a partir del y en los locales Coppel

CONCURSO “Día del Padre 2016” BASES y CONDICIONES 1) Del Organizador: Este concurso es organizado por COPPEL S.A., con domicilio social en Viamonte 1

4 downloads 120 Views 291KB Size

Recommend Stories


VALIDA A PARTIR DEL
LISTA LIST A D E P R E C IOS VALIDA A PARTIR DEL 01. 02. 2015 ES EDITION 2 0 15- I Tabla de colores Perfiles para azulejos unicolor marmoleado g

INDICE: A PARTIR DE LOS 20 AÑOS A PARTIR DE LOS 30 AÑOS A PARTIR DE LOS 40 AÑOS A PARTIR DE LOS 50 AÑOS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS
INDICE: A PARTIR DE LOS 20 AÑOS A PARTIR DE LOS 30 AÑOS A PARTIR DE LOS 40 AÑOS A PARTIR DE LOS 50 AÑOS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS Ahorrar es como hacer

Código de Conducta y Ética en los Negocios. Efectivo a partir del 1 de abril, 2014
Código de Conducta y Ética en los Negocios Efectivo a partir del 1 de abril, 2014 Mensaje de Charlie Shaver, CEO de Axalta La integridad personal,

Características relativas a las viviendas y los locales
vinculada, se pregunta además por el número aproximado de días al año que usa la vivienda algún miembro del hogar c) Formulación detallada ¿Suele usar

A PARTIR DE OCHO AÑOS. A PARTIR DE SIETE AÑOS
RECIBIR Y HACER CRÍTICAS. Más información sobre Regulación de conflictos interpersonales en http://www.educarueca.org/spip.php?article691 Cuando algui

Story Transcript

CONCURSO “Día del Padre 2016” BASES y CONDICIONES

1) Del Organizador: Este concurso es organizado por COPPEL S.A., con domicilio social en Viamonte 1145, Piso 8, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el "Organizador”), y se desarrollará en la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. 2) Plazo de Vigencia: El concurso denominado “Día del Padre 2016” (en adelante, el “Concurso”) se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y condiciones (en adelante las “Bases”) y tendrá vigencia desde las 00:01 horas del día 1º de junio del 2016 y hasta las 23:59 horas del 30 de junio del 2016, inclusive (en adelante el “Plazo”). Este Concurso se realiza bajo la modalidad “SIN OBLIGACION DE COMPRA” y está comprendido en el artículo 2 inciso a) del Anexo I la Resolución 17/2011 L.S.N.E. El objeto del Concurso es promocionar los productos del Organizador y será difundido a través de los locales Coppel, revista del organizador, lpágina web y redes socuiales del Organizador, radio,etc. Las presentes Bases podrán ser consultadas en

www.coppel.com.ar a partir del 1-06-2016 y en los locales Coppel. 3) Participantes: Podrán participar de este Concurso personas físicas mayores de 18 años de cualquier nacionalidad domiciliadas en la provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (en adelante, los “Participantes”). No podrán participar de este Concurso el personal del Organizador, personal de Galfa S.A., ni las agencias de publicidad del Organizador, ni los integrantes de la cadena de distribución y ventas del Organizador, como así tampoco los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas anteriormente mencionadas. Las personas que no cumplan con los requisitos enumerados en estas Bases, no podrán participar del Concurso. 4) Mecánica de Participación: Quienes estén interesados en participar en el Concurso podrán hacerlo de la siguiente manera: a. En los Locales Coppel: Aquellos que estén interesados en participar en este Concurso deberán, durante el Plazo: (i) concurrir a los locales del Organizador detallados en el Anexo I (en adelante, los “Locales”); y (ii) realizar una compra mínima de: a) AR$ 1000 (Pesos mil) de cualquier producto del Sector indumentaria/ropa/calzado; o b) AR$ 3.000 (Pesos tres mil) de cualquier producto del Sector Mueble o Electro; o c) abonar 1.000 (mil pesos) del crédito Coppel de cualquier mes o sumando las cuotas de varios meses, siempre y cuando la suma no sea menor

a los 1.000 pesos (sólo para aquellos Participantes que cuenten con créditos Coppel). Se aclara que para participar del Concurso, los Participantes deberán adquirir productos en el Sector muebles o electro por la suma mínima de tres mil pesos o adquirir productos del Sector ropa por un monto mínimo que ascienda a mil pesos. En tal sentido, a los fines de alcanzar el monto mínimo de compra de cada Sector, la compra de productos no puede estar dividida entre las áreas del Sector muebles y ropa, sino que debe ser en su totalidad en un Sector o en el otro. A título meramente ejemplificativo, los Participantes que compren uno o varios productos del Sector ropa por un monto que ascienda a mil Pesos o más, participarán del Concurso. Por el contrario, quienes compren en el Sector muebles productos que asciendan a dos mil Pesos y, a su vez, compre productos en el Sector ropa que asciendan a un mil Pesos (lo que llevaría a una compra total de tres mil pesos) no participarán del Concurso ya que no se suman compras de los diferentes Sectores para alcanzar el monto mínimo para participar del Concurso.

b. Mecanismo Dibujo: Los Participantes deberán -por única vez-: (i) dibujar a mano alzada el logo de Coppel] (en adelante, la “Obra”); (ii) informar en la hoja que se realizó el dibujo los siguientes datos personales nombre, apellido, domicilio, D.N.I., correo electrónico, número telefónico de contacto y/o celular; (iii) transcribir la cláusula XX de las presentes Bases; y (iv) entregar el dibujo con los datos enumerados personalmente en el área de Cajas de Abono en cualquiera de los Locales (detallados en el Anexo I). En caso de no proporcionar los datos personales mencionados o no transcribir la cláusula referida, el Participante será descalificado y no podrá participar del Concurso. No se aceptarán Obras que incluyan: (i) marcas de terceras empresas; (ii) un contenido que resulte hiriente, agraviante, o de índole sexual o intimidatorio; (iii) no cumplan con la temática mencionada.

c. Aclaración. Sólo se admitirá la participación en una de las dos de las mecánicas descritas precedentemente. Consecuentemente, quienes participen de una de las mecánicas no podrán participar de la otra.

5) Premios en Juego: El programa total de premios del presente Concurso (que serán asignados conforme el punto 6), consisten en: veinte (20) Kits de Herramientas que estarán compuestos por doce (12) piezas, a saber: un (1) 1 Destornillador marca Stanley con ocho (8) puntas intercambiables marca Stanley para tal destornillador; una (1) Pinza marca Stanley; un (1) Martillo Stanley y una (1) llave ajustable Stanley (en adelante, los “Premios”).

6) Mecanismo de determinación de potenciales ganadores: Los potenciales ganadores de los Premios se determinarán mediante horarios ganadores. Así, quienes participen conforme el punto 4.a. o 4.b. en alguno de los Locales dentro de un horario ganador, resultará potencial ganador de alguno de los Premios detallados en el punto 5 anterior. A tales efectos, un sistema de Software (en adelante el “Software”) será programado para informar a las cajeras de los Locales cuando algún Participantes realice una compra/abone un crédito Coppel o entregue un dibujo en un horario ganador. Para asegurar la transparencia del presente Concurso, en forma previa al inicio del mismo se confeccionará una lista de horarios ganadores. Dicha lista, que contendrá los horarios y Locales ganadores así como también los Premios que corresponderán a cada uno de ellos. La lista será certificada ante Escribano Público y conservada en sobre cerrado en las oficinas del Organizador hasta la finalización del Plazo. 7) Notificación: Verificados los extremos referidos sobre las condiciones de participaciones descriptas en las presentes Bases, aquellos Participantes que resulten potenciales ganadores de los Premios serán notificados de su condición de tal instantáneamente por medio de la cajera al momento de la compra/abono del crédito Coppel o entrega del dibujo. Así en caso de realizar una compra/abonar un crédito Coppel o entregar un dibujo en un horario ganador, la cajera informará en el acto al Participante su calidad de potencial ganador de alguno de los Premios. En ese momento, la cajera le entregará un voucher que el potencial ganador deberá validar conforme el punto 8 para constituirse en ganador definitivo. Asimismo, como condición para la entrega del voucher, el Participante deberá proporcionar los siguientes datos personales, a saber: Nombre, Apellido, Teléfono, DNI, dirección, EMAIL y número de cliente. En caso de no proporcionar los datos personales, no se le entregará el voucher y perderá su condición de potencial ganador quedando el Premio vacante. 8) Condición para constituirse en ganador definitivo: El derecho de adjudicación de los Premios quedará condicionado a que los potenciales ganadores cumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en estas Bases. Asimismo y como condición para la asignación de los Premios, los potenciales ganadores deberán concurrir a los Locales junto con el voucher entregado por la cajera al momento de la notificación (conforme lo descripto en el punto anterior): (i) entregar copia de la factura, de corresponder; (ii) exhibir el DNI y entregar una copia del mismo; (iii) firmar la autorización del punto 15 (de ser requerida por el Organizador) y una copia de estas Bases. Los Participantes potenciales ganadores que no cumplan con los requisitos en este punto, no se constituirán en ganadores definitivos y, por tanto, no se les asignarán los Premios que les correspondan. Los Premios no asignados a ganador alguno quedarán en poder del Organizador. El listado de ganadores se informará el día 15-07-2016 en www.coppel.com.ar

9) Entrega de los Premios: Los Premios serán entregados en el Local donde haya sido adjudicado tal Premio, en el momento en que el Participante se constituya en ganador definitivo conforme lo previsto en el punto 8 y por el plazo máximo de 30 días corridos. Como condición para la entrega, el ganador deberá firmar un recibo contra entrega del Premio. En caso que el ganador no se presentare a retirar su Premio en los plazos indicados, perderá el derecho a recibir su Premio, sin posibilidad de reclamo alguno. Todo Premio asignado que, por causas ajenas al Organizador, no fuera recibido o fuera rechazado por el ganador, o no fuere reclamado por el ganador se considerará "adjudicado y no entregado". Los Premios asignados y no entregados deberán ser transferidos por el Organizador a favor del Ministerio de Desarrollo Social de acuerdo a lo normado por el art. 15 2 parr. del Anexo I de la Res. 17/2011 de Lotería Nacional S.E. 10) Carácter del Premio: Los Premios son de carácter personal, pertenecen al ganador y, por lo tanto, el derecho a percibirlo no podrá ser transferido a terceros. Tampoco podrá ser sustituido ni canjeado por otro premio ni por su equivalente en dinero, bien o servicio. Los premios no incluyen ninguna otra prestación o servicio no descripto en estas Bases, por lo que cualquier gasto adicional vinculado de cualquier forma con los Premios, deberán ser asumidos exclusivamente por el Participante ganador. 11) Gastos adicionales: La participación en el Concurso no implica gasto alguno más allá del que pudiere incurrir el ganador para retirar el Premio. Todos los costos que se deriven de la participación en el Concurso, de la obtención y retiro del Premio, así como todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el Premio, estarán a exclusivo cargo de los Participantes. En caso de corresponder, el Organizador podrá retener cualquier importe, en concepto de impuestos o retenciones, de acuerdo a lo que pudiera establecer la normativa vigente. 12) Probabilidad Matemática: La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad total de Participantes que realicen una compra/abonen un crédito Coppel o envíen el dibujo. A título ejemplificativo, en el supuesto que un Participante hubiese realizado una compra/abonado un crédito Coppel o enviado el dibujo y hayan participado 10.000 (diez mil) Participantes, la probabilidad de tal Participante de resultar ganador de alguno de los Premios en juego será 1/10.000 13) Responsabilidad: El Organizador no será responsable (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, potenciales ganadores, ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en el Concurso o la utilización de los Premios; ni (ii) por desperfectos técnicos, errores humanos o

acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo del Concurso. El Organizador no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran sufrir el ganador o terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión de la participación y/o retiro del Premio y/o utilización del mismo. 14) Datos Personales. CONSENTIMIENTO. Al aceptar las presentes Bases, el Participante otorga a COPPEL S.A, su consentimiento previo, expreso e informado para recolectar y para almacenar en las bases de datos debidamente registradas a su nombre los datos personales que proporciona mediante el formulario de registro relativos a su nombre y apellido, dni, domicilio, email, teléfono de contacto (los “Datos Personales”) para procesarlos y para utilizarlos a los efectos de incluirlo como Participante del Concurso, contactarse con el Participante a los fines de informarle

en caso de

resultar ganador del

Concurso,

proporcionarle

información y

comunicaciones útiles, noticias y actualizaciones de productos; informarle sobre productos y servicios nuevos; y para obtener su opinión sobre los servicios y productos del Organizador. El Organizador se compromete a no vender y/o ceder la base de datos que se genere con motivo del Concurso sin autorización de los Participantes. El Organizador sólo utilizará los datos de acuerdo a la finalidad para los que han sido recogidos y adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El Organizador recolectará únicamente aquella información que sea proporcionada directamente por los Participantes. El Participante entiende que si no provee dichos Datos Personales o los provee de manera inexacta, es posible que el Organizador no pueda contactarse con el Participante con los fines indicados anteriormente. El Participante entiende también que -como titular de los Datos Personales tiene derecho a solicitar el acceso, rectificación, actualización y -en su caso- supresión de los mismos. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita en intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. Dichos derechos los podrá ejercer comunicándose con el Centro de Atención Telefónica al 0810 12 267735. En virtud de la normativa aplicable, se informa a los Participantes que: La DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales (Disposición 10/2008, artículos 1º y 2°, B.O. 18/09/2008). 15. Uso de Imagen. Consentimiento. Los ganadores de los Premios previstos en este Concurso autorizan al Organizador y/o a su agencia de publicidad a difundir y/o publicar sus nombres y apellidos, N° de DNI y demás datos personales e imágenes, ya sea fijas y/o en movimiento, con fines publicitarios. Tal difusión y/o publicación podrá hacerse en la

forma en que el Organizador lo considere conveniente y en los medios audiovisuales y/o gráficos y/o electrónicos y/u otros, ya sea creados y/o a crearse, que el Organizador determine a su exclusivo criterio, sin límite territorial, hasta tres (3) años después de finalizado el Concurso, y sin que ello otorgue al ganador derecho a compensación alguna. El ganador declara conocer y aceptar que mediante su participación en el Concurso asume el compromiso de mantener indemne al Organizador de todo y cualquier reclamo que el Organizador pudiera recibir de terceros por la difusión y/o publicación de los nombre y apellidos, N° de DNI, y demás datos personales, e imágenes del ganador. El Organizador podrá condicionar la entrega de cualquiera del Premio a que su respectivo adjudicatario suscriba una autorización con la misma extensión de lo previsto en este punto. 16) Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Concurso, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios correspondientes al domicilio del Participante. 17) El Organizador podrá modificar las Bases de este Concurso, cuando circunstancias no previstas lo justifiquen siempre y cuando las mismas no alteren la esencia del Concurso, ni disminuyan el programa de Premios, previa autorización de Lotería Nacional S.E. 18) La participación en el Concurso implica la aceptación de todas y cada una de las disposiciones previstas en estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, previa autorización de Lotería Nacional S.E.

COPPEL S.A., 30-71041150-2, Viamonte 1145, Piso 8 C.AB.A.

ANEXO I Locales del Organizador:  Coppel San Justo: Juan Manuel de Rosas 3990

Coppel San Martín: Belgrano 3231 Coppel Pacheco: Hipólito Yrigoyen 740 Coppel Morón: Av. Rivadavia 18.300 Coppel Pompeya: Intendente Rabanal 1321 Coppel Sarandí: Parque Comercial Avellaneda Km. 9 AU Bs. As. - La Plata Coppel Liniers: Av. Rivadavia 11526. Coppel Avellaneda: Avenida General Güemes 897 Coppel González Catán: José María Moreno 555 Coppel San Miguel: Pte. Juan D. Perón 1361 Coppel José C. Paz: Juan Pablo II (ex Melvin Jones) 5121 Coppel Munro, Av. Vélez Sarsfield 4564 / 70 Coppel La Plata: Calle 47 n°427 Coppel San José: Av. Eva Perón 2992 Coppel Merlo: Pte. Juan Domingo Perón 25670 Coppel Quilmes: Rivadavia 91 Coppel Zarate: Justa Lima de Atucha 887

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.