ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY PARA AUTORIZAR AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA DESARROLLAR, S

17 downloads 52 Views 120KB Size

Recommend Stories


ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 2, DE LA LEY DE EMISIÓN DE SELLOS DE NAVIDAD PARA LA CIUDAD

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 107, 134, 171 y 186 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EXT

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA PROYECTO DE LEY LEY DEL SALARIO MÍNIMO VITAL REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 177 DEL CÓDIGO DE TRABAJO,

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS
8114 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y EFICIENCIA TRIBUTARIAS CAPÍTULO I MODIFICACIÓN DE LA CARGA

LEY 7531 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA DECRETA:
LEY 7531 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIO

Story Transcript

ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

PROYECTO DE LEY

LEY PARA AUTORIZAR AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA DESARROLLAR, SUPERVISAR Y CONSTRUIR OBRA PÚBLICA EN EL CORREDOR VIAL NARANJO-FLORENCIA

VARIOS SEÑORES DIPUTADOS Y SEÑORAS DIPUTADAS

EXPEDIENTE N.º 19.958

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

PROYECTO DE LEY LEY PARA AUTORIZAR AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA DESARROLLAR, SUPERVISAR Y CONSTRUIR OBRA PÚBLICA EN EL CORREDOR VIAL NARANJO FLORENCIA Expediente N.º 19.958 ASAMBLEA LEGISLATIVA: La construcción de una vía que conecte de manera directa a San José con San Carlos ha sido una necesidad reconocida por décadas, muestra clara de esto es la Ley N.º 4476, “Construcción de una Carretera de Primer Orden Entre Ciudad Quesada y Ruta Número 3 (Interamericana Norte)”, que fue aprobada desde diciembre de 1969, como una iniciativa del entonces diputado Lindbergh Quesada Álvarez, y en cuyo texto original se leía: Artículo 1.Incorporase en los programas del Ministerio de Transportes “Plan Vial”, la construcción de una carretera de primer orden entre Ciudad Quesada y la Ruta Número 3 (Interamericana Norte). Ya en esa época, el Gobierno buscaba financiamiento para este proyecto, tal y como se observa en el oficio enviado al presidente del Banco Centroamericano de Desarrollo en junio de 1969, del cual extraemos: “A priori esta vía es de gran importancia dentro del desarrollo del transporte en Centroamérica ya que habilitará zonas de gran potencial agrícola en la cuenca del Río San Juan. En Costa Rica, la ruta Naranjo-San Carlos-Los Chiles habilitará zonas que ya están en pleno desarrollo y que por sí solas justifican una carretera”. El 7 de diciembre de 2001, se publicó el Decreto Ejecutivo N.º 30101 que indica: “Se declara de interés nacional y de interés público el proyecto de construcción de la nueva carretera que comunica Florencia de San Carlos con Naranjo” y en mayo de 2002 la Contraloría General de la República (CGR), mediante Oficio N.° 5091 autoriza al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) la contratación directa de la Sección I, correspondiente al proyecto de obra pública denominado “Carretera Naranjo-San Carlos: Sección NaranjoFlorencia”, con la empresa RSEA Engineering Corporation, de la República de China (Taiwán), por un monto de US$35.000.000.00. Esta contratación se dio producto de negociaciones que se venían dando desde 1995 y en la cual se contemplaba una donación por un monto de US$15.000.000.00, bajo el esquema “Llave en mano”, para lo cual ambos gobiernos firmaron un acuerdo de donación en el que se determina que esta operaría una vez que se ejecutara la primera parte del proyecto -la denominada

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-2-

EXP. N.º 19.958

Sección I-, condicionando igualmente el acuerdo a que la prestación debía ser ejecutada por una empresa con origen en la República de China. El refrendo del respectivo contrato se dio hasta junio de 2005. En el año 2008 a partir de la ruptura de relaciones diplomáticas entre Costa Rica y Taiwán, la administración contratante valora y propone la cesión del contrato a favor de la empresa Constructora Sánchez Carvajal S.A., a quien reconoce como una empresa idónea para asumir la continuidad del contrato de obra. Esta cesión fue autorizada por la Contraloría General de la República, según oficio N.º 10094 (DCA-3029), de 29 de setiembre de 2008. En marzo de 2011, la Contraloría General de la República concede autorización para variar el objeto, precio y plazo del contrato de obra “Construcción de la nueva carretera San Carlos, Sección Sifón – Ciudad Quesada (La Abundancia)”, solicitud planteada por el MOPT y el Conavi, al amparo del artículo 12 de la Ley de Contratación Administrativa y 200 de su reglamento, quedando de la siguiente manera: CONCEPTO

MONTO

Monto contrato original Variaciones autorizadas a la fecha (1) Monto adenda N.º 2

$ 61.049.657,00 $ 6.784.958,00 $ 77.558.295,00

Total

$145.392.910,00

En julio de 2014, y ante cambios relevantes en el diseño del proyecto, la Contraloría General de la Republica aprueba las adendas N.º 6 y N.º 7 del contrato suscrito entre el Consejo Nacional de Vialidad y la empresa Constructora Sánchez Carvajal S.A, para la “Construcción de la nueva carretera San Carlos, Sección Sifón-Ciudad Quesada (La Abundancia)”, por un monto de $43,449,446, 95 (cuarenta y tres millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis dólares con noventa y cinco centavos. Es clara la importancia de este proyecto, que se ha venido gestionando por más de 50 años y cuyo proceso de construcción se ha extendido por más de 20 años. Este proyecto se inició sin que existieran los estudios técnicos requeridos y a la fecha aún persisten algunas condiciones que dificultan la conclusión del proyecto y que requieren de una asesoría especializada, también se han dado problemas en los procesos de contratación de la supervisión del proyecto, siendo este tema de suma relevancia, pero que no ha sido posible solucionar por los medios ordinarios, dado que los diferentes procesos de contratación no han fructificado. _______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-3-

EXP. N.º 19.958

En este momento, en que la carretera está construida en más de un setenta por ciento (70%) y que cada vez se hace más necesaria la ruta, la administración se enfrenta a problemas que deben ser subsanados a la mayor brevedad para poder concluir la carretera Naranjo-Florencia y finalizarla en el menor plazo posible, tal como lo menciona el Conavi a la Contraloría General de la República en su Informe Técnico DO-I-SSC-10-307 “Por otro lado, existen problemas con la estabilidad de los taludes, ya que, para los taludes originales de diseño para la sección típica a dos carriles, los ángulos finales de reposo de los terrenos intervenidos no están acorde con las características físicas de los suelos de la zona. En varios de los movimientos de tierra realizados se observa la existencia de suelos con baja calidad, que, ante la presencia de aguas, su resistencia al corte se ve considerablemente disminuida por lo que se vuelven bastante inestable y sujeto a periódicos deslizamientos. Al respecto resulta importante recordar y destacar que por las características del corredor del Proyecto, el invierno está presente en él prácticamente durante casi nueve meses al año./ Con el avance en la construcción también se detectaron obras que son necesarias de construir, como lo son los pasos a desnivel entre la ruta principal y los caminos cantonales de la zona que son interceptados, pasos que no fueron incluidos dentro del diseño original del Proyecto./Adicionalmente, durante la construcción se corroboró que el trazado original propuesto de la línea centro invade, para ciertos casos, zonas de humedales y de fallas geológicas que son difíciles y costosas de corregir, por lo que lo más conveniente y apropiado es establecer un nuevo trazado para dichos casos, que si bien es cierto es bastante cercano al que se debe de abandonar, ha requerido que se determine el mejor sitio de ubicación para no tener este tipo de problemas durante la construcción y en el futuro (…).” Es en esta tesitura en que el Concejo Nacional de Vialidad decide solicitar la colaboración del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), para, basados en sus áreas de experiencia, poder solventar parte de las necesidades de la carretera a San Carlos, mediante la firma de un convenio entre instituciones públicas. La decisión del Conavi se toma por la observación de las áreas de especialización del Instituto Costarricense de Electricidad, ya que el instituto cuenta con las habilidades técnicas para dar soporte a otras instituciones públicas en las áreas de desarrollo, planificación, administración, logística y construcción de obra pública, así como la experiencia de más de 60 años, que mediante la construcción de grandes obras ha desarrollado, agregando su experiencia en obras conexas como edificios, carreteras, túneles, taludes y sistemas hidráulicos y de tuberías. También es reconocida la experiencia del ICE en temas de gestión ambiental, experiencia que sería de mucha ayuda en el proyecto NaranjoFlorencia. _______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-4-

EXP. N.º 19.958

La contratación del ICE se concretó como supervisor de la vía que unirá Sifón de San Ramón con La Abundancia de San Carlos, en octubre de 2015, por un monto de ¢2.131 millones por 21 meses de servicio. Sobre esta contratación se pronunció la Contraloría General de la República, según Oficio N.º 01652, de 3 de febrero, en el cual indica que el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) no puede seguir supervisando la construcción de la carretera a San Carlos porque legalmente no está autorizado para hacerlo y ordena al Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) tomar las medidas necesarias para “ajustar a derecho la situación planteada”. En el mismo sentido se pronunció la Procuraduría General de la República al indicar que la competencia del ICE es definida en la Ley N.º 8660, en el artículo 6, en donde queda claro que, hasta la fecha, el ICE no podría brindar el servicio pactado con el Conavi. Sobre este tema, tanto la CGR como la PGR han sido claras en que si bien es cierto no existe una norma que autorice a desarrollar, supervisar y construir obra pública que requieran otras instituciones que no están directamente relacionadas con los servicios que presta el ICE, existe la posibilidad de que el legislador amplíe el ámbito de acción del ICE mediante una reforma de ley, por ejemplo, que le permita dar la viabilidad jurídica que actualmente se estima que no tiene o una autorización legal expresa. El proyecto Naranjo-Florencia es un proyecto de gran trascendencia para el país, por las implicaciones que tiene para el desarrollo conjunto del corredor del Caribe Norte, en el cual se tienen cifrados importantes cambios. El desarrollo del corredor Norte-Norte permitirá unir directamente los sectores productivos del norte de nuestro país, a saber, San Carlos, Upala, Guatuso, Los Chiles y desde luego Pococí y Sarapiquí, que en conjunto con el proyecto vial Chilamate-Vuelta de Kooper, el mejoramiento de la ruta nacional N.° 4 y la ampliación de la ruta nacional N.° 32, serán de gran beneficio para el sector productivo nacional, además de un gran alivio en los problemas de vialidad de las rutas 1 y 3, al establecerse estas nuevas como rutas adicionales. Es por todo lo anteriormente expuesto y por la necesidad inmediata de contar con colaboración técnica de alto nivel, que se presenta este proyecto de ley con la finalidad de brindar al Instituto Costarricense de Electricidad una autorización específica, para que pueda brindar al Ministerio de Obras Públicas y al Conavi los servicios necesarios para la conclusión del corredor vial NaranjoFlorencia, entendiéndose por el mismo el corredor central Sifón-La Abundancia, La Punta Norte, La Abundancia Florencia y la Punta Sur Sifón-Naranjo. Esto partiendo de la imperiosa necesidad de terminar el proyecto vial, de que existe una declaratoria de interés nacional y de que el ICE cuenta con los elementos necesarios para contribuir en este proyecto país. _______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-5-

EXP. N.º 19.958

Ha sido enfática la Sala Constitucional en señalar que “las administraciones públicas son organizaciones colectivas de carácter y vocación servicial que deben atender de modo eficiente y eficaz las necesidades y requerimientos de la comunidad general. Así, el estado debe procurar la pronta satisfacción del interés general sin retardar la prestación eficiente y eficaz de los servicios públicos (…)”. Es de suma importancia la colaboración del ICE, dado que es una institución emblemática, que cuenta con sobrada capacidad técnica y experticia en las tareas que son de urgencia requeridas por el Estado costarricense y para el corredor vial Naranjo-Florencia, específicamente.

_______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-6-

EXP. N.º 19.958

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: LEY PARA AUTORIZAR AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD PARA DESARROLLAR, SUPERVISAR Y CONSTRUIR OBRA PÚBLICA EN EL CORREDOR VIAL NARANJO FLORENCIA

ARTÍCULO 1.Autorizar al ICE para que participe en el desarrollo, supervisión y construcción de la obra pública e infraestructura del corredor vial Naranjo-Florencia, incluyendo la planificación, investigación, diseño, asesoría, desarrollo, construcción, administración logística de obras de infraestructura requerida, así como con toda actividad afín. ARTÍCULO 2.La prestación de servicios por parte del Instituto Costarricense de Electricidad se formalizará mediante convenios interinstitucionales, alianzas estratégicas u otros mecanismos similares con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes u otras instituciones que así lo requieran, en estricto respeto de su autonomía administrativa y financiera y en el entendido de que su desarrollo no afecte sus funciones y operaciones normales. Lo anterior no incluye la posibilidad de que el ICE asuma el financiamiento de las obras, o dar aval financiero para ello, bajo ninguna modalidad y se circunscribe al proyecto descrito en el artículo anterior, entendiéndose este como los tramos Punta Norte, Florencia-La Abundancia, tramo central, La Abundancia-Sifón y Punta Sur, Sifón-Naranjo. Rige a partir de su publicación.

Nidia María Jiménez Vásquez

Gerardo Vargas Varela

Marta Arabela Arauz Mora

Johnny Leiva Badilla

Juan Luis Jiménez Succar

Ana Patricia Mora Castellanos

Luis Alberto Vásquez Castro

Lorelly Trejos Salas

Edgardo Vinicio Araya Sibaja

Rafael Ángel Ortiz Fábrega

Franklin Corella Vargas

Emilia Molina Cruz

Marlene Madrigal Flores

Suray Carrillo Guevara

_______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

ÁREA DE PROCESOS LEGISLATIVOS

-7-

EXP. N.º 19.958

Paulina María Ramírez Portuguez

Marcela Guerrero Campos

Silvia Vanessa Sánchez Venegas

Danny Hayling Carcache

Olivier Ibo Jiménez Rojas

Gerardo Vargas Rojas

Marco Vinicio Redondo Quirós

Óscar López

José Francisco Camacho Leiva

Rolando González Ulloa

Carlos Enrique Hernández Álvarez

Jorge Arturo Arguedas Mora

Maureen Cecilia Clarke Clarke

Julio Antonio Rojas Astorga

José Alberto Alfaro Jiménez

Ronny Monge Salas

Karla Vanessa Prendas Matarrita

Aracelli Segura Retana

Gonzalo Alberto Ramírez Zamora

Ottón Solís Fallas

Juan Rafael Marín Quirós

Laura María Garro Sánchez Marvin Atencio Delgado DIPUTADAS Y DIPUTADOS

23 de mayo de 2016.

NOTA:

Este proyecto pasó a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos.

_______________________________________________________________________________ DEPARTAMENTO DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.