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SEDECO/CT/16/2015 Contrato abierto de prestación del servicio de arrendamiento de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secreta

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SEDECO/CT/16/2015 Contrato abierto de prestación del servicio de arrendamiento de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secretaría de Desarrollo Económico, que celebran por una parte la Secretaría de Desarrollo Económico, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Secretaría”, representada en este acto por Edgar Rosas Chávez, Director de Administración en “La Secretaría”, y por la otra parte la persona física Ana Judith Cortés Camacho, a quien en lo sucesivo se denominará como “El Proveedor”, mismas que de manera conjunta se les denominará como “Las Partes”. Con la asistencia de Gustavo Jiménez Pérez, Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales, Gabriela Medina García, J.U.D. de Recursos Materiales y José Antonio Álvarez García, J.U.D. de Servicios Generales en lo sucesivo “Área Requirente y Administradora del Contrato”, y como testigo Hugo Sebastián Gutiérrez Hernández Rojas, Director Jurídico, todos ellos servidores públicos de la misma Dependencia, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas: ANTECEDENTES 1.- Con fecha 22 de abril de 2015 se emitieron las bases del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores número SEDECO/IR/07/2015, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27 inciso b), 28, 55 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

2.- El día 22 de abril de 2015, se enviaron a cinco prestadores de servicio las invitaciones del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores número SEDECO/IR/07/2015 y a los servidores públicos de “La Secretaría”.

3.- El 23 de abril de 2015, se llevó a cabo el evento de Aclaración de Bases de dicho procedimiento.

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4.- El 27 de abril de 2015, se presentaron tres prestadores de servicios con sus propuestas al desahogó de la etapa de presentación y apertura de sobres; dos prestadores de servicios no cumplieron con la totalidad de los requisitos solicitados en las bases del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores número SEDECO/IR/07/2015, por lo que atendiendo a lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el punto 13 inciso b) de las bases, al no contar cuando menos con tres propuestas que cumplieran cuantitativamente con los requisitos solicitados, se declaró desierto el procedimiento de Invitación Restringida referido.

5.- Con fecha 29 de abril de 2015, se emitieron las bases relativas a la Segunda Convocatoria del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores número SEDECO/IR/07/2015, de conformidad con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27 inciso b), 28, 55 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

6.- El día 29 de abril de 2015, se enviaron a tres prestadores de servicios las invitaciones del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores, relativa a la Segunda Convocatoria, número SEDECO/IR/07/2015 y a los servidores públicos de “La Secretaría”.

7.- El 07 de mayo de 2015, se llevó a cabo el evento de Aclaración de Bases de dicho procedimiento, relativa a la Segunda Convocatoria.

8.- El 18 de mayo de 2015, se presentaron los tres prestadores de servicios invitados al desahogó de la etapa de presentación y apertura de sobres, relativa a la Segunda Convocatoria, y se informó que el fallo se daría el día 20 de mayo de 2015 a las 13:00 horas.

9.- El 20 de mayo de 2015 a la hora señalada, se llevó a cabo el evento correspondiente al Dictamen de las Propuestas para Subasta y Emisión de Fallo del Procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores, relativa a la Segunda Convocatoria, número SEDECO/IR/07/2015, concluido y verificado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos legales y administrativos, técnicos y económicos; se adjudicó la partida Única a la persona física Ana Judith Cortés Camacho, quien ofertó las mejores condiciones y el precio más bajo en la Invitación Restringida referida, para la realización del servicio de arrendamiento

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SEDECO/CT/16/2015 de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secretaría de Desarrollo Económico.

10.- Mediante oficio de fecha 21 de mayo de 2015, se notificó a la persona física Ana Judith Cortés Camacho, la Adjudicación del contrato para la prestación del servicio de arrendamiento de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secretaría de Desarrollo Económico.

DECLARACIONES I.- Declara “La Secretaría”, por conducto de su representante:

I.1.- Que es una Dependencia de la Administración Pública del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por la fracción III del artículo 15 y 25 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, cuyas funciones son el despacho de las materias relativas al desarrollo y regulación de las actividades económicas en los sectores industrial, comercial y de servicios, entre otras.

I.2.- Que su representante el C. Edgar Rosas Chávez fue nombrado Director de Administración en “La Secretaría” por el otrora Oficial Mayor del Distrito Federal Edgar Armando González Rojas, el 16 de enero de 2013, por lo que acredita su personalidad con el nombramiento respectivo. Asimismo manifiesta que las facultades que tiene conferidas, no le han sido revocadas.

I.3.- Que mediante oficio número SEDECO/DJ/170/2015 de fecha 31 de marzo de 2015 el Director Jurídico de “La Secretaría”, hace del conocimiento que, atendiendo a lo establecido en

los

oficios

números

CJSL/DGJEL/1653/2014,

OM/CGAA/DEAJ/000555/2014

y

OM/DGRMSG/DA/266/2015 de fechas 07 y 23 de abril de 2014 y 24 de marzo de 2015, signados por la Directora Jurídica y de Estudios Legislativos, adscrita a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales así como el Director de Apoyo Jurídico y la Directora de

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Adquisiciones ambos de la Oficialía Mayor del Distrito Federal, respectivamente; con fundamento en el artículo 101 G, fracciones X y XIV del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; el Director de Administración tiene facultades para suscribir contratos y convenios de adquisición, arrendamiento, prestación de servicios y aquellos documentos relacionados con los mismos, así como los actos que regula la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. El Director de Administración en “La Secretaría” suscribe el presente contrato única y exclusivamente en su carácter de representante, en atención a la personalidad jurídica que hace referencia la Declaración I.2.

I.4.- Que requiere la contratación del servicio de arrendamiento de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secretaría de Desarrollo Económico, a fin de realizar sus actividades y programas de trabajo en cumplimiento a las facultades conferidas normativamente.

I.5.- Que el presente contrato se adjudica a través del procedimiento de Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Proveedores de conformidad con lo establecido por los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 27 inciso b), 28, 52, 55 y 63 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. I.6.- Que cuenta con la autorización de suficiencia presupuestal en la requisición número 03/03-15 de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales y afecta la partida presupuestal 3291 “Otros Arrendamientos”.

I.7.- Que señala como domicilio oficial el ubicado en Avenida Cuauhtémoc Número 898, primer piso, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, Código Postal 03020, México D.F. II.- Declara “El Prestador del Servicio”

II.1.- Que acredita su personalidad con acta de nacimiento inscrita en la Dirección General del Registro Civil bajo el no. 13469 del año 1983 del libro 27 del Juzgado 22

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SEDECO/CT/16/2015 de la Delegación 7 de la Entidad 9, y con pasaporte número G08557853 expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos (SER). II.2.- Que es una persona física y que su Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es: COCA831202DU1.

II.3.- Que el personal que labora a su servicio, así como los cónyuges de todos ellos no tienen lazos de consanguinidad ni de afinidad hasta el cuarto grado, con persona alguna que labore en la Administración Pública del Distrito Federal.

Asimismo, manifiesta bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en ninguno de los supuestos que establecen los artículos 39 de la Ley Adquisiciones para el Distrito Federal y 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y declara que el personal antes mencionado tampoco tiene relaciones de carácter comercial con los servidores públicos de “La Secretaría”.

II.4.- Que cuenta con la capacidad legal, técnica y económica, para celebrar el presente contrato. II.5.- Que de conformidad con lo que establece el artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, manifiesta bajo protesta de decir verdad que está al corriente en el pago de sus impuestos, derechos, aprovechamientos y productos.

II.6.- Que señala como domicilio para todos los efectos legales el ubicado en Plaza Tlaxcoaque Mz. 1 Lt. 5 A, Colonia Plazas de Aragón, Municipio de Netzahualcóyotl, Estado de México, C.P. 57139; teléfono: 49872006. III.- Declaran “Las Partes”:

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III.1.- Que el presente contrato se regula por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables. III.2.- Que en este acto se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para celebrar el presente contrato.

III.3.- Que manifiestan bajo protesta de decir verdad que en este contrato no existe error, dolo, lesión, mala fe, violencia, ni vicio alguno del consentimiento y que lo celebran de acuerdo con su libre voluntad.

Expresado lo anterior, las partes se obligan al tenor de las siguientes: CLÁUSULAS Primera.- El objeto del presente contrato es el servicio de arrendamiento de bienes muebles para llevar a cabo los diversos eventos de la Secretaría de Desarrollo Económico, por lo que “La Secretaría” encomienda a “El Prestador del Servicio” realice el servicio cuya descripción, concepto, cantidad, costo unitario y unidad de medida se indican a continuación: NO. Única 1 1.1 1.2

DESCRIPCIÓN CANTIDAD U.M. SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES PARA LLEVAR A CABO LOS DIVERSOS EVENTOS DE “LA SECRETARÍA”. AUDIO Micrófono inalámbrico Micrófonos inalámbricos tipo beyerdinamics opus 600 1 PIEZA Ecualizador para Ecualizador grafico 32 bandas tipo Yamaha para micrófono inalámbrico, se utiliza 1 PIEZA micrófono cuando se ocupan 2 o más micros simultáneos en un evento.

P.U.

TOTAL

$

930.00

$

930.00

$

360.50

$

360.50

1.3

Micrófono presidencial

Microflex tipo shure mx415 para pódium

1

PIEZA

$

495.00

$

495.00

1.4 1.5 1.6 1.7

Monitor para prensa Rack de periféricos Consola 1 Consola 2

1 1 1 1

PIEZA PIEZA PIEZA PIEZA

$ $ $ $

875.50 855.80 1,060.50 1,385.72

$ $ $ $

875.50 855.80 1,060.50 1,385.72

1.8

Sonido 1

1

PIEZA

$

4,150.00

$

4,150.00

1.9

Sonido 2

1

PIEZA

$

9,500.00

$

9,500.00

1.10

Sonido 3

1

PIEZA

$ 10,550.00

$ 10,550.00

1.11

Sonido 4

Altavoz tipo dart hk. Incluye: ecualizadores gráficos de 32 bandas, compresores y gates tipo Yamaha. Consola tipo Yamaha de 12 canales Consola tipo Yamaha de 32 canales De 1 hasta 20 personas incluye: sistema tipo lucas nano hk con 2 altavoces y subwoofer tipo hk, micrófono alámbrico tipo shure sm48, transporte chico, 1 staff, 1 técnico de audio, montaje y desmontaje mismo día. De 21 hasta 50 personas incluye: 2 amplificador tipo element hk, 2 altavoces top element tipo hk, 2 tubo para top tipo element, 1 micrófono inalámbrico tipo beyer dinamycs opus 600, 1 ecualizador grafico 32 bandas tipo Yamaha, 1 consola tipo Yamaha 12 canales, transporte chico, 2 staff, 1 técnico de audio, montaje y desmontaje mismo día. De 51 hasta 100 personas incluye: 4 altavoces tipo top element hk, 2 subwoofer tipo element hk, 2 tubos para tipo top element, 1 micrófono inalámbrico tipo beyer dinamycs opus 600, 1 ecualizador grafico 32 bandas tipo Yamaha, 1 consola tipo Yamaha 12 canales, transporte chico, 2 staff, 1 técnico de audio, montaje y desmontaje mismo día. De 101 hasta 200 personas incluye: 8 altavoces tipo top element hk, 4 subwoofer tipo element hk, 4 tubo para tipo top element, 2 monitor para prensa tipo dart hk, 1 micrófono inalámbrico tipo beyer dinamycs opus 600, rack de periféricos (ecualizadores gráficos de 32 bandas, compresores y gates tipo Yamaha), 1 consola tipo Yamaha 12 canales, transporte mediano, 2 staff, 1 ingeniero de audio, montaje y desmontaje mismo día.

1

PIEZA

$ 18,200.50

$ 18,200.50

2 2.1 2.2 2.3 2.4

VIDEO DVD Pantalla 1 Pantalla 2 Pantalla 3

Reproductor de DVD multilector Pantalla de led de 42" Pantalla de led de 52" Pantalla de led de 60"

1 1 1 1

PIEZA PIEZA PIEZA PIEZA

$ $ $ $

380.00 2,400.00 3,400.00 4,800.00

$ $ $ $

380.00 2,400.00 3,400.00 4,800.00

2.5

Pantalla 4

Pantalla tipo dalite 2.44 x 3.66

1

PIEZA

$

1,913.09

$

1,913.09

2.6

Proyector

1

PIEZA

$

5,071.86

$

5,071.86

2.7

Cctv 1

1

SISTEMA

$

6,007.02

$

6,007.02

2.8

Cctv 2

Proyector Sony 2200 lúmenes Cámara de videograbación full HD tipo Canon o Sony o Panasonic, camarógrafo, swicher tricaster, operador de swich. 2 cámaras de videograbación full HD tipo Canon o Sony o Panasonic, camarógrafo, swicher tricaster, operador de swich. Grabadora tipo tascam dr100 en formato WAV, operador y edición de audio. Cámara de videograbación full HD tipo Canon o Sony o Panasonic, camarógrafo, edición de video.

1

SISTEMA

$ 15,919.20

$ 15,919.20

1

SERVICIO

$

5,096.86

$

5,096.86

1

SERVICIO

$

9,049.52

$

9,049.52

Escenario x módulo de 1.25 x 1.25 de estructura metálica y bases de madera

1

M2

$

285.00

$

285.00

2.9

Grabación de audio

2.10

Videograbación

3 3.1

PERIFERICOS Escenario

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SEDECO/CT/16/2015 3.2 3.3 3.4 3.5 3.6 3.7 3.8

Back Escalera 1 Escalera 2 Radio Alfombra Base Extensiones

3.9

Carpa

3.10

Arreglo 1

3.11

Arreglo 2

3.12

Arreglo 3

3.13

Lona

3.14

Mantel (para tablón)

3.15

Megáfonos

3.16

Mesa redonda

3.17

Mesa de cristal

3.18

Paño

3.19

Perifoneo

3.20 3.21

Periquera 1 Periquera 2

3.25

Planta de energía eléctrica chica Planta de energía eléctrica mediana Planta de energía eléctrica grande Pódium

3.26

Postes

3.27

Sanitarios portátiles 1

3.28

Sanitarios portátiles 2

3.29

3.31 3.32 3.33 3.34

Silla plegable de plástico. Sillas plegadizas acojinadas Sillas tiffany Sillón Mesa lounge Sala lounge

3.35

Stand 3 x 3

3.36

Tablones

3.37 3.38 4 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 5 5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6

Vallas Ventiladores PERSONAL Bartender Staff 1 Staff 2 Staff 3 Operador 1 Operador 2 Dj Ingeniero TRANSPORTE Movilización 1 Movilización 2 Movilización 3 Movilización 4 Movilización 5 Movilización 6

3.22 3.23 3.24

3.30

Estructura de madera para colocar lona con imagen Escalera para escenario 2st alfombrada Escalera para escenario 5st metal Radio comunicador tipo midlan con diadema Alfombra sintética de uso rudo Base de mesa para micrófono Red de ac para mesas de trabajo, cableado y tomas de corrientes multiples A dos aguas, con estructura tubular calibre 18 onzas, lona impermeable en color blanco, reforzada con cortinas laterales, con base tubular y altura máxima de 3 metros, con anclaje de alta resistencia o con costales de arena de acuerdo a la superficie a ocupar. Asimismo deberá de contar con tratamiento anti-inflamable. Arreglo floral para centro de mesa, sin polen, con flores naturales de temporada de 0.10 ancho x 0.15 largo x 0.25 alto. Arreglo de flores tipo jardinera, sin polen, con flores naturales de temporada de 0.20 ancho x 0.30 largo x 0.30 alto. Arreglo de flores tipo jardinera, sin polen, con flores naturales de temporada de 0.30 ancho x 0.50 largo x 0.70 alto. Elaborada en poliéster calibre 610 gm/m2 confeccionada con refuerzos en las esquinas, bastilla y cuerda perimetral para colocación, resistente al rasgado y tensado, impermeable al 100% y apoyadas en tubos estructurales de 3" de diámetro calibre 16. Asimismo deberá de contar con tratamiento anti-inflamable. color blanco, verde oscuro o amarillo De tela alemanisco y/o tergal catalán, color blanco, medidas 1.7 x 3 mts.

1 1 1 1 1 1 1

M2 PIEZA PIEZA JUEGO M2 PIEZA PIEZA

$ $ $ $ $ $ $

265.00 412.00 571.20 244.80 108.10 85.28 313.87

$ $ $ $ $ $ $

265.00 412.00 571.20 244.80 108.10 85.28 313.87

1

M2

$

178.25

$

178.25

1

PIEZA

$

615.00

$

615.00

1

PIEZA

$

1,350.50

$

1,350.50

1

PIEZA

$

2,350.50

$

2,350.50

1

M2

$

30.93

$

30.93

1

PIEZA

$

57.00

$

57.00

Megáfonos con micrófono alámbrico, servicio por jornada. En estructura tubular plegable y cubierta de madera y protección de aluminio de 2 m de diámetro, con mantel en colores blanco.

1

PIEZA

$

300.00

$

300.00

1

PIEZA

$

127.93

$

127.93

1

PIEZA

$

1,700.00

$

1,700.00

1

PIEZA

$

103.60

$

103.60

1

PIEZA

$

1,894.29

$

1,894.29

1 1

PIEZA PIEZA

$ $

878.07 420.75

$ $

878.07 420.75

1

PIEZA

$

7,838.57

$

7,838.57

1

PIEZA

$

9,580.48

$

9,580.48

1

PIEZA

$ 10,332.30

1

PIEZA

$

1,784.13

$

1,784.13

1

PIEZA

$

125.58

$

125.58

1

PIEZA

$

1,631.65

$

1,631.65

Para personas con discapacidad con taza sanitaria en caseta, espejo, lavabo, luz, toallas, jabón, cesto de basura, despachador de toallas interdobladas en caseta de fibra de vidrio, deberán incluir el servicio de limpieza general, 2 veces por día de la caseta, por dentro y por fuera, con aromatizante y productos químicos neutralizantes del tanque de recepción

1

PIEZA

$

3,009.94

$

3,009.94

Con estructura tubular reforzada, asiento y respaldo de polipropileno en color negro

1

PIEZA

$

14.00

$

14.00

Respaldo y asiento en vinil negro, con estructura tubular.

1

PIEZA

$

17.00

$

17.00

Silla de poliuretano blanca, chocolate, dorada Sillones tipo lounge personales, con descansa brazos, color blanco Mesa blanca de madera forrada en vinipiel blanco Sala tipo lounge para 10 personas incluye mesa de centro Stands de 3.00 x 3.00 mts., shell estructura en sistema de perfil en aluminio anodizado natural, hojas de trovicel de 3mm. en color blanco, cornisa de 25 cm. de ancho con el nombre del expositor (máximo 18 caracteres). lámpara slim line de 2 x 38 watts, contacto doble polarizado de 500 w. De 2.40 mts. x 0.75 mts. fabricada en estructura tubular plegable y cubierta de madera y protección de aluminio Valla de popotillo, en acero de 2 mts. de largo x 1.40 mts. de altura. Ventilador de torre y/o de base de piso para cualquier evento.

1 1 1 1

PIEZA PIEZA PIEZA PIEZA

$ $ $ $

130.00 735.50 510.50 2,188.75

$ $ $ $

130.00 735.50 510.50 2,188.75

1

M2

$

1,506.89

$

1,506.89

1

PIEZA

$

75.70

$

75.70

1 1

PIEZA PIEZA

$ $

263.85 285.50

$ $

263.85 285.50

Persona encargada de atender la barra de bebidas Staff de audio x montaje x día Staff de iluminación x montaje x día Staff de escenario o escenografía x día montaje Operador de audio x día evento Operador de luces x día evento Persona encargada de ambientar con música el evento Ingeniero de audio x día evento

1 1 1 1 1 1 1 1

PERSONA PERSONA PERSONA PERSONA PERSONA PERSONA HORA PERSONA

$ $ $ $ $ $ $ $

870.95 850.00 850.00 850.00 1,180.00 1,180.00 800.00 2,195.24

$ $ $ $ $ $ $ $

870.95 850.00 850.00 850.00 1,180.00 1,180.00 800.00 2,195.24

Movilización chico tornado D.F. Movilización mediano econoline D.F. Movilización mediano (amarillo) D.F. Movilización grande 3500 D.F. Movilización grande 4500 D.F. Movilización extra grande torton D.F.

1 1 1 1 1 1

SERVICIO SERVICIO SERVICIO SERVICIO SERVICIO SERVICIO

$ 1,700.00 $ 2,200.00 $ 2,900.00 $ 5,050.00 $ 6,500.00 $ 8,650.00 SUBTOTAL I.V.A. TOTAL

Mesa de cristal de un metro de alto por un metro veinte de largo y cincuenta centímetros de ancho, con estructura tubular. Confeccionado en color vino, verde o azul a elegir de 1.50 x 3.00 mts de ancho. Servicio de perifoneo que incluya vehículo compacto y operador, con dos trompetas con salida de 30 watts y equipo de perifoneo con cd, dentro del distrito federal en jornadas de seis horas por día Mesa de madera con 4 bancos de madera Mesa metálica con 4 bancos metálicos De 10,000 (watts), móvil, con 4 cables para conexiones, que incluya combustible y operador. De 50,000 (watts), móvil, con 4 cables para conexiones, que incluya combustible y operador. De 75,000 (watts), móvil, con 4 cables para conexiones, que incluya combustible y operador. Pódium de acrílico medida 1.20 m x 60 cm x 50 cm. acrílico 12 mm Postes unifila en aluminio, de 1 metro de altura, base de 35 cm y largo de cinta de dos metros, sin seguro de macho y Regresado normal Estándar con taza sanitaria en caseta, espejo, lavabo, luz, toallas, jabón, cesto de basura, despachador de toallas interdobladas en caseta de fibra de vidrio, deberán incluir el servicio de limpieza general, 2 veces por día de la caseta por dentro y por fuera, con aromatizante y productos químicos neutralizantes del tanque de recepción.

$ 10,332.30

$ 1,700.00 $ 2,200.00 $ 2,900.00 $ 5,050.00 $ 6,500.00 $ 8,650.00 $190,499.67 $ 30,479.95 $220,979.62

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ASPECTOS GENERALES a) El traslado de los equipos al lugar del evento establecido por “La Secretaría” será por cuenta de “El Proveedor”.

b) Los eventos podrán realizarse a partir de la fecha de firma del presente contrato y hasta el 31 de diciembre de 2015 o hasta agotar el monto máximo establecido en el presente instrumento jurídico.

c) El costo de cada concepto en la partida única deberá incluir el traslado, montaje, pruebas, acomodo y desmontaje de los equipos en el lugar de realización del evento, los cuales serán por cuenta de “El Proveedor”, así como la limpieza del espacio que se ocupe. d) Las fechas y horarios estarán sujetos a las necesidades de “La Secretaría”.

e) Los bienes muebles que se soliciten deberán estar en perfectas condiciones, funcionales y estar totalmente limpios. f)

“El Proveedor” será el único responsable del cuidado de los bienes muebles que suministre, antes, durante y después de los eventos. g) “La Secretaría” no se hará responsable por el extravío o deterioro de bienes muebles que sean requeridos para la realización de los servicios.

En caso de que “La Secretaría” lo solicite, “El Prestador del Servicio” se obliga a ampliar la cantidad del servicio solicitado, mediante modificaciones al contrato vigente, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 25% (veinticinco por ciento) del total del valor máximo del contrato, que el precio y demás condiciones del servicio sea igual al inicialmente pactado, debiéndose ajustar las garantías de cumplimiento del contrato, en su caso.

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SEDECO/CT/16/2015 Segunda.- “La Secretaría” pagará la cantidad mínima de $443,306.14 (Cuatrocientos cuarenta y tres mil trescientos seis pesos 14/100 M.N.) y la cantidad máxima $1,108,265.36 (Un millón ciento ocho mil doscientos sesenta y cinco pesos 36/100 M.N.), ambas cantidades incluyen el 16% del Impuesto al Valor Agregado. Tercera.- El pago por el servicio proporcionado por “El Prestador del Servicio”, a entera satisfacción de “La Secretaría”, será de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 62 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. Las facturas deberán elaborarse a nombre del Gobierno del Distrito Federal (GDFSEDECO), R.F.C. GDF9712054NA y domicilio en: Plaza de la Constitución s/n, Centro de la Ciudad de México, Área 1, Distrito Federal, 06000. “El Prestador del Servicio” deberá presentar las facturas en las oficinas de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales por ser el “Área Requirente y Administradora del Contrato”, para que la valide con el servicio proporcionado a través de la supervisión o acta entrega firmada de conformidad; una vez validado el servicio y la factura, se enviará la factura a la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales para que comience con el procedimiento de pago correspondiente; lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. En el supuesto de que “La Secretaría” realice pagos en exceso a “El Prestador del Servicio”, éste deberá reintegrar los remanentes, más los intereses correspondientes, conforme a la tasa de recargos vigente para cada mes, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal. Cuarta.- “El Prestador del Servicio” se obliga a proporcionar los servicios objeto del presente contrato del día 10 de junio al 31 de diciembre de 2015, o hasta agotarse en la

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misma anualidad la cantidad máxima precisada en la Cláusula Segunda del presente Contrato.

Quinta.- De conformidad con el artículo 61, párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, “El Prestador del Servicio” podrá subcontratar para cumplir con la prestación del servicio materia de este contrato, cumpliendo en todo momento con lo ordenado en dicho precepto jurídico, sin exceder el 49% del monto total del contrato, e informando a la suscripción del presente contrato el nombre de la persona física o moral con la que realice dicha subcontratación. En la subcontratación que realice “El Prestador del Servicio” es el único responsable de cualquier reclamación de índole civil, penal, administrativa y laboral, en los casos que resultare o pongan en peligro la integridad de terceras personas; liberando de cualquier responsabilidad a “La Secretaría” y sus servidores públicos. Sexta.- Los materiales y equipos que utilice “El Prestador del Servicio” para cumplir con el presente contrato deberán estar en óptimas condiciones y de excelente calidad para su uso y prestación del servicio, cumplir con las normas mexicana aplicables y cumplir con las características asentadas en el presente contrato, sin que dicha circunstancia faculte a “El Prestador del Servicio” para reclamar un pago adicional por ese concepto, así como tampoco por el uso de los materiales o por la ejecución de trabajos extraordinarios, en razón de que su precio se encuentra incluido en la cantidad que “La Secretaría” se obliga a pagar como contraprestación por el servicio objeto de este instrumento. Séptima.- “El Prestador del Servicio” será el único responsable de la utilización de las patentes, marcas, certificados de invención y de todo lo relacionado con los derechos de propiedad industrial o intelectual de los materiales objeto del presente contrato, deslindando de toda responsabilidad por su uso a “La Secretaría”. Octava.- “Las Partes” convienen que durante la prestación del servicio “La Secretaría” podrá realizar una supervisión a través de la Jefatura de Unidad Departamental de Servicios Generales quien funge como “Área Requirente y Administradora del Contrato”, con el objeto de verificar que se lleve a cabo en el horario establecido, y bajo las condiciones y características establecidas en el presente instrumento jurídico; y en caso de

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SEDECO/CT/16/2015 que resultara alguna diferencia en las características y especificaciones solicitadas, será motivo de rescisión del presente contrato. Si “La Secretaría” llegase a detectar alguna irregularidad por parte de “El Prestador del Servicio”, dicha irregularidad se le notificará inmediatamente a fin de que sea subsanada y cumpla con lo establecido en este contrato. Asimismo, “El Prestador del Servicio” es el único responsable de cualquier reclamación de índole civil, penal, administrativa, en los casos que resultare o pongan en peligro la integridad de terceras personas; liberando de cualquier responsabilidad a “La Secretaría” y sus servidores públicos. Novena.- “El Prestador del Servicio” libera a “La Secretaría” de cualquier responsabilidad con relación al personal que ocupe para dar cumplimiento a las obligaciones del presente contrato y acepta ser el único patrón y consecuentemente responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que responderá a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “La Secretaría”, reconociendo expresamente para todos los efectos legales, que no existe sustitución patronal por parte de “La Secretaría”.

Décima.- La vigencia del presente contrato comprende del día: 10 de junio al 31 de diciembre de 2015. “Las Partes” convienen en que “La Secretaría” podrá, sin responsabilidad alguna, dar por terminado con anticipación el presente contrato. Décima Primera.- “El Prestador del Servicio” se obliga a responder por defectos o vicios ocultos en el servicio objeto del presente Contrato y por cualquier otra responsabilidad en que incurra.

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Décima Segunda.- “El Prestador del Servicio” constituye en este acto, póliza de fianza en moneda nacional número 1625544, expedida por ACE Finanzas Monterrey, S.A., institución mexicana legalmente autorizada para tal efecto, a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal por un monto total de $95,540.11 (Noventa y cinco mil quinientos cuarenta pesos 11/100 M.N.) que cubre el 10% del monto total del contrato (sin incluir el I.V.A.), con una vigencia a partir el 10 de junio de 2015 y hasta un mes después de la conclusión del servicio, a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico. Décima Tercera.- “Las Partes” establecen como pena convencional por retraso o incumplimiento en la prestación del servicio, el importe equivalente al 1% (uno por ciento) del importe facturado por mes. Supuestos para la aplicación de las penas convencionales: A. Cuando haya transcurrido el plazo para la prestación del servicio y para cumplir con lo establecido en el presente instrumento jurídico y “El Prestador del Servicio” no hubiese cumplido en el tiempo y forma establecidos. B. Cuando el servicio no se realice a plena satisfacción de “La Secretaría”. C. Cuando haya trascurrido el plazo adicional que en su caso se hubiere otorgado a “El Prestador del Servicio” para la realización del servicio objeto del presente contrato. D. Cuando “El Prestador del Servicio” incumpla con las condiciones de horarios, cantidad, calidad y características del servicio que ofertó originalmente. Si se iguala o supera la aplicación del porcentaje señalado como pena convencional, “La Secretaría” podrá rescindir el Contrato sin ninguna responsabilidad. Lo anterior, con fundamento en el artículo 69 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. No se aplicarán las penas aquí señaladas, cuando a juicio de “La Secretaría”, el atraso sea plenamente justificado por “El Prestador del Servicio”, como caso fortuito o de fuerza mayor, debiendo presentar el escrito correspondiente, dentro de los siete días naturales previos a la prestación del servicio, anexando la documentación que estime conveniente para acreditar la existencia de las causas de caso fortuito o fuerza mayor.

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SEDECO/CT/16/2015 El servicio que no cumpla con la calidad requerida o con la temporalidad correspondiente se considerará como retraso o incumplimiento en la prestación del servicio, hasta que “La Secretaría” reciba el servicio a entera satisfacción, siendo motivo suficiente para hacer efectiva las penas convencionales antes citadas. Las penas convencionales estipuladas serán aplicadas inmediatamente por “La Secretaría” a solicitud del “Área Requirente y Administradora del Contrato”. La Dirección Jurídica podrá coadyuvar con la Dirección de Administración para la aplicación de las referidas penas, independientemente de la aplicación de las garantías que hayan sido pactadas. Décima Cuarta.- La falta de observancia y cumplimiento del contenido del presente contrato por parte de “El Prestador del Servicio” faculta expresamente a “La Secretaría” para darlo por rescindido y aplicar las penas a que por incumplimiento se haga acreedor “El Prestador del Servicio”, lo anterior con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Décima Quinta.- Si “La Secretaría” considera que “El Prestador del Servicio”

ha

incurrido en alguna de las causa de rescisión que se consignan en este documento, podrá decretar la rescisión del mismo, que operará de pleno derecho y sin responsabilidad para “La Secretaría”. “La Secretaría” rescindirá el contrato a “El Prestador del Servicio” por cualquier de las causas que a continuación se señalan: 1. Si se descubre una vez verificado por las autoridades correspondientes, que “El Prestador del Servicio” no está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, o presenta adeudos en el pago de impuestos. 2. Si “El Prestador del Servicio” no cumple con la realización del servicio en los tiempos y formas pactadas en el presente contrato.

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3. Si “El Prestador del Servicio” no cumple con las especificaciones asentadas en el presente contrato. 4. Si “El Prestador del Servicio” es declarado en concurso mercantil. 5. Si “El Prestador del Servicio” presenta información que resulte falsa. 6. En general, por cualquier otra causa imputable a “El Prestador del Servicio” que lesione los intereses de “La Secretaría”. Décima Sexta.- En caso de que “El Prestador del Servicio” se le compruebe fehacientemente que se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, conforme a lo establecido por el artículo 2225 del Código Civil para el Distrito Federal, el presente contrato no producirá efecto jurídico alguno. Décima Séptima.- “Las Partes” convienen que la terminación anticipada del presente contrato, la suspensión temporal o definitiva del mismo, ya sea de común acuerdo o por caso fortuito o fuerza mayor, será sin responsabilidad alguna de “La Secretaría”. En el caso de presentarse un hecho de esa naturaleza, “La Secretaría” se obliga a pagar a “El Prestador del Servicio” los gastos no recuperables, para lo cual se deberá presentar una relación pormenorizada de los gastos, los cuales deberán estar debidamente justificados, ser razonables y estar relacionados con el objeto del presente contrato. Décima Octava.- “Las Partes” convienen en que el presente contrato podrá ser modificado o adicionado durante su vigencia, por mutuo acuerdo de las “Las Partes”, haciendo en su caso, los ajustes que resulten necesarios para el cumplimiento de los compromisos de “Las Partes”.

Décima Novena.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución de las obligaciones derivadas del presente contrato, “Las Partes” se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes del Distrito Federal, renunciando a cualquier fuero que por razón de sus domicilios u otras circunstancias pudiera corresponderles en el futuro.

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SEDECO/CT/16/2015 Enteradas las partes del contenido, efectos y alcance legal del presente contrato lo firman al margen y al calce de conformidad, en tres tantos en original en la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 10 de junio de 2015. Por “La Secretaría”

“El Prestador del Servicio”

Edgar Rosas Chávez Director de Administración en la Secretaría de Desarrollo Económico

Ana Judith Cortés Camacho

Con la asistencia de:

Gustavo Jiménez Pérez Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales

Gabriela Medina García J.U.D. de Recursos Materiales

José Antonio Álvarez García J.U.D. de Servicios Generales “Área Requirente y Administradora del Contrato” Testigo:

Hugo Sebastián Gutiérrez Hernández Rojas Director Jurídico

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