ANÁLISIS DE CLÍNICAS JURÍDICAS DE FACULTADES DE ABOGACÍA

ANÁLISIS DE CLÍNICAS JURÍDICAS DE FACULTADES DE ABOGACÍA ÍNDICE A. INTRODUCCIÓN GENERAL ............................................................

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ANÁLISIS DE CLÍNICAS JURÍDICAS DE FACULTADES DE ABOGACÍA

ÍNDICE A. INTRODUCCIÓN GENERAL ..............................................................................4 B. SECCIÓN PRIMERA: UNIVERSIDADES ARGENTINAS..................................7 B.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN PRIMERA.........................................8

B.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS..............................................9 B.2.1 UNIVERSIDAD DE PALERMO ...........................................................9 B.2.2 UNIVERSIDAD TORCUATO DI TELLA ..........................................12 B.2.4 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL...................................14 B.2.5 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL TUCUMÁN ................................16 B.2.6 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES................................................18

B.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN PRIMERA............................................20

B.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN PRIMERA.......................................22

C. SECCIÓN SEGUNDA: UNIVERSIDADES LATINOAMERICANAS...............23 C.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN SEGUNDA.....................................24

C.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS............................................25 C.2.1 UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES ................................................25 C.2.2 UNIVERSIDAD DE LOS ANDES ......................................................27 C.2.3 UNIVERSIDAD DE COSTA RICA .....................................................33 C.2.4 UNIVERSIDAD LATINA ....................................................................34 C.2.5 INSTITUTO TECNOLÓGICO AUTÓNOMO DE MÉXICO ...........35 C.2.6 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO..............36 C.2.7 UNIVERSIDAD CATÓLICA “NUESTRA SEÑORA DE ASUNCIÓN”..................................................................................................37 C.2.8 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ ...................39 C.2.9 RED LATINOAMERICANA DE CLÍNICAS JURÍDICAS.................41

C.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN SEGUNDA..........................................44

C.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN SEGUNDA.....................................46

D. SECCIÓN TERCERA: UNIVERSIDADES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ..................................................................................................................47 D.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN TERCERA ......................................48

D.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS............................................49

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2.1 COLUMBIA UNIVERSITY .....................................................................49 D.2.2 NEW YORK UNIVERSITY ................................................................56 D.2.3 HARVARD UNIVERSITY...................................................................64 D.2.4 UNIVERSITY OF CALIFORNIA .......................................................70 D.2.5 YALE UNIVERSITY............................................................................72 D.2.6 STANFORD UNIVERSITY.................................................................76 D.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN TERCERA ...........................................79

D.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN TERCERA ......................................80

E. CONCLUSIÓN GENERAL..................................................................................85 F. ANEXOS................................................................................................................88 F.1. ANEXO I. CASOS EN QUE INTERVINO LA CLÍNICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DE PALERMO......................................................89 F.2. ANEXO II. CASOS EN QUE INTERVINO LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN........................................................................97 F.3. ANEXO III. INFORME PRIMER ANIVERSARIO DE LA CLÍNICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DEL TUCUMÁN ...............................99

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A. INTRODUCCIÓN GENERAL

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A. Introducción General Las Clínicas Jurídicas configuran una metodología de enseñanza que surgió en las Escuelas de Derecho norteamericanas durante la década del 60’ y que fue implementada (especialmente durante la última década) en distintas Universidades públicas y privadas de América Latina. El propósito general que las orienta es desarrollar en los estudiantes y jóvenes graduados diversas capacidades, actitudes, destrezas y valores a partir de una actitud auto-reflexiva y crítica. Para lograr estos objetivos, los miembros de la clínica (un grupo pequeño bajo la tutela de un docente de la casa) analizan casos reales, los discuten y estudian desde distintos puntos de vista y, eventualmente, llevan adelante su defensa patrocinando al cliente ante los estrados judiciales y administrativos, o bien emitiendo una declaración pública, dictamen o propuesta legislativa fundada sobre el asunto. Los programas de clínicas jurídicas traen importantes ventajas, tanto para los estudiantes avanzados y jóvenes graduados integrantes del grupo de trabajo como para la Facultad. En cuanto a los primeros, les permiten enfrentarse con casos reales y complejos, en cuya resolución pueden colaborar activamente. Y esta colaboración activa no sólo les brinda la posibilidad de adquirir destrezas, habilidades y actitudes que difícilmente puedan obtener en las asignaturas tradicionales de la carrera, sino que además les permite sumarse a un equipo de trabajo que actúa como un verdadero agente de cambio social. En cuanto a la Facultad, la clínica servirá como un medio para estrechar el lazo entre ésta y la comunidad, operando de complemento del servicio de consultorios jurídicos gratuitos, como mecanismo de facilitación de acceso a la justicia. Debido al tipo de casos que tratan, las clínicas pueden también otorgar “voz” a la Facultad para intervenir en la dinámica institucional de la vida democrática. El presente informe es el resultado de una investigación que nace como un proyectoque tiene como finalidad analizar el fenómeno de las clínicas jurídicas en Argentina. Entendemos por el término “clínica jurídica” cualquier programa académico curricular o extracurricular que articule la enseñanza con la práctica del derecho a través de la universidad. El concepto, así definido, incluye (pero no exige) un amplio espectro de actividades tales como asesoramiento legal, procuración, litigio, representación y

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activismo – participación en los difrentes organismos de la sociedad civil – siempre que tales actividades sean facilitadas por la universidad, sus órganos o instituciones afiliadas. El presente informe se centra sobre el desarrollo de las clínicas jurídicas en Argentina destacando sus principales características, su funcionamiento y los objetivos a perseguir, sin que se pretenda investigar en profundidad los procesos de creación de clínicas jurídicas ni los obstáculos que debieron afrontar para llegar a ello. En el marco de nuestra investigación resulta conveniente incorporar ciertas clínicas jurídicas desarrolladas en América Latina y los Estados Unidos de América, como parámetros comparativos. A tales efectos se tuvieron en cuenta aquellas clínicas jurídicas que mantienen, a nuestro criterio, un cierto grado de sofisticación y representación propios para nuestra investigación. En ningún momento el presente informe pretende ser un análisis en profundidad de los programas de enseñanza clínica existentes: ello requeriría adentrarse en la experiencia de manera directa – presenciando reuniones, revisando expedientes y realizando entrevistas a los involucrados. El objetivo del presente es, en cambio, conocer la realidad actual de un fenómeno educativo en universidades privadas y públicas que ha tomado impulso en algunos países y que, en otros, parece estar luchando con la necesidad de adaptarse a su contexto y entorno. Para ello consideramos conveniente limitar nuestras fuentes de información a Internet según la misma pudo ser ampliada por aquella información recabada como consecuencia de la realización de ciertos contactos telefónicos y personales que creímos apropiados.

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B. SECCIÓN PRIMERA: UNIVERSIDADES ARGENTINAS

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B.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN PRIMERA

La enseñanza del derecho por medio de la aplicación de clínicas jurídicas es un fenómeno novedoso en Argentina. Nos preguntamos entonces, ¿cuáles son las características de las mismas, cómo funcionan y qué objetivos persiguen? Utilizamos como parámetros comparativos la fecha de inicio; el período de funcionamiento; autoridades, instructores y supervisores; delimitación de casos; estructura y personal; metodología de funcionamiento; relación con otras entidades, y mecanismos de evaluación de los estudiantes para luego incluir información seleccionada que ofrece mayor detalle sobre los proyectos observados. La selección de universidades que fueron incluidas en el informe se realizó en base a un criterio discrecional de disponibilidad de información y tiempo de desarrollo. Algunas de las clínicas jurídicas del país se encuentran en etapas de nacimiento y prueba, y por lo tanto no fueron consideradas aptas para la inclusión en el informe. El presente análisis se realizó utilizando como fuentes los sitios web de las universidades que se detallan a continuacuión y el contacto telefónico con las secretarías encargadas de las clínicas jurídicas desarrolladas por las mismas, en los casos donde ello fue posible.

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B.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS

B.2.1 UNIVERSIDAD DE PALERMO Mario Bravo 1050 - 8º piso; Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Argentina. Fecha de inicio: La clínica jurídica de interés público se crea en 1996. La clínica jurídica de acceso a la información pública se crea en 2008. Período de funcionamiento: La clínica jurídica de interés público, catorce años; la clínica jurídica de acceso a la información, dos años. Autoridades: Está en etapa de re-cambio, la última autoridad a cargo fue Gustavo Maurino. Delimitación de casos: La universidad tiene dos clínicas jurídicas: (i) la clínica de interés público y (ii) la clínica de acceso a la información pública. La primera clínica jurídica se dedica a la defensa de casos de interés público sobre temas tales como discriminación y protección de minorías, protección del ambiente, libertad de expresión, protección de usuarios y consumidores, defensa de comunidades aborígenes, derechos humanos, responsabilidad pública de funcionarios y magistrados, etc. De este modo, la actividad de la clínica promueve la construcción de un ámbito público e institucional de diálogo y debate, en el cual son escuchados los puntos de vista de todos los afectados. La segunda clínica jurídica tiene como objeto proteger el derecho al acceso a la información pública interviniendo para ello en situaciones donde éste se ve amenazado. Por la naturaleza de los casos que se seleccionan, intervienen en procesos ante tribunales de apelación, y ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Desde 2008 la Facultad de Derecho de la UP, con el apoyo de Open Society Institute (“OSI”) y conjuntamente con las Asociaciones por los Derechos Civiles (“ADC”) desarrolla esta clínica jurídica .

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Contar con información completa, veraz y adecuada es una condición para el ejercicio de la libertad de expresión entre otros derechos constitucionales y una necesidad para lograr transparencia en las acciones de gobierno. La clínica funciona como un estudio jurídico sin fines de lucro que tiene como objetivo principal el desarrollo de casos reales mediante la exploración y ensayo de nuevos instrumentos para la práctica jurídica. Para mayor información ver el ANEXO I adjunto al presente informe. Estructura y personal: Participan alumnos de la universidad guiados por profesores letrados. No se menciona la participación de los graduados. Metodología de funcionamiento: La clínica tiene dos orientaciones: una orientación en derechos humanos y otra en derecho público. La orientación en derechos humanos busca instruir a los alumnos en el sistema interamericano de protección de derechos humanos. Una vez elegidos los casos sobre los que se estará trabajando durante el cuatrimestre, la clase genera un espacio de debate, practicando dinámicas de deliberación y toma de decisiones propias de la actividad profesional. Fuera de clase, los estudiantes trabajan en equipos en el caso que les ha sido asignado, realizando investigaciones legales y empíricas, e ideando y planificando estrategias argumentales y jurídicas que resulten útiles para la elaboración del Amicus Curiae que será presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (“CIDH”). En la clínica jurídica orientada a casos de derecho público los estudiantes se involucran en casos reales y participan en muchos de sus aspectos, como ser entrevistas a clientes, preparación y definición de las estrategias del caso, desarrollo de investigaciones, manejo de expedientes y la realización de todos los escritos y trámites propios de los procedimientos judiciales y administrativos en nuestro país. La clínica funciona también como centro de activismo jurídico innovador y ámbito de elaboración teórica que promueve la participación de los estudiantes en la exploración y ensayo de nuevos instrumentos procesales en un ambiente especialmente diseñado para promover el debate, la creatividad y la reflexión académica.

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Relación con otras entidades: ADC; Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia(“ACIJ”); Centros de Estudios Legales y Sociales (“CELS”); Centro Interdiciplinario para el Estudio de Políticas Públicas (“CIEPP”); Centro de Estudios de Estado y Sociedad (“CEDES”); Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (“CIPPEC”), Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (“REDI”), Red Derechos Económicos, Sociales y Culturales (“ Red DESC”), entre otras. Mecanismos de evaluación: Las tareas desarrolladas en las clínicas jurídicas

son

supervisadas y evaluadas por el cuerpo docente de la universidad a los fines de obtener la aprobación del curso. Al final del cuatrimestre, los alumnos deben presentar un trabajo escrito en el que detallan su participación concreta en el caso que les fue asignado, discuten cuáles fueron las estrategias utilizadas y las dificultades enfrentadas. Para determinar la calificación final de cada alumno, el cuerpo docente tiene en cuenta el trabajo final mencionado, así como la participación de cada alumno en las tareas de investigación y debate. Contactos: 5199-4500, int. 1214; [email protected] (clínica jurídica de acceso a la información pública); [email protected] (clínica jurídica de interés público)

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B.2.2 UNIVERSIDAD TORCUATO DI TELLA Miñones 2177; Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Argentina Fecha de inicio: No disponible. Período de funcionamiento: No disponible. Autoridades: Hernán Gullco. Delimitación de casos: Promueven la defensa de los derechos fundamentales de las personas, el mejoramiento de la justicia y la eficiencia y transparencia de las instituciones gubernamentales. Estructura y personal: Está orientado a alumnos de grado, sin mención a graduados. Intervienen profesores como guías. Metodología de funcionamiento: Está dividido en dos clínicas jurídicas que integran el currículum de la carrera de abogacía, denominadas “CJ I” y “CJ II”. CJ I tiene lugar en el primer semestre y CJ II durante el segundo semestre. Si bien los temas a tratar varían, el foco generalmente está puesto sobre elderecho administrativo. Los grupos de estudiantes forman un Amicus Curiae y el profesor selecciona uno de los trabajos realizados para su presentación ante el tribunal que trata el caso. Relación con otras entidades: Mencionan un convenio suscripto con la Asociación por los Derechos Civiles. Dicho convenio no se encuentra publicado en Internet. Mecanismos de evaluación: Examen parcial conceptual y examen final con nota. Contactos: Teléfonos: 5-169-7181 (Escuela de Derecho) Mail: [email protected]

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B.2.3 UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA 48 entre 6 y 7; La Plata, Provincia de Buenos Aires. Argentina. Fecha de inicio: No disponible Período de funcionamiento: No disponible Autoridades: No disponible Delimitación de casos: El programa tiene tres áreas: (i) derechos humanos, (ii) derecho ambiental y (iii) derecho del consumidor. Entre los potenciales casos a estudiar están aquellos que involucran la libertad de expresión, las garantías procesales (en especial, el acceso a la justicia), la protección de grupos vulnerables (tales como las personas con capacidades especiales, las minorías raciales, inmigrantes y comunidades aborígenes), los damnificados masivos por contratos abusivos y daños ambientales. Estructura y personal: Participan de la clínicas jurídicas estudiantes y graduados (con hasta 4 años de expedido el título), quienes son entrevistados por los docentes responsables de cada área. Metodología de funcionamiento: Se trabaja en equipos. Luego de la selección y una vez debatido el caso, se patrocinará al afectado ante los estrados judiciales y/o administrativos, o bien se emitirá una declaración pública, dictamen o propuesta legislativa fundada. Relación con otras entidades: No disponible. Mecanismos de evaluación: Cada caso transita por tres instancias de evaluación: (i) la preselección, (ii) la evaluación y (iii) la elección final. Contactos: 4236701 – 06.

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B.2.4 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL Bv. Pellegrini 2750 (3000); Santa Fe, Provincia de Santa Fé. Argentina. Fecha de inicio: 1° de febrero de 2008. Período de funcionamiento: Dos años Autoridades: No disponible. Delimitación de casos: Los abogados que practican el derecho de interés público (“DIP”) están convencidos de que el derecho se puede utilizar para lograr un cambio en las prácticas sociales y económicas existentes en la sociedad, creando las condiciones necesarias para permitir el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables. Un caso DIP es un caso que sirve a estos objetivos. En este sentido se puede mencionar como casos típicos de interés público los relacionados con temas tales como la protección de derechos humanos, discriminación, protección del ambiente, defensa de la libertad de expresión, protección de usuarios y consumidores, defensa de comunidades aborígenes, responsabilidad pública de funcionarios y magistrados, entre otros. Un caso DIP es muchas veces un caso que por sus características, los abogados que se dedican al litigio en el ámbito privado no están dispuestos a llevarlo adelante por la complejidad y el tiempo que insume o porque simplemente el mismo no es redituable económicamente.

La clínica tiene en general dos grandes objetivos: uno académico y otro social. El primer objetivo se logra a través del método pedagógico clínico que enfatiza la práctica por sobre la teoría . El segundo objetivo aspira a modificar prácticas que limitan, obstruyen o restringen la protección de derechos fundamentales de las personas. En este sentido, el mismo se logra mediante la creación de vínculos estrechos entre la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales y la comunidad en que ésta se inserta.

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Estructura y personal: A tales efectos se estructura como un estudio jurídico que tiene un director a cargo y varios abogados y profesores que funcionan como facilitadores y supervisores del trabajo de los estudiantes. Funciona como un verdadero laboratorio de entrenamiento y reflexión, en el cual los estudiantes bajo la supervisión de abogados y profesores, patrocinan casos reales de manera gratuita. Pueden participar de la clínica jurídica de interés público todos aquéllos estudiantes interesados que se encuentren en condiciones de realizar la práctica profesional de la carrera de Abogacía de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Metodología de funcionamiento: Se reúnen semanalmente en un espacio de debate con dinámicas de deliberación y toma de decisiones diferentes a las de los cursos tradicionales. Durante el resto de la semana los estudiantes trabajan en equipos, en investigación legal y empírica, planificación de estrategias de litigio y de incidencia en políticas públicas, redacción de escritos, entrevista a clientes, etc. Relación con otras entidades: Instituto Nacional contra la discriminación, la xenofobia y el racismo (“INADI”) Santa Fe; Asociación de Promoción y Defensa del Consumidor y del Usuario del Litoral (“APRODECON”), Unión de Entidades de y para Discapacitados de la Prov. de Santa Fe, y Centro de Protección a la Naturaleza. Mecanismos de evaluación: En el curso de esta práctica se estimula la interrelación entre el núcleo académico jurídico, y los actores de la comunidad que reciben los servicios de la clínica (ciudadanos afectados) y otros actores centrales, tales como abogados, jueces, administradores, legisladores, representantes de organizaciones civiles, etc.). Este trabajo es supervisado y evaluado a los fines de obtener la aprobación del curso. Contactos: +54-342-457-1110 interno 107. Facultad de Ciencias Jurídicas: 0342-4571200

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B.2.5 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL TUCUMÁN 25 de Mayo 471; San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán. Argentina. Fecha de inicio: No disponible. Período de funcionamiento: No disponible. Autoridades: La clínica jurídica de interés público se encuentra bajo la órbita de la Secretaría de Gestión Institucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán. Delimitación de casos: La clínica sólo promueve causas de interés público. El trabajo de promoción se lleva adelante a través del litigio judicial en casos individuales o colectivos, reclamos administrativos ante diferentes organismos del ejecutivo, propuestas legislativas, o a través de la conjunción estratégica de varias o todas estas alternativas. En la clínica se está desarrollando además un innovador método de identificación de casos ambientales basado en investigación participativa y el uso de criterios de interés público ambiental. En particular, los casos llevados por la clinica juridica se relacionan con temas de derecho a la salud, acceso a la información (Plan Vital), identificación, usuarios y consumidores. Para mayor información sobre los casos tratados, ver ANEXO II adjunto al presente informe. En el ANEXO III se encuentra un reporte extraído de la página web de la clínica jurídica, en el cual se describen las actividades realizadas por la misma en el período 2003 – 2004, en ocasión de ser su primer año en funcionamiento. La misma fuente no cuenta con reportes actualizados. Estructura y personal: Estudiantes a partir del cuarto año de la carrera de abogacía de la Universidad Nacional del Tucumán. Se estructura como un estudio jurídico que tiene

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una directora a cargo y varios profesores clínicos que funcionan como facilitadores y supervisores del trabajo de los estudiantes. Metodología de funcionamiento: Los estudiantes se reúnen una vez a la semana en un espacio de debate con dinámicas de deliberación y toma de decisiones diferentes a las de los cursos tradicionales. Durante el resto de la semana los estudiantes trabajan en equipos, en investigación legal y empírica, planificación de estrategias de litigio, de incidencia en políticas públicas y de reformas e innovación legislativa, en la elaboración de escritos, documentos estratégicos, entrevista a clientes, etc.. Relación con otras entidades: No disponible. Mecanismos de evaluación: Este trabajo es supervisado y evaluado a los fines de obtener la aprobación del curso. No se especifica metodología. Contactos: (0381) - 4221165

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B.2.6 UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Av. Figueroa Alcorta 2263 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Argentina. Fecha de inicio: No disponible. Período de funcionamiento: No disponible. Autoridades: La clínica es una asignatura obligatoria de la carrera de abogacía, bajo el nombre de práctica profesional. La autoridad bajo la cual se desarrollan las prácticas es el Departamento de Práctica Profesional de la Facultad de Derecho. Delimitación de casos: Los casos pueden ser de derecho civil, derecho penal, derecho laboral, derecho del consumidor o derechos humanos. A diferencia de otras clínicas, los estudiantes tratan todo tipo de temas, sin una preselección ni una orientación determinada. Los casos relacionados con cuestiones de familia y minoridad son tratados interdisciplinariamente con la participación de los asistentes, trabajadores sociales y psicólogos. Estructura y personal: El Departamento de Práctica Profesional ofrece tres prácticas diferenciadas según la rama del derecho que tratan. De este modo hay prácticas general (que trata casos de derecho civil), laboral, penal, defensa del consumidor, y finalmente derechos humanos, en colaboración con el Centro de Estudios Legales y Sociales (“CELS”). El Centro de Formación Profesional, el área dentro del Palacio de Justicia donde los estudiantes trabajan, cuenta con un cuerpo asistencial integrado por trabajadores sociales y psicólogos, que asesoran tanto a docentes y alumnos como a los consultantes. Metodología de funcionamiento: La enseñanza práctica consiste en adquirir las habilidades propias del profesional, el registro escrito de la, información y documentos aportados por los consultantes y el posterior estudio y discusión sobre su clasificación y análisis jurídico de fondo y estratégico procesal, la confección de un informe sobre el caso planteado y el seguimiento procesal de la causa. El servicio consiste en la preparación de los escritos incluyendo intimaciones, citaciones, diligenciamientos,

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trámites, etc. que sea menester para cumplimentar la vía elegida para la debida protección de o reconocimiento del derecho o interés del patrocinado. Las actuaciones judiciales o administrativas incluyen no sólo la atención personal de las sucesivas consultas y preparación de todo tipo de escritos necesarios sino también el control y seguimiento estricto de los expedientes y la asistencia a las audiencias que se fijen. En todas estas actividades deben intervenir activamente los alumnos, por lo cual se solicita la autorización de los magistrados para que los alumnos asistan a las audiencias y se cumplimenten los objetivos de la formación profesional. Relación con otras entidades: La práctica de derechos humanos se realiza en colaboración con el CELS, una ONG especializada en la defensa de derechos humanos, civiles y políticos frente al Estado. Teléfono: (5411) 4809-5613

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B.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN PRIMERA

A modo de conclusión, intentaremos dar respuesta al interrogante que nos planteamos al comenzar la investigación: ¿cuál es el estado de desarrollo de la enseñanza jurídica clínica en Argentina, qué características presentan, como funcionan y qué objetivos persiguen?. Una primera observación que podemos realizar, es que la clínica jurídica más desarrollada en Argentina es de la Universidad de Palermo. Basamos esta conclusión en la participación que dicha clínica ha tenido en diversos juicios que han sentado precedentes en nuestro derecho constitucional, como es posible evidenciar en el ANEXO I adjunto al presente informe. Asimismo la Universidad de Palermo tiene dos clínicas operativas actualmente, mientras las demás universidades solo cuentan con una. Interesa destacar que en la Universidad de Buenos Aires no opera una clínica jurídica, tal y como la hemos definido al inicio del presente informe, sino una asignatura obligatoria que se asemeja a la misma en algunos aspectos. En primer lugar, la práctica está ya insertada en el funcionamiento del Palacio de Justicia, a través del Centro de Formación Profesional, razón por la cual no opera de la misma manera que las clínicas, que son proyectos nuevos y no un ámbito académico definido. La práctica no se limita a ciertas actividades sino que, autorizada por los magistrados, muchas veces puede ir más allá de lo que otras clínicas podrían hacer. En segundo lugar, la Universidad de Buenos Aires no establece la práctica dentro de un proyecto con orientación hacia cierto área del derecho – como podría ser, por ejemplo, la defensa del medio ambiente –, ni se encuentra orientada a temas de interés público. Por esta razón podemos observar que la Universidad de Buenos Aires no impulsa una preselección de los casos tratados, mientras que en otras universidades podríamos esperar que la haya, en particular en razón del impácto social y político esperado. Una segunda observación a realizar es que muchas de las clínicas jurídicas relevadas se centran en casos de interés público, enfocándose por tanto en el “litigio de impacto”. Ello evidenciaría un compromiso no tanto con la comunidad adyacente a la universidad, sino más bien con la sociedad en general, buscando un impacto a nivel provincial o nacional. En tal sentido, hay que hacer notar que muchas de las clínicas jurídicas

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colaboran con organizaciones no gubernamentales de derechos civiles o de derechos humanos que ostentan un mismo objetivo. Hay que tener en cuenta que el acceso a la información brindado por cada clínica varía en cada caso y la información suministrada no necesariamente se condice con el grado de desarrollo de las mismas. Ello, inxorablemente repercute en las conclusiones del presente infrome aún cuando dicho margen de error se intentó suplir con la información obtenida mediante contacto teléfonico. Finalmente, entendemos que el desarrollo de las clínicas jurídicas en Argentina es incipiente en comparación con la fuerte iniciativa que tomó la educación clínica en otros países. El número de universidades que cuentan con al menos una clínica jurídica es muy reducido, como también el número de casos en los que participan. No obstante ello, no debe ser despreciada la aparición de estos proyectos ya que la iniciativa, como destacamos al inicio del presente párrafo, es muy reciente. . No hay criterio uniforme que nos permita establecer parámetros comparativos claros. Cada clínica jyurídica ha tomado la estructura y método que creyó más conveniente, lo cual refleja de alguna forma lo reciente de las mismas. Empero, observamos que hay un único criterio que se repite en todas las clínicas jurídicas, y es que tratan temas de interés público.

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B.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN PRIMERA

Universidad de Palermo: http://www.palermo.edu/derecho/clinica_juridica.html Clínica de Interés Público de la Universidad de Palermo .http://www.palermo.edu/derecho/clinica_juridica-interes-publico.html Clínica de Acceso a la Información Pública de la Universidad de Palermo. http://www.palermo.edu/derecho/clinica_juridica-acceso-info-publica.html Clínica Jurídica de la Universidad Torcuato di Tella: http://www.utdt.edu/ver_contenido.php?id_contenido=4779&id_item_menu=9845 Clínica Jurídica Universidad Nacional de La Plata: http://www.jursoc.unlp.edu.ar/index.php?option=com_content&task=view&id=29&It emid=66 Resumen de proyecto de Clínica Jurídica de la Universidad Nacional del Litoral. http://www.unl.edu.ar/eje.php?ID=358&id_proyecto=232 Clínica Jurídica de la Universidad Nacional del Litoral. http://www.fcjs.unl.edu.ar/?action=extension.view&id=4&ids=142 Clínica Jurídica de la Universidad Nacional del Tucumán. http://www.derecho.unt.edu.ar/clinicajuridica/informaciongeneral.htm Práctica Profesional de la Universidad de Buenos Aires http://www.derecho.uba.ar/institucional/depto_pracprofesional.php Centro de Formación Profesional http://www.derecho.uba.ar/institucional/depto_pracprofesional_centro_form_prof.ph p Patrocinio Jurídico Gratuito http://www.uba.ar/extension/trabajos/derecho_patro.htm Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas. http://www.clinicasjuridicas.org/index.htm “Charla sobre Clínicas Jurídicas en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata”, ImpulsoBaires. 23/07/2008. http://www.impulsobaires.com.ar/nota.php?id=54622

Lynch, Horacio M.; El “programa de entrenamiento para abogados. El arte de la abogacía”. LA LEY 1982-B, 911. Alterio, Ana Micaela; Los (des)incentivos económicos para facilitar el acceso a la justicia. Una crítica desde el análisis económico del derecho. LLGran Cuyo 2009 (febrero), 6.

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C. SECCIÓN SEGUNDA: UNIVERSIDADES LATINOAMERICANAS

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C.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN SEGUNDA

La presente sección nace de una primera recopilación de información sobre los programas de enseñanza clínica del derecho en América Latina. No pretende ser un trabajo de investigación comparativo; más bien, intenta presentar un panorama del desarrollo de dichos programas en la región, describiendo las características que toman las clínicas jurídicas en cada país. Este informe nos permite entonces observar el grado de sofisticación de cada clínica jurídica, identificando los factores sociales, económicos, políticos y culturales de cada país que propician el correcto funcionamiento de la clínica en el sistema judicial local.

Acorde a este fin hemos decidido realizar la investigación en torno a una selección arbitraria de universidades que efectivamente cuentan con algún tipo de enseñanza clínica, sin pretender abarcar la totalidad de las mismas o ser una muestra representativa de la enseñanza universitaria de cada país. La investigación realizada no alcanza para realizar conclusiones respecto del grado de desarrollo de las clínicas jurídicas en diferentes paises, dado que solamente se han estudiado contadas universidades de cada país y ello imposibilita la generalización de las conclusiones. El presente informe se realizó consultando únicamente la información disponible en los sitios web de cada universidad, y se estructuró de acuerdo a la disponibilidad de tal información.

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C.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS

C.2.1 UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES – CHILE Avenida República 105; Santiago de Chile. Chile. El curso de clínicas jurídicas forma parte del plan de estudios obligatorio de los alumnos de derecho, quienes con la guía de profesores y ayudantes se involucran en casos reales y participan en todas las etapas necesarias para contribuir a su solución. Entre otras actividades, los alumnos realizan entrevistas a clientes, preparan y definen de las estrategias, desarrollan investigaciones, manejan expedientes, redactan documentos y realizan trámites propios de los procedimientos judiciales y administrativos. Las clínicas jurídicas cuentan con un espacio físico diseñado especialmente para ellas dentro del campus, donde se brinda atención jurídica gratuita a clientes de escasos recursos. Están diferenciadas por áreas del derecho, como laboral, civil, criminal y de familia, entre otras. Algunas de ellas, como la de justicia criminal o la de interés público y derechos humanos, han litigado exitosamente casos de alto impacto público – por ejemplo, el caso de Aarón Vásquez, donde el jóven Aaron Vásquez, imputado de homicidio, cumplía un régimen de prisión cerrado que le impedía recibir la educación que por derecho le correspondía –, e incluso tramitan casos ante el sistema interamericano de derechos humanos (como el caso de la jueza chilena Karen Atala Riffo, quien en 2004 perdió la tuición de sus tres hijas por una decisión de la Corte Suprema chilena debido a su orientación sexual, caso que luego fue tratado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos). El objetivo principal de las clínicas jurídicas es que los alumnos aprendan a enfrentar un caso real con los conocimientos teóricos que tienen del derecho. El cliente es atendido por el alumno con su profesor, y es informado de todos los pasos a seguir para lograr una solución a su problema.

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En particular, las clínicas jurídicas ofrecidas por la Universidad Diego Portales son las siguientes: •

Clínica Civil – Laboral (sección I)



Clínica Civil – Laboral (sección II)



Clínica de Justicia Criminal



Pasantías en el Ministerio Público



Clínica de Mediación



Clínica de Familia



Clínica de Interés Público y Derechos Humanos (AIP)



Clínica con sede en La Legua



Clínica de Justicia Ambiental

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C.2.2 UNIVERSIDAD DE LOS ANDES – COLOMBIA Carrera 1 N° 18A – 12, Bogotá. Colombia. Grupo de Derecho de Interés Público El grupo de derecho de interés público de la facultad de derecho de la Universidad de los Andes (el “G-DIP”), es un espacio académico que persigue tres objetivos fundamentales: (i) tender puentes entre la universidad y la sociedad; (ii) aportar a la renovación de la educación jurídica en Colombia; y (iii) contribuir, a través del uso del derecho, a la solución de problemas estructurales de la sociedad, particularmente aquellos que afectan a los grupos más vulnerables de la comunidad colombiana. El G-DIP se concentra en tres líneas de trabajo. La primera es asesoría legislativa, que consiste en la articulación de proyectos legislativos que puedan tener un impacto positivo en comunidades tradicionalmente discriminadas y vulnerables. La segunda es litigio de alto impacto, donde se litiga de manera estratégica para afectar positivamente a sectores amplios de la sociedad colombiana. La última línea de trabajo es pedagogía en derecho. Esta última línea tiene un objetivo doble que apunta a contribuir a una opinión pública informada con capacidad de acción frente a los temas de la esfera pública y permitir que los ciudadanos tengan un acceso real y efectivo a las herramientas jurídicas que permiten la defensa de sus derechos. Asesoría legislativa. Esta línea de trabajo tiene como objetivos particulares articular y presentar proyectos de ley sobre temas de interés público. De igual forma, busca contribuir al enriquecimiento del debate público sobre temas que se discutan en la rama legislativa mediante trabajos de investigación.



Proyecto de ley anti-discriminación racial horizontal. Este proyecto es producto de la iniciativa de uno de los estudiantes que integran el equipo de trabajo del G-DIP. El grupo se propuso presentar un proyecto de ley ante el Congreso colombiano a través del cual se establezcan sanciones en contra de aquellos ciudadanos que discriminen a otros por motivos de diferencia racial.

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Litigio de alto impacto. Esta línea de trabajo se concentra en el diseño y la consecución de estrategias de litigio cuyos resultados afectan a grupos y sectores amplios de la sociedad colombiana. El litigio de alto impacto es una modalidad de litigio estratégico que tiene como objetivo contribuir a la solución de un problema social estructural. Involucra principalmente la presentación de acciones públicas de inconstitucionalidad, acciones de tutela y acciones populares.



Acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 79 de la ley 1151 de 2007. Plan Nacional de Desarrollo. Como resultado de varios meses de trabajo, el G-DIP radicó, en julio de 2009, una demanda de inconstitucionalidad con el propósito de lograr que el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, que señala la manera en que se definen, formulan, adoptan, ejecutan y financian los macroproyectos de interés social nacional, sea interpretado a la luz de los principios constitucionales de coordinación, concurrencia y subsidiariedad que deben guiar las actuaciones de la administración pública. En marzo de 2010, la Corte Constitucional falló a favor de la demanda interpuesta por el grupo y declaró la inconstitucionalidad de la norma. La Corte consideró que la norma en cuestión violaba la competencia exclusiva de los municipios sobre el uso del suelo y no tenía en cuenta, para su desarrollo, los principios de concurrencia, coordinación y subsiedaridad, principios que rigen la actividad administrativa.



Caso del derecho a la participación política de los habitantes de Nemocón. Desde marzo y hasta mediados de julio de 2008, el G-DIP trabajó en la formulación de una estrategia jurídico-política que permitiera a los habitantes de Nemocón (Cundinamarca) hacer valer su derecho fundamental a la participación política. Los ciudadanos de Nemocón manifestaron en una consulta popular realizada en el municipio el 1 de octubre de 2006, que se oponían a la construcción de un relleno sanitario regional en su jurisdicción. A pesar de esta manifestación democrática de la voluntad del pueblo, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (órgano responsable de la administración de los recursos medioambientales de dicho departamento) concedió una licencia ambiental para la construcción de un relleno sanitario regional en la Vereda Cerro Verde, en jurisdicción del municipio de Nemocón. Con el fin de proteger el derecho a la

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participación política de los habitantes del municipio, a finales de julio de 2008, se presentó una acción de tutela que buscó que se reconozca la obligatoriedad de los resultados de la consulta popular.



Acción pública de inconstitucionalidad contra la Ley 48 de 1993. Derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. En alianza con el Observatorio de Justicia Constitucional de la Universidad de los Andes y la ONG nacional Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia, el G-DIP ha trabajado desde enero de 2008 en una estrategia jurídico-política que busca el reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia respecto de la obligación de prestar el servicio militar obligatorio. Como resultado de ese trabajo, en marzo de 2009 se radicó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional. En octubre del mismo año la Corte Constitucional se pronunció y reconoció, como un derecho fundamental derivado del derecho a la libertad de conciencia, la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio por razones religiosas, filosóficas y morales; derecho que en la actualidad puede ser exigido por cualquier ciudadano a través de la acción de tutela.



Acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 224 del Código Penal. Libertad de Información. En alianza con la Fundación para la Libertad de Prensa (“FLIP”), el G-DIP presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 224 del Código Penal colombiano, el cual establecía una excepción a los eximentes de responsabilidad de los delitos de injuria y calumnia. Desde la perspectiva del GDIP y la FLIP, este artículo violaba los derechos fundamentales al debido proceso y a la libertad de información. En julio de 2009, la Corte Constitucional se pronunció a favor de las pretensiones de la demanda declarando la inconstitucionalidad de la norma demandada.



Caso de la comunidad negra de las Islas del Rosario. En alianza con el centro de estudios en derecho, justicia y sociedad DeJusticia, el G-DIP forma parte del equipo de abogados que trabaja en una estrategia jurídico-política que permita a la comunidad negra de las Islas del Rosario ser reconocida como minoría cultural y ser declarada propietaria colectiva de una parte de las tierras que

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componen el archipiélago. En noviembre de 2007 fue presentada conjuntamente por el G-DIP y Dejusticia una acción de tutela a través de la cual se persigue la protección de los derechos a la identidad cultural, la integridad, la autonomía y la existencia de la comunidad. La tutela fue negada en primera y en segunda instancia y se encuentra actualmente en sala de revisión en la Corte Constitucional.



Acciones públicas de inconstitucionalidad contra la Ley General Forestal. En este proyecto, que se inició en agosto de 2006, el G-DIP estableció una alianza con la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA). El diseño de la estrategia de litigio para enfrentar los problemas de constitucionalidad de la Ley Forestal condujo a la redacción de dos demandas que precisan las razones por las cuales dicha norma viola los derechos al medio ambiente sano, al desarrollo sostenible y a la consulta previa de los pueblos indígenas y negros de Colombia. La primera demanda fue fallada por la Corte Constitucional el 23 de enero de 2008 y declaró la inconstitucionalidad de la Ley General Forestal por violar el derecho a la consulta previa de las comunidades culturalmente diversas. Frente a la segunda demanda la Corte se declaró inhibida puesto que la ley ya no estaba vigente.



Acción pública de inconstitucionalidad contra la Ley 54 de 1990 y leyes relacionadas. Reconocimiento de los derechos de las parejas del mismo sexo. Este proyecto que se inició en agosto de 2005, es el producto de una valiosa alianza entre el G-DIP y la organización no gubernamental Colombia Diversa. La preparación de la estrategia, que tomó diez meses, condujo a la redacción de tres demandas y a la presentación de dos de ellas ante la Corte Constitucional en junio de 2006. En febrero de 2007 la Corte falló a favor de las pretensiones de la primera demanda, en una trascendente decisión en la que se reconocieron por primera vez los derechos de las parejas del mismo sexo en Colombia. Igualmente, en abril de 2008 la Corte Constitucional falló a favor de las pretensiones de la segunda demanda. Esta decisión de la Corte reconoce la posibilidad de la sustitución pensional para parejas del mismo sexo. Finalmente, en enero de 2009 la Corte Constitucional declaró que diversas normas en materia penal, migratoria y civil,

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entre otras, deberían ser aplicadas tanto a las parejas heterosexuales como a las parejas del mismo sexo. Pedagogía en Derechos. Esta línea de trabajo está enfocada al desarrollo de proyectos que involucran la educación en derechos para distintos sectores de la sociedad colombiana. El objetivo es doble: por un lado contribuir a la formación de una ciudadanía informada y conciente, y por el otro, acercar a los ciudadanos a las herramientas jurídicas a través de las cuales pueden hacer valer sus derechos.



Proyecto: ¿Cómo ser diferente? Pedagogía en derechos a través del arte. Desde el segundo semestre del año 2007 el G-DIP trabaja en conjunto con el Departamento de Arte de la Universidad de los Andes en la producción de una serie de publicaciones que contribuyan al empoderamiento de grupos minoritarios – minorías étnicas, culturales, de género, de orientación sexual y de discapacitados – en el ejercicio de sus derechos constitucionales. Este empoderamiento se logrará a través de la comprensión sobre la existencia, el contenido y el ejercicio del derecho a la diferencia mediante el desarrollo de una publicación en la cual se articulen imágenes artísticas y textos jurídicos. Igualmente, se desarrollará una página web interactiva que muestre los avances de la investigación y que al finalizar el proyecto, pueda servir como herramienta complementaria al libro publicado. Adicionalmente, se hará una exposición con las obras de artes plásticas producidas y analizadas a lo largo de la investigación que aludan a los derechos de estas minorías.

Consultorio Jurídico El consultorio jurídico de la Universidad de los Andes se inició en el año de 1971. La Facultad de Derecho diseñó el consultorio basada en la actividad voluntaria de los estudiantes que se encontraran cursando los dos últimos años de la carrera. Las actividades del consultorio jurídico se establecieron como parte integral de la carrera de derecho. En la actualidad, los dos semestres que componen la práctica de consultorio jurídico son materia obligatoria dentro del currículum y no existe la posibilidad de homologarlo.

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El consultorio jurídico, además de ser un espacio institucional creado y facultado por la ley, persigue entre sus objetivos y fines aquéllos que le fija la normativa vigente, así como el cumplimiento de una misión académica y formativa señalada por la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. Los estudiantes adscritos al consultorio jurídico prestan un servicio gratuito a la comunidad, litigando en causa ajena en asuntos penales, laborales, civiles, de familia, disciplinarios y de responsabilidad fiscal, con ciertas limitaciones de competencia. Las actividades del consultorio jurídico fueron ratificadas por ley en el año 2000, estableciendo como objetivo el acceso a la justicia de los sectores más vulnerables de la población.

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C.2.3 UNIVERSIDAD DE COSTA RICA – COSTA RICA Montes de Oca, San José Costa Rica. Costa Rica. El programa de extensión social tiene como objetivo socializar el conocimiento generado y recopilado en la Facultad de Derecho, desarrollando proyectos de extensión docente y de divulgación que respondan a necesidades y situaciones jurídicas y sociales debidamente identificadas, contribuyendo así a la sociedad costarricense y al debate nacional.

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C.2.4 UNIVERSIDAD LATINA – COSTA RICA Lourdes de Montes de Oca, San José de Costa Rica. Costa Rica. La Escuela de Derecho de la Universidad Latina cuenta con consultorios jurídicos que se encargan de llevar procesos en todas las áreas del derecho, a saber: agraria, familia, laboral, tributario, comercial, administrativo, constitucional, civil (sucesiones, procesos ejecutivos, interdictos, inquilinato, etc.), penal y notarial. En esta última área solo se ofrecen servicios de consultoría, ya que por ley estos procesos no pueden ser llevados por quienes no están habilitados a tales efectos. Además, la Escuela de Derecho de la Universidad Latina cuenta con una Casa de Justicia y un Centro de Mediación Comunitaria para la práctica de los medios alternativos de resolución de conflictos.

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C.2.5 INSTITUTO TECNOLÓGICO AUTÓNOMO DE MÉXICO - MÉXICO Río Hondo No. 1, Col. Progreso Tizapán, México, D.F. México

El Centro de Acceso a la Justicia (CAJ) del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), cumple con una doble función: por una parte, presta un servicio a la comunidad; por otra, permite la aplicación de la teoría que reciben los alumnos de la licenciatura de Derecho del ITAM en las aulas, a la práctica jurídica. Uno de los principales objetivos del CAJ, es ofrecer una valiosa oportunidad a los alumnos de derecho para que conozcan una parte del ejercicio de su profesión, además de sensibilizarse frente a la realidad mexicana. El CAJ cuenta con una red de asesores honorarios, compuesta por abogados postulantes y profesores de distintas áreas, que revisan el trabajo de los alumnos y responden dudas. Siendo una materia optativa de la estructura curricular de la carrera de derecho del ITAM, el CAJ requiere de sus participantes que sean alumnos de cuarto semestre o superior de la licenciatura en derecho, con disponibilidad de al menos 15 horas por semana y con horarios flexibles, además de la predisposición y entusiasmo que caracterizan a este tipo de emprendimientos.

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C.2.6

UNIVERSIDAD

NACIONAL

AUTÓNOMA

DE

MÉXICO – MÉXICO Ciudad Universitaria. Edificio Principal. Circuito Interior s/n, Ciudad Universitaria. Del. Coyoacán. México. Las Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Universidad Nacional Autónoma de México (“UNAM”) tiene dentro de sus funciones la representación legal de la universidad, en los asuntos en materia laboral, penal y civil, en los cuales la Facultad de Derecho esté involucrada. De igual forma tiene a su cargo el bufete jurídico de la UNAM, que brinda asesoría legal en forma gratuita a toda persona que la solicita y patrocina asuntos jurídicos de la población de bajos recursos económicos del Distrito Federal. Todo ello se lleva a cabo con la participación de los pasantes en derecho que prestan las horas de servicio social – exigidas por la universidad. La oficina jurídica de la facultad tiene las siguientes funciones:



Apoyar a su dependencias en la atención de los asuntos jurídicos en materia civil, laboral y penal, en los que esté involucrado.



Supervisar las labores jurídicas que se lleven a cabo en la Facultad de Derecho.



Brindar el apoyo necesario en materia jurídica al director de la dependencia respectiva, y servir de enlace con la Oficina del Abogado General cuando se requiera.



Llevar un control y registro detallado de cada uno de los procesos, e informar al Abogado General de ello.

El Bufete Jurídico proporciona un servicio gratuito legal, de primordial interés social a personas que cuentan con problemas legales y carecen notoriamente de recursos para contratar los servicios de un abogado particular; se brinda asesoría legal a todas las personas que acuden al mismo y en caso de otorgar el patrocinio será a costa de los propios consultantes en cuanto a gastos de procedimiento.

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C.2.7 UNIVERSIDAD CATÓLICA “NUESTRA SEÑORA DE ASUNCIÓN” – PARAGUAY Campus Asunción, Sede Central. Independencia Nacional y Comuneros; Asunción del Paraguay. Paraguay. Centro Interdisciplinario de Derecho Social y Economía Política (“CIDSEP”) El Centro Interdisciplinario de Derecho Social y Economía Política (“CIDSEP”) es un organismo de la Universidad Católica cuya misión es contribuir a la construcción del estado de derecho y la efectiva inserción del Paraguay en la integración regional y global, impulsando el fortalecimiento de las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil, el proceso de descentralización, el acceso a la justicia y la participación democrática, mediante asesoramiento, capacitación, investigación y publicaciones. El CIDSEP visualiza un contexto político y social que se presenta como una oportunidad ineludible para profundizar las prácticas democráticas hacia un estado de derecho que responda efectivamente a las necesidades reales de la población. En este contexto realizan la fundamental tarea de promover y fortalecer todos aquellos modelos de gestión democrática y participativa que contribuyen con la construcción de una nueva relación Estado–sociedad basada en la inclusión social. De este modo nace el proyecto “Acceso a Servicios Básicos de Calidad – Red de Buenas Prácticas y Gestión Participativa”, una iniciativa para la promoción de modelos de gestión democrática en las áreas especificas de salud, educación, vivienda y agua potable. Es el proyecto más importante en el que participa el CIDSEP, con apoyo de la Unión Europea.

El CIDSEP aspira a una sociedad profundamente democrática y justa, en la cual rige el estado de derecho en forma plena y todos los ciudadanos acceden a la educación y a la justicia sin discriminación alguna y participan activamente en el proceso democrático y de desarrollo del Paraguay. El CIDSEP busca fortalecer las instituciones democráticas, realizando tareas de capacitación y actualización a operadores y auxiliares de justicia en todo el territorio

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nacional; también realiza investigaciones y publicaciones en el área jurídica. Asimismo, fomenta la cultura de trasparencia y participación ciudadana mediante el monitoreo ciudadano de las principales instituciones estatales a nivel local, la capacitación a líderes comunitarios y referentes de la sociedad civil en materia de mecanismos de control ciudadano, acceso a la información y rendición de cuentas (accountability). Las actividades del CIDSEP se agrupan en dos temas en particular:



Incidencia en la elaboración de políticas públicas. Promoción del acceso a la justicia: formación de promotores barriales de justicia. Capacitación a lideres comunitarios en medios alternativos de resolución de conflictos.



Promoción de derechos por medio de programas radiales, periódicos barriales y actividades culturales. Apoyo a la formación de redes entre instituciones públicas y organizaciones sociales. Red de voluntariado legal.

Extensión universitaria – Campus de Asunción. Presta servicio jurídico a personas de escasos recursos económicos, asistencia legal, representación y patrocinio ante tribunales u organismos administrativos. También es un centro de práctica para los alumnos de los dos últimos años de la carrera de Derecho. Servicio social – Campus Itapúa Los alumnos del quinto y sexto año de la carrera impulsan casos prácticos en juicios civiles

y

causas

penales

a

través

de

la

defensoría

pública.

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C.2.8 PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ – PERÚ Av. Universitaria 1801; San Miguel, Lima 32. Perú. La Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú impulsa una iniciativa de extensión social, la Proyección Social de Derecho (“PROSODE”), que promueve el desarrollo de la comunidad, especialmente facilitando el acceso a la justicia y alentando la difusión, el ejercicio y la defensa de los derechos humanos de los ciudadanos de escasos recursos económicos. PROSODE se implementa mediante un curso voluntario, inserto dentro del plan de estudios de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, al cual pueden matricularse los estudiantes a partir de la mitad de la carrera. Ellos tienen clases semanales y eligen un área de trabajo: asesoría, educación, difusión legal o penal-penitenciario. Esta experiencia constituye más que un curso al actuar en la realidad generando impactos positivos en la comunidad y actuando incluso cuando no hay clases. Asimismo, promueve la formación de empresas y personas jurídicas en convenio con el Colegio de Notarios de Lima. PROSODE surge a iniciativa de los estudiantes de la facultad, quienes lograron que se convirtiera en una demanda estudiantil. Es en este contexto que en 1991 se crea oficialmente la Dirección de Proyección Social, dándose inicio a la institucionalización de la proyección social, optándose por estructurarla a través del curso "Problemas Jurídicos de los Sectores Marginales". En la actualidad, PROSODE aspira a ser una institución reconocida a nivel nacional e internacional como promotora de valores, habilidades y destrezas en la perspectiva de la educación clínica legal, y asimismo contribuir en el acceso a la justicia y en la formación ciudadana de la comunidad más necesitada de Perú. La experiencia acumulada por PROSODE ha permitido generar un impacto positivo en los alumnos y llevar adelante un mejor y más eficiente servicio a la comunidad de Lima y del Callao. Esta labor es desarrollada por estudiantes, jefes de práctica y profesores de la Facultad. Actualmente, cuentan con un promedio anual de 100 estudiantes matriculados en el curso.

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PROSODE, como curso, distingue dos niveles de objetivos: los referidos a los estudiantes matriculados y los que se brindan a las personas beneficiarias de los servicios a través de los alumnos. El primer nivel de objetivos está orientado al aprendizaje y desarrollo personal del estudiante, contribuyendo a la comunidad de manera eficiente. El segundo nivel, es el que hace posible identificar a PROSODE como un curso orientado a una clínica jurídica. Se trata de materializar la finalidad de proyectarse en la sociedad, y esto significa brindar servicios jurídicos a la comunidad, priorizando determinados sectores, para facilitar el acceso a la justicia, la defensa de los derechos humanos y la formación ciudadana, contribuyendo a mejorar la calidad de vida. PROSODE es un curso que brinda la oportunidad de adquirir conocimientos, desarrollar habilidades, destrezas y actitudes, sirviendo a la comunidad. Combina tres metodologías de aprendizaje: el aprendizaje basado en problemas, el aprendizaje-servicio y el método clínico (de clínica jurídica). De este modo, el curso se desenvuelve en contacto con la realidad con la que el alumno actuará en un futuro como abogado en las diferentes facetas del derecho, bajo la dirección de un equipo docente, con tutorías permanentes y especializadas.

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C.2.9 RED LATINOAMERICANA DE CLÍNICAS JURÍDICAS

En los años noventa surgen, en varias universidades latinoamericanas, programas de litigio con el objetivo de promover el cambio social. La Red Latinoamericanas de Clínicas Jurídicas (la “Red”) se constituye en el espacio más adecuado para el fortalecimiento de estas nuevas propuestas pedagógicas a través de las alianzas y encuentros que se coordinan desde la Universidad Diego Portales en Chile, con el apoyo de ONGs y las universidades. La Red es una iniciativa de la Universidad Diego Portales en Chile, Universidad que desarrolla la coordinación de la misma. A la Red pertenecen universidades tan importantes como la UBA en alianza con el CELS, la Universidad de Córdoba, la Universidad de Tucumán en Argentina, la Universidad Católica del Perú, la Universidad del Rosario, Medellín y la Universidad de los Andes en Colombia. Luego se vinculan a la Red otras universidades de México, Ecuador, Colombia, Bolivia y Estados Unidos de América. El objetivo de la Red es fortalecer la enseñanza clínica y, a través de este instrumento intervenir en la defensa del interés público y los derechos humanos mediante el litigio estratégico como herramienta. La Red ha generado cambios significativos en la docencia e investigación jurídica en América Latina y su integración garantiza la participación de docentes y estudiantes en la propuesta, desarrollo y evaluación de las causas de interés público que adelanta. Universidades en la Red A. Argentina •

Universidad de Buenos Aires/CELS: Clínica de Derechos Humanos y Clínica de Refugiados, Buenos Aires, Argentina.

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Universidad de Palermo, Buenos Aires, Argentina.



Universidad Nacional de Córdoba/Centro de Estudios de Derechos Humanos y Medio Ambiente (CEDHA), Córdoba, Argentina.



Universidad Nacional del Comahue, Neuquén, Argentina.

B. Chile •

Pontificia Universidad Católica de Temuco, Temuco, Chile.



Universidad Diego Portales, Santiago, Chile.

C. Colombia •

Universidad del Rosario. Grupo de Acciones Públicas (“GAP”). Bogotá, Colombia.



Universidad de Medellín, Medellín, Colombia.



Universidad Sergio Arboleda, Bogotá, Colombia



Universidad de los Andes, Bogotá, Colombia

D. Ecuador •

Universidad San Francisco de Quito, Quito, Ecuador.

E. México •

Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), Monterrey, México.



Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), México D.F., México.



Universidad Iberoamericana, México D.F., México.



Universidad Nacional de Tucumán.

F. Perú •

Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, Perú.



Universidad San Agustín de Arequipa, Arequipa, Perú.



Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cuzco, Cuzco, Perú.

Litigio Estratégico

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Una característica fundamental de las clínicas de interés público consiste en que éstas trabajan sus casos con base en el modelo de litigio estratégico. Esta clase de litigio propende por asegurar el éxito de un proceso jurídico a través de la elaboración de planes o programas y la organización de determinados medios, que permitan la defensa de derechos humanos amenazados o vulnerados. Es así como el cumplimiento deseable de los derechos humanos se contrasta con su amenaza o su vulneración, y se determina estructuralmente el mejor camino para obtener el resultado más óptimo. En el trabajo jurídico de las clínicas de interés público el litigio estratégico puede comprender: 1. Una estrategia jurídica. En ésta se identifican las acciones, derechos humanos y sujetos que correspondan a la situación. 2. Una estrategia social. El litigio estratégico propende por la construcción de sujetos titulares de derechos. 3. Una estrategia política. En ésta se identifican las instituciones que pueden servir como aliadas para defender la misma causa. 4. Una estrategia educativa. En ésta se realiza capacitaciones y cursos con la comunidad -sujeto pasivo en la amenaza o vulneración de los derechos humanos-, para que pueda comprender cuales son sus derechos y los mecanismos con los que cuenta para hacerlos valer. 5. Una estrategia de seguridad. En ésta se identifican los problemas de corrupción, las amenazas, la intimidación y el riesgo.

43

C.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN SEGUNDA

La investigación expuesta tuvo como objetivo, en primer lugar, presentar un primer cuadro de diagnóstico sobre la existencia y el nivel de desarrollo de las clínicas jurídicas en ciertos países de América Latina tales como Chile, Paraguay, Perú, Colombia, Costa Rica y México. Las clínicas jurídicas más avanzadas, como resulta de la investigación, son las que surgen de la Universidad de los Andes (Colombia) y de la Universidad Diego Portales (Chile), tanto en el número de clínicas que ofrecen como en las actividades que desarrollan, dando a conocer públicamente algunos de los resultados de sus trabajos. En cuanto a las actividades, encontramos que la mayoría de las clínicas aquí estudiadas trabajan en casos de interés público, muchas veces desde organismos de la sociedad civil, en continuidad con los resultados encontrados en la investigación sobre clínicas jurídicas argentinas. Una posible explicación a esta observación sería el nivel de compromiso de las universidades con sus respectivos entornos, en particular tratándose de países considerados “en vías de desarrollo” con profundos problemas de desigualdad social. Del mismo modo que fue destacado en la sección primera, cabe mencionar aquí las viscisitudes de la utilización de parámetros restringidos de búsqueda como los que fueron aplicados en el presente caso. En particular, la investigación se encuentra supeditada en su estructura a la información que cada universidad publica en su sitio web. Importa tener en cuenta que, al igual que en la investigación centrada sobre la enseñanza clínica del derecho en Argentina, detallada en la primera sección del presente informe, muchas de las diferencias en los niveles de desarrollo de los programas clínicos pueden ser explicados, al menos en parte, por las diferencias contextuales de cada universidad; en particular por la disponibilidad de fondos y de políticas públicas de fomento de la educación y participación de las instituciones académicas y la población civil. Notamos que, al igual que en Argentina, los programas de enseñanza clínica en América Latina son aún una novedad. Solo en un muy reducido número de casos el sistema

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jurídico cuenta con instituciones diseñadas para receptar las actividades que éstas desarrollan, y su incidencia en los procesos jurídicos en los que intervienen es limitada. No obstante, la existencia de órganos internacionales de fomento de la enseñanza clínica – como lo es la Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas –, y la información publicada respecto de las actividades que dichas clínicas desarrollan son evidencia de una tendencia educativa que refuerza estas prácticas.

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C.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN SEGUNDA

Universidad Diego Portales (Chile). http://www.derecho.udp.cl/clinicasjuridicas.htm Universidad de los Andes (Colombia). http://derecho.uniandes.edu.co/derecho_uniandes/export/derecho_uniandes/program as/pregrado/unidades_apoyo_pregrado/consultorio_juridico/index.html Universidad de Costa Rica (Costa Rica). http://www.derecho.ucr.ac.cr/index.php?option=com_content&view=article&id=10& Itemid=18 Universidad Latina (Costa Rica). http://info.ulatina.ac.cr/home/servicios_comunidad.cfm http://info.ulatina.ac.cr/carreras/carrera.cfm?nID=6&nID_Carrera=9 Instituto Tecnológico Autónomo de México (México). http://caj.itam.mx/Paginas/index.html Instituto Nacional Autónomo de México (México). http://v880.derecho.unam.mx/web2/modules.php?name=facultad&file=juridico http://www.derecho.unam.mx/web2/modules.php?name=academicos&file=escolares_ ss1 Universidad Católica “Nuestra Señora de la Asunción” (Paraguay). http://www.buenaspracticas.uca.edu.py/cidsep.php (CIDSEP) http://www.uca.edu.py/72 (Campus Asunción) http://www.uci.edu.py/servicio-a-la-comunidad/derecho/ (Campus Itapúa) Pontíficia Universidad Católica del Perú (Perú). http://www.pucp.edu.pe/facultad/derecho/index.php?option=com_detalle&task=view &secc=11&cat=44&cont=91&btn_back=1&Itemid=76 http://blog.pucp.edu.pe/prosode Red Latinoamericana de Clínicas Jurídicas. http://www.clinicasjuridicas.org/

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D. SECCIÓN TERCERA: UNIVERSIDADES DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

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D.1.

INTRODUCCIÓN A LA SECCIÓN TERCERA

La práctica de la educación clínica en Estados Unidos de América tiene larga trayectoria. Todas las grandes escuelas de derecho ofrecen algún tipo de oportunidad para la educación práctica, generalmente prestando servicios a la comunidad adyacente al mismo tiempo. Como pioneras en este modelo educativo, las clínicas jurídicas en Estados Unidos de América han evolucionado con el tiempo hasta formar parte importante de la escena pública local, estatal y federal. Por tales razones, podemos esperar encontrar clínicas cuyo funcionamiento ya se ha articulado con su entorno. En este sentido, la investigación que da sustento a la presente sección ha pretendido mostrar cómo se estructuran las clínicas jurídicas, qué tipos de actividades realizan y cómo se relacionan con su entorno, es decir, de qué modo impactan en la comunidad que las rodea. Para ello, hemos realizado una selección de universidades norteamericanas de renombre que cuenten con escuelas de derecho, y hemos llevado a cabo la investigación utilizando como fuentes la información oficial que las mismas publican en sus respectivos sitios web. En consecuencia, esta sección será estructurada con una presentación general del programa de clínicas jurídicas de la escuela de derecho y luego una enumeración de las clínicas jurídicas ofrecidas por esa escuela, detallando los objetivos de cada clínica.

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D.2.

DESARROLLO DE CLÍNICAS JURÍDICAS

2.1 COLUMBIA UNIVERSITY Columbia Law School. 435 West 116th Street, New York. Estados Unidos de América. El programa de clínicas tiene dos objetivos. El primero es alentar a los alumnos a familiarizarse con la práctica del abogado y con las instituciones con las que interactúa, y a proponer reformas para optimizar el servicio ofrecido a los clientes y a la sociedad en general. El segundo es ofrecer un servicio de representación legal pro bono a clientes que no pueden obtenerlo de otro modo, ya sea por el costo, por la impopularidad de sus causas o por la complejidad de sus problemas. Los estudiantes de las clínicas escriben borradores de escritos (demandas, contestaciones, alegatos, informes, etc.) y pedidos de prueba; entrevistan y aconsejan a clientes; median en disputas complejas y persuaden adversarios o jueces. Buscan aprender a ser más confiados y proactivos, más tolerantes o más colaborativos como abogados, y son alentados a enfrentarse con sus problemas y debilidades – como la desorganización y la procrastinación – que pueden minar sus habilidades como abogados. Los estudiantes muchas veces trabajan para clientes que se enfrentan a abusos de derechos humanos, a negligencia en el cuidado del medioambiente o a la discriminación racial. Enfrentan problemas legales que nacen de la pobreza, el racismo, la desigualdad y la tiranía política. Columbia Law School ofrece ocho clínicas jurídicas que se diferencian en las materias de los casos que tratan. En el semestre de primavera (otoño en el hemisferio sur) del año 2010 se ofrecen vacantes para cinco de estas clínicas. Cada clínica tiene una estructura, un objetivo y un equipo de supervisores profesionales diferente, razón por la cual la información será presentada por clínica. Por lo general, cada clínica consiste en la enseñanza práctica respaldada por clases teóricas y de simulaciones que preparan a los estudiantes para enfrentar los casos reales.

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Clínicas ofrecidas en 2010

1. Clínica de derecho ambiental (Environmental Law Clinic). La clínica participa en un amplio espectro de casos, entre ellos casos de polución del agua o del aire; de conservación de hábitats como los pantanos; de defensa de especies en peligro de extinción, de justicia ambiental y de crecimiento inteligente (“smart growth”). Los estudiantes se reúnen en seminarios semanales para discutir las estrategias a seguir en los casos tomados. Esta clínica enfatiza las habilidades de litigar con utilidad más allá del área del derecho ambiental, y son expuestos a mecanismos también aplicables a casos de derecho civil. Los estudiantes de la clínica de derecho ambiental representan a organizaciones ambientales y de la comunidad, tanto locales como regionales y nacionales, que trabajan para solucionar los problemas ambientales locales.

2. Clínica de la abogacía en la era digital (Lawyering in the Digital Age Clinic). Los estudiantes de la clínica aprenden la práctica de la abogacía a través de la experiencia directa usando tecnologías que dan nueva forma a la profesión. En las clases, los estudiantes aprenden a practicar las habilidades básicas, como entrevistar y aconsejar, con acento en el uso de la tecnología digital que ayude a hacer productivos y satisfactorios estos encuentros con el cliente. Además de aprender el uso de las tecnologías que ya impactan en la profesión, los estudiantes son alentados a adaptar todas las tecnologías disponibles a otras actividades tradicionales de la abogacía. Los estudiantes de la clínica trabajan junto con abogados de un amplio rango de organizaciones de interés público y con miembros del poder judicial y utilizan nuevas tecnologías para hacer escritos, planear la estrategia del caso y asistir de varios modos a sus clientes.

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Trabajan junto a la Corte Civil de New York en el desarrollo de un mecanismo digitalizado de respuesta de arrendatarios a procedimientos de evicción.

3. Clínica de mediación (Mediation Clinic). Estudiantes de la clínica de mediación tienen la oportunidad de desarrollar habilidades que resultan relevantes para la solución efectiva y eficiente de problemas. En particular, exploran el campo de los Métodos Alternativos de Resolución de Disputas (Alternative Dispute Resolution (ADR) – en rápido desarrollo – y a la vez proveen servicios a las personas en conflicto. Los casos típicos que la clínica trata son disputas entre vecinos, entre co-habientes o entre compañeros de trabajo, así como conflictos de negocios u organizacionales. Los estudiantes participan de varios programas de resolución de disputas en Nueva York. Adicionalmente, la clínica ofrece servicios gratuitos de resolución de disputas a la comunidad de Columbia. Los estudiantes hacen de mediadores en el Centro Comunitario de Mediación en Safe Horizon, una organización sin fines de lucro para la asistencia y defensa de víctimas de violencia y para prevención de la violencia. También median casos en la Corte Civil de New York y en la Corte de Reclamos Pequeños de Harlem (Harlem Small Claims Court). 4. Clínica de prisioneros y sus familias (Prisoners and Families Clinic). La clínica informa a los presidiarios sobre sus derechos y responsabilidades como padres y madres, y sobre los modos mediante los cuales pueden hacer efectivos tales derechos por sí mismos. La clínica también asiste a quienes han cumplido su condena, y a los miembros de sus familias, para lograr la reunificación del núcleo familiar. Los estudiantes en una primera instancia observan la realización de una clase de derecho de familia enseñada a las mujeres en prisión; luego trabajan en grupos para diseñar una clase que darán más adelante en el semestre. Las clases involucran el método de roles en

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las que los estudiantes y las internas participan conjuntamente. Las clases son diseñadas para proveer consejos legales preventivos con el fin de ayudar a que las mujeres cumpliendo su condena puedan mejorar sus probabilidades de éxito en el proceso ante el juzgado de familia, o a evitar problemas legales. Los estudiantes también tienen la oportunidad de dar una clase similar en una prisión para hombres que están por cumplir su condena. Adicionalmente, los estudiantes de la clínica ofrecen asistencia legal a personas que han cumplido su condena y/o a los miembros de sus familias. Los estudiantes también proveerán investigaciones y asistencia al staff de Bedford Hills que asiste a mujeres que tienen problemas para relacionarse con sus hijos. La clínica trabaja en colaboración con Parenting Center of Bedford Hills, una prisión de mujeres. En el semestre de primavera de 2010 (otoño en hemisferio sur), la clínica también colaborará con Iniciativa Familiar en el Centro de Litigios de Apelación (Family Initiative of the Center of Appellate Litigation). Los estudiantes contribuirán a expandir las listas de recursos para familias y a desarrollar el curriculum para talleres que serán ofrecidos a personas que han cumplido recientemente su condena, y a sus familias. Los estudiantes asimismo dirigirán estos talleres conjuntamente con el staff de Iniciativa Familiar.

5. Clínica de derecho de género y sexualidad (Sexuality and Gender Law). La clínica ofrece a los estudiantes la oportunidad de participar directamente en el desarrollo del derecho de género y de sexualidad. El trabajo en clase pone acento en formar las habilidades del abogado en los estudiantes a través del estudio de doctrina constitucional, estrategia procedimental, cánones éticos, investigación social y teorías constitucionales y políticas. Muchas de estas clases se llevan a cabo de modo similar a reuniones de abogados en una organización de derecho de género y sexualidad, afianzando técnicas de comunicación y persuasión, las habilidades analíticas y el pensamiento estratégico necesario en un abogado de la mencionada área del derecho. Los proyectos de la clínica incluirán litigios, proyectos legislativos, análisis de políticas públicas, y educación pública relacionada al derecho de sexualidad y género. Los estudiantes, siempre supervisados por el director de la clínica, serán responsables de

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realizar investigaciones y crear informes Amicus Curiae; de desarrollar teorías para casos que están siendo considerados o tratados por organizaciones enfocadas en los derechos de mujeres, homosexuales, bisexuales y transexuales; de preparar informes y escritos para organizaciones internacionales; de producir análisis legislativos y borradores de proyectos legislativos a nivel local, estatal y/o nacional; y de participar en estrategias de educación pública, que puede incluir artículos destinados a los medios de comunicación. Los estudiantes trabajarán cooperativamente con el staff legal de organizaciones enfocadas en dichos temas y con abogados en estudios que traten casos relacionados a cuestiones de género y sexualidad.



Otras Clínicas en Funcionamiento:

6. Clínica de defensa al menor/Proyecto de representación del adolescente (Child Advocacy Clinic/Adolescent Representation Proyect). La clínica lanzó en 2006 un proyecto para representar adolescentes que salen de hogares de niños u otras instituciones. La mayoría de los clientes tienen entre 16 y 23 años. Sus problemas son muy variados, incluyendo problemas de vivienda, de paternidad adolescente, de salud, de ingresos, de educación, de asistencia y planificación financiera, de derechos civiles, de capacitación laboral y planificación de carrera, y de violencia doméstica. Los estudiantes tienen la oportunidad de asistir a clientes individuales y de afectar las políticas y prácticas actualmente en evolución. Trabajan en equipos para representar a clientes que son referidos a la clínica desde oficinas de asistencia legal, agencias de adopción y organizaciones comunitarias que ayudan a los jóvenes en el proceso de transición hacia la adultez. La clínica tiene cuatro etapas: un seminario sobre la adolescencia y sus particularidades, una etapa de clases y ejercicios de simulación para preparar a los estudiantes para la práctica de abogacía, una etapa de representación de clientes y una última etapa de trabajo sobre propuestas de reformas legales, educativas y políticas.

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7. Clínica de derechos humanos (Human Rights Clinic). La clínica de derechos humanos expone a sus estudiantes a la práctica del derecho en el contexto internacional e intercultural de los derechos humanos. Si bien los proyectos cubren todos los aspectos de esta rama del derecho, las iniciativas se centran particularmente en (1) defensa de derechos humanos en Estados Unidos de América, (2) litigio en foros internacionales, (3) problemas en la intersección del desarrollo, la inversión privada y los derechos humanos, y (4) apoyo a ONGs comprometidas con diversas formas de defensa de estos derechos. Desde su funcionamiento, los estudiantes han representado a una víctima de violencia doméstica en Estados Unidos de América; a menores sentenciados a cadena perpetua en Estados Unidos de América, y a haitianos expulsados masivamente de la República Dominicana ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos; han realizado convenciones sobre el rol de las universidades como inversores socialmente responsables; y han asistido en la revisión de los contratos mineros en la República Democrática del Congo, Perú y Liberia. En sus proyectos más recientes, la clínica a llevado estudiantes a República Dominicana, Haití, Guinea Ecuatorial, India, Méjico, Canadá, Liberia, Azerbaiján, Georgia, Sudáfrica, Perú y a la República Democrática del Congo. Cuenta con un seminario donde los estudiantes participan en ejercicios y discusiones que desarrollan todas las habilidades necesarias para el ejercicio de la abogacía. En cuanto a educación práctica, la clínica provee oportunidades para trabajar junto con abogados experimentados y con instituciones comprometidas con el activismo de los derechos humanos, tanto en Estados Unidos de América como en el exterior. 8. Clínica de PyMES y organizaciones sin fines de lucro (Nonprofit

Organizations/Small Business Clinics). El objetivo principal de esta clínica es proveer asistencia legal a organizaciones sin fines de lucro y a pequeñas empresas que no pueden costear los servicios legales ofrecidos a precio de mercado. Poniendo énfasis en la planificación, los estudiantes aprenden a entender las aspiraciones y las esperanzas de los clientes, les ayudan a anticipar y resolver

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problemas y los educan sobre sus responsabilidades. Muchos de los clientes de la clínica son organizaciones sin fines de lucro jóvenes que necesitan asistencia para elegir la forma apropiada de organización para llevar a cabo sus proyectos y programas, para desarrollar estructuras de administración y control, para cumplir con los requisitos legales o para solucionar problemas impositivos. Otros son grupos más avanzados que requieren ayuda para enfrentar asuntos legales que surgen de cambios como la expansión, creación de programas nacionales o inicio de actividades lucrativas. Los clientes están domiciliados generalmente en los barrios más pobres de la ciudad de New York, como ser Harlem, Washington Heights y South Bronx. Los estudiantes también ofrecen seminarios y talleres para emprendedores sobre asuntos corporativos o impositivos. Los estudiantes de la clínica se preparan para trabajar con clientes reales a través de un seminario, supervisión semanal y simulaciones filmadas que luego son criticadas por estudiantes y profesores. Asimismo, aprenden la normativa referida a la creación y administración de este tipo de organizaciones y empresas, y se enfrentan con los problemas que acarrea representar a una empresa y no a un individuo.

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D.2.2 NEW YORK UNIVERSITY New York university Law School. 40 Washington Square South, New York. Estados Unidos de América. El programa de clínicas de New York University Law School es reconocido por la calidad de su cuerpo docente, la variedad de opciones y la innovadora estructura de su plan de estudios. Posee 14 docentes dedicados full time a las clínicas y más de 30 clínicas diferentes. El programa de clínicas provee a los estudiantes experiencia en asesoramientos y solución de problemas urgentes, lo que les permite mejorar la calidad legal en la solución de los mismos. Por 20 años la New York University Law School ha estado preparando el programa de Ejercicio del Derecho, organizado en una estructura pedagógica de aprendizaje dinámico. El programa introduce a los estudiantes en una sofisticada teoría de solución de problemas. A través del modelo mencionado, los estudiantes de segundo y tercer año de la Universidad trabajan con profundidad tanto demandas como acuerdos y proyectos. Para lograr una mayor eficiencia en el servicio a los clientes cada clínica tiene una serie de requisitos obligatorios que los estudiantes deben alcanzar –como ser el conocimiento profundo de áreas particulares del derecho, la adquisición de determinadas habilidades o el trabajo bajo la supervisión de los profesores de la clínica. Un elemento distintivo del programa de clínicas es que el claustro docente se encuentra dedicado tiempo completo a la investigación y formación de los estudiantes de la clínica; a su vez cada uno de los profesores tiene a su cargo un grupo de 10 alumnos como máximo para optimizar el proceso de aprendizaje. Las clínicas se dividen en anuales y semestrales. A. Clínicas Anuales

1. Clínica de políticas públicas Centro Brennan (Brennan Center Public Policy Advocacy Clinic).

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Esta clínica estudia el ejercicio de la abogacía en el ámbito público, estudiando políticas públicas, realizando coaliciones con grupos políticos, recolectando y analizando datos de opinión, esbozando y negociando normas, haciendo lobby, desarrollando planes de educación pública y utilizando los medios de modo efectivo.

2. Clínica de derechos civiles (Civil Rights Clinic). Los estudiantes litigan en casos que involucran la rendición de cuentas de la policía, generalmente en casos de discriminación en la criminalización a partir de la raza, pero también en casos de violación del debido proceso en justicia penal y en asuntos policiales.

3. Clínica de defensa penal y comunitaria (Criminal and Community Defense Clinic). La clínica explora las responsabilidades y los desafíos involucrados en la provisión de defensa pública. Se enfoca en la representación de individuos y examina los métodos para dar voz a los clientes en el sistema penal.

4. Clínica de discriminación en empleo y vivienda (Employment and Housing Discrimination Clinic). Los estudiantes representan a demandantes en las cortes federales o estatales en demandas por discriminación racial, de género, de nacionalidad o por discapacidad. Los estudiantes conocen a sus clientes, escriben las demandas y otros escritos, toman declaraciones y aparecen en el juicio. También participan de seminarios de discusión sobre asuntos procesales, con ejercicios de simulación para desarrollar habilidades de litigio orales y por escrito.

5. Clínica de defensa de la familia (Family Defense Clinic). La clínica trabaja para prevenir la separación innecesaria de familias indigentes, y para la reunificación de familias cuando sus hijos están en adopción. Trabajan con menores, acercándose a los casos desde una perspectiva interdisciplinaria.

6. Clínica de defensor federal (Federal Defender Clinic).

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Los estudiantes representan a indigentes acusados por delitos menores en corte federal del distrito Eeste de New York, en todas las etapas del proceso. También asisten a abogados profesionales.

7. Clínica de derechos de inmigrantes (Immigrant Rights Clinic). La clínica provee representación directa a inmigrantes y organizaciones comunitarias en diferentes procesos; también impulsa políticas legislativas y apoya la organización de estas comunidades.

8. Clínica de derechos humanos internacionales (International Human Rights Clinic). La clínica ofrece a los estudiantes la oportunidad de explorar desde muchos puntos de vista la defensa de los derechos humanos tanto en el entorno doméstico como en el internacional. Los estudiantes tratan diversos temas que se encuentran en el centro de discusiones y luchas para garantizar la protección de derechos fundamentales, igualdad sustantiva y justicia social y económica. Tiene asimismo un seminario que guía a los estudiantes en los temas tratados.

9. Clínica de defensor de menores (Juvenile Defender Clinic). La clínica representa a jóvenes acusados de delitos mayores en procedimientos de delitos de menores, en la corte de familia de New York.

10. Clínica de derecho, organización y cambio social (Law, Organizing and Social Change Clinic). Esta clínica entrena a los estudiantes de abogacía a realizar diversas tareas de la práctica profesional al servicio de la comunidad y sus miembros. Trabaja en conjunto con organizaciones de inmigrantes de bajos ingresos.

11. Clínica de reincorporación del ex-presidiario (Offender Reentry Clinic). La clínica se centra en proveer asistencia legal a individuos que son liberados de prisión por cumplimiento de condena, en casos en que se les obstruya su reintegración a la sociedad, como por ejemplo casos en que se les niega empleo. También proveen talleres

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en los cuales entrenan a estos individuos para que puedan representarse a sí mismos en estos tipos de casos. B. Clínicas Semestrales

12. Clínica de derecho administrativo (Administrative and Regulatory State Clinic). Trabajando junto con organizaciones no gubernamentales, que buscan mejorar las políticas ambientales, de salud y de protección al consumidor, los estudiantes preparan escritos de peticiones y otros escritos, y participan en litigios en el ámbito del derecho administrativo.

13. Clínica de transacciones comerciales (Business Law Transactions Clinic). Los estudiantes otorgarán servicios legales a líderes senior de organizaciones sin fines de lucro en asuntos corporativos y de comunicación, como por ejemplo aconsejando a ejecutivos sobre transparencia y sobre conflictos de intereses, revisando contratos y esbozando acuerdos y otros proyectos.

14. Clínica de derechos del menor (Child’s Rights Clinic). Esta clínica examinará los problemas legales y éticos, y las habilidades únicas requeridas, en la representación de clientes adolescentes, con enfoque particular en asuntos de género y sexualidad. Los estudiantes colaboran con organizaciones especializadas en representación de menores.

15. Clínica de justicia penal comparativa (Comparative Criminal Justice Clinic). La clínica estudia el uso que diferentes naciones dan a la persecución penal para combatir la violencia doméstica, con una visión comparativa, con el fin de desarrollar un análisis crítico de las ventajas y desventajas de las estrategias jurídicas penales y asistir a agencias y organizaciones no-gubernamentales en los Estados Unidos de América y en otros países, desarrollando e implementando cambios en tales estrategias.

16. Clínica del defensor de apelaciones de derecho penal (Criminal Appellate Defender Clinic).

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Los estudiantes representan a individuos imputados de delitos mayores ante la Corte Suprema de New York, trabajando en conjunto con la Oficina de Defensores de Apelación.

17. Clínica de derecho ambiental (Environmental Law Clinic). Los estudiantes trabajan en el Consejo de Defensa de Recursos Naturales (Natural Resources Defense Council) asistiendo a abogados en el litigio de casos de interés público sobre temas de medio ambiente. También asisten a un seminario semanal en el que se esbozan propuestas de reformas a las políticas ambientalistas.

18. Clínica “Equal Justice and Capital Defender” (Equal Justice and Capital Defender Clinic). La clínica provee representación a prisioneros condenados a muerte en Alabama, en procedimientos post-condena, y a menores enfrentándose a cadena perpetua sin libertad condicional. Los estudiantes viajan a Alabama a realizar investigación, litigar y asistir en el desarrollo y la implementación de litigio de impacto a través de organizaciones no gubernamentales especializadas.

19. Clínica de justicia global (Global Justice Clinic). La clínica explora desde diversos ángulos el ejercicio de la abogacía en el ámbito de los derechos humanos internacionales, en el entorno local e internacional. El seminario enfatiza en las habilidades prácticas, incluyendo demandas en fueros locales o internacionales.

20.

Clínica de litigio civil gubernamental – Distrito Este de New York

(Government Civil Litigation Clinic – Eastern District of New York). Los estudiantes trabajan en colaboración con Civil Division Assistant Attorneys en la Oficina de Abogados de Estados Unidos de América para el Distrito Este de New York, exponiéndose al litigio en el fuero civil federal en nombre de los Estados Unidos de América y sus agencias en un amplio rango de casos.

21. Clínica de litigio civil gubernamental – Distrito Sur de New York (Government Civil Litigation Clinic – Southern District of New York).

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Los estudiantes representan al gobierno federal en diversos casos de litigio afirmativo (affirmative litigation), en temas de derechos civiles, discriminación en el empleo, fraude, derecho ambiental, impuestos y quiebras y daños.

22. Clínica de defensa del inmigrante (Immigrant Defense Clinic). Los estudiantes participan en la Unidad de Inmigrantes de la Sociedad de Ayuda Legal (Legal Aid Society’s Immigration Unit), que trabaja con una amplia gama de casos en lo cuales individuos no ciudadanos contestan deportaciones, aplican a asilo o buscan otras formas de protección.

23. Clínica de derecho ambiental internacional (International Environment Law Clinic). Los estudiantes investigan y elaboran normas, políticas y análisis sobre derecho ambiental internacional y comparativo. Los clientes generalmente son grupos ambientalistas de Estados Unidos de América o del exterior, la ONU y otras organizaciones internacionales, y gobiernos de países no desarrollados.

24. Clínica LGBT (“Lesbian – Gay – Bisexual – Transexual” Clinic). N/D. Será inaugurada en 2011.

25. Clínica de mediación (Mediation Clinic). La clínica de mediación está diseñada para alentar el desarrollo de habilidades de mediación y al mismo tiempo orientar a los alumnos en temas relevantes de la relación entre la ley y la solución informal de disputas. Incluye un entrenamiento intensivo en el mecanismo de la mediación y una práctica de co-mediación en disputas de empleo.

26. Clínica de mediación – avanzada: diseño de sistema de disputas (Mediation Clinic – Advanced: Dispute System Design). La clínica avanzada sólo puede ser tomada por alumnos que ya participaron en la clínica de mediación. Profundiza sobre el entrenamiento de los estudiantes en el sistema de mediación y aporta experiencia en el trabajo con varias organizaciones que utilizan la mediación u otros métodos no-judiciales de solución de disputas.

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27. Clínica de libertades civiles de New York (New York Civil Liberties Clinic). Los estudiantes pasan un semestre ejerciendo la abogacía en la Unión de Libertades Civiles de New York (New York Civil Liberties Union) en casos que incluyen justicia racial y económica, libertad de expresión, libertad de religión/creencia, derechos de los inmigrantes, y derechos de género y sexualidad.

28. Clínica de procuración – Distrito Este de New York (Prosecution Clinic – East District of New York). Esta clínica colabora con la Oficina de Procuradores de Estados Unidos de América (U.S. Attorney’s Office) para el Distrito Este de New York, defendiendo individuos en casos de delito mayor.

29. Clínica de procuración – Distrito Sur de New York (Prosecution Clinic – Southern District of New York). Los estudiantes representan al gobierno federal – en División Penal de la Oficina de Procuradores de Estados Unidos de América (United States Attorney’s Office) del Distrito Sur de New York – en un amplio espectro de prosecuciones penales, incluyendo las temáticas de fraude, inmigración, armas de fuego, narcóticos, terrorismo y casos de corrupción pública.

30. Clínica de justicia racial (Racial Justice Clinic). Los estudiantes en esta clínica llevan casos que les son enviados por el programa de justicia racial de la Unión Americana de Libertades Civiles (American Civil Liberties Union), que se especializa en asuntos de justicia racial de rango nacional. Las temáticas incluyen: acciones afirmativas, justicia penal, educación, justicia de menores, planes de salud y defensa de indigentes. Los casos están seleccionados y diseñados para tener efectos de amplio alcance en comunidades de color.

31. Clínica de impuestos (Tax Clinic). Los estudiantes trabajan en conjunto con el departamento de impuestos de Dewey & LeBoeuf LLP, representando a individuos con bajos impuestos en casos frente a la Corte de Impuestos de Estados Unidos de América (U.S. Tax Court) y en varios

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procesos administrativos. El trabajo de campo es complementado con un seminario que discute los casos en que los alumnos participan.

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D.2.3 HARVARD UNIVERSITY Harvard Law School. 1563 Massachusetts Avenue, Cambridge Estados Unidos de América. El Programa de Educación Legal Clínica permite que los estudiantes tomen responsabilidad directa para representar a clientes en casos reales actuales, bajo la supervisión de instructores y miembros del claustro académico universitario quienes son profesionales expertos en sus áreas. Los cursos clínicos son semestrales o anuales y comprenden trabajo de campo junto con cursos complementarios. La universidad ofrece casi 30 clínicas “in-house” (en el campus) y cientos de pasantías. También provee apoyo financiero para suplir a los estudiantes en ciertos aspectos del trabajo clínico y pro bono. La universidad requiere que todos los estudiantes de derecho contribuyan al menos 40 horas de trabajo pro bono relacionado al derecho como condición para su graduación. Muchos de los estudiantes deciden cumplir el requerimiento mediante trabajo clínico. El espectro de casos y programas abarcados dependen de cada clínica en particular. Las clínicas ofrecidas son las siguientes:

1. Programa de defensa de menores (Child Advocacy Program). Trabajando junto con otras organizaciones, los estudiantes representan a menores en casos que promueven cambios sistémicos mediante litigio de impacto y reforma legislativa.

2. Instituto de justicia penal (Criminal Practice Institute). Lleva casos de delitos mayores y menores en corte, y representa a clientes jóvenes en audiencias.

3. Clínica de fiscalía penal (Criminal Prosecution Clinic). Los estudiantes representan al Commonwealth de Massachusetts en el proseguimiento de casos penales en los juzgados de distrito (sin jurado).

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4. Clínica de derecho cibernético y de propiedad intelectual (Cyberlaw and Intellectual Property Clinic). Trata asuntos de derecho relacionados con la Internet, incluyendo responsabilidad, propiedad intelectual, privacidad y control de contenidos. Trabaja en el Centro Berkman para la Internet y la Sociedad (Berkman Center for Internet & Society)

5. Clínica de la pena de muerte (Death Penalty Clinic). Los estudiantes trabajan para centros de recursos en casos de pena de muerte, principalmente en el sur de Estados Unidos de América. La clínica representa a clientes con condenas de muerte

6. Clínica de derecho a la educación (Education Law Clinic). Provee representación a familias en casos de educación especial en defensa de menores que han experimentado adversidades, y busca remedios sistémicos para mejorar el sistema educativo, intentando dar voz a nivel político a los reclamos de los menores en tales situaciones adversas.

7. Clínica de familias y menores (Family and Children’s Law Clinic). Ofrece asistencia legal en divorcios, casos de violencia doméstica, disputas sobre paternidad o sobre tenencia y casos de aborto.

8. Clínica de derecho y políticas ambientales (Environmental Law and Policy Clinic). Litiga y propone reformas legislativas en un amplio rango de asuntos ambientales.

9. Clínica de derecho al empleo (Employment Civil Rights Clinic). Está enfocada en exigir la aplicación de leyes federales y estatales que prohíben la discriminación, el acoso y las represalias en el ambiente de trabajo.

10. Clínica sobre violencia de género (Gender Violence Clinic). Explora las causas y los efectos de la violencia de género a través del trabajo en organizaciones como Equality Now o el Centro de Crisis de Violación del Área de Boston (Boston Area Rape Crisis Center).

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11. Clínica abogado público – fiscal (Government Lawyer – Prosecutor Clinic). Para conocer el trabajo del fiscal, los estudiantes trabajan en la Oficina de Procuradores de los Estados Unidos de América (U.S. Attorney’s Office) en Boston, o en Massachusetts Attorney General.

12. Clínica del abogado público – semestre en Washington (Government Lawyer – Semester in Washinghton). Los estudiantes trabajan full-time en Washington, D.C. en políticas legislativas y asuntos regulatorios en varias agencias federales y oficinas legislativas.

13. Defensores de Harvard (Harvard Defenders). Los estudiantes representan a clientes de bajos ingresos en audiencias penales, asegurando así que sus clientes tengan representación de calidad.

14. Clínica de inmigrantes y refugiados de Harvard (Harvard Immigration and Refugee Clinic). Junto con Greater Boston Legal Services, los estudiantes representan a solicitantes del estado de refugiado e intervienen en casos de asilo y de protecciones relacionadas.

15. Bureau de ayuda legal de Harvard (Harvard Legal Aid Bureau). Es una oficina de servicios legales civiles dirigida y llevada a cabo por estudiantes, quienes representan a clientes de bajos ingresos en asuntos de vivienda, familia y otros problemas.

16. Programa de mediación de Harvard (Harvard Mediation Program). Los estudiantes proveen servicios de mediación para clientes en conflictos de propiedad inmueble, pequeños reclamos y otros casos.

17. Clínica sobre salud, discapacidad y planeamiento (Health, Disability and Planning Clinic).

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Provee representación directa del cliente en casos de discapacidad física, planeamiento de herencia y derecho a la salud, y trabaja en iniciativas de políticas relativas al derecho a la salud.

18. Defensores de los derechos humanos de Harvard Law School (Harvard Law School Advocates for Human Rights). Es una organización estudiantil en la que los estudiantes profesan la abogacía representando a víctimas de violaciones de derechos humanos.

19. Clínica de derechos humanos internacionales (International Human Rights Clinic). Enseña los asuntos, instituciones y procesos esenciales del movimiento de derechos humanos mediante la promoción activa del imperio de la ley, documentando abusos y llevando a cabo misiones de investigación de hechos.

20. Clínica de proceso judicial (Judicial Process Clinic). Los estudiantes trabajan con jueces individuales del juzgado de distrito, la corte municipal de Boston, la corte juvenil y la Housing Court, todos departamentos de la Corte de Juicio de Massachusetts (Masachussetts Trial Court).

21. Clínica de negociación y mediación (Negotiation and Mediation Clinical Program). Prepara a los estudiantes con habilidades de resolución de controversias para así enfrentar negociaciones complejas y con muchos niveles.

22. Post-foreclosure Eviction Defense Housing Clinic. Representa a arrendatarios enfrentado evicciones, ocasionalmente litigando en Boston Housing Court.

23. Clínica de protección al consumidor y prevención del préstamo predatorio (Predatory Lending Prevention/Consumer Prevention Clinic). Defiende a propietarios de inmuebles en juicios hipotecarios y litiga contra prestadores ilegítimos o abusivos.

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24. Proyecto de asistencia legal a presidiarios (Prison Legal Assistance Proyect). Los estudiantes representan a presidiarios en audiencias disciplinarias y otros asuntos.

25. Proyecto “Recording Artists” (Recording Artists Proyect). La clínica ofrece consejo pro bono a músicos no reconocidos en temas de copyright y de registro de marcas, y en la negociación de contratos de administración (“management”) y de comercialización (“merchandising”).

26. Clínica de deporte (Sports Law Clinic). Los participantes trabajan en los departamentos legales de clubes o de franquicias deportivas y en conjunto con estudios jurídicos y abogados dedicados al derecho relativo al deporte representando a jugadores individuales o a equipos.

27. Clínica de la suprema corte (Supreme Court Clinic). Los estudiantes participan en trabajos de alto perfil y alto impacto frente a la Corte Suprema de Estados Unidos de América, cortes federales de apelación o cortes estatales.

28. Proyecto de defensa al arrendatario (Tenant Advocacy Proyect). Defiende a arrendatarios de ingresos bajos a moderados enfrentándose a la evicción o a otros problemas legales.

29. Clínica de derecho corporativo/comercial (Transactional Law Clinic). Provee servicios legales a empresas pequeñas, a organizaciones sin fines de lucro, corporaciones de desarrollo de la comunidad o individuos y compañías en las artes de la industria del entretenimiento.

30. Clínica para la prosecución/fiscalía de crímenes de guerra (War Crimes Prosecution Clinic). Los estudiantes son introducidos en el proseguimiento penal internacional a través del trabajo en tribunales internacionales.

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31. Programa de trabajo clínico independiente (Independent Clinical Work Program). Iniciativa para que los estudiantes puedan crear clínicas en áreas que no han sido aun incluidas en el currículum de clínicas.

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D.2.4 UNIVERSITY OF CALIFORNIA Berkeley Law School. 215 Boalt Hall, Berkeley. Estados Unidos de América. Las Clínicas de Derecho de Berkeley están dirigidas por catedráticos de tiempo completo que son considerados expertos en sus campos. Los seminarios en aulas proporcionan a los estudiantes las bases necesarias de legislación pertinente y de la práctica, mientras que la experiencia hands-on en trabajo de casos para clientes desarrolla la habilidad de abogacía crítica. Eligen a los estudiantes por su determinación y su predisposición, así garantizando que las clínicas sean atendidas por estudiantes y profesores que están comprometidos con el aprendizaje y la justicia. La Universidad de Berkeley ofrece las siguientes clínicas:

1. Clínica de pena de muerte (Death Penalty Clinic). La clínica ofrece a estudiantes de derecho una oportunidad ciertamente enriquecedora de entrenamiento práctico; al mismo tiempo, busca justicia para clientes individuales proveyéndolos de representación de la mayor calidad, y finalmente expone y enfrenta problemas que resultan endémicos a la administración de la pena de muerte.

2. Centro legal de la comunidad de East Bay (East Bay Community Law Center). El centro fue fundado por estudiantes de derecho en 1988 para ofrecer servicios legales a miembros de bajos ingresos o que son subrepresentados en la comunidad adyacente a la escuela de derecho.

3. Clínica de derechos humanos internacionales (International Human Rights Law Clinic). La clínica permite a los estudiantes diseñar e implementar soluciones creativas para avanzar con la lucha global por la protección de los derechos humanos.

4. Clínica Samuelson de derecho, tecnología y políticas públicas (Samuelson Law, Technology and Public Policy Clinic).

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La clínica ofrece a estudiantes de derecho la oportunidad de aprender sobre el ejercicio de la abogacía, instituciones gubernamentales y las complejidades involucradas en el derecho vinculado a la tecnología, mientras otorga representación a individuos, organizaciones sin fines de lucro y grupos de consumidores que de otro modo quedarían sin representación.

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D.2.5 YALE UNIVERSITY Yale Law School. 127 Wall Street, New Haven. Estados Unidos de América. La escuela de derecho de la Universidad de Yale ofrece uno de los programas de clínicas jurídicas más desarrollado de Estados Unidos de América. A diferencia de otras universidades, los estudiantes pueden comenzar a participar en las clínicas – y en juicios – desde el semestre de primavera (otoño en hemisferio sur) de su primer año, y pueden participar a lo largo de su carrera académica en más de una clínica. Los estudiantes representan a verdaderos clientes con verdaderos problemas legales, y son supervisados por miembros senior del claustro académico de la universidad. El 80% de los estudiantes de la universidad participan en una clínica jurídica. 1. La Organización de servicios legales Jerome N. Frank (Jerome N. Frank Legal Services Organization) provee representación legal a individuos y organizaciones que necesitan asistencia legal pero que no pueden afrontar los costos que supone contratar un abogado privado. Esta organización tiene dentro de sí más de 15 clínicas separadas, que ofrecen una amplia gama de opciones a los estudiantes. Dentro de la organización operan los siguientes programas y clínicas:

Clínica de familia, menores y juventud de Sol y Lillian Goldman (Sol and Lillian Goldman Family, Advocacy for Children and Youth Clinic) representa a los miembros de familia en casos de cortes de menores, particularmente de abuso, negligencia, fin de paternidad y casos de delincuencia.

Clínica de pena de muerte (Capital Punishment) asiste a miembros de la Unidad de Condena de Muerte de la Oficina de Defensores Públicos de Connecticut en la representación de personas enfrentando la pena de muerte.

Litigio federal complejo y servicios legales de prisión (Complex Federal Litigation & Prison Legal Services) representa a clientes en casos de derecho civil federal.

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Proyecto de defensa penal (Criminal Defense Proyect) representa a clientes imputados de felonía, es decir, delitos mayores.

Violencia doméstica (Domestic Violence) combina representación legal directa de víctimas de violencia doméstica con impacto en la comunidad y en la educación.

Suficiencia educacional (Education Adequacy) representa a una coalición de padres, alcaldes de Connectiut, juntas educativas y organizaciones sin fines de lucro que busquen reformar el sistema de financiamiento de la educación pública.

Inmigración (Immigration) representa a individuos buscando asilo político en los Estados Unidos de América.

Propietario-Arrendatario (Landlord-Tenant) representa a arrendatarios de bajos recursos en procesos de evicción.

Ética en la abogacía (Lawyering Ethics) participa en reclamos en procesos legales (laborales) contra abogados.

Asistencia legal (Legal Assistance) lleva a los estudiantes a la Asociación de Asistencia Legal de New Haven (New Haven Legal Asistance Association) para representar a individuos de bajos recursos de la ciudad en asuntos civiles.

Servicios legales para comunidades inmigrantes (Legal services for Immigrant Communities) combina servicios legales tradicionales en materia civil con estrategias para resolver problemas basados en la comunidad.

Abogacía legislativa (Legislative Advocacy) representa a clientes que buscan asistencia en investigaciones y trabajos sobre la legislación de Connecticut.

Programa y clínica Ludwig de desarrollo comunitario (Ludwig Community Development Program and Clinic) provee servicios legales y otros servicios de

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consulta (en asuntos de negocios, de medio ambiente, de ámbito internacional o de salud pública) a grupos de la comunidad, particularmente a organizaciones sin fines de lucro involucradas con la construcción de viviendas económicas, con el desarrollo de pequeñas industrias y con el desarrollo económico en general. Incluye a dos clínicas: la clínica de desarrollo de la comunidad y la economía (Community and Economic Development Clinic) y la clínica de desarrollo de instituciones financieras de la comunidad (Community Development Financial Institutions Clinic).

La pasantía en Fiscalía (Prosecution Externship) permite a los estudiantes trabajar con fiscales estatales o federales, asistiéndolos antes y durante el juicio.

La clínica de derechos laborales y de inmigrantes (Worker and Immigrant Rights Advocacy Clinic) representa a inmigrantes y a trabajadores de bajos salarios en Connecticut en asuntos del derecho civil, tanto mediante litigio como en asistencia legal y defensa no litigiosa en organizaciones comunitarias. 2. La clínica de derechos humanos internacionales de Allard K. Lowenstein (Allard K. Lowenstein International Human Rights Clinic) es un curso universitario que otorga a los estudiantes experiencia de primera mano en el ejercicio de la abogacía en la rama de derechos humanos, bajo la supervisión de abogados especializados en dicha área. La clínica emprende cada período académico varios proyectos de litigio, investigación y asesoramiento en apoyo de organizaciones de derechos humanos y de víctimas de abusos de derechos humanos. La universidad ofrece varios otros programas de estudios clínicos que dan a los estudiantes experiencia directa en la práctica del derecho en áreas particulares:

• La clínica de protección ambiental (Environmental Protection Clinic) es una clínica interdisciplinaria que afronta problemas de legislación y políticas ambientales en nombre de organizaciones, grupos ambientalistas, agencias gubernamentales y cuerpos internacionales.

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• La clínica de organizaciones sin fines de lucro (Non-profit Organizations Clinic) ofrece asistencia legal a organizaciones sin fines de lucro que no pueden afrontar los costos del asesoramiento privado.

• La clínica de la Corte Suprema (Supreme Court Clinic) combina instrucción en clase sobre la Corte Suprema con involucramiento directo en proyectos de litigio

• La clínica de regulación de mercados de capitales y de instrumentos financieros (Capital Markets and Financial Instruments Regulation Clinic) ofrece a los estudiantes la oportunidad de investigar y comentar sobre regulaciones propuestas que afectan a la responsabilidad empresaria y a los mercados de capitales.

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D.2.6 STANFORD UNIVERSITY Stanford Law School. 559 Nathan Abbott Way, Stanford. Estados Unidos de América. Mills Legal Clinic of Stanford Law School encuadra un programa que ofrece clínicas con variadas orientaciones, que apunta a aportar al estudiante experiencia práctica en procedimientos judiciales reales, con casos reales y muchas veces de alto impacto. Las clínicas ofrecidas son:

1. Clínica de defensa penal (Criminal Defense Clinic). Los estudiantes representan a sentenciados enfrentándose a cadena perpetua por ofensas extremadamente menores y sin violencia, como consecuencia de la ley de los Tres Strikes (Three Strikes law) de California. Los participantes presencian la expedición de sentencias, apelaciones y procesos de habeas corpus en cortes estatales o federales.

2. Clínica de prosecución penal (Criminal Prosecution Clinic). Los estudiantes realizan el proseguimiento de casos en la Corte Superior de San José bajo la supervisión de la fiscalía del condado de Santa Clara y miembros del claustro universitario.

3. Clínica “cyberlaw” (Cyberlaw Clinic). Los estudiantes conducen litigios, investigaciones y asesoramiento relacionados con la informática y la Internet y los problemas legales que suscitan, en un área del derecho reciente y en desarrollo.

4. Clínica del medio ambiente (Environmental Law Clinic). Los estudiantes ofrecen asistencia legal a organizaciones sin fines de lucro nacionales y regionales sobre una variedad de asuntos del medio ambiente, haciendo hincapié en la biodiversidad y la conservación de recursos naturales.

5. Clínica sobre derechos del inmigrante (Immigrants’ Rights Clinic).

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Los estudiantes representan a inmigrantes en casos en que defienden los derechos de víctimas de violencia doméstica o en casos de deportación, y participan en actividades comunitarias, educación pública y apoyo de políticas.

6. Clínica sobre derechos humanos internacionales y desarrollo (International Human Rights Development Clinic). Los participantes exploran el ejercicio de la abogacía en las áreas de derechos humanos internacionales y desarrollo viajando a África, dónde documentan las violaciones a los derechos humanos, realizan estrategias sobre iniciativas de derechos humanos, y organizan proyectos con las comunidades legales locales.

7. Clínica de organizaciones y transacciones (Organizations and Transactions Clinics). Los estudiantes proveen asesoramiento sobre responsabilidad empresaria, transacciones y comunicaciones a organizaciones sin fines de lucro.

8. Proyecto pro bono sobre incapacidad de la seguridad social (Social Security Disability Pro Bono Proyect). Este proyecto da la oportunidad a los estudiantes de trabajar directamente con clientes indigentes locales.

9. Clínica jurídica de la comunidad de Stanford (Stanford Community Law Clinic). Los estudiantes ayudan a aproximadamente 500 clientes de bajos ingresos cada año en una variedad de desafíos legales, incluyendo disputas sobre propiedad inmueble, asuntos laborales y reclamos de beneficios públicos/gubernamentales.

10. Clínica de litigio en la Corte Suprema (Supreme Court Litigation Clinic). Los estudiantes litigan casos ante la Corte Suprema de los Estados Unidos de América, trabajando sobre recursos de revisión, contestación a pedidos y recursos, e informe de ventajas con los jueces.

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11. Proyecto sobre derecho, juventud y educación (Youth and Education Law Proyect). La clínica se dedica exclusivamente al derecho a la educación y al trabajo sobre reformas relativas al mismo, representando también a menores y a familias en asuntos de educación especial o de disciplina escolar.

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D.3.

CONCLUSIÓN A LA SECCIÓN TERCERA

La investigación realizada tuvo como objetivo confeccionar un diagnóstico sobre las características de las clínicas jurídicas de algunas de las universidades más importantes de los Estados Unidos de América, utilizando como base la información que las mismas clínicas dan a conocer a través de sus respectivos sitios web. Podemos observar que la oferta de clínicas jurídicas en las diferentes universidades estudiadas es al menos abundante, y muchas veces variada – como en los casos de la Universidad de New York, la Universidad de Harvard y la Universidad de Yale. Cada clínica realiza gran número de actividades, muchas veces en colaboración con más de una organización no-universitaria; sin embargo, en líneas generales, los tipos de clínicas en una universidad y otra, y los temas que éstas tratan suelen repetirse. Ello porque son temas de gran envergadura e impacto nacional que alcanzan a todas las comunidades de Estados Unidos de América. A su vez, encontramos que las clínicas jurídicas están bien articuladas con otras instituciones, gubernamentales o no, y el sistema parece ser receptivo de estas iniciativas educacionales. Quizás este rasgo sea producto de la larga trayectoria que hay en el país de la enseñanza clínica, pero también porque hay una actitud proactiva por parte de las clínicas, de los clientes y del resto de los actores del sistema para aceptar a las clínicas como verdaderas formas de representación con una calidad al menos no despreciable. Al basarnos en una metodología de investigación que recaía enteramente en lo publicado en los sitios web, nos sujetamos a la cantidad de información que ofrece cada una de las universidades. Ello imposibilita la comparación entre las diferentes universidades en lo que respecta a ciertos aspectos. A modo de ejemplo, algunas comunidades tienen más posibilidades de acceso a la justicia que otras, y estas oportunidades son aprovechadas por las clínicas jurídicas para ofrecer representación ya asesoramiento legal directo. Asimismo, las comunidades en las que están sumergidas las diferentes universidades son afectadas por diferentes fenómenos, o por un mismo fenómeno con diferente intensidad, como por ejemplo, el racismo o la pena de muerte.

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D.4.

BIBLIOGRAFÍA DE LA SECCIÓN TERCERA

Columbia Law School. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics. Clínica de derecho ambiental. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/environment. Clínica de abogacía en la era digital. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/digital. Clínica de mediación. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/mediation. Clínica de prisioneros y familias. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/prisoners-families. Clínica de derecho de género y sexualidad. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/sexuality. Clínica de asistencia al menor/Proyecto de representación de adolescentes. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/childadvocacy. Clínica de derechos humanos. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/humanrights. Clínica de PyMES y organizaciones sin fines de lucro. http://www.law.columbia.edu/focusareas/clinics/ngo. New York University Law School. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/index.htm Clínica de políticas públicas Centro Brennan. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/publicpolicy/index.htm Clínica de derechos civiles. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/civilrights/index.htm Clínica de defensa penal y comunitaria. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/criminaldefense/index.htm Clínica de discriminación en empleo y vivienda. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/discrimination/index.htm Clínica de defensa de la familia. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/familydefense/index.htm Clínica de defensor federal. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/federaldefender/index.htm Clínica de derechos de inmigrantes. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/immigrantrights/index.htm Clínica de derechos humanos internacionales. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/intlhumanrights/index.htm Clínica de defensor de menores. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/juveniledefender/index.htm Clínica de derecho, organización y cambio social. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/losc/index.htm Clínica de reincorporación del ex-presidiario. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/year/offenderreentry/index.htm Clínica de derecho administrativo. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/ars/index.htm Clínica de transacciones comerciales. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/business/index.htm

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Clínica de derechos del menor. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/childrights/index.htm Clínica de justicia penal comparativa. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/compcriminal/index.htm Clínica del defensor de apelaciones de derecho penal. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/appellatedefender/index.htm Clínica de derecho ambiental. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/environmental/index.htm Clínica “Equal Justice and Capital Defender”. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/equaljustice/index.htm Clínica de justicia global. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/globaljustice/index.htm Clínica de litigio civil gubernamental – Distrito Este de New York. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/govtcivil-eastern/index.htm Clínica de litigio civil gubernamental – Distrito Sur de New York. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/govtcivil-southern/index.htm Clínica de defensa del inmigrante. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/immigrant/index.htm Clínica de derecho ambiental internacional. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/intlenvironmental/index.htm Clínica LGBT. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/lgbt/index.htm Clínica de mediación. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/mediation/index.htm Clínica de mediación – Avanzada: Diseño de Sistema de Disputas. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/mediation-advanced/index.htm Clínica de libertades civiles de New York. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/nycl/index.htm Clínica de fiscalía – Distrito Este de New York. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/prosecution-eastern/index.htm Clínica de fiscalía – Distrito Sur de New York. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/prosecution-southern/index.htm Clínica de justicia racial. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/rjc/index.htm Clínica de Impuestos. http://www.law.nyu.edu/academics/clinics/semester/tax/index.htm Harvard Law School. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/ Programa de Defensa de Menores. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/cap.html http://www.law.harvard.edu/programs/about/cap/ Instituto de Justicia Penal. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/cji.html Clínica de Fiscalía Penal. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/prosecution.html Clínica de Derecho Cibernético y de Propiedad Intelectual. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/cyberlaw.html http://cyber.law.harvard.edu/teaching/clinical Clínica de la Pena de Muerte.

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http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/deathpenalty.html Clínica de Derecho a la Educación. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/education.html Clínica de Familias y Menores. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/lsc/clinics/index.htm http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/lscfamily.html Clínica de Derecho y Políticas Ambientales. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/eelpc.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/elpc/index.html Clínica de Derecho al Empleo. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/lscemployment.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/lsc/clinics/employment.htm Clínica sobre Violencia de Género. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/gender.html Clínica abogado público – fiscal. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/govlawyer.html Clínica del abogado público – semestre en Washington. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/washington.html Defensores de Harvard. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/defenders/ Clínica de Inmigrantes y Refugiados de Harvard. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/hirc.html Bureau de Ayuda Legal de Harvard. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/hlab.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/hirc/index.html http://www.harvardlegalaid.org/ Programa de Mediación de Harvard. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/hmp/ Clínica sobre salud, discapacidad y planeamiento. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/lschealth.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/lsc/clinics/index.htm Defensores de los Derechos Humanos de Harvard Law School. http://www.law.harvard.edu/students/orgs/advocates/Advocates/Harvard_Law_Scho ol_Advocates_for_Human_Rights.html Clínica de derechos humanos internacionales. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/ihrc.html http://www.law.harvard.edu/programs/hrp/ihrc.html Clínica de Proceso Judicial. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/judicial.html Clínica de negociación y mediación. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/hnmcp.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/hnmcp/web/index.html Post-foreclosure Eviction Defense Housing Clinic. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/lschousing.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/lsc/clinics/housing.htm Clínica de protección al consumidor y prevención del préstamo predatorio. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/lscpredatory.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/lsc/clinics/predatory.htm Proyecto de Asistencia Legal a Presidiarios.

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http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/plap/ Proyecto “Recording Artists”. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/tlc/rap/index.html Clínica de Deporte. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/sports.html Clínica de la Suprema Corte. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/supremecourt.html Proyecto de Defensa al Arrendatario. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/tap/ Clínica de Derecho Corporativo/Comercial. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/tlc.html http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/tlc/index.html Clínica para la prosecución/fiscalía de crímenes de guerra. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/clinics/warcrimes.html Programa de trabajo clínico independiente. http://www.law.harvard.edu/academics/clinical/students/independent.html Berkeley Law School. http://www.law.berkeley.edu/clinics.htm Clínica de pena de muerte. http://www.law.berkeley.edu/dpc.htm Centro legal de la comunidad de East Bay. http://www.law.berkeley.edu/4348.htm Clínica de derechos humanos internacionales. http://www.law.berkeley.edu/ihrlc.htm Clínica Samuelson de Derecho, Tecnología y Políticas Públicas. http://www.law.berkeley.edu/samuelsonclinic.htm Yale Law School. http://www.law.yale.edu/academics/clinicalopportunities.htm Organización de Servicios Legales Jerome N. Frank. http://www.law.yale.edu/academics/JeromeNFrankLSO.htm Clínica de familia, menores y juventud de Sol y Lillian Goldman. http://www.law.yale.edu/academics/1155.htm Clínica de pena de muerte. http://www.law.yale.edu/academics/7101.htm Litigio federal complejo y servicios legales de prisión. http://www.law.yale.edu/academics/complexfederallitigation&prisonlegalservicesclinic. htm Proyecto de defensa penal. http://www.law.yale.edu/academics/11314.htm Violencia doméstica. http://www.law.yale.edu/academics/5921.htm Suficiencia educacional. http://www.law.yale.edu/academics/educationadequacyclinic.htm Inmigración. http://www.law.yale.edu/academics/1211.htm Propietario-arrendatario. http://www.law.yale.edu/academics/1215.htm Ética en la abogacía. http://www.law.yale.edu/academics/TheLawyeringEthicsClinic.htm

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Asistencia legal. http://www.law.yale.edu/academics/1216.htm Servicios legales para comunidades inmigrantes. http://www.law.yale.edu/academics/5923.htm Abogacía legislativa. http://www.law.yale.edu/academics/1217.htm Programa y clínica Ludwig de desarrollo comunitario. http://www.law.yale.edu/academics/Ludwig.htm http://www.law.yale.edu/academics/communityandeconomicdevelopmentclinic.htm http://www.law.yale.edu/academics/communitydevfinancialinstitutions.htm Pasantía en Fiscalía. http://www.law.yale.edu/academics/prosextern.htm Clínica de derechos laborales y de inmigrantes. http://www.law.yale.edu/academics/workerimmigrantrights.htm Clínica de derechos humanos internacionales de Allard K. Lowenstein. http://www.law.yale.edu/academics/AllardKLowensteinIHRC.htm Clínica de protección ambiental. http://www.law.yale.edu/academics/EnvironmentalProtectionClinic.htm Clínica de organizaciones sin fines de lucro. http://www.law.yale.edu/academics/NonprofitOrganizationsClinic.htm Clínica de la Corte Suprema. http://www.law.yale.edu/academics/supremecourtclinic.htm Clínica de regulación de mercados de capitales y de instrumentos financieros. http://www.law.yale.edu/academics/7745.htm Stanford Law School. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/ Clínica de Defensa Penal. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/criminaldefense/ Clínica de Prosecución Penal. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/criminalprosecution/ Clínica “Cyberlaw”. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/cyberlaw/ Clínica del Medio Ambiente. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/environmental/ Clínica sobre Derechos del Inmigrante. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/immigrantsrights/ Clínica sobre Derechos Humanos Internacionales y Desarrollo. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/internationalcommunity/ Clínica de Organizaciones y Transacciones. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/transactions/ Proyecto Pro Bono sobre Incapacidad de la Seguridad Social. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/ssdp/ Clínica jurídica de la comunidad de Stanford. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/communitylaw/ Clínica de litigio en la Corte Suprema. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/supremecourtlitigation/ Proyecto sobre Derecho, Juventud y Educación. http://www.law.stanford.edu/program/clinics/youtheducation/

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E. CONCLUSIÓN GENERAL

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E. Conclusión General Si bien el informe presentado no tiene como objetivo realizar observaciones definitivas respecto de los programas de clínicas jurídicas estudiados, los resultados de la investigación permiten unas pocas conclusiones, al menos parciales, respecto de las clínicas estudiadas. Tales conclusiones de ningún modo son absolutas y se encuentran sujetas a las limitaciones de cada investigación, que fueron dadas a conocer oportunamente en el presente informe.

Uno de los hallazgos que este trabajo permite observar es, como adelantáramos, la posición de pionero que ocupa los Estados Unidos de América respecto de la enseñanza clínica en América. Observamos que mientras en América Latina (Argentina incluida) el número de clínicas por universidad no suele superar la decena – y en la mayoría de los casos hay una única clínica –, en los Estados Unidos de América se llega a triplicar el número de clínicas por universidad, que no suele descender de cinco. Evidentemente, las facultades de derecho norteamericanas han adoptado el método de clínicas como parte esencial de la currícula, y ello se condice con la existencia de la infraestructura necesaria para permitir la inserción de estos actores al sistema jurídico y a la arena política. Otra observación que puede resultar de interés es que las clínicas jurídicas en Argentina parecen encontrarse cerca del nivel promedio del resto de las clínicas en América Latina, puesto que comparten muchas características. Entre ellas debemos destacar que, por lo general, las universidades tienen al menos una clínica jurídica de interés público, y muchas veces ésta es la única clínica ofrecida. Las clínicas de interés público parecen ofrecer mayores oportunidades de inserción al sistema jurídico, ya sea con aportes doctrinarios (en Argentina, Amicus curiae) o participando del proceso, confeccionando escritos, presenciando audiencias o asesorando a los clientes. Por otro lado, las clínicas de interés público buscan hacerse de renombre en sistemas que desconocen a estos actores como legítimos, favoreciendo en la selección de casos a aquellos que tocan temas que se encuentran en debate en la escena pública. En este sentido, las clínicas jurídicas de interés público – y las clínicas jurídicas en general – son aliadas de la opinión pública,

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muchas veces intentando llevar determinadas controversias a la agenda de los órganos legisladores.

Las limitaciones y ambigüedades de las que adolece la investigación impiden la realización de mayores deducciones comparativas entre diferentes clínicas jurídicas. No obstante, con todas sus restricciones, la investigación realizada ha alcanzado satisfactoriamente su objetivo de describir sucintamente el estado de la enseñanza clínica en el continente americano, relevando las diferentes características que pueden tomar.

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F. ANEXOS

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F.1. ANEXO I. CASOS EN QUE INTERVINO LA CLÍNICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DE PALERMO.

Caso Moneditas1 Derechos colectivos de los usuarios de servicios públicos a la protección de sus intereses económicos y a la información sobre las condiciones del servicio. Teléfonos públicos. En 1997 la tarifa de la telefonía pública para llamadas urbanas era de 22 centavos ($ 0,22). Los teléfonos públicos instalados por las empresas licenciatarias que funcionaban con monedas como medio de pago estaban programados con un sistema llamado “mejor vuelto” según el cual se restituye al usuario el mejor vuelto posible de acuerdo con las monedas que el usuario había introducido para esa llamada en particular y el costo efectivo de la llamada. A su vez, los teléfonos no aceptaban monedas de un centavo. En consecuencia resultaba imposible para los usuarios pagar el importe exacto para sus comunicaciones. En el caso de las llamadas urbanas, si el costo del servicio era $ 0,22, lo mínimo que un usuario podía pagar era $ 0,25. Ante esta situación, la licenciataria Telecom bajó su tarifa a $ 0,20, pero Telefónica de Argentina mantuvo su práctica de cobro inalterada. De este modo obtenía una ganancia ilegítima por cada llamada que se realizaba y que luego fue calculada por la autoridad de control, la Comisión Nacional de Comunicaciones (“CNC”), en una suma cercana a los diez millones de pesos. La Clínica Jurídica de la Universidad, en cooperación con la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (“ADECUA”) iniciaron una acción judicial de amparo colectivo a fin de que se ordenara a la empresa licenciataria la adecuación del sistema de operación de los teléfonos públicos a fin de garantizar a los usuarios la posibilidad de pagar el precio debido por sus comunicaciones.

1

Cámara Nacional Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala II; Adecua c. Telefónica de Argentina S.A.. 03/12/1998. La Ley 1999-D, 370.

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Como consecuencia del juicio, la CNC intimó a la empresa a modificar su práctica. Telefónica de Argentina reprogramó sus teléfonos para cobrar $ 0,20, pero no informó dicho cambio a los usuarios, quienes seguían utilizando los teléfonos como si en los hechos cobraran $ 0,25. Estos hechos fueron verificados por el tribunal interviniente quien condenó a la empresa a informar debidamente a los usuarios la nueva situación tarifaria. Para ello, estableció que la empresa debía modificar los instructivos de uso de todos sus teléfonos para informar el valor correcto de las llamadas, y además difundir mediante avisos en diarios, radios y televisión, el cambio en el valor de las llamadas. La sentencia fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala II. Caso Educación Bilingüe Derechos de las comunidades aborígenes al respeto por su identidad cultural. Acceso efectivo a la educación bilingüe para los niños de una comunidad mapuche de la Provincia del Neuquén. Diversas normas constitucionales federales y provinciales, así como concretas reglamentaciones de la Provincia del Neuquén garantizaban el acceso a educación bilingüe para las comunidades aborígenes, en particular, mediante la asignación y el sostenimiento económico de maestros en el idioma de la comunidad (“mapuzugun”). Sin embargo, estas regulaciones no eran cumplidas efectivamente en muchos casos. En cooperación con abogados de la Provincia del Neuquén, la clínica presentó un reclamo administrativo al Consejo de Educación provincial para que se hiciera efectiva la designación de un maestro bilingüe para una comunidad que habitaba en la zona rural de la provincia. Ante la falta de respuesta efectiva de las autoridades educativas, se promovió una acción de amparo para exigir la designación de un maestro para la comunidad afectada.

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El tribunal de Junín de los Andes consideró procedente la demanda y condenó al estado provincial a producir el nombramiento de un maestro bilingüe para la comunidad. El estado consintió la sentencia e implementó el nombramiento efecto del maestro. Caso Sangre Derecho a la igualdad y la no discriminación. minorías sexuales. Reglas discriminatorias sobre donación de Sangre en hospitales públicos nacionales. Los hospitales públicos, en el marco de regulaciones administrativas del Ministerio de Salud reglamentaban las condiciones para la donación de sangre. En algunos de ellos, se establecía que la circunstancia de “ser homosexual” (en otros casos, de “haber mantenido relaciones sexuales con personas del mismo sexo) constituía un impedimento para la donación de sangre. La clínica jurídica, en cooperación con la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y una ONG dedicada a la defensa de los derechos de las minorías sexuales comenzaron una investigación acerca de estas reglamentaciones y su sustento jurídico-constitucional y científico. Dicha investigación permitió comprobar que los criterios empleados por varios hospitales ofendían el compromiso antidiscriminatorio de la Constitución Nacional e incluso resultan anacrónicos en términos científicos. Sobre esa base se presentó una acción judicial contra el Hospital Naval (dependiente del Estado Nacional) a fin de que se le ordenara modificar sus criterios de impedimentos para la donación de sangre por otros que no fueran discriminatorios contra las personas por su orientación o elección sexual. En el curso del juicio, el Ministerio de Salud modificó la reglamentación general sobre donación de sangre, introduciendo criterios no discriminatorios. Sin embargo, el Hospital Naval seguía sin modificar sus propios criterios, y fue condenado a cesar en su práctica discriminatoria por la Cámara de Apelaciones que intervino en el caso.

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Caso Trenes2 Derechos de usuarios de servicios públicos a un trato equitativo y digno. No discriminación por la condición socioeconómica. A partir de la privatización del servicio de transporte ferroviario, una misma empresa (TBA S.A.) obtuvo la concesión para la explotación de dos ramales “Mitre” y “Sarmiento”. Uno de ellos (el ramal Mitre), prestaba el servicio hacia la zona norte del Gran Buenos Aires (Retiro-Tigre) y el otro (el ramal Sarmiento) tiene un recorrido hacia la zona oeste del Gran Buenos Aires (Once-Moreno). El universo de usuarios de ambos recorridos es relativamente fijo, y las condiciones socioeconómicas de ambos grupos son significativamente diferentes: de acuerdo con los indicadores estadísticos oficiales, los residentes en la zona norte tienen en términos generales una condición socioeconómica significativamente mejor y más aventajada que los de la zona oeste. A su vez, los usuarios de ambos ramales pagaban tarifas homogéneas por el servicio de trenes. Sin embargo, las condiciones del servicio entre ambos ramales eran notoriamente diferentes en prácticamente todas las variables relevantes (calidad del material rodante, puntualidad, higiene, frecuencias, seguridad, calidad de las estaciones, iluminación, etc.). Esta situación era conocida y avalada por las propias autoridades regulatorias del transporte (Secretaría de Transporte de la Nación) que incluso habían suscripto acuerdos con la empresa que consagraban condiciones de trato desiguales entre ambas líneas. La Clínica Jurídica y la Unión de Usuarios y Consumidores promovieron una acción de amparo colectivo antidiscriminatorio, a fin de que se condenara a la empresa y al Estado Nacional a cesar en la conducta discriminatoria contra los usuarios de la zona oeste y a mejorar las condiciones del servicio para igualarlo con el de la zona norte. 2

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo Federal, sala IV; Unión de Usuarios y Consumidores c. Secretaría de Transporte y otros.23/02/1999. LA LEY 1999-E, 212.

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Luego de diversas actividades probatorias, que incluyeron pericias e inspecciones personales del juez sobre las condiciones del servicio se dictó la sentencia del caso. El juez declaró la existencia de una práctica discriminatoria inconstitucional, declaró la nulidad de los acuerdos que establecían condiciones desiguales entre los dos servicios, impuso la realización de mejoras inmediatas en la higiene y salubridad de los trenes y ordenó que el Estado y la empresa, con la participación de las asociaciones de usuarios interesadas revisaran las condiciones del servicio a fin de asegurar su organización no discriminatoria. La sentencia de primera instancia se encuentra a estudio de la Cámara de Apelaciones. Caso Prepagas3 Derecho a la salud. Protección de los usuarios de servicios de medicina prepaga frente a prácticas abusivas de las empresas. Imposición ilegal de períodos de carencia para prestaciones de cobertura obligatoria. El Ministerio de Salud de la Nación regula el contenido de las prestaciones de cobertura obligatoria por parte de las obras sociales y empresas de medicina prepaga (quienes tienen la obligación legal de brindar, al menos, las mismas prestaciones que son obligatorias para las obras sociales). Dicha regulación está contenida en un reglamento conocido como Programa Médico Obligatorio (“PMO”). Tradicionalmente, las empresas de medicina prepaga organizaron su práctica comercial utilizando una herramienta llamada “períodos de carencia”. En sus reglamentos contractuales establecen que los nuevos usuarios del servicio deben esperar diversos plazos, fijados discrecionalmente por las empresas, para acceder a ciertas prácticas, especialmente aquéllas más costosas (internaciones, cirugías, prótesis, etc.).

3

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala B; Unión de Usuarios y Consumidores c. Compañía Euromédica de Salud S.A. 22/04/2005. LA LEY 25/01/2006,1; LA LEY 2006-A, 535.

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Luego de la introducción del PMO, que incluyó como obligatorias muchas prácticas sobre las que las empresas acostumbraban imponer períodos de de carencia, algunas empresas decidieron mantener dicha práctica, y dejar sin cobertura a sus afiliados, incluso respecto de servicios declarados obligatorios por las autoridades administrativas. Los folletos de dichas empresas, así como sus reglamentos informaban a los usuarios que no tendrían derechos a determinadas prestaciones hasta tanto se cumplieran los respectivos períodos de carencia. La clínica jurídica, en cooperación con la Unión de Usuarios y Consumidores inició una acción de protección de usuarios y consumidores contra una empresa que mantenía una amplia política de carencias respecto de prestaciones incluidas en el PMO (HSBC Salud). Concretamente se solicitó a los tribunales que ordenaran a la empresa cesar en su práctica de imponer carencias respecto de las prestaciones legalmente obligatorias y que informara de dicho cambio a los afiliados, de manera tal que pudieran acceder efectivamente a los servicios que necesitaran. La demanda fue considerada procedente en primera y segunda instancia, condenándose a la empresa demandada a proveer los servicios obligatorios e informar a sus afiliados de dicha situación. Caso Heladerías 4 Derecho a la no discriminación. prácticas laborales discriminatorias contra las Mujeres. Durante décadas Freddo S.A., una de las cadenas de heladerías más grande de la Argentina, tuvo la práctica de excluir a las mujeres de sus convocatorias para contratar personal. Como resultado de esa práctica, en 1998, el staff de la empresa estaba compuesto por 646 varones y 35 mujeres.

4

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala H; Fundación Mujeres en Igualdad y otro c. Freddo S.A. 16/12/2002. LA LEY 2003-B, 970.

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A partir de una investigación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, se pudo verificar que esta conducta era explícita y abierta, e incluso defendida por la propia empresa sobre la base de la supuesta debilidad de las mujeres (por el sólo hecho de ser mujeres) para la realización de ciertas tareas. La conducta de la empresa violaba abiertamente la prohibición de imponer discriminaciones basadas en el sexo de las personas, que había sido consagrada en leyes nacionales y en convenciones de derechos humanos de jerarquía constitucional, las cuales incluían la protección de las mujeres contra la discriminación en las prácticas de empleo privado. En cooperación con la Fundación Mujeres en Igualdad y el Centro de la Mujer de Vicente López, la clínica jurídica inició una acción de amparo colectivo antidiscriminatorio a fin de hacer efectiva la protección antidiscriminatoria de las mujeres, mediante el cese de la práctica inconstitucional y la recomposición de sus efectos en la composición del personal. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H, hizo lugar a la demanda y ordenó a la empresa la realización de un programa plurianual de contratación preferente de mujeres hasta compensar en forma equitativa y razonable la desigualdad producida, y la obligación de informar anualmente a la parte demandante sobre la evolución de la composición de su personal hasta el cumplimento efectivo de la sentencia. Previo a ello, el juez de primera instancia había rechazado el amparo porque: a) la actora no demostró que se hubiesen presentado mujeres a las convocatorias y que hubiesen sido rechazadas por su condición; b) la ley prohíbe el desempeño de mujeres en tareas penosas, peligrosas e insalubres; c) la empresa comercial es la que debe determinar su política de empleo; d) la demandada está revirtiendo la tendencia de contar con mayor cantidad de personal masculino. De las constancias de autos surge que el 24 de diciembre de 1999 se presentó ante un notario el coordinador y docente de la Clínica Jurídica de Interés Público que funciona en la Universidad de Palermo. El escribano concurrió a diversas heladerías (no

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pertenecientes a la cadena Freddo) y constató que había mujeres atendiendo al público (fs. 11/12).

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F.2. ANEXO II. CASOS EN QUE INTERVINO LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUCUMÁN

Caso Rosarito Desnutrición – Derecho a la salud.5. La justicia tucumana le ordenó a las autoridades del Sistema Provincial de Salud (Siprosa) que internen y le den la atención y la alimentación adecuadas a Rosarito Rodríguez, una nena desnutrida de 3 años de las afueras de Alberdi, ciudad del sur de Tucumán, a 102 kilómetros de la capital. La orden judicial, emanada de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, fue dictada al hacer lugar a un pedido de amparo de los padres, Lucrecia del Valle Castillo, de 26 años, y José Rodríguez, de 32, quien trabaja como jornalero en la cosecha de tabaco. El pedido de amparo, que apunta a que el Estado le garantice a la nena su derecho a la salud y a la vida, fue patrocinado por la Clínica Jurídica de Interés Público de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán, que dirige Mariela Puga, una abogada formoseña radicada en Córdoba. El tribunal tramitó la acción de amparo con una celeridad fuera de lo común. El pedido fue presentado a las 9.30 del miércoles, y poco después de las 13 la Sala I le dio al Siprosa un plazo de tres horas para que le rindiera un informe del caso, y a las 19.30 ya había dictado la orden para que se atendiera urgente a la nena. El gobierno provincial cumplió la orden también en forma rápida. Esa misma noche una ambulancia del Siprosa fue a buscar a Rosarito a su casa de Marapa, en las afueras de

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Extracto del diario Clarín: edición viernes 12.12.2003 » Sociedad » La Justicia tucumana ordenó atender a una nena desnutrida

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Alberdi, y la trasladó junto con su madre hasta el Hospital del Niño Jesús de la capital. Allí ingresó a las 23, y quedó internada en la sala 5. En el último trimestre de 2002 unos veinte chicos desnutridos murieron en Tucumán. La desnutrición en la provincia volvió a ser noticia al informarse que Barbarita Flores estaba internada en un hospital con un cuadro de desnutrición de grado 2. La nena, ahora de 10 años, fue conocida en todo el país porque en abril de 2002 había relatado por televisión cómo ella y una hermanita se desmayaban de hambre en la escuela. Luego, en mayo de 2003 se supo que estaba desnutrida. Desde entonces su estado no mejoró. El de Rosarito Rodríguez es un caso de desnutrición secundaria crónica. "significa que su desnutrición es producida por una enfermedad de base. En ella se trata de deformaciones congénitas múltiples, que le causan alteraciones respiratorias por las que ya estuvo internada otras veces aquí", le dijo a Clarín la directora del Hospital del Niño Jesús, Graciela Lavado. La nena tiene una desnutrición de grado 3. Su peso está un 30% por debajo del normal para su edad. Sus cinco hermanitos —el mayor de 10 años, la menor de 6 meses— no son desnutridos. "Rosarito está compensada y no va a estar mucho tiempo internada", informó Lavado.

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F.3. ANEXO III. INFORME PRIMER ANIVERSARIO DE LA CLÍNICA JURÍDICA DE LA UNIVERSIDAD DEL TUCUMÁN Cumplió su primer año la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Tucumán (FDCS –UNT). En la Ciudad de Tucumán, cuna de la Independencia de la Nación Argentina, comenzó hace aproximadamente un año el primer proyecto de educación clínica del Nordeste. Se trata de una Universidad Nacional que por primera vez asume la responsabilidad académica de ofrecer un curso de Clínica Jurídica de Interés Público a cargo de su propio cuerpo de profesores. En los párrafos siguientes se detalla la evolución del proyecto a lo largo del último año: 13, 14 y 15 de Septiembre de 2003 - Presentación de la Clínica en el IV Congreso Nacional de Sociología Jurídica, San Miguel de Tucumán. Fernando Ganami y Marcos Arias Amicone, profesores de la clínica jurídica, presentaron la ponencia “Enseñanza del Derecho, Impacto Económico, Social e Institucional” de Mariela Puga, directora de la clínica. En la mesa de debate, se discutió con los especialistas en sociología jurídica sobre los mecanismos tradicionales de enseñanza del derecho y sobre la posibilidad de que las clínicas jurídicas sirvan como una alternativa a la metodología tradicional. También se consideró a las clínicas como un instrumento para el desarrollo de una práctica jurídica socialmente relevante, y como vehículo institucional que canalice las aspiraciones de compromiso social de la universidad pública. Octubre de 2003 – Lanzamiento Oficial de la Clínica Jurídica. En el marco de un proyecto piloto que empezara en Septiembre de 2003, y bajo la orbita de la Secretaria de Gestión Institucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNT, se lanzó oficialmente la primera clínica jurídica de la FDCS de la UNT. Doce (12) estudiantes del Instituto de Investigaciones Gorostiaga, siete (7) profesores activos de la universidad, y (1) una directora contratada a ese efecto, comenzaron a reunirse y a establecer las primeras líneas de funcionamiento del proyecto.

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Noviembre de 2003 - La Clínica presenta su proyecto en el Congreso Latinoamericano de Acciones de Interés Público en la Universidad del Rosario, Bogotá Colombia. De esta manera la clínica empieza a formar parte de la Red Latinoamericana de Acciones de Interés Público, junto con todas las clínicas latinoaméricanas. 10 de Diciembre de 2003 – 8 Hs.- Se presenta la primera demanda judicial de la Clínica Jurídica. Cuando se cumplían los primeros 10 años de democracia en la Argentina, la clínica interpuso una acción de amparo, y solicitó una medida cautelar ante el juez Salvador Ruiz de la Sala I en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Tucumán, invocando el derecho a la salud y a la vida de una nena de tres años con grado tres de desnutrición que vive en el departamento Juan Bautista Alberdi, de la Provincia de Tucumán ubicado a 102 km de la capital. Esta era la primera vez que se judicializaba un caso de desnutrición infantil en la Argentina. 10 de Diciembre de 2003 – 17 Hs. – El juez dicta una medida cautelar que ordena la inmediata internación y tratamiento de niña desnutrida. A sólo 3 horas de presentada la demanda de la clínica, el juez le dio un plazo de 4 horas al Ministerio de Salud Provincial para que informe sobre la situación de urgencia de la niña; y sólo 7 horas después dictó una medida cautelar sin antecedentes en la jurisprudencia argentina ordenando su inmediata internación y tratamiento. Tucumán es en una de las provincias más afectadas por el flagelo de la desnutrición infantil, y después de la última crisis nacional de 2001, los índices de desnutrición infantil tucumanos se convirtieron en tristemente célebres para los diarios de todo el mundo. La prensa escrita, radial y televisiva local y nacional durante toda la semana siguiente hizo eco de la trascendencia de esta decisión judicial. Ver entre otras las primeras notas de Clarín y La Gaceta: http://old.clarin.com/diario/2003/12/12/s-04102.htm http://www.lagaceta.com.ar/vernota.asp?id_nota=60509. 16 de Diciembre de 2003 – El gobernador de la Provincia se disculpa ante la Clínica. Apoyo del Decano de la Facultad de Derecho, el Centro de Estudiantes de Derecho y el Colegio de Abogados. El Secretario de Derechos Humanos de la Provincia se reúne con la clínica jurídica a los fines de acercar las disculpas del

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gobernador ante unas declaraciones emitidas por éste en el momento de la presentación de la demanda de la niña desnutrida. Dichas declaraciones provocaron la reacción del decano de la Facultad de Derecho, quien en carta abierta publicada en los diarios locales respaldó la actividad de la clínica, y de igual manera se pronunciaron el Colegio de Abogados local y el Centro de Estudiantes de Derecho, junto a varias personalidades académicas del medio. (http://www.lagaceta.com.ar/vernota.asp?id_nota=60760) 2 de Marzo de 2004 – Se aprueba el Programa académico de la Clínica Jurídica – el primer programa académico Clínico– y se incluye la Clínica en la currícula de la Facultad de derecho por Resolución Nº 550- 003 del Honorable Consejo Directivo de la FDCS de la UNT. 17 de Marzo de 2004 – Rosario, la nena desnutrida, vuelve a la casa recuperada. Después de tres meses desde su entrada al Centro de Rehabilitación Nutricional (“CERENU”) ordenada por la Justicia Contencioso Administrativa de la Provincia, la niña de tres años, a quien la Clínica patrocinara ante la justicia demandando al Estado Provincial por su gravísimo nivel de desnutrición, volvió a su casa en Alberdi (Provincia de Tucumán). Con un estado de salud estable (primer grado de desnutrición) la niña mostró una recuperación notable de la situación crítica en que se encontrara al momento de la demanda (tercer grado de desnutrición). El caso judicial sigue su curso y solo resta la resolución del juez. La prensa local cubrió ampliamente la noticia. Ver en particular la nota de La Gaceta:http://www.lagaceta.com.ar/vernota.asp?id_nota=69855 18 de Marzo de 2004 - Incorporación de los nuevos integrantes de la clínica. Después de un proceso de inscripción, entrevista y selección se incorporaron a la clínica 12 nuevos estudiantes (seis varones y seis mujeres) que integraran la clínica jurídica durante el año lectivo 2004, uniéndose al grupo que venía trabajando desde septiembre de 2003. Abril del 2004 - Lanzamiento del Área de Abogacía Legislativa de la Clínica Jurídica. Siguiendo en parte el modelo de la Universidad de Georgetown (USA), y mayormente la impronta local, 6 de los estudiantes clínicos y dos de sus profesores supervisores (Oscar Flores y Laura Casas) empezaron a trabajar en el diseño e implementación de una nueva area de trabajo clínico: la abogacía legislativa. “Disciplina

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que combina el conocimiento de las realidades políticas con una acabada comprensión de los temas legales para: a) desarrollar legislación que se adecue efectivamente a los objetivos de modificación de políticas públicas que violan derechos, perseguidos por la Clínica - que además tenga una real posibilidad de convertirse en ley-, o, b) para detener o modificar legislación que resulta contraria a los objetivos de respeto de derechos de la clínica jurídica”. Mayo de 2004 – Primer Tele - Conferencia entre las Clínicas de Tucumán y la Clínica Jurídica de la Universidad de Medellín, Colombia. En el camino de consolidar los lazos institucionales y trabajar en conjunto, tuvo lugar por primera vez una tele-conferencia entre estudiantes, profesores, y coordinadores de ambas clínicas. Durante la comunicación que duró dos horas se debatieron casos, problemas, impresiones, obstáculos de implementación y proyectos conjuntos. También se presentaron y manifestaron su apoyo al emprendimiento, el decano de la Facultad de Derecho de Medellín, Dr. Juan Carlos Vásquez Rivera y el Secretario de Gestión Institucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Tucumán Dr. Pablo Buccianti Mayo de 2004 –Taller sobre DERECHO DE INTERES PUBLICO para estudiantes de segundo año de la carrera de abogacía dirigido por la Clínica Jurídica. El taller fue estructurado en tres jornadas de tres horas cada una, con actividades pensadas para teorizar alrededor de la identificación de casos de interés público y se presentó, entre otros, el caso “Rosario” como caso testigo de análisis. La coordinación estuvo a cargo de los profesores de la clínica Fernando Ganami y Marcos Arias Amicone, y los estudiantes clínicos Augusto Moeykens y Florencia Sanna. 28 de Mayo de 2004 - Presentación del proyecto de Investigación sobre Interés Público Ambiental de la Clínica Jurídica de la Universidad de Medellín y la Clínica Jurídica de Tucumán, ante COLCIENCIAS (Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología). En Bogotá, Colombia, se presentó el proyecto de investigación sobre el desarrollo de un método para la identificación y selección de casos de interés público ambiental. El proyecto es llevado a cabo conjuntamente por la Clínica Jurídica de la Facultad de Derechos de la Universidad de

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Tucumán, y la Clínica de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín. 1 de Junio de 2004 – Llega a Tucumán el Primer Pasante Clínico. Sergio Roldán Gutiérrez, estudiante de la Clínica Ambiental de Interés Público de la Universidad de Medellín (Colombia), se incorpora a la Clínica de Tucumán para trabajar por dos meses en la clínica, como parte de los proyectos de desarrollo clínico en colaboración, que estas dos clínicas latinoamericanas llevan adelante. 8 de Junio de 2004 - Jornadas Semana del Ambiente. Visita de Andrés Napoli de la Fundación FARN (Fundación Ambiente y Recursos Naturales) Conmemorando el “Día Internacional del Ambiente”, el área de Interés Público Ambiental de la Clínica Jurídica de Tucumán, conjuntamente con la Dirección de Medio Ambiente de la Provincia, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, y el Centro Único de Derecho de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, organizó una conferencia sobre “Derecho de Acceso a la Información Ambiental”. El expositor principal fue el Dr. Andrés Nápoli, Director del Área de Participación Ciudadana de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). La coordinación estuvo a cargo de profesora clínica Florencia Sayazo. 4 Junio de 2004 – Segundo Caso Clinico. Presentación del reclamo ante la Administración Pública, solicitando la identificación de indigentes. La clínica presentó ante las autoridades del Registro Civil Provincial el reclamo realizado por vecinos de un barrio de altos niveles de indigencia –Los Vazquez-, con el fin que el registro disponga las medidas necesarias para la realización de los trámites de inscripción, actualización y regularización de la situación de estos habitantes ante el registro, peticionando la gratuidad de todos los trámites, garantizando la entrega del DNI en sus hogares y la gratuidad de la fotografía. En esta acción se reclama el derecho a la identificación, sin el cual se restringe el acceso a derechos como: salud, educación, justicia, derechos laborales, créditos, etc. En particular, se hace hincapié en la consideración de los obstáculos socio - económicos de los vecinos para concurrir a las oficinas del registro, pagar las fotografías, tasas, etc., los cuales, hasta ahora han tornado ilusorio su derecho a la identificación.

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21 de Junio de 2004 - Lanzamiento del Área “Clínica de Interés Público Ambiental” Se iniciaron las investigaciones para el desarrollo de un método de identificación y selección de casos de Interés Público Ambiental, el que se lleva delante de manera conjunta con la “Clínica Ambiental de la Universidad de Medellín”. Este, funcionará al principio como proyecto piloto para desarrollar los patrones de una “práctica que conjugue: a) la investigación jurídica, b) trabajo interdisciplinario y, c) clínicas de interés público”. Junio de 2004 – Homologación Judicial del convenio celebrado entre la Clínica Jurídica y la Provincia de Tucumán en el caso de la niña desnutrida. El Sistema Provincial de Salud (“SIPROSA”) y el Ministro de Salud de la Provincia de Tucumán reconocieron la legitimidad de la petición protectoria del derecho a la salud de la niña desnutrida y se obligaron a cumplir con la provisión de todo lo relacionado con la atención médica y nutricional, alimentaría, medicamentos, vitaminas y traslados que requiera Rosario hasta su completa recuperación. Este acuerdo, pone un fin singularmente exitoso a las acciones judiciales que iniciara la clínica jurídica en representación de la niña. Junio de 2004 – La Clínica realiza tres reclamos simultáneos de pedido de Información ante la Administración Pública de la Provincia. Un estudiante de la clínica, en nombre propio y representación de la clínica, solicitó al Boletín Oficial de la Provincia, la Dirección de Leyes y Decretos de la Provincia y el SIPROSA, información sobre el contenido del llamado “Plan Vital” lanzado por el Gobierno de la Provincia en febrero de 2004, en el contexto de una fuerte discusión pública sobre la política provincial en materia de desnutrición. 7 de Julio de 2004. Seminario interno en la Facultad de Derecho sobre “El caso Rosarito: la judicialización de la desnutrición infantil en Tucumán. En el seminario, los miembros de la clínica presentaron breves trabajos de conclusión y discutieron el impacto público, los asuntos relativos a la relación con los clientes y con las instituciones administrativas y judiciales, la comparación con casos similares no judicializados, el impacto del caso en la política pública de desnutrición, entre otros aspectos de este caso.

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El primer caso de la clínica, significó a la vez la primera vez la primera vez que se judicializo la desnutrición infantil en la Argentina. La resolución cautelar que establece la obligación del Estado frente a la desnutrición infantil, constituye un leading case trascendente para el desarrollo del derecho de interés público en el país, y el éxito del convenio alcanzado con el gobierno, demuestra lo acertado de la estrategia. 2,3,4 y 5 de Septiembre de 2004 – Taller de Derecho de Interés Público y Clínicas Jurídicas en el el Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho Público y Privado. Llegaron a Tucumán miles de estudiantes de derecho de todo el país para asistir al evento académico de estudiantes más importante del año. Con la coordinación de los profesores y estudiantes de la Clínica Jurídica de Tucumán, en el Congreso se organizo un taller para discutir la necesidad de la inclusión de clínicas en la enseñanza del derecho y las nuevas concepciones de derecho de interés público. El espíritu clínico comienza a difundirse en todo el país. Incorporación de 5 nuevos estudiantes a la Clínica Jurídica. Los nuevos estudiantes seleccionados trabajaron en la Clínica Jurídica desde Septiembre del 2004 a Junio de 2005. Del 4 de Septiembre al 10 de Octubre de 2004 – La Clínica representa a la Facultad de Derecho en la Exposición de Facultades. Se llevará a cabo la “Exposición de Facultades” con motivo de los 90 años de la Universidad Nacional del Tucumán. El eje argumental de la exposición es el reflejo de las unidades académicas en la sociedad. La Clínica Jurídica de Interés Público fue designada representante de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, dado su labor durante el año y por la repercusión que éste obtuvo en la sociedad. La Universidad de Tucumán no ha publicado nuevos informes o actualizaciones respecto a la clínica jurídica.

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