203 Reunión Consejo Directivo

203° Reunión Consejo Directivo DEPARTAMENTO DE DERECHOS INTELECTUALES Responsable : CARLOS MELLANO San Martín de los Andes 3 y 4 de abril de 2014

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203° Reunión Consejo Directivo

DEPARTAMENTO DE DERECHOS INTELECTUALES

Responsable : CARLOS MELLANO

San Martín de los Andes 3 y 4 de abril de 2014

INDICE

 INTEGRANTES DEL DEPARTAMENTO  ESTADO DE SITUACIÓN  CONVENIOS ARGENTORES AADI – CAPIF Hotelería Gastronomía D.A.C. S.A.G.A.I.

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 INTEGRANTES

NEA- CONSTANTINO TROXLER PATAGONIA – VICENTE BUA PROV. BUENOS AIRES – ALEJANDRO FERNANDEZ NOA – MARIA ANTONIETA CATTARUZZA CENTRO – PABLO ORTIZ C.A.B.A. – GRACIELA FRESNO CUYO – MARCELO QUERCETTI ASESORES – MARIO SANSONE DR. IVAN POSSE MOLINA

SUPLENTES

NEA- MARIO DELASOIE PATAGONIA – MIGUEL RAMOS PROV. BUENOS AIRES – DANIEL DOS REIS ROSA NOA – JORGE MUKDISE CENTRO – RICARDO ABDEMUR C.A.B.A. – LEONARDO BAGUETTE CUYO – HUGO LEDESMA

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 ESTADO DE SITUACIÓN – ENTIDADES DE DERECHOS INTELECTUALES

ARGENTORES: Año 2013 - Convenio vigente para Hotelería y Gastronomía.Sin inconvenientes mayores hasta la fecha, cumpliendo con el programa previsto el 22/10/13 se realizo la reunión con los Sres. Iglesias, Nastri, Castroneto de ARGENTORES y toda nuestra comisión presente, los directivos de esta entidad sugirieron modificaciones al convenio anterior relacionadas directamente con abrir más categorías y por supuesto actualizar los valores de las mismas solo por dos años y no por tres como viene siendo la modalidad desde hace años. En el transcurso de Enero/14 el Dr. Posse Molina ajusto el texto del acuerdo con el abogado de ARGENTORES (Castroneto) según las últimas definiciones sugeridas en la última reunión de Comisión de D. I., existieron diferencias pequeñas en algunos artículos del Nuevo Convenio propuesto pero finalmente se logro acercar las partes en un acuerdo definitivo , concluyendo su firma protocolar el pasado 19/03/14 a la hora 15.00 pm en nuestra sede de FEHGRA (Vigencia x 3 años - periodo 2014/2016).AADI - CAPIF: Año 2013 - Convenio vigente en Hotelería y Gastronomía.De acuerdo a lo previsto, la Sub-Comisión encargada de la negociación se volvió a reunir con las autoridades de AADI-CAPIF, con el objetivo de terminar los detalles técnicos del acuerdo, todas las dudas quedaron superadas y el escrito del acuerdo quedo terminado y aprobado por los asesores letrados de ambas entidades, El convenio fue firmado durante Enero/14 y distribuido a todas las filiales del país. En líneas generales el acuerdo es muy conveniente para la actividad gastronómica , solo hubo diferencias de criterio con la Clausula 5/11 que plantea el reconocimiento de los anteriores porcentajes de actualización firmados año a año con esta entidad ,lo cual como entidad no negamos, salvo una frase final que fue el motivo de la diferencia ya que afectaba el sentido del contenido del acuerdo, finalmente todo se arreglo y las autoridades de AADI CAPIF aceptaron la postura de la Comisión , destrabando la negociación , concluyendo con la firma respectiva del Convenio en la primer semana de Marzo/14.SADAIC: Año 2009/2010/2011/2012/2013 - Sin convenio marco a la fecha.El 16/05/13 se realizo la primera reunión con esta entidad con el objeto de acercar las partes y ver la posibilidad de desarrollar un acuerdo marco. Por FEHGRA estuvieron presentes la Dra. A. Cattaruzza , A. Fernandez y A. Moroni (G. Fresno no pudo asistir por enfermedad), por parte de SADAIC estuvieron los Srs. L. Cipriani y C. Falcone , el desarrollo fue cordial , del dialogo mantenido de desprende que SADAIC pretende mantener la postura que nos coloco en la condición actual , aunque algo mas condicionados por las medidas tomadas por la FEHGRA en la CNDC , situación que los 3

tiene incómodos , a punto que en determinado momento del dialogo condicionaron seguir el mismo a que definiéramos como seguiríamos con dicho expediente de la CNDC .Ellos mantienen la intención de hacer un acuerdo con algunas características similares a los que regionalmente han cerrado en estos últimos dos años (Mar del Plata, Mendoza, Villa Carlos Paz) dejando la discusión de la estacionalidad y la tarifa a nivel de la ciudad o región donde se quiera aplicar el mismo, de la experiencia acumulada en los años de relación con esta entidad sabemos que ese es punto de inflexión ya que SADAIC arremete e impone valores que además de ser altos y distorsivos no mantienen relación con una misma categorización a lo largo y ancho del país , determinando en algún momento la caída del acuerdo y entonces el ciclo se vuelve a repetir.El trabajo evolucionó y fue enriquecido con la comparativa de los otros convenios firmados por distintas filiales de FEHGRA hasta la fecha, en los próximos días la Dra. G. Fresno, A. Cattaruzza y A. Fernandez presentaran una propuesta final a la comisión la cual será evaluada de manera de definir la estrategia para la reunión oportuna con SADAIC para presentar dicha propuesta, previa aprobación de la comisión y conocimiento del Comité Ejecutivo!!! Asimismo mantenemos el seguimiento sobre el expediente de la CNDC, en donde hemos logrado un avance ya que el Tribunal desecho un pedido de apelación realizado por SADAIC sobre nuestra postura de que en la causa haya legislación comparada internacional incorporando como hecho concreto que en nuestro vecino país Uruguay no se paga por los TV en las habitaciones ya que se las considera "Ambito Privado" .D.A.C: Año 2013 - Convenio vigente para Hotelería y Gastronomía. El acuerdo se encuentra en plena vigencia para Hotelería y Gastronomía , partiendo de la fórmula de cálculo de la resolución de Gobierno que le da amparo a la posibilidad de cobro de aranceles por parte de DAC, incorporando quitas importantes ( Unidad de medida 60 % de la tarifa publicada en lista de precios del establecimiento , descuento del IVA, ajuste por factor de ocupación y descuentos por pago anticipado (fundamentalmente para plazas de temporada) que acumulados entregan un numero aceptable dada la condición general del Decreto con el agregado de una dispensa de la retroactividad de la deuda de dos años por sumarse voluntariamente al acuerdo. El carácter del acuerdo como siempre fue "No vinculante ", habiendo transcurrido todas las etapas de suscripción (dos prorrogas finalizadas el pasado 15/08/12) se llego aprox. a 1800 establecimientos adheridos en todo el país El 21/07/13 se firmo en la Federación el nuevo acuerdo especial para los establecimientos Hoteleros y Gastronómicos que quedaron relegados por distintos motivos del acuerdo original, los principales puntos de diferencia entre los establecimientos adheridos en término y los que lo hagan ahora serán los siguientes: 1.

Incremento en los aranceles según el siguiente detalle: (i) 1, 2 y 3 estrellas tendrán un descuento del 30% en vez del 40%, es decir, un 10% más; (ii) los 4 estrellas tendrán un descuento del 25%, es decir, un 15% más; y (iii) los 5 estrellas tendrán un descuento del 20%, es decir, un 10% más. 4

2.

El pago anual en esta primera planilla de adhesión va, incluido el retroactivo, desde Diciembre 2011 a Noviembre 2013. Es lo mismo, pero pagan un plazo más prolongado porque el pago de la renovación venció en Julio. Estos hoteles renovarán anualmente en Noviembre de cada año a diferencia del resto.

3.

Los gastronómicos pagarán 4 cafés por mes en vez de 3, o sea, un total de 48 por año.

4.

Los honorarios serán del 15% del importe que arroje la planilla o la suma de $ 500, la que sea superior.

SAGAI: Año 2013- Convenio vigente para Hotelería y Gastronomía.Mediante decreto 1914/06 el Poder Ejecutivo Nacional reconoció a SAGAI como la única entidad de gestión colectiva autorizada a percibir y administrar derechos de propiedad intelectual de actores y bailarines.-En Abril de 2008, la Secretaria de Medios de Comunicación de la Nación, mediante resolución N* 181/08 (www.sagai.org/pdf/decretos leyes/res 181 08.pdf) estableció el cuadro arancelario que los diversos usuarios deberían abonar por la retribución prevista en el art. 56 de la ley 11.732, conforme a las facultades establecidas en el art, 2 del Decreto 1914/06.-(cuya resolución de Directorio fijo aplicación de un arancel según formula : Valor de 3 habitaciones + el 2 % de multiplicar la cantidad de habitaciones del establecimiento x el monto promedio de esas tres habitaciones) El 19/09/12 se procedió a la firma del Convenio con el Directorio de SAGAI encabezado por su Presidente, el Actor J. Soriano sus colaboradores directos y el Director General de la entidad Dr. Sebastián Bloj , el mismo tomo vigencia para toda la actividad a partir del 01/10/12 y por un periodo de suscripción en todo el país de 90 días corridos, finalizando el plazo de adhesión el 5* de Febrero 2013, con prorroga posterior al 28/02/13 y una suplementaria hasta el 07/03/13.Las características más importantes del acuerdo son la formula de calculo que contempla el valor de solo 1 habitación, y cuyo importe es consensuado por las partes hasta el 2013 inclusive , quitas y descuentos por pago adelantado mas la reformulación de la deuda reclamada de dos años para atrás cuyo monto será del valor de un ejercicio según como replique la aplicación de la fórmula de cálculo del arancel en cada establecimiento (bajo la figura de gasto administrativo del ejercicio y no como retroactivo 2010/2011) .De acuerdo a lo previsto y detallado en anteriores informes, el 21/07/13 la Federación firmo un nuevo acuerdo con SAGAI dirigido a los establecimientos Hoteleros y Gastronómicos que quedaron relegados por distintos motivos del acuerdo original, los principales puntos de diferencia entre los establecimientos adheridos en término y los que lo hagan en esta oportunidad serán los siguientes: a) Acreditar fehacientemente la calidad de socio de FEHGRA vigente y adquirida con anterioridad a la fecha de firma del presente acuerdo. 5

b) El arancel total por cada año devengado y que se encuentre impago (2007-JUNIO 2013), podrá ser cancelado contra el pago del valor equivalente a tres meses de arancel puro sin aplicar ninguna bonificación c) La suma resultante deberá dividirse por tres (3), que es la cantidad de cuotas que el asociado a FEHGRA abonará para regularizar la deuda mantenida con SAGAI, sin intereses. d) Las cuotas deberán abonarse en forma mensual y consecutiva, los días 20 de cada mes. e) La falta de pago en tiempo y/o forma de dos cuotas consecutivas facultará a SAGAI para reclamar el arancel establecido en la Res. 181/08 de la Secretaria de Medios de Comunicación, más intereses y gastos, sin considerar ninguno de los beneficios otorgados en el presente acuerdo. Una vez abonadas la totalidad de las cuotas, nada más tendrá SAGAI que reclamar al establecimiento que adhiriese, por ningún concepto vinculado a los periodos pasados. f) Deberán abonar el 15% de la suma adeudada conforme los parámetros del presente punto apartado b), en concepto de honorarios profesionales de los abogados que intervengan en representación de SAGAI. Por último y como procedimiento automático se procedió a renovar el acuerdo SAGAI 1 por dos años , periodo 2014/2015 , este es válido para todos los establecimientos que oportunamente suscribieron al acuerdo en el año 2012.

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 CONVENIOS

ARGENTORES

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AADI CAPIF RAMA HOTELERA

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AADI CAPIF RAMA GASTRONÓMICA

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DAC

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DAC – ADDENDA AL ACUERDO MARCO

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SAGAI 1

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SAGAI 2

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SAGAI (2014-2015)

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