ADAPTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS DE MÁS DE 2 MW (PO 12.3)

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ADAPTACIÓN DE LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS DE MÁS DE 2 MW (PO 12.3) Todas las instalaciones fotovoltaicas de potencia superior a 2 MW, conectadas a la red de Iberdrola Distribución Eléctrica, deberán cumplir con criterios de seguridad, y continuidad del suministro. Para ello es necesario que las instalaciones generadoras estén dotadas de los sistemas telecontrol y telemedida en tiempo real, así como protecciones con actuación sobre el interruptor general de la instalación.

1. Descripción del proceso En función del tipo de conexión a la red de Iberdrola existen varias casuísticas: 1) Conexión mediante línea particular, desde la subestación de Iberdrola: a) Se instalarán protecciones en el punto de conexión de acuerdo a lo indicado en el capítulo 4 de este documento, en caso de no disponer de ellas. b) Se cumplimentará el documento “Protocolo de certificación de instalaciones fotovoltaicas de potencia superior a 2 MW” y se enviará a la dirección de correo electrónico indicada en la carta. 2) Conexión a una línea aérea mediante derivación en T: a) Con telecontrol existente: i) Iberdrola verificará el funcionamiento del telecontrol, tras el envío del protocolo del punto d). ii) En caso de que no funcione por fallos en instalaciones del productor, Iberdrola lo pondrá en su conocimiento para su solución. b) Sin telecontrol: i) El telecontrol se realizará mediante la instalación de un OCR, descrito en el capítulo 3 de este documento. (1) El OCR será propiedad del cliente que asumirá su mantenimiento. Deberá tratarse de un equipo homologado y comunicado por GPRS mediante SIMs propiedad del productor, que deberán ser tratadas por Iberdrola. (2) Para ello, el productor deberá cumplimentar el documento “Formulario de recogida de datos de Autoproductores para Protecciones y comunicación de equipos particulares con red de Telecontrol de Iberdrola” (3) La instalación del OCR se realizará con contratista autorizado por Iberdrola. 1

c) Se instalarán protecciones en el punto de conexión de acuerdo a lo indicado en el punto 4, en caso de no disponer de ellas. d) Se cumplimentará el documento “Protocolo de certificación de instalaciones fotovoltaicas de potencia superior a 2 MW” y se enviará a la dirección de correo electrónico indicada en la carta. 3) Conexión mediante Centro de Transformación o Centro de Seccionamiento a) Con telecontrol existente: i) Iberdrola verificará el funcionamiento del telecontrol, tras el envío del protocolo del punto d). ii) En caso de que no funcione por fallos en instalaciones del productor, Iberdrola lo pondrá en su conocimiento para su solución. b) Sin telecontrol: i) El Centro se telecontrolará, según criterios de telecontrol de instalaciones conectadas al red de distribución proceso WEB STAR. (1) Se realizará un análisis del Centro, para lo que el productor cumplimentará el documento “Formulario de recogida de datos del centro” (2) La puesta en servicio del Centro se realizará con contratista autorizado por Iberdrola. c) Se instalarán protecciones en el punto de conexión de acuerdo a lo indicado en el punto 4, en caso de no disponer de ellas. d) Se cumplimentará el documento “Protocolo de certificación de instalaciones fotovoltaicas de potencia superior a 2 MW” y se enviará a la dirección de correo electrónico indicada en la carta. 2. Modificación del Contrato Técnico La Comisión Nacional de Energía (CNE) en la respuesta a la consulta de Unión Española Fotovoltaica (UNEF) acerca del tarado de las Protecciones que actúan sobre interruptor de cabecera/salida de las plantas Fotovoltaicas que deben soportar huecos de tensión indica que es necesario adaptar los contratos de acceso y conexión a celebrar entre generador y empresa titular de la red en el punto de conexión. Las modificaciones requeridas por el RD 1565/2010 implican la adaptación de los contratos de acceso y conexión de las instalaciones fotovoltaicas dado que, de acuerdo al RD 661/2007, las características del sistema de protecciones deben ser reflejadas de manera explícita en el contrato técnico celebrado entre los productores e Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U. La adaptación de los contratos técnicos estará condicionada a la instalación de sistemas de protección eficaces contra el funcionamiento anti isla que permitan dar cumplimiento a las exigencias de seguridad contempladas en el Anexo XI del Real Decreto 661/2007.

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Al objeto de simplificar la actualización de los contratos de las miles de instalaciones afectadas, se ha preparado un modelo de Adenda a los contratos técnicos que se realizará para cada Agrupación de Instalaciones y en el que se detallarán los ajustes realizados y el detalle de las instalaciones que forman parte de dicha agrupación. El modelo de adenda está a su disposición en la dirección de internet www.iberdrola.es (Redes Distribución Eléctrica Productores/Régimen Especial Documentación Técnica). Deberán cumplimentar la información de dicha adenda y remitir el borrador al buzón ré[email protected], indicando en asunto “ Huecos de Tensión”. A partir de la recepción de dicha información, les remitiremos 3 originales firmados por Iberdrola Distribución, rogándoles nos devuelvan 1 original firmado para realizar el cierre del expediente. 3. Telecontrol y telemedida en tiempo real La función del sistema de Telecontrol es actuar sobre el, elemento de conexión de la instalación generadora con la red de Iberdrola Distribución Eléctrica para permitir su desconexión remota en los casos en que los requisitos de seguridad así lo recomienden. Asimismo, con objeto de garantizar en todo momento la fiabilidad, seguridad y calidad del sistema eléctrico, se enviarán medidas en tiempo real el operador de la red de distribución. Los sistemas de telecontrol y telemedida en tiempo real se ubicarán en el punto de conexión con la red de Iberdrola Distribución, que en función de la configuración existente puede ser: Conexión mediante línea particular: no es necesario instalar sistemas nuevos, ya que se usa el de la subestación de Iberdrola Distribución Conexión mediante centro de centro de seccionamiento: sistema de telecontrol y telemedida en el centro de seccionamiento Conexión a una línea aérea mediante derivación en T: Instalación de un Órgano de Corte en Red (OCR) El sistema de telecontrol y telemedida cumplirá con los criterios técnicos definidos en la normativa interna de Iberdrola Distribución (en función de la solución adoptada, NI 74.53.01, NI 50.42.11 y NI 50.42.03), así como las normas y especificaciones técnicas asociadas a ellas. La puesta en servicio de los Centros de Seccionamiento, Centros de Transformación y OCR con sistema de Telecontrol y Telemedida en tiempo real, será realizada por un contratista autorizado por Iberdrola según los protocolos establecidos para puesta en servicio de instalaciones telecontroladas, en coordinación con el Centro de Supervisión y Diagnostico de Iberdrola Distribución en la Región que corresponda. Las instalaciones se ajustarán a los proyectos tipo de Iberdrola así como a los procedimientos habituales para el intercambio de datos con proveedores e instaladores, configuración de equipos en fábrica y chequeos habituales que garanticen la correcta

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puesta en servicio del telecontrol y telemedida, tanto para conexiones mediante centros de seccionamiento, como mediante OCR. El titular asumirá los costes de integración en los sistemas implicados en el proceso, GIS y sistema de control de Iberdrola Distribución Eléctrica, así como las verificaciones de su funcionamiento que serán detallados y trasladados por Iberdrola en la gestión del expediente de contratación. Finalizadas las pruebas y si las mismas han resultado satisfactorias, se procederá por parte del representante de la instalación generadora y el contratista autorizado por Iberdrola Distribución para la puesta en servicio, a la firma del “Protocolo de verificación del sistema de telecontrol/telemedida interconexión”.

Figura 1: Conexión mediante línea particular. TELECONTROL Y TELEMEDIDA

PROTECCION

(1) DYR 27 59 64 81 m/M 50/51

ST/STR

(1) = Interruptor automático ─ Medidas en la posición de interruptor





DYR (interruptor automático de corte general, situado en la instalación productora de energía) Relés de protección

4

Figura 2: Conexión mediante centro de seccionamiento TELECONTROL Y TELEMEDIDA

PROTECCION

DYR

(1)

(2)

(3)

27 59 59N 81 m/M 50/51 RA1

(4)

TA (1) (2) = (3) =

Ruptores telemandados Ruptor telemandado con función seccionalizadora (4) = Celda ruptofusible TA = Transformador MT/BT SSAA trifásico con bornas enchufables de 50 kVA Nota: Para tensiones a 45 KV los ruptores serán interruptores automáticos de acuerdo con MT 2.61.08



DYR (interruptor automático de corte general, situado en la instalación productora de energía) Relés de protección



Figura 3: Conexión mediante derivación en T TELECONTROL + TELEMEDIDA

PROTECCION

(1)

NOTA 3 DYR 27 59 59N 81 m/M 50/51 RA1

LINEA

(1) = OCR telemandado con función seccionalizadora. La telemedida se obtendrá y se enviará desde el OCR





DYR (interruptor automático de corte general, situado en la instalación productora de energía) Relés de protección

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4. Protecciones Las instalaciones fotovoltaicas estarán dotadas de un sistema de protección y un interruptor automático de corte general para permitir su desconexión en caso de una falta en la red o en la instalación generadora. En la figura 4 se incluyen el esquema unifilar tipo, en el que se han representado básicamente los principales elementos que afectan a la interconexión de la instalación generadora con la red de Iberdrola Distribución Eléctrica.

A continuación se describen brevemente las características de las protecciones: Un relé de máxima y mínima frecuencia (81m-M) conectado entre fases: Ajustado a 51 Hz y 48 Hz con una temporización de 0.2 y de 3 segundos respectivamente Un relé de máxima tensión (59) conectado entre fases: Ajustado a 1,10 Un con una temporización de 0,6 segundos Un relé trifásico de mínima tensión (27) Ajustado a 0,85 Un, con una temporización de 1,6 segundos, de acuerdo a los “Procedimientos de verificación, validación y certificación de los requisitos del PO 12.3 sobre la respuesta de las instalaciones eólicas y fotovoltaicas ante huecos de tensión” versión 10. Un relé de máxima tensión homopolar (59N) conectado en triangulo abierto Ajustado a 20 voltios para T/t con secundario en triangulo abierto de tensión nominal 110/3 con una temporización en 0,6 segundos. Dos relés de fase y uno de neutro de máxima intensidad (50/51). Tiempo inverso con unidad instantánea y temporizada para detectar faltas en la instalación generadora y provocar el disparo del interruptor de interconexión. El rango de la unidad de disparo instantáneo de fase permitirá su ajuste para el 130% de la intensidad de falta en el lado secundario del transformador de potencia Automatismo de reposición El interruptor automático estará dotado de un automatismo que permitirá su reposición de forma automática si su apertura se ha producido por actuación de las protecciones voltimétricas (27, 59, 59N, 81m/M). El automatismo permitirá el cierre si se cumplen las siguientes condiciones: Presencia de tensión de red, estable como mínimo durante 3 minutos 6

No existe actuación de las protecciones de sobreintensidad 50/51 El automatismo bloqueará el cierre por actuación de las protecciones de sobreintensidad (50/51) asociadas al interruptor y solo se podrá desbloquear en local, después de identificar el origen de la actuación de esta protección y la eliminación de la causa del disparo. Si la apertura del interruptor se produce manualmente por personal de la instalación generadora, el automatismo quedará deshabilitado. Vigilancia de tensión auxiliar y de estado de la protección: La celda del interruptor dispondrá de una bobina de vigilancia de la tensión auxiliar de continua que provocará su disparo por fallo de la alimentación de Vcc. El disparo de los interruptores magnetotérmicos de las protecciones de la celda provocará, a su vez el disparo del interruptor de corte general e impedirá su cierre mientras no se rearmen. El relé o relés de protecciones dispondrán de control por watch-dog y la activación del mismo provocará disparo y enclavamiento de la celda.

Figura 4: Conexión de protecciones

PUNTO DE CONEXIÓN CON RED (TELECONTROL Y TELEMEDIDA EN TIEMPO REAL)

RED IBERDROLA

INSTALACIÓN DE GENERACIÓN

27

89 L

59

81 M- m

59N Resistencia antiferrorresonancia

27X

INTERRUPTOR DE CORTE GENERAL

Cierre temporizado 1’

52-L

50-51 L

50 -51 LN

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La revisión del Proyecto, Instalación y protecciones será realizada por un Organismo de Certificación Acreditado (OCA). Una vez aprobado el proyecto por parte de la (OCA) comprobando con la normativa de Iberdrola y con la normativa vigente, tras la aceptación de Iberdrola Distribución Eléctrica, la OCA realizará las pruebas de la instalación que incluyen: - Inspección de que la instalación se ajusta a proyecto. - Pruebas de protecciones las cuales se realizarán a nivel de conjunto inyectando tensiones e intensidades en las bornas de entrada al armario de protecciones y verificando para cada relé la actuación directa del interruptor de interconexión. - Verificación de temporización a la reconexión. - En los casos donde exista un sistema de Teledisparo, se realizarán las siguientes pruebas y verificaciones: ▪ Simulación apertura del interruptor de cabecera de línea (actuando a través del relé auxiliar de posición del interruptor) y comprobar que produce la apertura real del interruptor de corte general de la instalación generadora ▪ Ordenes de conexión/desconexión del sistema de teledisparo, así como la señalización de conectado/desconectado ▪ Provocar un corte en el canal de comunicaciones y verificar que se genera la señal de fallo de equipo Nota: Previamente a la realización de estas pruebas el responsable de la instalación generadora o su ingeniería deberá ponerse en contacto con los CSD’s, solicitando la fecha de pruebas - En todas las pruebas deberá estar presente el responsable de la instalación generadora y podrán ser supervisadas por personal de Iberdrola Distribución Eléctrica. Finalizadas las pruebas y si las mismas han resultado satisfactorias, se procederá por parte del representante de la instalación generadora y el responsable de la OCA a la firma del “Protocolo de verificación del sistema de protección y control de la interconexión” y a la emisión del “Certificado del cumplimiento de la instalación de acuerdo con las normativas que aplican”.

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5. Transformadores de tensión Se instalarán juegos de tres transformadores inductivos monofásicos, conectados entre fase-tierra, que resulten necesarios de acuerdo con el esquema utilizado. Los transformadores de tensión se conectarán en el lado red del interruptor de corte general, como se indica en el esquema 2. Podrán instalarse transformadores de dos devanados (protección y triángulo abierto) exclusivamente para la función de protección, o utilizar transformadores de tres devanados (protección, medida y triángulo abierto). Los devanados utilizados para alimentar la medida, serán de uso exclusivo para el equipo de medida de facturación. Dichos transformadores de tensión cumplirán con lo especificado en las normas NI (72.50.01-02, 72.54.01-02 y 72.56.01) de transformadores de medida. Para celdas con envolvente metálica y aislamiento en SF6 se adaptaran a lo descrito en la norma NI50.42.02. Las características de los transformadores de tensión serán: - Tensión primaria de acuerdo con la tensión de la red y con la norma NI 72.54.01 en vigor. Para instalaciones con tensiones de funcionamiento mayores a 72,5 kV se ajustarán según la NI 72.54.02 y NI 72.56.01 - Tensión secundaria: 110: 3 V para protección, 110: 3 V para medida y 110:3 V para el triángulo abierto (tanto para alimentar al relé de tensión homopolar, 59N, como para la resistencia de protección contra sobretensiones por ferrorresonancia) - Clase de Precisión: 0,2 (productores del Tipo I) ó 0,5 (productores del Tipo II y III) para medida de facturación, 0,5 para medida local y la requerida por Iberdrola Distribución Eléctrica, 0,5 para protección y 3P para ferroresonancia. - Potencia de Precisión: según NI 72.54.01 para medida y protección, debiendo ajustarse el consumo de los secundarios (para el caso de la medida) según lo dispuesto en el Reglamento de Puntos de Medida y sus ITCs (Instrucciones Técnicas Complementarias) correspondientes en vigor. - Los transformadores quedarán conectados a tierra cumpliendo las prescripciones reglamentarias.

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