Análisis de Procedimientos Administrativos

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Análisis de Procedimientos Administrativos

Análisis de Procedimientos Administrativos

Servicio de Policía Urbana Denuncias por Funcionamiento sin licencia

Badajoz, 21 de Diciembre de 2009

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Análisis de Procedimientos Administrativos

DENUNCIAS POR FUNCIONAMIENTO SIN LICENCIA Descripción general Servicio

Policía Urbana

Objetivo del procedimiento

Permitir a los ciudadanos que denuncien aquellas situaciones que consideren que se están realizando sin la licencia oportuna.

Carga aproximada

10 expedientes a través de los ciudadanos (100 vienen a través de denuncias de Policía Local)

Negociados internos que intervienen en el procedimiento

Policía Urbana, Protección Ambiental, Urbanismo, Servicios Sociales, Policía Local

Entidades externas que intervengan

Policía Nacional, Guardia Civil, Servicios Veterinarios, Junta de Extremadura.

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FASES

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Descripción de Fases

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Análisis de Procedimientos Administrativos Fase 1 – Registrar Denuncia Entrada Formulario de Denuncia [PU_FL_01] Salida Oficio interno de derivación de expediente [PU_FL_04] / Decreto de apertura de expediente [PU_FL_05] Notificación al denunciante [PU_FL_06] y Notificación al denunciado [PU_FL_07] Control N/A Recursos Registro, Policía Urbana, Policía Local Descripción El ciudadano debe presentar en el registro un formulario genérico con la denuncia [PU_FL_01] que será remitida a Policía Urbana. En policía se solicita que Policía Local revise la incidencia para comprobar la veracidad de lo expuesto por el ciudadano. Además se comprueba desde Policía Urbana qué tipo de licencia consta para ese denunciado. Según estas dos comprobaciones se continúa o no con el proceso de denuncia y se comunica a los interesados. Trámites 

Trámite de Subsanación. Se realiza para que el solicitante adjunte más documentación o información requerida. Finaliza cuando el solicitante ha enviado la información. También dispone de plazo de subsanación tras el cual se procede a archivo de expediente a juicio del tramitador.



1.1 Enviar orden de servicio a Policía Local. El tramitador elabora una orden de servicio [PU_FL_02] que es enviada a Policía Local.



1.2 Realizar inspección. En Policía Local visitan el lugar de los hechos denunciados para comprobar la veracidad de la denuncia. Una vez visitado se levanta un informe o acta de denuncia [PU_FL_03] que será enviado (el original) a Policía Urbana.



1.3 Comprobar si existe la licencia. Una vez que el tramitador es Página 5 de 13

Análisis de Procedimientos Administrativos informado de que efectivamente los hechos denunciados se están produciendo, procede a comprobar la licencia de la que dispone el denunciado, para ver si está incurriendo o no en delito. En caso de que hubiese licencia el tramitador archivará el expediente o derivará a otro servicio redactando un oficio interno [PU_FL_04]. En caso de que el denunciado no tenga la licencia oportuna para llevar a cabo los hechos denunciados el tramitador elabora el decreto de Inicio de Expediente [PU_FL_05] que será firmado por el Alcalde o concejal delegado y por el Secretario general. 

1.4 Notificar al denunciante. En el caso de que se haya derivado el expediente o que se haya iniciado el expediente es necesario notificar al denunciante de la acción tomada. El tramitador redactará una notificación [PU_LF_06] que será firmada por el Secretario General y entregada mediante ordenanza.



1.5 Notificar al denunciado. En el caso de que definitivamente se siga procesando la denuncia el tramitador redactará una notificación [PU_LF_07] para el denunciado que será firmada por el Secretario General y entregada a través de Policía Local.

NOTAS: Esta fase se realizará a través de SIGEM, por lo que el Registro ya no se verá afectado en este procedimiento cuando se trate de un recurso interpuesto de forma telemática.

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Fase 2 – Gestionar Alegaciones Entrada Oficio interno de derivación de expediente [PU_FL_04] / Decreto de apertura de expediente [PU_FL_05] Notificación al denunciante [PU_FL_06] y Notificación al denunciado [PU_FL_07] Salida Informes frente a alegaciones [PU_FL_09] Control N/A Recursos Policía Urbana Descripción Si la denuncia sigue siendo procesada por Policía Urbana se abre el plazo de alegaciones a contar desde la fecha de notificación al denunciado. En caso de que el denunciado presente alegaciones, según como sean las mismas, se podrán pedir informes a distintos servicios del Ayuntamiento para corroborarlas. Trámites 

2.1 Pedir informes a los servicios necesarios. El tramitador según el ámbito de las alegaciones podrá redactar una petición de informe [PU_FL_08] a los servicios que estime oportuno.



2.2 Redacción de informe. Cada uno de los servicios a los que se les haya solicitado informe deberán redactar el mismo [PU_FL_09] y remitirlo a Policía Urbana.

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Fase 3 – Emitir Resolución Entrada Informes frente a alegaciones [PU_FL_09] Salida Resolución [PU_FL_10], Notificación al denunciante [PU_FL_11] y Notificación al denunciado [PU_FL_12] Control N/A Recursos Policía Urbana Página 8 de 13

Análisis de Procedimientos Administrativos Descripción Una vez examinadas las alegaciones se emite la resolución que puede ser favorable o desfavorable. La resolución es notificada tanto al denunciado como al denunciante. Trámites 

3.1 Emitir resolución. El tramitador redacta la resolución [PU_FL_10] que es firmada por el Secretario y el Alcalde (o concejal delegado).



3.2 Notificar al denunciante. El tramitador redacta una notificación para el denunciante [PU_FL_11] y es enviada a través de ordenanza con acuse de recibo.



3.3 Notificar al denunciado. El tramitador redactará la notificación al denunciado [PU_FL_12] que será enviada a través de Policía Local.

Nota La notificación al denunciante podría se sustituida por una notificación telemática en el caso de que la denuncia hubiese sido interpuesta de esta manera. Tras la notificación al denunciado se le abre plazo para que pueda interponer un recurso de reposición en caso del que el resultado no le hubiese sido favorable. En caso de no localizar al denunciado se pediría informe a Estadística y se intentaría notificar en domicilio del denunciado a través de Policía Local. Si tampoco fuese localizado en el domicilio se publicaría la denuncia en el tablón del Ayuntamiento y el Boletín Oficial de la Provincia.

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Análisis de Procedimientos Administrativos Fase 4 – Gestionar Recurso de Reposición Entrada Resolución [PU_FL_10], Notificación al denunciante [PU_FL_11] y Notificación al denunciado [PU_FL_12] Recurso de Reposición. Salida Resolución tras recurso [PU_FL_13] y Notificación tras recurso [PU_FL_14] Control N/A Recursos Policía Urbana Descripción En caso de que la resolución fuese desfavorable el denunciado tiene un plazo para presentar recurso de reposición. Sólo en el caso de que lo presente continuaría el proceso y no se cerraría expediente. Una vez llegue el recurso se emitirá una resolución tras recurso que puede ser estimatoria o desestimatoria y se notificará al denunciado. Trámites 

4.1 Emitir Resolución tras recurso. El tramitador redactará la resolución [PU_FL_13] que será firmada por el Secretario General y el Alcalde o Concejal Delegado.



4.2 Notificar al denunciado. El tramitador redactará una notificación [PU_FL_14] para el denunciado que será entregada a través de Policía Local.



Notificación al denunciante. Sólo en el caso de que el resultado de la resolución tras recurso fuese distinto al de la resolución anterior, el denunciante sería notificado, en este caso se notificaría como se hubiese realizado en el trámite 3.2.

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Fase 5 – Presentar Licencia Entrada Resolución tras recurso [PU_FL_13] y Notificación tras recurso [PU_FL_14]. La licencia correspondiente a la denuncia. Salida Resolución de cancelación [PU_FL_15], Notificación de cancelación al denunciante [PU_FL_16], Notificación de cancelación al denunciado [PU_FL_17] Control N/A Recursos Policía Urbana Página 11 de 13

Análisis de Procedimientos Administrativos Descripción Si tras agotar todas las vías el denunciado consigue la Licencia por cuya ausencia se ha abierto este expediente se procederá a emitir una resolución de cancelación y cerrar definitivamente el expediente. La resolución de cancelación es notificada al denunciado y al denunciante. Trámites 

5.1 Emitir Resolución de Cancelación. El tramitador redacta la resolución de cancelación [PU_FL_15] que es firmada por el Secretario General y el Alcalde o Concejal Delegado.



5.2 Notificar al denunciante. El tramitador elabora la notificación para el denunciante [PU_FL_16] que es enviada a través de ordenanza.



5.3 Notificar al denunciado. El tramitador elabora la notificación al denunciado [PU_FL_17] que es enviada a través de Policía Local.

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Relación de Documentos 

[PU_FL_01] – Denuncia



[PU_FL_02] – Orden de servicio a Policía Local



[PU_FL_03] – Acta de denuncia o Informe de Policía Local



[PU_FL_04] – Oficio de derivación de expediente



[PU_FL_05] – Decreto de Apertura de Expediente.



[PU_FL_06] – Notificación al denunciante.



[PU_FL_07] – Notificación al denunciado.



[PU_FL_08] – Petición de Informe



[PU_FL_09] – Informe



[PU_FL_10] – Resolución



[PU_FL_11] – Notificación al denunciante



[PU_FL_12] – Notificación al denunciado



[PU_FL_13] – Resolución tras recursos.



[PU_FL_14] – Notificación tras recurso.



[PU_FL_15] – Resolución de cancelación.



[PU_FL_16] – Notificación al denunciante



[PU_FL_17] – Notificación al denunciado

Elaborado por Ilke Benson AIE para el Ayuntamiento de Badajoz Copyright Ilke Benson 2009

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