6. FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA

6.  FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA 6.1  Actividad procesal de la Fiscalía La Fiscalía Especial Contra la Corrupci

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6.  FISCALÍA ESPECIAL CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA 6.1  Actividad procesal de la Fiscalía La Fiscalía Especial Contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada desarrolla las funciones que legalmente le vienen atribuidas en una triple dirección: a)  Delitos económicos de especial trascendencia y/o complejidad técnico-jurídica. b)  Delitos de corrupción pública. c)  Delitos de blanqueo de capitales cometidos por grupos criminales organizados nacionales o transnacionales, de especial importancia, salvo aquellos que se refieran mayoritariamente al narcotráfico así como los delitos de terrorismo. Desde la creación de esta Fiscalía Especial, por Ley 10/1995, de 24 de abril, la competencia de la misma estaba limitada a la delincuencia económica y a la corrupción. Es en fechas relativamente recientes cuando la Fiscalía Especial ha abordado la competencia de la criminalidad organizada. La coordinación desde la Fiscalía de las actuaciones en relación con este fenómeno criminal ofrece varias ventajas: una visión de conjunto del problema; una actuación continuada desde el inicio de la investigación hasta la ejecución de la condena, y la extensión a toda España de la aplicación uniforme de la ley. Sin perjuicio de la reseña de las numerosas Diligencias de Investigación y procedimientos judiciales en lo que la Fiscalía Especial interviene, seguidamente se destacan aquellos que se son manifestaciones de fenómeno de la criminalidad organizada: –  Diligencias Previas núm. 194/05, seguidas en el Juzgado Central de Instrucción núm. 4, referida a las mafias «rusas». En este procedimiento el Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 31 de mayo de 2011 estimando el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal. También en la misma causa el 4 de julio de 2011 se formuló acusación contra Leon Lann, quien fue extraditado por la Federación Rusa, respecto del que se ha dictado sentencia de conformidad. –  Diligencias Previas núm. 1.771/2006, del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. 2 de Valdemoro, en las que se investiga el origen de los fondos que afloraron en Andorra por los Sres. Torrejón y 614

Tejeiro, ambos ex-Alcaldes de la localidad de Ciempozuelos. El 28 de marzo de 2011 se ha realizado escrito de acusación. –  Diligencias Previas núm. 340/2010, del Juzgado Central de Instrucción núm. 6. Su objeto es investigar una de las redes de blanqueo de capitales asentadas en España por la llamada «Camorra», en concreto, el clan Nuvoletta. En fecha de 18 de octubre de 2011, en la isla de Tenerife y en Madrid se procedió a la detención de trece personas, a instancias de la Fiscalía. Se registraron 53 domicilios de personas físicas y jurídicas; se incautaron 27 vehículos a motor y 7 embarcaciones; se intervinieron múltiples cuentas corrientes y se ocuparon unos 180.000 euros en efectivo. –  Diligencias Previas núm. 101/07, seguidas en el Juzgado Central de Instrucción núm. 4, se incoaron a instancias de esta Fiscalía, en las que se investiga el blanqueo de dinero de la organización criminal denominada «Izmailovskaya», que presuntamente controla, entre otros negocios, la mayor parte de la producción mundial del aluminio, níquel y materiales ferrosos. En el mes de noviembre de 2011 se acordó por el Juzgado el traslado del procedimiento penal a la Fiscalía rusa respecto de los imputados Sres. Deripaska y Makhmudov, siguiendo la causa en España respecto de los demás. –  Diligencias Previas núm. 48/2011, del Juzgado Central de Instrucción núm. 4. El 23 de marzo de 2011 el Tribunal de Primera Instancia de Amberes (Bélgica) remitió a la Fiscalía Especial, información con relación a las investigaciones que se siguen en Bélgica por intento de asesinato o lesiones graves. Se interesó por la Fiscalía el inicio de un procedimiento en España contra dicha persona, por los delitos de organización criminal y blanqueo de capitales. El 14 de noviembre de 2011 se celebró una reunión en La Haya en la sede de Eurojust en la que asistieron Jueces y Fiscales de Bélgica y Francia y esta Fiscalía, para coordinar esta investigación. Por otro lado, esta Fiscalía Especial destaca en su Memoria correspondiente al año 2011 el nuevo incremento en el volumen de asuntos competencia de la misma, lo que se ha traducido en un importante aumento de su actividad. La segunda nota a reseñar en el periodo a que se contrae la presente memoria ha sido la celebración de algunos de los juicios tramitados en esta Fiscalía, entre los que podemos señalar los denominados casos «Malaya», «Ballena Blanca», «Kalashov», «Minutas (José María del Nido)», «Limusa» «Cartas Nigerianes» y el procedimiento del Jurado contra  Francisco Camps y Ricardo Costa. 615

También cabe resaltar la continuada disminución de Diligencias de Investigación o de procedimientos relacionados con la corrupción urbanística, fenómeno ya detectado en años anteriores, que pudiera obedecer a la sensible disminución de actividad en este concreto ámbito. Durante el año 2011 esta Fiscalía Especial asumió la competencia de 39 nuevos procedimientos penales, frente a 35 del año anterior, 12 de ellos derivados de la conclusión de diligencias de investigación de la propia Fiscalía y 13 asignados en virtud de Decreto del Excmo. Sr. Fiscal General del Estado. Asimismo, se han dictado, a lo largo del pasado año 2011 y en procedimientos penales en los que interviene esta Fiscalía Especial, un total de once sentencias, de las cuales 10 fueron condenatorias y una absolutoria. 6.1.1  Escritos y denuncias presentados en la Fiscalía Especial La actividad desplegada por la Fiscalía Especial en relación con las comunicaciones recibidas y remitidas por otras autoridades, organismos públicos y particulares ha reflejado alguna variación respecto al periodo anterior: a)  Registros de entrada: 1.850 frente a 1.849 del año 2010. b)  Registros de salida: 4.288, frente a 3.874 del año 2010. c)  Escritos cuyo destino ha sido el archivo: 94 frente a 73 del año 2010. d)  Escritos remitidos a otros organismos: 209 frente a 176 del año 2010. También debe hacerse constar como reflejo de la actividad de la Fiscalía los siguientes datos: 1.  Se han interpuesto 47 querellas o denuncias derivadas de las diligencias tramitadas en esta Fiscalía, frente a las 14 del año 2010. 2.  Se han presentado 36 escritos de acusación, frente a los 28 del año 2010. 3.  Se han dictado 10 sentencias (en instancia) en causas judiciales de esta Fiscalía, 9 condenatorias y 1 absolutoria frente a las 7 del año 2010. 4.  Durante el año 2011 se han registrado 39 nuevos procedimientos penales competencia de esta Fiscalía Especial frente a los 37 del anterior año. 616

6.1.2  Escritos de acusación presentados por la Fiscalía Especial 40 35 30 25 20

Escritos de acusación

15 10 5 0

AÑO 2009 AÑO 2009

AÑO 2010 AÑO 2010

AÑO 2011 AÑO 2011

6.1.3  Diligencias informativas y de investigación Respecto a las Diligencias Informativas y de Investigación de esta Fiscalía Especial hay que resaltar el gran incremento en la incoación de las mismas dado que respecto de las primeras, de una sola Diligencia Informativa incoada en el año 2010 se ha pasado a 5 en el 2011 y de 16 Diligencias de Investigación del año 2010 a 64 en el 2011. DILIGENCIAS INFORMATIVAS

En trámite durante 2011.......... Concluidas............................... Pendientes a 31.12.11.............

Incoadas antes del 31.12.10

Incoadas durante 2011

Total

1 1 0

5 0 5

6 1 5

DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN

En trámite durante 2011.......... Concluidas............................... Pendientes a 31.12.11.............

Incoadas antes del 31.12.10

Incoadas durante 2011

Total

9 6 3

64 54 10

73 60 13

617

6.2  Procesos penales en los que interviene la Fiscalía Especial 270

258 266 246 257

220

194 178

170 127

120 70

55

77 84 88

91

96

104

En trámite

122

02 20 03 20 04 20 05 20 06 20 07 20 08 20 09 20 10 20 11

01

20

00

20

99

20

98

19

19

19

97

20

En la Memoria de la Fiscalía Especial se detalla el contenido de los 266 procedimientos judiciales en los que ha intervenido durante el año 2011, entre los que se pueden destacar los siguientes: – Diligencias Previas  1167/2004 del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Marbella (caso «Ballena Blanca»). Se ha dictado sentencia por la Sala encargada de su enjuiciamiento, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga, siendo notificada en Audiencia Pública el pasado 31 de marzo. Al ser condenatoria disconforme con la acusación mantenida por el Fiscal, se preparó contra la misma el pertinente Recurso de Casación, mediante escrito de  6 de abril de 2011. – Diligencias Previas 4796/2005 del Juzgado de Instrucción núm. 5 de Marbella (Málaga) actualmente Sumario 7/2007. Operación «Malaya». Seguidas por presuntos delitos de blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública, cohecho, prevaricación, contra Juan Antonio Roca Nicolás, Gestor de Urbanismo «de facto» del Ayuntamiento de Marbella y Presidente de una de las sociedades municipales «Planeamiento 2000». El Juicio oral se está celebrando por bloques. Hasta ahora se han visto los bloques uno y dos. El Bloque uno afecta a una concreta operación de blanqueo de capitales, la denominada Operación « Crucero Banus». El Bloque dos, atiende a los hechos contenidos en el apartado primero del escrito de calificación provisional del Fiscal, relativo al blanqueo de capitales del Sr. Roca Nicolás. – Diligencias Previas 148/2006 del Juzgado Central de Instrucción núm.  5 de la Audiencia Nacional (Caso Forum Filatélico). En fecha 21/4/2006 se presentó querella contra los administradores de 618

«Forum Filatélico, SA» por delitos de estafa, falseamiento de cuentas anuales, insolvencia punible, administración desleal y posible blanqueo de capitales. Una vez admitida dicha querella se han venido realizando continuas diligencias. Esta causa ha seguido mereciendo una enorme dedicación por parte del Ministerio Fiscal. Merece destacar que se han realizado nuevas imputaciones en esta causa contra personas situadas detrás de sociedades que participan en la trama de proveedores de «Fórum Filatélico, SA», presumiblemente al servicio del fraude. Fruto de ello, en fecha 18/5/2011 el Juez Instructor se desplazó a Ginebra junto con los representantes del Ministerio Fiscal a fin de recibir declaración en calidad de imputados ante las autoridades de aquel país a un ciudadano francés y a otro canadiense. Interesa igualmente destacar que se han seguido recibiendo varias comisiones rogatorias cumplimentadas por las autoridades judiciales de otros países cuyo contenido ha de considerarse muy valioso. La recepción de la documentación anexa a tales comisiones ha permitido avanzar en la instrucción de la causa. Quedan, sin embargo, por recibir otras comisiones rogatorias cuyo contenido, a su vez, permitirá concluir el informe que deben presentar los peritos judiciales. – Diligencias Previas 3209/2006 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Marbella, en la actualidad Procedimiento Abreviado 42/2009, de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga (Querella contra José María del Nido y otros) (Caso «Minutas»). El juicio oral, que se inició el pasado día 6 de abril ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Málaga, tras quince meses de celebración quedó visto para sentencia el pasado 24 de junio de 2011. La sentencia se dictó el pasado  16 de diciembre de  2011 (núm. 660/2011) condenando con diversas penas privativas de libertad e inhabilitación a José María del Nido Benavente, Julian Felipe Muñoz Palomo, Modesto Francisco de Asís María Perodia Cruz-Conde, Esteban Guzmán Lanzat, Víctor Cohen Zerón, Manuel Vázquez Cuesta, Alfredo Chica Vera, Ángeles Carrasco Sanz y Juan Antonio Roca Nicolás. – Diligencias Previas 211/2008 del Juzgado Central de Instrucción núm. 1. Delito de blanqueo de capitales (Inversión fondos Liec). Estas actuaciones traen causa de las Diligencias de Investigación núm. 3/2008 seguidas por delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales. Tales diligencias se sustentan en la información y documentación proporcionada por la autoridad fiscal del Reino Unido, 619

HM Revenue & Customs, a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) de la Agencia Tributaria. Tal información va referida a los verdaderos propietarios de determinadas entidades constituidas en el Principado de Liechtenstein que figuran como titulares de unos depósitos de fondos gestionados en aquel país por LGT GROUP (Liechtenstein Global Trust Group) y que permanecen ocultos a la Hacienda Pública española. De dichas diligencias se han desglosado muchas otras referidas a determinados contribuyentes respecto de los cuales no ha sido posible encontrar alguna conexión para su tramitación conjunta. Muchas de esas diligencias han sido finalmente archivadas por no haberse podido acreditar la defraudación tributaria denunciada, bien porque las cantidades afloradas han resultado imputables a ejercicios prescritos o bien porque éstas, tras tener en cuenta nuevos hechos, no superan el límite de 120.000 € exigido por el delito fiscal. En otros casos se ha apreciado la excusa absolutoria de regularización tributaria. – Diligencias Previas  1245/2008 del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Illescas. Delito de Prevaricación, Cohecho y Contra la Hacienda Pública, contra J.L. Martín, Alcalde de Seseña. Este procedimiento tiene su origen en la denuncia presentada por esta Fiscalía tras las investigaciones realizadas en el marco de las Diligencias Informativas núm. 5/06. Tras practicarse parte de las diligencias interesadas por el Ministerio Fiscal, en el primer semestre se han acordado y practicado la toma de declaración de los testigos interesados por la acusación popular. Se ha interesado documentación bancaria y contable, tanto relacionados con las sociedades del alcalde de Seseña, como de él mismo y de sus familiares, así como documentación contable de aquellas personas físicas o jurídicas relacionadas por negocios con el mismo. – Diligencias Previas  2126/2008 del Juzgado de Instrucción núm. 2 de Palma de Mallorca, (anteriormente D. Previas 1/2008 de la Sala de lo Civil y Penal del T.S.J. de las Islas Baleares). Delito de tráfico de influencias, estafa, blanqueo de capitales y apropiación indebida (Polígono de «Son Oms»). Se interpuso querella por el Fiscal y se practicaron diversos registros domiciliarios y tras solicitud del Fiscal, el Tribunal Superior de Justicia asumió la competencia. De esta causa se formó una pieza separada que ya fue juzgada y se dictó sentencia condenatoria contra los tres acusados. Esta sentencia ha sido confirmada parcialmente por el Tribunal Supremo, dando lugar a la Ejecutoria núm. 1/2010, y el que fue diputado del Parlament Sr. Vicens se encuentra cumpliendo su pena de tres años de prisión. 620

– Diligencias Previas  2677/2008 del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Palma de Mallorca («Palma-Arena»/«Operación Espada»). Se persiguen delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, cohecho, falsedad documental y negociaciones prohibidas a funcionarios que tramita el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma. La competencia de esta Fiscalía Especial se acordó por Decreto del Fiscal General del Estado de 22 de septiembre de 2009. Tras los registros y detenciones de varios imputados se mantiene en fase de instrucción. Se recibió declaración a múltiples imputados y testigos y se va analizando la documentación intervenida. Se mantiene parte de la causa bajo declaración de secreto. Se ha recibido declaración a Jaume Matas y a otros imputados y las medidas cautelares que solicitó la Fiscalía (prisión eludible bajo fianza de 3,5 millones de euros) fue acordada por el instructor y confirmada por la Audiencia Provincial. Se han formado 26 piezas separadas siendo inminente la formulación de acusación en dos de ellas. Se mantienen las declaraciones testificales y de imputados. La Audiencia Provincial ha desestimado todos los recursos de las defensas. El Fiscal ha formulado escrito de acusación en 2 piezas separadas. – Diligencias Previas  2907/2008 del Juzgado de Instrucción núm. 4 de Palma de Mallorca («Operación Scala»). En este procedimiento se investiga al Consorcio de Desarrollo Económico de las Islas Baleares, por delitos de malversaciones de caudales públicos, prevaricación, cohecho y falsedades documentales. – Diligencias Previas 1/2009 de la Sala de lo Civil y Penal del T.S.J. de la Comunidad Autónoma de Madrid. Delito de Blanqueo de Capitales y otro contra Alfonso Bosch Tejedor y otros (Asunto GÜRTEL). Tienen su origen en las Diligencias Informativas 1/08 y las desglosadas de aquéllas con los números 13/08 y 14/08. Inicialmente se judicializaron en el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, generando las Diligencias Previas núm. 275/08. Posteriormente, ante la posible participación de aforados en los hechos investigados, se remitieron en su práctica totalidad al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dando lugar a la incoación de las Diligencias Previas núm. 1/09. El objeto del procedimiento es la investigación de una secuencia de actividades ilícitas cometidas a través de un entramado societario. Los hechos podrían ser constitutivos de una gran variedad de delitos entre los que destacan los delitos contra la Administración Pública, delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales. Las conductas irregulares en relación con las Administraciones Públicas se 621

extienden a la Comunidad de Madrid y distintos municipios de ésta –Boadilla del Monte, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Arganda del Rey– y a la Comunidad Valenciana. La actuación procesal de los Fiscales encargados del despacho de las Diligencias, a lo largo del primer semestre, ha consistido la presentación de un total de 248 informes de diversa naturaleza. En el segundo se emitieron 214 informes. Mediante Auto de 6/5/2011 se acordó la inhibición parcial en favor de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Tras el auto de 8/6/11, se suspendió la tramitación de las DP 1/09 y se remitió la misma al Juzgado Central de Instrucción núm. 5 por pérdida sobrevenida de la competencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Mediante Auto de 20/9/11 se planteó cuestión de competencia negativa ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por parte del TSJ de Madrid, solicitando se considere competente al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana respecto de parte de unos hechos en los que no se admitió la inhibición por este último Tribunal. A 31 de diciembre de 2011, las DP 1/09 habían sido devueltas al Juzgado Central de Instrucción núm. 5, al cesar el aforamiento que motivó su remisión al TSJ. – Diligencias Previas 2/2009 de la Sala de lo Civil y Penal del T.S.J. de la Comunidad Autónoma de Valencia. Delito de cohecho (Asunto Gürtel). En la actualidad Procedimiento de la Ley del Jurado 1/2011. Tienen su origen en las Diligencias Informativas 1/08 y las desglosadas de aquéllas con el número 13/08. Inicialmente se judicializaron en el Juzgado Central de Instrucción núm. 5, generando las Diligencias Previas 275/08. Posteriormente, ante la posible participación de aforados, se remitieron en su práctica totalidad al Tribunal Superior de Justicia de Madrid incoándose las Diligencias Previas núm. 1/09. Sin embargo, se remitió una parte al Tribunal Superior de Justicia de Valencia por ser los hechos escindibles del resto y constar la posible participación de aforados de la Comunidad Valenciana. Esta inhibición parcial dio lugar a la incoación de las Diligencias Previas 2/09 en este Tribunal. El objeto de este procedimiento es la percepción, por cuatro cargos públicos (dos de ellos aforados), de unas prendas de vestir pagadas por particulares. Tras la transformación de las diligencias previas en procedimiento ante el jurado –en fecha 6 de julio de 2009–, en auto de 1 de agosto 622

de 2009 se acordó el sobreseimiento de la causa. Auto respecto del que se preparó recurso de casación por la Fiscalía el 4 del mismo mes, emitiéndose el correspondiente informe en fecha 16 de septiembre. El Tribunal Supremo, estimando los recursos de casación interpuestos por el Fiscal y por la acusación popular, revocó el archivo y ordenó la reapertura de la causa. – Diligencias Previas 90/2010, del Juzgado Central de Instrucción núm. 5. Denuncia del Ministerio Fiscal por delitos de apropiación indebida, estafa y administración fraudulenta. SGAE. Este procedimiento tiene su origen en las Diligencias de Investigación núm. 4/2009, que, a su vez, parten de una denuncia presentada en esta Fiscalía Especial el 19-11-07, y en la que se exponen las posibles irregularidades que pudieran haberse llevado a cabo en el seno de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) mediante la creación y actuación de un grupo de sociedades que estarían regidas por personas con puestos de responsabilidad en la propia SGAE y cuyas relaciones negociales entre ellas y con la SGAE se cuestionan, atendidos los fines que el ordenamiento prevé para tal sociedad de gestión. En la denuncia se enumeran diversos tipos delictivos patrimoniales, cuya existencia o inexistencia habrá de perfilarse, lógicamente, a resultas de la investigación. El 12-3-2010 se presentó en la Audiencia Nacional escrito de denuncia, en principio contra seis personas físicas y nueve personas jurídicas por hechos que, provisionalmente, pudieran considerarse como delitos continuados de apropiación indebida y estafa, además de, en su caso, administración fraudulenta. Por Auto de 17-3-2010 del Juzgado Central núm. 5 se incoan Diligencias Previas, dejadas en suspenso hasta que el Pleno de la Sala de lo Penal resolvió que no había causa de abstención en el Instructor; reanudándose el trámite del procedimiento en virtud de Auto de 25-32010, en el que se acuerda, en la línea interesada por el Fiscal, el secreto de las actuaciones. Se ha intensificado la labor de investigación, tanto a través de las intervenciones de teléfonos de algunos de los denunciados –medida informada positivamente por este Ministerio– como de la labor de la Unidad Adscrita de Guardia Civil en funciones de policía judicial, que ha dado lugar a la emisión de diferentes informes; todo lo cual ha desembocado en el acuerdo judicial de entradas y registros de diversas sedes de las sociedades investigadas, así como de domicilios particulares de algunos de los denunciados. 623

A raíz de las detenciones practicadas y registros efectuados se ha producido un ingente volumen de informes y resoluciones en el último semestre del 2011. – Diligencias Previas 174/2011 del Juzgado de Instrucción núm. 6 de Sevilla («Asunto de los ERES»). Se incoaron por testimonio de las diligencias previas núm. 614309 que se siguen por delito societario de Mercasevilla, siendo una de los tres procedimientos abiertos relativos al mercado central de Abastos de Sevilla. En dicha causa la policía presentó el atestado, del cual se observaba la existencia de indicios de fraude en el expediente de regulación de empleo aprobado para Mercasevilla en los años 2003 y 2007, fraude derivado de la introducción entre los beneficiarios de las ayudas públicas dadas por la Junta de Andalucía a los trabajadores de Mercasevilla, de personas ajenas a la empresa, los llamados «intrusos», intrusos que la policía también detecta en otros ERES de otras empresas andaluzas que han recibido ayudas públicas de la Junta. Se incoaron dos Diligencias Previas, las núm. 182/2011 para el tema de Mercasevilla, y las núm. 174/2011 para las restantes empresas detectadas. Se acordó la entrada y registro en diversas sedes de empresas intermediarias de seguros, implicadas en la gestación del fraude. También se ha requerido toda la documentación a la propia Junta de Andalucía, tanto Dirección General de Empleo como la agencia para el desarrollo y la Innovación (IDEA), órganos que gestionaban la concesión y pago de las ayudas, que se cristalizaban en la suscripción por la Junta de pólizas de seguro colectivo, de rentas de supervivencia en la mayoría de los casos, en donde el beneficiario era el trabajador afectado por el ERE o el plan de prejubilación parcial o sin más por la extinción de su contrato con la empresa en crisis. 6.3  La Unidad de Apoyo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria La Unidad de Apoyo a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, creada por Resolución de la Agencia Tributaria de 8 de enero de 1996, presta, de conformidad con el Convenio de Colaboración en materia de apoyo al Ministerio Fiscal en la lucha contra los delitos económicos, suscrito, el día  27 de diciembre de  1995, por los Ministerios de Justicia e Interior, Economía y Hacienda, y la Agencia Tributaria, asesoramiento en los ámbitos 624

financiero, contable y tributario, y en términos generales en el ámbito económico. Sus miembros en la actualidad son diez personas pertenecientes a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, correspondiendo cinco de ellas al cuerpo de Inspectores de Hacienda del Estado y las otras cinco al cuerpo Técnico de Hacienda. Durante el año 2011, la Unidad de Apoyo de la A.E.A.T. ha emitido un total de 141 Informes (8 con entrada en años anteriores y 133 con entrada en el año 2011), correspondientes tanto a peticiones formuladas por la Fiscalía Especial como por Juzgados y Tribunales, con independencia de los informes que la citada Unidad ha evacuado en calidad de Peritos Judiciales. La Unidad de Apoyo ha emitido los informes que se expresan en el siguiente cuadro, relativos a Comisiones Rogatorias recibidas sobre información de carácter fiscal contenida en la Base de Datos de la AEAT. Comisiones Rogatorias

Comisión Rogatoria 2/09 ................................................ Comisión Rogatoria 3/11 ................................................ Comisión Rogatoria 11/11 .............................................. Comisión Rogatoria 12/11 .............................................. Comisión Rogatoria 17/11 .............................................. Comisión Rogatoria 20/11 .............................................. Comisión Rogatoria 21/11 ..............................................

País

Reino Unido Túnez Italia Bélgica Reino Unido Italia Bulgaria

6.3  Cooperación Jurídica Internacional La cooperación internacional ha ocupado, como en años anteriores, un lugar importante en la actividad de la Fiscalía Especial. En la medida en que crece la dimensión internacional de fenómenos como la corrupción y la criminalidad organizada, resulta natural y lógico que aumente también la dimensión internacional de la respuesta que las autoridades judiciales han de dar a tales manifestaciones delictivas. En consecuencia, resulta igualmente evidente que esta Fiscalía Especial, que no en vano se denomina «contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada», está llamada a desempeñar un papel cada vez más importante en la lucha contra estos delitos en el plano internacional, así como a convertirse en protagonista de los principales avances que se están produciendo en la materia. 625

Un primer campo de la actuación de la Fiscalía en el ámbito de la cooperación internacional es el de las comisiones rogatorias o solicitudes de asistencia judicial en general. Pese a ser ésta una actividad común de cualquier Fiscalía, la naturaleza de algunos de los delitos competencia de la Fiscalía Especial (fraudes contra los presupuestos de la Unión Europea, corrupción de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales, defraudaciones con múltiples perjudicados que suelen incluir víctimas de varias nacionalidades, blanqueo de capitales procedentes del crimen organizado internacional, etc.) hacen de las comisiones rogatorias activas un recurso ordinario tanto en las Diligencias de Investigación de la Fiscalía como en los procedimientos judiciales en que intervienen los Fiscales de la misma, incluidos los Fiscales delegados. En cuanto a las comisiones rogatorias pasivas tramitadas en la Fiscalía Especial, siguiendo la tendencia establecida en los últimos años, se ha impuesto un criterio restrictivo en su recepción, por lo que su número no ha sido excesivo, aunque sí se ha incrementado la cifra de años anteriores. Concretamente, frente a las 25 comisiones rogatorias recibidas en 2009 y las 16 recibidas en 2010, en 2011 se han recibido 30. De éstas, más de la mitad proceden de sólo cuatro países: Reino Unido (6), Italia (6), Suiza (4) y Francia (4). La gran mayoría proceden de países europeos (Alemania, Bélgica, Portugal, Rusia y Finlandia, aparte de los ya citados), y sólo 3 de otros países no europeos (República Dominicana, Túnez y Egipto). Sólo una de las comisiones rogatorias se recibió a través de Eurojust (la de Finlandia); por el contrario, varias llegaron a través del magistrado de enlace (gran parte de las italianas, por ejemplo). Como en años anteriores, también en éste destaca la celeridad con la que se tramitan, por regla general, las comisiones rogatorias pasivas. De las 30 recibidas a lo largo del año, 20 ya habían sido cumplimentadas y remitidas a la autoridad requirente el 31 de diciembre de 2011. Asimismo, se cumplimentaron las 6 comisiones rogatorias de 2010 que estaban pendientes al inicio del año. En cuanto a su objeto, más de la mitad se refieren a investigaciones relacionadas con el blanqueo de capitales, y en muchas ocasiones la actividad que se requiere de la Fiscalía Especial es la de llevar a cabo una investigación patrimonial con vistas a un ulterior embargo y comiso de los bienes pertenecientes a los delincuentes investigados, que a menudo son integrantes de organizaciones criminales internacionales; gran parte de las solicitudes procedentes de Italia, por ejemplo, están orientadas a la búsqueda de activos en nuestro país de miembros de las bandas criminales que operan en el sur de la penín626

sula italiana. En otras ocasiones, la investigación se ha centrado en la localización del patrimonio de dictadores recientemente depuestos en el contexto de la conocida como «Primavera Árabe»; tal ha sido el caso, concretamente, de las comisiones rogatorias procedentes de Egipto y Túnez. Como se advierte en los anteriores ejemplos, la Fiscalía Especial ha ganado un merecido prestigio como institución capacitada para actuar de manera eficaz en el ámbito de la recuperación de activos, estrategia ésta que se ha revelado como una de las prioridades en la lucha contra el crimen organizado, tanto a nivel nacional como internacional. La estructura de la Fiscalía como un equipo multidisciplinar, en tanto que integra expertos de la Agencia Tributaria y unidades especializadas de Policía Judicial, con acceso en tiempo real a las principales bases de datos de información patrimonial, le permite llevar a cabo investigaciones de esta naturaleza con gran profundidad y en breve espacio de tiempo. Precisamente en el ámbito de la recuperación de activos, varios miembros de la Fiscalía Especial han participado como expertos en el denominado «Proyecto Fénix», desarrollado en colaboración con las Fiscalías de Portugal y de los Países Bajos, y financiado por la Comisión Europea. Las aportaciones de la Fiscalía Especial han resultado de gran interés para la elaboración, en el seno del proyecto, de un Manual de buenas prácticas y canales de comunicación en la recuperación de activos. Otro capítulo de la actividad internacional de la Fiscalía que merece especial atención es el de sus relaciones con la OLAF. Además de las visitas de algún miembro de la OLAF a la Fiscalía, o de otros contactos personales motivados por determinadas investigaciones relativas a delitos contra el presupuesto de la Unión Europea que han sido asumidas por la Fiscalía Especial, ésta participó a través de dos de sus miembros en la 5.ª Reunión de Fiscales Antifraude, la cual, bajo el título «Marco legal y práctica de la cooperación entre autoridades judiciales y administrativas en la lecha contra el fraude que afecta al presupuesto de la Unión Europea», se celebró en Sofía (Bulgaria) los días 17 y 18 de noviembre de 2011. La Fiscalía Especial ha estado también presente, a través de sus miembros, en los siguientes foros internacionales: el Proyecto de Hermanamiento para la mejora de las estructuras de lucha contra el blanqueo de capitales en Albania (9 al 13 de mayo, 24 a 26 de octubre, y 14 a 17 de diciembre de 2011); el Seminario hispano-ruso sobre cuestiones de extradición y asistencia judicial en materia penal (Moscú, 20 a 24 de junio de 2011); las Jornadas de Legislación Inter627

nacional sobre Corrupción (El Salvador, 25 a 30 de julio de 2011); las Jornadas sobre Cooperación jurídica internacional como instrumento esencial en la lucha contra la corrupción, organizadas por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos y la Red Iberoamericana de Cooperación Jurídica (Madrid, 22 y 23 de septiembre de 2011); la 5.ª Conferencia Anual de la Asociación Internacional de Autoridades Anticorrupción (Marrakech, 21 a  23 de octubre de 2011); el Cuarto Periodo de Sesiones de la Conferencia de las Partes de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Marrakech, 24 a 28 de octubre de 2011); y el Encuentro intersectorial de Intercambio y Programación sobre transparencia y lucha contra la corrupción (Lima, 22 a 24 de noviembre de 2011). La Fiscalía Especial se ha ocupado también de remitir la información necesaria a los miembros de la delegación española que intervienen en las reuniones del Grupo Anticorrupción de la OCDE, en las que se hace un seguimiento de los procedimientos abiertos por la detección de casos de corrupción de funcionarios públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales, delito tipificado en el artícu­­lo 445 del Código Penal y que, según los criterios establecidos en la Instrucción núm. 4/2006 de la Fiscalía General del Estado, es competencia de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada. Otra muestra del compromiso de la Fiscalía en la lucha contra el crimen organizado fue la firma, el 8 de marzo de 2011 en Roma, del Memorándum para la colaboración interinstitucional entre la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada de España y la Dirección Nacional Antimafia Italiana. Este acto estuvo presidido por el Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial y el Fiscal Jefe de la Dirección Nacional Antimafia. Todo lo anterior es una pequeña muestra de la intensa actividad que la Fiscalía Especial ha desarrollado en el ámbito de la cooperación internacional, a la que hay que recurrir constantemente en el desarrollo de la mayor parte de las investigaciones de su competencia. Por este motivo, los Fiscales que la integran requieren una preparación específica en este campo, que les exige dedicar buena parte de su tiempo al estudio y puesta en práctica de los instrumentos actuales de cooperación internacional, en particular en el ámbito europeo, lo cual redunda a su vez, tanto en una mayor eficacia de su trabajo, como en la consecución de logros que nos van acercando cada vez más al ideal de una sociedad más justa. 628

COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL PASIVA 2011 Núm.

Fecha

1/11

07.01.11

2/11

01.02.11

3/11

01.02.11

4/11

10.02.11

5/11

17.02.11

6/11

17.02.11

7/11 8/11

22.02.11 02.03.11

9/11

04.03.11

10/11

18.03.11

11/11

23.03.11

12/11

30.03.11

13/11

03.05.11

14/11 15/11

06.05.11 09.06.11

16/11

13.06.11

17/11

06.07.11

18/11

05.08.11

Procedencia

Suiza

Asunto

Resolución

Blanqueo de capitales.

2.3.11 (Jdo. Central I. 3) Italia Blanqueo de capitales 22.3.11 Cumplimentada Túnez Blanqueo de capitales 2.6.11 Cumplimentada Francia Estafa 21.2.11 Remitida Ampliación 10.11.10 Jdo. Central para cumplimiento. Cumplimentada Francia Blanqueo de capitales en 6.9.11 banda organizada Cumplimentada Suiza Blanqueo de capitales y 11.3.11 corrupción agentes pú- Cumplimentada blicos extranjeros Finlandia Estafa Egipto Corrupción 08.03.11 Judicializada (J.C. 3) Francia Robo cometido por banda organizada Reino Unido Soborno y corrupción de 16.3.11 funcionarios públicos Judicializada (JC. 5) Italia Blanqueo capitales y 24.11.11 otros, organización ma- Cumplimentada fiosa Bélgica Lesiones «organización Judicializada criminal georgiana» (J.C.4, DP. 48/11) Alemania Blanqueo capitales 1.7.11 Cumplimentada Rusia Estafa Alemania Blanqueo de capitales 20.6.11 Cumplimentada Italia Blanqueo de capitales 28.9.11 Cumplimentada Reino Unido Estafa 1.8.11 Cumplimentada Rep. Dominicana Prevaricación, malversa- 16.9.11 ción asociación ilícita y Cumplimentada blanqueo capitales

629

Núm.

Fecha

Procedencia

19/11

30.08.11

Reino Unido

20/11

13.09.11

Italia

21/11

13.09.11

Bulgaria

22/11

13.09.11

Italia

23/11

28.09.11

Portugal

24/11 25/11

18.10.11 26.10.11

Francia Suiza

26/11 27/11 28/11

23.11.11 20.11.11 14.12.11

Reino Unido Reino Unido Italia

29/11 30/11

15.12.11 15.12.11

Reino Unido Suiza

Asunto

Resolución

Fraude

21.10.11 Cumplimentada Blanqueo capitales 2.10.11 Cumplimentada Fraude IVA 23.12.11 Cumplimentada Fraude IVA 20.10.11 Cumplimentada Fraude fiscal, blanqueo 18.11.11 de capitales Cumplimentada Desfalco Blanqueo de capitales 13.12.11 Cumplimentada Fraude IVA, estafa Blanqueo de capitales Organización criminal Blanqueo Estafa Blanqueo de capitales

En el año 2011 se cumplimentaron las 6 comisiones rogatorias pasivas pendientes correspondientes a años anteriores y se registraron 30 comisiones rogatorias nuevas, de las que se han cumplimentado 21 a fecha 31 de diciembre de 2011. Una de ellas se recibió a través de Eurojust (Finlandia).

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