PENAS CONVENCIONALES O DEDUCCIONES AL PAGO ESTABLECIDAS EN EL QUE APLIQUE DE LA PRESENTES BASES. 10.6. RESCISIÓN. 10.6.1. CAUSALES DE RESCISIÓN. CCIJ PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL CONTRATO, SIN NECESIDAD DE INTERVENCIÓN JUDICIAL, EN EL CASO DE QUE SE PRESENTEN CUALQUIERA DE LOS SUPUESTOS QUE SE INDICAN: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. XI.

POR NO PRESENTAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EN LOS TIEMPOS QUE ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO SI EL PROVEEDOR NO ENTREGA EL BIEN ADQUIRIDO EN LAS FECHAS CONVENIDAS. SI EL PROVEEDOR SUSPENDE INJUSTIFICADAMENTE LA ENTREGA DEL BIEN. SI EL PROVEEDOR NO SUSTITUYE LA COMPROBACIÓN DEL BIEN QUE LE HUBIERE SIDO RECHAZADA. CUANDO SE AGOTE EL LÍMITE DE PENAS CONVENCIONALES O DEDUCCIONES AL PAGO. SI EL PROVEEDOR NO OTORGA LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LA ADQUISICIÓN. SI EL PROVEEDOR PROPORCIONA INFORMACIÓN FALSA Y/O ACTÚA CON DOLO O MALA FE EN ALGÚN PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN, EN LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO O DURANTE SU VIGENCIA. EN CASO DE QUE LA AUTORIDAD COMPETENTE DECLARE AL PROVEEDOR EN CONCURSO MERCANTIL O EXISTA ALGUNA OTRA SITUACIÓN QUE AFECTE SU PATRIMONIO, EN FORMA TAL QUE LE IMPIDA CUMPLIR CON SUS OBLIGACIONES. POR CONTRAVENIR LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO Y ORDENAMIENTOS LEGALES QUE RESULTEN APLICABLES. POR NO OBTENER TODAS LAS AUTORIZACIONES QUE SE REQUIERAN EN MATERIA DE USO DE MARCAS, PATENTES. EN CASO DE INCUMPLIMIENTO EN EL CONVENIO QUE FORMALIZARON LOS LICITANTES PARA FORMAR UN GRUPO Y SE PRESENTE EL SUPUESTO DE DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN Y QUE ESTO IMPIDA O DISMINUYA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS MATERIA DE LA PRESENTE LICITACIÓN.

10.6.2. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO SE LLEVARA A CABO CONFORME EL PROCEDIMIENTO SIGUIENTE: I. SE INICIARÁ A PARTIR DE QUE AL PROVEEDOR LE SEA COMUNICADO POR ESCRITO EL INCUMPLIMIENTO EN QUE HAYA INCURRIDO, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE CINCO DÍAS ES EXPONGA LO QUE A SU DERECHO CONVENGA Y APORTE, EN SU CASO, LAS PRUEBAS QUE ESTIME PERTINENTES. II. TRANSCURRIDO EL TÉRMINO A QUE SE REFIERE LA FRACCIÓN ANTERIOR, SE RESOLVERÁ CONSIDERANDO LOS ARGUMENTOS Y PRUEBAS QUE HUBIERE HECHO VALER. III. LA DETERMINACIÓN DE DAR O NO POR RESCINDIDO EL CONTRATO DEBERÁ SER DEBIDAMENTE FUNDADA Y MOTIVADA Y DEBERÁ SER COMUNICADA AL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS ES SIGUIENTES A LO SEÑALADO EN LA FRACCIÓN I DE ÉSTE NUMERAL. IV. CUANDO SE RESCINDA EL CONTRATO, SE FORMULARÁ EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE HACER CONSTAR LOS PAGOS QUE DEBA EFECTUAR CCIJ POR CONCEPTO DE LOS BIENES RECIBIDOS O LOS SERVICIOS PRESTADOS HASTA EL MOMENTO DE RESCISIÓN.

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SI PREVIAMENTE A LA DETERMINACIÓN DE DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, SE HICIERE ENTREGA DE LOS BIENES O SE PRESTAREN LOS SERVICIOS, EL PROCEDIMIENTO INICIADO QUEDARÁ SIN EFECTO, PREVIA ACEPTACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CCIJ DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS, APLICANDO, EN SU CASO, LAS PENAS CONVENCIONALES O DEDUCCIONES AL PAGO CORRESPONDIENTE. CCIJ PODRÁ DETERMINAR O DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CUANDO DURANTE EL PROCEDIMIENTO ADVIERTA QUE LA RESCISIÓN DEL CONTRATO PUDIERA OCASIONAR ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN A LAS FUNCIONES QUE TIENE ENCOMENDADAS. EN ÉSTE SUPUESTO, DEBERÁ ELABORAR UN DICTAMEN, EN EL CUAL JUSTIFIQUE QUE LOS IMPACTOS ECONÓMICOS QUE SE OCASIONARÍAN CON LA RESCISIÓN DEL CONTRATO RESULTARÍAN MÁS INCONVENIENTES. AL NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, CCIJ ESTABLECERÁ CON EL PROVEEDOR OTRO PLAZO, QUE LE PERMITA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO QUE HUBIERE MOTIVADO EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO. EL CONVENIO MODIFICATORIO QUE AL EFECTO SE CELEBRE DEBERÁ ATENDER A LAS CONDICIONES PREVISTAS POR LO QUE EL ÁREA JURÍDICA DE CCIJ ESTABLEZCA CUANDO POR MOTIVO DEL ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES O LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, O EL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN SE UBIQUE EN UN EJERCICIO FISCAL DIFERENTE A AQUEL EN QUE HUBIERE SIDO ADJUDICADO EL CONTRATO, CCIJ PODRÁ RECIBIR LOS BIENES O SERVICIOS, PREVIA VERIFICACIÓN DE QUE CONTINÚA VIGENTE LA NECESIDAD DE LOS MISMOS Y SE CUENTA CON PARTIDA Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO FISCAL VIGENTE, DEBIENDO MODIFICARSE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CON LOS PRECIOS ORIGINALMENTE PACTADOS. CUALQUIER PACTO EN CONTRARIO A LO DISPUESTO EN ÉSTE NUMERAL SE CONSIDERARÁ NULO. CUANDO CCIJ DETERMINE NO DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO, PORQUE ELLO LE OCASIONE ALGÚN DAÑO O AFECTACIÓN MAYOR, EL ESTABLECIMIENTO DE OTRO PLAZO PARA SUBSANAR EL INCUMPLIMIENTO SERÁ SIN DEFECTO DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS A LAS QUE SE HUBIERA HECHO ACREEDOR EL LICITANTE POR INCUMPLIMIENTO. 10.7. FINIQUITO DE CONTRATO. LA DIRECCIÓN DE CCIJ EFECTUARÁ UNA CONCILIACIÓN CON EL PROVEEDOR. PARA TAL EFECTO, REALIZARÁ LAS SIGUIENTES ACTIVIDADES: I. REVISIÓN DE FACTURAS PAGADAS; II. REVISIÓN DE FACTURAS PENDIENTES DE PAGO; III. REVISIÓN DE FACTURAS EN TRAMITE, Y IV. SALDO PENDIENTE DE PAGO CONFORME AL PRESUPUESTO ASIGNADO EN EL CONTRATO O CONVENIO. LA DIRECCIÓN DE CCIJ, CONJUNTAMENTE CON EL PROVEEDOR, REALIZARÁ UNA REUNIÓN EN LA QUE SE LEVANTARÁ UNA ACTA DE ENTREGA DE LOS BIENES Y SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO, ASÍ COMO DE NO ADEUDO DE LOS PAGOS, MISMA QUE TURNARÁ PARA CONOCIMIENTO DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS. COPIA DE LAS CONCILIACIONES A QUE SE REFIERE EL PRESENTE NUMERAL Y DEL ACTA DE ENTREGA DE LOS BIENES Y SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO DEBERÁN SER TURNADAS A LA DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN. 11. OTORGAMIENTO Y LIBERACIÓN DE GARANTÍAS. 11.1. PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO QUE SE ADJUDIQUE CON MOTIVO DE ESTA LICITACIÓN, EL PROVEEDOR, DENTRO DE LOS DÍEZ DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DE DICHO CONTRATO, DEBERÁ ENTREGAR A CCIJ UNA FIANZA POR EL 10% (DÍEZ POR CIENTO), DEL MONTO MÁXIMO TOTAL POR EROGAR EN EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA); DICHA FIANZA DEBERÁ SER EXPEDIDA POR UNA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DE NACIONALIDAD MEXICANA, A FAVOR DEL BENEFICIARIO. EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR SEA DE NACIONALIDAD EXTRANJERA, DEBERÁ ENTREGAR, A SU ELECCIÓN, LA FIANZA A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR, O BIEN, UNA CARTA DE CRÉDITO EMITIDA POR UNA INSTITUCIÓN BANCARIA INTERNACIONAL O EXTRANJERA, PAGADERA EN MÉXICO POR UNA INSTITUCIÓN NACIONAL O FILIAL DEL BANCO EMISOR DEL DOCUMENTO, A FAVOR DE PROMÉXICO POR EL 10% (DÍEZ POR CIENTO), SIN INCLUIR EL

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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) DEL MONTO MÁXIMO TOTAL POR EROGAR EN EL EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE. EN EL SUPUESTO DE QUE SE ACUERDEN INCREMENTOS EN LA CANTIDAD DE BIENES O SERVICIOS SOLICITADOS, CONFORME A LO PREVISTO EN EL NUMERAL 10.2 DE ESTAS BASES, EL PROVEEDOR SE OBLIGA A ELEVAR EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EN IGUAL PROPORCIÓN QUE EL INCREMENTO OTORGADO. LA VIGENCIA DE LA FIANZA O DE LA CARTA DE CRÉDITO DEBERÁN COMPRENDER HASTA QUE EL OBJETO DEL CONTRATO SE CUMPLA EN FORMA PLENA A SATISFACCIÓN POR ESCRITO DEL BENEFICIARIO ES DECIR, HASTA QUE CONSIDERE SE HAYA CUMPLIDO TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CONTRAÍDAS. LA FIANZA O CARTA DE CRÉDITO ÚNICAMENTE SE PODRÁ CANCELAR MEDIANTE COMUNICACIÓN ESCRITA DEL BENEFICIARIO. POR LO ANTERIOR, LA FIANZA O LA CARTA DE CRÉDITO DEBERÁN GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, ASÍ COMO CON POSTERIORIDAD AL MISMO, EN EL SUPUESTO DE QUEDAR ALGUNA OBLIGACIÓN PENDIENTE A CONSIDERACIÓN DEL BENEFICIARIO EN CASO DE QUE APLIQUE. 11.2. LIBERACIÓN DE LA GARANTÍA. ÚNICAMENTE SE PODRÁN LIBERAR LAS GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, PREVIA SOLICITUD POR ESCRITO DEL PROVEEDOR Y QUE EL CCIJ CONFIRME EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONTRATO. 11.3. SUPERVISIÓN.EL BENEFICIARIO TENDRÁ, EN TODO TIEMPO, LIBRE ACCESO A TODA LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DERIVADOS DE ÉSTE CONTRATO Y QUE SE ENCUENTREN EN PODER DE EL PROVEEDOR. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DEL DERECHO QUE TIENE EL BENEFICIARIO DE EFECTUAR REVISIONES EN CUALQUIER MOMENTO DE LA VIGENCIA DE ÉSTE CONTRATO, POR CONDUCTO DE LAS PERSONAS QUE SEAN DESIGNADAS PARA TAL EFECTO, PARA CONSTATAR LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS, LA COMPROBACIÓN DE LOS MISMOS Y LOS BENEFICIOS QUE OBTENGA EL PROVEEDOR PARA EL BENEFICIARIO. ASIMISMO, EL BENEFICIARIO SE RESERVA EL DERECHO DE LLEVAR A CABO LA SUPERVISIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN FORMA DIRECTA O A TRAVÉS DE TERCEROS. 12. PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL. SERÁ RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR OBTENER TODAS LAS AUTORIZACIONES QUE SE REQUIERAN EN MATERIA DE USO DE MARCAS, PATENTES Y LEMAS, ASÍ COMO DE OBRAS DE CUALQUIER ÍNDOLE PROTEGIDAS POR DERECHOS DE AUTOR. CCIJ SERÁ TITULAR DE LOS DERECHOS DE AUTOR Y DE PROPIEDAD DE LAS BASES DE DATOS Y DE CUALQUIER TIPO DE MATERIAL QUE SE PRODUZCA CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA LICITACIÓN, SALVO DE AQUELLOS MATERIALES RESPECTO DE LOS QUE TERCEROS YA DETENTEN LOS DERECHOS DE AUTOR O DE PROPIEDAD, EN CUYO CASO, SE HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE PROMÉXICO. EL PROVEEDOR TENDRÁ LA OBLIGACIÓN INELUDIBLE DE INVESTIGAR E INFORMAR A CCIJ SOBRE LAS CONDICIONES DE USO Y RESTRICCIÓN DE LOS DERECHOS INTELECTUALES EN RELACIÓN CON LOS MATERIALES PRODUCIDOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO. EL PROVEEDOR ASUME CUALQUIER TIPO DE RESPONSABILIDAD POR LAS VIOLACIONES QUE PUDIERAN DARSE EN MATERIA DE PATENTES, MARCAS O DERECHOS DE AUTOR, CON RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE SUS SERVICIOS, POR LO QUE DE PRESENTARSE ALGUNA RECLAMACIÓN A CCIJ POR ESE MOTIVO, DURANTE LA VIGENCIA DEL MISMO O POSTERIOR A ELLA, EL PROVEEDOR CONVIENE DESDE AHORA EN SACAR A EN PAZ Y A SALVO DE TALES RECLAMACIONES A CCIJ. TRATÁNDOSE DEL REGISTRO DE LEMAS DE CAMPAÑA O DE DERECHOS DE AUTOR, EL PROVEEDOR INFORMARÁ POR ESCRITO A CCIJ QUE SE HA INICIADO EL TRAMITE DE REGISTRO, DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES, Y UNA VEZ OBTENIDO EL REGISTRO CORRESPONDIENTE, ENVIARA A CCIJ EL COMPROBANTE ORIGINAL Y/O COPIA CERTIFICADA, DENTRO DE LOS 10 DÍAS ES SIGUIENTES A SU OBTENCIÓN. EL PROVEEDOR PODRÁ UTILIZAR LAS FOTOGRAFÍAS, IMÁGENES Y EN GENERAL CUALQUIER MATERIAL FOTOGRÁFICO, VIDEOGRABADO O FÍLMICO QUE NO TENGAN RESTRICCIÓN PERTENECIENTES A CCIJ ASÍ COMO AQUELLAS QUE

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CONSIDERE NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS DE LA PRESENTE LICITACIÓN, ASEGURANDO SU USO SIN RESTRICCIONES EN TODOS LOS MEDIOS PUBLICITARIOS, INCLUYENDO LOS DE INTERNET Y CUALQUIER OTRO MEDIO TECNOLÓGICO ACTUAL O FUTURO. 13. SANCIONES. 13.1. PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS PLIEGOS CUANDO EL PROVEEDOR SE ATRASE EN LA FECHA DE LA ENTREGA DE LOS BIENES O SERVICIOS O INCUMPLA CON LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉL, SE HARÁ ACREEDOR A LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES O DE DEDUCCIONES AL PAGO, RESPECTIVAMENTE, CONFORME A LO SIGUIENTE: I. EN EL CASO DE ATRASO EN EL INICIO DE LOS SERVICIOS EN LAS FECHAS PACTADAS, SE APLICARA UNA PENA CONVENCIONAL DEL PORCENTAJE QUE APLIQUE SOBRE EL VALOR DE LOS SERVICIOS NO INICIADOS A TIEMPO, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE DEBIÓ INICIAR EL SERVICIO. EN ESTE SUPUESTO, EL ÁREA CORRESPONDIENTE PODRÁ AUTORIZAR AL PROVEEDOR A REPONER EL SERVICIO NO POR QUE LA OMISIÓN EN LA PRESTACIÓN OPORTUNA HAYA OBEDECIDO A CAUSAS AJENAS AL PROVEEDOR; II. QUE EL PROVEEDOR DÉ AVISO A LA DIRECCIÓN DEL CCIJ DE LA NO PRESTACIÓN OPORTUNA DEL SERVICIO, DENTRO DE LOS 5 DÍAS ES SIGUIENTES A QUE SE DÉ LA OMISIÓN; III. QUE LA REPOSICIÓN SE HAGA EN LAS MISMAS CONDICIONES A LAS ORIGINALMENTE PACTADAS. IV. POR EL ATRASO EN LA ENTREGA EXTEMPORÁNEA DE LAS FACTURAS Y COMPROBANTES DE LOS SERVICIOS RESTADOS OBJETO DE ÉSTE CONTRATO, SE APLICARA UNA DEDUCCIÓN AL PAGO DEL 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) DIARIO POR CADA DÍA HÁBIL DE RETRASO SOBRE LOS GASTOS DE COMPROBACIÓN DEL MES EN QUE SE ORIGINE LA FALTA. LAS PENAS CONVENCIONALES O LAS DEDUCCIONES AL PAGO SE CAUSARÁN HASTA POR UN MONTO MÁXIMO DEL EL PORCENTAJE QUE APLIQUE DEL VALOR DE LOS BIENES O SERVICIOS NO ENTREGADOS O NO COMPROBADOS A TIEMPO. LAS PENAS CONVENCIONALES QUE SE APLIQUEN NO PODRÁN REBASAR UN MONTO MÁXIMO EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE TOTAL DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS. EL ÁREA CORRESPONDIENTE, SERÁ LA RESPONSABLE DE DETERMINAR Y REALIZAR EL CALCULO DE LA PENA CONVENCIONAL Y DE LA DEDUCCIÓN AL PAGO, MISMAS QUE SERÁN TURNADAS A LA DIRECCIÓN QUE APLIQUE PARA QUE SE APLIQUE MEDIANTE NOTA DE CRÉDITO EN LA FACTURA DE PAGO CORRESPONDIENTE. EL PAGO DE LOS BIENES O SERVICIOS QUEDARÁ CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL PROVEEDOR DEBA EFECTUAR POR PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO A LAS QUE SE HAGA ACREEDOR, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN EL SUPUESTO DE QUE SEA RESCINDIDO EL CONTRATO, NO PROCEDERÁ EL COBRO DE DICHAS SANCIONES NI LA CONTABILIZACIÓN DE LAS MISMAS PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. EN EL CONTRATO QUE AL EFECTO SE FIRME SE ESTABLECERÁ EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES AL PAGO. 13.2. VICIOS OCULTOS. EL PROVEEDOR QUEDARÁ OBLIGADO ANTE CCIJ A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIEREN INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL CONTRATO RESPECTIVO Y EN LA LEGISLACIÓN APLICABLE. PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SE ENTIENDE POR VICIOS OCULTOS, LOS DEFECTOS QUE EXISTAN EN LOS BIENES O SERVICIOS PROPORCIONADOS, QUE LOS HAGAN IMPROPIOS PARA LOS USOS PREVISTOS EN EL CONTRATO.

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ANEXO TÉCNICO 1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA I. Presentar la documentación que contenga como mínimo la siguiente información: a. Descripción de la empresa. b. Relación de los trabajos efectuados por la entidad en los últimos cinco años, en la que se señale lo siguiente. 2. REQUISITOS TÉCNICOS DEL HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL 2.1. Especificaciones Técnicas Se requiere HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL. La máquina de fotografiado será un aparato que a modo de periférico de ordenador, permitirá capturar imágenes de objetos para su procesado posterior. La máquina realizará una serie de movimientos para conseguir tomar las fotografías que generarán la vista final en tres dimensiones del objeto. La máquina y su hardware y software deberán ir acompañados de un manual de instalación y uso. 2.2 Características del hardware Constará de una estructura con una caja de luz interior y dos partes móviles: un brazo móvil que desciende y asciende durante la toma de fotografías y un eje horizontal que gira el objeto. El brazo móvil sustentará la cámara y realizará movimientos motorizados de subida y bajada para captar el objeto situado en el interior de la máquina, posicionando la cámara en la posición exacta para fotografiar. La cámara de fotos será comandada por software desde el ordenador y realizará las fotografías de manera automática. El soporte sostendrá el objeto a fotografiar y lo girará utilizando un motor posicionando el objeto en la posición exacta para su captura. El soporte tendrá la opción de regulación en altura para adaptar la máquina a objetos de varios tamaños. El eje de rotación será el eje de giro del objeto que permita la captura desde todos los ángulos. La máquina dispondrá de un panel de mandos en el frontal, desde el que se pueda realizar el apagado y encendido de la máquina. Además dispondrá de dos reguladores de intensidad de la luz interior con posibilidad de desconexión total y una parada de emergencia que corte la alimentación de la máquina parándola inmediatamente en la posición en la que se encuentre. La conexión de la máquina a la red eléctrica será a través de un enchufe con toma de tierra. La conexión de la máquina al ordenador será a través de una conexión por cable USB. 2.3. Soluciones para minimizar riesgos La máquina dispondrá de una carcasa exterior que proteja e impida el acceso a aquellos elementos que pudieran ser susceptibles de generar un riesgo para las personas que operan la máquina. De esta manera, externamente la máquina no dispondrá de aristas o bordes cortantes ni superficies peligrosas. Dispondrá de una abertura frontal para la colocación de los objetos. Esta abertura dará acceso a la caja de luz, que tendrá una doble función, aparte de iluminar, ejercerá de barrera entre el esqueleto de la máquina, el cableado y el usuario. Se cuidará de que todos aquellos elementos eléctricos queden ocultos e inaccesibles desde el exterior. El panel eléctrico de conexiones estará protegido por la carcasa y convenientemente señalizado. Además una vez quitado el panel que lo cubra, el panel dispondrá de zonas claramente diferenciadas entre mando y fuerza. Además, todas las conexiones se realizarán en regletas para asegurar la seguridad, fiabilidad y durabilidad de todas las conexiones. El cuadro dispondrá de un interruptor magneto-térmico y un diferencial que permitan una protección frente a derivaciones o sobre-consumos de la máquina, disparando y aislando la máquina de la red.

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Los movimientos del brazo serán programados para que sean lentos y con suaves aceleraciones y deceleraciones para minimizar los riesgos de accidente. Se equipará el brazo con un control de seguridad que en caso de detectar un objeto en el campo de acción del brazo, este para inmediatamente y vuelve hacia atrás, antes de pararse definitivamente y activarse un freno mecánico que inmoviliza el brazo. 2.4. Software del sistema La aplicación deberá poderse instalar en sistemas Microsoft Windows 7 y posteriores tanto de 32 bits como de 64 bits. La aplicación será multi-idioma y dispondrá, al menos, de los idiomas español e inglés. El software irá acompañado de su correspondiente manual de usuario. 2.4.1 Software de fotografiado La aplicación funcionará en torno a una pantalla principal. Dicha pantalla estará estructurada en unas áreas sobre las que muestra la información actual y sobre las que permite al usuario ejecutar los comandos. La aplicación será capaz de realizar las siguientes funciones: I. Definir un esquema de fotografías, que podrá parametrizarse según: a. Tipo: i. Vista básica. El modelo se visualizará girándolo en su eje vertical y desde una sola altura. ii. Vista 180°. El modelo se visualizará desde todas las posiciones de su parte superior. iii. Vista 360°. El modelo se visualizará desde todas las posiciones, superiores e inferiores. iv. Vista personalizada. El modelo se visualizará desde un conjunto de posiciones personalizadas. Estas posiciones podrán ser tanto de la parte superior como de la parte inferior del objeto. b. Resolución de giro: Número de alturas y de posiciones desde las que se visualizará el modelo. i. Realizar una captura de fotografías automatizada pudiendo: c. Operar la máquina manualmente para poder: i. Capturar fotografía y mostrarla en pantalla para que el usuario evalúe su resultado. ii. Capturar fotografía en alta resolución para guardarla en la resolución original de la cámara. iii. Ver la imagen de la cámara en modo de video en vivo en la pantalla del ordenador. iv. Mover el objeto y el brazo a voluntad. d. Ajustar los parámetros de fotografía y enfoque de la cámara desde el ordenador. e. Ajustar la calidad de imagen; incluyendo calidad RAW. f. Tomar las imágenes del objeto, según la parametrización del esquema de fotografías definido. g. Revisar y repetir imágenes ya capturadas. 2.4.2. Software de edición La aplicación funcionará en torno a una pantalla principal. Dicha pantalla está estructurada en unas áreas sobre las que muestra la información actual y sobre las que permite al usuario ejecutar los comandos. La aplicación será capaz de ejecutar las siguientes funciones: I. Recortar fondo de las imágenes, separando el objeto del fondo utilizando para ello varias sistemáticas alternativas. II. Limpiar las imágenes. III. Suavizar las imágenes. IV. Generar modelo tridimensional compatible para ser visualizado en: a. Smartphone. Al menos para iOS y Android. b. Java. c. HTML5. d. eCommerce. Al menos para Magento y Prestashop. V. Procesar individualmente o colectivamente las fotografías. El uso del equipo incluirá una capacitación técnica y de mantenimiento. Esta capacitación se impartirá en la sede de MIND con una duración de 8 horas a desarrollarse antes del día 19 de marzo de 2015. La garantía del equipo será de dos años. 3. DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO. Gestión del proyecto Órgano responsable:

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El responsable de la Gestión del Proyecto será el Departamento de Dirección de MIND. Estructura de gestión El departamento de proyectos especiales de MIND es el responsable técnico para dar el seguimiento del control y la supervisión de los pagos que se realizarán por transferencias electrónicas por el departamento de Administración de MIND. Instalaciones que debe proporcionar el Órgano de Contratación o/y otras partes El órgano de contratación pondrá a disposición de la entidad una oficina debidamente dotada del equipamiento mobiliario y conexiones eléctricas y telefónicas, siendo el licitador adjudicatario del contrato el responsable de brindar el equipamiento informático necesario para el desempeño de sus expertos cuando éstos tengan presencia en México. 4. PLAZOS Y CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La vigencia para la prestación de los servicios será a partir de la fecha de firma del contrato. La instalación, capacitación y servicio contratados se desarrollarán en Guadalajara, Jalisco. Para el periodo de entrega e implementación se tendrán 20 dias naturales contados a partir de la fecha de firma del contrato. Para la ejecución de los gastos, el licitante que resulte adjudicado debe obtener la autorización previa de la administración del proyecto, conforme se establece en el mecanismo general contenido en el presente anexo técnico, a efecto de que este evalúe los avances de trabajo, con objeto de asegurar su calidad y oportunidad. Para la emisión de la autorización de CCIJ sobre los pagos al licitante que resulte adjudicado, se deberá considerar lo siguiente: 5 PRESENTACIÓN DEL PROYECTO BÁSICO DE CONTENIDOS: Sírvase facilitar la información siguiente: 5.1 Justificación Cualquier observación sobre los Términos de Referencia que tenga importancia para la buena ejecución de las actividades, en especial en relación con sus objetivos y resultados esperados, de forma que se demuestre el grado de comprensión del contrato. Su opinión sobre las cuestiones clave relacionadas con el logro de los objetivos y de los resultados esperados del contrato. Explicación de los riesgos e hipótesis que afecten a la ejecución del contrato. 5.2 Servicios de apoyo y participación de todos los miembros del consorcio Descripción de los servicios que proporcionará el contratista al equipo de expertos durante la ejecución del contrato. La función de apoyo se examinará en la evaluación y deberá explicarse minuciosamente en el documento sobre Organización y metodología, incluida la lista de miembros del personal, unidades, etc., que deben garantizar dicha función, así como los métodos y herramientas disponibles de capitalización de conocimientos y sistemas de calidad, de los respectivos miembros del consorcio. 5.3 Calendario de trabajo Calendario, secuencia y duración de las tareas propuestas, teniendo en cuenta el tiempo de viaje. Identificación y calendario de los principales hitos en la ejecución del contrato, con una indicación de la forma en que el logro de estos se reflejará en los informes, en particular en los previstos en los Términos de Referencia. Las metodologías contenidas en la oferta deben incluir un plan de trabajo indicando los recursos que deben movilizarse.

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ANEXO UNO MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA SUSCRIBIR LA PROPUESTA EN LA PRESENTE LICITACIÓN. Nombre y dirección Convocante Nombre y dirección Licitador En relación con la licitación pública internacional número 001/2015, referente a la adquisición de hardware y software de simulación tridimensional para el Centro de Innovación, Diseño y Desarrollo Empresarial MIND, el suscrito c.............................en representación de la empresa denominada ..............................., manifiesta, bajo protesta de decir verdad, lo siguiente: • Que asume regirse por el libro décimo tercero del código administrativo del estado de México y su reglamento respectivo, así como las disposiciones administrativas que norman la adquisición de bienes. • Que oportunamente se recogieron las bases de la presente licitación pública internacional, así como los demás documentos relacionados con esta, cuyos requisitos y lineamientos se aceptan íntegramente. • Que su representada es de reconocida solvencia moral y que tiene la capacidad administrativa, financiera, legal y técnica suficiente para presentar ofertas en el acto adquisitivo de referencia, así como para celebrar los contratos correspondientes. • Que la unidad económica que representa, no se encuentra en ninguno de los supuestos a que alude el artículo 13.67 del libro décimo tercero del código administrativo del estado de México, dentro de los que destaca, el incumplimiento de las obligaciones contractuales contraídas con las dependencias, organismos auxiliares y fideicomisos de la administración pública estatal. No tener pedidos en estado de mora con fechas desfasadas de suministro. • Que sin perjuicio de lo anterior, en la empresa que representa, no tiene la participación de servidores públicos de los poderes ejecutivo, legislativo y/o judicial del estado de México, así como de los municipios de la entidad. • Que por este mismo medio y bajo su responsabilidad otorga, en favor del c. ..........................., un poder especial para que en su nombre y representación entregue y reciba documentos; comparezca a los actos de junta aclaratoria, de presentación y apertura de ofertas y de fallo de adjudicación, exponiendo lo que a los intereses de la empresa convenga; y suscriba las actas correspondientes. Todo ello limitado a la licitación pública internacional de referencia. • Que acepta expresamente que, la falta de veracidad de la información anotada, será motivo suficiente de descalificación o de rescisión de los contratos que, en la especie haya celebrado su representada; sin perjuicio de la aplicación de las sanciones a que haya lugar. Atentamente Nombre y firma del representante

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ANEXO DOS FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA Coste total: MXN / ]

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1

La proposición económica global deberá incluir todos los costos: gastos, honorarios, papelería, costo de la operación, al que se le añadirá los porcentajes vigentes para gastos generales y beneficio industrial que, unidos, conformarán el presupuesto de licitación ofertado.

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ANEXO TRES MODELO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CONSEJO DE CÁMARAS INDUSTRIALES DE JALISCO, A.C. REPRESENTADA POR SU REPRESENTANTE LEGAL, EL SEÑOR LICENCIADO FRANCISCO JIMENEZ ROJAS , EN LO SUCESIVO “CCIJ” Y, POR LA OTRA, XXXXX REPRESENTADA POR SU REPRESENTANTE LEGAL, XXXXX, EN LO SUCESIVO “EL PRESTADOR”, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas: D E C L A R A C I O N E S: Declara “CCIJ” por conducto de su Representante: I.

Que es una Asociación Civil constituida conforme a las leyes mexicanas, mediante escritura pública número 22,607 de fecha 25 de noviembre de 1997, pasada ante la fe del Licenciado Lorenzo García García Méndez, Notario Público número 27 de la Municipalidad de Guadalajara, Estado de Jalisco, la cual está debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

II.

Que dentro de su objeto social tiene, entre otros, impulsar el desarrollo industrial del Estado de Jalisco en toda su plenitud y promover todo tipo de actividades que beneficien en general a la industria jalisciense, coordinando las actividades de las Instituciones Integrantes cuando dicha función se considere necesaria para el logro de determinados objetivos.

III.

Que en Reunión Específica de Asociados celebrada el 1° de noviembre del año 2012 le fueron otorgados poderes amplios cumplidos y bastantes para comparecer a la celebración de este acto, los cuales no le han sido revocados o modificados en forma alguna con anterioridad a esta fecha.

IV.

Que con fecha 21 de marzo del 2013 BBVA Bancomer, S.A.; el Fideicomiso F/33730-3 de su registro interno; el Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco, A.C. y la sociedad denominada Operadora de Ferias y Exposiciones, S.A. DE C.V. celebraron en Contrato de Derecho Real de Superficie, que tuvo por objeto, entre otros, otorgar al Consejo el uso y usufructo de un predio con superficie de 2,835.30 metros cuadrados, propiedad y colindante con las instalaciones de Expo Guadalajara, sobre la Avenida Faro al poniente-sur del municipio de Guadalajara, Jalisco, con el destino específico de edificar y operar un Centro de Diseño, Innovación y Desarrollo Industrial.

V.

Que CCIJ ha realizado un estudio de mercado para evaluar el coste máximo de las propuestas.

VI.

Que para cumplir debidamente con sus compromisos ha decidido contratar los servicios de “EL PRESTADOR”, los cuales se sujetarán a los lineamientos establecidos en el cuerpo de este documento.

VII.

Que tiene su domicilio en la casa marcada con el número 2350 de la Avenida Faro, Colonia Valle Verde, Guadalajara, Jalisco. C.P. 44550 y está inscrita en el Registro Federal de Causantes con la clave MMI131007IB9.

Declara “EL PRESTADOR” a través de su Apoderado: I. Que es una Sociedad Limitada constituida conforme a las leyes mexicanas, mediante escritura pública número XXX de fecha XXXX de XXXX de XXXX pasada ante la fe del XXXXXX II. Que dentro de su objeto social tiene, entre otros, el asesoramiento, la consultoría y la realización de cualquier estudio de carácter jurídico, administrativo, industrial, mercantil, comercial o de otra índole con el objeto de mejorar la gestión y/o producción de cualquier tipo de empresas, industriales o jurídicas, organismos administrativos, oficiales o privados. III. Que con fecha XXXXXX le fueron otorgados poderes amplios cumplidos y bastantes para comparecer a la celebración de este acto, los cuales no le han sido revocados o modificados en forma alguna con anterioridad a esta fecha.

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IV. Que conoce en toda su extensión y valor los términos y condiciones de los presentes pliegos, para la adjudicación del Contrato relativo a la Adquisicion de Hardware y Software de Simulacion Tridimensional V.

Que tiene su domicilio en XXXXXXX

Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.OBJETO. “CCIJ” encomienda a “EL PRESTADOR” y este se obliga a prestarlos, los servicios profesionales consistentes en Adquisicion de Hardware y Software de Simulacion Tridimensional clúster. SEGUNDA. ACTIVIDADES. De manera enunciativa, que no limitativa, “EL PRESTADOR” deberá ejecutar, realizar y cumplimentar, entre otras que resulten necesarias, las siguientes acciones, trabajos, obras y responsabilidades en el desempeño de su encargo, tomando en consideración la siguiente premisa: Actividades específicas: 1.

xxxxxxxxx

TERCERA. CONTRAPRESTACIÓN.- “EL PRESTADOR” recibirá como única contraprestación por los servicios que se obliga a prestar la cantidad de xxxxxxx.) más IVA., de la siguiente manera: • Un anticipo por la cantidad de XXXXXXXXX a la firma de este acuerdo. • Un pago final de $ XXXXXXXX. a la finalización del trabajo. • El pago se realizará dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrega de las facturas correspondientes, debidamente autorizadas por “CCIJ” siempre y cuando se acompañen de la comprobación de los servicios que amparen. CUARTA. PLAZO Y DESARROLLO DEL CONTRATO. Los trabajos se ejecutarán dentro del plazo de 20 días naturales contado a partir de la fecha de firma del presente contrato. “EL PRESTADOR” será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para “CCIJ” o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución de los trabajos y conceptos objeto del contrato. Todas las decisiones que afecten al plazo y costos, requieren la previa aprobación de “CCIJ”, por lo tanto no podrá iniciarse ninguna práctica, mientras no exista la aprobación correspondiente. QUINTA. RESPONSABILIDADES LABORALES. Será responsabilidad de “EL PRESTADOR” contratar y atender las obligaciones y disposiciones vigentes en material laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales y por lo tanto será responsable y asume a su cargo cualquier sanción derivada de infracciones en materia laboral y de seguridad y salud en el trabajo, consecuencia de su personal y del personal de las empresas que desarrollen actividades relacionadas con el presente contrato. “EL PRESTADOR” responderá solidariamente de las obligaciones salariales, extra salariales y de indemnización contraídas por las empresas y sus filiales con sus trabajadores, directamente vinculadas a la ejecución del contrato y se obliga a sacar en paz ya salvo a “CCIJ” de cualquier reclamación en este sentido, al igual de las que eventualmente se le llegaren a fincar en materia administrativa, fiscal y de otra naturaleza. SEXTA. CONFIDENCIALIDAD. La información, documentación, planos, archivos o especificaciones en cualquier soporte emitidas para la ejecución del objeto de este contrato deben considerarse por “EL PRESTADOR” como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, difusión, utilización para finalidad distinta de la ejecución del contrato, comunicación o cesión terceros. “EL PRESTADOR” asume la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la documentación cualquiera que sea el soporte empleado, que se le entregue para la realización de los trabajos y, con ello, adquiere el compromiso de que, ni la documentación, ni la información que ella contiene, llegue en ningún caso a poder de terceras personas ajenas a la ejecución del contrato; asimismo, asume la obligación de informar al personal a su servicio, de los deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato.

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El incumplimiento de lo dispuesto en los párrafos anteriores por “EL PRESTADOR” o por el personal a su servicio, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren ser exigibles por aplicación dará lugar a una pena convencional, que se fija en un 60% del importe del contrato; de igual manera será responsable de los daños y perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones contenidas en este apartado pudieran derivarse para terceras personas. SÉPTIMA. RESPONSABILIDADES E INDEMNIZACIONES. “EL PRESTADOR” será responsable durante la vigencia del contrato, de todos los daños y perjuicios directos o indirectos que puedan ocasionarse a cualquier persona, propiedad, servicio público o privado o al medio ambiente como consecuencia de los actos, omisiones o negligencia del personal a su cargo. Correrán por tanto a su cargo las indemnizaciones necesarias para reparar los daños antedichos; esta responsabilidad se extenderá durante el plazo de garantía de los trabajos realizados por daños y perjuicios directos o indirectos consecuencia de los actos anteriores o, si se trata de vicios ocultos, durante un plazo de 2 años OCTAVA. SEGUROS. Correrán a cargo de “EL PRESTADOR” todos los daños producidos en el desarrollo de los trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen; por ello, deberá justificar documentalmente como requisito para la formalización del contrato y antes del inicio de los trabajos, la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil que garantice las responsabilidades que se puedan derivar por daños y perjuicios que se causen a terceras personas como consecuencia de la ejecución de los trabajos, tanto los imputables al Operador como a empresas filiales, y en general, a toda persona que participe en los mismos. NOVENA. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS. El resultado de los trabajos o servicios que se realicen por “EL PRESTADOR” en ejecución de este contrato será propiedad exclusiva de “CCIJ” y expresamente manifiesta estar de acuerdo en ceder en exclusiva al “CCIJ” los derechos de explotación derivados de la propiedad intelectual sobre el resultado de los trabajos encomendados, que merezcan la condición de obra protegida por la propiedad intelectual, en especial, los derechos a divulgar y/o publicar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente o transformar los citados trabajos, en cualquier medio o soporte, gráfico, fonográfico, audiovisual, telemático, electrónico, digital, multimedia o informático. Dicha cesión permitirá a “CCIJ” realizar o autorizar, entre otras, las siguientes actividades: 1) La reproducción total o parcial por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, que incluirá, aunque sin limitación a ello, todo sistema de almacenamiento y retirada de información con base electrónica, en su más amplio sentido, ya sea óptico, magnético, electrónico o digital. 2) La proyección, exhibición o transmisión por cualquier sistema o procedimiento. 3) El almacenamiento en un centro servidor, en un ordenador o en otro sistema o equipo equivalente. 4) La comunicación pública o radiodifusión a través de cualquier sistema o soporte, independientemente del medio elegido, así como cualquier otro acto que resulte conveniente o necesario para la puesta a disposición del público de los trabajos. 5) La distribución mediante cesión, venta, alquiler, préstamo o por cualquier negocio jurídico, a través de cualquier soporte o sistema. 6) La incorporación en una base de datos, sin perjuicio de los derechos que sobre la base de datos se atribuyan al fabricante y al autor de la misma. 7) La transmisión mediante cualquier procedimiento, analógico o digital, incluyendo su transmisión por cualquier medio o sistema, por cable o satélite, tanto gratuitamente como de forma remunerada. 8) La transformación de los trabajos, incluido su doblaje y sub-titulación en cualquier idioma. “EL PRESTADOR” garantiza que los trabajos se encuentran libres de derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros y garantiza el ejercicio pacífico de los derechos de propiedad intelectual cedidos, manifestando que no tiene contraídos, en el presente, ni contraerá en el futuro, acuerdos o compromisos, que graven o pudieran atentar contra los derechos que correspondan a los elementos de “CCIJ” DÉCIMA. MODIFICACIONES AL CONTRATO. “CCIJ” podrá, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explicitas, acordar el incremento en la cantidad de bienes solicitados mediante modificaciones al contrato, en cualquier tiempo durante su vigencia, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto el 10 % por ciento del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en los mismos y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente. Igual porcentaje se aplicara a las modificaciones que por ampliación de la vigencia se hagan del contrato, cuando su prestación se realice de manera continua y reiterada.

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Cuando se incluyan bienes o servicios de diferentes características, el porcentaje se aplicara para cada partida de los bienes o servicios de que se trate. Cuando “EL PRESTADOR” demuestre la existencia de causas justificadas que le impidan cumplir con la entrega total de los bienes conforme a las cantidades pactadas en el contrato, “CCIJ” podrá modificarlo mediante la cancelación de parte de las cantidades originalmente estipuladas, siempre y cuando no rebase el 10 % por ciento del importe total del contrato respectivo. Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito por parte de “CCIJ”. Los instrumentos legales respectivos serán suscritos por el responsable que lo haya hecho en el contrato o quien lo sustituya o esté facultado para ello. “CCIJ” se abstendrá de hacer modificaciones que se refieran a precios, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a las establecidas originalmente. DÉCIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “CCIJ”, bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al “CCIJ”, éste cubrirá los gastos no recuperables durante el tiempo que dure esta suspensión. Dichos gastos serán aquellos que se generen por la suspensión y siempre que estén comprobados y se relacionen directamente con el objeto del contrato. En ningún caso se pagarán servicios que no estén vinculados con el contrato. El plazo de suspensión de los servicios materia del contrato deberá ser perentorio y pactarse entre ambas partes; en caso de continuar con la suspensión, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato. DÉCIMA SEGUNDA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. “CCIJ” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes o servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio total o parcial mayor a los beneficios que dieron origen al contrato, En estos supuestos, “CCIJ” reembolsará “EL PRESTADOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente. Dentro de los siguientes veintes días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada. DÉCIMA TERCERA. PRÓRROGAS. En casos excepcionales, por caso fortuito o de fuerza mayor o por causas atribuibles al “CCIJ” previa solicitud por escrito de “EL PRESTADOR”, “CCIJ” podrá otorgar prórroga para la entrega de los bienes o la prestación de los servicios o su comprobación; para tal efecto, “EL PRESTADOR” deberá justificarlo por escrito, con anticipación al vencimiento de las fechas pactadas. No procederá ninguna prórroga cuando los servicios rebasen un ejercicio presupuestal. Una vez agotado el plazo de prórroga y si no se hubieren corregido las deficiencias, “CCIJ” procederá a aplicar las penas convencionales o deducciones al pago establecidas en las bases de licitación. DÉCIMA CUARTA. RESCISIÓN. “CCIJ” podrá rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de intervención judicial, en el caso de que se presenten cualquiera de los supuestos que se indican: 1) Si “EL PRESTADOR” no inicia la prestación de los servicios en las fechas convenidas. 2) Si “EL PRESTADOR” suspende injustificadamente los servicios. 3) Si “EL PRESTADOR” no sustituye la comprobación de los servicios que le hubiere sido rechazada. 4) Cuando se agote el límite de penas convencionales o deducciones al pago. 5) Si “EL PRESTADOR” no otorga las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los servicios. 6) Si “EL PRESTADOR” proporciona información falsa y/o actúa con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia. 7) En caso de que la autoridad competente declare a “EL PRESTADOR” en concurso mercantil o exista alguna otra situación que afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones. 8) Por contravenir “EL PRESTADOR” los términos y condiciones del contrato y ordenamientos legales que resulten aplicables.

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9)

Por no obtener “EL PRESTADOR” todas las autorizaciones que se requieran en materia de uso de marcas y patentes.

La rescisión administrativa del contrato la llevara a cabo “CCIJ” conforme al procedimiento siguiente: 1) iniciará a partir de que a “EL PRESTADOR” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días es exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. 2) Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer. 3) La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada y motivada y deberá ser comunicada a “EL PRESTADOR”, dentro de los quince días siguientes a lo señalado en la fracción i de éste numeral. 4) Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “CCIJ” por concepto de los bienes recibidos o los servicios prestados hasta el momento de rescisión. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere entrega de los bienes o se prestaren los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “CCIJ” de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales o deducciones al pago correspondiente. “CCIJ” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas; en éste supuesto, deberá elaborar un dictamen, en el cual justifique que los impactos económicos que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes. Al no dar por rescindido el contrato, “CCIJ” establecerá con “EL PRESTADOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas en las bases de la licitación. Cuando por motivo del atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquel en que hubiere sido adjudicado el contrato, “CCIJ” podrá recibir los bienes o servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en éste numeral se considerará nulo. Cuando “CCIJ” determine no dar por rescindido el contrato, porque ello le ocasione algún daño o afectación mayor, el establecimiento de otro plazo para subsanar el incumplimiento será sin defecto de la aplicación de las penas a las que se hubiera hecho acreedor “EL PRESTADOR” por incumplimiento. DÉCIMA QUINTA. FINIQUITO DE CONTRATO. La dirección del “CCIJ” efectuará una conciliación con el proveedor. Para tal efecto, realizará las siguientes actividades: 1. Revisión de facturas pagadas; 2. Revisión de facturas pendientes de pago; 3. Revisión de facturas en trámite, y 4. Saldo pendiente de pago conforme al presupuesto asignado en el contrato o convenio. La dirección del “CCIJ”, conjuntamente con “EL PRESTADOR”, realizará una reunión en la que se levantará una acta de entrega de los bienes y servicios objeto del contrato, así como de no adeudo de los pagos, misma que turnará para conocimiento de las autoridades correspondientes, conjuntamente con la copia de las conciliaciones a que se refiere el presente numeral y del acta de entrega de los bienes y servicios objeto del contrato. DÉCIMA SEXTA. CESIÓN. “EL PRESTADOR” no podrá gravar o ceder en favor de otras personas físicas o jurídicas, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que se derivan del presente contrato, salvo los de cobro que se deriven del mismo, en cuyo caso deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “CCIJ”. DÉCIMA SÉPTIMA. COMUNICADOS. La comunicación entre las partes deberá hacerse siempre por escrito a través de cualquier medio convencional o electrónico, que de manera indubitable y fehaciente haga constar la notificación de que se trate.

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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL 001/2015 ADQUISICIÓN DE HARDWARE Y SOFTWARE DE SIMULACIÓN TRIDIMENSIONAL

DÉCIMA OCTAVA. JURISDICCIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para dirimir cualquier controversia por todo aquello que no esté previsto en el cuerpo del mismo, las partes se sujetan y someten expresamente a las Leyes vigentes en Estado de Jalisco y a la jurisdicción de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, renunciando de pleno derecho al fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros les pudiera corresponder. DÉCIMA NOVENA. Las partes manifiestan, para todos los efectos legales a que haya lugar, que en la celebración del presente contrato, no existe error, violencia, dolo o confusión. Guadalajara, Jalisco a los XXXXX

FIRMAS.

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