2.1.- El número de autorizaciones que se concederá para cada uno de ellos será:

Ayuntamiento de Arrecife (Las Palmas) COM BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE 2014 PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA AMBULA

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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE 2014 PARA LA CONCESIÓN DE AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA AMBULANTE EN EL DENOMINADO MERCADILLO DE ARRECIFE Y MERCADO TURÍSTICO ARTESANAL Artículo 1. Objeto La presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene por objeto la concesión de autorizaciones administrativas para la instalación de puestos vacantes en los denominados “Mercadillo de Arrecife” que se celebra cada miércoles y jueves en la Calle Juan de Quesada, y el “Mercado Turístico Artesanal” que se celebra cada sábado en el casco antiguo de Arrecife, sin perjuicio de los cambios que pudieran producirse en los términos que se determina en la Ordenanza Municipal Reguladora de Mercadillos de Arrecife, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas núm. 95, de 26 de julio de 2013. Artículo 2. Número de autorizaciones 2.1.- El número de autorizaciones que se concederá para cada uno de ellos será: MERCADILLO DE ARRECIFE: 81 PUESTOS DE 3 X 3 MTRS y 2 PUESTOS DE 6 X 3 MTRS cada uno. MERCADO TURÍSTICO ARTESANAL: 35 PUESTOS DE 3X3 MTRS, de los cuales 12 PUESTOS son destinados a alimentación (frutas, verduras, pan, etc…) 2.2.- En el caso de que no se cubriesen los puestos máximos señalados, los titulares de las licencias que lo necesiten, podrán optar a otro puesto más de iguales medidas. 2.3.- No se podrá conceder más de una autorización para cada mercado por solicitante y sólo se podrá ser titular de dos autorizaciones por unidad familiar, entendiendo por ésta, el conjunto de personas empadronadas en un mismo domicilio. 2.3.- Cada solicitante deberá indicar en el impreso de solicitud del ANEXO I de la presente convocatoria a qué Mercado opta, de los anteriormente señalados. Artículo 3. Requisitos 3.1.- Para el ejercicio de la venta en las distintas modalidades de mercadillos, deberán cumplirse los siguientes requisitos: 1

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a) Cumplir todos los requisitos que establezcan las reglamentaciones específicas aplicables a los productos que tengan en venta. b) Cuando se trate de comerciantes extranjeros no comunitarios, acreditar que están, además, en posesión de los permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia, en su caso, así como acreditar el cumplimiento de lo establecido en la normativa específica vigente. c) Disponer, en caso de comercializar productos alimenticios, de un certificado acreditativo de manipulador de alimentos o carné para manipuladores de riesgos, y un seguro de responsabilidad civil con cobertura de los riesgos de la actividad que se desempeña. d) Para los extranjeros comunitarios, el permiso de Residencia deberá tener vigencia o no caducar durante el período de autorización para la venta. e) Para los extranjeros no comunitarios, en el caso de que el permiso de Residencia y Trabajo caduque o se venza con anterioridad a la finalización del plazo de la autorización concedida, la actividad autorizada a desarrollar en el mercadillo se suspenderá inmediatamente, reservándosele el puesto durante el tiempo de tramitación de la renovación, siempre y cuando acredite el titular de la autorización, la solicitud de renovación presentada formalmente en el organismo correspondiente. f) Estar al corriente de pagos con este Ayuntamiento, seguridad social u obligaciones tributarias. Artículo 4: Solicitudes y plazo de presentación. 4.1.- Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado contenido en el Anexo I de esta convocatoria. 4.2.- Los interesados deberán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Arrecife o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el modelo que se adjunta como ANEXO I, el cual puede descargarse en la página web del Ayuntamiento de Arrecife www.arrecife.es 4.3.- A la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación: a) Copia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o documento que lo sustituya en caso de extranjeros. En el supuesto de ciudadanos extranjeros no comunitarios, permiso de residencia y de trabajo por cuenta propia. b) Dos fotografías del solicitante tamaño DNI c) Copia del carné de manipulador de alimentos, para los supuestos de venta de productos de alimentación. 2

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d) Documentación acreditativa de la suscripción del seguro de Responsabilidad Civil. e) Copia de los contratos de trabajo que acrediten la relación laboral de las personas que vayan a realizar la actividad distinta del titular de la autorización. f) Documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de valoración que van a servir de base para la adjudicación, excepto para aquellos casos que haya que acreditar la experiencia demostrada en los Mercadillos de Arrecife al tener el propio Ayuntamiento la acreditación de ese valor. 4.3.- Si un solicitante quisiera optar a los dos mercados, deberá presentar la documentación por separado para cada uno de ellos. 4.4.- La solicitud irá acompañada de la Declaración Responsable contenida en el ANEXO II de esta convocatoria. 4.5.- El plazo de admisión de las solicitudes será de 15 DÍAS (15) y hasta las 13:30 hrs del último día, a partir del día siguiente al de la fecha de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y página web de este Ayuntamiento www.arrecife.es 4.6.- La persona jurídica que obtenga la autorización municipal deberá presentar además, antes del inicio de la actividad comercial la siguiente documentación: a) Fotocopia compulsada del DNI del socio o empleado que va a ejercer la actividad en nombre de la sociedad. b) Fotocopia junto con la declaración responsable de que cumple con los requisitos exigidos en la Ordenanza Municipal Reguladora de Mercadillos de Arrecife. Artículo 5.- Criterios de adjudicación.5.1.- Presentación de una Memoria del producto a comercializar en la que se valorará: a) Ofrecer un producto de artesanía autóctono o local (HASTA 10 PUNTOS) b) Exclusividad y variedad en el producto de venta (HASTA 10 PUNTOS) 3

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c) La experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión que asegure la correcta prestación de la actividad comercial (2 PUNTOS). d) Estar en posesión de algún distintivo de calidad reconocido en el ámbito del comercio ambulante (2 PUNTOS). e) Poseer el carné de Artesano expedido por el Cabildo Insular de Lanzarote (10 PUNTOS). f) No haber incurrido en sanción administrativa firme por la comisión de alguna infracción de las normas del comercio ambulante (2 PUNTOS). g) Por estética y presentación tanto del puesto como de los productos a comercializar, teniendo en cuenta lo establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de Mercadillos de Arrecife (HASTA 5 PUNTOS). h) Por asistencia acreditada a CURSOS DE FORMACIÓN que tengan relación con el ejercicio de la actividad comercial (0’50 POR CURSO HASTA UN MÁXIMO DE 2 PUNTOS) i) Utilización de BOLSAS BIODEGRADABLES para los productos (5 PUNTOS) j) A efectos de potenciar el carácter artesano del mercadillo, se valorarán los productos artesanales producidos por artesanos, ya sea totalmente a mano o con ayudas de herramientas manuales o incluso medios mecánicos, siempre que la contribución directa del artesano siga siendo el componente más importante del producto acabado (HASTA 10 PUNTOS). k) Aquellos solicitantes que en la anterior convocatoria publicada en el BOP nº 163 de fecha 20 de diciembre de 2013 hubiesen presentado toda la documentación, tendrán que presentar, la solicitud debidamente cumplimentada, además de certificar estar al corriente del pago con este Ayuntamiento, seguridad social u obligaciones tributarias. Artículo 6: Concesión de las autorizaciones 6.1.- Las autorizaciones de venta para cada Mercado serán concedidas a los solicitantes que mayor puntuación hayan obtenido, siendo la puntuación mínima de 10 PUNTOS para optar a una licencia. 6.2.- En el supuesto de que una vez realizada la baremación resulten empatados, para resolver dicho empate se recurrirá a la realización, entre ellos, de un sorteo para lo que se requerirá la presencia de los solicitantes. 4

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6.3.- Una vez se concedan las autorizaciones, se requerirá la presencia de los titulares para proceder al sorteo de los puestos que se realizará introduciendo en una urna tantas papeletas enumeradas como número de puestos, asignando a cada adjudicatario el puesto que coincida con el de la papeleta extraída por éste. La numeración de los puestos es la señalada en el plano que obra en el expediente administrativo que se mostrará a los solicitantes antes del comienzo del sorteo de los puestos. Artículo 7. Derechos y obligaciones del adjudicatario 7.1.- Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de Mercadillos de Arrecife. De forma expresa se deberán respetar las prescripciones establecidas en el Art. 5 referente a “Los Puestos”. Artículo 8.- Órgano competente para la instrucción y resolución 8.1.- La Concejalía de Turismo y Comercio será la responsable de la tramitación del Expediente. 8.2.- Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, se procederá a comprobar si las solicitudes cumplen con la totalidad de los requisitos exigidos. 8.3.- Se publicará en el Tablón de Anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Arrecife así como en la página web www.arrecife.es la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas. 8.4.- Se concederá un plazo de 5 días a partir de la publicación de la lista provisional en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento para que subsanen la falta de documentación a aquellas solicitudes que hayan sido excluidas por este motivo. Durante la tramitación de este procedimiento se deberán garantizar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación. 8.5.- Para la valoración de las ofertas, se formará una “Mesa de Valoración” que irá compuesta por los siguientes empleados públicos: - Doña Magdalena Morales de León - Doña Pilar Machín Henríquez - Doña Jacqueline Hernández Padrón - Doña Yoanna Machín de León 5

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- Don Miguel Ángel Leal Cedrés Estos nombramientos están sujetos a los efectos de recusación y abstención establecidos en los artículos 28 y 29 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de falta de asistencia justificada de algún componente de la mesa, la misma quedará validamente constituida si asisten la mayoría de sus miembros, de alcanzarse esta mayoría se deberá proceder a una nueva convocatoria. 8.6.- El Concejal del Área de Turismo y Comercio, visto el informe elaborado por la Mesa de Valoración, será el órgano competente para resolver el procedimiento de adjudicación de los puestos de venta ambulante objeto de esta convocatoria, mediante resolución, la cual se notificará a los interesados. 8.7.- Una vez resuelta la convocatoria y notificada a los interesados la autorización, se otorgará un PLAZO DE 15 DÍAS NATURALES para presentar ante la Concejalía de Turismo y Comercio de este Ayuntamiento lo siguiente: a) Acreditación de que posee una carpa blanca o azul de tamaño 3 X 3 tal y como se refleja en el modelo adjunto. b) Alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios. c) Acreditación de estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social. 8.8.- Contra la denegación de la autorización podrá interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. 6

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Artículo 9.- Plazo máximo para resolver El plazo máximo para resolver será de 3 meses, a partir del día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, entendiéndose desestimadas éstas en caso de que transcurra dicho plazo sin que recaiga resolución expresa. Artículo 10.- Duración y extinción de las autorizaciones 10.1.- La duración máxima de las autorizaciones reguladas en esta convocatoria será de 8 años. 10.2.- La transmisibilidad, revocación y extinción de las autorizaciones reguladas en esta convocatoria se realizará por algunas de las causas contenidas en la normativa de aplicación. Artículo 11.- Impugnación La presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, puede ser recurrida potestativamente en los términos y plazos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa). Artículo 12.- Medios de notificación y publicación En adelante, las notificaciones a los interesados de los actos, requerimientos para la subsanación o mejora de la solicitud, propuestas de acuerdo (provisionales y/o definitivas) así como de los acuerdos por los que se resuelva la presente convocatoria y la interposición, en su caso, de recursos administrativos se llevará a cabo, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 59.6 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, mediante la publicación de los mismos en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento www.arrecife.es ANEXO I SOLICITUD □ MERCADILLO DE ARRECIFE (MIÉRCOLES Y JUEVES) □ MERCADO TURÍSTICO ARTESANAL (SÁBADOS) 7

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(RELLENAR EN MAYÚSCULA) NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

D.N.I. / C.I.F

DOMICILIO: CALLE

NÚMERO

PUERTA

TELÉFONO:

CORREO ELECTRÓNICO

LOCALIDAD

Arrecife a ______ de ______________ de _______ Fdo:

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE En cumplimiento de los establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias propias de esta Admón. y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos de este Ayuntamiento, ante el que podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE (CUMPLIMENTAR TODOS LOS DATOS EN LETRA MAYÚSCULA) 8

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NOMBRE O RAZÓN SOCIAL

D.N.I. / C.I.F

DOMICILIO: CALLE

NÚMERO

TELÉFONO:

CORREO ELECTRÓNICO

Mediante el presente DECLARO:

PUERTA

LOCALIDAD

DECLARACIÓN

- Que cumplo todos los requisitos para ejercer la actividad de venta ambulante o no sedentaria recogidos en la normativa de aplicación. - Que estoy en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad. - Que, en el caso de comercialización de productos alimenticios, dispongo de carné de manipulador de alimentos y un seguro de responsabilidad civil con cobertura de los riesgos propio de mi actividad. - Que reúno las condiciones de los requisitos exigidos en el artículo 8 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Mercadillos de Arrecife. - Que mantendré el cumplimiento de todo lo declarado durante el plazo de vigencia de la autorización. - Que estoy al corriente de pagos con este Ayuntamiento, seguridad social u obligaciones tributarias. Arrecife a ______ de ______________ de _______ Fdo: SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE En cumplimiento de los establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias propias de esta Admón. y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos de este Ayuntamiento, ante el que podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

MODELO CARPA 3X3

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En Arrecife, a 17 de febrero de 2014 Técnico de Turismo y Comercio Fdo: Magdalena Morales de León

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