AUTOMOVIL SEDAN 4 PUERTAS PARA TRANSPORTE DE AUTORIDADES (DIESEL)

ET – DEF 042 / 01 22 FEBRERO 2010 ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE AUTOMOVIL SEDAN 4 PUERTAS PARA TRANSPORTE DE AUTORIDADES (DIESEL) Todos los comentarios

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ET – DEF 042 / 01 22 FEBRERO 2010

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE

AUTOMOVIL SEDAN 4 PUERTAS PARA TRANSPORTE DE AUTORIDADES (DIESEL)

Todos los comentarios, sugerencias o preguntas sobre este documento deben dirigirse a la Dirección General del Servicio Logístico de la Defensa (Departamento Análisis Técnico de Abastecimientos de la Dirección de Planeamiento)

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1. OBJETO La presente Especificación Técnica establece los requisitos técnicos y exigencias básicas que deberá satisfacer el AUTOMOVIL SEDAN 4 PUERTAS PARA TRANSPORTE DE AUTORIDADES (DIESEL) empleado en las Fuerzas Armadas, para su adquisición y posterior recepción.

2. DEFINICIONES a. ET: Especificación Técnica. b. INTI: Instituto Nacional de Tecnología Industrial. c. CRE: Comisión Recepción de Efectos. d. ENTREGA Y RECEPCIÓN: constituyen dos actividades continuas e indivisibles que se concretan con el Acta de Recepción Definitiva de los materiales objeto de la presente ET. e. ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA (ARD): es el Acta que se firma de común acuerdo entre las partes ADJUDICATARIO-ORGANISMO ADQUIRENTE por la recepción de los efectos. f. LCM: Licencia de Configuración de Modelo.

3. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR EL EFECTO 3.1 Requisito funcional y configuración Vehículo tipo sedán con cuatro (4) puertas y baúl (tricuerpo), con un peso inferior a 3,5 Tn, construido para el transporte de cuatro (4) pasajeros y el conductor. Dado el fin para el cual será empleado el vehículo, su diseño deberá ser en base a líneas sobrias y tradicionales. Respecto al Decreto 779/95, el vehículo está comprendido en la Categoría M1. 3.2 Requisitos técnicos 3.2.1 Motor: 3.2.1.1

Combustible: diésel.

3.2.1.2

Alimentación: inyección directa. Deberá tener turbocompresor.

3.2.1.3

Número de cilindros: mínimo cuatro (4).

3.2.1.4

Refrigeración por líquido.

3.2.1.5

Cilindrada: superior a 1.750 centímetros cúbicos.

3.2.1.6

Potencia mínima: 85cv (63Kw). Pág. 2 - 11

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3.2.1.7

Debe cumplir con las normas vigentes en el país, relacionados con la emisión de gases contaminantes.

3.2.1.8

Ubicación: delantera.

3.2.3. Transmisión:

3.2.4

3.2.3.1

Caja de cambios: manual sincronizada (mínimo: con cinco velocidades hacia adelante y una de retroceso) o automática.

3.2.3.2

Tracción: delantera / trasera 4x2.

Dirección: Asistida con variación progresiva.

3.2.5 Chasis: De acuerdo con las características técnicas requeridas por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT). 3.2.6 Suspensión: De acuerdo con las características técnicas requeridas por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT). 3.2.7 Frenos: 3.2.7.1. De servicio: a) Circuito hidráulico servoasistido y Sistema antibloqueo de frenos ABS (Antilock Braking System). b) Delanteros: Discos. c) Traseros: Discos. 3.2.7.2. De estacionamiento: Según diseño del fabricante. 3.2.8 Carrocería: 3.2.8.1

Sedán, cuatro (4) puertas y baúl (tricuerpo).

3.2.8.2

Peso del vehículo: inferior a 3,5 Tn.

3.2.8.3

Medidas del vehículo a) b) c) d)

Largo mínimo: 4200mm. Ancho mínimo: 1650mm (sin espejos). Altura mínimo: 1350mm. Distancia entre ejes mínima: 2500mm.

3.2.8.4 Tratamiento anticorrosivo y pintado a) Tratamiento anticorrosivo: Todos los componentes de la carrocería deben ser tratados y protegidos contra la corrosión con los métodos más Pág. 3 - 11

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actualizados que la tecnología del momento aconseje como más conveniente. b) Pintado exterior e interior: b.1) Para vehículos destinados a la ARMADA ARGENTINA: Color Gris claro en pintura metalizada. b.2.) Para vehículos destinados al EJERCITO ARGENTINO y la FUERZA AEREA ARGENTINA: Pintura metalizada cuyo color será determinado por el ORGANISMO ADQUIRENTE dentro de la totalidad de la gama ofrecida por el fabricante. 3.2.9

Capacidades: 3.2.9.1

Cuatro (4) pasajeros y el conductor.

3.2.9.2

Capacidad del baúl mínima: 450 dm³.

3.2.9.3

Capacidad del tanque de combustible mínima: cincuenta (50) litros.

3.2.10 Equipamiento: Además de lo previsto por la Ley de Tránsito y su reglamentación, se debe adicionar como mínimo: 3.2.10.1

Airbags en el asiento del conductor y en el del acompañante.

3.2.10.2

Aire acondicionado y calefacción instalados de fábrica.

3.2.10.3

Alarma.

3.2.10.4

Asientos con apoya cabeza (mínimo cuatro (4) apoya cabezas regulables originales de fábrica).

3.2.10.5

Dos (2) balizas reflectantes triangulares.

3.2.10.6

Cierre centralizado de puertas con control a distancia.

3.2.10.7

Cierre automático en rodaje.

3.2.10.8

Cinturones de seguridad inerciales de tres puntos, para el conductor y los cuatro (4) pasajeros. Deberán cumplir con las exigencias de la Ley de Tránsito y de la CNRT.

3.2.10.9

Crique con capacidad de izado acorde al peso total del vehículo.

3.2.10.10 Espejos retrovisores con comando interno. 3.2.10.11 Llave para ruedas. 3.2.10.12 Manuales de garantía, descripción, uso y mantenimiento elemental. 3.2.10.13 Matafuegos, según las exigencias de la CNRT. 3.2.10.14 Rueda de auxilio de idénticas características a las utilizadas en el vehículo en lo que hace a las dimensiones y rodado, pudiendo diferir en el material de la llanta. 3.2.10.15 Radio AM/FM con reproductor de CD.

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3.2.10.16 Tapa de combustible con llave y/o traba de seguridad. 3.2.10.17 Tapizado original de fábrica. 3.2.10.18 Alfombra textil boucle o similar, con cubre alfombras. 3.2.10.19 Faros antiniebla delanteros. 3.2.10.20 Alza cristales eléctricos delanteros y traseros. 3.3 Requisitos de calidad 3.3.1

Estado de los vehículos: Los vehículos ofrecidos deben ser nuevos, 0 Km., sin uso, con el año de fabricación coincidente con el año de presentación de la oferta y encontrarse en perfecto estado de conservación y empleo.

3.3.2

Los vehículos ofrecidos deben ser vehículos homologados por la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT).

4. INFORMACION DE CATALOGACIÓN 4.1. SIBYS 4.1.1. Nº SIBYS: 4.1.2. Descripción SIBYS: 4.2. N.N.E: ----

ANEXOS: N° 1 “Envases. Marcación, Rotulado y Embalaje” (No aplicable). Nº 2 “Inspección y recepción. Pruebas y ensayos a considerar”. Nº 3 “Normas y planos a considerar”. Nº 4 “Tablas de requisitos y diagramas, esquemas o fotos del efecto” (No aplicable). Nº 5 “Aspectos complementarios”.

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ANEXO 1: ENVASES. MARCACIÓN, ROTULADO Y EMBALAJE

No aplicable para la presente Especificación Técnica

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ANEXO 2: INSPECCIÓN Y RECEPCIÓN. PRUEBAS Y ENSAYOS A CONSIDERAR

1. INSPECCIONES 1.1. El ORGANISMO ADQUIRENTE se reserva el derecho de realizar inspecciones preventivas sobre la fabricación y adaptación en curso o terminada, sin previo aviso, en las instalaciones del ADJUDICATARIO. 1.2. Los vehículos y su equipamiento serán inspeccionados visualmente en un 100%, debiendo satisfacer los requisitos de la presente Especificación Técnica. 2. RECEPCION 2.1. El ADJUDICATARIO deberá solicitar con 10 (diez) días corridos de anticipación turno al ORGANISMO ADQUIRENTE para coordinar la entrega de los efectos a fin que los mismos sean recepcionados en cantidad y calidad de acuerdo a lo indicado en la correspondiente Orden de Compra. 2.2. El ADJUDICATARIO y/o su representante legal, deberán estar presentes durante la Entrega y Recepción del material, objeto de esta Especificación Técnica, actividades que estarán a cargo de la comisión receptora del ORGANISMO ADQUIRENTE, para realizar el control de estado y cargo por calidad y cantidad conjuntamente con el inspector designado por la Fuerza adquirente. 2.3. La comisión receptora del ORGANISMO ADQUIRENTE confeccionará el Acta de Recepción Definitiva (ARD) una vez que finalicen las pruebas y ensayos necesarios para la aceptación total de los efectos. 2.4. La aprobación, certificación y pago de un lote no significa que el ORGANISMO ADQUIRENTE acepte efectos defectuosos; por el contrario, sólo adquiere efectos aptos. 2.5. En consecuencia, las piezas defectuosas detectadas con posterioridad, a pesar de que el lote haya sido aprobado, serán devueltas al ADJUDICATARIO para su inmediato reemplazo en un lapso de treinta (30) días. 3. PRUEBAS Y ENSAYOS A CONSIDERAR 3.1. Cuando surjan discrepancias entre el ADJUDICATARIO y el ORGANISMO ADQUIRENTE respecto de la calidad de los efectos entregados y el contenido de la presente ET se efectuarán los ensayos que ambas partes consideren necesarios, siendo el INTI el único lugar reconocido para su ejecución. 3.2. La totalidad del material que se destruya o inutilice por efecto de los ensayos realizados deberá ser reintegrado por el ADJUDICATARIO en la cantidad utilizada para ese fin. 3.3. El costo de la totalidad de los ensayos que demande la recepción de los elementos provistos, será absorbido por el ADJUDICATARIO.

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ANEXO 3: NORMAS Y PLANOS A CONSIDERAR

1. Ley Nº 24.449 (Ley de Tránsito). 2. Decreto 779/95, reglamentario de la Ley 24.449, sus modificatorias y complementarias. 3. Norma DEF V 1120- Vehículos de guarnición, Automóvil para transporte de autoridades. 4. Normas establecidas por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT). 5. NORMAS Y PLANOS, que responden a lo determinado por el fabricante del vehículo. NOTA: En caso de surgir discrepancias entre lo estipulado en esta Especificación Técnica y las Normas indicadas precedentemente, tendrá precedencia y validez lo exigido en la presente Especificación Técnica.

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ANEXO 4: TABLAS DE REQUISITOS Y DIAGRAMAS, ESQUEMAS O FOTOS DEL EFECTO

No aplicable para la presente Especificación Técnica

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ANEXO 5: ASPECTOS COMPLEMENTARIOS

1. DOCUMENTACION A SER PRESENTADA JUNTO CON LA OFERTA 1.1. Los OFERENTES deberán adjuntar a sus Ofertas el CERTIFICADO DE OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE CONFIGURACIÓN DE MODELO (LCM), emitido por la Secretaria de Industria, Comercio y Minería, según Ley 24449 y Decreto reglamentario Nº 779/95. 1.2. Los OFERENTES deberán adjuntar a sus Ofertas folletos y memoria descriptiva del vehiculo ofrecido, editados por el fabricante del mismo, debiendo resultar este compatible con lo exigido en la presente Especificación Técnica. 2. GARANTÍA E INSPECCION 2.1. El ADJUDICATARIO deberá presentar una ÚNICA GARANTÍA DE CALIDAD ESCRITA refrendada por el fabricante, referida a defectos de material y/o mano de obra de los vehículos. 2.2. Dicha garantía deberá tener una validez por un período no inferior a 24 (veinticuatro) meses o 100.000 Km. de uso, lo que se cumpla primero; a partir de la recepción del ARD. 2.3. El Certificado de GARANTÍA DE CALIDAD ESCRITA incluirá una cláusula en la cual se manifieste que el ADJUDICATARIO se hará cargo de las reparaciones que resulten necesarias durante su período de validez, debiendo solucionar las novedades EN EL LUGAR del TERRITORIO NACIONAL de la REPÚBLICA ARGENTINA donde se encuentre en ese momento el vehículo, o donde él lo determine, afrontando la totalidad de los gastos que resultaran del transporte de ida y vuelta a talleres para la reparación, siendo este movimiento responsabilidad del ADJUDICATARIO. 2.4. El ADJUDICATARIO deberá además, garantizar la existencia de repuestos por el tiempo mínimo de 10 (diez) años. De existir modificaciones durante este periodo que se hicieran para superar defectos de diseño, tanto para el funcionamiento como para la seguridad, éstos deben realizarse sin cargo. La inspección técnica se debe verificar con el uso durante el tiempo que dure la garantía y proceder a su ejecución cuando se detecte cualquier falla de diseño o de material. Las modificaciones que se hicieren para superar los defectos que afecten a la seguridad, deben hacerse de manera espontánea sin cargo, dentro de los diez años de adquisición de los vehículos 3. SEGURO El seguro de traslado hasta el ORGANISMO ADQUIRENTE, será cubierto por el ADJUDICATARIO.

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4. CURSO DE CAPACITACIÓN El ADJUDICATARIO arbitrará los medios para dictar en los lugares a coordinar con el ORGANISMO ADQUIRENTE, 2 (dos) cursos de capacitación para el personal de la Fuerza que reciba los vehículos: 4.1. Curso de Manejo de los vehículos a proveer, de 2 (dos) horas de duración. 4.2. Curso de Mantenimiento de 1er Nivel, de 4 (cuatro) horas de duración. 5. DOCUMENTACION TECNICA Además de los manuales correspondientes a cada unidad entregada, el ADJUDICATARIO deberá entregar en papel y/o CD/DVD, al ORGANISMO ADQUIRENTE: 5.1. 2 (dos) juegos completos del Manual de uso y mantenimiento. 6. PROCEDENCIA Los vehículos ofrecidos deberán ser de de procedencia Nacional o MERCOSUR. 7. SERVICIO POST-VENTA Los OFERENTES deberán especificar y garantizar los agentes autorizados en todo el país. 8. PATENTAMIENTO El ORGANISMO ADQUIRENTE estará a cargo de los trámites y gastos de Patentamiento. A tal efecto, el ADJUDICATARIO deberá entregar al ORGANISMO ADQUIRENTE la documentación necesaria.

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