27 DE ENERO DE 2014 IMSERSO

INFORME SOBRE EL GASTO IMPUTADO AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO PRESUPUESTARIO 2013, POR LA ASIGNACIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS AUTÓNOMAS DEL NIVEL MÍN

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27 DE FEBRERO DE 2014
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2014 DE 27 DE NOVIEMBRE
Agencia Tributaria Subdirección General de Ordenación Legal y Asistencia Jurídica NOTA Nº 1/15 NOTA RELATIVA A LA LIMITACIÓN DE GASTOS FINANCIEROS

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INFORME SOBRE EL GASTO IMPUTADO AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO PRESUPUESTARIO 2013, POR LA ASIGNACIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS AUTÓNOMAS DEL NIVEL MÍNIMO DE PROTECCIÓN, PROTECCIÓN, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 9.1 DE LA LA LEY 39/2006

27 DE ENERO DE 2014 IMSERSO

INFORME SOBRE EL GASTO IMPUTADO AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2013, POR LA ASIGNACIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DEL NIVEL MÍNIMO DE PROTECCIÓN, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 9.1 DE LA LEY 39/2006

En relación con el nivel mínimo de protección, la Ley recoge en un su art. 9: 1.- “El Gobierno, oído el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, determinará el nivel mínimo de protección garantizado para cada uno de los beneficiarios del Sistema, según el grado y nivel de su dependencia, como condición básica de garantía del derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a la situación de dependencia. La asignación del nivel mínimo entre las comunidades se realizará considerando el número de beneficiarios, el grado de dependencia y la prestación reconocida 2.- La financiación pública de este nivel de protección correrá a cuenta de la Administración General del Estado que fijará anualmente los recursos económicos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 32”. La misma Ley de Dependencia recoge el sistema en base al cual se realizará el cálculo y los libramientos de las cantidades que por este concepto le corresponde mensualmente a cada una de las comunidades, de tal forma que en su artículo 9 se dispone que “la asignación del nivel mínimo a las comunidades autónomas se realizará considerando el número de beneficiarios, el grado de dependencia y la prestación reconocida”. En la normativa de desarrollo de la propia Ley de Dependencia se establecen los mecanismos concretos para calcular a las liquidaciones mensuales del nivel mínimo a las comunidades autónomas. Así, las Comunidades Autónomas, responsables de la gestión, informan todos los meses, a través de los mecanismos establecidos en el Sistema de Información del SAAD (SISAAD), del número de beneficiarios existentes, su grado de dependencia y su prestación reconocida.

1

De este modo, todos los meses se calculan las cantidades que se deben liquidar a las Comunidades Autónomas por este concepto, de conformidad con la gestión del Sistema que hayan realizado (y ello sin perjuicio de que se puedan realizar regularizaciones en los meses sucesivos de cantidades ya abonadas, debido a modificaciones en la información remitida al Sisaad). El desglose, por Comunidades Autónomas, del gasto imputado al presupuesto 2013 por la asignación del nivel mínimo a las mismas es el siguiente:

CC.AA. Andalucía Aragón Asturias (Principado de) Balears (Illes) Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid (Comunidad de) Murcia (Región de) Navarra País Vasco Rioja (La) TOTAL

Cuantía nivel mínimo 272.126.850,44 € 25.627.087,01 € 23.351.967,01 € 20.494.124,55 € 23.124.406,78 € 24.136.277,41 € 83.610.569,09 € 62.853.855,04 € 212.008.756,35 € 59.957.951,67 € 37.909.804,44 € 67.106.498,01 € 143.254.551,14 € 50.140.646,05 € 11.554.465,78 € 78.891.805,72 € 10.639.517,15 € 1.206.789.133,64 €

En los presupuestos para 2013 del Instituto de Mayores y Servicios Sociales se consignaron inicialmente un total de 1.087 millones de €. Si bien debe destacarse que, desde la entrada en vigor de la ley, en los sucesivos años se han tramitado las correspondientes modificaciones de crédito, en orden a contar en todo momento con créditos suficientes para que la Administración General del Estado pudiera cumplir con los compromisos asumidos en relación con la financiación de la Ley, en general, y del nivel mínimo de protección, en particular.

2

En este sentido, se realizó un cálculo de las cantidades que fueran a resultar necesarias para poder transferir a las comunidades en 2013 y las previsiones apuntaban a que se debían situar en torno a los 1.246 millones de euros. Partiendo de esa cifra, y teniendo en cuenta los créditos existentes en el Sistema, hubiera resultado necesario solicitar una ampliación de crédito cercana a los 159 millones de euros. No obstante, debe realizarse una especial mención al contenido del Informe del Tribunal de Cuentas de fiscalización de la gestión económico-financiera y de la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, en el período comprendido entre los años 2007 y 2011. Así, en el mencionado informe se recogía la existencia de toda una serie de incidencias que afectaban a determinados expedientes, por un total de 25.806 expedientes, en los que se habían identificado determinadas anomalías en la información recogida en el Sistema. A modo de ejemplo, se había detectado un importante número de expedientes (en torno a los 12.000) relativos a personas que, habiendo fallecido, aún se encontraban como activas en el Sistema; asimismo, se habían identificado alrededor de 1.300 expedientes duplicados en el Sistema, de modo que se asociaban varios expedientes a la misma persona. Una vez identificados tales expedientes, se realizó un importante trabajo de comprobación y actualización de la información, de modo que a los efectos de las cantidades del nivel mínimo, a lo largo del período comprendido entre los meses de mayo y noviembre se viene llevando a cabo una regularización de tales expedientes. Esto supuso, una vez finalizado ese proceso, que las Comunidades Autónomas habrán recibido estas cantidades descontadas en el citado período de los libramientos mensuales del Nivel Mínimo, por un importe de unos 39 millones de euros que se les habían abonado anteriormente, en el período 2007 a 2011.

Se adjunta como anexo un cuadro con la relación de expedientes identificados por el Tribunal de Cuentas en su informe.

3

De este modo, las necesidades de crédito en relación a las cantidades del nivel mínimo resultaron inferiores, toda vez que se ha producido un menor gasto, lo que supone una menor transferencia por parte de la AGE. Así, se realizó una primera propuesta sobre las necesidades de crédito que, finalmente, fue modificada a la luz de las últimas cifras conocidas, por lo que la ampliación se ha cifrado finalmente en 119.999.061,35 €, como se detalla en el siguiente cuadro: (*) Cuadro único.

PRESUPUESTO 2013 INICIAL 1.087,1 millones €

TOTAL GASTO ANUAL ESTIMADO 1.246 millones de €

TOTAL AMPLIACIÓN DE CRÉDITO PARA 2013 158,9 millones de € A DEDUCIR CRÉDITO A REINTEGRAR POR CC.AA. POR REGULARIZACIÓN TRIBUNAL DE CUENTAS: -39,0 millones de € AMPLIACIÓN DE CRÉDITO (Necesidad de financiación) 119,9 millones de €

CC.AA. Andalucía Aragón Asturias (Principado de) Balears (Illes) Canarias Cantabria Castilla y León Castilla-La Mancha Cataluña Comunitat Valenciana Extremadura Galicia Madrid (Comunidad de) Murcia (Región de) Navarra País Vasco Rioja (La)

TOTAL

GASTO REAL 267.441.429,44 26.045.477,01 25.158.237,01 18.156.638,55 22.961.562,78 26.513.995,41 91.772.096,09 61.673.056,04 220.447.604,35 65.653.186,67 38.741.677,44 73.820.066,01 151.724.806,14 51.646.310,05 11.754.203,78 81.458.780,72 10.884.113,15

1.245.853.240,64

CREDITOS EXPT. REGULARIZADOS 4.685.421,00 -418.390,00 -1.806.270,00 2.337.486,00 162.844,00 -2.377.718,00 -8.161.527,00 1.180.799,00 -8.438.848,00 -5.695.235,00 -831.873,00 -6.713.568,00 -8.470.255,00 -1.505.664,00 -199.738,00 -2.566.975,00 -244.596,00

PRESUPUESTO DEFINITIVO 272.126.850,44 25.627.087,01 23.351.967,01 20.494.124,55 23.124.406,78 24.136.277,41 83.610.569,09 62.853.855,04 212.008.756,35 59.957.951,67 37.909.804,44 67.106.498,01 143.254.551,14 50.140.646,05 11.554.465,78 78.891.805,72 10.639.517,15

-39.064.107,00 1.206.789.133,64

4

ANEXO EXPEDIENTES REGULARIZADOS EN EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL TRIBUNAL DE CUENTAS

Comunidad Autónoma

Nº Total casos señalados por el Personas fallecidas Tribunal de Cuentas

Expedientes duplicados

Resto de casuísticas

Andalucía

5.174

1.359

889

Aragón

1.364

585

13

766

Principado de Asturias

814

523

40

251

Illes Balears

921

24

0

897

Canarias

320

93

3

224

Cantabria

449

428

0

21

2.447

1.288

150

1.009

Castilla y León

2.926

Castilla la Mancha

2.068

478

6

1.584

Catalunya

2.089

1.469

3

617

Comunitat Valenciana

1.230

976

38

216

636

155

8

473

Extremadura Galicia

1.233

936

24

273

Madrid

2.445

1.666

168

611

Región de Murcia

354

297

0

57

Navarra

714

510

1

203

3.323

1.253

20

2.050

225

15

0

210

25.806

12.055

1.363

12.388

País Vasco La Rioja TOTAL

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