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- - - ACTA NÚMERO TREINTA Y DOS (32). En la ciudad de Hermosillo, Sonora, siendo las doce horas, con veintidós del día veintidós de diciembre de dos mil siete, se reunió el Honorable Ayuntamiento para celebrar Sesión Ordinaria, en cumplimiento del artículo 50 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, en el Recinto Oficial, bajo el siguiente ORDEN DEL DÍA: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1.
Lista de asistencia, declaratoria de quórum legal y apertura de sesión
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Lectura y en su caso, aprobación del Acta No. 31 de Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de noviembre de 2007.
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Asuntos de Sindicatura del Ayuntamiento
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Asuntos de Nomenclatura Municipal
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Dictamen de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública a) Relativo a solicitud de modificación y ampliación del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007 b) Relativo a solicitud de modificación y ampliación del Presupuesto de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2007 c) Relativo al Presupuesto de Egresos del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo para el Ejercicio Fiscal 2008 d) Relativo al Proyecto de Acuerdo que establece las Bases Generales para el Otorgamiento de Estímulos Fiscales durante el Ejercicio Fiscal de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo para el año 2008 e) Convenio de Coordinación con el Objeto de Eficientar el Proceso de Recaudación en Materia de Tránsito Vehicular
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Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica. a) Desincorporación del dominio público y permuta del predio ubicado en el Fraccionamiento Jardines de Mónaco b) Desincorporación de dominio público y permuta de un predio ubicado en el Fraccionamiento Camino Real c) Desincorporación del dominio público y donación de un polígono de la vialidad ubicado en el Proyecto Río Sonora d) Desincorporación del dominio público y venta de polígonos 1 y 2 ubicado en la colonia Valle Dorado
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1. LISTA DE ASISTENCIA, DECLARATORIA DE QUÓRUM LEGAL Y APERTURA DE SESIÓN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - De conformidad al artículo 105 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, el C. Presidente Municipal LIC. ERNESTO GÁNDARA CAMOU, declara que “Se abre la Sesión” y en desahogo del Primer Punto del Orden del Día el Secretario del Ayuntamiento, LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ pasa lista de asistencia: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Estuvieron presentes en la Sesión el C. LIC. ERNESTO GÁNDARA CAMOU, en su carácter de Presidente Municipal, el C. LIC. GILBERTO GUTIÉRREZ QUIROZ, Síndico Municipal, y los CC. Regidores, JOSÉ ARNOLDO QUIROZ ACUÑA, RAYMUNDO GARCÍA DE LEÓN PEÑUÑURI, REMEDIOS ANDRADE ARCOAMARILLO, JORGE FRANCISCO ROBINSON RODRÍGUEZ, ALMA LYDIA SOTO LÓPEZ, JUAN PABLO ACOSTA GUTIÉRREZ, RUBEN RUBIO GUEVARA, IRIS FERNANDA SÁNCHEZ CHIU, JORGE TOLENTINO LUCAS, OSCAR MIGUEL RANGEL FÉLIX, MARÍA DOLORES MARTÍNEZ ALDACO, RODOLFO FLORES HURTADO, FRANCISCA SALAZAR, JUAN ALFONSO UNG NAVARRO, EUNICE MARA LACHICA FERNÁNDEZ, MARÍA GUADALUPE MORALES COTA, MARTÍN MIRANDA LÓPEZ, JOSÉ ÁVILA MUÑOZ, DOROTEA RAZCÓN GÁMEZ y RODRIGO MORENO MÉNDEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. Regidor FRANCISCO JAVIER FRANCO CORONADO presentó justificante por su ausencia con fundamento en el artículo 108 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Secretario del Ayuntamiento certifica la existencia de quórum legal para la continuación de la Sesión y a continuación el Presidente Municipal, declara el mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----------------------------------------------------2. LECTURA Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DEL ACTA No. 31 DE SESIÓN ORDINARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DE 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Presidente Municipal, Lic. Ernesto Gándara Camou, otorgó el uso de la voz al Secretario del Ayuntamiento, Lic. Enrique Palafox Paz, quien se dispuso a dar lectura a los Acuerdos del cuerpo colegiado asentados en el Acta mencionada, y una vez que se dieron por leídos fue sometida a consideración del cuerpo colegiado, llegándose al siguiente punto de acuerdo: - - - - - - - - - - - - ACUERDO (1). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el Acta No. 31 de Sesión Ordinaria del Honorable
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Con fundamento en el Artículo 155 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, se presenta para su consideración y posterior REVOCACIÓN el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 23 de Enero de 1996, según consta en Acta No. 21, mediante el cual se aprobó asignar a favor de los CC. BERTHA ALICIA CASTELO LABANDERA Y JOSE FRANCISCO PERALTA ROMERO, el solar ubicado en el LOTE 13, MANZANA III, CUARTEL EL TRIUNFO, con superficie de 200.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - REVOCACION DE ACUERDO DE ASIGNACION DEL LOTE 24, MANZANA 27, CUARTEL MANUEL GOMEZ MORIN:- - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en el Artículo 155 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, se presenta para su consideración y posterior REVOCACIÓN el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 14 de Septiembre de 2000, según consta en Acta No. 79, mediante el cual se aprobó asignar a favor del C. JAVIER GUADALUPE MARTINEZ RODRIGUEZ, el solar ubicado en el LOTE 24, MANZANA 27, CUARTEL MANUEL GOMEZ MORIN, con superficie de 160.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - REVOCACION DE ACUERDO DE ASIGNACION DEL LOTE 07, MANZANA 14, CUARTEL PRIMERO HERMOSILLO:- - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en el Artículo 155 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, se presenta para su consideración y posterior REVOCACION el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 01 de Junio de 1989, según consta en Acta No. 16, mediante el cual se aprobó asignar a favor de los CC. ROSA ROBLES DORAME y JESUS GRANILLO ACUÑA, el solar ubicado en el LOTE 07, MANZANA 14, CUARTEL PRIMERO HERMOSILLO, con superficie de 150.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - REVOCACION DE ACUERDO DE ASIGNACION DEL LOTE 10, MANZANA 38, CUARTEL MIGUEL HIDALGO:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en el Artículo 155 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, se presenta para su consideración y posterior REVOCACIÓN el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 13 de Agosto de 1997, según consta en Acta No. 37, mediante el cual se aprobó asignar a favor del C. JAVIER CARDENAS VENEGAS, el solar ubicado en el LOTE 10, MANZANA 38, CUARTEL MIGUEL HIDALGO, con superficie de 200.00 metros cuadrados, lo anterior toda vez que celebró Contrato Privado de Compra Venta.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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metros cuadrados, por desistimiento voluntario.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACION de este H. Cuerpo Edilicio para la Revocación definitiva. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (2). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, la REVOCACIÓN definitiva presentada en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, en el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 13 de Agosto de 1997, según consta en Acta No. 37, mediante el cual se aprobó asignar a favor de la C. ROSA LOPEZ VALENZUELA, el solar ubicado en el LOTE 05, MANZANA 14 CUARTEL CUATRO OLIVOS, con superficie de 160.00 metros cuadrados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asunto 3.- REVOCACION DEFINITIVA DE ACUERDO DE ASIGNACION DEL LOTE 16, MANZANA 25, CUARTEL MANUEL GOMEZ MORIN: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, se presentó para su consideración y posterior REVOCACIÓN el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 14 de Septiembre de 2000, según consta en Acta No. 79, mediante el cual se aprobó asignar a favor del C. JOSE LAUTERIO WARNES FIGUEROA, el solar ubicado en el LOTE 16, MANZANA 25 CUARTEL MANUEL GOMEZ MORIN, con superficie de 160.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN de este H. Cuerpo Edilicio para la REVOCACIÓN definitiva.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (3). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes la REVOCACION definitiva presentada en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, en el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 14 de Septiembre de 2000, según consta en Acta No. 79, mediante el cual se aprobó asignar a favor del C. JOSE LAUTERIO WARNES FIGUEROA, el solar ubicado en el LOTE 16, MANZANA 25 CUARTEL MANUEL GOMEZ MORIN, con superficie de 160.00 metros cuadrados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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MANZANA 38 CUARTEL MIGUEL HIDALGO, con superficie de 200.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN de este H. Cuerpo Edilicio para la REVOCACIÓN definitiva.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (4). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, la Revocación definitiva presentada en Sesión Extra-Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 14 de Noviembre del 2007, Acta No. 30, del Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 11 de Mayo de 1994, según consta en Acta No. 42, mediante el cual se aprobó asignar a favor de los CC. MARIA DE JESUS TELLES MOROYOQUI Y ALVARO SANTILLANES ORTEGA, el solar ubicado en el LOTE 09, MANZANA 38 CUARTEL MIGUEL HIDALGO, con superficie de 200.00 metros cuadrados, .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asunto 5.- REVOCACION DEFINITIVA DE ACUERDO DE ASIGNACION DEL LOTE 28, MANZANA 59, CUARTEL MIGUEL HIDALGO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, se presentó para su consideración y posterior REVOCACIÓN el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 15 de Mayo de 1998, según consta en Acta No. 17, mediante el cual se aprobó asignar a favor de la C. FRANCISCA VALDEZ JIMENEZ, el solar ubicado en el LOTE 28, MANZANA 59 CUARTEL MIGUEL HIDALGO, con superficie de 140.00 metros cuadrados, por desistimiento voluntario. - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN de este H. Cuerpo Edilicio para la REVOCACIÓN definitiva. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (5). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes la REVOCACION definitiva presentada en Sesión Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, en el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 15 de Mayo de 1998, según consta en Acta No. 17, mediante el cual se aprobó asignar a favor de la C. FRANCISCA VALDEZ JIMENEZ, el solar ubicado en el LOTE 28, MANZANA 59 CUARTEL MIGUEL HIDALGO, con superficie de
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VALLEJO RUIZ DE LEON, el solar ubicado en el LOTE 34, MANZANA 09 CUARTEL PRIMERO HERMOSILLO, con superficie de 367.35 metros cuadrados, por desistimiento voluntario.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN de este H. Cuerpo Edilicio para la REVOCACIÓN definitiva. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (6). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes la REVOCACION definitiva presentada en Sesiòn Ordinaria del Ayuntamiento de fecha 30 de Noviembre del 2007, Acta No. 31, en el Acuerdo de Sesión del Ayuntamiento de fecha 02 de Mayo de 1989, según consta en Acta No. 14, mediante el cual se aprobó asignar a favor de los CC. JOSE LEON ESCALANTE Y RAFAELA VALLEJO RUIZ DE LEON, el solar ubicado en el LOTE 34, MANZANA 09 CUARTEL PRIMERO HERMOSILLO, con superficie de 367.35 metros cuadrados. - - - Asunto 7.- VENTA DEL LOTE NUMERO 22, MANZANA 32-E, CUARTEL XV, LOMAS DE MADRID: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en los Artículos 203 y 204 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal se solicita la AUTORIZACION para proceder a la VENTA del terreno identificado como LOTE 22, MANZANA 32-E, CUARTEL XV, LOMAS DE MADRID, con superficie de 200.00 metros cuadrados a favor de la C. ROSA MARIA ARELLANO SALINAS, a quien se le asignó dicho lote con fecha 24 de Junio de 1980 y con fecha 26 de Noviembre del 2007, quedó completamente pagado en la Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos necesarios para la celebración del presente acto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (7). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes y con fundamento en los Artículos 203 y 204 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal a la VENTA del terreno identificado con el LOTE 22, MANZANA 32-E, con CUARTEL XV, LOMAS DE MADRID, una Superficie de 200.00 metros cuadrados a favor
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- - - Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la VENTA del solar ubicado en el LOTE 02, MANZANA 27, con una superficie de 183.00 metros cuadrados CUARTEL MIGUEL HIDALGO, a favor del C. DAMIAN ARMIN LOPEZ MALDONADO, pagando solo el título de propiedad, en consideración de que el mismo se encuentra totalmente pagado en la Tesorería Municipal por el anterior asignatario que se desistió del procedimiento a un valor según avalúo comercial de $77,092.41 (setenta y siete mil noventa y dos pesos 41/100 M.N.), porque el solar tiene un uso distinto al habitacional.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACION para proceder a la venta del solar de referencia conforme lo establecen los Artículos 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, en consideración de lo expuesto en el párrafo anterior y no causar perjuicio al H. Ayuntamiento de Hermosillo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos necesarios para la celebración del presente acto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (8). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, proceder a la VENTA del solar ubicado en la LOTE 02, MANZANA 27, con una Superficie de 183.00 metros cuadrados CUARTEL MIGUEL HIDALGO, a favor del C. DAMIAN ARMIN LOPEZ MALDONADO, pagando solo el título de propiedad, en consideración de que el mismo se encuentra totalmente pagado en la Tesorería Municipal por el anterior asignatario que se desistió del procedimiento a un valor según avalúo comercial de $77,092.41 (setenta y siete mil noventa y dos pesos 41/100 M.N.), porque el solar tiene un uso distinto al habitacional. - - - - - Se AUTORIZA proceder a la venta del solar de referencia conforme lo establecen los Artículos 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, en consideración de lo expuesto en el párrafo anterior y no causar perjuicio al H. Ayuntamiento de Hermosillo. - - - - - - - - - - Es de APROBARSE y SE APRUEBA que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos necesarios para la celebración del presente acto.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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- - - El C. JOSE RODRIGUEZ BAUTISTA entregó al H. Ayuntamiento de Hermosillo, por concepto de regularización la cantidad de $8,735.22 (Son Ocho mil setecientos treinta y cinco pesos 22/100 M.N.) correspondiente al 20% del valor comercial del inmueble de acuerdo al Programa de Regularización, aprobado en Sesión de fecha 16 de octubre 2006, Acta No. 4, acreditando que inicio el pago correspondiente el 27 de enero de 2005, según recibo número 3149053, habiendo terminado de cubrirlo recientemente. El Convenio de Regularización quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio con número 359494, Volumen 17769 de la Sección Registro Inmobiliario Libro Uno, de fecha 4 de diciembre de 2007. - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (9). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, proceder a la RATIFICACIÓN del Convenio de Regularización celebrado con el C. JOSE RODRIGUEZ BAUTISTA, respecto de un predio localizado en la prolongación del Blvd. Lázaro Cárdenas denominado Las Cocheras en la Tercera Ampliación del Fundo Legal de esta Ciudad, con superficie de 2,426.452 metros cuadrados y Clave Catastral 3600-20-148-002.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. JOSE RODRIGUEZ BAUTISTA, entregó al H. Ayuntamiento de Hermosillo, por concepto de regularización la cantidad de $8,735.22 (Son Ocho mil setecientos treinta y cinco pesos 22/100 M.N.) correspondiente al 20% del valor comercial del inmueble de acuerdo al Programa de Regularización aprobados en sesión de fecha 16 de octubre 2006 Acta No. 4, acreditando que inicio el pago correspondiente el 27 de enero de 2005, número 3149053, habiendo terminado de cubrirlo recientemente. El Convenio de Regularización quedó inscrito en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio con número 359494, Volumen 17769 de la Sección Registro Inmobiliario Libro Uno, de fecha 4 de diciembre de 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - Asunto 10.- RATIFICACION DE CONVENIO DE REGULARIZACION DE UN PREDIO LOCALIZADO EN LA PROLONGACION DEL BULEVAR LAZARO CARDENAS:- - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la RATIFICACIÓN del Convenio de Regularización celebrado con el C. LUIS GERMAN GUERRERO LEON, respecto de un predio localizado en la Prolongación del Bulevar Lázaro Cárdenas al Norte del Fraccionamiento Palma Dorada de esta Ciudad, con superficie de 1,309.014 metros cuadrados y Clave Catastral
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Registro Inmobiliario Libro Uno, de fecha 12 de Noviembre de 2007. - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (10). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, proceder a la RATIFICACIÓN del Convenio de Regularización celebrado con el C. LUIS GERMAN GUERRERO LEON, respecto de un predio localizado en la Prolongación del Bulevar Lázaro Cárdenas al Norte del Fraccionamiento Palma Dorada de esta Ciudad, con superficie de 1,309.014 metros cuadrados y Clave Catastral 3600-20-924-002.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. LUIS GERMAN GUERRERO LEON entrega al H. Ayuntamiento de Hermosillo, por concepto de regularización la cantidad de $10,472.11 (Diez mil cuatrocientos setenta y dos pesos 11/100 M.N.) que corresponde al 20% del valor comercial de acuerdo al Programa de Regularización aprobado en sesión de fecha 16 de octubre 2006 Acta No. 4, acreditando tal pago con recibo de fecha 01 de febrero de 2007, número 3942454. Documento que quedó inscrito en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio, con número 358261, Volumen 17586 de la Sección Registro Inmobiliario Libro Uno, de fecha 12 de Noviembre de 2007.- - - - - - - - Asunto 11.- VENTAS DE DEMASIA DE TERRENO CONTIGUA AL LOTE 13, MANZANA 1-H, CUARTEL BAHIA KINO:- - - - - - - - - - - - Con fundamento en lo establecido en el Artículo 198 fracción II, 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, los artículos 31, 32, 33, 34 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hermosillo. - - -- - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la VENTA de demasía contigua al Lote 13, Manzana 1-H, Cuartel BAHÍA DE KINO de esta Ciudad, con superficie de 89.01 metros cuadrados, a un valor de $120.00 el metro cuadrado, arrojando un total de $8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.), según avalúo practicado para dicho fin, valor superior al Catastral que es de $83.49 por metro cuadrado, a favor del C. JESÚS SAUCEDO GALLARDO, quien acreditó ser el único colindante y por ende tener el Derecho del Tanto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente acto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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del C. JESÚS SAUCEDO GALLARDO, quien acredito ser el único colindante y por ende tener el Derecho del Tanto. - - - - - - - - Es de APROBARSE y se APRUEBA que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente acto.- - - - - - - - - - - - - - - Asunto 12.- VENTA DE DEMASIA DE TERRENO CONTIGUA AL LOTE 19, MANZANA S/N, CUARTEL XV PROLONGACION: - - - - - - - - Con fundamento en lo establecido en el Artículo 198 fracción II, 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, los artículos 31, 32, 33, 34 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hermosillo. Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la VENTA de una demasía contigua al Lote 19, Manzana S/N, Cuartel XV PROLONGACION, Colonia JESUS GARCIA de esta Ciudad, con superficie de 99.36 metros cuadrados, a un valor de $77,030.91 (setenta y siete mil treinta pesos 91/100 M.N.), según Valor Catastral, el cual es superior al Avalúo practicado, el cual arrojo un valor de $71,500.00; (setenta y un mil quinientos pesos 00/100 M.N.), a favor del C. ANDRES ERNESTO CORRALES RASCON, quien acreditó ser el único colindante y por ende tener el Derecho del Tanto. - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente acto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (12). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes, la VENTA de una demasía contigua al Lote 19, Manzana S/N, Cuartel XV PROLONGACIÓN Colonia JESUS GARCIA de esta Ciudad, con superficie de 99.36 metros cuadrados, a un valor de $77,030.91 según Valor Catastral, el cual es superior al Avalúo practicado, el cual arrojo un valor de $71,500.00; a favor del C. ANDRES ERNESTO CORRALES RASCON, quien acredito ser el único colindante y por ende tener el Derecho del Tanto.- - - - - Es de APROBARSE y se APRUEBA que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente acto.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asunto 13.- RECTIFICACION DE NOMBRE DEL ADQUIRENTE
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Administración Municipal, el Honorable Cuerpo Edilicio aprobó por mayoría que se elaboren Convenios a igual número de Jefes de Familia que resultaron beneficiados”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Predio localizado en el Lote 01, Manzana “B”, Cuartel Nacameri (Palo Verde), a nombre del C. RAMON SANCHEZ LUVERO.- - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la rectificación del Acuerdo de referencia solo en lo que respecta al nombre; SIENDO LO CORRECTO: JOSE RAMON SANCHEZ ROMERO, como lo acreditó con acta de nacimiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN de este H. Cuerpo Edilicio para la Rectificación señalada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el asunto en referencia, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (13). Es de APROBARSE y SE APRUEBA por unanimidad con veintidós votos presentes proceder a la rectificación del Acuerdo de referencia solo en lo que respecta al nombre; SIENDO LO
CORRECTO: JOSE RAMON SANCHEZ ROMERO, como lo acreditó con acta de nacimiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asunto 14.- DONACION DEL LOTE 01, MANZANA 42, CUARTEL CALLE DOCE, POBLADO MIGUEL ALEMAN A FAVOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA ) D.I.F.: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en lo establecido en el Artículo 70, 198 fracción V, 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, los artículos 71, 72, 73 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hermosillo. - - - - - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para proceder a la DONACIÓN DE TERRENO Y SU CONSTRUCCIÓN DEL LOTE 01, MANZANA 42, EN LA COMISARIA MIGUEL ALEMAN, CUARTEL CALLE DOCE, con superficie de 250.00 metros cuadrados, a favor del SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF HERMOSILLO). El inmueble será acondicionado para una Unidad Auxiliar de la Sub Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, habiendo sido ocupado anteriormente por la Agencia del Ministerio Público. - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente
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DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF HERMOSILLO). El inmueble será acondicionado para una Unidad Auxiliar de la Sub Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, habiendo sido ocupado anteriormente por la Agencia del Ministerio Público. - - - Es de APROBARSE y se APRUEBA que los CC. PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, firmen los documentos para la celebración del presente acto.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----------------------------------------------------4. ASUNTOS DE NOMENCLATURA MUNICIPAL.- - - - - - - - - - - - - - - - - El C. Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al Secretario del Ayuntamiento quien manifestó:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Con fundamento en el artículo 29 del Reglamento de Designación de Nomenclatura para los Bienes del Dominio Público del Municipio de Hermosillo, Sonora, me permito exponer el siguiente asunto: - - - - - - - - - - - - - - Hermosillo, Sonora; a 14 de Diciembre del 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - P R E S E N T E.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por este conducto le hacemos llegar a usted, el informe pormenorizado de los dictámenes que ha tenido a bien emitir en forma aprobatoria este Consejo de Nomenclatura Municipal, después de haber analizado cuidadosamente las solicitudes que la ciudadanía hermosillense nos ha hecho llegar, motivo por el cual se solicita se someta a consideración del H. Cuerpo Colegiado para que sea éste, quien emita el fallo definitivo en relación a las solicitudes presentadas.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Los dictámenes que se han aprobado son los siguientes: - - - - - - - - - - - - - - 1.- El C. RAYMUNDO ZAMORA LOPEZ, solicita Autorización de Nomenclatura para que se le asigne nombre a un Callejón el cual tiene su entrada por la Calle Pedro Moreno y Callejón sin nombre en la Colonia Piedra Bola, debido a que Agua de Hermosillo requiere el nombre de este para verificar el servicio. El nombre que se propone para este Callejón es: “ EL GORRION “. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2.- El C. ALFONSO MOLINA RUIBAL, Administrador Único de Inmobiliaria Alfomoi, S.A. de C.V., solicita Autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “ COLINAS DEL SUR ”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado en un predio localizado en Calle Potreros y Ramiro García, Fraccionamiento Altares III Etapa, al suroriente de la Ciudad. Los nombres que se proponen para sus vialidades son: SECCION
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Hermosillo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 3. El C. ING. ARMANDO BLOCH CORRAL, Representante Legal de URBANIZADORA, DESARROLLOS Y PROYECTOS INMOBILIARIOS DEL DESIERTO, solicita Autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “PUERTA REAL RESIDENCIAL VIII”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado sobre la prolongación del Bulevar Gaspar Luken Escalante, al Norponiente de esta Ciudad. Los nombres que se proponen para sus vialidades son: CALLES: LA PALMITA y DE LOS CORAS; AVENIDAS: BAPURIA, ALHUEY y AJOYA; CERRADAS: COFRADÍA, IMALA, NACABEVA, HUITES, HUISACHE, CHAMETLA, SILLETA y ACATITLAN. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -* Estos nombres corresponden a poblados, rancherías, ejidos, etc., de los Estados de Sinaloa, Nayarit, Durango y Chihuahua. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 4. La C. ARQ. MA. TERESA FLORES SILVA, de Desarrollos Próvida, S.A. de C.V., solicita Autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “ LAS PROVINCIAS”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado en la esquina Surponiente de la confluencia del Bulevar Luis Donaldo Colosio y Callejón “El Chanate”, al Poniente de esta Ciudad. Los nombres que se proponen para sus vialidades son: SECCION REINO DE LEON: Paseo de León y Calle de la Mancha; SECCION DE VALLADOLID: Avenidas Ciudad Real y de la Nobleza, Calles Camino Valladolid, del Acueducto, Insurgentes y Avila; SECCION SALAMANCA: Paseo Salamantino, Avenidas Cervantino y Complutense; SECCION DE CADIZ: Paseo Cortez de Cádiz, Avenida Jerez y Calle Cordobez; SECCION NUEVO MÉXICO: Paseo Nuevo México, Avenida Camino Español y Real de Provincias. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -* El concepto está basado en la época colonial de México, en la organización de la Nueva España y su conexión con España. Es un viaje al inicio de nuestro mestizaje e identidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 5. EL C. ING. JOSE DE JESUS HERNÁNDEZ SILVA, solicita Autorización de Nomenclatura para asignar nombre a una Calle, la cual se encuentra ubicada en la Colonia “Quinta Emilia”, frente al Kilómetro Siete, Carretera a Bahía de Kino y a la acera sur del Bulevar García Morales, antes de llegar al Bulevar Quiroga de esta Ciudad. El nombre que se propone para esta Calle es: CERRADA HURTADO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - * El nombre es en relación a la Familia Hurtado, propietario de un terreno urbano de tipo baldío, y debido a una subdivisión resultó una superficie que será considerada como derecho de vía pública, con superficie
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- - - * El nombre de Casalta, se toma su significado de Casa – Altura ( su objetivo de status y/o calidad de vida), así como los nombres de sus vialidades hacen referencia a la península ibérica. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 7. El C. JOAQUIN PANIAGUA SOLIS, Director General de Espacio, Desarrollos Urbanos, S.A. de C.V., solicita autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “LOS PINOS RESIDENCIAL”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado por la prolongación Norte del Bulevar Solidaridad, al Norte del desarrollo habitacional “Palo Fierro”, al Norponiente de esta Ciudad. Los nombres que se proponen para sus vialidades son: CALLES: PASEO PINO REAL NORTE, PASEO PINO REAL SUR y PINO SALADO; AVENIDAS: PASEO PINO REAL, PINO CANADIENSE, PINO MEXICANO, PINO ROJO y PINO DEL CAUCASO; RETORNOS: PINO NUEVO NORTE, PINO NUEVO SUR, PINO NEVADO, PINO VERDE, PINO FUERTE, PINO FRONDOSO, PINO ANDINO, PINO ALTO, PINO VIEJO, PINO SALADO, PINO AMERICANO, PINO EUROPEO, PINO DE LA SIERRA y PINO DE LOS ALPES. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - * Todos los nombres hacen referencia al conjunto habitacional “LOS PINOS”, es por eso que las nomenclaturas tienen nombres de este tipo de vegetación. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 8. El C. ARQ. ALFONSO MACEO MARTINEZ ANTUNEZ, Gerente General de Tezal, Desarrollos S.A. de C.V., solicita autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “RETORNO MADERAS”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado al Norte del Parque Industrial del Desarrollo Pueblo Nuevo, al Oriente del Fraccionamiento Palo Fierro, al Noroeste de esta Ciudad. El nombre que se propone para su única vialidad es: RETORNO MADERAS. - - - - - - - - - - - - - - 9. El C. ARQ. CONRADO F. JAVIER VALENZUELA DUARTE, Representante Legal de CRECE Inmobiliaria, solicita Autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “MURANO RESIDENCIAL”, a un Fraccionamiento y sus vialidades, el cual se encuentra ubicado por la prolongación de la Avenida Perimetral Norte esquina con el Bulevar Antonio Quiroga, al Poniente de esta Ciudad. Los nombres que se proponen para sus vialidades son: CALLES: LUMINARIA, FONTANEDA y DE LAS PERLAS; AVENIDAS: BAROVIER, BEVILA, CAPELLIN, SALVIATI y VENINI. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - * Nombres de ciudades o poblados principales de la región de Toscana, Estado de la República Italiana. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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el Instituto Kino, también colaboró con becas a estudiantes de la localidad.- - - - - 11. El C. ING. SOTERO OSUNA BUSTAMANTE, Director General de Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, solicita Autorización de Nomenclatura para asignar el nombre de “LOMAS DEL NORTE y DEL PARAISO”, a una Colonia y sus vialidades, la cual se encuentra ubicada al norte de esta Ciudad sobre el Bulevar Luz Valencia casi esquina con la Calle Prolongación Olivares-López del Castillo.Los nombres que se proponen para sus vialidades son: CALLES: MOLINOS PONIENTE, MOLINOS ORIENTE; AVENIDAS: SAN BASILEO, SAN ISMAEL, SAN DALMASIO, SAN SABAS y SANTA CRISPINA; RETORNOS: SAN ISMAEL, SAN DALMASIO, SAN SABAS y SANTA CRISPINA. Así mismo, la ratificación de la prolongación de la Calle Francisco I. Madero.- - - - - ATENTAMENTE: CONSEJO DE NOMENCLATURA MUNICIPAL, C. JOSE RAFAEL AGUIRRE FERNÁNDEZ, PRESIDENTE; C. FRANCISCO SALAS FELIX, SECRETARIO; ARQ. ARMANDO GARCIA ASTIAZARAN, SECRETARIO TÉCNICO ADMINISTRATIVO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado, los dictámenes elaborados por el Consejo de Nomenclatura, llegándose al siguiente punto de Acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (15). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad los dictámenes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 presentados por el Consejo de Nomenclatura en los términos expuestos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----------------------------------------------------5. DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. Presidente Municipal otorgó el uso de la voz a la C. Regidora María Dolores Martínez Aldaco, Presidenta de la Comisión, quien en uso de la voz presentó los siguientes dictámenes:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A) RELATIVO A SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA RELATIVA A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -ANTECEDENTES - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En sesión de fecha 19 de diciembre de 2007, la Comisión de Hacienda,
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de trámites de control presupuestal para realización de transferencias entre aquellas partidas que afectan a los capítulos del gasto, con el fin de compensar los faltantes y remanentes de éstas, sin recurrir a ampliaciones. - - - - - - - - - - - - Asimismo, a solicitud de las Dependencias que integran la Administración Municipal y derivado de la dinámica de las actividades de las mismas así como actos imprevistos, se someten a consideración del H. Ayuntamiento de Hermosillo las modificaciones realizadas durante el período del 01 de octubre al 14 de diciembre de 2007, en las partidas y capítulos del gasto de las Dependencias, de las cuales, a continuación se presentan las principales causas y motivos que las generaron.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1000 SERVICIOS PERSONALES - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En este capítulo del gasto se autorizaron $621’714,560.20, es decir, el 43.02% del total del presupuesto aprobado, reflejándose reducción por un importe de $-4’842,031.89, ubicándolo en $616´872,528.31, que representa el 42.68% del total modificado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Respecto al Programa de Nivelación Salarial acordado con las Autoridades Sindicales se nivelaron 53 empleados del Municipio en los meses de octubre, noviembre y diciembre, siendo promocionados 1 en Tesorería Municipal; 6 en la Dirección General de Seguridad Pública Municipal; 27 en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; 4 en la Dirección General de Servicios Públicos Municipales; 1 en Oficialía Mayor, 8 en la Dirección General de Desarrollo Social; 6 en D.I.F. Hermosillo, todo con el apoyo presupuestal del concepto 1601 Previsión para Incremento de Sueldos. Así como para el incremento de sueldo en sub niveles y complemento para pensiones y jubilaciones correspondiente al mes de diciembre. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- El concepto 1308 Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales se incrementa en la Secretaria del Ayuntamiento se reprograma este concepto para la elaboración de cartillas militares y para personal de la Dirección de Servicio de Gobierno; en la Tesorería Municipal se reprograma y con apoyo del concepto 1203 Honorarios de Ejecución Fiscal, 2101 Material de Oficina y 3104 Servicio de Energía Eléctrica para personal del área de Ejecución Fiscal, Dirección Administrativa y Dirección de Programación y Presupuesto; en la Dirección General de Seguridad Pública Municipal con apoyo del concepto 1601 Previsión para personal del Centro de Alerta; en la Dirección General de Servicios Públicos Municipales con apoyo del concepto 3210 Arrendamiento de Equipo de Limpia y Recolección de Basura a personal de la Dirección General; se reprograma en Oficialía Mayor y con apoyo del
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- - - En lo que se refiere a Creación de Plazas, se incrementa el concepto 1202 Salarios al Personal Eventual, por creación de 21 en H. Ayuntamiento, 1 en Tesorería Municipal, 1 en la Dirección General de Seguridad Pública Municipal, 4 en Oficialía Mayor, 1 en la Dirección General de Desarrollo Social y 4 en Dirección General de Desarrollo Organizacional. - - - - - - - - - - - - - En el proceso de Cambio de Dependencia se realizaron 5 de la Dirección General de Seguridad Pública Municipal a Tesorería Municipal; 1 de la de la Dirección General de Desarrollo Social a la Secretaría del Ayuntamiento. - - - - - En el proceso de cambio de adscripción se realizaron 1 Secretaría del Ayuntamiento, 1 en Tesorería Municipal, 1 en la Dirección General de Seguridad Pública Municipal, 8 en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, 1 en Oficialía Mayor y 16 en la Dirección General de Desarrollo Social. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa el concepto 1313 Remuneraciones por Horas Extraordinarias con apoyo del concepto 1201 Honorarios y Comisiones, en la Dirección de Órgano y Control y Evaluación Gubernamental para el personal que vela las instalaciones, correspondiente al mes de octubre; se reprograma en la Secretaría del Ayuntamiento para los meses de noviembre y diciembre en el Departamento de Bomberos; en la Dirección General de Seguridad Pública Municipal se reprograma y con apoyo del concepto 1336 Prima Dominical, para complementar el mes de octubre y noviembre, en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, con apoyo del concepto 1101 Sueldos, 1401 Cuotas por Servicio Médico al Isssteson, 1305 Estímulos, 3509 Mantenimiento y Conservación de Parques y Jardines y 3510 Mantenimiento y Conservación de Panteones, para los meses de octubre y noviembre; en la Dirección General de Servicios Públicos Municipales, se reprograma y con apoyo de las partidas 1101 Sueldos, 1301 Prima Quinquenal al Personal Burocrático y 1308 Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales, para el periodo de octubre y noviembre; en Oficialía Mayor se reprograma y con apoyo del concepto 1101 Sueldos, 1308 Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales, 1401 Cuotas por Servicio Médico al Isssteson, 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, para los meses de octubre y noviembre en los depósitos de vehículos, Dirección de talleres y Departamento de Eventos. - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa el concepto 1336 Prima Dominical, se reprograma y con apoyo del concepto 1305 Estímulos al Personal en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, derivado de la supervisión de obras, revisión de estimaciones, trabajos topográficos, trabajos de demolición
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Desarrollo Social, Dirección General de Asuntos Jurídicos; Dirección General de Desarrollo Organizacional y en la Dirección General de Turismo, y se reduce por transferencia de recursos al concepto 4101 Apoyo Presupuestal a Organismos e Instituciones del Instituto del Deporte y de la Juventud de Hermosillo, Instituto Municipal de Cultura y Arte y Comisión de Fomento Económico del Municipio de Hermosillo, para el periodo de octubre y noviembre. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2000 MATERIALES Y SUMINISTROS En este capítulo del gasto se autorizaron $63’684,285.12, es decir, el 4.41% del total del presupuesto aprobado, reflejándose incremento por un importe de $9’916,570.83, ubicándolo en $73’600,855.95, que representa el 5.09% del total modificado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Las partidas de este capitulo reflejan incremento y disminución por la reprogramación de recursos, derivado del Ajuste Presupuestal del Programa de Reestructuración del Presupuesto de Egresos en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa la partida 2110 Software, en Oficialía Mayor, para la implementación del Sistema Integral de Información Financiera, con transferencia de recursos de la partida 8102 Erogaciones Imprevistas de Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El concepto 2104 Materiales y Útiles de Impresión, se incrementa para la compra de hojas, cartuchos y toner para impresoras pago de copias de documentos oficiales y engargolados, en todas la dependencias que componen la Administración Pública Municipal, por reprogramación presupuestal de las partidas que componen los capítulos 2000 Materiales y Suministros, 3000, Servicios Generales, 5000 Bienes Muebles e Inmuebles, y 8102 Erogaciones Imprevistas de Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa la partida 2201 Alimentación de personas, para compra de alimentos al personal que labora tiempo extendido en trabajos específicos y distintos operativos, en el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería Municipal, Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, Oficialía Mayor, Dirección General de Desarrollo Social, y Comisarías de Bahía de Kino y del Poblado Miguel Alemán, con el apoyo presupuestal de las partidas 1205 Compensaciones por Servicio de Carácter Social, 3301 Asesoría, 3701 Pasajes, 9201 Adeudos por Ejercicios Anteriores por Servicios Personales, 3104 Servicio de Energía Eléctrica, 1203 Honorarios de Ejecución Fiscal, 3510 Mantenimiento y Conservación de Panteones, 3509 Mantenimiento y
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total modificado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Las partidas de este capitulo reflejan incremento y disminución por la reprogramación de recursos, derivado del Ajuste Presupuestal del Programa de Reestructuración del Presupuesto de Egresos en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se reduce la partida 3402 Gastos Financieros, por reprogramación de recursos al concepto 8102 Erogaciones Imprevistas de Tesorería Municipal, derivado del Ajuste presupuestal del Programa de Reestructuración del Presupuesto de Egresos en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se reduce el concepto 3406 Otros Impuestos y Derechos, en Sindicatura, por apoyo al concepto 5301 Vehículos y Equipo Terrestre, para la adquisición de unidad para el despacho de Sindicatura; a la partida 3801 Gastos Ceremoniales y de Orden Social, para pago de maestro de ceremonias en evento de subasta pública; a la 3214 Arrendamiento de Equipo de Fotocopiado, para la renta correspondiente a noviembre y diciembre. En Tesorería Municipal, por apoyo al concepto 5204 Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones, para la compra de cámaras de seguridad de circuito cerrado para los módulos de recaudación; a la 5101 Mobiliario de Administración, para compra del mobiliario de las oficinas del 2do. Piso de la Unidad Veracruz; a la 1201 Honorarios y Comisiones, para pago por recuperación de cobranza del impuesto predial; a la 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, por trabajos de remodelación del Despacho de Tesorería y oficinas de la Dirección de Egresos; a la 5206 Equipos de Computación Electrónica, para la adquisición de computadoras e impresoras para el funcionamiento del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El concepto 3505 Mantenimiento y Conservación de Equipo de Transporte, se reduce en la Comisaría de Bahía de Kino, por apoyo al concepto 3515 Mantenimiento y Conservación del Relleno Sanitario. En la Comisaría del Poblado Miguel Alemán, por apoyo a la partida 2601 Combustibles, para consumo de noviembre y diciembre; y a la 3211 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo, para trabajos en caminos vecinales; a la 4101 Becas, para el pago de becas a alumnos de primaria y secundaria. - - - - - Se reduce la partida 3103 Servicio Telefónico, en Tesorería Municipal, por apoyo al concepto 2104 Materiales y Útiles de Impresión, para la compra de cartuchos de tintas para impresoras; y a la partida 3201 Arrendamiento de Inmuebles, para el pago de la renta e cajones de estacionamiento para
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- - - La partida 3403 Seguros y Fianzas, se reduce en la Dirección General de Desarrollo Organizacional, por transferencia de recursos a la partida 3801 Gastos Ceremoniales y de Orden Social, para los gastos de la posada navideña a los hijos empleados del Municipio de Hermosillo; a la 2201 Alimentación de Personas, para compra de alimentos de personal que laboran tiempo extendido; a la 2601 Combustibles, y a la 3103 Servicio Telefónico, para consumos del mes de diciembre. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se reduce el concepto 3509 Mantenimiento y Conservación de Parques y Jardines, en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, por apoyo a la partida 2302 Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores, para la compra refacciones para los tractores podadores; a la 1313 Remuneraciones por Horas Extraordinarias, para pago de tiempo extra correspondiente a la semana del 8 al 14 de octubre de 2007; a la 2502 Plaguicidas Abonos y Fertilizantes, para la compra de herbicidas utilizados en parques y jardines de la ciudad; a la 2201 Alimentación de Personas, para compra de alimentos de personal que laboran tiempo extendido. En la Comisaría del Poblado Miguel Alemán, por transferencia de recursos a la partida 3213 Arrendamiento de Equipo para Entrega de Agua Potable, para el reparto de agua en colonias y comunidades rurales de esta Comisaría. - - - - - 4000 TRANSFERENCIAS DE RECURSOS FISCALES En este capítulo de gasto se autorizaron $247’514,539.08, es decir, el 17.12% del total del presupuesto aprobado, reflejándose una reducción de $14´272,891.90 y ubicándolo en $233´241,647.18, que representa el 16.14% del total modificado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa el concepto 4101 Apoyo Presupuestario a Organismos e Instituciones, en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, por los Ingresos por multas de estacionamiento correspondientes a septiembre de 2007, con apoyo del concepto 8102 Erogaciones Imprevistas de tesorería Municipal; en el Instituto del Deporte y de la Juventud de Hermosillo, Instituto Municipal de Cultura y Arte, y Comisión de Fomento Económico del Municipio de Hermosillo, para pago de Honorarios Asimilados a Sueldos, con apoyo presupuestal de la partida 1208 Honorarios Asimilados a Sueldo de la Dirección General de Desarrollo Organizacional; en el D.I.F. Hermosillo por el programa de Nivelación Salarial, con transferencia de recursos del concepto 1601 Previsión Para Incremento de Sueldos; y para equipamiento de comedores, dentro del programa Desayunos Escolares, con apoyo del concepto 4108 Desayunos Escolares. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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En este capítulo de gasto se autorizaron $63’917,701.46, es decir, el 4.42% del total del presupuesto aprobado, reflejándose un incremento de $6´041,754.91, ubicándolo en $69´959,456.37; que representa el 4.84% del total modificado. - - - Se incrementa el concepto 5301 Vehículos y Equipo Terrestre, en Sindicatura, Oficialía Mayor, Dirección General de Asuntos Jurídicos, y Comisaría del Poblado Miguel Alemán, para la compra de unidades necesarias para el desarrollo de sus funciones, con apoyo de las partidas 3406 Otros Impuestos y Derechos, 1201 Honorarios y Comisiones, y 8102 Erogaciones Imprevistas, ésta ultima de Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa el concepto 5101 Mobiliario de Administración, en Secretaría del Ayuntamiento, tesorería Municipal, Dirección General de Seguridad Pública, Dirección General de Desarrollo Social, Dirección General de Desarrollo Organizacional, y Comisaría del Poblado Miguel Alemán, para la adquisición de mobiliario de oficina, con transferencia de recursos de los conceptos 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, 3406 Otros Impuestos y Derechos, 9203 Devoluciones por Adquisición de Bienes Muebles e Inmuebles, 9202 Adeudos de Ejercicios Anteriores Distintos de Servicios Personales, 1203 Honorarios de Ejecución Fiscal, 5204 Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se incrementa el concepto 5206 Equipos de Computación Electrónica, para la adquisición de computadoras e impresoras, necesarias para la operación en el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, Dirección General de Comunicación Social, Secretaría del Ayuntamiento, Tesorería Municipal, Dirección General de Seguridad Pública, Oficialía Mayor, y Comisaría del Poblado Miguel Alemán, con apoyo presupuestal de las partidas 1205 Compensaciones por Servicio de Carácter Social, 3602 Impresiones y Publicaciones Oficiales, 2701 Vestuario, Uniformes y Blancos, 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, 3406 Otros Impuestos y Derechos, 3104 Servicio de Energía Eléctrica, 2101 Material de Oficina, 2110 Software, de la misma 5206, y 3910 Daños a Terceros, respectivamente. - - - - - - Se incrementa el concepto 5102 Equipo de Administración, para la compra de equipos de refrigeración en la Dirección General de Seguridad Pública, y Dirección General de Desarrollo Social, con apoyo presupuestal de las partidas 5206 Equipos de Computación Electrónica, y 4106 Ayudas Diversas, respectivamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El concepto 5204 Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones, se incrementa en Tesorería Municipal para la adquisición de cámaras de seguridad de circuito cerrado para módulos de recaudación y
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Impuestos y Derechos, y para la adquisición de predios ubicados en Cuartel XX Café Combate aprobados en sesión de cabildo del 26 de febrero, asentado en acta No. 13, y del 30 de marzo de 2007 asentado en acta No. 16, compra de dos predios en la Col. Álvaro Obregón, aprobado en sesión de Cabildo del 30 de junio de 2007 y asentado en acta No. 21, con transferencia de recursos del concepto 8102 Erogaciones Imprevistas de Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - Se incrementa la partida 5208 Equipo de Limpieza y Recolección de Basura, en la Dirección General de Servicios Público Municipales, para el complemento del pago de camiones recolectores de basura, con apoyo presupuestal de la partida 3213 Arrendamiento de Equipo para Entrega de Agua Potable. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 6000 INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL En este capítulo de gasto se autorizaron $134’324,046.51, es decir, el 9.29% del total del presupuesto aprobado, reflejándose incremento por un importe de $4´700,000.00, por lo que se ubica en $139’024,046.51; que representa el 9.62% del total modificado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Este capítulo registra reducción y ampliación en el concepto 6107 Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, por reprogramación del mismo concepto de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para ampliación y rehabilitación de red de agua potable en las Comisarías de Bahía de Kino y del Poblado Miguel Alemán. Se reduce por reclasificación a la partida 4101 Apoyo Presupuestal a Organismos e Instituciones, en Agua de Hermosillo para la introducción de agua potable en la comunidad Triqui del Poblado Miguel Alemán. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así mismo, se reduce e incrementa el concepto 6206 Obras Públicas Municipales por Administración, por reprogramación del mismo concepto en la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para pintura de trafico para vialidades de la ciudad, fabricación de losa, banquetas y guarniciones en Blvd. García Morales, elaboración de proyectos y obras menores de emergencia; en la Dirección General de Seguridad Pública, para complemento de pavimentación y construcción de muros en patios de la Comandancia Centro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 8000 EROGACIONES EXTRAORDINARIAS En este capítulo de gasto se autorizaron $11’117,815.94 es decir, el 0.77% del total del presupuesto aprobado, reflejándose incremento de $5’203,811.93, ubicándolo en $16’321,627.87; que representa el 1.13% del total modificado. - - -La reducción se refleja en el concepto 8102 Erogaciones Imprevistas, por
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General de Desarrollo Social. Apoyo a la 2104 Materiales y Útiles de Impresión, para compra de toner para impresoras, de Tesorería Municipal y Dirección General de Turismo. A la partida 2601 Combustibles de Oficialía Mayor. Por apoyo presupuestal a la partida 3801 Gastos Ceremoniales y de Orden Social, para gastos del programa Cultura P’al Barrio, Mano a Mano por tu Parque y Posadas Comunitarias, de la Dirección General de Desarrollo Social; para gastos de atención a visitantes de Ciudades Hermanas, III Feria de Turismo Rural, reunión para proyecto del Centro Histórico de Hermosillo, programas e invitaciones para el evento de la Feria del Libro del 09 al 18 de noviembre de 2007, en la Dirección General de Turismo: para gastos de reuniones en la integración del Presupuesto de Egresos 2008, de Tesorería Municipal; para gastos de evento y compra de cubre bocas del Programa Cuídate Este Invierno, de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; gastos de eventos de jornadas de Servicios Públicos en el Molino de Camou, de Oficialía Mayor. Apoyo a la partida 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, para adecuación e instalación de postes y cableado para suministro de energía eléctrica en corralón de depósito de vehículos las Minitas, de Oficialía Mayor; para Instalaciones de palapas dentro del proyecto turístico de bahía de Kino, de la Dirección General de Turismo; para adecuaciones de oficinas de la Dirección de Atención Ciudadana, de la Dirección General de Desarrollo Organizacional. Apoyo a la 3603 Gastos de Teletransmisión y Radiotransmisión, para los gastos de difusión en radio y televisión del 1er. Informe de Gobierno Municipal, de la Dirección General de Servicios Públicos Municipales y Dirección General de Desarrollo Social; pago de spot en televisión de campaña Seguro Gratis, dentro del pago del impuesto predial, de Tesorería Municipal. Apoyo a la partida 3101 Servicio Postal, para envío de cartas en respuestas a peticiones ciudadanas, de la Dirección General de Desarrollo Organizacional, y envío de estados de cuenta del impuesto predial, de Tesorería Municipal. A la 3601 Propaganda, para impresión de folletos publicitarios, gorras, playeras y artículos promocionales, de la Dirección general de Turismo; pago de publicidad del 1er. Informe de Gobierno Municipal, de Tesorería Municipal. Apoyo presupuestal a la partida 3301 Asesoría, para la aplicación de la metodología para el calculo del Derecho de Alumbrado Público (D.A.P.), asesoría sobre la implementación del seguro para casas dentro del pago del impuesto predial, de Tesorería Municipal; asesoría en Estrategia e Imagen de Comunicación, y Control y Gestión Gubernamental, de la Dirección General de Desarrollo Social. Apoyo a la
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Dirección de Construcción y Contratos, de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; y renta de oficina de Atención Ciudadana, de la Dirección General de Desarrollo Organizacional. Apoyo presupuestal a la partida 3104 Servicio de Energía Eléctrica, para el pago de consumo del mes de noviembre y diciembre, del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, y Oficialía Mayor. Apoyo a las partidas 3701 Pasajes y 3702 Viáticos, para realizar viajes necesarios en el cumplimiento de las funciones inherentes a los cargos desempeñados por funcionarios públicos, del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, Dirección General de Comunicación Social, Dirección General de Turismo y Oficialía Mayor. Así mismo por apoyo presupuestal a la partida 4101 Apoyo Presupuestal a Organismos e Instituciones, para pago de proveedores y construcción del Acueducto el Molinito, de Agua de Hermosillo; para el financiamiento de creación de empresas en Hermosillo, y apertura de ventanilla para tramites empresariales dentro del financiamiento a empresas, de la Comisión de Fomento Económico del Municipio de Hermosillo; para gastos de brigadistas en el Poblado Miguel Alemán, apoyo al Congreso de jóvenes Lideres, y gastos para realizar el Congreso de Jóvenes Universitarios, de el Instituto del Deporte y de la Juventud de Hermosillo; para la construcción de muelle para embarcaciones de carga y descarga de la actividad pesquera y como atractivo turístico, en Bahía de Kino, y para gastos de publicidad, del Consejo Municipal para la Concertación de la Obra Publica; para la recuperación del 2% sobre Hospedaje correspondiente a los meses de septiembre y octubre, de la Dirección General de Turismo; para anticipo para la feria del libro 2007, fondo de becas CONACULTA-ISC-IMCA, gastos del XVII encuentro nacional de responsables de la Pastorela Social, y pago de publicidad de las Fiestas del Pitic 2007, del Instituto Municipal de Cultura y Arte; para el equipamiento por cambio de oficinas, del D.I.F. Hermosillo; para la recuperación de ingresos por multas de estacionamiento, de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. Por apoyo presupuestal a la partida 4106 Ayudas Diversas, para el servicio de acarreo de agua para las colonias de la periferia, apoyo al programa Mejoramiento de Vivienda en el área urbana y rural y al programa de Contingencia Ambiental, de la Dirección General de Desarrollo Social. Por apoyo al concepto 4104 Becas, para el programa Becas PROBEE, correspondiente de septiembre a diciembre 2007. Por transferencia de recursos a la partida 5301 Vehículos y Equipo Terrestre, para la compra de unidades, de Oficialía Mayor, Dirección General de Asuntos Jurídicos, y Comisaría del Poblado Miguel Alemán. Por
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adquisición radios para enlazar el Centro de Capacitación con Palacio Municipal, de la Dirección General de Desarrollo Organizacional. Por apoyo a la partida 5401 Equipo Médico, para la compra de un recuperador de plata en el Centro Hábitat, de la Dirección General de Desarrollo Social. Por apoyo ala partida 6206 Obras Públicas Municipales por Administración, para la construcción de drenajes, letrinas, urbanización municipal y señalamientos y nomenclatura, y obras para el programa hábitat de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. Apoyo al concepto 3211 Arrendamiento de Maquinaria y Equipo Pesado, para realizar trabajos de limpieza en arroyos y canales de la ciudad, de la Dirección General de Servicios Públicos Municipales. Por transferencia de recursos 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, Para la instalación de subestación; a la 5206 Equipos de Computación Electrónica, para la compra de checadores electrónicos en depósitos de vehículos; a la 3801 Gastos Ceremoniales y de Orden Social, para gastos de reuniones del C. Presidente Municipal con funcionarios; y a la 2110 Software, para compra de servidor de telefonía de la Dirección de Informática, de Oficialía Mayor. Apoyo a la 4106 Ayudas Diversas, al Instituto Kamarc, para festejos navideños y compra de cobijas y despensas para personas de escasos recursos; a la 3503 Mantenimiento y Conservación de Inmuebles, para el mantenimiento de los Centros Comunitarios; y a la 3504 Servicio de Lavandería, Higiene y Fumigación, para el pago del servicio de fumigación en centros comunitarios, de la Dirección General de Desarrollo Social. Por apoyo a la 3302 Estudios e Investigaciones, para el pago de estudios viables del proyecto de Bahía de Kino; a la 3602 Impresiones y Publicaciones Oficiales, para la impresión de trípticos del programa Paisano, de la Dirección General de Turismo; e impresión e instalación de anuncios luminosos, calcamonías y acrílicos oficiales para la Dirección de Ingresos, de Tesorería Municipal. Apoyo a la 5203 Maquinaria y Equipo de Construcción, para la compra de periladora para trabajos en pavimentación de calles y avenidas; a la 5206 Equipos de Computación Electrónica, para la adquisición de computadoras, para estimaciones y supervisiones; a la 5204 Equipos y Aparatos de Comunicaciones y Telecomunicaciones, para la compra de radios portátiles en la Dirección de Construcción, Costo y Licitación, de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. Apoyo presupuestal a la partida 9102 Pago de Intereses, para el pago de intereses de la deuda pública, de Tesorería Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otra parte, el concepto 8102 Erogaciones Imprevistas, se incrementa y
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9000 DEUDA PÚBLICA En este capítulo de gasto se autorizaron $55’330,170.12, es decir, el 3.83% del total del presupuesto aprobado, reflejando un incremento de $2´462,639.29, ubicándolo en $57’792,809.41; que representa el 4.00% del total modificado. - - - Se reduce la partida 9202 Adeudos por Ejercicios Anteriores Distintos de Servicios Personales, en Tesorería Municipal por reprogramación de recursos a la partida 8102 Erogaciones Imprevistas derivado del ajuste presupuestal; por apoyo a la 3301 Asesoría, sobre el seguro de casas dentro del pago del Impuesto Predial; a la 3903 Suscripciones y Cuotas, para el pago de la cuota anual por el servicio de mensajes para consulta de contribuyentes sobre adeudos de predial y multas de transito; a la 3402 Gastos Financieros, para el pago de comisiones bancarias; a la 5206 Equipos de Computación Electrónica, para compra de computadoras e impresoras en implementación del Sistema Integral de Información Financiera (SIIF); así mismo por reprogramación a partidas del capitulo 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales, para pagos de compromisos del Gasto Corriente. - - - - - - - - - - - - - - - Se reducen los conceptos 9203 Devoluciones por Adquisición de Bienes Muebles e Inmuebles, 9205 Devoluciones por Cobros Indebidos de Impuestos y Derechos, 9201 Adeudos por Ejercicios Anteriores por Servicios Personales, en Tesorería Municipal, por reprogramación a partidas del capitulo 2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales, para pagos de compromisos del Gasto Corriente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así mismo refleja incremento la partida 9201 Adeudos por Ejercicios Anteriores por Servicios Personales, para el pago de salarios caídos correspondientes al ejercicio 2006 en Secretaría del Ayuntamiento, con transferencia de recursos del concepto 3301 Asesoría; y en la Dirección General de Seguridad Pública salarios caídos de febrero 2005 a diciembre de 2006, con transferencia de recursos de la partida 1101 Sueldos. - - - - - - - - - - - - A continuación se muestran los cuadros por Capitulo, Dependencia y Programa del gasto para el control de las Erogaciones: - - - - - - - - - - - - - - - PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007 (CAPÍTULO) CVE
CAPITULOS
1000
SERVICIOS PERSONALES
2000
MATERIALES Y SUMINISTROS
3000
PRESUPUESTO AUTORIZADO
%
AMPLIACIÓN
REDUCCIÓN
VARIACIÓN
PRESUPUESTO MODIFICADO
%
621,714,560.20
43.02
12,668,668.96
17,510,700.85
-4,842,031.89
616,872,528.31
63,684,285.12
4.41
13,086,652.35
3,170,081.52
9,916,570.83
73,600,855.95
42.68 5.09
SERVICIOS GENERALES
247,740,165.69
17.14
29,631,450.49
38,841,303.66
-9,209,853.17
238,530,312.52
16.50
4000
TRANSFERENCIAS DE RECURSOS FISCALES
247,514,539.08
17.12
31,055,034.92
45,327,926.82
-14,272,891.90
233,241,647.18
16.14
5000
BIENES MUEBLES E INMUEBLES INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA PARA EL
63,917,701.46
4.42
9,888,830.73
3,847,075.82
6,041,754.91
69,959,456.37
4.84
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PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007 (DEPENDENCIA) CVE
PRESUPUESTO AUTORIZADO
DEPENDENCIAS
%
AMPLIACIÓN
REDUCCIÓN
VARIACIÓN
PRESUPUESTO MODIFICADO
%
01
H. AYUNTAMIENTO
16,175,528.90
1.12
710,860.19
793,201.58
-82,341.39
16,093,187.51
1.11
02
SINDICATURA
37,756,784.72
2.61
575,590.26
1,592,392.97
-1,016,802.71
36,739,982.01
2.54
03
PRESIDENCIA MUNICIPAL
12,467,386.20
0.86
1,367,569.44
290,492.77
1,077,076.67
13,544,462.87
0.94
04
ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL
13,324,100.59
0.92
598,587.35
524,848.56
73,738.79
13,397,839.38
0.93
05
DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
12,452,950.86
0.86
1,331,910.16
574,593.97
757,316.19
13,210,267.05
0.91
07
SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
51,107,266.66
3.54
2,960,617.47
3,676,876.68
-716,259.21
50,391,007.45
3.49
08
TESORERÍA MUNICIPAL
181,104,236.66
12.53
95,281,847.02
108,585,867.35
-13,304,020.33
167,800,216.33
11.61
09
207,105,647.81
14.33
5,073,003.71
3,830,608.72
1,242,394.99
208,348,042.80
14.42
10
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA COORD. GENERAL DE INFRAESTRUCT. , DES. URBANO Y ECOLOGÍA
228,939,938.23
15.84
12,784,637.60
5,030,711.90
7,753,925.70
236,693,863.93
16.38
11
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
115,856,202.89
8.02
12,211,271.04
7,629,639.25
4,581,631.79
120,437,834.68
8.33
12
OFICIALÍA MAYOR
50,965,178.85
3.53
12,641,672.85
1,430,394.48
11,211,278.37
62,176,457.22
4.30
13
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL CONSEJO MUNICIPAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA
61,245,200.56
4.24
13,857,988.01
3,998,473.20
9,859,514.81
71,104,715.37
4.92
11,636,728.66
0.81
1,084,521.30
0.00
1,084,521.30
12,721,249.96
0.88
21,644,496.24
1.50
0.00
0.00
0.00
21,644,496.24
1.50
17
DIR. GRAL. DE MANTENIMIENTO E IMAGEN URBANA INSTITUTO DEL DEPORTE Y DE LA JUVENTUD DE HERMOSIL
21,223,777.31
1.47
2,413,801.78
0.00
2,413,801.78
23,637,579.09
1.64
18
D.I.F. HERMOSILLO
40,826,268.52
2.82
2,805,184.39
889,081.88
1,916,102.51
42,742,371.03
2.96
19
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
5,426,093.55
0.38
316,230.25
242,457.26
73,772.99
5,499,866.54
0.38
20
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL
113,447,374.99
7.85
5,347,637.87
6,028,721.40
-681,083.53
112,766,291.46
7.80
21
COMISARÍA DE BAHÍA DE KINO
19,427,220.88
1.34
975,430.37
2,772,421.00
-1,796,990.63
17,630,230.25
1.22
22
COMISARÍA DEL POBLADO MIGUEL ALEMÁN
23,405,566.58
1.62
1,991,915.02
1,827,164.36
164,750.66
23,570,317.24
1.63
23
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN
17,272,227.50
1.20
0.00
131,317.66
-131,317.66
17,140,909.84
1.19
24
71,060,068.64
4.92
0.00
400,000.00
-400,000.00
70,660,068.64
4.89
25
ALUMBRADO PÚBLICO DE HERMOSILLO PROMOTORA INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO
8,000,000.00
0.55
0.00
500,000.00
-500,000.00
7,500,000.00
0.52
26
AGUA DE HERMOSILLO
60,509,449.75
4.19
9,000,000.00
41,800,000.00
-32,800,000.00
27,709,449.75
1.92
27
PLANTA TIF
979,175.74
0.07
2,656,904.17
0.00
2,656,904.17
3,636,079.91
0.25
28
19,056,230.51
1.32
920,440.16
0.00
920,440.16
19,976,670.67
1.38
29
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y ARTE COMISIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO DEL MPIO. DE HERMOSILLO
12,450,470.80
0.86
2,718,569.00
0.00
2,718,569.00
15,169,039.80
1.05
30
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO
10,477,711.52
0.72
3,057,042.80
133,967.22
2,923,075.58
13,400,787.10
0.93
TOTAL GENERAL
1,445,343,284.12
100.00
192,683,232.21
192,683,232.21
0.00
1,445,343,284.12
100.00
14 15
PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007 (PROGRAMA) CVE
PROGRAMAS
1L
PRESTACIONES SOCIALES
2D
PLANEACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
2L
MEJORAMIENTO URBANO
PRESUPUESTO AUTORIZADO 25,555,597.77
% 1.77
AMPLIACIÓN 5,349,064.95
REDUCCIÓN 1,759,950.50
VARIACIÓN 3,589,114.45
PRESUPUESTO MODIFICADO 29,144,712.22
% 2.02
8,134,412.16
0.56
59,854.98
166,685.53
-106,830.55
8,027,581.61
0.56
344,500,022.00
23.84
17,609,178.93
10,807,853.93
6,801,325.00
351,301,347.00
24.31
28
A1
ADMINISTRACIÓN INTERNA
79,243,363.50
5.48
5,561,259.90
4,423,470.98
1,137,788.92
80,381,152.42
5.56
A2
ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL
94,325,884.91
6.53
3,696,949.82
5,362,698.03
-1,665,748.21
92,660,136.70
6.41
A7
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS
15,896,715.17
1.10
328,903.85
330,038.46
-1,134.61
15,895,580.56
1.10
AA
H. CABILDO
20,141,627.81
1.39
990,611.12
898,856.78
91,754.34
20,233,382.15
1.40
AF
ATENCIÓN DE ASUNTOS GUBERNAMENTALES Y DE APOYO TEC
10,868,556.28
0.75
618,550.31
477,909.44
140,640.87
11,009,197.15
0.76
AG
APOYO ADMINISTRATIVO
17,450,992.91
1.21
1,060,592.64
519,464.40
541,128.24
17,992,121.15
1.24
AK
COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN SOCIAL
7,652,198.39
0.53
862,735.67
360,362.29
502,373.38
8,154,571.77
0.56
AM
APOYO AL MEJORAMIENTO SOCIAL, CÍVICO Y MATERIAL DE
130,891,806.09
9.06
18,221,295.95
4,863,592.62
13,357,703.33
144,249,509.42
9.98
BQ
SEGURIDAD PÚBLICA
207,961,364.98
14.39
5,412,583.41
5,413,628.17
-1,044.76
207,960,320.22
14.39
D1
AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
10,157,095.89
0.70
462,515.26
478,156.77
-15,641.51
10,141,454.38
0.70
D2
EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTID
2,849,523.45
0.20
424,303.38
65,523.18
358,780.20
3,208,303.65
0.22
DA
DEFINICIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA POLÍTICA DE PLANEACIÓN
2,622,912.32
0.18
55,428.02
55,114.40
313.62
2,623,225.94
0.18
DK
COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DESARROLLO SOCIAL
3,026,478.74
0.21
281,869.32
442,511.87
-160,642.55
2,865,836.19
0.20
DQ
DEFINICIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA POLÍTICA DE CONTROL
92,918,194.61
6.43
4,191,098.21
25,429,671.06
-21,238,572.85
71,679,621.76
4.96
DT
TURISMO
10,165,511.97
0.70
3,004,308.98
114,348.85
2,889,960.13
13,055,472.10
0.90
EB
RECAUDACIÓN FISCAL
14,375,669.52
0.99
84,881,833.86
79,353,041.83
5,528,792.03
19,904,461.55
1.38
EC
ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE FONDOS Y VALORES PROPI
4,491,828.35
0.31
244,892.40
82,890.51
162,001.89
4,653,830.24
0.32
EE
FISCALIZACIÓN
9,595,465.82
0.66
411,023.20
348,634.51
62,388.69
9,657,854.51
0.67
EO
CATASTRO
10,735,944.24
0.74
135,152.97
696,148.52
-560,995.55
10,174,948.69
0.70
EP
APOYO A LOS ACTOS DE ADMINISTRACIÓN A TRAVÉS DE LO
EY
ADMINISTRACIÓN FISCAL Y RECAUDACIÓN
7,239,122.34
0.50
8,595,005.11
246,062.93
8,348,942.18
15,588,064.52
1.08
50,849,531.38
3.52
5,436,059.87
2,934,161.89
2,501,897.98
53,351,429.36
3.69
FE LR
ADMINISTRACIÓN
26,775,210.93
1.85
3,304,906.85
901,554.35
2,403,352.50
29,178,563.43
2.02
FOMENTO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
11,928,348.11
0.83
2,718,569.00
0.00
2,718,569.00
14,646,917.11
1.01
YY
SALUD
10,054,461.09
0.70
377,117.23
406,024.79
-28,907.56
10,025,553.53
0.69
ZO
ASISTENCIA SOCIAL
46,381,644.83
3.21
2,888,002.03
1,173,617.63
1,714,384.40
48,096,029.23
3.33
1,445,343,284.12 100.00
192,683,232.21
192,683,232.21
0.00
1,445,343,284.12
100.00
TOTAL GENERAL
29 AMPLIACIONES LÍQUIDAS AL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007
CLAVE
PARTIDA
CONCEPTO
IMPORTE
ACUMULADO
1004AM02
6209
1004AM02
6209
1004AM02
6209
1RA MINISTRACION DE LA AMPLIACIÓN PALO VERDE
570,035.00
1303AM04
1201
1RA Y 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
498,155.00
1303AM04
2103
1RA Y 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
118,512.00
1303AM04
3406
1RA Y 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
689.00
1303AM04
3602
1RA Y 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
31,243.00
1303AM04
4104
1RA Y 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
106,972.00
1303AM04
1201
1303AM04
2103
RESCATE AMPLIACIÓN PALO VERDE
1303AM04
3406
RESCATE AMPLIACIÓN PALO VERDE
141.00
1303AM04
3602
RESCATE AMPLIACIÓN PALO VERDE
6,507.00
1303AM04
4104
RESCATE AMPLIACIÓN PALO VERDE
13081L04
1201
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
13081L04
2103
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
77,449.00
13081L04
3601
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
105,000.00
13081L04
4104
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
581,561.00
13081L04
5103
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
157,901.00
23013D01
4101
2DA MINISTRACIÓN DE HÁBITAT 2007
284,076.00
1307AM06
5206
PREMIO IN MUJERES
39,380.00
1307AM06
5103
PREMIO IN MUJERES
30,399.00
13081L04
1201
HABITAT AMPLIACIÓN
73,060.00
13081L04
2103
HABITAT AMPLIACIÓN
9,700.00
13081L04
3601
HABITAT AMPLIACIÓN
43,300.00
13081L04
4104
HABITAT AMPLIACIÓN
93,750.00
13081L04
5103
HABITAT AMPLIACIÓN
208,215.00
11022L13
5208
HABITAT AMPLIACIÓN
1,128,750.00
3,885,991.00
1004AM02
6209
I ETAPA IMAGEN URBANA P.M.A
4,000,000.00
4,000,000.00
1004AM02
6209
II ETAPA DE IMAGEN URBANA, VILLA DE SERIS ESTATAL
2,750,000.00
1004AM02
6209
II ETAPA DE IMAGEN URBANA, VILLA DE SERIS FEDERAL
2,750,000.00
26013B09
4101
TRABAJOS DE REPARACIÓN POZO EL TRIUNFO (REMANENTES FISIM)
1004AM02
6209
11022L13 10036K01
1RA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS 2DA MINISTRACIÓN DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
RESCATE AMPLIACIÓN PALO VERDE
1,157,089.00 1,145,633.00
76,093.00 27,251.00
32,520.00
3,770,840.00
1,053,450.00
5,500,000.00
40,000.00
40,000.00
FIDEM (FIDEICOMISO P/OBRA)
6,166,275.17
6,166,275.17
5208
DERECHO EXPLOTACIÓN BIO-GAS EN EL RELLENO SANITARIO
2,710,100.00
2,710,100.00
3509
CONATUR PROGRAMA DEL ÁRBOL
134,516.20
134,516.20
1004AM02
6209
TERCERA MINISTRACION DE HABITAT 2007
13081L04
3601
TERCERA MINISTRACION DE HABITAT 2007
1004AM02
6209
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
1,503,583.00
1303AM04
1201
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
326,381.00
1303AM04
2103
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
79,008.00
1303AM04
3406
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
459.00
1303AM04
3602
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
20,828.00
1303AM04
4104
TERCERA MINISTRACION DE RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS
1004AM02
6209 1201
SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE)
1303AM04 1303AM04 1303AM04 1303AM04 1303AM04 1303AM04 1004AM02
2103 3406 3601 3602 4104 6209
SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) SEGUNDA MINISTRACION DE ESPACIOS PUBLICOS(PALO VERDE) FIDEM (FIDEICOMISO PARA OBRA) TOTAL DE INGRESOS EXTRAORDINARIOS PENDIENTE DE AUTORIZAR
4,915,100.00 70,563.00
83,243.00
4,985,663.00
2,013,502.00
570,035.00 70,504.00 27,250.00 142.00 5,588.00 6,508.00 32,521.00
712,548.00
8,947,098.44
8,947,098.44
42,866,533.81
42,866,533.81
Adicionalmente, se presentan los siguientes Ingresos Extraordinarios por un importe de $42’866,533.81, que a continuación se detallan: Por lo anterior a continuación se muestran los cuadros según Capítulo, Dependencia y Programa:
30
8000 EROGACIONES EXTRAORDINARIAS
16,321,627.87
9000 DEUDA PÚBLICA
57,792,809.41 TOTAL GENERAL
1,445,343,284.12
1.13
0.00
16,321,627.87
1.10
4.00
0.00
57,792,809.41
3.88
42,866,533.81
100.00
1,488,209,817.93
100.00
PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007 (DEPENDENCIA) PRESUPUESTO CVE
DEPENDENCIA
ORIGINAL
%
AMPLIACIÓN
PRESUPUESTO TOTAL
%
01
H. AYUNTAMIENTO
16,093,187.51
1.11
16,093,187.51
1.08
02
SINDICATURA
36,739,982.01
2.54
36,739,982.01
2.47
03
PRESIDENCIA MUNICIPAL
13,544,462.87
0.94
13,544,462.87
0.91
04
ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL
13,397,839.38
0.93
13,397,839.38
0.90
05
DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
13,210,267.05
0.91
13,210,267.05
0.89
07
SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
50,391,007.45
3.49
50,391,007.45
3.39
08
TESORERÍA MUNICIPAL
167,800,216.33
11.61
167,800,216.33
11.28
09
DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
208,348,042.80
14.42
208,348,042.80
14.00
10
COORD. GRAL. DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA
236,693,863.93
16.38
34,609,364.81
271,303,228.74
18.23
11
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
120,437,834.68
8.33
3,838,850.00
124,276,684.68
8.35
12
OFICIALÍA MAYOR
62,176,457.22
4.30
62,176,457.22
4.18
13
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL
71,104,715.37
4.92
75,198,958.37
5.05
14
CONSEJO MUNICIPAL DE CONCERTACIÓN PARA LA OBRA PÚBLICA
12,721,249.96
0.88
12,721,249.96
0.85
15
DIR. GRAL. DE MANTENIMIENTO E IMAGEN URBANA
21,644,496.24
1.50
21,644,496.24
1.45
17
INSTITUTO DEL DEPORTE Y DE LA JUVENTUD DE HERMOSILLO
23,637,579.09
1.64
23,637,579.09
1.59
18
D.I.F. HERMOSILLO
42,742,371.03
2.96
42,742,371.03
2.87
19
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
20
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL
21
4,094,243.00
5,499,866.54
0.38
5,499,866.54
0.37
112,766,291.46
7.80
112,766,291.46
7.58
COMISARÍA DE BAHÍA DE KINO
17,630,230.25
1.22
17,630,230.25
1.18
22
COMISARÍA DEL POBLADO MIGUEL ALEMÁN
23,570,317.24
1.63
23,570,317.24
1.58
23
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN
17,140,909.84
1.19
17,424,985.84
1.17
24
ALUMBRADO PÚBLICO DE HERMOSILLO
70,660,068.64
4.89
70,660,068.64
4.75
25
PROMOTORA INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO
26
AGUA DE HERMOSILLO
27
PLANTA TIF
28
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y ARTE
29
COMISIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO DEL MPIO. DE HERMOSILLO
30
DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO TOTAL GENERAL
7,500,000.00
0.52
27,709,449.75
1.92
3,636,079.91 19,976,670.67
284,076.00
7,500,000.00
0.50
27,749,449.75
1.86
0.25
3,636,079.91
0.24
1.38
19,976,670.67
1.34
15,169,039.80
1.05
15,169,039.80
1.02
13,400,787.10
0.93
13,400,787.10
0.90
1,445,343,284.12
100.00
1,488,209,817.93
100.00
40,000.00
42,866,533.81
PRESUPUESTO DE EGRESOS 2007 (PROGRAMA) CVE
PROGRAMA
1L
PRESTACIONES SOCIALES
2D
PLANEACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
2L
MEJORAMIENTO URBANO
PRESUPUESTO ORIGINAL
%
AMPLIACIÓN
29,144,712.22
2.02
8,027,581.61
0.56
351,301,347.00
24.31
2,403,386.00
3,838,850.00
PRESUPUESTO TOTAL 31,548,098.22
% 2.12
8,027,581.61
0.54
355,140,197.00
23.86
31
A1
ADMINISTRACIÓN INTERNA
80,381,152.42
5.56
80,381,152.42
5.40
A2
ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL
92,660,136.70
6.41
92,660,136.70
6.23
A7
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS
15,895,580.56
1.10
15,895,580.56
1.07
AA
H. CABILDO
20,233,382.15
1.40
20,233,382.15
1.36
AF
ATENCIÓN DE ASUNTOS GUBERNAMENTALES Y DE APOYO TEC
11,009,197.15
0.76
11,009,197.15
0.74
AG
APOYO ADMINISTRATIVO
17,992,121.15
1.24
17,992,121.15
1.21
AK
COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN SOCIAL
8,154,571.77
0.56
8,154,571.77
0.55
AM
APOYO AL MEJORAMIENTO SOCIAL, CÍVICO Y MATERIAL DE
144,249,509.42
9.98
180,415,215.03
12.12
BQ
SEGURIDAD PÚBLICA
207,960,320.22
14.39
207,960,320.22
13.97
D1
AUDITORÍA GUBERNAMENTAL
10,141,454.38
0.70
10,141,454.38
0.68
D2
EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTID
3,208,303.65
0.22
3,208,303.65
0.22
DA
DEFINICIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA POLÍTICA DE PLANEACIÓN
2,623,225.94
0.18
2,623,225.94
0.18
DK
COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA DE DESARROLLO SOCIAL
2,865,836.19
0.20
2,865,836.19
0.19
DQ
DEFINICIÓN Y CONDUCCIÓN DE LA POLÍTICA DE CONTROL
71,679,621.76
4.96
71,679,621.76
4.82
DT
TURISMO
13,055,472.10
0.90
13,055,472.10
0.88
EB
RECAUDACIÓN FISCAL
19,904,461.55
1.38
19,904,461.55
1.34
EC
ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE FONDOS Y VALORES PROPI
4,653,830.24
0.32
4,653,830.24
0.31
EE
FISCALIZACIÓN
9,657,854.51
0.67
9,657,854.51
0.65
EO
CATASTRO
10,174,948.69
0.70
10,174,948.69
0.68
EP
APOYO A LOS ACTOS DE ADMINISTRACIÓN A TRAVÉS DE LO
15,588,064.52
1.08
15,588,064.52
1.05
EY
ADMINISTRACIÓN FISCAL Y RECAUDACIÓN
53,351,429.36
3.69
53,351,429.36
3.58
FE
ADMINISTRACIÓN
29,178,563.43
2.02
29,178,563.43
1.96
LR
FOMENTO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
14,646,917.11
1.01
14,646,917.11
0.98
YY
SALUD
10,025,553.53
0.69
10,025,553.53
0.67
ZO
ASISTENCIA SOCIAL
48,096,029.23
3.33
48,096,029.23
3.23
1,445,343,284.12
100.00
1,488,209,817.93
100.00
TOTAL GENERAL
36,165,705.61
42,866,533.81
- - - Es así, que con base en el Artículo 136, Fracción XI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, en relación con los Artículos 61, Fracción IV, Inciso B) y J), 129, 130 y 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, en Artículo 7º del acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, apruebe, en el ejercicio de sus facultades, las Modificaciones realizadas del 01 de octubre al 14 de diciembre de 2007 en el Presupuesto de Egresos; así como las correspondientes a las Metas establecidas para las Dependencias y el Programa Operativo Anual de Inversión, y autorice modificar el monto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007 en los renglones expuestos, sin variar con ello el monto total de egresos autorizado de $1,445’343,284.12. Así también, con base en Artículo 136, Fracción XXI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, los Artículos 61, Fracción IV, Inciso B) y J), Artículos 129, 130 y 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, el Artículo 9 del acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, apruebe,
32
- - - PRIMERO.- Se recomienda a este H. Ayuntamiento, que con base en Artículo 136, Fracción XI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, en relación con los Artículos 61, Fracción IV, Inciso B) y J), 129, 130 y 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, en el Artículo 7º del acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, apruebe, en el ejercicio de sus facultades, las Modificaciones realizadas del 01 de octubre al 14 de diciembre de 2007 en el Presupuesto de Egresos; así como las correspondientes a las Metas establecidas para las Dependencias y el Programa Operativo Anual de Inversión, y autorice modificar el monto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007 en los renglones expuestos, sin variar con ello el monto total de egresos autorizado de $1’445,343,284.12. Así también, con base en Artículo 136, Fracción XXI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, los Artículos 61, Fracción IV, Inciso B) y J), Artículos 129, 130 y 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, Artículo 9 del acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, apruebe, en el ejercicio de sus facultades la ampliación de Ingresos Extraordinarios en un monto de $42’866,533.81, por lo que el monto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007 se ubicará en $1,488’209,817.93. - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- Se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con base en los Artículos 61 Fracción IV, Inciso J), 144 y demás relativos de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica a los 19 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN. COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA; C. María Dolores Martínez Aldaco, Presidenta; C. Iris Fernanda Sánchez Chiu, Secretaria; C. Juan Pablo Acosta Gutiérrez, Integrante; C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (16). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en los siguientes términos.- - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en el artículo 136, Fracción XI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, en relación con los Artículos
33
$1’445,343,284.12. Así también, con base en Artículo 136, Fracción XXI de la Constitución Política para el Estado de Sonora, los Artículos 61, Fracción IV, Inciso B) y J), Artículos 129, 130 y 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, Artículo 9 del acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007, se aprueba, en el ejercicio de sus facultades la ampliación de Ingresos Extraordinarios en un monto de $42’866,533.81, por lo que el monto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2007 se ubicará en $1,488’209,817.93. - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO. Se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con base en los Artículos 61 Fracción IV, Inciso J), 144 y demás relativos de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. - - - - - - - - - - - - - - B) RELATIVO A SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA RELATIVO A LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ANTECEDENTES - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En sesión de fecha 19 de diciembre de 2007, la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica, se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en la siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - - - - - - - - - - - - - - - - - - En virtud de que el Ayuntamiento de Hermosillo ha registrado ingresos adicionales, en relación con el monto autorizado para el ejercicio fiscal 2007 por concepto de ingresos ordinarios y extraordinarios, es necesario con base en las facultades de este H. Ayuntamiento, específicamente en lo que corresponde al articulo 61, fracción IV inciso B, informar a la legislatura local acerca de ellos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A continuación se muestran los conceptos e importes que modifican el presupuesto de ingresos, para el ejercicio fiscal 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La recaudación adicional obtenida dentro de los ingresos ordinarios corresponde principalmente a los siguientes motivos con sus respectivos importes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
34
Triunfo Sector Norte La recaudación obtenida dentro de los ingresos extraordinarios obedece a los siguientes programas que a continuación se detallan: $
9’500,000.00
Correspondientes al Programa al Turismo.
$ $
8’871,654.00 134,516.20
Correspondientes a la Ampliación del Programa Hábitat 2007. Recursos de CONAFUR para programa del Árbol
$
15’113,373.61 Correspondientes al Pago de la primera y segunda ministración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fideicomitente única de Administración Pública Centralizada para el programa El FIDEM.
$
6’496,890.00
Correspondientes al Pago de la primera y segunda ministración de Rescate de Espacios Públicos y primera ministración de la ampliación Palo Verde.
Lo anteriormente expuesto, representa un ingreso adicional y extraordinario por el orden de $42’866,533.81, lo que ubicaría al presupuesto de ingresos en un monto de $1,488’209,817.93. A continuación se presentan los cuadros modificados por capitulo de ingreso: PRESUPUESTO DE INGRESOS 2007 (CAPITULO) CAPITULO
PRESUPUESTO INICIAL
IMPUESTOS
393,917,938.51
DERECHOS
103,345,298.49
PRODUCTOS
25,219,581.00
APROVECHAMIENTOS CONTRIBUCIONES ESPECIALES POR MEJORAS INGRESOS PROPIOS PARTICIPACIONES
109,726,222.69
AMPLIACION
393,917,938.51 2,710,100.00
106,055,398.49 25,219,581.00
40,000.00
6,081,652.59 638,290,693.28
PRESUPUESTO AMPLIADO
109,766,222.69 6,081,652.59
2,750,100.00
486,488,830.00
641,040,793.28 486,488,830.00
APORTACIONES
248,921,457.00
INGRESOS ORDINARIOS
1,373,700,980.28
2,750,100.00
1,376,451,080.28
71,642,303.84
40,116,433.81
111,758,737.65
1,445,343,284.12
42,866,533.81
1,488,209,817.93
EXTRAORDINARIOS INGRESOS TOTALES
248,921,457.00
35
4000 1 0100
IMPUESTO PREDIAL URBANO
4000 1 0200
IMPUESTO PREDIAL RUSTICO
4000 2 0000
IMPUESTO DE TRAS. DOMINIO DE B. INMB.
4000 3 0000
IMPUESTOS S/DIVERSIONES Y ESPEC.
4000 4 0300 4000 4 0400
143,014,297.00
143,014,297.00
3,423,267.00
3,423,267.00
128,531,115.47
128,531,115.47
3,036,959.00
3,036,959.00
MEJORAS EN SERVICIOS PUBLICOS
2,806,039.00
2,806,039.00
FOMENTO AL DEPORTE
5,612,081.00
5,612,081.00
4000 4 0500
ASISTENCIA SOCIAL
5,612,036.00
5,612,036.00
4000 5 0000
S/LOTERIAS, RIFAS Y SORTEOS
1,679,165.00
1,679,165.00
4000 6 0100
REZAGO PREDIAL URBANO
86,876,324.04
86,876,324.04
4000 6 0200
REZAGO PREDIAL RUSTICO
2,610,875.00
2,610,875.00
4000 7 0000
IMPUESTO AL HOSPEDAJE
5,892,013.00
5,892,013.00
4000 8 0000
IMPUESTO PREDIAL EJIDAL IMPUESTO MPAL SOBRE TENENCIA O USO VEHICULO
177,012.00
177,012.00
4,646,755.00
4,646,755.00
4000 9 0000 DERECHOS
103,345,298.49
4001 01 0000
ALUMBRADO PUBLICO
4001 02 0000
SERVICIO DE LIMPIA
4001 04 0100
INHUM.EXHUM.O REINHUM.DE CADAVERES
4001 04 0200
INHUM.,EXHUM.O REINHUM.RESTOS HUMANOS
4001 04 0300
CREMACION DE CADAVERES O RESTOS HUMANOS
4001 04 0400
VENTA DE GAVETAS
4001 04 0500
SERVICIOS DE PANTEONES PARTICULARES REFRENDO ANUAL DE PANTEONES PARTICULARES USO DE PLAZAS, PARQUES Y AREAS PUB.
2,710,100.00
106,055,398.49
57,761,014.49
57,761,014.49
324.00
324.00
1,798,794.00
1,798,794.00
203.00
203.00
324.00
324.00
75,951.00
75,951.00
324.00
324.00
12,420.00
12,420.00
608,710.00
608,710.00
1,280,057.00
1,280,057.00
1,200.00
1,200.00
4001 10 0100
POLICIAS AUXILIARES SOLICITUD DE PLACAS PARA BICICLETAS Y MOTOCICLETAS SERVICIO DE ARRASTRE
287,492.00
287,492.00
4001 10 0200
SERVICIO DE ALMACENAJE
1,538,459.00
1,538,459.00
4001 10 0500
GRUAS PARTICULARES
5,788,141.00
5,788,141.00
4001 10 0800
EXAMEN P/OBTENCION DE LICENCIAS
1,937,708.00
1,937,708.00
4001 10 0900
1,546,420.00
1,546,420.00
324.00
324.00
0.00
0.00
4001 11 0000
ESTACIONAMIENTO EN AREAS RESTRINGIDAS AUT.P/ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO DE VEHICULOS POR LA INSTALACION DE INFRAESTRUCTURA DIVERSA ESTACIONAMIENTO PUBLICO
4001 13 0000
LICENCIAS Y PERMISOS ESPECIALES (ANUENCIAS)
3,968,689.00
4001 14 0100
EXPEDICION DE CONSTANCIA ZONIFICACION
721,586.00
4001 14 0300
AUT.FUSION,SUBDIV. O RELOTIF.TERRENOS
144,560.00
144,560.00
4001 14 0400
EXP.LICENCIA DE CONST.,MODIF.Y RECONS
11,554,306.00
11,554,306.00
4001 14 0500
EXP. DE CERTIF.DE SEGURIDAD(BOMBEROS)
1,620,857.00
1,620,857.00
4001 14 0700
AUTORIZACION DE FRACCIONAMIENTOS
3,098,744.00
3,098,744.00
4001 14 0900
EXPEDICION DE TITULOS
76,323.00
76,323.00
4001 14 1100
EXP.CERTIFICACIONES DE NUMERO OFICIAL ANUENCIA-INFORME-REGISTRO DE IMPACTO AMBIENTAL (ECOLOGIA) EXPEDICION DE CERTIFICADOS
325.00
325.00
478,738.00
478,738.00
3,977,527.00
3,977,527.00
4001 04 0600 4001 06 0400 4001 07 0100 4001 10
4001 10 1100 4001 10 1400
4001 14 1400 4001 16 0100
324.00
324.00 2,710,100.00
6,678,789.00 721,586.00
36
4001 16 1800 4001 16 1900 4001 16 2000 4001 28 0100
PRESTACION DE SERVS. EN LINEA (SERV.CATASTRALES) IMP.Y VTA. DE PROD.CARTOGRAFICOS(ORTOFOTOAEREA) CERTIFICADO CON MEDIDAS Y COLINDANCIAS SERVICIOS DE CONTROL EN SALUD ANIMAL (CAPTURA, VACUNACION, ETC.)
324.00
324.00
17,752.00
17,752.00
324.00
324.00
8,519.00
8,519.00
328.00
328.00
239,334.00
239,334.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00 10,539.00
4001 32 0700
ANUNCIOS A TRAVES PANTALLA ELECTRONICA 10M2 ANUNCIOS Y CARTELES LUMINOSOS HASTA 10M2 ANUNCIOS Y CARTELES NO LUMINOSOS HASTA 10M2 ANUNCIOS FIJADOS EN VEHICULOS TRANSP.PUBLICO PUBLICIDAD SONORA, FONETICA O AUTOPARLANTE ANUNCIOS Y/O PUBLICIDAD CINEMATOGRAFICA
4001 32 0800
OTROS MEDIOS
4001 33 0400
AGENCIA DISTRIBUIDORA
10,539.00
4001 33 0600
EXPENDIO
31,595.00
31,595.00
4001 33 0800
TIENDA DE AUTOSERVICIO
638,675.00
638,675.00
4001 32 0200 4001 32 0300 4001 32 0400 4001 32 0500 4001 32 0600
4001 33 0900
CANTINA, BILLAR O BOLICHE
4001 33 1000
CENTRO NOCTURNO
4001 33 1200
RESTAURANTE
4001 33 1400
TIENDA DEPARTAMENTAL
4001 33 1800
CENTRO DE EVENTOS O SALON DE BAILE
4001 33 2100
HOTEL Y MOTEL
4001 33 2200
CENTRO DE EVENTOS DEPORTIVO Y RECREATIVO
4001 33 2300 4001 33 2400
9,928.00
9,928.00
45,855.00
45,855.00
384,699.00
384,699.00
30,978.00
30,978.00
272,536.00
272,536.00
328.00
328.00
84.00
84.00
TIENDA DE ABARROTES
324.00
324.00
977.00
977.00
323.00
323.00
4001 35 0100
FABRICA ANUENCIAS EN CAMBIO DE DOMICILIO O AMP. DE GIRO FIESTAS SOCIALES O FAMILARIAS
1,542,416.00
1,542,416.00
4001 35 0200
KERMESSE
397.00
397.00
4001 35 0300
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
324.00
4001 35 0800
BAILES, GRADUACIONES, BAILES TRADICIONALES CARRERAS DE CABALLO, RODEOS,JARIPEOS Y E.PUBLICOS CARRERAS AUTOS, MOTOS Y EVENTOS PUBLICOS SIMILARES BOX, LUCHA, BEISBOL Y EVENTOS PUBLICOS SIMILARES FERIAS O EXP.GANADERAS, COMERCIALES Y E.PUB. PALENQUE
313.00
313.00
4001 35 0900
PRESENTACIONES ARTISTICAS
324.00
324.00
4001 35 1000
CONCIERTOS MUSICALES MASIVOS
324.00
324.00
4001 36 0000
PORTEADORA PROMOCIONES COMERCIALES Y EVENTOS ESPECIALES OTROS USOS
324.00
324.00
324.00
324.00
325.00
325.00
4001 34 0100
4001 35 0400 4001 35 0500 4001 35 0600 4001 35 0700
4001 37 0100 4001 37 0200 PRODUCTOS
25,219,581.00
4002 28 0100
FINANC. Y RENDIMIENTO DE CAPITALES
4002 28 0200
VENTA DE PLACAS PARA NOMENCLATURA
0.00
25,219,581.00
8,538,725.00
8,538,725.00
334.00
334.00
37
4002 29 0300
VENTA DE LOTES PARA PANTEON
4002 29 0400
ARREND. BIENES MUEBLES E INMUEBLES
APROVECHAMIENTOS
1,372,379.00
1,372,379.00
3,408.00
3,408.00
109,726,222.69
40,000.00
MULTAS DE TRANSITO
4003 01 0300
VIOLACION LEY INGRESOS Y H. MUNICIPAL
4003 01 0400
DESARROLLO URBANO
4003 01 0500
4003 01 0700
SERVICIOS PUBLICOS VIOLACION BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO MULTAS EXTEMPORANEAS
4003 08 0000
RECARGOS
4003 09 0000
REMATE DE ANIMALES MOSTRENCOS
4003 10 0000
INDEMNIZACIONES
66,481.00
66,481.00
4003 11 0000
DONATIVOS
619,892.00
619,892.00
4003 12 0000
REINTEGROS
221,935.00
221,935.00
4003 13 0200
MANEJO DE CUENTA
204,252.00
204,252.00
4003 13 1500
CREDITO A LA PALABRA
4003 13 2100
REMANENTE DEL INGRESO AUT. E. 2006
4003 13 2500
REMANENTE DE FISIM. 2003-2006
4,508,949.75
4003 14 0000
HONORARIOS DE COBRANZA
5,082,523.00
5,082,523.00
4003 15 0000
SANCIONES
0.00
0.00
335.00
335.00
284,391.00
284,391.00
4003 01 0600
4003 16 0000
ASESORIA Y DISEÑO DE SIST. CONTRA INCENDIO FONDO PARA EL EMPLEO PRODUCTIVO (ABONO A 4003 51 0000 CAPITAL) EXTRAORDINARIOS
28,019,947.00
109,766,222.69
4003 01 0200
28,019,947.00
84,612.00
84,612.00
603,340.00
603,340.00
50,347.00
50,347.00
5,511,456.00
5,511,456.00
14,697.00
14,697.00
46,527,748.01
46,527,748.01
40,495.00
40,495.00
34,893.00
34,893.00
17,849,928.93
17,849,928.93 40,000.00
4,548,949.75
71,642,303.84
40,116,433.81
111,758,737.65
0.00
9,500,000.00
9,500,000.00
4004 64 0000
PROGRAMA AL TURISMO
4004 65 0000
PROFEMOR (RECURSOS FEDERALES)
4004 66 0000
REFINANCIAMIENTO DE DEUDA
4004 67 0000
PROGRAMA ALIANZA (FOFAES)
4004 68 0000
PROGRAMA HABITAT 2007
4004 69 0000
FAFEF 2007 FDO. DE APORT.P/FORT.ENT.FED
14,250,500.00
4004 70 0000
CONVENIO DE DACION EN PAGO PIMH
12,750,296.40
4005 71 0000
CONAFUR
0.00
134,516.20
134,516.20
4005 72 0000
FIDEM
0.00
15,113,373.61
15,113,373.61
4005 00 0000
RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS
0.00
6,496,890.00
6,496,890.00
6,081,652.59
0.00
6,081,652.59
CONTRIBUCIONES ESPECIALES POR MEJORAS CONST. Y RECONST.BANQUETAS Y 4005 05 0100 GUARNICIONES 4005 06 0000 CONST. Y RECONST.DE OBRAS PUBLICAS
66,000.00
66,000.00
37,133,049.44
37,133,049.44
197,358.00 7,245,100.00
197,358.00 8,871,654.00
16,116,754.00 14,250,500.00 12,750,296.40
28,487.00
28,487.00
44,100.00
44,100.00
3,614.00
3,614.00
808,474.35
808,474.35
4005 07 0100
AGUA POTABLE (PROGRAMA SOLIDARIDAD)
4005 08 0200
ALCANTARILLADO PROG. SOLIDARIDAD
4005 09 0200
ELECTRIFICACION PROGRAMA SOLIDARIDAD
4005 10 0100
PAVIMENTACION PROURBE
4005 10 0200
PAVIMENTACION PRONASOL
4005 10 0300
PAVIMENTACION PROG. SOLIDARIDAD
4005 10 0400
COMUR
4005 10 0500
CMCOP ETAPA 1 (CIRCUITO SOLIDARIDAD)
49,439.00
49,439.00
4005 10 0600
CMCOP ETAPA 2 (CIRCUITO SOLIDARIDAD)
136,755.00
136,755.00
20,482.00
20,482.00
2,577,846.24
2,577,846.24
16,322.00
16,322.00
448,227.00
448,227.00
2,354.00
2,354.00
38
4005 10 1700
CMCOP COL. ADOLFO DE LA HUERTA
5,037.00
5,037.00
4005 10 1800
CMCOP COL. SAN JAVIER
3,317.00
3,317.00
4005 10 1900
CMCOP. AVE DE LOS YAQUIS
4005 10 2000
BLVD. PROGRESO Y MORELOS
4005 10 2100
BLVD. QUIROGA Y COLOSIO
PARTICIPACIONES
36,087.00
36,087.00
515,103.00
515,103.00
800,002.00 486,488,830.00
800,002.00 0.00
486,488,830.00
5001 00 0000
FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES
416,881,736.00
416,881,736.00
5002 00 0000
IMPUESTO SOBRE ALCOHOL Y TABACO
11,419,062.00
11,419,062.00
5003 00 0000
FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL
18,740,282.00
18,740,282.00
5004 00 0000
TENENCIA O USO DE VEHICULOS
18,772,056.00
18,772,056.00
5005 00 0000
PARTICIPACIONES MULTAS FEDERALES
3,814,327.00
3,814,327.00
5007 00 0000
PARTICIPACION ESTATAL PREDIAL EJIDAL
5011 00 0000
FONDO DE IMPUESTO DE AUTOS NUEVOS
5012 00 0000
COEFICIENTE DE PREMIOS Y LOTERIAS
5015 00 0000
ZONA FEDERAL MARITIMA
77,343.00
77,343.00
5018 00 0000
PARTICIPACION TENENCIA ESTATAL
977,654.00
977,654.00
5019 00 0000
PARTICIPACION ESTATAL PLACAS
762,892.00
762,892.00
5020 00 0000
PARTICIPACION IMP./IND.COM. Y P.SERV.
161,412.00
161,412.00
5021 00 0000
REVALIDACION LIC. BEBIDAS ALCOHOLICAS
6,575,832.00
6,575,832.00
5024 00 0000
FONDO DE COMPENSACION PARA RESARCIMIENTO POR DISM DEL IAN
2,202,322.00
2,202,322.00
APORTACIONES 5013 00 0000
FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL
5014 00 0000
FONDO P/INFRAESTRUCTURA SOCIAL MPAL.
INGRESOS TOTALES
12.00
12.00
5,465,102.00
5,465,102.00
638,798.00
638,798.00
248,921,457.00
0.00
248,921,457.00
209,317,002.00
209,317,002.00
39,604,455.00
39,604,455.00
1,445,343,284.12
42,866,533.81
1,488,209,817.93
- - - Por lo que con base en lo anteriormente expuesto, con apoyo en el Artículo 73 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y en los Artículos 35 y 48 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, esta Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública somete a la consideración de este H. Cuerpo Colegiado el siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: En base lo dispuesto por los artículos 50, 61 fracción I y IV inciso B, 69 fracción IV, y demás relativos de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, Se solicita a este H. Ayuntamiento, las modificaciones realizadas en el Presupuesto de Ingresos y autorice modificar el monto del Presupuesto de Ingresos para el ejercicio fiscal 2007, mismo que se ubicaría en un monto de $1,488’209,817.93. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con base en el Capítulo Tercero, Artículo 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y se autorice para ello al C. Presidente Municipal, con el refrendo del Secretario para realizar las gestiones y actos
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cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (17). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con 22 votos presentes, el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Con fundamento en los artículos 50, 61 fracción I y IV inciso B, 69 fracción IV, y demás relativos de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, Se autorizan las modificaciones realizadas en el Presupuesto de Ingresos y se autoriza modificar el monto del Presupuesto de Ingresos para el ejercicio fiscal 2007, mismo que se ubicaría en un monto de $1,488’209,817.93. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se ordena su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con base en el Capítulo Tercero, Artículo 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y se autoriza para ello al C. Presidente Municipal, con el refrendo del Secretario para realizar las gestiones y actos necesarios para la consecución del fin.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C) RELATIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA RELATIVO AL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -ANTECEDENTES - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En sesión de fecha 19 de diciembre de 2007, la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica, se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en la siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - - - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución Política del Estado de Sonora, Ley de Planeación del Estado de Sonora y Ley de Gobierno y Administración Municipal, es obligación del Ayuntamiento procurar e impulsar el bienestar, la seguridad de la población y promover su mejoramiento económico y social, prestando los servicios públicos de competencia municipal, así como planear y conducir sus
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participación de la comunidad, ya que en este proceso intervinieron los representantes de Asociaciones y Agrupaciones, sociales, privadas así como representantes de las Cámaras, Sociedad Organizada (COMPAS), Instituciones Educativas y Delegados Municipales del área Rural, su participación fue de emitir opiniones en la integración del Programa Operativo Anual y Presupuesto de Egresos para contribuir conjuntamente en el desarrollo integral del Estado y los Municipios. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Todo lo anteriormente expuesto, se realizó en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política, en la Ley de Planeación de Sonora y en la Ley de Gobierno y Administración Municipal, de considerar el proceso de planeación y programación con la participación de la comunidad, como un medio eficaz para el buen desempeño del Gobierno Municipal. - - - - - - - - - - - - Este proceso de planeación, que inicia con la integración del Plan Municipal de Desarrollo 2007-2009, está orientado a que los programas del Gobierno Municipal sean validados por el Comité de Planeación Municipal, en el cual se determinan en forma conjunta los objetivos, estrategias y líneas de acción a desarrollar en el Municipio en beneficio de nuestra comunidad. - - - - De las líneas de acción derivadas del Plan Municipal de Desarrollo, se ha integrado el Programa Operativo Anual 2008, el cual ha sido la base para determinar los objetivos generales y programas a desarrollar por esta Administración Municipal en la elaboración del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008. -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se realizaron asignaciones presupuestarias a nivel de Dependencia y Entidad Municipal, por programa y subprograma, definidas éstas en el respectivo clasificador por objeto del gasto; en estas previsiones de gasto se realizaron sus principales características y los criterios que justifican la asignación de los recursos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asimismo, se cuantificaron las metas por programa y subprograma, con sus unidades de medida, indicadores de medición y denominación; se incluyeron objetivos prioritarios que pretenden alcanzar la justificación de éstos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En este proceso de programación se consideraron una serie de lineamientos de observancia general, criterios de racionalidad y control del gasto, así como las normas y lineamentos para el ejercicio del gasto, que se determinaron conjuntamente con la Oficialía Mayor, la Dirección General de Desarrollo Organizacional, el Órgano de Control y Evaluación Gubernamental y la Tesorería Municipal; todo esto, para que se consideraran por parte de las Dependencias y Entidades Paramunicipales para realizar sus estimaciones
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principalmente en las dependencias de Seguridad Pública Municipal, Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, Dirección General de Servicios Públicos, Tesorería Municipal y la Dirección General de Desarrollo Organizacional; por otra parte, se destinó a las Paramunicipales la cantidad de 220’634,278.53, que representa el 15.16% del presupuesto total. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que, el gasto público municipal en relación con la Administración Directa, se distribuye en los siguientes capítulos de gasto: para el capítulo de Servicios Personales se programaron recursos por $690’658,895.23 que corresponde al 47.47% del presupuesto total, de estos recursos la mayor parte se destinan para la nómina del personal y para los pensionados y jubilados del Municipio; en Materiales y Suministros se programaron $72’260,949.28, que representa el 4.97%, que en su mayoría son para el concepto de combustibles para el parque vehicular propiedad del municipio, entre otras partidas; en Servicios Generales se destinaron $182’258,320.01 que representa el 12.53%, estos recursos son principalmente para el mantenimiento y conservación del relleno sanitario, los mantenimientos de maquinaria y equipo y equipo de transporte; para el capítulo de Transferencias de Recursos Fiscales se asignó un importe de $30’243,875.15, que representa el 2.08%, destinados para apoyo de Becas, Ayudas Diversas y Apoyo y Subsidio a la Vivienda; en el capítulo de Bienes Muebles e Inmuebles, se programaron $48’903,121.02, que representa el 3.36%, destinándose recursos principalmente para la adquisición de equipo de computación, vehículos y equipo terrestre, equipo de limpieza y recolección de basura, terrenos y los vehículos para seguridad pública; en el capítulo Inversiones en Infraestructura para el Desarrollo se asignó un importe de $142’000,001.00 que representa el 9.76%; en Erogaciones Extraordinarias se programaron $15’652,069.62, que representa el 1.08%; para el pago de la Deuda Pública Municipal se programaron $52’406,951.16, que representa el 3.60%, de los cuales $50’101,951.16 serán destinados para el pago de Deuda Pública y el resto para los Adeudos por Ejercicios Fiscales Anteriores. Y por último, para apoyo principalmente a las Entidades Paramunicipales, se destinaron recursos por $220´634,278.53, que representan el 15.16% del presupuesto total, correspondiendo $54´000,000.00 al pago del Servicio de Alumbrado Público y $166´634,278.53 como subsidio para el pago de servicios personales, gasto de operación y para la realización de obras de inversión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otra parte, considerando la sectorización que esta Administración Municipal utilizó para la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo 2007-
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prestación y mejoramiento de los Servicios Públicos se encuentra la recolección de basura, forestación, remodelación y construcción de plazas y parques del Municipio, iluminación de la ciudad, limpieza de calles y avenidas, mejoramiento del servicio de los panteones municipales y la limpieza de lotes baldíos entre otros, acciones que van a contribuir a que mejoren la calidad de vida de nuestros habitantes; en este sentido se destinaron recursos por 537 millones 711 mil 871 pesos para la realización de estas acciones y obras, monto que representa el 36.96% en relación al presupuesto sectorial del municipio.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con el propósito de garantizar la seguridad de las personas y la estabilidad social del Municipio, y poder disminuir el índice delictivo en nuestro Municipio en este año se destinaron recursos en materia de Seguridad Pública Municipal por un importe de 254 millones 409 mil 459 pesos, que corresponde al 17.48% del presupuesto asignado en relación al presupuesto sectorial, con este presupuesto se va mejorar la capacitación y formación de mejores policías municipales, la adquisición de nuevas patrullas y equipamiento, dignificaciones de espacios públicos de comandancias municipales y la implementación de programas estratégicos que garanticen la seguridad en la ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En atención a la población más necesitada, vulnerable y de escasos recursos, se implementaron programas y acciones sociales para lo cual se programaron recursos para la atención de esta población, en materia de Desarrollo Social por un importe de 182 millones 613 mil 032 pesos, importe que representa el 12.55% del presupuesto sectorial, la implementación de estos programas son dirigidos para los sectores mas marginados del área rural, de las etnias, adultos mayores, niños en riesgo, jóvenes, mujeres que sufren problemas de violencia intrafamiliar, personas con capacidades diferentes, la implementación de programas de atención a la salud, programas preventivos, programas alimenticios, becas, torneos, espacios deportivos, capacitación, desarrollo comunitario y programas de culturales entre otros. - - - - Para mejorar, fomentar y fortalecer el Desarrollo Económico y consolidar al municipio como un destino turístico, atractivo, seguro y con servicios de calidad, así como promocionar servicios integrales para el establecimiento, desarrollo y competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa, y la generación de empleos, este año se programaron recursos en este sector por 30 millones 280 mil 911 pesos, mismos que corresponde el 2.08% del presupuesto total. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Para el buen manejo, eficiencia, coordinación y administración de los
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pesos, que representan el 3.60% del presupuesto sectorial. - - - - - - - - - - - - - - - - Con base en lo anteriormente expuesto, y para los efectos de lo establecido por el artículo 61, fracción IV, inciso C, de la Ley de gobierno y Administración Municipal y de conformidad con los dispuesto en los artículos 129, 130, 132, 137, 138 y 141, del mismo ordenamiento, se presenta ante el H. Ayuntamiento, para su consideración el Proyecto del Presupuesto de Egresos para Ejercicio Fiscal 2008 el cual asciende a un importe total de $1,455,018,461.00 de recursos Municipales a ejercer por las distintas Dependencias y Entidades Municipales, para la consecución y logros de sus objetivos, metas, acciones y obras a realizar por éstas, en beneficio del desarrollo económico y social del Municipio así como para la eficiente prestación de los servicios públicos municipales, se presenta para su consideración y aprobación el Proyecto del Presupuesto de Egresos 2008 ante la H. Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública. - - - - - - - - - - - - - - - De acuerdo a lo estipulado en los artículos señalados, el Presupuesto de Egresos que comprende además de los subsidios, apoyos, donaciones, estímulos y demás conceptos de gasto que, con el carácter de transferencias de recursos, se otorgan a entidades, organismos e instituciones que realizan actividades, obras o servicios acordes a los objetivos y metas del Plan Municipal de Desarrollo, así como la amortización y pago de intereses de la deuda pública municipal y pago de adeudos de ejercicios fiscales anteriores. - - - En virtud de lo anteriormente expuesto y a efecto de cumplir con lo dispuesto en los Artículos 136, Fracción XXII de la Constitución Política del Estado de Sonora y Artículo 61, Fracción IV, Inciso C; Artículo 91, Fracción V y Artículos 73, 78, Fracción IV y 141 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y Artículo 48 fracción II del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento, esta Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - UNICO.- Se recomienda a este H. Ayuntamiento de Hermosillo emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2008 ARTICULO 1º.- El Presupuesto de Egresos del Municipio de Hermosillo que regirá
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PRESUPUESTO DE EGRESOS 2008 (CAPITULO) CVE
CAPITULO
PRESUPUESTO 2008
% PART
1000
SERVICIOS PERSONALES
2000
MATERIALES Y SUMINISTROS
690,658,895.23
47.47
3000
SERVICIOS GENERALES
4000 5000 6000
INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL
8000
EROGACIONES EXTRAORDINARIAS
9000
DEUDA PUBLICA
52,406,951.16
3.60
1,234,384,182.47
84.84
54,000,000.00
3.71
166,634,278.53
11.45
72,260,949.28
4.97
182,258,320.01
12.53
TRANSFERENCIAS DE RECURSOS FISCALES
30,243,875.15
2.08
BIENES MUEBLES E INMUEBLES
48,903,121.02
3.36
142,000,001.00
9.76
15,652,069.62
1.08
ADMINISTRACION DIRECTA 3000
SERVICIOS GENERALES
4000
TRANSFERENCIAS DE RECURSOS FISCALES ADMINISTRACION PARAMUNICIPAL TOTAL GENERAL
220,634,278.53
15.16
1,455,018,461.00
100.00
ARTICULO 3º.- Con la finalidad de llevar a cabo las actividades programadas, el Presupuesto de Egresos se clasifica para su Ejercicio por Dependencia y Entidades a las que se les otorgará apoyo presupuestario en lo siguiente: PRESUPUESTO DE EGRESOS 2008 (DEPENDENCIA) CVE 01 02 03 04 05 07 08 09 10 11 12 13 19 20 21 22 30
DEPENDENCIA
PRESUPUESTO 2008
% PART
H. AYUNTAMIENTO SINDICATURA PRESIDENCIA MUNICIPAL ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN GUBERNAMENTAL DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO TESORERÍA MUNICIPAL DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PÚBLICOS OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL COMISARÍA DE BAHÍA DE KINO COMISARÍA DEL POBLADO MIGUEL ALEMÁN DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO ADMINISTRACION DIRECTA
17,732,172.22 29,493,986.74 13,206,356.72 14,099,893.17 12,999,446.32 50,700,989.14 165,140,304.00 234,059,480.52 262,840,038.23 129,042,389.87 54,045,900.17 62,552,576.05 5,063,538.37 131,091,335.65 18,664,577.05 23,655,451.27 9,995,746.98 1,234,384,182.47
1.22 2.03 0.91 0.97 0.89 3.48 11.35 16.09 18.06 8.87 3.71 4.30 0.35 9.01 1.28 1.63 0.69 84.84
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ARTICULO 4º.- Con la finalidad de llevar a cabo las actividades programadas, el Presupuesto de Egresos se clasifica para su Ejercicio por Programa en lo siguiente: PRESUPUESTO DE EGRESOS 2008 (PROGRAMA) CVE
PROGRAMA
1L 2D 2L 2V 3R 5H 5P 6H 6K A1 A2 A7 AA AF AG AK AM BQ D1 D2 DA DK DQ DT EB EC EE EO EP EY FE YY ZO
PRESTACIONES SOCIALES PLANEACION DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS MEJORAMIENTO URBANO VIVIENDA SUELO URBANO PRESERVACION, IMPULSO Y DIFUSION DE LA CULTURA PROMOCION DEL DEPORTE PROTECCION Y RESTAURACION ECOLOGICA PLANEACION Y PROGRAMACION DE LA POLITICA ECOLOGICA ADMINISTRACION INTERNA ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL ADMINISTRACION DE LOS BIENES Y SERVICIOS H. CABILDO ATENCION DE ASUNTOS GUBERNAMENTALES Y DE APOYO TEC APOYO ADMINISTRATIVO COMUNICACION Y DIFUSION SOCIAL APOYO AL MEJORAMIENTO SOCIAL, CIVICO Y MATERIAL DE SEGURIDAD PUBLICA AUDITORIA GUBERNAMENTAL EVALUACION DE LA GESTION DE LAS DEPENDENCIAS Y ENT DEFINICION Y CONDUCCION DE LA POLITICA DE PLANEACI COORDINACION DE LA POLITICA DE DESARROLLO SOCIAL DEFINICION Y CONDUCCION DE LA POLITICA DE CONTROL TURISMO RECAUDACION FISCAL ADMINISTRACION Y CONTROL DE FONDOS Y VALORES PROPI FISCALIZACION CATASTRO APOYO A LOS ACTOS DE ADMINISTRACION A TRAVES DE LO ADMINISTRACION FISCAL Y RECAUDACION ADMINISTRACION SALUD ASISTENCIA SOCIAL
2L 3D 5H 5P 5R AM LR
ADMINISTRACION DIRECTA MEJORAMIENTO URBANO PLANEACION Y PROGRAMACION DEL DESARROLLO URBANO PRESERVACION, IMPULSO Y DIFUSION DE LA CULTURA PROMOCION DEL DEPORTE IMPULSO Y APOYO A LA JUVENTUD APOYO AL MEJORAMIENTO SOCIAL, CIVICO Y MATERIAL DE FOMENTO Y PROMOCIÓN ECONÓMICA
PRESUPUESTO 2008
% PART
25,870,401.55 8,716,835.02 285,233,101.96 2,500,000.00 24,852,269.91 316,196.03 89,219.52 77,018.10 6,713,356.74 83,495,851.07 111,481,302.37 16,161,253.61 21,647,690.48 10,980,203.76 15,866,266.62 9,195,243.02 134,517,198.26 228,206,577.17 9,927,508.30 4,368,966.12 3,266,884.59 2,877,280.70 60,140,993.12 8,750,995.61 19,111,171.61 3,898,298.38 11,943,558.16 10,395,956.61 7,633,320.15 61,957,328.71 27,467,762.55 11,234,137.70 5,490,034.97
1.78 0.60 19.60 0.17 1.71 0.02 0.01 0.01 0.46 5.74 7.66 1.11 1.49 0.75 1.09 0.63 9.25 15.68 0.68 0.30 0.22 0.20 4.13 0.60 1.31 0.27 0.82 0.71 0.52 4.26 1.89 0.77 0.38
1,234,384,182.47 80,355,111.57 19,863,061.63 21,005,942.22 15,292,060.34 8,244,766.30 17,520,155.32 12,040,398.33
84.84 5.52 1.37 1.44 1.05 0.57 1.20 0.83
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NOMBRE
IMPORTE
C. PRESIDENTE MUNICIPAL
73,744.00
C. SINDICO PROCURADOR
48,373.00
C. REGIDOR
27,031.00
El incremento en dichas percepciones se realizará a partir del mes de Septiembre del 2008, conforme al Acuerdo del Ayuntamiento, celebrado el día 11 de septiembre de 2003 y asentado en Acta No.83, que dice: “UNICO: Se autoriza un aumento anual en la dieta en la misma proporción que se incremente el Índice Nacional de Precios al Consumidor en los últimos 12 meses al mes de septiembre de cada año, ajuste que podrá aplicarse anualmente a partir del 16 de septiembre del año 2004, debiéndose prever en el Presupuesto de Egresos del 2004 y los siguientes”. ARTICULO 7º.- Se faculta al C. Tesorero Municipal para que, durante el ejercicio fiscal del 2008, efectúe las transferencias necesarias entre las partidas del Presupuesto de Egresos autorizado, para compensar los faltantes de unas con los remanentes de otras sin recurrir a ampliaciones. Corresponderá a la Tesorería Municipal, resolver dentro del ámbito de sus funciones, la procedencia de ése trámite de control presupuestal. ARTICULO 8º.- Los Titulares de las dependencias y entidades del Gobierno Municipal, en el ejercicio de sus presupuestos aprobados, serán responsables de que se ejecuten con oportunidad y eficiencia las acciones previstas en sus respectivos programas, así como de cumplir estrictamente las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal que el C. Presidente Municipal les comunique por conducto de la Tesorería. La inobservancia de estas disposiciones motivará el fincar las responsabilidades a que haya lugar, conforme a la ley de la materia. ARTICULO 9º.- Se faculta al C. Tesorero Municipal para que, previa autorización del H. Ayuntamiento, efectúe las modificaciones presupuestales correspondientes, si durante el ejercicio del presupuesto los ingresos varían respecto de los programados, o se presentan circunstancias extraordinarias que afecten las prioridades del Municipio. Quedará bajo la responsabilidad de la citada dependencia la implementación de los procedimientos respectivos. ARTICULO 10º.- Las entidades del Gobierno Municipal e Instituciones particulares que en el Ejercicio Fiscal del año 2008 reciban recursos del H. Ayuntamiento para su sostenimiento, desarrollo de sus actividades, o cualquier otro fin, estarán obligadas a presentar informes mensuales al C. Presidente Municipal, a través de la Tesorería Municipal, dependencia que ejercerá la supervisión normativa que asegure la correcta utilización de los fondos. ARTICULO 11º.- En el ejercicio de las asignaciones previstas en el Presupuesto de Egresos, todo documento que implique un compromiso de gasto, deberá contar con la
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contravengan lo anterior y notificará al Órgano de Control y Evaluación Gubernamental; asegurando así la ejecución de los programas y recursos asignados. ARTICULO 13º.- Las partidas de este presupuesto se ejercerán cuidando que la afectación no exceda la asignación mensual que le corresponda al programa respectivo, de acuerdo al Calendario de Egresos que para tal efecto determine la Tesorería Municipal. Los titulares y funcionarios de las dependencias y entidades del Gobierno Municipal, serán responsables de aquellos compromisos contraídos fuera de los importes autorizados en sus presupuestos. ARTICULO 14º.- El Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, en el ejercicio de sus atribuciones, verificará el cumplimiento, por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, de este Acuerdo que aprueba el Presupuesto de Egresos para el año 2008 del Municipio de Hermosillo y la aplicación de las disposiciones normativas inherentes al Ejercicio del Gasto Público y fincará las responsabilidades a que haya lugar en los casos de incumplimiento. ARTICULO 15º.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 228 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, así como en el artículo 25 del Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del H. Ayuntamiento de Hermosillo, se proponen, para ser incluidos en el Presupuesto de Egresos del 2008, los rangos económicos límites necesarios para la sustanciación de cada uno de los procedimientos aplicables a la adjudicación de pedidos relativos de bienes muebles y contratos de arrendamiento y prestación de servicios. TIPO DE ADQUISICIÓN, ARRENDAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Adjudicación Directa por parte de la Oficialía Mayor:
BASE DE CÁLCULO
Cuando el monto total de la operación no exceda de 30 veces el salario mínimo general mensual vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora Invitación restringida a tres proveedores extendida por Oficialía Cuando el monto total de la operación exceda el monto señalado en la fracción Mayor: anterior pero sin rebasar de 500 veces el salario mínimo general mensual vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora Invitación restringida a cinco proveedores extendida por el Cuando el monto total de la operación exceda del monto de 500 veces el Oficial Mayor en su carácter de Presidente del Comité de equivalente al salario mínimo general mensual vigente en la ciudad de Adquisiciones: Hermosillo, Sonora, pero sin superar al equivalente de 1500 veces el salario mínimo general mensual vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora. A través de Licitaciones Públicas: Cuando el monto total de la operación exceda 1500 veces el salario mínimo general mensual vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora.
ARTICULO 16º.- Se aprueba el Programa Operativo Anual para el Ejercicio del 2008, que se encuentra anexo a la presente, conteniéndose en éste el diagnóstico, los objetivos, estrategias, líneas de acción, los proyectos de inversión y metas desde la utilización de recursos directos del Municipio; así como aquellos que habrán de convenirse, tanto con el Gobierno del Estado y el Gobierno Federal. ARTICULO 17º.- Se aprueba el Clasificador por Objeto de Gasto, el Catalogo de Dependencias, Unidades Administrativas, Programas, Subprogramas y Actividades Públicas Municipales.
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INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN URBANA DE HERMOSILLO
19,863,061.63
1.37
24
ALUMBRADO PÚBLICO DE HERMOSILLO
80,355,111.57
5.52
28
INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA Y ARTE
21,005,942.22
1.44
29
COMISIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO
12,040,398.33
0.83
31
INSTITUTO HERMOSILLENSE DE LA JUVENTUD ADMINISTRACIÓN PARAMUNICIPAL
8,244,766.30
0.57
220,634,278.53
15.16
ARTÍCULO 19.- En forma adicional, total del impuesto de traslación de dominio que hubiere pagado por la operación. La devolución será del 100% del impuesto pagado cuando el valor de la vivienda no sea mayor a 10 veces el salario mínimo diario general vigente en el municipio, elevado al año y del 50%, cuando el valor de la vivienda esté entre 10 y 15 veces el salario mínimo diario general vigente elevado al año, en la forma y términos que acuerde la Tesorería Municipal. T R A N S I T O R I O S ARTICULO 1º.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 142 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, una vez aprobado el Presupuesto de Egresos se remita copia autorizada de dicho acuerdo a la Secretaría de Gobierno del Ejecutivo del Estado para su publicación del presente Presupuesto de Egresos en el Boletín del Gobierno del Estado. ARTICULO 2°- De registrarse alguna variación entre el monto del presente Presupuesto de Egresos y el de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos que en su oportunidad decrete el Congreso del Estado, este cuerpo colegiado autorizará la modificación correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 144 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. ARTÍCULO 3º.- Se autorice en su caso, al C. Presidente Municipal para que con el refrendo del Secretario a más tardar el 31 de Diciembre, remita copia del Acuerdo que apruebe el Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Gobierno del Ejecutivo del Estado, para su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado; así como la remisión del Presupuesto de Egresos y sus Anexos, al Instituto Superior de Auditoria y Fiscalización, dentro de los primeros diez días del mes de enero del año 2008; lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 142 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.
- - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica a los 19 días del mes de diciembre de 2007. - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN. COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA; C. María Dolores Martínez Aldaco, Presidenta; C. Iris Fernanda Sánchez
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año 2008, en los términos que se establecen en el dictamen, contándose con las abstenciones de los regidores: Rodolfo Flores Hurtado, José Ávila Muñoz, Martín Miranda López, Eunice Mara Lachica Fernández, María Guadalupe Morales Cota, Francisca Salazar, Juan Alfonso Ung Navarro y Dorotea Razcón Gámez, el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - ------------------------------------------------------ - - D) RELATIVO AL PROYECTO DE ACUERDO QUE ESTABLECE LAS BASES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO PARA EL AÑO 2008.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA RELATIVO AL PROYECTO DE ACUERDO QUE ESTABLECE LAS BASES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES, DURANTE EL EJERCICIO FISCAL DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, PARA EL AÑO 2008. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ANTECEDENTES - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En sesión de fecha 19 de diciembre de 2007, la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica, se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en la siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - - - - - - - - - - - - - - - - - Las presentes bases generales tienen su origen en el artículo séptimo de la ley de ingresos y presupuesto de ingresos del ayuntamiento de hermosillo para el ejercicio fiscal 2008. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Estas bases contemplan los requisitos para el otorgamiento de estímulos fiscales tales como: reducciones, descuentos, plazos para el pago diferido o en parcialidades de las contribuciones y se encuadran en la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sonora y en la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2008, reconociendo que los elementos constitutivos de los tributos: sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, fecha o periodo de pago, han sido ya establecidos por las referidas Leyes. - - - - - - - - - - - - - -
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mejor trato a quienes lo necesitan y generar mejores condiciones para la inversión privada en el municipio, de tal forma que cuidando la calidad de vida de estos grupos sociales y mejorando las condiciones de inversión, se contribuya a elevar la calidad de vida de los habitantes de Hermosillo. - - - - - - - - Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115, fracciones II y IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 136, fracción XIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, así como del artículo 18 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sonora, y de los artículos 1, 3 y 7 de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2008, este Ayuntamiento emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO BASES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 7 DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO SONORA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008. Articulo 1.- Las presentes bases generales serán aplicables durante la vigencia de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo Sonora, para el ejercicio fiscal 2008. Su aplicación y ejecución corresponde a la Tesorería Municipal, la que se podrá auxiliar para el cumplimiento de las mismas bases, de las dependencias y entidades paramunicipales del ayuntamiento. Estas bases tienen por objeto establecer los requisitos para el otorgamiento de beneficios, descuentos y estímulos fiscales a que se refiere el artículo 7 de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Municipio de Hermosillo Sonora, vigente en 2008. Estas bases comprenden las siguientes contribuciones y aprovechamientos: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX.
Impuesto Predial Impuesto Sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos Derecho del servicio de Alumbrado Público Derecho del servicio público de panteones. Derecho del servicio de tránsito municipal Derecho de los servicios en materia de desarrollo urbano Contribuciones especiales por mejoras Multas IMPUESTO PREDIAL
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2
$
38,910.01
$
179,265.00
$
379.01
0.00972751
3
$
179,265.01
$
351,479.00
$
1,746.15
0.00942876
4
$
351,479.01
$
869,867.00
$
3,369.91
0.00912064
5
$
869,867.01
$
1,733,847.00
$
8,097.94
0.00863210
6
$
1,733,847.01
$
2,597,827.00
$
15,555.90
0.00858106
7
$
2,597,827.01
$ 9,999,999,999.00
$
22,969.76
0.00877200
El descuento se obtendrá, de la multiplicación del factor de descuento, por la diferencia entre el valor catastral del predio y el límite inferior del rango donde se encuentre el valor catastral mismo, y la suma del descuento mínimo de ese rango, aplicando la siguiente fórmula: D = Dm + (Vc – Li) x (Fd) Donde: D = Descuento Aplicable Dm = Descuento Mínimo Vc = Valor Catastral Li = Limite Inferior Fd = Factor de Descuento Con el propósito de proteger el patrimonio cultural y artístico que representan algunos bienes inmuebles en la ciudad de Hermosillo, a los propietarios o poseedores de predios urbanos construidos, que se encuentren dentro de la delimitación del centro histórico; o fuera de él, cuando se trate de predios con construcción histórica ó artística, en los términos que señala la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas y su Reglamento, y se encuentren dentro de un proyecto de conservación, reconstrucción, restauración ó remodelación, en beneficio del patrimonio cultural, aprobado por la Coordinación de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. Una vez hecho el descuento de acuerdo con la tabla anterior, se les hará una descuento adicional del 50%. Artículo 3. Con la finalidad de mejorar la imagen urbana, promover y alentar las actividades empresariales y/o de servicios, atraer inversión mexicana o extranjera, la protección al medio ambiente, cuidado del agua, la generación de empleos y el bienestar de los ciudadanos en el municipio, la Tesorería Municipal aplicará los siguientes descuentos: I.
50%, a los propietarios o poseedores de predios urbanos baldíos que sean utilizados en la realización de actividades empresariales y/o de servicios y que estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes. El descuento aplicará previa solicitud del propietario y/o poseedor que cumpla con los requisitos citados. II. En materia de atracción de nuevas inversiones y fomento a las actividades empresariales y/o de servicios se considerarán los siguientes descuentos:
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c. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos inicien actividades empresariales durante el presente año, que cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales y reutilicen en sus procesos al menos el 50% de esas aguas. d. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos inicien actividades empresariales durante el presente año, y el número de empleos otorgados a discapacitados y/o mayores de 60 años sea cuando menos el 10% del total de su planta laboral. Los interesados en obtener los beneficios señalados en esta fracción solicitarán a la Comisión de Fomento Económico la emisión del dictamen de cumplimiento de él o los supuestos establecidos en esta fracción, mismo que se turnará a la Tesorería Municipal para los efectos conducentes. III.
Para fomentar la ampliación de inversión, en industrias y servicios ya existentes se considerarán los siguientes descuentos: a. El 25%, a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos amplíen la inversión en sus actividades empresariales, durante el presente año, y ésta sea superior a $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos M. N.). b. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos amplíen la inversión en sus actividades empresariales, durante el presente año, y generen cuando menos 10 nuevos empleos. c. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos amplíen la inversión en sus actividades empresariales, durante el presente año, que cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales y reutilicen en sus procesos al menos el 50% de esas aguas. d. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos amplíen la inversión en sus actividades empresariales, durante el presente año, y el número de empleos otorgados a discapacitados y/o mayores de 60 años sea cuando menos el 10% del total de su planta laboral. Los interesados en obtener los beneficios señalados en esta fracción solicitarán a la Comisión de Fomento Económico la emisión del dictamen de cumplimiento de él o los supuestos establecidos en esta fracción, mismo que se turnará a la Tesorería Municipal para los efectos conducentes.
Artículo 4. Para fomentar las acciones de urbanización, las que contribuyan al mejoramiento de la imagen urbana y del medio ambiente del municipio y en general, al mejor uso y aprovechamiento del suelo, así como la protección del ingreso de los grupos
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II.
50%, propietarios o poseedores de predios baldíos lotificados ó urbanizados, producto de una lotificación, propiedad de fraccionadores o desarrolladores, que cuenten con convenio de autorización para fraccionar, debidamente publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, conforme a la Ley Ordenamiento Territorial y de Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, destinados para la construcción de vivienda, que no tengan más de cinco años de haberse lotificado, siempre y cuando dichos predios no se encuentren registrados con valores catastrales provisionales o en breña.
III.
25%, a los propietarios o poseedores de predios urbanos baldíos, que estén debidamente acondicionados y se utilicen como estacionamiento privado o accesorios por el contribuyente o sea objeto de un contrato de arrendamiento para ese fin.
IV.
50% a los, propietarios o poseedores de predios urbanos baldíos, dedicados a la prestación de servicios educativos, debidamente autorizados por la Secretaria de Educación y Cultura.
V.
50%, a los propietarios o poseedores de predios urbanos baldíos, clasificados con el carácter de reserva ecológica en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano de Centro de Población, que estén permanente y debidamente acondicionados, arborizados y con mantenimiento adecuado.
Los descuentos señalados en las fracciones anteriores, se aplicarán, previa solicitud del propietario ante la Dirección de Catastro, quien verificará si se reúnen los requisitos que lo justifiquen. Artículo 5. Con el fin de fomentar las actividades agrícolas, ganaderas, acuícolas, mineras y turísticas, a los propietarios o poseedores de predios rurales, se les hará un descuento en el monto de su impuesto predial, con base a la siguiente tabla:
1
LIMITE INFERIOR $ 1.00
LIMITE SUPERIOR $ 4,454.00
DESCUENTO MÍNIMO -$ 48.99
2
$
4,454.01
$
70,000.00
-$
0.01
0.009459097
3
$
70,000.01
$
150,000.00
$
620.00
0.008875000
4
$
150,000.01
$
250,000.00
$
1,330.00
0.007200000
5
$
250,000.01
$
500,000.00
$
2,050.00
0.009000000
6
$
500,000.01
$
1,250,000.00
$
4,300.00
0.009266667
7
$
1,250,000.01
$
2,000,000.00
$
11,250.00
0.009000000
8
$
2,000,000.01
$
3,560,000.00
$
18,000.00
0.008756410
9
$
3,560,000.01
$
7,000,000.00
$
31,660.00
0.008383721
RANGO
FACTOR DE DESCUENTO 0.011000000
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D = Dm + (Vc – Li) x (Fd) Donde: D = Descuento Aplicable Dm = Descuento Mínimo Vc = Valor Catastral Li = Limite Inferior Fd = Factor de Descuento Artículo 6. Con el objeto de reducir su margen de vulnerabilidad económica, se aplicará un descuento adicional del 50%, a los jubilados, pensionados, viudas, discapacitados, menores de edad en orfandad o personas mayores de 60 años, al predio construido de su propiedad o posesión, que utilicen como su vivienda, siempre y cuando el valor catastral del predio, no sea mayor que el límite superior del rango número 4 de la tabla señalada en el artículo 2. Artículo 7. Con el objeto de estimular acciones de asistencia y beneficencia hacia grupos vulnerables, y reconociendo lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo por edad, sexo o discapacitados, a las asociaciones religiosas legalmente constituidas y registradas en los términos de la Ley Federal de Asociaciones Religiosas y Culto Público, se les aplicará una reducción adicional del 50%, en los predios de su propiedad o posesión, cuyo uso sea la práctica del culto religioso y, que estén abiertos al público en los términos de las leyes de la materia, previa solicitud a la Tesorería Municipal. Artículo 8. La Tesorería Municipal aplicará a las instituciones de asistencia privada o beneficencia, a las sociedades o asociaciones civiles sin fines de lucro y con programas de asistencia social, legalmente constituidas y registradas ante las autoridades competentes, un descuento adicional del 50% del impuesto predial, a los predios de su propiedad o posesión, que se utilicen en forma permanente para el desarrollo de sus actividades sustantivas, previo dictamen de la Dirección de Ingresos y a solicitud del interesado. Artículo 9. El solicitante de los descuentos adicionales, establecidos en los artículos 2, último párrafo, 7, 8 y 9, se sujetará a lo siguiente: I. Presentar solicitud a la Tesorería Municipal, adjuntando la información y documentos probatorios. II. Las solicitudes se someterán a revisión y dictamen por el área de Tesorería Municipal que corresponda, para verificar que el sujeto del impuesto se encuentra en los supuestos respectivos. III. En caso de emitirse dictamen negativo, el contribuyente podrá pedir su reconsideración, aportando los elementos probatorios idóneos.
55
I. El 50%, a los fraccionadores y desarrolladores, personas físicas o morales, que adquieran predios para construir desarrollos habitacionales de vivienda progresiva o de interés social con valor de hasta 20 veces el salario mínimo diario general vigente en el municipio elevado al año, a solicitud del interesado. Aquellos desarrolladores o fraccionadores que se acojan al presente beneficio tendrán la obligación de dar inicio al proceso administrativo del fraccionamiento o desarrollo, informando de ello a la Dirección de Catastro de Tesorería Municipal en el ejercicio fiscal 2008. De no ser así, se generará un saldo a favor de Tesorería Municipal por el importe del descuento. II. Con la finalidad de promover y alentar las actividades empresariales y/o de servicios, atraer inversión mexicana o extranjera, la protección al medio ambiente, el cuidado del agua, la generación de empleos y la ocupación de adultos mayores y discapacitados, la Tesorería Municipal aplicará los siguientes descuentos: a. El 25%, a los adquirentes de predios urbanos y rurales baldíos, que se adquieran con el propósito de iniciar actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, si el monto de la inversión inicial es superior a $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos M.N.). b. El 25% a los adquirentes de predios urbanos y rurales, que en los mismos inicien actividades empresariales durante el presente año, y generen cuando menos 10 nuevos empleos. c. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos inicien actividades empresariales durante el presente año, que cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales y reutilicen en sus procesos al menos el 50% de esas aguas. d. El 25% a los propietarios o poseedores de predios urbanos y rurales, que en los mismos inicien actividades empresariales durante el presente año, y el número de empleos ocupados por discapacitados y/o mayores de 60 años sea cuando menos el 10% del total de su planta laboral. Los interesados en obtener los beneficios señalados en esta fracción solicitarán a la Comisión de Fomento Económico la emisión del dictamen de cumplimiento de los supuestos establecidos en esta fracción, mismo que se turnará a la Tesorería Municipal para los efectos conducentes. III. 50%, cuando se trate de la adquisición de predios, que se encuentren dentro de la delimitación del centro histórico, o fuera de él cuando se trate de predios con construcción histórica ó artística, en los términos que señala la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas y su Reglamento, y
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desarrollo de su objeto social, previo dictamen de la Dirección de Catastro y a solicitud del interesado. IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS Artículo 12. Con el propósito de mejorar la recaudación e incentivar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, a los propietarios de vehículos automotores, que demuestren no tener adeudo por infracciones de tránsito y por impuesto de tenencia municipal al 31 de diciembre del 2007, no se les cobrará el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2008. DERECHO DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO Artículo 13. En términos del párrafo tercero del artículo 73 de la Ley de Ingresos, con el fin de proteger los ingresos de los grupos vulnerables económicamente, se pagará una cuota denominada social por la cantidad de $10.00, cuando se trate de los siguientes casos: I.
Los propietarios o poseedores de un predio sin conexión de servicio de energía eléctrica, si dicho bien inmueble es el único de su propiedad o posesión y, que su valor catastral sea inferior a 400 días de salarios mínimos diarios vigentes en la ciudad de Hermosillo, Sonora, o
II.
Los usuarios del servicio de energía eléctrica, cuando el inmueble en el que se presta el servicio sirva como casa habitación del propietario o poseedor y el ingreso mensual familiar total que no exceda al equivalente a 100 días de salarios mínimos diarios vigentes en la ciudad de Hermosillo, Sonora. El interesado deberá acreditar ante Tesorería Municipal, que cumple con los requisitos contemplados en alguna de las fracciones anteriores o forma parte del padrón de grupos vulnerables beneficiarios de la Tesorería Municipal. SERVICIO PÚBLICO DE PANTEONES
Artículo 14. Con el objeto de proteger a los grupos vulnerables, cuando se trate de servicios de inhumación en fosas, exhumaciones y/o cremación, incluyendo la venta del lote, solicitados por los deudos o instituciones de asistencia social que así lo soliciten, se les aplicará un descuento del 50% del servicio público. SERVICIOS DE TRANSITO MUNICIPAL Por la presentación de exámenes para la obtención de licencias. Artículo 15. Con el objeto de proteger a las personas en estado de vulnerabilidad económica, a los a los jubilados, pensionados, discapacitados o personas mayores de 60 años, se concederá un descuento del 50% en el cobro del derecho correspondiente.
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Licencias de Construcción.Artículo 17. Con la finalidad de promover y alentar las actividades empresariales del sector industrial manufacturero, las dedicadas a proporcionar servicios turísticos ó las que presten servicios a favor del medio ambiente, cuidado del agua y preservación de los recursos naturales del Municipio; así como incentivar la inversión mexicana o extranjera, la generación y aplicación de nuevas tecnologías en el municipio, la generación de empleos y la ocupación de adultos mayores y discapacitados, la Tesorería Municipal podrá aplicar a quienes así lo soliciten, los siguientes descuentos a personas físicas o morales con actividades empresariales. Los descuentos a los que se refiere el presente artículo se otorgarán bajo los siguientes supuestos: a. El 25%, a los solicitantes de licencias de construcción de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, si el monto de la inversión inicial es superior a $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos M.N.). b. El 25% a los solicitantes de licencias de construcción de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, y generen cuando menos 10 nuevos empleos. c. El 25% a los solicitantes de licencias de construcción de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, que cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales y reutilicen en sus procesos al menos el 50% de esas aguas. d. El 25% a los solicitantes de licencias de construcción de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, y el número de empleos a discapacitados y/o mayores de 60 años sea cuando menos el 10% del total de su planta laboral. Los interesados en obtener los beneficios señalados en esta fracción solicitarán a la Comisión de Fomento Económico la emisión del dictamen de cumplimiento de él o los supuestos establecidos en esta fracción, mismo que se turnará a la Tesorería Municipal para los efectos conducentes. Licencias de Uso de Suelo.Artículo 18. Con el fin de fomentar la vivienda digna, el desarrollo sustentable, el uso adecuado del suelo urbano y una mejor calidad de vivienda en los nuevos desarrollos habitacionales de las familias hermosillenses, por los derechos correspondientes a licencias de uso del suelo, convenio de autorización de fraccionamiento, licencias de construcción, expedición de números oficiales y demás licencias, permisos y/o autorizaciones
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Artículo 19. Con la finalidad de promover y alentar las actividades empresariales del sector industrial manufacturero, las dedicadas a proporcionar servicios turísticos ó las que presten servicios a favor del medio ambiente, cuidado del agua y preservación de los recursos naturales del Municipio; así como incentivar la inversión mexicana o extranjera, la generación y aplicación de nuevas tecnologías en el municipio, la generación de empleos y la ocupación de adultos mayores y discapacitados, la Tesorería Municipal podrá aplicar a quienes así lo soliciten, los siguientes descuentos a personas físicas o morales con actividades empresariales. Los incentivos a que se refiere el presente artículo se otorgará bajo los siguientes supuestos: a. El 25%, a los solicitantes de licencias de uso de suelo de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, si el monto de la inversión inicial es superior a $250,000.00 (Doscientos cincuenta mil pesos M.N.). b. El 25% a los solicitantes de licencias de uso de suelo de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, y generen cuando menos 10 nuevos empleos. c. El 25% a los solicitantes de licencias de uso de suelo de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, que cuenten con plantas de tratamiento de aguas residuales y reutilicen en sus procesos al menos el 50% de esas aguas. d. El 25% a los solicitantes de licencias de uso de suelo de predios urbanos y rurales, que inicien actividades empresariales en dichos predios, durante el presente año, y el número de empleos a discapacitados y/o mayores de 60 años sea cuando menos el 10% del total de su planta laboral. Los interesados en obtener los beneficios señalados en esta fracción solicitarán a la Comisión de Fomento Económico la emisión del dictamen de cumplimiento de él o los supuestos establecidos en esta fracción, mismo que se turnará a la Tesorería Municipal para los efectos conducentes. REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DE SERVICIOS Artículo 20. En el caso de los jubilados, pensionados, viudas, madres solteras, discapacitados o personas mayores de 60 años, que estén ejerciendo personalmente actividades de comercio u oficios en la vía pública, que el permiso esté a su nombre y no tengan ningún otro adeudo vencido con el Ayuntamiento, se les podrá reducir el pago por la renovación de su permiso anual para el 2008 en un 50%, si realizan su trámite y pago en el primer bimestre del año. Para poder otorgar la reducción anterior, el interesado deberá cumplir con los siguientes
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Artículo 21. Con el propósito de proteger a aquellas personas en estado de vulnerabilidad económica, que siendo propietarios, copropietarios o poseedores de predios beneficiados por la realización de obras públicas, acrediten su situación de pensionado o jubilado, adulto mayor de 60 años, viuda con hijos menores de edad, menor en estado de orfandad o de persona discapacitada, se le hará un descuento del 50% de la Contribución Especial por Mejoras, durante el ejercicio fiscal de 2008. Este descuento será aplicable previa solicitud del contribuyente y verificación de estado de vulnerabilidad económica por parte de Tesorería Municipal. MULTAS DE TRANSITO Artículo 22. Con el fin de incentivar que cada automóvil cuente con el seguro de daños contra terceros en las personas y/o en sus bienes y al mismo tiempo, proteger a las víctimas de accidentes de tránsito, a los propietarios de vehículos de propulsión automotriz con residencia en el municipio, durante el ejercicio fiscal de 2008, se les hará un descuento del 50% en el pago de las multas determinadas, por infracciones de tránsito cometidas en dicho ejercicio. Para esto efectos el contribuyente exhibirá el original y entregará copia simple de la póliza vigente correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Artículo 23. A los contribuyentes en condiciones económicas desfavorables que hayan adquirido su vivienda o lotes a través de INFONAVIT, FOVISSSTE, FOVISSSTESON, Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo o cualquier otra dependencia o entidad federal o estatal promotora de vivienda hasta el 31 de diciembre del 2003 y anteriores, que no hayan presentado la manifestación de traslación de dominio, para efectos de regularización de la situación jurídica de sus viviendas, se les cobrará el Impuesto correspondiente en base a los valores referidos a la fecha de adquisición, descontando los recargos por este concepto siempre y cuando el Impuesto Predial y Contribuciones por Mejoras se encuentren sin adeudo ante la Tesorería Municipal. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO. Las presentes bases tendrán el mismo período de vigencia que la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo para el ejercicio fiscal del 2008.
- - - Por lo que con base en lo anteriormente expuesto, con apoyo en el Artículo 73 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y en los Artículos 35 y 48 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, esta Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública somete a la consideración de este H. Cuerpo Colegiado el siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Bases Generales para el otorgamiento de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, para el año 2008, en los términos anteriormente descritos, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, previo refrendo del Secretario del Ayuntamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica a los 19 días del mes de diciembre de 2007. - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN. COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA; C. María Dolores Martínez Aldaco, Presidenta; C. Iris Fernanda Sánchez Chiu, Secretaria; C. Juan Pablo Acosta Gutiérrez, Integrante; C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (19). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con las abstenciones de los regidores: Rodolfo Flores Hurtado, José Ávila Muñoz, Martín Miranda López, Eunice Mara Lachica Fernández, María Guadalupe Morales Cota, Francisca Salazar y Juan Alfonso Ung Navarro, el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se autoriza el presente Proyecto de Acuerdo que establece las Bases Generales para el otorgamiento de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, para el año 2008. - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se autoriza al C. Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 61 fracción II inciso K) y 348 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, solicite la publicación del presente Acuerdo que establece las Bases Generales para el otorgamiento de estímulos fiscales, durante el ejercicio fiscal de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, para el año 2008, en los términos anteriormente descritos, en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, previo refrendo del Secretario del Ayuntamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - E) CONVENIO DE COORDINACIÓN CON EL OBJETO DE EFICIENTAR EL PROCESO DE RECAUDACIÓN EN MATERIA DE
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Patrimonio y Cuenta Publica se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - - - - - - Por lo que con base en lo anteriormente expuesto, con apoyo en el Artículo 73 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y en los Artículos 35 y 48 del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, se emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se recomienda al H. Ayuntamiento de Hermosillo, para que autorice y convenie fijar las bases de cooperación y coordinación entre las partes, tendientes a eficientar el proceso de recaudación fiscal en materia de tránsito vehicular, para quedar como sigue: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LOS C.C. ING. EDUARDO BOURS CASTELO, ING. ROBERTO RUBIAL ASTIAZARÁN Y C.P. ERNESTO VARGAS GAYTAN, EN SU CARÁCTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, SECRETARIO DE GOBIERNO Y SECRETARIO DE HACIENDA, RESPECTIVAMENTE, Y POR LA OTRA PARTE, EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO, REPRESENTADO POR LOS C.C. LIC. ERNESTO GÁNDARA CAMOU, LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ Y C.P. LUIS FERNANDO IRIBE MURRIETA, PRESIDENTE MUNICIPAL, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO Y TESORERO MUNICIPAL, RESPECTIVAMENTE; CON EL OBJETO DE EFICIENTAR EL PROCESO DE RECAUDACIÓN FISCAL EN MATERIA DE TRÁNSITO VEHICULAR; A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO” Y “EL AYUNTAMIENTO”, MISMO QUE CELEBRAN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: ANTECEDENTES 1.
Conforme a lo dispuesto por el Artículo 115, fracción III, inciso h), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se establece que los municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos en materia de seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la citada Constitución, policía preventiva municipal y tránsito, en las respectivas competencias que la propia Constitución señala. Asimismo dicho ordenamiento dispone que sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.
2.
La Ley de Tránsito del Estado de Sonora dispone en su artículo 2o. que los municipios tendrán a su cargo el ejercicio de la función pública de tránsito municipal,
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fuertes, así como el ajustar las normas que regulan la función pública a la realidad del Estado, para remover los obstáculos que frenan o limitan la capacidad de las Instituciones para cumplir la misión que les da razón de ser y corresponder a las expectativas ciudadanas. 4.
Entre las estrategias y acciones que señala dicho Plan para cumplir tales objetivos, se encuentran fortalecer los mecanismos de coordinación con las autoridades municipales para ampliar y mejorar los beneficios de las políticas públicas.
5.
Que la expedición de placas de circulación vigentes en los vehículos que transiten en la Entidad, constituye uno de los instrumentos más valiosos para la prevención y persecución de delitos y conductos antisociales, al permitir su eficaz y oportuna identificación, así como la de sus propietarios.
6.
Que en este contexto, se ve la necesidad que de manera conjunta y coordinada el Gobierno del Estado y las autoridades municipales instrumenten acciones tendientes a vigilar el cumplimiento de las normas, leyes y reglamentos relativos a la materia vehicular en lo que se refiere a la portación y expedición de placas de circulación, su revalidación, portación y expedición de tarjetas de circulación y licencias para conducir vigentes, así como la recuperación de las multas impuestas por la autoridad de tránsito municipal, por infracciones a dichas disposiciones. DECLARACIONES
I.-
De “EL GOBIERNO DEL ESTADO”: I.1.- "EL GOBIERNO DEL ESTADO", representado por los C.C. Ing. Eduardo Bours Castelo, Ing. Roberto Ruibal Astiazarán y C.P. Ernesto Vargas Gaytan, Gobernador Constitucional, Secretario de Gobierno y Secretario de Hacienda, está facultado para celebrar el presente Convenio con "EL AYUNTAMIENTO", de conformidad con los artículos 79 fracciones XVI, XIX, y XL y 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora y 2, 6 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora y 6 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda. I.2.- Que para los efectos de este Convenio, señala como domicilio el ubicado en Dr. Paliza y Comonfort, de esta Ciudad de Hermosillo, Sonora, México.
II.-
De “EL AYUNTAMIENTO”: II.1 Que de acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios como personas de derecho público están investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio de acuerdo a lo que determine la ley, teniendo facultades para convenir y obligarse, así como para coordinarse con los gobiernos federal y estatal en la integración de acciones que tiendan a su desarrollo.
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II.4. Que con fundamento en lo dispuesto en el articulo 65 Fracción V, 259 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y el Acta número 1 de Sesión Solemne del H. Ayuntamiento de fecha 16 de Septiembre de 2006, el Lic. Ernesto Gándara Camou, Presidente Municipal está facultado para celebrar a nombre del Ayuntamiento, convenios, contratos y todos los actos necesarios para el despacho de los asuntos administrativos y la atención de los servicios públicos municipales. II.5. Que con fecha --- de Diciembre de 2007 en Sesión del Ayuntamiento se aprobó la celebración y suscripción del presente Convenio, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 fracción II inciso F) de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. II.6. Que para los efectos del presente Convenio señala como domicilio legal el ubicado en Palacio Municipal, sito en Blvd. Hidalgo esquina con Comonfort, en la Ciudad de Hermosillo, Sonora. III.-
DE LAS PARTES.
III.1.- Que a fin de establecer la Coordinación en materia de funciones relacionadas con la expedición de placas de circulación, su revalidación y expedición de tarjetas de circulación, así como la recuperación de las multas impuestas por la autoridad de tránsito municipal, en los términos del antecedente 6 del presente instrumento, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, Ley de Tránsito del Estado, Ley de Gobierno y Administración Municipal y el Plan Estatal de Desarrollo 2004-2009, han decidido celebrar el presente Convenio de Coordinación bajo las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto de eficientar el proceso de recaudación fiscal en materia de tránsito vehicular. SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula anterior, las partes convienen en coordinar acciones relacionadas con la expedición de placas de circulación, su revalidación, expedición de tarjetas de circulación, y la recuperación de las multas impuestas por la autoridad de tránsito municipal, dentro del marco que establecen las disposiciones legales aplicables. TERCERA.- “EL AYUNTAMIENTO” desarrollará de conformidad con sus atribuciones, las acciones a que se refiere la CLAUSULA CUARTA de este instrumento, a fin de verificar que los vehículos de propulsión automotriz cuenten con las placas de circulación vigentes y las revalidaciones de placas correspondientes, así como que los conductores porten la tarjeta de circulación y licencia de conducir vigentes, expedidas por las autoridades competentes.
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para su obtención o por circular sin contar con la tarjeta de circulación, en los términos del artículo 236 incisos m), s) y v) de la Ley de Tránsito del Estado. C) Levantar la infracción e imponer multa por conducir vehículos careciendo de licencia o porque ésta no corresponda a la clase de vehículo para la cual fue expedida, en los términos del articulo 237 inciso f) de la Ley de Transito del Estado. D) Levantar la infracción e imponer multa por conducir vehículos con licencias alteradas, en los términos del artículo 237 inciso f) de la Ley de Transito del Estado. En todos los casos, las multas deberán cubrirse a la Tesorería Municipal a efecto de que el “EL AYUNTAMIENTO” perciba los ingresos correspondientes. QUINTA.- “EL AYUNTAMIENTO” por conducto de la Tesorería Municipal, expedirá certificado de no adeudo de las multas por las infracciones de tránsito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos para el ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Hermosillo, Sonora. SEXTA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” por conducto de las oficinas exactoras dependientes de la Secretaría de Hacienda, se compromete a solicitar en los trámites de expedición de placas, revalidaciones de placas correspondientes, y expedición de tarjetas de circulación, el certificado de no adeudo, referido en la cláusula anterior, emitido por "EL AYUNTAMIENTO", requisito sin el cual no se realizarán dichos trámites. SEPTIMA.- “EL GOBIERNO DEL ESTADO” Y “EL AYUNTAMIENTO” evaluarán los resultados del presente Convenio mensualmente o en un plazo menor cuando alguna de las partes lo considere necesario, proponiendo alternativas de solución a la problemática que no quede contemplada en los supuestos regulados. OCTAVA.- Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Convenio, sin necesidad de declaración judicial previa o procedimiento administrativo, sin responsabilidad alguna para dicha parte, mediante aviso por escrito dado con 15 (QUINCE) días naturales de anticipación a la fecha en que deba surtir sus efectos, cuando la otra parte no cumpla con cualquiera de sus obligaciones que se deriven del presente instrumento. NOVENA.- Las partes pactan que las dudas acerca de la interpretación y aplicación del presente Convenio, serán resueltas de común acuerdo, comprometiéndose a realizar todas las acciones posibles para su debido cumplimiento y, en caso de controversia, se sujetarán al Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, quien conocerá y resolverá sobre los conflictos que surjan entre el Ayuntamiento y el Ejecutivo del Estado, con motivo de los convenios que estos celebren. DECIMA.- El presente Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación y su vigencia no excederá del 31 de diciembre de 2008, pudiendo ser renovado, siempre y cuando así lo acuerden previamente las partes.
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“POR EL GOBIERNO DEL ESTADO”
C. C.P. ERNESTO VARGAS GAYTAN SECRETARIO DE HACIENDA
“POR EL AYUNTAMIENTO”
C. LIC. ERNESTO GÁNDARA CAMOU, PRESIDENTE MUNICIPAL C. LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
C. C.P. LUIS F. IRIBE MURRIETA TESORERO MUNICIPAL
- - - SEGUNDO: Se recomienda al H. Ayuntamiento de Hermosillo, que con base en las facultades que le otorga el artículo 61 fracción II inciso F y 65 Fracción V de la Ley de Gobierno y Administración Municipal autorice al. C. Presidente Municipal para que con el refrendo del Secretario del H. Ayuntamiento, lleven a cabo la suscripción del Convenio de Coordinación con el objeto de eficientar el Proceso de Recaudación Fiscal en materia de Transito Vehicular, que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Sonora, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora. - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Publica a los 19 días del mes de diciembre de 2007.- - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO REELECCIÓN. COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA; C. María Dolores Martínez Aldaco, Presidenta; C. Iris Fernanda Sánchez Chiu, Secretaria; C. Juan Pablo Acosta Gutiérrez, Integrante; C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (20). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el dictamen presentado por la Comisión de
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el objeto de eficientar el Proceso de Recaudación Fiscal en materia de Transito Vehicular, que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Sonora, y por la otra parte, el H. Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora. - - - - - - - - - - - - - - -----------------------------------------------------6. DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, OBRA PÚBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al C. Regidor Jorge Francisco Robinson Rodríguez, Presidente de la Comisión, quien dio lectura a los siguientes dictámenes:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A) DESINCORPORACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO Y PERMUTA DEL PREDIO UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE MÓNACO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, OBRA PUBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA, RELATIVO A LA DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO Y PERMUTA DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO LOTES 02 DE LA MANZANA 01 DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE MÓNACO.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -A N T E C E D E N T E S- - - - - - - - - - - - - - - - - - El C. Lic. Roberto Lemmen Meyer González, en representación de Inmuebles Sinson, S.A. de C.V. presentó escrito de fecha 30 de Agosto del 2007, mediante el cual solicita la permuta de un terreno propiedad del H. Ayuntamiento, el cual tiene una superficie de 2,473.00 metros cuadrados, localizado en Bulevar Paseo Río Sonora esquina con Prolongación Olivares. - - - Es por ello que la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología con Oficio No. CIDUE/JHA/5881/07 de fecha 20 de Noviembre del 2007, dio respuesta a la solicitud antes expuesta considerando viable llevar a cabo todas aquellas permutas que de acuerdo a las características de ubicación y tamaño de los terrenos favorezcan la instalación de equipamientos que beneficien a mas población.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En cuanto a valores, éstos son similares; ya que se consideró el valor de $60.00 por metro cuadrado del predio que entrega el Lic. Roberto Lemmen Meyer González con superficie de 46,973.35 metros cuadrados, arrojando un total de $2’818,401.00 y el predio que entrega el Ayuntamiento en el Fraccionamiento Jardines de Mónaco con superficie de 2,473.00 metros cuadrados, tiene un valor de $1,120.00 por metro cuadrado, arrojando un total de $2’769,760.00. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - - - - - - - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: AUTORIZACION para que con fundamento en el Artículo 195, 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 31, 32, 33 y 34 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para proceder a la DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y PERMUTA del predio identificado como Lotes 02 de la Manzana 01 del Fraccionamiento Jardines de Mónaco, con superficies de 2,473.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-08-880-002, siempre y cuando el terreno objeto de la PERMUTA con superficie de 46,973,35, m2, identificado con Clave Catastral 3600-20-108-001 ubicado por la prolongación del Bulevar Gaspar Luque, al Norponiente de la ciudad, se destine en parte al deporte hermosillense. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: AUTORIZACION para que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO firme el Aviso de Desincorporación del Dominio Público del predio mencionado con anterioridad, localizados en el Fraccionamiento Jardines de Mónaco, identificado como Lote 02, de la Manzana 01, con superficie de 2,473.00 metros cuadrados, con Clave Catastral 3600-08-880-002. - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: AUTORIZACION para que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO gire oficio al Instituto Municipal de Planeación Urbana de Hermosillo, solicitando se contemple para el nuevo Plan de Desarrollo Municipal el Cambio de Uso de Suelo del predio identificado como Lote 02 de la Manzana 01 del Fraccionamiento Jardines de Mónaco, con superficie de 2,473.00 metros cuadrados y Clave Catastral 3600-08-880-002 de Equipamiento Urbano a Comercial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Publica, asentamientos Humanos y Preservación Ecológica a los 11 del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO RELECCIÓN; LA COMISION DE DESARROLLO URBANO, OBRA PUBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA; C.
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deporte si no como patrimonio del Instituto del Deporte? - - - - - - - - - - - - - - - - - Intervino el Presidente Municipal, quien manifestó: “¿Esos 46,000? Está bien pero nada más quiero avisarle al Comité, me parece muy bien, ojala, con mucho gusto. Entonces lo turnaríamos a la Comisión del Deporte y a la de Desarrollo Urbano, a las dos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Intervino el Lic. Gilberto Gutiérrez Quiroz, Síndico del Ayuntamiento, quien manifestó: “Quisiera nada más que quede especificado, Regidor, son 46,973 metros quiero saber si estamos de acuerdo o no. Entonces lo que estamos tratando, que esto no afecta a la superficie que se puede utilizar por el deporte pero estamos pensando en dejar un espacio que va a tener un valor comercial más para adelante y que no es utilizable para cuestiones deportivas, entonces nosotros estábamos proponiendo, a cambio de lo que se está dando tener eso y así lo negociamos al abarcar lo más posible para cuestiones deportivas pero dejando un espacio a futuro para necesidades que va a tener el Ayuntamiento y estoy hablando también de posibilidades de guarderías de cuestiones relativas Cruz Roja, Bomberos tener algo a futuro porque de todas maneras no afecta para nada la cuestión deportiva y es una de las cosas que primero Sindicatura trató de ver” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - ACUERDO (21). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se AUTORIZA para que con fundamento en el Artículo 195, 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 31, 32, 33 y 34 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento de Hermosillo, proceder a la DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y PERMUTA del predio identificado como Lotes 02 de la Manzana 01 del Fraccionamiento Jardines de Mónaco, con superficies de 2,473.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-08-880-002, siempre y cuando el terreno objeto de la PERMUTA con superficie de 46,973,35, m2, identificado con Clave Catastral 3600-20-108-001 ubicado por la prolongación del Bulevar Gaspar Luque, al Norponiente de la ciudad, se destine en parte al deporte hermosillense. - - - - - - - SEGUNDO: Se AUTORIZA que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL,
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de Suelo del predio identificado como Lote 02 de la Manzana 01 del Fraccionamiento Jardines de Mónaco, con superficie de 2,473.00 metros cuadrados y Clave Catastral 3600-08-880-002 de Equipamiento Urbano a Comercial. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - B) DESINCORPORACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO Y PERMUTA DE UN PREDIO UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO CAMINO REAL.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO URBANO, OBRA PUBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA, RELATIVO A DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO Y PERMUTA DE LOS PREDIOS IDENTIFICADOS COMO LOTES 1 Y 2, DE LA MANZANA 2 DEL FRACCIONAMIENTO CAMINO REAL. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -A N T E C E D E N T E S- - - - - - - - - - - - - - - - - - COLEGIO REGIONAL DE MEXICO, presentó escrito mediante el cual solicita permutar parte de un predio de su propiedad localizado en el Fraccionamiento Camino Real, en una superficie de 2,250.00 metros cuadrados, para que se abra la prolongación de la Avenida Sostenes Rocha y considerarlo como vialidad propiedad de este H. Ayuntamiento. A cambio, solicita dos predios propiedad de este H. Ayuntamiento localizados en la Avenida Diego de Velásquez entre República de Honduras y República de Guatemala en el mismo Fraccionamiento, identificados con Claves Catastrales 3600-07-249-001 como Área Verde, con superficie de 599.00 metros cuadrados y 3600-07-249-002 como Área de Equipamiento Urbano, con superficie de 1,055.00 metros cuadrados. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología con Oficio No. DUYOP/JHA/1774/07 de fecha 17 de Febrero del 2007, dio respuesta a la solicitud antes expuesta considerando viable y necesaria la apertura de la Prolongación de la Avenida Sostenes Rocha. Asimismo la Coordinación antes mencionada en Oficio No. CIDUE/JHA/3673/07 de fecha 21 de Junio del 2007, dictaminó como procedente la permuta de los predios antes mencionados. - - - - - - - - - - - - - - - - - Así mismo se consideró la sustitución del Área Verde identificada con Clave Catastral 3600-07-249-001, del Fraccionamiento Camino Real, Lote número 1, Manzana 2 con superficie de 599.00 metros cuadrados, por una superficie igual en el Fraccionamiento Conquistadores, Lote 01, Manzana 1A, con Clave Catastral 07-973-002, localizado en las Avenidas Potam y Navojoa entre la Calle República de Guatemala y República de Belice, ambos
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Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: AUTORIZACION para que con fundamento en el Artículo 195, 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 31, 32, 33 y 34 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para proceder a la DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y PERMUTA de los predios identificados como Lotes 1 y 2, de la Manzana 2 del Fraccionamiento Camino Real, con superficies de 599.00 y 1,055.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-07-249-001 y 002. - - - - - - - - - - SEGUNDO: AUTORIZACION para que con fundamento en el Artículo 192 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se Incorpore a Bienes del Dominio Público la superficie de 2,250.00 metros cuadrados, para que forme parte de la Vialidad denominada Avenida Sostenes Rocha en el Fraccionamiento Camino Real de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: AUTORIZACION para que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO firme el Aviso de Desincorporación del Dominio Público de los predios mencionados con anterioridad, localizados en el Fraccionamiento Camino Real, identificados como Lotes 1 y 2, de la Manzana 2, con superficies de 599.00 y 1,055.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-07-249-001 y 002, así como el Aviso de Incorporación a Bienes del Dominio Público del predio con superficie de 2,250.00 metros cuadrados que formaría parte de la vialidad denominada Avenida Sóstenes Rocha del Fraccionamiento Camino Real. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO: AUTORIZACION para que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO gire oficio al Instituto Municipal de Planeación Urbana de Hermosillo, solicitando se contemple para el nuevo Plan de Desarrollo Municipal el Cambio de Uso de Suelo del predio identificado como Lote 1 de la Manzana 2 del Fraccionamiento Camino Real, con superficies de 599.00, con Clave Catastral 3600-07-249-001 de Área Verde a Equipamiento Urbano. Asimismo, se considere como Área Verde la superficie de 599.00 metros localizada en el Fraccionamiento Conquistadores, Lote 01, Manzana 1-A, con Clave Catastral 07-973-002, localizado en las Avenidas Potam y Navojoa entre la Calle República de Guatemala y República de Bélice. - - - - - - - - - - -
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Hurtado, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - ACUERDO (22) Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica en los siguientes términos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se AUTORIZA que con fundamento en el Artículo 195, 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 31, 32, 33 y 34 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento de Hermosillo, proceder a la DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y PERMUTA de los predios identificados como Lotes 1 y 2, de la Manzana 2 del Fraccionamiento Camino Real, con superficies de 599.00 y 1,055.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-07-249-001 y 002. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se AUTORIZA que con fundamento en el Artículo 192 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se Incorpore a Bienes del Dominio Público la superficie de 2,250.00 metros cuadrados, para que forme parte de la Vialidad denominada Avenida Sostenes Rocha en el Fraccionamiento Camino Real de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Se AUTORIZA que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO firme el Aviso de Desincorporación del Dominio Público de los predios mencionados con anterioridad, localizados en el Fraccionamiento Camino Real, identificados como Lotes 1 y 2, de la Manzana 2, con superficies de 599.00 y 1,055.00 metros cuadrados, con Claves Catastrales 3600-07-249-001 y 002, así como el Aviso de Incorporación a Bienes del Dominio Público del predio con superficie de 2,250.00 metros cuadrados que formaría parte de la vialidad denominada Avenida Sóstenes Rocha del Fraccionamiento Camino Real. - - - - - CUARTO: Se AUTORIZA que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO gire oficio al Instituto Municipal de Planeación Urbana de Hermosillo, solicitando se contemple para el nuevo Plan de Desarrollo Municipal el Cambio de Uso de Suelo del predio identificado como Lote 1 de la Manzana 2 del Fraccionamiento Camino Real, con superficies de 599.00, con Clave Catastral 3600-07-249-001 de Área Verde a Equipamiento Urbano. Asimismo, se
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PRESERVACIÓN ECOLÓGICA, RELATIVO A DESINCORPORACIÓN A BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO Y DONACIÓN DEL POLÍGONO DE VIALIDAD CON SUPERFICIE DE 1,994.677 METROS CUADRADOS UBICADO EN FRACCIONAMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOS PROYECTO RÍO SONORA HERMOSILLO XXI.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --------------------ANTECEDENTES--------------- - - En sesión Ordinaria del Ayuntamiento celebrada con fecha 24 de Septiembre de 2007, asentada en Acta No. 27, se autorizó la Desincorporación y Donación Ad- Mesuram, de los Lotes C y D, manzana 21 del Fraccionamiento Comercial y de Servicios Proyecto Río Sonora Hermosillo XXI, a favor del Gobierno del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Sindicatura municipal, debido a lo anterior en su momento recibió oficio No. 2036/2007 de la Comisión Estatal de Bienes y Concesiones, en el cual solicita la donación del área de 1994.677 metros cuadrados que ocupa la Calle de la Juventud, la cual divide los lotes C y D, de la Manzana 21, del Fraccionamiento Comercial y de Servicios Proyecto Ríos Sonora Hermosillo XXI, para que se integre como superficie anexa a los dos polígonos donación al Gobierno del Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En este mismo sentido, Sindicatura Municipal solicitó y obtuvo de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología mediante oficio No. CIDUE/HRG/5711/07, dictamen considerandó procedente la desincorporación y enajenación de dicha área de vialidad. - - - - - - Conforme a lo antes expuesto en sesión de fecha 11 de diciembre de 2007, la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Publica, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: AUTORIZACIÓN para que con fundamento en los Artículos 198 fracción V, 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, los Artículos 71, 72, 73 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hermosillo, se proceda a la DESINCORPORACIÓN a bienes del Dominio Público y DONACIÓN del polígono de vialidad con superficie de 1,994.677 metros cuadrados ubicado en Fraccionamiento
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AYUNTAMIENTO, firmen los documentos necesarios para la celebración del presente acto.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Publica, asentamientos Humanos y Preservación Ecológica a los 11 del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO RELECCIÓN; LA COMISION DE DESARROLLO URBANO, OBRA PUBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA; C. Jorge Francisco Robinson Rodríguez, Presidente; C. Raymundo García de León Peñuñuri, Secretario; C. Lic. Alma Lydia Soto López, Integrante; C. Guadalupe Morales Cota, Integrante; C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - ACUERDO (23). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría contándose con los votos en contra de los regidores: Rodolfo Flores Hurtado, José Ávila Muñoz, Martín Miranda López, María Guadalupe Morales Cota, Francisca Salazar, Juan Alfonso Ung Navarro, Eunice Mara Lachica Fernández y Dorotea Razcón Gámez, el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra Pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se AUTORIZA con fundamento en los Artículos 198 fracción V, 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, los Artículos 71, 72, 73 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento de Hermosillo, se proceda a la DESINCORPORACIÓN a bienes del Dominio Público y DONACIÓN del polígono de vialidad con superficie de 1,994.677 metros cuadrados ubicado en Fraccionamiento Comercial y de Servicios Proyecto Río Sonora Hermosillo XXI, a favor del Gobierno del Estado. - - - - - - - SEGUNDO: Se AUTORIZA con fundamento en el Artículo 195 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, suscriba el Aviso de Desincorporación a Bienes del Dominio Público del predio objeto del presente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Se AUTORIZA que los C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, SINDICO MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL H.
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LOS POLÍGONOS 1 Y 2, QUE FORMAN PARTE DEL ARROYO EL SAHUARO, LOCALIZADO EN LA AVENIDA JOSÉ MARÍA MENDOZA ENTRE LAS CALLES IGNACIO SOTO Y CARLOS BALDERRAMA, EN LA COLONIA VALLE DORADO. - - - - - - - - - - - ------------------ANTECEDENTES----------------- - - El C. Ing. Braulio Sandoval Coronel presentó escrito de fecha 11 de Julio del 2006, mediante el cual solicitó la venta de un predio y parte del Arroyo El Sahuaro, localizado en la Avenida José María Mendoza entre las Calles Ignacio Soto y Carlos Balderrama, en la Colonia Valle Dorado de esta Ciudad, ratificando dicha solicitud en la presente Administración con fecha 18 de Junio del 2007, argumentando que al adquirir la superficie solicitada llevará a cabo la obra de embovedamiento del Arroyo El Sahuaro, aproximadamente en 75 metros, lo cual le permitirá desarrollar un proyecto en los terrenos de su propiedad ubicados al norte del Arroyo citado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, en Oficio No. CIDUE/JHA/5449/07 de fecha 23 de Octubre del 2007, dictaminó procedente embovedar y enajenar dicho arroyo respetando lo establecido por la Dirección de Infraestructura mediante Oficio No. DPPDGI/JAPS/1504/2007, con fecha 22 de Agosto del 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - De acuerdo al levantamiento topográfico oficializado por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología en Oficio No. DGDU/CU/HRG/4173/2007, se detallan las superficies de 732.00 metros cuadrados que se identifica como Polígono 1 que corresponde al área de afectación del Arroyo de acuerdo al Convenio de autorización del Fraccionamiento Valle Dorado y la superficie 1,356.919 metros cuadrados que corresponde el área del Arroyo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En base a lo anterior el C. Ing. Braulio Sandoval Coronel presentó presupuesto de embovedamiento de la superficie de 1,356.919 metros cuadrados que corresponden al área del Arroyo, por la cantidad $1’001,882.80. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En consideración de que la obra de embovedamiento es por cuenta del interesado y que tiene un costo bastante elevado y es de notorio beneficio para el H. Ayuntamiento y la Comunidad permitir el flujo de aguas pluviales y mejorar la apariencia del entorno en esta zona de la Ciudad, se le condiciona al interesado de que dicha obra deberá quedar concluida en un término no mayor de 2 (dos) años contados a partir de la Aprobación del Cabildo, se tomó en cuenta lo anterior para fijar el valor de venta de los dos Polígonos y de acuerdo a criterio del Perito Valuador Ing. Luís Javier Noriega Hoyos el
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Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO-. AUTORIZACION para que con fundamento en el Artículo 195, 198, Fracción II y 199 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 31, 32, 33 y 34 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para proceder a la DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y VENTA de los Polígonos 1 y 2, que forman parte del Arroyo El Sahuaro, localizado en la Avenida José María Mendoza entre las Calles Ignacio Soto y Carlos Balderrama, en la Colonia Valle Dorado, con superficies de 1,356.919 y 732.00 metros cuadrados a un valor de $65,946.27 y $38,539.80 respectivamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- En caso de que el interesado desee construir sobre el terreno una vez embovedado deberá cumplir con las especificaciones técnicas que así marque la normatividad de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: AUTORIZACION para que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO firme el Aviso de Desincorporación del Dominio Público de los Polígonos 1 y 2, que forman parte del Arroyo El Sahuaro, localizado en la Avenida José María Mendoza entre las Calles Ignacio Soto y Carlos Balderrama, en la Colonia Valle Dorado, con superficies de 1,356.919 y 732.00 metros cuadrados - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Desarrollo Urbano, Obra Publica, asentamientos Humanos y Preservación Ecológica a los 11 del mes de diciembre de 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO, NO RELECCIÓN; LA COMISION DE DESARROLLO URBANO, OBRA PUBLICA, ASENTAMIENTOS HUMANOS Y PRESERVACIÓN ECOLÓGICA; C. Jorge Francisco Robinson Rodríguez, Presidente; C. Raymundo García de León Peñuñuri, Secretario; C. Lic. Alma Lydia Soto López, Integrante; C. Guadalupe Morales Cota, Integrante; C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Desarrollo Urbano, Obra pública, Asentamientos Humanos y Preservación Ecológica, en
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DESINCORPORACION DEL DOMINIO PUBLICO y VENTA de los Polígonos 1 y 2, que forman parte del Arroyo El Sahuaro, localizado en la Avenida José María Mendoza entre las Calles Ignacio Soto y Carlos Balderrama, en la Colonia Valle Dorado, con superficies de 1,356.919 y 732.00 metros cuadrados a un valor de $65,946.27 y $38,539.80 respectivamente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO. En caso de que el interesado desee construir sobre el terreno una vez embovedado deberá cumplir con las especificaciones técnicas que así marque la normatividad de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Se AUTORIZA que el C. PRESIDENTE MUNICIPAL, con el refrendo del C. SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO firme el Aviso de Desincorporación del Dominio Público de los Polígonos 1 y 2, que forman parte del Arroyo El Sahuaro, localizado en la Avenida José María Mendoza entre las Calles Ignacio Soto y Carlos Balderrama, en la Colonia Valle Dorado, con superficies de 1,356.919 y 732.00 metros cuadrados - - -----------------------------------------------------7. DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVOS A ANUENCIAS MUNICIPALES.- - - - - - El C. Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al C. Regidor Jorge Tolentino Lucas, Presidente de la Comisión quien en uso de la voz dio lectura a los siguientes dictámenes:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIA MUNICIPAL A COMERCIAL VH S.A. DE C.V., DE GIRO TIENDA DE AUTO SERVICIO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción VI, contempla al giro “TIENDA DE AUTOSERVICIO”, definiéndolo como: - - - - - - - - - - - - - - - - “Establecimiento cuya actividad comercial es la venta de comestibles, alimentos perecederos e imperecederos, artículos de consumo básicos de uso doméstico y otra clase de mercancías, en la modalidad de autoservicio, podrá contar con equipo necesario para surtir al cliente productos alimenticios embutidos, lácteos o marinos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Deberá contar con una o más cajas para cobro, con refrigeradores o conservadores de alimentos, anaqueles y vitrinas de autoservicio y
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materia. En caso de contravenir dicha disposición, será motivo para dar inicio al procedimiento administrativo de cancelación de la licencia respectiva. Por ningún motivo se podrá realizar el consumo de bebidas contenido alcohólico en el área interior o exterior y en el área del estacionamiento del local.” - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - -Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - -I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad. - - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento de Bomberos; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Autorización sanitaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno, al igual que el 37 de la Ley de Alcoholes a la que nos hemos venido refiriendo, establece requisitos que deben cumplirse para el otorgamiento de la anuencia municipal, requiriendo de la siguiente documentación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes, domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no antecedentes penales y señalar por escrito bajo protesta de decir verdad que no es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves
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de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial que se pretende, no alterará el orden, la seguridad pública o la armonía de la comunidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XII.- Proyecto de inversión a realizar para la apertura del establecimiento de que se trate. En caso de que el proyecto de inversión contemple la construcción del local, la anuencia se otorgará condicionada a que en un plazo de cuatro meses, a partir de su aprobación, se concluya la construcción de las instalaciones donde funcionará el giro comercial, de acuerdo al proyecto autorizado por Desarrollo Urbano. En caso de incumplimiento quedará sin efecto la validez de la anuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En lo referente a la fracción XI del Artículo antes trascrito, es pertinente aplicar lo que literalmente se expresa en el mismo bando en su Artículo 26 que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se requiere de dictamen de impacto social en los siguientes giros: - - - - - - - Cantinas, billar o boliche; centros nocturnos y centros de eventos o salón
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PEDRO MARIO VALENZUELA VALENZUELA, representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en BULEVAR IGNACIO SALAZAR No. 1238 ESQUINA CON CALLE REPÚBLICA DE PANAMÁ, EN LA COLONIA EL SAHUARO , de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1).- COMERCIAL VH S.A. DE C.V., representada en este acto por PEDRO MARIO VALENZUELA VALENZUELA, representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en BULEVAR IGNACIO SALAZAR No. 1238 ESQUINA CON CALLE REPÚBLICA DE PANAMÁ, EN LA COLONIA EL SAHUARO , de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se recomienda autorizar al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen
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- - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (25). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1). COMERCIAL VH S.A. DE C.V., representada en este acto por PEDRO MARIO VALENZUELA VALENZUELA, representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en BULEVAR IGNACIO SALAZAR No. 1238 ESQUINA CON CALLE REPÚBLICA DE PANAMÁ, EN LA COLONIA EL SAHUARO , de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIA MUNICIPAL A CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V., DE GIRO TIENDA DE AUTO SERVICIO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción VI, contempla al giro “TIENDA DE AUTOSERVICIO”, definiéndolo como: - - - - - - - - - - - - - - - - “Establecimiento cuya actividad comercial es la venta de comestibles, alimentos perecederos e imperecederos, artículos de consumo básicos de uso
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estacionamiento suficientes para los clientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en el exterior de estos establecimientos y en el interior de los mismo solamente podrán colocarse anuencias que no excedan el 10% de la superficie visible del mismo y la existencia deberá contener las leyendas previstas por la normatividad de la materia. En caso de contravenir dicha disposición, será motivo para dar inicio al procedimiento administrativo de cancelación de la licencia respectiva. Por ningún motivo se podrá realizar el consumo de bebidas contenido alcohólico en el área interior o exterior y en el área del estacionamiento del local.” - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad. - - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento de Bomberos; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Autorización sanitaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno, al igual que el 37 de la Ley de Alcoholes a la que nos hemos venido refiriendo, establece requisitos que deben cumplirse para el otorgamiento de la anuencia municipal, requiriendo de la siguiente documentación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes, domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar
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de Comercio y el documento que acredite la representación legal del mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - -V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial que se pretende, no alterará el orden, la seguridad pública o la armonía de la comunidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XII.- Proyecto de inversión a realizar para la apertura del establecimiento de que se trate. En caso de que el proyecto de inversión contemple la construcción del local, la anuencia se otorgará condicionada a que en un plazo de cuatro meses, a partir de su aprobación, se concluya la construcción de las instalaciones donde funcionará el giro comercial, de acuerdo al proyecto autorizado por Desarrollo Urbano. En caso de incumplimiento quedará sin efecto la validez de la anuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Inspección y Vigilancia, con las atribuciones derivadas de lo dispuesto por los Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitudes para la expedición de anuencias para el giro de Tienda de Autoservicio de la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. , representada en este acto por BENITO MANUEL GARCIA CARRASCO, donde su representada es propietaria de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en AVENIDA NICOLÁS BRAVO No. 316 ESQUINA CON CALLE 20 DE NOVIEMBRE, EN EL POBLADO MIGUEL ALEMÁN, dentro del Municipio de Hermosillo. - - - - - - - - - - - - - - En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1).- CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. , representada en este acto por BENITO MANUEL GARCIA CARRASCO, donde su representada es propietaria de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en AVENIDA NICOLÁS BRAVO No. 316 ESQUINA CON CALLE 20 DE NOVIEMBRE, EN EL POBLADO
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- - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN, COMISION DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS; C. Jorge Tolentino Lucas, Presidente; C. Maria Dolores Martínez Aldaco, Secretaria; C. Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (26). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). CADENA COMERCIAL OXXO S.A. DE C.V. , representada en este acto por BENITO MANUEL GARCIA CARRASCO, donde su representada es propietaria de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada en AVENIDA NICOLÁS BRAVO No. 316 ESQUINA CON CALLE 20 DE NOVIEMBRE, EN EL POBLADO MIGUEL ALEMÁN, dentro del Municipio de Hermosillo. - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIA MUNICIPAL A COMEXTRA S.A. DE C.V. DE GIRO TIENDA DE AUTO SERVICIO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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embutidos, lácteos o marinos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Deberá contar con una o más cajas para cobro, con refrigeradores o conservadores de alimentos, anaqueles y vitrinas de autoservicio y mostradores, pudiendo complementar su actividad con la venta de bebidas con contenido alcohólico. Del total de su inventario de mercancías, podrá tener hasta un 25% de bebidas con contenido alcohólico, que deberán encontrarse en el área de autoservicio. Asimismo, deberán contar con cajones de estacionamiento suficientes para los clientes.- - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en el exterior de estos establecimientos y en el interior de los mismo solamente podrán colocarse anuencias que no excedan el 10% de la superficie visible del mismo y la existencia deberá contener las leyendas previstas por la normatividad de la materia. En caso de contravenir dicha disposición, será motivo para dar inicio al procedimiento administrativo de cancelación de la licencia respectiva. Por ningún motivo se podrá realizar el consumo de bebidas contenido alcohólico en el área interior o exterior y en el área del estacionamiento del local.” - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad.- - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento de Bomberos; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Autorización sanitaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves y en su caso, que exponga si ya prescribieron los antecedentes penales. - - - - - - - III.- En caso de que el solicitante sea persona moral deberá presentar original o copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad, indicando los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el documento que acredite la representación legal del mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial que se pretende, no alterará el orden, la seguridad pública o la armonía de la comunidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se requiere de dictamen de impacto social en los siguientes giros: - - - - - - - Cantinas, billar o boliche; centros nocturnos y centros de eventos o salón de baile. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No esta demás señalar que la solicitud de anuencia en cuestión, pertenece al giro de Tienda de auto servicio. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cumpliendo con los requisitos anteriormente descritos, la Dirección de Inspección y Vigilancia, con las atribuciones derivadas de lo dispuesto por los Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitudes para la expedición de anuencias para el giro de Tienda de Autoservicio de la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- COMEXTRA S.A. DE C.V., representada en este acto por LOMELI RODRIGUEZ LUIS HUMBERTO representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada sobre el BULEVAR PASEO LAS LOMAS ESQUINA CON CALLES PASEO SANTA CRUZ DE TENERIFE Y RETORNO PROVINCIA DE GRANADA, EN EL FRACCIONAMIENTO URBI VILLA DEL REY SECCION LOS ALMENDROS II, de esta ciudad. - - - - - - En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -PUNTO DE ACUERDO- - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el
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VILLA DEL REY SECCION LOS ALMENDROS II, de esta ciudad. - - - - - SEGUNDO: lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se recomienda autorizar al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Comercio y Espectáculos a los 18 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN, COMISION DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS; C. Jorge Tolentino Lucas, Presidente; C. Maria Dolores Martínez Aldaco, Secretaria; C. Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (27). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). COMEXTRA S.A. DE C.V., representada en este acto por LOMELI RODRIGUEZ LUIS HUMBERTO representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada sobre el BULEVAR PASEO LAS LOMAS ESQUINA CON CALLES PASEO SANTA CRUZ DE TENERIFE Y RETORNO PROVINCIA DE GRANADA, EN EL FRACCIONAMIENTO URBI VILLA DEL REY SECCION LOS ALMENDROS II, de esta ciudad. - - -
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GIRO TIENDA DEPARTAMENTAL. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción VII, contempla al giro “TIENDA DEPARTAMENTAL”, definiéndolo como: - - - - - - - - - - - - - - - - “Establecimiento que deberá contar con instalaciones e infraestructura necesarias, con la característica de que el establecimiento se encuentra dividido en departamentos en los que preponderantemente se vende al público artículos variados, tales como ropa, muebles, cosméticos y otros, en donde complementariamente se podrán vender productos alimenticios finos y bebidas con contenido alcohólico en envase cerrado, las cuales se deberán tener para su exhibición y venta en el departamento correspondiente, quedando prohibido su consumo en éste o cualquier otra área departamental.- - - - Asimismo, la tienda departamental podrá contar con un área destinada exclusivamente para restaurante, en el que se podrá realizar la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, en los términos y condiciones establecidos en la presente Ley para este tipo de giro.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - -I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad. - - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento
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identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no antecedentes penales y señalar por escrito bajo protesta de decir verdad que no es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves y en su caso, que exponga si ya prescribieron los antecedentes penales. - - - - - - - III.- En caso de que el solicitante sea persona moral deberá presentar original o copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad, indicando los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el documento que acredite la representación legal del mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - -X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial
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- - -Cumpliendo con los requisitos anteriormente descritos, la Dirección de Inspección y Vigilancia, con las atribuciones derivadas de lo dispuesto por los Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitud para la expedición de anuencia para el giro de Tienda Departamental de: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1).- C. DELIA JAZMIN PARKER BALLESTEROS, es propietario de un negocio con el giro de Tienda Departamental ubicada en CALLE GENERAL BERNARDO REYES ENTRE LAS AVENIDAS TEPACHE Y SAN PEDRO, EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta ciudad. - - - En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1).- C. DELIA JAZMIN PARKER BALLESTEROS, es propietario de un negocio con el giro de Tienda Departamental ubicada en CALLE GENERAL BERNARDO REYES ENTRE LAS AVENIDAS TEPACHE Y SAN PEDRO, EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta ciudad. - - - SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte
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Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (28). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -1). C. DELIA JAZMIN PARKER BALLESTEROS, es propietario de un negocio con el giro de Tienda Departamental ubicada en CALLE GENERAL BERNARDO REYES ENTRE LAS AVENIDAS TEPACHE Y SAN PEDRO, EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta ciudad. - - - SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIA MUNICIPAL AL SR. CÉSAR RENÉ CONTRERAS VIDALES DE GIRO RESTAURANT. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción V, contempla al giro “Restaurante”, definiéndolo como: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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- - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal.- - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad. - - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento de Bomberos; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Autorización sanitaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno, al igual que el 37 de la Ley de Alcoholes a la que nos hemos venido refiriendo, establece requisitos que deben cumplirse para el otorgamiento de la anuencia municipal, requiriendo de la siguiente documentación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes, domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no antecedentes penales y señalar por escrito bajo protesta de decir verdad que no es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves y en su caso, que exponga si ya prescribieron los antecedentes penales. - - - - - - - III.- En caso de que el solicitante sea persona moral deberá presentar original o copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad, indicando los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y
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Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial que se pretende, no alterará el orden, la seguridad pública o la armonía de la comunidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XII.- Proyecto de inversión a realizar para la apertura del establecimiento de que se trate. En caso de que el proyecto de inversión contemple la construcción del local, la anuencia se otorgará condicionada a que en un plazo de cuatro meses, a partir de su aprobación, se concluya la construcción de las instalaciones donde funcionará el giro comercial, de acuerdo al proyecto autorizado por Desarrollo Urbano. En caso de incumplimiento quedará sin efecto la validez de la anuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -En lo referente a la fracción XI del Artículo antes trascrito, es pertinente aplicar lo que literalmente se expresa en el mismo bando en su Artículo 26 que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se requiere de consulta de vecinos en los siguientes giros: - - - - - - - - - - - - Agencia distribuidora; expendios; cantina, billar o boliche; tienda de autoservicio; tienda de abarrotes; centros nocturnos; centros de eventos o salón de baile. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se requiere de dictamen de impacto social en los siguientes giros: - - - - - - - Cantinas, billar o boliche; centros nocturnos y centros de eventos o salón
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negocio con el giro de RESTAURANTE ubicado sobre LA AVENIDA NIÑOS HÉROES No. 75-A ENTRE LAS CALLES VICENTE GUERRERO Y MARIANO MATAMOROS, EN EL CENTRO, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción V, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de RESTAURANTE, a la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- SR. CÉSAR RENÉ CONTRERAS VIDALES ,es propietario de un negocio con el giro de RESTAURANTE ubicado sobre LA AVENIDA NIÑOS HÉROES No. 75-A ENTRE LAS CALLES VICENTE GUERRERO Y MARIANO MATAMOROS, EN EL CENTRO, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se recomienda autorizar al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (29). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción V, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de RESTAURANTE, a la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). SR. CÉSAR RENÉ CONTRERAS VIDALES ,es propietario de un negocio con el giro de RESTAURANTE ubicado sobre LA AVENIDA NIÑOS HÉROES No. 75-A ENTRE LAS CALLES VICENTE GUERRERO Y MARIANO MATAMOROS, EN EL CENTRO, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS RELATIVO A LA EXPEDICIÓN DE ANUENCIA MUNICIPAL A TIENDA DE AUTOSERVICIO DEL NORTE, S.A. DE C.V., DE GIRO TIENDA DE AUTO SERVICIO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - -La Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción VI, contempla al giro “TIENDA DE AUTOSERVICIO”, definiéndolo como: - - - - - - - - - - - - - - - - “Establecimiento cuya actividad comercial es la venta de comestibles, alimentos perecederos e imperecederos, artículos de consumo básicos de uso doméstico y otra clase de mercancías, en la modalidad de autoservicio, podrá
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- - - Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en el exterior de estos establecimientos y en el interior de los mismo solamente podrán colocarse anuencias que no excedan el 10% de la superficie visible del mismo y la existencia deberá contener las leyendas previstas por la normatividad de la materia. En caso de contravenir dicha disposición, será motivo para dar inicio al procedimiento administrativo de cancelación de la licencia respectiva. Por ningún motivo se podrá realizar el consumo de bebidas contenido alcohólico en el área interior o exterior y en el área del estacionamiento del local.” - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad.- - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - V.- Dictamen favorable de protección civil, expedido por el Departamento de Bomberos; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Autorización sanitaria. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno, al igual que el 37 de la Ley de Alcoholes a la que nos hemos venido refiriendo, establece requisitos que deben cumplirse para el otorgamiento de la anuencia municipal, requiriendo de la siguiente documentación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes, domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no
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mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.- - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes.- - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad Pública Municipal, que determine que el funcionamiento del giro comercial que se pretende, no alterará el orden, la seguridad pública o la armonía de la comunidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XII.- Proyecto de inversión a realizar para la apertura del establecimiento de que se trate. En caso de que el proyecto de inversión contemple la construcción del local, la anuencia se otorgará condicionada a que en un plazo de cuatro meses, a partir de su aprobación, se concluya la construcción de las instalaciones donde funcionará el giro comercial, de acuerdo al proyecto autorizado por Desarrollo Urbano. En caso de incumplimiento quedará sin efecto la validez de la anuencia.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En lo referente a la fracción XI del Artículo antes trascrito, es pertinente
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Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitudes para la expedición de anuencias para el giro de Tienda de Autoservicio de la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - - - - -1).- TIENDA DE AUTOSERVICIO DEL NORTE, S.A. DE C.V., representada en este acto por CARBAJAL RUIZ SERVANDO representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada sobre EL BULEVAR PASEO RÍO SONORA SUR No. 472 CASI ESQUINA CON BULEVAR PASEO DE LAS QUINTAS, JUNTO AL FRACCIONAMIENTO MONTECARLO, de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - -PUNTO DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- TIENDA DE AUTOSERVICIO DEL NORTE, S.A. DE C.V., representada en este acto por CARBAJAL RUIZ SERVANDO representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada sobre EL BULEVAR PASEO RÍO SONORA SUR No. 472 CASI ESQUINA CON BULEVAR PASEO DE
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- - -Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Comercio y Espectáculos a los 18 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN, COMISION DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS; C. Jorge Tolentino Lucas, Presidente; C. Maria Dolores Martínez Aldaco, Secretaria; C. Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (30). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). TIENDA DE AUTOSERVICIO DEL NORTE, S.A. DE C.V., representada en este acto por CARBAJAL RUIZ SERVANDO representante legal, donde su representado es propietario de un negocio con el giro de Tienda de Autoservicio ubicada sobre EL BULEVAR PASEO RÍO SONORA SUR No. 472 CASI ESQUINA CON BULEVAR PASEO DE LAS QUINTAS, JUNTO AL FRACCIONAMIENTO MONTECARLO, de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE COMERCIO Y
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alimentos perecederos e imperecederos, artículos de consumo básicos de uso doméstico y otra clase de mercancías, en la modalidad de autoservicio, podrá contar con equipo necesario para surtir al cliente productos alimenticios embutidos, lácteos o marinos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Deberá contar con una o más cajas para cobro, con refrigeradores o conservadores de alimentos, anaqueles y vitrinas de autoservicio y mostradores, pudiendo complementar su actividad con la venta de bebidas con contenido alcohólico. Del total de su inventario de mercancías, podrá tener hasta un 25% de bebidas con contenido alcohólico, que deberán encontrarse en el área de autoservicio. Asimismo, deberán contar con cajones de estacionamiento suficientes para los clientes. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en el exterior de estos establecimientos y en el interior de los mismo solamente podrán colocarse anuencias que no excedan el 10% de la superficie visible del mismo y la existencia deberá contener las leyendas previstas por la normatividad de la materia. En caso de contravenir dicha disposición, será motivo para dar inicio al procedimiento administrativo de cancelación de la licencia respectiva. Por ningún motivo se podrá realizar el consumo de bebidas contenido alcohólico en el área interior o exterior y en el área del estacionamiento del local.” - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal. - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad.- - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se trate. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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- - - II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no antecedentes penales y señalar por escrito bajo protesta de decir verdad que no es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves y en su caso, que exponga si ya prescribieron los antecedentes penales. - - - - - - - III.- En caso de que el solicitante sea persona moral deberá presentar original o copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad, indicando los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el documento que acredite la representación legal del mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - XI.- Dictamen de impacto social que expida la Dirección de Seguridad
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efecto la validez de la anuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En lo referente a la fracción XI del Artículo antes trascrito, es pertinente aplicar lo que literalmente se expresa en el mismo bando en su Artículo 26 que a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se requiere de dictamen de impacto social en los siguientes giros:- - - - - - - - Cantinas, billar o boliche; centros nocturnos y centros de eventos o salón de baile. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No esta demás señalar que la solicitud de anuencia en cuestión, pertenece al giro de Tienda de auto servicio. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cumpliendo con los requisitos anteriormente descritos, la Dirección de Inspección y Vigilancia, con las atribuciones derivadas de lo dispuesto por los Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitudes para la expedición de anuencia para el giro de Tienda de Autoservicio de la siguiente persona: - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- LAS CERVEZAS MODELO EN SONORA, S. A. DE C. V. representada en este acto por ELIAS JEREZ SANCHEZ representante legal, donde su representado es propietaria de un negocio con el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO ubicada SOBRE LA CALLE GUADALUPE VICTORIA No. 275 ESQUINA CON AVENIDA TEPACHE EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -PUNTOS DE ACUERDO - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del
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GUADALUPE VICTORIA No. 275 ESQUINA CON AVENIDA TEPACHE EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta Ciudad. - - - - - - SEGUNDO: lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Comercio y Espectáculos a los 18 días del mes de diciembre de 2007.- - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN, COMISION DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS; C. Jorge Tolentino Lucas, Presidente; C. Maria Dolores Martínez Aldaco, Secretaria; C. Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (31). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción VI, 36 y 37 de la Ley que Regula la Operación y Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Fabricación, Envasamiento, Distribución, Almacenamiento, Transportación, Venta y Consumo de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). LAS CERVEZAS MODELO EN SONORA, S. A. DE C. V. representada en este acto por ELIAS JEREZ SANCHEZ, representante legal, donde su representado es propietaria de un negocio con el giro de TIENDA DE AUTOSERVICIO ubicada SOBRE LA CALLE GUADALUPE VICTORIA No. 275 ESQUINA CON AVENIDA TEPACHE EN LA COLONIA LÓPEZ PORTILLO, de esta Ciudad. - - - -
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CENTRO DE EVENTOS O SALON DE BAILE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, embasamiento, distribución, guarda, transportación venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora, en su Artículo 10 Fracción X, contempla al giro “CENTRO DE EVENTOS O SALON DE BAILE”, definiéndolo como: - - - - X.- Centro de Eventos o Salón de Baile.- Lugar dedicado a dar servicio al público para la celebración de eventos familiares o privados, tales como bodas, bautizos, quinceañeras, bailes, presentaciones especiales, entre otros y en su caso, eventos públicos, tales como exposiciones, convenciones, presentaciones artísticas o espectáculos musicales. Dicho lugar podrá contar con área o salón de baile, servicio de cocina y cantina con venta o consumo de bebidas con contenido alcohólico al amparo de su licencia debidamente autorizada para tales efectos. En su caso será necesario recabar autorización de las autoridades municipales para la celebración de tales eventos.- - - - - - - - - - - - Cuando en el establecimiento a que se refiere el párrafo anterior, se celebre un evento público, en donde además de la venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se presenten espectáculos que amenicen con bailes o eventos musicales, queda prohibida la entrada a menores de edad, conforme a lo establecido en la fracción III del artículo 20 de esta Ley. - - - - - - - - - - - - - - - En el artículo 36 de ley en cita, se señala que como requisito previo para la expedición de las licencias de apertura y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico, se requiere de la expedición de la correspondiente anuencia municipal.- - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito, el Artículo 37 de la misma Ley, señala que a la solicitud correspondiente los interesados para obtener una anuencia municipal, deberán anexar los siguientes documentos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - -I.- Nombre, nacionalidad, clave del Registro Federal de Contribuyentes y domicilio para oír y recibir Notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- Identificación con fotografía del representante legal de la persona moral o, en su caso, de la persona física, solicitante:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- En los casos de personas morales, su representante deberá señalar los datos de su escritura constitutiva, de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio y del documento que acredite su personalidad.- - - - IV.- La constancia de zonificación del uso de suelo o la licencia del uso del suelo; con esta constancia se deberá acreditar que el uso del suelo está permitido para el giro que se llevará a cabo en el establecimiento de que se
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domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. - - - - - - - - - - - - - - - - - -II.- En caso de que el solicitante sea persona física, deberá presentar identificación oficial con fotografía, acta de nacimiento, carta de no antecedentes penales y señalar por escrito bajo protesta de decir verdad que no es Servidor Público de la Federación, Estado o Municipio y en caso de haber tenido dicho carácter con anterioridad, que tiene más de un año que se separó del encargo. Asimismo indicará que no ha sido condenado por delitos graves y en su caso, que exponga si ya prescribieron los antecedentes penales. - - - - - - - III.- En caso de que el solicitante sea persona moral deberá presentar original o copia certificada de la escritura constitutiva de la sociedad, indicando los datos de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio y el documento que acredite la representación legal del mandatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IV.- Documentos que compruebe la propiedad y legal posesión, en su caso, del lugar donde se pretende realizar la actividad. Si la propiedad es ejidal deberá presentar el certificado de derecho agrario o el certificado parcelario o de derechos comunes expedido por la autoridad competente o resolución emitida por el Tribunal Agrario. Si el inmueble está dado en arrendamiento, se deberá anexar el contrato respectivo celebrado ante notario público. - - - - - - - - - V.- Certificado de no adeudo al Ayuntamiento expedido por la Tesorería Municipal. Dicho certificado debe ser expedido respecto de la persona física o moral que solicite la anuencia y del terreno sobre el que pretende ubicarse el negocio; para el supuesto de que el inmueble sea arrendado, el certificado deberá expedirse también respecto a las personas del arrendador y del arrendatario. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VI.- Constancia de Zonificación, licencias de uso de suelo o dictamen técnico y de ubicación que contenga el número oficial y nomenclatura respecto del local en que se pretende establecer el giro expedido por la Dirección General de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. - - - - - - - - - - - - - - - VII.- Dictamen favorable de seguridad y protección civil, expedido por la Dirección de Bomberos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VIII.- Dictamen favorable de salubridad concedido por la Dirección de Salud. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - IX.- El pago de los derechos municipales correspondientes. - - - - - - - - - - - - X.- Para los lugares que de acuerdo al Reglamento de Espectáculos y Actividades Recreativas se consideren como centros de espectáculos y actividades recreativas, se deberá presentar la licencia de funcionamiento como tal o bien la solicitud para su obtención. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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autorizado por Desarrollo Urbano. En caso de incumplimiento quedará sin efecto la validez de la anuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cumpliendo con los requisitos anteriormente descritos, la Dirección de Inspección y Vigilancia, con las atribuciones derivadas de lo dispuesto por los Artículos 21, y lo señalado en el artículo 22 y demás relativos del Bando de Policía y Gobierno, recibió solicitud para la expedición de anuencia para el giro de “centro de eventos o salón de baile” de la siguiente persona: - - - - - - - - - 1).- CARMEN BELEM GARAY, quien es propietaria de un negocio con el giro de “CENTRO DE EVENTOS O SALÓN DE BAILE” ubicado SOBRE EL BULEVAR LAS TORRES No. 554 ENTRE LAS CALLES MARGARITA MAZA DE JUÁREZ Y LEANDRO P. GAXIOLA, EN LA COLONIA CONDESA, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En consecuencia, la documentación que integra el expediente antes descrito, es suficiente para el otorgamiento de la anuencia municipal solicitada, como se desprende de lo dispuesto por los Artículos 21, 22, 26, 30 y 31 del Bando de Policía y Gobierno.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Establecido lo anterior, las solicitudes antes descritas cumplieron con lo señalado en el artículo 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados a la fabricación, envasamiento, distribución, almacenamiento, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y con lo establecido en el artículo 22 del Bando de Policía y Gobierno Vigente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ante las consideraciones expuestas, esta Comisión de Comercio tiene a bien emitir el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - -PUNTO DE ACUERDO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Con apoyo en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción X, 36 y 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados la fabricación, envasamiento, distribución guarda, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, esta Comisión dictamina que es procedente que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, otorgue la anuencia municipal para el giro de “CENTRO DE EVENTOS O SALÓN DE BAILE” a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1).- CARMEN BELEM GARAY, quien es propietaria de un negocio con el giro de “CENTRO DE EVENTOS O SALÓN DE BAILE” ubicado SOBRE EL BULEVAR LAS TORRES No. 554 ENTRE LAS CALLES
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- - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Comercio y Espectáculos a los 18 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN, COMISION DE COMERCIO Y ESPECTÁCULOS; C. Jorge Tolentino Lucas, Presidente; C. Maria Dolores Martínez Aldaco, Secretaria; C. Rubén Rubio Guevara, Integrante; C. Juan Alfonso Ung Navarro, Integrante; C. Rodrigo Moreno Méndez, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el C. Presidente Municipal sometió a a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la comisión de Comercio y Espectáculos, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (32). Es de aprobarse y se aprueba por mayoría, contándose con el voto en contra del regidor Martín Miranda López, el dictamen presentado por la Comisión de Comercio y Espectáculos en los siguientes términos:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 10, fracción X, 36 y 37 de la Ley que regula la operación y funcionamiento de los establecimientos destinados la fabricación, envasamiento, distribución guarda, transportación, venta y consumo de bebidas con contenido alcohólico en el Estado de Sonora y los artículos 21 y 22 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Hermosillo, tomando en cuenta los medios PROBATORIOS que se tuvieron a la vista y obran en el Expediente, se otorga anuencia municipal para el giro de “CENTRO DE EVENTOS O SALÓN DE BAILE” a: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1). CARMEN BELEM GARAY, quien es propietaria de un negocio con el giro de “CENTRO DE EVENTOS O SALÓN DE BAILE” ubicado SOBRE EL BULEVAR LAS TORRES No. 554 ENTRE LAS CALLES MARGARITA MAZA DE JUÁREZ Y LEANDRO P. GAXIOLA, EN LA COLONIA CONDESA, de esta Ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Lo anterior, por cumplir con las exigencias legales, lo que fue corroborado por los integrantes de esta Comisión al revisar el soporte probatorio que en el Expediente que obra, por lo que se autoriza al Presidente Municipal, para que expida la anuencia que antes se hacen mención y haga entrega de la misma a quien acredite ser el interesado o el representante legal de las persona antes mencionada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -----------------------------------------------------8. DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES.- - - - - El C. Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al C. Regidor José
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- - - El Artículo 68 de la Ley del ISSSTESON establece la pensión por jubilación: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Tienen derecho a la pensión por jubilación los trabajadores del sexo masculino con treinta y cinco años o más de servicio e igual tiempo de cotización al Instituto, en los términos de esta Ley, cualquiera que sea su edad. En el caso de trabajadoras mujeres el derecho lo adquieren al cumplir treinta tres años de servicio e igual tiempo de cotización al Instituto. - - - - - - - - - - - - - - La jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente a lo que resulte menor entre veinte salarios mínimos mensuales o el cien por ciento del sueldo regulador, entendiéndose por este el promedio ponderado de los sueldos cotizados en los últimos diez años, previa su actualización con el índice nacional de precios al consumidor o, en su caso, el incremento salarial del año correspondiente, el que sea menor, si se cumple con los requisitos abajo señalados y su percepción comenzará a partir del día siguiente a aquel en que el trabajador lo hubiese devengado. En ningún caso, las pensiones por jubilación podrán ser menores al equivalente a dos salarios mínimos generales mensuales en la zona de Hermosillo, Sonora.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Además de lo anterior, deberán cubrirse los siguientes requisitos: - - - - - I.- Que la cantidad contribuida por el trabajador al Fondo de Pensiones resulte de la base del cálculo del sueldo regulador; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.-Que cumplan con los demás requisitos que establezca el Reglamento Respectivo que emita la Junta Directiva del Instituto.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No obstante lo anterior, el Decreto Número 211, que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley del ISSSTESON, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de fecha 29 de junio de 2005, de manera expresa, en su Artículo Sexto Transitorio, Inciso B) regula el tratamiento que habrá de darse a las trabajadoras que conforman las generaciones actuales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dispone igualmente el referido Decreto que: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Los trabajadores con 30 o más años y las trabajadoras con 28 o más cotizados al momento de la vigencia del Decreto, recibirán sus jubilaciones con base en el último salario cotizado, los restantes trabajadores o trabajadoras con menor número de años cotizados, recibirán sus jubilaciones con base en el sueldo regulador que refiere el artículo cuarto transitorio.- - - - - - “Como caso de excepción y exclusivamente para efectos jubilatorios, cuando un trabajador se haya mantenido un período de 3 años en un mismo nivel y rango laboral, se le aplicará dicho período de años para calcular el sueldo regulador, previa actualización con el índice nacional de precios al
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Número 00966, en la que se asienta que el solicitante nació el 11 de febrero de 1958, por lo que cuenta con 49 años. - - - - - - - - - - - - - - - • Mediante Hoja de Servicios de 20 de noviembre del 2007, se certifica que la solicitante ha laborado para el Ayuntamiento de Hermosillo ininterrumpidamente del 16 de junio de 1979 a la fecha de dicha certificación, con lo que computa 28 años, 05 meses, 03 días.- - - - - - - • Según constancia de la Jefa de Pensiones y Jubilaciones del ISSSTESON, de fecha 30 de octubre de 2007, dicho Instituto certifica que la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, tiene aportaciones al Fondo de Pensiones por los períodos comprendidos del 16 de junio de 1979 al 30 de junio de 2003, del 01 de noviembre de 2003 al 31 de octubre de 2007, computando un total de 28 años, 00 meses, 15 días. - - - - Ahora bien, en el caso concreto, aplicando a la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, el Artículo Sexto Transitorio, Inciso B), del multicitado Decreto, se advierte que al momento de la vigencia la trabajadora contaba con 14 años cotizados, y al conformar generación actual, con base en la tabla correspondiente requiere 28 años de cotización para jubilarse, lo cual ocurre en el presente caso, ya que según la certificación de ISSSTESON de 30 de octubre del 2007, cuenta a la fecha con 28 años, 00 meses, 15 días cotizados ante dicha Paraestatal, por lo que recibirá su jubilación con base en el sueldo regulador a que se refiere el Artículo Cuarto Transitorio del referido Decreto el cual a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “ARTÍCULO CUARTO.- Para las generaciones actuales se entenderá por sueldo regulador al promedio ponderado de los sueldos cotizados de los últimos 3 años, previa su actualización con el índice nacional de precios al consumidor o, en su caso, el incremento salarial correspondiente, el que sea menor” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La pensión por jubilación a que la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, tiene derecho, deberá ser a cargo del ISSSTESON, por lo que se recomienda tramitar ante esa paraestatal, pensión por jubilación, la cual en virtud del tiempo aportado, sería sobre la base del sueldo regulador a que se refiere el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto Número 211, que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de ISSSTESON, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con fecha 29 de junio de 2005, con la salvedad de que si la trabajadora C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU se haya mantenido en un período de 3 años en un mismo nivel o rango laboral, se le aplicará dicho período de años para calcular el sueldo regulador, previa actualización con el índice nacional de precios al
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16 y 21 de esta Ley y se tomará en cuenta para la determinación del monto de los seguros, pensiones, subsidios y préstamos que la misma establece. - - - - Luego entonces, el sueldo básico de los trabajadores de los organismos públicos incorporados se determinará en cada caso particular con sujeción a los mismos lineamientos que fija el presente artículo. - - - - - - - - - - - - - - - - - En ese tenor, la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores del Estado de Sonora dispone: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -“Artículo 31.- Salario es la retribución que debe pagarse al trabajador por virtud de nombramiento expedido en su favor y en razón de los servicios prestados.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asimismo, la Ley Federal del Trabajo define como salario: - - - - - - - - - -“Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -“Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.” - - - - - - - - - - - - Del contenido de los preceptos anteriores, debe entenderse que salario es toda contraprestación por proporcionar el servicio, en donde quedan comprendidos el salario por cuota diaria, compensaciones, complementos, quinquenios, bonos, pagos en especie, estímulos o cualquier otra que se reciba con carácter permanente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Reiteramos de nueva cuenta el criterio emitido en ocasiones anteriores, en el sentido de que los Ayuntamientos y demás organismos incorporados al ISSSTESON, están obligados a realizar los descuentos correspondientes abarcando la totalidad de los ingresos del trabajador, atendiendo a que el ISSSTESON estará obligado a cubrir las prestaciones en dinero con base en el salario manifestado por la dependencia y el trabajador tiene derecho a que se le cubran las prestaciones en dinero tomando en consideración el salario integrado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - De tal suerte, que tratándose de pensión por jubilación, el ISSSTESON pagará la pensión con base en el salario declarado por la dependencia, y en el caso concreto existirá una diferencia a favor del trabajador que tendrá que pagarse directamente por la dependencia, o por el ISSSTESON si se cubren las cuotas omitidas con los intereses respectivos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito y una vez analizada la documentación referida y la opinión jurídica, en ejercicio de la facultad de este H. Ayuntamiento de otorgar pensiones a sus trabajadores establecida en el
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regulador a que se refiere el articulo Cuarto Transitorio de la Ley de ISSSTESON, la cual deberá ser a cargo del ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se recomienda a este H. Ayuntamiento de Hermosillo aprobar a favor de la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, el pago de complemento de pensión por jubilación, el cual estará a cargo de este H. Ayuntamiento de Hermosillo, por el 100% (cien por ciento), que por servicios especiales devenga la citada trabajadora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Llevar a cabo el tramite necesario para solicitar dicha pensión en los términos expuestos, ante el ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión Asuntos Laborales a los 18 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO; C. José Arnoldo Quiroz Acuña, Presidente; C. Remedios Andrade Arcoamarillo, Secretaria; C. María Dolores Martínez Aldaco, Integrante; C. Martín Miranda López, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Laborales, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (33). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad el dictamen presentado por la comisión de Asuntos Laborales en los siguientes términos:- - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -PRIMERO: Se aprueba el trámite ante ISSSTESON de pensión por jubilación en los términos expuestos, a favor de la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, por el monto de 100% (cien por ciento) con base al sueldo regulador a que se refiere el articulo Cuarto Transitorio de la Ley de ISSSTESON, la cual deberá ser a cargo del ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se aprueba a favor de la C. MARIA LOURDES GALAZ ARVIZU, el pago de complemento de pensión por jubilación, el cual estará a cargo de este H. Ayuntamiento de Hermosillo, por el 100% (cien por ciento), que por servicios especiales devenga la citada trabajadora. - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Se autoriza llevar a cabo el trámite necesario para solicitar dicha pensión en los términos expuestos, ante el ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE PENSIÓN POR JUBILACIÓN DE LA C. SILVIA RAMÍREZ CANO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La Dirección General de Desarrollo Organizacional turnó a esta
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- - - La jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente a lo que resulte menor entre veinte salarios mínimos mensuales o el cien por ciento del sueldo regulador, entendiéndose por este el promedio ponderado de los sueldos cotizados en los últimos diez años, previa su actualización con el índice nacional de precios al consumidor o, en su caso, el incremento salarial del año correspondiente, el que sea menor, si se cumple con los requisitos abajo señalados y su percepción comenzará a partir del día siguiente a aquel en que el trabajador lo hubiese devengado. En ningún caso, las pensiones por jubilación podrán ser menores al equivalente a dos salarios mínimos generales mensuales en la zona de Hermosillo, Sonora.” - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - Además de lo anterior, deberán cubrirse los siguientes requisitos: - - - - - I.- Que la cantidad contribuida por el trabajador al Fondo de Pensiones resulte de la base del cálculo del sueldo regulador; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.-Que cumplan con los demás requisitos que establezca el Reglamento Respectivo que emita la Junta Directiva del Instituto.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No obstante lo anterior, el Decreto Número 211, que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley del ISSSTESON, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de fecha 29 de junio de 2005, de manera expresa, en su Artículo Sexto Transitorio, Inciso B) regula el tratamiento que habrá de darse a las trabajadoras que conforman las generaciones actuales. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dispone igualmente el referido Decreto que: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Los trabajadores con 30 o más años y las trabajadoras con 28 o más cotizados al momento de la vigencia del Decreto, recibirán sus jubilaciones con base en el último salario cotizado, los restantes trabajadores o trabajadoras con menor número de años cotizados, recibirán sus jubilaciones con base en el sueldo regulador que refiere el artículo cuarto transitorio.- - - - - - “Como caso de excepción y exclusivamente para efectos jubila torios, cuando un trabajador se haya mantenido un período de 3 años en un mismo nivel y rango laboral, se le aplicará dicho período de años para calcular el sueldo regulador, previa actualización con el índice nacional de precios al consumidor” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En sesión de Comisión se analizo el expediente de la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, encontrándose la siguiente documentación: - - - - - - - - - - - Mediante escrito de fecha 02 de octubre de 2007 dirigido al Lic. Ernesto Gándara Camou, Presidente Municipal de Hermosillo, la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, solicitó pensión por jubilación manifestando que cumple con el tiempo requerido para realizar dicho trámite.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -
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31 de diciembre del 2001, como secretaria ejecutiva del despacho del sindico de sindicatura del 01 de enero de 2002 al 31 de diciembre de 2002, como secretaria ejecutiva de tenencia de la tierra de sindicatura del 01 de enero de 2003 a la fecha, tiempo total de servicios prestados al H. ayuntamiento de Hermosillo son 12 años, 11 meses, 19 días.- - - - - • Según constancia de la Jefa de Pensiones y Jubilaciones del ISSSTESON, de fecha 02 de octubre de 2007, dicho Instituto certifica que la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, tiene aportaciones al Fondo de Pensiones por los períodos comprendidos del 01 de agosto de 1978 al 31 de abril de 1994 y del 16 de febrero de 1995 al 31 de agosto del 2007, es decir, 28 años, 04 meses, 15 días. -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Ahora bien, en el caso concreto, aplicando a la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, el Artículo Sexto Transitorio, Inciso B), del multicitado Decreto, se advierte que al momento de la vigencia la trabajadora contaba con 14 años cotizados, y al conformar generación actual, con base en la tabla correspondiente requiere 28 años de cotización para jubilarse, lo cual ocurre en el presente caso, ya que según la certificación de ISSSTESON de 02 de octubre del 2007, cuenta a la fecha con 28 años, 04 meses, 15 días cotizados ante dicha Paraestatal, por lo que recibirá su jubilación con base en el sueldo regulador a que se refiere el Artículo Cuarto Transitorio del referido Decreto el cual a la letra dice: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “ARTÍCULO CUARTO.- Para las generaciones actuales se entenderá por sueldo regulador al promedio ponderado de los sueldos cotizados de los últimos 3 años, previa su actualización con el índice nacional de precios al consumidor o, en su caso, el incremento salarial correspondiente, el que sea menor”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - La pensión por jubilación a que la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, tiene derecho, deberá ser a cargo del ISSSTESON, por lo que se recomienda tramitar ante esa paraestatal, pensión por jubilación, la cual en virtud del tiempo aportado, sería sobre la base del sueldo regulador a que se refiere el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto Número 211, que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de ISSSTESON, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado con fecha 29 de junio de 2005, con la salvedad de que si la trabajadora C. SILVIA RAMÍREZ CANO se haya mantenido en un período de 3 años en un mismo nivel o rango laboral, se le aplicará dicho período de años para calcular el sueldo regulador, previa actualización con el índice nacional de precios al consumidor.- - - - - - - - - - - - - - De igual forma para el pago de complemento de pensión por jubilación
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- - - Luego entonces, el sueldo básico de los trabajadores de los organismos públicos incorporados se determinará en cada caso particular con sujeción a los mismos lineamientos que fija el presente artículo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En ese tenor, la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores del Estado de Sonora dispone: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Artículo 31.- Salario es la retribución que debe pagarse al trabajador por virtud de nombramiento expedido en su favor y en razón de los servicios prestados.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Asimismo, la Ley Federal del Trabajo define como salario: - - - - - - - - - - - - “Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Del contenido de los preceptos anteriores, debe entenderse que salario es toda contraprestación por proporcionar el servicio, en donde quedan comprendidos el salario por cuota diaria, compensaciones, complementos, quinquenios, bonos, pagos en especie, estímulos o cualquier otra que se reciba con carácter permanente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Reiteramos de nueva cuenta el criterio emitido en ocasiones anteriores, en el sentido de que los Ayuntamientos y demás organismos incorporados al ISSSTESON, están obligados a realizar los descuentos correspondientes abarcando la totalidad de los ingresos del trabajador, atendiendo a que el ISSSTESON estará obligado a cubrir las prestaciones en dinero con base en el salario manifestado por la dependencia y el trabajador tiene derecho a que se le cubran las prestaciones en dinero tomando en consideración el salario integrado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - De tal suerte, que tratándose de pensión por jubilación, el ISSSTESON pagará la pensión con base en el salario declarado por la dependencia, y en el caso concreto existirá una diferencia a favor del trabajador que tendrá que pagarse directamente por la dependencia, o por el ISSSTESON si se cubren las cuotas omitidas con los intereses respectivos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito y una vez analizada la documentación referida y la opinión jurídica, en ejercicio de la facultad de este H. Ayuntamiento de otorgar pensiones a sus trabajadores establecida en el Artículo 61, Fracción III, Inciso S), de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y las facultades establecidas a esta Comisión el artículo 59,
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- - - SEGUNDO: Se recomienda a este H. Ayuntamiento de Hermosillo aprobar a favor de la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, el pago de complemento de pensión por jubilación, el cual estará a cargo de este H. Ayuntamiento de Hermosillo, por el 100% (cien por ciento), que por servicios especiales devenga la citada trabajadora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Llevar a cabo el tramite necesario para solicitar dicha pensión en los términos expuestos, ante el ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión Asuntos Laborales a los 18 días del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO; C. José Arnoldo Quiroz Acuña, Presidente; C. Remedios Andrade Arcoamarillo, Secretaria; C. María Dolores Martínez Aldaco, Integrante; C. Martín Miranda López, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Laborales, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - ACUERDO (34). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad el dictamen presentado por la comisión de Asuntos Laborales en los siguientes términos:- - - - - PRIMERO: Se aprueba el trámite ante ISSSTESON de pensión por jubilación en los términos expuestos, a favor de la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, por el monto de 100% (cien por ciento) con base al sueldo regulador a que se refiere el articulo cuarto transitorio de la Ley de ISSSTESON, la cual deberá ser a cargo del ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se aprueba a favor de la C. SILVIA RAMÍREZ CANO, el pago de complemento de pensión por jubilación, el cual estará a cargo de este H. Ayuntamiento de Hermosillo, por el 100% (cien por ciento), que por servicios especiales devenga la citada trabajadora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Se autoriza llevar a cabo el trámite necesario para solicitar dicha pensión en los términos expuestos, ante el ISSSTESON. - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES RELATIVO A AUTORIZACIÓN DEL C. PRESIDENTE MUNICIPAL COMO AL C. SINDICO MUNICIPAL, PARA EFECTO DE QUE SOLICITEN ANTE EL H. TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE SONORA, LA SUSPENSIÓN Y EN SU MOMENTO EL CESE DEL C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - - - - - - - - - - - - - - - - -
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II. Esta comisión recibió expediente el cual contiene Acta Administrativa, de fecha 09 de noviembre de 2007 donde se hace constar que el C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, con el puesto de Peón, con número de empleado 7617, adscrito a la Dirección de Conservación de Vialidades del H. Ayuntamiento de Hermosillo, tiene faltas los días 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25 y 26 de octubre del presente año, sin permiso o justificación alguna, así mismo se hace constar que no se presento al levantamiento de acta administrativa. - - III. Citatorio de fecha 16 de noviembre de 2007 con número de oficio DODG-2007-3650, dirigido al C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, con número de empleado 7617, para que se presente en la Dirección de Recursos Humanos el 28 de noviembre de 2007, a las 09:30 hrs. para investigación de hechos contenidos en el Acta Administrativa de fecha 09 de noviembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - IV. Oficio número DODG-2007-3661, de fecha 20 de noviembre de 2007, dirigido al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Hermosillo S.U.T.S.M..H., con el fin de que en su caso haga uso de los derechos de representación que le confiere la Ley. - - - - - - - - - - - V. Acta Administrativa de Investigación de fecha 28 de noviembre de 2007, mediante el cual se hace costar la comparecencia del empleado C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, señalando lo siguiente: si falte, ya que traigo una demanda y e tenido que ir con los abogados, no tengo justificante de estas faltas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Es importante señalar que la conducta del trabajador C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, con el puesto de Peón, con número de empleado 7617, adscrito a la Dirección de Conservación de Vialidades, se traduce en inasistencias los días 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25 y 26 de octubre del presente años, sin permiso o justificación alguna, previstas en la fracción VI inciso b) i), del Artículo 42 de la Ley del Servicio Civil de Carrera para el Estado de Sonora, siendo imposible la sana continuación del vinculo laboral, ya que se trata de un trabajador que continuamente falta a sus labores sin justificación alguna. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo anteriormente descrito y una vez analizada la documentación referida y las facultades establecidas a esta Comisión el artículo 59 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, esta comisión emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Autorizar a el C. Presidente Municipal, como al Sindico
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- - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión Asuntos Laborales a los días 18 del mes de diciembre de 2007. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ATENTAMENTE: COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO; C. José Arnoldo Quiroz Acuña, Presidente; C. Remedios Andrade Arcoamarillo, Secretaria; C. María Dolores Martínez Aldaco, Integrante; C. Martín Miranda López, Integrante; C. José Ávila Muñoz, Integrante.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido el C. Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el dictamen presentado por la Comisión de Asuntos Laborales, en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (35). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el dictamen presentado por la comisión de Asuntos Laborales en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO: Se autoriza al C. Presidente Municipal, como al Síndico Municipal para que con fundamento en el artículo 65 fracción I y 70 fracción II, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal solicite ante el H. Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Sonora, la SUSPENSIÓN Y EN SU MOMENTO EL CESE en contra del trabajador C. BENJAMÍN IVAN MARTÍNEZ RODRÍGUEZ. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Se autoriza al C. Secretario de este H. Ayuntamiento para que con fundamento al artículo 89 fracción VII, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal refrende lo anteriormente autorizado. - - - - - - - - - -----------------------------------------------------9. ASUNTOS GENERALES.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - A) ASUNTO DEL LIC. GILBERTO GUTIÉRREZ QUIROZ, SÍNDICO DEL AYUNTAMIENTO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al Síndico del Ayuntamiento, quien expuso lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - AUTORIZACIÓN PARA OTORGAR PODER CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 61, FRACCIÓN III, INCISO K, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL- - - - - - - - - Se solicita AUTORIZACIÓN para que con arreglo en lo dispuesto en la Fracción III, inciso K del artículo 61 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se otorgue al C. LIC. ANGEL IGNACIO CARRETAS CHAVEZ, Sub Oficial Adscrito a la Dirección General de Seguridad Pública Municipal del Municipio de Hermosillo, Sonora, Poder para presentar denuncias y/o querellas, así como para ejecutar actos procesales encaminados
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Acta No. 22 de fecha 14 de Julio del presente año, el cual comprendía solamente el periodo vacacional que gozaba el C. Lic. Oscar Humberto Pacheco Rodríguez. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración el cuerpo colegiado el asunto presentado por el Síndico del Ayuntamiento, llegándose al siguiente punto de Acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (36). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad el asunto presentado por el Lic. Gilberto Gutiérrez Quiroz, Síndico del Ayuntamiento en los siguientes términos: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con fundamento en el artículo 61, Fracción III, inciso K de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, y en virtud de la carga procesal que tiene el C. LIC. OSCAR HUMBERTO PACHECO RODRÍGUEZ, actual Apoderado Legal de los bienes de este H. Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, se AUTORIZA se otorgue al C. LIC. ANGEL IGNACIO CARRETAS CHAVEZ, Sub Oficial Adscrito a la Dirección General de Seguridad Pública Municipal del Municipio de Hermosillo, Sonora, Poder para presentar denuncias y/o querellas, así como para ejecutar actos procesales encaminados a la protección de los intereses de este H. Ayuntamiento, relativos a sus vehículos, inventarios y manejos de sus bienes, pudiendo auxiliarse el uno al otro en los diversos asuntos legales que ello implique. - - ------------------------------------------------------ - - B) ASUNTO DEL REGIDOR JUAN PABLO ACOSTA GUTIÉRREZ (AMPARO EN REVISIÓN NO. 96/07 EMITIDA POR EL TERCER TIRBUNAL COLEGIADO ENMATERIA PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL, RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA DEL AMPARO EN REVISIÓN No.- 96/07 EMITIDA POR EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO. ANTECEDENTES - - - Con fecha 30 de noviembre de 2007 en Sesión Ordinaria de Cabildo asentada en el Acta No. 31 se turno a la Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal lo relativo al Cumplimiento a la Ejecutoria del Amparo en Revisión No.- 96/07 emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Quinto Circuito, para su estudio, análisis y posterior dictaminación.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Es por lo anteriormente mencionado que en sesión de fecha 21de
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- - - 1.- Notificar acuerdo respecto a la petición formulada por el quejoso mediante escrito de fecha 15 de Agosto de 2006 referente a la expedición de formato de asignación de la clave catastral del inmueble ubicado al norte de la Ciudad de Hermosillo con superficie de 6-55-53.148 hectáreas. .- - - - - - - - - - - - 2.- Cumplir con lo que ordena el artículo 70, fracciones VII, VIII y IX de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y al artículo 32 de la Ley Catastral del Estado de Sonora. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que se refiere al punto 1, cabe señalar que tal escrito únicamente tuvo respuesta en lo referente a la solicitud de expedición de copia certificada del plano del inmueble que levantó el H. Ayuntamiento, para celebrar el convenio de regularización con el quejoso; pero fue omiso respecto a la solicitud de expedición del formato de asignación de la clave catastral del inmueble materia de regularización. Esta circunstancia provocó que se concediera el amparo para el efecto de que se notificara al quejoso el acuerdo recaído a su petición identificada con el inciso a) de su escrito de fecha 15 de Agosto de 2006. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - .- - - - - - - En este aspecto, de acuerdo con las copias fotostáticas de las constancias proporcionadas, se advierte que con fecha 13 de Marzo de 2007, se emitió un acuerdo que fue notificado al quejoso Horacio Vega Pérez, negándose a firmar de recibido, con lo cual de hecho se dio cumplimiento a la sentencia de amparo emitida por el Juez Décimo de Distrito, mas no de derecho, por las razones que enseguida se mencionan. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se sostiene lo anterior, porque en la fecha en que se dio la respuesta al quejoso (13 de Marzo de 2007), no había causado ejecutoria la sentencia de 9 de Febrero de 2007, terminada de engrosar el 23 del mismo mes y año, pues ella fue recurrida en revisión y el Tribunal Colegiado tampoco la tomó en consideración, porque no fue presentada ante dicha autoridad, no obstante que en su ejecutoria hace referencia a la respuesta emitida a manera de informe justificado, con lo cual se cumplía con la emisión del acuerdo, pero no con la notificación del mismo. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El recurrente atacó su contenido, por no estar fundado y motivado y alude a diversas argumentaciones que el tribunal desestimó porque resultan ser cuestiones novedosas incursionadas en el recurso de revisión, que no formaron parte de la litis constitucional, al no hacerse valer en los conceptos de violación de la demanda de garantías y su ampliación. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo anterior, al no haberse notificado el acuerdo en la etapa de ejecución de sentencia, porque en esa fecha (13 de Marzo de 2007), no había causado ejecutoria y como tampoco el Tribunal Colegiado la tomó en
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- - - A este respecto, es importante señalar que el artículo 70, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, obliga al Sindico del Ayuntamiento, entre otras cosas, a realizar las gestiones necesarias, a fin de que todos los actos traslativos de dominio en que el Ayuntamiento sea parte, se encuentren debidamente inscritos en el Registro Público de la Propiedad, y el diverso 32, de la Ley Catastral del Estado de Sonora, señala la obligación de fedatarios y particulares de manifestar por escrito a la autoridad catastral municipal, el tipo de operaciones realizadas sobre predios, en los cuales hayan intervenido; lo anterior implica que la autoridad (Sindico) limita su función a gestionar, y manifestar por escrito actos que tengan que ver con traslado de dominio de predios. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En efecto, GESTIONAR, literalmente y de acuerdo con el Diccionario General Ilustrado de la Lengua Española significa: “hacer diligencias para el logro de un negocio o de un deseo cualquiera”, por tanto, la función del Sindico, no va mas haya que llevar a cabo las diligencias adecuadas, sin que de ninguna manera esté supeditado a que la autoridad ante la cual se realicen las gestiones, actúen necesariamente conforme a ellas. Por tanto, los actos realizados por autoridades no señaladas como responsables deben desvincularse de la obligación de cumplimiento, porque ellas no fueron llamadas a juicio, así que de existir impedimento legal justificado, ello no implica desacato a la ejecutoria de amparo; incluso el propio Tribunal Colegiado prevé el supuesto de que no se logre el registro o inscripción cuando exista algún impedimento legal, por tanto la ejecutoria se cumple al efectuar las gestiones a que está obligado el Síndico y si estas no tienen éxito por motivos jurídicos diversos, no debe aceptarse ante la autoridad de amparo como un incumplimiento o impedimento para cumplir con la ejecutoria, sino como una causa ajena que impidió la realización del registro o inscripción, lo cual debe ponerse en conocimiento a la autoridad de amparo, pero de ninguna manera aceptar ello como un desacato a la ejecutoria ni tan siquiera como un impedimento para cumplir con ella, porque dicho cumplimiento se agota, como ya se dijo, con realizar las gestiones y manifestaciones adecuadas con independencia de que ellas tengan o no éxito. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Lo anterior es importante destacar, porque el origen del trámite de incumplimiento de ejecutoria de amparo, lo constituye el haber manifestado la autoridad responsable (Sindico Municipal), tener imposibilidad legal para cumplir con tal ejecutoria, (Escrito de fecha 4 de noviembre de 2007), siendo que de hecho nada impide que se cumpla con dar respuesta al quejoso sobre su petición y gestionar la inscripción en Catastro y Registro Público de la
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establecido en los artículos 70, fracciones VII, VIII y IX de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 32 de la Ley Catastral. .- - - - - - - - - - - - Por lo que esta Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal de conformidad con el artículo 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Hermosillo, emite el siguiente: .- - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - PRIMERO.- Notificar al C. Horacio Vega Pérez, el acuerdo en el que dé respuesta a la petición contenida en el inciso a) de su escrito de fecha 15 de agosto de 2006. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - .- - - - - - - SEGUNDO.- De nueva cuenta envíe los oficios dirigidos al Director de Catastro Municipal y al Director del Registro Público de la Propiedad, gestionando el registro del convenio de regularización, celebrado con fecha 10 de Septiembre de 1997, entre el H. Ayuntamiento de Hermosillo y el quejoso Horacio Vega Pérez. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO.- Hecho lo anterior, con anexo de copias de recibido de los anteriores escritos, dirigir sendos oficios al C. Juez Décimo de Distrito y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Quinto Circuito, en los que se informe haber dado cumplimiento a la ejecutoria de amparo, omitiendo cualquier manifestación o justificación del porque no se haya logrado el éxito de la gestión, únicamente indicando que una vez que se tengan las respuestas correspondientes, se procederá a realizar lo conducente respecto de la formulación del inventario de bienes inmuebles propiedad del municipio y actualizar el registro de enajenaciones que realice el Ayuntamiento, lo cual es consecuencia de la inscripción en Catastro y Registro de la Propiedad. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal, a los 21 días del mes de diciembre de 2007. - - - - ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL: C. Juan Pablo Acosta Gutiérrez, Presidente; C. Jorge Francisco Robinson Rodríguez, Secretario; C. María Dolores Martínez Aldaco, Integrante; C.Dorotea Rascón Gámez, Integrante; y C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado, el dictamen presentado por la Comisión, llegándose al siguiente Acuerdo: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO (37). Con fundamento en el artículo 73 de la Ley de
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IX de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y 32 de la Ley Catastral, conforme a lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. Notificar al C. Horacio Vega Pérez, el acuerdo en el que dé respuesta a la petición contenida en el inciso a) de su escrito de fecha 15 de agosto de 2006. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - .- - - - - - - SEGUNDO. De nueva cuenta envíe los oficios dirigidos al Director de Catastro Municipal y al Director del Registro Público de la Propiedad, gestionando el registro del convenio de regularización, celebrado con fecha 10 de Septiembre de 1997, entre el H. Ayuntamiento de Hermosillo y el quejoso Horacio Vega Pérez. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO. Hecho lo anterior, con anexo de copias de recibido de los anteriores escritos, dirigir sendos oficios al C. Juez Décimo de Distrito y Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Quinto Circuito, en los que se informe haber dado cumplimiento a la ejecutoria de amparo, omitiendo cualquier manifestación o justificación del porque no se haya logrado el éxito de la gestión, únicamente indicando que una vez que se tengan las respuestas correspondientes, se procederá a realizar lo conducente respecto de la formulación del inventario de bienes inmuebles propiedad del municipio y actualizar el registro de enajenaciones que realice el Ayuntamiento, lo cual es consecuencia de la inscripción en Catastro y Registro de la Propiedad. .- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C) ASUNTO DEL REGIDOR JUAN PABLO ACOSTA GUTIÉRREZ (RELATIVO A RESOLVER EL RECURSO DE REVISIÓN PROMOVIDO POR MALVERN SYSTEMS DE MÉXICO) - - - DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL, RELATIVO A RESOLVER EL RECURSO DE REVISIÓN PROMOVIDO POR LA EMPRESA MALVERN SYSTEMS DE MÉXICO, S.A. DE C. V. ANTECEDENTES - - - En sesión de fecha 21de diciembre de 2007, la Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal, se reunió para dictaminar el proyecto en estudio, acreditándose el quórum establecido en el artículo 64 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Hermosillo, para ser sometido a votación. - - - - - El proyecto sujeto a dictamen, se sustenta en lo establecido en la siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - - - PRIMERO: Durante el período del 4 al 17 de septiembre de 2001 se
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2001; el fallo de la Licitación se emitió por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, el 14 de septiembre de 2001, en el cual se descalificó a las empresas Sistemas y Computadoras de Gestión, S.A. de C.V. y Malvern Systems de México, S.A. de C.V. y se adjudicó la licitación a la empresa Gedas North América, S.A. de C.V.; Se notificó el fallo a las empresas participantes el 17 de septiembre de 2001. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: El H. Ayuntamiento de Hermosillo en Sesión celebrada el 28 de septiembre de 2001, Acta 31, ratificó y validó el procedimiento de la Licitación Pública 5/2001 y autorizó se celebre el contrato por el Presidente Municipal con la empresa ganadora. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO: Por escrito presentado el 8 de octubre de 2001, ante Oficialía Mayor del H. Ayuntamiento de Hermosillo, Malvern Systems de México, S.A. de C.V., por conducto de su apoderado legal JAMES MACNAIR STUART, presentó recurso de Reconsideración en contra del Acta 31 correspondiente a sesión extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, de fecha 14 de septiembre de 2001, en el cual se emitió el fallo de la Licitación Pública 5/2001, convocada por el referido Comité para adquirir un sistema de información computacional para la administración pública municipal, así como en contra del Acta de 17 de septiembre de 2001 en la cual consta la notificación del fallo referido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO: Que con fecha 23 de enero de 2002, el Lic. Javier Cázares Sánchez, en su carácter de Presidente del Comité de Adquisiciones, remitió el expediente de la Licitación Pública así como el Recurso presentado a Contraloría Municipal para que resuelva lo procedente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO: Que con fecha 7 de febrero de 2003, Contraloría Municipal emitió resolución respecto a dicho recurso. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEXTO: Contra dicha resolución, MALVERN SYSTEMS DE MÉXICO, S. A DE C .V. interpuso ante el Juzgado Primero de Distrito demanda de amparo, al que se asignó el número de expediente 143/2003. - - - - - - - - - - - - - - SÉPTIMO: El 29 de septiembre de 2003, el H. Juzgado Primero de Distrito dictó resolución en la que se concedió a dicha empresa el Amparo y Protección de la Justicia Federal, para el efecto de que se deje insubsistente la resolución de Contraloría municipal dictada el 7 de febrero de 2003, y dicte una nueva, en virtud de que la misma se resolvió con fundamento en la Ley de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Sonora, Ley que en la fecha de interposición del recurso aún no entraba en vigencia, estando vigente la Ley Orgánica de Administración Municipal del Estado de Sonora. - - - - - - -
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término de quince días para interponer el recurso debía considerarse como días naturales. En contra de tal determinación, Malvern Systems de México, S.A. de C. V. presentó recurso de revisión ante el H. Ayuntamiento. En Sesión de 6 de julio de 2004 el Ayuntamiento confirmó la resolución del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Mediante escrito presentado el 23 de agosto de dos mil cuatro Malvern Systems de México, S.A. de C.V., por conducto de su apoderado legal, Lic. Domingo Gutiérrez Mendívil, presentó demanda de amparo en contra de la Resolución del H. Ayuntamiento. El Juzgado Décimo Octavo de Distrito Itinerante emitió sentencia negando el amparo a la empresa quejosa, al considerar que el Ayuntamiento actuó conforme a derecho al confirmar la resolución del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios. Malvern Systems de México, S.A. de C.V. interpuso Recurso de Revisión en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado de Distrito. El Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito tramitó dicho Recurso de Revisión, y al resolverlo en su Resolutivo Cuarto determinó que “La Justicia de la Unión ampara y protege a Malvern Systems de México, Sociedad Anónima de Capital Variable, contra el acto reclamado al Ayuntamiento de Hermosillo, consistente en la resolución de seis de julio de dos mil cuatro”. - - - - - - - - - - - - - DECIMO: En cumplimiento de tal resolución, el Ayuntamiento de Hermosillo en Sesión 73, de fecha 31 de mayo de dos mil seis, resolvió dejar sin efectos su resolución de seis de julio de dos mil cuatro así como la Resolución del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de ocho de marzo de dos mil cuatro y ordenó al Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, que emita nueva Resolución en la que admita el recurso presentado el ocho de octubre de dos mil uno por Malvern Systems de México S.A. de C. V. por haberse presentado dentro del término legal. - - - - - - - DECIMO PRIMERO: El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18/2006, celebrada el 16 de junio de 2006, emitió resolución del Recurso de Reconsideración 1/2004. En contra de tal resolución, con fecha 13 de Octubre de 2006, la empresa Malvern Systems de México, S.A. de C.V., interpuso recurso de Revisión ante este H. Ayuntamiento.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO - - - PRIMERO: Este Ayuntamiento de Hermosillo, es competente para conocer y resolver el Recurso de Revisión interpuesto el trece de octubre de dos mil seis por Malvern Systems de México, S.A. de C.V., de conformidad con lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley Orgánica de Administración
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de diciembre de 2001, pasada ante la fe del Notario Público número 32, en ejercicio en el Distrito de Davos, Ciudad Juarez, Chihuahua. El artículo 150 de la Ley Orgánica de Administración Municipal, señala que el recurso de revisión debe interponerse en los términos de los artículos anteriores de dicha Ley, entre los que se incluye el artículo 148, que refiere que los recursos deben presentarse por escrito, condición que se cumplió por el recurrente. El artículo 150 referido prescribe que el recurso debe presentarse ante el Ayuntamiento, dicha condición se cumplió en la especie, en virtud de que el recurso se presentó ante esta H. autoridad. El artículo 148 de la Ley Orgánica de Administración Municipal establece que el recurso de deberá promoverse “dentro del término de quince días siguientes a la notificación o ejecución del acto impugnado”. El recurrente no manifiesta cuándo se le notificó o conoció el acto impugnado, del cual tuvo conocimiento al haberse presentado dentro del Juicio de Amparo seguido ante el Tribunal Colegiado de Circuito, en virtud de desconocerse dicha fecha, se admite dicho recurso. - - - - - - - - - - - - - - CUARTO: La resolución del Recurso del Reconsideración 1/2004, emitida por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18/2006 en fecha 16 de junio de dos mil seis, misma que constituye el acto impugnado señala lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - “… OCTAVO: En virtud de que el Ayuntamiento de Hermosillo en Sesión celebrada el veintiocho de septiembre de dos mil uno (Acta 31) ratificó y validó todo el procedimiento de la Licitación Pública 5/2001 y que de conformidad con los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 128 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora y 2 de la Ley Orgánica de Administración Municipal, -Ley vigente en el momento en que se presentó el Recurso por Malvern Systems México, S.A. de C.V.- la máxima autoridad de los Municipios es el Ayuntamiento, este Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios carece de facultades para revocar el fallo de Licitación Pública referida. POR LO EXPUESTO Y FUNDADO, con apoyo en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 128 de la Constitución Política del
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el órgano que gobierna y administra al Municipio de Hermosillo, es decir, la máxima autoridad municipal, ratificó y validó dicho procedimiento de Licitación Pública en sesión celebrada el veintiocho de septiembre de dos mil uno. …” - - - QUINTO: Los Agravios señalados por el recurrente son los siguientes: “La resolución recurrida viola, por inexacta aplicación, los artículos 37, fracción VII, 40, fracción V, y 44 fracciones IV, V, y VI, de la anterior Ley Orgánica de Administración Municipal 25, del entonces vigente Reglamento Interior del Ayuntamiento de Hermosillo, 3 del Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios vigente y 62 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. Se infringen por indebida aplicación los artículos 3 del Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios vigente y 62 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, porque dichos ordenamientos no se hallaban vigentes en la época en que se emitió la resolución recurrida, habiéndose ya definido en diversas ejecutorias de amparo que en el caso concreto no debe aplicarse la aludida normatividad. Por otro lado, se violenta por inexacta aplicación el artículo 37, fracción VII, de la anterior Ley Orgánica de Administración Municipal porque aún cuando el Ayuntamiento cuente con atribuciones para aprobar los convenios que con su autorización previa celebre el presidente municipal, resulta obvio que en la especie no se actualiza la hipótesis a la que alude el citada (sic) dispositivo, puesto que el Ayuntamiento nunca autorizó previamente al presidente municipal a celebrar un convenio con Gedas North América, S.A. de C.V. sino que se llevó a cabo una licitación pública que culminó
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presidente municipal para “Celebrar a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de éste, todos los actos y contratos necesarios para el despacho de los asuntos administrativos y la atención de los servicios municipales.” Luego entonces, si a la fecha de emisión (28 de septiembre de 2001) del acuerdo del Ayuntamiento al que se refiere la resolución recurrida todavía se hallaban subjúdice las determinaciones dictadas por el Comité de Adquisiciones y Oficialía Mayor (el 14 y 17 de septiembre de 2001) acerca de la aludida Licitación Pública, puesto que estaba transcurriendo el término para interponer en su contra el recurso de reconsideración (que efectivamente se interpuso el 6 de octubre de 2001), obvio resulta que el presidente municipal de ninguna manera podía ser autorizado para celebrar contrato alguno con la empresa Gedas North América, S.A. de C.V. lo que solo podría ocurrir hasta que quedara firme la resolución definitiva que se dictara sobre el particular. En el mismo sentido, la resolución impugnada viola, por inexacta aplicación, el artículo 44, fracciones IV, V, y VI, de la anterior Ley Orgánica de Administración Municipal porque el hecho de que los regidores tengan las obligaciones y facultades contenidas en las aludidas fracciones de ninguna forma significa que pudieran ignorar la circunstancia de que aún se hallaba (y se hall) pendiente de resolución definitiva la Licitación Pública Número 5/2001, por lo que debieron abstenerse de aprobar el referido acuerdo del 28 de septiembre de 2001, hasta en tanto se pronuncie tal resolución de carácter definitivo respecto de la Licitación, de manera que la conducta abiertamente ilegal y quizá delictuosa de los regidores no puede esgrimirse como argumento para desestimar el recurso de reconsideración (sic) que nos ocupa.
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con el requisito de debida fundamentación al que se refiere el artículo 16 de la Constitución Federal”. - - - SEXTO: Analizando los agravios del recurrente, este Comité considera que en la especie resulta importante resaltar que el recurso de reconsideración que inicialmente hizo valer Malvern Systems de México, S. A. de C. V., por conducto de James Magnair Stuart en contra de las resoluciones de 14 y 17 de Septiembre de 2001, e interpuesto con fecha 8 de Octubre de 2001, ante Oficialía Mayor del H. Ayuntamiento de Hermosillo, independientemente de que no fue objeto de una admisión expresa, dicho recurso no tenía la particularidad de suspender el procedimiento según se desprende de lo dispuesto por los Artículos 148 y 149 de la Ley Orgánica de Administración Municipal, de tal manera que no impedía jurídicamente que se llevase a cabo la ratificación y validación del Pleno del H. Ayuntamiento de Hermosillo de todo el procedimiento de la Licitación Pública No. 5/2001, mismo que se llevó a cabo mediante Sesión de fecha 28 de Septiembre de 2001, según Acta No. 31. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así las cosas, se estima que en todo caso está resolución de fecha 28 de Septiembre de 2001, causaba al recurrente un perjuicio que debía de haberse impugnado en su oportunidad a través del sistema de recursos contemplados por la abrogada Ley Orgánica de la Administración Municipal, y al no hacerse así, se está ante la presencia de actos consentidos al no haberse recurrido en su momento, toda vez que la resolución citada, estaba íntimamente ligada a las resoluciones primeramente impugnadas, cuya decisión jurídica no se había realizado por no haberse admitido formal y jurídicamente el recurso de reconsideración interpuesto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Independientemente de lo anterior y toda vez que los requerimientos de la Administración Pública Municipal no podían quedar en suspenso, fue necesario que el proveedor ganador de la licitación impugnada proveyera al Ayuntamiento de Hermosillo la implementación de sistemas de información computacional con el fin de adquirir un sistema de información para la referida administración con el objeto de llevar a cabo el control de las áreas o materias relativas a ingresos, egresos, contabilidad, presupuestación y proyectos en general y que se estableciera la expansión a módulos complementarios relativos a adquisiciones, recursos humanos y nómina, así como la capacitación correspondiente para lo mismo. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otro lado, este comité ratifica los argumentos vertidos en la resolución que se combate, ya que no se tiene facultades para revocar la decisión del
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toma de decisiones dependiente del H. Ayuntamiento, según lo establece el Artículo 3 del Reglamento del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios vigente, en el entendido de que las Autoridades Municipales sólo pueden ejercer las atribuciones que la ley les concede expresamente, de acuerdo al Artículo 2 de la Constitución Política del Estado de Sonora y 62 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por lo que esta Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal de conformidad con el artículo 47 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Hermosillo, emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - PUNTO DE ACUERDO - - - PRIMERO.- Resulta improcedente el recurso de revisión interpuesto por Malvern Systems de México, S.A. de C.V. en contra de la Resolución que resolvió el Recurso de Reconsideración 1/2004 emitido por Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18/2006, en fecha 16 de junio de 2006, por las razones y consideraciones vertidas en el cuerpo de la presente resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- En virtud de lo anterior, queda firme y se confirma la resolución que se combate, consistente en lo resuelto por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18, de fecha 16 de Junio de 2006. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO.- Se aprueba la designación para intervenir en el presente Recurso a Jesús Francisco Herrera Soqui, Luis Antonio Hernández Sánchez e Irán Roberto Robles Esquivel. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO.- Se tiene por señalado como domicilio de Malvern Systems de México, S.A. de C.V. el ubicado en Dr. Hoeffer número 42-A, Colonia Centenario, de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO.- Notifíquese a la empresa Malvern Systems de México, S.A. de C.V. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo acordaron los miembros de la Comisión de Gobernación y Reglamentación Municipal, a los 21 días del mes de diciembre de 2007. - - - - ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN COMISIÓN DE GOBERNACIÓN Y REGLAMENTACIÓN MUNICIPAL: C. Juan Pablo Acosta Gutiérrez, Presidente; C. Jorge Francisco Robinson Rodríguez, Secretario; C. María Dolores Martínez Aldaco, Integrante; C.Dorotea Rascón Gámez, Integrante; y C. Rodolfo Flores Hurtado, Integrante . - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Acto seguido, el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado, el dictamen presentado por la Comisión, llegándose al siguiente
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Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18/2006, en fecha 16 de junio de 2006, por las razones y consideraciones vertidas en el cuerpo de la presente resolución. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO. En virtud de lo anterior, queda firme y se confirma la resolución que se combate, consistente en lo resuelto por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios en Sesión Extraordinaria 18, de fecha 16 de Junio de 2006. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - TERCERO. Se aprueba la designación para intervenir en el presente Recurso a Jesús Francisco Herrera Soqui, Luis Antonio Hernández Sánchez e Irán Roberto Robles Esquivel. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO. Se tiene por señalado como domicilio de Malvern Systems de México, S.A. de C.V. el ubicado en Dr. Hoeffer número 42-A, Colonia Centenario, de esta ciudad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO. Notifíquese a la empresa Malvern Systems de México, S.A. de C.V. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------------------------------------------------------ - - D) ASUNTO RELATIVO A LA FIRMA DE CONVENIO ENTRE EL H. AYUNTAMIENTO Y LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - El Presidente Municipal otorgó el uso de la voz al Secretario del Ayuntamiento, Lic. Enrique Palafox Paz, quien manifestó lo siguiente: - - - PRIMERO: Se solicita al H. Ayuntamiento de Hermosillo, que autorice y convenie los términos y condiciones a los cuales se sujetará la recaudación de la cuota correspondiente por concepto de Derecho de Alumbrado Público, para que quede de la siguiente manera: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO, SONORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL AYUNTAMIENTO” REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. ERNESTO GANDARA CAMOU Y EL LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ, PRESIDENTE MUNICIPAL Y SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, Y POR LA OTRA, LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. ING. J. MANUEL GARCIA MARTINEZ, EN SU CARÁCTER DE GERENTE DE LA DIVISIÓN DE DISTRIBUCIÓN NOROESTE, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA COMISION”, CON EL OBJETO DE ESTABLECER LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES A LOS QUE SE SUJETARÁ LA RECAUDACIÓN DE DERECHO POR CONCEPTO DE ALUMBRADO PÚBLICO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
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toma de protesta de los integrantes del Ayuntamiento de Hermosillo, así mismo en Acta No. 2 de fecha de 16 Septiembre de 2006, se autorizó el nombramiento del Secretario del Ayuntamiento. I.2.-Que de acuerdo a las facultades que le otorgan los Artículos 108 y 110 de la Ley de Hacienda Municipal, ha decidido realizar el presente Convenio, con el objeto de establecer el mecanismo para la recaudación por concepto del Derecho de Alumbrado Público, que actualmente tiene a su cargo “LA COMISION”. I.3- Que la Ley de Hacienda Municipal en su Artículo 108 establece que por la prestación del servicio de alumbrado público, los propietarios y/o poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos ubicados en las zonas urbanas o suburbanas de las poblaciones municipales pagarán un derecho en base al costo total del servicio que se hubiera ocasionado con motivo de su prestación en dicha población, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad en la población de que se trate más el número de los propietarios y/o poseedores de predios construidos o de predios no edificados o baldíos, que no cuenten con dicho servicio; y Las leyes de ingresos municipales señalarán los costos de este servicio en cada una de sus poblaciones. I.4- Que la Ley de Hacienda Municipal en su Articulo 110, segundo Párrafo, le confiere la facultad de celebrar convenios con “LA COMISION”, para el efecto de que sea ese Organismo Público Descentralizado de la Administración Publica Federal, quien recaude la contraprestación correspondiente al servicio de alumbrado publico, tratándose de propietarios o poseedores de predios que cuenten con el servicio de energía eléctrica medido o estimado y realice el entero ante Tesorería Municipal. 1.5- Que la Ley de Ingresos para el Municipio de Hermosillo, vigente para el Ejercicio Fiscal 2007, en sus Artículos 98 BIS C y 98 BIS D, fue modificada por el Congreso del Estado, mediante decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 10 de Diciembre de 2007, disponiendo que el cobro del derecho de alumbrado público será de una cuota de $ 38.00 (TREINTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), y para los grupos vulnerables, que serán definidos por “EL AYUNTAMIENTO”, una cuota de $ 10.00 (DIEZ PESOS 00/100 M,N.), mensuales. I.6.- Que de acuerdo con los archivos documentales que tiene a su cargo la Secretaría de “EL AYUNTAMIENTO”, el día 9 del mes de Enero del Dos mil cuatro, se firmó un convenio con ¨LA COMISION¨, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Hacienda Municipal vigente en esos tiempos, formalizando los términos y condiciones de recaudación de los ingresos por concepto de alumbrado público; que anteriormente se hacía de facto por “LA COMISION”.
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II.1.- Que es un organismo publico Descentralizado de la Administración Pública Federal, que por mandato constitucional tiene a su cargo la prestación del servicio público de energía eléctrica. II.2.- Que de acuerdo al Convenio suscrito con “EL AYUNTAMIENTO”, en fecha 09 de Enero de 2004, ha tenido a su cargo la recaudación del 3% del Derecho de Alumbrado Publico, que señalaba la Ley de Hacienda Municipal y la Ley de Ingresos de “EL AYUNTAMIENTO”, concepto tributario contemplado en los recibos de facturación que en forma mensual y bimestral, expide a los usuarios de Servicio Publico de Energía Eléctrica; y con antelación a la firma del Convenio citado, “LA COMISION” hacía de facto dicha recaudación. II.3- Que es su intención convenir con “EL AYUNTAMIENTO”, la celebración del presente instrumento, con el propósito de establecer la mecánica de recaudación del Derecho de Alumbrado Público, de acuerdo a las nuevas disposiciones introducidas en la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de hermosillo. II.4.- Que pone a disposición de “EL AYUNTAMIENTO”, un sistema de consulta por internet (www.cfe.gob.mx) el portal de CFE, con el propósito de que se obtenga información veraz y oportuna del padrón de usuarios y de la facturación correspondiente que tiene a su cargo. II.5.- Que las facultades con que comparece, son suficientes para celebrar el presente acto y no le han sido revocadas ni modificadas en ninguno de sus términos y que acredita la personalidad que ostenta como apoderado legal de la “LA COMISION”, con Poder General para Pleitos y Cobranzas y actos de Administración, otorgado en Escritura pública No. 31,743, Volumen 1223, de fecha 29 de Septiembre de 2003, levantada ante la Fe del notario Público No. 105, Lic. Conrado Zuckermann Ponce, con demarcación Notarial en la Ciudad de Naucalpan de Juárez, Estado de México. III.- DECLARAN “LA COMISION” Y “EL AYUNTAMIENTO”: III.1.- Que ambas partes convienen en dar por terminado el Convenio celebrado el 09 de enero de 2004, suscrito para la recaudación del Derecho de Alumbrado Público por parte de “LA COMISION”, con base el 3% del monto correspondiente sobre el consumo de energía eléctrica que factura y cobra a los usuarios, de conformidad con las leyes vigentes en esos tiempos. III.2.- Que han llevado a cabo sendas reuniones y acuerdos de cooperación, mismas que han tenido por objeto, establecer los mecanismos de colaboración administrativa entre ambas Instituciones, para la firma de un nuevo convenio, acorde a las reformas introducidas a la Ley de Hacienda Municipal y a la de Ley de Ingresos del ayuntamiento de Hermosillo. III.2 Que se designan para el seguimiento del presente Convenio al Ing.
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PRIMERA.- El objeto del presente convenio es establecer como objeto del convenio, los términos y condiciones a los que se sujetará la recaudación de derechos por concepto de SEGUNDA.- Para el cumplimiento del objeto señalado en la cláusula anterior, se establece que el monto de los derechos por concepto de alumbrado público será de $ 38.00 (TREINTA Y OCHO PESOS M. N.); y para grupos vulnerables que serán definidos por “EL AYUNTAMIENTO”, una cuota de $ 10.00 (DIEZ PESOS 00/100 M. N.) mensuales, recaudación que se realizará por “LA COMISION”, en nombre de “EL AYUNTAMIENTO”, así como definir las formas de pago de las facturaciones que por uso de energía eléctrica se expidan a “EL AYUNTAMIENTO”, con el fin de prestar el servicio de alumbrado público. Para implementar el cobro de la cuota a los grupos vulnerables, “EL AYUNTAMIENTO” allegará a “LA COMISION”, un padrón de personas que siendo usuarios del servicio de energía eléctrica, serán considerados para pagar dicha cuota; el padrón podrá crecer o disminuir, por lo cual “EL AYUNTAMIENTO”, le hará llegar la información correspondiente. En “En tanto “LA COMISION” no reciba la información correspondiente, aplicara al usuario del servicio de energía eléctrica la cuota general. El cobro de las cuotas mencionadas es aplicable para el mes de diciembre de 2007. Para el cobro de la cuota general y la de los grupos vulnerables para el ejercicio fiscal 2008 y subsecuentes, una vez determinada por el Congreso del Estado, serán incorporadas al presente Convenio, a través de los tramites administrativos normales que realicen los funcionarios designados para darle seguimiento a este convenio-. TERCERA.- “LA COMISION” tendrá a su cargo la recaudación de la cuota señalada en la Cláusula Primera, por concepto de Derecho de Alumbrado Público, sin considerar impuestos u otros cargos o créditos diferentes a la energía eléctrica señalada en los recibos que por la prestación del Servicio de energía eléctrica expida a todos los usuarios, de conformidad con lo establecido en el Artículo 108 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sonora, y los artículos 98 BIS C y 98 BIS D, relativos de la Ley de ingresos del ejercicio fiscal 2007, reformada y adicionada para el municipio de Hermosillo, conforme al Decreto publicado en el Boletín oficial del Estado el 10 de Diciembre e 2007. CUARTA.- La recaudación que tendrá a su cargo “LA COMISION”, se hará sobre el total del padrón de usuarios que cuenten con servicio medido o estimado de energía eléctrica, en las zonas urbanas y suburbanas del Municipio de Hermosillo; con excepción de los servicios conectados en nivel subtransmisión y transmisión a los que les corresponden las tarifas HS, HSL, HT y HTL, servicio
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SEXTA.- Las partes convienen que como instrumento único de comprobación del importe recaudado del Derecho de Alumbrado Público (DAP), “LA COMISION”, entregará mensualmente al “AYUNTAMIENTO”, un estado de cuenta que especifique el importe mensual de lo recaudado de ese derecho, el importe mensual de la facturación de energía eléctrica de los servicios en tarifa 5A Alumbrado Publico a cargo del “AYUNTAMIENTO”, acompañado a ese estado de cuenta un disco compacto que contendrá el reporte mensual del derecho de alumbrado público cobrado a cada uno de los usuarios. SÉPTIMA.- Las partes convienen que en caso de que el total de la cantidad que recaude “LA COMISION”, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera de este instrumento , resultase menor a la cantidad que por concepto de consumo de energía destinada al alumbrado público se facture a “EL AYUNTAMIENTO”, este pagará dicha diferencia los primeros cinco días de cada mes, previa presentación por parte de “LA COMISION” de la facturación correspondiente y del escrito en que se estipule en la cantidad a cubrir por ese concepto. OCTAVA.- Las partes convienen que en caso de que el total de la cantidad que recaude “LA COMISION”, de acuerdo a lo estipulado en la cláusula tercera del presente instrumento resultase mayor a la cantidad que por concepto de energía eléctrica destinada al Alumbrado Público se facture a “EL AYUNTAMIENTO”, se pondrá a disposición de “EL AYUNTAMIENTO” las cantidades que resulten a su favor en los términos que se expresan en la cláusula Novena. NOVENA.-Para los efectos de las cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima anteriores, las partes convienen en llevar a cabo los ajustes necesarios en el mes siguiente a la facturación correspondiente, ajustes que resultaran de analizar la recaudación real, los importes a cubrir por consumo de energía eléctrica y de aquellas cantidades que representen el saldo a favor de “EL AYUNTAMIENTO” DÉCIMA.- “EL AYUNTAMIENTO” pone a disposición de “LA COMISION” la cuenta eje de la Institución de Bancomer, S.A. No. 0135182700, Sucursal Boulevard Navarrete No. 82 entre las calles 14 de Abril y Américas, Colonia Valle Escondido y “LA COMISION” se obliga a realizar los depósitos del saldo que resulte a favor de “EL AYUNTAMIENTO” cuando así suceda, en dicho cuenta, importes a que hace referencia la cláusula SÉPTIMA del presente Convenio, en el entendido que lo anterior se hará dentro de los primeros quince días de cada mes. DECIMA PRIMERA.- Las partes convienen en elaborar conjuntamente en Censo Anual del numero de lámparas destinadas al alumbrado publico que tiene bajo su responsabilidad “EL AYUNTAMIENTO”, debiéndose reunir para tal efecto, en el periodo comprendido entre los meses de febrero y mayo de cada
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personal acreditado de “EL AYUNTAMIENTO” y de “LA COMISION”, con la finalidad de conocer entre otros aspectos, el comportamiento de la recaudación de la facturación y de las compulsas del padrón de usuarios, así como de las modificaciones, altas y bajas de las lámparas destinadas al servicio de alumbrado público. DECIMA TERCERA.- “EL AYUNTAMIENTO” y “LA COMISION” convienen en que para el caso de que alguno de ellos tuviera la necesidad de modificar parcialmente o dar por terminado el presente convenio, lo informarán por escrito, solicitando con tres meses de anticipación una reunión para discutir y definir los cambios propuestos o en su caso, dar por terminado de común acuerdo, el presente instrumento legal. DECIMA CUARTA.- Las partes señalan como domicilio para los efectos legales del presente Convenio: “EL AYUNTAMIENTO”: Edificio Municipal, Boulevard Hidalgo y Comonfort esquina S/N. Colonia Centro, Hermosillo, Sonora. “LA COMISION”: Edificio de Comisión Federal de Electricidad Oficinas Divisionales ubicadas en calle Juárez y San Luis Potosí, Colonia Centro, Hermosillo, Sonora. DÉCIMA QUINTA.- Para la interpretación y alcance legal del presente instrumento, las partes se someten a la Jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales de Hermosillo, Sonora, renunciando al fuero que por domicilio presente o futuro llegaren a tener. Leído que fue el presente convenio y conformes con su contenido y sabedores del alcance y fuerza legal, lo suscriben en la Ciudad de Hermosillo, Sonora a los días del mes de Diciembre del Dos mil siete. “EL AYUNTAMIENTO” H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO, SONORA. EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE HERMOSILLO LIC. ERNESTO GANDARA CAMOU
EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO LIC. ENRIQUE PALAFOX PAZ
“LA COMISION” COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD GERENTE DE LA DIVISIÓN DE DISTRIBUCIÓN NOROESTE ING. J. MANUEL GARCIA MARTINEZ
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- - - SEGUNDO: Se solicita al H. Ayuntamiento de Hermosillo, que con fundamento en el artículo 61 fracción II inciso F y 65 Fracción V de la Ley de Gobierno y Administración Municipal autorice al C. Presidente Municipal para que con el refrendo del Secretario del H. Ayuntamiento, lleve a cabo la suscripción del presente Convenio con la Comisión Federal de Electricidad. - - - - Acto seguido el Presidente Municipal sometió a consideración del cuerpo colegiado el presente asunto llegándose al siguiente punto de Acuerdo: - - - - - - - ACUERDO (39). Es de aprobarse y se aprueba por unanimidad con veintidós votos presentes, el asunto presentado en los siguientes términos: - - - - - PRIMERO: Se autorice se convenien los términos y condiciones a los cuales se sujetará la recaudación de la cuota correspondiente por concepto de Derecho de Alumbrado Público, para que quede como se señala en el documento de referencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 61 fracción II inciso F y 65 Fracción V de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se autoriza al C. Presidente Municipal para que con el refrendo del Secretario del H. Ayuntamiento, lleve a cabo la suscripción del presente Convenio con la Comisión Federal de Electricidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 10. CLAUSURA DE LA SESIÓN - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - No habiendo más asuntos que tratar y siendo las trece horas con treinta y cuatro minutos, el Presidente Municipal señala “Se levanta la Sesión” con lo que se dio por terminada la misma, levantándose para constancia la presente Acta, firmando los que en la misma intervinieron, ante el Secretario del Ayuntamiento, quien autoriza y da fe. DOY FE. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
C. JOSÉ ARNOLDO QUIROZ ACUÑA
C. RAYMUNDO GARCÍA DE LEÓN PEÑUÑURI
C. REMEDIOS ANDRADE ARCOAMARILLO
C. RUBEN RUBIO GUEVARA
C. FRANCISCA SALAZAR
C. ALMA LYDIA SOTO LÓPEZ
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C. MARÍA DOLORES MARTÍNEZ ALDACO
C. JUAN ALFONSO UNG NAVARRO
C. MARÍA GUADALUPE MORALES COTA
C. IRIS FERNANDA SÁNCHEZ CHIU
C. JOSÉ ÁVILA MUÑOZ
C. RODOLFO FLORES HURTADO
C. DOROTEA RAZCÓN GÁMEZ
C. EUNICE MARA LACHICA FERNÁNDEZ
C. GILBERTO GUTIÉRREZ QUIROZ
C. RODRIGO MORENO MENDEZ
C. MARTÍN MIRANDA LÓPEZ
C. ERNESTO GÁNDARA CAMOU
C. ENRIQUE PALAFOX PAZ