Administrar las estructuras, los procesos, los procedimientos y la coordinación interna, que supone:

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MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS Proceso: GESTION HUMANA PLAN ANUAL DE BIENESTAR E INCENTIVOS Código: PS-GH-PL-02 Versión: 01 Fecha: 30/07/2010 Pá

ELABORACIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS AERONÁUTICOS ELABORACIÓN DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS CÓDIGO FECHA DE ELABO

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Documento aprobado por el Ayto. Pleno En sesión de ______________________ El Secretario

Quedó aprobado definitivamente el ____________ El Secretario

Nº3F -

Puesto de Trabajo: DIRECTOR GERENTE

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Centro Directivo: Dirección Gerencial.

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Funciones del Puesto:

Es responsabilidad de la Gerencia PROFESIONAL el implementar las políticas y estrategias aprobadas por la ALTA DIRECCION POLITICA, asegurando el cumplimiento de los objetivos y la mejora de los resultados anuales y de legislatura; y liderando los procesos de cambio, mejora continua y modernización que el Ayuntamiento ponga en marcha, con sujeción estricta al ordenamiento jurídico y desarrollando para ello las siguientes funciones:

 Lograr los fines, que supone: • •

• • •

Responsable de la propuesta de planificación de la Acción de Gobierno durante la legislatura para el cumplimiento del Programa Electoral del Gobierno Municipal. Crear y articular la misión para el equipo de dirección, transmitiendo a la organización profesional de forma clara y concisa la dirección hacia dónde se quiere ir y los objetivos que es necesario alcanzar con tal fin, siendo la participación de los profesionales un elemento fundamental en este proceso de fijación de objetivos. Las propuestas de formulación de planes estratégicos de gestión y de los planes operativos anuales, que corresponde aprobar a la dirección política, la medición de resultados y las correspondientes memorias anuales de gestión es responsabilidad de las direcciones de área y de servicio, bajo la dirección y coordinación del director-gerente. Define y articula los la propuesta de los objetivos de las Areas, Servicios y Equipos de carácter anual Conseguir los objetivos, para lo que el director-gerente ha de saber definirlos, comunicarlos, determinar los estándares de los resultados a alcanzar y hacer que se logren. Coordinará la acción de las direcciones administrativas de área; y de ellas con la Alcaldía y equipo de gobierno, para la obtención de los objetivo definidos.

 Administrar las estructuras, los procesos, los procedimientos y la coordinación interna, que supone: • •

La propuesta de las estructuras y organigramas de gestión del Ayuntamiento. Responsable de transmitir órdenes, acciones, etc de la dirección política a las direcciones de área, éstas a las direcciones de servicio y a la coordinación de equipo.

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Funcionarios

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Capacidad para tomar decisiones puntuales en la gestión de procesos con la finalidad de su mejora y siempre de acuerdo con las políticas y normas de funcionamiento aprobadas por la Alta dirección política.



Capacidad para distribuir el tiempo de trabajo y reunión de todo el personal, con respeto escrupuloso por parte de la dirección políticas a los tiempos de trabajo de los grupos de mejora que el director-gerente estime necesario constituir para la mejora de procesos. Dirige el Comité de dirección y tiene toda la autoridad sobre todo el personal en las decisiones de gestión diaria y en la asistencia a reuniones convocadas, incluido el Comité de Dirección (al que también pertenecerán las gerencias de las empresas municipales). Miembro del Consejo de Administración de las empresas municipales, con voz y sin voto. Autorizar gastos de anticipo de caja fija de importe igual o inferior a 300€ Relaciones con proveedores, asociaciones y otros agentes sociales en la medida requerida por la Alcaldía o Concejalía.



• • •

 Dirigir, integrar y desarrollar a las personas, motivándolas, contribuyendo a su formación, integrando el personal en equipos eficaces y competentes que trabajan con satisfacción. Siendo necesario para ello participar en la negociación colectiva y ostentar las siguientes atribuciones en materia de personal: •

  

Propuesta de plan de recursos humanos a largo plazo y el correspondiente de formación. • Dirigir la selección de personal (Tribunales de carácter exclusivamente técnico según el nuevo Estatuto del Empleado Público) • Proponer los nombramientos, destituciones y cambios de los puestos de trabajo • Propuesta de productividad por el cumplimiento de objetivos de todo el personal empleado y autoridad para fijar las cuantías, dentro de los límites presupuestarios, en los casos de mejora del objetivo. • Autoridad para la distribución de efectivos según necesidades de la gestión de todo el Ayuntamiento • Responsable último de las decisiones respecto a: la concesión de permisos por motivos personales, la aprobación del plan anual de vacaciones la realización de horas extraordinarias dentro de los límites presupuestarios la asistencia a cursos y seminarios de formación del personal empleado

Complemento de Destino: el correspondiente al puesto de origen en este Ayuntamiento ó nivel 30 según se indica en forma de provisión. Complemento Específico: 41.128,92 € incompatibilidad. M. I. Ajuntament de Catarroja Área de Recursos Humanos

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que contempla el factor de

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Productividad por cumplimiento objetivos

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Forma de Selección: Este puesto será cubierto, en primer lugar, de entre las direcciones de área de este Ayuntamiento que acumularán a esta responsabilidad la correspondiente a la Dirección Gerencial y el complemento específico indicado. Supletoriamente puede acudirse al personal de otras administraciones, grupo A y, en último lugar al sector privado. En estos últimos casos la retribución será la suma del sueldo base de grupo A1, complemento de destino nivel 30 y específico indicado.

Durante el ejercicio 2012 esta función se le asigna al Interventor General, puesto de trabajo nº 7F, al que se le aumentará el Complemento Especifico en el mismo importe que el consignado a este puesto. -

Forma de Provisión: Adscripción provisional (personal Ayuntamiento)/Libre designación (resto sector público y sector privado).

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Dedicación: exclusiva e incompatible con cualquier otra actividad, a excepción de las relativas a la docencia profesional.

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Requisitos exigidos para su desempeño: a) Adscripción: a.1) Para personal Administración Pública 1. Administración Pública. Admón. Local. 2. Grupo de Funcionarios: A1 3. Administración especial/general a.2) Para personal sector privado: profesionales con acreditada experiencia y titulación exigida al grupo A1 b) Titulación Académica:

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Licenciado Universitario

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Nº4F - Puesto de Trabajo: Secretaria General - Centro Directivo: Dirección Gerencial. Secretaría General -

Funciones del Puesto:

Ejerce la función pública de Secretaria, comprensiva de la Fé publica y asesoramiento legal preceptivo de la Corporación, así como de su Presidencia y Comisiones (Art. 92.3 de la Ley7/85 y 162 del R.D. Legislativo 781/86, así mismo desempeña otras funciones complementarias (art. 166 R.F. Leg 781/86), del mismo modo asume la Jefatura Superior del personal adscrito a ellas, sin perjuicio de que le corresponde a la Alcaldía y aquellas otras funciones que reglamentariamente se designen. También le corresponde la sunción directa del área de territorio - Código Presupuestario. 9200 - Complemento de Destino: Nivel 30 - Complemento Específico: 54.953,61 € - Tipo de Puesto: Singularizado - Forma de Selección: Concurso-Oposición. - Forma de Provisión: Concurso Ordinario - Requisitos exigidos para su desempeño: a) Adscripción: 1. Administración Pública. Admón. Local. 2. Grupo de Funcionarios: A1 3.- Escala de Habilitación Nacional b) Titulación Académica: - Licenciado en Derecho o Ciencias Políticas. c) Formación específica: Habilitación Nacional . 1.- Por tratarse de un municipio de predominio lingüístico valenciano y celebrarse las sesiones en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Valenciana, se exige para la provisión del puesto, al menos, el nivel de “coneixements orals” de la Junta Qualificadora de la Consellería de Cultura, de la Generalitat Valenciana o equivalente de la Escuela Oficial de Idiomas. 2.- Baremo méritos específicos que han de regir el concurso ordinario para su provisión en propiedad. ( Anexo Pto. 7)

Nota: -

Competencias: - Competencias organizacionales: Adaptación al cambio. Creatividad e innovación. Lealtad y sentido de la pertenencia. Orientación al ciudadano. Trabajo en equipo. Compromiso de aprendizaje. - Conductas contra-productivas: Incumplimiento del horario. Utilización incorrecta de las herramientas de trabajo. - Competencias específicas: Compromiso. Credibilidad Técnica. Dinamismo. Pensamiento estratégico. Tolerancia a la presión. Don de mando. Liderazgo. Relaciones. Precisión.

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Anexo Pto. 4F BAREMO MÉRITOS ESPECÍFICOS QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO ORDINARIO PARA SU PROVISIÓN EN PROPIEDAD .

1. Cursos de formación perfeccionamiento genérico . 1.1.

Se valorarán hasta un máximo de 1 punto los cursos de formación y perfeccionamiento .

Se valorará con un máximo de 0.05 puntos por crédito, los cursos realizados para la obtención del doctorado. 1.2 Se valorarán hasta un máximo de 0.5 puntos la colaboración o realización de artículos en revistas jurídicas. 2. Cursos de formación y perfeccionamiento específicos Se valorarán hasta un máximo de 1,5 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento de carácter sectorial que tengan relación directa con las peculiaridades y características de la corporación convocante ( contratación administrativa patrimonio, urbanismo, expropiación Forzosa ) La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala: a) b) c) d) e)

de 100 o más horas: 1.25 puntos. De 75 o más: 1 punto. De 50 o más horas: 0.75 puntos. De 25 o más h oras: 0.50 puntos. De 15 o más horas: 0.25 puntos.

3. Aptitudes para el puesto. Se valorará el trabajo desarrollado en puestos de trabajo relacionados con Administración Local o que guarden similitud con el contenido técnico del puesto con un máximo de 1,5 puntos.

3.1

Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter estatal de la Subescala de Secretaría y Categoría Entrada en propiedad, interino, provisional, en comisión de servicio o acumulado, con arreglo a la siguiente valoración: 0.05 puntos por mes trabajado.

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4.Conocimiento de valenciano. El conocimiento del valenciano se valorará hasta un máximo de 1,5 puntos siempre que se acredite estar en posesión del pertinente certificado u homologación expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencia o equivalente de la Escuela Oficial de Idiomas, con arreglo a la siguiente escala: El conocimiento del valenciano a nivel oral está contemplado como requisito de acceso no siendo valorado como mérito. a) Conocimiento de grado elemental: 0.60 puntos. b) Conocimiento de grado medio: 1.25 puntos. c) Conocimiento de grado superior: 1.50 puntos. 5.Memoria . Se valorará la presentación de una memoria, sobre la implantación de nuevas tecnologías a la actividad propia del puesto convocado, que se haya llevado a cabo en alguna de las administraciones en las que se haya prestado servicios por el concursante. Este apartado tiene como misión la adecuación del perfil profesional y aptitudes del concursante y sus posibles iniciativas en el mejor desempeño del puesto convocado. El Tribunal podrá solicitar la exposición y defensa de la citada memoria. Será valorado hasta un máximo 1.5 puntos.

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