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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO, DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y DERECHO INTERNACIONAL DE
LOS
DERECHOS
HUMANOS
SABRINA COMO'ITO l. INTRODUCCIÓN
El derecho tividad
no
de todo
sivos
es
histórico
el devenir
que
la política, la ciencia... En lo —aquel que rige las relaciones soberanía
estatal.
la economía,
suce-
la moral.
público
de la comunidad la par de tres de la persona
a
y valor
dignidad
y
los
a
internacional
sujetos
fundamentalmente,
mundial,
La efec-
adaptación
su
en
al derecho
los distïntos
entre
paz
i
ni permanente.
de
produ2ca
atañe
que
internaciona|—, éste ha evolucionado, conceptos:
invariable,
jurídico depende
ordenamiento
cambios
estático.
orden
un
humana. El
derecha
antiguo
de Estados
de gentes fue concebido en soberanos. Sin embargo,
absolutamente
de las relaciones po. la realidad der estatal irrestricto resultaba
Naciones
de someter
de asegurarse El culto
misma
del
con
género
de los valores
de
mantener
común
a
realizarse
'
Decía
por la lnblecilniento
tes.
convivencia
la guerra
a
inconciliable
ser
uno
..
bierno.
y por
que
dominó
Es por
sagrados
la paz y la del a través
de
non'nns
el mantenimienlo
del
con a
correr
ello
para
que la paz la comunidad
justas
intemaciunal
justicia...".
un
conjunto del
tiemun
pode las
un
acabó
de las Naciones y honombles como
la
regla
convertirse
por
internacional,
seguridad internacionales cumplimiento por los
francas.
derecho de la
de
el
con
y
de la Sociedad
Paclu
relaciones del
de
premisa
esa
más
función
puso de relieve que Ia voluntad creciente
régimen de derecho, a fin equilibrada l. el mundo antiguo también demostró buena vecindad la supervivencia y con
mutuas
justa
humano.
el Preámbulo
prescripción de las
incompatible
relaciones
sus
una
ración
internacionales
que: entre
en
Estados “Las altas
en
y la aspipropósito
de dos
nor-
panes cnnlmtanpor el limie esefectiva entre los go-
las naciones.
de conducla
un
Y ENSAYOS
LECCIONES
416
solucionar
fundamentales:
mas
pacíficos,
territorial
dad
recurrir
no
y
amenaza
al
o
que fundamentales
han
se
del
hombre.
y
cada
la
en
2.
ha reafirmado
su
y el valor
dignidad
de
los esfuerzos
mas
vez
hacerlo
y por
por medios la integri-
contra
Estado
cualquier internacional
multiplicado
internacional atentados
de los graves de conflicto
de
la comunidad
desde
fe en 3 humana la persona el derecho “humanizar”
internacionales de la fuerza
uso
independencia política
la
o
Paralelamente, los derechos
controversias
sus
la
a
apto para
proteger
a
por los
integridad que pueden tener lugar en armado. pero también en épocas de paz. tiempos esfuerzos Es en el epicentro de estos que han surgido dos órdenes juDerecho Internacional Humanitarídicos diferentes pero complementarios: individuos
y diferencias
internacional
objetivo
será
—soberanía en
intentará
se
relaciones
Las
que a
un
los terminos
-‘
Idem.
4
CEnnA
ción dc la clase Intemacional
derecho
trabajo.
este
se-
el
El
mencionados
la ya mencionada relación de internacional humanitario y dea través de un analisis com-
humanos, sus materiales,
internacionales Sin
hace
se
fuentes
formales
sus
y
prin-
son
embargo,
un es
fenómeno
data
de someter
la convivencia
que el nacimiento
con
la necesidad
patente
de los albo-
de
los
EstadOs inter-
con las particularidades de la congruente público respondió. en sus orígenes. a dos supremacía del poder público estatal. y el consi-
internacional
la premisas esenciales: guiente límite señalado
En
de antes
régimen de derecho.
El derecho
3
relaciones, sí, y con
entre
de análisis
conceptos
HISTÓRICO
la civilización.
modernos
entre
fundamentos
DESENV()LVIMIENT()
de
Las
presentan
los
de los derechos
parativo de sus cipios informantes.
misma.
Humanos.
objeto de
demostrar
existente
internacional
nacional
el
humanos.
derechos
Asimismo,
res
serán
humanay dignidad y valor de la persona paz mundial del derecho internacional público y en el surgimiento del de los conflictos armados internacional de y del derecho
complementariedad
ll.
Derechos
ordenamientos
estos
la influencia
demostrar
derecho
moderno los
que
general.
su
estatal,
la evolución
recho
de los
Internacional
rio y Derecho
mejanzas derecho
contra
de los
de por
el dominio
I.l'.
ans.
reservado
1.] y 2.4 de la Cana
dc
de
las
los Estados
4.
Unidas.
Naciones
Preámbulo. “Los
th). Carlos.
conflictos
armados
y el derecho
inaugural dictada Humanitaria
Argcnlíuu ¡le Derecha
Cerda (h) en cl por Carlos de la Facultad de Histon'a y Letras
Mililur
nro.
8.
marzo
I98‘):
“con
internacional
acto
de
los Estados
humanitario". dc la Cátedra
dc apenum
la Universidad modernos
dcl
termina
reproducde
Derecho
Salvador.
Revista
la supremacía
del
SABRINA
Comúnmente fuerza la más recurso
las
a
sólo
armas.
estaba
importar ción
hizo
causas
bellum,
¿”7
la potestad
acotar
a
de índole una
discrecional"
la
por
Es recién tendiente
del
relacionaron
se
de
la necesidad
con
autoridad
competente.
análogas. a principios del siglo obligación
establecer
a
controversias
la
a
de los Estados.
legitimidad
estrictamente formal y declaración previa emanada
formalidades
de recurrir
y representaba aun 5. Siendo. pues, el
su legalidad poder del soberano. sin su propósitos que motivat'an ejercicio 6. Esta concepcompleja la adopción de compromisos intemacionael ¡us ad bellum: las primeras obligaciones asumidas
o
sumamente
les destinados
fueron
ciones
“facultad
una
condicionada
las
emitir
sus
COMO'ITO
¡tu ad
denominada
.integraba toda Ia noción de la soberanía estatal de aquella soberanía..." importante característica .
XX que “...comienza de los Estados de buscar pacíficos" 7. Los Estados parte
Ia
por medios
u
de otras
el movimiento
la solución
de
las Conven-
en
de La
Haya de |899 y 1907 acordaron, en el art. l° de ambos tmta“para evitar en lo posible el recurrir a la fuerza en las relaciones entre los Estados, las Potencias en signatarias convienen sus esfuerzos el arreglo pacífico de las diferenpara asegurar
dos, que
internacionales
todos
emplear cias
aceptación
más tarde.
3. Años
internacionales"
de la Sociedad
de las Naciones
de
las altas
(l9l9)
el derecho
panes manifestaron
se
internacionales
ciertas obligaciones
9. señalando
rra..."
de
todo
del Pacto
contratantes
inspiradas “...por
de
no
recurrir
a
la
la gue-
miembro
de la Liga "de llamar la refecualquier circunstancia. rente a las relaciones internacionales, que amenace perturbar la paz intemacional o la buena de la que depende la paz“ inteligencia entre las naciones. de este derecho se hallaba en el primer (an. ll, 2° párr). El fundamento o amenaza expresamente que toda guerra párrafo del artículo, que declaraba reservado de cada Estado. sería de guerra. lejos de afectar sólo el dominio a toda la Liga". Sin embargo. un asunto “considerada como que concierne
atención
Sacro
de la Asamblea
y del
Imperio
vivencia
básico
minio
reservado
servadu
nun"
nos.
nace
internacional
cl derecho a
la doctrina
respondiendo de la soberanía
a
una
que
necesidad. cream
la de la
Budin
y cuyo
l990.
p.
era
el derecho
.rimmu
7
y
soberanos
sobre
SthARSKI,
CICR "
Papado
Consejo
sostenía
estaba 5
del
e
con-
adscriplos del propio Estado... El dode voluntad el no reconocimiento alguna por encima rcY dentro de ese dominio del derecho internacional... el propósito fundamental a hacer la guerra". Immunimrin iItIenuIt'immI Christophe, Principales nm'imizx r irtslituliu‘ (Id derri'lm HumaSene Educacion hummm. y Derechos ¡Ii/enturiunul dc [Intht‘l'ÍÚIl dr lu [ItrJlHItl Estados
cntrc
tulado
o
Interamericano
Instituto
de Derechos
Humanos.
cit., p. 76. CERDA. C. (h). "Los conflictos...". inltnmi'imiul RUDA. J. M.. Dertclm L. A Pouan. -
H
idem.
V
Preámbulo
del
Pacto
de la Sociedad
de las Naciones.
San
José. Costa
Z. TEA. [Hill/¡Fr!
Rica.
I9BS. p. .179.
Il.
pos-
el Pacto
pacífica
tarde,
de controversias.
el Pacto
en
iniciadas
apareció primero
forma
en
prácticas
de
convicción de los y por Ia creciente a derecho. se convirtieron conforme
sobre
los
No
debilitar
vos
daños
o
aunque
fuerzas
ciera
de
limitar
1928. el derecho
de
costumbres
en
males
repetición concorque al respetarlas
su
que. por Estados
la conducta
regir causar
de
internacionales las partes hostiles. que los necesarios
mayores
militares
de combate
internacional
deseaba
al dominio
someter
del derecho
el peso que habían adquirido estos preceptos el anhelo de darles expresión positiva,
tarde. los
no
del enemigo: evitar, en lo posible. el sufrimientos excesisusceptibles de causar fueron consuetudinarias innecesarios, algunas de esas normas no en la expresión de lo siempre respetadas. se convirtieron las
que la comunidad de la razón. Más
debían
que
traición;
a
de medios
empleo que.
leyes
usos y ni matar
herir
para
sólo buscó
la guerra. la libertad sino también de acción y de guerra de las partes en conflicto, una de medios vez y métodos El iux in bel/um derecho de la guerra las hostilidades. o en la guea
obraban
dante
alcanzado
avance
Briand-Kellog
público no
internacional
recurrir
de
Estados
elección
rra,
más
años
vez
el derecho
Pero los
la solución
impuso
no
primera
por de
Y ENSAYOS
LECCIONES
418
hizo
que
y na-
Estados
poniendo en se matecodificación del ¡us ¡n bellum. Tal voluntad del siglo XIX, cuando rializa mediados en la Conferencia de de l864 los dieciséis Estados Ginebra participantes redactan y adoptan una la suene de los militares hen'dos de los ejércitos “Convención para aliviar le seguirían otras en de Ginebra cuacampaña". A la primera Conferencia la guen'a así el interés creciente de los pueblos en humanizar tro. demostrando al individuo del fragor de las hostilidades: y .pmu'gcr en
marcha
el proceso a partir de
0
La to ca
segunda Conferencia de los muertos.
llegó
cedente -
La e
to
de
de Ginebra
Si bien
entrar
la Convención
en
al respeto
innovaciones las
a
relativa
l864,
sentó
de este las bases
el mismo
sobre
l906,
de Ginebra
debido
de
resultante
el mismo
de
Conferencia
introdujo algunas
el texto
vigor.
a a
tercera
de
l868, relevantes,
ambulancias
y
que
al tratamienencuentro
y sirvió
nun-
de pre-
particular. revisó
la de
l864
por ejemplo. en cuanhospitales móviles en "
campaña. -
La cuarta
Iegislá -
Conferencia sobre
La Conferencia trumentos:
de Ginebra
el tratamiento de Ginebra
“Convención
de
l906,
que,
como
ya
se
dijo.
de los muertos.
de ¡929. relativa
la que al tratamiento en
aprobaron dos insde los prisioneros de
se
SABRINA
guerra".
Código del
o
tos
comorro
Prisionero
de la suerte
mejoramiento
de
4 I9 y “Convención para el de los ejérciy enfermos
de Guena. los heridos
campaña."
en
El “Derecho de Ginebra" se un erigió así como ordenamientojurídico específico que —aunque sin dejar de formar pane del derecho internacional público. y, dentro de este. del aplicable en tiempos de guerratuvo como la protección de las personas particular cometido afectadas por un enfrentamiento armado. calificado como
derecho
Naciones
de
l949,
último
este
una
años
las
después.
embargo.
derecho a
primero.
las características
con
Sin
guerra.
—y del más tarde.
Unidas.
de
raíz
de
y de
El comentario
a
estos
Otra
del derecho
rama
donde
Haya.
terrestre"
guerra
principio ilimitado
vigor
Convenios
instrumentos
se
de
ser
para
del
debió
general-
en en
cuatro
la Carta
ser
de
de
Ginebra efectuará más
—anexo
a
fundamental en
de
que elección
ala
cuanto
22).
de la guerra tuvo su origen histórico en la ciuel "Reglamento sobre las leyes y usos de la la Convención homónimael dejó establecido
l907
en
"los
beligerantes
de los medios
de
no
tienen
perjudicar
un
al
derecho
enemigo“
_
Inspirados
en
algunos instrumentos
anteriores.
ticularmente
crueles
innecesarios
o
susceptibles
de provocar
la Declaración
como
de San Petersburgo de l868, y la Declaración prohibido el empleo de aquellos medios de combate
Bruselas ron
necesarias
concepción tradicional
esta
la guerra la entrada los
¡0.
adelante dad de La
(art.
dotado
ginebrino
modificada
en
las
de
las panes declaraconsiderados parvíctimas sufrimien-
tales como el veneno envenenaexcesivos, y las armas das (art. 23, inc. a); o las armas. de causar proyectiles o materias capaces daños superfluos (art. 23, inc. e). Pero la normativa de La Haya no sólo tos
condenó
o
ciertos
medios
sino
también
algunos
métodos
de
hacer
la guerra.
o herir a traición el matar como (art. 23. pérfldos o desleales: o herido al enemigo indefenso o herir (art. 23. inc. c); despropiedades enemigas o apoderarse de ellas, salvo que tales actos de la guerra" (art. 23, "imperiosamente exigidos por las necesidades
calificados inc.
b);
truir
las
sean
inc.
g),
matar
entre
Derecho
otros.
internacional general y derecho de la guerra han observado. “z primero, fuentes formales a sus evolución en cuanto de origen consuetudinario: en normas luego. alcanzando
idéntica pues, una materializándose l“
Ver cap.
Ill.
'I
Ver cap.
IV. p. 4.1|.
ps. 420-424.
Y ENSAYOS
LECCIONES
420
su
cian
internacionales. expresión positiva a través de tratados un progresivo proceso de codificación. En
pane
el
im‘ in bcllum,
del
caso
el Comité
por
este
proceso la Cruz
de
Internacional
los que
eviden-
ha sido impulsado en gran Roja, organismo humanitario
l863 viene desarrollando su nacimiento en la más inque desde de las personas labor de promoción y protección de los derechos afecen armados todo el mundo. por conflictos
imparcial tensa
tadas
EL DERECHO
lll.
l.
prohibición los
sacudida ‘s'u
de
el derecho
Dicho
VIGENTE
EN
amenaza
de
de los conflictos
LA
al
o
de la Carta
ACTUALIDAD
Naciones
fue.
conocido
su
de Ginebra
conjunto
y dolorosos un conflicto
precisamente. la Primera
como
Unidas).
Conferencia
la guerra. la Humanidad en acontecimientos más terribles
acontecimiento
de la fuerza
uso
las
armados
la Cuarta
de celebrada
universalmente Gran
la Primera
los
de
uno
por
historia.
internacional,
la
a
2.4
art.
después
años
sobre
del
internacional
El derecho
I9()ó
recurrir
de
términos
Pocos
PÚBLlCO
INTERNACIONAL
La
(en
Guerra
de vería
se
de toda bélico
Mundial
o
Guerra. formalmente el 28 de julio de l9l4, que comenzó la guerra a Servia, se extendió rápidamente. involuGran Bretaña, Montenegro. Soviética. Francia. Alemania,
El enfrentamiento.
declaró
Austria
cuando crando
a
la Unión
Japón‘ Turquía. Italia, nó. cuatro
más
años
Bélgica,
Estados
Unidos...
resultó
el saldo
tarde.
Cuando
espeluznante:
la guerra termialrededor de diez
millones de personas habían muerto a causa del conflicto. Y a ellos había los cientos de miles de desaparecidos y aquellos que, a pesar que sumarle de haber a las heridas o mutilahostilidades, sufrieron logrado sobrevivir ciones
los
que vidas.
sus
Las
incapacitaron
potencias
responsabilidad te; un
parcial —los
vencedoras
de intentar
e
incluso
AIiados-
prevenir
la
Liga.
debiendo
será
considerada
la misma
las Naciones" te
una
por sobre
el sí la
resto
del Tratado
(art. de
l l. Pacto
Paz
en o
de
la Liga. a toda que concierne eficaces para salvaguardar la paz de de la Sociedad de las Naciones, parte integran-
como
adoptar
de
enorme
tragedia semejan-
voluntades era aunar sus y estimaron que el mejor modo para hacerlo tratado las partes donde declaraban expresamente que “toda guerra de guerra, afecte o no directamente a alguno de los miembros
amenaza
la
totalmente. sintieron
repetición de
asunto
un
las medidas
de Versalles
de
l9l9).
SABRINA
Pero
el
COMOTTO
sus
de la fuerza
armada
limitarlo
o
jurídica
¡939
En
las controversias
desató
por el
se
de celebrado
antes
que
lícito para solucionar internacional.
instituido
jurídicas; la principal de ellas fue había quedado en una mera decladel art. I l. lejos de proscribir el uso lo había mantenido concretamente, en igual
deficiencias
graves
al recurso a la guerra que Ia condena ración o expresión de deseo. La norma condición
42'
ocun'ió, y el sistema
segundo enfrentamiento
evidenció
Pacto
el convenio,
surgidas
la contienda.
Polonia. Bélgica, Francia, Gran
el
en
esto seno
la de medio
es.
de la comunidad
la URSS,
Finlandia, Dinamarca, Nomega, Holanda, Bretaña, Italia. Grecia, Yugoslavia. Rumania. Bulgaria. Hungría, Japón, Italia y Estados Unidos, tomaron en el conflicto. Como era fácil prever, el mayor número de Esen las hostilidades. y los adelantos tecnológico-annala oportunidad de desarrollarse en el período de que tuvieron hicieron de Ia'segunda gran conflagraque las consecuencias
activa
parte tados
involucrados
mentísticos
entreguerras. ción
aún más desastrosas
fueran
llegó
contienda
la misma
vida:
ellos,
se
que las de la primera. Para l945, millones de combatientes habían
fin. veinte
su
a
corrieron
suene
casi
cuarenta
millones
cuando
Ia la
perdido Además
de civiles.
de
mutilados. de refugiados, heridos. y desplazados, enfermos atroces a raíz del cruento conflicto. padecieron sufrimientos de la comuniEra claro que.- ante semejantes resultados, los miembros no internacional aquellos errores que habían podían volver a cometer millones
hambrientos dad
al fracaso
llevado
a
la Sociedad
de las Naciones.
Y, de hecho.
Io hicie-
no
El 26 de abril de 1945, luego de arduas negociaciones, pero fructíferas Unidas. la Carta de las Naciones firmaron de Sl Estados los representantes u preante se Unidas hallaban. todo, resueltos Los pueblos de las Naciones del flagelo de la guerra. a las servar que dos veces generaciones venideras ron.
Pero seo.
tal
declaración
Para
posible
en
la Carla,
esenciales:
arreglar
sufrimientos indeciblz's. inflingido a Ia Humanidad expresión de deagotaría esta vez en una mera el cumplimiento de éste y los demás propósitos dos compromisos los Estados parte asumirían internacionales pacíficos por medios
se
no
hacer
enunciados
(art.
había
la historia
durante
controversias
sus
de recurrir.
2.3), y abstenerse
en
sus
internacionales,
relaciones
a
la
ame-
o la independencia la integridad territorial contra de la fuerza naza o al uso los con política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible propósitos de la Organización (art. 2.4). En primer lugar. los tiempos del tus ad cosas. Esto significó muchas internacional El derecho público vigente durante bel/um habían terminado. '
siglos se
ya
no
enfrentaba
era
el mismo.
ahora
a
un
La soberanía nuevo
y sólido
de los Estados,
límite:
la
antes
que
prohibición de
absoluta, al
recurrir
Y ENSAYOS
LECCIONES
422
uso,
la
a
aun
y
derecho
del
de la fuena.
amenaza.
que modificarse. habian de gentes
tuvieron
trina
las
Hasta
A lo
largo
tratado
de
se
la órbita
de
del derecho,
de
I94ó,
terminó
virtud das
del
palabras.
de
los
Otro
el límite
Estados
do.
soberanos
rigor,
en
‘3
l‘
Las |
son'
la paL.
Seguridad (an.
il)
I
la
derecho N
a
la obli-
mediante
aquiescencia
al
del
amenaza
y la
uso
surgi-
los arts. 2.4, y 2.3 a contrario sensu. que el sistema inaugurado por la Carta jurídico internacional vigente has-
surgiría de Ia terminología empleada por Organización. Cuando el inc. 4 del art. 2 esta-
radical
de la
toda
era
la facultad
de los
había
norma
veda-
de cuala la fuerza, que resultara en la Carta. La propósitos enunciados importantísima cuestión que planteaba el vocao
amenaza
recurso
los
con
la
CIL. Dt'rz't'lm miemm'imml [Hill/¡(nprvjinulmnlu. La Ley. Buenos Aires. ¡966. ps. original Drnil ¡Im'ruulimml pub/ir (lp/ll'tljillllji. trad. de Delia García Daireaux. el art. 2,4 que contempla la propia Carta de la en excepciones a la prohibición contenida a aduplnr en caso de “amenam que el Consejo de Seguridad se halla facultado de la paz o acto de agresión t...) o restablecer la paz y la separa mantener o colectiindividual tan. inmanenle de legitima defensa. 39). y 2) “el derecho
las medidas
tercera excepcion legitimidad "de la
la libre
de Derct'lm
un
miembro
necesarias
de las Naciones para mantener la Asamblea
l'ue señalada
por
lucha
pueblos
de los
se
que
Unidas. la paz
y la
General.
que.
hallan
hasta
tanto
que
el
Consejo
de
seguridad inlemacionales..," en
bajo el
su
dominio
resolucion
colonial
2l05
(XX).
por
ejercer
dclcrniinacion...".
PRIOTI'I. Anahí.
Legitimidad nu
el ordenamiento
en
de ataque armado cunlra haya tomado las medidas Una
reconoció su
responsabili-
que,
quebmntamiento
caso
en
otras
en
o,
la
de la ONU,
desde
internacionales"
guridad va.
internacional.
sistema
extensiva
Rousseau. Titulo
373-374.
ONU a
del
no sólo estaba ya analizado, restringiendo de ejercitar el ¡us ad ballum. lo que la
incompatible pronto reparó en
doctrina
en
sustancial
modo
quier
ha hecho
se
contenida
cambio
miembros
Estados
blecía
2.4
modificación
introdujo
entonces.
ta
ilícito
de comprometer
lo cometa.
integrantes
no
¡4.
fue la única
de la ONU
——con
guerra
que
art.
prescripción
la
Mas
el
por
de que que caía fuera
suprajurídico, ubicado por en vigor de la Carta. en partir de ese momento. y en las excepciones contempla-
su manifestaron y concordante, internacional costumbre prohibitiva
una
de la fuerza no
Estado
a
común
practica
su
miento
toda
'3, pasó a ser un antijurídico susceptible
del
los Estados
la conclusión
a
acontecimiento
hecho
un
el debate;
con
positivo,
hecho
Respecto de gación impuesta
llegado
‘3. La entrada
norma
Carta—
propia un
internacional
dad
de
incluso,
o,
de toda
definitivamente
derecho
la
por
lógica
la
encima
de la doc-
preocupaciones
de la historia, muchos estudiosos cuál era la naturaleza
determinar
de la guerra. Algunos de ellos habían (le inre; otros. de un de un fenómeno trataba
jurídica
y restricciones
"Dimensiones establecidas
IIII('I'IIm'ÍtIImÍ.
nro.
Vll.
actuales por
del
uso
el derecho
l99ú-I997.
de la fuem internacional
p. 2m.
en
las relaciones
humanitario".
en
intemaeionales.
Auuuriu
Argenli-
SABRINA
bulario
empleado
la norma.
por
unánime
fue casi
COMO'ITO
dedicó
se
y
423
a
hennenéutica;
su
opinión
la
a que la expresión fuer:a no tenía el mismo guerra, y que ése no era. por otra parte. el sentido que las partes habían querido darle. La interpretaciónmayoritaria se inclinó los vocablos a la fuerza por diferenciar en cuanto a guerra y recurso que. mientras el primero resultaba aplicable sólo a cieno tipo de conflictos be’li-
significado
cos
con
respecto
corriente
(en los que
que
enfrentaban
se
gundo parecía referirse las condiciones
reforzada
como
Ia paz y la seguridad colectivas eficaces... para
medidas
de la
agresión" (conft tengan
que
Estados la
en
seguridad flagelo
a
39). y las características
Ahora
del
medidas
amenaza
art.
teniendo
bien.
conjunto
su
no
había
internacionales, de la guerra
sino
otra
una
fin:
no
tomar
agresión u otros de Seguridad
Consejo
de
acerca
de la paz
la
de
acto
o
bélicos
los enfrentamientos
guerra.
cuenta
la comunidad
que
manifestado
preservando de toda
el
tal
con
recomendaciones ante
se-
o
estricto.
por el art. l.l de la Naciones Unidas el
y de
actos
parte.
el
si reunía
sentido
en
quebmntamiento
únicamente de
en
suprimir
y hacer
la paz.
Estados).
importar
internacionales.
'5. Por
pa:..."
tornar
de “toda
existencia
de dos
sin guerra
lo
dispuesto propósitos de las
de los
uno
una
por
de “mantener
quebranraniienms puede determinar,
militares
armado.
constituir
para
aparece
señala
Carta, cuando
las fuerzas
conflicto
todo
a
necesarias
Tal conclusión
Voluntad
su a
las
situación
entre ligro la paz y la buena convivencia el ¡us in bellum no había quedado también
obsoleto. nueva
¡us ¡n dentro
futuras de poner
cabe
de
la pu: y no sólo
de mantener
generaciones susceptible
las Naciones,
mas ajustado a la surgido otro ordenamiento, partir de |946. La respuesta es positiva. El subsumido do y reemplazado, quedó al menos a
internacional
en
pesi
preguntarse
lugar no había jurídica nacida bel/um, sino desapareciy si en realidad de
su
un
derecho,
nuevo
no sólo resultó más aproLa denominación armados. los conflictos fue del caso piada por una cuestión de pertinenciajurídica.Lo fundamental intemaciorama del derecho que la ampliación operada permitió que esta todo el munen de miles de personas nal extendiera su protección a cientos de aún hoy a causa sufrían y sufren de la guerra. do que. sin ser víctimas ¡nderecho índole. El moderno de la más diversa armados enfrentamientos
el de
humanitario
temacional
protección y
brindar un
conflicto
armado, todo
No obstante to
jurídico ¡5
de
este
L1 hastardiïla
responde asistencia
es
a
a
esta
quienes
imperiosa necesidad, serio peligro corren
o internacional. ya sea éste interno hubo quienes cuestionaron lo expuesto, de El argumento central derecho.
nuevo
nuestra.
tal es.
por
la de
causa
el fundamenesta
corriente
de
minoritaria—aunque cl en contenida za internacional
derecho
a
pesar de que la conducción
había
todo.
el
recurso
de
las
relaciones
recurso
a
la fuer-
jurídicamente imel propio semejante innegable:
Io que aseveración
reglar
a
Una
desconoce ha
del
hacía
la ONU
prohibido.
porque la fuerza
a
proscripción
la de
destinado
orden
un
realidad
una
dejado
de
internacionales.
ser
lícito
medio
un
los hechos
en
las
lu-
continúan
armadas
Dicha
2.4. vivir
produciéndose. Y ello no desvirtúa en lo absoluto que significó la prohibición introducida por el an. valiosa y por todo lo que implica; espepor si misma
en
es
norma
No
pa:
buenos
("n/no
(Preámbulo
vecinos
venideras
flagelo
del
relaciones
del mundo
los pueblos igualdad (le
de los Estados
la voluntad
confirma
cuanto
en
generaciones
todos de la
\
de
sobre
en que la Carta
importantísimo avance
cialmente lux
de
general
el análisis,
resiste
no
que para chas
basó
se
2.4
art.
la existencia
procedente
el
Y ENSAYOS
LECCIONES
424
derechos
de lil Carta).
distintas
de los
ingenuo pensar que. por no existan quienes políticas. territoriales‘ religiosas contravenir el derecho positivo. Más aún cuando se trata reacios
pues.
a
es
un
derecho cierto
es
el sometimiento necesidad
una
internacional
derecho
acatar
“si bien
que
abolida.
de gentes
recho 2. El
ocasiones
en
del
de preservar
a
—económicas. estén
dispuestos
de Estados
internacional
que la guerra hecho bélico
constante"
de
can-
pueblos (art. 1.2).
razones
.
nos,
poder. Resulta. ción puede ser
de
de la guerra (idem) y de entablar entre de amistad. basadas en el principio
determinación
_\' la libre
sería
obstante.
miembros
a
como
normas
a
soberarecona
que
[sic]
su
institudel de-
'6.
los derechos
humanos
hisgrandes rasgos su desenvolvimiento internacional tórico. público respondió, en sus comienzos, a la necesidad de un orden jurídico específico. destinado a regir las relaciones sí. Por ende, los únicos sujeentablaban entre (soberanos) que los Estados tos del derecho internacional fueron. en principio. los Estados, y este ordeentre los namiento se encargó —por definición—— de regular las relaciones al describir
vio
Como
ya se el derecho
a
mismos. duró en verdad un muy largo tiempo; es recién a fines actores que otros empiezan a adquirir. lentamente, derechos y '7. Primero, fueron internacionales los organismos internacio-
Tal exclusividad
siglo XlX obligaciones
del
I"
BONILLA anANo.
UHÍl't'HÍIiH‘. Universidad ¡7
Irlilliit'tt, l.
nro.
72.
Javeriana.
MuNt'Ai'o, l. Zavalla.
Cesar.
"El derecho
humanitario
publicación de In Facultad Bogotá. junio |987. pr Guillermo
Buenos
-
de Ciencias
l999.
p.
y
su
aplicacion
Juridicas
a
los conflictos
y Socioccono'micas
armados".
IS.
-
GUTIERREZ
Posse.
Honcnsia.
Drret'lm
cn
de la Pontificia
I74.
VINUFSA. Raúl
Aires.
inltrnm'imml
COMOTÏO
SABRINA
nales.
que
425
a ser dotados de capacidad para cumplir con los filos cuales habían sido instituidos; más tarde, los indifísicas habitantes personas de los distintos Estados. a los que paulatinamente se les reconocieron derechos de naturaleza internacional, y con independencia de los que gozarán en razón del derecho interno. Pero el reconocimiento definitivo de la subjetividad internacional del individuo tuvo su hito con la entrada en vigor de la Carta de las Naciones Unidas l“. ya que la Organización se como uno de sus objetivos propuso. el de realizar fundamentales. la cooperación internacional en la solución de nes
comenzaron
propósitos
y
para
viduos.
problemas internacionales nitario. a
El ideal la
proscripción del posibles. que
bles
l“. Pero
había
del
en
niendo nes
el
un
plano labor
tan
que inspiró por todos los mehumana tan terri-
las dos
grandes guerras munque el principio del an. 2.4 en la relación con sus el pares. si el poder soberano no era re-
la relación realmente
del
gobernante
ambicioso,
con
sobre
sus
todo
te-
dispuestos a hacer concesioórganos creados por la Carta persuasión. única forma para alcanzar
muy
negociación tan ligados
de temas
en
Estado en
es.
el mismo
impedir. dignidad
la
mientras
desafío
un
social. cultural o humalos derechos humanos y distinción por motivos de
se hallarían pocos delicado. lncumbiría a los
que
ardua consenso
de cada
esto
implicaba
de a
durante
parecía realizable
no
faz_inlerna.
Esto cuenta
en
en
una
l.3
art.
su
gobernados.
a
esencia.
en
tratar
sucedido
particularidad:
una
la soberanía
limitado
propósito cortado
la fuerza:
a
habían
se
con
respeto sin hacer
(art. |.3). miras fue.
en
repitieran vejaciones
se
las que
como
tenido recurso
dios
diales
del
de todos,
religión
o
mediato
económico.
y estímulo
fundamentales
idioma
sexo.
de caracter
el desarrollo
en
y
las libertades
raza.
y
Ia idea
con
de dominio
reservado
de
los
Estados. La Asamblea
ámbito
de
los
otorgó
el
límites
de esta
que de:
para
la facultó
"‘
la
manera
estudios
cooperación
cultural,
modo
D. T..
órganos general.
competencia
con
el
en
¡0. que le por el art. dentro de los y cuestiones en virtud del an. I3.
asuntos
más
específica.
y hacer
recomendaciones
internacional y sanitario
educativo
GUHEIIIIEZ Possn. Hortensia El). lol-89.1.
de
cualesquier
una
promover
para
“b) Fomentar
de los
uno
humanos,
“discutir
Carta“, y de
nómico, social.
chos
sería
General
derechos
poder
en
y
"Principios generales
del derecho
a
el fin
con
de carácter
materias
ayudar
hacer
eco-
efectivos
internacional
los
de los dere-
humanos". "l
Dice
Humanos
que
el considerando
"el
barbarie
ultrajanlcs
laciones
a
segundo
del
Preámbulo
a
.
la Declaración
Unlversal
desconocimiento y el menosprecio de los aludlendo de la hurnanidad...". para la conciencia
los derechos
humanos derechosclaramente
humanos
que
tuvieron
lugar
durante
la Primera
y la
han a
los
Derechos
actos Ide originado
los gravtsumas vioGucn'a Mundial.
Segunda
derechos
humanos
ción
por
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ser
el foro
recía
(según
el
adecuado
fácil
era
declaración
concordaban de
su
sistema
la
se
la
para
a
y la Declaración
como
proclamada Universal
¡deal común
un
catálogo
El
esforzarse.
por
Los derechos
enumerados
fueron:
derecho
seguridad personal (art. 1°): al reconocimiento 6°); a igual protección de la ley (art. 7°); la protección contra el arresto, la detención
el que
de audiencia
l2):
a
la nacionalidad
a
(art.
la inviolabilidad
a
pondencia (art.
individual
(art. IS); a y colectiva
casarse
(art.
Hu-
2°. l6 y 23.
(arts. ll), razonabilidad
“comportarse
fra-
toda
a
acceso
tiene persona desarrollar libre y
la
y
la
a
jurídica justicia (art. 8°):
el destierro
de defensa
IO); derecho
de la persona, circulación
la libre
2l7
los pue-
la vida, a la libertad de la personalidad
o
a
todos
a
al
(art.
y
del
elaborar
por la resolución de los Derechos
también principios y deberes, como igualdad (Preámbulo; arts. l° y 7°), no discriminación inc. 2). legalidad (art. 29.2), debido (arts. 8° a proceso humanos de 29.2 y 30). el deber de todos los seres (arts. entre si" (art. l° in fine) y los deberes ternalmente que puesto que sólo en ella puede “respecto a la comunidad, su personalidad” (art. 29.l). plenamente
¡4):
reco-
decisiones
posible
incluyó, en realidad, sólo los principios de libertad
no
sino
propiedad,
de
toma
resultó
no
e
dad
y
(que surge
miembros. para los Estados pero sí derechos que los pueblos civilizados e inalienables para todos [05 miem-
3“. Adoptada
sí misma
deben
y nacirmc'x
término
aquellos iguales
como
humana
IO/l2/l948.
definió
9°); derecho
distin-
parte, ella pa-
plenaria
igualitario primer
vinculante
conteniendo
A.G., del
manos
derechos,
sin hacer
otra
de codificación
tarea
naturaleza
su
en
prever,
calificar
en
lafumilia
A (lll)
blos
cuenta
de todos,
religión“. Por
o
emprender
para en
jurídicamente
instrumento
una
y
idioma
sexo,
l8.l).
art.
Como
bmx
raza,
la Carta),
9 de
art.
fundamentales
libertades
y las
de
teniendo
nocimiento,
un
Y ENSAYOS
LECCIONES
426
arbitrarios
ll);
(art.
a
(art.
la intimi-
el domicilio y la corres(art. l3); al asilo (art. y residencia familia (art. 16); a Ia y fundar una a la libertad de pensamiento,
la familia,
|7);
y religión (art. ¡8), de opinión y expresión, (art. l9), de reunión asociación pacíficas (an. 20); etc. el correr del tiempo, el respeto de algunos de estos fue derechos verdadera obligación jurídica por gran parte
conciencia y de
Con
practicado de
una y aceptado como la comunidad internacional,
bres
internacionales. las de
—como
3"
Declaración
No
opinión
Universal
dc
los elevó
lo que
obstante y
los Derechos
de
a
la
libertades
numerosas
expresión,
libre
Humanos.
categoría de costumde las proclamadas,
circulación
Preámbulo.
y residencia,
considerando
l" ¡n finr.
los
SABRINA
políticos del
derechos
la
nato
sistemático. de personas.
más esenciales:
la tortura‘ los tratos la esclavitud y otras
aquiescencia de aquéllas. pasaron
la vida.
la
considerarse
a
humanos.
inhumanos
violaciones
23-, en
los
que
pro-
acepla
igualdad. de
la
el asesi-
degradantes.
o
cabo
a
la la
con
culpable de
al derecho
internaciointernacionales impu-
graves de crímenes
forma
en
y al Estado
perpetradores.
sus
crueles.
equivalentes, llevadas públicas o ante la inactividad
las autoridades
nal de los derechos a
427
laborales y sindicales del art. Estados. hubo progresivo consenso
de los derechos
integridad y Ia seguridad personales. el reconocimiento jurídica... Consecuentemente. prácticas tales como
personalidad trata
tables
COMOTTO
y los
de cienos
la inviolabilidad
libertad.
2|.
art.
la renuencia
vocaron
tar
cometiera
o
permitiera
su
comtsron.
La calificación
básicos
nos
cional
delitos
como
los
para
de los derechos prácticas violatorias es internacionales, hoy derecho positivo
de ciertas
como la Convención parte de tratados. del Delito de Genocidio, de la y el Estatuto
para la Prevención y la Sanción Corte Penal Internacional. que tre
al
otros.
genocidio
tales. los
por
sistemático
portación
desaparición
tortura.
forzada la
suma,
internacional
y
cometan
en
cn'menes
como
de
como
violación
violación.
lesa
dc
esclavitud
un
exterminio. u
otra
fundamentales
normas
sexual.
del
mero
en-
—entendiendo
generalizado
ataque
el asesinato. encarcelación
de personas, apart/mid, etc.—. consecuencia jurídica de
fue substraer
internacionales
humanidad de
parte
principal
los individuos
a
califica
los crímenes
a
se
población civil. como forzoso de población,
física
libertad
intentacional, En
que una
traslado
o
de la
grave
actos
contra
humaconven-
Estados
numerosos
o
de-
privación de derecho
prostitución forzada, reconocer
arbitrio
subjetividad poder so-
del
de los derechos básicos de quienes al Estado sigue correspondiendo. en humanos a garantizar el ejercicio de los derechos las personas que se hallan bajo su jurisdicción, el cumplimientode este deber 3'. Se llega así al mointernacional" está sujeto al control de la comunidad tal es, “una comunidad demo concepto de Estado soberana, que se gobiersin el o comunidad na a sí misma, independiente. pero que goplenamente bierno propio excluya su subordinación respecto de las reglas de la moral, internacional positivo" 31. y del derecho
berano se
la
primer lugar.
Serra.
en
su
reconocer
1'
Gtrnnnntzz
11
Conl‘. Veamos.
Biblioteca
por la tutela “si bien territorio:
responsabilidad
encuentran
Posse.
Jurídica
y
H. D. T.. “Principios...". Cil.. p. 893. Alfred. Dereclm ¡ultrnucimml públic". Ind.
Aguilar. Madrid.
I97H. p. lO.
del alemán
I
por Antonio
Truon
y
DERECHO
materiales.
y
los
del
hombre
no
“a fin
de la rebelión
Es
de
e
vea
internacional
en
plenamente efectivos
mundo
del
se
tienen
el deber
ser
esa
los
Ia ONU
de
la libertad.
de la
nocimienlo
lodos los
derechos
aquellos
(derecho a Ia vida. ni a servidumbre, a con
de
un
pueda
considerados Ia
a no
15
Cana
3‘
Convención
dc la
1‘
Declaración
1h
Conl'.
an.
56,
Organiución Americana Universal
dc las Naciones sobre
Derechos
de Derechos
28, Declaración Carta
e
iguales los
dt: la ONUV
Universal
los
a
y to-
Estados
Universal
consideró.
con
los
sin que armado la y
a
derechos.
en
unos
de guerra, conflicto
esenciales
encarcelado
llevado
General
autorizar
integridad personal, ser
obligación contractual,
una
37 Arts
épocas
derivado
extraordinaria
ha
conjunta
de
todo.
ante
en el mundo tienen por base el recoy de los derechos iguales e inalienables humana" (Preámbulo. consid. I°). Como
libres
nuca/1
como
paz
eventualmente
derecho
derechos
sus
mln/¡rarmedidas. propósito común.
Ia Declaración
proclamar
fraternulnu'nte
comportarse
tiempos de
en
circunstancia
y
Ia Asamblea
de Ia familia
humanos
seras
de
deber
donde
la justicia y Ia paz dignidad intn'nseca
los miembros
de todos
adoptar
a
Humanos,
Derechos
“que
el que
recurso
15, y, correlativamente, de
de este 37. para la realización moral convicción y jurídica la que
miembros
plir
los
en
hecho
compelido al supremo opresión" 15. Toda persona tiene
no
social
orden
un
hacerse
puedan gobiernos
los
dos
de que el hombre contra la tiranía y la
establezca
que se libertades
a
de
“fe
su
del
nacen
fundamento los atriEstado sino que tienen como ello no impide en modo alguhumana“ 34. No obstante. la persona sean esencial que tales derechos protegidos por un régimen
de
jurídico.
sea
normas
considerar
io separudanwmc
ción
sus
de determinado
nacional
no
de
la dignidad y el valor de Ia persona dignidad que debe ser respetada con haga o no parte del derecho interno‘
en
1‘. Derechos
que existen independencia de que el legislador esenciales puesto que “los derechos
butos
INTERNACIONAL
y reafirmado
ha demostrado
del hombre.
fundamentales
humana"
DERECHO
COMPARATIVO
Complementariedad
internacional
La comunidad
derechos
ANÁLISIS
HUMANOS:
Fundamentos
Y
HUMANITARIO
INTERNACIONAL
DERECHOS
LOS
DF,
l.
Y ENSAYOS
LECCIONES
433
no
Humanos.
de
suspensión ser
sometido de
otra
vigentes a
no
esclavitud
poder
cum-
al reconocimiento
Preámbulo.
Preámbulo.
2°
considerando
Humanos. Preámbulo. considerando de los Derechos Humanos.
el
ellos
I°), ya de excep-
(art.
cualquier
ni la violación
permanentemente
por el solo hecho al debido proceso.
Unidas.
tienen
otros
el estado o
3°.
influe.
SABRINA
de
la
jurídica,
personalidad
420
de conciencia.
violación sistemática de dich0s intemacional en todo tiempo y
cia. porque
jurídico protegido
el bien
indispensable
para Ya el Estatuto
tencia
COMOTÏU
la libertad
a
3“. La
ligión) crimen
juzgar
para la
3°. Poc0s
¡948.
ya
sea
de
del Tribunal
de
sobre
la persona
es
humana‘
un
núcleo
como
la
Humanidad. Nuremberg otorgó
denominó
los que
re-
y
considerada
es
bajo cualquier circunstan-
y
a
crímenes
órgano compe-
ese
de lesa
hunmnidad
exterminación. deportación u otros actos inhumanos. cometidos población civil...), fueran éstos perpetrados anlcs a duranle la
(asesinato contra
guerra
ción del Delito en
la existencia
pensamiento
derechos
lugar.
años
de
dispuso
cometido
después, la Convención para la Prevención y la Sanadoptada por la Asamblea General de la ONU que “Las partes contratantes confirman que el genocidio. en tiempo de paz o en tiempo de es un delito de Genocidio.
guerra.
derecho
internacional a prevenir que ellas se comprometen y a sancionar" l). Cuando la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra de todos los hombres al reconocimiento de su personalidad jurídica. dice que este reconocimiento debe series "en todas partes" otorgado (conf. art. 6°), de lo que cabe inferir la voluntad de los Estados miembros (art.
el derecho
de que así de Derechos versal
sea
a
de conflicto
caso
en
el territorio
bien
slricta
3"
que
Parte
aplican
en
tanto
resolver debe
cuatro
en
la cuestión
sus
válidos
se
analiza
Americana. Americana
solamente
si los derechos de derecho
de índole
de
en
Derechos
legalidad en
como
virtud
de
tiempos
Humanos
de las medidas
en
dc
de la existencia
los tratados
de derecho
|949
internacional
Partes
tanto
de
la
y las instituciones
paz. de Ginebra
Contratantes"; humanitario. puro derecho incs. a), b). c) y d) recoge
Interamericana
"...cuando
la Convención
la Convención
determinar
los tratados
épocas de sea
el Pacto Ia Declaración Uni-
l6. Asimismo,
art.
los individuos
Convenios
las Altas
contiene
sensu.
su
en
“que no
de
una
la Comisión
Dijo
lB/l I/I997. tado
bien
sólo
los
básicos,
humanos
en
que
no
a
armado
de
lugar: igual‘disposicióncontiene
y
en
y
primer párrafo
su
manitario
beria
ideal
un
3° común
en
tiempo
y Políticos
ser
constantemente
El art.
chos
todo
en
Civiles
aspira
piren
paz
también en
Informe
su
un
conflicto
humanitario.
aplica
surja "si
derecho
o
como
55/97.
suspensión adoptadas
de
ins-
se
se
y que
obstante.
no
annado la
hudere-
tiempos
emitido
el
por un Esal cual se
no deComisión
al texto del an. 27 dela Convención Americana. Ma’s por referencia están garantiudos afectados de por tales medidas manera similar cuestión no humanitario. Si encuentra que los
aplicables derechosen pueden debería de derecho de humanitario. que suspendidos bajo estos instrumentos concluir talesmedidas tanto bajo la Convencnón Amcncasuspensión son violatorias de las obligaciones de los EslmlosIPanes. na corno bajo los respectivos tratados de derecho humanitario". 1” Arts. del Tribunal de Tokio. dc Nuremberg y 5°. Estatuto del Tribunal 6°. Estatuto
en
ser
.
I
de
30. Tales
guerra"
libertad,
la
a
tariedad
de
derechos
los
Armados"
en
de
las
ha sido resolución
(adoptada
Conflictos
los
Humanos
sostuvo
sobre
nales y el
objetivo
común
En
de
de
numerosas
de
Derechos
Humanos
Huma-
la Asamblea
Internacional
Con—
en
los Derechos
a
de
Conferencia
de Derechos
informe
su
“...a|
que derechos
de l949
de Ginebra
2444
General de
la Cruz
de Personas", y XJV, americano, en los informes
Informe
Humanos:
igual
55/l997.
emitido
el l8/I
so-
de
la situa-
de los Dere-
Derechos
instrumentos
otros
que
sobre
Situación los
la
a
complemen-
Mundial
“Derechos
“Respeto
Humanos en Argentina (|949); Nicaragua (l978); Situación de
en
Uruguay (¡978)32.
misión “
las conclusiones
en
En el ámbito
otros.
Interamericana
de los Derechos
la
internacional
“Desaparición Forzada
Il sobre
la “T0rtura") 3', entre
la Comisión
ción chos
integridad corporal, legal.
y derecho
sobre
resolución XXI
([969);
la
convencional.
la Conferencia
en
XXIII,
el l2/6/l969);
Armados".
Unidas
Naciones
Roja (resolución bre
subrayada así.
internacionales, de Teherán.
Humanos
nos
a
proceso
humanitario
internacional
humanos,
conferencias
la vida.
a
y al debido por vía
reconocimiento
su
derecho
entre
flictos
el derecho
son:
dignidad personal
Además
en
Y ENSAYOS
LECCIONES
430
Humanos la Co-
l/l997.
universales
y
regio-
Americana humanos, la Convención y los Convenios no comparten un núcleo común de derechos suspendibles de proteger la integridad física y la dignidad del ser
interrelación entre los derechos humanos y que “...Ia estrecha humanitario también sustenta la competencia que posee la y el derecho Comisión el derebajo el art. 29.b) para aplicar. cuando resulte relevante. cho humanitario...".
humano...”.
Puede
internacional
y diferentes de humanidad
persiguen
“'
nro.
dc Mexico. ‘l
derechos num
Sl;PL‘L\ EUA. humanos
de los derechos -‘-‘
uno
a
cl continente
la
dignidad
internacional
cl derecho
entre
Tnmmoc.
humanos". Humanos.
Idem.
sen'e.
Exludinx
José.
Costa
año
el derecho
entre
El
americano.
Antonio cn
San
1987. p. 587. correlaciones
nueva
papel l7,
nro,
A.. "Derecho
experiulinulux Rica.
1996.
humanita-
diferentes
básiconsideraciones y doctrinarias, ordenamientos y a otro" 33. Ambos
protección de
la
"vinculaciones
Cesar.
Cumpurmln.
CANrAtx)
dc Derechos
finalidad:
mayo-agosto Cesar. "Las
en
dc Dem-Im H
subyacentes
y de los dere-
humanitario,
a los refugiados". cn Bulclín Mexican" (le Dcm‘lm protección internacional 5‘). publicacion del Instituto dc Investigaciones Jurídicas de la Universidad
y Ia
XIX.
históricas
fuentes son
idéntica
una
Slzl'l'lNl-JM.
humanos año
tonoma
internacional que “si bien el derecho de los derechos tienen humanos,
entonces.
verse.
rio y el derecho
orígenes cas
de los
5|.
internacional
de dem‘lmx p. 9|.
internacional
humanitario
organismos regionales", en septiembre-diciembre I984. humanitario Itmnmmx
y derecho
I. Instituto
los
derechos
Cmupurudu. Nacional
Au-
y cl dc
Bulelíu
los
Mexi-
ps. 9| l-9l2. internacional Interamericano
SABRINA
chos
fundamentales
el otro,
2. Fuentes
fuentes de
todo
tiempo
son
los
lugar;
y
de las
del
derecho
se
me'todos
de
comunes
que la convicción
con
comportan
de que
prácticas Edad
asumían
durante
de
actuar son
de
el transcur-
modo
ese
era
obli-
su
origen relativamente
re-
Moderna
que los enfermos y heridos dignos de asistencia y que los beligefrecuencia de un modo humanitario respecto de tales otras los prisionecategorías de individuos —como
considerados
ser
los Estados
repetidas
y
ouerras.
del derecho
gación jurídica. Algunas de estas no es sino a panir de la a
internacional
de verificación de su existencia 34. al describir su desenvolvimiento histórico. la internacional fue la costumbre. El desurgió y evolucionó. en un principio, a través de aquellas
ha señalado
creadora
ciente:
comienzan rantes
en
jun’dica y
norma se
ya
fuente
humanitario
prácticas so
formales
una
Como
primera
43l
uno.
formales
Las
creación
recho
COMOT'TO
de las personas humanas, annado.
épocas de conflicto
en
con
como
Sin embargo. personas. ros de guerra vencidos o rendidos—, y los combatientes empiezan a recibir un trato especial desde los albores de la Edad Media. cuando los preceptos del Cristianismo ses
del
gos
en
tienden de
norte su
a
en
rales
que los Estados tuación de conflicto tos
las técnicas
en
que la guerra tales acuerdos cos
o
hostil"
sus
se
época,
en
nebra
del derecho »‘-'
JS
PuucsrA.
Conf.
enemigos,
y
¡943, p. 337.
L. A.
armado
internacional -
Com
Rqu.
paí-
plazo
un
en
la Anti-
y los en
grie-
relación
la guerra.
a plasmarse, paulatinamenprácticas comienzan su inmensa bilatemayoría, de convenciones celebraban con el objeto de responder a una si-
fenómeno
RUIz MORENO. Isidoro.
“los
enemi-
les daba 35. Aun
los hindúes
en
actual
o
armamentistas un
de
esta
en
los comerciantes
a
egipcios,
que
inminente.
Pero
los continuos
adelan-
convicción todo. la creciente y. sobre hicieron necesitaba ser humanizado,
fueran paulatinamente reemplazados por bilaterales a regir un número. de enfrentamientos plurilaterales. destinadas los Convenios Es así como surgen principio indeterrninados. de |864-l929, que constituyen los primeros pasos hacia la
ciones
ción
era
los
respecto
de hacer
parte
Ya
respetar del territorio
ellos.
deferencias
estas
Se trataba.
tratados.
en
—entre
y medios
En el Medioevo te.
la guerra.
bajo reciprocidad.
y retirarse
ciertas
tuvieron gos— los métodos
a
bienes,
sus
asuntos
sus
humanizar
acostumbraron
Europa
persona'y
liquidar
para
güedad algunos pueblos
de que
conven-
béli-
de Glcodifica-
humanitario. José Dertclm
M.. cit._t. l. pl l2. inltnmcinlml públic". Juan
.
Castagnola.
Buenos
Aires.
Y ENSAYOS
LECCIONES
432
de ordenamiento tuvo su y sistematización proceso otra serie de Convenios del siglo XX. cuando mediados
Este
hito
a
El fin tenido
Ginebra.
1949
el contenido
tutela
intemacional.
caracter
de
‘
las partes
surja
y que
las
en
conflicto
un
de
con
puestas
en
a
los heridos
a
armadas
3° común
tendrá
que armado
Convenio,
de
heridos
Los
(idem).
serán,
en
todas
las circunstancias.
el homicidio.
como
la toma
a
reconoce
normativa
La
de
los
derecho y es, por lo tanto, los mismos. No obstante, en
venios
¡977. cuando ¡949.
de
estándares víctimas
mismos dedicó
a
de
a
ampliar
se
tal
del de-
mencionadas, el
lugar
en que y asistidos Interna-
recogidos
el Comité
como
se
aprobaron
armados
protección
halla
actualmente
convencional
para sufrió de Ginebra” Protocolos
dos
l,
a
fin de
internacionales nacional.
adicionales
a
la
incluir
afectadas
le
en
los Con-
y elevar
l'o_s
los Estados
anteriores, e
El Protocolo
de las personas
parte
importante
otro
reafirmar reforzar
ser-
se
vigente
los Estados
de por la voluntad definidOs en instrumentos
de liberación la
Convenios
el “Derecho
el Protocolo
conflictos
las luchas
cuatros
positivo
Movidos
de humanidad
participantes adoptaron
se
imparcial.
trata-
de rehenes,
normas
Roja. gozará del derecho de iniciativa para ofrecer sus las partes en conflicto; además del derecho que universalmente asistencia. libremente a las víctimas para acceder y brindarles
de la Cruz
vicios
las
serán
y enfermos
2). Un organismo humanitario
cional
avance
(conf.
en las hosque no participen directamente de las fuerzas armadas que hayan depuesto fuera de combate herida. por enfermedad.
contra
cometan
los cada
internacional
Contratantes
proceso,
(apan.
de
señala
aplicar
de índole
sea
Partes
la dignidad personal y la violación de las arriba perpetrados en perjuicio de las personas quedan prohibidos y son ilícitos cualquiera sea el tiempo y
se
que
armado
los mismos
a
obligación
la
que no de las Altas
o por cualquier otra causa humanidad" (apart. I). Actos
los atentados
bido
en-
y
que brinda amparo en el mar; el Ill
y el IV
de enfrentamiento
caso
el art.
una
“las personas los miembros
y las personas
armas
aplican
de humanidad
púrr. l"). En tal caso. incluidos tilidades. detención das
se
el territorio
en
en
de
que definen, en gran de los conflictos ar-
tratados,
internacional
los
histórica
e
la Conferencia
en
proteger campaña; el ll Convenio.
No obstante.
mínimos
estándares
participantes
destinado
humani-
jurídica
realidad
cuatro
con
derecho
segundo gran se adoptó en
la normativa
mejorar
civil.
Convenios
cuatro
y
nueva
náufragos de las fuerzas prisioneros de guerra;
y a
protege
que
población
Ia
a
Los
una
armadas
enfermos
los heridos.
Convenio
la
a
cumplir
a
de Ginebra.
de las fuerzas
fermos a
ampliar
Estados
moderno
del
el l Convenio
mados:
fue
Los
comprometieron
se
pane.
miras
de adecuarla
la posguerra.
de
resultante
en
además
existente.
taria
protección de de
dentro
II. por por
su
los
parte‘
conflictos
SABRINA
armados
internos.
venios
de
COMOTTO
así el
complementando
El proceso marcha. Desde
de codificación
del "Derecho
que los Estados que “los beligerantes no tienen de los medios de perjudicar al
o
deletéreos:
la Convención
de La
los
a
Con-
cuatro
parte en la Convención derecho ilimitado en
¡972
de
también
Haya" de
un
enemigo". en tal amplias las restricciones |925. que prohibió el empleo de gases
I907
sentido:
está
en
declararon
a la elección han hecho cada
cuanto
tratados
numerosos
más
vez
433 3° común
art.
Ginebra.
el Protocolo
de Ginebra
de
líquidos asfixiantes. envenenados la prohibición del desarrollo.
y
sobre
la
producción y el almacenamiento de armas bacteriológicasy sobre su destrucción: la Convención de Ginebra de ¡977 sobre la prohibición de utilización de técnicas de modificación ambiental con fines militares u otros fines hostiles; la Convención de las Naciones Unidas de l980 sobre ciertas armas la Convención convencionales; de |993 sobre la prohibición del desarrollo, producción, almacenamiento
Convención
de
destrucción.
etc.
La
I997
comunidad
armados hacer venios
existente
de
uso
y
sobre
la
entre
químicas
armas
prohibición
la
internacional
interdependencia
de
ha reparado. protección de
las
y
minas
destrucción:
su
antipersonal
asimismo.
en
las víctimas
la su
y
la necesaria
de los conflictos
a la libertad de escoger los medios y la restricciones de y métodos la guerra. Es por ello que el Protocolo l Adicional a los cuatro Conde Ginebra de l949. ha reafirmado. en su art. 35. párr. l". el princide La Haya. al disponer que “en todo conflicto armado. el dere-
pio general
cho de las partes no es ilimitado".
en
La costumbre
doras
conflicto y los
del derecho
a
los métodos
elegir
tratados
de
derechos
y medios
internacionales
internacional
sobre
disposiciones
los
son
derechos
humanos
de hacerla
también
humanos.
guerra
fuentes
Muchas
crea-
de
las
reconocidas hoy se encuentran en convenciones escritas, aparecieron primero en forma de practicas estatales concordantes con las que la repetición y el anima: confirieron el status de normas Con respecto a los tratados, los más imjurídicas internacionales. nivel universal han sido los a portantes adoptados bajo auspicios de la Orde Derechos Unidas. así el Pacto Internacional ganización de las Naciones y Políticos
Civiles
y el de
(¡966). Asimismo. vada la
a
cabo
con
cabe el
Organización de
en
l969,
da
como
adoptó.
los
Pacto en
|950,
de San
de
Estados
los
sobre
de Costa
la Convención
Sociales
y Culturales Ile-
la importante labor de codificación organismos regionales. Tal es el caso
Americanos.
Americana José
Económicos.
Derechos
mencionar
impulso
la Convención
que
cuyos Derechos
miembros
del
Consejo
Rica;
Europea
de
o
Derechos
de
suscribieron.
Humanos.
mas
de
Humanos.
conoc1-
Europa,que
las
Tanto
principales
estas
sin
normas
ya que tercer
un
en
tratado
un
de
consentimiento
su
llegue
no
(conf.
enfrentamiento
un
34. Convención
art.
impide “que
una
norma
Estado
para un tercer reconocida
internacional
durante
causar,
no
obligatoria
ser
a
de derecho
consuetudinaria
El deber
de los Tratados).
el Derecho
sobre
ciada
“han
independiente
convenios
tos
para Viena
de los de-
y demás el hecho
humanitario. título
posible
internacional
Estado
nacional cuentren
el derecho
las fundamentales
como
fiere
un
sobre
normas
disposiciones sobre derecho interlogrado un carácter consuetudinario que les cony separado de vigencia. aunque luego se enen subsecuente distiny repetitivamente codificadas instrumentos jurídicos" 36. Ello es jurídicamente no cree de que un tratado obligaciones ni derechos
humanos
rechos
ma
Y ENSAYOS
LECCIONES
434
de enun-
como
nor-
tal” (art.
como
males
armado.
38). a
mayores
conseguir el objetivo militar perseguido con cada de los gobiernos de respetar los derechos huque se encuentren bajo su territorio e impea los mismos, son ejemplos de flagrantes y sistemáticas
aquellos indispensables así
como
básicos
de
maniobra. manos
dir
violaciones
intemacionales
normas ‘
llegado
a
de “los
Estatuto
efectos
en
tinción
con
de
las otras
por
cuanto
-‘“
de la guerra [sic] del derecho
aplicándose en
del derecho
ratificado
la
de derecho
amenaza
0
las
que
panc los
inlransgrcdiblcs 3*
internacional
del art.
también
surten
ello sin ninguna público" 33.
cn
el
uso
son
sino
internacional.
unnas
sus
dis-
crear
abstraa'iones Su
importancia
de los que
sur-
jurídicas,
normas
la determinación
para
de
de la CIJ). Ello es asi derivadas de normas radica
en
que
penni-
n
su
0C
del 8/7/l996.
en
relación
a
si resulta
o
no
nucleares cn
instrumentos. convencionales
del derecho
SWINARSKI. Ch..
dc
contenidas
normas
dichos
instrumentos
pueden
auxiliares
38, l d] del Estatuto
art. no
diferencia
—a no
"medios
(conf.
principios
estos
General).
los Estados
internacional
de los Estadoscomo
de derecho"
S\\’INARSKI. CIL. I’I'rm'ipule.\'....cil.. p. I7. de Justicia cn Dijo la Corte Internacional
‘7
legitima
de
el sentido
en
informantes
preexistentes
blea
(le derecha, de Justicia,
ramas
principios
reglas
virtud
en
pero que han la costumbre
tratados,
en
Estados
generales
Internacional
interno gen del derecho sino tan sólo utilizarse las
reconocidas
terceros
principios
la Corte
el derecho
3‘ Principios Los
hallan
se
para
37.
Respecto del
que
obligatorias
ser
internacional 38
para el deber
las personas
internacional
Prinr'ipulex. cit..
(emitida a solicitud de la Asampor paflc dc un Estado los Convenios de La Haya y de Ginebra. no sólo rigen pam imponen además a todos los Estados. hayan o no
sino que
que las cnnliencn. consuetudinario".
p. l7.
porque
ellas
constituyen principios
SABRINA
inferir
ten
de
los preceptos
diferentes
sus
Derecho rechos
internacional
humanos
preceptos
prohibición
—
y de
rehenes.
las
etc.—
Dice
a
6°. Pacto
de Derechos
inherente
es
o
de la
sobre
armadas
asesinadas Convenio información
de sonsacarles
nios. por su les. Ia tortura El
parte.
llo y estímulo ” 4“
y otros
no
(art.
armados.
protección
a
l que
derecho
es-
arbitrariamende Ginebra su
protec-
El Primer
los heridos
el derecho consagra de experimentos
art.
respeto
a
la
Conve-
y enfermos
de estas
de a
personas
no
(arts. l2-I3); lo propio prisioneros de guerra, quienes no coerción de ninguna especie con el fin
de los a
l7)
4|.
El
3 común
art.
dimana,
señala
l.3
como
los
a
humanos
un
de los
a
y
Conve-
cuatro
los tratos
crue-
lado, de la Carta
por uno
cooperación internacional
los derechos
las
propósitos
de
de la
el desarro-
(.._.)en
libertades
funda-
intemacional...". cil.. p. 92. CANCADO TniNiiAuE, A. A.. “Derecho la Toran. contra de Derechos Civiles 5“. Convención 7°. Pacto Internacional y Politicos; Americana sobre Derechos o Degmdaiites: Convencmn Iniiunianos o Penas Crueles. Tratos
Art.
etc. _
"
inc.
su
Este
de la vida
cuatro Convenios las cuales extiende
de los conflictos
objeto
discriminación
cuyo
de “realizar
del
a
las mutilaciones, prohibidas suplicios“ (apart. l, a]).
Unidas.
Organización el
Humanos:
los
en
humana.
privado a
declara
y los de
principio
las Naciones
lum
u
respecto
ni sometidos
torturados
y Politicos
la persona ser
derechos
campaña.
en
el Tercer ser
los atributos
El
¡949. al otorgar
de
torturadas,
deben
a
la cual, además de estar contenida en numehumanos ‘0. es parte integrante de la re-
degradantes,
instrumentos
hace
y mental,
de la
integridad corporal. especialmente (le la principio de iiiviolabili'dad crueprescripción de la tortura. y de los tratos
formas...".
sus
asimismo
surge
les. inhumanos
nio de Ginebra
ser
física
Civiles a
podrá 3 común
de las personas la vida y la contra
gulación jurídica internacional las fuerzas
ViLLACiiias
dt
Iii Ai'udeniia
ps.
92-93.
y
como
i'nviolahi'li'dad
discrinii'nación. y el de seguridad de la perrepresalias y penas colectivas. inviolabilidad de los judiciales básicas. prohibición de la toma de
de
ción "a) los atentados el homicidio en todas
rosos
integridad
ha señalado
Pictet
el de
de los de-
garantias
la vida
art.
prohíbe. respecto
persona
Jean
ordenamientos la
a
protegido por la ley. Nadie el art. Concordantemente, I949
jurídico
orden
internacional
3".
el
El derecho
"l. tará te". de
dos
estos
a a
sona
de dicho
y derecho
algunos principios.
comparten
comunes
derechos
435
informantes
humanitario
la vida. —respeto personalidad—, el de no
persona de la
COMOTTO
nociones
o
ramas.
de
Moscoso. Ciencias
Jorge, W.. “El PuII'Ii'riLi
derecho
nuevo
_\' Savia/ex.
nm.
90.
l
internacional
Caracas-Mexico.
_
I
l
u
en
humanitario. octubre-dic":th
[lu/eli" I932.
de
religión"
41. Este
miento secas
derechos
por
humanos
seres
ningún prejuicio
ni
de raza,
motivos
idioma
sexo,
iguales
o
amenazadas
autoriza
de discriminatorios.
directamente
aquellos Así, dice
el
diferencia
también en
personas. por
un
busca
particular,
conflicto
ordena-
armado,
de
proteger
aquellas tampoco
los que este
que tengan el carácter que “las personas que no parseran, en todas las circunstan-
desigualitarios
tratos
3° común
art.
las hostilidades
en
y una extrínseca
humanitario
de las
e
afectadas
o
interna—
igualdad intrínpuede menosca-
dignidad
una
ninguna
internacional
el derecho esenciales
hallan
ordenamiento
ticipen
los
en
reconocer
que Como
bar.
distinción
hacer
impregna en realidad toda la normativa precepto de dicho derechos humanos. ya que es de la esencia
sobre
cional
sin
todos.
mentales
se
Y ENSAYOS
LECCIONES
436
t...)
sin distinción humanidad. alguna de índole desfavorable el sexo. el nacimiento el color. la religión o la creencia, cualquier otro criterio análogo" (apart. l). la seguridad de lu perxonu emana de una serie de garanFinalmente, tutelar debidamente los derechos bátías consideradas indispensables para tales como las que exigen un proceso de lodo sicos individuo. judicial o sustanciado en "administrativo legal forma y sin irregularidades que puedan al mismo. Estas prescripen poner peligro la integridad del sujeto sometido como conseciones implican, igualmente. que las penas que se administren tratadas
cias,
basada
o
en
con
la
la fortuna
raza,
o
serlo de conformidad con de todo proceso también deban ciertas norde derecho como las que prohíben las penas colectivas, internacional. la pena de muerte con los políticos, la pripor delitos políticos o conexos sión por deudas, los castigos en forma de sufrimientos corporales, el trabajo etc. El Pacto Internacional de Derechos conCiviles forzado, y Políticos
cuencia mas
tiene
numerosas este disposiciones de las que puede abstraerse principio seguridad de la persona, en especial, en su art. 9°, que enuncia expresatiene derecho a la seguridad que: “Todo individuo y a la libertad a detención Nadie o prisión arbitraria. personales. Nadie podrá ser sometido podrá ser privado de su libertad. salvo por las causas fijadas por ley y con en ésta." (inc. l). En el ámbito del arreglo al procedimiento establecido derecho internacional humanitario otros— los arts. pueden citarse —entre 82 y ss. del Tercer Convenio de Ginebra la potestad de de l949, que limitan las aplicar sanciones disciplinarias a los prisioneros de guerra y establecen de legalidad que deberán observarse la conducción de en pautas mínimas
de
mente
llevados
los procesos mento.
por
41
su
contra
dichas
instruEl art. ¡02 del mismo personas. de muerte. de ejecutar una sentencia
pane “restringela facultad
Concordanteniente.
ver
también
ans.
13. b). 55. c). 76. c).
SABRINA
sólo
la que
fielmente ción y armadas
tiene
podrá aplicar
se
observadas
según de
si las
COMOTTO
437
internacional enuncia
ante
nas
halla
en
detención
motivo).
debe
¡864. que
de
ejércitos
de los en
no
los
cio'n
combatientes
entre
44. Los
hibición
su
de
entre
dirigir
parte.
fue
Petersburgo deben
las
l868.
fueron
civil
lu
que
se
herida,
de los heridos
suerte
principio del
los
estado
primeros
y
sólo
de que Ia anormal en
el único la guerra
es
enfur-
y
población que
reconocer
militares.
no
vez
incluyendo
las personas. de necesidad
contra
45. El precepto
primera
por
donde:
durante
proponerse
o
o
del
se ha conveniallí, este enunciado internacional humanitario.
el
fuera
objetivos militares operaciones no
contemplado
de
huma-
armado
enfermedad,
por
e‘Stos últimos debían y no combatientes: Adicionales de l977 han reafirmado este
de carácter
los bienes
contra
aliviar derecho
camino
hindúes
Protocolos
diferenciación
del
afectada
antiguos
sea
cualquier otro Medioevo, la regla de jurídico-convencional a la Conferencia
propuso
abre
se
directamente
comporta: tados
se
imixima
XVlll
siglo
ser
y solidaridad
conflicto
un
(ya
cristiana
cuinpuña. Desde
cn
verdadera
una
En el
fraternidad de
discapacidad. rendición.
la doctrina
en
al propios y exclusivos el de humanidad. Dicho
como
cardinal de
por causa al mismo
debe
de Ginebra do
resulta
permanente
orígenes su primera fuente
Con
humanidad Inns
humanitario. deber
un
el prójimo que padece particular riesgo frente o prisión, embarazo,
sido
dictada por la misma jurisdicaplicaría en el caso de las fuerzas poder" 4}. Prescripciones análogas conse
que
la pane que detenta el 3° común en su apart. l. inc. d). de los principios considerados
el art.
precepto
han
ha sido
procedimiento
Respecto derecho
de la Convención
disposiciones
y si la sentencia
el mismo
en
sino
la debilitación
respedeber de una
protambién por San
de
los Estados
de las fuenas
fuera
ser
militar.
la Declaración
objetivo legítimo que
suficiente
civil
la guerra tal distin-
milita-
de combate
al poner enemigo Estrechamente número ligado al criterio de mayor posible de hombres". el cual en el necesidad militar. se halla el de proporcionalidad. conforme planeamiento de toda maniobra debe contemplarse una apropiada relación res
del
(...)
el de equilibrio entre ataque pueda acarrear. sufrimientos excesivos
43
de
l949.
Conf.
4‘
Consult.
45
Conf.
VIuAcnu
efecto.
fin be'lico Por
es
perseguido
y los daños
colaterales
último, la prohibición de males
innecesarias,
a
Moscmo,
Motlülo. 48. Protocolo
Ruiz arts.
este
a
enuncia
que
no
es
cit.. p. 93. nuevo derecho...". inlemucimuil.... cit.. ps. 335-338. a los cuatro ll. adicionales
que
J. W.. "El
l.. Derecha
I. y IJ. Protocolo
el
supeifluas _v/o el empleo
lícito
I
Convenlos
_
de Ginebra
afectados
hombres
los
el sufrimienque agravarían inútilmente o que harían su muerte las hostilidades.
combate
de
metodos
o
armas
de
to
Y ENSAYOS
LECCIONES
433
de
por
4°.
inevitable
V. CONCLUSIONES
La soberanía
tiende
su
a menguar extienden
dibles
o
pósito
conducentes
desde
e
afectadas
a
patrimonio chos‘
las
establecidos
—a
histórico
su
armado
de los conflictos
fundamentales:
las perso-
que
de ciertos derechos iguales seguridad personales. al debido su para supervivencia, al
y apto
y que. a fin de preservar naturaleza no de gozan
de esta
común.
internacional
gomn y
saludable etc.—.
a que el individual
interés
internacional
principios
a
Así, el pro-
ha llevado
del
regulación
de
que proce-
reglas imprescin-
de soberanía
servicio
integridad
y cultural, conflicto
un
en
partes
a
ambiente
Este ciertas
como
las Naciones.
entre
en
objeto
—derecho
dos
vida,
su
medio
un
medida
a
internacional
sujeción a
su
calificar
instrumento
un
usada
tomaron
enfrentamiento
un
por
inalienables
proceso,
ser ser
derecho
de los Estados.
en
internacionales
seguridad
se
homónimo
el derecho
que
armados— dejó nas
y la
que sólo annados
conflictos
convivencia
Ia buena
de pasara debe
armada
herramienta
una
Los
‘
a
la paz
de mantener
de la fuerza
uso a
del sí
estatal, pero convienen
de derecho
gravitación
de
campo
reservado"
significa la supresión del poder que los propios Estados
no
regulación
la
al “dominio
confiados
antes
aspectos so
jurídicas
normas
nuevas
tales
dere-
libertad
una
en cuanto a la elección de los medios de combate. y métodos humana‘ sujeto del actual derecho internacionalt persona goza de La complemenatención y protección en el plano internacional.
ilimitada La
progresiva tariedad
existente
entre
derechos
de los
individuos
cleo
los
dos
aplicación
también
irreductible
ordenamientos
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439
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