ANEXO No. 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Y CARACTERÍSTICAS GENERALES Y ESPECÍFICAS

FICHA “ESTUDIOS PREVIOS” ANEXO No. 1 DESCRIPCION DEL BIEN: BOTAS TIPO MILITAR “FLUVIAL” CUERO/LONA ESPECIFICACIONES ESPECÍFICAS TÉCNICAS, Y CARACTE
Author:  Carla Ramos Castro

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ANEXO No. 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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FICHA “ESTUDIOS PREVIOS” ANEXO No. 1 DESCRIPCION DEL BIEN: BOTAS TIPO MILITAR “FLUVIAL” CUERO/LONA ESPECIFICACIONES ESPECÍFICAS

TÉCNICAS,

Y

CARACTERÍSTICAS

GENERALES

Y

CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS PARA BOTAS TIPO MILITAR “FLUVIAL” CUERO/LONA. El oferente debe disponer dentro de los bienes ofrecidos al Departamento botas tipo militar “fluvial” de cuero/lona de color negro, con las siguientes características específicas:

En la fabricación de la capellada se debe emplear:

MATERIAL

 En la caña, collar y fuelle (lengüeta), lona en Poliéster o nylon tipo impermeable; debe ir reforzado con dos tiras laterales (mínimo 50 mm de ancho) y una tira de refuerzo en la unión de taloneras (mínimo 25 mm. de ancho), en material conocido comercialmente como “reata”, elaborada en nylon.  Para capellada, talón y refuerzo de ojaletes (interno y externo) en cuero hidrofugado tipo flor corregida color negro homogéneo, sin eflorescencia de grasas o sales cuando se determine de acuerdo con NTMD 0209 - vigente - Tabla No. 3. Requisitos que debe cumplir el cuero para capellada. Requisitos mínimos del cuero de capellada: Resistencia al desgarre método ojal: 800 N/cm. (NTC 4575) Resistencia del pH mínimo 3.5 (NTC 4654) Resistencia a la tensión mínimo 18 Mpa (NTC 1049) Resistencia a la absorción 30 minutos máxima absorción: 17% y a 120 minutos, máxima absorción. 25% (NTMD 0054)  La altura de la talonera debe llevar en su parte superior una curva anatómica que evite el maltrato en esta área (talón en el usuario).  La forma del fuelle (lengüeta) debe estar acorde con la figura No. 3 de la NTM–0209– vigente  La unión capellada – fuelle (lengüeta) a la altura del empeine en su parte interior debe ir desbastada para no maltratar al usuario.

Capellada forrada por medio de textil algodón 100% (Norma NTC 481) tipo diagonal (facilita la estabilidad dimensional sin “rasgar o romper”) y la parte de la caña con textil conocido comercialmente como KAMBRELL ®, espesor mínimo 0,6 mm y peso por área de FORRO INTERNO minino 130 g/metro cuadrado ó material tipo lona diagonal en algodón 100% a tono con la caña de igual espesor. Lengüeta tipo fuelle también irá con forro tipo Kambrel ® o con forro en material tipo lona diagonal 100% algodón a tono con la caña. Elaborados o material termoadherible con base textil (tipo no tejido) dimensionalmente estable con sus bordes debidamente desbastados que garantice la rigidez del calzado en la zona de la punta y del talón; PUNTERA Y el espesor o calibre debe ser de 1.4 mm a 1.6 mm para puntera y de CONTRAFUERTE 1.7 mm a 1.9 mm para contrafuerte. El contrafuerte debe ir protegido en la parte interior con cuero del mismo tipo empleado en la capellada, pero por el lado revés visible. PLANTILLA DE En cuero, tipo celulosa o tipo no tejido; calibre entre 2.0 mm a 2.2 ARMADO mm. Debe llevar el respectivo cambrión y tapa cambrión. Cada bota debe llevar una sobreplantilla sobrepuesta, en material expandido (caucho, EVA o compuesto de características similares), con una de sus caras recubierta con un textil (este material debe cubrir la totalidad de la plantilla); el conjunto textil/expandido perfectamente pegado, libre de protuberancias o arrugas y debe llevar perforaciones en toda su extensión. Calibre 3.5 mm ± 0.5 mm. La sobreplantilla debe SOBRE cubrir la totalidad de la plantilla de armado. El textil debe tener una PLANTILLA resistencia al frote de mínimo 25.600 ciclos en seco y en húmedo y el procedimiento para realizar el ensayo es de acuerdo con el indicado a Norma SATRA PM31. Bajo ninguna circunstancia se acepta espuma expandida de baja densidad, tipo poliuretano. Para el tipo de bota fabricada conocido como “pegado en frío” o como “MOLDEO DIRECTO”, debe ser una suela en caucho vulcanizado, no micro celular, diseño integral (Suela/tacón).

SUELA

Independientemente del proceso de fabricación, las suelas deben llevar un diseño antideslizante y que contribuya durante la marcha o carrera en la expulsión de residuos (barro, greda, etc.). El caucho utilizado en la fabricación no debe presentar defectos por aire atrapado (burbujas), ni eflorescencia (blooming), insuficiencia de material, deficiencias en vulcanizado, desfase en sus partes o impurezas en su composición/porosidad (corte transversal).

COSTURAS

Deben ser uniformes y continuas, sin hilos flojos, libres de protuberancias, asperezas, pliegues y restos de material que causen maltrato o molestias al usuario. Las uniones del contrafuerte a la capellada por medio de mínimo dos costuras paralelas y la unión de las taloneras a la capellada por medio de mínimo tres costuras paralelas. Las costuras internas, para evitar maltrato, en hilo Nylon (NTC 481) mínimo Tex 70 y las costuras externas en hilo nylon Tex mínimo 140.

OJALETES Y PASACORDON

Los ojaletes deben ser en latón pavonado con acabado negro. El pasa cordón debe ser en latón pavonado del tipo “cerrado”. Cada par de botas debe tener igual número de ojaletes y pasa cordones, los cuales deben garantizar alta resistencia al desprendimiento de la base. Dichos elementos no deben presentar evidencia de corrosión cuando se ensayen de acuerdo a lo establecido en la norma NTC 2038. Número de ojaletes mínimo doce (12) por par y número de pasa cordones mínimo dieciséis (16) por par.

CORDONES

El sistema de amarre debe ser por medio de cordones de poliéster con alma de algodón y de color negro; extremos (herrete) de mínimo 14 milímetros de longitud. La longitud total del cordón mínimo 170 cm.

TACON Y SUELA

El tacón debe ser integrado a la suela y debe tener una altura de 25 mm ± 2 mm, incluyendo el labrado (relieve o grabado), el cual debe ser mínimo de 5 mm; el tacón debe ser medido en la parte posterior de la bota terminada (incluir la pestaña). La suela debe tener un espesor de 12 mm ± 1 mm incluyendo el labrado, el cual debe ser de mínimo 6 mm. La medición del espesor de la suela se efectúa en la parte media del punto de flexión al diseccionar la suela en la parte central para diseño tipo Opanque·, el espesor y altura se indican en las figuras 4 y 5 de según lo establecido en la norma NTMD 0209 vigente. Requisitos para la suela: Densidad 1.10 g/cm³ a 1.20 g/cm³ Norma NTC 456 Dureza 65 Shore A ± 5 Shore A, lectura a 1 segundo; norma NTC 467. Flexión 200.000 ciclos Máximo incremento 16.9 mm, norma NTC 632 Abrasión: 150 mm³. Máxima perdida en volumen; norma DIN 53516 / Norma NTC 4811

ECONOMIZADORES En la bota normal “pegado en frío”, la profundidad de la cavidad de los economizadores de la suela no deberá ser mayor a 12 mm tomado desde el borde hasta la base de la cavidad.

CAÑA

La altura de la caña debe ser de mínimo 190 mm medida desde la parte interna (incluye la plantilla) hasta la parte del borde superior de la bota, tomando como guía la talla 40 y en forma proporcional a las demás tallas.

El paso de la bota debe ser de 16 mm ± 3 mm ESTABILIDAD DIMENSIONAL DE LA BOTA

OJETES

Los ojetes deben ser de tipo convencional doble pieza (circular) cuyas dimensiones se acordaran entre cliente proveedor y el pasa-cordón metálico debe ser del tipo cerrado ambos deben ser en latón pavonado.

CUERO

El espesor del cuero en la fabricación de la bota debe estar entre 1.8 mm y 2,0 mm.

GARANTIA DE ADHESION

La resistencia de adhesión entre la suela y la capellada en el contorno debe ser de mínimo 60 N/cm. cuando se verifique de acuerdo con lo indicado en la norma NTC 2038

TALLAS

Debe garantizar en forma escrita la disponibilidad desde la talla 35 hasta la talla 45 (Sistema francés), las tallas deben ir en alto relieve en la suela, con marca registrada.

La determinación de las dimensiones (espesor, longitudes) debe efectuarse utilizando un instrumento de capacidad y precisión adecuadas, atendiendo las recomendaciones establecidas en las Normas Técnicas Colombianas respectivas, aplicadas a la Metrología y mediciones en general. El informe del laboratorio debe incluir el No. de certificado con su respectiva fecha de vigencia. El oferente debe conocer y aplicar el REGLAMENTO sobre ETIQUETADO de calzado VIGENTE (resolución 1011 de 2005).

CANTIDAD: 1.984

CONDICIONES :  Las fichas técnicas e informes de laboratorio deberán ser dirigidas al Departamento Administrativo de Seguridad. El costo de los informes será asumido por parte de los proponentes y en nada comprometerá el presupuesto de la Entidad.  Los proponentes deberán presentar con carácter obligatorio una (1) muestra física (un par de Botas tipo Militar talla 40 de iguales características a aquel estudiado y reportado en el informe solicitado, dicha muestra deberá ser la misma que fue revisada por el laboratorio de Pruebas y Ensayos. En caso de que no se presenten las muestras físicas, la calificación técnica para este ítem será de cero (0) puntos.  Esta muestra se regresará a los proponentes no favorecidos y se guardará como contramuestra la correspondiente al proponente favorecido, la cual se devolverá una vez finalice la etapa contractual.

FICHA “ESTUDIOS PREVIOS” ANEXO No. 1 DESCRIPCION DEL BIEN: BOTAS TIPO MILITAR “FLUVIAL” CUERO/LONA .  Las muestras deben ser entregadas simultáneamente con la presentación de la oferta antes de la hora de cierre de la Licitación, en caso que el proponente presente más de dos muestras por oferta, solamente se recibirá una, la cual será escogida por el proponente al momento de la entrega.  Las prendas entregadas como muestras serán devueltas cuando finalice la etapa precontractual.  Esta muestra permanecerá y será entregada en el grupo de Adquisiciones.  Para la calificación de calidad de los bienes y calidad de la manufactura y acabado final, los proponentes deben anexar un informe de resultados suscrito por un laboratorio de pruebas y ensayos especializado en calzado, que se encuentre acreditado por la Superintendencia de industria y comercio con resolución vigente, en el que conste el cumplimiento de todos los requisitos solicitados, en las características específicas para la Bota tipo Militar, registradas en el pliego de condiciones.  El proponente que resulte favorecido en este grupo, dentro de los ocho (8) días calendario siguiente a la comunicación de adjudicación, deberá presentar sus patrones de tallaje, para que la subdirección del Talento Humano los confronte con una muestra aleatoria de funcionarios en cada una de las tallas solicitadas.  Al momento de entrega de los bienes contratados, el CONTRATISTA debe presentar certificación del lote, expedida por un organismo certificador autorizado por la superintendencia de Industria y comercio, especializado en calzado, en el que se haga constar que los bienes a entregar cumplen con los requisitos y características generales y específicas establecidos para calidad de los bienes y calidad de la manufactura y acabado final, señalados en el Pliego de condiciones.  Los proponentes deberán garantizar que los elementos que durante la garantía ofrecida tengan defectos de fabricación, así como aquellos que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por el DAS., sean cambiados por otros con las mismas características técnicas, en un término no superior a ocho (8) días hábiles contados a partir del requerimiento que en tal sentido formule el mismo supervisor del contrato.

TÉRMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: Para los bienes objeto del contrato (Bota tipo Militar), será de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de ejecución, es decir, expedición de registro presupuestal y aprobación de la garantía única por parte de la entidad, una vez sea constituida y presentada en debida forma por el Contratista y supeditado a la entrega de tallajes por parte de la Entidad.

FICHA “ESTUDIOS PREVIOS” ANEXO No. 1 DESCRIPCION DEL BIEN: BOTAS TIPO MILITAR “FLUVIAL” CUERO/LONA .

FORMA DE PAGO Para los bienes objeto del contrato (Bota tipo Militar), se cancelará dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrega de los bienes objeto del contrato, previa presentación de la factura correspondiente, acompañada de la certificación debidamente firmada por el supervisor del contrato de recibo a satisfacción y de la certificación expedida por revisor fiscal cuando exista, de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el representante legal del pago de sus obligaciones a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto colombiano de bienestar Familiar y servicio Nacional de aprendizaje SENA.

 No podrán pasar del 15 de diciembre del 2008.

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